PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE “TRABAJOS PARA LA ELABORACIÓN DE LA RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE PONFERRADA ”.
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE “TRABAJOS PARA LA ELABORACIÓN DE LA RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX ”.
DEFINICIÓN DEL PROCEDIMIENTO.-
La adjudicación del contrato mediante el procedimiento negociado se ampara en lo dispuesto en los artículos 138 y 158 del RDL 3/2011 de 14 de Noviembre TRLCSP, concurriendo el supuesto contemplado en la cláusula 7 del presente pliego.
1. OBJETO DEL CONTRATO.
El contrato que en base al presente pliego se realice, tendrá por objeto la realización de los trabajos necesarios para la elaboración de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, según lo establecido en la Memoria Técnica.
2.- PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO.
El plazo de duración será de NUEVE MESES desde la firma del contrato.
3.-PRESUPUESTO.
El precio máximo del contrato se establece en 50.000,00 € I.V.A. incluido correspondiendo la
cantidad de 41.322,31 € a la base imponible y la de 8.677,69 € al I.V.A. (21%).
4.-FINANCIACIÓN. EXISTENCIA DE CREDITO.
Los trabajos objeto del contrato se financiarán con cargo al presupuesto municipal, existiendo consignación presupuestaria en la partida 920.22699 del presupuesto para el año 2013.
5. GARANTIA PROVISIONAL.
No se exige garantía provisional.
6. GARANTIA DEFINITIVA.
El adjudicatario del contrato a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5% del precio de adjudicación del contrato, excluido el impuesto sobre el valor añadido que será constituida en la forma establecida en el Art. 96 del T.R.L.C.S.P..
El plazo para la constitución de la mencionada garantía será el establecido en el Art. 151.2 del T.R.L.C.S.P., y será depositada en la Tesorería Municipal.
7.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION.
La adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento negociado sin publicidad, por razones de su cuantía de conformidad con lo establecido en el Art. 174.e). y 177.2 del TR L.C.S.P.
8.- ASPECTOS TECNICOS Y ECONOMICOS QUE SERAN OBJETO DE NEGOCIACION.
− Proyecto de prestación del servicio hasta un máximo de 6 puntos.
− Oferta económica hasta un máximo de 3 puntos.
Se otorgará máxima puntuación (3 puntos) a la oferta que presente la mayor baja con respecto al tipo de licitación, efectuándose un reparto proporcional para el resto de las ofertas en función de la siguiente fórmula:
Puntuación = Total puntos máximos x Baja de la oferta a puntuar
Baja máxima ofertada
Baja de la oferta a puntuar= diferencia entre el precio base de licitación y el precio de la oferta a puntuar
Baja máxima ofertada= diferencia entre el precio base de licitación y el menor precio ofertado
− Mejoras hasta un máximo de 1 punto.
9.-PRESENTACION DE PROPOSICIONES: LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION, FORMALIDADES Y DOCUMENTACION.
9.1.- Lugar y plazo de presentación.- Las proposiciones se presentarán en la Sección de Contratación del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx en mano, de las 9:00 a las 14:00 horas, durante el plazo que se fije en la invitación que se remita o anuncio de licitación según proceda. Si el último día de plazo de presentación fuese sábado o día inhábil se trasladará al primer día hábil siguiente.
También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día y antes de las 14 horas del último día de presentación de ofertas, al Organo de Contratación, por FAX, TELEX o Telegrama, la remisión de la proposición. Sin cumplir tal requisito, no será admitida la proposición en el caso de que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
La sección de contratación acreditará la recepción del referido telegrama, con indicación del día de su expedición y recepción en el libro del registro correspondiente.
Las empresas interesadas podrán examinar la documentación en las dependencias de la sección de contratación, pudiendo obtener cuantas aclaraciones fueren precisas mediante llamada telefónica, consulta telegráfica, telex, fax o correo electrónico, en el número y dirección que igualmente se exprese en el anuncio. A estos efectos de obtención de información y de conformidad con lo establecido en el Art. 158.1 del T.R.L.C.S.P., se establece un plazo de seis días naturales desde la primera publicación del anuncio del contrato para la presentación de la solicitud de la misma. El órgano de contratación no estará obligado a atender las solicitudes de envío de pliegos y documentación complementaria cuando ésta sea accesible a través del perfil del contratante.
En el supuesto de que la licitación se efectuara mediante procedimiento negociado sin publicidad, los plazos señalados en los párrafos anteriores se contarán a partir de la recepción del escrito de invitación.
Si la tramitación de la adjudicación fuera por procedimiento de urgencia los plazos establecidos en los párrafos anteriores se reducirían a la mitad.
El acceso al perfil del contratante se realizará a través de la pagina web de este ayuntamiento (xxx.xxxxxxxxxx.xxx.).
9.2.- Formalidades.- Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados denominados 1 y 2 y
en cada uno de los cuales se hará constar el contenido en la forma que se indicará y el nombre, dirección, correo electrónico, teléfono y fax de contacto y firma del licitador.
SOBRE NUMERO 1 (cerrado)
Se denomina DOCUMENTACIÓN GENERAL. Debe figurar necesariamente inscrito el titulo del servicio, y los datos de la empresa anteriormente referenciados.
CONTENIDO:
(Se presentará documentos originales, o copias compulsadas).
1.- Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes en:
1.1.- Documento Nacional de Identidad del licitador cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales por fotocopia compulsada o, Escritura de Constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera una persona jurídica.
1.2.- Poder bastanteado por el Secretario Letrado de la Corporación, por lo Servicios Jurídicos o por Letrado con ejercicio en el ámbito del Colegio Profesional Provincial, cuando se actúe por representación. Así como D.N.I. del apoderado, o administrador, debidamente compulsado en su caso.
1.3.- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados Miembros de la Union Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente, o en la oficina consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañará además el informe a que se hace referencia en el Art. 55 del T.R.L.C.S.P.
1.4.- En caso de concurrir a la licitación varías empresas, constituyendo una unión temporal cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombre y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o entidad que durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante la Administración.
2.- Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, conforme a los arts. 60 y ss del T.R.L.C.S.P..
La declaración responsable a que se refiere el párrafo anterior comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba exigirse al adjudicatario del contrato una vez realizada la adjudicación provisional del mismo, debiendo aportarse antes de su adjudicación definitiva.
3.- Certificado de alguno de los siguientes documentos acreditativos de la solvencia económica y financiera.
3.1.- Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
3.2.- Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de la actividad del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
Si por razones justificadas un empresario no puede facilitar las referencias solicitadas podrá acreditar su solvencia económica y financiera por cualquier otra documentación considerada como suficiente para la Administración.
4.- Certificado de los siguientes documentos acreditativos de la solvencia técnica.
4.1. Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluyan importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados deben acreditarse mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente,
cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. En su caso, estos certificados se comunican directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
4.2.- Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal responsable de la ejecución del contrato.
5.- Para las empresas extranjeras, declaración responsable de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
6.- Resguardo de pago tasa presentación oferta (20,10 Euros).
La presentación por los empresarios de certificado de inscripción en Registros de Licitadores o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 84 del T.R.L.C.S.P., deberá acompañarse a la misma de una declaración responsable del licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación dispensará de la presentación de la documentación que en el mismo se recoja.
SOBRE NUMERO 2.- (Cerrado, pudiendo estar lacrado y precintado)
Denominado: “PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONOMICA” deberá figurar necesariamente inscrito el título del servicio, y los datos de la empresa anteriormente referenciados .
CONTENIDO:
Proposición económica conforme al modelo que se adjunta en la cláusula final este pliego. Así como la documentación, que sea objeto de negociación.
La proposición económica se presentará escrita a máquina y no se aceptarán aquellas que presenten omisiones, errores o enmiendas que impidan conocer claramente la oferta, debiendo estar firmada por quien tenga poder suficiente, pudiendo ser rechazada conforme a lo establecido en el Art.
84 del R.G.C.A.P.. En la oferta deberá indicarse de forma independiente el importe del impuesto sobre el valor añadido que deba ser repercutido.
La oferta económica se presentará en castellano. Cada licitador no podrá presentar más que una sola oferta. No se podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros empresarios, si lo hubiesen hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de lo establecido en este párrafo dará lugar a la desestimación de todas las proposiciones por el presentadas.
10.- MESA DE CONTRATACIÓN.
No se establece por no ser obligatoria.
11. CALIFICACION DE DOCUMENTACIÓN, APERTURA DE PROPOSICIONES ECONOMICAS.
Vencido el plazo de presentación de proposiciones el órgano de contratación procederá a la calificación de la documentación recibida en tiempo y forma (SOBRE “1”), pudiendo conceder, si observase defectos materiales en la misma, un plazo máximo de tres (3) días hábiles para que el licitador subsane el error.
La apertura del sobre 2 se abrirán en acto público el día y hora establecido en la invitación remitida a cada licitador.
A la vista de las proposiciones admitidas, se abrirá el proceso de negociación, finalizado el cual por el órgano de contratación clasificará por orden decreciente, las proposiciones presentadas.
12.- DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA ADJUDICACIÓN.-
El órgano de contratación de conformidad con lo establecido en el Art. 151.2 del TRLCSP modificada por la Ley 34/2010 de 5 xx xxxxxx, requerirá al licitador que haya presentado la oferta económica más ventajosa para que dentro del plazo xx XXXX DIAS HABILES, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiere recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus Obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer
efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al Art. 64.2, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
13.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
El órgano de contratación de conformidad con lo establecido en el Art. 151.3 del T.R.L.C.S.P. deberá adjudicar el contrato dentro de los CINCO DÏAS HABILES siguientes a la recepción de la documentación.
En los procedimientos negociados y de dialogo competitivo, la adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
La adjudicación se notificará a los candidatos o licitadores y simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante, en la notificación y en el perfil del contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme a lo establecido en el Art. 156.3 del TRLCSP.
14.- FORMALIZACION DEL CONTRATO.-
Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá acreditar ante el Ayuntamiento el pago de los anuncios de licitación y adjudicación en su caso o cualquier otro documento que se requiera por el órgano de contratación (pólizas de seguros, etc).
La formalización del contrato deberá efectuarse no mas tarde de los QUINCE DIAS HABILES siguientes a aquel en que se reciba la notificación de la adjudicación de los licitadores y candidatos.
Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al Art. 40.1, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiere recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto anteriormente sin que se hubiere interpuesto recurso, que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que en su caso hubiese exigido.
15.- FORMA DE PAGO.
El importe del contrato se hará efectivo una vez entregado el trabajo a satisfacción de la administración.
16. REVISION DE PRECIOS.
Al presente contrato le será de aplicación lo previsto en los Arts 89 y siguientes del
T.R.L.C.S.P., en el presente contrato y dada la duración del mismo no se estima necesaria la revisión de precios.
17. EJECUCIÓN DEL SERVICIO.-
La administración, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 305 del T.R.L.C.S.P. y 94 R.G.C.A.P., podrá ejercer de una manera continuada y directa la inspección y vigilancia del trabajo contratado.
El adjudicatario deberá de prestar el servicio ajustándose al Pliego de Condiciones Técnicas que rigen el servicio así como a la oferta por el presentada.
A este fin el contratista facilitará la visita a las instalaciones y contestará a cualquier requerimiento que se haga por parte de la Administración asumiendo las responsabilidades inherentes a la ejecución de los trabajos.
18. GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO.
Serán de cuenta del adjudicatario los siguientes gastos:
a) Los tributos estatales, municipales y regionales que deriven del contrato, pagos de anuncios.
b) Los de formalización pública del contrato de adjudicación.
c) Los tributos de cualquier índole que graven los distintos conceptos objeto del servicio, incluido el iva..
19. PLAZO DE GARANTIA
Dado el tipo de contrato no se establece plazo de garantía alguno.
20.- MODIFICACION DEL CONTRATO.
La Administración podrá modificar el contrato de conformidad con lo establecido en el
T.R.L.C.S.P. artículos 219 y 306.
21. CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO.
Constituyen causas de resolución del contrato de suministro las establecidas en los arts. 223 y 308 del T.R.L.C.S.P..
22. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION.
Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Los acuerdos dictados al efecto pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.
23. REGIMEN JURIDICO.
En lo no previsto expresamente en el presente Pliego de Cláusulas, se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público RDL 3/2011 de 16 de noviembre, y RD 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones.
24. JURISDICCION COMPETENTE.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos serán resueltas por los Organos de Contratación, cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa y abrirán la vía Contencioso-Administrativa a tenor de la Ley de dicha jurisdicción.
25. MODELO DE PROPOSICION.
Don .........................., mayor de edad, con domicilio en ............................, CP nº ,
DNI nº. ......................, en nombre propio (o en representación de , con
domicilio en ................................................., c/ , invitado en el expediente de contratación del
servicio de “TRABAJOS PARA LA ELABORACIÓN DE LA RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO
DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX “ mediante Procedimiento Negociado sin publicidad,, se compromete a realizarlo por el precio de:
Base Imponible €.
Iva 21% €.
Total (en letra y número) €.
con sujeción a la Memoria Técnica y Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que expresamente asumo y acato en su totalidad.
En ..........................., a ......... de de 2013
Firma
Ponferrada, noviembre de 2013.