Condiciones generales
Condiciones generales
Para la Sociedad Limitada Xxxxxxxxx Agrícola Unipersonal, después denominada PROVEEDOR, con su sede social en la calle P.I. Can Català, Ctra. de Montmeló, 76 en Granollers (Bcn)
1 Aplicación
1. Estas condiciones son aplicables en todas las ofertas, promociones, contratos y encargos concedidos.
2. Como CLIENTE se entienden en estas condiciones todas las personas (jurídicas) que han llegado a un acuerdo con el PROVEEDOR o quisieran llegar y a parte de estas personas también sus representantes, incluyendo personal xx xxxxxx, apoderados y herederos.
3. Como CONSUMIDOR se entiende bajo estas condiciones todas los personas físicas que no actúen en ejercicio de una profesión o en representación de una empresa o un proveedor que actúa como un CONSUMIDOR, que ha llegado a un acuerdo con el PROVEEDOR. Todos los artículos incluidos en estas condiciones, son igualmente aplicables al CONSUMIDOR, si no se difiere expresamente de esto.
4. Suplementos y/o desviaciones de estas condiciones, sólo son válidos si están pactadas por escrito con el PROVEEDOR
5. Si el PROVEEDOR bajo algún acuerdo, ha hecho una desviación de estas condiciones con el CLIENTE, el CLIENTE no puede acogerse a estas con un acuerdo posterior. Las desviaciones de estas condiciones generales se deben pactar siempre expresamente con cada acuerdo. 6. Una referencia del CLIENTE a sus propias condiciones generales, no será aceptada por el PROVEEDOR
2 OFERTAS, PROMOCIONES Y ACUERDOS
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1. Todas las ofertas y promociones del PROVEEDOR, en forma de listas de precios u otras diferentes, incluyendo promociones verbales, ofertas y otras declaraciones de representantes y/o trabajadores del PROVEEDOR, son sin compromiso y se efectuarán con reserva de una confirmación según el siguiente apartado.
2. Un acuerdo solo se realiza, después de que esté confirmado por escrito dentro de ocho días después del pedido o si el pedido dentro ocho días ha comenzado con realizar el pedido
3. Con la entrega en varias veces, se entiende que el acuerdo se ha realizado entero cuando se realiza la primera entrega.
4. Xxxxxx, promesas o desviaciones en el acuerdo por/en representación del PROVEEDOR al CLIENTE, serán solo válidas si están confirmados dentro de los ocho días por parte del PROVEEDOR, o si están realizados enteros o en parte.
5. Todos los acuerdos se pactan con condiciones dilatorias que el CLIENTE, en la opinión del PROVEEDOR, tendrá suficiente solvencia para cumplir el pago del acuerdo
6. El PROVEEDOR está autorizado en el momento de pactar el acuerdo o después, antes de la entrega, a exigir al CLIENTE seguridad de que cumplirá todas las obligaciones de pago y otras obligaciones
7. El PROVEEDOR esta autorizado, si él lo cree conveniente o necesario para una correcta realización del pedido, usar servicios de terceros, cuyo coste repercutirá en el CLIENTE conforme al presupuesto facilitado
8. El PROVEEDOR esta autorizado a entregar el pedido contra reembolso.
3 PRECIOS
1. Todos los precios tienen excluido el IVA y 'xx xxxxxxx', a no ser que se haya pactado diferente por escrito.
2. No incluidos en el precio están: a) Derechos de importación especiales y/o impuestos o recaudaciones; b) envases y/o embalajes especiales c) gastos de carga y descarga, transporte y seguros
3. Los precios se basan en el precio de coste en vigor en el momento del suministro. Si el coste de materias primas, materiales, partes, transporte, sueldos, primas de seguro, cargas fiscales, derechos de importación, tipo de cambio, etc. , desde la fecha de la oferta incrementasen su precio, el PROVEEDOR está autorizado a repercutir este incremento en el precio final.
4. Lo estipulado en el artículo anterior también es válido, si estos factores que suben el precio de coste eran previsibles.
5. El CLIENTE tiene en caso de subida del precio mayor al 15% de un acuerdo ya pactado, el derecho a rescindir el acuerdo sin intervención judicial a través una carta certificada. En este caso estará obligado a compensar proporcionalmente lo ya suministrado. Para este parte del suministro quedan estas condiciones generales sin impedimentos.
6. Si un CLIENTE es CONSUMIDOR, este esta autorizado a anular un pedido si una subida de precio ocurriese como lo mencionado en el artículo 3, a no ser que la subida de precios ocurriese tres meses después de la firma del contrato, entonces sería aplicable el artículo 5
7. El CLIENTE está obligado a atenerse a los precios de ventas (mínimos) establecidos por el PROVEEDOR, a no ser que el CLIENTE haya pactado por escrito algo diferente con el PROVEEDOR.
8. Si el CLIENTE no cumple lo estipulado en el artículo anterior, el PROVEEDOR esta autorizado sin intervención judicial a suspender todos los acuerdos de suministro y en base del articulo 7 apartado 1 b rescindir el contrato, sin perjuicio de lo demás estipulado en articulo 7 9. Junto a esto todos los créditos son directamente exigibles por el PROVEEDOR
4 ENTREGA DEL PRODUCTO
1. Los plazos acordados para el suministro nunca serán considerados como plazo terminal. En caso de entregas fuera tiempo, el PROVEEDOR debe explicar por que ha incurrido en falta de compromiso y concederle un último plazo para el suministro.
2. El CLIENTE está obligado a controlar (el envase de) lo suministrado para posibles faltas directamente en el momento de la entrega, o hacer este control después de la notificación del PROVEEDOR de que el suministro esté a disposición del CLIENTE.
3. Las posibles faltas de o en (el envase de) los suministros que sean observados en la entrega, se deberán anotar en el albarán, la factura o el documento de transporte. En caso de que no se haya hecho, no se tramitará su reclamación. La administración del PROVEEDOR será en este caso responsable.
4. Escasez del producto a comerciar o técnicamente inevitables desviaciones en la calidad, color, acabado, tamaño o peso etc. nunca darán al CLIENTE e derecho a denegar un suministro.
5. El PROVEEDOR está autorizado a suministrar por partes, por cual el PROVEEDOR puede facturar separadamente. El CLIENTE estará entonces obligado a pagar conforme lo estipulado en el articulo 12.
6. La obligación a suministrar del PROVEEDOR estará cumplida una vez se ofrezca el género al CLIENTE. El albarán firmado por el CLIENTE o la persona que le presenta, es una prueba de entrega.
7. En el caso de no-compra repercutirían todos los gastos de transporte, almacenaje y otros gastos al CLIENTE. Después un plazo de cuatro semanas, el PROVEEDOR esta autorizado a vender este género. La disminución de la ganancia y gastos también repercutirá en el CLIENTE, sin dejar en efecto el derecho del PROVEEDOR y su reclamación de lo estipulado en el artículo 7.3
5 FUERZA MAYOR
1. En caso de fuerza mayor, de ello se entiende; huelga, incendio, la perdida durante el transporte, daños causados por el agua, regulación de las autoridades, retraso durante el transporte marítimo o el transporte aéreo, prohibición de exportación, guerra, movilización, restricciones de importación o exportación y todas las demás situaciones posibles, que retrasasen la entrega temporalmente o no, dejarán al PROVEEDOR autorizado a aplazar el tiempo de la entrega con la duración de este impedimento o anular la venta, en cuanto esté afectado por este impedimento.
2. Si el impedimento no tardará mas de un mes, el PROVEEDOR no esta autorizado de anular. Si el impedimento tardase mas de un mes, el CLIENTE esta autorizado a anular el contrato, salvo que lo haga a través de una carta certificada y esta sea recibida por el PROVEEDOR antes de la entrego del pedido.
3. El PROVEEDOR está autorizado a reclamar el pago de las prestaciones que se han realizado con el ejercicio del pedido, antes de que la situación de fuerza mayor lo impidiese.
6 TRANSMISSIÓN DE LA PROPIEDAD
1. Mientras no hayan sido pagados totalmente por el CLIENTE el precio y todas las cantidades debidas como consecuencia del contrato, se considerará propiedad del PROVEEDOR todo lo suministrado.
2. El CLIENTE no está autorizado a dejar en garantía, vender o dejar para usar a terceros lo suministrado (a no ser que quede en la explotación normal de la empresa)
3. En el caso de reventa por parte del CLIENTE de (aun) no enteramente o parcialmente del género suministrado, el CLIENTE transfiere la reclamación que resulte de esta reventa al PROVEEDOR, por lo que cada cesión será considerada como un pago (parcial).
4. El CLIENTE está obligado a facilitar en primera demanda al PROVEEDOR los datos, de manera que el PROVEEDOR pueda reclamar directamente al segundo comprador. Lo pagado del segundo comprador al PROVEEDOR se restará del total debido del CLIENTE.
5. El CLIENTE está obligado en caso de reventa a hacer la misma cláusula del dominio como en el anterior artículo mencionado.
6. Cuando el CLIENTE no cumple a tiempo o no como corresponde a cualquier requisito de este contrato, o cuando ocurre otra circunstancia como la estipulada en el articulo 7.1, el PROVEEDOR está autorizado sin constitución en xxxx o intervención judicial a retirar el género suministrado.
7. En caso de que el PROVEEDOR efectivamente haya retirado el género suministrado, el contrato quedará rescindido conforme a lo estipulado en artículo 7.1 8. El CLIENTE está obligado a informar directamente al PROVEEDOR el hecho de que terceros reclamen un derecho sobre lo que está suministrado por el PROVEEDOR, en cuanto aún no sea de su propiedad, así como cuando ocurra cualquier circunstancia como lo estipulado en articulo 7.1
7 ANULACIÓN/RESCISIÓN
1. El PROVEEDOR se reserva los derechos de rescindir inmediata y sin intervención judicial el contrato con el CLIENTE, si el CLIENTE a) Esté declarado en situación de quiebra, pida suspensión de pagos, esté sometido a tutela o se proceda a su liquidación.
b) No pague sus facturas (en tiempo) a tiempo o no como corresponde a cualquier obligación de este contrato
2. Al terminar el contrato como lo anteriormente descrito, todos los créditos del CLIENTE serán directamente exigibles y el PROVEEDOR estará autorizado a reclamar indemnización por los daños y perjuicios, falta de ganancia y/o de intereses.
3. El término 'falta de ganancia' será salvo pruebas en contra, de por lo menos un 25% del precio pactado y el término 'falta de intereses' estará en concordancia con el interés legal de ese momento.
8 RIESGO DE TRANSPORTE/ TRASPASO DEL RIESGO
1. Todo los riesgos del transporte de los productos suministrados se transmiten al cliente desde el momento en que los productos salen del depósito del PROVEEDOR, tanto para daños directos como daños indirectos, también en el caso de que el CLIENTE reclamare que en los documentos de transporte, direcciones de transporte etc. figure que todos los daños son a cuenta y carga del PROVEEDOR
2. Si el CLIENTE es CONSUMIDOR y se ha pactado que el género se entregará en su domicilio, el traspaso de riesgo será con la entrega real del suministro.
3. La manera de transporte, envío, envase etc. será, si el CLIENTE no facilita instrucciones determinado por el PROVEEDOR como buen empresario. Posibles deseos determinados del CLIENTE referentes al transporte/envío serán efectuados si el CLIENTE se declara dispuesto a pagar la diferencia de los mismos.
9 RECLAMACIONES
1. Las reclamaciones/quejas del suministrado serán remitidos dentro de los 8 días siguientes a la entrega al PROVEEDOR
2. Las quejas sobre facturas deberán ser recibidas por el PROVEEDOR dentro de los 5 días desde la fecha de envío.
3. Después de este plazo se supone que el CLIENTE esta conforme con el suministro y la factura. Después el PROVEEDOR no admitirá reclamaciones.
4. La presentación de quejas/reclamaciones, no deja sin efecto la obligación del CLIENTE en su obligación de pagar, lo estipulado en articulo 12 sigue en pie.
5. Para la adaptación de esas condiciones generales, se considerarán todas las entregas parciales como una entrega individual.
6. El CLIENTE no está autorizado sin aprobación por escrito del PROVEEDOR, a retornar el género.
10 RESPONSABILIDAD Y GARANTIA
1. La garantía de lo suministrado es totalmente conforme y limitada hasta la fecha de garantía que el fabricante de este género concede.
2. Los daños por rotura nunca están incluidos en la garantía.
3. Un producto que mostró errores en la designación, material o un defecto de fabricación que hayan producido personas o asuntos de los que el PROVEEDOR sea responsable, esta responsabilidad será siempre restringida del importe de la factura. Si el daño está causado por culpa grave o deliberadamente por el PROVEEDOR o uno de sus responsables, esta restricción no será válida.
4. El PROVEEDOR nunca será responsable de las consecuencias perjudiciales del género suministrado por el, si resulta, que el CLIENTE o usuario/consumidor; a) No ha seguido las instrucciones de uso; b) Al producto se le han añadido otros, que anulan el funcionamiento pretendido del producto del PROVEEDOR; c) Es alérgico al producto del PROVEEDOR, o reacciona alérgicamente; d) El producto no ha sido almacenado de la manera indicada, o se ha utilizado el mismo para otros fines que lo que indicaba; e) Haya tomado el producto no consumible;
5. Salvo lo estipulado en el párrafo 1, el PROVEEDOR no será responsable de la elección hecha por el CLIENTE de los productos suministrados, a no ser que el CLIENTE haya explicado al PROVEEDOR sus intenciones, y el PROVEEDOR ha facilitado toda la información y después no la ha rectificado.
6. Si el CLIENTE es CONSUMIDOR se rige por las reglas de la Ley referente a responsabilidades.
11 REENVÍO
1. Los reenvíos, sin permiso previo del PORVEEDOR, no serán admitidos. Si igualmente ocurren, todos los gastos serán a cuenta del CLIENTE. El PROVEEDOR será en este caso libre de almacenar (con terceros) los productos a cuenta y riesgo del CLIENTE o quedarse con su derecho a disponer de ellos.
2. Los reenvíos, aunque no sean aceptados, no liberan bajo ningún concepto al CLIENTE de su obligación de pago.
3. Respecto a los costes reales del reenvío o relacionados con el y las medidas tomadas por el PROVEEDOR referente a esto, una relación detallada del PROVEEDOR es vinculante, salvo prueba en contra.
4. Los reenvíos serán transportados a cuenta del CLIENTE, salvo si ocurren como consecuencia de un error del PROVEEDOR
5. El riesgo del transporte/envío de los reenvíos siempre será a cuenta del CLIENTE
12 CONDICIONES DE PAGO
1. El pago será al contado de la entrega, a través de una transferencia bancaria o ingreso a una cuenta indicada por el PROVEEDOR, dentro de los 8 días después de la entrega, o fecha de facturación. La fecha de los extractos de la cuenta del PROVEEDOR valen como fecha de pago.
2. Si el importe de la factura no está pagado dentro de los 8 días, el CLIENTE está obligado a pagar sobre esta cantidad, intereses conforme al interés legal con un mínimo del 1,5% al mes, durante el periodo que el CLIENTE esté al descubierto por el pago, teniendo en cuenta que se calcula el tiempo en meses enteros.
3. Si el pago de la factura no se ha efectuado en el plazo de 8 días hábiles, es cuando en su caso se tomarán medidas judiciales en contra del CLIENTE, este estará obligado a pagar todos los gastos que deriven de la intervención judicial, los cuales están fijados en un 15% del importe de la factura o parte de esta, con un mínimo de 22.000 pesetas, sin perjuicio de los gastos que el CLIENTE deberá desembolsar según la sentencia dictada por los costes procesales.
4. Lo pagos hechos por o en nombre del CLIENTE primero estarán destinados a cubrir los gastos e intereses y después para las facturas más antiguas, incluso si el cliente indica que el pago es para una factura mas reciente.
5. Si el CLIENTE quedase en falta del pago de un suministro parcial, el PROVEEDOR está autorizado a desplazar los suministros pendientes al plazo hasta que el CLIENTE pague la factura pendiente, sin perjuicio del derecho del PROVEEDOR al estar en falta podrá suspender los suministros y exigir el pago de todo lo hasta entonces suministrado, sin perjuicio del derecho del PROVEEDOR a reclamar daños y perjuicios conforme a lo estipulado en el artículo 7.3
13 TRANSMIBILIDAD
1. No está permitido al CLIENTE traspasar sus derechos y/o obligaciones derivadas del contrato con el PROVEEDOR
2. El traspaso de derechos y/o obligaciones es solo posible después de que el CLIENTE lo haya comunicado al PROVEEDOR y este lo haya recibido por escrito, expresa confirmación de esto.
14 DERECHO Y ARBITRAJE APLICABLE
1. Los contratos celebrados con el PROVEEDOR se rigen por el derecho español.
2. En caso de aplicación de terminología de 'Incoterms' establecidos por la Cámara de Comercio Internacional de París (I.C.C.) será aplicable la última versión.
3. Todos los conflictos entre CLIENTE y PROVEEDOR que se deriven del contrato, estarán sometidos a los Juzgados y Tribunales de Justicia de Barcelona.