Definiciones
Definiciones
Acuerdo significa un contrato entre la Compañía y el Cliente, formado sobre la aceptación por parte de la Compañía del pedido del Cliente, tal como se incluye en la cláusula 2(a).
AMC significa AMC Drilling Fluids & Products – Mexico S de RL de CV. e incluye todas las Entidades Corporativas Relacionadas, subsidiarias y afiliadas.
Aplicaciones significa las aplicaciones de software (si las hay) establecidas en un Documento del Pedido, las que pueden incluir aplicaciones de software propietarias de la Compañía, así como aplicaciones de software de terceros.
Cliente significa la persona o entidad mencionada como el solicitante en la Solicitud de Crédito hecha a la Compañía. Si no hay una Solicitud de Crédito, "Cliente" significa la persona o entidad que solicita el Suministro por parte de la Compañía o de su agente autorizado.
Solicitud de crédito significa un formulario de Solicitud de Crédito completado por el Cliente y presentado a la Compañía para solicitar un Suministro a crédito.
Reclamaciones incluye una reclamación, notificación, demanda, acción, procedimiento, litigio, investigación, juicio, orden, suma de liquidación, daño, pérdida, costo, expensa o responsabilidad surgidos, ya sean presentes, no determinados, inmediatos, futuros o contingentes, ya sea con base en contrato, responsabilidad extracontractual o estatuto, y si involucran a la Compañía, al Cliente o a un tercero.
Compañía significa la entidad de AMC o Reflex a la que se hace referencia en la Solicitud de Crédito o en la solicitud de Suministro del Cliente, e incluye cualquier Entidad Corporativa Relacionada, subsidiarias y afiliadas.
Pérdida Consecuente significa uno o más de los siguientes: pérdida de ingresos; lucro cesante; pérdida de la oportunidad de obtener ganancias; pérdida comercial; pérdida de oportunidad comercial; pérdida de uso o comodidades, o pérdida de ahorros previstos; perjuicios especiales, ejemplares o punitivos; y cualquier pérdida que no fluya directa y naturalmente en el curso normal de los acontecimientos desde la ocurrencia del hecho que diera lugar a la responsabilidad por tal pérdida, independientemente de que dicha pérdida fuera o no prevista por las partes en el momento de la celebración de este acuerdo, incluyendo cualquiera de los tipos anteriores de pérdida que se deriven de una interrupción de un negocio o actividad.
Línea de Crédito significa una facilidad crediticia proporcionada por la Compañía al Cliente permitiéndole pagar los montos debidos a la Compañía por el Suministro después de que el Suministro haya sido Entregado.
Entrega (o Entregado, según sea el caso) significa la entrega del Suministro de acuerdo con la cláusula 6.5.
Software de Escritorio significa una aplicación propietaria de la Compañía, así como una aplicación de terceros que se ejecuta independientemente en un computador de escritorio o portátil, e incluye entre otros, REFLEX XRF Connect, REFLEX SProcess, REFLEX GMIT5 y todas las futuras aplicaciones de escritorio que puedan ser ofrecidas por la Compañía en el futuro.
Tasa significa la tasa pagadera por parte del Cliente para el Suministro, según lo establecido en una cotización o en un Documento del Pedido (según corresponda).
Términos y Condiciones Generales significa los Términos y Condiciones Generales proporcionados por la Compañía, y según puedan ser enmendados y publicados en el sitio web de la Compañía o según sean notificados al Cliente de vez en cuando.
Bienes significa cualquier artículo de cualquier naturaleza que sea suministrado, vendido o contratado por la Compañía.
Derechos de Propiedad Intelectual significa todos los derechos de propiedad industrial o derechos de autor relacionados con cualquier conocimiento de procesos secretos, conocimientos técnicos, técnicas, descubrimientos, invenciones, ideas, métodos de investigación, ingeniería y fabricación, prácticas, sistemas, fórmulas, planos, diseños, especificaciones, manuales, secretos comerciales y programas informáticos para propósitos especiales, información financiera, de mercadeo y otra información, y datos confidenciales que subsistan en o estén relacionados con un Suministro o negocio de la Compañía.
Documento del Pedido significa un documento preparado por la Compañía detallando los Bienes a ser alquilados, el alcance de cualesquier Servicios, Aplicaciones y Software de Escritorio a ser proporcionados (si es del caso), además de cualquier otra información adicional requerida.
Datos Personales tiene el significado que se le atribuye en la Ley de Privacidad.
Personal significa, en relación con una parte, cualquier Entidad Corporativa Relacionada, empleado, funcionario, agente, contratista o asesor profesional de esa parte.
Ley de Privacidad significa las leyes locales relacionadas con la privacidad, y sus modificaciones ocasionales
Propuesta significa cualquier documento preparado por la Compañía que describa una solución que la Compañía proponga a un Cliente e incluya una cotización.
Reflex significa AMC Drilling Fluids & Products – Mexico S de RL de CV. e incluye cualesquier Entidades Corporativas Relacionadas, subsidiarias y afiliadas.
Entidad Corporativa Relacionada significa, en relación con una Parte, una corporación ya sea incorporada o registrada que es una sociedad controladora o una subsidiaria de la parte o una subsidiaria de la empresa matriz final de dicha parte;
Servicios significa cualquier otro servicio prestado por la Compañía al Cliente diferente a la venta, alquiler o suministro de los Bienes, incluyendo entre otros la ingeniería y trabajo técnico, gestión de datos, servicios de consultoría, montaje, desmontaje o instalación de los Bienes, instrucción al Cliente, a su Personal o a cualquier otra persona en el uso u operación de los Bienes, u operar o suministrar un operador para los Bienes.
Términos y Condiciones Especiales significa los términos y condiciones especiales proporcionados por la Compañía y según puedan ser enmendados y publicados en el sitio web de la Compañía o según sean notificados al Cliente de vez en cuando, los cuales aplican cuando el Suministro involucra el alquiler de Bienes o la prestación de Servicios, Aplicaciones o Software de Escritorio.
Suministro significa la provisión de Bienes (ya sean vendidos, suministrados o contratados al Cliente), Servicios, Aplicaciones y / o Software de Escritorio.
IVA significa impuesto al valor agregado.
1. Aplicación
1.1 Estos términos y condiciones se aplicarán cuando la Compañía realice un Suministro para un Cliente, u otra persona bajo la dirección del Cliente, junto con cualesquier otros términos y condiciones según lo dispuesto en la cláusula 2(a), y acordados por escrito por las partes a fin de formar el Acuerdo.
1.2 La Compañía podrá modificar los términos del Acuerdo de vez en cuando, dando notificación por escrito al Cliente de las enmiendas al menos 1 mes antes de que las modificaciones entren en vigencia.
1.3 Cualquier término o condición presentado por un Cliente con respecto a un Suministro (ya sea en una orden de compra o de otro tipo), no será vinculante para la Compañía en la medida en que difiera o pretenda enmendar, anular o variar los términos del Acuerdo, a menos que la Compañía específicamente lo acepte por escrito.
1.4 En la medida en que los términos de cualquier solicitud de un Cliente para que la Compañía realice el Suministro (ya sea en una orden de compra o de otro modo) difieran de los términos del Acuerdo:
(a) la aceptación de la solicitud por parte de la Compañía será considerada como una oferta para suministrar únicamente bajo los términos del Acuerdo, y la aceptación de un Suministro por parte del Cliente constituirá la aceptación de dicho Suministro bajo los términos del Acuerdo; y
(b) los términos del Acuerdo prevalecerán.
1.5 Si el Cliente no desea recibir un Suministro bajo los términos del Acuerdo y sus modificaciones ocasionales, el Cliente debe notificar a la Compañía dentro de los siete días de la notificación de la enmienda, de lo contrario se considerará que el Cliente ha aceptado el Suministro bajo los términos del Acuerdo en su forma enmendada.
2. Formación y precedencia
(a) Lo siguiente puede estar comprendido en un Acuerdo:
(i) el Documento del Pedido;
(ii) los Términos y Condiciones Especiales;
(iii) la Propuesta (si procede);
(iv) los Términos y Condiciones Generales; y
(v) cualquier otro documento que forme parte de un Acuerdo según lo acordado por escrito entre las partes.
(b) En caso de cualquier conflicto o incoherencia entre uno o más de los documentos comprendidos en un Acuerdo, prevalecerán las disposiciones del documento mencionado anteriormente en la cláusula 2(a) en cuanto al alcance de esa inconsistencia.
3. Cotización
Cualquier cotización emitida por la Compañía podrá ser retirada o modificada en cualquier momento antes de que un pedido relacionado sea aceptado por la Compañía de acuerdo con la cláusula 4. Una cotización sólo será válida durante 30 días a partir de su fecha de emisión, a menos que su validez sea extendida por escrito por parte de la Compañía. Todos los precios cotizados por la Compañía se refieren al Suministro bajo los términos del Acuerdo.
4. Pedidos y Aceptación de pedidos
El Cliente puede solicitar a la Compañía que realice un Suministro de acuerdo con los términos del Acuerdo, haciendo un pedido a la Compañía. La Compañía puede aceptar o rechazar un pedido en su totalidad o en parte, y notificará al Cliente si el pedido o parte del mismo no es aceptado. La realización de un Suministro para el Cliente por parte de la Compañía constituye evidencia de aceptación del pedido.
5. Pago
5.1 El Cliente debe hacer todos los pagos a la Compañía libres de cualquier deducción, rebaja, reducción, protesto, reconvención o recuperación de cualquier tipo.
5.2 La Compañía enviará al Cliente una factura por el Suministro o por cualquier parte del mismo Entregada o a ser Entregada, y el monto total de cada factura junto con los cargos, costos y gastos adicionales (si los hubiere) será pagado por el Cliente a la Compañía a más tardar en:
(a) cuando la Compañía haya acordado por escrito extender crédito al Cliente, la fecha de pago según lo especificado en los términos de crédito acordados notificados por escrito por parte de la Compañía al Cliente;
(b) la fecha para pago especificada en la factura;
(c) 7 días desde la fecha de Entrega; y
(d) cualquier otra fecha acordada por escrito entre las partes.
5.3 La Compañía se reserva el derecho de emitir una factura por Entregas parciales y Entregas retardadas a petición del Cliente.
5.4 La Compañía puede, previo aviso por escrito al Cliente, compensar cualquier monto adeudado por la Compañía al Cliente contra cualquier monto adeudado por el Cliente a la Compañía, ya sea en conexión con el Suministro o de otra manera.
5.5 Cuando la Compañía acepte conceder crédito al Cliente, el Cliente debe realizar los pagos cuando así se le requiera para asegurar que el monto total pendiente de tiempo en tiempo permanezca dentro del límite de crédito determinado por la Compañía.
5.6 La Compañía puede, previo consentimiento por escrito del Cliente, incrementar la Tasa cada 12 meses a partir del primero de julio y en los otros momentos acordados entre las partes.
6. Entrega
6.1 El tiempo dentro del cual la Compañía puede avisar al Cliente que hará la Entrega del Suministro será considerado como la mejor estimación, pero no estará garantizado y puede estar sujeto a extensión a fin de cubrir los retrasos causados o contribuidos por el clima, acción sindical, fabricantes o proveedores, incendios o cualquier otra causa fuera del control de la Compañía. La Compañía no aceptará ninguna responsabilidad, culpabilidad o Reclamación por las consecuencias de dicho(s) retraso(s) fuera del control razonable de la Compañía.
6.2 Si, como resultado de causas fuera del control razonable de la Compañía, la Compañía determina que no podrá entregar todo o parte del Suministro dentro de un plazo razonable, cualquiera de las partes podrá rescindir el Acuerdo pertinente. La Compañía se compromete a indemnizar al Cliente por los costos adicionales directos incurridos como resultado de dicha terminación y, de otra manera, ambas partes se exoneran mutuamente de cualquier Reclamación en relación con el Contrato y con respecto a la terminación.
6.3 La Entrega del Suministro podrá efectuarse en su totalidad, o en partes separadas, previo acuerdo entre las partes.
6.4 Si el Cliente solicita a la Compañía retardar la Entrega de cualquiera o de todos los Bienes, la Compañía podrá acordar almacenar los Bienes, siendo tal almacenamiento a cargo del Cliente.
6.6 Si el Punto de Entrega es las dependencias de la Compañía, el Cliente debe retirar los Bienes del Punto de Entrega dentro de los 14 días de la fecha de Entrega.
7. Inspección
7.1 El Cliente debe inspeccionar el Suministro tan pronto como sea posible al momento de la Entrega.
7.2 Con sujeción a la cláusula 8, no se puede efectuar Reclamación por faltantes o daños o Suministro defectuoso contra la Compañía, a menos que la Compañía reciba una notificación por escrito de dicha Reclamación dentro de los 3 días posteriores a la Entrega. Ante tal aviso, la Compañía se reserva el derecho de rectificar cualquier faltante o daños o Suministro defectuoso a su propio costo y dentro de un tiempo razonable después de la notificación por parte del Cliente.
7.3 Con sujeción a la cláusula 8, si el Cliente no notifica a la Compañía de acuerdo con la cláusula 7.2, se considerará que el Cliente ha aceptado el Suministro.
8. Garantías y Exclusiones
8.1 Sujeto a las garantías que están implícitas por ley y no pueden ser excluidas de otra manera, la Compañía excluye todas las demás garantías, términos, condiciones o responsabilidad en relación con el Suministro.
8.2 En la medida en que la responsabilidad de la Compañía no pueda ser excluida por ley, la responsabilidad de la Compañía con respecto al Suministro estará limitada a cualquiera o varios de los siguientes, según lo determine la Compañía a su absoluta discreción:
(a) el costo de reemplazar los Bienes o volver a prestar los Servicios; o
(b) el costo de hacer reparar los Bienes o volver a prestar los Servicios.
8.3 El Cliente acepta que ha realizado sus propias investigaciones sobre la idoneidad del Suministro (o cualquier parte del mismo) para el uso previsto por el Cliente, y que el Cliente no ha confiado en ninguna
declaración, representación o información proporcionada por o en nombre de la Compañía con respecto al Suministro (incluida la utilización del mismo).
8.4 El Cliente se compromete a tomar todas las medidas razonables para mitigar cualquier pérdida o daño que sufra o en que incurra.
9. Limitación de responsabilidad
9.1 Sujeto a la cláusula 9.2, la responsabilidad potencial total de la Compañía que surja de o en relación con el cumplimiento de sus obligaciones conforme al Acuerdo o con respecto al Suministro, incluyendo sin limitación actos negligentes u omisiones, está limitada de la siguiente manera:
(a) Ninguna de las partes será responsable ante la otra parte por cualquier Pérdida Consecuencial; y
(b) El total de la responsabilidad total de la Compañía por cualquier pérdida o daño, cualquiera que sea su origen, está limitado al precio agregado, sin contar el IVA, pagado por el Cliente a la Compañía en virtud del Acuerdo para el Suministro específico que causó la pérdida o daño en cuestión, o el monto de USD 50.000, lo que resulte menor.
9.2 Las limitaciones en la cláusula 9.1 no aplican en la medida en que cualquier pérdida o daño sea directamente atribuible a fraude o conducta dolosa por parte de la Compañía.
10. Responsabilidad e Indemnidad
(a) el incumplimiento del Cliente de cualquiera de sus obligaciones bajo el Acuerdo;
(b) el incumplimiento por parte del Cliente de cualesquier leyes, reglas, normas o reglamentaciones aplicables al Acuerdo o al Suministro;
(c) el incumplimiento por parte del Cliente en mantener seguros los Bienes que son propiedad de la Compañía;
(d) cualquier uso de los Bienes contrario a cualquier instrucción o advertencia dada por la Compañía o por el fabricante de los Bienes;
(e) cualquier otra negligencia o cualquier incumplimiento de los deberes por parte del Cliente;
(f) cualquier cumplimiento o adhesión por parte de la Compañía a cualquier instrucción del Cliente; o
(g) cualquier dependencia por parte de la Compañía de cualquier declaración del Cliente.
10.2 Las partes acuerdan y reconocen que, para los propósitos de la cláusula 10.1, una referencia al Cliente abarca a los agentes, empleados, directores, representantes y contratistas del Cliente y cualquier persona o parte que utilice el Suministro o reclame un interés en los Bienes como resultado de una transacción con el Cliente, o de lo contrario con el permiso de éste.
11. Incumplimiento por parte del Cliente
11.1 En caso de que el Cliente:
(a) Incumpla o se alegue que ha incumplido el Acuerdo y no rectifique tal incumplimiento cuando la Compañía se lo solicite;
(b) se vea amenazado o sea susceptible de ser objeto de cualquier insolvencia, administración o quiebra;
(c) haya hecho declaraciones falsas, inexactas o engañosas que tengan un efecto material en relación con la elaboración del Acuerdo o cualquier documento relacionado o colateral; o
(d) En opinión de la Compañía, actuando razonablemente, presente un cambio adverso importante en su condición financiera;
la Compañía podrá, sin perjuicio de ejercer otros derechos:
(e) rehusarse a realizar un Suministro excepto cuando la Compañía haya recibido el pago completo antes del Suministro; y
(f) retener (donde sea aplicable) todos los dineros pagados a cuenta de cualquier Suministro.
11.2 Si el Cliente incumple el pago de cualquier cantidad facturada o cualquier cantidad debida por el Cliente a la Compañía por cualquier otro concepto, y no rectifica dicho incumplimiento dentro de los siete (7) días siguientes a una solicitud por escrito de la Compañía para que lo haga:
(a) el Cliente deberá pagar intereses sobre el saldo de deuda más alto de cada mes calendario sobre las sumas debidas por el Cliente a la Compañía, calculadas diariamente a partir de la fecha en que el monto se volvió pagadero hasta la fecha de pago, a una tasa anual que es la suma del 3% y la tasa recomendada por el banco de la Compañía como la tasa cobrada por el banco de la Compañía por
sobregiros superiores a USD 100,000 o, si dicha tasa contraviene la tasa máxima acordada de acuerdo con la ley local (interés máximo convencional), el interés será el último mencionado; o los costos de intereses otorgados por los tribunales, lo que resulte mayor, y
(b) cualquier monto no pagado, junto con los intereses y cualquier otro gasto, se convierte en una deuda adeudada por el Cliente a la Compañía y el Cliente debe pagar los costos razonables de la Compañía por cualquier acción de ejecución, incluyendo, en forma enunciativa y no limitativa, cualquier costo legal.
12. Supervivencia
(a) Todas las obligaciones de las partes en virtud de un Acuerdo sobrevivirán a la expiración o terminación del mismo en la medida requerida para la observancia y el cumplimiento íntegros.
(b) Las siguientes cláusulas sobreviven a la terminación del Acuerdo: cláusula 9 (Limitación de responsabilidad); cláusula 10 (Responsabilidad e Indemnidad); cláusula 11 (Incumplimiento por parte del Cliente); cláusula 16 (Propiedad Intelectual) y esta cláusula 12.
13. Derecho aplicable
El Acuerdo se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos. Se excluye la aplicabilidad de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
14. IVA
A menos que la Compañía acuerde lo contrario por escrito, todas los montos pagaderos en relación con el Acuerdo se expresan como excluyendo el IVA. Si el IVA es pagadero sobre un suministro sujeto a impuestos según la legislación local, el monto a pagar por el Cliente para ese Suministro gravable será el monto expresado más el IVA.
15. Cesión
Cualquiera de las partes puede ceder cualquier derecho u obligación en virtud del Acuerdo a cualquier otra parte en un plazo de 30 días, previo aviso escrito por escrito.
16. Propiedad Intelectual
16.1 La titularidad, el derecho y el interés en la Propiedad Intelectual son y seguirán siendo propiedad de la Compañía.
16.2 Al tratar con la Propiedad Intelectual, el Cliente no debe:
(a) divulgar o proporcionar la Propiedad Intelectual a cualquier otra persona, y deben ser tomadas todas las precauciones razonables para proteger dicha confidencialidad;
(b) copiar, distribuir, transmitir, exhibir, realizar, reproducir, publicar, licenciar, modificar, reescribir, conceder o permitir la creación de obras derivadas de, transferir o vender la Propiedad Intelectual; o
(c) permitir que copias de la Propiedad Intelectual sean impresas, publicadas, hechas, reproducidas o comunicadas de otro modo sin reconocer el derecho, titularidad e interés de la Compañía sobre la Propiedad Intelectual.
16.3 El Cliente debe asegurarse de que la Propiedad Intelectual no esté sujeta a ningún tratamiento que resulte perjudicial para la reputación o que infringiría los derechos de la Compañía.
17. Riesgo y Titularidad
17.1 El riesgo en los Bienes pasa al Cliente inmediatamente después de la Entrega, y el Cliente debe asegurar los Bienes a su propio costo a partir de la fecha de la Entrega.
17.2 La titularidad de los Bienes vendidos por la Compañía no pasará al Cliente hasta que se hayan pagado todas las cantidades pagaderas por el Cliente a la Compañía. Este interés de la Compañía en los Bienes continuará en los Bienes, productos de los Bienes y cualquier producto derivado de cualquiera de ellos.
17.3 La Titularidad de los Bienes alquilados por la Compañía al Cliente residirá en todo momento en la Compañía.
17.4 Se considerará que cualquier pago hecho por o en nombre del Cliente que resulte posteriormente evitado mediante la aplicación de cualquier disposición estatutaria no cancelará la titularidad de la Compañía sobre cualquier Bien vendido por la Compañía o sobre el endeudamiento del Cliente con la Compañía.
17.5 Cuando los Bienes sean vendidos por la Compañía al Cliente sin el pago de la totalidad del precio antes de la Entrega, el Cliente:
(a) retiene las Mercaderías en fideicomiso para la Compañía hasta que todas las cantidades adeudadas por el Cliente a la Compañía hayan sido pagadas en su totalidad;
(b) debe mantener los Bienes en su posesión y cuidarlos y almacenarlos debidamente y marcarlas de manera que identifiquen las Mercaderías y muestren claramente que pertenecen a la Compañía; y
(c) deberá devolver inmediatamente los Bienes a la Compañía al serle requerido.
17.6 En el caso de que la Compañía tenga la titularidad de los Bienes y el Cliente no devuelva los Bienes tras la realización de una demanda, la Compañía o sus agentes podrán entrar en los locales en los que se encuentren los Bienes y tomar posesión de los mismos. El Cliente acuerda obtener el consentimiento necesario para dicho ingreso por parte de la Compañía, y mantener indemnes a la Compañía o a sus agentes por cualquier responsabilidad derivada de cualquier ingreso en dichas dependencias y de la incautación de los Bienes.
17.7 Cuando los Bienes hayan sido devueltos o recuperados conforme a las cláusulas 17.5 ó 17.6, la Compañía puede revender los Bienes a otra persona. La Compañía tendrá derecho a retener los ingresos por cualquier Bien vendido en la medida necesaria para cubrir el endeudamiento del Cliente.
17.8 El Cliente reconoce que si mezcla los Bienes con otros productos o artículos de tal manera que los Bienes ya no sean identificables por separado, el Cliente y la Compañía serán propietarios en común del nuevo producto, y que la Compañía continuará manteniendo un interés de seguridad en los Bienes procesados o entremezclados.
17.9 El Cliente no debe intentar otorgar o permitir que existan o surjan intereses de seguridad, gravámenes, hipotecas, reclamaciones o intereses similares sobre los Bienes sobre los cuales la Compañía retiene titularidad o cualesquier productos de la venta de dichos Bienes a favor de otra persona (diferente a la Compañía).
18. Interés de Seguridad
En la medida en que surja un interés de seguridad en virtud de un Acuerdo o de un Suministro a favor de la Compañía como parte asegurada, el Cliente reconoce que el Interés de Seguridad se adjuntará a cualesquier producto o a cualquier adhesión.
19. Obligaciones especiales para artículos ITAR - País de uso (donde resulte aplicable)
19.1 Cuando cualesquier Bienes contengan tecnología militar u otros artículos de defensa controlados bajo el Reglamento de Tráfico Internacional xx Xxxxx de los Estados Unidos o cualquier otra regulación de control de exportación impuesta por cualquier otro país o unión, incluyendo, en forma enunciativa y no limitativa a Australia y la Unión Europea (Artículos ITAR) la Compañía hará los esfuerzos razonables para asegurar que la documentación necesaria esté disponible a fin de que la entidad gubernamental o reglamentaria pertinente, incluyendo, en forma enunciativa y no limitativa al Departamento de Estado de los Estados Unidos de América y a la Oficina de Control de Exportationes de Defensa (Autoridad) apruebe una licencia de exportación al Cliente y al país de utilización declarado en relación con los Bienes que contienen artículos ITAR.
19.2 El Cliente reconoce que la Autoridad autoriza la exportación de los Artículos ITAR en los Bienes únicamente para el país de destino aprobado para su uso por el usuario final aprobado. El Cliente también reconoce que los Artículos ITAR no pueden ser transferidos, transbordados en un viaje no continuo, o de otra manera desechados en cualquier otro país, ya sea en su forma original o después de ser incorporados a otros artículos finales, sin la previa Aprobación por escrito de la Autoridad.
19.4 En caso de que el Cliente incumpla cualquiera de los términos y condiciones contenidos en las cláusulas19.1 a 19.3, la Compañía podrá, sin limitación a cualquier otro derecho de la Compañía, suspender el servicio, las reparaciones, el soporte, el entrenamiento y / o el suministro adicional al Cliente de los Bienes con Artículos ITAR.
20. Privacidad
20.1 Ambas partes acuerdan cumplir con las Ley de Privacidad, y sus modificaciones ocasionales, en relación con todos y cada uno de los Datos Personales intercambiados en relación con un Acuerdo.
20.2 El Cliente consiente, reconoce y acepta que cualesquier Datos Personales proporcionados a la Compañía podrán ser:
(a) transferidos a, y almacenados en, un destino fuera de Mexico; y
(b) procesados por Personal o por otros terceros que operen fuera de Mexico.
AL ENVIAR SU SOLICITUD DE CRÉDITO, FIRMAR A CONTINUACIÓN O CONTINUAR CON EL PEDIDO DE LA COMPAÑÍA, USTED ACEPTA ESTAR OBLIGADO POR ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES. SI USTED NO ESTÁ DE ACUERDO CON ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES, POR FAVOR NO ENVÍE SU SOLICITUD DE CRÉDITO O PROCEDA CON SU PEDIDO Y DEBE NOTIFICAR A SU REPRESENTANTE DE IMDEX:
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