MODELO DE CONTRATO DE SUMINISTRO ESTRUCTURA BÁSICA DE UN CONTRATO DE SUMINISTRO DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS.
MODELO DE CONTRATO DE SUMINISTRO
ESTRUCTURA BÁSICA DE UN CONTRATO DE SUMINISTRO DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS.
Entre los suscritos, a saber, xxxxxxxxxxxxxxxx (nombre del representante legal o persona autorizada por el vendedor), mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. Xxxxxxxxx (número de la cédula) expedida en xxxxxxxxxxxxxx (municipio donde fue expedida la cédula), domiciliado en xxxxxx (Ciudad de domicilio del representante legal), quien actúa en su calidad de Representante Legal de xxxxxxxxxxxxxxxxxx (nombre de la organización), quien en adelante se denominará EL VENDEDOR, por una parte, y el señor xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx (nombre del representante legal o de la persona autorizada), también mayor de edad, domiciliado en la ciudad de xxxxxxxxxxx (sitio donde vive el representante legal o persona autorizada), identificado con la cédula de ciudadanía número xxxxxxxxxxxxxxx (número de la cédula) expedida en xxxxxx, (municipio donde se expidió la cédula) quien actúa como representante legal de EL COMPRADOR, xxxxxxxxx (nombre de la empresa compradora), debidamente autorizados como consta en los certificados xx Xxxxxx de Comercio adjuntos o en las actas de Junta Directiva de las respectivas empresas, también adjuntas, las cuales hacen parte integral del presente documento, hemos convenido celebrar el presente contrato de suministro, con sujeción a las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto. El presente contrato tiene por objeto el suministro periódico (si se fijan fechas específicas) o continuo (si el suministro es ininterrumpido, por ejemplo, diario) por parte del VENDEDOR de xxxxxxxx (nombre del producto), al COMPRADOR, quién, a cambio, se compromete a pagar el precio señalado en la cláusula quinta de este contrato. Las partes convienen en que cada suministro constituye una venta en firme y que, en consecuencia, el VENDEDOR no aceptará devoluciones de las mercancías vendidas, salvo en los casos en que el producto suministrado no cumpla con las especificaciones técnicas establecidas en la cláusula tercera de este contrato. La mercancía será sometida a un análisis de calidad, en las condiciones aquí definidas, el cual determinará si se cumplen o no las condiciones de calidad acordadas.
CLÁUSULA SEGUNDA. Cantidad. xxx toneladas. Las fechas, porcentajes o condiciones particulares en relación con la cantidad a entregar en cada periodo también se describen aquí.
Tolerancia en la cantidad a entregar: xx% (el porcentaje que se acuerde, si existe esta condición) de más o de menos en la cantidad a opción del vendedor.
CLÁUSULA TERCERA. Calidad: Se describen las condiciones de calidad acordadas o se hace referencia a la ficha técnica si la hubiera, la cual haría parte integral del contrato.
CLÁUSULA CUARTA. Determinación de la calidad. Los procesos de determinación de la calidad y la liquidación de las entregas pueden generar inconvenientes en cuanto a devoluciones y la definición de calidades, cuando los mismos están a cargo del comprador o de laboratorios propios del comprador. Es conveniente la participación de delegados de los productores en los procesos de determinación de calidad y devoluciones, así como la intervención de laboratorios independientes externos, como elementos que contribuyen a la construcción de confianza entre las partes.
CLÁUSULA QUINTA: Diferencias en la calidad. Cuando EL COMPRADOR aduzca problemas de calidad del producto entregado en virtud del presente contrato, será xxxxxxxxxx (nombre del laboratorio u organismo acordado para dirimir y resolver diferencias por calidad) el que determine si la calidad del producto corresponde o no con las calidades pactadas. El dictamen de xxxxxxxxxxxx (nombre del laboratorio u organismo acordado para dirimir y resolver las diferencias de calidad) será inapelable y se aplicará para este efecto lo que se determine por ese organismo.
CLÁUSULA SEXTA. Devoluciones. Cuando EL COMPRADOR decida que devolverá un producto o mercancía porque no cumple las condiciones de calidad, se procederá de la siguiente manera: xxxxxx (describir lo acordado)
CLÁUSULA SÉPTIMA. Empaque. Se describen las características del empaque.
CLÁUSULA OCTAVA. Precio. El precio es de $$ xxxxxx (valor en letras y en números) por tonelada o por kilo. Se señala el precio acordado con las condiciones particulares, que pudiera haber.
Se define el precio a pagar por los productos objeto del contrato de suministro. Según el artículo 970 del Código de Comercio, si las partes no fijan el precio del suministro o la forma de determinarlo, se presumirá que aceptan el precio medio que las cosas o servicios tengan en el lugar y día del cumplimiento de cada entrega. Además, si las partes señalan un precio para una entrega, se presumirá que convienen el mismo precio para las demás entregas de esa especie. Se pueden especificar condiciones específicas de precio por periodo o ciclo de entrega según lo que acuerden las partes. Las presunciones establecidas en la norma legal se pueden controvertir con las pruebas correspondientes.
CLÁUSULA NOVENA. Forma de pago. El pago del xxxx (nombre del producto) negociado en las condiciones de este contrato, lo hará EL COMPRADOR de la siguiente forma: xxxxxxxxxxxxxx (describir la forma de pago que se acuerde)
CLÁUSULA DÉCIMA. Fecha de entrega y recibo. EL VENDEDOR se obliga a entregar y EL COMPRADOR a recibir el producto de la siguiente forma: xxxxx (describir la que se acuerde)
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. Sitio de entrega y recibo. EL VENDEDOR se obliga a entregar y el comprador a recibir el producto en bodegas del comprador o en centro de acopio del comprador o en finca, ubicada en el municipio xxxxxx (nombre del municipio), en la siguiente dirección: xxxxxxxxxxxx (dirección clara).
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. Transporte. Además de señalar las características de este servicio en el contrato es fundamental definir la incidencia de los costos de transporte sobre el precio y la negociación de este elemento. Hay que definir claramente cuánto cuesta, quién lo asume y como se va a pagar.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. Mermas y pérdidas. Señalar como se va a realizar su manejo.
CLÁUSULA VIGÉSIMO CUARTA. Valor de la negociación. En condiciones normales, en los contratos de suministro no se fija un valor total de la negociación. Sin embargo, se deja esta opción, si por las condiciones particulares del contrato y el deseo de las parte, se llegara a necesitar.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. Fuerza mayor. Cuando durante la vigencia del presente contrato se presenten fenómenos naturales, climatológicos, sanitarios o de otro carácter que afecten los procesos de producción a cargo del vendedor, estos serán admitidos por la parte compradora como justificación de incumplimiento en la entrega del mencionado producto, siempre que la ocurrencia de los mismos pueda ser verificada y cuyo impacto se pueda cuantificar en forma directa por el comprador o por el agente que las partes acuerden o que sea certificada por autoridad municipal, departamental o nacional de manera específica, es decir, en referencia al productor o productores afectados.
El VENDEDOR deberá notificar al comprador o a un tercero previamente acordado por las partes en las 72 horas siguientes a la ocurrencia del hecho que genera la fuerza mayor o el caso fortuito. Si se demuestra que la pérdida es total, por los fenómenos descritos en esta cláusula, EL VENDEDOR quedará eximido de responsabilidad por la no entrega de producto en el contrato celebrado. Si las pérdidas son parciales, el VENDEDOR queda obligado a cumplir la negociación en la cantidad de producto no afectada por los fenómenos antes descritos y EL COMPRADOR a pagar el precio en los términos pactados, respecto de la cantidad entregada.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. Garantías. Para garantizar el cumplimiento del presente contrato las partes se obligan a constituir las siguientes garantías: a) Por parte del vendedor xxxx b) por parte del comprador xxx
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA. Cesión de derechos y obligaciones. Normalmente se acuerda que ninguna de las partes podrá ceder o transferir total o parcialmente los derechos ni las obligaciones derivadas de este contrato, pero las partes pueden acordar lo contrario y establecer las condiciones en que se puede hacer.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA: Cláusula penal. El incumplimiento en cualquiera de las condiciones del presente contrato por las partes, dará lugar al pago, a cargo de quien incumpla, de la suma de xxxxx o de un valor igual al xx% por ciento del valor del contrato, excepto en los eventos de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobados.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA: Costos y gastos del contrato. Los costos y gastos generados por la celebración del presente contrato serán asumidos en un 50% por cada una de las partes.
CLÁUSULA VIGÉSIMA. Domicilio. Los domicilios de las partes son, para efectos legales, los siguientes:
El vendedor: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx (dirección clara), del municipio xxxx (nombre del municipio), del departamento de xxxxx (nombre del departamento).
El comprador: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx (dirección clara), del municipio xxxx (nombre del municipio), del departamento de xxxxx (nombre del departamento).
CLAUSULA VIGÉSIMA PRIMERA. Clausula compromisoria. En caso de presentarse diferencias o conflictos en la ejecución o liquidación del presente contrato, las mismas serán sometidas al arbitraje de la Cámara de Comercio de la ciudad de xxxxxxx (nombre de la ciudad donde está la Cámara de Comercio).
CLAUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA. Vigencia del contrato. El presente contrato tiene vigencia desde su firma y hasta el día xxxx (número del día) del mes xxx (nombre del mes) de 20xx (número del año).
CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA. Legislación aplicable. En todo lo convenido y en lo que no se encuentre expresamente previsto, este contrato se regirá por las leyes vigentes en la República de Colombia.
CLÁUSULA VIGÉSIMO CUARTA. Independencia de las partes. El presente contrato no genera vínculo adicional entre las partes ni habilitará al comprador para representar al vendedor a ningún título. El comprador manifiesta que en el pasado no ha existido ninguna clase de vinculación con el vendedor, con quién no lo une ni lo ha unido ningún contrato de mandato, comisión ni agencia comercial y que, en consecuencia, carece de autorización o vínculo contractual para representar o comprometer de alguna manera al vendedor o para anunciarse como titular de alguna de dichas calidades, por lo cual se ratifica la independencia y autonomía de las partes.
CLÁUSULA VIGÉSIMO QUINTA. Servicios adicionales. Si se va a prestar uno o varios de los servicios señalados a continuación se pueden incluir en esta cláusula o se puede hacer una cláusula para cada servicio adicional para formalizar el compromiso que se logre.
Los contratos de compraventa y suministro se pueden considerar simplemente como un instrumento para vender y comprar en condiciones más seguras y estables para las partes. Sin embargo, la experiencia internacional y algunas experiencias en el país muestran que los mismos pueden servir para el desarrollo de una estrategia inclusiva por parte de los compradores en la que se incorporan los anticipos, el apoyo a la gestión de créditos, la asistencia técnica, el desarrollo de nuevas técnicas y tecnologías, el desarrollo de nuevos productos, el acceso a nuevos mercados y el acompañamiento empresarial.
Nota: En contratos con empresas exportadoras, a veces se incorpora una cláusula sobre el control de los cultivos y el manejo del proceso de recolección, en cabeza de comprador. Igualmente, cuando se exige el cumplimiento de una certificación determinada, a veces, se incluyen obligaciones del productor-vendedor en relación con el cumplimiento de determinadas acciones y la facilitación de información y de ciertas intervenciones por parte del operador de la certificación o por parte del comprador.
Para constancia se suscribe en la ciudad de xxxxx (nombre la ciudad donde se firma el contrato) en dos (2) ejemplares de igual contenido a los xx (número) días del mes xx (nombre del mes) de 20xx (número del año).
POR EL VENDEDOR POR EL COMPRADOR
Nombre: Nombre:
C. de C. #: C. de C. #:
NIT: NIT:
Dirección: Dirección:
Ciudad: Ciudad:
Teléfono fijo: Teléfono fijo:
Teléfono celular: Teléfono celular:
Correo electrónico: Correo electrónico:
Nota: Una vez se diligencien los espacios con xxxx, con los datos correspondientes, las xxxx y los textos entre paréntesis deben ser eliminados del texto.