CUSTOMER MARGIN AND SHORT ACCOUNT AGREEMENT
Nro. Cuenta
APEX CLEARING CORPORATION Y/O BROKER DEALERS PARA LOS QUE COMPENSA
ESTE DOCUMENTO NO ES EL CONTRATO ORIGINAL. ES UNA TRADUCCIÓN A ESPAÑOL QUE PODRÍA SER IMPRECISA. PARA CUALQUIER INTERPRETACIÓN REVISAR EL CONTRATO ORIGINAL EN INGLÉS LLAMADO “CUSTOMER MARGIN AND SHORT ACCOUNT AGREEMENT”.
CUSTOMER MARGIN AND SHORT ACCOUNT AGREEMENT
Este Customer Margin and Short Account Agreement (el “Acuerdo”) establece los derechos y obligaciones respectivos de Apex, el Broker Introductor, y el Cliente (como se define a continuación) en relación con la cuenta de margen del Cliente abierta con el Broker Introductor para la compra y venta de valores (securities) y / o préstamo de fondos. El Cliente entiende que Apex ha sido designada como la “Firma de Compensación (Clearing Firm)” en la cuenta y reconoce y acepta que Apex proporciona el margen extendido al Cliente a continuación.
1. Normas y Reglamentos Aplicables. Todas las transacciones estarán sujetas a la constitución, normas, reglamentos, costumbres y usos de la bolsa o el mercado y su cámara de compensación, si corresponde, sobre la cual se ejecutan dichas transacciones, salvo que se especifique lo contrario en este Acuerdo.
2. Definiciones. "Broker Introductor" se refiere a cualquier empresa de corretaje (brokerage firm), que introduce transacciones de valores (securities) en nombre del Cliente, transacciones que se liquidan a través de usted, ya sea una o más. "Obligaciones" se refiere a todas las deudas, saldos deudores, responsabilidades u otras obligaciones de cualquier tipo del Cliente para con usted, ya sean existentes o surjan en el futuro. “Valores y otras propiedades” incluirán, pero no se limitarán a, dinero, valores, productos u otra propiedad de cualquier naturaleza, y todos los contratos y opciones relacionados con ellos, ya sea para entrega presente o futura. "Usted", "su" o "Apex" se refiere a Apex Clearing Corporation. "Cliente" se refiere a la parte o partes que firman este acuerdo.
3. Incumplimiento; Interés de Seguridad. Siempre que, a su criterio, lo considere necesario para su protección, o para la protección del Broker Introductor del Cliente o en el caso de, pero no limitado a; (i) cualquier incumplimiento por parte del Cliente de este o cualquier otro acuerdo con usted o (ii) el incumplimiento por parte del Cliente de pagar valores y otras propiedades compradas o de entregar valores y otras propiedades vendidas, usted puede vender cualquiera o todos los valores y otras propiedades mantenidas en cualquiera de las cuentas del Cliente (ya sea individualmente o en conjunto), cancelar o completar cualquier orden abierta para la compra o venta de valores y otras propiedades, y / o pedir prestado o comprar cualquiera de los valores y otras propiedades requeridas para realizar cualquier venta, incluida una venta corta, efectuada para el Cliente, todo sin previo aviso o demanda de depósito de garantía, otro aviso de venta o compra, u otro aviso o anuncio, cada uno de los cuales es renunciado expresamente por el Cliente y / o usted puede requerir que el Cliente deposite efectivo o colateral adecuado en la cuenta del Cliente antes de cualquier fecha de liquidación para garantizar el cumplimiento o el pago de cualquier compromiso contractual abierto y / o transacciones no resueltas. Usted tiene derecho a negarse a ejecutar transacciones de valores por tiempo y razón. Todos los valores y otras propiedades que se posean ahora, el portador o el titular se mantienen por cuenta propia de las cuentas del Cliente (ya sea individualmente o conjunta), ahora o en el futuro, incluidas las cuentas en las que el Cliente pueda tener un interés, estarán sujetas a un primer y anterior derecho de retención e interés de seguridad por el cumplimiento de todas las obligaciones del Cliente con usted, siempre que surja o no, y sin tener en cuenta si ha realizado o no avances con respecto a dichos valores y otras propiedades, y por la presente se le autoriza a vender y / o comprar cualquiera y todos los valores y otras propiedades en cualquiera de las cuentas del Cliente, y / o transferir dichos valores y otros bienes entre cualquiera de las cuentas del Cliente, en la mayor medida permitida por la ley y sin previo aviso, cuando esté permitido. Tendrá derecho a transferir valores y otros bienes que tenga de usted o de cualquier otra cuenta del Cliente cuando así lo determine.
4. Liquidación. En caso del fallecimiento del Cliente, o en el caso de que el margen en cualquier cuenta en la que el Cliente tenga interés, ya sea a su discreción o la del Broker Introductor, sea insatisfactorio para usted o el Broker Introductor, o se considere insuficiente por usted o el Broker Introductor, por la presente, está autorizado; (a) vender cualquiera o todos los valores u otra propiedad que pueda tener el Cliente (ya sea individualmente o en conjunto); (b) comprar cualquiera o todos los valores y otras propiedades que puedan estar en corto en dichas cuentas; y / o
(c) cancelar cualquier orden abierta y cerrar uno o todos los contratos pendientes; todo sin demanda de margen o margen adicional, aviso de venta o compra, u otro aviso, y cualquier otra demanda previa no debe ser renuncia a sus derechos proporcionados aquí. De la misma manera, puede aceptar y seguir las instrucciones que recibe del Broker Introductor para llevar a cabo cualquiera de las transacciones mencionadas anteriormente (como se indica en (a), (b) y (c)). Tendrá la discreción de determinar qué valores y otras propiedades se venderán y qué contratos se cerrarán. Cualquier venta o compra de este tipo se puede realizar a su discreción en cualquier intercambio, en el mercado extrabursátil o en cualquier otro mercado en el que generalmente se realice dicho negocio, o en una subasta pública o venta privada, y usted puede ser el comprador por su cuenta.
5. Cancelación. Usted está autorizado a su discreción, en caso de que, por cualquier motivo, considere necesario para su protección, sin previo aviso, a cancelar cualquier pedido pendiente, cerrar las cuentas del Cliente en su totalidad o en parte, o cerrar cualquier Compromiso hecho en nombre del Cliente.
6. Pago del Endeudamiento Solicitado. El Cliente será responsable en todo momento del pago solicitado de cualquier obligación que le deba el Cliente, y el Cliente será responsable ante usted por cualquier deficiencia restante en dichas cuentas en caso de la liquidación de las mismas (como se contempla en Xxxxxxx 0 xx xxxx Xxxxxxx) en su totalidad o en parte, por usted o por el Cliente; y el Cliente realizará el pago de dichas obligaciones solicitadas.
7. Responsabilidad por los Costos de Cobro. Las pérdidas, costos y gastos, incluidos, entre otros, honorarios y gastos de abogados, incurridos y pagaderos o pagados por usted en la (i) recaudación de un saldo deudor y / o cualquier deficiencia impaga en las cuentas del Cliente con usted o (ii) la defensa de cualquier asunto que surja de las transacciones de valores del Cliente, será pagadera a usted por el Cliente.
8. Cuentas llevadas como “Clearing Broker”. El Cliente entiende que usted lleva las cuentas del Cliente como Agente de Compensación (Clearing Broker) mediante un acuerdo con el Broker Introductor del Cliente a través de cuya cortesía se le presentó la cuenta del Cliente. Hasta que reciba una notificación por escrito que indique lo contrario, puede aceptar y confiar en el Broker Introductor del Cliente (a) órdenes para la compra o venta de valores y otras propiedades, y (b) cualquier otra instrucción relacionada con las cuentas del Cliente. El Cliente declara que entiende que usted actúa solo para borrar las operaciones introducidas por el Broker Introductor del Cliente y para efectuar otras funciones de back office para el Broker Introductor del Cliente. El Cliente le confirma que confía en cualquier consejo relacionado con las cuentas del Cliente únicamente en el Broker Introductor. El Cliente entiende que todos los representantes, empleados y otros agentes con los que se comunica con respecto a la cuenta del Cliente son agentes del Broker Introductor y no sus representantes, empleados u otros agentes. El Cliente entiende que usted no es un director o socio de, y no controla de ninguna manera, al Broker Introductor o sus representantes, empleados u otros agentes. El Cliente entiende que no revisará sus cuentas y no tendrá responsabilidad por las transacciones realizadas en las mismas. Usted no será responsable de ningún acto u omisión del Broker Introductor o sus representantes, empleados u otros agentes. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de que el Cliente inicie un reclamo contra usted en su calidad de Clearing Broker y no prevalezca, el Cliente será responsable de los costos y gastos asociados por su defensa de dicho reclamo. El Cliente entiende que usted tendrá derecho a ejercer y hacer cumplir directamente todos los derechos otorgados al Broker Introductor.
9. Comunicaciones. Puede enviar comunicados al Cliente a la dirección del Cliente en la Solicitud de Nueva Cuenta o en cualquier otra dirección que este pueda proporcionarle por escrito, y se considerarán todas los comunicados enviados, ya sea por correo, telégrafo, mensajero, o de otra manera, entregados personalmente al Cliente, ya sea realmente recibido o no. Los informes de ejecución de órdenes y estados de cuentas del Cliente serán concluyentes si no se objetan por escrito a usted, el primero dentro de los cinco (5) días y el último dentro de los diez (10) días, después de que usted lo envíe al Cliente por correo o de otra manera.
10. ACUERDO DE ARBITRAJE. ESTE ACUERDO CONTIENE UNA CLÁUSULA DE ARBITRAJE PREDISPUTO. AL FIRMAR UN ACUERDO DE ARBITRAJE, LAS PARTES ACUERDAN LO SIGUIENTE:
a. TODAS LAS PARTES DE ESTE ACUERDO ESTÁN RENUNCIANDO AL DERECHO DE DEMANDARSE EN LA CORTE, INCLUYENDO EL DERECHO A UN JUICIO POR JURADO, EXCEPTO LO PROPORCIONADO POR LAS REGLAS DEL FORMULARIO DE ARBITRAJE EN QUE SE PRESENTA UN RECLAMO;
b. LOS RESULTADOS DE ARBITRAJE SON GENERALMENTE FINALES Y VINCULANTES; LA CAPACIDAD DE UNA PARTE DE TENER UN TRIBUNAL DE INVERSIÓN O MODIFICAR UN RESULTADO DE ARBITRAJE ES MUY LIMITADA.
c. LA CAPACIDAD DE LAS PARTES DE OBTENER DOCUMENTOS, DECLARACIONES DE TESTIGOS Y OTROS DESCUBRIMIENTOS ES MÁS LIMITADA EN ARBITRAJE QUE EN LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES;
d. LOS ARBITROS NO TIENEN QUE EXPLICAR EL(LOS) MOTIVO(S) DE SU RESULTADO A MENOS QUE, EN UN CASO ELEGIBLE, SE HAYA PRESENTADO UNA SOLICITUD CONJUNTA PARA UNA DECISIÓN EXPLICADA POR TODAS LAS PARTES EN EL PANEL AL MENOS 20 DÍAS ANTES DE LA PRIMERA FECHA DE AUDIENCIA PROGRAMADA.
e. EL PANEL DE ÁRBITROS PUEDE INCLUIR UNA MINORÍA DE ÁRBITROS QUE FUERON O ESTÁN AFILIADOS CON LA INDUSTRIA DE VALORES.
f. LAS REGLAS DE ALGUNOS FOROS DE ARBITRAJE PUEDEN IMPONER LÍMITES DE TIEMPO PARA PRESENTAR UN RECLAMO EN EL ARBITRAJE. EN ALGUNOS CASOS, UN RECLAMO QUE NO ES ELEGIBLE PARA ARBITRAJE PUEDE SER PRESENTADO EN LA CORTE.
g. LAS REGLAS DEL FORO DE ARBITRAJE EN EL QUE SE PRESENTA EL RECLAMO, Y CUALQUIER ENMIENDA DE ESTA, SERÁN INCORPORADAS A ESTE ACUERDO.
EL SIGUIENTE ACUERDO DE ARBITRAJE SE DEBE LEER EN CONJUNTO CON LAS DIVULGACIONES ANTERIORES. CUALQUIERA Y TODAS LAS CONTROVERSIAS, DISPUTAS O RECLAMOS ENTRE EL CLIENTE Y USTED, O EL BROKER INTRODUCTOR, O LOS AGENTES, REPRESENTANTES, EMPLEADOS, DIRECTORES, OFICIALES O PERSONAS DE CONTROL DE USTED O EL BROKER INTRODUCTOR, QUE SURJA DE, EN RELACIÓN CON, CON RESPECTO A (a) CUALQUIER DISPOSICIÓN O LA VALIDEZ DE ESTE ACUERDO O CUALQUIER ACUERDO RELACIONADO, (b) LA RELACIÓN DE LAS PARTES PRESENTES, O (c) CUALQUIER CONTROVERSÍA QUE SURJA DE SU NEGOCIO, EL NEGOCIO DEL BROKER INTRODUCTOR O LAS CUENTAS DEL CLIENTE , SE REALIZARÁ DE ACUERDO CON EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO DE ARBITRAJE DE LA AUTORIDAD REGULADORA DE LA INDUSTRIA FINANCIERA ("FINRA"). LA DECISIÓN Y LA ADJUDICACIÓN DEL (DE LOS) ARBITRO (S) DEBEN SER CONCLUSIVAS Y VINCULANTES A TODAS LAS PARTES, Y CUALQUIER JUICIO SOBRE CUALQUIER ADJUDICACIÓN PODRÁ SER INSCRITO EN UN TRIBUNAL QUE TENGA JURISDICCIÓN DE LOS MISMOS, Y NINGUNA DE LAS PARTES ABOGARÁ TAL ENTRADA.
Ninguna persona deberá llevar una acción de clase putativa o certificada al arbitraje, ni tratar de hacer cumplir ningún acuerdo de arbitraje previo a la disputa contra ninguna persona que haya iniciado en la corte una acción de clase putativa; o quién es miembro de una clase putativa que no se ha excluido de la clase con respecto a cualquier reclamo abarcado por la acción de clase putativa hasta que: (i) se niegue la certificación de clase; o
(ii) la clase está descertificada; o (iii) el tribunal excluye al cliente de la clase. Dicha tolerancia para hacer cumplir un acuerdo de arbitraje no constituirá una renuncia a ningún derecho bajo este acuerdo, excepto en la medida aquí establecida.
11. Hipoteca. Dentro de las limitaciones impuestas por las leyes, normas y reglamentos aplicables, todos los valores que posea usted en el presente o en el futuro, o que usted posea en cualquier cuenta para el Cliente (ya sea de forma individual o conjunta), o depositados para asegurarlos, pueden ocasionalmente en el tiempo, sin previo aviso, ser transferidos a sus préstamos generales y puede ser prometido, reabastecido, o hipotecado, por separado o en común con otros valores por la suma que se le adeuda al respecto o por una suma mayor y sin retener en su posesión o control para entrega una cantidad similar de valores similares. El IRS requiere que los Corredores de Bolsa traten los pagos de dividendos en posiciones de valores prestados como pagos recibidos en lugar de dividendos para propósitos de declaración de impuestos 1099. La tributación de los pagos de dividendos sustitutos puede ser mayor que la ordinaria en los dividendos calificados. Sin embargo, se entiende que usted acepta entregar al Cliente, a pedido y al pago del monto total adeudado al respecto, todos los valores en dichas cuentas, pero sin obligación de entregar los mismos certificados o valores depositados originalmente por el Cliente. Usted puede pedir prestado cualquier préstamo en el margen o cuenta corta del Cliente o prestarlo a otros.
12. Intereses. Los saldos de débito en todas las cuentas del Cliente se cargarán con intereses de acuerdo con su costumbre establecida, como se revela al Cliente en el Folleto de información del cliente de conformidad con las disposiciones de la Regla 10b016 de la Ley de Intercambio de Valores.
13. Margen. El Cliente se compromete a mantener, en todas las cuentas con usted, las posiciones y los márgenes requeridos por todos los estatutos, normas, reglamentos, procedimientos y costumbres, o según lo considere necesario o aconsejable. El Cliente acepta satisfacer puntualmente todas las llamadas de margen y mantenimiento.
14. Ventas. El Cliente acuerda designar específicamente cualquier orden para vender un valor, que el Cliente no posee como una venta corta, y entiende que marcará dicha orden como una venta corta. El Cliente acepta que cualquier pedido que no se designe específicamente como venta en descubierto es una venta de valores de propiedad del Cliente, y que el Cliente entregará los valores en la fecha de liquidación o antes, si no está ya en la cuenta. Si el Cliente no realiza dicha entrega en el tiempo requerido, está autorizado a pedir prestados dichos valores según sea necesario para realizar la entrega para la venta del Cliente, y acepta ser responsable de cualquier pérdida que pueda sufrir, o que usted pueda mantener como resultado de su incapacidad para pedir prestados dichos valores.
15. Representaciones. El Cliente declara que el Cliente es mayor de edad, que no es empleado de ningún exchange, ni de ninguna corporación de la cual cualquier exchange posee la mayoría del capital social, o de un miembro de cualquier exchange, o de un miembro firma o corporación registrada en cualquier bolsa o banco, compañía fiduciaria, compañía de seguros o de cualquier corporación, firma o individuo que se dedique al negocio, ya sea como broker o principal de securities, letras de cambio, aceptaciones u otras formas de papel comercial. Si el Cliente es una corporación, sociedad, fideicomiso u otra entidad, el Cliente declara que sus instrumentos de gobierno permiten este Acuerdo, que todas las personas aplicables lo han autorizado y que el signatario del Cliente está autorizado a obligar al Cliente. El Cliente declara que debe cumplir con todas las leyes, normas y reglamentos aplicables en relación con la cuenta del Cliente. El Cliente además declara que nadie, excepto el, tiene interés en la cuenta o cuentas del Cliente con usted.
16. Cuenta conjunta. Si el Cliente constara de más de una persona, las obligaciones del Cliente bajo este Acuerdo serán conjuntas y solidarias. Puede confiar en la transferencia u otras instrucciones de cualquiera de los Clientes en una cuenta conjunta, y dichas instrucciones serán vinculantes para cada uno de ellos. Puede entregar valores u otra propiedad a, y enviar confirmaciones; avisos, declaraciones y comunicaciones de todo tipo, a cualquiera de los Clientes, y dicha acción será vinculante para cada uno de ellos. Sin perjuicio de lo anterior, usted está autorizado, a su discreción. para exigir una acción conjunta de los inquilinos conjuntos con respecto a cualquier asunto relacionado con la cuenta conjunta, que incluye, pero no se limita a la entrega o cancelación de pedidos y el retiro de dinero, valores, futuros o productos básicos. En el caso de las cuentas TBE (Tenants by Entirety), se requerirá acción conjunta para todos los asuntos relacionados a la cuenta. Los TBE no se reconocen en ciertas jurisdicciones y, no se permitirá una designación de la cuenta.
17. Otros acuerdos. El Cliente acepta estar sujeto a los términos de su Solicitud de Nueva Cuenta / Acuerdo de Cuenta del Cliente. Si el Cliente negocia alguna opción, el Cliente acepta estar sujeto a los términos de su Acuerdo de Opción. El Cliente entiende que usted puede obtener copias de estos acuerdos y, en la medida en que corresponda, se incorporan como referencia en este documento. Los términos de estos acuerdos son adicionales a las disposiciones de este Acuerdo y otros acuerdos escritos entre usted y el Cliente.
18. Datos no garantizados. El Cliente acepta expresamente que cualquier dato o informe en línea se proporciona al Cliente sin garantías de ningún tipo, expresas o implícitas, incluidas, pero sin limitarse a, las garantías implícitas de comerciabilidad, adecuación de un propósito particular o no infracción. El Cliente reconoce que la información contenida en los informes proporcionados por usted se obtiene xx xxxxxxx que se consideran confiables, pero no se garantiza su exactitud de integridad. Dicha información podría incluir imprecisiones técnicas u otras, errores u omisiones. En ningún caso, usted o cualquiera de sus afiliados serán responsables ante el Cliente o cualquier tercero por la precisión, oportunidad o integridad de cualquier información puesta a disposición del Cliente o por cualquier decisión tomada por el Cliente en función de dicha información . En ningún caso, usted o sus entidades afiliadas serán responsables de daños especiales incidentales, indirectos o consecuentes, incluidos, pero no limitados a, los que resulten de la pérdida de uso, datos o ganancias, ya sea que se les informe o no de la posibilidad de daños, y en cualquier teoría de responsabilidad, que surja de o en relación con el uso de los informes proporcionados por usted o con el retraso o la imposibilidad de usar dichos informes.
19. Verificación de crédito. Usted está autorizado, a su discreción, si por algún motivo considera necesario para su protección, a solicitar y obtener un informe de crédito del consumidor para el Cliente.
20. Varios. Si alguna disposición de este Acuerdo se considera inaplicable; no afectará ninguna otra disposición del mismo. Los encabezados de cada sección de este Acuerdo son solo descriptivos y no modifican ni califican ninguna disposición de este Acuerdo. Este Acuerdo y su cumplimiento se regirán por las leyes del estado de Texas y cubrirán individual y colectivamente todas las cuentas que el Cliente ha abierto anteriormente, ha abierto ahora o puede abrir con usted, o con cualquier Broker Introductor, y todos y cada uno de las anteriores, actuales y futuras transacciones en dichas cuentas. Salvo lo dispuesto en este Acuerdo, ninguna disposición de este Acuerdo puede ser alterada, modificada o enmendada a menos que esté por escrito y firmado por su representante autorizado. Este Acuerdo y todas las disposiciones redundarán en beneficio de sus sucesores, ya sea por fusión, consolidación o de otro modo, sus cesionarios, el Broker Introductor del cliente y todas las demás personas especificadas en el párrafo 10. No será responsable de las pérdidas causadas directa o indirectamente. por cualquier evento más allá de su control razonable, que incluye, pero no se limita a, restricciones gubernamentales, decisiones de cambio x xx xxxxxxx, suspensión de la negociación o negociación inusualmente fuerte de valores, un cambio general en las condiciones económicas, políticas o financieras, guerra o huelgas. Puede transferir las cuentas del Cliente a sus sucesores y cesionarios. Este Acuerdo será vinculante para los herederos, albaceas, administradores, sucesores y cesionarios del Cliente.
21. Protección de la cuenta. Como miembro de Securities Investor Protection Corporation (SIPC), los fondos están disponibles para satisfacer los reclamos de los clientes hasta un límite de $ 500,000, que incluye un máximo de $ 250,000 para reclamos en efectivo. Para obtener información adicional sobre la cobertura de SIPC, incluido un folleto, comuníquese con SIPC al (000) 00000000 o visite xxx.xxxx.xxx. Apex ha comprado una póliza de seguro adicional a través de un grupo de Suscriptores de Londres (con Xxxxx'x of London Syndicates como el Suscriptor Principal) para complementar la protección de SIPC. Esta póliza de seguro adicional está disponible para los clientes en caso de que se agoten los límites de SIPC y brinda protección para valores y efectivo hasta un total de $ 600 millones. Esto se proporciona para pagar montos adicionales a los devueltos en una liquidación SIPC. Esta póliza de seguro adicional se limita a una devolución combinada a cualquier cliente de un Fideicomisario, SIPC y London
Underwriters de $ 150 millones, incluido efectivo de hasta $ 2.15 millones. Similar a la protección SIPC, este seguro adicional no protege contra una pérdida en el valor xx xxxxxxx de los valores.