Contract
Administrativo flota
PLIEGO DE CONDICIONES DE CLAUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, EN TRÁMITACIÓN ORDINARIA, POR EL
PROCEDIMIENTO ABIERTO DE UN:
“SEGURO SOBRE LA FLOTA DE VEHÍCULOS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX”
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Cláusula 1ª.- OBJETO DEL CONTRATO:
Constituye el objeto del contrato la prestación del servicio de “SEGURO SOBRE LA FLOTA DE VEHÍCULOS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX”, en los términos que se detallan en su anexo Pliego de Prescripciones Técnicas, los cuales tienen carácter contractual.
Cláusula 2ª.- CODIFICACIÓN DEL CONTRATO:
La codificación correspondiente de la nomenclatura de la Clasificación de Productos por Actividades en la Comunidad Económica Europea es J.66.03.2 “servicios de seguros de vehículos de motor”.
La codificación correspondiente al vocabulario común de procedimientos contractuales en la Comunidad Económica Europea (CPV) es: 66514110-0 “servicios de seguros de automóviles”.
Cláusula 3ª.- RÉGIMEN JURÍDICO:
Debido a que el servicio se encuentra incluido en la categoría 6 del Anexo II del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), el mismo se tipifica como un contrato privado al amparo del artículo 20.1 del TRLCSP y, en consecuencia, la presente contratación se regula:
- Con carácter general por lo previsto en este pliego de cláusulas administrativas particulares y su anexo de prescripciones técnicas.
- En cuanto a su preparación y adjudicación por el TRLCSP y con el resto de normativa aplicable en la materia.
- En cuanto a sus efectos y extinción por la normativa aplicable de derecho privado, y en particular por la Ley 50/1990, de 8 de octubre, del contrato del seguro; Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación y supervisión de los seguros privados; Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, que
aprueba el Texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y demás normativa de aplicación.
El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el pliego de prescripciones técnicas, documentos anexos, y la oferta del adjudicatario, todos ellos en los términos o contenidos que se concreten una vez adjudicado el contrato por la Junta de Gobierno Local, revestirán carácter contractual.
Cláusula 4ª.-PRERROGATIVAS Y JURISDICCIÓN:
4.1.- Prerrogativas:
La Junta de Gobierno Local ostenta la prerrogativa de interpretar este contrato administrativo y de resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar el contrato para producir altas o bajas de aseguramiento de vehículos como consecuencia de nuevas adquisiciones u otros, así como introducir variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria, siempre y cuando no altere las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación. También, podrá prorrogar el contrato en la forma establecida en este Pliego; así como, igualmente, resolver dicho contrato dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el mismo, en el TRLCSP y demás normativa aplicable.
4.2.- Jurisdicción: Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la preparación, adjudicación, interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato serán, igualmente, resueltas por la Junta de Gobierno Local, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cláusula 5ª.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN:
El Órgano de Contratación del contrato es la Junta de Gobierno Local, por delegación xxx Xxxxxxx-Presidente del Ayuntamiento, de conformidad con la Resolución nº 109/2011, de 11 xx xxxxx, dictada el Alcalde-Presidente.
Cláusula 6ª.- PERFIL DEL CONTRATANTE:
Los licitadores podrán acceder al perfil del contratante del Órgano de Contratación a través de la página web del Ayuntamiento xx Xxxxx, cuya dirección electrónica es: xxx.xxxxx.xx.
Cláusula 7ª.- RESPONSABLE DEL CONTRATO:
La Junta de Gobierno Local designará a un responsable del contrato al que corresponderá supervisar su ejecución, incidencias, incumplimientos, deficiencias, adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta
prestación del servicio de conformidad con el presente Pliego y con su anexo de prescripciones técnicas.
Cláusula 8ª.- FORMA Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN:
8.1.- Forma de contratación. El contrato se adjudicará por el procedimiento abierto, en tramitación ordinaria, de conformidad con lo establecido en los artículos 109, 110, 150, 151, 156, 157, 158, 160 Y 161 del TRLCSP, y por los artículos correspondientes del RGLCAP.
8.2.- Criterios de adjudicación. La adjudicación recaerá en el licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa según los criterios establecidos en la cláusula 23ª, del presente Xxxxxx.
Cláusula 9ª.- VIGENCIA, FORMALIZACIÓN Y PLAZO DEL CONTRATO:
a) Vigencia:
La vigencia del contrato se fija entre la fecha de notificación del acuerdo de adjudicación y la devolución de la garantía definitiva.
b) Formalización:
El contrato se formalizará en documento administrativo dentro de los quince días hábiles a contar desde la notificación al licitador que haya resultado adjudicatario.
c) Plazo del contrato:
El plazo de duración del contrato será de DOS años contado desde la suscripción de la correspondiente póliza.
Cláusula 10ª.- PRÓRROGA DEL CONTRATO:
El contrato podrá ser prorrogado por períodos anuales por mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización y previo acuerdo de la Junta de Gobierno Local, siempre que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, no exceda de cuatro años.
Cláusula 11ª.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:
Teniendo en cuenta el precio del servicio anual así como su duración y las posibles prórrogas establecidas, el valor estimado del contrato es de 64.679,96 €, incluidos impuestos y recargo que legalmente correspondan.
Cláusula 12ª.- PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN:
El presupuesto máximo de licitación del contrato es de DIECISÉIS MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE EUROS CON NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (16.169,99 €), exento
de I.V.A., el cual podrá ser mejorado a la baja, y comprende el importe máximo de la prima total anual, incluidos impuestos y recargos que legalmente correspondan, que el Ayuntamiento xx Xxxxx abonará al adjudicatario por el aseguramiento, con las garantías que se detallan en la cláusula 2ª del anexo de Prescripciones Técnicas, de los vehículos que se relacionan en el Anexo II y que comprende la flota del Ayuntamiento xx Xxxxx.
A todos los efectos, se entenderá que el presupuesto aprobado por el Ayuntamiento comprende, además de los costes que se deriven directamente de la ejecución, cuantos gastos pueda producir al adjudicatario la prestación de los servicios contratados como personal, materiales, productos, etc., de conformidad con lo dispuesto en el presente Pliego y cuantos otros pudieran derivarse de la adjudicación del presente contrato.
Los vehículos que el Ayuntamiento pudiera adquirir durante la vigencia del contrato serán objeto de aseguramiento e incorporación al mismo en las mismas condiciones y coberturas que el resto de vehículos asegurados y por el importe de la prima que se corresponda con la que figure en el contrato para vehículos de similar potencia y características técnicas, todo ello, previa adopción del correspondiente acuerdo por la Junta de Gobierno Local.
Igualmente, las bajas de vehículos que se puedan producir durante la vigencia, serán aprobadas por la Junta de Gobierno Local con los efectos y disminución del precio del contrato que corresponda.
Cláusula 13ª.- FINANCIACIÓN DEL CONTRATO:
La financiación del contrato corre a cargo del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, existiendo consignación suficiente y adecuada en el Presupuesto General vigente, según la certificación de existencia de crédito expedida por la Intervención municipal que obra en el expediente.
Cláusula 14ª.- PAGO DEL PRECIO:
Debido a que todos los vehículos mantienen pólizas en vigor, durante el primer año el precio del contrato se corresponderá con la suma de las primas de los seguros que se vayan incorporando al contrato una vez finalizada la vigencia de cada una de las pólizas actualmente suscritas.
En consecuencia, el Ayuntamiento abonará la prima ofertada por el aseguramiento de los vehículos por el período comprendido desde el vencimiento de la póliza en vigor de cada uno de los vehículos que se detallan en el Anexo II, hasta las 24,00 horas del día 30 xx xxxxx de 2013.
El 1 de julio de 2013 y sucesivos años de vigencia del contrato, el Ayuntamiento abonará la suma anual de todas las primas de los seguros incorporados al contrato, estableciéndose las 0,00 horas de esta fecha como única para el vencimiento y pago anual de las primas de todos los vehículos, debiendo emitir el adjudicatario, igualmente, un único recibo de cartera que englobe la totalidad de la flota a la que habrá de acompañar un original de recibo por cada vehículo asegurado a los efectos previstos legalmente.
Cláusula 15ª.- REVISIÓN DE LA PRIMA:
Durante la vigencia del contrato el importe de la prima de adjudicación no podrá ser objeto de revisión, salvo prorroga del mismo que, en este caso, se incrementará en la
cantidad anual que corresponda según la oferta presentada por el adjudicatario en la licitación que no podrá ser superior al 3 por 100 anual.
Cláusula 16ª.- GARANTÍAS: 16.1.- Provisional:
Para tomar parte en la licitación no es preciso constituir garantía provisional por las empresas interesadas.
16.2.- Definitiva:
El licitador que haya presentado la oferta más ventajosa económicamente, constituirá dentro del plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al recibo del requerimiento efectuado por la Junta de Gobierno, una fianza definitiva por importe equivalente al 5 por 100 del precio de adjudicación.
Dicha garantía definitiva podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 96 TRLCSP, con los requisitos establecidos en el art. 55 y siguientes del RGLCAP, que en caso de incumplimiento por causas imputables al adjudicatario, se declarará resuelto el contrato.
La garantía definitiva responderá de los conceptos establecidos en el art. 101 TRLCSP.
La devolución y cancelación de la garantía se efectuará una vez finalizado el contrato, siempre que se haya cumplido satisfactoriamente el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 TRLCSP.
Cláusula 17ª.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
17.1.- El personal que realice el servicio dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de patrono y deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad las disposiciones vigentes o que se dicten en el futuro en materia laboral; de Seguridad Social; de Seguridad y Salud en el Trabajo; de carácter fiscal y de cualquier otra que resulte necesaria para la prestación del servicio, quedando exento el Ayuntamiento de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse como consecuencia del incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones indicadas anteriormente y de cualquier otra que le pudiera corresponder.
17.2.- Durante la vigencia del contrato, el adjudicatario queda obligado a presentar, previo requerimiento de la Corporación o del responsable del contrato, las declaraciones o documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones indicadas en el apartado anterior, así como de aquellas otras que la Corporación estime oportunas.
17.3.- Es por cuenta del contratista todos los gastos precisos para el cumplimiento del contrato, así como las indemnizaciones que correspondan por los daños o perjuicios, en su caso, que se puedan ocasionar con motivo del cumplimiento de la prestación del servicio.
17.4.- Asimismo, es por cuenta del adjudicatario el importe del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx, el cual no podrá ser superior a 300 €, y será abonado al Ayuntamiento xx Xxxxx previamente a la suscripción del contrato.
Cláusula 18ª.- PODRAN CONCURRIR A LA ADJUDICACIÓN:
Podrán presentar proposiciones las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que acrediten la capacidad de obrar mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional, en los que consten que su finalidad o actividad tienen relación directa con el objeto del contrato, de conformidad con los artículos 57 y 72, respectivamente, del TRLCSP. Además, deberá acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, establecida en la siguiente cláusula, así como de no encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 70, del citado TRLCSP, en relación a las prohibiciones de contratar con la administración.
Se entiende que tienen capacidad para contratar las Entidades Aseguradoras españolas o extranjeras que se encuentren dadas de alta en el Registro Especial de Entidades Aseguradoras de la Dirección General de Seguros del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para operar en el ramo del seguro objeto de contratación, lo cual se acreditará mediante certificado de inscripción en dicho Registro.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando éste acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.
Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 59 TRLCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas (art. 24 del RGLCAP). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.
Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras, si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la desestimación de todas las por él presentadas.
Cláusula 19ª.- SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA:
La solvencia económica y financiera y técnica o profesional en este contrato será acreditada por los licitadores necesariamente a través de los medios siguientes:
a) Solvencia económica y financiera: Mediante declaración relativa a la cifra de negocios global y los servicios realizados por la empresa en el curso de los tres últimos años.
b) Solvencia técnica o profesional: Se acreditará mediante relación de las principales contrataciones relacionadas con el objeto del contrato que hayan sido efectuadas
durante los tres últimos años, indicándose su importe, fechas y carácter público o privado de los mismos.
Cláusula 20ª.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES:
Las proposiciones para tomar parte en la adjudicación implica por parte de los licitadores la aceptación incondicionada de la totalidad de las cláusulas de este pliego de condiciones particulares y de su anexo de prescripciones técnicas, sin salvedad alguna, así como a lo dispuesto en la normativa de contratación administrativa.
Las ofertas se presentarán en un sobre cerrado que figurará la siguiente leyenda: "Proposición que presenta D... (en nombre propio o en representación de...) para tomar parte en la licitación convocada por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx para la contratación del “SEGURO SOBRE LA FLOTA DE VEHÍCULOS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX”.
Dentro de este sobre mayor se incluirán dos sobres, A y B, igualmente cerrados con el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF en cada uno de ellos. Asimismo, en este mismo sobre mayor y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES, se hará constar, la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones.
En cada uno de los referidos sobres A y B se incluirá la documentación que a continuación y en cada caso se indica.
20.1.- Contenido del sobre A) que se subtitulará “DOCUMENTACIÓN”, y en documento original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por el Secretario del Ayuntamiento xx Xxxxx, relacionados en un índice, manteniendo el mismo orden, obligatoriamente se incluirá la siguiente documentación:
a) N.I.F. del proponente.
b) Número de identificación fiscal.
c) Escritura de poder, si se actúa en representación de otra persona.
d) Escritura de constitución de la sociedad, debidamente inscrita en el Registro que corresponda.
e) Certificado de alta en el Registro Especial de Entidades Aseguradoras de la Dirección General de Seguros del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para operar en el ramo del seguro objeto de contratación.
f) Justificante acreditativo de alta en el I.A.E. del epígrafe que le faculte para ejercer la actividad objeto del contrato.
g) Declaración responsable del licitador en la que afirme bajo su responsabilidad las siguientes circunstancias:
1.- De que no se halla incurso en prohibición de contratar, conforme al artículo 60, del TRLCSP.
2.- De encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como con las obligaciones económicas con el Ayuntamiento xx Xxxxx.
h) Al objeto de acreditar la solvencia económica y financiera establecida en la cláusula 19ª.a), deberá aportar declaración relativa a la cifra de negocios global y los servicios realizados por la empresa en el curso de los tres últimos años.
i) La solvencia técnica o profesional dispuesta en la cláusula 19.b), se acreditará mediante una relación que comprenda las principales contrataciones relacionadas con el objeto del contrato efectuadas durante los tres últimos años, indicándose su importe, fechas y carácter público o privado de las mismas.
j) La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I, apartado 3, del RGLCAP.
Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación expedida por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato.
Así mismo, deberán aportar informe de la respectiva representación diplomática española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga.
Las empresas inscritas en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx estarán exentas de presentar la documentación que haya sido confiada al Registro, debiendo para ello aportar el certificado de inscripción en el mencionado Registro y una declaración responsable de la persona con capacidad para ello por la que se acredite la validez y vigencia de los datos registrales.
20.2.- Contenido del sobre B) se subtitulará "PROPUESTA TÉCNICA, ECONÓMICA Y DE MEJORAS", y se incluirá:
1.- Propuesta técnica explicativa del seguro que se oferta que obligatoriamente deberá contener las cláusulas particulares y condiciones generales, características de las coberturas, cantidades aseguradas, descripción de riesgos incluidos, delimitación de los riesgos excluidos, así como el procedimiento a seguir en la tramitación de siniestros.
2.- Propuesta económica, que se presentará con arreglo al siguiente modelo:
"El abajo firmante don.........................................................., mayor de edad,
domiciliado en................................................................., con D.N.I./N.I.F.
nº.........................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de................................., con C.I.F. nº ,
conforme se acredita en la documentación aportada, manifiesta que enterado del anuncio
publicado por el Ayuntamiento xx Xxxxx en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx, de fecha................... y estando conforme con todos los requisitos y condiciones que se exigen para adjudicar mediante el procedimiento abierto, en tramitación ordinaria, la contratación del “SEGURO SOBRE LA FLOTA DE VEHÍCULOS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX”, y
xxx Xxxxxx de Condiciones de Cláusulas Económico-Administrativas particulares, su anexo de Prescripciones Técnicas y demás documentación que rige dicha contratación, y en la representación que ostenta, se compromete a prestar el referido servicio por la prima anual de...................Euros, exento de I.V.A. (en letra y número todas las cantidades), incluidos, asimismo, los impuestos, cargas, gravámenes y todos aquellos gastos precisos para su ejecución. Lugar, fecha y firma del proponente."
En caso de discrepancia entre el importe expresado en letra y el expresado en cifra, prevalecerá la cantidad que consigne en letra.
A dicha propuesta económica, obligatoriamente se acompañará el desglose de la prima anual ofertada por cada uno de los vehículos cuya suma total deberá ser igual al de la referida oferta económica. También, se indicará el importe de la prima de cada uno de los vehículos por el período comprendido desde el vencimiento de la póliza en vigor hasta las 24 horas del día 30 xx xxxxx de 2013 de cada uno de los vehículos que componen la flota y que se relacionan en el Anexo II.
La referida proposición económica especificará necesariamente por separado los desgloses mencionados, no admitiéndose las ofertas que no lo indiquen así quedando, por tanto, excluida de la licitación.
3.- Propuesta de revisión xx xxxxxx. El licitador presentará propuesta de revisión del precio para el caso de prórroga del contrato, expresando la fórmula a aplicar y el porcentaje de incremento de la prima anual sobre el de adjudicación.
4.- Propuesta de mejoras gratuitas referidas a la ampliación de garantías establecidas en la cláusula 3 de Anexo de Prescripciones Técnicas y que a continuación se relacionan:
• Rotura de lunas.
• Incendio
• Robo.
Cláusula 21ª.- VARIANTES Y ALTERNATIVAS:
No se aceptarán variantes ni alternativas a las establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, a excepción de aquellas que por el concepto de mejoras que se indican en la cláusula anterior oferte el licitador que resulte adjudicatario del contrato.
Cláusula 22ª.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA:
Los sobres anteriormente indicados se presentaran en el Departamento de Contratación y Patrimonio, Unidad de Contratación del Ayuntamiento o por correo, durante el plazo de QUINCE días naturales, contado a partir del siguiente día al del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx, desde las diez treinta a las catorce horas, y en caso de que este último día de presentación coincidiera en sábado, se trasladaría
al siguiente día hábil. Cuando las ofertas se presenten por correo, el remitente lo habrá de comunicar mediante fax (número 000000000) o telegrama al Departamento de Contratación y Patrimonio del Ayuntamiento en el mismo día que se efectúe la imposición del envío en la Oficina de Correos, requisito que en caso de incumplimiento dará lugar, automáticamente, a la no admisión de la proposición.
Cláusula 23ª.- CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 del TRLCSP, la adjudicación se efectuará a la oferta más ventajosa económicamente, entendiendo ésta como la que obtenga la mayor puntuación mediante la aplicación de los criterios que a continuación se indican.
La puntuación máxima que la Mesa puede otorgar y que cada una de las ofertas admitidas puede obtener es de 100 puntos, correspondiendo todos ellos a criterios evaluables mediante la aplicación de fórmula matemática con el siguiente desglose:
a) Oferta económica 80 puntos.
La puntuación obtenida será igual al producto de la oferta más baja por 80, dividido por la oferta analizada.
Puntos = Oferta más baja x 80 / por la Oferta analizada.
No obtendrá puntuación la oferta que no efectúe baja respecto al tipo de licitación.
b) Revisión xx xxxxxx 15 puntos.
Se otorgará puntuación a las propuestas de revisión del importe de la prima anual, en caso de prórroga del contrato, de conformidad con la siguiente escala:
- Incremento anual “0”…….………………………. 15 puntos.
- Incremento entre el 1 y el 2 por 100 anual.. 2 “
- Incremento superior al 2 por 100 anual……. 0 “
c) Oferta de mejoras 5 puntos.
Las mejoras gratuitas ofertadas referidas a la ampliación de las garantías obligatorias establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, serán valoradas según cobertura y puntuación que a continuación se indica:
• Rotura de lunas…………………………………………………………………………. 2 puntos.
• Incendio……………………………………………………………………………………. 2 “
• Robo………………………………………………………………………………………… 1 “ Cláusula 24ª. ACTOS DE LA MESA GENERAL DE CONTRATACIÓN:
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa General de Contratación del Ayuntamiento xx Xxxxx efectuará la admisión y apertura de las ofertas, así como la propuesta que crea pertinente, de la siguiente manera:
24.1.- Apertura sobre “A” (Admisión). En acto no público, dará comienzo con la lectura del anuncio de la contratación y con el recuento de las proposiciones presentadas y a su confrontación con los datos que figuren en el Registro de Plicas.
A continuación se procederá a la apertura del sobre A) y comprobación de que la documentación aportada se corresponde con la solicitada en este Pliego. Si la Mesa General de Contratación observara defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados a la dirección indicada al efecto por el licitador, mediante fax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndole un plazo no superior a tres días naturales para que el licitador los subsane.
Finalmente, la Mesa declarará admitidas o excluidas las ofertas presentadas, levantando acta que recogerá sucintamente todo lo sucedido, la cual será suscrita por el Secretario y con el visto bueno del Presidente, ambos de dicha Mesa.
24.2.- Apertura sobre “B” Propuesta técnica, económica y de mejoras. La apertura del sobre “B”), referido a la propuesta técnica, económica y de mejoras, (criterios objetivos) se efectuará mediante acto público al cual se convocará a los licitadores en el Salón Azul del Ayuntamiento, previa convocatoria del Presidente de la Mesa, procediendo de la siguiente forma:
a) En primer lugar, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en los sobres A, indicando las ofertas excluidas y las causas de su exclusión, en su caso, invitando a los asistentes a formular las observaciones que crean oportunas, las cuales serán recogidas en el Acta.
b) A continuación se procederá al acto de apertura de los referidos sobres B, y previa lectura del contenido de cada uno de ellos, podrá puntuar cada una de las ofertas presentadas o solicitar, previamente a dicha baremación que se celebrará en acto público, informe técnico o de los licitadores en relación con dichas ofertas.
Una vez valoradas las ofertas mediante los criterios establecidos en la cláusula anterior, la Mesa elevará a la Junta de Gobierno Local propuesta de adjudicación del contrato a favor de la oferta económicamente más ventajosa por haber obtenido la mayor puntuación, o la que crea más conveniente, adjuntándose a dicha propuesta todas las proposiciones y las actas de los actos celebrados por la Mesa.
Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados.
Los actos públicos que la Mesa General de Contratación celebre para este contrato, serán publicados en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento xx Xxxxx a través de la página web, cuya dirección electrónica es: xxx.xxxxx.xx.
Cláusula 25ª. REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN Y CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA.
A la vista de la propuesta formulada por la Mesa de Contratación, La Junta de Gobierno Local requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa económicamente para que, dentro del plazo xx XXXX días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente en el Departamento de Contratación y Patrimonio documento acreditativo de haber constituido la garantía definitiva del contrato y del abono a este Ayuntamiento del importe del anuncio de licitación, ambas establecidas en las cláusulas 16.2 y 17.4, respectivamente, del presente Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, así como la aportación de cualquier otra documentación que se pudiera solicitar en relación con dicho contrato.
Cláusula 26ª.- ADJUDICACIÓN:
La Junta de Gobierno Local, adjudicará el contrato a la proposición económicamente más ventajosa, dentro de los CINCO días hábiles siguientes a la recepción de la documentación referida en la anterior cláusula. En todo caso, en el plazo máximo para efectuar la adjudicación, será de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones, teniendo la facultad de declarar desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que no sea admisible de acuerdo con los criterios establecidos en este pliego.
La adjudicación acordada por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento xx Xxxxx en resolución motivada, se notificará a los licitadores mediante fax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado y simultáneamente se publicará en el perfil de contratante.
Cláusula 27ª. FORMALIZACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN:
La formalización del contrato se efectuará dentro de los QUINCE días hábiles a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación.
Cuando por causas imputables al contratista no se hubiese formalizado el contrato dentro del referido plazo, el Ayuntamiento podrá acordar la resolución del mismo y su adjudicación a favor de la siguiente propuesta más ventajosa.
Cláusula 28ª.- RIESGO Y XXXXXXX:
El contrato se adjudica a riesgo y xxxxxxx del contratista.
Cláusula 29ª.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO:
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en los artículos 223 y 308 de TRLCSP, y se acordará por la Junta de Gobierno Local de oficio o a
instancia del contratista mediante procedimiento en el que se garantice la audiencia a éste y con los efectos previstos en los arts. 225 y 309 del TRLCSP.
Cláusula 30ª.- DEBER DE CONFIDENCIALIDAD:
Se respetará el principio de confidencialidad mediante la xxxxxxxx por parte de este Ayuntamiento de la obligación de no divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial, siempre que existan causas justificadas para ello y, en particular, secretos técnicos o comerciales y aspectos confidenciales de las ofertas. Igualmente, la aplicación de este principio, exigirá que los contratistas deban respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tengan acceso con ocasión de la ejecución del contrato y que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. De conformidad con el art. 140.2 del TRLCSP, este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años, desde el conocimiento de dicha información.
Cieza, 6 xx xxxxx de 2012 EL CONCEJAL DELEGADO
Conocido y aceptado en su totalidad:
EL CONTRATISTA
ANEXO I
Técnicas flota
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE RIGE LA CONTRATACIÓN DE:
“SEGURO SOBRE LA FLOTA DE VEHÍCULOS DEL AYUNTAMIENTO XX
XXXXX”
=============================================
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
Será objeto del presente contrato la suscripción por parte del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx de una póliza de “SEGURO SOBRE LA FLOTA DE VEHÍCULOS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX”, conforme a las condiciones que se especifican en el presente pliego y, en su caso, a las mejoras que el adjudicatario oferte.
2.- COBERTURAS:
Las garantías mínimas incluidas en el presupuesto de licitación son las siguientes:
• Responsabilidad civil obligatoria.
• Defensa penal, constitución de fianzas y reclamaciones de daños.
• Asistencia en viajes desde el km. 0.
3.- MEJORAS AL CONTRATO:
Los licitadores podrán presentar oferta de mejoras gratuitas al contrato consistentes en la ampliación de garantías establecidas con carácter de mínimas en la cláusula anterior y que podrán referirse a las siguientes coberturas:
• Rotura de lunas.
• Incendio
• Robo.
4.- ASEGURADOR:
El asegurador es la persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.
5.- TOMADOR DEL SEGURO:
El tomador del seguro es el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx.
6.- ASEGURADO:
Todos los vehículos que componen la flota del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, en la modalidad y coberturas, como mínimo establecidas en este Pliego, cuya relación se detalla en el Anexo II.
Aquellos datos adicionales imprescindibles para el aseguramiento de los vehículos, serán facilitados al adjudicatario.
7.- CONDUCTOR HABITUAL:
Se entenderá por conductor habitual las personas con dependencia laboral o funcionarial que actúen dentro del ámbito del Ayuntamiento xx Xxxxx o de sus Organismos Autónomos y entes dependientes, o por cuenta de éstos o que ejecuten actividades por encargo o para los mismos en el cumplimiento de las actividades propias del Ayuntamiento, así como aquellas otras que actúen al servicio del mismo como consecuencia de acuerdos o convenios con otros organismos públicos, y el personal en comisión de servicios procedente de otras administraciones.
8.- PÓLIZA:
Las condiciones reguladoras del seguro figuraran en la póliza, formando parte integrante de la misma el pliego de cláusulas económico administrativas, y el presente anexo de prescripciones técnicas así como la oferta del licitador que resulte adjudicatario.
Se emitirá una única póliza que englobe toda la flota con el mismo vencimiento, pago y vigencia una vez incorporados al contrato todos los vehículos.
Los licitadores habrán de incluir todas las definiciones, elementos y observaciones de carácter general que estimen oportunos para detallar su oferta y que afecten a los riesgos a cubrir. En particular, habrán de incluir:
*Descripción y alcance de los riesgos expresamente incluidos.
* Lista de casos generales excluidos de cobertura, con definición de cada uno de
ellos.
* Las obligaciones generales de las partes.
* El procedimiento de comunicación de los daños tras un eventual siniestro.
* Identificación de agente asignado para la gestión del contrato y tramitación de siniestros, en caso de su oferta y adjudicación.
* Inclusión de cláusula que contemple la posibilidad de baja anticipada de un vehículo por parte del Ayuntamiento y recuperación de prima no consumida.
9.- PRIMA:
La prima es el precio del seguro contratado que comprende el conjunto de coberturas contratadas, límites y sublímites de garantías o sumas aseguradas, condiciones de aseguramiento, y demás condiciones pactadas que consten en la póliza.
El recibo contendrá, además, todos los impuestos, cargas y gravámenes que sean de legal aplicación en cada momento, lo cuales se consideran incluidos en el precio del contrato y en la oferta de los licitadores, no siendo facturables como partida independiente.
Se presentará al cobro un único recibo de cartera por la totalidad de la flota, no obstante, emitirá un original de recibo por cada vehículo asegurado a los efectos previstos legalmente.
Cieza, 6 xx xxxxx de 2012 EL CONCEJAL DELEGADO
Conocido y aceptado en su totalidad:
EL CONTRATISTA
ANEXO II
RELACIÓN DE VEHÍCULOS FLOTA AYUNTAMINTO XX XXXXX
MARCA | MODELO | TIPO | MATRICULA | FECHA MATRICULACIÓN | PERÍODO DE VIGENCIA |
APRILIA | SCARABEO 100 | MOTOCICL.2 RUEDAS S.SID. | 6886CGN | 08/04/2003 | 08/10/2011- 08/10/2012 |
TOYOTA | COROLLA | TURISMO | 7693DKM | 15/05/2005 | 18/05/2011- 18/05/2012 |
NISSAN | TRADE 100 | TURISMO | MU5752BP | 20/06/1997 | 02/11/2011- 02/11/2012 |
RENAULT | R-5 | TURISMO | AB6988I | 24/11/1988 | 28/09/2011- 28/09/2012 |
J.C.B | 1CX | PALA CARGADORA- RETROEXCAVADORA | MU46911VE | 28/04/1998 | 12/11/2011- 12/11/2012 |
NISSAN | ATLEON BASCULANTE | CAMIÓN | 5475CKK | 11/07/2003 | 18/07/2011- 18/07/2012 |
SUZUKI | UH150 | MOTOCIC.2 RUEDAS S. SID. | 2264DNJ | 27/07/2005 | 19/08/2011- 19/08/2012 |
SUZUKI | UH150 | MOTOCIC.2 RUEDAS S. SID. | 5765DNG | 26/07/2005 | 19/08/2011- 19/08/2012 |
SUZUKI | UH150 | MOTOCIC.2 RUEDAS S. SID. | 5773DNG | 26/07/2005 | 19/08/2011- 19/08/2012 |
SUZUKI | UH150 | MOTOCIC.2 RUEDAS S. SID. | 2995DNJ | 27/07/2005 | 17/08/2011- 17/08/2012 |
TOYOTA | COROLLA | TURISMO | 8331DPY | 26/09/2005 | 28/09/2011- 28/09/2012 |
TOYOTA | COROLLA | TURISMO | 8321DYP | 26/09/2005 | 28/09/2011- 28/09/2012 |
TOYOTA | LAND CRUISE | TODO TERRENO | 2203DYZ | 02/05/2006 | 26/05/2011- 26/05/2012 |
YAMAHA | XT660R | MOTOCICL.2 RUEDAS S. SID. | 4000GJH | 31/10/2008 | 05/12/2011- 05/12/2012 |
YAMAHA | XT660R | MOTOCICL.2 RUEDAS S. SID. | 4627GJH | 31/10/2008 | 05/12/2011- 05/12/2012 |
NISSAN | X-TRAIL | TURISMO | 9276FZW | 11/02/2008 | 01/01/2011-01/01- 2012 |
NISSAN | X-TRAIL | TURISMO | 9365FMD | 13/03/2007 | 01/01/2011-01/01- 2012 |
NISSAN | TRADE 2 0 | FURGONETA MIXTA | MU4479BH | 08/06/1995 | 15/06/2011- 15/06/2012 |
NISSAN | PATROL | FURGONETA MIXTA | MU0533AS | 17/08/1990 | 04/12/2011- 04/12/2012 |
MASSSEY- XXXXXXXX | MF2415 | TRACTOR | E8678BDX | 24/04/2007 | 16/03/2011- 16/03/2012 |
SIN MARCA | DONATE B 276 N | REMOLQUE | MU08007R | 28/04/1998 | 14/04/2011- 14/04/2012 |
NISSAN | PATROL WAGONS | FURGONETA MIXTA | MU5938AL | 04/10/1989 | 16/01/2011- 16/01/2012 |
TOYOTA | COROLLA | TURISMO | 7685DKM | 17/05/2005 | 18/05/2011- 18/05/2012 |
TOYOTA | COROLLA | TURISMO | 7681DKM | 17/05/2005 | 18/05/2011- 18/05/2012 |
XXXX | TRANSIT | VEHÍCULO MIXTO ADAPTABLE | M0020ZB | 30/03/2000 | 20/01/2011- 20/01/2012 |
CITROEN | BERLINGO 1.9 | VEHÍCULO MIXTO ADAPTABLE | 4505CFD | 19/02/2003 | 30/11/2011- 30/11/2012 |
NISSAN | XXXXXXX ABIERTA | CAMIÓN CAJA | 1332GMJ | 20/05/2009 | 16/06/2011- 16/06/2012 |
TOYOTA | LAND CRUISE | TODO TERRENO | 7719DKM | 17/05/2005 | 18/05/2011- 18/05/2012 |
FIAT | DOBLO | VEHÍCULO MIXTO ADAPTABLE | 6186FLF | 12/02/2007 | 21/02/2011- 21/02/2012 |
SMART | SMART | TURISMO | 0562CRF | 08/01/2004 | 08/06/2011- 08/06/2012 |