Términos y condiciones adicionales (colectivamente las "Condiciones" ) para la compra contratación de Bienes y Servicios
EnerSys de Mexico S. de R.L. de C.V. Revisado el 6th xx Xxxxx del 2013
El termino “Comprador” tiene el significado que se defina en la Orden de Compra correspondiente (la “OC”), y el término “Proveedor” se refiere a la parte de quien el Comprador adquiera dichos bienes o servicios.
1. Propiedad. Todas las plantillas, moldes, equipo u otros artículos propiedad de Comprador y utilizados por Proveedor, seguirán siendo propiedad de Comprador, deberán ser guardados en custodia segura y no deberán ser extraídos del establecimiento del Proveedor sin previo consentimiento por escrito de Comprador; de igual manera no deberán ser utilizados para la fabricación de productos para personas distintas al Comprador. Todos los productos entregables creados específicamente para Comprador por virtud del presente serán propiedad de Comprador y deberá considerarse obra por encargo. Si un entregable no puede ser considerado como obra por encargo, el Proveedor deberá ceder, u obtener la cesión, según sea el caso, de todos los derechos, título e interés en dichos productos entregables a favor de Comprador.
2. Cancelación. Comprador podrá cancelar o terminar anticipadamente total o parcialmente cualquier OC, por cualquier razón y sin responsabilidad ni penalización alguna, mediante notificación por escrito a Proveedor. La enumeración de ciertos derechos, no excluye a los que se tengan por ley. En caso de que Comprador cancele o termine anticipadamente esta o cualquier OC, Comprador pagará a Proveedor, por concepto xx xxxx convencional, una cantidad igual a los costos directos en que Proveedor hubiere incurrido efectivamente derivados de esta OC a la fecha de la cancelación o terminación anticipada restándole cualquier cantidad ya pagada por Comprador para el cumplimiento de dicha OC, en el entendido, no obstante, que Comprador no estará obligado a pagar a Proveedor cualquier costo incurrido por Proveedor en la medida que dichos bienes, servicios o productos puedan ser usados para cualquier otra OC de Comprador o cualquier otro cliente de Proveedor.
3. Cambios. Comprador podrá realizar cambios respecto a las especificaciones, descripción o cualquier característica de los bienes o servicios antes de recibir los bienes de, o que se concluyan los servicios prestados por, Proveedor. Si dichos cambios cambian el costo o tiempo requerido para el cumplimiento de la OC, Proveedor deberá notificar al Comprador de dicho cambio y Comprador, dentro de los siguientes quince (15) días hábiles, podrá retirar su solicitud de cambio o aceptar los nuevos términos propuestos. En caso que Comprador no responda al Proveedor dentro de los siguientes 20 días hábiles, la solicitud de cambios será considerada como retirada y Proveedor deberá cumplir con los términos originales de la OC.
4. Tiempo. El cumplimiento en tiempo de los términos de la OC es esencial. Si los servicios prestados o los bienes entregados no cumplen con las fechas establecidas, Comprador podrá dar por terminada la OC mediante notificación por escrito, misma que surtirá efectos a partir del momento de recepción de la misma por Proveedor. Asimismo, Comprador podrá obtener servicios o bienes sustitutos de otros proveedores y Proveedor deberá rembolsar al Comprador por cualquier pérdida o incremento de costos que resulten de la obtención de dichos bienes o servicios sustitutos. Proveedor deberá reembolsar en forma expedita a Comprador cualesquiera pérdidas o incrementos en costos, incluyendo tiempos de paro (downtime) y tiempo extra, incurridos por Comprador como resultado de obtener dichos bienes o servicios sustitutos.
5. Impuestos. Proveedor es el único responsable del pago de los impuestos de venta, uso u otros impuestos o derechos basados en el precio de bienes, trabajo o servicios proporcionados en cumplimiento de la OC. En caso que Comprador realice el pago de cualquiera de dichos impuestos o derechos, Proveedor deberá reembolsarlos al Comprador.
6. Precio; Garantía. En caso de que no se establezca un precio en la OC, los precios deberán ser los precios más bajos que se hayan cargado o cotizado previamente al Comprador para bienes o servicios similares, en cantidad y bajo condiciones similares. El Proveedor garantiza que el precio establecido en cualquier OC es el precio neto más bajo cobrado por Proveedor a cualquier otro comprador para bienes o servicios similares en cantidad y bajo circunstancias similares. Si proveedor cotiza un precio menor dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la entrega a Comprador, Proveedor deberá pagar a Comprador un descuento por la diferencia entre ambos precios dentro de los 10 (diez) días siguientes a la cotización del menor precio.
7. Disputas de Facturación. Comprador podrá disputar las cantidades establecidas en facturas y retener la cantidad en disputa mientras las partes tratan de resolver la disputa. Durante el tiempo que tome llegar a la resolución de dicha disputa, las partes deberán continuar con sus obligaciones derivadas de la OC y cualquier otra OC de Comprador. El pago de cualquier cantidad por Comprador no implicará renuncia de derechos o reclamaciones.
8. Limitación de responsabilidad. No obstante cualquier disposición en contrario, bajo ninguna circunstancia tendrá Comprador responsabilidad alguna frente al Proveedor por cualquier demanda, responsabilidad, pérdida, daño y/o perjuicio, costo o gasto alguno que exceda del precio de compra de los bienes o servicios objeto de la OC, menos cualesquiera cantidades ya pagadas a Proveedor por dichos bienes o servicios. Comprador no será responsable por cualquier pérdida de ganancias, negocios, o avío (good will), daños y/o perjuicios indirectos, incidentales o consecuenciales o cualesquiera otros daños y/o perjuicios que no sean consecuencia directa e inmediata del incumplimiento a la presente OC.
9. Indemnización. Proveedor deberá indemnizar, defender, proteger y sacar en paz y a salvo al Comprador, sus accionistas, subsidiarias, afiliadas, funcionarios, directores, abogados, empleados, agentes, sucesores y cesionarios de cualquier perdida, obligación o responsabilidad, denuncias, demandas, procedimientos, daños y/o perjuicios (ya sean incidentales, consecuenciales, o de otra índole), multas, penalidades, costos y gastos (incluyendo sin limitación los gastos razonables de abogados) que se deriven de, o vinculadas con (a) la violación o presunta violación de una ley, ordenamiento, reglamento, decreto o derechos de terceras partes derivados del cumplimiento o incumplimiento de Proveedor respecto a cualquier OC; (b) incumplimiento de cualquier término, condición, obligaciones, acuerdo, representación o garantía de Proveedor; (c) cualquier infracción o presunta infracción de cualesquier patentes, derechos de autor, marcas, secretos industriales u otra propiedad intelectual relacionada con el uso o diseño de cualquier equipo, materiales, bienes o servicios proporcionados por Proveedor o de procedimientos o acciones empleados por o en beneficio de Proveedor; (d) lesión o muerte de las personas o cualquier daño a bienes muebles o inmuebles derivados o relacionados con los bienes o servicios proporcionados por Proveedor bajo cualquier OC o actos u omisiones de Proveedor o sus funcionarios, directores, empleados, agentes, contratistas, subcontratistas; o (e) demandas derivadas de o respecto a lesiones o muerte de los empleados de Proveedor, incluyendo pero no limitado a demandas fincadas en posibles negligencias de Comprador.
10. Ausencia de Relaciones Laborales. Proveedor deberá presentarse frente a terceros como un contratista independiente y no como empleado, agente o representante de Comprador. Proveedor actúa en nombre propio y bajo su propio riesgo respecto de los términos de esta OC. Nada en la presente OC pretende crear una sociedad, co-inversión (joint venture), franquicia, agencia o relación laboral entre las partes. Proveedor no tiene ni deberá comportarse como si tuviera algún derecho, representación, poder o facultad para asumir, crear, o celebrar cualquier contrato o contraer cualquier obligación (incluyendo sin limitar, cualquier tipo de representación o garantía), de manera expresa o implícita en representación, nombre, o vinculante para Comprador.
Proveedor garantiza que es una sociedad que, de conformidad con el artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo vigente en los Estados Unidos Mexicanos, cuenta con los recursos propios suficientes y necesarios para cumplir y llevar a cabo sus actividades, y por lo tanto, Proveedor será responsable del cumplimiento de cada una de sus obligaciones para con sus trabajadores, empleados, agentes de ventas y similares, debido a que entre Comprador y los empleados de Proveedor no existe relación laboral o cualquier otra relación similar. Proveedor deberá indemnizar y sacar a Comprador en paz y a salvo respecto de cualesquiera controversias laborales o de cualquier otro tipo iniciadas por el personal de Proveedor en contra de Comprador, sea por un individuo, entidad o autoridad, incluyendo sin limitar el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el INFONAVIT y autoridades fiscales.
11. Rescisión. Las partes convienen que en caso de que Proveedor incumpla cualesquiera de las obligaciones contenidas en o derivadas de esta OC, Comprador podrá optar entre: i) exigir el cumplimiento forzoso de la obligación, o ii) rescindir esta OC. Dicha rescisión operará inmediatamente, de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, mediante un aviso por escrito por medio del cual se informe la rescisión, quedando en ambos casos obligado Proveedor al pago de los daños y perjuicios causados. Asimismo, Proveedor deberá rembolsar cualquier cantidad que hubiere recibido de Comprador bajo esta OC.
12. Seguro. Proveedor acuerda mantener niveles de cobertura de seguro comercialmente razonables, incluyendo: (1) Seguro de Responsabilidad Comercial General y por Errores y Omisiones con un límite no menor a un millón de dólares (USD$1,000,000) que amparen la responsabilidad por daños a la propiedad y lesiones personales, incluyendo muerte de cualquier persona; (2) Seguro por Responsabilidad por Automóviles respecto a daños personales y a propiedades por una cantidad no menor a un millón de dólares (USD$1,000,000); y (3) Seguro de Responsabilidad General por una cantidad no menor a cinco millones de dólares (USD$5,000,000) que cubra reclamaciones que excedan los límites de coberturas establecidas anteriormente En caso que Proveedor preste al Comprador servicios, Proveedor deberá mantener también los siguientes: (1) Seguro Comercial por delitos, cubriendo abuso de confianza y robo de los trabajadores por una cantidad no menor a un millón de dólares (USD$1,000,000); (2) Seguro por compensación a los trabajadores, conforme a los parámetros establecidos por Ley, por una cantidad no menor a quinientos mil dólares (USD$500,000) por evento; y (3) Seguro de Propiedad amplio cubriendo todo riesgo de pérdida o daño a propiedad mueble e inmueble de Proveedor. Comprador deberá ser nombrado como asegurado adicional en los siguientes seguros: Seguro de Responsabilidad Comercial General y por Errores y Omisiones; Seguro por Responsabilidad por Automóvil; y Seguro de Responsabilidad General, y Proveedor deberá proporcionar al Comprador las pólizas o certificados de seguros respectivos. De ser aplicable, todas las pólizas de seguros deberán ser contratadas a través de instituciones de seguros autorizadas en la jurisdicción donde los servicios vayan a ser prestados, con una calificación A.M. Best igual o mayor a “A-(X)”.
13. Confidencialidad. Comprador, o terceros a nombre de Comprador, podrán revelar al Proveedor cierta información confidencial o propietaria (“Información Confidencial”). Proveedor mantendrá en todo momento dicha información en secreto, no la divulgará a terceros y, en la medida de lo posible, evitará que terceros revelen la Información Confidencial sin previo consentimiento de Comprador, por un período de cinco (5) años posteriores a la terminación o vencimiento de esta OC. Proveedor acuerda no usar o copiar la Información Confidencial salvo que se requiera para el cumplimiento de sus obligaciones bajo la OC y acuerda que limitará el acceso a dicha Información Confidencial solamente a aquellos trabajadores, agentes y consultores que tengan necesidad de conocer dicha información; con la condición que dichos trabajadores, agentes y consultores firmen un contrato con Proveedor con disposiciones de confidencialidad que cumplan como mínimo con los mismos términos de confidencialidad del presente. A la terminación o vencimiento de la OC y en caso que así lo solicite Comprador, Proveedor deberá, en la medida de lo posible, regresar toda la Información Confidencial a la brevedad. Ambas partes reconocen y convienen que la revelación de información confidencial o propietaria de la otra puede derivar en daños irreparables que no serán resarcidos en su totalidad por el pago de daños. En la medida que Proveedor incumpla, o que Comprador tenga bases razonables para creer que Proveedor podrá incumplir con sus obligaciones de confidencialidad aquí establecidas, Proveedor acuerda que Comprador podrá obtener las medidas precautorias que considere convenientes a fin de prevenir o limitar los daños de cualquier incumplimiento o posible incumplimiento.
14. Subcontratistas. Proveedor podrá subcontratar cualquier parte de la OC a otra persona que proporcione trabajo o materiales al Proveedor (en conjunto referidos como “Subcontratistas”), pero Proveedor se mantendrá, no obstante, como el principal responsable del cumplimiento de las obligaciones de la OC. Si Proveedor subcontrata un servicio, Proveedor deberá obtener consentimiento previo y por escrito de Comprador para usar a Subcontratistas o permitir de otra manera que Subcontratistas presten servicios. No está permitido que cualquier subcontrato incremente los cargos, alcances o cantidad de los gastos que sean traspasados al Comprador. Proveedor causará que sus subcontratistas cumplan con estos términos y condiciones y será plenamente responsable si no lo hacen.
15. Cumplimiento con la Ley. Proveedor deberá cumplir con todas las leyes, reglamentos, normas, estándares, requisitos gubernamentales y disposiciones aplicables con relación al cumplimiento de las obligaciones derivadas de cualquier OC, incluyendo, sin limitar, las leyes y reglamentos mexicanas referentes a seguridad, higiene, materiales peligrosos y protección al ambiente.
16. Sustancias Tóxicas. En caso que Comprador reciba cualquier información de la cual se pueda deducir que una sustancia química, ingrediente o mezcla o cualquier otra sustancia tóxica que sea objeto de cualquier OC haya sido manufacturada, procesada, transportada o distribuida en comercio en violación de la normatividad relativa a materiales peligrosos o tóxicos, así como cualesquier otro reglamento, norma o disposición aplicable, Comprador puede suspender o terminar dicha OC.
17. No Discriminación. Proveedor garantiza que, durante el cumplimiento de sus obligaciones bajo cualquier OC, no discriminará a ningún empleado o solicitante de empleo con base a creencia, raza, color, edad, sexo, preferencia sexual, nacionalidad u origen, o bien, porque el solicitante sea un veterano discapacitado o en status de veterano, respecto a un puesto para el cual esté calificado.
18. Cesión de Derechos. Proveedor no podrá ceder ninguno de los derechos u obligaciones derivados de cualquier OC salvo que Comprador dé su consentimiento previo y por escrito. Cualquier fusión, reorganización, recapitalización, venta de cualquier porción sustancial de los activos o cualquier otra transacción mediante la cual exista un cambio de control en el negocio de Proveedor, sus propietarios o controladoras, será considerado como una cesión hecha por Proveedor.
19. Legislación Aplicable. Para el cumplimiento e interpretación de la presente OC, las partes se someten a la legislación vigente de los Estados Unidos Mexicanos, excluyendo las normas de conflictos xx xxxxx, y renuncian expresamente a la aplicación de la Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías (UNCISG).
20. Jurisdicción. Para la solución de cualquier controversia que surja con motivo de la interpretación, cumplimiento y/o ejecución de lo convenido en la OC, las partes se someten expresamente a la Jurisdicción de los Tribunales competentes con residencia en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, México, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que por razón de su domicilio, o por cualquier otra causa, pudiere corresponderles.
21. Individualidad de las Cláusulas. En caso de que cualquier término o disposición provista en la OC, sea nula o no exigible ante los tribunales de jurisdicción competentes, los términos y disposiciones restantes permanecerán válidos y exigibles. Cualquier término, condición o disposición de cualquier OC que resulte nula o no exigible solo será válida y exigible en la medida que no sea nula o no exigible.
22. Renuncia de Derechos. La falta o retraso por parte de Comprador o Proveedor respecto al ejercicio de cualquier derecho, poder o privilegio derivado de los Términos y Condiciones establecidos en cualquier OC, bien sean éstos establecidos en la carátula de la OC o en el sitio Web referido en la carátula de esta OC, no constituirá ni será interpretado, de ninguna manera, como renuncia de derecho, poder o privilegio alguno; asimismo, el ejercicio de manera parcial o individual de estos derechos, poderes o privilegios no resultará en caducidad respecto al ejercicio de futuras o adicionales acciones respecto a dichos derechos, privilegios o intereses.
23. Entrega: Comercialización. Salvo que se pacte expresamente de manera distinta, las mercancías descritas en esta OC serán entregadas F.O.B. (libre a bordo) (Incoterms 2000) en la dirección de Comprador y dentro del plazo establecidos en la OC. Todo el empaquetado y etiquetas deben incluir el número de OC de Comprador, el número de pieza de Comprador y el identificador de revisión, la cantidad, el número de lote y fecha del Embarque. Comprador puede rechazar y/o devolver al Proveedor cualquier embarque que no incluya la información antes mencionada y los costos de dicha devolución correrán a cargo de Proveedor única y exclusivamente.
24. Aceptación de mercancía. El pago del precio de compra no constituye la aceptación de las mercancías o servicios. Las mercancías y servicios estarán sujetos a la inspección y rechazo de Comprador dentro de un plazo razonable a partir de su recepción por Comprador, que no podrá ser menor a 60 (sesenta) días. El riesgo de pérdida en los bienes o servicios no será transmitido al Comprador sino hasta que hayan sido aceptados los bienes o servicios. Las mercancías defectuosas o que no cumplan con los estándares de calidad, serán devueltas al Proveedor y los gastos correspondientes serán responsabilidad de Proveedor, en el entendido de que los riesgos de pérdida de la cosa defectuosa que se devuelve, son a cargo de Proveedor.
25. Garantías. Proveedor garantiza que todas las mercancías, trabajo o servicios proporcionados de conformidad con lo establecido en esta OC deberán, según sea aplicable: (a) ser nuevos y libres de defectos; (b) cumplir con todos los diseños, planes, especificaciones, muestras y declaraciones contenidas en los contenedores, etiquetas de envases y publicidad de las mercancías; respuestas a RFPs (solicitudes de cotizaciones), folletos de publicidad y cartas, declaraciones verbales y por escrito de Xxxxxxxxx; (c) llevados a cabo de una manera adecuada, profesional y por personal que tenga el conocimiento, entrenamiento o experiencia necesaria para llevar a cabo el trabajo de manera adecuada; (d) aptos para ser comercializado, seguro, apto y apropiado para el propósito y uso particulares de Comprador; y (e) ser entregados libres de cualesquiera reclamos, cargas o gravámenes.