REPÚBLICA DE COLOMBIA
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DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR LICITACIÓN PÚBLICA No. DNDA 018-2015
PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO
OBJETO:
CONTRATAR EL SERVICIO PARA LA CREACIÓN Y DESARROLLO DE CAMPAÑAS INTEGRALES DE COMUNICACIÓN A TRAVÉS DE UNA CENTRAL DE MEDIOS O AGENCIA DE PUBLICIDAD PARA LA PRODUCCIÓN Y EMISIÓN DE CUÑAS RADIALES EN EMISORAS A NIVEL NACIONAL Y REGIONAL, QUE LE PERMITAN A LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR HACER LA DIVULGACIÓN Y PROMOCIÓN DE UNA CULTURA DEL RESPETO AL DERECHO DE AUTOR EN MEDIOS MASIVOS Y/O ALTERNATIVOS DE COMUNICACIÓN, CON EL FIN DE EJECUTAR LA ACTIVIDAD DEL PROYECTO DE INVERSIÓN APROBADO POR EL DNP PARA LA VIGENCIA 2015 QUE SE ENCUENTRA DETALLADO EN LA FICHA BPIN 2011011000222, DE CONFORMIDAD CON EL ESTUDIO PREVIO, DOCUMENTO TÉCNICO Y PLIEGO DE CONDICIONES.
BOGOTÁ D.C., JULIO 31 DE 2015
CAPITULO I
INFORMACIÓN GENERAL PARA LOS PROPONENTES CONDICIONES GENERALES
Los documentos del presente proceso de selección han sido elaborados siguiendo las reglas señaladas en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 xx
xxxx 26 de 2015, Ley 1474 de 2011, Decreto 019 de 2012 y demás normas que la modifican o complementan, para lo cual se han realizado los estudios previos con base en los requerimientos de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, en cumplimiento de lo establecido en la sección 2 Subsección 1 Artículo 2.2.1.1.2.1.1. del Decreto 1082 xx xxxx 26 de 2015.
Por tanto, los proponentes deberán seguir en la elaboración de la propuesta la metodología señalada en el presente documento, con el objeto de obtener claridad, y ofrecimientos de la misma índole, lo cual permita una selección sin contratiempos y en un plano de absoluta igualdad.
Es importante señalar a los proponentes que, de acuerdo con la Ley 80 de 1993, el particular que contrata con el Estado adquiere la calidad de colaborador del mismo en el logro de sus fines y por lo tanto, cumple una función social que implica obligaciones sin perjuicio de los derechos que la misma ley les otorga.
Igualmente, para efectos de la responsabilidad penal, los contratistas se consideran particulares que cumplen funciones públicas en todo lo concerniente a la celebración, ejecución y liquidación del contrato, por lo tanto están sujetos a la responsabilidad que en esta materia señala la ley para los servidores públicos.
Por lo anteriormente expuesto, se recomienda a los aspirantes que deseen participar en este proceso, leer detenidamente el presente pliego de condiciones.
Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en procesos de contratación”, al efecto de cumplir con las exigencias previstas para el mismo:
1. Examine rigurosamente los estudios previos, Anexo Técnico, el contenido del proyecto xx xxxxxx de condiciones, los documentos que hacen parte del mismo,
sus formatos y anexos, toda vez que hacen parte integral del presente proceso y es responsabilidad exclusiva de los interesados conocer su contenido.
2. Verifique no estar incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades para celebrar contratos con las entidades estatales según lo dispuesto en la normatividad legal vigente.
3. Cerciórese que cumple las condiciones y reúne los requisitos aquí señalados.
4. Proceda a reunir la información y documentación exigida y verifique la vigencia para los documentos que la requieran.
5. Adelante oportunamente los trámites tendientes a la obtención de los documentos que deben allegar con las propuestas y verifique que contiene la información completa que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la Ley y en el presente pliego de condiciones.
6. Verifique que las fechas de expedición de los documentos se encuentren dentro de los plazos exigidos en el pliego de condiciones.
7. Suministre toda la información requerida en el presente documento.
8. Tenga en cuenta el presupuesto total oficial establecido, para el presente proceso.
9. Cumpla las instrucciones que en este documento se imparten para la elaboración de su propuesta.
10. Presente su propuesta EN ORIGINAL debidamente foliada con índice y con dos copias, una en físico y otra en medio electrónico (CD).
11. Revise los anexos y diligencie totalmente los formatos contenidos en este documento.
12. Tenga presente la fecha y hora previstas para el cierre del presente proceso, en ningún caso se recibirán propuestas radicadas pasada la hora fijada para el
efecto. En todo caso la hora oficial que será tenida en cuenta, por la DNDA será la señalada por la página Web xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xxx.xx/, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del artículo 20 del decreto 2153 de 1992. El proponente deberá tener en cuenta los tiempos que se requiere para el ingreso a la DNDA y las medidas de seguridad para ello.
13. Los proponentes por la sola presentación de la propuesta, autoriza a la entidad para verificar toda la información que en ella se suministre.
14. La presentación de la propuesta por parte del oferente constituye evidencia de que se estudiaron completamente los estudios previos, ficha técnica, pliego de condiciones, adendas (cuando a ello hubiere lugar) especificaciones exigidas, formatos y demás documentos del presente proceso; que recibió las aclaraciones necesarias a las inquietudes o dudas previas consultadas y que ha aceptado que este documento es completo, compatible y adecuado para identificar el alcance del objeto requerido por la DNDA y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieran en virtud del futuro contrato que se celebra.
15. Toda consulta al proceso podrá formularse por escrito con radicación en la Dirección Nacional de Derecho de Autor – Grupo de Compras –ubicada en la calle 28 No. 13 A – 15 piso 17 de la ciudad de Bogotá, ó a través del correo electrónico xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx . En ningún caso la DNDA atenderá consultas telefónicas ni personales.
16. Serán a cargo del proponente, todos los costos asociados a la preparación y elaboración de su propuesta.
17. La DNDA podrá verificar cualquier información que se xxxxxxx con la propuesta a través de la autoridad o institución que considere pertinente.
18. Es responsabilidad del proponente verificar, a través de la página Web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx la publicación de los diferentes documentos que se generen con ocasión del presente proceso de selección.
CONVOCATORIA A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS
De conformidad con lo preceptuado en el inciso 3 del artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y el numeral 5 Artículo 2.2.1.1.2.1.5. del Decreto 1082 xx xxxx 26 de 2015, la Dirección Nacional de Derecho de Autor convoca a las veedurías ciudadanas para que promuevan el ejercicio del control social ciudadano al presente proceso de contratación, para lo cual podrán consultarlo en la página web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y acudir a las instalaciones de la entidad, ubicada en la calle 28 No. 13 A – 15 piso 17 de la ciudad de Bogotá, para ejercer los derechos y las facultades que la Constitución y la Ley les atribuyen.
CONTROL DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Teniendo en cuenta las funciones preventivas y de control de gestión atribuidas a la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, de conformidad con xxx xxxxxxxxx 0x, 0x x 0x xxx xxxxxxxx 00 xxx Xxxxxxx Ley 262 del 2000, en concordancia con la Resolución 018 del 2000, la Dirección Nacional de Derecho de Autor convoca a esta Procuraduría a realizar el acompañamiento pertinente al presente proceso de selección.
PROGRAMA PRESIDENCIAL “LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN”
Los Proponentes deben suscribir el compromiso anticorrupción contenido en el Anexo 15 en el cual manifiestan su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado colombiano contra la corrupción. Si se comprueba el incumplimiento del Proponente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el Proceso de Contratación actúe en su nombre, es causal suficiente para el rechazo de la Oferta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación del mismo, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales.
Igualmente se reportará el hecho al Programa Presidencial de Lucha contra la Corrupción a los números telefónicos: (0) 000 00 00, (0) 000 00 00, (0) 000 00 00; vía fax al número telefónico: (0) 000 0000; la línea transparente del programa, a los números telefónicos: 9800 – 913 040 o (0) 000 00 00; correo electrónico al sitio de denuncias del programa, en la página Web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx ; correspondencia, personalmente en la dirección Xxxxxxx 0x Xx 0–00 Xxxxxx X.X.
En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones de los presentes pliegos de condiciones y del contrato que forma parte del mismo, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran.
CONVOCATORIA LIMITADA A MYPES Y MIPYMES
De conformidad con lo establecido en el Artículo 2.2.1.2.4.2.2. del Decreto 1082 xx xxxx 26 de 2015, y atendiendo a la cuantía del presupuesto oficial de la presente contratación, se tiene que realizó la conversión xxx xxxxx a moneda nacional con la tasa establecida por Colombia Compra Eficiente consistente en MIL OCHOCIENTOS TREINTA PESOS CON SETENTA Y TRES CENTAVOS
($1.830,73) M/CTE, que multiplicado por US$125.000 dólares americanos arroja la suma de DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL PESOS ($228.842.000) M/CTE.
Por lo anterior, y en consideración a que el presupuesto oficial del presente proceso corresponde a la suma de TRESCIENTOS NOVENTA MILLONES DE PESOS ($390.000.000), que supera el tope de US$125.000, no se realiza convocatoria limitada a MYPES ni MIPYMES.
IDIOMA
Los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los Proponentes o por terceros para efectos del Proceso de Contratación, o para ser tenidos en cuenta en el mismo, deben ser otorgados en castellano. La Oferta y sus anexos deben ser presentados en castellano y debidamente FOLIADOS en orden consecutivo. Los documentos con los cuales los Proponentes acrediten los requisitos habilitantes que estén en una lengua extranjera, deben ser traducidos al castellano y presentarse junto con su original otorgado en lengua extranjera. Para firmar el contrato, el Proponente que resulte adjudicatario debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados por escrito en idioma extranjero, la cual deberá ser oficial en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso, cumpliendo el trámite de Apostilla o consularización.
LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Los Proponentes deben entregar con su Oferta los documentos otorgados en el exterior sin que sea necesaria su legalización. Para firmar el Contrato, el Proponente que resulte adjudicatario debe presentar los documentos otorgados en el extranjero, legalizados de acuerdo con lo previsto en el artículo 251 del Código General del Proceso.
CAPÍTULO II
INFORMACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. OBJETO
El presente proceso tiene como objeto Contratar el servicio para la creación y desarrollo de campañas integrales de comunicación a través de una central de medios o agencia de publicidad para la producción y emisión de cuñas radiales en emisoras a nivel nacional y regional, que le permitan a la Dirección Nacional de Derecho de Autor hacer la divulgación y promoción de una cultura del respeto al derecho de autor en medios masivos y/o alternativos de comunicación, con el fin de ejecutar la actividad del proyecto de inversión aprobado por el DNP para la vigencia 2015 que se encuentra detallado en la ficha BPIN 2011011000222, de conformidad con el estudio previo, documento técnico y pliego de condiciones.
2.2. CLASIFICACIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR EN EL CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS:
De acuerdo con lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.1.4.1 del Decreto 1082 xx xxxx 26 de 2015, se especifica la descripción del objeto a contratar identificado con el Tercer Nivel del Clasificador de Bienes y Servicios:
82000000 | 82100000 | 82101600 | 82101600 | Publicidad difundida |
82000000 | 82100000 | 82101800 | 82101800 | Servicios de Agencia de Publicidad |
82000000 | 82100000 | 82101600 | 82101601 | Publicidad en radio |
82000000 | 82100000 | 82101800 | 82101801 | Servicios de campañas publicitarias |
82000000 | 82100000 | 82101800 | 82101802 | Servicios de producción publicitaria |
2.3 ALCANCE DEL OBJETO
Los siguientes son los requisitos mínimos que deben cumplir los oferentes en relación con la realización de las cuñas radiales y las actividades que comprende el contrato que se suscriba:
FICHA TÉCNICA | |
ITEM | ESPECIFICACIONES MÍNIMAS |
Realizar la intermediación entre los diferentes medios de comunicación y la DNDA, con el fin de realizar el direccionamiento estratégico y la efectiva divulgación de la campaña de comunicación, teniendo en cuenta estudios técnicos que le permitan la optimización de presupuesto, con base en premisas como alcance, frecuencia, rating, entre otros. Elaborar plan de medios para difundir de la manera más eficiente los mensajes a través de diferentes emisoras radiales a nivel nacional y regional. Los descuentos que concedan los medios de comunicación serán trasladados a la DNDA, incluyendo la pauta bonificada. El contratista deberá contar con estudios, investigaciones y análisis especializados en medición de medios masivos de comunicación (ECAR ó EGM.1 ó IBOPE2 ó TGI) para la planificación, direccionamiento estratégico, ordenación y compra de medios correspondientes de acuerdo a la campaña solicitada. |
GENERALIDADES | El contratista deberá controlar que la pauta sea emitida en los diferentes medios, en los horarios, días y espacios ordenados, para el efecto entregará los soportes de la pauta de acuerdo con los requerimientos de cada proceso. Así mismo, en la ejecución de las cuñas radiales que se difundan en los diferentes medios de comunicación, el contratista deberá entregar medición del impacto logrado, con el fin de analizar la efectividad de la estrategia, de no cumplir esta con las expectativas del contratante, deberá replantearse y potencializarse para lograr el cumplimiento del objetivo. El proponente debe contar con un equipo de trabajo calificado, el cual será el encargado de atender los requerimientos de la entidad y velar por la buena prestación del servicio, así como de revisar, corregir, tramitar y controlar la ejecución del contrato de conformidad con los requisitos fijados por la Dirección Nacional de Derecho de Autor. El contratista deberá prestar asesoría integral a la DNDA en la conceptualización, producción y difusión xx xxxxxxx radial con el fin de lograr el posicionamiento de los servicios que brinda la Entidad. |
CONCEPTUALIZACIÓN | Plan de medios. Elaboración xxx xxxxx de las cuñas radiales: Se realizarán dos cuñas radiales de 30 segundos cada una, las cuales deben atender a los siguientes mensajes: Cuña 1: Servicios de la DNDA. A través de esta cuña radial se deben promocionar los siguientes servicios que brinda la entidad: Registro gratuito de obras literarias y artísticas. Capacitaciones gratuitas en derecho de autor Centro de Conciliación y Arbitraje especializado en derecho de autor y derechos conexos. Funciones jurisdiccionales |
Cuña 2: Resaltar la importancia de respetar el derecho de autor, el cual debe ser visto como el xxxxxxx xxx xxxxxxx. | |
PRODUCCIÓN | El contratista deberá presentar mínimo dos (2) propuestas creativas por cada cuña radial y su respectivo copy y musicalización, las cuales serán evaluadas por el Comité Directivo de la Entidad para escoger las propuestas que finalmente se realizarán. Asimismo, deberá contar con: Grabación de Xxxx xx 00” Texto para 30" Adaptación de texto a 20" Adaptación para menciones de 5” Pauta cuña 30" en medio afines a target para radio nacional y regional Pauta cuña 20" en medio afines a target Menciones de 5” en radio nacional y regional Locutor certificado por la ACL La voz profesional será aprobada por el supervisor del contrato, para tal efecto, el contratista presentará en un plazo de dos (2) días hábiles después de la aprobación xxx xxxxx o copy final, un reel con el mencionado copy en formato mp3, con la voz o las voces propuestas. Música o pista original. Derechos a perpetuidad. El contratista deberá contar con el equipo humano y técnico necesario para garantizar el buen accionar en cada una de las fases del proyecto. |
PAUTA DE MEDIOS | La empresa deberá buscar y adquirir la mejor ubicación y precio disponible en el mercado para la colocación de las cuñas radiales que compone la campaña. |
PRODUCTOS A ENTREGAR | El CONTRATISTA garantizará la entrega oportuna de los siguientes productos a la DNDA previo visto bueno del supervisor del contrato: Plan de medios: De acuerdo a la campaña, expectativa, audiencia e impacto esperados, el cual debe constar de: |
- Brief de medios - Grupo objetivo - Estrategia creativa - Descripción de la campaña (por emisora, programa, número de cuñas por programa). - Elección y contratación de los medios que se utilizarán - Impacto y nivel de recordación que se espera alcanzar - Presupuesto (la asignación del presupuesto por cada medio seleccionado). - Calendario de la campaña - La distribución y asignación geográfica de la inversión en medios. - La distribución de la acción/presión publicitaria según el período de tiempo determinado para la duración de la campaña. - Producción de las cuñas radiales. NOTA. El plan de medios debe ser puesto a consideración del Supervisor del Contrato para su aprobación. Estudios de medición: Para la elaboración de análisis especializados en medición de medios masivos de comunicación, se requiere que presente al menos uno de los estudios de medición existentes en el mercado como lo son Ibope ó EGM o ECAR edición 2014 ó 2015. Para la acreditación no es obligatorio que estos sean propios pero deben anexar documento legal que permita verificar que el proponente cuenta con el uso y la tenencia legitima de los estudios requeridos. GUION O COPY: Libreto que se usará en cada una de las cuñas REEL: De hasta dos (2) minutos en CD formato mp3, con la voz o las voces propuestas y musicalización. COPIAS: Cinco copias de las cuñas terminadas en formato MP3. INFORMES PARCIALES: Durante la campaña radial remitir informes parciales para cada pago con la evaluación de la campaña con alcance e indicación de los costes por impacto. |
INFORME FINAL: En este informe se debe evaluar el Plan de Medios. Para ello hay que realizar distintas mediciones vinculadas a la correlación entre los objetivos propuestos y los resultados obtenidos. Las herramientas a utilizar por parte del proponente para presentar las mediciones de los resultados obtenidos al finalizar la ejecución del contrato, deben darse a conocer en la oferta presentada. Anexar el soporte prueba de la emisión de las cuñas aire. | |
CRONOGRAMA | Como requisito previo para la firma del acta de iniciacio, el contratista deberá además presentar al supervisor el cronograma general de ejecución del contrato. Adicionalmente y una vez lo determine el supervisor del contrato, debe presentar un cronograma específico de pautas al aire , que hace referencia a la propuesta No.2 presentada en su oferta (Anexo 9), seleccionando las ciudades, municipios, regiones, programas, cadenas radiales, emisoras entre otros criterios, totalizando en pesos el costo de lo que se va a aprobar antes de pautar, y el mismo no debe superar el valor del presupuesto oficial incluida la propuesta creativa. |
El proponente que resulte adjudicado en el proceso Licitatorio, en común acuerdo con el supervisor del contrato por parte de la DNDA seleccionarán las ciudades, municipios, regiones, programas, cadenas radiales, emisoras entre otros criterios, ofertados en la PROPUESTA ECONÓMICA No. 2 “costo promedio unitario por cuña al aire”, para elaborar el cronograma de pautas al aire, cuyo valor total no debe superar el valor del presupuesto oficial incluida la propuesta creativa
El alcance del objeto, sus especificaciones y entregables, se encuentra establecido en el Anexo Técnico, el cual hace parte integral del presente pliego de condiciones.
2.4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:
De acuerdo al estudio xx xxxxxxx realizado y el presupuesto oficial estimado para la presente contratación es de TRESCIENTOS NOVENTA MILLONES DE PESOS ($390.000.000,00) M/CTE., Incluido IVA., para lo cual las obligaciones que se contraigan en desarrollo de este proceso se respaldan con recursos del presupuesto de inversión asignado a la Entidad.
2.4.1 PRESUPUESTO OFICIAL
Para la contratación de este servicio la DNDA cuenta con la planeación de recursos financieros del proyecto de inversión que fue aprobado por el Departamento Nacional de Planeación mediante la ficha BPIN No. 2011-01100- 0222 con cargo al rubro presupuestal C-520-406-1: Inversión “Fortalecimiento al Sistema de Propiedad intelectual de Derecho de Autor”
Las obligaciones que se contraigan en desarrollo de este proceso se respaldan con recursos del presupuesto de inversión asignado a la Entidad, según el certificado de disponibilidad presupuestal que se indican a continuación:
No. de CDP | Fecha CDP | Dependencia | Valor CDP | ||||
9215 | Junio 05 de 2015 | Subdirección Administrativa | $390.000.000,oo. | ||||
Rubro C-520-406- 1: Inversión “Fortalecimiento al Sistema de Propiedad intelectual de Derecho de Autor” | |||||||
2.5. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del contrato que se derive del presente proceso de selección es de tres (3) meses y quince (15) días, sin exceder del 31 de diciembre de 2015 o hasta agotar recursos, lo que primero suceda, contados a partir de la suscripción del acta de iniciación, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato.
Como requisito previo para la firma del acta de iniciación, el contratista deberá además presentar al supervisor el cronograma de ejecución del contrato.
2.5.1 FORMA DE PAGO
Con sujeción a las apropiaciones presupuestales, al Programa Anual Mensualizado de Caja, a la situación de fondos por parte de la Dirección General de Crédito Público y xxx Xxxxxx Nacional y al correspondiente trámite administrativo, la DIRECCION pagará al CONTRATISTA el valor que se suscriba en el contrato de acuerdo con el desarrollo de las etapas previstas para la ejecución del objeto, previa presentación del respectivo informe de avance suscrito por parte del contratista, así:
1. PAGO DE LA PROPUESTA CREATIVA:
Un primer pago del 30%, ofertado en la propuesta creativa (Anexo 9 xxx xxxxxx) una vez aprobado el plan de medios, guion, las copias de las cuñas grabadas en mp3, estudio de medios.
El segundo pago equivalente al 70%, de la propuesta creativa (Anexo 9 xxx xxxxxx) una vez el proponente adjudicado haga la entrega del informe final y el mismo sea aprobado por el supervisor del contrato.
2. PAGO DE LAS CUÑAS RADIALES PAUTADAS EN LAS DIFERENTES CIUDADES A NIVEL NACIONAL:
Se realizarán pagos mensuales correspondientes al total de las cuñas pautadas, valor que se obtendrá de multiplicar cada una de ellas dependiendo de la ciudad, municipio, horario, emisoras, etc., acorde con la oferta presentada y sin exceder el presupuesto oficial restante del valor de la propuesta creativa.
Los pagos se realizarán dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de radicación de la factura, acompañada de la certificación que al efecto expida el supervisor del contrato sobre el cumplimiento del mismo, debe anexar para el primer pago de la propuesta creativa: el plan de medios, guion, las copias de las cuñas grabadas en mp3 y estudio de medios con el visto bueno del supervisor del contrato por parte de la DNDA, la certificación del pago de obligaciones asumidas por parte del CONTRATISTA por concepto de salud, pensiones, riesgos profesionales, y aportes a Cajas de Compensación Familiar, ICBF y SENA, mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal cuando éste exista o por el Representante Legal (Artículo 50 Ley 789 de 2002). Cuando se trate de
consorcios o uniones temporales, cada uno de los miembros integrantes que sean personas jurídicas deberán aportar el certificado aquí exigido, a más de lo reglamentado para el efecto en el Decreto 129 de 2010.
Para el segundo pago de la propuesta creativa: debe hacer entrega al supervisor del informe final donde se evidencien los resultados obtenidos con la campaña a nivel nacional y así mismo debe presentar los soportes de la emisión de las cuñas al aire.
Pagos mensuales por cuñas pautadas a nivel nacional: Se liquidará mensualmente de acuerdo al número de cuñas pautadas a nivel nacional especificadas en el cronograma de pautas aprobado de común acuerdo con el supervisor del contrato, multiplicado por los valores ofertados según la ciudades, municipios, regiones, programas, cadenas radiales y emisoras entre otros, cuyo valor total no debe superar el valor del presupuesto oficial del total del contrato.
La no presentación oportuna de estos documentos implica el incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista y exonera a la DNDA del pago de intereses moratorios. En todo caso, el pago quedará sujeto a la aprobación final a satisfacción del servicio prestado en ese periodo.
El contratista deberá llevar un estricto control de los servicios prestados. La entidad no responderá por el valor de los servicios que el contratista haya prestado en exceso del valor del contrato.
Cuando la DNDA no pague al CONTRATISTA la suma pactada, dentro de los términos estipulados en el presente contrato y teniendo en cuenta la fecha en que la Entidad cuente con la disponibilidad del PAC, ésta reconocerá al CONTRATISTA como intereses xx xxxx el incremento mensual promedio del Índice de Precios al Consumidor certificado por el DANE entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año anterior.
El contratista deberá facturar el servicio prestado dentro de los diez (10) primeros días del mes siguiente al cumplimiento de los compromisos contratados. La no presentación oportuna de estos documentos implica el incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista y exonera a la DNDA del pago de intereses moratorios. En todo caso el pago quedará sujeto a la aprobación final a satisfacción del servicio prestado en ese periodo.
Los pagos se realizarán a través de la cuenta corriente y/o de ahorros que disponga el contratista, acorde con la certificación expedida por la Entidad Financiera aportada por el contratista en su oferta.
2.6 CRONOGRAMA DEL PROCESO
Las diferentes actividades en el marco del presente proceso licitatorio tendrán la siguiente programación:
ACTIVIDAD | LUGAR | |
PUBLICACION 1er. AVISO INFORMACION LICITACIÓN, ESTUDIOS PREVIOS Y PROYECTO XX XXXXXX | 06-07-2015 | Portales Web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
PUBLICACIÓN 2do AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA | 09-07-2015 | Portales Web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
OBSERVACIONES AL PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES | Del 06-07-2015 al 21-07-2015 hasta las 3:00 p.m. | Portales Web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
RESPUESTA OBSERVACIONES AL PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES | 24-07-2015 | Portales Web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y |
ACTO ADMINISTRATIVO DE APERTURA DEL PROCESO | 31/07/2015 | Portales Web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
PUBLICACIÓN PLIEGOS DE CONDICIONES DEFINITIVO | 31/07/2015 | Portales Web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
AUDIENCIA DE ACLARACION DE PLIEGOS, ASIGNACIÓN DE RIESGOS | 05/08/2015 11:00 A.M. | SALA DE CAPACITACIÓN DE LA DNDA CALLE 28 No. 13 A.15 PISO 17 EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ D.C. |
OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINTIVO | 31-07-2015 al 05/08/2015 HASTA las 5:00 P.M. | Correo Electrónico xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx. co o por escrito radicado en la Dirección Nacional de Derecho de Autor – Grupo de Compras – ubicada en la calle 28 No. 13 A – 15 piso 17 de la ciudad de Bogotá |
RESPUESTA OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO | 11-08-2015 | Portales Web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
PLAZO LIMITE PARA ADENDAS | 11-08-2015 |
AUDIENCIA DE CIERRE Y ENTREGA DE PROPUESTAS | 18-08-2015 10:00 AM | Xxxxx 00 Xx. 00 X -00 xxxx 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx Sala de Capacitación de la Dirección Nacional de Derecho De Autor, una vez recibida y registrada en la planilla dispuesta para tal fin, depositarla en la urna que se ha dispuesto para tal fin |
VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES, EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE PROPUESTAS | Del 18-08-2015 al 21-08-2015 | COMITÉ EVALUADOR |
TRASLADO DEL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR | Del 24-08-2015 al 28-08-2015 | Portales Web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
AUDIENCIA DE ADJUDICACION - RESPUESTA A OBSERVACIONES DE INFORME DE EVALUACIÓN - E INFORME DE RECOMENDACIÓN DEL COMITÉ EVALUADOR Y ADJUDICACIÓN DEL PROCESO. | 02-09-2015 10:00 A.M. | Xxxxx 00 Xx. 00 X -00 xxxx 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx Sala de Capacitación de la Dirección Nacional de Derecho De Autor |
Requisitos de Perfeccionamiento: SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO | Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la adjudicación del proceso | Xxxxx 00 Xx. 00 X -00 xxxx 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx Grupo Compras |
Requisito de Legalización EXPEDICION DEL REGISTRO PRESUPUESTAL | La Entidad tendrá Tres (3) días hábiles para expedir el registro presupuestal una vez perfeccionado el contrato. | Xxxxx 00 Xx. 00 X -00 xxxx 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx Grupo Compras |
Requisito de Ejecución EXPEDICIÓN DE LAS GARANTIAS Y ACTA DE APROBACIÓN | Una vez las partes acuerden suscribir el acta de inicio, y cumplidos los requisitos de perfeccionamiento, legalización del contrato, y aprobación de las garantías. | Xxxxx 00 Xx. 00 X -00 xxxx 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx Grupo Compras |
Requisito de Ejecución SUSCRIPCION DEL ACTA DE INICIO | Una vez las partes acuerden suscribir el acta de inicio, y cumplidos los requisitos de | Xxxxx 00 Xx. 00 X -00 xxxx 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx Grupo Compras |
perfeccionamiento, legalización del contrato, y aprobación de las garantías | ||
PAGO DEL CONTRATO | Mensualidades vencidas o fracción de mes conforme a los servicios efectivamente prestados. Los pagos se realizarán a través de la cuenta corriente y/o de ahorros que disponga el contratista, acorde con la certificación expedida por la Entidad Financiera aportada por el contratista en su oferta. |
2.7 AVISO INFORMACION LICITACIÓN
De conformidad con lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.2.1.2 del Decreto 1082 xx Xxxx 26 de 2015 y Ley 019 de 2012 que modificó el numeral 3 del Artículo 30 de la Ley 80 de 1993, la DNDA publica el aviso de información de la licitación pública a través de las páginas xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx .
2.8 PUBLICIDAD DEL PROCEDIMIENTO EN EL SECOP
De conformidad con el Artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 xx Xxxx 26 de 2015, la DNDA garantiza la publicidad de todos los procedimientos y actos asociados al presente proceso de contratación a través del Sistema Electrónico para la Contratación Pública (Secop) xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx
2.9 CONSULTA DEL PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES
El proyecto de pliegos de condiciones del presente proceso de selección, se publica en la página Web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx con el fin que todos los interesados puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidad.
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 2 del Artículo 8 de la ley 1150 de 2007, la publicación del proyecto de pliegos de condiciones no genera obligación para la entidad de dar apertura al proceso de selección.
2.10 OBSERVACIONES Y ACLARACIONES
De acuerdo con lo normado en los artículos 2.2.1.1.2.1.2 y 2.2.1.1.2.1.4 del Decreto 1082 xx Xxxx 26 de 2015, todos los interesados pueden enviar las observaciones y/o sugerencias al contenido del proyecto xx xxxxxx de condiciones y xxx xxxxxx de condiciones definitivo a través la página web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, al correo electrónico xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx o por escrito radicado en la Dirección Nacional de Derecho de Autor – Grupo de Contratos – ubicada en la calle 28 No. 13 A – 15 piso 17 de la ciudad de Bogotá. En todos los casos se deberá mencionar claramente el número del proceso de selección y el objeto del mismo.
La DNDA podrá incluir en el pliego de condiciones definitivo, los temas planteados en las observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones siempre que se estimen relevantes y necesarios para el proceso.
En el caso que sean presentadas observaciones al contenido xxx xxxxxx de condiciones definitivo, y que ameriten su modificación, la entidad dará aplicación al procedimiento señalado en el numeral 2.14 del presente documento.
En todo caso la aceptación o rechazo de tales observaciones se hará de manera motivada, para lo cual la DNDA agrupará aquellas de naturaleza común, y serán publicadas por la entidad a través de la página Web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx en la fecha fijada para ello en el cronograma del presente proceso.
En el evento en que los interesados presenten observaciones, y/o solicitudes de aclaración, que de ningún modo ameriten la modificación del contenido del proyecto xx xxxxxx de condiciones x xxxxxx de condiciones definitivo, la DNDA las contestará bajo los parámetros aquí descritos, y tendrán únicamente valor interpretativo.
2.11 ACTO ADMINISTRATIVO DE APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN.
De conformidad con lo señalado en el Artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 xx Xxxx 26 de 2015, La Dirección Nacional de Derecho de Autor ordenará la apertura del presente proceso mediante acto administrativo de carácter general que será publicado en la página Web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx con el lleno de los requisitos legales.
El proceso de selección podrá ser suspendido por un término no superior a quince
(15) días hábiles, señalado en el acto motivado que así lo determine, cuando a juicio de la entidad se presenten circunstancias de interés público o general que requieran analizarse, y que puedan afectar la normal culminación del proceso. Este término podrá ser mayor si la entidad así lo requiere, de lo cual se dará cuenta en el acto que lo señale.
En el evento en que ocurra o se presente durante el desarrollo del proceso, alguna de las circunstancias contempladas en el artículo 93 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la DNDA revocará el acto administrativo que ordenó la apertura del proceso hasta antes de la fecha y hora prevista para la adjudicación del contrato. Lo anterior sin perjuicio de la facultad a que se refiere el artículo 49 de la ley 80 de 1993.
Igualmente y de conformidad con Artículo 2.2.1.1.2.2.1 del Decreto 1082 xx Xxxx 26 de 2015, la entidad estatal puede modificar los pliegos de condiciones a través de adendas expedidas antes del vencimiento del plazo para presentar.
2.12 PUBLICACIÓN PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el Artículo 2.2.1.1.1.7.1. del Decreto 1082 xx Xxxx 26 de 2015, el pliego de condiciones definitivo del presente proceso se publicará a través de la página Web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx en la fecha indicada en el cronograma del proceso del presente documento.
En todo caso, la publicación de los pliegos de condiciones de que trata el presente numeral, estará precedida de la publicación del correspondiente acto administrativo que disponga la apertura del mismo.
2.13 AUDIENCIA DE ASIGNACIÓN DE RIESGOS
De acuerdo con el Artículo 2.2.1.2.1.1.2 del Decreto 1082 xx Xxxx 26 de 2015, artículo 4 de la ley 1150 de 2007 y el artículo 220 del Decreto 19 de 2012, la DNDA dentro de los tres (3) días siguientes al inicio del plazo para presentar propuestas, se celebrará una audiencia con el objeto de presentar el análisis de riesgos efectuado y hacer la tipificación, estimación y asignación de riesgos definitiva, si a solicitud de algunos de los interesados es necesario precisar el contenido y alcance de los pliegos de condiciones, este tema se resolverá en la misma audiencia.
Como resultado de lo debatido, la entidad expedirá las modificaciones pertinentes a dicho documento y prorrogará, si fuere necesario, el plazo de la licitación hasta por seis (6) días hábiles.
2.14 MODIFICACIÓN DEL AVISO DE CONVOCATORIA Y XXX XXXXXX DEFINITIVO.
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2.2.1.1.2.2.1 del Decreto 1082 xx Xxxx 26 de 2015, la modificación xxx xxxxxx de condiciones se realizará a través de adendas, las cuales expedirán dentro del término de publicación xxx xxxxxx de condiciones definitivo, y en todo caso a más tardar con tres (3) días de anterioridad a la fecha en que se tiene previsto el cierre del proceso de conformidad con el Artículo 2.2.1.1.2.2.1 del Decreto 1082 xx Xxxx 26 de 2015 y Artículo 89 de la Ley 1474 de 2011, y serán publicadas en la página Web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx razón por la cual será responsabilidad exclusiva del proponente mantenerse al tanto de su publicación y conocimiento.
En el evento en el que se modifiquen los plazos y términos del proceso de selección, la adenda o el aviso modificatorio deberán incluir el nuevo cronograma, estableciendo los cambios que ello implique en el contenido del acto de apertura del proceso o del aviso de convocatoria según el caso.
Para lo dispuesto en el inciso 2 del numeral 5 del artículo 30 de la ley 80 de 1993, modificado por el Artículo 2.2.1.1.2.2.1 del Decreto 1082 xx Xxxx 26 de 2015 y el artículo 89 de la Ley 1474 de 2011, se entiende por días y horarios laborales únicamente para la expedición y publicación de adendas en la Licitación Pública, los días de lunes a viernes no feriados de 7:00 A.M a 7:00 PM.
Lo anterior no impide que dentro del plazo fijado en el cronograma del presente proceso, los posibles proponentes, si encontraren discrepancias en los documentos de los pliegos de condiciones o tuvieren dudas acerca de su significación, puedan consultarlas a la DNDA.
En ese sentido la entidad a través de documento escrito que será publicado la página Web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx dará respuesta a las mismas.
2.15 DILIGENCIA DE CIERRE (FECHA Y HORA LIMITE PARA LA RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS)
Los interesados en participar en el proceso de selección deberán presentar sus propuestas únicamente en medio físico durante el plazo del proceso de selección y hasta la hora y fecha estipulada en el Cronograma del presente proceso.
Las propuestas presentadas una vez cumplida y pasada la hora fijada para el efecto, o radicadas en dependencia distinta a la enunciada, NO SERÁN RECIBIDAS NI TENIDAS EN CUENTA EN LA DILIGENCIA DE CIERRE, de lo
cual se dejara constancia en la respectiva acta. Tampoco se recibirán propuestas enviadas por correo ni aquellas que vengan abiertas, de lo cual se dejara constancia en la respectiva acta.
En el día y hora señalados para el cierre del presente proceso se procederá en acto público a la apertura de las ofertas presentadas de la cual se levantará un acta que será publicada en la página Web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx de acuerdo con lo previsto en el Artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 xx Xxxx 26 de 2015, donde se consignarán el nombre de los proponentes, el número de folios, el número de la póliza de seriedad, las solicitudes recibidas en cuanto a retiro de propuestas si las hay, y demás datos que soliciten los asistentes.
Antes de dar inicio a la diligencia de cierre, la Dirección Nacional de Derecho de Autor verificará en la página oficial de la Superintendencia de Industria y Comercio la hora legal colombiana, lo anterior con el fin de dar cumplimiento a lo señalado en la Directiva No. 0013 de 2005 de la Procuraduría General de la Nación, Diario Oficial No. 46.406 de 2006.
En el evento que la propuesta se encuentre sin foliar, se consignará esta circunstancia en la respectiva acta de la audiencia pública de cierre y se procederá a solicitar a un funcionario de la DNDA su foliación en presencia del proponente o de la persona designada por este para asistir al cierre. En caso que no se presente a la audiencia, se dejará igualmente la constancia de este hecho en el acta y la DNDA procederá a la foliación.
En caso de que se encuentren folios en blanco, se anulará la correspondiente hoja con una nota diagonal que así lo señale. Cuando se presenten folios superpuestos, se verificará su foliación y también se dejará constancia de ello. El acta será suscrita por los funcionarios de la DNDA que allí intervengan.
En ningún caso la DNDA responderá por la xxxx en la entrega de alguna oferta por dificultades de ingreso al edificio donde funciona la entidad, siendo de exclusiva responsabilidad del proponente prever su oportuna asistencia a la diligencia de cierre del proceso de selección.
La entidad no proporcionará información a terceros sobre el contenido de las propuestas recibidas antes del cierre del proceso contractual. Para tal efecto, las propuestas y todos los documentos que las acompañen deben entregarse en sobres cerrados a la entidad y sólo hasta cuando se venza el término para su entrega se pueden abrir en acto público, de lo cual se dejará constancia en el acta de cierre para examinar de manera general su contenido.
La entidad dejará constancia en el acta de cierre de las propuestas que no se entreguen en las condiciones indicadas en el inciso anterior, así como, si alguna de ellas hubiera sido abierta con anterioridad al cierre. En este último evento, la DNDA declarará desierto el proceso contractual.
2.16 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Una vez efectuada la diligencia de cierre en la fecha y hora fijada para ello en el cronograma del presente proceso, el Comité Evaluador designado, realizará el estudio de la verificación de los requisitos habilitantes: jurídicos, financieros, de orden técnico y de experiencia del proponente, conforme al cronograma del proceso.
La evaluación de las propuestas se efectuará conforme a lo señalado en el presente documento, o en las adendas que lo modifiquen. Los aspectos jurídicos, financieros, técnicos no darán lugar a puntaje, pero habilitan o inhabilitan la propuesta.
Con el fin de garantizar la legalidad y los principios de la contratación estatal, la Dirección Nacional de Derecho de Autor se reserva la facultad de verificar toda la información presentada, para lo cual solicitará cuando lo estime conveniente a las
entidades estatales y privadas y/o a los proponentes la información que considere necesaria.
De la misma manera, podrá designar funcionarios para que realicen visitas a las instalaciones o sedes de cada uno de los proponentes y obtener o solicitar por cualquier medio idóneo la información que requiera para verificar la información suministrada en las propuestas.
El informe que contiene la evaluación preliminar de los proponentes podrá ser consultado en la dirección electrónica xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y/o en la Dirección Nacional de Derecho de Autor – Grupo de Contratos – ubicada en la calle 28 No. 13 A – 15 piso 17 de la ciudad de Bogotá, durante el término señalado en el cronograma del proceso.
En la citada publicación (Evaluación Preliminar) se relacionarán los proponentes que se encuentran habilitados y aquellos que no lo están.
Los proponentes no habilitados tendrán el término establecido en el cronograma, o el que les conceda la entidad, para que subsanen la ausencia de requisitos o la falta de documentos habilitantes, so pena de rechazo definitivo de su propuesta.
En ejercicio de esta facultad, el proponente no podrá completar, adicionar, modificar o mejorar su propuesta.
La DNDA verificará los documentos que hayan sido aportados y determinara los proponentes que quedan habilitados.
2.17 TRASLADO DEL INFORME DE EVALUACION PRELIMINAR
Publicado el informe de evaluación en los términos anteriores, se dará traslado los proponentes por el término de cinco (5) días hábiles señalados en el cronograma, con el fin que los mismos tengan la oportunidad de conocerlos y presentar las observaciones que consideren pertinentes.
En ejercicio de esta facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas (Artículo 30, numeral 8, de la Ley 80 de 1993).
2.18 REGLAS DE SUBSANABILIDAD
En todo proceso de selección de contratistas primará lo sustancial sobre lo formal. En consecuencia no podrá rechazarse una propuesta por la ausencia de requisitos o la falta de documentos que verifiquen las condiciones del proponente o soporten el contenido de la oferta, y que no constituyan los factores de escogencia establecidos por la DNDA en el presente pliego de condiciones, de conformidad con lo previsto en los numerales 2, 3 y 4 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007.
Tales requisitos o documentos podrán ser requeridos por la entidad en condiciones de igualdad para todos los proponentes hasta la adjudicación, sin que tal previsión haga nugatorio el principio contemplado en el inciso anterior.
Sin perjuicio de lo anterior, será rechazada la oferta del proponente que dentro del término previsto en el pliego o en la solicitud correspondiente, no responda al requerimiento que le haga la entidad para subsanarla o lo haga defectuosamente.
En ningún caso la DNDA podrá señalar taxativamente los requisitos o documentos subsanables o no subsanables en el pliego de condiciones, ni permitir que se subsanen asuntos relacionados con la falta de capacidad para presentar la oferta, ni que se acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.
Así mismo la DNDA se reserva el derecho a efectuar requerimientos o solicitudes de aclaración a los proponentes durante cualquier etapa del proceso siempre que sea con posteridad a la fecha de cierre de las propuestas y hasta la audiencia de adjudicación, a lo cual los proponentes deberán atenderlos de forma clara, completa, precisa y dentro del plazo fijado para ello por la entidad, so pena del rechazo de la propuesta.
NOTA: La Entidad no atenderá consultas personales ni telefónicas. Toda solicitud de aclaración debe presentarse por escrito y en los términos señalados en el presente Pliego de Condiciones.
2.19 AUDIENCIA DE ADJUDICACION
De conformidad con el Artículo 9 de la Ley 1150 de 2007 y el Artículo 2.2.1.2.1.1.2 del Decreto 1082 xx Xxxx 26 de 2015, en la fecha y hora fijada en el cronograma, se realizará la audiencia pública que decide sobre el proceso, dentro de la cual los oferentes podrán pronunciarse sobre las respuestas dadas por la entidad a las
observaciones presentadas por los oferentes al informe de evaluación, la entidad concederá el uso de la palabra por única vez y por un tiempo limitado señalado por la DNDA al oferente que lo solicite para que responda a las observaciones que sobre la evaluación de su oferta hayan hecho los intervinientes. Por último, la entidad puede prescindir de la lectura del borrador del acto administrativo de adjudicación siempre que lo haya publicado en el Secop con antelación.
2.20 DESEMPATE DE PROPUESTAS
Se entenderá que hay empate cuando dos o más proponentes habilitados obtengan el mismo puntaje en la evaluación.
En caso de presentarse un empate entre dos o más proponentes, se aplicaran los siguientes criterios de desempate de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.2.9 del decreto 1082 de 2015:
1) Se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el factor técnico.
2) Si persiste el empate se preferirá la oferta del proponente que ofrezca bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
3) Si persiste el empate se preferirá la oferta del proponente que haya obtenido el mayor xxxxxxx en la evaluación económica.
4) Si persiste el empate preferir la oferta presentada por una Mipyme nacional.
3) Si persiste el empate preferir la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura.
4) Si persiste el empate preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o
promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
5) Si persiste el empate éste se dirimirá mediante sorteo por balotas, para lo cual en la audiencia los Representantes Legales (o delegados debidamente facultados) de las propuestas empatadas procederán a escoger las balotas, se numerarán de acuerdo al número de proponentes. En primer lugar se realizará un sorteo para establecer cuál será el orden en que cada proponente escogerá la balota. Realizado este primer sorteo los proponentes procederán a escoger balota en el orden que se haya determinado y se adjudicará el proceso de selección al proponente que saque la balota con el número mayor y cuyo resultado es aceptado de antemano por los proponentes involucrados en el empate sin lugar a reclamación alguna. En todo caso sólo podrán participar en el sorteo los proponentes que estén presentes en la audiencia.
2.21 DECLARATORIA DE DESIERTA
La DNDA declarará desierto totalmente el presente proceso dentro del plazo previsto para adjudicar, cuando entre las propuestas presentadas no se logre adjudicar a ninguna el contrato ofrecido, ya sea porque las propuestas no cumplan con las condiciones para ser adjudicatarias, porque no se presenten ofertas, o por cualquier otra causa que impida la selección objetiva.
La declaratoria de desierto del proceso, se hará mediante acto motivado conforme lo establecido en el artículo 25 numeral 18 de la Ley 80 de 1993, el cual se notificará a todos los proponentes y se publicará en el Portal Único de Contratación- Sistema Electrónico de la Contratación Pública - SECOP xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Contra dicho acto procede únicamente el recurso de reposición.
La DNDA declarará desierto el presente proceso de selección cuando:
condiciones.
propuesta más favorable para la
Entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 num. 18 de la Ley 80 de 1993.
2.22 CONDICIONES PARA PARTICIPAR
De conformidad con lo establecido en el Artículo 6 de la Ley 80 de 1993, en el presente proceso podrán participar las personas (naturales y/o Jurídicas) consideradas legalmente capaces de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
También podrán participar los consorcios y uniones temporales de conformidad con el Artículo 7 de la Ley 80 de 1993, siempre que su objeto social o actividad económica les permita desarrollar el objeto del presente proceso.
Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, participar y comprometer a su representada en las diferentes instancias del proceso, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios para cumplir con las exigencias xxx Xxxxxx de Condiciones, así como para representarla judicial o extrajudicialmente hasta la constitución de la sucursal en Colombia, en caso de resultar adjudicatario, de conformidad con lo señalado en el título VIII del Libro II del Código de Comercio Colombiano. Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal, y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes del Consorcio o Unión Temporal con los requisitos señalados en el pliego relacionados con documentos extranjeros; particularmente con lo exigido en el Código de Comercio de Colombia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
Para el caso de extranjeros, se aplicará el principio de reciprocidad, de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993.
En cualquier caso el proponente no deberá estar incurso en las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar, señaladas por la constitución y la Ley, manifestación la cual se entiende hecha bajo la gravedad de juramento con la sola radicación de la propuesta.
2.23 COMUNICACIÓN INTERACTIVA
La Dirección Nacional de Derecho de Autor en cumplimiento de lo señalado la Ley 527 de 1999 y con el fin de facilitar y agilizar la comunicación interactiva con los proponentes durante el proceso de selección, ha puesto a disposición el correo electrónico xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
A través de este medio, los proponentes podrán formular consultas, aclaraciones, sugerencias, observaciones, etc. frente a todas las instancias del proceso de selección.
Igualmente, en la dirección electrónica xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx se podrán consultar los documentos y demás actuaciones que se generen durante el proceso.
Así mismo será responsabilidad exclusiva de los interesados verificar permanentemente a través de la página Web antes mencionada todos los documentos que se generen con ocasión del mismo.
2.24 DEBER DE DILIGENCIA E INFORMACIÓN SOBRE EL PROCESO DE SELECCIÓN Y EL CONTRATO.
Será responsabilidad del proponente conocer todas y cada una de las implicaciones para el ofrecimiento del objeto del presente proceso.
Por la sola presentación de la propuesta se considera que el proponente ha realizado el examen completo de todos los aspectos que inciden y determinan la presentación de la misma.
La Dirección Nacional de Derecho de Autor presenta en un documento separable al contenido de los presentes pliegos, el anexo 10 A que contiene los requerimientos técnicos del objeto a contratar. En todo caso el referido documento hace parte integral xxx xxxxxx de condiciones y es obligación de los proponentes conocer su contenido.
Así mismo, se deja expresamente manifestado que es responsabilidad del proponente, al asumir los deberes de garantía asociados con la ejecución del contrato que se derive de este proceso, conocer plenamente las condiciones económicas del lugar donde se ejecutará el contrato, sin perjuicio de la facultad que asiste a los interesados de solicitar por escrito información puntual que le permita precisar los aspectos que puedan incidir en la formulación de su propuesta.
2.25 DOCUMENTOS DEL PROCESO
Hacen parte del presente proceso de selección los siguientes documentos:
Los documentos indicados en el Artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 xx Xxxx 26 de 2015 o de las normas que lo aclaren, adicionen o modifiquen.
El Certificado de Disponibilidad Presupuestal El proyecto xx Xxxxxx de Condiciones.
Las observaciones y sugerencias al proyecto xx Xxxxxx de Condiciones y sus respuestas.
El acto administrativo por medio del cual se ordena la apertura del proceso de selección.
El Pliego de Condiciones Definitivo, junto con sus anexos y adendas.
Las respuestas de aclaración emitidas por la DNDA en los medios dispuestos para ello.
El acta de cierre del término para presentar propuestas. Las propuestas presentadas.
El anexo de requerimientos técnicos Las actas de audiencias.
Las solicitudes de aclaración y/o subsanación a las propuestas y sus respectivas respuestas.
El informe de evaluación de las propuestas y las observaciones presentadas en relación con él.
El acto administrativo por medio del cual se defina el proceso (de adjudicación o de declaratoria de desierto).
El contrato, las adiciones, modificaciones o suspensiones a que haya lugar, en virtud de la ejecución del contrato.
CAPÍTULO III GENERALIDADES DE LA PROPUESTA
3.1 REQUISITOS FORMALES DE LA PROPUESTA
3.1.1 ÍNDICE DE LA PROPUESTA.
Las propuestas deberán contener un ÍNDICE o TABLA DE CONTENIDO, que permitan localizar adecuadamente la información solicitada en el Pliego de Condiciones contenida en la propuesta, especificando los números de página donde se encuentran los documentos requeridos.
3.1.2 IDIOMA DE LA PROPUESTA.
Todos los documentos constitutivos de las propuestas deberán presentarse en IDIOMA CASTELLANO, FOLIADOS en orden consecutivo y con su respectivo índice con excepción de otros documentos pre impresos que podrán presentarse en otro idioma con su correspondiente traducción oficial al castellano.
3.1.3 EJEMPLARES.
La propuesta inicial completa deberá presentarse por escrito en cualquier medio mecánico, en idioma español, foliadas en orden consecutivo, en un (1) original, y dos (2) copias de la propuesta, una en físico y el otro en medio electrónico (CD o DVD), los cuales deberán ser entregados en sobres cerrado, sellado y rotulado de la siguiente forma:
DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR LICITACIÓN PÚBLICA No.
Propuesta para contratar: (objeto). Proponente:
Dirección, ciudad, teléfono, fax, correo electrónico:
Contenido: En el sobre se leerá: “DOCUMENTOS JURÍDICOS, FINANCIEROS, TECNICOS Y ECONOMICOS” (ORIGINAL o COPIA FISICA o ELECTRÓNICA)
El sobre contendrá los documentos Jurídicos, Financieros, Técnicos y Económicos y deberán presentarse en sobre original por escrito y en dos (2) copias de la misma, una (1) en físico y la otra en medio electrónico (CD o DVD), en el acto de cierre del proceso que se llevará a cabo en Audiencia Pública, en la fecha y hora señalada en el cronograma del presente proceso.
El proponente deberá diligenciar el formato de PROPUESTA ECONÓMICA, de acuerdo con los requerimientos y demás aspectos expresados por la entidad.
Se entenderá que en el valor señalado como total de la oferta están incluidos todos los impuestos, tasas, contribuciones, costos y gastos de toda índole en que los proponentes deban incurrir para la presentación de su oferta, suscripción del contrato, legalización, ejecución y liquidación del(os) contrato(s) resultante(s) de este proceso de selección, que estarán a cargo del proponente o contratista según el caso. El oferente no deberá anotar centavos. En general, el proponente deberá considerar al momento de formular su propuesta económica la totalidad de las condiciones exigidas por la entidad.
Si se presenta alguna discrepancia entre las cantidades expresadas en letras y números, prevalecerán las cantidades expresadas en letras conforme al artículo 623 del Código de Comercio. Si se presenta alguna discrepancia entre el medio físico y el magnético (para los anexos que deban presentarse en los dos medios), prevalecerá lo expresado en el medio físico.
3.1.4 MONEDA.
Todos los valores que se estimen en la propuesta económica deberán presentarse en Pesos Colombianos.
Para efectos de la comparación de las propuestas, cuando se requiera verificar cualquier información registrada en la propuesta en moneda extranjera, se hará la conversión del valor en moneda extranjera presentada a pesos colombianos, tomando como referencia la respectiva Tasa Representativa xxx Xxxxxxx (TRM)
vigente en Colombia al día del cierre del proceso, publicada por el Banco de la República en su página oficial.
3.1.5 VIGENCIA DE LA PROPUESTA.
La propuesta deberá permanecer vigente por un período de ciento veinte (120) días calendario a partir de la fecha de cierre del proceso. En todo caso, los proponentes se comprometen a mantenerla vigente hasta la fecha de adjudicación y a quien resulte favorecido hasta la constitución de la garantía única del contrato resultante de este proceso.
Durante este período los proponentes no podrán modificar los términos o condiciones de la misma.
Si por cualquier circunstancia se amplía el trámite del proceso, el proponente deberá presentar la ampliación correspondiente de la garantía que abarque dicho término.
3.1.6 PROPUESTAS PARCIALES.
La Dirección Nacional de Derecho de Autor NO aceptará la presentación de propuestas parciales, condicionadas o alternativas. Lo anterior hace referencia a que la propuesta deberá ser presentada por la totalidad de los requerimientos de la entidad.
3.1.7 COSTOS DE LA PROPUESTA
Serán de cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación y presentación de su propuesta y la DNDA en ningún caso será responsable de los mismos.
3.1.8 RETIRO DE LAS PROPUESTAS
El proponente podrá solicitar el retiro de su oferta mediante escrito firmado por el proponente antes de la fecha y hora fijada para el cierre, de lo cual se dejará constancia escrita. El escrito deberá ser dirigido a la Dirección Nacional de Derecho de Autor – Grupo de Compras -, ubicada en la calle 28 No. 13 A – 15 piso 17 de la ciudad de Bogotá.
En el evento de ser retirada una propuesta, en la diligencia de cierre del presente proceso, no se abrirán los sobres que contengan el original de la propuesta retirada, de lo cual se dejará constancia en la diligencia de cierre y se procederá a su devolución.
Una vez abierto el sobre que contiene la propuesta, ésta no podrá ser retirada del proceso de selección so pena de que la entidad haga efectiva la garantía de seriedad del ofrecimiento.
CAPÍTULO IV DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
4.1 CAPACIDAD JURÍDICA
4.1.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
El proponente deberá presentar únicamente en el tomo de Documentos Jurídicos y Financieros la carta de presentación de la propuesta, según el modelo suministrado por la entidad en el ANEXO No 1 y los requisitos establecidos en los presentes pliegos de condiciones.
La carta de presentación de la propuesta deberá ser firmada por el proponente si es persona natural, por el Representante Legal del proponente de la persona jurídica o por el Representante designado en el documento de constitución, si se trata de consorcio o unión temporal.
El ANEXO No 1, es un modelo que contiene todas las declaraciones que debe realizar el proponente. Por lo tanto, el proponente podrá transcribirlo u obtenerlo en medio magnético. En cualquier caso, la carta que presente el proponente, deberá incluir todas las manifestaciones requeridas por la entidad.
4.1.2 CERTIFICACION DE CUMPLIMIENTO DE PAGO DE APORTES DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES
De conformidad con lo estipulado en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, el artículo 37 del decreto 1703 de 2002, Decreto 723 de 2013 y Ley 828 de 2003 el proponente deberá anexar certificación expedida por el Revisor Fiscal y/o representante legal, en la cual se indique que la
empresa cumple con el pago de las contribuciones al Sistema Integral de Seguridad Social – Empresa Promotora de Servicios de Salud (EPS), Fondo de Pensiones (AFP) y Administradora de Riesgos Laborales (ARL), así como de Aportes Parafiscales – Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), Cajas de Compensación Familiar – a que haya lugar, de todos los empleados a su cargo.
En el evento de no estar obligado de contar con Revisor Fiscal, esta certificación deberá ser expedida por el Representante Legal de la empresa, indicando expresamente la no obligatoriedad de contar con el mismo.
Cada una de las personas jurídicas, miembros de un consorcio o unión temporal, deberán anexar esta certificación en forma individual.
La obligación de presentar las certificaciones de cumplimiento del Artículo 50 de la ley 789 de 2002 no aplica para personas jurídicas extranjeras, salvo en el caso en el que participen sucursales de éstas legalmente constituidas en Colombia, caso en el cual deberán presentar la certificación mencionada en el primer párrafo de este numeral o una certificación del representante legal de la sucursal en la que manifieste que la sucursal no tiene empleados y, por lo tanto, no deben cumplir con lo señalado en la ley 789 de 2002.
Las personas naturales deberán presentar copias de los respectivos aportes de acuerdo con los requisitos xx Xxx. (Ver anexos Nos. 4 y 5).
En caso tal que NO se encuentre obligado a pagar aportes parafiscales o cuota de aprendizaje por algún período DEBERÁ INDICAR DICHA CIRCUNSTANCIA, especificando la razón y los períodos exentos.
En caso tal que NO se encuentre obligado a cancelar aportes parafiscales por virtud de la Reforma Tributaria (Ley 1607 de 2012 – Impuesto CREE), DEBERÁ INDICAR DICHA CIRCUNSTANCIA.
En las anteriores circunstancias, las personas jurídicas lo harán mediante certificación expedida y firmada por el revisor fiscal si lo tiene o contador público (aportar copia de la tarjeta profesional y copia de la cédula de ciudadanía).
Si el proponente es una persona natural la acreditación de este pago se hará mediante declaración juramentada.
Xxxxxx proponente que tenga resoluciones de cobro (actos administrativos en firme) por concepto de aportes parafiscales, incumplimiento de contrato de aprendizaje o multas impuestas por el Ministerio del Trabajo, podrá participar, salvo que exista acuerdo de pago suscrito y al día, previo al cierre del proceso.
4.1.3 GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO
El proponente deberá constituir y anexar a su propuesta, una garantía que ampare la seriedad de su propuesta, en los términos y condiciones estipulados en el presente pliego, expedida por una compañía aseguradora, por una entidad bancaria colombiana o a través de un patrimonio autónomo cada una de estas vigiladas por la Superintendencia Financiera, se deberá realizar a favor de la Dirección Nacional de Derecho de Autor NIT.800.185.929-2. En caso de requerirse la ampliación de la vigencia de la propuesta, la vigencia de ésta garantía deberá ser igualmente ampliada de conformidad con lo requerido por la entidad.
La garantía debe ser tomada a nombre del proponente, si es persona jurídica deberá contener el nombre o razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el certificado de la Cámara de Comercio o su equivalente establezca que la firma podrá identificarse con la sigla.
Cuando se trate de consorcio o unión temporal deberá ser tomada a nombre de la forma asociativa indicando el nombre de todos y cada uno de los integrantes con su respectivo porcentaje de participación y NIT, teniendo en cuenta lo señalado anteriormente.
La vigencia de la garantía de seriedad de la oferta deberá ser como mínimo de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de cierre del proceso.
La cuantía xxx xxxxxx deberá ser mínimo por el diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial.
La garantía de seriedad de la oferta deberá contener los amparos señalados en la ley, y en especial los establecidos en el artículo 2.2.1.2.3.1.6 del decreto 1082 de 2015, además deberá indicar textualmente el número, año y objeto del proceso y deberá ser suscrita por quien la expide.
Una vez perfeccionado y legalizado el contrato, la entidad devolverá la garantía de seriedad de la propuesta a los proponentes no seleccionados, dentro de los diez
(10) días siguientes, previa solicitud del proponente, dejando copia de la misma dentro de la propuesta, con constancia de que el original fue devuelto. En el evento que el proceso sea declarado desierta, el original de la garantía de seriedad de la propuesta, serán devueltos a todos los proponentes, si así lo solicitaren.
La Dirección Nacional de Derecho de Autor hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta como indemnización por perjuicios, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de mayores perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la misma.
4.1.4 CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL DEL PROPONENTE y/o REGISTRO MERCANTIL
Si el proponente es una persona jurídica nacional o extranjera con sucursal en Colombia, deberá comprobar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio. Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras, que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán comprobar su existencia y representación legal de conformidad con las normas de su país de origen, atendiendo lo establecido en el presente documento para la presentación de documentos expedidos en el extranjero.
De acuerdo con el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio, la vigencia de la sociedad no podrá ser inferior al término de ejecución del contrato y cinco (5) años más; y su objeto social deberá permitirle desarrollar el objeto del presente proceso.
Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, cada sociedad integrante de los mismos, deberá comprobar su existencia y representación, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio, el cual deberá contener la información y cumplir las mismas exigencias anteriormente citadas.
La fecha de expedición no podrá ser superior a treinta (30) días calendario anteriores a la estipulada como fecha límite para presentar propuestas. En caso de prórroga del plazo de la licitación, el certificado tendrá validez con respecto a la primera fecha de cierre.
Si la propuesta fuere suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que se encuentre abierta en Colombia y/o por el representante de ésta, deberá acreditarse la capacidad jurídica de la sucursal y/o de su representante mediante la presentación del original del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de la ciudad de la República de Colombia en la cual se encuentre establecida la sucursal, cuya fecha de expedición deberá ser dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de presentación de la Propuesta.
Las personas naturales deberán presentar certificado de inscripción en Cámara de Comercio o registro mercantil en el cual conste que su actividad mercantil registrada la cual debe ser directamente relacionada con la que se pretende contratar. El registro mercantil debe estar vigente a la fecha de presentación de la propuesta.
Para el caso de Organismos Internacionales, deben presentar el documento legal e idóneo que pruebe la existencia y representación Legal del organismo, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y con fecha de expedición de la presente vigencia, en donde conste el nombre del representante legal y que cuenta con personería jurídica.
4.1.5 AUTORIZACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL Y/O APODERADO
Cuando el representante legal de la persona jurídica, tenga limitaciones para presentar propuestas o para contratar o comprometer a la sociedad, deberá anexar la AUTORIZACIÓN del órgano social correspondiente, que lo autorice para presentar la propuesta y suscribir el contrato en el caso que le sea adjudicado.
Si el proponente actúa a través de un representante o apoderado, deberá acreditar mediante documento legalmente expedido, que su representante o apoderado está expresamente facultado para presentar la propuesta y firmar el contrato respectivo.
4.1.6 REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES - CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO UNICO DE PROPONENTES (RUP)
De conformidad con las regulaciones del artículo 2.2.1.1.1.5.1. del Decreto 1082 de 2015: “Las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras con domicilio en Colombia, interesadas en participar en Procesos de Contratación
convocados por las Entidades Estatales deben estar inscritas en el RUP, salvo las excepciones previstas de forma taxativa en la ley.
La persona inscrita en el RUP debe presentar la información para renovar su registro a más tardar el quinto día hábil del mes xx xxxxx de cada año. De lo contrario cesan los efectos del RUP.
La persona inscrita en el RUP puede actualizar la información registrada relativa a su experiencia y capacidad jurídica en cualquier momento.
Los inscritos en el RUP pueden en cualquier momento solicitar a la Cámara de Comercio cancelar su inscripción. ”
Por lo anterior, los proponentes deben allegar el certificado de inscripción y/o renovación en el RUP, expedido por la respectiva la Cámara de Comercio dentro de los treinta (30) días calendario anteriores al cierre del presente proceso de selección en el cual conste su inscripción y clasificación en el Registro Único de Proponentes (RUP), cuya información debe estar vigente y en firme a la fecha de cierre del presente proceso de selección.
Adicional a la verificación de los requisitos certificados en el RUP la exigencia del mismo se hace para verificar la no existencia de sanciones que lo puedan inhabilitar. Tratándose de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia no se les exigirá RUP.
En consecuencia, y de acuerdo con las normas antes referidas, el proponente deberá estar inscrito y clasificado en cualquiera de las siguientes actividades, especialidades y grupos del Registro Único de Proponentes así:
(i) Clasificación del proponente en el Clasificador de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC):
De conformidad con lo señalado en el Decreto 1082 de 2015, el proponente o en conjunto los integrantes del consorcio o la unión temporal, deberá estar inscrito y clasificado mínimo en dos (2) de las actividades del Clasificador de Bienes y Servicios relacionados a continuación:
82000000 | 82100000 | 82101600 | 82101600 | Publicidad difundida |
82000000 | 82100000 | 82101800 | 82101800 | Servicios de Agencia de Publicidad |
82000000 | 82100000 | 82101600 | 82101601 | Publicidad en radio |
82000000 | 82100000 | 82101800 | 82101801 | Servicios de campañas publicitarias |
82000000 | 82100000 | 82101800 | 82101802 | Servicios de producción publicitaria |
El proponente o en conjunto los integrantes del consorcio o la unión temporal deben tener actualizada la información acorde con el Decreto 1082 xx Xxxx 26 de 2015:
Nota 1: Si se llegase a presentar una diferencia entre el código de la actividad solicitada y la descripción del mismo código, prevalecerá el texto de la inscripción. En caso de propuestas presentadas en consorcio o unión temporal, cada uno de sus miembros deberá anexar dicho certificado y acreditar su inscripción, clasificación y calificación en alguna de las actividades solicitadas en el presente pliego de condiciones.
Para la verificación de los códigos de clasificación del proponente en el RUP se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Circular Externa No. 12 xx xxxx de 2014 expedida por Colombia Compra Eficiente.
Nota 2: Las propuestas cuyo certificado de Registro Único de Proponentes aportado NO SE ENCUENTRE VIGENTE Y SU INFORMACIÓN EN FIRME A LA FECHA DEL CIERRE DEL PROCESO, NO SERÁ OBJETO DE EVALUACIÓN
Nota 3: El Certificado constituye plena prueba respecto de la información verificada documentalmente y cuyo registro se encuentre en firme. La firmeza de la inscripción se adquiere pasados diez (10) días hábiles siguientes a la publicación sin que se haya presentado recurso de reposición en contra de la información inscrita.
Adicionalmente, cuando se renueve o actualice el Registro Único de Proponentes, la información que ha sido objeto de modificación continuará vigente hasta que el acto de inscripción correspondiente de la nueva información quede en firme.
Nota 4: En el caso que una propuesta sea presentada en consorcio o unión temporal cada uno de los integrantes debe estar inscrito en el RUP de la Cámara de Comercio a la fecha de cierre del proceso en la clasificación señalada, y entre todos los integrantes deben cumplir la clasificación señalada, teniendo en cuenta la previsión señalada en el Artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 xx Xxxx 26 de 2015.
La no presentación de este documento será causal de RECHAZO de la propuesta, pero si éste se presenta y su periodo de expedición es mayor a TREINTA (30) días hábiles, se requerirá al proponente por una sola vez para que se xxxxxxx de conformidad con lo solicitado; de lo contrario su propuesta será RECHAZADA.
4.1.7 FOTOCOPIA CÉDULA DE CIUDADANÍA
Si el proponente es persona jurídica, deberá aportar junto con su propuesta, fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal o quien haga sus veces, ampliada al 150% y totalmente legible.
Si el proponente es consorcio y/o unión temporal, deberá aportar junto con su propuesta fotocopia de la cédula de ciudadanía de cada uno de los representantes legales o quienes hagan sus veces de los integrantes de la figura asociativa, ampliada al 150% y totalmente legible.
Si el proponente es persona natural deberá aportar junto con su propuesta fotocopia legible de la cédula de ciudadanía, ampliada al 150% y totalmente legible.
4.1.8 BOLETÍN DE RESPONSABLES FISCALES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
La DNDA verificará si el interesado se encuentra señalado en el último Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República. En todo caso, el proponente podrá adjuntar dicha certificación a su propuesta.
4.1.9 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
La DNDA consultará y verificará en la página Web de la Procuraduría General de la Nación, los antecedentes disciplinarios de quienes van a participar en el
presente proceso de conformidad con lo establecido en la Ley 1238 de 2008. En todo caso el proponente podrá anexar a la propuesta dicho certificado actualizado.
4.1.10 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES
La DNDA consultará y verificará, de la página Web de Policía Nacional de Colombia los antecedentes penales de quienes van a participar en el presente proceso.
4.1.11 LIBRETA MILITAR
Si el proponente es persona natural hombre menor de 50 años, deberá junto con su propuestas adjuntar fotocopia de la libreta militar ampliada al 150% y totalmente legible. En caso de pérdida deberá anexar certificación de la Dirección de Reclutamiento donde conste que la situación militar se encuentra definida.
4.1.12 CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES
Además de los documentos requeridos para las personas naturales o jurídicas, los miembros del consorcio o unión temporal (según el caso), deberán aportar el documento Original de constitución firmado por los integrantes, el cual deberá tener en cuenta lo dispuesto en el Artículo 7º de la Ley 80 de 1993.El documento de constitución de la figura asociativa deberá contener como mínimo la información señalada en los Anexos 2 y 3 del presente pliego de condiciones, así como la información que además se considere pertinente, y cumplir los siguientes requisitos:
a. Si los proponentes desean participar como Consorcio o Unión Temporal, en este último caso deberán señalar las condiciones y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la DNDA.
b. Designar la persona que para todos los efectos legales representará al Consorcio o Unión Temporal, quien además deberá tener facultades amplias y suficientes para obligar y responsabilizar a todos los integrantes del Consorcio o la Unión Temporal. En el documento se deben señalar también las reglas básicas que regularán las relaciones entre los miembros del Consorcio o Unión Temporal y su responsabilidad.
c. Los integrantes del Consorcio o Unión Temporal deben cumplir los requisitos legales y acompañar los documentos requeridos en el presente Pliego de Condiciones, para efectos legales, como si fueran a participar en forma independiente.
d. El objeto social de todos los integrantes del consorcio o unión temporal debe permitirles desarrollar las actividades propias del objeto de este proceso de selección.
e. La propuesta debe estar firmada por el Representante que hayan designado los integrantes del consorcio o unión temporal o por intermedio de su agente comercial y/o mandatario con poder debidamente conferido para el efecto, de acuerdo con la ley, casos en los cuales deberán adjuntarse el (los) documentos (s) que lo acredite (n) como tal.
f. En caso de resultar adjudicatarios del proceso de selección, para la suscripción del contrato deberán presentar el respectivo Número de Identificación Tributaria – NIT, como consorcio o unión temporal.
g. Los integrantes del consorcio o unión temporal no pueden ceder sus derechos a terceros, sin obtener la autorización previa y expresa de la DNDA. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integran el consorcio o unión temporal.
h. Los Consorcios o Uniones Temporales deberán presentar los documentos de existencia y representación legal que, para cada uno de los integrantes, expida la Cámara de Comercio ó la autoridad competente, ya sean personas Naturales o Jurídicas, así como el certificado de Inscripción, clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes.
i. Los representantes legales de las personas jurídicas que conformen o hagan parte de un Consorcio o Unión Temporal, aportarán con la propuesta la autorización o poder de la Junta de Socios, que los faculte para ofrecer, contratar y conformar Consorcios o Uniones Temporales. Este requisito se exigirá en los casos en que esta facultad se encuentre restringida o no esté explícita. En caso que el representante legal del Consorcio o Unión Temporal o de cualquiera de los integrantes de estos exceda las limitaciones que le otorga el órgano competente, o el acuerdo de integración, se rechazará la propuesta.
j. El documento en el que se exprese la voluntad de presentar la propuesta en consorcio o unión temporal, deberá ir acompañado de los documentos (certificados xx xxxxxx de comercio, actas de junta directiva, poderes, etc.) que acrediten que quienes lo suscribieron tenían la representación y capacidad necesarias para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la propuesta y del contrato resultante.
k. Los Consorcios o Uniones Temporales deberán tener en cuenta que, de conformidad con el Artículo 7° de la Ley 80 de 1993, la adjudicación del contrato conlleva la responsabilidad solidaria por su celebración y ejecución.
l. La duración de las personas jurídicas que se constituyan como Consorcio o Unión Temporal, deberá ser por lo menos la misma del plazo del contrato derivado del presente proceso de selección y un (1) año más.
m. Los integrantes del Consorcio o Unión Temporal no podrán integrar otro Consorcio o Unión Temporal que haya presentado propuesta para el presente proceso, ni tampoco podrán hacerlo de manera independiente; en caso de ocurrir será causal de rechazo para las propuestas que éste integre o presente.
n. No se aceptan propuestas bajo la modalidad de promesa de conformación de Consorcios o Uniones Temporales.
o. Las Uniones Temporales, deberán registrar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros o de lo contrario se entenderá que se presentan a título de consorcio.
4.1.13 PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS
Las personas jurídicas extranjeras con sucursal en Colombia, que presenten propuesta deberán adjuntar a la misma el respectivo certificado de la Cámara de Comercio de su domicilio, expedido con máximo un (1) mes de anterioridad al cierre del presente proceso de selección y deberá la sociedad tener como mínimo una vigencia igual a la del plazo del contrato y cinco años más contados desde la fecha de presentación de la propuesta.
Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia, deberán acreditar su existencia y representación legal conforme a la legislación de su país de origen, a través de documento expedido dentro del mes anterior al cierre del presente
proceso de contratación. En todo caso, esta información podrá ser certificada directamente por el representante legal o por los órganos competentes de la sociedad en el caso en que no se encuentre incorporada en el certificado mencionado, de acuerdo con las leyes que rijan este tipo de actos en el país de origen.
Las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia podrán presentar la propuesta mediante apoderado debidamente constituido, con domicilio en Colombia y ampliamente facultado para presentar la propuesta, para suscribir el contrato, así como para representarlas judicial o extrajudicialmente. Deberán mantener dicho apoderado por el término de vigencia del contrato y seis (6) meses más como mínimo, a menos que, de conformidad con las normas legales vigentes, tengan la obligación de establecer sucursal en Colombia. En todo caso, el oferente extranjero deberá cumplir con los mismos requisitos, procedimientos, permisos y licencias previstos para el oferente Colombiano y acreditar su plena capacidad para contratar y obligarse conforme a la legislación de su país, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 3 de la Ley 816 de 2003 y demás normas concordantes.
Se advierte que los documentos expedidos por particulares no requieren legalización. En relación con los documentos públicos, se anota que por medio de la Ley 455 del 4 xx xxxxxx de 1998, el Congreso Nacional aprobó la “Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros”, la cual entró en vigencia en Colombia a partir del 30 de enero de 2000, y suprimió la exigencia de legalización diplomática o consular para los documentos públicos que han sido ejecutados en el territorio de un Estado parte y que deben ser presentados en el territorio de otro Estado parte del Convenio.
Para contratar, la persona jurídica oferente deberá demostrar que su duración no será inferior a la duración del contrato y un (1) año más contado a partir de la fecha de liquidación del mismo.
De conformidad con lo anterior, y según lo expone el Ministerio de Relaciones Exteriores en la Circular AC/LG/641/2001 de fecha 24 de enero del 2001, los documentos públicos provenientes de los Estados parte y contemplados en la Convención no requieren de la autenticación consular ni de la posterior legalización por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores al entrar en vigencia el Convenio y, por lo tanto, deben ser admitidos tan solo con el sello de
APOSTILLE colocado por la autoridad competente designada por el país que produjo el documento.
Se excluyen del convenio en mención los documentos expedidos por agentes diplomáticos o consulares y los documentos administrativos que se ocupen directamente de operaciones comerciales o aduaneras. Estos documentos públicos se siguen rigiendo según lo estipulado en los Artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil, 480 del Código de Comercio y la Resolución 2201 del 22 xx xxxxxx de 1997, esto es, certificación consular y legalización por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores - Área de Gestión de Legalizaciones.
Los documentos expedidos por Estados que no forman parte de la Convención seguirán requiriendo de la autenticación consular y de la posterior legalización ante la cancillería colombiana.
4.1.14 PROPUESTA POR INTERMEDIO DE UN REPRESENTANTE
Si el proponente participa en el presente proceso de contratación por intermedio de un representante, deberá adjuntar en la propuesta el poder debidamente otorgado que lo acredite como tal, de conformidad con los requisitos legales establecidos para el efecto.
4.2. DOCUMENTOS TÉCNICOS
4.2.1 EXPERIENCIA ESPECÍFICA ACREDITADA DEL PROPONENTE
La Dirección Nacional de Derecho de Autor verificará la experiencia de los proponentes de la información reportada ante el Registro Único de Proponentes (RUP), de acuerdo con las siguientes reglas:
1) Se considerará habilitado el proponente que haya reportado ante el RUP experiencia en la ejecución total de mínimo dos (2) contratos ejecutados en los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso cuyo objeto se encuentre identificado en el Clasificador de Bienes y Servicios mínimo en dos de los siguientes códigos:
82101600 | Publicidad difundida |
82101800 | Servicios de Agencia de Publicidad |
82101601 | Publicidad en radio |
82101801 | Servicios de campañas publicitarias |
82101802 | Servicios de producción publicitaria |
Se tendrá como válido el presente requisito habilitante si de la verificación que se haga del certificado RUP que aporte el proponente se acredita su cumplimiento en mínimo dos (2) contratos reportados que cumplan individualmente o en conjunto la condición requerida para la cuantía (100%) del presupuesto oficial y actividad según la clasificación UNSPC.
En caso que los contratos reportados a través del RUP que acreditan la experiencia tengan algún tipo de multa o sanción, no serán tenidos en cuenta por parte de la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
2) En caso de no encontrarse la información de experiencia en la certificación RUP se permitirá la acreditación de este requisito anexando certificación de mínimo dos
(2) contratos totalmente ejecutados en los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del proceso, cuyo objeto haya sido actividades similares al objeto contractual y su valor sumado sea como mínimo el 100% del valor del presupuesto oficial calculado en S.M.M.L.V., al momento de la finalización del respectivo contrato. Cuando el proponente no ha podido obtener las certificaciones mediante las cuales pretende acreditar la experiencia se permitirá su acreditación presentando: a) copia del respectivo o respectivos contratos, b) Mediante actas de liquidación debidamente suscritas por las partes con la información de los requisitos exigidos en el numeral 4.2.1.1.
En caso de presentarse certificaciones por adiciones a los contratos principales éstas se verificarán en conjunto con el contrato principal al que están adicionando.
En caso de presentar certificaciones globales deberán desglosar el monto en SMLMV y el objeto para el cual aplica dicha certificación que hará parte de la experiencia requerida para el presente proceso.
Si la certificación viene liquidada en moneda diferente al peso, la DNDA procederá a su convertibilidad a pesos colombianos ($), tomando como base la TRM (tasa representativa xxx xxxxxxx) reportada por el Banco de la República a la fecha de terminación del respectivo contrato.
Si los contratos se hubiesen iniciado antes del período señalado, sólo se tendrá en cuenta el porcentaje de ejecución comprendido en las fechas a las que ya se ha hecho alusión (dentro de los cinco años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección); porcentaje que debe estar discriminado en la certificación aportada. En ningún caso se considerará la experiencia de contratos que se reporten vigentes a la fecha de cierre del presente proceso de selección.
NOTA 1: La DNDA se reserva el derecho de verificar la información consignada en las certificaciones que presenten los proponentes.
NOTA 2: Para verificar el valor de los contratos certificados, la DNDA realizará la conversión a salarios mínimos legales mensuales vigentes SMLMV del valor del presupuesto oficial (SMLMV año 2015) y del valor del contrato que se indique en el formato de experiencia o certificación correspondiente, para lo cual se hará la conversión al valor del SMLMV del año de celebración del respectivo contrato.
Tabla Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV)
PERÍODO | VALOR SMMLV |
Enero 1 de 2011 a Dic. 31 de 2011 | $ 535.600.00 |
Enero 1 de 2012 a Dic. 31 de 2012 | $ 566.700.00 |
Enero 1 de 2013 a Dic. 31 de 2013 | $ 589.500.00 |
Enero 1 de 2014 a Dic. 31 de 2014 | $ 616.000.00 |
Enero 1 de 2015 a Dic. 31 de 2015 | $ 644.350.00 |
NOTA 3: En todo caso, además de lo anterior, los proponentes como cabeza de la Documentación aportada para el cumplimiento de este requisito habilitante deberán además diligenciar y firmar el Anexo 6 de este pliego de condiciones, so pena de ser calificada como NO CUMPLE.
LA DNDA se reserva el derecho de solicitar cualquier otro documento adicional para verificar la información relacionada en el Anexo 6.
4.2.1.1. CONDICIONES DE LAS CERTIFICACIONES DE EXPERIENCIA ESPECÍFICA
En todo caso el oferente deberá aportar la certificación expedida por la entidad contratante y suscrita por el funcionario competente, en la que se reflejen como mínimo los siguientes requisitos:
a) Nombre de la empresa Contratante y NIT (Si lo hubiere)
a) Dirección
b) Teléfono
c) Nombre del Contratista.
d) Si se trata de un Consorcio o de una Unión Temporal se debe señalar el nombre de quienes lo conforman, adicionalmente se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros.
e) Número del contrato (si tiene).
f) Objeto del contrato.
g) Valor del contrato.
h) Estado del contrato (En caso que la certificación no indique que el estado del contrato es liquidado, el proponente podrá adjuntar la correspondiente acta de liquidación y/o terminación debidamente suscrita).
j) Fecha de suscripción, inicio (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año).
k) Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año).
l) En las certificaciones se debe evidenciar el cumplimiento expresado en términos xx xxxxx, excelente, regular o malo.
m) Nombre y firma de quien expide la certificación. (La certificación deberá estar firmada por el funcionario competente para suscribirla).
Cuando exista diferencia entre la información relacionada y la consagrada en los soportes presentados, prevalecerá la información de los soportes.
En caso de que las certificaciones aportadas que acreditan experiencia sean expedidas por una entidad privada con quien se haya suscrito el contrato o se
haya prestado el servicio, junto con la respectiva certificación deberá anexarse copia del contrato correspondiente.
Así mismo, en el evento que las certificaciones no contengan la información señalada que permita su evaluación, el proponente deberá anexar a la propuesta copia del contrato o de los documentos soportes que sean del caso, que permita tomar la información que falte en la certificación.
NOTA 1: Cuando los proponentes pretendan hacer valer experiencia obtenida en el exterior deberán tener en cuenta que los documentos extendidos en el exterior y/o que consten en idioma distinto del español, deberán ser aportados a la propuesta con la correspondiente traducción oficial y con el cumplimiento de los requisitos establecidos en el numeral 4.1.13 xxx xxxxxx de condiciones sobre la apostilla, autenticación consular y demás.
Nota 2: Los contratos verbales no serán tenidos en cuenta para acreditar experiencia ni tampoco las facturas u órdenes de servicio que pretendan comprobar su existencia y ejecución. No serán validas las certificaciones expedidas por el mismo contratista, ni se aceptan contratos en ejecución.
Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse certificación del oferente individual o del integrante del oferente plural que desea hacer valer la experiencia, y/o documento de constitución del consorcio o Unión Temporal, en el cual conste dicho porcentaje de participación.
Si el contrato que se pretende hacer valer como experiencia fue cedido o recibido en cesión, la certificación deberá especificar la fecha de la cesión y discriminar el valor del contrato ejecutado por el cedente y el cesionario.
El valor que se contabilizará para los efectos de los valores requeridos en este numeral, será aquel que se certifique como ejecutado, es decir no se tendrá en cuenta el valor no ejecutado.
Si la certificación incluye varios contratos, se debe identificar en forma precisa si son contratos adicionales al principal o son contratos nuevos, indicando en cada uno de ellos sus plazos, valor y calificación individualmente.
4.2.1.2. REGLAS PARA LA VALORACIÓN DE LA EXPERIENCIA:
Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, la experiencia específica será la sumatoria de las experiencias de los integrantes.
La experiencia adquirida en consorcio o unión temporal será tenida en cuenta de acuerdo con el porcentaje de participación en la unión temporal o consorcio, en la cual fue adquirida.
Si el proponente adjunta a su propuesta certificaciones adicionales a las máximas requeridas por la entidad, solo se tendrán en cuenta aquellas que representen el mayor valor ejecutados y siempre que se encuentren relacionadas en el Anexo dispuesto para tal fin.
En caso que se relacione más de un contrato en una sola certificación, para efectos de verificación se tomará la experiencia específica del proponente directamente relacionada con los servicios y/o actividades solicitados por la entidad, de cada contrato individualmente considerado, en orden de mayor a menor valor ejecutado siempre que cumplan con las especificaciones establecidas en el presente documento y en el pliego de condiciones.
Cuando el valor de los contratos con los cuales se pretenda acreditar la experiencia se encuentre expresado en moneda extranjera se atenderán las siguientes reglas:
Para el caso de contratos en dólares americanos, se hará la conversión a pesos colombianos con la TRM publicada en las estadísticas del Banco de la República publicadas en su página oficial, para la fecha de suscripción del contrato.
Para el caso de contratos en moneda extranjera diferente al dólar americano, se realizará su conversión a dólares americanos de acuerdo a las tasas de cambio estadísticas publicadas por el Banco de la República en su página oficial teniendo en cuenta la fecha de suscripción del contrato, y seguidamente a pesos colombianos.
Cuando la experiencia a aportar haya sido obtenida con la DNDA el proponente podrá acreditar la misma tal como está establecido en el presente pliego o aportando copia de los contratos suscritos, sin perjuicio de que la entidad verifique internamente la real ejecución de los mismos.
La DNDA podrá en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección, verificar y solicitar ampliación de la información presentada por el oferente para la acreditación de la experiencia.
Cuando en las certificaciones mediante las cuales se pretende acreditar experiencia se encuentren también relacionados bienes y/o servicios de características disímiles a las del objeto del presente proceso contractual, se tendrá en cuenta únicamente la experiencia correspondiente a la relacionada con el objeto del presente proceso de selección. Para el efecto, debe discriminarse claramente el(los) valor(es) parcial(es) de los diferentes bienes o servicios incluidos en dicha certificación.
Las certificaciones que den cuenta de imposición de multas al contratista experiencia a tener en cuenta será en contratos ejecutados a satisfacción, entendiéndose por ésta, aquella en la cual el contratista no haya sido objeto de multas o declaratorias de incumplimiento. En el evento en que alguna de dichas circunstancias se presente frente a la experiencia acreditada no se tendrá en cuenta la respectiva certificación
NOTA: La DNDA se reserva el derecho de comprobar la autenticidad de los documentos aportados, así como de verificar el cumplimiento a cabalidad de los contratos que el oferente aporte.
4.2.1.3 RECURSO HUMANO MÍNIMO REQUERIDO (Anexos 10, 11 y 16)
Para la ejecución del contrato que se derive del presente proceso licitatorio, el proponente deberá presentar en su propuesta como requisito habilitante la totalidad del siguiente equipo mínimo de trabajo, con la correspondiente documentación que acredite los siguientes requisitos:
CANT | PERSONAL | PERFIL PROFESIONAL | EXPERIENCIA | % DE DEDICACIÓN AL PROYECTO |
1 | Ejecutivo de cuenta | Profesional en publicidad, mercadeo o comunicación social. Deberá anexar su hoja de vida donde indique su currículum y anexe diplomas y certificados de | Experiencia profesional de mínimo dos (2) años como ejecutivo de | 100 |
estudios y/o especializaciones, además deberá anexar sus certificaciones laborales o proyectos que tengan relación con el objeto a contratar. | cuentas. | ||||
1 | Director Creativo | Profesional en mercadeo y publicidad o Comunicación social y Periodismo. | Experiencia profesional de mínimo dos (2) años en el ejercicio de la profesión. | 100 | |
1 | Planer de medios | Profesional en periodismo, comunicación social o publicidad y/o mercadeo. | Experiencia profesional de mínimo dos (2) años como planner de | 100 | |
medios. | |||||
Formación académica técnico en | 1 año de | 50 | |||
sonido o productor de radio. | experiencia como | ||||
1 | Un (1) sonidista. | Deberá anexar su hoja de vida donde indique su currículum y anexe diplomas y certificados de estudios y/o especializaciones, | sonidista para radio. | ||
además deberá anexar sus | |||||
certificaciones laborales. | |||||
1 | Un locutor: | (1) | Formación académica locutor o actor o comunicador social o periodista. Deberá anexar su hoja de vida donde indique su currículum y anexe diplomas y | Experiencia mínima de 1 año en realización de cuñas radiales. | 50 |
certificados de estudios y/o | |||||
especializaciones, además deberá | |||||
anexar sus certificaciones | |||||
laborales. |
Sin perjuicio del personal mínimo requerido relacionado en el cuadro anterior, el proponente adjudicatario deberá poner a disposición del proyecto y durante toda la ejecución contractual, todo el personal adicional que se requiera para el cabal cumplimiento del objeto contractual.
DILIGENCIAR EL ANEXO 16 RELACIÓN DE PERSONAL OFERTADO EN EL
EQUIPO DE TRABAJO. Es importante que en su propuesta identifique de manera clara nombres y perfiles, adicionalmente si el personal propuesto participa como recurso humano mínimo requerido o como recurso humano adicional.
A continuación se relacionan los requerimientos mínimos que deben cumplir cada uno de los profesionales del equipo en cuanto a experiencia profesional relacionada con el objeto del contrato respecto de la Agencia o Central de medios:
a) La experiencia específica de los integrantes del equipo de trabajo se acreditará a través de certificaciones que cumplan las exigencias señaladas en el cuadro anterior, para lo cual deberá presentar mínimo dos (2) certificaciones de contratos que hayan sido ejecutados y terminados en Colombia en los cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso.
b) Se deberá adjuntar en la propuesta la hoja de vida de cada uno de los miembros del equipo de trabajo mínimo requerido. En caso de inconsistencia entre la información consignada en el formato de relación de experiencia del recurso humano mínimo requerido y la información contenida en los documentos que la soportan, prevalecerá esta última.
c) Las certificaciones de experiencia del recurso humano mínimo requerido serán expedidas por quienes directamente los contrataron o por la entidad para la que se realizaron los trabajos y en los que estos participaron.
d) Las certificaciones de experiencia requieren que los trabajos o proyectos se encuentren terminados y que hayan sido realizados por la persona a la que se acredita la experiencia y que dicha experiencia corresponda con la requerida para este proceso. Así mismo, las certificaciones deben establecer el tiempo de experiencia exigido en el rol certificado. Por otro lado, cuando las certificaciones de experiencia no permitan deducir toda la información necesaria para confirmar la experiencia específica solicitada, el oferente deberá adjuntar la documentación adicional necesaria.
e) Si el proponente es el mismo que certifica la experiencia del profesional propuesto, además de esta certificación, se deberá presentar fotocopia del
contrato suscrito entre el proponente y el integrante del equipo de trabajo, a través del cual se realizaron los trabajos certificados. En caso de no existir contrato suscrito, deberá allegar certificación de la junta directiva o junta de socios (la que corresponda), con el visto bueno del revisor fiscal o contador (en caso de no existir revisor fiscal), para acreditar la experiencia el profesional propuesto. Las certificaciones que acrediten la experiencia del personal propuesto, se considerarán expedidas bajo gravedad de juramento.
f) Las certificaciones firmadas por el mismo personal profesional propuesto, es decir, las auto certificaciones, no serán tenidas en cuenta.
g) Cuando una de las personas relacionadas en la propuesta como integrante del equipo de trabajo mínimo requerido, sea el mismo representante legal del proponente, para persona jurídica, no se requerirá la presentación de la carta de compromiso correspondiente, pues dicho compromiso queda entendido con la presentación de la oferta, a través de la carta de presentación de la misma.
h) La experiencia profesional será tenida en cuenta conforme lo establecido en el artículo 229 del Decreto 019 de 2012. En caso que el personal propuesto tenga experiencia en el exterior la documentación que suministre, deberá cumplir con lo preceptuado en la Ley 455 de 1998 y en el Decreto 106 de 2001.
i) En todo caso, para ejercer en Colombia, los nacionales colombianos graduados en ingeniería en el exterior, deben ostentar la respectiva Matrícula Profesional como autorización estatal de dicho ejercicio. Así mismo, los ingenieros titulados y domiciliados en el extranjero, deberán estarse a lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley 842 de 2003, para la ejecución del contrato, en todo caso debe acreditar haber tramitado y obtenido la homologación del título ante el Ministerio de Educación Nacional.
j) La DNDA podrá solicitar aclaraciones a los documentos que acreditan la experiencia de los profesionales propuestos siempre y cuando con las mismas no se mejore la oferta en sus aspectos ponderables.
k) Se deberán aportar también los siguientes documentos de cada integrante del equipo de trabajo mínimo requerido:
Fotocopia del título profesional o del acta de grado.
Fotocopia de la tarjeta profesional
Fotocopia de la Cédula de ciudadanía.
Soportes de experiencia.
l) Si se tratan de estudios obtenidos en el exterior, se deberá presentar la convalidación del título expedida por el Ministerio de Educación – SNIES, de acuerdo con lo señalado en la Ley 30 de 1992 y la Resolución 5547 de 2005.
m) Se deberá aportar carta de compromiso debidamente suscrita por el profesional y dirigida al proponente donde manifieste su absoluta disponibilidad para participar durante toda la ejecución del contrato en caso de ser adjudicatario.
n) La documentación requerida se tendrá en cuenta como insumo para la evaluación técnica de cada una de las propuestas.
4.2.2 RECURSOS TÉCNICOS (Características equipos Técnicos requeridos)
4.2.2.1 PROPONENTE
El proponente deberá contar con un ambiente propio con equipos y organización empresarial en el que pueda realizar el objeto contractual hasta obtener los productos y/o entregables de que trata el presente proceso.
Es importante que los proponentes interesados en el proceso cuenten con recursos humanos expertos, estructura organizacional eficiente y procesos especializados para dar respuesta a los resultados esperados. Si bien se requiere la creatividad también se requiere de la experticia para administrarla adecuadamente.
Por lo anteriormente mencionado, los proponentes deberán presentar con su propuesta una comunicación suscrita por el representante legal del proponente, donde manifieste que cuenta con los equipos técnicos mínimos requeridos para el desarrollo del proyecto y que se comprometen a ponerlos a disposición y a utilizarlos durante todo el tiempo que dure la ejecución del contrato indicando especificaciones técnicas, cantidad, marca y seriales de los equipos, así
a) Equipo de cómputo con software de edición de audio (pro tolos, ableton live, adobe audition CC, nero wave editor)
b) Microfonos profesionales
c) Consola de sonido profesional de mínimo 12 entradas
d) Audifonos dinámicos para locutor
e) Cabina de grabación con tratamiento acústico. Adicionalmente en la certificación técnica debe manifestar y detallar:
g) Número de personas que destinarán al proyecto, su cualificación y modelo de gestión propuesto.
c) Herramientas de software que utilizará para la planificación de medios, considerando un conjunto de indicadores de impacto de eficacia y eficiencia que incluya costes por GRP (Gross Rating Points) y CPM (Costes por mil). Aportarán un ejemplo del tipo de informe que remiten al cliente, con indicación de un público objetivo y un presupuesto determinado.
Deberán de indicar el estudio de audiencia de medios utilizado (EGM o CIES).
d) Durante la campaña radial, indicar cómo realizará el seguimiento del tráfico de audiencias. Además, aportarán un ejemplo del tipo de informe que remitirán al contratante con la evaluación de la campaña con indicación de los costes por impacto.
d) Herramientas que utilizarán para la planificación y optimización de campañas en radio a partir de la medición de audiencias a través de audímetros. Aportarán modelos de comprobante de audiencias obtenidas en el seguimiento de las campañas de publicidad en radio.
4.2.2.2 CONTRATANTE
La DNDA facilitará en la sede ubicada en la Calle 28 No 13 A 15 Piso 17 de la ciudad de Bogotá, a través de la Coordinadora de Divulgación y Prensa toda la información técnica y misional necesaria para elaborar los guiones y futuras cuñas radiales.
4.2.3 ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES TÉCNICAS ANEXO 10A
la dirección nacional de derecho de autor requiere en el componente técnico del presente proceso con el objeto de “contratar el servicio para desarrollar campañas integrales de comunicación a través de una central de medios o agencia para la producción y posterior publicación de cuñas radiales en emisoras a nivel nacional y regional, que le permitan a la Dirección Nacional de Derecho de Autor hacer la divulgación y promoción de una cultura del respeto al derecho de autor en medios
masivos y/o alternativos de comunicación, con el fin de ejecutar la actividad del proyecto de inversión aprobado por el DNP para la vigencia 2015 que se encuentra detallado en la ficha BPIN 2011011000222, de conformidad con el documento técnico y el estudio previo”, conforme a los términos y condiciones que se establecen en el anexo número 10A correspondiente a la Ficha técnica.
Para efectos de la verificación técnica el proponente deberá manifestar en la columna "Propuesto y garantizado" del formato 10A, la frase "ENTERADOS, OFERTAMOS Y NOS COMPROMETEMOS" y el cual debe ser suscrito por el representante legal del oferente.
4.3 DOCUMENTOS FINANCIEROS
Atendiendo lo señalado en el artículo 6 de la ley 1150 de 2007, en concordancia con el Decreto 1082 xx Xxxx 26 de 2015, la Dirección Nacional de Derecho de Autor realizará la verificación de las condiciones financieras con la información contenida en el certificado del RUP vigente del proponente. El citado análisis no otorga puntaje alguno, pero conducirá a determinar si el oferente tiene capacidad financiera cumpliendo con lo requerido en el presente pliego de condiciones y podrá ser habilitado.
La capacidad financiera se acreditará con el cumplimiento de la totalidad de los requisitos señalados a continuación:
4.3.1 REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP) DE LA CAMARA DE COMERCIO
El PROPONENTE y cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal que lo integran, trátese de personas naturales y/o jurídicas, estarán inscritos en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio.
De conformidad con lo señalado en el Decreto 1082 xx Xxxx 26 de 2015, el proponente o en conjunto los integrantes del consorcio o la unión temporal, deberá estar inscrito y clasificado mínimo en dos de las actividades relacionadas con los códigos consignados en el siguiente cuadro. El proponente o en conjunto los integrantes del consorcio o la unión temporal deben tener actualizada la información acorde con el Decreto 1082 xx Xxxx 26 de 2015:
82000000 | 82100000 | 82101600 | 82101600 | Publicidad difundida |
82000000 | 82100000 | 82101800 | 82101800 | Servicios de Agencia de Publicidad |
82000000 | 82100000 | 82101600 | 82101601 | Publicidad en radio |
82000000 | 82100000 | 82101800 | 82101801 | Servicios de campañas publicitarias |
82000000 | 82100000 | 82101800 | 82101802 | Servicios de producción publicitaria |
Para el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los miembros deberá encontrarse clasificado en el grupo y especialidad solicitada.
En el certificado se verificará la siguiente información:
a) Que el proponente presente la clasificación solicitada
b). La inexistencia de reportes sobre multas o sanciones impuestas al Proponente, dentro de los cinco (5) años anteriores a la fecha de expedición del RUP, en relación con el objeto contractual de la presente invitación.
c) Allegar el RUP en original y con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario antes de la fecha de entrega de la propuesta y/o fecha prevista para el cierre de la presente invitación, (cuando se prorrogue la fecha de cierre, esta certificación tendrá validez con la primera fecha de cierre).
Nota: En caso de no presentarse este documento con la propuesta, la DNDA podrá requerirlo en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo dentro del término establecido por la Entidad, so pena de incurrir en causal de rechazo. Serán causales de rechazo de la PROPUESTA, aplicables a este numeral:
a) La presentación de documentos distintos a los expresamente exigidos en este numeral.
b) Que en el certificado exista constancia de multas y/o sanciones impuestas al proponente en relación con el objeto contractual de la presente invitación dentro del término establecido.
c) Que el Certificado Único de Proponentes aportado, no posea la clasificación y calificación que se exige el presente numeral.
El contenido del documento exigido en este numeral será subsanable, a excepción de la información solicitada en el literal a) de este numeral.
d) El Registro Único de Proponentes (RUP) deberá contener información financiera en firme debidamente actualizada a 31 de diciembre de 2014.
e) Las propuestas serán hábiles para continuar participando en el presente proceso de selección, cuando arrojen valores aceptables en los requisitos financieros requeridos por la Entidad.
f) De conformidad con el numeral 2.6 Artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 xx Xxxx 26 de 2015, “Las sucursales de sociedad extranjera deben presentar para registro la información contable y financiera de su casa matriz. Los estados financieros de las sociedades extranjeras deben ser presentados de conformidad con las normas aplicables en el país en el que son emitidos…”
4.3.2 INDICADORES FINANCIEROS
4.3.2.1. CAPACIDAD FINANCIERA
Para verificar los requisitos de contenido financiero la Dirección Nacional de Derecho de Autor tendrá en cuenta de manera exclusiva la información financiera con corte a 31 de diciembre de 2014 reportada en el certificado de Registro Único de Proponentes (RUP), la cual debe encontrarse vigente y en firme a la presentación de la propuesta.
Con base en la información certificada por el Registro Único de Proponentes (RUP), y conforme las disposiciones del Artículo 2.2.1.1.1.5.3 numeral 3 del Decreto 1082 xx Xxxx 26 de 2015, la entidad verificará la fortaleza financiera de
los proponentes conforme a los estados financieros con corte a 31 de Diciembre de 2014, los siguientes índices financieros serán verificados por la Entidad:
INDICADOR | CÁLCULO | REQUISITO HABILITANTE |
Nivel de endeudamiento | Pasivo Total/Activo Total | Igual o inferior al 62% |
Liquidez | Activo Corriente/Pasivo Corriente | Igual o superior a 1 |
Indicador de cobertura de intereses | Utilidad Operacional/Gastos de Intereses | Igual o superior a 1 NO será declarado INHÁBIL el proponente que obtenga valor “Indeterminado” en este indicador. |
Capital de Trabajo | Activo corriente-Pasivo Corriente | Debe ser Igual o superior al 50% del presupuesto Oficial para este proceso de contratación |
En caso de presentarse la propuesta a través de Consorcio o Unión Temporal para efectos de verificar la capacidad financiera se tomará la información reportada por cada uno de los integrantes del consorcio o la unión temporal y se sumarán los correspondientes indicadores con el fin de liquidar los índices consolidados de cada figura conforme al porcentaje de participación.
La verificación financiera NO asigna puntaje alguno pero habilita o no habilita la propuesta, se efectúa con el fin de revisar el manejo financiero y la realidad económica de la empresa.
En caso de no presentarse la información financiera del Registro Único de Proponentes de la forma exigida en los párrafos anteriores, la Dirección Nacional de Derecho de Autor evaluará la propuesta desde el punto de vista financiero como NO HÁBIL.
Las personas jurídicas extranjeras deberán presentar los Estados Financieros y la certificación firmada por el Representante legal y Revisor Fiscal o Contador Público, debidamente apostillados acompañada de traducción simple al idioma español, con los valores re-expresados a la moneda funcional colombiana, a la
tasa de cambio de la fecha de cierre de los mismos, avalados con la firma de un contador público con Tarjeta Profesional expedida por la Junta Central de Contadores de Colombia.
La información financiera debe ser presentada en moneda legal colombiana, por ser esta la Unidad de cuenta contable por expresa disposición legal, de conformidad con los Artículos 50 y 51 del Decreto 2649 de 1993.
4.3.2.2. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL.
La capacidad organizacional de los proponentes se verificará de la información reportada por el proponente y certificada por el Registro Único de Proponentes (RUP) con corte a 31 de diciembre de 2014.
Para el presente proceso de contratación los oferentes deberán acreditar los siguientes indicadores de capacidad organizacional:
INDICADOR | CÁLCULO | REQUISITO HABILITANTE |
Rentabilidad sobre Patrimonio | Utilidad Operacional sobre Patrimonio | Igual o superior a 10% |
Rentabilidad sobre Activos | Utilidad Operacional sobre activo total | Igual o superior a 7% |
En caso de presentarse la propuesta a través de Consorcio o Unión Temporal, para efectos de verificar la capacidad financiera se tomará la información reportada por cada uno de los integrantes del consorcio o la unión temporal y se sumarán los correspondientes indicadores con el fin de liquidar los índices consolidados de cada figura conforme al porcentaje de participación.
En el evento que la capacidad organizacional del proponente no se ajuste al mínimo indicado en el presente numeral, se considera que la oferta no cumple con lo requerido, por lo tanto en caso de que el proponente no cumpla alguno de los requisitos que se establecen a continuación, se considerará NO HABILITADO.
4.3.3 REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO ACTUALIZADO
El proponente debe allegar fotocopia del Registro Único Tributario RUT-
ACTUALIZADO, en el que indique a qué régimen pertenece.
En caso de consorcios y/o uniones temporales, cada uno de sus integrantes debe presentar este documento.
4.4 ORGANIZACIÓN
4.4.1 ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL.
Para efectos de la validación de la estructura organizacional con la que cuenta el proponente, las personas jurídicas deberán allegar dentro de su oferta técnica el organigrama organizacional de la sociedad, indicando funciones y sistema de supervisión.
Las personas naturales deberán allegar dentro de su oferta técnica el organigrama organizacional de su establecimiento de comercio, indicando funciones y sistema de supervisión.
Tratándose de Consorcios o Uniones Temporales, cada integrante deberá presentar su estructura organizacional indicando funciones y sistema de supervisión.
4.4.2 IDENTIFICACIÓN DEL DOMICILIO
El proponente deberá acreditar su domicilio mediante el certificado de existencia y representación legal y/o registro mercantil, expedido por la cámara de comercio, que cuenta con una sucursal y/o sede y/o domicilio principal en la ciudad de Bogotá D.C., Es vital el cumplimiento de dicho requisito en virtud de la labor de supervisión, siendo imprescindible para la DNDA tener un contacto constante y personalizado con el Contratista en la ciudad de Bogotá, a través de reuniones de seguimiento y ajustes sobre el avance académico, tutorial y técnico relacionado con la plataforma en funcionamiento, el cual debe ser directo e inmediato, entre contratista, contratante y los integrantes del equipo de trabajo, en los momentos que ello sea necesario.
En caso de que la propuesta sea presentada por Xxxxxxxxxx y/o Uniones Temporales, el integrante que tenga el mayor porcentaje de participación deberá acreditar que cuenta con una sucursal y/o sede y/o domicilio principal en la ciudad de Bogotá D.C.,; si el porcentaje es igual, cualquiera de ellos podrá acreditar que su domicilio principal es la ciudad de Bogotá.
4.4.2.1. REGISTRO DEL LUGAR DE DOMICILIO EN EL CERTIFICADO XX XXXXXX DE COMERCIO Y EN EL RUT ACTUALIZADOS
Para comprobar la existencia consolidada del proponente y su actividad comercial relacionada con el objeto contractual, la dirección consignada como domicilio y/o sede principal en el certificado xx Xxxxxx de Comercio debe corresponder a la misma registrada en el RUT.
Para el caso de Consorcios y/o Uniones Temporales, se verificará esta misma condición para cada uno de los integrantes que la conforman.
Así mismo para constatar que el proponente realiza operaciones reales y cuenta igualmente con domicilios físicos reales, el proponente deberá anexar los siguientes documentos que son la base de verificación del presente numeral:
a) Constancia de la titularidad de una cuenta corriente activa en una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, con fecha de expedición no mayor a un (1) mes por la entidad financiera que corresponda.
Para el caso de consorcios o Uniones Temporales, esta exigencia de la titularidad de la cuenta corriente activa, solo aplica para el integrante que tenga el domicilio principal en la ciudad de Bogotá.
b) Original de un recibo de servicio público domiciliario cancelado (agua, luz, teléfono, gas y los demás cuya prestación se encuentre sujeta a vigilancia por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios), con fecha de pago no mayor a dos (2) meses, que corresponda a la dirección informada en el certificado del Registro Único Tributario
4.4.3 CAPACIDAD TECNICA OPERACIONAL.
El proponente deberá certificar mediante documento escrito y firmado por el representante legal que dentro de su infraestructura operativa cuenta como mínimo con lo siguiente:
4.4.3.1 Área de Soporte Técnico.
La Empresa interesada en el presente proceso de contratación se compromete a atender siempre lo requerido por el supervisor del contrato y cuenta con el personal, la infraestructura y los equipos necesarios para llevar a cabo el proyecto para entregarlo a entera satisfacción de la DNDA.
Lo anterior debe ser acreditado mediante documento escrito firmado por el representante legal.
4.4.3.2 SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
El proponente deberá aportar una certificación suscrita por la Entidad Administradora de Riesgos Laborales (A.R.L.) donde se encuentra afiliado como empleador, en la cual conste que cuenta con un SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Y EL PANORAMA O MATRIZ DE
RIESGOS o que se encuentra en proceso de ajuste el existente para controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo de sus empleados, el cual deberá estar enfocado al riesgo correspondiente al objeto de la presente Licitación Pública.
En el evento que la certificación de la ARL no haga mención que el proponente cuenta con un panorama de riesgos o que se encuentra en proceso, puede remitir la información documentada y actualizada donde identifique los peligros, evaluación y valoración de riesgos de conformidad con lo establecido en los Artículos 12 y 15 parágrafo 1 del Decreto 1443 de 2014. (Hoy en día artículos 2.2.4.6.12 y 2.2.4.6.15 del Decreto 1072 de 2015)
“Lo anterior para verificar el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de salud ocupacional y riesgos laborales y en especial la Ley 1562 de julio de 2012, la cual modifica el Sistema de Riesgos Laborales y dicta otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional y el Decreto 1443 de 2014 el cual implementa el Sistema de Gestión de la Seguridad en el Trabajo”.
4.4.3.3 VISITA TÉCNICA A LAS INSTALACIONES DEL OFERENTE
La DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR podrá realizar una visita de verificación técnica a las instalaciones donde funcionan cada uno de los proponentes, con el fin de verificar los requisitos exigidos en el numeral 4.4 del presente pliego de condiciones, de conformidad con la información entregada por cada uno en su propuesta.
Finalmente la DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR podrá realizar una visita de verificación técnica a la planta física del proponente (s) durante la etapa de evaluación y antes de la adjudicación del contrato.
4.5. OFERTA TÉCNICA.
la dirección nacional de derecho de autor requiere en el componente técnico del presente proceso con el objeto de “Contratar el servicio para la creación y desarrollo de campañas integrales de comunicación a través de una central de medios o agencia de publicidad para la producción y emisión de cuñas radiales en emisoras a nivel nacional y
regional, que le permitan a la Dirección Nacional de Derecho de Autor hacer la divulgación y promoción de una cultura del respeto al derecho de autor en medios masivos y/o alternativos de comunicación, con el fin de ejecutar la actividad del proyecto de inversión aprobado por el DNP para la vigencia 2015 que se encuentra detallado en la ficha BPIN 2011011000222, de conformidad con el estudio previo, pliego y condiciones que se establecen en el anexo número 10A correspondiente a la Ficha técnica.
Para efectos de la verificación técnica el proponente deberá manifestar en la columna "Propuesto y garantizado" del formato 10A, la frase "ENTERADOS, OFERTAMOS Y NOS COMPROMETEMOS" y el cual debe ser suscrito por el representante legal del oferente.
4.6 COMPONENTE ECONÓMICO (Anexo 9)
Este factor corresponde al precio ofertado por el proponente para la ejecución total del objeto contractual, e incluye todos los impuestos, tasas, contribuciones, costos directos e indirectos y gastos de toda índole en que los proponentes puedan incurrir para la presentación de su oferta, suscripción, legalización, ejecución y liquidación del contrato resultante de este proceso de selección, que estarán a cargo del proponente o contratista. El factor económico será evaluado teniendo en cuenta que recibirá 300 PUNTOS quien ofrezca el menor precio del total de la oferta para el objeto a contratar. Las demás ofertas obtendrán un puntaje proporcional descendente, de acuerdo con el resultado que se obtenga al practicar una regla de tres inversa, es decir, a mayor precio menor puntaje.
CAPÍTULO V RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
Sólo serán causales de rechazo de las propuestas las circunstancias previstas en el presente pliego de condiciones y las expresamente señaladas en la ley. Por lo tanto, de conformidad con lo señalado en el numeral 6 del artículo 2.2.1.1.2.1.3 del decreto 1082 de 2015, la DNDA rechazará las propuestas en los siguientes eventos y en los demás expresamente señalados como tal en el presente pliego de condiciones:
1. El proponente se halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad ó incompatibilidad para contratar establecidas en la Constitución o en la ley.
2. La propuesta sea presentada por persona (s) jurídicamente incapaz para obligarse.
3. Existan varias propuestas presentadas por el mismo proponente ya sea en forma individual o en calidad de integrante de un consorcio o unión temporal.
4. Cuando la DNDA detecte inconsistencias que no puedan ser resueltas por los proponentes mediante pruebas que aclaren la información presentada.
5. Cuando el proponente señale su desacuerdo o imposibilidad de cumplir las obligaciones y condiciones previstas en el pliego de condiciones, o presente condicionamiento para la adjudicación.
6. Cuando la propuesta se presente extemporáneamente o no se presente en el lugar u hora establecidos por la entidad.
7. En el caso en que se comprobare la violación por parte del proponente, de sus empleados o de un agente comisionista independiente actuando en su nombre, de los compromisos anticorrupción asumidos por el proponente.
8. Cuando el proponente no subsane, o subsane parcialmente, o no aclare o lo haga parcialmente, lo requerido por la DNDA, dentro del plazo estipulado en el cronograma del proceso o en el concedido por la entidad.
9. Cuando el proponente no responda a cualquiera de los requerimientos efectuados por la entidad en el término previsto en los pliegos de condiciones o en la solicitud que de forma particular haga la entidad.
10. Cuando de conformidad con la información con la cual cuenta la entidad, se estime que el valor de una oferta resulta artificialmente baja y no logre demostrar que el valor de su propuesta responde a circunstancias objetivas tanto del proponente como de su oferta.
11. Cuando el proponente en forma individual o cada uno de los miembros del consorcio y/o unión temporal no acredite respecto del RUP la clasificación exigida por la entidad.
12. Cuando la inscripción y/o actualización y/o renovación del RUP del proponente en forma individual o cualquiera de los miembros del consorcio y/o unión temporal no se encuentre en firme a la fecha de cierre del presente proceso de selección
13. Cuando el proponente, no se encuentre al día en el pago de aportes parafiscales de conformidad con el Artículo 50 de la ley 789 de 2003 y artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
14. Cuando de forma simultánea con la oferta no se presente la garantía de seriedad del ofrecimiento
15. Cuando se acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso
16. Cuando el representante legal de cualquiera de los miembros del consorcio o unión temporal, no cuente con la capacidad suficiente para comprometer a quien representa, conforme al certificado de existencia y representación legal de la respectiva sociedad y no aporte los documentos que lo habiliten.
17. Cuando el proponente y/o cualquiera de los integrantes de los consorcios y/o uniones temporales no posean la capacidad para presentar oferta, entendida ésta como la facultad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones a nombre propio y/o de otro.
18. Cuando verificada la información y/o documentación aportada por cualquiera de los proponentes y/o de los integrantes del consorcio y/o unión temporal, se adviertan inconsistencias o se determine por parte de la entidad que no corresponden a la realidad.
19. El incumplimiento de la Experiencia total requerida, relacionada y/o soportada, o la no presentación de los soportes y formato (ambos).
20. Cuando el proponente no cumpla con cualquiera de los aspectos técnicos solicitados por la entidad.
21. La omisión en la presentación de la PROPUESTA TÉCNICA
22. Cuando el valor total corregido y/o el valor de la propuesta económica supere el presupuesto oficial.
23. La omisión en la presentación de la PROPUESTA ECONÓMICA o la presentación defectuosa de la misma.
24. Cuando la propuesta no se ajuste a todos y cada uno de los requisitos exigidos en el presente pliego de condiciones.
25. Cuando la propuesta o alguno de sus folios sea firmada por una persona diferente al representante legal del proponente o representante del consorcio o unión temporal o apoderado.
26. Cuando el lugar de funcionamiento actual de la planta física del proponente no cumpla con alguno de los criterios descritos en el numeral 4.4.
CAPÍTULO VI
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
6.1 PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La evaluación de las propuestas se efectuará a través de un estudio jurídico, financiero, económico y técnico, el cual se realizará dentro de la fecha establecida para el efecto en el cronograma que rige el presente proceso.
Tal procedimiento, comprenderá una verificación inicial respecto del cumplimiento en los requisitos habilitantes (capacidad jurídica, capacidad financiera, condiciones de experiencia, capacidad técnica) cuyo resultado será HABILITADO O NO HABILITADO.
6.2 PONDERACIÓN DE LAS PROPUESTAS ELEGIBLES.
Una vez la DNDA haya determinado que la (s) propuesta (s) cumplan los requisitos habilitantes, se catalogará como HABILITADA y se procederá a su evaluación y comparación.
La oferta más favorable para la entidad será aquella que obtenga el mayor puntaje de acuerdo con la evaluación de los criterios establecidos en el presente pliego de condiciones, por tanto, la ponderación de los factores de evaluación de las propuestas se hará con base en un máximo de mil (1000) puntos distribuidos de la siguiente forma:
FACTOR PUNTAJE
Apoyo a la industria nacional | 100 puntos |
EVALUACIÓN TÉCNICA a. Propuesta creativa 300 puntos b. Mayor cantidad mensual de cuñas pautadas. 150 puntos c. Mayor número de ciudades y municipios alcanzados. 150 puntos | 600 puntos |
Evaluación económica | 300 puntos |
Total puntaje | 1.000 puntos |
6.2.1 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL
De conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la ley 816 de 2003, para la calificación de este aspecto se asignará un puntaje máximo de cien (100) puntos. Este artículo establece que “...dentro de los criterios de calificación de las propuestas, un puntaje comprendido entre el diez (10) y el veinte por ciento (20%), para estimular la industria colombiana cuando los proponentes oferten bienes o servicios nacionales.
Tratándose de bienes o servicios extranjeros, la entidad contratante establecerá un puntaje comprendido entre el cinco (5) y el quince por ciento (15%), para incentivar la incorporación de componente colombiano de bienes y servicios profesionales, técnicos y operativos.
Si una vez efectuada la calificación correspondiente, la oferta de un proponente extranjero se encuentra en igualdad de condiciones con la de un proponente nacional, se adjudicará al nacional.”
De igual manera, conforme con lo establecido en el parágrafo del artículo 1 de la Ley 816 de 2003, modificado por el artículo 51 del Decreto 19 de 2012, se otorgará tratamiento de servicio de origen nacional a aquellos servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales.
Adicionalmente, en el artículo 2.2.1.2.4.2.1 del decreto 1082 de 2015 se señala que “La Entidad Estatal debe establecer en los pliegos de condiciones para la contratación, dentro de los criterios de calificación de las propuestas, los
incentivos para los bienes, servicios y oferentes nacionales o aquellos considerados nacionales con ocasión de la existencia de trato nacional.“
Con base en lo anterior, los puntajes que se asignarán en cada uno de los casos serán:
Protección a la Industria Nacional | Puntaje máximo |
Servicios prestados por el oferente cuya empresa se haya constituido de acuerdo con la legislación nacional por personas naturales de Colombia o por residentes en Colombia de acuerdo con la legislación nacional o aplica principio de reciprocidad o hacen parte de un TLC en materia de compras estatales | 100 |
Servicios prestados por el oferente cuya empresa se haya constituido de acuerdo con la legislación nacional por personas naturales de Colombia o por residentes en Colombia y personas extranjeras de acuerdo con la legislación nacional sin aplicación principio de reciprocidad ni TLC | 80 |
Servicios prestados por el oferente cuya empresa se haya constituido por personas extranjeras de acuerdo con la legislación nacional o extranjera | 60 |
6.2.2 EVALUACIÓN TÉCNICA
El puntaje máximo establecido para la evaluación técnica es de seiscientos (600) puntos, que se distribuirán de la siguiente manera.
a. EVALUACIÓN PROPUESTA CREATIVA (300 PUNTOS)
En la propuesta creativa se calificarán aspectos como: guion, presencia de la marca, recordación del mensaje, locutor, música, lenguaje, forma de comunicar el mensaje (humor, jingle, efectos, etc.).
Para evaluar la propuesta creativa se le asignará un porcentaje importante a la parte creativa, debido a que el componente principal del contrato es la creatividad en sí misma que contenga cada cuña radial, ese es el factor diferenciador entre una propuesta y otra, por lo cual no siempre lo más económico puede resultar ser
lo más creativo, de ahí que se tendrán como factores de calificación, los siguientes:
| Impacto | 50 puntos |
| Recordación del mensaje : | 50 puntos |
| Copy y Xxxxx (Alineado con el concepto creativo): | 100 puntos |
| Originalidad y creatividad: | 100 puntos |
Para esta evaluación, a través de Comité Asesor y Evaluador, se hará uso de un instrumento técnico de calificación que se pondrá a disposición de funcionarios en los niveles ejecutivo y directivo de la DNDA y aleatoriamente algunos niveles profesional, a quienes se entregará la propuesta creativa recibida de cada uno de los proponentes interesados, para su análisis y asignación de puntaje en escala de 1 a 100 acorde con cada criterio señalado anteriormente.
Una vez consolidados y asignados los puntajes, se continuará con la evaluación de conformidad con los criterios establecidos en el pliego de condiciones.
b. MAYOR CANTIDAD DE CUÑAS PAUTADAS POR MES (150 puntos)
Este punto evalúa la capacidad de la agencia o central de medios de negociar mayor número de espacios o pauta en las diferentes emisoras, haciendo un mejor aprovechamiento de los recursos y generando mayor impacto y recordación en el mensaje. (Anexo 9)
c. MAYOR NÚMERO DE CIUDADES Y MUNICIPIOS ALCANZADOS (150 PUNTOS)
Este puntaje lo obtiene la agencia o central de medios que entre su propuesta de medios, cubra el mayor número de ciudades y municipios. (Anexo 9)
6.2.3 EVALUACIÓN ECONÓMICA (300 PUNTOS) (Anexo 9)
Este factor corresponde al precio ofertado por el proponente para la ejecución total del objeto contractual, e incluye todos los impuestos, tasas, contribuciones, costos directos e indirectos y gastos de toda índole en que los proponentes puedan incurrir para la presentación de su oferta, suscripción, legalización, ejecución y liquidación del contrato resultante de este proceso de selección, que estarán a cargo del proponente o contratista. El factor económico será evaluado teniendo en
cuenta que recibirá 300 PUNTOS quien ofrezca el menor precio, valor que para efectos de la evaluación se obtendrá del valor que arroje la suma de la propuesta creativa más el valor promedio por cuña radia a pautar de 30” incluido IVA a nivel nacional identificando nombres de ciudades y municipios donde oferta pautas. Las demás ofertas obtendrán un puntaje proporcional descendente, de acuerdo con el resultado que se obtenga al practicar una regla de tres inversa, es decir, a mayor precio menor puntaje.
El oferente debe presentar la propuesta económica de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones, exclusivamente en pesos colombianos, discriminando únicamente el I.V.A., y sin decimales. (Oferta Económica Anexo 9)
El oferente debe presentar la propuesta económica de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones, exclusivamente en pesos colombianos, discriminando únicamente el I.V.A., y sin decimales. (Valor de la propuesta= Propuesta Económica 1 + Propuesta económica 2).
A) PROPUESTA ECONÓMICA 1: Costo del desarrollo creativo de la campaña el cual consta del plan de medios, estudios de medición, guion o copy, reel, copia e informe final.
B) PROPUESTA ECONÓMICA 2: costo promedio unitario por cuña al aire
6.3 ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
La DNDA mediante resolución motivada, proferida por el Ordenador del Gasto, adjudicará el contrato al proponente ganador por el valor total corregido de su oferta y en el plazo de ejecución estipulado en el presente pliego de condiciones; acto que se notificará de conformidad con el artículo 9 de la Ley 1150 de 2007.
6.4 DEVOLUCIÓN DE LAS PROPUESTAS
Una vez finalizado el proceso de selección los proponentes no favorecidos con la adjudicación del contrato, podrán acercarse a reclamar el original de la garantía de seriedad, en el Grupo de Compras de la DNDA, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se expida el acto administrativo de adjudicación, prevista en el cronograma del proceso; de lo contrario, la DNDA procederá al archivo de la propuesta original y la destrucción de sus copias.
CAPÍTULO VII
7.1 TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO (Ver Matriz de Riesgos Anexo No. 8)
En desarrollo de lo señalado en el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, el articulo 1 y numeral 9 del artículo 12 del Decreto–Ley 4170 de 2011, el Documento CONPES
3714, el decreto 1082 de 2015, y artículo 25, numerales 7 y 12 de la ley 80 de 1993, y con el fin de valorar el alcance del objeto contractual requerido por la entidad, como sustento y justificación de los factores de selección adoptados para el presente proceso licitatorio se procede a realizar el análisis de riesgos de la contratación, su tipificación, estimación y asignación.
Se precisa que salvo las situaciones específicamente mencionados en el presente numeral y como principio general, EL CONTRATISTA como experto de negocio y como especialista, asumirá los efectos económicos de todas aquellos sucesos previsibles y de normal ocurrencia para las actividades que son objeto de la presente contratación. Por lo tanto, deberá asumir los riesgos asociados a su tipo de actividad ordinaria que sean previsibles, así mismo, asumirá aquellos riesgos propios de su actividad empresarial y de persona natural o jurídica que tiene que cumplir con determinadas cargas y deberes frente al Estado y la sociedad. En consecuencia, solo procederán reclamaciones por hechos o circunstancias imprevisibles no asignadas al contratista en la presente distribución de riesgos de la contratación. La Dirección Nacional de Derecho de Autor no estará obligada a efectuar reconocimiento económico alguno ni a ofrecer garantía que permita eliminar, prevenir o mitigar los efectos de los riesgos asumidos por el contratista.
Sólo en el evento que se demuestre por parte del contratista pérdida por la ocurrencia de situaciones imprevistas que no sean imputables a él, y se acepte tal situación por la entidad, se procederá al restablecimiento del equilibrio de la ecuación económica del contrato.
En atención a la anterior normatividad, en el presente estudio previo se tuvieron en cuenta las indicaciones establecidas en el Manual para la identificación y cobertura del Riesgo en los procesos de contratación emitido por Colombia Compra Eficiente y se siguieron los siguientes pasos para establecer los riesgos:
1. Se estableció el contexto en el cual se adelanta el proceso, es decir, se identificaron los riesgos comunes a los procesos de contratación en la DNDA.
2. Se identificaron y clasificaron los riesgos del proceso de implementación del Fortalecimiento del Portal Web de la DNDA así:
Clase: General y específico
Fuente: Interno y Externo
Etapa: Planeación, Selección, Contratación y Ejecución
Tipo: Riesgos Económicos, Riesgos Sociales o Políticos, Riesgos Operacionales, Riesgos Financieros, Riesgos Regulatorios, Riesgos de la Naturaleza, Técnicos, entre otros.
3. Se evaluaron y calificaron los riesgos identificados estableciendo el impacto de los mismos frente al logro de los objetivos del proceso de contratación y su probabilidad de ocurrencia.
Esta evaluación permitió asignar a cada riesgo una calificación en términos de impacto y de probabilidad, lo cual permitió establecer la valoración de los riesgos identificados y las acciones que se deben efectuar.
4. Asignar y tratar los riesgos: se estableció un orden de prioridades de acuerdo al objeto contractual y su alcance con el fin de evitar el riesgo, transferirlo, aceptarlo, reducir la probabilidad y las consecuencias.
5. Monitorear y revisar la gestión de los riesgos: Se realizó un análisis de cada uno de los riesgos incluidos en la matriz anexa proponiendo un plan de tratamiento los cuales serán revisados constantemente durante la ejecución del contrato y de ser necesario se deben hacer ajustes al plan de tratamiento de acuerdo con las circunstancias que se presenten durante la ejecución del contrato.
Este monitoreo deberá garantizar que los controles son eficaces y eficientes, obtener información adicional para mejorar la valoración del riesgo, analizar y aprender a partir de los eventos, cambios, éxitos y fracasos, detectar cambios en el contexto externo e interno que exijan revisión de los tratamientos del riesgo e identificar nuevos riesgos que puedan surgir.
No obstante lo anterior, hasta la fecha límite prevista en el cronograma del proceso para la solicitud de aclaraciones, los posibles oferentes o interesados en participar en el proceso deberán manifestar a la entidad, teniendo en cuenta el conocimiento que tienen como expertos en su actividad ordinaria, la existencia de
posibles riesgos asociados a la ejecución del contrato que puedan afectar el equilibrio económico del mismo, de conformidad con lo expresado por el artículo 863 del Código de Comercio, según el cual, las partes deberán proceder de buena fe exenta de culpa en el período precontractual, so pena de indemnizar los perjuicios que se causen.
En consecuencia, la Entidad no aceptará reclamaciones relacionadas con circunstancias previsibles por el contratista que afecten dicho equilibrio económico y que no hayan sido manifestadas por el mismo, en dicha audiencia o en tal plazo.
NOTA: Debe entenderse que los mecanismos contenidos en el contrato, permiten mantener las condiciones económicas y financieras existentes al momento de la presentación de la propuesta por parte del contratista y consecuentemente, están diseñados para restablecer y mantener la ecuación del equilibrio contractual, en los términos señalados en la Ley 80 de 1993.
7.2 AUDIENCIA DE ACLARACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS
No obstante lo consignado en la matriz de riesgos, en la audiencia de análisis de los riesgos y aclaraciones, o en su defecto hasta la fecha límite prevista en el cronograma del proceso para la solicitud de aclaraciones, los posibles oferentes o interesados en participar en el proceso deberán manifestar a la entidad, teniendo en cuenta el conocimiento que tienen como expertos en su actividad ordinaria, la existencia de posibles riesgos asociados a la ejecución del contrato que puedan afectar el equilibrio económico del mismo, de conformidad con lo expresado por el artículo 863 del Código de Comercio, según el cual, las partes deberán proceder de buena fe exenta de culpa en el período precontractual, so pena de indemnizar los perjuicios que se causen.
En consecuencia, la Entidad no aceptará reclamaciones relacionadas con circunstancias previsibles por el contratista que afecten dicho equilibrio económico y que no hayan sido manifestadas por el mismo, en dicha audiencia o en tal plazo.
NOTA: Debe entenderse que los mecanismos contenidos en el contrato, permiten mantener las condiciones económicas y financieras existentes al momento de la presentación de la propuesta por parte del contratista y consecuentemente, están diseñados para restablecer y mantener la ecuación del equilibrio contractual, en los términos señalados en la Ley 80 de 1993.
CAPÍTULO VIII
DISPOSICIONES CONTRACTUALES, PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACIÓN
8.1. FIRMA DEL CONTRATO
El proponente a quien se le haya adjudicado el presente proceso licitatorio, deberá suscribir el contrato dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de realización de la audiencia pública de adjudicación del proceso licitatorio, previa suscripción del mismo por parte del Jefe de la entidad o su delegado.
En el momento de la firma del contrato, el contratista deberá diligenciar el de información de proveedores o contratista Sistema de Información Integral Financiera “SIIF” necesaria para la conformación de la base de datos y pago oportuno de la cuenta, por lo que el formato debe ser diligenciado en su totalidad e cuenta en el cual indicará el número de la cuenta corriente o de ahorros y la entidad bancaria en donde pueda consignarse el valor del contrato, cuenta que debe figurar a nombre y con el NIT del contratista y en caso de consorcios o uniones temporales a nombre y con el NIT de quien (es) va (n) a facturar .Anexo 14.
Igualmente en el momento de la firma del contrato y para el registro de las cuentas bancarias, el contratista debe anexar una certificación de la entidad bancaria en la que conste el nombre del cuentahabiente, su número de identificación, número de la cuenta, tipo de la cuenta y si a la fecha está activa. Esta documentación hará parte integral del contrato. El nombre del beneficiario y número de identificación debe ser el mismo en el contrato, en el formulario Beneficiario Cuenta, en la certificación del banco y en las facturas que posteriormente se presenten.
8.2 EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD
Si el adjudicatario no suscribe el contrato correspondiente dentro de los términos señalados, quedará a favor de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, en calidad de sanción, el valor de la garantía constituida para avalar la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento
de perjuicios causados y no cubiertos con el valor de la citada garantía (Ley 80 de 1993, artículo 30, numeral 12, inciso 1).
8.3 ADJUDICACIÓN AL PROPONENTE UBICADO EN SEGUNDO LUGAR Atendiendo los parámetros indicados en la Ley 80 de 1993, artículo 30, numeral 12, inciso 2, si dentro del término que se ha señalado, la persona seleccionada en primer lugar no suscribe el respectivo contrato, la DNDA mediante acto
administrativo motivado, podrá adjudicar el contrato al proponente calificado en segundo lugar dentro de los quince (15) días siguientes al vencimiento de dicho término. De igual forma se procederá en el caso señalado en la Ley 1150 de 2007, artículo 9, inciso 3.
8.4 REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO
El proponente adjudicatario debe presentar en ante la DNDA dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del contrato, los siguientes documentos, considerados entre otros indispensables para la legalización del contrato:
8.4.1. MECANISMO DE COBERTURA DEL RIESGO:
De conformidad con lo establecido en el Artículo 2.2.1.2.1.2.1.7 del Decreto 1082 xx xxxx de 2015, el proponente adjudicatario se obliga a constituir a su xxxxx y a favor de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, una garantía única que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato y los demás riesgos asociados, la cual consistirá en una póliza expedida por una compañía de seguros, por una entidad bancaria colombiana o a través de un patrimonio autónomo cada una de estas vigiladas por la Superintendencia Financiera legalmente autorizada para funcionar en Colombia, constituida a partir de la fecha de suscripción del contrato y que contenga los siguientes amparos:
a) Cumplimiento: por un valor correspondiente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo contados a partir de la fecha de suscripción del contrato, y cuatro meses más.
b) Xxxxxxxx y prestaciones sociales: por un valor correspondiente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de firma del contrato.
c) Calidad del servicio: por un valor correspondiente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y cuatro meses más contados a partir de la terminación del contrato.
NOTA: De conformidad con el artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015, cuando la oferta es presentada por un proponente plural, como Unión Temporal, Consorcio o Promesa de Sociedad Futura la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes.
EL PROPONENTE DEBERÁ APORTAR JUNTO CON LA GARANTÍA ÚNICA EL RECIBO ORIGINAL DEL PAGO DE LA PRIMA.
8.4.2. Certificación que acredite que el contratista se encuentra al día con el pago a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes a cajas de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando a ello hubiere lugar (Ver anexos 4 y 5)
De conformidad con lo estipulado en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, el artículo 37 del decreto 1703 de 2002, Decreto 723 de 2013 y Ley 828 de 2003 el proponente deberá anexar certificación expedida por el Revisor Fiscal y/o representante legal, en la cual se indique que la empresa cumple con el pago de las contribuciones al Sistema Integral de Seguridad Social – Empresa Promotora de Servicios de Salud (EPS), Fondo de Pensiones (AFP) y Administradora de Riesgos Laborales (ARL), así como de Aportes Parafiscales – Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), Cajas de Compensación Familiar – a que haya lugar, de todos los empleados a su cargo.
En el evento de no estar obligado de contar con Revisor Fiscal, esta certificación deberá ser expedida por el Representante Legal de la empresa, indicando expresamente la no obligatoriedad de contar con el mismo.
Cada una de las personas jurídicas, miembros de un consorcio o unión temporal, deberán anexar esta certificación en forma individual.
La obligación de presentar las certificaciones de cumplimiento del Artículo 50 de la ley 789 de 2002 no aplica para personas jurídicas extranjeras, salvo en el caso en el que participen sucursales de éstas legalmente constituidas en Colombia, caso
en el cual deberán presentar la certificación mencionada en el primer párrafo de este numeral o una certificación del representante legal de la sucursal en la que manifieste que la sucursal no tiene empleados y, por lo tanto, no deben cumplir con lo señalado en la ley 789 de 2002.
Las personas naturales deberán presentar copias de los respectivos aportes de acuerdo con los requisitos xx Xxx. (Ver anexos Nos. 4 y 5).
En caso tal que NO se encuentre obligado a pagar aportes parafiscales o cuota de aprendizaje por algún período DEBERÁ INDICAR DICHA CIRCUNSTANCIA, especificando la razón y los períodos exentos.
En caso tal que NO se encuentre obligado a cancelar aportes parafiscales por virtud de la Reforma Tributaria (Ley 1607 de 2012 – Impuesto CREE), DEBERÁ INDICAR DICHA CIRCUNSTANCIA.
En las anteriores circunstancias, las personas jurídicas lo harán mediante certificación expedida y firmada por el revisor fiscal si lo tiene o contador público (aportar copia de la tarjeta profesional y copia de la cédula de ciudadanía).
Si el proponente es una persona natural la acreditación de este pago se hará mediante declaración juramentada.
Xxxxxx proponente que tenga resoluciones de cobro (actos administrativos en firme) por concepto de aportes parafiscales, incumplimiento de contrato de aprendizaje o multas impuestas por el Ministerio del Trabajo, podrá participar, salvo que exista acuerdo de pago suscrito y al día, previo al cierre del proceso.
8.5. GASTOS DEL CONTRATISTA
Serán de cuenta del contratista, todos los gastos, derechos e impuestos que se causen con ocasión de la confección y presentación de la oferta, la legalización del contrato, y que se requieran cancelar para dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes sobre el particular.
8.6. PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del contrato que se derive del presente proceso de selección es de tres (3) meses y quince (15) días, sin exceder del 31 de diciembre de 2015 o
hasta agotar recursos, lo que primero suceda, contratados a partir de la suscripción del acta de iniciación, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato.
Como requisito previo para la firma del acta de iniciación, el contratista deberá además presentar al supervisor el cronograma de ejecución del contrato.
La ejecución del contrato se llevara a cabo a nivel nacional en las diferentes ciudades y municipios donde se autorice pautar y para efectos administrativos el contacto será directamente en las instalaciones de la DNDA y/o en la agencia o sucursal que el proponente adjudicado tenga en la ciudad de Bogotá, D.C, a través del supervisor del contrato que designe el Director General y que para el caso será la Coordinadora de la Unidad de Divulgación y Prensa y/o quien haga sus veces
Para los efectos del contrato, el domicilio será la ciudad de Bogotá.
NOTA. Por la importancia de la actividad desplegada por el contratista, así como la posibilidad de dar una mayor eficacia al seguimiento del contrato, en virtud de la labor de supervisión, es imprescindible para la DNDA tener un contacto constante y personalizado con el Contratista en la ciudad de Bogotá, a través de reuniones de seguimiento y ajustes sobre la propuesta creativa y pautas y/o cuñas sometidas a aprobación, el cual debe ser directo e inmediato, entre contratista, contratante y los integrantes del equipo de trabajo, en los momentos que ello sea necesario.
Por lo anterior, es condición indispensable, que el contratista elegido tenga una sucursal y/o sede y/o domicilio principal funcionando en la ciudad de Bogotá D.C., de tal forma que se facilite la programación de las reuniones que se demanden y que sean necesarias para corregir y ajustar las dificultades que se presenten durante la etapa contractual y post-contractual del proceso.
8.7 VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
El presupuesto oficial para la presente contratación es de TRESCIENTOS NOVENTA MILLONES DE PESOS ($390.000.000,00) M/CTE., Incluido IVA.,
para lo cual se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 9215 de fecha Junio 05 de 2015.
Con sujeción a las apropiaciones presupuestales, al Programa Anual Mensualizado de Caja, a la situación de fondos por parte de la Dirección General de Crédito Público y xxx Xxxxxx Nacional y al correspondiente trámite administrativo, la DIRECCION pagará al CONTRATISTA el valor que se suscriba
en el contrato de acuerdo con el desarrollo de las etapas previstas para la ejecución del objeto, previa presentación del respectivo informe de avance suscrito por parte del contratista, así:
8.7.1 PAGO DE LA PROPUESTA CREATIVA:
Un primer pago del 30%, ofertado en la propuesta creativa (Anexo 9 xxx xxxxxx) una vez aprobado el plan de medios, guion, las copias de las cuñas grabadas en mp3, estudio de medios.
El segundo pago equivalente al 70%, de la propuesta creativa (Anexo 9 xxx xxxxxx) una vez el proponente adjudicado haga la entrega del informe final y el mismo sea aprobado por el supervisor del contrato.
8.7.2 PAGO DE LAS CUÑAS RADIALES PAUTADAS EN LAS DIFERENTES CIUDADES A NIVEL NACIONAL:
Se realizarán pagos mensuales correspondientes al total de las cuñas pautadas, valor que se obtendrá de multiplicar cada una de ellas dependiendo de la ciudad, municipio, horario, emisoras, etc., acorde con la oferta presentada y sin exceder el presupuesto oficial restante del valor de la propuesta creativa.
Los pagos se realizarán dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de radicación de la factura, acompañada de la certificación que al efecto expida el supervisor del contrato sobre el cumplimiento del mismo, debe anexar para el primer pago de la propuesta creativa: el plan de medios, guion, las copias de las cuñas grabadas en mp3 y estudio de medios con el visto bueno del supervisor del contrato por parte de la DNDA, la certificación del pago de obligaciones asumidas por parte del CONTRATISTA por concepto de salud, pensiones, riesgos profesionales, y aportes a Cajas de Compensación Familiar, ICBF y SENA, mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal cuando éste exista o por el Representante Legal (Artículo 50 Ley 789 de 2002). Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, cada uno de los miembros integrantes que sean personas jurídicas deberá aportar el certificado aquí exigido, a más de lo reglamentado para el efecto en el Decreto 129 de 2010.
Para el segundo pago de la propuesta creativa: debe hacer entrega al supervisor del informe final donde se evidencien los resultados obtenidos con la campaña a nivel nacional y así mismo debe presentar los soportes de la emisión de las cuñas al aire.
Pagos mensuales por cuñas pautadas a nivel nacional: Se liquidará mensualmente de acuerdo al número de cuñas pautadas a nivel nacional especificadas en el cronograma de pautas aprobado de común acuerdo con el supervisor del contrato, multiplicado por los valores ofertados según la ciudades, municipios, regiones, programas, cadenas radiales y emisoras entre otros, cuyo valor total no debe superar el valor del presupuesto oficial del total del contrato.
La no presentación oportuna de estos documentos implica el incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista y exonera a la DNDA del pago de intereses moratorios. En todo caso, el pago quedará sujeto a la aprobación final a satisfacción del servicio prestado en ese periodo.
El contratista deberá llevar un estricto control de los servicios prestados. La entidad no responderá por el valor de los servicios que el contratista haya prestado en exceso del valor del contrato.
Cuando la DNDA no pague al CONTRATISTA la suma pactada, dentro de los términos estipulados en el presente contrato y teniendo en cuenta la fecha en que la Entidad cuente con la disponibilidad del PAC, ésta reconocerá al CONTRATISTA como intereses xx xxxx el incremento mensual promedio del Índice de Precios al Consumidor certificado por el DANE entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año anterior.
El contratista deberá facturar el servicio prestado dentro de los diez (10) primeros días del mes siguiente al cumplimiento de los compromisos contratados. La no presentación oportuna de estos documentos implica el incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista y exonera a la DNDA del pago de intereses moratorios. En todo caso el pago quedará sujeto a la aprobación final a satisfacción del servicio prestado en ese periodo.
Los pagos se realizarán a través de la cuenta corriente y/o de ahorros que disponga el contratista, acorde con la certificación expedida por la Entidad Financiera aportada por el contratista en su oferta.
8.8 SUPERVISIÓN
La supervisión del contrato resultante del presente proceso será designado por el Director General a través de Acto Administrativo y esta estará a cargo de la Coordinadora de la Unidad de Divulgación y Prensa y/o quien haga sus veces, quien de acuerdo con la ley, velará por el estricto cumplimiento del objeto
contractual, y realizará el seguimiento técnico, jurídico y económico del contrato, y responderán por sus actuaciones u omisiones que generen daño a la entidad y garantizara la ejecución de las actividades de conformidad con lo que se establezca en el estudio previo el pliego y el contrato.
8.9. LIQUIDACIÓN
La liquidación del contrato que resulte de la adjudicación del presente proceso, se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993, artículo 11 de la ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 217 del Decreto 19 de 2012 y demás normas que los complementen, modifiquen o adicionen.
La liquidación por mutuo acuerdo podrá efectuarse dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha de terminación del plazo de ejecución del contrato.
En aquellos casos en que el contratista no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga la Entidad, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre su contenido, la entidad tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes, de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
El (los) contratista(s) tendrá(n) derecho a efectuar salvedades a la liquidación por mutuo acuerdo, y en este evento la liquidación unilateral solo procederá en relación con los aspectos que no hayan sido objeto de acuerdo.
8.10 CLÁUSULA DE INDEMNIDAD
Será obligación del contratista mantener indemne a la Dirección Nacional de Derecho de Autor de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes
8.11. RESPONSABILIDAD DEL PROPONENTE
El proponente y posterior contratista responderá por haber ocultado inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, o por haber suministrado información falsa (numeral 7 artículo 26 de la ley 80 de 1993).
CAPÍTULO IX RELACIÓN DE ANEXOS
ANEXO No 1 CARTA DE PRESENTACION DE LA OFERTA
ANEXO No 2 MODELO CONFORMACION CONSORCIO
ANEXO No 3 MODELO CONFORMACION UNION TEMPORAL
ANEXO No 4 CERTIFICACION DE APORTES PERSONA NATURAL
ANEXO No 5 CERTIFICACION DE APORTES PERSONA JURÍDICA
ANEXO No 6 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
ANEXO No 7 MODELO MINUTA DEL CONTRATO
ANEXO No 8 ESTRUCTURA RIESGOS
ANEXO No 9 PROPUESTA ECONOMICA
ANEXO No 10 y 11EQUIPO DE TRABAJO – RESUMEN HOJA DE VIDA
ANEXO No 10 A FICHA TÉCNICA (CONDICIONES TÉCNICAS ESENCIALES PARA LA PRESTACIÓN DEL BIEN Y/O SERVICIO)
ANEXO No 12 10% EMPLEADOS DISCAPACITADOS NOMINA
ANEXO No 13 CONTRATO DE CESION DE DERECHOS PATRIMONIALES DE AUTOR
ANEXO No 14 INFORMACIÓN PROVEEDORES SIIF
ANEXO No. 15 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
ANEXO No. 16 RELACIÓN DE PERSONAL OFERTADO EN EL EQUIPO DE TRABAJO
ANEXO 17 . BRIEF
ANEXO No.1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Bogotá D.C., de de Señores
DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR
(Indicar dirección)
Ciudad.
El suscrito de conformidad con lo
requerido en el Pliego de Condiciones de la (indicar número del proceso) cuyo objeto es (indicar objeto), presento formalmente propuesta y solicito ser evaluado para la adjudicación del contrato objeto del presente proceso.
En caso de resultar aceptada la propuesta presentada me comprometo a suscribir el contrato correspondiente, a cumplir con las obligaciones derivadas de él, de la oferta que presento y xxx Xxxxxx de Condiciones.
Declaro así mismo:
Que ninguna otra persona o entidad, diferentes de las nombradas aquí, tiene participación en esta oferta o en el contrato que será el resultado de este proceso y que, por lo tanto, solamente los firmantes están vinculados a dicha oferta.
Que me he familiarizado y he estudiado el Pliego de Condiciones y demás documentos, así como las demás condiciones e informaciones necesarias para la presentación de la oferta, y acepto todos los requerimientos establecidos en dichos documentos. Así mismo manifiesto que la Dirección Nacional de Derecho de Autor facilitó de manera adecuada, oportuna y de acuerdo con nuestras necesidades, la totalidad de la información requerida para la elaboración de la propuesta, garantizando siempre la confidencialidad de la misma.
Que la oferta cumple con todos y cada uno de los requerimientos y condiciones establecidos en los documentos del proceso. Me comprometo a ejecutar el objeto
y la totalidad de las obligaciones contractuales establecidas en el presente proceso.
Que entiendo que el valor del contrato, conforme está definido en el Pliego de Condiciones, incluye todos los impuestos, tasas o contribuciones directas o indirectas que sean aplicables, así como todos los costos directos e indirectos originados en o relacionados con el contrato, incluida la utilidad del contratista.
Que no existe falsedad alguna en nuestra Propuesta.
Que el abajo firmante, obrando en nombre y representación del Proponente manifiesto que me obligo incondicionalmente a firmar y ejecutar el Contrato, en los términos y condiciones previstos en el Pliego de Condiciones.
Que de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Condiciones, adjunto se anexa la documentación solicitada en el mismo.
Que en caso de ser adjudicatario del contrato derivado del presente proceso, me comprometo a suscribir y legalizar el contrato e iniciar la ejecución del contrato, en los plazos previstos en el Pliego de Condiciones del presente proceso de selección.
Que, a solicitud de la DNDA me obligo a suministrar cualquier información adicional necesaria para la correcta evaluación de la propuesta.
Que de manera libre y espontánea manifiesto que en el evento de resultar seleccionada la presente propuesta, renuncio a efectuar cualquier acción, reclamación o demanda en contra de la Dirección Nacional de Derecho de Autor por hechos o circunstancias que conozco o he debido conocer por razón de mi especialidad en el área objeto del contrato, y de las condiciones y exigencias que se establecieron en el Pliego de Condiciones y en el contrato, las cuales manifiesto aceptar en su totalidad.
Que conozco detalladamente y que he hecho todas las averiguaciones necesarias para asumir los riegos que la ejecución del contrato me demande, y en consecuencia manifiesto que asumo los resultados económicos de los mismos.
Bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado al firmar esta carta manifiesto, manifiesto que no me encuentro ni personal ni corporativamente, ni la
sociedad que represento incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las normas legales, así mismo señalo que no me encuentro (o la(s) persona(s) por mi representada(s) no se encuentra(n) en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.
Esta oferta es presenta por con cedula de ciudadanía No. y quien firma la carta de presentación y no tiene incompatibilidades o conflictos de interés con la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
Que certifico bajo la gravedad de juramento, que toda la información que reposa en el Anexo de “Experiencia del Proponente” es veraz, al igual que la reportada en los documentos soporte.
Que me comprometo a ejecutar el objeto y obligaciones contractuales en el término establecido en el Pliego de Condiciones del presente proceso de selección.
El abajo firmante declaro que he recibido todos los documentos y anexos descritos en el Pliego de Condiciones, así como las adendas a los mismos.
De ustedes atentamente,
NOMBRE DEL PROPONENTE:
DIRECCIÓN:
CIUDAD:
TELÉFONO: FAX:
CORREO ELECTRÓNICO:
NIT:
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO: C.C.
ANEXO No. 2
MODELO CONFORMACIÓN CONSORCIO
Por medio del presente escrito hacemos constar que hemos constituido el CONSORCIO
para participar en , que tiene por objeto seleccionar propuesta para .
Integrantes del consorcio:
1. Nombre:
C.C. o NIT:
2. Nombre:
C.C. o NIT: Aportes: Porcentaje (%) con el que participa cada integrante: Duración: Por el plazo del contrato y un (1) año más.
Compromiso: Al conformar el consorcio para participar en la , sus integrantes se comprometen a:
1. Participar en la presentación conjunta de la propuesta, así como a suscribir el contrato.
2. Responder en forma solidaria e ilimitada por el cumplimiento total de la propuesta y de las obligaciones que se originen del contrato suscrito con la DNDA.
3. Responder en forma solidaria por todas las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato.
4. No ceder su participación en el consorcio a otro integrante del mismo.
5. No ceder su participación en el consorcio a terceros sin la autorización previa de la DNDA.
6. No revocar el consorcio durante el tiempo de duración del contrato y un año más. ORGANIZACIÓN INTERNA DEL CONSORCIO: Para la organización del Consorcio, hemos designado como Representante Legal a , quien tendrá las siguientes facultades:
1.
2.
3.
Para constancia se firma el presente documento en , a los
( ) días del mes de de .
NOMBRES Y FIRMAS:
NOTA: El presente anexo constituye sólo un modelo, su contenido podrá ser variado por los proponentes.
ANEXO No. 3
MODELO CONFORMACIÓN UNIÓN TEMPORAL
Por medio del presente escrito hacemos constar que hemos constituido la UNIÓN TEMPORAL , para participar en , que tiene por objeto seleccionar propuesta para .
Integrantes de la Unión Temporal:
1. Nombre:
C.C. o NIT:
2. Nombre:
C.C. o NIT:
Aportes: Porcentaje (%) con el que participa cada integrante:
Duración: Por el plazo del contrato y un (1) año más.
Compromiso: Al conformar la unión temporal para participar en , sus integrantes se comprometen a:
1. Participar en la presentación conjunta de la propuesta, así como a suscribir el contrato.
2. Responder en forma solidaria e ilimitada por el cumplimiento total de la propuesta y de las obligaciones que se originen del contrato suscrito con la DNDA.
3. Responder ante las sanciones por incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la unión temporal.
4. No ceder su participación en la unión temporal a otro integrante de la misma.
5. No ceder su participación en la unión temporal a terceros sin la autorización previa de la DNDA.
6. No revocar la unión temporal durante el tiempo de duración del contrato y un año más.
ORGANIZACIÓN INTERNA DE LA UNIÓN TEMPORAL: Para la organización de
la Unión Temporal hemos designado como Representante Legal a
, quien tendrá las siguientes facultades: 1.
2.
3.
Para constancia se firma el presente documento en , a los
días del mes de de .
NOMBRES Y FIRMAS:
NOTA: El presente anexo constituye sólo un modelo. Su contenido podrá ser variado por los proponentes.
ANEXO No.4
MODELO CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 50 LEY 789 DE 2002 Y LEY 828 DE 2003 - PERSONA NATURAL
Yo identificado (a) con c.c de
, de acuerdo con lo señalado en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, el artículo 37 del decreto 1703 de 2002, Decreto 723 de 2013 y Ley 828 de 2003, DECLARO BAJO LA GRAVEDAD DE
JURAMENTO y con sujeción a las sanciones que para tal efecto establece el Código Penal en su Artículo 442, que he efectuado el pago por concepto de mis aportes y el de mis empleados (En caso de tener empleados a cargo) a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de nuestra propuesta para el presente proceso de selección.
El oferente probará el cumplimiento de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral, así:
a. Las personas naturales empleadoras lo harán mediante certificación expedida por un contador o por revisor fiscal según corresponda o en su defecto por el oferente.
b. Cuando se trate de persona natural no empleadora deberá acreditar el pago de sus aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, incluyendo los riesgos laborales.
Si el oferente no presenta con su propuesta la constancia de cumplimiento de aportes a la seguridad social integral incluyendo los riesgos laborales y parafiscales, según corresponda, o si presentándola ésta no se ajusta a la totalidad de lo exigido en la ley o en el presente pliego de condiciones, la DNDA requerirá al proponente a fin de que la aporte o subsane lo pertinente dentro del plazo que le señale para el efecto.
No obstante es necesario resaltar que el proponente debe encontrarse al día en las cotizaciones realizadas al Sistema General de Riesgos Laborales, lo cual deberá certificar en la Constancia de Cumplimiento al Sistema General de Seguridad Social Integral incluyendo los Riesgos Laborales y Parafiscales.
Las empresas reportadas en xxxx no podrán presentarse en el presente proceso de contratación estatal de conformidad con el último inciso del artículo 7 de la Ley 1562 del 11 de julio de 2012.
NOTA:
En caso tal que NO se encuentre obligado a pagar aportes parafiscales o cuota de aprendizaje por algún período DEBERÁ INDICAR DICHA CIRCUNSTANCIA, especificando la razón y los períodos exentos.
En caso tal que NO se encuentre obligado a cancelar aportes parafiscales por virtud de la Reforma Tributaria (Ley 1607 de 2012 – Impuesto CREE), DEBERÁ INDICAR DICHA CIRCUNSTANCIA.
Xxxxxx proponente que tenga resoluciones de cobro (actos administrativos en firme) por concepto de aportes parafiscales, incumplimiento de contrato de aprendizaje o multas impuestas por el Ministerio del Trabajo, podrá participar, salvo que exista acuerdo de pago suscrito y al día, previo al cierre del proceso.
EN CASO DE PRESENTAR ACUERDO DE PAGO CON ALGUNA DE LAS ENTIDADES ANTERIORMENTE MENCIONADAS, SE DEBERÁ PRECISAR EL VALOR Y EL PLAZO PREVISTO PARA EL ACUERDO DE PAGO, CON INDICACION DEL CUMPLIMIENTO DE ESTA OBLIGACION.
Dada en a los ( ) del mes de de FIRMA
NOMBRE DE QUIEN DECLARA
NOTA: El presente anexo constituye sólo un modelo. Su contenido podrá ser ajustado por los proponentes.
ANEXO No. 5
MODELO CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 50 LEY 789 DE 2002 PERSONA JURIDICA
(Use la opción que corresponda, según certifique el Representante Legal o el Revisor Fiscal, para este último debe aportar copia de la tarjeta profesional y copia de la cédula de ciudadanía).
Yo identificado (a) con c.c de , de acuerdo con lo señalado en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, el artículo 37 del decreto 1703 de 2002, Decreto 723 de 2013 y Ley 828 de 2003 , DECLARO BAJO LA GRAVEDAD DE JURAMENTO y con sujeción a las sanciones que para tal efecto establece el Código Penal en su Artículo 442, que la empresa cumple con el pago de las contribuciones al Sistema Integral de Seguridad Social – Empresa Promotora de Servicios de Salud (EPS), Fondo de Pensiones (AFP) y Administradora de Riesgos Laborales (ARL), así como de Aportes Parafiscales – Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), Cajas de Compensación Familiar – a que haya lugar, de todos los empleados a mí cargo durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de nuestra propuesta para el presente proceso de selección.
Lo anterior en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Yo, , identificado con , y con Tarjeta Profesional No. de la Junta Central de Contadores de Colombia, en mi condición de Revisor Fiscal de (Razón social de la compañía) identificado con Nit , debidamente inscrito en la Cámara de Comercio de , luego de examinar de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas en Colombia, los estados financieros de la compañía, certifico el pago de los aportes realizados por la compañía durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de la propuesta para el presente proceso de selección, por los conceptos de salud, pensiones, riesgos profesionales, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
No obstante es necesario resaltar que el proponente debe encontrarse al día en las cotizaciones realizadas al Sistema General de Riesgos Laborales, lo cual deberá certificar en la Constancia de Cumplimiento al Sistema General de Seguridad Social Integral incluyendo los Riesgos Laborales y Parafiscales.
Las empresas reportadas en xxxx no podrán presentarse en el presente proceso de contratación estatal de conformidad con el último inciso del artículo 7 de la Ley 1562 del 11 de julio de 2012.
NOTA: En el evento de no estar obligado de contar con Revisor Fiscal, esta certificación deberá ser expedida por el Representante Legal de la empresa, indicando expresamente la no obligatoriedad de contar con el mismo.
Cada una de las personas jurídicas, miembros de un consorcio o unión temporal, deberán anexar esta certificación en forma individual.
En caso tal que NO se encuentre obligado a pagar aportes parafiscales o cuota de aprendizaje por algún período DEBERÁ INDICAR DICHA CIRCUNSTANCIA, especificando la razón y los períodos exentos.
En caso tal que NO se encuentre obligado a cancelar aportes parafiscales por virtud de la Reforma Tributaria (Ley 1607 de 2012 – Impuesto CREE), DEBERÁ INDICAR DICHA CIRCUNSTANCIA.
Xxxxxx proponente que tenga resoluciones de cobro (actos administrativos en firme) por concepto de aportes parafiscales, incumplimiento de contrato de aprendizaje o multas impuestas por el Ministerio del Trabajo, podrá participar, salvo que exista acuerdo de pago suscrito y al día, previo al cierre del proceso.
EN CASO DE PRESENTAR ACUERDO DE PAGO CON ALGUNA DE LAS ENTIDADES ANTERIORMENTE MENCIONADAS, SE DEBERÁ PRECISAR EL VALOR Y EL PLAZO PREVISTO PARA EL ACUERDO DE PAGO, CON INDICACION DEL CUMPLIMIENTO DE ESTA OBLIGACION.
Dada en , a los ( ) del mes de de FIRMA
NOMBRE DE QUIEN CERTIFICA .
C. C. No.
En calidad de: (Revisor Fiscal / Contador o Representante Legal) Tarjeta Profesional (Revisor Fiscal / Contador) No.
Adjuntar copia de la tarjeta profesional, copia de la cédula de ciudadanía y certificado disciplinario de la Junta Central de Contadores.
ANEXO No. 6 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
RELACIÓN DE CERTIFICACIONES | ||||||
No. | Contrato No. | Contratante | Objeto | valor | Fecha de inicio | Fecha de terminación |
1 | ||||||
2 | ||||||
3 | ||||||
4 | ||||||
5 | ||||||
TOTAL VALORES | $ |
SI ACTUO EN UNION TEMPORAL O CONSORCIO INDICAR EL % DE PARTICIPACION
Nombre del proponente: Firma del representante legal: Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx:
XXXXX Xx. 0
XXXXXXXX XX XXXXXX XXX XXXXXXXX
NOTA: Los términos de esta minuta podrán variar de conformidad con los ajustes que considere la DNDA y de acuerdo con el contenido de la propuesta.
CONTRATO DE XXXXXXXXX CELEBRADO ENTRE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR Y
mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. XXXXX, quien obra en su condición de Director General de la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCION NACIONAL DE DERECHO DE
AUTOR, nombrado mediante Decreto No. 1420 del 2 de julio de 2013 y acta de posesión del 15 de julio de 2013, debidamente facultado para celebrar contratos de acuerdo con el Artículo 11 de la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto No 1510 de 2013 y en concordancia con el Artículo 5o. del Decreto 2041 de 1991 y Decreto 4835 de 2008, quien para efectos de este contrato se denominará LA DIRECCIÓN, por una parte, y por la otra , también mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. de , obrando en su condición de representante legal de
con NIT , constituida por escritura pública No. , con capacidad para contratar conforme a lo establecido en Certificado de Existencia y Representación Legal, que para los efectos de este contrato se llamará EL CONTRATISTA, quien declara bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado con la firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad, ni conflicto de intereses consagrados en la Constitución y la Ley; hemos convenido celebrar el presente contrato de , el cual se regirá por los postulados de la Ley 80/93. Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015 y demás decretos reglamentarios y en lo no previsto en ellos por las normas del derecho privado y las cláusulas que se estipulan a continuación, previas las siguientes CONSIDERACIONES: 1) Que la Dirección Nacional de Derecho de Autor ha requerido Seleccionar al CONTRATISTA que . 2) Que en razón a lo anterior, la DNDA inició el proceso de Licitación Pública No. cuyo objeto es……. 3). Que para amparar el Proceso de Contratación, la Entidad expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número de 2015 y
estableció un presupuesto oficial de XXXXXXXXXXXX ($XXXXXX), incluido IVA.
4). Que la Audiencia Pública de Cierre del Proceso, se efectúo el día
en la Sala de Juntas de la Dirección General de la DNDA, ubicada en la calle 28 No. 13 A – 15, piso 17 de la ciudad de Bogotá D.C., recibiendo propuestas de los siguientes oferentes: . 5) Que el Comité Evaluador, presentó el informe respectivo de evaluación de las propuestas, el cual fue publicado en el portal de contratación, corriéndose traslado a los proponentes y concediéndose el término común de subsanación a que se refiere el Parágrafo 1 del Artículo 5 de la ley 1150 de 2007, recibiéndose observaciones de varios de los proponentes. 6) Que en audiencia celebrada el resultó favorecido
con la adjudicación el proponente Xxx , por la suma de
identificado con
PESOS M/CTE
($ ), incluido el IVA. 7) Que la DNDA expidió el día
la Resolución No. , mediante la cual adjudicó el proceso de Licitación Pública No. , al proponente 8) Que en razón de lo anterior, se celebra el presente contrato el cual se regirá por las disposiciones de la Ley 80/93 y sus decretos reglamentarios y, en lo no previsto en ellos, por las normas del derecho privado, las Condiciones Esenciales, Generales y en especial por las siguientes. CLÁUSULAS: PRIMERA. OBJETO: Contratar el servicio para la creación y desarrollo de campañas integrales de comunicación a través de una central de medios o agencia de publicidad para la producción y emisión de cuñas radiales en emisoras a nivel nacional y regional, que le permitan a la Dirección Nacional de Derecho de Autor hacer la divulgación y promoción de una cultura del respeto al derecho de autor en medios masivos y/o alternativos de comunicación, con el fin de ejecutar la actividad del proyecto de inversión aprobado por el DNP para la vigencia 2015 que se encuentra detallado en la ficha BPIN 2011011000222, de conformidad con el documento técnico y el estudio previo, el pliego de condiciones y la propuesta presentada por EL CONTRATISTA, los cuales forman parte integral del contrato. CLÁUSULA SEGUNDA. ALCANCE DEL OBJETO. Para efectos de la prestación del servicio para la producción y publicación de cuñas radiales para divulgar y promocionar la cultura del respeto al derecho de autor en medios masivos, debe desarrollar las siguientes actividades mínimas: 1) GENERALIDADES. a) Realizar la intermediación entre los diferentes medios de comunicación y la DNDA, con el fin de realizar el direccionamiento estratégico y la efectiva divulgación de la campaña de comunicación, teniendo en cuenta estudios técnicos que le permitan la optimización de presupuesto, con base
en premisas como alcance, frecuencia, rating, entre otros. b) Elaborar plan de medios para difundir de la manera más eficiente los mensajes a través de diferentes emisoras radiales a nivel nacional y regional. Los descuentos que concedan los medios de comunicación serán trasladados a la DNDA, incluyendo la pauta bonificada. c) El contratista deberá contar con estudios, investigaciones y análisis especializados en medición de medios masivos de comunicación (ECAR, EGM.1, IBOPE2, TGI) para la planificación, direccionamiento estratégico, ordenación y compra de medios correspondientes de acuerdo a la campaña solicitada. d) El contratista deberá controlar que la pauta sea emitida en los diferentes medios, en los horarios, días y espacios ordenados, para el efecto entregará los soportes de la pauta de acuerdo con los requerimientos de cada proceso. e) Así mismo, en la ejecución de las cuñas radiales que se difundan en los diferentes medios de comunicación, el contratista deberá entregar medición del impacto logrado, con el fin de analizar la efectividad de la estrategia, de no cumplir esta con las expectativas del contratante, deberá replantearse y potencializarse para lograr el cumplimiento del objetivo. f) El proponente debe contar con un equipo de trabajo calificado, el cual será el encargado de atender los requerimientos de la entidad y velar por la buena prestación del servicio, así como de revisar, corregir, tramitar y controlar la ejecución del contrato de conformidad con los requisitos fijados por la Dirección Nacional de Derecho de Autor. g) El contratista deberá prestar asesoría integral a la DNDA en la conceptualización, producción y difusión xx xxxxxxx radial con el fin de lograr el posicionamiento de los servicios que brinda la Entidad. 2) CONCEPTUALIZACIÓN. PLAN DE MEDIOS - Elaboración xxx xxxxx de las cuñas radiales: Se realizarán dos cuñas radiales de 30 segundos cada una, las cuales deben atender a los siguientes mensajes: a) Cuña 1: Servicios de la DNDA. A través de esta cuña radial se deben promocionar los siguientes servicios que brinda la entidad: Registro gratuito de obras literarias y artísticas, capacitaciones gratuitas en derecho de autor, Centro de Conciliación y Arbitraje especializado en derecho de autor y derechos conexos y Funciones jurisdiccionales. b) Cuña 2: Resaltar la importancia de respetar el derecho de autor, el cual debe ser visto como el xxxxxxx xxx xxxxxxx. 3) PRODUCCIÓN. El contratista deberá presentar mínimo dos (2) propuestas creativas por cada cuña radial y su respectivo copy y musicalización, las cuales serán evaluadas por el Comité Directivo de la Entidad para escoger las propuestas que finalmente se realizarán. Asimismo, deberá contar con: Grabación de Cuña de 30”, Texto para 30" , Adaptación de texto a 20" , Adaptación para
menciones de 5” , Pauta cuña 30" en medio afines a target para radio nacional y regional, Pauta cuña 20" en medio afines a target, Menciones de 5” en radio nacional y regional, Locutor certificado por la ACL, La voz profesional será aprobada por el supervisor del contrato, para tal efecto, el contratista presentará en un plazo de dos (2) días hábiles después de la aprobación xxx xxxxx o copy final, un reel con el mencionado copy en formato mp3, con la voz o las voces propuestas, Música o pista original, Derechos a perpetuidad. El contratista deberá contar con el equipo humano y técnico necesario para garantizar el buen accionar en cada una de las fases del proyecto. 4) PAUTA DE MEDIOS. La empresa deberá buscar y adquirir la mejor ubicación y precio disponible en el mercado para la colocación de las cuñas radiales que compone la campaña. PARÁGRAFO. PRODUCTOS A ENTREGAR: El CONTRATISTA garantizará la entrega oportuna de los siguientes productos a la DNDA previo visto bueno del supervisor del contrato: 1) Plan de medios: De acuerdo a la campaña, expectativa, audiencia e impacto esperados, el cual debe constar de: Brief de medios, Grupo objetivo, Estrategia creativa, Descripción de la campaña (por emisora, programa, número de cuñas por programa), Elección y contratación de los medios que se utilizarán, Impacto y nivel de recordación que se espera alcanzar, Presupuesto (la asignación del presupuesto por cada medio seleccionado), Calendario de la campaña, La distribución y asignación geográfica de la inversión en medios, La distribución de la acción/presión publicitaria según el período de tiempo determinado para la duración de la campaña, Producción de las cuñas radiales. NOTA. El plan de medios debe ser puesto a consideración del Supervisor del Contrato para su aprobación. 2) Estudios de medición: Para la elaboración de análisis especializados en medición de medios masivos de comunicación, se requiere que presente al menos uno de los estudios de medición existentes en el mercado como lo son Ibope y EGM (Segunda OLA 2010) o ECAR 3a Edición 2010. Para la acreditación no es obligatorio que estos sean propios. 3) GUION O COPY: Mensaje principal que se espera quede en la mente de los ciudadanos. 4) REEL: De hasta dos (2) minutos en CD formato mp3, con la voz o las voces propuestas y musicalización. 5) COPIAS: Cinco copias de las cuñas terminadas en formato MP3. 6) INFORME FINAL: En este informe se debe evaluar el Plan de Medios. Para ello hay que realizar distintas mediciones vinculadas a la correlación entre los objetivos propuestos y los resultados obtenidos. 6) OTRAS ACTIVIDADES. Los servicios se prestarán hasta el agotamiento del valor total asignado a partir de la firma del acta de inicio y EL CONTRATISTA se