El presente documento forma parte del Contrato de Prestación de Servicios de Asistencia suscrito entre
“ANEXO”
CONDICIONES GENERALES DE LA LÍNEA 7
Plan de Asistencia Mascotas
El presente documento forma parte del Contrato de Prestación de Servicios de Asistencia suscrito entre
GRUPO ESPECIALIZADO DE ASISTENCIA XXX XX XXXXX RICA S.A Y BANCO POPULAR. GLOSARIO DE TÉRMINOS.
DEFINICIONES.
Siempre que se utilicen en las presentes condiciones generales, los términos definidos a continuación tendrán el significado que aquí se les atribuye.
ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR: Definido en el contrato principal del cual forma parte del presente documento.
BANCO POPULAR: Definido en el contrato principal del cual forma parte del presente documento.
AFILIADO: Es la persona física que haya contratado a través de BANCO POPULAR los SERVICIOS de asistencia que presta ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR y que efectivamente se encuentre registrado en la base de datos que envíe para tal efecto BANCO POPULAR a ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR.
BENEFICIARIO: Dentro de éste rubro se entenderán como Beneficiarios del AFILIADO al cónyuge, he hijos menores a 18 años los cuáles podrán hacer uso de los servicio para la mascota (Perro o Gato) de conformidad con los términos, condiciones y limitaciones establecidas en este documento.
SERVICIOS: Los servicios de asistencia contemplados en el producto que haya sido contratado por el AFILIADO de acuerdo a los estipulado en este ANEXO 16“TABLA DE PRESTACIONES ASISTENCIALES”, del Contrato principal y cuyas definiciones se refieren en el presente documento.
EVENTO: Es una SITUACIÓN DE ASISTENCIA reportada por un AFILIADO Y/O BENEFICIARIO que dé derecho a la prestación de uno de los SERVICIOS, de acuerdo a los términos y condiciones que se aluden en el presente Instrumento.
ACCIDENTE: Todo acontecimiento que provoque daños materiales y/o corporales a un AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, causado única y directamente por una causa externa, violenta, fortuita y evidente (excluyendo la enfermedad previa y la preexistencia) que ocurra a un AFILIADO Y/O BENEFICIARIO durante la vigencia del presente documento
FECHA DE INICIO: Fecha a partir de la cual los SERVICIOS que ofrece ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR estarán a disposición del AFILIADO. Esto es 48 (cuarenta y ocho) horas después de que el AFILIADO celebró el contrato correspondiente con BANCO POPULAR.
PAÍS DE RESIDENCIA: Para fines de este contrato y sus Anexos, será el país en donde se haya firmado el contrato con BANCO POPULAR y donde tenga su RESIDENCIA PERMANENTE el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO.
REPRESENTANTE: Cualquier persona, sea o no acompañante del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO que realice gestión alguna para posibilitar la prestación de los SERVICIOS.
RESIDENCIA PERMANENTE: El domicilio permanente que manifieste tener un AFILIADO Y/O BENEFICIARIO en el contrato que maneje con BANCO POPULAR dentro del PAÍS DE RESIDENCIA y que haya celebrado con esta empresa o cualquier otro domicilio que el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO haya notificado a BANCO POPULAR con posterioridad a la firma del mencionado contrato, domicilio que será considerado como el del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO para todos los efectos de la prestación de los SERVICIOS materia del presente documento, de acuerdo a los términos y condiciones que se alude en el presente instrumento.
EQUIPO MÉDICO: Es el personal médico y demás equipo asistencia de ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR , o subcontratado por ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR , apropiado para prestar servicios de Asistencia Pre-hospitalaria en urgencias médica a un AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, de acuerdo a los términos y condiciones que se alude en el presente instrumento.
EQUIPO TÉCNICO: Es el personal técnico y demás equipo asistencial de ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR , o subcontratado por ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR apropiado que gestione el SERVICIO solicitado por el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, de acuerdo a los términos y condiciones que se alude en el presente instrumento.
VIVIENDA AFILIADA: Una casa de habitación la cual aparece previamente registrada en la base de datos de BANCO POPULAR como la RESIDENCIA PERMANENTE del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, la cual
previa solicitud del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO se proporcionará la prestación de los SERVICIOS, de acuerdo a los términos y condiciones que se alude en el presente instrumento.
SERVICIOS A LA VIVIENDA AFILIADA: Las coberturas relativas a la VIVIENDA AFILIADA son las relacionadas en este anexo, que se prestarán de acuerdo a los términos y condiciones que se alude en el presente instrumento.
MONTO POR EVENTO: Los SERVICIOS a que se alude en este Anexo serán prestados de acuerdo a los montos y eventos máximos que se establecen en el ANEXO “16”.
PROVEEDOR: Es el personal (MÉDICO Y/O TÉCNICO) y demás equipo asistencia de ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR, o subcontratado por ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR,
apropiado para prestar los SERVICIOS a un AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, de acuerdo a los términos y condiciones que se alude en el presente instrumento.
ENFERMEDAD: Alteración de la salud, que no sea preexistente o crónica. Para efectos del presente contrato se entiende por preexistencia cualquier lesión, enfermedad o dolencia que afecte al AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, conocida o diagnosticada con anterioridad a la fecha de inicio del contrato. Por lo anterior a criterio de ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR no se prestarán los SERVICIOS materia de este instrumento en situación de preexistencia, además si se presentan los siguientes supuestos, por mencionar pero sin limitar y a entera discreción de ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR su comprobación:
Que la enfermedad haya sido diagnosticada por un médico en el momento y determine su preexistencia. Que la enfermedad haya sido aparente a la vista.
Que por sus síntomas y signos, no pudo pasar desapercibida.
Aquellos por los que se hayan efectuado gastos o realizado un diagnóstico que señale que dichos síntomas o signos tuvieron inicio en fecha anterior a la contratación.
En todos los casos, corresponde al AFILIADO Y/O BENEFICIARIO comprobar la no preexistencia.
VIAJE: Traslado que se hace de una parte a otra por aire, mar o tierra.
ASISTENCIA MASCOTAS
REFERENCIA Y COORDINACIÓN DE VISTAS DEL VETERINARIO AL DOMICILIO DEL CLIENTE:
A solicitud del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR
proporcionará la referencia y coordinación de visitas del veterinario al domicilio del cliente, sobre los médicos veterinarios más cercanos al lugar donde se encuentre el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO.
Si los servicios excedieren el límite del costo máximo o del número máximo de servicios por cada período de doce (12) meses, entonces ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR ASISTENCIA deberá, antes de dar el servicio, comunicárselo al COMERCIO AFILIADO e indicarle el costo preferencial, a fin de que éste lo autorice y pague de su propio peculio. El excedente por evento, será cubierto por el COMERCIO AFILIADO con sus propios recursos al PROVEEDOR. Se excluye de este SERVICIO los medicamentos e insumos.
El servicio aquí establecido se brindara de acuerdo a los montos y eventos máximos establecidos en el
“ANEXO 16”.
SERVICIO DE TRASLADO A VETERINARIA DE PREFERENCIA DEL CLIENTE EN CASO DE EMERGENCIA:
En caso de que el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO solicite el servicio de traslado a su veterinaria de preferencia por emergencia de su mascota ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR coordinará el traslado hasta la veterinaria más cercana al lugar donde se encuentre el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, siempre y cuando exista la infraestructura privada que lo permita. El AFILIADO Y/O BENEFICIARIO en todo momento deberá supervisar la prestación del SERVICIO.
Si para este SERVICIO a ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR se le requiriesen servicios que excedieren el límite del costo máximo o del número máximo de servicios por cada período de doce (12) meses, entonces ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR deberá, antes de dar el servicio, comunicárselo al AFILIADO Y/O BENEFICIARIO e indicarle el costo, a fin de que éste lo autorice y pague con sus propios recursos.
El servicio aquí establecido se brindara de acuerdo a los montos y eventos máximos establecidos en el
“ANEXO 16”.
CRONOGRAMA DE VACUNACIÓN (1 POR TIPO DE VACUNA APLICABLE ÚNICAMENTE A PERROS Y GATOS, HASTA MÁXIMO 1 AÑO DE EDAD DE LA MASCOTA):
A solicitud del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR
ASISTENCIA proporcionará el cronograma de vacunación y aplicará únicamente 1 tipo de las vacunas requeridas para la mascota (perros y gatos) siempre y cuando la mascota tenga máximo 1 año de edad. ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR ASISTENCIA no se hace responsable de las consecuencias o complicaciones derivadas de la aplicación de la vacuna. El costo de cualquier otro servicio o costo de medicamentos serán pagados directamente por el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO con sus propios recursos.
Si los servicios excedieren el límite del costo máximo por cada período de doce (12) meses, entonces ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR ASISTENCIA deberá, antes de dar el servicio, comunicárselo al AFILIADO e indicarle el costo, a fin de que éste lo autorice y pague de su propio peculio. El AFILIADO en todo momento deberá supervisar y estar presente en el lugar del EVENTO para la prestación de los SERVICIOS.
El servicio aquí establecido se brindara de acuerdo a los montos y eventos máximos establecidos en el
“ANEXO 16”.
ORIENTACIÓN VÍA TELEFÓNICA:
A solicitud del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR brindará
orientación telefónica con un veterinario, en todas las consultas que fueran necesarias para aclarar dudas de carácter médico veterinario, así como cualquier información médica veterinaria relacionada. ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR no se hace responsable de las consecuencias derivadas de estas orientaciones y los gastos en que incurra el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO correrán por su propia cuenta.
El servicio aquí establecido se brindara de acuerdo a los montos y eventos máximos establecidos en el
“ANEXO 16”.
REFERENCIA DE CLÍNICAS VETERINARIAS:
A solicitud del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR
proporcionará vía telefónica referencias sobre clínicas veterinarias más cercanas al lugar donde se encuentre el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO. Los gastos derivados por la atención brindada en estos hoteles serán cubiertos por cuenta y riesgo del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO. ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR no se hacen responsables de las consecuencias derivadas de estas consultas telefónicas.
El servicio aquí establecido se brindara de acuerdo a los montos y eventos máximos establecidos en el “ANEXO 16”.
LOCALIZACIÓN DE MEJORES PRECIOS DE MEDICAMENTOS PARA MASCOTAS:
A solicitud del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR
proporcionará vía telefónica referencia, localización y mejores precios en productos para mascotas, más cercanos al lugar donde se encuentre el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO. Los gastos derivados por la atención brindada en estos establecimientos serán cubiertos por cuenta y riesgo del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO. ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR no se hacen responsables de las consecuencias derivadas de estas consultas telefónicas.
El servicio aquí establecido se brindara de acuerdo a los montos y eventos máximos establecidos en el “ANEXO 16”.
REFERENCIA DE CENTROS ESTÉTICOS:
A solicitud del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR
proporcionará vía telefónica información general sobre los centros estéticos especializados en aseo y
estética de estas mascotas, más cercanos al lugar donde se encuentre el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO. Los gastos derivados por la atención brindada en estos establecimientos serán cubiertos por cuenta y riesgo del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO. ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR no se hacen
responsables de las consecuencias derivadas de estas consultas telefónicas.
El servicio aquí establecido se brindara de acuerdo a los montos y eventos máximos establecidos en el “ANEXO 16”.
REFERENCIA DE HOTELES PARA MASCOTAS A NIVEL NACIONAL:
A solicitud del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR
ASISTENCIA proporcionará vía telefónica información general sobre hoteles para mascotas más cercanas al lugar donde se encuentre el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO. Los gastos derivados por la atención brindada en estos hoteles serán cubiertos por cuenta y riesgo del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO. ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR no se hacen responsables de las consecuencias derivadas de estas consultas telefónicas.
El servicio aquí establecido se brindara de acuerdo a los montos y eventos máximos establecidos en el
“ANEXO 16”.
ORIENTACIÓN LEGAL TELEFÓNICA REFERENTE A LA LEY DE PROTECCIÓN ANIMAL:
Por este servicio ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR brindará al AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, previa solicitud, vía telefónica, los servicios de orientación legal en materia xx xxx de protección animal, ello las veinticuatro horas del día durante los trescientos sesenta y cinco días del año. En todo caso, los gastos en que incurra el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO por la prestación de los servicios profesionales del referido, serán pagados con sus propios recursos. ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR no será responsable por el resultado de las gestiones y defensas
El servicio aquí establecido se brindara de acuerdo a los montos y eventos máximos establecidos en el
“ANEXO 16”.
REFERENCIA Y COORDINACIÓN DE ESTÉTICA DE MASCOTAS
A solicitud del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR dará
referencia y coordinación al domicilio de centros de especialistas en estética de mascota (perro y gato) para realizar los siguientes servicios: baño, xxxxx xx xxxxxxx, limado de uñas, limpieza de oídos, etc. ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR no asumirá responsabilidad alguna en relación con la atención prestada o falta de la misma por parte del especialista que xxxxxx el servicio. Los gastos en que incurra el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO correrán por su propia cuenta.
El servicio aquí establecido se brindara de acuerdo a los montos y eventos máximos establecidos en el
“ANEXO 16”.
REFERENCIA DE MÉDICOS VETERINARIO:
A solicitud del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR ofrecerá
referencia y coordinación de médicos veterinarios de la RED de PROVEEDORES más cercana al lugar de residencia del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO para que a solicitud del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, valore, heridas superficiales que no comprometan planos profundos (piel y tejido graso) o lo que requiera.
ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR no asumirá responsabilidad alguna en relación con la atención prestada o falta de la misma por parte del especialista que xxxxxx el servicio. Los gastos en que incurra el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO correrán por su propia cuenta.
El servicio aquí establecido se brindara de acuerdo a los montos y eventos máximos establecidos en el
“ANEXO 16”.
HOTEL PARA MASCOTAS (POR 1 UNA NOCHE):
A solicitud del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR
ASISTENCIA proporcionará vía telefónica información general sobre los hoteles para mascotas, más cercanas al lugar donde se encuentre el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO. Los gastos derivados por la atención brindada en este hotel y/o clínica serán cubiertos por cuenta y riesgo del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO. ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR ASISTENCIA no se hace responsable
por la atención o falta de la misma obtenida por el establecimiento elegido por el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO.
El servicio aquí establecido se brindara de acuerdo a los montos y eventos máximos establecidos en el
“ANEXO 16”.
REFERENCIA DE CENTROS DE ADIESTRAMIENTO CANINO:
A solicitud del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR
ASISTENCIA proporcionará vía telefónica información general sobre los centros de adiestramiento canino, más cercanos al lugar donde se encuentre el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO. Los gastos derivados por la atención brindada en estos establecimientos serán cubiertos por cuenta y riesgo del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO. ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR ASISTENCIA no se hacen responsables
de las consecuencias derivadas de estas consultas telefónicas.
El servicio aquí establecido se brindara de acuerdo a los montos y eventos máximos establecidos en el
“ANEXO 16”.
ORIENTACIÓN PSICOLÓGICA TELEFÓNICA EN CASO DE FALLECIMIENTO DE LA MASCOTA:
Por este servicio ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR brindará al AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, previa solicitud, vía telefónica, los servicios de orientación psicológica en caso de fallecimiento de la mascota, las veinticuatro horas del día durante los trescientos sesenta y cinco días del año. En todo caso, los gastos en que incurra el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO por la prestación de los servicios profesionales del referido, serán pagados con sus propios recursos. ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR no será responsable por el resultado de las gestiones y defensas
El servicio aquí establecido se brindara de acuerdo a los montos y eventos máximos establecidos en el
“ANEXO 16”.
LIMITACIONES A LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA
A estas Condiciones Generales les son aplicables las exclusiones y limitaciones previstas para cada uno de los SERVICIOS. Es entendido que además no quedarán cubiertas por las disposiciones de estas condiciones además los siguientes:
Cuando el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO no proporcione información veraz y oportuna, que por su naturaleza no permita atender debidamente el asunto.
Los resultantes de los servicios que el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO haya contratado sin el previo consentimiento de ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR ASISTENCIA.
La preexistencia: para efectos del presente contrato se entiende por preexistencia cualquier lesión, enfermedad o dolencia que afecte al AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, conocida o diagnosticada con anterioridad a la fecha de inicio del contrato. Por lo anterior a criterio de ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR ASISTENCIA no se prestarán los SERVICIOS materia de este instrumento en situación de preexistencia, además si se presentan los siguientes supuestos, por mencionar pero sin limitar y a entera discreción de ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR ASISTENCIA su comprobación:
Que la enfermedad haya sido diagnosticada por un médico o que la enfermedad haya sido aparente a la vista.
Que por sus síntomas y signos, no pudo pasar desapercibida.
Aquellos por los que se hayan efectuado gastos o realizado un diagnóstico que señale que dichos síntomas o signos tuvieron inicio en fecha anterior a la contratación.
En todos los casos, corresponde al AFILIADO Y/O BENEFICIARIO comprobar la no preexistencia.
Mala fe del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, comprobada por el personal de ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR ASISTENCIA o si en la petición mediare mala fe.
Eventos de la naturaleza de carácter extraordinario, tales como inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas, huracanes, ciclones. Terrorismo, guerra, guerrilla, vandalismo, motín o tumulto popular. Hechos y actos de fuerzas armadas, fuerzas o cuerpo de seguridad. Energía nuclear.
Cuando el AFILIADO no se identifique como AFILIADO Y/O BENEFICIARIO de los SERVICIOS. PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DEL SERVICIO
Con el fin de que el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO pueda disfrutar de los servicios contemplados, deberá cumplir con el procedimiento para la solicitud del servicio, que consiste en:
Abstenerse de realizar gastos o arreglos sin haber consultado previamente con ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR ASISTENCIA e identificarse como AFILIADO Y/O BENEFICIARIO ante los funcionarios de ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR ASISTENCIA o ante las personas que esta última compañía contrate con el propósito de prestar los SERVICIOS contemplados en el presente documento.
En caso de que un AFILIADO Y/O BENEFICIARIO requiera de los SERVICIOS a los que se refiere este documento, se procederá de la siguiente forma: se comunicará a la línea de emergencia especificado para tal efecto y le suministrará al funcionario de ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR ASISTENCIA que atienda la llamada respectiva, todos los datos necesarios para identificarlo como AFILIADO Y/O BENEFICIARIO, con el fin de poder prestar el servicio solicitado, tales como, por mencionar pero sin limitar, la ubicación exacta de la residencia o ubicación del accidente o siniestro, un número telefónico en el cual localizarlo, descripción del problema, el tipo de ayuda que precise.
Una vez cumplidos todos los requisitos indicados, ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR ASISTENCIA le prestará al AFILIADO Y/O BENEFICIARIO los servicios solicitados a los cuales tenga derecho de conformidad con los términos, condiciones y limitaciones del presente documento.
En caso de que el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO no cumpla con los requisitos indicados, ASISTENCIA MASCOTAS BANCO POPULAR ASISTENCIA no asumirá responsabilidad ni gasto alguno relacionado con los SERVICIOS relacionados con el presente contrato ni frente a BANCO POPULAR ni frente al AFILIADO Y/O BENEFICIARIO.