Contrato de licencia para el usuario final
Contrato de licencia para el usuario final
Este documento ha sido traducido desde el inglés. La versión en lengua inglesa del presente documento imperará en todos los aspectos y prevalecerá en caso de discrepancia con las versiones traducidas, si las hubiera. La versión en lengua inglesa está disponible bajo solicitud.
IMPORTANTE: LEA CON DETENCIÓN. Este Contrato de Licencia para el Usuario Final (CLUF) es un acuerdo legal para la utilización del software entre usted (sea una persona natural o jurídica) (Licenciatario) y Deswik. Este CLUF entra en vigencia una vez que el licenciatario recibe el software de parte de un distribuidor o de Deswik. Es posible que el software venga acompañado de una modificación o anexo al presente CLUF. Mediante la instalación, copia, descarga o utilización del software, el licenciatario conviene en respetar los términos de este CLUF. Si el licenciatario no está de acuerdo con los términos de este CLUF, no debe instalar, copiar, descargar o utilizar el software.
1 La licencia
1.1 Deswik le otorga al licenciatario una licencia no exclusiva, intransferible y no cedible en sublicencia (licencia) para que utilice el software únicamente como usuario final. El software es para uso personal del licenciatario y no debe ser empleado por otros (ni por medio de sublicencias) ni para comercialización o redistribución, sea en solitario o como componente de cualquier otro producto.
1.2 Las licencias otorgadas están sujetas a la condición de que el licenciatario se debe asegurar de que el número máximo de usuarios autorizados para acceder y utilizar el software no supere la cantidad de licencias de usuario por las que se han pagado los cánones necesarios al distribuidor o a Deswik. El licenciatario puede adquirir licencias de usuario adicionales en cualquier momento mediante el pago de los cánones correspondientes al distribuidor o a Deswik.
1.3 Al instalar, copiar, descargar o utilizar de cualquier modo el software, se considerará que el licenciatario queda obligado por los términos de este CLUF. Si el licenciatario no acepta los términos de este CLUF, no debe instalar copiar, descargar o utilizar el software.
1.4 Se permite que el Licenciatario realice una sola copia del software únicamente con fines de respaldo.
1.5 Es posible que el software venga acompañado de una modificación o anexo al presente CLUF. Toda modificación o anexo forma parte de los términos de la licencia, como si estuvieran incluidos en el presente documento y como parte constituyente de los términos de este CLUF. En la medida en que surja alguna incongruencia entre la modificación o el anexo, y los presentes términos, prevalecerán las disposiciones pertinentes de la modificación o el anexo.
1.6 Sujeto a los términos de este CLUF, y a menos que se realice la rescisión anticipada de acuerdo a este CLUF, las licencias son:
(a) Perpetuas, en el caso de licencias adquiridas con la opción de “licencia permanente”.
(b) Por tiempo limitado, en el caso de licencias adquiridas con las opciones de “suscripción” o “arriendo mensual” con fechas de expiración basadas en los pagos de cánones.
(c) “Licencias de evaluación” temporales, que funcionan durante un período limitado,
según lo que determine Deswik.
2 Derechos de propiedad intelectual
2.1 Los derechos en el software otorgados al licenciatario sólo son de una licencia. Nada de lo contenido en este CLUF o en otra forma le otorga al licenciatario derecho de propiedad alguno en todo o en alguna parte del software.
2.2 El software, todas las copias y todos los derechos de propiedad intelectual sobre el software y las copias son de propiedad de Deswik o de los terceros pertinentes. El Software está protegido por los Derechos de Propiedad Intelectual y por otras leyes y tratados de propiedad intelectual.
2.3 El licenciatario reconoce que el software es objeto de propiedad intelectual y que en ningún momento (tanto antes como después de la rescisión de esta Licencia) el licenciatario debe realizar acto alguno o permitir que se realice algún acto que infrinja ese derecho de autor.
2.4 Deswik se reserva todos los derechos del software no otorgados en forma expresa al licenciatario en este CLUF.
3 Licencia de evaluación
3.1 Deswik puede proporcionar una copia de evaluación de la totalidad o una parte del software, con fines de valoración.
3.2 Cuando se entrega una copia de evaluación, el licenciatario sólo puede descargar, instalar, usar y operar el software durante un período limitado y se debe asegurar de que el software sólo sea accesible al número limitado de usuarios temporales acordado entre Deswik y el licenciatario.
3.3 Al final del período de evaluación, el software debe ser eliminado del hardware y del sistema del licenciatario y se deben eliminar todas las copias del software que estén en posesión del licenciatario.
4 Software adicional
4.1 Este CLUF se aplica al software adicional que Deswik puede poner a disposición del licenciatario después de la fecha en que el licenciatario obtiene la copia inicial del software, en conjunto con cualquier modificación o anexo que Deswik proporcione con el software adicional. 5 Servicios
5.1 En cualquier momento y a su discreción exclusiva, Deswik puede suspender cualquiera de los servicios en línea proporcionados o puestos a disposición del licenciatario a través del uso del software.
5.2 Cualquier servicio de soporte será proporcionado por Deswik en conformidad con los términos establecidos por escrito para esos servicios y puede generar cánones adicionales.
6 Canon de licencia
6.1 En contraprestación por el otorgamiento de la licencia de parte de Deswik, el licenciatario debe pagar el canon de la licencia. El licenciatario debe pagar todos los cánones en la fecha de vencimiento. La falta de pago de los cánones en la fecha de vencimiento causará la cancelación inmediata de las licencias otorgadas en virtud de este CLUF que se relacionen con el canon pendiente.
7 Derechos y limitaciones
7.1 Las licencias que se otorgan están sujetas a que el licenciatario se asegure de que el número máximo de usuarios autorizados a acceder y utilizar el software no supere la cantidad de licencias de usuario por las que se han pagado los cánones necesarios. El licenciatario debe garantizar que sólo un usuario autorizado utilice el software y que dicho uso se ajuste estrictamente a los términos y a las condiciones de este CLUF.
7.2 A menos que el licenciatario cuente con el previo consentimiento por escrito de Deswik, el licenciatario sólo puede instalar el software y ponerlo a disposición para uso en sistemas de hardware de su propiedad, arrendados o controlados totalmente por el licenciatario.
7.3 Si Deswik da al licenciatario un consentimiento por escrito en virtud de la cláusula 7.2 para la instalación del software en otro sistema (otro sistema), el licenciatario se debe asegurar de que los usuarios del otro sistema cumplan con los términos de este CLUF. El licenciatario indemnizará a Deswik por todos los costos, daños y perjuicios que experimente Deswik debido a la instalación y el uso del software en el otro sistema.
7.4 El licenciatario no podrá modificar, adaptar, traducir, tomar en arrendamiento, dar en arrendamiento, prestar, otorgar en sublicencia, comercializar, vender, distribuir, transferir o crear algún trabajo derivado que se base en el software o en alguna parte del software, incluido el software integrado, el código accesible o el código protegido.
7.5 El software contiene secretos comerciales y el licenciatario no podrá descompilar, aplicar ingeniería inversa, desmontar o reducir de otro modo el software a una forma perceptible por el ser humano. El licenciatario conviene en no divulgar, por vía directa o indirecta, ninguno de esos secretos comerciales, a menos que y hasta que tales secretos comerciales dejen de ser confidenciales en algún modo que no constituya un incumplimiento a la confidencialidad por parte del licenciatario.
7.6 El licenciatario no debe acceder o utilizar, de manera directa o indirecta, ningún software integrado en forma independiente al resto del software.
7.7 El licenciatario no debe copiar o integrar a otras aplicaciones ningún elemento del Código Accesible contenido en el software.
7.8 Sujeto a los términos de este CLUF, el licenciatario podrá modificar el Código Accesible para
desarrollar correcciones de errores, para personalizaciones o para instalar características adicionales para uso exclusivo del licenciatario.
8 Software integrado
8.1 El licenciatario reconoce que el software puede contener Software Integrado y, además de las obligaciones de este CLUF, se pueden aplicar obligaciones adicionales a cualquier uso del software integrado.
8.2 El licenciatario debe consultar con Deswik y con el tercero correspondiente para adquirir las licencias y autorizaciones necesarias para la instalación y el uso de cualquier software integrado. 9 Mecanismos de otorgamiento de licencias y sanciones
9.1 El software incluye mecanismos de protección de la licencia destinados a administrar y proteger los Derechos de Propiedad Intelectual de Deswik y de sus proveedores externos. El licenciatario no debe modificar ni alterar estos mecanismos con la intención de quebrantar las normas de uso del software que los mecanismos están diseñados para garantizar. Deswik puede rescindir inmediatamente el presente CLUF y cualquier licencia otorgada en virtud del mismo, si existe algún intento por modificar o alterar estos mecanismos.
9.2 Si en algún momento Deswik tiene sospechas razonables de que el software ha sido distribuido a alguna persona u obtenido por alguna persona sin el consentimiento por escrito de Deswik, de que el software integrado está siendo alterado, accedido o utilizado en forma independiente del software o de que el licenciatario ha infringido de algún modo un término de este CLUF, Deswik puede exigir que el licenciatario le entregue un certificado incondicional ejecutado por el auditor del licenciatario que verifica el cumplimiento de los términos de este CLUF por parte del licenciatario.
9.3 Si el auditor del licenciatario no extiende el certificado incondicional dentro de 90 días desde la emisión de la respectiva solicitud al licenciatario por parte de Deswik (o en el plazo mayor que Deswik determine, a su exclusivo criterio), se considerará que el licenciatario ha infringido los términos de este CLUF y Deswik podrá cancelar este CLUF y todas las licencias otorgadas en virtud del mismo.
9.4 Si el incumplimiento implica la distribución o el uso del software fuera de los términos de la licencia para el usuario o de cualquier licencia para el usuario adicional o si el incumplimiento implica el uso o intento de uso o de distribución del software integrado, Deswik o cualquier tercero podrá cobrar al licenciatario en forma retroactiva un canon calculado según el número de distribuciones prohibidas o usos prohibidos, al precio de lista correspondiente que Deswik o cualquier tercero propietario del software integrado cobre por el software o el software integrado (según el caso). Estos cobros son adicionales a cualquier derecho o pretensión que tenga Deswik o cualquier tercero propietario del software integrado ante el licenciatario y son adicionales a cualquier otro canon pagadero por el licenciatario en virtud de este CLUF.
10 Publicidad
10.1 El licenciatario confiere a Deswik el derecho de incluir al licenciatario como cliente de Deswik en el material promocional de Deswik, incluido el sitio web.
10.2 El licenciatario podrá retirar los derechos otorgados en virtud de la cláusula 10.1 mediante un aviso por escrito a Deswik con 30 días de anticipación.
11 Terminación
11.1 Esta licencia entrará en vigor desde la fecha de ejecución de este contrato, hasta que sea extinguido de conformidad con esta cláusula.
11.2 Deswik puede rescindir esta licencia de inmediato mediante un aviso por escrito, si:
(a) el licenciatario no paga los cánones en la fecha de vencimiento; o
(b) el licenciatario infringe cualquier término o condición de esta licencia y no subsana dicho incumplimiento dentro de los catorce (14) días siguientes al aviso por escrito dado por Deswik.
11.3 El licenciatario puede rescindir esta licencia de inmediato mediante un aviso por escrito, si Deswik se convierte, tiene el potencial de convertirse, resuelve convertirse o arriesga convertirse en objeto de alguna forma de intervención por insolvencia o si Deswik cesa o tiene el potencial xx xxxxx la realización normal de sus negocios.
11.4 Al ocurrir la cancelación de esta licencia por el motivo que sea:
(a) el licenciatario debe impedir todo acceso al software y todos los usuarios autorizados deben dejar de utilizar el software;
(b) el licenciatario debe eliminar de su hardware y de su sistema, así como de cualquier otro sistema, todas las copias del software y debe eliminar o destruir todas las copias del software y todo el código accesible que se encuentren en su posesión, custodia o control;
(c) el licenciatario puede ser conminado a entregar a Deswik un certificado incondicional ejecutado por el auditor del licenciatario que verifica el cumplimiento de las cláusulas 11.4
(a) y 11.4 (b) por parte del licenciatario;
(d) Deswik puede recuperar el software y cualquiera de los bienes de Deswik que se encuentre en posesión, custodia o control del licenciatario; y
(e) Deswik quedará libre de cualquier obligación adicional contemplada en esta licencia.
11.5 La desintegración del software por parte del licenciatario redundará en la cancelación de este CLUF entre Deswik y el licenciatario.
11.6 Al ocurrir la cancelación de esta licencia cualquier sea el motivo, el licenciatario no tendrá derecho a un reembolso por la totalidad o una parte de los cánones de la licencia u otras sumas pagadas por esta licencia y el software.
11.7 La cancelación no obsta cualquier derecho que adquiera Deswik como resultado de una infracción a esta licencia cometida por el licenciatario o un usuario autorizado.
12 Cesión u otra transferencia
12.1 El licenciatario sólo puede ceder esta licencia a los sucesores de las partes en caso de una fusión, adquisición o cambio de control, si:
(a) el licenciatario notificará a Deswik dentro de sesenta (60) días de ocurrida la cesión;
(b) el cesionario conviene en respetar los términos y las condiciones de este CLUF: y
(c) al ocurrir la cesión o el traspaso, el licenciatario otorgante cesa la utilización del software y elimina o destruye todas las copias del software que se encuentren en su posesión, custodia o control.
12.2 Cualquier supuesta cesión o supuesto traspaso del software por parte del licenciatario que no se ajuste a los requisitos de esta cláusula 12 se anulará y facultará a Deswik a rescindir este CLUF de conformidad con la cláusula 11.
12.3 Deswik puede ceder sus derechos y obligaciones en virtud de este CLUF sin el consentimiento del licenciatario. Cualquier cesionario autorizado quedará obligado por los términos y las condiciones de este contrato.
13 Exención de responsabilidad y Limitación de Recursos
13.1 El software se proporciona tal cual. El licenciatario reconoce que el software, por su propia naturaleza, es un producto imperfecto con falencias, insuficiencias y otras anomalías.
13.2 Deswik garantiza al licenciatario que el software se ajusta en todos los aspectos materiales a las especificaciones del software (según lo publicado por el desarrollador del software) durante un período de noventa (90) días a contar de la fecha de entrega del software al licenciatario, siempre y cuando el software se utilice de conformidad con las prácticas y condiciones habituales de la industria y no sea modificado. Sin embargo, Deswik no garantiza que el software funcione sin interrupciones o sin errores.
13.3 En medida que lo permita la ley, Deswik se desliga en forma expresa de cualquier garantía en relación con el software, incluida cualquier garantía de comerciabilidad o idoneidad para un fin determinado, garantías de desempeño y cualquier garantía que podría surgir de otro modo en el curso de la negociación o el uso.
13.4 En ningún caso Deswik asumirá responsabilidad por daños y perjuicios fortuitos, especiales, indirectos, directos o emergentes ni por lucro cesante, interrupción de negocios, pérdida de oportunidades de negocios o del buen nombre, acciones por daños y perjuicios indirectos, especiales o punitivos, acciones de terceros o pérdidas indirectas o emergentes o gastos relacionados que puedan surgir de la instalación o del uso del software, por ejemplo y a título enunciativo, aquellos que resulten de defectos del software o de la pérdida o inexactitud de los datos de cualquier tipo y tenga o no tenga Deswik algún aviso sobre la posibilidad de tales daños.
13.5 Si Deswik infringe alguna disposición de este contrato, la máxima responsabilidad civil individual y exclusiva de Deswik, sea contractual, extracontractual u otra responsabilidad, en
ningún caso superará alguno de los siguientes conceptos, según el absoluto criterio de Deswik: (i) el precio total pagado por el software; (ii) el costo de sustitución del software; (iii) el costo de obtención de un software equivalente; o (iv) el costo de reparación del software.
13.6 La garantía expresa estipulada en la cláusula 13.2 se limita al licenciatario y es intransferible. Deswik no ofrece ninguna otra garantía, sea expresa o tácita, con respecto al uso del software.
13.7 Ningún elemento de esta licencia pretende ser interpretado ni será interpretado como una exclusión o modificación de los derechos, las garantías o las condiciones legales aplicables a esta licencia o al software y que no se puedan modificar o excluir en virtud de alguna legislación.
14 Indemnidad
14.1 Si el software se convierte o puede convertirse en objeto de alguna acción por infracción a los derechos de propiedad intelectual de un tercero, Deswik podrá, a su elección y criterio exclusivos:
(a) adquirir para el licenciatario el derecho a utilizar el software sin ninguna responsabilidad civil;
(b) reemplazar o modificar el software de modo que se subsane el incumplimiento; o
(c) reembolsar los cánones de la licencia relacionados con el software pagados por el licenciatario.
14.2 Los recursos establecidos en la cláusula 14.1 constituyen la única responsabilidad civil de Deswik y el recurso exclusivo del licenciatario ante cualquier infracción a los derechos de propiedad intelectual de Deswik en el software o de cualquier otro elemento proporcionado por Deswik en virtud de este CLUF.
14.3 El licenciatario reconoce y conviene en que, si el licenciatario infringe este CLUF y Deswik o un tercero propietario del Software Integrado experimenta cualquier pérdida, daño, costo o gasto de manera directa o indirecta como resultado de tal infracción, Deswik o el tercero propietario del Software Integrado puede interponer una acción directamente en contra del licenciatario.
14.4 El licenciatario mantendrá a Deswik indemne y a salvo ante la totalidad de los costos, los gastos, las pérdidas y las acciones que se presenten en contra de Deswik como resultado de cualquier infracción a los derechos de propiedad intelectual de Deswik o de cualquier tercero que surja de la modificación por parte del licenciatario o de un usuario autorizado a cualquier parte del software u otros elementos proporcionados por Deswik o de cualquier infracción a este CLUF.
14.5 El licenciatario conviene en que el licenciatario debe iniciar cualquier acción que surja de o se relacione con este CLUF o el software o el uso de la licencia del software dentro de un (1) año a contar del surgimiento de la pérdida o el daño. El licenciatario conviene en excluir de manera permanente cualquier causa de acción una vez transcurrido ese período.
15 Resolución de controversias
15.1 Las partes convienen en cumplir con las disposiciones sobre resolución de controversias de esta cláusula 15 con respecto a cualquier controversia que surja entre las partes en relación con
este CLUF, antes de iniciar algún litigio o arbitraje.
15.2 Aviso de controversia. Si existe una controversia entre las partes, cualquiera de ellas puede dar a la otra un aviso que establezca en forma sucinta los detalles de esta e indique que se trata de un aviso de controversia en virtud de esta cláusula 15.
15.3 Aviso de respuesta. En un plazo de cinco días hábiles tras la entrega del aviso de controversia, el receptor le debe dar a la otra parte un aviso de respuesta:
(a) que acuse recibo del aviso de controversia;
(b) que indique que es un aviso dado en virtud de esta cláusula 15.3; y
(c) que establezca de manera sucinta cualquier información que considere directamente pertinente para la controversia.
15.4 Reunión inicial
(a) Las partes se deben reunir en un plazo de 10 días hábiles tras la fecha de entrega del aviso de controversia y tratar de resolver sus diferencias.
(b) Cada parte se debe esforzar al máximo posible por resolver la controversia y actuar de buena fe.
15.5 Mediación
(a) Si el conflicto no se resuelve dentro de los 10 días hábiles de la reunión celebrada en conformidad con la cláusula 15.4 o en el plazo que las partes acuerden, cualquiera de las partes podrá remitir la disputa al Centro Australiano de Controversias (ADC) para la mediación.
(b) La mediación se efectuará de conformidad con las directrices de mediación de ADC, las que establecen los procedimientos que se deben adoptar, el proceso de selección de un mediador y los costos involucrados.
15.6 El contrato permanece en vigor. Las partes deben seguir cumpliendo con sus respectivas obligaciones en virtud de este contrato, a la espera de la resolución de la controversia.
15.7 Medida cautelar. Ningún contenido de esta cláusula 15 impide que alguna de las partes inicie una medida cautelar, cuando una acción por daños sea un recurso insuficiente o inadecuado.
15.8 Perdurabilidad. Esta cláusula 15 seguirá vigente tras la rescisión, cancelación o expiración de este contrato.
16 Restricciones
16.1 Es posible que la exportación del software desde el país de compra original, este afecte controles o restricciones de las leyes locales aplicables.
16.2 El licenciatario:
(a) debe determinar la existencia y aplicación de las leyes locales antes de efectuar cualquier exportación propuesta y debe obtener la totalidad de las autorizaciones y los permisos que se necesiten; y
(b) no debe exportar el software en infracción de alguna restricción legal aplicable a la exportación.
17 Perdurabilidad
17.1 Las disposiciones de las cláusulas 2 (derechos de propiedad intelectual), 7.4, 7.5, 7.6, 7.7 y 7.8 (derechos y restricciones), 9 (mecanismos de otorgamiento de licencias y sanciones), 11.4 y 11.6 (cancelación), 13 (exención de responsabilidad y limitación de recursos), 14.4, 14.5 (indemnidad), 15 (resolución de controversias), 18.2 (derecho), 19 (definiciones) y 20 (interpretación) seguirán vigentes tras la rescisión, expiración o cancelación de este CLUF.
18 General
18.1 El licenciatario debe informar de inmediato a Deswik si en algún momento toma conocimiento sobre alguna infracción a sus obligaciones en virtud de este CLUF.
18.2 Esta licencia se rige e interpreta de conformidad con las leyes vigentes en Queensland y en la Commonwealth de Australia. Cualquier controversia en virtud de estos términos se someterá a la jurisdicción exclusiva de los tribunales de Queensland y de la Commonwealth de Australia y las partes se someten a la competencia de dichos tribunales para tales fines y renuncian a cualquier objeción de competencia o foro de tales tribunales.
19 Definiciones
19.1 Código Accesible, quiere decir el código desprotegido y accesible del software e incluye, sin limitación, ensambles, secuencias de comandos, macros, informes personalizados y flujos de trabajo.
19.2 Software Adicional, quiere decir actualizaciones, parches, nuevas funcionalidades, suplementos, plugins, modificaciones personalizadas o nuevas funcionalidades específicas para las necesidades del licenciatario u otros componentes de complemento del software.
19.3 Usuario Autorizado, quiere decir una persona autorizada por el licenciatario para acceder o utilizar el software en virtud de una Licencia para el Usuario.
19.4 Deswik, quiere decir Deswik Mining Consultants (Australia) Pty Ltd (cédula australiana: 130 036 832), con domicilio en nivel 00, Xxxxxxxx Xxxxx, calle 00 Xxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx 0000, Xxxxxxxxx.
19.5 Software Integrado, quiere decir cualquier software de terceros con Código Accesible o Código Protegido que cuente con autorización bajo licencia de Deswik procedente de un tercero e integrado al software.
19.6 CLUF, quiere decir este documento y cualquier modificación o anexo provista por Deswik para el licenciatario.
19.7 Cánones, quiere decir la totalidad de las tasas y los gastos que el licenciatario debe pagar a Deswik o a un distribuidor al adquirir el software y cualquier licencia para el usuario.
19.8 Derechos de Propiedad Intelectual, quiere decir aquellos derechos comprendidos en
cualquier patente, Derecho de Autor, diseño o marca registrada en derecho común o en derecho romano, los derechos de solicitar registro en virtud de una ley con respecto a esos derechos o a derechos similares y los derechos de protección de secretos comerciales, buen nombre comercial o información confidencial.
19.9 Código Protegido, quiere decir cualquier código fuente del cual Deswik o un tercero adopte medidas de protección contra acceso.
19.10 Distribuidor, quiere decir una entidad que venda y distribuya los productos de Deswik y está autorizada por Deswik para hacerlo.
19.11 Software, quiere decir el software que acompaña a este CLUF, incluidos programas informáticos, software adicional, código accesible, código protegido y medios asociados, materiales impresos, documentación en línea o electrónica, servicios basados en Internet y software integrado.
19.12 Licencia para el Usuario, quiere decir una o más licencias que otorga Deswik al licenciatario en virtud de este CLUF para permitir que un usuario autorizado acceda y utilice el software. El número de licencias de usuario otorgadas al licenciatario depende de los cánones pagados por el licenciatario.
20 Interpretación
20.1 Divisibilidad
(a) Sujeto a la cláusula 20.1 (b), si alguna disposición de este documento resulta ilegal o inejecutable en cualquier jurisdicción pertinente, puede ser separada para los efectos de esa jurisdicción sin que esto afecte la ejecutabilidad de las demás disposiciones de este documento.
(b) La cláusula 20.1(a) no se aplica, si la separación de la disposición altera materialmente:
(i) el alcance y la naturaleza de este documento; o
(ii) las posiciones comerciales o financieras relativas de las partes; o
(iii) sería contraria al orden público.
20.2 Acuerdo íntegro. Este CLUF y cualquiera anexo o suplemento incluidos con el software y cualquier contrato de soporte y mantenimiento de software suscrito entre las partes:
(a) constituyen el acuerdo íntegro entre las partes acerca del propósito de estos y reemplazan a todos los contratos, arreglos y entendimientos anteriores en relación con ese tema; y
(b) sólo pueden ser alterados por escrito y con la firma de todas las partes. Deswik puede negar su consentimiento a su entero criterio, con el requisito de fundamentar.
20.3 General. En este documento, a menos que el contexto requiera algo distinto:
(a) una referencia a:
(i) el singular incluye el plural y el plural incluye el singular;
(ii) un considerando, una cláusula, un plan o una anexión es una referencia a una cláusula, un considerando, un plan o una anexión de este documento y las referencias a este documento incluyen cualquier considerando, plan o anexión;
(iii) todo contrato (incluido este documento) u otro instrumento incluye cualquier variación o reemplazo de los mismos y en la forma en que sean cedidos o novados;
(iv) un estatuto, una ordenanza, un código u otra ley incluye la legislación subordinada (incluidos los reglamentos) y demás instrumentos subordinados, así como las consolidaciones, modificaciones, repromulgaciones o sustituciones de cualquiera de los anteriores;
(v) una persona o entidad incluye individuos, empresas, personas jurídicas, fideicomisos, asociaciones sin constituir o autoridades;
(vi) una persona incluye a sus representantes legales personales (incluidos ejecutores), administradores, sucesores, sustitutos (incluidos por medio de novación) y cesionarios autorizados;
(vii) un grupo de personas es una referencia a cualquiera par o número mayor de personas consideradas en conjunto y a cada una de ellas de manera individual;
(viii) una referencia a un día o un mes quiere decir un día calendario o un mes calendario;
(b) el significado de cualquier lenguaje general no se limita por ningún ejemplo de acompañamiento y las palabras “incluye”, “incluido(s)”, “tal(es) como”, “por ejemplo” o palabras similares no son palabras de limitación;
(c) las palabras “costos” y “gastos” incluyen cobros, gastos y costes legales razonables sobre la base de plena indemnidad;
(d) los títulos y el índice sólo cumplen una función de facilitación y no forman parte de este documento ni afectan su interpretación;
(e) si se especifican períodos y fechas a contar de un día determinado o desde el día de un acto o evento, se debe calcular sin incluir ese día;
(f) el tiempo transcurrido entre dos días, actos o eventos incluye el día de la ocurrencia o ejecución del segundo, pero no el primero;
(g) no se debe interpretar ninguna disposición de este documento en detrimento de una de las partes por el simple hecho de que esa parte fuera responsable de preparar el documento o de incluir la disposición en el documento.
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