CONTRATO DE FORMACIÓN EN PRÁCTICAS
Anexo Nr. 1 cláusulas para la organización y estructuración del semestre de estudios en práctica
CONTRATO DE FORMACIÓN EN PRÁCTICAS
Para la realización de la práctica profesional en su totalidad o parcialmente dentro del plan de estudios se formaliza el siguiente contrato entre las dos partes interesadas, tutor- formador y estudiante:
.
Datos de la empresa, organismo, institución)
(Dirección de la empresa/organismo/institución) (Tel.- correo electrónico)
Y
El Sr./la Sra. (Datos del estudiante)
(Apellido,nombre) (Fecha de nacimiento)
Dirección)
(Curso de los estudios, Número de matrícula)
Artículo 1. Duración
Duración de contrato en prácticas ................................................
Inicio de prácticas ................................................
Finalización de prácticas ................................................
Artículo 2. Obligaciones de la entidad de formación
La entidad receptora para la formación se obliga a:
• Garantizar el proceso formativo del alumno conforme al reglamento y cláusulas de estudios para la organización y estructuración del semestre en práctica profesional dentro del plan de estudios.
• Supervisar informes/reportes.
• Expedir un certificado de constancia de prácticas, junto a una evaluación del estudiante; así como, una confirmación acreditativa de la actividad realizada por el estudiante .
• Poner a disposición del alumno recursos de equipamiento protector corporal
• Notificar a la Universidad caso de una anticipada finalización de la relación contractual.
Artículo 3° Obligaciones del estudiante
El alumno se obliga a:
• Acatar reglamentos y aprovechar todas las posibilidades de formación que la institución le ofrece.
• Cumplir con la jornada laboral, ejecutar el plan de trabajo delegado minuciosamente, siguiendo instrucciones que se dan dentro del marco de la formación profesional.
• Atenerse al ordenamiento institucional de la formación y a las normas vigentes de prevención de accidentes, así como el empleo de máquinas y herramientas debidamente.
• Elaborar y presentar reportes a la institución de formación para su registro.
• Presentar mensualmente a la entidad un informe acreditativo sobre las actividades realizadas.
• Cumplir con los intereses de la entidad formativa y guardar confidencialidad en relación con la información interna de la entidad.
• Informar inmediatamente a la institución de formación caso de absentismo por enfermedad de una duración de más de 3 días hábiles laborales; a partir del 4 día laboral se presentará un certificado médico.
Artículo 4° Remuneración
El estudiante percibe una remuneración mensual de ............................................................
Artículo 5° El tutor o encargado de Formación
El tutor de formación de la institución formadora será la Sra./el Sr.
(Apellido,nombre)
(Dirección)
Teléfono,correo electrónico
Artículo 6° Vacaciones/ Interrupción de la Práctica
El derecho a vacaciones se limita a las normas vigentes. La suspensión de días de ausencia, debido a vacaciones, enfermedad o excedencia a corto plazo, se deberá recuperar.
Artículo 7° Rescisión del contrato, despido
El presente contrato se extinguirá por la expiración del tiempo convenido. (§ 1). La rescisión del contrato podrá realizar en cualquier momento por acuerdo mutuo. Unilateralmente podrá rescindirse de la relación contractual por causas justificadas, sin cumplimiento del plazo requerido para la renuncia. La extinción o despido será por escrito, indicando razones, por parte del estudiante con un plazo de 15 días (renuncia regulada) o por parte de la entidad formadora según el plazo regulado por la normativa.
La anticipada finalización de la relación contractual se informará a la universidad de Ingeniería Forestal, indicando las razones justificadas que hayan llevado a ello. La renuncia anticipada deberá reportarse inmediatamente.
Artículo 8° Otros acuerdos
1. Las partes contractuales aseguran que no existe ninguna relación familiar de primer o segundo grado.
2. No se aplicarán en la relación contractual las regulaciones tarifarias vigentes, aplicables para empleados, trabajadores y formadores de la entidad.
3. ..............................................................................................................................................
Artículo 9° Regulación en caso de controversias
Ante cualquier controversia que resulte de este contrato, se pretenderá llegar a un acuerdo amistoso antes de recurrir al juzgado. Caso de que parte del contrato sea nula o esté incompleta no implicará en ningún momento la validez de derecho legal. En caso de surgir tal hecho,se sustituirá por una nueva regulación que derogará cada uno de los ordenamientos anteriores no válidos o incompletos.
Artículo 10° Formalización del contrato
Se extiende este contrato por duplicado. Los contratos se otorgarán como sigue a:
La institución/la entidad de formación
El tutor/el encargado de la formación
El alumno
La Universidad de Ingeniería Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx
..................................................................................................................
..................................................................................................................
El seguro de accidente no cubre total o normalmente prestaciones de sanidad durante una estancia de práctica en el extranjero. Por lo que se recomienda, imprescindiblemente tener un seguro de sanidad para la prestación en el extranjero y en especial, tener un seguro de accidente ya que la tarjeta europea pueda no cubrir prestaciones en su totalidad.
(Lugar) (Fecha)
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(Firma de la entidad formadora) Sello (Firma del estudiante)
Nota:
El alumno proporcionará una redacción de la formalización de contrato a la universidad en la fecha estipulada.
Confirmación-Universidad de Ingeniería Forestal
Rottenburg,
(Fecha) (Sello y confirmación por la universidad)