LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PROVISIÓN Y MANTENIMIENTO OPERATIVO PERMANENTE DE EXPENDEDORAS DE BEBIDAS CALIENTES, AGUA FRÍA Y CALIENTE POR RED, EN CALIDAD DE COMODATO, PARA SER COLOCADOS EN LAS INSTALACIONES DEL GOBIERNO DE...
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 35/DGRGIEG/18
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PROVISIÓN Y MANTENIMIENTO OPERATIVO PERMANENTE DE EXPENDEDORAS DE BEBIDAS CALIENTES, AGUA FRÍA Y CALIENTE POR RED, EN CALIDAD DE COMODATO, PARA SER COLOCADOS EN LAS INSTALACIONES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (GCABA)
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Art. 1.- OBJETO DEL LLAMADO.
Art. 2.- TERMINOLOGÍA Y DEFINICIONES Art. 3.- PRESUPUESTO OFICIAL.
Art. 4.- INICIO Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO
Art. 5.- PRÓRROGA DEL CONTRATO Art. 6.- CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL Art. 7.- CÓMPUTO DE PLAZOS
Art. 8.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES Art. 9.- COMPETENCIA JUDICIAL
Art. 10.- GRATUIDAD DE LOS PLIEGOS
Art. 11.- CONSULTA DE PLIEGOS
Art. 12.- PUBLICIDAD. INVITACIONES.
Art. 13.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL – ORDEN DE PRELACIÓN
DE LAS CONDICIONES DE LA LICITACIÓN Art. 14.- RÉGIMEN DE LA CONTRATACIÓN Art. 15.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD Art. 16.- DAÑOS A TERCEROS
Art. 17.- SEGUROS
Art. 18.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE Art. 19.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES Art. 20.- CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD
DE LAS GARANTÍAS
Art. 21.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Art. 22.- GARANTÍA DE LA ADJUDICACIÓN
Art. 23.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Art. 24.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Art. 25.- FORMA DE COTIZAR
Art. 26.- CONTENIDO DE LA OFERTA. Art. 27.- FALSEAMIENTO DE DATOS.
Art. 28.- VICIOS EXCLUYENTES. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA Art. 29.- CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES.
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Art. 30.- CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES
Art. 31.- CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE LA LICITACIÓN Art. 32.- ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS
Art. 33- VISTA DE LAS PRESENTACIONES Art. 34.- EVALUACIÓN
Art. 35.- REVOCACIÓN DEL LLAMADO O RECHAZO DE LA TOTALIDAD DE OFERTAS. Art. 36.- PREADJUDICACION
Art. 37.- DE LA IMPUGNACION A LA PREADJUDIACION Art. 38.- ADJUDICACIÓN
Art. 39.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Art. 40.- LICITACIÓN PÚBLICA DESIERTA O FRACASADA. RESERVA DEL DERECHO DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO
Art. 41.- CESIÓN O TRANSFERENCIA
EJECUCION DEL CONTRATO
Art. 42- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO Art. 43. OBLIGACIONES DEL GCABA RÉGIMEN DE PENALIDADES
Art. 44.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO Art. 45.- PENALIDADES CONTRACTUALES
Art. 46.- MULTAS
Art. 47.- RESCISIÓN POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Art. 48.- RESCISIÓN POR FRAUDE O NEGLIGENCIA
Art. 49.- RESCISIÓN TOTAL O PARCIAL
Art. 50.- RESCISIÓN POR REITERACIÓN DE INFRACCIONES Art. 51.- SANCIONES
Art. 52- APLICACIÓN DE PENALIDADES Y/O SANCIONES. CONTRATOS EXTINGUIDOS Art. 53.- OTRAS CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Art. 54.- CONTINUIDAD
Art. 55.- PAGO DEL SERVICIO
ANEXOS
ANEXO I PLANILLA DE COTIZACION
XXXXX XX PLANILLA CRONOGRAMA DE ENTREGA XXXXX XXX PLANILLA PRESUPUESTO OFICIAL
PLIEG-2018-22440725- -DGRGIEG
Art. 1.- OBJETO DEL LLAMADO.
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires llama a Licitación Pública para la contratación de un Servicio de provisión y mantenimiento operativo permanente de expendedoras de bebidas calientes, agua fría y caliente por red, en calidad de comodato, para ser colocados en las siguientes instalaciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a saber:
RENGLÓN 1: “USINA DEL ARTE”, predio en la xxxxx Xxxxxxx X. Xxxxxxxxx 0, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
RENGLÓN 2: “XXXXXXXX XXXXXXXX”, predio ubicado en la xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx 0000 xx
xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
RENGLÓN 3: “ESTADOS UNIDOS”, predio ubicado en la xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx 00/00 0x xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
RENGLÓN 4/5: “IGUAZU”, predio ubicado en la xxxxx Xxxxxx 000, Xxxxxx Xxxx x 0x Xxxx, xx
xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
RENGLÓN 6/7/8: “XXXXXXX XXXXXX”, predio en la xxxxx Xx. Xxxxxx Xxxxxx 000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
RENGLÓN 9: “TEATRO SAN XXXXXX”, ubicado en la xxxxx Xx. Xxxxxxxxxx 0000, xx xx
Xxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
RENGLÓN 10/11/12/13: “XXXXXXXXX”, predio ubicado en la xxxxx Xxx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx 0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
RENGLÓN 14: “CHICLANA”, predio ubicado en la xxxxx Xxxxxxxx 0000/0000, xx xx Xxxxxx
Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
RENGLÓN 15/16/17/18/19/20: “LOS PATOS”, predio ubicado en la xxxxx Xxx Xxxxx 0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
RENGLÓN 21: “VENEZUELA”, predio ubicado en la xxxxx Xxxxxxxxx 000/000/000, xx xx
Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Art. 2.- TERMINOLOGÍA Y DEFINICIONES
Los términos contenidos en el presente Xxxxxx se interpretarán siempre en forma coherente con el marco legal aplicable, los principios generales que rigen las contrataciones y adquisiciones, y los Principios Generales del Derecho Administrativo.
A efectos de la interpretación de este Pliego, el Pliego de Especificaciones Técnicas y Anexos y de todo otro documento contractual a él vinculado, las siguientes palabras y expresiones tendrán el significado que a continuación se consigna:
a) Adjudicación: Es el acto administrativo por el cual la Autoridad Competente selecciona al/los oferente/s cuya oferta resulte ser la más conveniente/s para el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
b) Adjudicatario: La entidad, cuya oferta resulta seleccionada por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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c) Administrador: Persona designada por el GCABA como responsable de la gestión del servicio e interlocutor principal con el prestador.
d) Adquirente: Es aquél que retira los Pliegos.
e) Autoridad de Aplicación: Dirección General de Relocalización y Gestión Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx – DGRGIEG -Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte – MDUyT- o la que en el futuro la remplace.
f) Circular con Consulta: Respuestas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a todo pedido de aclaración.
g) Circular sin Consulta: Aclaraciones de oficio que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires pueda formular en el marco de esta licitación.
h) Comodato: Contrato por el cual una parte, comodante, entrega a la otra gratuitamente, comodatario, una cosa no fungible para que la use y disfrute, con la obligación de devolverla.
i) Documentación: Es la totalidad de los elementos e instrumentos del contrato, detallados en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y Anexos.
j) GCABA: Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
k) Oferente: Toda persona humana o jurídica que presente su oferta en la presente Licitación.
l) Oferta: Toda la documentación que presenta cada Oferente en el Acto de Apertura.
m) Orden de compra: Instrumento por el cual se formaliza el objeto de la presente licitación, una vez adjudicada la/s oferta/s más conveniente/s y aprobada dicha adjudicación, y que rige las relaciones entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el/los adjudicatario/s, cuyas condiciones se estipulan en todos los documentos técnicos y legales.
n) Organismo Licitante: Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ñ) Pliego: El presente documento, complemento xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, que tiene por objeto especificar las condiciones de la contratación, las obligaciones de las partes, el procedimiento de la Licitación Pública; el PET y Anexos.
o) PET: Pliego de Especificaciones Técnicas.
p) RIUPP: Registro Único y Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
q) Servicio: Es la prestación de todas las tareas inherentes al objeto de la licitación que
nos ocupa, que se desarrollarán ante cada solicitud de provisión, que contemple todo lo relativo al eficaz cumplimiento del trabajo en tiempo y forma.
r) Solicitud de Provisión de Tareas: Es cada una de las órdenes de trabajo que emite la Dirección General de Relocalización y Gestión Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx – DGRGIEG - al adjudicatario con motivo de las tareas a desarrollar para la correcta prestación del servicio.
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s) DGRGIEG: Dirección General de Relocalización y Gestión Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx – DGRGIEG -Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte – MDUyT-.
t) Tareas/Trabajos: Actividades y gestiones objeto de la prestación del servicio.
u) Usuarios: Personas humana que accedan ocasional y/o asiduamente a los inmuebles ubicados en las calles Xxxxxxx X. Xxxxxxxxx 1(Usina del Arte), Xxxxxxxx Xxxxxxxx 2343, Estados Unidos 20/40 5° piso, Xxxxxx 000 XX x 0x piso, Xx. Xxxxxx Xxxxxx 000
(Xxxxxxx Xxxxxx), Xx. Xxxxxxxxxx 0000 (Xxxxxx Xxx Xxxxxx), Xxx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx 0000 (Xxxxxxxxx), Xxxxxxxx 0000/0000 (Xxxxxxxx), Xxxxxxxxx 149/151/153 (Venezuela) y Los Patos 2151 (Los Patos) perteneciente o no a la nómina del GCABA, incluyendo funcionarios, proveedores, visitas, periodistas, asesores, auditores y todas aquellas personas que por cualquier motivo accedan al mentado edificio
v) UT: Uniones Transitorias.
Art.3.- PRESUPUESTO OFICIAL.
El presupuesto oficial para la presente licitación pública asciende a la suma de PESOS TREINTA Y DOS MILLONES VEINTISEIS MIL TREINTA Y DOS CON 60/100 ($32.026.032,60)
de acuerdo a la siguiente distribución:
- Usina del Arte: PESOS SETECIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS QUINCE ($780.615,00)
- Xxxxxxxx Xxxxxxxx: PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL
DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS ($2.888.276,00)
- Estados Unidos: PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE ($338.267,00)
- Iguazú: PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS VEINTE MIL SETECIENTOS DIECINUEVE
($1.420.719,00)
- Xxxxxxx Xxxxxx: PESOS DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS CATORCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA ($18.214.350,00)
- Teatro San Xxxxxx: PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL
SETECIENTOS SESENTA ($1.472.760,00)
- Xxxxxxxxx: PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO ($4.553.588,00)
- Chiclana: PESOS QUINIENTOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS DIEZ ($520.410,00)
- Los Patos: PESOS QUINIENTOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS DIEZ CON 48/100 ($520.410,48)
- Venezuela: PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS DIECISEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 12/100 ($ 1.316.637,12)
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Art. 4.- INICIO Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO
La duración total del servicio objeto de la presente Licitación será de veinticuatro (24) meses consecutivos e ininterrumpidos, y se iniciará a los CINCO (5) días de perfeccionada la orden de compra.
Art. 5.- OPCIÓN DE PRÓRROGA DEL CONTRATO
El GCABA se reserva el derecho de prorrogar el contrato celebrado con quien resulte adjudicatario, bajo idénticas condiciones y respetándose los valores contractuales, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 119º inciso 3 de la Ley Nº 2.095 texto consolidado por Ley N° 5.666 y su Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17.
Art. 6.- CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
El servicio objeto de la presente Licitación reviste el carácter de esencial, necesario y continuo para la actividad y el normal desenvolvimiento de la función pública inherente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En tal sentido, la prestación del servicio que por el presente se licita, no puede suspenderse, retardarse y/o discontinuarse, debiendo el oferente presentar planes de contingencias a situaciones adversas que, de acuerdo a su experiencia y pericia, puedan ser previstas, pero no evitadas.
Art. 7.- CÓMPUTO DE PLAZOS
El cómputo de plazos se efectuará conforme lo estipulado en el artículo 82 de la Ley Nº
2.095 texto consolidado por Ley N° 5.666, el Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17, y supletoriamente por lo normado en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, DNU N° 1510/GCABA/97 (Texto Consolidado por Ley N° 5666).
Art. 8.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
Se considerará domicilio del OFERENTE, aquel que oportunamente constituya en su OFERTA, el cual deberá encontrarse dentro del ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De lo contrario, se estará por aquel declarado ante el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad, dependiente del Ministerio de Hacienda, Dirección General de Compras y Contrataciones (Artículo 6º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales). Asimismo, se considerará domicilio electrónico constituido, el correo electrónico declarado por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el RIUPP en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a los términos establecidos en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 1274/DGCYC/17.
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Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno, el cual deberá estar situado dentro del territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xx. Xxxxxx Xxxxxx 000 0x xxxx X.X.X.X. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires - Departamento Cédulas y Oficios Judiciales sito en calle Uruguay Nº 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06.
Art. 9.- COMPETENCIA JUDICIAL
Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (artículo 7º Pliego Único de Bases y Condiciones Generales).
Art. 10.- GRATUIDAD DE LOS PLIEGOS
Los pliegos de bases y condiciones que rigen la presente licitación se suministraran gratuitamente de conformidad con lo establecido en el art. 88 inc. 8 del Decreto 326/GCBA/17.
Art. 11.- CONSULTA DE PLIEGOS
Los oferentes podrán formular a través del sistema BAC, consultas y/o solicitar aclaraciones sobre el contenido de los Pliegos de, hasta los tres (3) días previos a la fecha establecida para la apertura de las ofertas, de conformidad con lo previsto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
Las circulares de oficio o en respuesta a pedidos de aclaraciones y/o consultas, emitidas por el GCABA, formarán parte de los documentos contractuales y serán notificadas a cada uno de los particulares u oferentes que hayan adquirido los Pliegos de la presente Contratación de conformidad con las vías de comunicación previstas en el artículo 4° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. Por tal motivo, los oferentes no podrán alegar ninguna causal basada en el desconocimiento del contenido de dichas circulares.
Los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Los oferentes que hubieran cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y
autorización como usuario externo de BAC, podrán formular consultas y/o aclaraciones de los Pliegos de Bases y Condiciones en la forma prevista en el presente Pliego.
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Art. 12.- PUBLICIDAD. INVITACIONES
El llamado a Licitación Pública para la contratación objeto de la presente se anunciará de acuerdo a lo establecido en los artículos 99 y 100 de la Ley Nº 2.095 texto consolidado por Ley N° 5.666, y su Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17. Para las invitaciones y comunicaciones se procederá de acuerdo con lo establecido en el artículo 95 de la Ley Nº 2.095, texto consolidado por la Ley N° 5.666 y su Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17.
Art. 13.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL – ORDEN DE PRELACIÓN
Los siguientes documentos constituyen la documentación contractual:
A. El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;
B. El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus circulares;
C. El Pliego de Especificaciones Técnicas y sus circulares;
D. La Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación;
E. Contrato u Orden de Compra.
Cuando exista divergencia entre los documentos señalados en el párrafo anterior, a los fines de su interpretación, prevalecerá el orden en que han sido expuestos.
Todo cuanto no esté previsto en las presentes bases será resuelto de conformidad a lo
establecido en la Ley Nº 2.095 texto consolidado por Ley N° 5.666, y su Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17 y con las disposiciones del Derecho Público dentro xxx xxxxxxxx y finalidad de la Licitación Pública, de las características de los servicios objeto de la presente licitación y la necesidad que con la presente se procura satisfacer.
DE LAS CONDICIONES DE LA LICITACIÓN
Art. 14.- RÉGIMEN DE LA CONTRATACIÓN
El presente es un procedimiento de llamado a Licitación Pública que se efectúa para la Contratación del “SERVICIO DE PROVISIÓN Y MANTENIMIENTO OPERATIVO PERMANENTE DE EXPENDEDORAS DE BEBIDAS CALIENTES, AGUA FRÍA Y CALIENTE POR RED, EN CALIDAD
DE COMODATO, PARA SER INSTALADOS EN LAS CALLES Xxxxxxx X. Xxxxxxxxx 1(Usina del Arte), Xxxxxxxx Xxxxxxxx 2343, Estados Unidos 20/40 5° piso, Xxxxxx 000 XX x 0x piso,
Xx. Xxxxxx Xxxxxx 000 (Xxxxxxx Xxxxxx), Xx. Xxxxxxxxxx 0000 (Xxxxxx Xxx Xxxxxx), Xxx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx 0000 (Xxxxxxxxx), Xxxxxxxx 3345/3349 (Chiclana), Xxx Xxxxx 0000 (Xxx Xxxxx) Xxxxxxxxx 149/151/153 (Venezuela) DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (GCABA)”en los términos del art. 31 de la Ley N° 2.095 texto consolidado por Ley N° 5.666.
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Art. 15.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD
Todo el personal o terceros afectados por el adjudicatario de la contratación al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de relación alguna con el GCABA.
Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y previsionales y cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.
Queda debidamente aclarado y entendido que el GCABA no asumirá responsabilidad alguna y quedará desligado respecto de todo conflicto o litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el adjudicatario.
Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, el presente Pliego, el Pliego de Especificaciones Técnicas, Anexos y del Contrato en General.
En el caso de que la contratista recurra a empresas subcontratistas, las mismas deberán cumplir con todas las obligaciones previstas en los pliegos licitatorios para el contratista de la Administración previa conformidad del GCABA.
Art. 16.- DAÑOS A TERCEROS
El adjudicatario implementará en la realización de las actividades que comprendan el objeto de la Licitación, todas las medidas de seguridad que sean necesarias para dar cumplimiento a la legislación vigente en la materia, para evitar daños a personas o cosas y si ellos se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios.
Las comunicaciones que se refieran a medidas de seguridad, deberán ser cumplidas inexcusablemente de acuerdo con las indicaciones impartidas por el GCABA y dentro del plazo que ésta indique.
Art. 17°.- SEGUROS
a) Generalidades
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El adjudicatario deberá contratar los seguros que se detallan en el presente artículo y acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del premio.
La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al adjudicatario por su actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su actividad.
El adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros exigidos con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de los trabajos encomendados conforme el contrato y/o contratos celebrados, incluidas las posibles prórrogas.
Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las pólizas, el adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de la relación Contractual, con una antelación no menos de cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas.
El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Xxxxxx, en las formas y con la vigencia estipulada, quedando el GCABA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera en este caso.
Queda entendido que, sin perjuicio de su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos contratados, el Contratista asume el importe de las franquicias obligatorias impuestas por las Compañías Aseguradoras.
b) De las compañías aseguradoras
Las coberturas de seguros deberán ser contratados en una empresa aseguradora habilitada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires y que al menos cuente con un Patrimonio Neto superior a los $ 500.000.000 (pesos quinientos millones), de acuerdo al último balance anual presentado ante la citada Superintendencia y publicado por la misma. Deberá acreditar también una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar en la República Argentina. Lo dicho anteriormente y enumerado en materia de patrimonio no será requerido en los supuestos de coberturas xxx xxxx Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia Colectiva y/ó Caución (Garantías de cumplimiento).
c) De los seguros en particular
1) Laborales:
Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de dependencia, mediante seguro suscripto con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART)
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autorizada para brindar ese tipo de cobertura, incluyendo específicamente las contingencias derivadas de los accidentes de trabajo, de muerte, invalidez total o parcial. Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del presente Pliego, xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas, y del Contrato.
Seguro de Riesgos del Trabajo
En el supuesto de la cobertura de riesgos de trabajo, para trabajadores en relación de dependencia:
Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
“Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx., sus funcionarios y/o empleados, sea con fundamento en el art. 39 ap. 5 de la Ley 24.557 y modificatorias, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del adjudicatario, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.”
2) Seguro de Accidentes Personales (En caso de corresponder)
En el supuesto de la cobertura de Seguro de Accidentes Personales, para quienes prestan servicios bajo las distintas modalidades de contratación y no revistan relación de dependencia con el adjudicatario.
Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
“Por la presente, la “Aseguradora”, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda
acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires., sus funcionarios y/ó empleados, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar a los prestadores de servicios que haya contratado el adjudicatario, amparados por la póliza N° XXXX y por accidentes ocurridos por el hecho o en ocasión de trabajo.”
Las condiciones de cobertura mínimas serán las siguientes:
La aseguradora se obligará a indemnizar a los asegurados, ante el fallecimiento accidental e invalidez total y/o parcial permanente derivados de accidentes acaecidos, como así también en concepto de las erogaciones en que se incurran por asistencia médica y/o farmacéutica según topes indemnizatorios determinados en póliza.
Alcance de las coberturas:
Jornada de servicio incluyendo cobertura in-itinere. Sumas a Asegurar (Monto Mínimo):
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Muerte: Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000)
Invalidez Total y/o parcial permanente por accidente: Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000) Asistencia Médico Farmacéutica (AMF): Pesos Quince mil ($ 15.000)
3) Seguro de Responsabilidad Civil
El adjudicatario debe asegurar, bajo póliza de responsabilidad civil, los daños que como consecuencia de tareas inherentes a la actividad que puedan ocasionar a personas, bienes o cosas de propiedad del GCABA o de terceros.
Será responsabilidad total del adjudicatario todo accidente, daño, robo y/o perjuicio a personas o cosas, a causa de hechos directos o derivados de los trabajos a su cargo.
Suma Asegurada Mínima:
La misma será por un monto mínimo de $1.000.000 (Pesos un millón)
Se detallan de manera enunciativa y no taxativa las coberturas adicionales a incluirse de corresponder en cada caso:
A) Responsabilidad Civil emergente de escapes de gas, incendio, rayo y/o explosión, descargas eléctricas.
B) Caída de Objetos, carteles y/o letreros.
C) Carga y descarga de bienes
D) Daños por hechos maliciosos, tumulto popular.
E) Suministro de alimentos y bebidas.
F) Grúas, Guinches, autoelevadores (de corresponder).
El contrato deberá contener un endoso en carácter de co-asegurado sin restricción de ninguna especie o
naturaleza a favor del GCABA. Los empleados del GCABA deberán ser considerados
terceros en póliza.
Art. 18.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE
Para concurrir como oferentes a la presente Licitación deberán reunirse los siguientes requisitos:
a) Sociedades regularmente constituidas por alguna de las modalidades previstas por la
Ley de Sociedades Comerciales y sus modificatorias, con la totalidad de la documentación actualizada ante la Inspección General de Justicia. Las sociedades extranjeras deberán estar inscriptas en la República Argentina en los términos de los artículos 118 y 123 de la Ley N° 19. 550 en forma previa a la adjudicación. Las Sociedades Comerciales podrán participar en la Contratación como OFERENTES en forma individual o como integrantes de una UT, pero no podrán hacer uso de ambas alternativas. Tampoco podrán ser parte integrante de más de una UT. La detección de alguna de estas situaciones será motivo de rechazo automático de todas las OFERTAS en que participen, individualmente o como integrantes de una UT, las firmas que no observasen las limitaciones antes descriptas.
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Los OFERENTES deberán cumplir con la aptitud jurídica requerida en el presente pliego, la cual se determinará teniendo en cuenta los estatutos sociales y demás documentación legal correspondiente. La duración de la sociedad individual y de cada una de las integrantes de la UT, en su caso, deberá ser conteste con el plazo previsto para la presente adquisición. Lo propio deberá ocurrir con los contratos constitutivos de la UT. En los casos de UT, todas las Sociedades que lo integren deberán cumplir en lo que respecta a su constitución y demás efectos, las prescripciones del Artículo 377, siguientes y concordantes de la Ley Nº 19. 550, sus normas complementarias y modificatorias, cumpliendo con las siguientes premisas:
x En el contrato de constitución de la UT deberá establecerse en forma expresa:
1. Responsabilidad solidaria e ilimitada de sus integrantes por todas las obligaciones emergentes del contrato, con renuncia a los beneficios de división y excusión, durante todo el término de vigencia de la UT hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones emergentes del mismo.
2. Cantidad y naturaleza de los aportes que cada integrante comprometa.
3. Objeto preciso y determinado que será exclusivamente el cumplimiento del CONTRATO vinculado con el presente llamado.
4. Unificación de su personería y constitución de domicilio único.
5. Acreditación fehacientemente de su decisión irrevocable de conformar la UT para esta presentación expresada a través de los órganos correspondientes de cada Sociedad.
x Con la OFERTA se deberá agregar una declaración jurada bajo la forma de instrumento público otorgado en el país y conforme a las normas de la República Argentina, suscripta por todos los integrantes de la UT, en la que conste:
1. El compromiso de mantener la vigencia de la UT hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones emergentes del CONTRATO.
2. El compromiso de no alterar las participaciones en las que cada integrante se incorpora
en la UT, sin la previa autorización del GCABA.
3. El compromiso de no transferir la propiedad de las acciones de cada una de las sociedades que integran la UT, sin la previa autorización del GCABA.
4. El compromiso de no introducir modificaciones en los estatutos de las empresas
integrantes que importen o puedan importar una alteración de la responsabilidad, sin la previa autorización del GCABA.
5. Designación del representante legal de una de las sociedades individuales como Representante Único de la UT, a los efectos que corresponda. La inscripción de la UT ante la Inspección General de Justicia deberá acreditarse fehacientemente en forma previa a la adjudicación. El GCABA podrá intimar su cumplimiento en un plazo razonable y perentorio, bajo pena de considerar la OFERTA desestimada con la correspondiente pérdida de la garantía de mantenimiento de OFERTA en caso de incumplimiento.
En el supuesto de que la documentación que acredita la personería jurídica del OFERENTE o cualquier otro instrumento legal relacionado con la presente Licitación no estuviera
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redactado en idioma castellano, dicha documentación deberá ser acompañada por una traducción legalizada por Traductor Público con matrícula vigente al día de la traducción y a la fecha de presentación de la OFERTA.
Los poderes conferidos fuera de la República Argentina serán otorgados según las formas del lugar de otorgamiento y serán debidamente legalizados según la legislación nacional aplicable, debiendo ser legalizados por el Consulado Argentino que correspondiere y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la Nación o contar con la Apostilla de La Haya, en su caso. Asimismo, deberá ser legalizada en forma similar toda la documentación requerida para el caso de Sociedades Extranjeras (certificados de existencia legal, estatutos, actas de Directorio, instrumentos de vinculación, balances y otra documentación exigible).
Respecto a los balances y estados de situación patrimonial de las Sociedades Extranjeras, expresados en la moneda del país de origen, deberán haber sido presentados ante el correspondiente organismo de control. Asimismo, deberá adjuntarse una traducción al español confeccionada por Traductor Público Nacional con matrícula vigente al día de la traducción y a la fecha de la presentación de OFERTA, respecto de todos los importes relacionados con las pautas de evaluación económica previstas en este pliego, convertidos a la moneda de curso legal en la República Argentina, al tipo de cambio utilizado y la fecha de referencia y fuente, todo ello debidamente legalizado.
Las traducciones efectuadas por Traductor Público Nacional deberán, a su vez, contar con firma del Colegio y/o Consejo Profesional que corresponda.
b) Estar inscripto en el Registro Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) del Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
c) Cumplir requisitos previstos para la presentación de la oferta, establecidos en el presente Pliego, en el Pliego de Especificaciones Técnicas y Anexos.
No podrán concurrir como oferentes a la presente licitación:
a) Las personas humana en forma individual o asociadas en Uniones Transitorias (UT).
b) Las sociedades irregulares o de hecho.
c) Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UT, y/o sociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos.
d) Las personas jurídicas integradas por personas físicas y/o jurídicas cuyos miembros del directorio, síndicos, gerentes, socios, representantes o apoderados sean agentes y/o funcionarios, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, Provincial o del GCABA.
e) Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UT, y/o sociedades que hubieren sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, sea en el país o en el extranjero, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público de alguno de los Estados Nacional, Provincial o Municipal.
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f) Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UT, y/o sociedades que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del País.
g) Las personas humanas o jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación.
h) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la Ley Nº 2.095 texto consolidado por Ley N° 5.666, y su Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
i) Las personas jurídicas y/o sociedades integradas por personas físicas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos y/o Gerentes se encuentren inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Xxxxxxx xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
j) Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UT, y/o sociedades que hayan sido sancionadas con la rescisión o anulación por incumplimiento culposo de sus obligaciones contractuales, en el país y/o en el extranjero.
k) Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UT, y/o sociedades en estado de concurso, quiebra o liquidación. Las que se encuentren en estado de concurso preventivo podrán formular OFERTAS, salvo decisión judicial en contrario.
l) Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UT, y/o sociedades que posean acciones de otra u otras empresas y/o sociedades OFERENTES.
m) En el caso de las UT será impedimento que todas las empresas integrantes o al menos
una forme parte de otra UT.
n) Las UT en las que todas o alguna de las empresas integrantes este incluida en la composición de otra UT OFERENTE o presenten OFERTAS en forma individual.
o) Las UT que estén conformadas por empresas extranjeras y nacionales en las cuales las
primeras tengan más del CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%) de la sociedad.
p) Aquellos incursos en los supuestos previstos en el Artículo 98° de la Ley Nº 2. 095, texto consolidado por Ley N° 5.666 y su Decreto Reglamentario N° 326/GCBA/17.
Art. 19.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES
No pueden presentarse en los procedimientos de selección del sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
a) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el
caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de
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los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
b) Las personas humana que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por
parte
de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras
dichas sanciones sigan vigentes.
c) Los cónyuges de los sancionados.
d) Los agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188 #, o la norma que en el futuro la reemplace.
e) Las personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de
aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus
bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario.
f) Los inhibidos.
g) Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.
h) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente.
i) Las personas físicas o jurídicas, e individualmente, sus socios o miembros del directorio, que hayan sido sancionadas por incumplimiento a las previsiones de los artículos 1.3.11 bis y 3.1.14 al Libro II “De las faltas en particular“, Sección 3°, Capítulo “Prohibiciones en Publicidad“ del Anexo I de la Ley 451# Régimen xx Xxxxxx de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. (Texto Inciso incorporado por Ley 4486).
j) Las personas físicas o jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una misma
contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación."
ART. 20 CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD
Se valorará positivamente a aquellas empresas que demuestren mayor compromiso ético y social.
Criterios ambientales
Los criterios ambientales tenidos en cuenta para la presente contratación serán:
x Proceso de fabricación: producción limpia, reaprovechamiento de componentes de productos en desuso.
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- Que en su proceso de fabricación se haya tenido en cuenta la disminución de los impactos ambientales (consumo de agua y de energía y emisiones incluyendo requerimientos para las emisiones de CO2).
- Que no se hayan añadido sustancias tóxicas para la salud o el ambiente (colorantes cancerígenos ni alergénicos en las prendas de trabajo).
x Distribución: que se utilice un sistema de transporte eficiente, y/o que la producción de los bienes sea local, minimizando los requerimientos de transporte, y así el uso de combustibles fósiles.
x Fin de vida del producto: empleo de mono-materiales y materiales compatibles para facilitar el reciclado, fabricación modular fácil de desmontar, identificación de materiales difíciles de reconocer mediante códigos.
- Que el bien sea reciclable, reutilizables y lavables a ser provistos.
- Adquisición de bienes mono-materiales que faciliten el reciclaje.
- Que las piezas estén marcadas claramente para su identificación y reciclado.
- Que se haya reducido todo lo posible el embalaje y éste sea reciclable.
- Que sea fácilmente reparable.
Criterios éticos y sociales
Además de criterios ambientales, el Gobierno considerará aspectos éticos relativos al cumplimiento de convenciones internacionales y estándares sobre condiciones laborales dignas, salarios mínimos, derechos de los trabajadores contando entre la planta laboral con personal con capacidades diferenciadas (Ley N° 19.279) y lucha contra el trabajo infantil, entre otros.
El comercio justo es una relación comercial que debe cumplir con normas mínimas, tales como:
ͻ 'ĂƌĂŶƚŝnjĂƌ Ă ůŽƐ ƉƌŽĚƵĐƚŽƌĞƐ X XxXXXXxXxXX XX XXxXxxX X XXXX XXXXxXxXXXX ůĂďŽƌĂďůĞƐ
justas.
ͻ AƐĞŐƵƌĂƌ ƋƵĞ xXX XxXXX XX ƐĞĂŶ ĞdžƉůotados.
ͻ >ĂƐ XxXXXxxXXxXXXX XxXXXXxXxXX XXxXX XXXxxXXx XXX ƉĂƌƚĞ ĚĞ ƐƵƐ ďĞŶĞĨŝĐŝŽƐ Ă ůĂƐ
necesidades básicas de sus comunidades: sanidad, educación, agua, saneamiento y seguridad alimentaria.
ͻ >ĂƐ xXxXXxXXXX XXxXxXxXxXX XX xXXXX XX Xx XxXxXXXx ůĂ ƚƌĂŶƐƉĂrencia y el respeto mutuo,
asegurando que estas relaciones sean a largo plazo y garanticen una parte del pago una vez
formalizado el contrato.
ͻ >Ă XxXXXXXxxX XX xXXxxxX XXxXXxxxXXXX xX XxXxXXXxxX XXx ĂŵďŝĞŶƚĞ͘
ͻ >ŽƐ ƉƌŽĚƵĐƚŽƐ ĚĞ ĐŽŵĞƌĐŝŽ ũƵƐƚŽ ƐŽŶ elaborados bajo normas de calidad.
DE LAS GARANTÍAS
Art. 21.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
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Cada oferta será acompañada mediante la constitución de una garantía a favor del GCABA, igual al valor que resulte del cinco por ciento (5%) del total de la Oferta, de conformidad con lo prescripto en el artículo 17.1 inciso a) xxx Xxxxgo Único de Bases y Condiciones Generales.
La constitución de esta Garantía de Oferta podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 17.0 xxx Xxxxgo Único de Bases y Condiciones Generales, artículo 102 y concordantes de la Ley Nº 2.095 texto consolidado por Ley N° 5.666, el Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17, y será devuelta de conformidad a lo establecido en el artículo 17.3 apartado i) xxx Xxxxgo Único de Bases y Condiciones Generales.
Las garantías deberán constituirse bajo las modalidades establecidas en la normativa citada en el párrafo que antecede, y que el oferente declara conocer y aceptar. Las mismas no podrán fijar restricciones o condicionamiento alguno para el efectivo pago al GCABA, en caso de incumplimiento por parte del oferente.
La no presentación de la Garantía de Oferta dará lugar al descarte de la misma sin más trámite.
Art. 22.- GARANTÍA DE LA ADJUDICACIÓN
Serx xxx xxez por ciento (10%) del valor total de la adjudicación (Artículo 17.1 inciso b) Pliego Único de Cláusulas Generales). Dicha garantía deberá constituirse bajo una de las modalidades previstas a tal fin en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Ley Nº 2.095 texto consolidado por Ley N° 5.666, y el Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17. La misma será devuelta al adjudicatario dentro de los diez (10) días de finalizado el contrato, a entera satisfacción del GCABA (artículo 17.3 apartado ii) xxx Xxxxgo Único de Bases y Condiciones Generales) en caso de fiel cumplimiento en tiempo y forma de cada una de las obligaciones resultantes de esta Licitación y del contrato.
Las mismas no podrán fijar restricciones o condicionamiento alguno para el efectivo pago al GCABA, en caso de incumplimiento por parte del oferente.
Art. 23.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un período de treinta (30) días desde la apertura, prorrogables automáticamente hasta la fecha de perfeccionamiento de la Orden de Compra, salvo que el oferente manifieste en forma fehaciente su voluntad en contrario con una antelación mínimx xx xxez (10) días al vencimiento del plazo, concordante con el artículo 104 de la Ley Nº 2.095 texto consolidado por Ley N° 5.666, y el Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17.
Art. 24.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
La presentación de cada oferta se hará a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC, cumpliendo con todos los requerimientos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones.
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La documentación que no se presente a través de los formularios mencionados en el primer párrafo del presente artículo, con las excepciones referidas, no será considerada como parte integrante de la Oferta y consecuentemente carecerá de valor jurídico.
Toda la información y documentos que se acompañen, y que sean requeridos en la documentación contractual de la presente licitación deberán estar firmados en todas sus fojas por persona(s), con capacidad suficiente para obligar al oferente y ser redactados en idioma castellano, a excepción de folletos ilustrativos, que podrán presentarse en su idioma original.
En el supuesto de que la documentación que acredita la personería jurídica del oferente o cualquier otro instrumento legal relacionado con la presente licitación no estuviera redactado en idioma castellano, deberá ser acompañado por una traducción debidamente legalizada.
Art. 25.- FORMA DE COTIZAR
La cotización deberá realizarse detallando el precio total y cierto, en números, en la moneda de curso legal en la República Argentina (pesos - $) e incluyendo el IVA (el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reviste la calidad de exento) por renglón, especificando precio unitario. Este último deberá corresponder a la unidad de medida especificada para cada ítem. Aquellos renglones que no cumplan con este requerimiento podrán ser desestimados. Deberá indicarse el monto total de la oferta. La cotización deberá efectuarse de acuerdo a la planilla de cotización del ANEXX X xxx Xxxxgo de Condiciones Particulares.
Atento la naturaleza esencial del objeto de esta licitación, cada oferente deberá integrar su oferta en forma total por renglón y comprensiva de las características y cantidades especificadas en el presente y en el PET y sus Anexos. Cada oferta deberá ser realizada por la totalidad del edificio que corresponda al renglón, no pudiendo cotizar parcialmente. Asimismo, podrá cotizarse uno o varios edificios debiendo ofertar la totalidad de los renglones que componen un edificio, no pudiendo cotizar parcialemente. Se considera renglón todos los renglones que componen a un edificio. La adjudicación será por edificio a un único OFERENTE.
No serán admitidas OFERTAS que se aparten de los términos y condiciones del presente Xxxxxx, como así tampoco se admitirán OFERTAS alternativas a las modalidades descriptas. Tampoco serán admitidas propuestas que impongan condiciones o se aparten de lo especificado en este Pliego y en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Además, el oferente deberá presentar junto con la oferta económica la estructura real de costos que respalda el precio ofertado. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista. También se deberá indicar el índice/precio asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos.
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La falta de alguno de los elementos señalados precedentemente, implicará la inmediata descalificación de la OFERTA.
El comitente podrá solicitar un mayor número de máquinas expendedoras hasta un
máximo de un 20% (veinte por ciento), según los valores unitarios del ANEXO I y según lo previsto en el inc. l) del art. 119 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5666).
Art. 26.- CONTENIDO DE LA OFERTA.
La propuesta deberá contener:
1. Carta de presentación: firmada por su representante apoderado, donde manifieste expresamente su decisión de participar en el presente procedimiento licitatorio y la aceptación de todas las cláusulas del presente Xxxxxx
2. Copia certificada por Escribano Público de los instrumentos constitutivos de la sociedad, estatutos, actas de asamblea, modificaciones, designación de autoridades, todo otro documento societario debidamente inscripto, que acredite el cumplimiento de los requisitos previstos en él y la representación del OFERENTE, y la constancia de su inscripción en la Inspección General de Justicia o Registro correspondiente.
En el supuesto de tratarse de una UT en formación, las sociedades integrantes deberán acompañar la documentación que se exige a las personas jurídicas que se presentan en forma individual. Además, deberá acompañarse Declaración Jurada suscripta por los representantes legales de cada integrante, en la cual manifiesten su compromiso de constitución, asumiendo responsabilidad solidaria e ilimitada, sin beneficio de excusión ni división, por los actos y operaciones que deban desarrollar y por las obligaciones que asuman frente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y estableciendo la cantidad y naturaleza de los aportes que comprometan sus integrantes.
3. Individualización e identificación del Representante legal o mandatario con poder suficiente para obligar a la persona jurídica en la presente Contratación, acreditación de la personería invocada con la documentación necesaria, debidamente autenticada y acta de directorio o instrumento societario que autorice a la presentación de la persona jurídica de que se trate en la presente licitación.
4. Estados contables de los últimos 2 (dos) ejercicios económicos anuales, CUYO VENCIMIENTO NO SEA MAYOR A 5 MESES DE LA APERTURA DE LA OFERTA, EN CUYO CASO SE DEBE PRESENTAR UN ESTADO CONTABLE INTERMEDIO CERTIFICADO POR CONTADOR Y CPCE, con sus correspondientes cuadros de resultados y anexos, firmado en todas sus fojas por Representante Legal y Dictamen del Contador interviniente, cuya firma deberá encontrarse certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción en donde se encuentre matriculado.
Del promedio de los 2 (DOS) últimos balances deberán surgir:
VENTAS NO INFERIORES A DOS VECES EL PRESUPUESTO OFICIAL.
ÍNDICE DE SOLVENCIA (PATRIMONIO NETO/ACTIVO CORRIENTE): MAYOR A 0,25. ÍNDICE DE LIQUIDEZ (ACTIVO CORRIENTE/PASIVO CORRIENTE): MAYOR A 1.
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Para grupos empresariales compuestos por más de una empresa en la Argentina, el total de Ventas anualizadas podrá considerar las Ventas anualizadas consolidadas de aquellas empresas argentinas que constituyen el grupo empresarial y que poseen un giro societario directamente vinculado con los SERVICIOS objeto del presente Pliego.
En caso de Uniones Transitorias (UT), cada una de las sociedades que la integran deberá presentar su propia información contable conforme el primer párrafo de este Inciso.
A los efectos del cumplimiento de lo establecido en el segundo párrafo del presente
Inciso, en caso de UT la Facturación se calculará como la suma simple correspondiente a cada una de las empresas integrantes de la UT.
5. Antecedentes, si los tuviere, de su actividad en el rubro prestando servicios similares en el sector público o privado, local y/o internacional en los últimos tres (3) años, los que deberán ser acreditados con documentación fehaciente.
Deberá acompañar una nómina indicando:
a) Denominación y domicilio de la institución o empresa a quién se le proveyó del servicio.
b) Características técnicas del equipamiento/servicio provisto.
c) Contacto de referencia: nombre, posición y teléfono.
6. Garantía de Mantenimiento de Oferta, de acuerdo a lo prescripto en el artículo 22 del presente Xxxxxx.
7. Declaración Jurada de no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente que
involucre o pueda tener impacto sobre más del cincuenta por ciento (50%) del activo total de la empresa.
8. Declaración Jurada de Aptitud para Contratar: (Anexo X Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales).
9. Declaración Jurada de que para cualquier situación judicial que se suscite, el oferente acepta la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra jurisdicción o competencia.
10. La oferta económica (Anexo X xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares), conforme lo estipulado en el presente Pliego.
11. Una descripción integral de los requerimientos establecidos en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
12. Listado de los últimos seis (6) formularios N° 931. Se tendrá especial consideración y se valorará positivamente que la Nómina de personal en relación de dependencia del OFERENTE a la fecha de presentación de la OFERTA sea de al menos cinco (5)
veces la cantidad total de personal que el OFERENTE asignará al SERVICIO. Para grupos empresariales compuestos por más de una empresa en la Argentina, la Nómina de personal en relación de dependencia podrá considerar la nómina de personal de aquellas empresas argentinas con giro societario directamente vinculado con los SERVICIOS objeto del presente Pliego.
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A los efectos del cumplimiento de lo establecido en el presente Inciso, en caso de UT la Nómina de personal se calculará como la suma simple correspondiente a cada una de las empresas integrantes de la UT.
13. Declaración jurada de que la nómina de personal declarada en formulario F- 931 prestan efectivamente las tareas pertinentes.
14. Presentar un plan de trabajo que se integre a la oferta y que deberá contener, como mínimo, lo siguiente:
a) Un organigrama general y detallado de todo el personal afectado a la prestación del servicio, incluyendo una breve descripción de sus funciones.
b) La dotación y categoría de personal operativo a utilizar en cada uno de los servicios y tareas.
c) La estructura del personal de supervisión y control.
d) La descripción, diagramación y programación detallada de cada uno de los servicios a prestar.
e) Se deberá determinar cómo se llevará a cabo la provisión y mantenimiento de los
equipos.
f) Un listado completo de todo el equipamiento que se utilizará en la ejecución de los servicios.
g) El plan de relevo, sustitución y refuerzo del personal.
h) Describir planes de contingencias, especificando los casos en los que serán aplicados. Cualquier otra información relativa al plan de trabajo propuesto no especificada precedentemente y que sea exigida en las Especificaciones Generales y Particulares de los servicios, como cualquier otro dato que permita establecer con exactitud la metodología y los recursos técnicos, materiales y humanos que utilizará el postulante para la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación.
15. Certificación contable de los pagos por los últimos doce (12) meses de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Valor Agregado, Ganancias y Aportes Provisionales; con la firma del Contador Público autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Además, en la respectiva certificación deberá constar el siguiente detalle: período, base imponible, monto pagado, fecha y lugar de pago.
16. Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
17. Informe expedido por la “Xxxxxxx xx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx” xxx Xxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. Sólo se admitirá como OFERENTE cuando se encuentre calificado en categoría “1” normal.
18. Constancia de Inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad (RIUPP) o Constancia de Inicio de Trámite.
19. Declaración Jurada consignando que se dará cumplimiento a todas las exigencias y/o especificaciones establecidas en los Pliegos.
20. Declaración Xxxxxx xx xxxxxxxxx xx xx xxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
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21. Certificado de libre conflicto laboral, extendido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social actualizado a la fecha de presentación de la oferta.
En el caso de tratarse de una UT, las sociedades integrantes de la misma deberán presentar en forma individual la totalidad de la documentación que se exige en el presente Artículo a excepción de los puntos 1, 6, 10, 14, 19, 21 y 22.
Art. 27.- FALSEAMIENTO DE DATOS.
El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía que sobre ella se hubiere constituido. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.
Art. 28.- VICIOS EXCLUYENTES. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA
Será rechazada de pleno derecho la oferta que incurriere en los siguientes supuestos:
a. Si el original no estuviere firmado por el oferente o su representante legal.
b. Si estuviere escrita con lápiz.
c. Si careciera de la garantía exigida.
d. Si no se presentan las muestras que el pliego de bases y condiciones particulares dispusiere.
e. Si contuvieren condicionamientos.
f. Si tuvieren raspaduras, enmiendas o interlineas en el precio, cantidad, plazo de entrega o
alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato y no estuvieren debidamente salvadas.
g. Si contuviere cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación.
h. Si incurriere en otras causales de inadmisibilidad que expresa y fundadamente se prevean en el pliego de bases y condiciones.
Art. 29.- CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES.
La sola presentación de la oferta importa, de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas en los pliegos, como así también la de las circulares con y sin consulta que se hubieran emitido, por lo que no podrá invocar en su favor, para justificar los errores en que hubiere incurrido, dudas o desconocimiento de las
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disposiciones legales aplicables, del contenido de los Pliegos que rigen la contratación, como así también de las especificaciones técnicas y fácticas de la misma.
Art. 30.- CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES
Los adquirentes de los Pliegos podrán formular, por escrito, consultas y/o aclaraciones sobre el contenido de los Pliegos de Bases y Condiciones, las que se realizarán mediante BAC hasta setenta y dos (72) horas previas a la fecha establecida para la apertura de ofertas, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 9 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
La respuesta a las consultas realizadas por los potenciales OFERENTES será exhibida en BAC para conocimiento de todos los demás interesados y se incluirá como parte integrante xxx Xxxxxx.
Asimismo, la Unidad Operativa de Adquisiciones podrá, de oficio, realizar las aclaraciones que sean pertinentes, las que comunicará siguiendo el procedimiento mencionado precedentemente.
Art. 31.- CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE LA LICITACIÓN
Todas las ofertas deberán contener sin excepción la totalidad de los servicios cuya contratación se licita, bajo la modalidad descripta en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Pliego de Especificaciones Técnicas, anexos y circulares. Bajo ningún concepto serán admitidas ofertas parciales ni por parte de renglón.
Art. 32.- ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS
El acto de apertura de ofertas se efectuará a través de BAC. Las ofertas serán liberadas el día y hora establecidos en el respectivo llamado a Licitación Pública, formulándose electrónicamente el Acta pertinente para conocimiento de los participantes y funcionarios designados.
El sistema asegura certeza en la hora y fecha de la apertura y permite a los Oferentes acceder al resto de las ofertas presentadas, las que podrán ser observadas por los mismos dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la apertura en la Dirección General Administrativa, Técnica y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte sita en Xx. Xxxxxx Xxxxxx 000, 0x xxxx.
Las eventuales observaciones realizadas por los oferentes no generarán obligaciones de ningún tipo al GCBA, así como ningún derecho a los oferentes que las realizarán.
Art. 33- VISTA DE LAS PRESENTACIONES
El derecho de vistas con relación a las OFERTAS presentadas en esta contratación se regirá por la normativa contenida en la Ley de Procedimientos Administrativos como el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1.510/GCABA/97, ratificado por Resolución Nº 41/LCABA/98.
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Art. 34.- EVALUACIÓN
La Comisión de Evaluación de OFERTAS, designada por Resolución 165-MDUYT-17, emitirá su dictamen en el plazo previsto a tal fin en la Ley Nº 2.095, texto consolidado por Ley Nº 5.666 y el Decreto Nº 326/GCABA/17, el cual no tendrá carácter vinculante y proporcionará a la autoridad competente para adjudicar, los fundamentos para el dictado del acto administrativo con el cual se concluirá el procedimiento. Son contenidos mínimos de dicho dictamen:
a) Examen de los aspectos formales de cada OFERTA y documentación.
b) Aptitud de los OFERENTES para participar en esta Licitación.
c) Evaluación de las OFERTAS, y de la modalidad en que han sido realizadas de acuerdo a los intereses del Comitente.
d) Recomendación sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento.
Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación de OFERTAS podrá requerir de los OFERENTES la información complementaria y documentación respaldatoria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las OFERTAS presentadas.
Art. 35.- REVOCACIÓN DEL LLAMADO O RECHAZO DE LA TOTALIDAD DE OFERTAS.
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se reserva el derecho de revocar el llamado licitatorio o de rechazar la totalidad de las OFERTAS presentadas con anterioridad al perfeccionamiento del CONTRATO, sin que dicha decisión otorgue derecho alguno a los OFERENTES para formular y/o efectuar reclamo alguno.
Art. 36.- PREADJUDICACION
La Comisión de Evaluación expedirá un dictamen fundado y verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos en este Pliego. Solo será preadjudicado el OFERENTE que cumpla con las condiciones fijadas en el presente y cuya OFERTA resulte la más conveniente para el GCABA, en virtud de la calidad del servicio, la idoneidad técnica y económica del OFERENTE y los precios y porcentajes ofrecidos. No serán rechazadas las OFERTAS que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás OFERTAS. Para ser preadjudicado, el OFERENTE deberá encontrarse inscripto en el RIUPP. El anuncio de las preadjudicaciones será conforme lo establecido en el Artículo 112 de la Ley Nº 2.095, texto consolidado por Ley N° 5.666 y el Decreto Nº 326/GCABA/17.
Art. 37.- DE LA IMPUGNACION A LA PREADJUDIACION
De conformidad con lo previsto en el Artículo 21 inciso b) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, los OFERENTES tendrán un plazo de tres (3) días para formular impugnaciones, contados desde el vencimiento del término fijado para los anuncios de la preadjudicación.
PLIEG-2018-22440725- -DGRGIEG
Dado este supuesto, se resolverá conforme lo dispuesto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en su Artículo 20, párrafo final, previa intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 21 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, será condición de admisibilidad de las impugnaciones descriptas en el artículo anterior, el depósito del cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta preadjudicada, el que será efectuado mediante depósito en la Cuenta Nº 200.581/2 “Garantía por Impugnaciones”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Centro, perteneciente a la Dirección General de Compras y Contrataciones, el que será reintegrado sólo en caso de que la impugnación prospere totalmente. Deberán ser presentadas en la sede de la Dirección General de Compras y Contrataciones, dentro del plazo fijado a tal efecto, acompañando fotocopia y original de la boleta de depósito, caso contrario, no será considerada impugnación.
Art. 38.- ADJUDICACIÓN
Vencido el plazo establecido en el artículo 38° del presente Pliego, el GCABA resolverá en forma fundada la adjudicación, previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires según lo establecido en la Ley Nº 1.218 texto consolidado por Ley N° 5.666.
Si se hubieren formulado impugnaciones contra la preadjudicación, éstas serán resueltas, previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el mismo acto que disponga la adjudicación, debiéndose publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la página Web del Gobierno de la Ciudad, en el Portal BAC de acuerdo a lo establecido en el artículo 112 de la Ley Nº 2.095 texto consolidado por Ley N° 5.666 y el Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17, y notificando dicho acto a todos los oferentes por medio fehaciente.
Los recursos contra la adjudicación tramitarán por expediente separado formado por las copias pertinentes, sin interrumpir la ulterior tramitación del expediente principal, de conformidad con lo prescripto por la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires.
La autoridad competente resolverá los recursos administrativos previo dictamen de la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Art. 39.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El perfeccionamiento del contrato se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley Nº 2.095 texto consolidado por Ley N° 5.666 y el Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17.
Art. 40.- LICITACIÓN PÚBLICA DESIERTA O FRACASADA. RESERVA DEL DERECHO DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO.
PLIEG-2018-22440725- -DGRGIEG
En caso de que no se presentara ningún OFERENTE la Licitación será declarada desierta. En el supuesto de que los OFERENTES no reúnan las condiciones y requisitos mínimos que resulten indispensables para ser ADJUDICATARIOS, o de que ninguna de las OFERTAS presentadas se ajuste al SERVICIO requerido para la presente contratación en toda la documentación licitatoria, la Licitación será declarada fracasada, sin que ello dé derecho a reclamación alguna por parte de los OFERENTES.
El GCABA se reserva el derecho de dejar sin efecto el procedimiento con anterioridad al
perfeccionamiento del contrato, sin que dicha decisión otorgue derecho alguno a los OFERENTES para formular y/o efectuar reclamo alguno, conforme art. 84 de la Ley N°
2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666).al Artículo 25 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 1274/DGCYC/17.
Art. 41.- CESIÓN O TRANSFERENCIA
El contrato, ni los derechos que de él emerjan, podrán ser cedidos o transferidos por el/los adjudicatario/s a terceros sin autorización previa y fundada de la autoridad competente, caso contrario, será de aplicación lo previsto en el artículo 51 y ccs. del presente pliego.
XXXXXXXXX XXX XXXXXXXX
Xxx. 00- XXXXXXXXXXXX XXX XXXXXXXXXXXXX
Será obligación del Adjudicatario: Receptar en la forma estipulada en el Pliego de Especificaciones Técnicas, y en el plazo dispuesto en el artículo 4º del presente Pliego, las solicitudes de prestación del servicio objeto de la presente licitación. El adjudicatario será responsable por las demoras tanto en la recepción y procesamiento de las Órdenes de Provisión del Servicio como en la efectiva prestación del servicio, ocasionadas por dolo, culpa, siendo pasible de las penalidades establecidas en el capítulo “RÉGIMEN DE PENALIDADES”.
a) Observar en la prestación de servicios las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y Seguridad en el trabajo.
b) Mantener la continuidad y regularidad de los servicios según los Pliegos.
c) Responder en forma total y exclusiva, por cualquier daño que pudiera ocasionarse, directa o indirectamente, con motivo de la prestación o en ocasión de la prestación del servicio objeto de la presente licitación, o ante la falencia en la prestación de los mismos.
Art. 43. OBLIGACIONES DEL GCABA
Serán obligaciones del GCABA durante la ejecución del contrato:
a) Receptar los datos estadísticos que el adjudicatario remita, durante la ejecución del contrato.
b) La DGRGIEG será responsable de certificar el servicio prestado, firmando para ello un certificado de servicio. Dicho certificado requerirá la firma del funcionario a cargo.
PLIEG-2018-22440725- -DGRGIEG
RÉGIMEN DE PENALIDADES
Art. 44.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO
El incumplimiento en término de las obligaciones contractuales coloca a la adjudicataria en estado xx xxxx automática sin necesidad de interpelación, y por lo tanto, sujeta a la aplicación de las penalidades que se establecen en este capítulo. Para determinar el monto de las mismas, se tomará como base los valores mensuales de facturación que correspondan al adjudicatario.
Art. 45.- PENALIDADES CONTRACTUALES
El adjudicatario puede ser pasible de las siguientes penalidades:
a) Multa por incumplimiento de las obligaciones contractuales.
b) Pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta o de adjudicación
c) Rescisión del contrato por culpa del adjudicatario. La aplicación de las penalidades es facultad de la autoridad de aplicación.
Art. 46.- MULTAS
Ante el incumplimiento por parte del adjudicatario, y dado el carácter esencial del servicio contratado, pueden generarse la aplicación de multas.
La graduación de esta penalidad será regulada por el GCABA, teniendo en cuenta la naturaleza, gravedad y reincidencia de la falta cometida, como así también en los antecedentes del adjudicatario, y de acuerdo a los parámetros establecidos en la Ley N°
2.095 texto consolidado por Ley N° 5.666 y su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17. Las multas se graduarán en porcentajes sobre la facturación que perciba en el mes en que se configure la infracción.
Serán consideradas faltas graves, y como consecuencia se aplicará a cada una de ellas la multa que a continuación se describe:
1. La demora en la prestación del servicio de más de 48 horas por cualquier causa, hará pasible al adjudicatario de una multa equivalente al 1% (UNO por ciento) sobre el total de la facturación que el adjudicatario perciba durante el mes en que se haya perfeccionado la misma, por día de retardo.
2. La demora en la provisión de los insumos necesarios para prestar este servicio por causas imputables al adjudicatario dará lugar a la aplicación de una multa equivalente al 0,5 % (CERO COMA CINCO por ciento) de la facturación que el adjudicatario perciba durante el mes en la cual se hubiere constatado la falta por día de retardo.
3. El incumplimiento de las indicaciones de la inspección en lo que se refiere a medidas de seguridad, de acuerdo a lo establecido en el artículo 16º, dará lugar a una multa equivalente al 3% (TRES por ciento) sobre la facturación que el adjudicatario perciba durante el mes en la cual hubiere acaecido la infracción.
PLIEG-2018-22440725- -DGRGIEG
4. En todos aquellos casos no enumerados precedentemente en que la adjudicataria incurra en actos u omisiones culpables o negligentes que se traduzcan en la privación de uso del servicio contratado por el GCABA, se generará una multa equivalente al 2% (DOS por ciento) del monto de facturación mensual del adjudicatario correspondiente al mes de infracción y/o en la que se detectare la misma.
Art. 47.- RESCISIÓN POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Vencido el plazo de cumplimiento del contrato, de su prórroga o del plazo para el cumplimiento de obligaciones esenciales del contrato, sin que los servicios locados hayan sido puestos efectivamente a disposición del GCABA, se rescindirá el mismo de pleno derecho con pérdida de las garantías correspondientes sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, debiendo luego el organismo licitante proceder al dictado de la declaración formal de rescisión y el CONTRATISTA será pasible de los daños y perjuicios que su incumplimiento le cause a la Administración.
Art. 48.- RESCISIÓN POR FRAUDE O NEGLIGENCIA
Cuando el adjudicatario incurra en negligencia en la ejecución del contrato o incumpla las obligaciones a su cargo, la autoridad de aplicación podrá rescindir unilateralmente el contrato, quedando a cargo de la adjudicataria incumplidora la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar ya que se trata de un modo anormal de finalización de contrato. Asimismo, es causal de rescisión del contrato por culpa del adjudicatario y con las consecuencias precedentemente indicadas, cuando se hubiere configurado cualquier tipo de fraude que fuera determinante de la adjudicación de la oferta en cuestión.
Art. 49.- RESCISIÓN TOTAL O PARCIAL
La rescisión del contrato y la consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento pueden ser totales o parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquél. En caso de efectuarse una rescisión parcial, el adjudicatario debe cumplir con la parte no rescindida, aún en el caso que se le imponga una sanción de suspensión o inhabilitación.
Art. 50.- RESCISIÓN POR REITERACIÓN DE INFRACCIONES
El GCABA podrá rescindir el contrato de pleno derecho cuando las multas aplicadas en concepto de infracciones cometidas alcanzaren en su monto el 10% (DIEZ por ciento) del importe total del contrato original. La rescisión implicará en todos los casos la pérdida de la garantía de adjudicación en proporción a la parte no cumplida y será pasible de los daños y perjuicios que su incumplimiento le cause a la Administración. En caso de que el importe resultante supere el monto de la garantía que se hallare vigente, se procederá a su cancelación por cualesquiera de los otros procedimientos establecidos en el artículo 131º de la Ley Nº 2.095, texto consolidado por Ley N° 5.666 y su Decreto Reglamentario
PLIEG-2018-22440725- -DGRGIEG
Nº 326/GCABA/17, y en caso que resultaren diferencias a favor del GCABA, se formulará por las mismas el cargo correspondiente.
Art. 51.- SANCIONES
Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades antes mencionadas, el cocontratante podrá ser pasible de la aplicación de las sanciones disciplinarias establecidas en la Ley Nº
2.095 texto consolidado por la Ley N° 5.666, y su Decreto Reglamentario Nº
326/GCABA/17.
Art. 52.- APLICACIÓN DE PENALIDADES Y/O SANCIONES. CONTRATOS EXTINGUIDOS
Las multas y/o sanciones de las que pudiera resultar pasible la contratista serán aplicadas aun cuando el contrato se encuentre rescindido y/o extinguido; ello en tanto que el hecho motivador hubiere ocurrido durante la vigencia del contrato.
Art. 53.- OTRAS CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Serán causales de extinción del contrato las siguientes:
a) Expiración del plazo término del contrato, según lo estipulado en el presente pliego;
b) Mutuo acuerdo;
c) Rescisión por incumplimiento del contratista, en los términos del artículo 48 y concordantes del presente Xxxxxx;
d) Modificaciones en las prestaciones o términos de las mismas, sin previa conformidad
del GCABA;
e) Presentación en concurso del contratista, impidiendo dicha circunstancia el efectivo y total cumplimiento de las obligaciones emergentes xxx xxxxxx;
f) Cuando el adjudicatario no se encuentre en condiciones de continuar proveyendo las
opciones más convenientes xxx xxxxxxx en los productos objeto de la licitación.
En todos los casos en que se declare la extinción y/o rescisión del contrato por causa imputable al adjudicatario, éste perderá de pleno derecho todas las garantías constituidas, sin perjuicio de las acciones legales que correspondieren al GCABA.
Art. 54.- CONTINUIDAD
En los supuestos de extinción anticipada del contrato por alguna de las causales descriptas en los artículos anteriores, el contratista estará obligado a continuar la prestación de los servicios por el término de 60 (SESENTA) días, en iguales condiciones de contratación.
Art. 55.- PAGO DEL SERVICIO
El pago será efectuado de acuerdo con las disposiciones contenidas en los artículos 26, 27, 28, 29, 30 y 31 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
PLIEG-2018-22440725- -DGRGIEG
PLIEG-2018-22440725- -DGRGIEG
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Hoja Adicional de Firmas Pliego Bases Condic. Part.
Número:
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Buenos Aires,
Miércoles 15 xx Xxxxxx de 2018
Referencia: Pliego de Bases y Condiciones Particulares
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Xxxxx Xxxxxx Director General
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MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE
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MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE | ||||||
DIRECCIÓN GENERAL DE RELOCALIZACIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE EDIFICIOS DE GOBIERNO | ||||||
ANEXO I - PLANILLA COTIZACIÓN | ||||||
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PROVISIÓN Y MANTENIMIENTO OPERATIVO PERMANENTE DE EXPENDEDORAS DE BEBIDAS CALIENTES, AGUA FRÍA Y CALIENTE POR RED, EN CALIDAD DE COMODATO, PARA SER COLOCADOS EN LAS INSTALACIONES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (GCABA) | ||||||
Renglón | Ubicación Descripción | CANTIDAD | UNIDAD | PRECIO UNITARIO | TOTAL | |
1 | “USINA DEL ARTE”, predio en la xxxxx Xxxxxxx X. Xxxxxxxxx 0, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | 4 Bebidas calientes: máquinas expendedoras de café tipo automáticas y 14 Dispenser de Agua Provisión de red- de pie | 24 | UNIDAD | 0 | |
2 | “XXXXXXXX XXXXXXXX”, predio ubicado en la xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx 0000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | 4 Bebidas calientes: máquinas expendedoras de café tipo automáticas y 8 Dispenser de Agua Provisión de red- de pie | 24 | UNIDAD | 0 |
IF-2018-20958645- -DGRGIEG
3 | “ESTADOS UNIDOS”, predio ubicado en la calle Estados Unidos 20/40 5° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. | 1 Bebidas calientes: máquinas expendedoras de café tipo automáticas y 1 Dispenser de Agua Provisión de red- de pie | 24 | UNIDAD | 0 | |
4;5 | “IGUAZU”, predio ubicado en la xxxxx Xxxxxx 000, Xxxxxx Xxxx x 0x Xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | 2 Bebidas calientes: máquinas expendedoras de café tipo automáticas, 2 Bebidas calientes: máquinas expendedoras de café a través xx xxxxx, 3 Dispenser de Agua Provisión de red- de pie y 2 Dispenser de Agua Provisión de a través xx xxxxx - de pie | 24 | UNIDAD | 0 | |
6;7;8 | “XXXXXXX XXXXXX”, predio en la xxxxx Xx. Xxxxxx Xxxxxx 000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | 27 Bebidas calientes: máquinas expendedoras de café tipo automáticas; 32 Dispensedora de Agua Provisión de red; 32 Dispensadora de Agua Provisión de a través xx xxxxx | 24 | UNIDAD | 0 | |
9 | “TEATRO SAN XXXXXX”, ubicado en la xxxxx Xx. Xxxxxxxxxx 0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | 3 Bebidas calientes: máquinas expendedoras de café tipo automáticas | 24 | UNIDAD | 0 | |
10;11;12;13 | “XXXXXXXXX”, predio ubicado en la xxxxx Xxx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx 0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | 10 Bebidas calientes: máquinas expendedoras de café tipo automáticas y 5 Dispenser de Agua Provisión de red- de pie | 24 | UNIDAD | 0 |
IF-2018-20958645- -DGRGIEG
14 | “CHICLANA”, predio ubicado en la xxxxx Xxxxxxxx 0000/0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | 1 Bebidas calientes: máquinas expendedoras de café tipo automáticas y 1 Dispenser de Agua Provisión de red- de pie | 24 | UNIDAD | 0 | |
15/16/17/18/19/20 | “LOS PATOS”, predio ubicado en la xxxxx Xxx Xxxxx 0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | 1 Bebidas calientes: máquinas expendedoras de café tipo automáticas y 1 Dispenser de Agua Provisión de red- de pie | 24 | UNIDAD | 0 | |
21 | “VENEZUELA”, predio ubicado en la xxxxx Xxxxxxxxx 000/000/000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | 3 Bebidas calientes: máquinas expendedoras de café tipo automáticas y 5 Dispenser de Agua Provisión de red- de pie | 24 | UNIDAD | 0 | |
TOTAL | 0 |
IF-2018-20958645- -DGRGIEG
5438 - 17/8/2018 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº 626
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Hoja Adicional de Firmas Informe gráfico
Número:
IF-2018-20958645- -DGRGIEG
Buenos Aires,
Miércoles 1 xx Xxxxxx de 2018
Referencia: ANEXO I - Planilla Cotización
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Xxxxx Xxxxxx Director General
D.G. RELOCALIZACION Y GESTION INTEGRAL DE EDIFICIOS DE GOBIERNO (MDUYTGC)
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE
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DN: cn=Comunicaciones Oficiales Date: 2018.08.01 15:09:12 -03'00'
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE | |||
DIRECCIÓN GENERAL DE RELOCALIZACIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE EDIFICIOS DE GOBIERNO | |||
XXXXX XX - CRONOGRAMA DE ENTREGA | |||
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PROVISIÓN Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE EXPENDEDORAS DE BEBIDAS CALIENTES, AGUA FRÍA Y CALIENTE POR RED, EN CALIDAD DE COMODATO, PARA SER COLOCADOS EN LA INSTALACIONES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (GCABA) | |||
CANTIDAD | DESCRIPCION | XXXXX XX XXXXXXX | XXXXX XX XXXXXXX |
0 | “USINA DEL ARTE” | Xxxxxxx X. Xxxxxxxxx 0, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | 5 días corridos, una vez perfeccionado la orden de compra. |
1 | “XXXXXXXX XXXXXXXX” | Xxxxxxxx Xxxxxxxx 0000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | 5 días corridos, una vez perfeccionado la orden de compra. |
1 | “ESTADOS UNIDOS” | Estados Unidos 00/00 0x xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | 5 días corridos, una vez perfeccionado la orden de compra. |
1 | “IGUAZU” | Iguazú 341, Xxxxxx Xxxx x 0x Xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | 5 días corridos, una vez perfeccionado la orden de compra. |
1 | “XXXXXXX XXXXXX” | Xx. Xxxxxx Xxxxxx 000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | 5 días corridos, una vez perfeccionado la orden de compra. |
1 | “TEATRO SAN XXXXXX” | Xx. Xxxxxxxxxx 0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | 5 días corridos, una vez perfeccionado la orden de compra. |
IF-2018-20958483- -DGRGIEG
1 | “XXXXXXXXX” | Xxx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx 0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | 5 días corridos, una vez perfeccionado la orden de compra. |
1 | “CHICLANA” | Xxxxxxxx 0000/0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | 5 días corridos, una vez perfeccionado la orden de compra. |
1 | "LOS PATOS" | Xxx Xxxxx 0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | 5 días corridos, una vez perfeccionado la orden de compra. |
1 | “VENEZUELA” | Xxxxxxxxx 000/000/000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | 5 días corridos, una vez perfeccionado la orden de compra. |
IF-2018-20958483- -DGRGIEG
5438 - 17/8/2018 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº 629
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Hoja Adicional de Firmas Informe gráfico
Número:
IF-2018-20958483- -DGRGIEG
Buenos Aires,
Miércoles 1 xx Xxxxxx de 2018
Referencia: ANEXO II - Planilla Cronograma de Entrega
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Date: 2018.08.01 15:07:33 -03'00'
Xxxxx Xxxxxx Director General
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MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE
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MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE | ||||
DIRECCIÓN GENERAL DE RELOCALIZACIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE EDIFICIOS DE GOBIERNO | ||||
Anexo III - PLANILLA PRESUPUESTO OFICIAL | ||||
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PROVISIÓN Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE EXPENDEDORAS DE BEBIDAS CALIENTES, AGUA FRÍA Y CALIENTE POR RED, EN CALIDAD DE COMODATO, PARA SER COLOCADOS EN LA INSTALACIONES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (GCABA) | ||||
ITEM | DESCRIPCION | CANTIDAD | UNIDAD | TOTAL |
1 | “USINA DEL ARTE”, predio en la xxxxx Xxxxxxx X. Xxxxxxxxx 0, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | 24 | UNIDAD | $ 780,615.00 |
2 | “XXXXXXXX XXXXXXXX”, predio ubicado en la xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx 0000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | 24 | UNIDAD | $ 2,888,276.00 |
3 | “ESTADOS UNIDOS”, predio ubicado en la xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx 00/00 0x xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | 24 | UNIDAD | $ 338,267.00 |
4;5 | “ IGUAZU”, predio ubicado en la xxxxx Xxxxxx 000, Xxxxxx Xxxx x 0x Xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | 24 | UNIDAD | $ 1,420,719.00 |
6;7;8 | “XXXXXXX XXXXXX”, predio en la xxxxx Xx. Xxxxxx Xxxxxx 000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | 24 | UNIDAD | $ 18,214,350.00 |
9 | “TEATRO SAN XXXXXX”, ubicado en la xxxxx Xx. Xxxxxxxxxx 0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | 24 | UNIDAD | $ 1,472,760.00 |
10;11;12;13 | “XXXXXXXXX”, predio ubicado en la xxxxx Xxx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx 0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | 24 | UNIDAD | $ 4,553,588.00 |
14 | “CHICLANA”, predio ubicado en la xxxxx Xxxxxxxx 0000/0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | 24 | UNIDAD | $ 520,410.00 |
15;16;17;18;19; 20 | "LOS PATOS", predio ubicado en la xxxxx Xxx Xxxxx 0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | 24 | UNIDAD | $ 520,410.48 |
21 | “VENEZUELA”, predio ubicado en la xxxxx Xxxxxxxxx 000/000/000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | 24 | UNIDAD IF-2018-224 | $ 1,316,637.12 38642- -DGRGIEG |
$ 32,026,032.60
TOTAL
IF-2018-22438642- -DGRGIEG
X X X X X X X X XX XX X I U D A D DE B U E N O S A I R E S “2018 – AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD”
Hoja Adicional de Firmas Informe gráfico
Número:
IF-2018-22438642- -DGRGIEG
Buenos Aires,
Miércoles 15 xx Xxxxxx de 2018
Referencia: Anexo III - Planilla Presupuesto Oficial
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 2 pagina/s.
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Date: 2018.08.15 11:24:01 -03'00'
Xxxxx Xxxxxx Director General
D.G. RELOCALIZACION Y GESTION INTEGRAL DE EDIFICIOS DE GOBIERNO (MDUYTGC)
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE
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DN: cn=Comunicaciones Oficiales Date: 2018.08.15 11:25:32 -03'00'
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PROVISIÓN Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE EXPENDEDORAS DE BEBIDAS CALIENTES, AGUA FRÍA Y CALIENTE POR RED, EN CALIDAD DE COMODATO, PARA SER COLOCADOS EN LA INSTALACIONES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (GCABA)
IF-2018-20958037- -DGRGIEG
INDICE
ART. 1 OBJETO
ART. 2 SERVICIOS A CONTRATAR
ART. 2.1. CARACTERÍSTICAS XXXXXXXXX XXX. 0 XXXXXXX XX XXX XXXXXXXX
ART. 4 ELEMENTOS A PTOVEER POR LA ADJUDICATARIA
ART. 4.1 CARACTERISTICAS GENERALES
ART. 4.2 MANTENIMIENTO TÉCNICO Y REPUESTOS ART. 5 PERSONAL
ART. 6 LISTADO DEL PERSONAL AFECTADO AL SERVICIO
ART.7 CONTROL DE LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO Y MATERIALES
ANEXOS
ANEXO I – PLANILA DE UBICACIÓN
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Art. 1.- OBJETO.
La presente tiene por objeto realizar la contratación del “Servicio de provisión y servicio integral de expendedoras de bebidas calientes, agua fría y caliente por red, para ser instaladas en el edificio situado en la calle Xxxxxxx X. Xxxxxxxxx 1 (Usina del Arte), Xxxxxxxx Xxxxxxxx 0000 (Xxxxxxxx Xxxxxxxx), Xxxxxxx Xxxxxx 00/00 0x (Xxxxxxx Xxxxxx), Iguazú 341, Planta Baja y 1° Piso (Iguazú), Av. Corrientes 1530 (Teatro San Xxxxxx), Xxx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx 0000 (Xxxxxxxxx), Xxxxxxxx 3345/3349 (Chiclana), Xxx Xxxxx 0000 (Xxx Xxxxx), Xxxxxxxxx 149/151/153 (Venezuela) y Xx. Xxxxxx Xxxxxx 000 xxxxx XX xx 0xx (Xxxxxxx Xxxxxx) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” a iniciarse dentro de los cinco (5) días de perfeccionada la correspondiente Orden de Compra y a desarrollarse en un plazo de 24 (VEINTICUATRO) meses, de acuerdo a lo previsto en los Pliegos de Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas y sus Anexos que rigen la contratación, de acuerdo a lo normado en la Ley N° 2.095, texto consolidado por Ley N° 5.666 y su Decreto Reglamentario N°326/17. Todo ello en el marco del Xxxx xx Xxxxxxxxxxxxxx xxx
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Art. 2.-SERVICIOS A CONTRATAR.
2.1.- CARACTERÍSTICAS GENERALES:
El servicio contratado implicará:
1. Brindar a su entero costo y riesgo toda la mano de obra, supervisión, transportes, equipos, medios de comunicación entre su personal y elementos de seguridad necesarios para la realización de las tareas, junto con los consumibles e insumos.
2. La provisión y reposición de consumibles y el mantenimiento y reposición de las máquinas dispensadoras que se establecen en el presente Pliego.
3. Que todas aquellas acciones y/o tareas, que a juicio del adjudicatario deben estar incluidas y no estén contempladas dentro de la presente Licitación Pública, deberán incluirlas y ponderar sus costos en la oferta a presentar. De haber exclusiones, las mismas deberán ser presentadas en forma explícita dentro de un capítulo denominado “Exclusiones y Alternativas”.
Art. 3.- ALCANCE DE LOS TRABAJOS.
1. Realizar la provisión, instalación y eventual reemplazo de las máquinas dispensadoras, todas de formato vertical tipo “de pie”, previa definición de la ubicación y autorización de los respectivos modelos por parte del G.C.A.B.A., quien sólo aceptará equipamiento y productos de primera línea y reconocida trayectoria en el mercado local. A estos efectos, el oferente deberá incluir en su oferta
un detalle del equipamiento y los consumibles considerados en el servicio.
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2. Asegurar que todas estos equipos dispensadores (que serán provistos en comodato) sean totalmente automáticos, con alimentación eléctrica de 200V/50Hz, que no requieran el uso de transformadores externos, sean nuevos y de última generación, y que su fabricación no esté discontinuada, de modo tal de asegurar la provisión de repuestos en forma inmediata; asimismo no se aceptarán equipos reacondicionados a nuevo.
3. Asegurar la provisión necesaria de la calidad y cantidad de equipamiento e insumos necesarios para cubrir satisfactoriamente el servicio. El adjudicatario deberá garantizar la seguridad de la purificación del agua, a través de sistemas hídricos, con filtros de carbón activado y mallas micrométricas de seguridad.
4. Realizar tareas de limpieza de sus equipos, sanitización de los mismos y la reposición de insumos con la debida periodicidad que exijan dichas tareas. Se solicita especial énfasis en asegurar que los equipos no generen pérdidas ni filtraciones que puedan dañar las instalaciones de G.C.A.B.A.
5. Anexar a cada una de las máquinas expendedoras un cesto, conforme las especificaciones definidas por el G.C.A.B.A., con su correspondiente bolsa de polietileno para residuos, a los efectos de recibir todo tipo de vasos y otros elementos que se utilicen.
6. Todo faltante de productos deberá ser resuelto por el adjudicatario en un plazo no mayor a las 2 (DOS) horas corridas. El servicio de reparación de las máquinas será sin costo adicional y será llevado a cabo en un plazo no mayor a las 2 (DOS) horas corridas de notificado el reclamo. Si el problema no es resuelto dentro de las 12 (DOCE) horas corridas de haberse efectuado el reclamo, o en caso de haberse efectuado 3 (TRES) o más reclamos sobre la misma máquina en el transcurso de una 1 (UNA) semana, el adjudicatario deberá remplazarla por otra similar en un plazo no superior a las 24 (VEINTICUATRO) horas corridas.
7. Asegurar que todos los condimentos, bebidas, materias primas y aditivos alimentarios que se elaboren, fraccionen, conserven, transporten, expendan, o expongan, con motivo de la prestación de servicios deberán satisfacer las exigencias dispuestas por el Código Alimentario Argentino. Las condiciones en que se entregarán los distintos productos (paquetes, envasados al vacío y en cajas, etc.) se ajustará a las pautas que la comercialización actual de las mismas ha impuesto en materia de identificación, presentación, conservación, manipuleo así como la constancia fehaciente del control de calidad y aptitud para su consumo consignado por el Organismo competente del Estado en la materia.
8. Realizar el control estricto y permanente de los productos ofrecidos asegurando en todo momento, tanto la calidad de los mismos como el de las fechas de vencimiento para consumo de los productos dispuestos en las expendedoras.
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9. El horario y forma en que se realizarán las operaciones necesarias por parte de la adjudicataria serán:
a. De lunes a viernes, de 08:30 hs. a 19:30 hs., de manera estrictamente restringidas a aquellas que permitan el normal desenvolvimiento de las tareas de los usuarios, con particular atención a asegurar la seguridad y el confort de los mismos.
b. Fuera de esos horarios, y en los días xxxxxxx, xxxxxxxx, feriados y no laborables, se permitirá también el acceso a cierto personal autorizado, según un criterio y un protocolo que serán definidos e informados por el G.C.A.B.A., con notificación previa, situación en la cual el adjudicatario deberá aplicar el mismo criterio de seguridad y confort, asegurando el normal desarrollo de sus tareas.
El adjudicatario desliga al G.C.A.B.A. de toda responsabilidad por los valores que se porten, como así también, por todo acto de vandalismo de que pudieran ser objeto.
Art. 4.- ELEMENTOS A PROVEER POR LA ADJUDICATARI A.
Incluyen la provisión los siguientes equipos en comodato:
1. Expendedoras de agua fría y caliente con conexión a red.
2. Expendedoras de agua fría y caliente por bidón.
3. Máqui na de café y bebidas calientes.
4. Un cesto anexado a cada máquina, conforme las especificaciones definidas por el G.C.A.B.A., con su correspondiente bolsa de polietileno para residuos, a los efectos de recibir todo tipo de vasos y otros elementos que se utilicen.
5. Reposición diaria de consumibles para que no haya faltantes dentro del “horario de operación de las oficinas”. Las reposiciones se realizarán de la manera que lo indique el G.C.A.B.A. Se incluye a cargo del adjudicatario la provisión de vasos descartables, vasos térmicos descartable, revolvedor, azúcar en sobres, endulzante en sobres y servilletas, productos que también deberán ser aprobados por el G.C.A.B.A. Los vasos descartables deberán ser preferentemente de material totalmente biodegradable y reciclable que brinden protección térmica para las bebidas calientes, evitando molestias en el manejo de los vasos debido al calor de las bebidas.
Se incluirán todos los recursos (materiales y mano de obra), equipamiento, repuestos y demás esfuerzos necesarios para la prestación del servicio.
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4.1.- CARACTERÍSTICAS GENERALES:
A- Dispensadoras de bebidas calientes con conexión a la red.
USINA DEL ARTE: Se deberán incluir 4 (CUATRO) unidades de máxima demanda de 200 (DOSCIENTOS) servicios, las que abastecerán a la totalidad de los usuarios.
XXXXXXXX XXXXXXXX: Se deberán incluir 4 (CUATRO) unidades, incluyendo todos los costos fijos del servicio para un consumo libre del mismo.
ESTADOS UNIDOS: Se deberán incluir 1 (UNA) unidad, incluyendo todos los costos fijos del servicio para un consumo libre del mismo.
IGUAZÚ: Se deberán incluir 2 (DOS) unidades a través xx xxxxx y 2 (DOS) unidades por provisión de red, incluyendo todos los costos fijos del servicio para un consumo libre del mismo.
TEATRO SAN XXXXXX: Se deberá incluir 3 (TRES) unidades, incluyendo todos los costos fijos del servicio para un consumo libre del mismo.
XXXXXXXXX: Se deberá incluir 10 (DIEZ) unidades, incluyendo todos los costos fijos del servicio para un consumo libre del mismo.
CHICLANA: Se deberá incluir 1 (UNA) unidad, incluyendo todos los costos fijos del servicio para un consumo libre del mismo.
VENEZUELA: Se deberá incluir 4 (CUATRO) unidades, incluyendo todos los costos fijos del servicio para un consumo libre del mismo.
XXXXXXX XXXXXX: Se deberán incluir 20 (veinte) unidades por provisión de red incluyendo todos los costos fijos del servicio para un consumo libre del mismo.
LOS PATOS: Se deberá incluir 1 (UNA) unidad, incluyendo todos los costos fijos del servicio para un consumo libre del mismo.
Todas estas dispensadoras deberán ofrecer como mínimo las siguientes opciones de productos: café corto, café largo, café cortado, café con leche, lágrima, capuchino, leche sola, té con limón, leche con chocolate, y chocolate con leche, con las modalidades de dulce, muy dulce o sin azúcar. Los productos deben suministrarse por distintos conductos con el objeto de garantizar la higiene y el mantenimiento del sabor. Las dispensadoras deberán entregar automáticamente los vasos térmicos descartables, con una capacidad de servicio y carga no inferior a los cuatrocientos (400) vasos por máquina. Deberán poseer señal acústica de selección agotada, puerta de recogida de producto con caída ralentizada y sensor de detección de vaso.
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La cantidad de máquinas aquí indicadas podrá ser aumentada, o disminuida, de común acuerdo entre las partes, luego del análisis que se realice sobre las reales necesidades del servicio. Adicionalmente, el G.C.A.B.A. podrá requerir la relocalización de los equipos dentro del mencionado edificio, lo que deberá ser realizado por el adjudicatario dentro de los 2 (DOS) días hábiles, sin que esto implique un costo adicional para el G.C.A.B.A.
B - Dispensadoras de agua fría y caliente
USINA DEL ARTE: Se deberán incluir 14(CATORCE) unidades con conexión a la red, las que abastecerán a los usuarios.
XXXXXXXX XXXXXXXX: Se deberán incluir 8 (OCHO) unidades con conexión a la red, las que abastecerán a los usuarios.
ESTADOS UNIDOS: Se deberán incluir 1 (UNA) unidad con conexión a la red, las que abastecerán a los usuarios.
IGUAZÚ: Se deberán incluir 3 (TRES) unidades con conexión a la red, las que abastecerán a los usuarios.
XXXXXXXXX: Se deberán incluir 5 (CINCO) unidades con conexión a la red, las que abastecerán a los usuarios.
CHICLANA: Se deberán incluir 1 (UNA) unidad con conexión a la red, las que abastecerán a los usuarios.
VENEZUELA: Se deberán incluir 4 (CUATRO) unidades con conexión a la red, las que abastecerán a los usuarios.
XXXXXXX XXXXXX: Se deberán incluir 33 (treinta y tres) unidades con conexión a la red, las que abastecerán a los usuarios.
LOS PATOS: Se deberán incluir 1 (UNA) unidad con conexión a la red, las que abastecerán a los usuarios.
Se deberá cotizar dentro del abono mensual fijo, incluyendo todos los costos fijos del servicio para un consumo libre del mismo. Los equipos deberán conectarse a la red de agua corriente, a fin de brindar agua purificada. Se deberá indicar el plazo de recambio de los filtros de los equipos, comprometiéndose el adjudicatario a realizarlo en tiempo y forma. No obstante lo indicado y ante el eventual filtrado de agua con sedimento que sature el mismo y comprometa la calidad insípida del
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agua potable, el adjudicatario deberá realizar sin costo el recambio excepcional del elemento filtrante. Características de los equipos:
• Temperatura agua fría de 5ºC a 11ºC
• Temperatura agua caliente de 85ºC a 90ºC
• Vasos descartables de 180 cm3 como mínimo
• Consumo de refrigeración no mayor a los 100W
• Consumo xx xxxxxxx no mayor a los 400W
• El gas refrigerante utilizado deberá reducir al mínimo posible la afectación del medio ambiente. Deberán poseer un filtro purificador, con proceso de tres etapas:
• 1ª acción: compuesta por celulosa para la retención de partículas y sedimentos
• 2ª acción: carbón activado y nitrato xx xxxxx que eliminan totalmente el cloro, los sabores orgánicos y/o químicos
• 3ª acción: etapa final de clarificación del agua. Se deberá indicar el plazo de recambio de los filtros de los equipos, comprometiéndose el adjudicatario a realizarlo en tiempo y forma. No obstante lo indicado y ante el eventual filtrado de agua con sedimento que sature el mismo y comprometa la calidad insípida del agua potable, el organismo requerirá sin costo el recambio excepcional del elemento filtrante. Se deberá presentar folletos que describan el dispensador a instalar.
C- Dispensadores de agua fría y caliente por bidones.
IGUAZÚ: Se deberán incluir 2 (DOS) unidades a través xx xxxxx.
Se trata de la provisión y mantenimiento de dispensers de agua fría/caliente, y la entrega de agua en bidones para abastecerlos.
Se deberán incluir 2 (dos) unidades, con los bidones necesarios para una operación continua de estos, cuyas cantidades y ubicaciones se detallan en el ANEXO I del presente Pliego.
Características de los equipos:
• Temperatura agua fría de 5ºC a 11ºC
• Temperatura agua caliente de 85ºC a 90ºC
• Vasos descartables de 180 cm3 como mínimo
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• Consumo de refrigeración no mayor a los 100W
• Consumo xx xxxxxxx no mayor a los 400W
• El gas refrigerante utilizado deberá reducir al mínimo posible la afectación del medio ambiente.
Los dispensers serán provistos en comodato, sin cargo para el comitente.
La canilla de agua caliente poseerá un dispositivo de seguridad especial para evitar quemaduras.
Deberá proveer un sistema del tipo “Water Guard” que aísla el interior del botellón ya instalado en el equipo del medio exterior y evita el derrame del líquido en la reposición de los botellones.
Además, deberá cumplir con las siguientes especificaciones:
• Fabricado en polipropileno
• Canilla con cierre de silicona y resorte xx xxxxx inoxidable
• Porta vaso incorporado
• Rendimiento agua fría; 4°C – lts/hora
• Rendimiento agua caliente: 85°C – 11 lts/hora
• Alimentación eléctrica: 220V/50Hz
• Sistema antiderrame
Los dispensers deberán contar con un sistema de seguridad que impida el desperfecto y/o daño de la unidad en caso de la falta de agua.
Los bidones serán de policarbonato transparente retornables, aprobado por el Ministerio de Salud de la Nación, con capacidad de 20 (VEINTE) litros cada uno.
Deberá proveerse en envase de fábrica rotulado y deberá contener de manera impresa la fecha de elaboración y de vencimiento. Tendrán un sistema “Water Safe”, tapón precintado para embarque de agua para sistema antiderrame, antiburbujas, antiinsectos y residuos ambientales, los que serán entregados a cargo de la empresa adjudicada.
El agua será “potable” (agua mineral o mineralizada) cumpliendo con la denominación según el artículo 982 del Código Alimentario Nacional Argentino, que entiende la que es apta para la alimentación y el uso doméstico. No deberá contener sustancias o cuerpos extraños de origen biológico, orgánico, inorgánico o radioactivo en tenores tales que la hagan peligrosa para la salud.
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El incumplimiento sobre el particular dará lugar al rechazo del material entregado y la obligación por parte del adjudicatario de su inmediato reemplazo del/los dispenser/s y/o bidón/bidones.
i. Características físicas y químicas.
El agua mineral o mineralizada que deberá proveer la firma adjudicataria, debe ser agua envasada en bidones de 20 litros.;
ii. Características microbiológicas.
El agua mineral o mineralizada que deberá proveer la firma adjudicataria, deberá cumplir con las características microbiológicas a continuación detalladas:
• No contendrá gérmenes patógenos y/o toxicogénicos, esta exigencia se dará por no cumplida si presenta:
- Recuento de bacterias mesófilas en agar (APC - 24 hs. a 37ºC): en el caso de que el recuento supere las 500 UFC/ml y se cumplan el resto de los parámetros indicados, sólo se deberá exigir la higienización del reservorio y un nuevo recuento
- Bacterias Coliformes: en 100 ml: igual o menor de 3 (NMP a 37°C - 48 hs. Caldo Mac. Xxxxxx o Xxxxxx Xxxxxxx)
- Escherichia coli: ausencia en 100 ml
- Pseudomonas aeruginosa: ausencia en 100 ml
4.2.-MANTENIMIENTO TÉCNICO Y REPUESTOS:
El costo de mantenimiento deberá estar incluido en el precio cotizado, y comprenderá la totalidad de los elementos necesarios para el funcionamiento de los equipos.
El servicio de mantenimiento y reparaciones estará a cargo del adjudicatario, o de quien éste designe formalmente, y no generará ningún cargo adicional para el G.C.A.B.A.
El adjudicatario se compromete a ejecutar las tareas de higiene preventivas sobre cada uno de los equipos, y ante la aparición de algún insecto en el mismo, o en los productos brindados por el servicio, a la limpieza y fumigación del equipo involucrado dentro de las 24 hs. de comunicado el problema. De persistir el inconveniente deberá proceder al reemplazo de dicho equipo por otro igual, dentro del plazo de las 24 horas.
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El traslado e instalación de los equipos, tanto al inicio o finalización del servicio como durante la vigencia del contrato, si así lo requiriera el G.C.A.B.A., deberá ser efectuado por el adjudicatario sin cargo adicional alguno para el G.C.A.B.A.
Art. 5.- PERSONAL.
1. El servicio será contratado con una orientación a resultados, motivo por el cual el adjudicatario deberá asegurar que los recursos de personal asignados serán en todo momento suficientes y contarán con el conocimiento, el perfil, los equipos, herramientas, consumibles e insumos y todo aquello necesario para desempeñar en forma exitosa y de calidad las funciones que se describen en la presente Licitación Pública.
2. El adjudicatario deberá siempre que resulte necesario, y a su entero costo, adicionar a éstos perfiles la cantidad y organización de recursos humanos y materiales que considere convenientes para la correcta presentación del servicio. Una vez adjudicado el servicio, el adjudicatario no podrá modificar dicha estructura, salvo acuerdo con el G.C.A.B.A., siendo luego responsabilidad del adjudicatario la de asegurar el cumplimiento de todo lo solicitado en la presente Licitación Pública con los recursos asignados, o aquellos que efectivamente resulten necesarios, a su exclusivo costo y riesgo.
3. La adjudicataria será responsable de capacitar a los agentes del gobierno sobre las buenas prácticas para el uso de las máquinas que forman parte del servicio de la presente Licitación Pública y de cómo y dónde realizar los reclamos pertinentes.
4. El personal deberá encontrarse debidamente identificado con vestimenta y logo de la empresa.
5. Deberá contemplar una charla de capacitación a los agentes del gobierno “in situ” y sin cargo, que serán los usuarios.
6. La adjudicataria deberá proponer personal jerárquico capacitado, para brindar un servicio de asesoramiento e instrucción. Para ello dispondrá de una jornada en horarios a combinar por cada etapa para realizar en los edificios de salida.
Art. 6.-LISTADO DEL PERSONAL DEL CONTRATISTA AFECTADO AL SERVICIO.
a) Con una anticipación mínima de 5 (CINCO) días al inicio de la prestación de los servicios, la adjudicataria deberá presentar, a quien designe el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, un listado de la totalidad del personal que afectará a los trabajos, el cual contendrá los siguientes datos:
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• Apellido y Nombre
• Tipo y Nº de documento de identidad
• ART
b) Se deberá señalar en la nómina, aquellas personas autorizadas para firmar los listados semanalmente y presentar en la recepción, y/o acceso, del lugar de trabajo de acuerdo a lo establecido a continuación.
c) La adjudicataria entregará al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debidamente completado, cada vez que se realice un servicio, un ejemplar del listado diario del personal, firmado por cada uno, en el que constará la totalidad del personal que desarrollará tareas en una misma instalación del Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx en ese día. Cuando el personal al que se hace referencia deba ingresar en horarios diferentes, se deberá confeccionar una planilla por cada turno.
Los listados serán entregados por quien los firmó, al responsable designado por el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Art. 7.- CONTROL DE LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO Y MATERIALES.
a) El control de la ejecución de los servicios estará a cargo de quien designe el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La metodología a emplear para este control será informada a la adjudicataria antes del inicio de la misma, como así también, los modos y formas de la documentación a emplear.
b) La adjudicataria designará un representante técnico que conforme su idoneidad asumirá la responsabilidad técnica y tendrá a su cargo toda la ejecución de los trabajos comprendidos en la operación. Las órdenes o comunicaciones entre el representante técnico y el responsable designado por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se juzgarán como hechas a la adjudicataria.
c) En los casos de trabajos que deben realizarse en oficinas en funcionamiento, la adjudicataria deberá extremar las precauciones para evitar afectar las tareas habituales. Cuando la naturaleza de los trabajos exija efectuar modificaciones o cambios de importancia, los mismos serán efectuados en las horas de menor tráfico.
d) Para cada modificación que se deba efectuar sobre equipos en funcionamiento, el adjudicatario dará aviso fehaciente al responsable designado por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicitando la correspondiente autorización con la antelación debida, a los efectos de que se tomen las providencias que correspondan.
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ANEXO I – PLANILLA DE UBICACIÓN
Xxxxxxx X. Xxxxxxxxx 0
XXXXXXX/ XXXX | XX | 0x | 0x | Xxxxxxx | TOTAL |
Bebidas calientes: máquinas expendedoras de café tipo automáticas | 1 | 1 | 1 | 1 | 4 |
Dispenser de Agua Provisión de red - de pie | 4 | 3 | 3 | 4 | 14 |
XXXXXXXX XXXXXXXXX 2343
ESPACIO/ PISO | PB | 1° | 2° | 3° | TOTAL |
Bebidas calientes: máquinas expendedoras de café tipo automáticas | 1 | 1 | 1 | 1 | 4 |
Dispenser de Agua Provisión de red - de pie | 2 | 2 | 2 | 2 | 8 |
ESTADOS UNIDOS 20/40:
ESPACIO/ PISO | 5° | TOTAL |
Bebidas calientes: máquinas expendedoras de café tipo automáticas | 1 | 1 |
Dispenser de Agua Provisión de red - de pie | 1 | 1 |
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IGUAZÚ 341:
ESPACIO/ PISO | PB | 1° | TOTAL |
Bebidas calientes: máquinas expendedoras de café tipo automáticas | 1 | 1 | 2 |
Bebidas calientes: máquinas expendedoras de café a través xx xxxxx | 1 | 1 | 2 |
Dispenser de Agua Provisión de red - de pie | 2 | 1 | 3 |
Dispenser de Agua Provisión a través xx xxxxx - de pie | 1 | 1 | 2 |
TEATRO SAN XXXXXX
ESPACIO/ PISO | PB | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | TOTAL |
Bebidas calientes: máquinas expendedoras de café tipo automáticas | 3 |
XXXXXXXXX
ESPACIO/ PISO | PB | 1 | 2 | 3 | 4 | TOTAL |
Bebidas calientes: máquinas expendedoras de café tipo automáticas | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 10 |
Dispenser de Agua Provisión de red - de pie | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 5 |
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CHICLANA
ESPACIO/PISO | 1° | TOTAL |
Bebidas calientes: máquinas expendedoras de café tipo automáticas | 1 | 1 |
Dispenser de Agua Provisión de red - de pie | 1 | 1 |
VENEZUELA
ESPACIO/PISO | 8° | 9° | 10° | 11° | 12° | TOTAL |
Bebidas calientes: máquinas expendedoras de café tipo automáticas | 2 | 2 | 4 | |||
Dispenser de Agua Provisión de red - de pie | 2 | 2 | 4 |
XXXXXXX XXXXXX
ESPACIO/PISO | Bebidas calientes: Expendedora de café tipo autom áticas | Dispensadora de agua por red de pie | Dispensadora de agua por red sobre mesada | Dispensadora de agua por bidones |
Xxxxxx Xxxx | 0 | 0 | 0 | 0 |
0x xxxx | 3 | 3 | 1 | 0 |
2° piso | 3 | 3 | 1 | 0 |
3° piso | 3 | 3 | 1 | 0 |
4° piso | 3 | 7 | 1 | 0 |
5° piso | 3 | 3 | 1 | 0 |
6° piso | 3 | 6 | 0 | 0 |
TOTAL | 20 | 28 | 5 | 0 |
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LOS PATOS
ESPACIO/PISO | 1° | TOTAL |
Bebidas calientes: máquinas expendedoras de café tipo automáticas | 1 | 1 |
Dispenser de Agua Provisión de red - de pie | 1 | 1 |
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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 35/DGRGIEG/18 (continuación)
X X X X X X X X XX XX X I U D A D DE B U E N O S A I R E S “2018 – AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD”
Hoja Adicional de Firmas Pliego Especificaciones Tecnicas
Número:
IF-2018-20958037- -DGRGIEG
Buenos Aires,
Miércoles 1 xx Xxxxxx de 2018
Referencia: Pliego de Especificaciones Técnicas
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Date: 2018.08.01 15:06:06 -03'00'
Xxxxx Xxxxxx Director General
D.G. RELOCALIZACION Y GESTION INTEGRAL DE EDIFICIOS DE GOBIERNO (MDUYTGC)
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE
Digitally signed by Comunicaciones Oficiales
DN: cn=Comunicaciones Oficiales Date: 2018.08.01 15:06:06 -03'00'
FIN DEL ANEXO