CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SUMINISTRO CONSISTENTE EN EL ARRENDAMIENTO DE 15 CARROZAS QUE PARTICIPARÁN EN LAS CABALGATAS DE REYES DE LAS PRÓXIMAS FIESTAS DE NAVIDAD Y REYES DE MARBELLA, SAN PEDRO ALCANTARA, NUEVA ANDALUCÍA Y LAS CHAPAS 2011/2012 (EXP....
DEPENDENCIA: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
NEGOCIADO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SUMINISTRO CONSISTENTE EN EL ARRENDAMIENTO DE 15 CARROZAS QUE PARTICIPARÁN EN LAS CABALGATAS XX XXXXX DE LAS PRÓXIMAS FIESTAS XX XXXXXXX Y XXXXX DE MARBELLA, SAN XXXXX XXXXXXXXX, NUEVA ANDALUCÍA Y LAS CHAPAS 2011/2012 (EXP. SU 58/11).
En Marbella, a 20 de diciembre de 2011
REUNIDOS:
DE UNA PARTE: X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Coordinador General de Hacienda y Administración Pública del Excmo. Ayuntamiento de Marbella. Comparece asistido de Xxxx Xxx Xxxxx Xxxx, Jefe de Sección de Asuntos Judiciales, la cual actúa por delegación de firma del Vicesecretario General y Titular del órgano de Apoyo de la Junta de Gobierno Local, Xxx Xxxxxx Xxxxxxx de las Xxxxxx Xxxxxx (Decreto de Alcaldía 2009D5073 de fecha 1 de julio).
DE OTRA PARTE: Xxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxx, provisto de D.N.I. número 31.257.917-C, y con domicilio, a efectos de notificaciones, en Cádiz, C/ Plocia s/n, Xxxxxxx de Congresos.
ACTÚAN:
X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, actúa en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de Marbella, por Delegación de firma de la Alcaldesa Presidenta, Doña Xx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, en virtud de Decreto 2011D6066 de fecha 14 xx xxxxx de 2011.
Xxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxx, en nombre y representación, de la sociedad PLANNING ORGANIZACIÓN DE PROYECTOS, S.L., domiciliada en Cádiz, calle Plocia s/n, Xxxxxxx de Congresos, Zona Comercial. Constituida por tiempo indefinido mediante escritura pública otorgada ante el Xxxxxxx xx Xxxxx, Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, el día 3 de enero de 1.996, nº 9 de su protocolo. Inscrita en el registro Mercantil xx Xxxxx, al tomo 1.035, folio 177, hoja CA-11003, inscripción 1ª. Actúa con C.I.F. número B-11371077.
Actúa en calidad de Administrador único de la citada mercantil. Cargo para el que fue elegido por tiempo indefinido en virtud de acuerdos sociales elevados a público por escritura otorgada ante el Xxxxxxx xx Xxxxx, Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, el día 8 de octubre de 2.008, número 971 de su protocolo. Inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxx en el folio 184 del tomo 1.035, libro 0, hoja número CA-11003, inscripción 6ª.
Manifiesta en nombre de la sociedad que representa, tener plena capacidad jurídica y de obrar y no estar incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar que determina el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público y la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía reguladora de esta materia, así como hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social conforme a los artículos 13 y 14 del R.D. 1098/2001 de 12 de octubre, por el
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NEGOCIADO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
que se aprueba el Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Las partes, reconociéndose mutuamente legal capacidad para obligarse, DICEN: ANTECEDENTES
1. Autorización de la celebración del contrato, fiscalización y contracción del gasto.
El Sr. Coordinador General de Hacienda y Administración Pública por Decreto nº 2011D10331 de fecha 14 octubre acordó aprobar el Pliego de Condiciones Económico- Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas, para la adjudicación de la Contratación del Suministro consistente en el arrendamiento de 15 carrozas que participarán en las Cabalgatas xx Xxxxx de las próximas Fiestas xx Xxxxxxx y Xxxxx de Marbella, San Xxxxx Xxxxxxxxx, Nueva Andalucía y Las Chapas 2011/2012, por Procedimiento Negociado sin Publicidad, Tramitación anticipada, Regulación no Armonizada; Aprobar el expediente de contratación; así como la aprobación del gasto previsto, por importe máximo de CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SEIS EUROS CON NOVENTA CENTIMOS (47.606,90 €) IVA incluido,
desglosado de la siguiente manera:
- Precio 40.344,83 €
- IVA 18% 7.262,07 €
y disponer la apertura del procedimiento de adjudicación de acuerdo al pliego de condiciones económico administrativas y pliego de prescripciones técnicas que se aprueban, y que se consideran parte integrante del contrato.
La financiación del contrato se hará con cargo a la partida correspondiente del Presupuesto Municipal para el ejercicio económico próximo, siendo el expediente de tramitación anticipada conforme al artículo 94 LCSP, ya que su vigencia será a partir del 1 de enero del 2012, por lo que se somete la adjudicación del presente contrato a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente.
Por ello, deberá incorporarse en el expediente con fecha de 2 de enero del año próximo certificación de existencia de crédito y, la fiscalización previa favorable de la Intervención Municipal.
2. Clasificación de las ofertas y requerimiento de documentación.
Una vez abiertas las proposiciones presentadas en plazo por los licitadores, y previa valoración y clasificación de las mismas por los técnicos competentes, resultó que la entidad PLANNING ORGANIZACIÓN DE PROYECTOS, S.L., presentó la proposición económicamente más ventajosa resumida en el siguiente cuadro:
Titular | Precio (€) | ||
PLANNING ORGANIZACIÓN DE | ACTOS | Y | |
PROYECTOS, S. L. (N. I. F. B-11371077) | |||
Precio | 40.344,83 | ||
18% + de I. V. A. | 7.262,07 | ||
Total | 47.606,90 |
DEPENDENCIA: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
NEGOCIADO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Una vez requerido al citado licitador de la oferta económica más ventajosa, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 135 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público en su redacción dada por la Ley 34/2010, éste presentó en plazo los siguientes documentos:
- Justificante de haber constituido la GARANTIA DEFINITIVA por importe de DOS MIL DIECISIETE EUROS CON VEINTICUATRO CÉNTIMOS (2.017,24 €), mediante carta
de Pago 2011-1781. La garantía definitiva no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato o resuelto éste sin culpa del contratista.
- Certificados positivos expedidos, tanto por la Agencia Tributaria, como por la Tesorería de la Seguridad Social, con fechas de 7 de diciembre y 28 de septiembre de 2011 respectivamente.
- Solicitud de certificación positiva a expedir por esta Entidad Local, con fecha de Registro de Entrada de este Ayuntamiento 8 de noviembre de 2011.
- Seguro de Responsabilidad civil y daños a terceros exigido en la cláusula 11 xxx Xxxxxx Técnico de Prescripciones Técnicas Particulares.
3. Adjudicación.
El Sr. Coordinador General de Hacienda y Administración Pública por Decreto 2011D12373 de 15 diciembre de 2011, acordó de conformidad con la propuesta formulada y habiéndose cumplido los requisitos legales exigidos en el artículo 135 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, APROBAR LA ADJUDICACIÓN del contrato de suministro, a la sociedad PLANNING ORGANIZACIÓN DE PROYECTOS, S.L., de acuerdo con la propuesta económica formulada por el adjudicatario y resumida en este cuadro:
Titular | Precio (€) | ||
PLANNING ORGANIZACIÓN DE | ACTOS | Y | |
PROYECTOS, S. L. (N. I. F. B-11371077) | |||
Precio | 40.344,83 | ||
18% + de I. V. A. | 7.262,07 | ||
Total | 47.606,90 |
Y conviniendo a ambas partes, en calidad de adjudicante y adjudicatario, el presente contrato de suministro, lo formalizan en el presente documento administrativo, con arreglo a las siguientes:
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CLÁUSULAS
PRIMERA.- Que Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxx, en nombre y representación, de la sociedad PLANNING ORGANIZACIÓN DE PROYECTOS, S.L., se compromete al Suministro consistente en el arrendamiento de 15 carrozas que participarán en las Cabalgatas xx Xxxxx de las próximas Fiestas xx Xxxxxxx de Marbella, San Xxxxx Xxxxxxxxx, Nueva Andalucía y Las Chapas 2011/2012 del Excmo. Ayuntamiento de Marbella con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (anexo nº I que consta de 14 páginas selladas y numeradas), Pliego de Prescripciones Técnicas (anexo nº II que consta de 2 páginas selladas y numeradas) y, oferta económica-técnica (anexo nº III que consta de 21 folios sellados y numerados), que figuran en el expediente, documentos contractuales que acepta incondicionalmente y sin reserva alguna.
SEGUNDA.- Precio. El precio del contrato es de CUARENTA MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO EUROS CON OCHENTA Y TRES CENTIMOS (40.344,83 €) más SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS EUROS CON SIETE CENTIMOS
(7.262,07 €) en concepto de IVA al 18 %, lo que asciende a la cantidad de CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SEIS EUROS CON NOVENTA CENTIMOS (47.606,90 €).
En dicho importe se entenderá comprendido, además del precio de ejecución, los gastos generales, financieros, cargas fiscales, incluido I.V.A. y demás impuestos vigentes, incluidos, los gastos de transporte de los bienes objetos de este contrato y cuantos otros gastos e impuestos procedan a abonar legalmente.
La financiación del contrato se hará con cargo a la partida correspondiente del Presupuesto Municipal para el ejercicio económico próximo, siendo el expediente de tramitación anticipada conforme al artículo 94 LCSP, ya que su vigencia será a partir del 1 de enero del 2012, por lo que se somete la adjudicación del presente contrato a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente.
El contratista tiene derecho al abono del precio del suministro efectivamente entregado y formalmente recibidos por el Excmo. Ayuntamiento de Marbella puestos en destino y en condiciones de uso a beneplácito del Ayuntamiento, previa comprobación de cantidades y calidades y con arreglo a los precios y condiciones establecidas en el contrato (artículo 269 LCSP).
La Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de la expedición de las certificaciones de obras o de los correspondientes documentos que acrediten la realización total o parcial del suministro del contrato, sin perjuicio del plazo especial establecido en el artículo 205.4 LCSP, y, si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de sesenta días, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 diciembre, por la que establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (artículo 200.4 LCSP).
La factura o facturas correspondientes serán remitidas al departamento municipal proponente del gasto y receptor del objeto del contrato, junto con los albaranes
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correspondientes, en su caso, debiéndose indicar en cada una de ellas el número del expediente administrativo del servicio de Contratación y el número de la cuenta corriente en la que deseen se les transfiera la cantidad a que se obligue este Ayuntamiento.
A continuación el departamento proponente del gasto, remitirá o entregará la factura o facturas correspondientes al Servicio de Contratación y se abonarán una vez realizados los trámites establecidos en las disposiciones vigentes.
Dichas facturas deberán venir firmadas por el responsable de la Delegación receptora de la prestación con la expresión “Recibí y Conforme”, y se hará constar en las mismas tanto la fecha de recepción de la factura como la de dicha conformidad.
De acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Cláusulas Administrativas, en este contrato no se revisarán los precios.
TERCERA.-. El plazo de ejecución del contrato son los días 4 y 5 de enero 2012.
No obstante, las carrozas deberán estar a disposición del Ayuntamiento en la fecha prevista en los Pliegos y ser retiradas como máximo el día 7 de enero de 2012.
El Ayuntamiento de Marbella podrá requerir en cualquier momento al contratista para que realice las prestaciones objeto de la presente contratación, debiendo el citado contratista dar carácter preferente a los requerimientos efectuados por esta Corporación.
Cuando el contratista por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en xxxx respecto al cumplimiento del plazo total, el Ayuntamiento podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades en la forma prevista en la legislación vigente.
CUARTA.- El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares, y a satisfacción de este Ayuntamiento.
Con carácter previo a la recepción del suministro, se realizarán las comprobaciones pertinentes. Requisito previo a la entrega del material se aportará la documentación del pedido para que el Excmo. Ayuntamiento proceda a la inspección de los materiales.
Asimismo, se establece como plazo de garantía el de vigencia del contrato incluyendo la el desmontaje y retirada de las carrozas, que se fija como garantía a los efectos previstos en la LCSP y normas reglamentarias, transcurrido el cual sin objeciones por parte del departamento municipal receptor quedará exento de responsabilidad el contratista por razón de los bienes suministrados.
Por el contrario, si el órgano de contratación, a propuesta del departamento municipal correspondiente y durante el plazo de garantía, estimase que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista, podrá ejercer las facultades previstas en el artículo 274 LCSP.
En los casos en que haya lugar a recepciones parciales, el plazo de garantía de las
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NEGOCIADO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
partes recibidas comenzará a contarse desde las fechas de las recepciones respectivas.
Durante el plazo de garantía tendrá derecho el contratista a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados.
QUINTA.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista y éste no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a este Ayuntamiento, salvo que éste hubiera incurrido en xxxx al recibirlos, (artículo 199 y 268 LCSP ).
Los bienes objeto del suministro deberán ser entregados en el tiempo y lugar fijados en el Pliego regulador del presente contrato, y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas. No obstante, el Ayuntamiento, durante la ejecución del contrato, se reserva la facultad de fijar otro lugar distinto al pactado.
El contratista contará con el personal necesario para la ejecución del contrato. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto del mismo, siendo este Ayuntamiento ajeno a dichas relaciones laborales. El contratista procederá inmediatamente, si fuera necesario, a la sustitución del personal preciso de forma que la ejecución del contrato quede siempre asegurada.
SEXTA.- Para coordinar las relaciones que con motivo del desarrollo del objeto de suministro necesariamente se tienen que establecer entre el Excmo. Ayuntamiento y el contratista, el Ayuntamiento designa al técnico de la Delegación de Fiestas, que actuará como representante de la Administración, y al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que aquélla le atribuya.
SÉPTIMA.- La Administración tendrá la prerrogativa de interpretar lo convenido, de modificar las prestaciones según las conveniencias del suministro y de suspender su ejecución por causa de interés público.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, o de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones que para su cumplimiento dictare la Administración, y normas legales que fuesen de obligado cumplimiento, no eximirán al contratista de la obligación de su cumplimiento.
OCTAVA.- El contratista hace sumisión expresa a la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
NOVENA.- El presente contrato es de naturaleza administrativa. Contra las resoluciones que se dicten en el desarrollo de este contrato, el contratista podrá recurrir en defensa de sus derechos ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
En cuanto a las controversias que puedan surgir en torno a las presentes estipulaciones, y sin perjuicio de la facultad de interpretación reconocida a la Administración, las partes se someten expresamente, con renuncia de cualquier otro
DEPENDENCIA: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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fuero que pudiera ampararlas, a los Juzgados del Partido Judicial de Marbella, y a los Tribunales Contenciosos Administrativos competentes en virtud del carácter administrativo del presente contrato.
Y para la debida constancia de todo lo convenido, firman este contrato en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicado.
Excmo. Ayuntamiento de Marbella PLANNING ORGANIZACIÓN DE PROYECTOS S.L
Fdo. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Fdo. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxx Decreto de Delegación nº 2011D6064
Ante mí, firman las personas que anteceden La Técnico de Administración General Jefe de Sección de Asuntos Judiciales
Fdo. Xxx Xxxxx Xxxx