CONTRATO POR OBRA DETERMINADA
Entre nosotros, el INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACION PARA LA AGRICULTURA (IICA), representado para este acto por el señor [nombre del representante], representante del IICA en [nombre del país], documento de identificación diplomático (DIDI) [número], con domicilio en [domicilio], en adelante denominado EL INSTITUTO o EL CONTRATANTE y ____________, cédula (de persona jurídica) ______________, (representado en este acto por ______________, documento de identificación número ____________, en su condición de ____________ con facultades suficientes para este acto APLICA ÚNICAMENTE PARA PERSONAS JURÍDICAS), en adelante denominado EL CONTRATISTA, convenimos en celebrar el presente Contrato por Obra Determinada, de conformidad con las siguientes Cláusulas:
:
CLÁUSULAS
PRIMERA: Naturaleza de la obra contratada: EL CONTRATISTA realizará la obra de ________________ de acuerdo con los Términos de Referencia que se adjuntan y que forman parte integral del presente Contrato.
SEGUNDA: Término: EL CONTRATISTA se compromete a iniciar sus servicios a partir del ___de ____________ del 20___y a concluirlo a más tardar el ___ de _________ de 20__ a entera satisfacción de EL CONTRATANTE.
TERCERA: Honorarios y forma de pago: EL INSTITUTO se compromete a pagar por los servicios aquí contratados a EL CONTRATISTA, la suma de ___________ (LETRAS), los cuales se cancelarán de la siguiente manera:
Primer pago: ___________________.
Segundo pago: __________________.
CUARTA: Confidencialidad: En este acto las partes declaran que no revelarán, salvo requeridas por ley, por orden judicial, o por acuerdo escrito entre las partes: (a) cualquier hecho o contenido de discusiones o negociaciones entre las partes, en forma directa o indirecta, oral o por escrito sobre los hechos y obligaciones presentes y/o futuros relativos a este Contrato; y (b) cualquier información secreta o confidencial, concerniente a las políticas de EL INSTITUTO y en general cualquier información relativa a EL INSTITUTO adquirida antes o después de este Contrato. El incumplimiento de lo dispuesto por esta Cláusula acarreará la terminación anticipada de este Contrato, así como la obligación de indemnizar por los daños y perjuicios por cuenta de la parte que incumplió.
QUINTA: EL CONTRATISTA: manifiesta expresamente en este acto, que ha leído detalladamente y que conoce en todos sus alcances el contenido del presente Contrato y que se encuentra su representada capacitada para cumplir con el servicio contratado. En igual forma manifiesta que por la naturaleza del mismo, el presente contrato en ninguna forma directa o indirecta, constituye relación laboral alguna y, por lo tanto, expresamente libera y exonera de toda responsabilidad presente o futura a EL INSTITUTO de cualquier responsabilidad por la ejecución de la Obra y del pago de las cargas sociales y la planilla de riesgos del trabajo del personal de EL CONTRATISTA, las cuales asumirá por su cuenta y responsabilidad.
SEXTA: Relación entre las partes: El presente Contrato en ningún momento podrá ser considerado o interpretado en el sentido de que el mismo constituya una asociación, coinversión, sociedad, representación o relación de agencia o comisión entre las partes. Tanto EL INSTITUTO como EL CONTRATISTA convienen en que en ningún momento el presente Contrato otorga a EL CONTRATISTA el derecho o autoridad alguna para asumir o crear obligación o responsabilidad, expresa o tácita, a nombre ni por cuenta de EL INSTITUTO, ya que la relación legal que existe entre ambos es la de dos entidades jurídicas independientes vinculadas por un Contrato, tal y como consta en el presente instrumento.
SÉPTIMA: Condiciones generales. Rigen respecto a la coordinación de los servicios que se brinden entre EL INSTITUTO y EL CONTRATISTA:
7.1. |
EL CONTRATANTE, a través de ______________ (INDICAR NOMBRE FUNCIONARIO RESPONSABLE DEL CONTRATO POR PARTE DEL IICA), tendrá la responsabilidad de coordinar en todo momento, los objetivos de este Contrato y dar a EL CONTRATISTA por escrito las observaciones que estime pertinentes, hasta una semana antes del primer anteproyecto, a fin de que se ajuste al programa y términos de referencia correspondientes, así como a las modificaciones, que, en su caso, se dispongan.
|
7.2. |
El INSTITUTO dará por recibida la obra, si la misma hubiera sido realizada de acuerdo con los Términos de Referencia, y demás estipulaciones convenidas.
|
7.3. |
EL CONTRATISTA será el único responsable cuando por la ejecución indebida de la obra y actividades no se ajusten a este Contrato. Cuando los Términos de Referencia no se hubieran ejecutado de acuerdo con este Contrato y/o con las observaciones por escrito de EL INSTITUTO, éste dispondrá su corrección o reposición inmediata por parte de EL CONTRATISTA, quien no tendrá derecho a ninguna retribución por los trabajos mal ejecutados.
|
7.4. |
EL CONTRATISTA reconoce y acepta que EL INSTITUTO tendrá la posibilidad de solicitar, en un plazo no mayor a quince días después de entregada la obra la incorporación de observaciones y ajustes que considere necesarios, teniendo EL CONTRATISTA la obligación de proceder según lo solicitado y en el mismo plazo entregar la obra ajustada a lo solicitado.
|
7.5 |
Cuando EL INSTITUTO dé por terminado el Contrato, con causa no imputable a EL CONTRATISTA, pagará a éste por los servicios prestados o entregables generados, la cantidad que corresponda a la fecha, siempre y cuando hayan sido realizados a entera satisfacción de EL INSTITUTO. Son causas que facultan a EL INSTITUTO para dar por finalizado el presente contrato en forma anticipada sin incurrir en responsabilidad alguna de su parte:
|
|
|
OCTAVA: Modificaciones al Contrato: Para todos los efectos legales, se conviene que el presente instrumento y sus anexos prevalecerá sobre cualquier otro acuerdo o instrumentos sobre la materia. No obstante, las Partes acuerdan que cualquier modificación al instrumento principal podrá ser incorporado al mismo mediante una adenda.
NOVENA: Solución de Controversias: Cualquier duda surgida de la aplicación del presente Contrato será dirimida por la vía conciliatoria en un plazo de 15 días, en cuyo caso el acuerdo escrito entre las Partes pasará a ser Adenda de este Contrato.
En caso de no existir acuerdo entre las Partes, acuerdan que la someterán incondicional e irrevocablemente, a los procedimientos y la decisión de un Comité de Conciliación compuesto por tres miembros. Dicho Comité estará compuesto por dos árbitros, uno designado por cada una de las Partes y un tercero a ser nombrado por mutuo acuerdo entre las Partes. Se entiende que el Comité de Conciliación puede decidir todas las cuestiones de procedimiento en aquellos casos en que las Partes no estén de acuerdo sobre el tema en disputa.
Todo laudo arbitral dictado de conformidad con el párrafo anterior será definitivo, inapelable y jurídicamente vinculante para las partes. Las disposiciones estipuladas en esta Cláusula reemplazarán a cualquier otro procedimiento para solucionar controversias entre las Partes.
DÉCIMA: Privilegios e Inmunidades: Nada de lo conferido en el presente Contrato o relacionado con el mismo, se considera renuncia expresa o tácita, de las inmunidades y privilegios, exoneraciones y facilidades de que goza el Instituto y su personal internacional de conformidad con el derecho internacional, tratados o convenios internacionales o la legislación nacional de los Estados Miembros.
DÉCIMA PRIMERA: Política para Prevenir el Lavado de Dinero y el Financiamiento del Terrorismo. El Instituto cuenta con una Política para la prevención xxx xxxxxx de dinero y del financiamiento del terrorismo, la cual es de aplicación obligatoria para todas las personas, naturales o jurídicas, que de alguna manera desarrollen actividades para o encomendadas por el IICA.
DÉCIMA SEGUNDA: Política de Prácticas Prohibidas/Antifraude y Anticorrupción. El Instituto cuenta con mecanismos de prevención, detección, denuncia y sanción de prácticas prohibidas, fraude y corrupción que son parte integral de sus mejores prácticas de gobernabilidad y administración. De acuerdo con su Código de Ética, sus valores y las respectivas leyes en el país que opera, el Instituto mantiene un enfoque de tolerancia cero con respecto a las prácticas prohibidas, el fraude y la corrupción. Estas prácticas se aplican tanto al personal del Instituto, como a las personas y organizaciones con las que mantiene relación en diferentes actividades
DÉCIMA TERCERA: Política para la gestión de conflicto de intereses en el Instituto. El Instituto cuenta con una “Política para la gestión del conflicto de intereses en el Instituto”, la cual es de aplicación obligatoria para todas las personas naturales y jurídicas, que desarrollen actividades para el Instituto o encomendadas por éste, consistente con su Código de Ética, sus valores y la ley aplicable en los Estados Miembros del Instituto.
DÉCIMA CUARTA: Política sobre la protección de datos personales. Cada una de las Partes queda informada de que los datos del titular o del contacto de sus representantes y empleados tratados en virtud del contrato, así como los otros intercambiados durante la prestación de los Servicios, serán tratados por la otra Parte con la finalidad de permitir el desarrollo, cumplimiento y control de la relación de prestación de Servicios concertada, siendo la base del tratamiento el cumplimiento de la relación contractual y conservándose los datos durante todo el tiempo en que esta esté en vigor, y aún después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades derivadas de ella.
Los respectivos responsables del tratamiento de datos de carácter personal, son cada una de las empresas a las cuales se les facilita los datos de los intervinientes, cuyos datos de contacto se incluyen en el encabezamiento del presente contrato. Los datos personales podrán ser comunicados por las Partes a: (i) Administraciones Públicas y autoridades judiciales para cumplir con las obligaciones legales y fiscales del IICA; (ii) Empresas de auditoría contable para el cumplimiento de las obligaciones legales de auditoría de cuentas o al amparo del interés legítimo consistente en la correcta gobernanza de la Compañía; y/o (iii) terceras entidades implicadas en la gestión de las actividades desarrolladas, tales como otras entidades del IICA cuando sea necesario para la ejecución del contrato o para cumplir con su solicitud, y/o proveedores que precisen acceder a los datos personales para la prestación de servicios que las Partes hayan contratado a dichos proveedores.
En el caso de que las Partes precisaran contratar los servicios de proveedores ubicados en países que no disponen de normativa equivalente a la Política sobre la Protección de Datos Personales del IICA para el tratamiento de sus datos, dicha contratación se realizará previo cumplimiento de todos los requisitos establecidos por la normativa de protección de datos personales del IICA, y aplicando las garantías y salvaguardas necesarias para preservar su privacidad.
El Instituto puede remitir los datos de contacto de los representantes y empleados de la otra Parte a otras Representaciones u oficinas del IICA cuando sea necesario para la celebración o ejecución del contrato, y/o cuando sea necesario para cumplir con su solicitud.
Los titulares podrán solicitar el acceso a los datos personales, su rectificación, supresión, portabilidad y la limitación de su tratamiento, así como oponerse al mismo, en el domicilio de cada Parte y/o a través de las siguientes direcciones de email xxxx.xxxxxxxxxx@xxxx.xxx y _____________
EN FE DE LO ANTERIOR firmamos en dos tantos originales a los ______ días del mes de ___________ de 202X.
[Nombre del representante] DIDI No [número] Representante del IICA en [país] |
|
__________ Documento de identificación número No.___________ Apoderado
|
INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACION PARA LA AGRICULTURA (IICA) |
|
xxxxxxxxxxxxx EL CONTRATISTA
|
EL CONTRATANTE |
|
|
TÉRMINOS DE REFERENCIA
CONTRATISTA: _________,
INICIO: __ de __ del 20__
TÉRMINO: __ de __ del 20__
HONORARIOS: ____________, (letras), pagaderos en dos tractos de _________, (letras) cada uno, 50% a la firma del contrato y el otro 50% contra entrega y aprobación por parte de EL INSTITUTO de los servicios contratados y presentación de la factura digital respectiva.
FINANCIAMIENTO: Por definir
CUENTA CONTRATISTA: ________,
ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN:
OBJETIVO DEL CONTRATO:
III. PERÍODO DEL CONTRATO:
El plazo del presente contrato es por __________, contados a partir del _________, y a concluirlo el _______,. Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el presente contrato, comunicándolo a la otra por escrito con quince días de anticipación.
PERFIL DE EL CONTRATISTA:
SERVICIOS CONTRATADOS:
____
____
____
PRODUCTOS ESPERADOS:
___
___
___
___
SEGUIMIENTO:
EL CONTRATANTE, a través de la __________, tendrá la responsabilidad de coordinar en todo momento, los servicios contratados, como resultado del objeto de este Contrato y brindará a EL CONTRATISTA por escrito las observaciones o recomendaciones que considere necesarios para dar un eficiente cumplimiento al presente Contrato y sus Términos de Referencia.
----------------------------------Última línea de los Términos de Referencia------------------------------
INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACIÓN PARA LA AGRICULTURA
8