CONTRATO DE CUENTA DE AHORRO CON LIBRETA Y/O TARJETA DE DEBITO ASOCIACION POPULAR DE AHORROS Y PRÉSTAMOS
CONTRATO DE CUENTA DE AHORRO CON LIBRETA Y/O TARJETA DE DEBITO ASOCIACION POPULAR DE AHORROS Y PRÉSTAMOS
De una parte, LA ASOCIACIÓN POPULAR DE AHORROS Y PRÉSTAMOS (APAP), entidad de intermediación financiera organizada y existente de conformidad con la Ley No. 5897 de 1962, con asiento social en Xxx. Xxxxxx Xxxxx Xxx. Xxx. 00 xx xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, Distrito Nacional, República Dominicana, inscrita en el Registro Nacional de Contribuyente (RNC) bajo el No. 4-01-00013-1, debidamente representada por la persona que suscribe el presente documento, la que en lo adelante se denominará “APAP”; y de la otra parte, la(s) persona(s) cuyas generales y firma(s) figuran al pie del presente contrato, que en lo que sigue de este contrato se denominará(n) como “EL CLIENTE”. Cuando APAP y EL CLIENTE sean designados conjuntamente serán denominados las “Partes” o individualmente una “Parte”, han convenido y pactado lo siguiente:
TÉRMINOS Y CONDICIONES
1. Objeto: A la firma del presente Contrato, APAP se compromete a abrir la cuenta de ahorro elegida por EL CLIENTE dentro de los tipos de cuentas de ahorro disponibles por APAP (“La Cuenta”) y a prestar los servicios financieros que se desprenden de la referida Cuenta de Ahorro a EL CLIENTE, sujeto a la transferencia o depósito de los valores en la cuenta asignada al mismo.
1.1 EL CLIENTE se compromete, al aceptar este la firma del presente Contrato, a entregar la suma mínima requerida por APAP como monto de apertura, de conformidad al tarifario que se encuentra disponible al público en todas las oficinas de APAP y en la página web de APAP xxx.xxxx.xxx.xx, dentro de un período de siete (7) días calendario contados a partir de la fecha de firma del Contrato. De no realizar el depósito del monto de apertura en el plazo antes establecido, APAP podrá cancelar la cuenta de EL CLIENTE, conforme al procedimiento indicado en el artículo 10 del presente Contrato.
1.2. En el presente Contrato se establecen los términos y condiciones que regirán las relaciones entre APAP y EL CLIENTE y que aplicarán en la apertura y manejo de las Cuentas de Ahorro a través xx Xxxxxxx Presenciales, Alternos, Digitales o Electrónicos, a elección de EL CLIENTE.
2. Balance Mínimo: EL CLIENTE se hace responsable de mantener en La Cuenta, los fondos suficientes de conformidad con el tipo de cuenta elegida y a la suma mínima establecida en el tarifario que se encuentra disponible al público en todas las oficinas de APAP.
2.1. APAP queda autorizada mediante el presente contrato a cerrar la cuenta de EL CLIENTE, si este no mantiene el balance mínimo, previa notificación por cualquier medio escrito, físico o electrónico, a EL CLIENTE y devolución de los valores.
2.2. APAP tendrá la facultad de aumentar el límite del balance mínimo requerido para mantener abierta la Cuenta, ya sea por consecuencia de fluctuaciones de la moneda o variaciones de las condiciones xxx xxxxxxx, previa notificación con 30 días de antelación a la implementación, por cualquier medio escrito, físico o electrónico, a EL CLIENTE.
3. Depósito de Fondos: Las Partes declaran, aceptan y reconocen que EL CLIENTE sólo podrá depositar en La Cuenta monedas, papel moneda, cheques al portador, a la orden de EL CLIENTE o debidamente endosados por este y otras órdenes de pago de dinero líquidos, exigibles y correctamente instrumentados, para lo que EL CLIENTE debe cumplir con las políticas internas que determine APAP, y que serán entregadas a EL CLIENTE a la firma del presente contrato, las cuales serán notificadas por cualquier medio escrito, físico o electrónico a EL CLIENTE. Sin recurrir a ningún tipo de responsabilidad por ello, APAP se reserva el derecho de recibir cualquier depósito efectuado por EL CLIENTE, cuando hayan sido inobservados los requisitos exigidos por APAP a tales fines, especialmente en lo que se refiere al origen y legitimidad de los fondos.
3.1. APAP procederá a registrar de manera provisional los fondos depositados que consistan en cheques u otros instrumentos comerciales, en el entendido de que los mismos no se considerarán disponibles mientras no hayan sido cobrados por APAP y debidamente acreditados a la Cuenta. Se debitarán de la cuenta todos los cheques cuyo pago rehúse el banco librado, así como el cargo por comisión por cheque devuelto de conformidad a la tarifa vigente, indicado en el tarifario publicado en todas las oficinas de APAP.
4. Retiro de Fondos: El CLIENTE, de forma presencial o por medio de otra persona debidamente autorizada por EL CLIENTE conforme a las políticas de APAP, podrá retirar en cualquier momento, a través de los cajeros automáticos y en las oficinas de APAP u otros medios habilitados por APAP, a opción del cliente, los saldos disponibles en la Cuenta.
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4.1. APAP se reserva el derecho de limitar los retiros de EL CLIENTE, debido a desastres naturales u otra condición o fuerza mayor que afecten los sistemas automatizados de APAP.
4.2. APAP rehusará el pago de retiros para las cuentas que no tengan provisión de fondos o que estén afectadas por alguna medida conservatoria.
5. Bloqueo e Inmovilización de Fondos de la Cuenta: APAP podrá bloquear La Cuenta cuando advierta operaciones inusuales o sospechosas, de acuerdo a la normativa vigente sobre la prevención xx xxxxxx de activos, agotando el proceso interno establecido para estos casos. APAP procederá a notificar a EL CLIENTE mediante cualquier medio fehaciente, del bloqueo realizado a su cuenta. Asimismo, informará de acuerdo a la misma normativa vigente, a las autoridades competentes sobre dichas operaciones, debiendo EL CLIENTE explicar y documentar ante APAP, la procedencia de los recursos materia de las operaciones.
5.1. En caso de notificación a APAP de embargo retentivo u oposición contra uno cualquiera de los CLIENTES y sin importar si la cuenta es mancomunada o solidaria, APAP procederá a inmovilizar los fondos depositados en La Cuenta, hasta el monto indicado en el acto de embargo retentivo u oposición, hasta tanto se obtenga el levantamiento definitivo judicial o convencional del embargo u oposición o se obtenga una sentencia judicial ejecutoria limitando o reduciendo los efectos del embargo, con indicación del monto de indisponibilidad. APAP en ningún caso tendrá obligación de apreciar, evaluar o juzgar los méritos o la validez del embargo u oposición
5.2. En caso de fallecimiento del Titular o Cotitular, los fondos quedarán inmovilizados hasta tanto se agote el procedimiento correspondiente y solo serán entregado(s) a la(s) persona(s) que deba(n) recibirlo legalmente.
6. Condiciones Generales de Utilización De La Cuenta: Las Partes acuerdan que la utilización de La Cuenta, dependerá del tipo de cuenta y se regirá por las reglamentaciones establecidas por la ley, la Junta de Directores, condiciones que podrán variar de tiempo en tiempo, de conformidad con nuevas regulaciones y legislaciones aplicables y de las disposiciones siguientes:
6.1. Los depósitos de ahorros hechos por los padres o tutores a nombre del hijo menor o del pupilo sólo pueden ser retirados durante el ejercicio de la patria potestad o de la guarda, por el padre o tutor.
6.2. El menor que haya cumplido catorce (14) años podrá efectuar directamente depósito de ahorros y disponer de ellos libremente.
6.3. Las sociedades comerciales o sin fines de lucro con personalidad jurídica, podrán abrir cuentas de ahorro y los retiros serán efectuados por las personas autorizadas por los Estatutos, Asamblea General o cualquier órgano competente de las mismas. Cualquier sustitución debe ser notificada por escrito a APAP.
6.4. Los representantes de sociedades cooperativas, mutualistas, profesionales o filantrópicas, las escuelas y otras entidades similares podrán obtener la apertura de cuentas colectivas de ahorros para recoger los ahorros de sus miembros. Los depósitos y los retiros se efectuarán por los miembros autorizados de dichas entidades. En la declaración para la apertura de la cuenta se determinará quienes serán las personas autorizadas, cualquier cambio deberá ser notificado debidamente por escrito a APAP.
6.5. Se entenderá que la información suministrada por EL CLIENTE consagrada en este Contrato, así como en la solicitud para la apertura de la cuenta es veraz, exacta y completa. Si en algún momento la información provista dejara de ser correcta, exacta o completa, EL CLIENTE se compromete a notificar de inmediato de ello a APAP.
6.6. APAP notificará cualquier cambio a EL CLIENTE respecto a las variaciones de las condiciones estipuladas anteriormente, dentro de un plazo de treinta (30) días de antelación a su implementación.
7. Firmas: EL CLIENTE declara y reconoce que la firma del documento de identificación oficial correspondiente es la estampada en el presente documento, como la registrada en APAP y por tanto la firma autorizada para todas las
operaciones relativas a la Cuenta y cualquier otro servicio o instrucción relacionada con la misma, salvo el caso de que se haya operado un cambio de firma con posterioridad a la suscripción del presente acuerdo, caso en el cual la firma autorizada será la que se registre posteriormente en APAP. Asimismo, para la firma o aceptación del presente Contrato EL CLIENTE tendrá la opción de utilizar la rúbrica, Códigos de Acceso Personales (PIN), Códigos temporales de un solo uso (OTP), el reconocimiento biométrico, el reconocimiento facial y cualquier otro método de autenticación conocido o por conocerse que haya sido certificado.
7.1. Si EL CLIENTE es iletrado o discapacidad visual, podrá abrir y realizar retiros de la cuenta, siempre que EL CLIENTE agotare el procedimiento por la legislación vigente y las políticas internas de APAP que serán entregadas a EL CLIENTE a la firma del presente contrato y forman parte integral del mismo.
8. Intereses: Las Partes acuerdan que APAP pagará un interés anual indicado en el tarifario de APAP, de conformidad con las condiciones generales de La Cuenta, dentro de los parámetros de las regulaciones vigentes, en el entendido de que APAP podrá modificar la tasa de interés convenida como consecuencia de variaciones en las condiciones xxx xxxxxxx o por disposición emanada de autoridad competente. APAP deberá informar de dicho cambio a EL CLIENTE con un plazo de treinta (30) días de antelación, previa comunicación por cualquier medio fehaciente. Las bases de cálculo de los intereses y la periodicidad del pago de la cuenta se encuentran establecidos en el tarifario de tasas de intereses, el cual será entregado a la firma del presente contrato y forma parte integral del mismo y estará disponible al público en todas las oficinas de APAP.
8.1. En caso de cierre, o cancelación de la cuenta por cualquier causa, la cuenta de ahorro, devengará intereses hasta el día anterior al cierre de la cuenta.
9. Tarifas aplicables: Los cargos efectivamente aplicables a la cuenta de ahorro con libreta, tarjeta de débito u otros medios que APAP implemente en el futuro, se encuentran establecidos en el tarifario de productos y servicios el cual será entregado o enviado por correo electrónico, a opción de EL CLIENTE, a la firma del presente contrato y forma parte integral del mismo y estará disponible al público en todas las oficinas y pagina web de APAP, los cuales serán revisados y/o modificados periódicamente y unilateralmente por APAP, de acuerdo con las normas y políticas establecidas, y serán notificadas dentro de un plazo de treinta (30) días de antelación, por cualquier medio fehaciente a EL CLIENTE. Asimismo, en caso de que una disposición legal y/o cualquier resolución que emane de una autoridad competente fijen las tarifas aplicables a dichos cargos, éstas podrán ser igualmente modificadas por APAP a su mejor criterio, debiendo comunicarlo a EL CLIENTE, dentro de un plazo de treinta (30) días de antelación, previa comunicación por cualquier medio fehaciente, la aplicación de las nuevas tarifas aplicables a los cargos. Una vez notificado el cambio de tarifas, EL CLIENTE podrá notificar a APAP su objeción mediante los canales alternos, digitales o presenciales, a opción de EL CLIENTE, que APAP ha puesto a su disposición, , en cuyo caso se procederá a cancelar el producto haciendo el reverso del cargo reclamado por el cliente, si aplica.
10. Duración. Este Contrato tendrá una duración por tiempo indefinida. APAP podrá unilateralmente cerrar la Cuenta y devolver su saldo a EL CLIENTE en cualquier momento y a su única discreción, previo aviso a EL CLIENTE dentro del plazo de treinta (30) días de antelación, a excepción de los casos donde se identifiquen elementos de alto riesgo relacionados con actos ilícitos, para lo cual deberán notificar al usuario dentro de los cinco (5) días posteriores a la terminación, informándole al CLIENTE que deberá retirarlo en la sucursal que APAP determine. Si EL CLIENTE no se presenta APAP procederá a cerrar la cuenta haciendo un cheque por el saldo que tenga en ese momento menos los impuestos correspondientes. Además, EL CLIENTE podrá unilateralmente poner fin a este Contrato, previa notificación escrita de su intención, siempre que EL CLIENTE retire personalmente todos los fondos disponibles de su cuenta.
11. Cuenta Inactiva o Abandonada: Cuando EL CLIENTE no hubiere realizado acto alguno de retiro o depósitos durante 3 (tres) años o más, contados a partir de la fecha de apertura y/o de la última transacción efectuada por EL CLIENTE, La Cuenta se declarará inactiva, por lo que a los fines de seguir operando la misma, EL CLIENTE deberá presentarse ante cualquier sucursal de APAP, para solicitar su reactivación. EL CLIENTE podrá optar por utilizar los canales electrónicos xxxx.xxx.xx y APAPP Móvil para solicitar su reactivación.
11.1. Si el plazo transcurrido entre la apertura de La Cuenta o la última transacción efectuada por EL CLIENTE, supera los diez (10) años, la Cuenta se considerará abandonada, por lo cual los fondos serán transferidos de manera definitiva al Banco Central de la República Dominicana, previa publicación en un diario de circulación nacional, conforme a los requisitos establecido en la legislación vigente.
12. Entrega Información: EL CLIENTE autoriza a APAP a solicitar a los Buró de Información Crediticia instituidos conforme las disposiciones de la Xxx Xx. 000-00, la información crediticia necesaria. Igualmente, EL CLIENTE autoriza a APAP a que consulte en todo momento, cualquier registro público o privado a los fines de validación de su identidad, información laboral, crediticia, policial y judicial, en especial la consulta en el padrón de EL CLIENTE en la Junta Central Electoral. Asimismo, APAP reconoce que sólo podrá divulgar información de EL CLIENTE a las autoridades competentes: Superintendencia de Bancos, el Banco Central, Autoridad Tributaria y a los órganos jurisdiccionales o en cumplimiento de las disposiciones reguladoras de la prevención xxx xxxxxx de activos, de conformidad con las disposiciones del inciso
b) del artículo 56 de la Ley Monetaria y Financiera No.183-02. En cuanto a la duración de la autorización para acceder a la información crediticia en los Buró, la misma permanecerá mientras esté vigente el presente contrato.
12.1.EL CLIENTE, en caso de haber declarado a APAP que es ciudadano de los Estados Unidos de Norteamérica y/o residente de dicho país para fines de impuestos, AUTORIZA, a APAP por el tiempo que dure el presente contrato de manera formal y expresa a suministrar al Servicio de Impuestos Internos (Internal Revenue Service – IRS) y/o las autoridades correspondientes de los Estados Unidos de Norteamérica, toda información de EL CLIENTE o las retenciones requeridas, que pueda corresponder y/o aplicar conforme a la ley de cumplimiento fiscal de cuentas en el extranjero (Foreign Account Tax Compliance Act – FATCA), sin que dicho suministro de información: (a) pueda ser considerado como una violación al secreto profesional y/o bancario; y (b) pueda acarrear ningún tipo de responsabilidad a cargo de APAP.
12.2. Asimismo, EL CLIENTE se compromete, en los casos que aplique, a completar los formularios y documentos requeridos por las autoridades norteamericanas a los fines de cumplimiento de la ley antes indicada.
12.3. En consecuencia, EL CLIENTE renuncia formal y expresamente, desde ahora y para siempre, en caso de ser ciudadano de los Estados Unidos de Norteamérica y/o residente de dicho país para fines de impuestos conforme a la ley de cumplimiento fiscal de cuentas en el extranjero (Foreign Account Tax Compliance Act - FATCA), a cualquier reclamación, demanda y/o acción, en contra de APAP, por el suministro de la información requerida por la ley de cumplimiento fiscal de cuentas en el extranjero (Foreign Account Tax Compliance Act - FATCA), así como por el cumplimiento de la disposición legal precedentemente indicada, salvo que se trate de alguna información errónea que haya sido proporcionada por APAP en perjuicio de EL CLIENTE.
12.4.EL CLIENTE declara bajo la fe del juramento que toda la información suministrada por él, en el presente contrato, es verdadera, así como que conoce las consecuencias legales, tanto nacionales como internacionales, que podrían acarrearle en caso de perjurio, falsedad y/o inexactitud de las declaraciones contenidas y efectuadas, bajo la fe del juramento, en este contrato y/o en violación de la ley de cumplimiento fiscal de cuentas en el extranjero (Foreign Account Tax Compliance Act - FATCA).
13. Autorización de Débito de Cuenta: El CLIENTE autoriza a APAP, por medio del presente contrato, a debitar de La Cuenta: a) el monto de los fondos que EL CLIENTE ha instruido deban ser transferidos a una tercera persona, b) aquellas cantidades expresamente aceptadas por EL CLIENTE, correspondientes a servicios rendidos en ejecución del presente contrato, servicios y productos que sean accesorios a La Cuenta, c) montos que EL CLIENTE haya autorizado sean debitados de La Cuenta, tales como préstamos concedidos, planes de ahorros programados, pagos de tarjetas de crédito, transferencias recurrentes, entre otros, d) los montos expresamente aceptados por EL CLIENTE correspondientes a cualquier deuda vencida y/o obligación de pago que EL CLIENTE tenga con APAP, junto con cualquier gasto incurrido por APAP en conexión con la misma, e) aquellos gastos y honorarios en que incurra APAP con relación a cualquier procedimiento notificado por APAP con respecto a EL CLIENTE, f) cualquier monto que APAP haya depositado por error al CLIENTE y que no le corresponda, en cuyo caso APAP deberá comunicar al CLIENTE fecha, importe y razón del débito.y g) el monto de cualquier impuesto que deba ser pagado por EL CLIENTE en relación con el objeto del presente contrato. EL CLIENTE será notificado de los débitos efectuados en la cuenta de ahorros a través de cualquier medio fehaciente físicos o digitales, disponibles en el momento del débito. h) cualquier cargo que pertenezca a La Cuenta y esté pendiente de debitar.
13.1. APAP reconoce y provee al CLIENTE un histórico de movimientos transaccionales con los datos conocidos por APAP al día de su corte y cualquier otro que considere conveniente o útil, además de los que se indican en otras partes de este contrato.
14. Libreta de Ahorro: En caso de que EL CLIENTE opte por una cuenta con libreta, APAP entregará a EL CLIENTE una libreta en la que se registrará el movimiento de La Cuenta, firmada por un funcionario de APAP. Esta libreta es
intransferible. El CLIENTE firmará la libreta en el momento de recibo, la cual deberá ser presentada en APAP a los fines de realizar cualquier retiro. Una vez EL CLIENTE reciba la libreta correspondiente, éste será responsable del uso que haga de la misma, quedando bajo su exclusiva responsabilidad la guarda y el control de la misma, así como la actualización del movimiento de sus transacciones.
14.1 Pérdida de la Libreta de Ahorro: El CLIENTE se obliga a reportar a APAP de manera inmediata la pérdida o sustracción de su libreta de ahorro, recibida la notificación, verbal o escrita, desaparecerá por completo la responsabilidad asumida por EL CLIENTE en este contrato, de las operaciones que sean realizadas mediante la Libreta de Ahorro. El CLIENTE reconoce que queda bajo su responsabilidad las operaciones efectuadas por su titular o su representante legal, previas a la notificación del extravío de su libreta de ahorro. No obstante, APAP se obliga a validar y comprobar la identidad del cliente titular o representante de la cuenta previa a la notificación del extravío. Las Partes acuerdan que la libreta de ahorro será sustituida tan pronto EL CLIENTE se presente de manera personal en una de las sucursales de APAP y EL CLIENTE se obliga a pagar la suma estipulada en el tarifario debidamente publicado en las oficinas de APAP al momento de la sustitución del documento.
15. Tarjeta de Débito: Cuando EL CLIENTE opte por una cuenta con Tarjeta de Débito, las operaciones a través de la tarjeta de débito, estarán sujetas a las condiciones generales indicadas en el presente contrato, así como las disposiciones que se detallan a continuación:
15.1. La Tarjeta de Débito es personal e intransferible y se emitirá a favor de una persona física, necesariamente Titular de una Cuenta de Ahorro en APAP o que sea autorizada por este. La tarjeta estará vigente hasta la fecha de expiración indicada en la misma tarjeta, procediéndose a su renovación de forma automática salvo manifestación en contra por parte de su titular o por decisión de APAP.
15.2. EL CLIENTE recibirá una tarjeta que le servirá para efectuar compras de bienes y servicios en los establecimientos afiliados, así como retiros en las redes de cajeros automáticos especificados en dicha tarjeta y cualquier otra operación permitida a través de los dispositivos de acceso de APAP o afiliados a la misma.
15.3. Las reclamaciones de EL CLIENTE derivadas del uso de la Tarjeta de Débito se harán directamente a APAP por escrito por cualquier medio elegido por EL CLIENTE, sea presencial, alterno, electrónico o cualquiera de los medios que APAP ha puesto a su disposición, la cual procederá a dar curso a la reclamación de acuerdo a lo establecido por la regulación vigente. EL CLIENTE deberá suministrar la documentación que sustenta la reclamación, para los casos que aplique, sin que esto presente una limitante para la apertura formal de dicha reclamación.
15.4. EL CLIENTE podrá otorgar tarjetas adicionales a quienes desee, en cuyo caso la persona designada será Adicional de la Tarjeta de Débito, pudiendo retirar y consumir mediante el uso de la tarjeta otorgada. EL CLIENTE acepta de manera expresa toda la responsabilidad y consecuencia del uso de estas tarjetas adicionales expedidas a su solicitud.
15.5. EL CLIENTE elegirá un número clave para la Tarjeta de Débito, así como cuantos números claves como tarjetas adicionales, estos últimos serán asignados por EL CLIENTE adicional, cuando haya, que será(n) de su exclusivo conocimiento, el(los) cual(es) será(n) intransferible(s) y será(n) imprescindible(s) para operar su cuenta de ahorro sin libreta a través de los cajeros automáticos y terminales en puntos de ventas que lo requieran. EL CLIENTE libera a APAP de toda la responsabilidad, compromiso, demanda o acción, sin que la presente enumeración sea limitativa, que se derive del uso indebido de este número, o la usurpación por parte de terceros, uso del chantaje, violencia física o moral, etc., con miras a la obtención o utilización del mismo, salvo lo estipulado en el Articulo 15.8. literal h.
15.6. APAP autoriza a EL CLIENTE a utilizar su tarjeta dentro y fuera de la República Dominicana (si aplica) en cajeros automáticos y puntos de venta. Dicho uso está sujeto al balance disponible en el momento de la transacción. Queda convenido entre las partes que siempre que EL CLIENTE utilice su tarjeta de la República Dominicana en el extranjero, contrae la obligación de pago en dólares de los Estados Unidos de América, cuyo equivalente en pesos dominicanos, será cargado a su cuenta, de acuerdo con la tasa de cambio vigente en el mercado libre de divisas de la República Dominicana, al momento de la presentación de la transacción. Dicho cargo incluirá cualquier impuesto, tarifa de cambio y comisiones por uso internacional o local que existan o fijen las autoridades monetarias, a las tasas que estuviesen en vigor al momento de producirse el cargo de que se trate, las cuales EL CLIENTE declara conocer, en tanto se encuentran disponibles para su información en APAP.
15.7. EL CLIENTE se obliga a:
a) Conservar la Tarjeta de Débito, cuya propiedad corresponde a APAP, y a usarla exclusivamente de conformidad con las instrucciones que se faciliten en cada momento.
b) Demostrar su identidad cuando sea requerido para ello.
c) No efectuar operaciones con la Tarjeta sin disponer de fondos suficientes para que puedan ser efectuados los cargos correspondientes.
d) Mantener secreta la(s) clave(s) personal(es) (PIN) que se le ha asignado para la utilización de los servicios automáticos.
e) Notificar, de inmediato a APAP, el robo, hurto o extravío de la tarjeta y el conocimiento por terceras personas contra su voluntad, de la clave personal (PIN) para su manejo.
f) Devolver la Tarjeta cuando quede bloqueada o cancelada la cuenta que soporta el servicio. Si cancelada la cuenta no se devolviesen la(s) Tarjeta(s), el titular es responsable del uso indebido así como de todos los daños y perjuicios que por ello se ocasionen a APAP.
g) Entregar la Tarjeta que queda en desuso y que sea renovada por otra a utilizar con el mismo fin contractual.
h) Aceptar en todo caso, sin perjuicio del derecho de presentar sus reclamaciones, el cargo en la cuenta asociada de todas y cada una de las extracciones o reintegros efectuados con la Tarjeta, tanto las llevadas a cabo por EL CLIENTE de la cuenta como las realizadas por otras personas con la autorización de aquel. Cuando los cargos a la cuenta son realizados sin la autorización de EL CLIENTE, será responsable de los mismos cuando no haya notificado a APAP del uso indebido de sus códigos personales y/o de la sustracción de la tarjeta, salvo que previa a dicha notificación se confirme falta imputable a APAP en el procesamiento de una transacción fraudulenta.
i) Aceptar que APAP compense con cargo a otras cuentas de ahorro, certificados de depósitos, valores y cualquier otro bien depositado en APAP a nombre de EL CLIENTE cualquier costo o gasto que represente para APAP en el uso de la Tarjeta expresamente aceptado por EL CLIENTE, siempre y cuando no existan en la cuenta asociada a la tarjeta fondos suficientes para realizar los cargos, gastos que han de ser acordados o informados con anterioridad al CLIENTE.
j) Aceptar, en caso de producirse descubiertos en la cuenta asociada, la liquidación practicada por APAP que hará fe en juicio y a la vez que se somete desde hoy EL CLIENTE.
k) Acepta que los posibles retrasos en el cargo a su cuenta de cualquier operación no lo exoneran al pago de los mismos.
15.8. EL CLIENTE reconoce que APAP no compromete su responsabilidad en caso de que EL CLIENTE no pudiera realizar una operación en un cajero automático que no estén bajo el control de APAP o punto de venta debido a fallas del equipo, interrupción del sistema electrónico y/o violación por parte de EL CLIENTE o del establecimiento afiliado de que se trate de las normas que rigen el uso de la Tarjeta.
15.8.1 EL CLIENTE reconoce que APAP no compromete su responsabilidad en caso de que EL CLIENTE por causas de fuerza mayor en la interrupción del sistema electrónico no pudiera realizar una operación en un cajero automático o personalizado.
15.9. Cuando APAP esté prestando sus servicios de manera parcial, debido a fuerza mayor, caso fortuito y circunstancias no imputables a APAP, EL CLIENTE acepta que se le desembolse sólo la parte de su dinero en razón de la contingencia que existe, lo cual también será aplicable a las transacciones realizadas a través de nuestros afiliados.
15.10. Las transacciones realizadas después de la hora establecida, así como las que se efectúen en días no laborables, que incluyen xxxxxxx, xxxxxxxx y días feriados, serán registradas en las transacciones del día laborable siguiente.
15.11. EL CLIENTE acepta que APAP podrá modificar el límite máximo de retiro diario, establecido en el tarifario de servicios de APAP, así como la cantidad y monto máximo diario de transacciones por tarjeta, a través de los cajeros automáticos y personalizados, el cual será modificado por APAP previa comunicación por cualquier medio escrito, electrónico o físico, a EL CLIENTE.
15.1. EL CLIENTE autoriza formalmente a APAP a debitar de su disponibilidad, el monto de los consumos efectuados a través de los establecimientos comerciales o plataformas de recepción de pagos contratados por estos, así como retiros de dinero en efectivo en cajeros automáticos y personalizados desde el momento en que se produce dicho consumo. APAP procederá a registrar y presentar el débito correspondiente en el histórico de movimientos transaccionales del EL CLIENTE. De igual forma EL CLIENTE reconoce y acepta que APAP queda liberada de toda
responsabilidad aun cuando no autorice el consumo existiendo provisión de fondos en la(s) cuenta(s) debido a desperfecto de los equipos por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, alertas de seguridad, por interrupción del servicio electrónico, salvo los casos que sea imputable a APAP, o por EL CLIENTE o el establecimiento afiliado.
15.13 EL CLIENTE reconoce que para las compras de bienes y servicios, la factura del establecimiento afiliado, deberá estar debidamente firmada (si no se usa la clave secreta de EL CLIENTE (PIN)), así como cualquier otra prueba fehaciente será sustento para la transacción realizada. EL CLIENTE tiene la obligación de realizar las reclamaciones que correspondan. Si el documento suscrito por EL CLIENTE tuviere defectos de la impresión, por causas mecánicas o de otra índole, aun cuando se trate del nombre de EL CLIENTE o de dicho establecimiento, y si hubiere discrepancia entre el monto del débito o cargo de un original y su copia en manos de EL CLIENTE, APAP, previa consulta con el establecimiento afiliado, podrá hacer el ajuste de lugar.
15.14. EL CLIENTE acepta que el afiliado registre el débito o cargo mediante sistemas electrónicos o semejantes, siendo responsabilidad de EL CLIENTE verificar que el valor del recibo que se le expide y que corresponde al cargo que se hace a su cuenta coincida con el valor de los bienes o servicios que dicho afiliado le está dispensando y firmar el mismo como prueba de aceptación, para el caso en que fuera necesario. EL CLIENTE reconoce que la ocurrencia de cualquiera de los eventos que se indica a continuación, carece de efecto inmediato sobre el cargo realizado, el cual se considerará válido y exigible, sin perjuicio de cualquier acción posterior o remedio que sea promovido por EL CLIENTE directamente frente al establecimiento afiliado. A saber:
a) Falta parcial o total de entrega de mercancías, valores o prestación de servicios adquiridos mediante el uso de la Tarjeta.
b) Entrega de mercancías o prestación de servicios defectuosos o inexactitud en las cantidades y las calidades.
c) Devaluación en el precio de mercancía, servicios, valores o ajustes a dicho valor antes de recibirlos.
d) En caso de que ocurra por error involuntario o no, variación en la factura correspondiente a la compra.
e) Cualesquiera otros semejantes a los anteriores ya que esta enumeración es enunciativa y no limitativa.
15.15. EL CLIENTE reconoce expresamente que para efectuar cualquier consumo, debe tener los fondos disponibles en su cuenta, tal como se indica en los numerales 4 y 5 del presente contrato.
15.16. APAP reconoce y provee al CLIENTE un histórico de movimientos transaccionales con los datos conocidos por APAP al día de su corte y cualquier otro que considere conveniente o útil, además de los que se indican en otras partes de este contrato. En caso de que se produzca un cambio en la fecha xx xxxxx, APAP procederá a informar por escrito al CLIENTE, con treinta (30) días de antelación a la implementación del nuevo cambio. Los históricos, se encuentran disponibles mensualmente a través de los canales existentes u otros canales alternos que APAP ofrezca y podrán ser gestionados ante un representante de servicios, en una de las sucursales de APAP.
15.17. EL CLIENTE es custodia, guardián y enteramente responsable de la Tarjeta, en caso de pérdida o sustraída se obliga a reportarlo a APAP, mediante canales presenciales o electrónicos habilitados por APAP, la cual de manera inmediata bloqueará la Tarjeta tan pronto reciba el reporte de pérdida o sustracción. Desde el momento del reporte desaparecerá la responsabilidad asumida por EL CLIENTE en este contrato en lo relativo a los riesgos por consumos efectuados con posterioridad al reporte, no obstante se haya producido la notificación, se verifique falta imputable a la entidad en el procesamiento de transacciones fraudulentas.
15.18. La Tarjeta tendrá la vigencia que de tiempo en tiempo determine APAP y que se indique de manera inequívoca en el plástico de la Tarjeta de que se trate y su renovación se hará automáticamente, siempre que no exista una disposición escrita de cualquiera de las partes con instrucciones en contrario.
15.19. EL CLIENTE reconoce y acepta de manera expresa que los costos relativos a este servicio están sujetos a la tarifa vigente en APAP y que se establece unilateralmente, los cuales están disponibles en el tarifario de servicios de APAP, el cual forma parte integral del presente contrato. EL CLIENTE tendrá acceso a información sobre las tarifas aplicables en su estado de cuenta, en las oficinas de APAP, Canales Electrónicos y a través de cualquier otro medio que pudiese utilizar APAP a tales fines.
15.20. Ningún derecho de APAP será afectado por controversias de EL CLIENTE con algún establecimiento afiliado, quienes en cuanto a esto se consideran terceros, por lo que EL CLIENTE no podrá oponerle la compensación, ni en general, ningún derecho o excepción que tuviere frente al afiliado.
15.21. En caso de cualquier inconveniente en el uso de su tarjeta y previo a cualquier demanda frente a APAP, EL CLIENTE, x xxxx de nulidad de la misma, deberá poner en xxxx a APAP, de conformidad con el Artículo 1146 del Código Civil de la República Dominicana.
16. Servicios: Las Partes acuerdan que la apertura de La Cuenta con APAP, implica que el CLIENTE podrá beneficiarse de todos los servicios provistos por APAP al momento de apertura de la referida Cuenta, servicios que incluyen, pero no se limitan a los siguientes: Acceso a canales electrónicos, participación automática en todos los concursos realizados por APAP para sus clientes.
16.1. EL CLIENTE autoriza expresamente a APAP a ofertarle en todo momento y a través de los canales establecidos por APAP para estos fines, cualquier clase de producto o servicio vinculado a la entidad o a La Cuenta, como serían, sin que tenga un carácter limitativo sino puramente enunciativo, servicios de asistencia de pagos o cobro de servicios financieros o no, otros mecanismos de financiación vinculados o no con la adquisición de bienes o la prestación de servicios financieros o no, adquisición de bienes o prestación de servicios accesorios ya sean financieros o no, entre otros. EL CLIENTE podrá revocar la autorización por este medio otorgada con posterioridad a la firma del presente Contrato por cualquier medio fehaciente.
16.1.1. EL CLIENTE reconoce que podrá dar su aceptación de manera expresa, ya sea por la vía escrita, verbal presencial o cualquier vía que APAP ponga a su disposición. EL CLIENTE podrá optar por la aceptación mediante la rúbrica, Códigos de Acceso Personales (PIN), Códigos temporales de un solo uso (OTP), el reconocimiento biométrico, el reconocimiento facial o cualquier otro método de autenticación conocido o por conocerse que haya sido certificado. En caso de que EL CLIENTE emita su aceptación, APAP quedará automáticamente autorizada a hacer los cargos, deducciones, giros o transacciones acordadas a la cuenta abierta por medio del presente Contrato y éstas estarán sujetas al régimen general de obligaciones y responsabilidades previstas en el presente contrato.
17. Acceso a Servicios por los Canales Alternos: Con la firma de éste contrato, APAP pone a disposición de EL CLIENTE, los canales alternos y electrónicos indicados a continuación, así como cualquier otro que esté disponible en lo adelante:
• Ap@penlinea ®: Servicios transacciones financieras por dominio Internet xxx.xxxx.xxx.xx. Incluye transacciones bancarias e interbancarias vía cámara automática de compensación ACH (Automated Clearing House) y regido por el Manual Operativo ACH, el cual se encuentra publicado en la página de internet xxx.xxxx.xxx.xx, que se incorpora como referencia y parte integral de éste contrato; así como también a través del sistema LBTR (Liquidación Bruta en Tiempo Real).
• APAPP Móvil: aplicación para dispositivos móviles para realizar consultas y transacciones de servicios financieros.
• Teleapap ®: Asistencia telefónica forma automática o atendida por representante de servicios.
• Cajeros Apap ®: Cajeros automáticos designados.
Aceptado los servicios xx xxxxxxx alternos antes mencionados.
Declinado los servicios xx xxxxxxx alternos antes mencionados.
Párrafo I: APAP ponen a la disposición de EL CLIENTE otros canales alternos y electrónicos, tales como telefonía móvil, como instrumento de pago para compras en comercios, pagos de facturas, recargas de teléfonos móviles, transferencias de fondos de persona a persona, pagos de tarjetas de crédito y pagos de préstamos de APAP o de cualquier entidad de intermediación financiera, con cargo a la cuenta que EL CLIENTE mantiene en APAP, así como cualquier otra operación que APAP decida incluir en el futuro. En caso de aceptación de estos servicios por parte de EL CLIENTE, así como de los servicios alternos aceptados indicados en el párrafo anterior, mediante la suscripción de los documentos requeridos al efecto, le serán aplicables las siguientes disposiciones.
Xxxxxxx XX: Vigencia de los servicios: Una vez aceptado el uso de los servicios xx xxxxxxx alternos, estos entrarán en vigor por un tiempo indefinido. APAP se reserva el derecho de activar o no estos servicios. APAP podrá finalizar el acceso de EL CLIENTE en cualquier momento, mediante aviso previo por escrito. EL CLIENTE puede dar término por igual en cualquier momento notificando a APAP mediante carta escrita.
Xxxxxxx XXX: Prueba de Identidad en los Canales Alternos: la prueba de identidad en los canales alternos se efectuará por firma electrónica, entendiéndose como tal cualquier combinación de números y/o letras que EL CLIENTE titular, sin derecho a cederlas a otra persona, selecciona para su propio uso con el fin de autorizar transacciones por los canales alternos y no mediante verificación de firmas físicas o documentos de identidad. APAP según designe para canales específicos, podrá suministrar a EL CLIENTE cualquier otro mecanismo de acceso regido por las políticas de seguridad que se instruyan a EL CLIENTE. Estos medios de identificación electrónicos pueden incluir: Códigos de Acceso Personales (PIN), Usuarios y Contraseñas, Preguntas Claves, Tarjeta de Claves, Token, entre otros. EL CLIENTE es responsable por la custodia de su identidad electrónica. EL CLIENTE deberá notificar inmediatamente a APAP la sustracción o extravío de alguno de sus medios de identificación o cuando haya detectado uso indebido de sus códigos personales o presuma que un tercero tiene conocimiento de los mismos. APAP cumplirá con los procedimientos de seguridad aplicables y no tendrá deber adicional de verificar la identidad o capacidad de la persona que imparte la orden o del contenido de cualquier instrucción. EL CLIENTE, salvo que haya notificado por cualquier medio a APAP y se haya ejecutado la suspensión del acceso, la cual se efectuará inmediatamente se reciba la notificación, es el único responsable frente a APAP, Red ACH, y/o cualquier otra persona o institución, por las consecuencias de las instrucciones que se impartan con su código de acceso violado, siempre que no se verifique falta imputable de APAP respecto de la ejecución de la transacción fraudulenta. EL CLIENTE reconoce y acepta que cumplirá con las políticas, normas de seguridad y Aviso Legal disponibles a través del dominio xxx.xxxx.xxx.xx, xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx, y xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; así como cualquier otra instrucción de uso de servicios específicos entregada por APAP. EL CLIENTE se compromete a no distribuir, copiar o modificar la información brindada en este sitio web, así como al correcto uso de nombre, logotipos y marcas registradas de APAP. Todo requerimiento de servicio fijado en medio electrónico se considerará escrito y autorizado expresamente por ¨EL CLIENTE¨. A través de Teleapap ® , por la presencia de EL CLIENTE en una de las sucursales de APAP o cualquier otro canal alterno puesto a disposición por APAP a EL CLIENTE, EL CLIENTE podrá realizar su solicitud de cambio de Código de Acceso Personal (PIN).
Xxxxxxx XX: Validez de las Instrucciones: EL CLIENTE es responsable de la veracidad de las informaciones que provee APAP al momento de realizar las transacciones electrónicas, así como de las reclamaciones que se generen por errores en estas informaciones. EL CLIENTE responderá por todos los valores involucrados en las transacciones realizadas y por los cargos, penalidades e indemnizaciones que pudieran pronunciarse, siempre que no se verifique falta imputable a APAP. EL CLIENTE garantiza la disponibilidad de sus fondos previo realización de transacciones y vigencia en sus cuentas. APAP no será responsable por daños directos, indirectos, especiales, incidentales o consecuenciales que puedan ocurrir por inejecución o demora en la ejecución de instrucciones ni de los servicios de llamadas o internet propiedad de EL CLIENTE, incluyendo daños a la imagen o prestigio comercial de éste, ni responsabilidad en que pueda incurrir EL CLIENTE frente a terceros por dicha causa, siempre y cuando los mismos no sean el resultado exclusivo de las acciones u omisiones de APAP. Si EL CLIENTE considera que ha habido algún error en la transferencia de fondos, es su obligación contactar a APAP. EL CLIENTE reconoce que posee pleno conocimiento de las fechas efectivas en que serán aplicadas las transacciones interbancarias de acuerdo al horario de días laborables establecido por la red ACH y la Superintendencia de Bancos, publicados en la página de internet xxx.xxxx.xxx,do y disponible en las sucursales de APAP, a menos que previamente haya sido notificado, en la forma establecida en este contrato, sobre modificaciones. EL CLIENTE reconoce que una vez que haya confirmado los datos de un pago, no podrá cancelarlo ni suspenderlo, salvo que se trate de un pago posfechado. EL CLIENTE acepta que APAP ejecute retiros, transferencias y pagos y demás operaciones sobre instrucciones recibidas electrónicamente. APAP no será responsable de pérdidas ocasionadas por demoras de EL CLIENTE en pagos a un proveedor de servicios, ni por instrucciones incorrectas o tardías, como tampoco por demoras en pagos a terceros que EL CLIENTE haya instruido, siempre que la falta no le sea imputable. APAP ni otro proveedor de información accesible mediante APAP serán responsables por virus de computadora o fallas de los sistemas de informática o averías de telecomunicación, siempre que estas situaciones no constituyan hechos imputables a APAP, o se trate de caso fortuito o fuerza mayor.
Xxxxxxx X: Secreto: APAP nunca requerirá de la divulgación de código de acceso personal. De requerir algún cambio, requerirá la presencia de EL CLIENTE personalmente a una sucursal. Queda bajo responsabilidad de EL CLIENTE el hacer de conocimiento esta información. EL CLIENTE acepta que APAP podrá grabar y almacenar conversaciones sostenidas entre los empleados de APAP y EL CLIENTE para verificar calidad del servicio y exactitud de la información de acuerdo a las disposiciones de la Leyes competentes. EL CLIENTE acepta que APAP le envíe y deje mensajes electrónicos con avisos o mensajes publicitarios a las direcciones de correo electrónico o teléfono celular de EL CLIENTE, una contestadora, sistema automático de discad, fax, mensajes en formato SMS o MMS. Toda comunicación
que APAP expida a EL CLIENTE se considerará recibida sin ningún otro requisito quedando bajo responsabilidad de EL CLIENTE comunicar a APAP cualquier cambio que realice del correo electrónico y contactos telefónicos.
Xxxxxxx XX: Costo de la Prestación de Servicios: EL CLIENTE autoriza a APAP a debitar de cualquiera de sus cuentas tanto el costo de suscripción del servicio si existiere, así como los costos por el uso, mantenimiento y renovación, de conformidad con lo establecido en el tarifario publicado en la página de internet xxx.xxxx.xxx.xx, incluyendo los establecidos por Ley. APAP podrá en todo momento modificar los costos y tarifas de los Servicios Bancarios por Canales Electrónicos previo aviso por cualquier medio escrito, físico o electrónico del nuevo tarifario vigente a EL CLIENTE tal como se establece en el artículo Vigésimo Octavo del presente contrato, el cual también se encontrará disponible en las oficinas de APAP o en su página de internet xxx.xxxx.xxx.xx.
17.1. Acceso a los Canales para Menores de edad: El menor de edad que haya cumplido catorce (14) años al momento de apertura de la cuenta o en el transcurso del presente contrato, podrá solicitar su usuario para tener acceso a realizar consultas y transacciones, a través de los canales alternos y electrónicos. Para esto, deberá de completar y firmar de manera conjunta con el padre responsable de la cuenta o su tutor, el Contrato de Afiliaciones, quedando bajo la responsabilidad del padre o tutor todas y cada una de las transacciones que este pueda realizar.
18. Confidencialidad: Además de las obligaciones de confidencialidad derivadas de las buenas prácticas y usos bancarios, por disposición del artículo 56 literal (b) de la Ley No. 183-02, APAP tiene la obligación legal de guardar secreto sobre las captaciones que reciba de EL CLIENTE en virtud del presente contrato. APAP podrá proporcionar antecedentes personalizados sobre las operaciones realizadas a su titular (EL CLIENTE) o a la persona que éste autorice expresamente por un poder notarial o consular , y conforme a las políticas de APAP, sin perjuicio de la información que APAP deba suministrar en virtud de normas legales a la autoridad tributaria y a los órganos jurisdiccionales, o en cumplimiento de las disposiciones reguladoras de la prevención xx xxxxxx de activos, siguiendo el procedimiento establecido en el referido artículo 56 de la Ley No. 183-02.
19. EL CLIENTE por medio del presente acto confiere PODER tan amplio y suficiente como en derecho fuere necesario, a los miembros de la Junta de Directores, quienes decidirán por mayoría a nombre del mandante, para que lo represente en caso de que no asista, a todas las asambleas Generales de Depositantes de APAP, ordinarias o extraordinarias, y en tal virtud firmen todas las hojas de presencia, actas o cualquier otro documento, elijan los miembros de la Junta de Directores y Comisarios, modifiquen los estatutos y en general hagan todo lo que fuere necesario para el cabal cumplimiento de los presentes poderes.
20. Notificaciones y Elección de Domicilio: Todas las comunicaciones, avisos o cartas que deban ser enviadas por una Parte a la otra en cumplimiento de las disposiciones de este Contrato, será considerada debidamente recibidas, si es enviada por escrito por medio de correo u otro medio de comunicación admisible como correo electrónico, carta o fax, a las direcciones que se indican en este Contrato. Es responsabilidad de EL CLIENTE notificar a APAP cualquier cambio en las direcciones suministradas. A falta de esta notificación, los avisos y demás correspondencia se considerarán dados válidamente, cuando hayan sido remitidos a la última dirección que aparezca registrada en APAP.
21. Modificaciones: Sin perjuicio de lo previsto en otra parte del presente documento, este contrato podrá ser modificado: a) por el mutuo acuerdo entre las partes, y b) en virtud de cualquier disposición legal que se dicte en el futuro en relación con el objeto de este contrato. En este último caso, APAP comunicará, por cualquier medio escrito, físico o electrónico, tales cambios a EL CLIENTE.
22. Clausulas Nulas: Si alguna de las cláusulas de este contrato es declarada nula, por disposición legal o reglamentaria de la autoridad competente, por decisión judicial, extrajudicial competente, o por cualquier otro motivo, dicha nulidad afectará solamente la parte de la cláusula que se anula, el contrato se considerará completamente válido y seguirá surtiendo sus mismos efectos, quedando libre de toda nulidad, afectación o perjuicio que interrumpa o entorpezca su ejecución y cumplimiento.
23. Validez del contrato: Este contrato sólo tendrá validez si es firmado por los funcionaros autorizados por APAP.
24. Derecho Común: Para todo lo no previsto en este Contrato, las Partes se remiten a las leyes financieras vigentes y en su defecto a las disposiciones del derecho común.
25. Ley aplicable: El presente Contrato se regirá por las leyes de la República Dominicana.
26. EL CLIENTE acepta que a la firma del presente contrato ha recibido de APAP el tarifario, el cual también se encuentra disponible en las oficinas de APAP y en su página de internet, xxx.xxxx.xxx.xx.
27. A la firma del presente documento EL CLIENTE tendrá la facultad de recibir los términos y condiciones que aplican
a este Contrato mediante correo electrónico o a través xx xxxxxxx presenciales. Asimismo, EL CLIENTE siempre podrá disponer de los términos y condiciones mediante los canales presenciales o al ingresar con su cuenta de acceso a wwww.apap.comdo, APAPPMovil o cualquier otro medio que en el futuro APAP ponga a disposición de EL CLIENTE.
HECHO Y FIRMADO en la ciudad
de
días
, la República Dominicana a
los
( )
del
mes
de
del
año*
( ).
Tipo de cuenta seleccionado por EL CLIENTE:
DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS DE LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS FINANCIEROS
26.1. EL CLIENTE acepta que, a la firma del presente contrato, ha recibido de APAP la Carta de Derechos y Deberes de los Usuarios de los Productos y Servicios Financieros.
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Nombre(s) Apellido(s): |
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