Prestaciones RACC Bici
1 MODALIDAD
c) Responsabilidad civil en bicicletas.
El RACC ofrece a sus socios diferentes modalidades (conjunto de prestaciones) según sus necesidades e intereses. Para disfrutar de las prestaciones, los socios deberán ser residentes en España, encontrarse en situación de alta en la base de datos del RACC y estar al corriente de pago de la cuota anual.
Las garantías establecidas en estas prestaciones para los socios del Real Automóvil Club de Cataluña (RACC) están vigentes desde el 1 de Octubre de 2017. Las mismas no constituyen contrato y pueden ser modificadas a criterio del RACC, siendo de aplicación las vigentes en cada momento, que se encuentran a disposición de los socios en cualquiera de las delegaciones o a través de la página web del Club.
Estas prestaciones son de aplicación para la modalidad indicada.
2 FORMA DE SOLICITAR LA ASISTENCIA Y CONDICIONES
El RACC, previa llamada telefónica a la Central de Alarmas en funcionamiento las 24 horas del día durante todo el año, ayudará al socio y/o asumirá los gastos autorizados derivados de las prestaciones de asistencia cubiertas. En el dorso del carnet de socio, se indica el número de teléfono para solicitar tanto asistencia a la bici y/o personal como asistencia sanitaria urgente o asistencia jurídica. El RACC no se responsabiliza ni se hace cargo de ningún servicio o prestación que no haya sido solicitado previamente a su Central de Alarmas.
En la comunicación telefónica solicitando asistencia, el socio deberá indicar su nombre, número de socio, lugar donde se encuentra, tipo de ayuda que precisa y, si es posible, un número de teléfono de contacto para que la Central de Alarmas pueda determinar la actuación a seguir y el socio pueda estar debidamente informado y recibir la asistencia que requiera con la máxima rapidez y eficacia.
Es necesario que el socio se identifique ante la persona que le va a prestar el servicio, y para ello deberá mostrarle su carnet del RACC y el DNI u otro documento acreditativo de su identidad.
Cuando un socio solicite asistencia para la bicicleta, será indispensable su presencia junto a la misma, debiendo solicitar el servicio en un plazo máximo de 48 h desde que se produjo el evento (avería o incidente), excepto por causa mayor.
Cuando un socio requiera asistencia sanitaria, será indispensable solicitarla en un plazo máximo de 7 días desde la ocurrencia del siniestro, salvo causa de fuerza mayor.
3 ASISTENCIA A LA BICICLETA
3.1 DESCRIPCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El servicio de asistencia a la bicicleta se presta en un radio de 200 km desde el domicilio del socio y se realiza en vías asfaltadas, caminos o pistas forestales, siempre y cuando sean transitables y de acceso lícito, a los que pueda llegar un vehículo motorizado habilitado para poder realizar el servicio de asistencia al ciclista.
a) Reparación de emergencia en el lugar de inmovilización de la bicicleta.
Esta garantía se presta en España y Andorra. Si la bicicleta que conduce el socio no pudiera iniciar o continuar el viaje debido a una avería o un incidente (entendiendo como tal, pérdida de presión de los neumáticos, pinchazos, rotura de la cadena, componentes desajustados o cualquier otro incidente que no la haga apta para su utilización y circulación normales), el RACC, si es posible, le prestará una reparación de emergencia en el lugar en el que se encuentre inmovilizada, de una duración máxima de 30 minutos. La mano de obra es gratuita y el socio tendrá que abonar únicamente el coste de los recambios que se tengan que utilizar para la reparación de la bicicleta.
b) Remolque de la bicicleta hasta el taller.
Si la bicicleta no se pudiera reparar allí donde ha quedado inmovilizada debido a la avería o al accidente, el RACC se encargará de remolcarla, como máximo, hasta 200 km desde el lugar de ocurrencia de la avería.
Se cubren las consecuencias económicas correspondientes a los daños y perjuicios corporales, materiales y consecutivos que sean responsabilidad civil extracontractual del socio durante la utilización de la bicicleta, de acuerdo con la normativa legal vigente, causados involuntaria y/o accidentalmente a terceros, siempre y cuando:
■ Estos daños se produzcan durante la circulación y/o utilización normal que corresponde a las bicicletas.
■ Esta utilización y/o circulación se haga dentro de un radio de 200 km desde el domicilio del socio.
Los límites de la garantía son de 50.000 €.
Dentro de estos límites se incluyen también, en su caso, el pago de las costas y gastos judiciales inherentes a la defensa judicial y personal del socio. Igualmente, se garantiza la constitución de las fianzas judiciales exigibles para garantizar dicha responsabilidad civil.
No obstante, en ningún caso se cubren las multas o sanciones sean de la naturaleza que sean.
3.2 PERSONAS QUE TIENEN DERECHO
La asistencia a la bicicleta se prestará a las personas, residentes en España, que sean socios titulares del carnet de socio RACC Bici.
3.3 VEHÍCULOS QUE TIENEN DERECHO
Bicicletas en general.
3.4 ÁMBITO TERRITORIAL
España y Andorra, a un radio de 200 km desde el domicilio del socio.
3.5 EXCLUSIONES Y LIMITACIONES
Las que deriven de negligencia en el mantenimiento de la bicicleta o su utilización indebida.
■ Las reparaciones de la bicicleta efectuadas en cualquier taller; las piezas de recambio y las sustracciones de equipajes y de material, de objetos personales o de accesorios incorporados a la bicicleta.
■ El RACC no prestará el servicio de asistencia a la bicicleta de forma gratuita cuando estas sean de alquiler (incluido el alquiler de bicicletas públicas).
■ El RACC no se responsabiliza de los daños, desperfectos o mermas que puedan producirse en la carga transportada por la bicicleta como consecuencia de la prestación de la asistencia.
■ Los accidentes o las averías causados por la participación en excursiones y travesías organizadas.
■ Los accidentes o las averías sobrevenidos en la práctica de entrenamientos, pruebas, apuestas y/o competiciones deportivas, oficiales o privadas.
■ La circulación por caminos fuera de carretera que sean de difícil acceso y que imposibiliten el rescate, la práctica de actividades extremas o deportes de riesgo en general.
■ Gastos inherentes al desmontaje y reconocimiento por parte del taller para determinar el alcance de la avería.
En relación con la responsabilidad civil de bicicletas (3.c), quedan excluidos:
■ La responsabilidad civil derivada de toda actividad profesional, sindical, política o asociativa.
■ Los daños ocasionados a cosas de terceros que por cualquier razón se encuentren en poder del asegurado o de personas de las que tenga que responder.
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■ Los daños derivados de responsabilidades que tengan que ser objeto de cobertura por un seguro obligatorio.
■ El pago de las multas o sanciones impuestas por los tribunales o autoridades competentes y las consecuencias de su impago.
■ Los daños por la participación del asegurado en competiciones xx xxxxxxxx, apuestas o concursos de cualquier tipología, o cuando su participación no sea en calidad de aficionado.
■ Los daños por la práctica de deporte como profesional.
■ La responsabilidad civil derivada de la práctica de cualquier deporte de competición y de riesgo (acrobático).
■ La responsabilidad civil derivada directa o indirectamente de la utilización de la bicicleta con fines comerciales o de negocios, incluyendo su alquiler o retribución, servicios de mensajería o el transporte retribuido de pasajeros.
■ Los daños corporales a cualquiera de los empleados o a cualquier miembro de la familia del asegurado.
■ La responsabilidad civil del asegurado en aquellos casos en los que este la tenga cubierta por cualquier otra póliza de seguro específica.
■ Los daños ocasionados a la propia bicicleta o a bienes propiedad del socio o de personas que civilmente no tengan la condición xx xxxxxxx.
■ Los daños que tengan su origen en la infracción o el incumplimiento voluntario de normas, o que sean consecuencia directa de la mala fe del asegurado.
■ Los daños causados como consecuencia del consumo de alcohol, drogas o estupefacientes no recetados por un médico.
■ Las reclamaciones que el socio pueda llevar a cabo por sus daños personales o materiales ante terceros.
4 ASISTENCIA PERSONAL EN VIAJE
4.1 DESCRIPCIÓN DE LA PRESTACIÓN
a) Prestaciones en caso de inmovilización de la bicicleta por avería, accidente o robo.
Para las bicicletas, cuando ésta sea reparada en el mismo día, el socio puede optar por ser acompañado hasta el punto de origen de la avería o hasta su domicilio (dentro de un radio de 200 km).
En los casos de robo y hurto, para disfrutar de la prestación se deberá acreditar la presentación de la correspondiente denuncia ante la autoridad competente, en el momento en que tuviera conocimiento del hurto o robo.
4.2 PERSONAS QUE TIENEN DERECHO
La asistencia se prestará a las personas, residentes en España, que sean socios titulares del carnet de socio RACC Bici..
4.3 ÁMBITO TERRITORIAL
Se prestará, des del domicilio del socio (Km 0) en España y Andorra. En caso de inmovilización de la bicicleta por avería o accidente, se trasladará al socio hasta el domicilio del socio, según las prestaciones.
5 ASISTENCIA SANITARIA URGENTE EN VIAJE
5.1 DESCRIPCIÓN DE LA PRESTACIÓN
a) Traslado o repatriación sanitaria de heridos y enfermos.
Si un socio o miembro de su familia cubierto por las prestaciones sufre una enfermedad o accidente que hace necesaria su hospitalización, el RACC, siempre que sea posible, tratará de que la misma tenga lugar en un centro hospitalario idóneo que esté situado en su localidad de residencia o lo más próximo a ella.
El RACC se hará cargo de:
1. Los gastos de traslado hasta la clínica u hospital más próximo. En caso de accidente de circulación, todos los ocupantes del vehículo tendrán derecho a esta prestación.
2. Poner a su disposición un equipo médico que, en contacto con el servicio médico que lo atiende, determinará conjuntamente el mejor tratamiento a seguir, así como su traslado a otro centro hospitalario. El RACC se hará cargo de los gastos de este traslado, y su equipo médico será quien determine el medio de traslado más adecuado según la urgencia o gravedad del caso.
3. Los gastos de traslado o repatriación hasta su domicilio cuando el herido o enfermo sea dado de alta.
4. En caso de enfermedad psíquica súbita diagnosticada de forma fehaciente por un especialista, la repatriación tendrá lugar siempre y cuando las autoridades sanitarias del lugar donde se encuentre y el medio de transporte que se utilice lo permitan.
b) Gastos médicos de urgencia por accidente o enfermedad súbita grave du- rante un viaje por España.
Si a consecuencia de un accidente o enfermedad grave ocurrido durante un viaje por el territorio nacional el socio o un miembro de su familia cubierto por las prestaciones necesitara una primera asistencia médica de urgencia, el RACC se hará cargo de los gastos médicos hasta un máximo de 600 euros, impuestos incluidos, por persona y siniestro.
Esta garantía tiene carácter subsidiario a las prestaciones cubiertas por la Seguridad Social o de cualquier otro organismo o entidad aseguradora obligados a prestar asistencia.
c) Gastos de desplazamiento y estancia de un familiar en caso de hospitali- zación.
Cuando en el transcurso de un viaje, un socio cubierto por las prestaciones haya sido internado en un centro médico y se prevea una hospitalización superior a 5 días, o sea necesario, antes de su regreso, un mínimo de 7 días de convalecencia por prescripción médica, no encontrándose en compañía ningún familiar o acompañante mayor de edad, el RACC facilitará a un miembro de su familia, con residencia en España, un billete de ida y vuelta para que acuda a su lado.
Asimismo, el RACC se hará cargo de sus gastos de pernoctación en un hotel de hasta 3 estrellas durante un máximo de 5 noches.
d) Transporte o repatriación de fallecidos y traslado de familiares acompañan- tes.
Si en el transcurso de un viaje falleciera un socio cubierto por las prestaciones, el RACC se encargará de realizar las formalidades correspondientes en el lugar del fallecimiento, así como del transporte o repatriación del cadáver hasta el lugar de su inhumación, siempre que esta se efectúe dentro de la provincia de residencia.
En el caso de que el socio cubierto por las prestaciones viajase solo, el RACC facilitará a un familiar del fallecido, con residencia en España, un billete de ida y vuelta para que acuda a su lado.
Asimismo, el RACC se hará cargo de sus gastos de pernoctación en un hotel de hasta 3 estrellas y durante un máximo de 5 noches.
5.2 PERSONAS QUE TIENEN DERECHO
Personas, residentes en España, que sean socios titulares del carnet de socio RACC Bici.
5.3 ÁMBITO TERRITORIAL
Se prestará desde el lugar en que este se haya producido (desde el km 0) hasta 200 km en España.
5.4 EXCLUSIONES Y LIMITACIONES
■ Las lesiones sobrevenidas en el ejercicio de una profesión.
■ El suicidio, así como las enfermedades y lesiones resultantes del intento y las causadas intencionalmente por el titular a sí mismo.
■ Las enfermedades, lesiones o estados patológicos producidos por intencional ingestión o administración de bebidas alcohólicas, drogas, sustancias tóxicas, narcóticos, o por la utilización de medicamentos sin prescripción médica.
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■ Los gastos incurridos en cualquier tipo de prótesis u ortesis, deterioro o rotura incluidos.
■ Los partos y embarazos, salvo complicaciones imprevisibles durante los seis primeros meses de gestación.
■ Cualquier tipo de enfermedad psíquica crónica o preexistente.
■ El RACC no se hace cargo de gastos inferiores a 18 euros, impuestos incluidos.
■ Los gastos de inhumación, féretro y ceremonia, en el caso de traslado o repatriación de fallecidos.
■ Queda excluido cualquier tipo de gasto médico con fines terapéuticos, de tratamiento estético o de tipo odontológico.
■ Los gastos de medicina preventiva.
6 XXXXXX XX XXXXXXX
Servicio de consulta y asesoramiento médico telefónico las 24 horas del día, los 365 días del año.
A través de una llamada telefónica al número de asistencia, un médico del RACC le atenderá para asesorarle y aconsejarle sobre las alternativas posibles para solucionar aspectos relacionados con la salud del socio o la de su familia. El servicio incluye la cobertura de psicólogo xx xxxxxxx durante todos los días de la semana y en un horario de 9 a 21 h.
6.1 DESCRIPCIÓN DE LA PRESTACIÓN
a) Asesoramiento sobre el uso de determinadas terapias y medicamentos, así como de su correcta administración y efectos esperados, deseables o no.
b) En caso de emergencia, el RACC movilizará, a cargo del titular, los recursos más adecuados en función de la patología y disponibilidad de la zona.
c) Facilitar las primeras instrucciones sobre las maniobras a realizar, en espera de la llegada de los recursos necesarios.
6.2 PERSONAS QUE TIENEN DERECHO
Personas, residentes en España, que sean socios titulares del carnet de socio RACC Bici.
6.3 EXCLUSIONES Y LIMITACIONES
Este es un servicio de consulta telefónica, por tanto, los médicos del RACC nunca podrán realizar diagnósticos de enfermedades o prescripciones de medicamentos.
7 ASISTENCIA JURÍDICA Y RECURSOS DE MULTAS
El RACC presta asesoramiento jurídico telefónico en el ámbito personal y familiar del socio, así como asesoramiento y redacción de reclamaciones en materia de defensa del consumidor y usuario, y asesoramiento y redacción de recursos contra infracciones administrativas de tráfico, circulación y seguridad vial.
7.1 DESCRIPCIÓN DE LA PRESTACIÓN
a) Asesoramiento.
Atención telefónica de aquellas consultas a las que resulte de aplicación el Derecho español.
Dichas consultas serán resueltas en el acto, si bien aquellos casos que por su complejidad requieran un análisis más profundo podrán resolverse en un plazo máximo de 72 horas desde que se reciba la documentación, en caso de resultar necesario el análisis de la misma.
La resolución de consultas, por tanto, comprende también el análisis de la documentación que resulte precisa para ello y que deberá facilitarse por el socio siguiendo las indicaciones que reciba. Los temas de Derecho español susceptibles de consulta, quedando excluido el Derecho Internacional público o privado y el Derecho Mercantil, son, entre otros, los siguientes:
■ Civil: familia, obligaciones y contratos, herencia y sucesiones, derechos reales, responsabilidad extracontractual, defensa de consumidores y usuarios.
■ Penal: delitos y faltas.
■ Laboral: contrato de trabajo y despido, jubilación, prestaciones de desempleo, pensiones, Seguridad Social.
■ Fiscal: I.R.P.F, Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y actos jurídicos documentados, impuestos locales.
■ Administrativo: responsabilidad patrimonial y procedimientos administrativos.
Debido a la particularidad de la materia, el asesoramiento en cuestiones laborales y fiscales se efectuará de forma genérica.
b) Servicio de urgencia legal.
Atención telefónica las 24 horas, los 365 días del año, sobre situaciones de urgencia legal relacionadas con el uso y tenencia del vehículo. Aquellas otras consultas que no pueden considerarse de urgencia legal, a criterio del RACC, se atenderán de 9 a 21 h.
Las situaciones de urgencia legal susceptibles de consulta son las siguientes:
■ Accidentes de circulación. Robo o hurto de vehículos. Inmovilización del vehículo.
■ Detenciones del socio en dependencias policiales o judiciales.
c) Redacción de reclamaciones de consumo.
Redacción de todas aquellas reclamaciones que puedan producirse en materia de defensa de consumidores y usuarios.
El RACC se limitará a la redacción de las mismas, de acuerdo con los datos facilitados por el socio, y se las remitirá por fax o correo electrónico. El plazo máximo de elaboración será de 72 horas desde que el socio facilite los datos necesarios para su confección. La firma, presentación y subsiguiente tramitación de las mismas será a cuenta del socio.
En todo lo relacionado con la propiedad o uso del vehículo, el RACC confeccionará cualquier tipo de escrito de reclamación que sea necesario presentar al taller reparador, concesionario, fabricante del vehículo o empresa prestadora de servicios relacionados con el automóvil, en función del tipo de incidencia. En estos casos, el RACC suscribirá los escritos de reclamación y efectuará la presentación correspondiente ante la empresa prestadora del servicio. El RACC también se hará cargo de la redacción y presentación de los escritos pertinentes cuando se realice una reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado, a consecuencia de un hecho derivado de la circulación, o de la tenencia o posesión de un vehículo a motor, siempre y cuando dicha prestación no quede cubierta por la póliza de seguro del vehículo.
d) Despachos de abogados.
Caso de resultar necesario iniciar una vía judicial o resolver una consulta de gran complejidad, el RACC pone a disposición del socio una red de despachos de abogados colaboradores que le atenderán en condiciones especiales.
La primera visita será gratuita y, en su caso, el despacho facilitará al socio presupuesto previo por escrito y sin compromiso. Además, el despacho de abogados colaborador aplicará al socio un 10% de descuento en la minuta final del abogado, que se calculará sobre la base de los honorarios recomendados por el Colegio Profesional al que pertenezca.
El socio decidirá si encarga definitivamente el caso al despacho de abogados colaborador, debiendo pagar los honorarios estipulados de acuerdo con las condiciones anteriormente mencionadas y sin que las mismas se apliquen a los honorarios de procurador ni gastos judiciales.
La visita en la red de despachos de abogados colaboradores estará condicionada al régimen de visitas establecido por cada uno de ellos.
e) Recursos de multas.
Asesoramiento.
Atención de todo tipo de consultas relacionadas con la imposición de sanciones administrativas en materia de tráfico en general, o relativas a un procedimiento sancionador en marcha.
Confección de recursos.
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El RACC, una vez recibida la documentación necesaria dentro de un plazo suficiente para su gestión, confeccionará los escritos pertinentes que hayan de presentarse, exclusivamente en vía administrativa. La persona que figura en la denuncia administrativa como presunta infractora autorizará al RACC, por escrito, a confeccionar y presentar los pliegos de descargos y recursos.
Para ello deberá remitir la documentación necesaria que le será indicada por el RACC, previo contacto con este a través de los canales que a tal efecto se habiliten. La Administración enviará directamente al socio la resolución del recurso.
Presentación de escritos
El RACC realizará la presentación de los escritos ante los organismos administrativos pertinentes.
7.2 PERSONAS QUE TIENEN DERECHO
Personas, residentes en España, que sean socios titulares carnet de socio XXXX Xxxx.
7.3 ÁMBITO
El servicio versa sobre aquellas cuestiones jurídicas a las que sea de aplicación el Derecho español y acontezcan en territorio español en el ámbito de la persona física.
El servicio se presta de lunes a viernes, en horario ininterrumpido de 9 a 21 h.
7.4 EXCLUSIONES Y LIMITACIONES
■ El RACC asesorará sobre las consultas que versen sobre cualquier ámbito del Derecho español (no relativas al Derecho Mercantil), con excepción de las que afecten o puedan afectar, directa o indirectamente, a los intereses del RACC, o puedan menoscabar su imagen y/o prestigio profesional.
■ El asesoramiento del RACC se basa en los datos facilitados por el socio, no pudiendo responsabilizarse de la completa aportación de la documentación por parte del mismo y/o de la veracidad de la misma.
■ El RACC se reservará el derecho a decidir qué consultas, atendiendo a su especial complejidad, requieren ser atendidas y analizadas personalmente por un despacho de abogados.
■ La redacción de reclamaciones no contempladas en el punto 8.1.c), así como la elaboración y revisión de declaraciones fiscales y tributarias, ni la realización de cálculos laborales, de pensiones, finiquitos, etc.
■ Los gastos y tramitación de la vía judicial, en caso de resultar necesaria.
■ Los casos que por su especial complejidad necesiten una atención personalizada por parte del despacho colaborador.
■ El RACC queda eximido de las responsabilidades derivadas de la actuación de cualquiera de los despachos de abogados colaboradores, a los que corresponderá en exclusiva la dirección técnica y jurídica del caso.
■ En el caso de los recursos de multas, deberán constar como denunciados en la correspondiente notificación las personas descritas en el apartado Modalidades que tienen derecho.
8 TARJETA RACC MASTER
La Tarjeta RACC Master es una tarjeta de crédito gratuita, sin cuota anual xx xxxxx- nimiento, exclusiva para los socios del RACC que la soliciten, y que también identifi- ca a su poseedor como miembro del Club. Al realizar el pago de las compras a través de la tarjeta, se pueden obtener descuentos en más de 6.000 establecimientos aso- ciados al Programa RACC Master.
Titular RACC Master: persona física, socio del Club, mayor de 18 años, a cuyo nom- bre se expiden las tarjetas, con carácter personal e intransferible.
La Tarjeta RACC Master puede ser emitida por dos entidades bancarias, CAIXA- BANK PAYMENTS, E.F.C.E.P., S.A.U., (Grupo “la Caixa”) y BANCO XX XXXXXXXX,
S.A., en función de la domiciliación bancaria facilitada por el socio para la domici- liación de su cuota. Así, en el caso de que la domiciliación bancaria facilitada por el socio sea del Grupo “la Caixa”, la entidad emisora de la Tarjeta RACC Master será la misma. Pero si la domiciliación bancaria facilitada por el socio pertenece a cualquier otra entidad bancaria, la entidad emisora de la Tarjeta RACC Master será BANCO XX XXXXXXXX.
La concesión de esta tarjeta está sujeta a criterios de valoración de riesgos por las entidades emisoras, CAIXABANK (Grupo “la Caixa”) o BANCO XX XXXXXXXX, y su activación es opcional por parte del socio. El socio titular recibirá la Tarjeta RACC
Master en el domicilio que facilitó al RACC como residencia habitual. Por motivos de seguridad, la Tarjeta RACC Master se enviará desactivada. Para poder utilizarla, tanto para pagar en comercios como para poder disponer de dinero en efectivo a través de cajeros automáticos, debe ser activada.
El titular de la Tarjeta RACC Master debe constar como titular de la cuenta en la que se realizarán los cargos y abonos que se produzcan como consecuencia del contrato de la Tarjeta RACC Master suscrito por el mismo.
El titular de la Tarjeta RACC Master podrá modificar la cuenta en cualquier momento y domiciliarla en la entidad bancaria que más le convenga, siempre y cuando sea titular de la cuenta y se trate de una entidad con oficina en el Estado español. Los cambios de domiciliación bancaria que el socio realice durante la vigencia del contra- to de la Tarjeta RACC Master no comportarán la modificación automática de la enti- dad emisora de la misma y, por tanto, no supondrán la emisión de una nueva tarjeta.
Asimismo, el titular de la Tarjeta RACC Master deberá notificar al RACC cualquier cambio de domicilio. Para la correcta gestión de la tarjeta, el RACC comunicará a cualquiera de las entidades emisoras de la misma, CAIXABANK (Grupo “la Caixa”) o BANCO XX XXXXXXXX, los cambios de domicilio y los de domiciliación bancaria de la Tarjeta RACC Master comunicados al Club por el titular de la misma.
Para poder emitir la Tarjeta RACC Master es necesario que el RACC disponga de una cuenta bancaria del socio, en la que se realizarán los cargos y abonos que se produzcan como consecuencia del contrato de la Tarjeta RACC Master. Junto con la Tarjeta RACC Master, se recibirán las condiciones generales del contrato de la tarjeta y la operativa que deberá seguir para activarla y empezar a disfrutar de las exclusivas ventajas que ofrece.
9 EXCLUSIONES GENERALES
Quedan excluidos de la cobertura, en todas las garantías, los riesgos generales siguientes:
■ Las enfermedades o lesiones que se produzcan como consecuencia de padecimientos crónicos o que sean previos al inicio del viaje, así como sus complicaciones o recaídas.
■ Las garantías y prestaciones que no hayan sido solicitadas al RACC y que no hayan sido efectuadas con o por su acuerdo, salvo en caso de fuerza mayor o de imposibilidad material demostrada.
■ El RACC se reserva el derecho a denegar el servicio cuando detecte un uso indebido de la prestación de asistencia, como consecuencia de un uso profesional no autorizado o de un uso destinado a dar servicio a un negocio.
■ Asimismo, se reserva el derecho a denegar el servicio cuando este sea consecuencia de actos fraudulentos o causados por dolo o por actos notoriamente peligrosos o temerarios del socio, conductor, ocupante o de las personas que viajen con ellos.
■ Del mismo modo, también se reserva el derecho de poder denegar el servicio cuando el vehículo accidentado o averiado sea conducido bajo la influencia de bebidas alcohólicas o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, independientemente de que el socio que solicite la asistencia sea conductor u ocupante del vehículo en cuestión.
■ Los accidentes que sobrevengan en la práctica de competiciones deportivas, oficiales o privadas, así como en los entrenamientos, pruebas y apuestas, la participación en excursiones y travesías organizadas no relacionadas con vehículos clásicos.
■ Los siniestros ocasionados por actividades deportivas y turísticas de aventura, tales como el rafting, descenso de aguas bravas, piragüismo, canoa, kayak, esquí náutico, windsurf, trekking, senderismo o ciclismo (en vías no asfaltadas), auto 4x4, moto raid, quads, puenting, barranquismo, parapente, heliesquí, hidrobob, hidrotrineo, alpinismo, escalada, submarinismo, paracaidismo, ala delta, vuelo en ultraligeros, espeleología, etc.
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■ Las lesiones o accidentes corporales como consecuencia de acciones delictivas; provocaciones, riñas, peleas y duelos; imprudencias, apuestas, o cualquier hecho arriesgado o temerario.
El RACC no cubre los costes telefónicos de las llamadas necesarias para la gestión de cualquier expediente. El RACC denegará la asistencia, si el socio titular no está al corriente de pago.
10 LIMITACIONES
El RACC no responderá de los retrasos o incumplimientos debidos a fuerza mayor, o a las especiales características administrativas o políticas de un país determinado. En todo caso, si no fuera posible una intervención directa, el titular será reembolsado (mediante la presentación de los correspondientes justificantes originales) de los gastos en que hubiera incurrido y se hallen garantizados en nuestras prestaciones, a su regreso a España o, en caso de necesidad, en cuanto se encuentre en un país donde no concurra la anterior circunstancia. Con carácter general, no responderá de los hechos o actuaciones violentas de las fuerzas armadas o de las fuerzas y cuerpos de seguridad en tiempos xx xxx.
Tampoco responderá de los posibles daños o robos en los vehículos antes de la llegada de la asistencia enviada por el RACC o cuando los mismos se estacionen en un aparcamiento público o privado. Los servicios de asistencia se prestarán siempre que el tiempo de permanencia fuera del domicilio habitual no sea superior a 60 días, por viaje o desplazamiento. En caso de estancias superiores, así como para acompañantes no socios del RACC, se puede contratar una póliza suplementaria de asistencia en viaje en cualquier delegación.
Asimismo, el RACC no responderá de los siniestros ocurridos en casos de fuerza mayor (guerra, manifestaciones y movimientos populares, actos de terrorismo y sabotaje, huelgas, motines, restricciones a la libre circulación, así como terremotos, irradiaciones nucleares, pandemias y otros fenómenos catastróficos).
Estas prestaciones tienen una carencia de 48 horas, contada desde la fechade contratación de la modalidad, siempre y cuando se haya satisfecho la cuota correspondiente.
En cualquier caso, no se prestará ningún tipo de asistencia para aquellos accidentes, incidentes o enfermedades que se hayan producido con anterioridad a la fecha de alta en el Club. El RACC, en todo momento, facilitará los datos de aquellos proveedores que considere en mejor disposición de prestar el servicio requerido por el socio y que él no preste directamente. En aquellos casos en que el RACC se limita a facilitar los datos de un proveedor del servicio, el RACC no será responsable de la prestación del servicio que dicho profesional efectúe. El RACC queda eximido, por tanto, de las responsabilidades derivadas de la actuación de cualquiera de los profesionales cuyo contacto haya sido facilitado, a los que corresponderá en todo caso la dirección del servicio a efectuar.
Todas las prestaciones que precisen desplazamiento de personal RACC especializado se prestarán siempre y cuando haya disponibilidad de los medios utilizados.
El número máximo anual de asistencias mecánicas gratuitas será de 3.
11 TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
El RACC tiene el compromiso irrevocable con sus socios de respetar su derecho fundamental a la protección de sus datos personales.
El RACC tratará los datos personales de sus socios a los efectos de dar cumplimiento a los objetivos, a las finalidades y a las actividades que le son propias: mantener y gestionar su relación como miembros e informarles sobre beneficios y ventajas inherentes a su condición.
¿Quién es el responsable del tratamiento de sus datos?
■ Identidad: Reial Automòbil Club de Catalunya (RACC o el Club), con NIF:G- 08.307.928.
■ Dirección postal: Xxxxxxx Xxxxxxxx, 000, 00000 Xxxxxxxxx.
■ Teléfono: 000 000 000
■ Correo electrónico: xxxxxxxx@xxxx.xx
■ Contacto del Delegado de Protección de Datos del RACC: xxxxxxx@xxxx.xx
¿Con qué finalidad tratamos sus datos?
En el RACC tratamos los datos que nos proporcione, en cualquier momento de su relación con el Club, con las siguientes finalidades:
1. Finalidades relacionadas con la relación contractual u orgánica que le une al RACC
■ Xxxxxxxxx su condición como socio del RACC.
■ Comunicarle los beneficios y ventajas que disfruta como socio del RACC.
■ Prestarle los servicios contratados como cliente o socio del RACC.
■ Recibir la información solicitada.
Este tratamiento es necesario para formalizar su condición como socio del RACC o para prestarle el servicio que nos solicita. En caso de que se oponga al tratamiento de sus datos relacionados con su alta en el Club o con la contratación de cualquier producto o servicio, ello comportará la baja inmediata de su condición de socio o la no prestación del producto o servicio contratado.
2. Finalidades basadas en el interés legítimo del RACC
■ Ofrecer o recomendarle servicios o productos del RACC que puedan ser de su interés.
■ Elaborar un perfil comercial que nos permita optimizar la finalidad anterior. En ningún caso se tomarán decisiones automatizadas en base a dicho perfil con una finalidad distinta de la indicada. En particular, el perfil comercial no servirá en ningún caso para finalidades de scoring.
■ Comunicar sus datos a empresas del Grupo RACC (véase xxx.xxxx.xx/ quienessomos) con fines administrativos o para dar cumplimiento a obligaciones legales, tales como la prevención de blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
3. Finalidades que requieren su consentimiento expreso
■ Ofrecer o recomendarle servicios o productos del RACC que puedan ser de su interés con posterioridad a su baja como socio, o a la prestación de los servicios contratados o por los que ha mostrado interés.
Este tratamiento se realizará únicamente si usted ha prestado su consentimiento a través de la casilla habilitada al efecto. La falta de consentimiento a cualquiera de las finalidades indicadas no comportará consecuencia alguna en la relación contractual u orgánica que mantiene con el RACC.
Le recordamos que, en cualquier momento, podrá oponerse al tratamiento de sus datos, especialmente en el caso del envío de ofertas comerciales.
El envío de cualquier información, oferta o recomendación se podrá realizar por cualquier medio, tanto físico como telemático (correo electrónico, fax, SMS, redes sociales, aplicaciones móviles, etc.).
¿A qué destinatarios se comunicarán sus datos?
Sus datos se comunicarán al Grupo RACC. La relación de empresas del Grupo RACC podrá encontrarla en xxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxx. La comunicación de sus datos se realizará con las siguientes finalidades:
■ Ofrecer o recomendarle servicios o productos del Grupo RACC que puedan ser de su interés.
■ Cumplir obligaciones legales. El RACC comunicará sus datos a los organismos públicos y judiciales competentes cuando tenga la obligación legal de hacerlo.
■ Con fines administrativos internos, tales como facilitar la contratación de productos y servicios de otras entidades del Grupo RACC.
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Asimismo, le informamos que determinados proveedores de servicios del RACC, nacionales e internacionales, pueden tener acceso a sus datos y tratarlos en nombre y por cuenta del Club en el marco de su prestación de servicios (asesoramiento jurídico, empresas de servicios informáticos, empresas de seguridad, centro de llamadas, etc.).
¿Cuáles son sus derechos al facilitarnos sus datos?
Usted podrá ejercer sus derechos de acceso, portabilidad, rectificación, supresión,
limitación y oposición a no ser objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado. Asimismo, usted podrá revocar en cualquier momento el consentimiento prestado.
■ El derecho de acceso le permite conocer y obtener gratuitamente la información sobre sus datos de carácter personal sometidos a tratamiento.
■ El derecho de portabilidad le permite solicitar la entrega de sus datos en un formato estructurado de uso común y de lectura mecánica e interoperable o, siempre que la tecnología lo permita, que transmitamos directamente sus datos a otro responsable.
■ El derecho de rectificación le permite corregir errores, modificar los datos que resulten ser inexactos o incompletos y garantizar la certeza de la información objeto de tratamiento.
■ El derecho de supresión le permite solicitar que se supriman, sin perjuicio del deber de bloqueo, los datos objeto de tratamiento.
■ El derecho de limitación le permite, en determinados supuestos previstos por la ley, solicitar que sus datos se bloqueen y se limite su acceso únicamente a efectos de la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones, la protección de los derechos de otra persona física o jurídica, o por razones de interés público.
■ El derecho de oposición le permite solicitar que no se lleve a cabo el tratamiento de sus datos de carácter personal o que se cese en el mismo.
■ El derecho a no ser objeto de una decisión basada únicamente en medios automatizados, si la decisión produce efectos jurídicos en usted o le afecta significativamente de modo similar.
Para ejercer los derechos especificados podrá utilizar los formularios puestos a su disposición en: xxx.xxxx.xx/XXXX.
También podrá ejercer cualquiera de estos derechos dirigiéndose al Delegadode Protección de Datos del RACC, mediante el envío de un correo electrónico a: xxxxxxx@xxxx.xx; o por correo postal dirigiéndose a: Xxxxxxx Xxxxxxxx, 000, 00000 Xxxxxxxxx (A/X. Xxxxxxxx de Protección de Datos del RACC). Usted deberá aportar copia de su DNI o documento oficial que le acredite.
También tiene derecho a presentar reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. Dispone de la información necesaria en: xxx.xxxx.xx.
¿Cómo hemos obtenido sus datos?
Sus datos provienen de la información que usted nos facilita cuando contrata y mantiene productos o servicios con nosotros, tanto de forma directa como indirecta (por ejemplo, a través de consultas, solicitudes de información, etc.).
En el caso de no habernos facilitado directamente sus datos, le informamos que sus datos nos han sido facilitados por el socio que ha contratado la modalidad correspondiente.
En particular, los datos que trataremos incluyen, en su caso, las siguientes categorías: datos de carácter identificativo, datos económicos y financieros, datos de salud, datos referentes a sus características personales y circunstancias socialese información comercial.
¿Por cuánto tiempo conservaremos sus datos?
Los datos personales que nos proporcione se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la cual fueron recabados.
En todo caso, una vez sea cursada su baja en el Club, por cualquier motivo, sus datos se cancelarán automáticamente transcurridos 5 años.
Usted también podrá revocar su consentimiento en cualquier momento, en cuyo caso procederemos, asimismo, a la cancelación de sus datos.
La cancelación de sus datos se realizará por bloqueo. Con este método, el RACC no tendrá acceso a sus datos y solo los tratará para su puesta a disposición de las
¿Qué datos personales se tratarán?
Los datos de identificación y de domiciliación bancaria facilitada al RACC para la domiciliación de la cuota de socio.
Una vez activada la tarjeta, el RACC comunicará a CaixaBank Payments E.F.C. E.P., S.A.U., (Grupo”la Caixa”) o a Banco Sabadell, S.A., las actualizaciones o modificaciones de sus datos.
En base al interés legítimo del RACC en la gestión integral de los productos y servicios que ofrece a sus socios, el RACC accederá a la información que le permita conocer el estado de la Tarjeta RACC Master (alta, bloqueo, baja o retirada), la información agregada de consumo efectuada a través de la tarjeta, el sector de actividad, el comercio y el límite de crédito dispuesto, para las siguientes finalidades:
■ Atender las incidencias y/o peticiones de nuestros socios derivadas de la tenencia o uso de la Tarjeta RACC Master.
■ Elaborar y gestionar los programas de fidelización, campañas de incentivación y cálculos de bonificaciones y descuentos dirigidos a los socios del RACC.
En caso de que las entidades bancarias cuenten con el consentimiento específico del socio, el RACC accederá a la información detallada y personalizada de los consumos efectuados a través de la Tarjeta RACC Master, y al límite de crédito de la misma, para que el RACC pueda tratarla con fines comerciales, incluida la elaboración de perfiles.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos personales?
El consentimiento del interesado para la tramitación de la solicitud de la tarjeta.
El interés legítimo para la gestión integral de los productos y servicios que el RACC ofrece a sus socios.
¿A qué destinatarios se comunicarán sus datos?
Si su domiciliación bancaria es del Grupo “la Caixa”, el RACC comunicará sus datos personales a CaixaBank Payments E.F.C. E.P., S.A.U., (Grupo “la Caixa”), con CIF X-00000000 y domicilio en Madrid, xxxxx Xxxxxxxxx, 000, XX 00000.
Si su domiciliación bancaria es de cualquier otra entidad bancaria, el RACC comunicará sus datos personales a Banco Sabadell, S.A., con CIF X-00000000 y domicilio en Alicante, avda. Xxxxx Xxxxx, 00, XX 00000.
¿Con qué finalidad se comunicarán sus datos a las entidades financieras?
Para que las mencionadas entidades financieras puedan proceder a la estampación de la tarjeta de crédito, que se remitirá sin activar, y para que el usuario pueda tramitar la solicitud de contratación de la misma, en el caso de que esté interesado. Asimismo, y con dicha finalidad, se remitirán al usuario, junto con la tarjeta, las condiciones contractuales y las instrucciones de activación.
¿Cuánto tiempo conservarán sus datos dichas entidades financieras?
Durante un máximo de cinco meses, si usted no ha activado la tarjeta. Transcurrido dicho plazo, los datos se cancelarán si el usuario no ha solicitado la formalización del referido contrato.
En el caso de haberla activado, sus datos se conservarán de acuerdo con lo establecido en el contrato con la entidad bancaria.
¿Cuáles son sus derechos ante las entidades financieras?
Podrá acceder en cualquier momento a sus datos para solicitar su consulta, actualización, rectificación o cancelación, dirigiéndose a:
■ CaixaBank Payments, E.F.C. E.P., S.A.U., (Grupo “la Caixa”), con CIF X-00000000 y domicilio en Madrid, xxxxx Xxxxxxxxx, 000, XX 00000.
■ Banco Sabadell, S.A., con CIF X-00000000 y domicilio en Alicante, avda. Xxxxx Xxxxx, 00, XX 00000.
autoridades públicas o judiciales y para la atención de las posibles responsabilidades
relacionadas con el tratamiento de los datos, en particular para el ejercicio y defensa de reclamaciones ante la Agencia Española de Protección de Datos. Conservaremos sus datos bloqueados durante los plazos previstos en las disposiciones aplicables o, en su caso, en las relaciones contractuales mantenidas con el RACC, procediendo a su supresión física una vez transcurridos dichos plazos.
SI USTED HA SOLICITADO LA TARJETA RACC MASTER, LE INFORMAMOS DE LO SIGUIENTE:
12 OBLIGACIONES Y DEBERES DEL SOCIO
■ Los servicios de asistencia se prestarán al socio o al beneficiario con carnet, previa llamada a la Central de Alarmas del RACC.
MARZO 2021
■ El domicilio del socio y del beneficiario será aquél facilitado por el socio titular como residencia habitual para la base de datos del RACC. El domicilio del socio, del beneficiario y del socio cónyuge deben coincidir, así como la domiciliación bancaria.
■ Asimismo, el socio titular del carnet notificará al RACC cualquier cambio de domicilio y de domiciliación bancaria. En el momento en que el socio facilita al RACC un número de cuenta bancaria para la domiciliación de su cuota de afiliación al Club, autoriza expresamente al RACC a que el cobro de la mencionada cuota se realice anualmente en la misma, mientras no se produzca su baja como socio del Club.
■ El impago de la cuota anual por parte del socio dará lugar a la suspensión temporal de sus derechos y, consecuentemente, a la suspensión del derecho a obtener las prestaciones de los servicios descritos en este documento, tanto por parte del socio como del beneficiario. En caso de solicitar algún servicio mientras dure el impago, el titular deberá abonar el importe del mismo, y una vez regularizada la situación, solicitar su reembolso.
■ El carnet del RACC es a título personal e intransferible.
■ El abono de la primera anualidad supone por parte del socio la aceptación de todas las condiciones incluidas en este documento, que le serán de aplicación, considerándose automáticamente prorrogadas si no se manifiesta por escrito la voluntad de no renovación.
■ Para conocer las tarifas actualizadas de las diferentes modalidades, podrá informarse en cualquier delegación o acceder a la página web del Club, donde podrá consultar las tarifas vigentes en cada momento.
■ Teléfono de atención de reclamaciones de servicios básicos relacionados con el Servicio Médico y la Tarjeta RACC MASTER: 900.700.702, de lunes a viernes de 8 a 21 h. Para el resto de servicios, podrá dirigirse al teléfono de FONORACC en el mismo horario de atención.
■ Cuando la prestación requerida sea la garantía de equipajes, el socio, caso de encontrar los objetos robados o perdidos, tendrá las obligaciones siguientes:
■ Deberá avisar al RACC por escrito desde el momento en que tenga conocimiento del hecho.
■ Si el RACC todavía no le ha pagado, deberá el socio tomar posesión de los objetos. El RACC solo tomará a su cargo los gastos de los posibles deterioros, y los de las pérdidas parciales, siempre que estén cubiertas por las condiciones del carnet de socio del RACC.
■ Si el RACC ya le ha pagado, puede el socio optar: bien por el abandono de los objetos, quedando estos en poder del RACC, bien por conservarlos restituyendo al RACC la indemnización que ha recibido, deducción hecha de los deterioros o pérdida parcial. Si no opta el socio por nada en el plazo de 15 días, el RACC considerará que el socio ha optado por el abandono.
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