CONTRATO DE SERVICIO DE BANCA POR INTERNET DE BANCO ATLÁNTIDA - PERSONAS NATURALES
CONTRATO DE SERVICIO DE BANCA POR INTERNET DE BANCO ATLÁNTIDA - PERSONAS NATURALES
Nosotros: A) BANCO ATLÁNTIDA, S.A., entidad bancaria, de derecho privado, con domicilio en Managua, Nicaragua, autorizado en Escritura Pública Número Ocho (8), de “Constitución de Banco Atlántida Nicaragua, Sociedad Anónima, y Aprobación de sus Estatutos”, autorizada en la ciudad de Managua a las ocho y treinta minutos de la mañana del día 14 xx xxxxx del 2018, ante el notario público Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, cuyo primer testimonio fue inscrito bajo el Número Único del Folio Personal: MG00-22-007344, en Asiento 1 del Registro Público de la Propiedad Inmueble y Mercantil del Departamento de Managua, siendo representado por , , ,
, del domicilio , identificado con Cédula
, actuando en nombre y representación de BANCO ATLÁNTIDA NICARAGUA S.A., en su Carácter de Presidente Ejecutivo, de conformidad con Testimonio de Escritura Pública Número setenta y seis (76) Poder General de Administración, autorizada en la ciudad de Managua, Nicaragua a las 03:30 pm del día 12 xx Xxxxx del año 2019, ante la notario público Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, estando el primer testimonio inscrito bajo el Número Único del Folio Personal: MG00-22-007344. Asiento 6 del Registro Público de la Propiedad de Inmueble y Mercantil del departamento de Managua, que en lo sucesivo se denominará EL BANCO; y B) , mayor de edad, (estado civil), (profesión u oficio), (domicilio) (tipo y número de identificación), en lo sucesivo EL CLIENTE, hemos convenido celebrar como en efecto celebramos el presente contrato denominado CONTRATO DE SERVICIO DE BANCA POR INTERNET BANCO ATLÁNTIDA.
DEFINICIONES:
Para los efectos de este documento se establecen las siguientes definiciones:
a. Banco, es expresamente Banco Atlántida, S.A.
b. Banca por Internet, es el servicio de Banca Virtual en donde Banco Atlántida puede poner a disposición del cliente diversos servicios financieros, bancarios, seguros, inversiones y de información.
c. Cliente, es toda persona natural que sea signataria de algún servicio o producto de Banco Atlántida y que se adhiere a los términos de este Contrato.
PRIMERA: OBJETO. El presente contrato tiene como objeto regular los diferentes servicios electrónicos que el Banco brinda al Cliente. Para tal efecto, El Banco pone a disposición del Cliente un sistema informático que puede ser usado a través de Internet para que realice en línea operaciones de afectación a sus cuentas en el Banco y que ha designado y autorizado previamente. La utilización de estos servicios atribuye la condición de usuario al Cliente que sea titular de los servicios e implica aceptación plena y sin reservas de parte del Cliente, de todas y cada una de las condiciones generales. La utilización de estos servicios se encuentra sometida igualmente a todos los Avisos, Reglamentos e Instrucciones puestos en conocimiento al Cliente por parte del Banco.
SEGUNDA: AUTORIZACIÓN. El cliente, para tener acceso al Sistema, autorizará al Banco, por el medio que éste determine, para que sus cuentas y operaciones con el Banco sean incorporadas a una cuenta internet. El Cliente, podrá autorizar al Banco para que otras cuentas y operaciones con el Banco sean incorporadas a su cuenta internet, así como también podrá retirar del sistema informático todas o algunas de sus cuentas y operaciones.
TERCERA: EL SISTEMA. El Cliente puede recibir información, hacer operaciones (consultas y transacciones) y enviar solicitudes al Banco, quien se reserva el derecho de modificar, ampliar o restringir el servicio de Banca por Internet, pudiendo modificar o suprimir cualquiera de las funciones del mencionado sistema sin necesidad de notificar al Cliente y sin que ello conlleve ningún tipo de responsabilidad para el Banco. El contenido y sus opciones dentro de las funciones del sistema serán determinados unilateralmente por el Banco. El Banco no garantiza que cualesquiera de los servicios, productos, materiales u otro contenido disponible en Banca por Internet, cumplirá con los fines o necesidades particulares del Cliente. El Banco prestará los servicios electrónicos las veinticuatro horas del día de lunes x xxxxxxx, pudiendo el Banco interrumpir o suspender los servicios electrónicos, ya sea para efectuar operaciones de mantenimiento, cierres contables o por cualquier otra circunstancia que fuese necesaria a Juicio del Banco. Muchos de los servicios que se ofrecen en Banca por Internet, se encuentran sujetos a la firma por escrito de un Contrato de Servicios por parte del Cliente, así como el cumplimiento de los requisitos solicitados por dicho Contrato de Servicios y cualesquiera otros que requiera el Banco o las leyes de la República de Nicaragua, así como la aprobación correspondiente por parte del Banco.
CUARTA: ACCESO. El cliente puede acceder al uso de la Banca por Internet por medio del sitio web: (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/). Los equipos, sistemas navegadores por Internet y cualquier otro programa requerido para acceder a la Banca por Internet, serán adquiridos por el cliente a su costo y riesgo y deberán cumplir con todas las características técnicas para permitir el acceso a Internet. El Banco no será responsable en ningún caso por el buen funcionamiento, capacidad, compatibilidad de equipos y programas adquiridos o usados por el Cliente para acceder a la Banca por Internet.
QUINTA: AUTENTICACIÓN. El Cliente accederá al uso de Banca por Internet introduciendo el nombre del USUARIO y la clave de acceso según lo solicite el propio sistema. El Cliente acepta que el nombre de Usuario y la clave de acceso que le sean asignados por el Banco determinan en forma irrefutable su identidad y por consiguiente, faculta al Banco para que impute los efectos de cualquier operación que sea efectuada con tales instrumentos. Los mensajes de datos recibidos y archivados en medios electrónicos, identificados con la combinación de la clave o usuario del cliente, serán atribuibles al mismo y servirán para evidenciar su origen y serán reputadas como copias originales. Por consiguiente, el Cliente es responsable de todos los actos, disposiciones, transferencias, etc., que se realicen mediante dicha clave y usuario, ya sea que su uso haya sido autorizado o
no por el Cliente. El cliente es enteramente responsable de mantener la confidencialidad de su clave y usuario, así como de cualquier otro número de identificación, incluyendo su número de cuenta, identificación, independientemente de que estos hayan sido proporcionados por el Banco o seleccionados directamente por el Cliente. Es entendido que, para el acceso a ciertas operaciones, el sistema podrá requerir la introducción de claves de acceso complementarias, pudiendo el Banco requerir el cumplimiento de determinados requisitos y condiciones por parte del Cliente. Las claves de acceso son de uso personal, confidencial e intransferible, el Banco no tendrá conocimiento alguno de las mismas y su finalidad es garantizar el acceso exclusivo del Cliente y las personas que este autorice.
SEXTA: OTRAS OBLIGACIONES DE EL CLIENTE. 1. El cliente se obliga a cumplir estrictamente el uso de Banca por Internet con todas sus instrucciones, asumiendo la Responsabilidad de cualquier circunstancia que se derive del uso incorrecto o inapropiado de dicho sistema. De igual forma, será responsable por todas las transacciones originadas o transmitidas por él, responsabilidad que se extiende a las transacciones que sean efectuadas por error, negligencia o dolo, en los casos que aplique, o por terceras personas a las que el Cliente les haya facilitado cualquiera de sus claves de acceso. 2. En caso de que el Cliente sospeche o tenga conocimiento del uso no autorizado de su Usuario y Clave de Acceso, deberá informar al Banco de forma inmediata por escrito o por los medios que éste ponga a su disposición, para que éste proceda a la suspensión del acceso a la Banca por Internet. Lo anterior no exime al Cliente de responsabilidad por las operaciones que hayan sido efectuadas por terceros no autorizados. 3. El Cliente tiene la responsabilidad de reportar dentro de las siguientes 24 horas a la realización de transacciones cualquier irregularidad o inconformidad que tuviere con la operación efectuada por el Banco. El Cliente reconoce que los mecanismos de seguridad ofrecidos por El Banco están diseñados para verificar la fuente de una comunicación y no para detectar errores en la transmisión o contenido de las instrucciones recibidas. 5. El Cliente no podrá cancelar o enmendar ningún registro después de haber sido recibida la instrucción por el Banco.
SETIMA: EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD. El Banco, sus accionistas, directores, funcionarios y colaboradores quedarán liberados de cualquier responsabilidad una vez aprobada la transacción por parte del Cliente. De igual forma, están exentos de responsabilidad por el no procesamiento de cualquier operación, consulta hecha, instrucciones, solicitudes y comunicaciones de cualquier tipo enviadas por el sistema de Banca por Internet, si no se ejecutan o envían según las instrucciones contenidas en cada opción. El Banco hará su mejor esfuerzo a fin de que el contenido que se proporciona en la página de Banca por Internet sea de óptima calidad, pero el contenido al que se puede tener acceso a través de Internet, no es ni puede ser monitoreado, evaluado ni controlado por el Banco. Ni el Banco ni sus empleados son responsables por cualquier error, retraso, daño, pérdida, gasto o costo que se deriven de instrucciones dadas por el Cliente por medio de banca en línea u otros canales digitales que el Banco ponga a disposición de El cliente. De igual forma, el Banco no se responsabiliza por la
interrupción imprevista de Banca por Internet, por dificultades en su funcionamiento, retardo en el procesamiento de cualquiera de las operaciones, solicitudes, instrucciones realizadas, que puedan ser causales por fallas técnicas en el servicio de la energía eléctrica, servicio telefónico o de cualquier naturaleza, congestionamiento en Internet, demora en el proceso de operaciones en otros sistemas relacionados o por cualquier causa ajena al Banco, incluyendo las ocasionadas por caso fortuito o fuerza mayor.
OCTAVA: PROCESAMIENTO DE INSTRUCCIONES. Todas las operaciones efectuadas, instrucciones y solicitudes enviadas a través de Banca por Internet, serán procesadas y ejecutadas según la naturaleza de cada una de ellas, en los tiempos que establece el Banco y se informará de su aceptación a través del propio sistema. Asimismo, todas las transacciones que se presenten en el Estado de Cuenta en Banca por Internet, están actualizadas al momento en que ocurre la consulta. Las operaciones del día en curso se presentan con carácter informativo, están sujetas a confirmación por el Banco, quedarán en firme hasta el cierre bancario contable del día; el resto de operaciones desplegadas ya fueron contabilizadas y forman parte del estado de cuenta del período. Sin perjuicio de las disposiciones legales aplicables, el cliente tendrá un periodo de treinta (30) posteriores a la recepción del estado de cuenta para impugnar estos estados de cuenta, independientemente de que el mismo se le haya entregado por escrito o el cliente lo haya impreso por su cuenta a través de internet. Pasado este plazo, se presume que el cliente está de acuerdo con el mismo.
NOVENA: SISTEMA DE SEGURIDAD. El Banco, para suministrar la mayor seguridad posible al cliente, hará la transmisión de datos en Banca por Internet debidamente codificada usando tecnología de encriptación. El Banco no será responsable bajo ningún aspecto por daños ocasionados al Cliente por terceros, quienes usando sistemas computarizados descodifican la información transmitida electrónicamente entre el Banco y el Cliente a través de un proveedor de servicios de Internet, así como tampoco será responsable por los daños ocasionados a los equipos o programas por posible contaminación de virus informáticos.
DÉCIMA: NUEVOS SERVICIOS. El Cliente podrá aceptar y suscribir nuevos servicios que el Banco habilite a través de Atlántida Online Personal. Queda expresamente convenido que el Cliente al utilizar cualquiera de los servicios electrónicos adicionales, automáticamente se somete a las condiciones del presente contrato sin necesidad de suscribir uno nuevo para expresar su consentimiento.
DECIMA PRIMERA: COMISIONES DEL BANCO POR LA PRESTACIÓN DE
SERVICIOS EN LÍNEA. El Banco brindará la prestación de los servicios de acceso y uso del portal de manera gratuita; sin embargo, aplican comisiones por servicios bancarios de conformidad con lo establecido en el Tarifario de Productos y Servicios Bancarios.
DECIMA SEGUNDA: VIGENCIA. El presente contrato es por tiempo indefinido y podrá ser rescindido temporal o indefinidamente por el cliente, previa notificación con treinta (30) días de anticipación al Banco.
DECIMA TERCERA: (DE LA DIRECCIÓN DEL CLIENTE). El cliente se obliga a
dar aviso por escrito dentro de las siguientes setenta y dos horas de ocurrido cualquier cambio de dirección física o de correo electrónico. En caso de omitirse tal aviso, se tendrán por buenas y válidas las notificaciones que hayan sido efectuadas por el Banco en el último lugar indicado, aunque esta dirección sea incorrecta pues el cliente asume plenamente esta responsabilidad.
DECIMA CUARTA: RECLAMOS. Los reclamos del Cliente derivados del presente contrato se presentarán en un período no mayor de treinta (30) días calendario contados a partir del momento en el que se produce el hecho que genera la reclamación. El reclamo debe efectuarse utilizando los formularios preestablecidos por el Banco, los que obligatoriamente deben ser remitidos físicamente al cliente, o por medios electrónicos, según sea el caso. El reclamo se podrá presentar ante el Ejecutivo de Cuenta. EL BANCO se obliga a resolver esos reclamos en un plazo máximo de treinta (30) días calendarios a partir de la recepción de ellos, pudiendo ampliar el plazo por quince (15) días calendario adicionales; cuando se trate de reclamos cuya solución o investigación dependan de instituciones financieras que se encuentren en el extranjero, tiempo en el cual deberá comunicar al Cliente, por escrito, las causas de la extensión del plazo. El Banco deberá brindar respuesta al Cliente, de una manera oportuna, integra y comprensible. En caso de que dicha respuesta no sea satisfactoria, el Cliente dispondrá de treinta (30) días calendarios, contados a partir de la fecha de recepción de la respuesta, o del plazo en que debió haber recibido respuesta, para presentar de manera escrita su queja ante la Superintendencia de Bancos. El reclamo intentado fuera del plazo anterior se considerará inadmisible.
DECIMA CUARTA: AUTORIZACIÓN FATCA. El Cliente acepta y autoriza que El Banco, podrá recolectar, almacenar y procesar cualquier Información Confidencial, lo que a su vez podrá incluir el compartimiento, transferencia y revelación de esta información a las afiliadas de El Banco así como a sus representantes o terceros seleccionados por cualquiera de ellos (indistintamente de su ubicación) y a autoridades públicas, incluyendo como ejemplos no exhaustivos de dichas actividades, las que se realicen en conexión con la provisión de cualquier servicio y las que se requieren para el procesamiento de datos y con propósitos de análisis de riesgos y estadísticas, incluyendo asimismo los asociados con el propósito de cumplir con cualquier regulación, orden judicial, regulador, proceso legal, investigación de cualquier autoridad gubernamental de cualquier jurisdicción, local o extranjera en conexión con cualquier requerimiento gubernamental incluyendo la “Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras” o “Foreign Account Tax Compliance Act” (en adelante “FATCA”) aprobada en los Estados Unidos de América o sus reformas, cualquier acuerdo intergubernamental o cualquier acuerdo de Instituciones Financieras Extranjeras. El Cliente acepta que El Banco o cualquier afiliada de El Banco o terceros contratados por éstas o por éstos
terceros para la provisión de algún servicio o sus proveedores de infraestructura de pagos pueden transferir y revelar cualquier información que sea requerida o solicitada por cualquier ley, corte, regulador, proceso legal, auditoria o investigación en conexión con cualquier requerimiento gubernamental, incluyendo FATCA, cualquier acuerdo intergubernamental o cualquier acuerdo de Instituciones Financieras Extranjeras. La presente autorización del Cliente será efectiva sin perjuicio de los acuerdos de confidencialidad aplicables. El Cliente declara que ha entregado y se ha asegurado de obtener de cualquier Persona Controladora, Afiliada, Sujeto de Información o de otra persona de quien el Cliente ha entregado información a El Banco, cualquier notificación, consentimiento o renuncia necesaria para permitir a El Banco, a afiliadas de El Banco, sus representantes y terceros que les proveen a estás o a éstos terceros servicios o infraestructura de pagos, para ejercer las acciones descritas en este párrafo y que proveerá dichas notificaciones y asegurará la obtención de dichos consentimientos y renuncias previo a entregar información similar a El Banco en el futuro. “Información Confidencial” significa información relacionada al Cliente, a la Persona Controladora, a sus Afiliadas, o a sus representantes respectivos, que ha sido recibida por El Banco, afiliadas de El Banco y sus respectivos representantes en el curso de proveer cuentas y servicios al Cliente, incluyendo Información Personal del Cliente, detalles de cuentas bancarias del Cliente, información transaccional y cualquier otra información que haya sido designada por el Cliente como confidencial al momento de ser proporcionada o que una persona razonable la consideraría como confidencial o de una naturaleza exclusiva. “Afiliada” significa cualquier entidad, presente o futura que directa o indirectamente controla o es controlada por o está bajo el control común con el Cliente y cualquier sucursal de estás. “Información Personal del Cliente” significa información personal relacionada a un Sujeto de Información recibida por El Banco de un Cliente, una Afiliada o sus representantes respectivos en el curso de proveer cuentas o servicios al Cliente. La Información Personal del Cliente puede incluir nombres, detalles de contacto, información de identificación y verificación, verificación de voz, cuentas bancarias e información transaccional, en la medida que ésta sea considerada como información personal bajo la ley aplicable. “Sujeto de Información” significa una persona natural que es identificada o que puede ser identificada directa o indirectamente, en particular por referencia a un número de identificación o a uno o más factores específicos a su identidad física, psicológica, mental, económica, cultural o social o en caso sea diferente, el significado dado a este término o el término más cercano que sea equivalente bajo leyes locales aplicables de privacidad o de protección de información. “Persona Controladora” significa cualquier persona natural o jurídica o cualquier sucursal de éstas que (i) es dueño directa o indirectamente de acciones del Cliente, si el Cliente es una sociedad anónima o de otro tipo, (ii) es dueño de, o directa o indirectamente obtiene ganancias, intereses o intereses sobre capital del Cliente en caso el Cliente sea una sociedad de responsabilidad limitada, (iii) es tratado como dueño del Cliente, si el Cliente es un fideicomiso considerado como “grantor trust” bajo las secciones 671 a 679 del Código de Ingresos Interno de los Estados Unidos de América o bajo ley similar de cualquier jurisdicción local o extranjera, (iv) mantiene, directa o indirectamente un interés beneficiario en el Cliente, si el cliente
es un fideicomiso, o (v) ejerce control sobre el Cliente directa o indirectamente a través de propiedad o cualquier arreglo o por otros medios, si el Cliente es una entidad, incluyendo (a) un fideicomitente, un “trust protector” o alguien que puede ejercer facultades sobre un fideicomiso o un fideicomisario, (b) una persona que en última instancia tiene un interés de control en el Cliente, (c) una persona que ejerce el control sobre el Cliente por otros medios o (d) el oficial gerencial de mayor jerarquía del Cliente.-
En fe de lo cual firmamos el presente contrato, en la ciudad de
a los días del mes de
del año .
Firma de EL CLIENTE Firma EL BANCO
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