Contract
PLIEGO DE PRESCIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA SELECTIVA DE ACEITE VEGETAL DOMÉSTICO USADO MEDIANTE CONTENEDORES, EN EL ÁMBITO DE LOS MUNICIPIOS QUE INTEGRAN LA MANCOMUNIDAD DE DEBABARRENA. VENTA DE ACEITE A EMPRESAS GESTORAS AUTORIZADAS PARA SU RECICLAJE
1. OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto del presente contratar la prestación del Servicio de recogida selectiva de aceite doméstico usado mediante el vaciado de 61contenedores ubicados en la vía pública en el ámbito de los municipios que integran la Mancomunidad De Debabarrena y la venta del aceite recogido a empresa autorizada para su reciclaje.
El número total de contenedores a vaciar es de 61 contenedores de los que 56 contenedores tienen ubicaciones conocidas y que dichas ubicaciones son especificadas en el anexo nº 1 y hay que vaciar también otros 5 contenedores cuya ubicación no está aún definida, aunque lógicamente serán ubicados en los municipios de la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena .
Destino de los residuos recuperados: la empresa adjudicataria adquirirá la propiedad de todo el aceite vegetal doméstico usado, recogido mediante este servicio, pudiendo obtener ingresos derivados de su venta o comercialización a través de gestores autorizados.
En todo caso, el destino del aceite vegetal usado, recogido mediante la prestación es este servicio, será su reciclado u obtención de otros productos, no quedando admitida ninguna otra forma de eliminación del mismo. El adjudicatario deberá acreditar documentalmente que el aceite recogido es destinado a una operación de valorización.
2. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor estimado del contrato por la prestación del servicio objeto de este concurso para el periodo de 2 años de contrato más un año más de prórroga, (tres años en total) es de 116.424,00 € , que incluye el coste de la prestación del servicio y los ingresos derivados de la venta del aceite.
El presupuesto máximo por un año de contrato, por la prestación del servicio de recogida es de 16.870,00 € IVA no incluido.
El presupuesto de la duración cierta del contrato por la prestación del servicio de recogida por los años de contrato es de 33.740 € IVA no incluido.
Se deduce el valor del contrato de 116.424,00 € IVA no incluido para tres años, de la suma del coste de recogida de los residuos cuantificado para tres años en 50.610,00 € IVA no incluido y de los ingresos que se derivan de la venta del aceite recogido en tres años que se cuantifica en 65.814,00 € IVA no incluido.
El contrato se adjudica por precios unitarios. El precio unitario de licitación por vaciado es de 15,9124 €/contenedor vaciado, IVA no incluido.
El precio unitario de vaciado a ofertar viene dado por el cociente entre el precio ofertado por la prestación global del servicio de recogida de aceite y 61 que es el nº de contenedores objeto de recogida. El precio ofertado por la prestación global del servicio de recogida ha de incluir todas las tareas vinculadas a esa recogida de aceite según el Pliego de Prescripciones Técnicas, que incluye el vaciado de los contenedores, el acondicionamiento del aceite y su almacenaje, el mantenimiento y limpieza xx xxxxx y de contenedores , los costes de entrega al centro recuperador etc.
El precio ofertado por la prestación global del servicio de recogida de aceite es el que resulta de multiplicar el precio unitario de vaciado de un contenedor por el número total de vaciados anuales de todo el parque de contenedores.
El precio unitario de vaciado es el que se tendrá en cuenta para la valoración de la oferta económica.
3. DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración de la prestación del servicio objeto del contrato es de 2 años, prorrogable por 1 año más.
4. REQUISITOS OBLIGATORIOS:
Los participantes en este concurso han de presentar con carácter obligatorio una memoria técnica y una memoria económica de la oferta que realizan.
La propuesta técnica ha de exponer con claridad la forma y los medios materiales y humanos que se adscriben a la prestación del servicio objeto del contrato, exponiendo con suficiente detalle como se van a desarrollar las actividades que se exponen como obligatorias en la forma de realizarlas y en su contenido que se corresponde con lo especificado en los apartados 5, 6, 7, 8, 9, 13 y 14 de este Pliego de Prescripciones Técnicas.
Así mismo se ha de presentar una memoria económica que justifique la viabilidad económica de la propuesta de prestación de servicio efectuada.
El servicio de recogida selectiva de aceite vegetal comprende:
1) La recogida y transporte del aceite vegetal usado de origen doméstico depositado por los ciudadanos en los contenedores instalados en la vía pública.
2) El acondicionamiento previo y almacenamiento del aceite recogido.
3) La entrega del aceite a un valorizador autorizado para la fabricación de biocombustible homologado (biodiésel).
4) La limpieza, conservación y mantenimiento integral de los contenedores de aceite instalados en la vía pública.
5. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE ACEITE USADO DOMÉSTICO
5.1 Recogida y transporte del aceite
Residuos objeto de recogida y cantidades previstas de recogida
Aceite vegetal comestible (aceite de fritura) usado, de origen doméstico, embotellado, depositado en contenedores especiales de color naranja instalados en la vía pública.
La cantidad prevista de recogida de aceite doméstico usado mediante contenedores en la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena se prevé que sea de 43.876 kgs / año.
5.2 Características de los contenedores utilizados para el depósito de aceite doméstico usado
La Mancomunidad De Debabarrena tiene instalados contenedores fijos en la vía pública, fijados mediante fijación y atornillado al suelo, contenedores utilizados para el depósito de aceite doméstico usado. Dichos contenedores reúnen las siguientes especificaciones técnicas:
A) El contenedor diseñado específicamente para que el usuario deposite el aceite doméstico usado que previamente ha embotellado en su domicilio,
B) Para la introducción de los recipientes de aceite, el contenedor dispone de dos bocas de carga o buzones uno en la cara frontal y otro en la cara posterior. Las bocas de carga son fácilmente accesibles, cómodas de utilizar, y pueden ser usadas con una única mano y diseñadas de modo que se evitan posibles golpes o atrapamientos.
C) Los buzones están diseñados para permitir la introducción de pequeños bidones o garrafas de aceite doméstico de hasta 5 litros.
D) Las bocas de carga están dotadas de una tapa metálica basculante que se abre hacia el interior. Para evitar el ruido que pudiera producir la tapa al cerrar, las bocas disponen en su perímetro, en la zona de contacto, de una goma sólidamente adherida.
E) El contenedor está formado por dos elementos: la carcasa exterior y la cuba interior estanca para aceite embotellado, ambas metálicas.
F) El diseño del contenedor es tal que ante la posible rotura de los envases o recipientes depositados por los usuarios, se garantiza completamente su estanqueidad, y no permite ni caídas de recipientes fuera de la cuba interior ni que se produzcan derrames de aceite fuera del contenedor por ninguna causa.
G) El contenedor cuenta con un certificado emitido por una entidad externa independiente sobre el cumplimiento de la normativa europea de marcado CE y de seguridad de máquinas y equipos. Los contenedores disponen de manual de instalación y manual de uso y de mantenimiento.
H) Tanto la carcasa exterior como la cuba interior disponen xx xxxxx de protección en todas las aristas al alcance de los usuarios y del personal de recogida.
I) La carcasa exterior del contenedor dispone de al menos cuatro orificios en su base, dos en la parte frontal y dos en la posterior, que permitan su atornillado y fijación al suelo desde el interior, para evitar vuelcos, movimientos o daños por actos vandálicos.
J) La carcasa exterior del contenedor está fabricada íntegramente en xxxxx xx xxxxx galvanizado de al menos 2 mm. de espesor. La cuba o recipiente interior para la recogida de aceite es también xx xxxxx galvanizado, soldada mediante soldadura especial estanca por puntos. Todo el resto de elementos metálicos sin excepción, inclusive los remaches, ganchos y tornillería, están tratados convenientemente contra la corrosión mediante galvanizado o serán xx xxxxx inoxidable.
K) La cuba interior para la recogida de aceite tiene una capacidad nominal mínima de 900 litros, para evitar situaciones de saturación de los contenedores, aumentar el margen de seguridad ante picos de generación y no condicionar ni encarecer el servicio de recogida.
L) La cuba es completamente estanca y su diseño y colocación dentro del contenedor no permite caídas de recipientes fuera del mismo.
M) La cuba dispone xx xxxxxx.
N) Además el contenedor está diseñado de forma que si se abriera la puerta de acceso a la cuba, no se puedan extraer de ésta manualmente los envases que pudiera haber en su interior.
O) El contenedor dispone de una puerta de acceso a la cuba metálica interior que permita al personal de recogida retirarla fácilmente para ser reemplazada por otra cuba vacía.
P) La puerta es robusta y dispone de dos cerraduras de seguridad de llave tubular de código y tipo de llave exclusivo para evitar el acceso indeseado de personal no autorizado a su interior. Las bisagras son asimismo robustas.
Q) El contenedor dispone en su parte exterior, al menos, de una anilla superior que permita su izado y manipulación.
R) El contenedor está conformado de forma modular por piezas unidas por remaches xx xxxxx de alta resistencia a la cizalla y a la corrosión, que
permiten fácilmente el mantenimiento, reparación o sustitución de elementos que puedan resultar dañados.
S) La carcasa exterior está lacada mediante recubrimiento en polvo de resina de poliéster termoendurecible, de aplicación electrostática para su uso industrial en el exterior.
5.3 Ámbito de recogida
El de los 8 municipios que integran la Mancomunidad De Debabarrena, es decir: Mallabia, Ermua, Eibar, Soraluze, Elgoibar, Xxxxxxx, Xxxx y Mutriku.
Ubicación de los contenedores para aceite y sistema y frecuencias mínimas de recogida de aceite a realizar
En la siguiente tabla se incluye la relación de municipios que integran la Mancomunidad De Debabarrena, su población y el número de contenedores de aceite que están instalados en cada municipio. En el anexo 1 xxx xxxxxx se encuentran especificadas las direcciones exactas donde se encuentran los contenedores en cada uno de los municipios.
MUNICIPIO | HABITANTES | Nº CONTENEDORES |
Mallabia | 1.173 | 2 |
Ermua | 16.045 | 10 |
Eibar | 27.415 | 18 |
Soraluze | 3.944 | 3 |
Elgoibar | 11.594 | 11 |
Mendaro | 2.031 | 2 |
Deba | 5.480 | 5 |
Mutriku | 5.329 | 5 |
TOTAL | 73.011 | 56 |
La Mancomunidad Comarcal de Debabarrena instalará 5 contenedores más de los que se exponen en la tabla anterior en el territorio que abarca la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena, incorporando el vaciado de estos 5 contenedores a los 56 contenedores cuya ubicación es conocida, de forma que el concursante oferta el vaciado de los 61 contenedores con la frecuencia de vaciado mínima exigida, en el este pliego de prescripciones técnica.
Los concursantes pueden ofertar frecuencias de vaciado de los contenedores superiores a las mínimas exigidas en este pliego de
prescripciones técnicas.
Para el cálculo de cargas que supone la realización del vaciado de contenedores en las distintas rutas que los concursantes propongan, estas rutas han de tener en cuenta la ubicación de los cinco contenedores cuya ubicación se desconoce y que se prevé que sea como sigue:
• 1 contenedor a ubicar en el municipio de Ermua
• 1 contenedor a ubicar en el municipio de Eibar
• 1 contenedor a ubicar en el municipio de Elgoibar
• 1 contenedor a ubicar en el municipio de Deba
• 1 contenedor a ubicar en el municipio de Mutriku
5.4 Sistema de recogida
La recogida de aceite vegetal se efectuará mediante la utilización de un vehículo industrial debidamente equipado y rotulado, atendido por un operario.
Dicho personal estacionará el vehículo en las inmediaciones del contenedor de aceite, abrirá la puerta del contenedor de aceite que da acceso a la cuba metálica interior, la extraerá mediante una traspaleta y la reemplazará por otra cuba vacía, completamente limpia.
El vehículo realizará las paradas y maniobras estrictamente necesarias en los puntos de recogida, procurando en todo momento, no entorpecer el normal tránsito de personas y vehículos, adoptando las debidas medidas de seguridad.
5.5 Frecuencia mínima de vaciado de los contenedores
Cada contenedor de aceite se vaciará como mínimo cada 3 semanas.
Con independencia de la frecuencia mínima de vaciado asignada inicialmente a los contenedores, durante la vigencia del contrato, el contratista vendrá obligado a adecuar la frecuencia de vaciado a la velocidad de llenado de los contenedores, aumentando si fuera preciso la frecuencia de vaciado, de acuerdo con las instrucciones que en cada caso dicten los Servicios Técnicos de la Mancomunidad, para así mantener permanentemente disponible la capacidad de depósito de aceite en los contenedores, sin que ello suponga incremento alguno del precio de adjudicación.
Por motivos de seguridad, la frecuencia de vaciado será aquella que asegure en todo momento, que el material depositado en el contenedor, no supere el 67% de su capacidad de llenado. En aquellos casos en los que
los Servicios Técnicos de la Mancomunidad comprueben que la frecuencia de vaciado prestada es insuficiente para garantizar una disponibilidad mínima permanente del 33% del volumen de llenado de los contenedores, a requerimiento de la Mancomunidad, el contratista deberá incrementar la frecuencia de vaciado hasta garantizar la disponibilidad exigida.
El eventual incremento de las cantidades de aceite usado a recoger durante el periodo de vigencia del Contrato, derivado de un aumento demográfico o de un aumento en el índice de participación ciudadana, deberá ser previsto por los licitadores. Una vez realizada la adjudicación, el contratista no tendrá derecho a indemnización por razón del mismo.
5.6 Ejecución de los trabajos de recogida
El contratista deberá tener el máximo cuidado en la ejecución del servicio al objeto de no ensuciar las aceras y calzadas.
El operario de recogida procederá de forma inmediata a la completa limpieza de cualquier resto de aceite que pudiera derramarse accidentalmente durante las operaciones de recogida y transporte de aceite, utilizando productos y utensilios adecuados para tal fin.
Presencia de elementos no solicitados
El contratista se responsabilizará de la retirada y gestión de cualquier residuo no solicitado que pudiera aparecer junto con el aceite embotellado o en las inmediaciones del contenedor de aceite. En tales casos, después de efectuar su retirada, pondrá los hechos en conocimiento de los Servicios Técnicos de la Mancomunidad de Debabarrena para la adopción de las medidas que sean necesarias para evitar que se repitan nuevos casos.
Calendario y horario de vaciado de los contenedores
Los licitadores propondrán en sus ofertas los días y horarios de recogida que mejor se adapten a las peculiaridades propias de los municipios que integran la Mancomunidad y al sistema de recogida propuesto, sin perjuicio de la potestad de los Servicios Técnicos de la Mancomunidad de Debabarrena de modificarlos y la obligatoriedad del adjudicatario de aceptar tales modificaciones.
Para ello deberán tener en cuenta el tamaño del municipio, las frecuencias mínimas de vaciado de contenedores, sus estimaciones sobre generación y depósito de aceite doméstico usado y que el servicio en cuestión no provoque distorsión alguna ni se vea impedido como consecuencia de la celebración de mercados semanales, tráfico rodado y actividad ciudadana en general.
Traslado v reubicación de contenedores v otros trabajos afines
Será obligación del contratista, la realización de los siguientes trabajos:
a) La reubicación o la retirada y posterior colocación de los contenedores de aceite instalados, por cualquier causa justificada: necesidades del servicio, ejecución de obras en las proximidades, labores de asfaltado, cambios en el tráfico rodado, situaciones de peligrosidad para vehículos o peatones, celebración de acontecimientos sociales, culturales o deportivos, previsión de actos
violentos o vandálicos etc.
b) Otros trabajos similares ordenados por los Servicios Técnicos de la Mancomunidad.
El contratista deberá atender las órdenes dadas por los Servicios Técnicos de la Mancomunidad de Debabarrena relativas a este servicio, en el plazo en que éstas dicten.
5.7 Propiedad del aceite depositado en los contenedores
La totalidad del aceite doméstico usado depositado en los contenedores quedará en propiedad del adjudicatario.
Todas las obligaciones y responsabilidades que puedan surgir en el proceso de depósito de aceite en los contenedores, recogida, transporte, almacenamiento, acondicionamiento previo y valorización del aceite serán por cuenta del contratista.
5.8 Organización del servicio
Corresponde a las empresas licitadoras proponer el sistema más eficaz para llevar a cabo el servicio recogida y transporte del aceite anteriormente descrito, el mantenimiento de los contenedores y el lavado tanto de los contenedores como de las xxxxx, especificando las características de los medios humanos y materiales adscritos a la prestación del servicio objeto del concurso . Los licitadores definirán en la MEMORIA TÉCNICA, con todo tipo de detalle, el proyecto de organización, medios materiales y personal, desarrollando como mínimo los siguientes puntos:
a) Descripción detallada de los equipos de recogida, de mantenimiento y de limpieza de contenedores en cuanto a vehículos y personal.
b) Desccripción de los medios materiales auxiliares para realizar las tareas de recogida, limpieza y mantenimiento de los contenedores
c) Descripción del sistema de actuación previsto para el aceite que pudiera derramarse accidentalmente durante las operaciones de recogida y transporte de aceite.
d) Rutas de recogida debidamente justificadas y contenedores objeto de vaciado.
e) Calendario y horario de recogida.
f) Vehículos de reserva disponibles en las instalaciones fijas del contratista y plan de actuación previsto para situaciones de avería o parada programada.
g) Descripción del equipo de traslado y reubicación de contenedores y otros trabajos afines, y disponibilidad de dicho equipo.
h) Cuantos datos sean necesarios para la mejor descripción del servicio.
6. ACONDICIONAMIENTO PREVIO Y ALMACENAMIENTO DEL ACEITE RECOGIDO
- Acondicionamiento previo y almacenamiento del aceite recogido
La totalidad del aceite recogido se enviará inicialmente a unas instalaciones fijas del contratista donde se efectuará la limpieza de las impurezas que pudiera contener y otras operaciones de acondicionado previas a su valorización.
- Vaciado v reciclaje de envases
Será obligación del contratista efectuar el vaciado y reciclaje de los envases y recipientes domésticos utilizados por los ciudadanos para el depósito de aceite embotellado en los contenedores.
- Limpieza xx xxxxx metálicas
Será obligación del contratista efectuar en sus instalaciones una limpieza a fondo de las xxxxx metálicas para la recogida de aceite embotellado después de cada uso, utilizando sistemas de limpieza a presión y productos detergentes y desengrasantes apropiados para ello.
- Organización del servicio
Corresponde a las empresas licitadoras proponer el sistema más eficaz para llevar a cabo los trabajos arriba indicados con los medios propuestos. Los licitadores definirán en la MEMORIA TÉCNICA, con todo tipo de detalle, el proyecto de organización, medios y personal, desarrollando como mínimo los siguientes puntos:
a) Descripción de las instalaciones en las que efectuará el condicionamiento previo y almacenamiento del aceite recogido.
b) Descripción de las labores de acondicionamiento previo del aceite.
c) Descripción de las labores de vaciado y reciclado de envases domésticos que han contenido aceite usado.
d) Descripción de las labores de limpieza xx xxxxx metálicas.
7. VALORIZACIÓN DEL ACEITE RECOGIDO
- Valorización del aceite recogido
Será obligación del contratista destinar el aceite recogido, una vez acondicionado, a un valorizador autorizado para la obtención de biocarburante.
- Organización del servicio
El contratista deberá indicar en su MEMORIA TÉCNICA el gestor autorizado al
que va a destinar el aceite para su valorización y presentará un escrito de conformidad expedido por dicho valorizador.
8. LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE CONTENEDORES
8.1 Limpieza de contenedores
- Objeto
Para garantizar el perfecto estado higiénico-sanitario y el buen aspecto estético de todos los contenedores, será obligación del contratista realizar una limpieza y desinfección exhaustiva de la totalidad de los contenedores para la recogida de aceite instalados en el ámbito territorial de los municipios que integran la Mancomunidad De Debabarrena.
- Lugar de limpieza
Las operaciones ordinarias de limpieza de contenedores se efectuarán "in situ", es decir, en el propio punto donde estén ubicados los contenedores.
Para ello, el contratista adoptará las medidas adecuadas para evitar cualquier molestia a bienes o personas derivada de las operaciones de limpieza, inclusive del estacionamiento del vehículo de limpieza en las inmediaciones del contenedor.
- Frecuencia de limpieza
Los contenedores se someterán a una limpieza externa con una frecuencia mínima bimensual.
Con independencia de dicha frecuencia mínima, puntualmente, a requerimiento de los Servicios Técnicos de la Mancomunidad, el contratista vendrá obligado a efectuar la limpieza de aquellos contenedores que en el período comprendido entre limpiezas presenten signos evidentes de suciedad, sin que ello suponga incremento alguno del precio de adjudicación.
- Descripción de las operaciones de limpieza externa de contenedores
La limpieza externa de los contenedores se realizará mediante el siguiente procedimiento general:
a) En primer lugar se procederá a la retirada manual de cualquier elemento extraño que se encuentre adherido al contenedor (carteles, cintas adhesivas, pegatinas etc.).
b) A continuación, se efectuará un pulverizado manual o mecánico de la superficie externa del contenedor proyectando un producto detergente eficaz. Dicho detergente se dosificará a la concentración recomendada por el fabricante, será biodegradable como mínimo en un 90 %, estará compuesto por tensioactivos de elevado poder
humectante y emulsionantes de la materia grasa así como por “secuestrantes” de la dureza del agua y generará una cantidad reducida de espuma.
c) Finalmente, se enjuagará el contenedor con agua fría o caliente, con ayuda de una lanza de alta presión.
Si fuera preciso, aquellas zonas que se resistan a la limpieza mediante la lanza a presión se limpiarán de forma manual.
Finalizada la operación xx xxxxxx, el estado final del contenedor será tal que su superficie exterior no ofrezca resto alguno de suciedad.
Se prestará también especial atención a la zona situada alrededor del contenedor (calzada, acera...), procediendo a limpiar cualquier posible mancha de aceite que pudiera haber.
Las operaciones xx xxxxxx deberán realizarse mediante procedimientos y detergentes químicos previamente autorizados por los Servicios Técnicos de la Mancomunidad, quienes podrán dictar, en función del grado de limpieza obtenido, órdenes e instrucciones concretas, que serán de obligado cumplimiento por el contratista. Para ello, el contratista deberá efectuar una demostración práctica previa a la iniciación de la prestación del servicio ante los Servicios Técnicos de la Mancomunidad, con un número reducido de contenedores, para valorar la eficacia del sistema de limpieza propuesto.
Para la limpieza externa manual de los contenedores se destinará un furgón hidrolimpiador o un equipo de alta presión remolcable, de agua fría o caliente, equipado con todos los elementos necesarios para efectuar la limpieza externa mediante el procedimiento descrito.
- Horario de limpieza
Las operaciones de limpieza externa de aquellos contenedores que se ubiquen en áreas urbanas residenciales se realizará preferentemente en horario diurno, no antes de las 8.00 a.m., para evitar así molestias a los ciudadanos.
8.2 Conservación y mantenimiento de contenedores
- Objeto
El Servicio consistirá en la conservación y mantenimiento INTEGRAL de la totalidad de los contenedores instalados, para que en todo momento se encuentren en perfectas condiciones de uso, tanto por parte de los usuarios como por parte del servicio de recogida.
Será obligación del contratista la organización y ejecución de la totalidad de los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo que requieran los contenedores de aceite instalados.
- Programa de conservación v mantenimiento:
El contratista deberá establecer para el mantenimiento general periódico de los contenedores un Programa, en el que queden detalladas todas las operaciones de mantenimiento preventivo.
Los trabajos de mantenimiento, incluirán como mínimo:
■ La revisión periódica del estado funcional y de conservación de los contenedores. La periodicidad mínima para efectuar las revisiones será misma que la periodicidad de vaciado asignada a cada contenedor.
■ La revisión de las bisagras y cierres de seguridad de la puerta de acceso a la cuba interior.
■ La revisión de las tapas basculantes de las bocas de carga y sistemas para amortiguar el ruido.
■ La revisión de los cuatro puntos de atornillado del contenedor al suelo.
■ La sustitución o reparación de cualquier componente deteriorado o defectuoso.
■ La reposición de los adhesivos del contenedor que sean poco legibles o resulten deteriorados.
■ La eliminación completa de pintadas y grafittis mediante productos de probada eficacia que a su vez no dañen el contenedor.
■ La corrección de aquellas partes del contenedor que sufran golpes o impactos que den lugar a abolladuras, deformaciones o desajustes.
■ La corrección de aquellas partes del contenedor que sufran rozaduras que den lugar a rayas o zonas con desprendimiento de pintura o material.
■ Otros trabajos incluidos en el manual de conservación y mantenimiento del fabricante del contenedor.
En los casos de trabajos de mantenimiento no programados, como consecuencia de necesidades sobrevenidas, el contratista deberá solucionar la anomalía detectada, en un plazo máximo de 24 horas.
El contratista destinará al servicio de mantenimiento y conservación de contenedores un furgón de mantenimiento, asistido por un operario cualificado, dotado de los elementos de utillaje, herramientas y repuestos necesarios para realizar "in situ" cualquier operación de mantenimiento preventivo o correctivo.
- Lugar para efectuar las operación de conservación v mantenimiento
Los trabajos de mantenimiento podrán efectuarse "in situ", es decir, en el propio punto donde estén ubicados los contenedores, siempre que estas operaciones no originen ningún trastorno en la vía pública. En caso contrario, los trabajos de mantenimiento se desarrollarán obligatoriamente en instalaciones fijas del contratista o en un área próxima previamente autorizada por la Mancomunidad De Debabarrena.
- Repuestos
El contratista dispondrá obligatoriamente de un stock suficiente de piezas de repuesto de los contenedores instalados. El contratista asumirá las responsabilidades derivadas de la eventual demora que pudiera producirse en el mantenimiento ordinario o en la reparación de contenedores como consecuencia de la falta de repuestos necesarios.
Los repuestos utilizados para la sustitución o reparación de cualquier componente deteriorado o defectuoso serán siempre originales, es decir, suministrados por la casa fabricante de los contenedores.
- Organización del servicio de limpieza v de mantenimiento v de conservación de contenedores
Corresponde a las empresas licitadoras proponer el sistema más eficaz para llevar a cabo el servicio de limpieza y de mantenimiento y de conservación de contenedores, con los medios propuestos.
Los licitadores definirán en la MEMORIA TÉCNICA, con todo tipo de detalle, el proyecto de organización, medios y personal, desarrollando como mínimo los siguientes puntos:
a) Limpieza de contenedores
- Descripción detallada de las operaciones de limpieza de los contenedores.
- Descripción del equipo xx xxxxxx en cuanto a vehículo y personal.
- Rutas xx xxxxxx debidamente justificadas y contenedores objeto xx xxxxxx.
- Calendario y horario xx xxxxxx.
b) Mantenimiento y conservación de contenedores
- Plan de Mantenimiento y Conservación, preventivo y correctivo, de los contenedores de aceite.
- Descripción detallada de las operaciones de mantenimiento a efectuar y forma de realización de las mismas.
- Descripción del equipo de mantenimiento en cuanto a vehículo y personal.
- Descripción del stock de piezas de repuesto de los contenedores.
c) Cuantos datos sean necesarios para la mejor descripción del servicio
9. DECLARACIÓN DE AUTORIZACIONES Y DE CERTIFICADOS:
La oferta técnica que presenten los concursantes han de presentar las siguientes autorizaciones y certificados:
Para la recogida y para el transporte:
.- La autorización para la gestión de residuos no peligrosos.
.- O el sello de entrada de la comunicación de transportista, o de recogedor o de negociante de residuos acompañado de la autorización de gestor autorizado.
El centro de almacenamiento y filtrado del aceite ha de poseer:
.- La autorización para la gestión de residuos no peligrosos para las labores de almacenamiento, filtrado y expedición de aceite doméstico.
.- Y el certificado ISCC de recuperación y de reciclado.
10. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones previstas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (X.X.X. xx 000, xx 00 xx xxxxxxxxx xx 0000), xx Xxxx Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (B.O.E. n° 27, de 31 de enero de 1997), el Real Decretol 71/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, en materia de coordinación de actividades empresariales y demás legislación relacionada con la Seguridad y Salud en el Trabajo.
En consecuencia, será obligación del contratista:
• Garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.
• Realizar la prevención de los riesgos laborales mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias.
• Evaluar los riesgos laborales.
• Planificar la acción preventiva a partir de los resultados de la evaluación de los riesgos.
• Asegurarse de que los medios de trabajo garanticen la seguridad de los trabajadores.
• Proporcionar a los trabajadores los medios de protección personal adecuados al trabajo a realizar, cuando los riesgos no se puedan evitar o limitar suficientemente.
• Informar adecuadamente a los trabajadores acerca de los riesgos existentes, las medidas y actividades de protección aplicables y las medidas de emergencia adoptadas.
• Consultar a los trabajadores y permitir su participación en todas las cuestiones que afecten a la seguridad y la salud laborales.
• Garantizar que cada trabajador reciba una formación adecuada en materia preventiva.
• Informar y adoptar medidas, cuando los trabajadores pueden estar expuestos a un riesgo grave e inminente.
• Garantizar la vigilancia médica periódica de la salud de los trabajadores.
• Designar a uno o varios trabajadores para ocuparse de la prevención de riesgos profesionales, constituir un servicio de prevención o concertar dicho servicio con una entidad especializada.
La Mancomunidad de Debabarrena adoptará las medidas de vigilancia oportunas para verificar el cumplimiento por parte del contratista de las obligaciones de prevención que le son exigibles.
11. PERSONAL
El contratista dispondrá en todo momento del personal necesario para prestar el servicio, de acuerdo con las directrices y especificaciones descritas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
El contratista deberá disponer los medios humanos necesarios para asegurar en todo momento la eficaz ejecución del servicio objeto del contrato y cubrir eventualidades tales como bajas por enfermedad o accidente, permisos, labores sindicales, vacaciones y otras causas
debidamente justificadas, así como todo tipo de bajas imprevistas y absentismo. Dichas ausencias o bajas del personal deberán ser cubiertas de forma inmediata por parte del contratista.
La Mancomunidad de Debabarrena no tendrá relación jurídica, laboral o de cualquier otra índole con el personal del contratista, durante la vigencia del contrato ni al término del mismo, siendo por cuenta del contratista todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que surgieran con ocasión de éste contrato.
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando la Administración exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
En caso de huelga o conflicto de empresa, ésta deberá acatar y llevar a cabo los servicios mínimos que la Mancomunidad De Debabarrena u otros organismos competentes establezcan.
12. CESIÓN DE CONTENEDORES PARA ACEITE DOMESTICO USADO AL CONTRATISTA
La Mancomunidad de Debabarrena pondrá a disposición del contratista, para la prestación del servicio, 61 contenedores para el depósito de aceite doméstico usado descritos en el epígrafe 5.2 del presente Xxxxxx que se entregarán debidamente rotulados y atornillados al suelo en la vía pública.
Todas las responsabilidades que pudieran derivarse de su ubicación en la vía pública, de su uso por parte de los ciudadanos y de las operaciones relacionadas con los trabajos de explotación, serán por cuenta del contratista.
Una vez adjudicado el contrato, el contratista no podrá exigir a la Administración la modificación o reforma de los contenedores que hayan sido puestos a su disposición para la prestación del servicio. No obstante, el contratista podrá efectuar a su xxxxx las modificaciones y mejoras técnicas que considere convenientes, previa autorización de los Servicios Técnicos de la Mancomunidad de Debabarrena.
El contratista queda obligado a que la totalidad de los contenedores cedidos estén en un buen estado de limpieza y conservación.
Será obligación del contratista:
- La organización y ejecución de los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo de los contenedores en los términos previstos en el presente Pliego, de acuerdo con los manuales de operación suministrados por el fabricante y siempre de acuerdo con las normas técnicas y de seguridad oficiales, y de buena práctica en su caso.
- Realizar los trabajos de mantenimiento preventivo general periódico, a fin de que se encuentren siempre en óptimas condiciones de operatividad,
seguridad y salubridad, aplicado los manuales de conservación y mantenimiento de los fabricantes, complementados con el Plan de Mantenimiento Preventivo ofertado en la licitación.
- Establecer para el mantenimiento general periódico un programa, en el que queden detalladas todas las operaciones de mantenimiento preventivo. La realización de los trabajos se reflejará en los informes correspondientes que se entregarán a la Mancomunidad De Debabarrena con la periodicidad adecuada.
El estado de conservación y funcionamiento de los contenedores será inspeccionado periódicamente por personal de la Mancomunidad de Debabarrena, sus colaboradores y otros profesionales a los que se les deleguen esas funciones, para comprobar la efectividad de las operaciones de mantenimiento, debiendo el contratista facilitar estas labores de inspección, proporcionar los datos requeridos y realizar las pruebas de control que se les demanden. Si de la inspección realizada se concluyera que las operaciones de mantenimiento no se realizan o se realizan deficientemente, podrá ordenar su ejecución o corrección a cargo del contratista.
Todos los gastos que se produzcan por las labores de mantenimiento y conservación de los contendores serán a cargo del contratista.
Al término del contrato, el contratista deberá devolver a la Mancomunidad de Debabarrena los contenedores puestos a su disposición en el mismo estado en que las hubiera recibido al comienzo de aquella, teniendo en cuenta el deterioro que un uso normal de los mismos y en transcurso del tiempo hubieran podido producir.
En garantía del cumplimiento por parte del contratista de la obligación de mantener y conservar adecuadamente los contenedores, tres (3) meses antes de la finalización del contrato o de sus prórrogas, se someterán las mismas a la Intervención Técnica que la Mancomunidad De Debabarrena estime oportuna, realizando x xxxxx del contratista en los tres últimos meses, las reparaciones y reposiciones de cuantos desperfectos se observen y excedan del deterioro normal derivado de un uso y mantenimiento cuidadoso.
13. VEHÍCULOS, MAQUINARIA E INSTALACIONES FIJAS
El adjudicatario deberá aportar cuantos medios materiales sean necesarios para la correcta prestación del servicio.
Los medios materiales destinados a la ejecución del servicio, asegurarán en todo momento la prestación de los mismos con margen suficiente para llevar a término puntualmente el plan de trabajo y solventar los imprevistos que pudieran producirse.
El material móvil a utilizar, será el más adecuado a las exigencias del Servicio.
Todos los medios materiales afectos a la contrata, serán puestos al servicio de la Mancomunidad de Debabarrena a tiempo parcial, es decir, únicamente en los momentos de prestación del Servicio.
La totalidad del material móvil, la maquinaria y herramienta específica a emplear, y los locales y dependencias del servicio a utilizar, deberá ser minuciosamente descrita por los licitadores en la MEMORIA TÉCNICA, con indicación de sus características técnicas, equipamientos, las fichas técnicas de los vehículos adscritos al servicio, antigüedad, si son o no de propiedad del concursante etc. y con aportación de todo tipo de planos, croquis, esquemas, fotografías y cuantos datos crean necesarios aportar, a fin de obtener el mejor conocimiento posible de los mismos.
14. ORGANIZACIÓN Y SISTEMAS DE CONTROL
Dentro de la organización propuesta, el contratista dispondrá de unos dispositivos informáticos ágiles que permitan proporcionar a tiempo todos los datos requeridos por la Mancomunidad de Debabarrena, en orden a la justificación de los trabajos realizados y para llevar a cabo satisfactoriamente los controles que crea conveniente sobre el servicio contratado. Estos dispositivos y sistemas serán compatibles con los disponibles por la Mancomunidad.
Semanalmente el contratista proporcionará a la Mancomunidad de Debabarrena, datos relativos a los contenedores objeto de vaciado, fechas de vaciado, niveles de llenado de los contenedores, cantidad de aceite recogido, incidencias en el servicio etc.
Mensualmente, el contratista proporcionará a la Mancomunidad de Debabarrena, datos relativos a contenedores objeto de limpieza, fechas xx xxxxxx, incidencias en el servicio etc.
Mensualmente, el contratista proporcionará a la Mancomunidad de Debabarrena, datos relativos a contenedores objeto de acciones de mantenimiento y conservación, fechas de actuación, trabajos efectuados, etc.
El servicio contratado, estará sometido permanentemente a la inspección y vigilancia de la Mancomunidad de Debabarrena, a través de sus Servicios Técnicos, quienes podrán realizar las revisiones que estimen oportunas, en cualquier momento y lugar. La inspección que al efecto designe la Mancomunidad, tendrá acceso a los vehículos y a los locales y dependencias del servicio y le serán facilitados cuantos datos precise. La Mancomunidad de Debabarrena podrá dictar, en función de la inspección realizada, órdenes e instrucciones concretas, que serán de obligado cumplimiento por el contratista.
El contratista queda obligado a exhibir cuantos documentos le sean solicitados por la Mancomunidad de Debabarrena, y en especial, los relativos a seguros sociales, prevención de riesgos laborales, accidentes de trabajo, pólizas de seguros, instalaciones y material, y en general, a permitir todas aquellas actuaciones encaminadas a evitar cualquier responsabilidad subsidiaria de la Mancomunidad de Debabarrena.
El contratista queda obligado también a preparar cuantos informes y estudios relacionados con el servicio le sean ordenados por la Mancomunidad de Debabarrena.
Mensualmente el contratista acreditará a la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena las ventas de aceite usado doméstico recogido de los contenedores en la Comarca de Debabarrena, documentando mediante factura la cantidad de aceite vendido al centro de valorización del aceite doméstico usado.
15. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
15.1 Criterios cuya adjudicación de puntos resulta de la aplicación de una fórmula (criterios automáticos):
A) Oferta económica: se asignará por este concepto hasta un máximo de 50 puntos
El cálculo de las puntuaciones de las ofertas económicas, correspondientes a las propuestas admitidas, se realizará en función de aquellas, mediante interpolación lineal, según la recta definida por los dos puntos P1 (Baja máxima, puntuación máxima 50 puntos) y P2 (Baja cero, Puntuación mínima), y dentro del segmento de dicha recta, limitado por ellos. Los mencionados puntos son los siguientes:
P1 – El correspondiente a la oferta de precio unitario de vaciado más bajo (Baja máxima), a la que se otorgará una puntuación, máxima, igual a 50 puntos.
P2 – El correspondiente al precio unitario de licitación por vaciado, al que se otorgará la puntuación, mínima, que corresponda con arreglo a la fórmula siguiente:
Pmin = 50 x (1- Bmax) (Bmax = Baja máxima)
Si el valor calculado de Pmin por la aplicación de la fórmula anterior resultara un valor negativo, este valor se llevará a cero puntos
Se entiende por baja (Bi), la diferencia entre el precio unitario de vaciado de la licitación y el precio unitario de vaciado de cada oferta económica, dividiendo dicho resultado por el precio unitario de vaciado de la licitación.
Para la obtención de la recta antes definida, se tendrán en cuenta sólo las ofertas-base admitidas.
Se considerará, en principio, como desproporcionada o temeraria, la baja de toda proposición cuyo porcentaje exceda en 10 unidades, por lo menos, a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones admitidas.
Si se diera el caso en el que una o varias ofertas incurrieran a priori en baja temeraria, pero que después de estudiada la oferta se entendiera que los precios ofertados se adecuan a la ejecución del proyecto, porque se justifica debidamente la desviación que hace incurrir a estas ofertas inicialmente en baja temeraria, se admitirán estas propuestas como válidas y se recalculará como punto P1 el correspondiente a la última oferta más económica (Nueva baja máxima), a la que se otorgará una puntuación, máxima, igual a 50 puntos.
15.2 Criterios cuya adjudicación de puntos resulta de la aplicación de un juicio de valor:
B) Características técnicas: se asignará por este concepto hasta un máximo de 50 puntos
B.1) Organización del servicio: Características de los medios (materiales y humanos) adscritos a los servicios de recogida de aceite, mantenimiento y limpieza de contenedores, sus rutas, calendarios y horarios de realización de las distintas tareas , etc… | Hasta 20 puntos |
B.2) Características de las instalaciones de almacenamiento del aceite, de las labores acondicionamiento previo del aceite, descripción del vaciado y reciclado de envases domésticos, etc… | Hasta 15 puntos |
B.3) Mejoras - mayor frecuencia de recogida de los contenedores - mayor frecuencia de limpieza de contenedores | Hasta 15 puntos |
Anexo 1. Ubicación contenedores de aceite por municipios
POB. | SITUACIÓN | SOBRENOMBRE | Nº |
Mallabia | Xxxxx Xxxxxx, 8 | 1 | |
Mallabia | Pol.Goitondo, 2. | Centro Aportación | 1 |
Ermua | San Xxxxxxx, 8 | Bar Paco Xxxx. Xxxxxxx | 0 |
Xxxxx | Probaleku, 1 | Plaza España | 1 |
Ermua | Goien kale, 21 | xxxxx | 1 |
Xxxxx | Xxxxxxxx,1 | Xxxx Xxxx - Xxxxxxx | 0 |
Xxxxx | Xxxxxxx, 0 | 0 | |
Xxxxx | Xxxxx Xxx, 8 xxxxx 0 | 0 | |
Xxxxx | Xxxx Xxxxxxxx, 0 | 0 | |
Xxxxx | Xxxx. Xxxxxxxx, 00 | Hotel | 1 |
Ermua | Abeletxe, 24 | ambulatorio | 1 |
Ermua | San Xxxxxx, 44 | Xxxxxxxxxxxxx | 0 |
Xxxxx | Xxxxxxx, 00 | Xxxxxxxx | 0 |
Xxxxx | Xxxxxxxx Xxxxxx, 25 | Xxxxxx | 1 |
Xxxxx | Xxxxxx tarren, 10 | Xxxxxx | 0 |
Xxxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, 16 | 1 | |
Xxxxx | Xxxxxxxx Xxxxxx, 22 | 1 | |
Xxxxx | Xxxxx, 9 | Txaltxa | 1 |
Eibar | Txantxa Zelai, 24 | 1 | |
Xxxxx | Xxxxxx, 2 | Agiñaspi | 1 |
Xxxxx | Xxxxxx, 7 | Aranes- Zubi Gain | 1 |
Eibar | Jardiñeta, 8 | 1 | |
Eibar | Xxxxxxxxxxxx, 0 | Katu Kale | 1 |
Eibar | Bidebarrieta, 60 | 1 | |
Xxxxx | Xxxxxx, 11 | 1 | |
Xxxxx | Xxxxxxx, 22 | 1 | |
Eibar | Errebal, 5 | 1 | |
Xxxxx | Xxxxxxx, 3 | Hotel | 1 |
Xxxxx | Xxxxxx GI-3301 | Rest. Cantabria | 1 |
Eibar | Azitain | Garbigune | 1 |
Soraluze | Baltegieta, 2 | Polideportivo | 1 |
Soraluze | Xxxxxxx, 26 | Limpiezas Xxxxx | 1 |
Soraluze | Xxxx. Xxxxxx, 00 | Xxxxxxx | 0 |
Xxxxxxxx | Xxxxxxxx, 0 | Xxx Xxxxxxx | 0 |
Xxxxxxxx | San Xxxx 34 | Instituto | 1 |
Elgoibar | San Xxxx, 12 | 1 | |
Elgoibar | Xxxxx Xxxx Xxxxxx, 00 | parada taxi | 1 |
Elgoibar | Xxxxx Xxxxxxxx, 8 | Xxxxxxx | 1 |
Elgoibar | Alameda Balneario, Alzola | 1 |
POB. | SITUACIÓN | SOBRENOMBRE | Nº |
Xxxxxxxx | Xxxxxxxx, 0 | 0 | |
Xxxxxxxx | Xxx. Xxxxx, 00 | 0 | |
Xxxxxxxx | Xxxxxxx Xxxxxxx, 4 | Sigma | 1 |
Elgoibar | Xxxxxxxxxx, 0 | 0 | |
Xxxxxxxx | Xxx. Xxxxxxx | Garbigune | 1 |
Xxxxxxx | Xxxxxxxxxxxx, 2 | Setos | 1 |
Mendaro | Zelaikua Plaza, 18 Azpilgoeta 16 | Azpilgoeta | 1 |
Xxxx | Xxxxxxxxx, 8 | Subida Agerretxe | 1 |
Deba | Xxxxx Xxxxxxxxx, 0 | Xxxxxxxxxx | 0 |
Xxxx | Hondartza kalea, 15 | Crtra.634 frente correos | 1 |
Deba | Hondartza kalea, 3 | Paseo Cubierto | 1 |
Xxxx | Xxxxxx. Xxxxxx auzoa, 2 | Hotel Kanala | 1 |
Mutriku | Xxxxxxxxx plaza, 1b | entrada muelle. Báscula | 1 |
Mutriku | Xxx Xxxxxxx, 0 | 0 | |
Xxxxxxx | Xxxxxxx Xxxxxx, 0 | entrada parking | 1 |
Mutriku | Xxx Xxxxxxx, 00 | Ermita | 1 |
Mutriku | Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, 00 | 0 |