MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LIVITACA PROCESO DE SELECCIÓN N.º 001-2015-CE-MDL
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BASES ESTÁNDAR DE PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA |
Aprobada mediante Resolución de la Dirección de Inversiones Descentralizadas N.º Formuladas en Febrero de 2015 |
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BASES ESTÁNDAR DE PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA1
PROCESO DE SELECCIÓN Nº
PROCESO DE SELECCIÓN N.º 001-2015-CE-MDL
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE:
SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO:
“MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA XX XXXXX TECNIFICADO POR ASPERSIÓN DEL SECTOR PUCUTO DE LA COMUNIDAD DE QUEHUINCHA, DISTRITO DE LIVITACA - CHUMBIVILCAS - CUSCO”
1 Estas Bases se utilizarán para la contratación del servicio de supervisión del proyecto. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta la siguiente definición:
Entidad Privada Supervisora: Persona natural o jurídica contratada para supervisar la ejecución del Proyecto. Tratándose de personas jurídicas, ésta designará a una persona natural como supervisor permanente de la obra.
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SECCIÓN XXXXXXX
XXXXXXXXXXXXX XXXXXXX XXX XXXXXXX XX XXXXXXXXX
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XXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXX PROCESO DE SELECCIÓN N.º 001-2015-CE-MDL
CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.1. BASE LEGAL
- Ley N° 29230 - Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo N° 005-2014-EF - Reglamento de la Ley N°005-2014-EF, en adelante el Reglamento.
- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
- Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
- Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Acuerdo de Concejo Municipal N.° 170-2013, de fecha 25 Octubre de 2013, que prioriza el Proyecto
- Resolución de de Alcaldía N.° 129(A)-2014-MDL-A de fecha 12 xx xxxxxx de 2014, que constituye el Comité Especial.
- Resolución de de Alcaldía N.° 187(A)-2014-MDL-A de fecha 04 de noviembre de 2014., que reconstituye el Comité Especial encargado de organizar y conducir los procesos de selección de la Entidad Privada Supervisora.
- Resolución de de Alcaldía N.° 05-A/MDL-2015-CH.// de fecha 14 de enero de 2015., que reconstituye el Comité Especial encargado de organizar y conducir los procesos de selección de la Entidad Privada Supervisora.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.
1.2. CONVOCATORIA
Se efectuará de conformidad con lo señalado en el numeral 10.4 del artículo 10° del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES Y EXPRESIÓN DE INTERÉS
Una vez convocado el proceso de selección, los participantes tienen un plazo xx xxxx días hábiles para registrarse y presentar su expresión de interés para la supervisión de la elaboración del Expediente Técnico y la ejecución del Proyecto, de acuerdo al modelo de carta indicado en el Anexo del Aviso de Convocatoria.
Al registrase el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono, correo electrónico y fax.
En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes.
La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.
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1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas dentro del mismo plazo previsto para presentar las expresiones de interés, de conformidad con lo establecido en los numerales 10.6.1 y 10.7.1 del artículo 10° del Reglamento.
1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y/u observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través de circulares, de conformidad con lo establecido en los numerales 10.6.1 y 10.7.1 del artículo 10° del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.
El plazo para la absolución no podrá exceder de un día hábil, computado a partir de la culminación del plazo para presentar consultas y observaciones.
1.6. INTEGRACIÓN DE LAS BASES
Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones.
Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad.
El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:
1. Cuando no se hayan presentado consultas y/u observaciones, al día hábil siguiente de vencido el plazo para formularlas.
2. Cuando se hayan presentado consultas y/u observaciones, al día siguiente de concluido el plazo de la absolución de consultas y observaciones a las Bases
Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el portal institucional de la Entidad, conforme lo establecen los numerales 10.6.2 y
10.7.2 del artículo 10° del Reglamento.
Una vez integradas las Bases el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.
1.7. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN
Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.
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Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.
Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.
En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.
Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1)
En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:
1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.
2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.
3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.
1.8. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso.
En el supuesto que un único participante presente su expresión de interés, la presentación de propuestas se realizará ante el Comité Especial y se procederá conforme a lo establecido en el numeral 10.6 del artículo 10° del Reglamento.
El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.
Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.
En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.7, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de
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Xxx) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.
En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos —siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas—, el Comité Especial otorgará un plazo entre uno (1) o dos (2) días, desde el día siguiente de la notificación de los mismos, para que el postor los subsane, en cuyo caso la propuesta continuará vigente para todo efecto, a condición de la efectiva enmienda del defecto encontrado dentro del plazo previsto, salvo que el defecto pueda corregirse en el mismo acto. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.
No cabe subsanación alguna por omisiones o errores en la propuesta económica, salvo defectos de foliación y de rúbrica de cada uno de los folios que componen la oferta.
En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación, de conformidad con el numeral 10.8 del artículo 10° del Reglamento. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos sus miembros, así como por los postores que lo deseen.
1.9. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:
La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad Pública no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de
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dos decimales.
1.10. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.
Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Técnica : 100 puntos
Propuesta Económica : 100 puntos
1.10.1. EVALUACIÓN TÉCNICA
Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.
Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.
En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.
Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de la propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.
1.10.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA
Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada.
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde: | ||
i | = | Propuesta |
Pi | = | Puntaje de la propuesta económica i |
Oi | = | Propuesta Económica i |
Om | = | Propuesta Económica de monto o precio más bajo |
PMPE | = | Puntaje Máximo de la Propuesta Económica |
1.11. ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la
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admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última.
La evaluación de las propuestas económicas y la determinación del puntaje total se realizarán de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.
El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.
Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen.
El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en la Página Web de PROINVERSIÓN, así como en el SEACE.
1.12. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los ocho (8) días hábiles de la notificación de su otorgamiento en acto público, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el Portal de la Entidad, ProInversión y SEACE al día hábil siguiente de haberse producido.
En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de su otorgamiento en acto público, y podrá ser publicado en el Portal de la Entidad, ProInversión y SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.
1.13. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
A partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa, hasta el décimo día hábil de producido tal hecho, el postor ganador debe solicitar ante el OSCE la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto en todos los casos por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN.
Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN.
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2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Xxxxx Xxx.
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CAPÍTULO III DEL CONTRATO
3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.
En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el convenio, según corresponda, en los plazos antes indicados, el Comité Especial podrá, a su sola discreción, otorgar un plazo adicional para su entrega o revocar la Buena Pro y adjudicársela al Postor que quedó en segundo lugar, y así sucesivamente. El Comité Especial podrá ejecutar las garantías que se hubieren presentado, en caso decida revocar la Buena Pro.
El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en estas Bases.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
Garantía de fiel cumplimiento.
Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda.
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
Código de cuenta interbancario (CCI).
Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.
3.2. VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.
3.3. DE LAS GARANTÍAS
3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta,
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con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
En caso de consorcios las garantías deben emitirse a nombre de éste consignando el nombre de todos y cada uno de sus integrantes.
3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en las Bases y Contrato.
3.6. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
La penalidad será aplicada, por razones objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del convenio vigente.
Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por xxxx.
3.7. PAGOS
La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones xx xxxxxxx, el pago del precio sea condición para la realización del servicio.
La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago único o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la ejecución de la prestación de los servicios, conforme a la sección específica de las Bases
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación de los servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos prestados, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.
3.8. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones
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legales vigentes.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
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CAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre | : | MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LIVITACA |
RUC Nº | : | 20278211895 |
Domicilio legal | : | PLXXX XX XXXXX X/X XXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXX-XXXXXXXXXXXX-XXXXX |
Teléfono/Fax: | : | |
Correo electrónico: | : |
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación del servicio de supervisión de la ejecución del proyecto xx xxxxx, priorizado en el marco de la Ley N.° 29230 y su Reglamento: “Mejoramiento y Ampliación del Sistema xx Xxxxx Tecnificado por Aspersión del Sector Pucuto de la Comunidad de Quehuincha, Distrito de Livitaca - Chumbivilcas - Cusco”.
1.3. VALOR REFERENCIAL2
El valor referencial asciende a S/. 42,611.10 (Cuarenta y dos mil seiscientos once y 10/100 nuevos soles), incluido los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de setiembre de 2014.
Valor Referencial (VR) | Límite Inferior | Límite Superior | ||
Con I.G.V. | Sin I.G.V. | Con I.G.V. | Sin I.G.V. | |
S/. 42,611.10 | 38,349.99 | 31,446.99 | 42,611.10 | 38,435.21 |
1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante la RESOLUCIÓN DE ALCADIA N° 156 -2014-MDL-A de fecha 10 de setiembre del 2014
1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Canon, Sobre Canon, Renta de Aduanas y Participaciones.
La entidad acredita que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para la contratación del servicio por la panificación y presupuesto de la Municipalidad Distrital de Livitaca.
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
2 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en las publicaciones respectivas. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.
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El presente proceso se rige por el sistema es de SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El servicio a contratar está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.
1.8. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo máximo de 150 días calendarios (cinco meses), el que comprende la supervisión de la ejecución del Proyecto en el plazo de ciento cincuenta (150) días calendarios.
Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.
1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES
Diez con 00/100 nuevos soles.
1.10. BASE LEGAL
- Ley N° 29230, Ley que Impulsa la inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado.
- Decreto Supremo N°005-2014-EF, Reglamento de la Ley N° 29230.
- Ley Nº 30114 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014
- Ley Nº 30115 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal 2014.
- Acuerdo de Concejo Municipal N.° 170-2013, de fecha 25 Octubre de 2013, que prioriza el Proyecto
- Resolución de de Alcaldía N.° 129(A)-2014-MDL-A de fecha 12 xx xxxxxx de 2014, que constituye el Comité Especial.
- Resolución de de Alcaldía N.° 187(A)-2014-MDL-A de fecha 04 de noviembre de 2014., que reconstituye el Comité Especial encargado de organizar y conducir los procesos de selección de la Entidad Privada Supervisora.
- Resolución de de Alcaldía N.° 05-A/MDL-2015-CH.// de fecha 14 de enero de 2015., que reconstituye el Comité Especial encargado de organizar y conducir los procesos de selección de la Entidad Privada Supervisora.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
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CAPÍTULO II
DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN3
Publicación de Bases4: 05/02/2015
Actividades | De | Hasta |
1. Convocatoria y publicación de Bases. | 11/02/2015 | 11/02/2015 |
2. Recepción de expresiones de interés de empresas (*) y Presentación de consultas y observaciones a las Bases (**) | 12/02/2015 | 26/02/2015 |
3. Formulación de consultas y observaciones | 26/02/2015 | 27/02/2015 |
4. Absolución de consultas y observaciones a las Bases | 03/03/2015 | 03/03/2015 |
5. Integración de Bases y su publicación en el Portal Institucional | 04/03/2015 | 04/03/2015 |
6. Presentación de Propuestas, a través de los Sobre N°1 y 2. | 09/03/2015 | 09/03/2015 |
7. Evaluación y Calificación de Propuestas Técnica y Económica | 10/03/2015 | 12/03/2015 |
8. Resultados de la Evaluación y Calificación de las propuestas en el Portal Institucional | 13/03/2015 | 13/03/2015 |
9. Otorgamiento de la Buena Pro | 16/03/2015 | 16/03/2015 |
10.Suscripción del Convenio entre la Entidad Pública y la Empresa Privada Supervisora (en cuanto se haya completado la documentación respectiva) | 18/03/2015 | 18/03/2015 |
3 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma publicado y registrado conforme al Reglamento. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en las publicaciones y/o registros respectivos.
4 El numeral 10.9 del artículo 10° del Reglamento dispone que las Bases aprobadas deberán ser publicadas en el SEACE, además del portal institucional de la Entidad convocante.
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3.1. REGISTRO DE PARTICIPANTES Y PRESENTACIÓN DE EXPRESION DE INTERÉS
El registro de los participantes es gratuito y se realizará en la Municipalidad Distrital de Livitaca, sito en Plxxx xx Xxxxx X/X Xxxxx xx Xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx- Chumbivilcas-Cusco, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 9:00am a 5:00pm horas.
En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.
3.2. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla xx Xxxx de Partes de la Entidad (Unidad de Trámite Documentario) o la que haga sus veces, sito en Plxxx xx Xxxxx X/X Xxxxx xx Xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxx-Xxxxx, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 9:00 am a 5:00 pm horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial del PROCESO DE SELECCIÓN N.º 001-2015-CE-MDL, pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrónico: xxxxxxxxxxx0@xxxxxxx.xxx.
3.3. ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas se presentarán en acto público, en Plxxx xx Xxxxx X/X Xxxxx xx Xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxx-Xxxxx, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación del Xxxx xx Xxx del Distrito de Livitaca.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial del PROCESO DE SELECCIÓN N.° 001-2015-CE-MDL, conforme al siguiente detalle:
SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:
Señores
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LIVITACA
Plxxx xx Xxxxx X/X Xxxxx xx Xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxx-Xxxxx Xtt.: Comité Especial
PROCESO DE SELECCIÓN N° 001-2015-CE-MDL
Denominación de la convocatoria: PROCESO DE SELECCIÓN N.° 001-2015-CE-MDL
SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEX XXXXXX]
00
XXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXX XROCESO DE SELECCIÓN N.º 001-2015-CE-MDL
SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:
Señores
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LIVITACA
Plxxx xx Xxxxx X/X Xxxxx xx Xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxx-Xxxxx Xtt.: Comité Especial
PROCESO DE SELECCIÓN N° 001-2015-CE-MDL
Denominación de la convocatoria: PROCESO DE SELECCIÓN N.° 001-2015-CE-MDL
SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
3.4. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
3.4.1. SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA
Se presentará en un original y 03 copias5.
El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos 6 , la siguiente documentación:
Documentación de presentación obligatoria:
a)
Declaración jurada de datos del postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados (Anexo Nº 1).
b) Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección7 (Anexo Nº 2).
c) Declaración jurada simple de acuerdo al Anexo Nº 3.
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne a todos y cada uno de los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones (Anexo Nº 4).
La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.
Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y
5 La propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial.
6 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.
7 El Comité Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastará la presentación de una declaración jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos o, de lo contrario, si será necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento, en cuyo caso, deberá precisar dicha información en el listado de documentación de presentación obligatoria del numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases.
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suficientes facultades.
e) Declaración Jurada de Plazo de prestación del servicio (Anexo Nº 5).
f) Acreditar con la documentación respectiva, contar con movilidad propia y una oficina de coordinación en el lugar donde se ejecutará el Proyecto, pudiendo ser copia legalizada de la Tarjeta de Propiedad del Vehículo o también con una promesa de alquiler entre el postor y el propietario del vehículo a utilizar durante el servicio para el caso de movilidad; asimismo para el caso de la oficina se podrá presentar la correspondiente licencia de funcionamiento otorgada por la municipalidad de la localidad y/o una promesa de alquiler y el documento que acredite la existencia de la dirección en la ciudad donde se ejecutará el Proyecto.
Documentación de presentación facultativa:
a) Factor experiencia en la actividad: Se calificará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la actividad objeto del proceso, durante un período de hasta quince (15) años a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a cinco (5) veces el valor referencial de la contratación en materia de consultoría de obras en general.
Tales experiencias se acreditarán mediante copia simple de: contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con vouchers de depósito, reporte de estado de cuenta, cancelación en el mismo documento, correspondientes a un xxxxxx xx xxxx
(10) servicios prestados a uno o más clientes, sin establecer limitaciones por el monto o el tiempo del servicio ejecutado.
Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el AnexoN°6 referido a la Experiencia del Postor en la Actividad.
b) Factor experiencia en la especialidad: Se calificará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a servicios iguales o similares al objeto del proceso, durante un período determinado, no mayor a diez (10) años a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a dos (2) veces el valor referencial de la contratación materia de la convocatoria las cuales deben estar referidas a supervisión de obras a aquellas efectuadas en materia de construcción, reparación, mantenimiento de calzadas de concreto o asfalto, así como obras referentes a pistas, veredas, sardineles, obras de edificación, sistemas xx xxxxx.
Tales experiencias se acreditarán mediante copia simple de: contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con vouchers de depósito, reporte de estado de cuenta, cancelación en el mismo documento, correspondientes a un xxxxxx xx xxxx
(10) servicios prestados a uno o más clientes, sin establecer limitaciones por el monto o el tiempo del servicio ejecutado.
Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.
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c) Factor experiencia y calificación del personal profesional propuesto: Para acreditar el factor experiencia del personal profesional propuesto.
Para acreditar el factor calificación del personal profesional propuesto se presentará copia simple de: títulos, constancias, certificados u otros documentos, según corresponda.
d) Factor mejora a las condiciones previstas: Para acreditar este factor, se presentará una declaración jurada en la que conste la o las mejoras ofrecidas.
3.4.2. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA8
El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:
Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo Nº 9).
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.
3.5. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL
Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.
El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Donde,
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i
Se aplicarán las siguientes ponderaciones:
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica.
= 0.80
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica.
= 0.20
3.6. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:
a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
b) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. 10% del valor referencial con respaldo de una carta fianza.
c) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
8 La propuesta económica solo se presentará en original.
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d) Código de cuenta interbancario (CCI).
e) Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.
f) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
g) Copia de DNI del adjudicatario o de su Representante Legal si es persona jurídica.
h) Copia literal emitida por los Registro Públicos de la vigencia de poder y constitución de la persona jurídica, en caso corresponda.
i) Copia del RUC de la persona jurídica, en caso corresponda.
j) Correo electrónico para notificar la orden de servicio.
3.7. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citación alguna por parte de la Entidad, deberá presentar toda la documentación prevista para la suscripción del contrato dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.
La citada documentación deberá ser presentada en Plxxx xx Xxxxx X/X Xxxxx xx Xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxx-Xxxxx.
3.8. FORMA DE PAGO
La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en:
La ejecución es de seis meses.
La forma de pago es de 10% en el primer mes y 18% cada mes en los siguientes 5 meses.
Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por la Entidad Privada Supervisora contratada, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:
- Recepción y conformidad será la Oficina de Supervisión y Liquidación de la Municipalidad Distrital de Livitaca.
- Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la prestación efectuada.
- Comprobación de la Municipalidad Distrital de Livitaca.
- Informes técnicos mensuales de supervisión de obra.
3.9. PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.
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CAPÍTULO III
TÉRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA SUPERVISIÓN DE LA OBRA:
“MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA XX XXXXX TECNIFICADO POR ASPERSIÓN DEL SECTOR PUCUTO DE LA COMUNIDAD DE QUEHUINCHA, DISTRITO DE LIVITACA - CHUMBIVILCAS - CUSCO”
I.- GENERALIDADES
1.- NOMBRE DEL ESTUDIO
La Denominación es: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA XX XXXXX TECNIFICADO POR ASPERSIÓN DEL SECTOR PUCUTO DE LA COMUNIDAD DE QUEHUINCHA, DISTRITO DE LIVITACA - CHUMBIVILCAS - CUSCO”
Código SNIP 235761.
2.- OBJETO
Disponer la contratación de una empresa privada supervisora de la Obra del proyecto denominado “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA XX XXXXX TECNIFICADO POR ASPERSIÓN DEL SECTOR PUCUTO DE LA COMUNIDAD DE QUEHUINCHA, DISTRITO DE LIVITACA - CHUMBIVILCAS - CUSCO”, con la finalidad
de “Elevar la productividad agropecuaria en el sector de Pucuto, Comunidad Campesina Quehuincha”.
3.- ANTECEDENTES
La población del sector Pucuto asciende a 215 habitantes aproximadamente que representa el 1.91% del distrito (9,384 hab.censo-2007). De los cuales el 50.49% son hombres (109) y el 49.51% son mujeres (109), concentrados en un total de 43 familias y con un patrón de asentamiento semi disperso. Viviendas que relacionados con la población tiene una densidad de 5 hab. /vivienda, La población afectada cuando adolece de enfermedades accede al Puesto de salud del distrito Livitaca (según DIRESA cusco, pero que actualmente funciona como centro de salud); la prestación de servicio que se realiza es de baja cobertura, debido fundamentalmente al deficiente equipamiento, finalmente la limitada dotación de personal técnico. La población escolar del sector Pucuto según fuente MINEDU/ESCALE, acceden a una Instituciones Educativas (I.E.) públicas de nivel primario y secundario que se ubican en el capital del distrito de Livitaca (I.E. Patapampa) La actividad pecuaria y agrícola es deficiente, la actividad pecuaria se basa en la crianza de ganado vacuno y ovino en su mayoria con una baja productividad, en la actividad agrícola, se cultivan productos en secano como haba y papa. El cultivo de productos agrícolas es en mayor porcentaje de autoconsumo (consumo familiar, y en algunos casos prefieren comprar estos productos y destinar todo sus terrenos al cultivo de pastos) y solo el 10% de la producción agricola a nivel del sector Pucuto (Quehuincha), se destina a la venta especialmente en el mercado de los días viernes en la capital del distrito de Livitaca y los días domingo al mercado de Toccocccori (canas) y combapata (Canchis). Hasta estos tiempos los pobladores producen con métodos de producción poco tecnificados (tradicionales), lo que quiere decir que actualmente se produce con técnicas aprendidas generacionalmente así como empíricamente en base a las circunstancias propuestas por la realidad diaria, y carecen de la organización en el tema xx xxxxx en el Sector Pucuto en comité xx xxxxx. Es así que cuentan con un sistema xx xxxxx construido hace 4.5 años la cual se encuentra deteriorada en la captación, reservorio existente y solo cuenta con líneas de conducción principales que
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hacen que funcione como un sistema a gravedad, puesto que no cuentan con hidrantes y los pocos que existen se encuentran fuera de servicio; por lo tanto los pobladores del lugar conectan a las terminales una manguera <20m con las cuales hacen el riego a gravedad, teniendo esta técnica poca eficiencia..
Dentro del lineamiento de política del gobierno local tenemos que la Municipalidad distrital de Livitaca tiene como objetivo mejorar la infraestructura xx xxxxx en forma programada y priorizando los lugares que requieren con urgencia de estos trabajos, logrando dar un buen servicio y con ello una mejor calidad de vida para los pobladores de su distrito.
De esta manera la Municipalidad Distrital de Livitaca, a través de la SUB GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA y OBRAS asume la contratación de la empresa supervisora del Proyecto, teniendo como objetivo de “Elevar la productividad agropecuaria en el sector de Pucuto, Comunidad Campesina Quehuincha”.
4.- UBICACIÓN DEL PROYECTO.
El Proyecto está ubicado:
DEPARTAMENTO /REGIÓN | : | CUSCO |
PROVINCIA | : | CHUMBIVILCAS |
DISTRITO | : | LIVITACA |
COMUNIDAD | : | QUEHUINCHA |
LOCALIDAD | : | PUCUTU |
REGIÓN GEOGRÁFICA | : | SIERRA |
ALTITUD | : | 3,752 msnm |
5.- PLAZO DE EJECUCION
El plazo de ejecución contractual deberá efectuarse en los siguientes plazos:
Plazo Total: 150 días calendarios
El consultor deberá supervisar la obra, materia del contrato, previa aprobación del Expediente Técnico con Resolución de Gerencia Municipal, cuyo plazo de ejecución se contabilizará a partir del día siguiente en que se cumplan las condiciones establecidas en el Artículo 184° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
6.- VALOR REFERENCIAL
Para la supervisión es por el sistema de contratación a suma alzada, considerando la totalidad de actividades que se exigirán al consultor quien asumirá a su costo todo aquello que influirá en su precio final.
El valor referencial es:
Supervisión de obra | S/. 42,611.10 |
TOTAL | S/. 42,611.10 |
Fuente: PIP. 235761
7.- ALCANCE GENERAL DEL CONTRATO
Los presentes Términos de Referencia contienen información técnica de prestaciones y
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gestión; proyectos referenciales de mejoramiento así como, los niveles de servicio, resultados o estándares mínimos que debe alcanzar el consultor, en el proceso de supervisión del proyecto, de manera sostenida durante el plazo de ejecución del servicio. Las actividades del Contrato se implementarán en dos Fases, conforme se explica y desarrolla a continuación:
DIAGRAMA DE FASES
FASES | METAS | ACTIVIDADES |
I | SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA. | a) Informe mensual con anexo de valorización mensual. b) Informe final con anexo de liquidación del proyecto (elaboración de expediente técnico mas liquidación de obra). |
II.- FASE I - SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRA
1.- DEL CONSULTOR CONTRATISTA.
El postor será persona natural o jurídica y deberá estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) de OSCE y estar vigente, así como no estar sancionado ni inhabilitado para contratar con el Estado.
2.- COMPONENTES DEL PROYECTO ALTERNATIVA 1
COMPONENTE 01: DISPONIBILIDAD DE AGUA PARA RIEGO
Se realizara obras provisionales, campamento de adobe techo calamina 60 m2, cartel de obra 1glb. bocatoma de 2 unidad, canal de derivación 00 x x, xxxxxxxxxxx xx 0 xxxxxx, xxxxxx xx xxxxx xx 0xxx, cámara rompe presión 2 unidades, pase aéreo 16 ml (cantidad 1).trazo y replanteo se zanjas 1240,00m, excavación en tierra suelta (a mano) de 368.90 m3, refine, nivelación y perfilación de zanja de 620.00 m2, cama de apoyo para tuberías de 1240.00 m3, relleno y compactado de zanjas de 368.40 m3, tubería de pvc sap c- 7.5d=2” de 1240.00 m, suministro de accesorios de línea de conducción 1glb. redes de distribución de 8706.00 m, válvulas de control de 6 unidades, hidrantes de 54 unidades, válvulas de purga de 16 unidades. líneas xx xxxxx de 45 unidades, instalación de línea xx xxxxx aspersor de ø1/2" l=42m de 45 unidades. prueba hidráulica de 9946.00m. reforestación con especies nativas 0.5 has línea de distribución de 2,723.01m, válvulas de control de sedimentos de 03 unidades, válvulas de control de 16 unidades, válvulas de aire de 03 unidades, hidrantes de 48 unidades, válvulas de purga de 16 unidades.
COMPONENTE 02: DISPONIBILIDAD DE NIVEL TECNOLÓGICO EN LA PRODUCCIÓN AGROPECUARIA
Se plantea la formalización del comité xx xxxxx que incluye la organización y formalización del comité xx xxxxx con su equipamiento, cursos de capacitación en temas de fortalecimiento organizacional, manejo de sistema xx xxxxx por aspersión, riego
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parcelario, manejo de cultivos y pastos cultivados, manejo de animales, redes empresariales.
3.- ALCANCES DE LA SUPERVISIÓN DE OBRA
La Municipalidad Distrital de Livitaca podrá contratar la supervisión de una empresa privada, motivo por el cual se considera que el desarrollo del presente proyecto debe comprender la supervisión de la ejecución de obra se realizará siguiendo lo previsto en el expediente técnico aprobado y la aplicación de las normas específicas de la especialidad de la obra y los que el consultor supervisor considere aplicable durante el proceso constructivo para lograr el objetivo del proyecto
3.1. INICIO DE LA OBRA.
1. El consultor contratista representa a LA ENTIDAD en el lugar en que se desarrollen las obras.
2. Efectuada la entrega del terreno, y producido el pago del Adelanto al Contratista, y/o recibida la orden de inicio por parte de LA ENTIDAD, a partir del día siguiente la supervisión conjuntamente con EL CONTRATISTA efectuarán la verificación de la libre disponibilidad del terreno, oportunidad en que se verificará los hitos de control para el trazo y el replanteo de la obra cuyos resultados se plasmaran en un informe del supervisor. De presentarse algunas diferencias durante el replanteo de la obra, la supervisión los analizará a fin de determinar la CAUSA que lo genera considerando para ello los alcances del contrato. Como resultado del replanteo, deberá verificarse que exista la libre disponibilidad del terreno para ejecutar en su integridad el proyecto contratado. De presentarse alguna situación problemática sobre esta materia, debe exigirse al contratista la inmediata solución para evitar que tal situación afecte el calendario de Avance de obra.
3. De surgir la necesidad de tramitar algún presupuesto adicional, por hechos imprevisibles, fortuitos y/o de fuerza mayor; es de responsabilidad de EJECUTOR DE LA OBRA sustentar ante la supervisión siguiendo los procedimientos y plazos establecidos en el Art. 207° del Reglamento y/o Art. 208 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
4. La supervisión emitirá informe determinando la procedencia o no del Presupuesto Adicional y/o Presupuesto Deductivo dentro de los 7 días naturales siguientes de recibida la solicitud de EL CONTRATISTA, debiendo para ello solicitar toda la información y/o documentación al contratista de la obra. Cualquier desfase en la presentación del expediente del adicional, asume responsabilidad tanto EL CONTRATISTA como la supervisión, por los efectos que puedan derivarse.
5. Exigir al Contratista la colocación de los Carteles de la Obra en los lugares adecuados promocionando las bondades del proyecto según cantidad y modelo proporcionado por LA ENTIDAD.
6. Ubicar su Oficina dentro del área de influencia de la obra, en el que debe ser visible la información que le permita efectuar una eficiente labor de supervisión.
7. Verificar que se haya aperturado el Cuaderno de Obra con las formalidades xx xxx siendo la primera anotación el Acta de Entrega de Terreno
8. La fecha de inicio del plazo contractual de la obra deberá constar en el Cuaderno de obra, con indicación expresa de la fecha de vencimiento del mismo.
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9. De requerirse la importación de equipos, la supervisión acorde con el Calendario de Adquisición de Materiales, deberá solicitar al Contratista la atención prioritaria bajo responsabilidad, señalando que cualquier desface en las fechas previstas a cargo de EL CONTRATISTA no generará ampliación de plazo.
10. La supervisión deberá verificar que EL CONTRATISTA cuente con el equipo mínimo ofertado, acorde con el PLAN DE TRABAJO de EL CONTRATISTA.
3.2. Absolución de consultas durante la ejecución de la obra.
Absolver las consultas u observaciones que se formulen vía Cuaderno de Obra sobre la obra supervisada, teniendo en cuenta los requisitos y formalidades que establece el Art. 196º del Reglamento.
La supervisión deberá exigir que las consultas u observaciones que se formulen vía Cuaderno de Obra, se encuentren debidamente sustentadas con expresa referencia al documento contractual que se observa; de no ser así, deberá en el mismo día, solicitarse por el mismo medio que EL CONTRATISTA alcance la información y/o la documentación complementaria que permita atender la mencionada consulta.
Interpretar y aclarar en coordinación con el proyectista los planos, diseños, especificaciones e informes entregados por dichos proyectistas, durante la ejecución de la obra e instalación de los equipos y accesorios.
3.3.- Modificaciones al proyecto durante la ejecución de la obra.
Cuando EL CONTRATISTA plantee la necesidad de realizar modificaciones de una parte de la obra para adecuarla a las condiciones presentadas durante su ejecución o por otro motivo, deberá ejecutar el planteamiento técnico sustentado tomando en cuenta que el contratista ejecutor elaboró el expediente técnico, estos casos deberá dejar constancia en el Cuaderno de Obra o Cuaderno de Proyecto, sobre los hechos y la causal que genera la referida modificación. Las modificaciones por omisiones, errores y/o deficiencias del Expediente Técnico no generaran presupuesto adicional alguno puesto que el contrato de ejecución es por la modalidad de concurso oferta.
Analizar, revisar y autorizar, de ser el caso, los presupuestos adicionales que plantee EL CONTRATISTA por hechos imprevisibles o de fuerza mayor, dejando constancia en el Cuaderno de Obra sobre el origen y la necesidad de su ejecución para cumplir con el objeto del Contrato Principal.
Tramitar ante LA ENTIDAD las deducciones de obra para su aprobación, alcanzando la documentación sustentatoria del caso, con la conformidad de EL CONTRATISTA.
3.4. Plazos de la obra
El plazo para la ejecución de la obra es de 150 días calendarios, el control de avance de obra será a través del calendario de avance de obra valorizado sustentados en el programa de ejecución de obra (PERT-CPM) previsto en el artículo 183 del Reglamento de Contrataciones del Estado
3.4.1.- Control de calidad.
Inspeccionar en forma continua la ejecución de las obras y verificar que se ajuste a los diseños, trazos y elevaciones establecidas, en los planos dentro de las tolerancias establecidas en las especificaciones.
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Supervisar las pruebas de Control de calidad de los materiales a ser utilizados en obra. (Probetas, Estudios de Suelos, etc.)
Supervisar la ejecución de las pruebas que sean necesarias realizar durante el desarrollo de la obra, tales como: la resistencia del suelo, la calidad de los materiales, compactación de suelos, resistencia de concreto, pruebas hidráulicas entre otros, así como la toma de muestras para los ensayos de laboratorio, interpretando sus resultados y dando su conformidad o rechazo de las mismas.
Rechazar los trabajos defectuosos y ordenar su reparación, y/o disponer rehacerlo de manera de cumplir con las Especificaciones Técnicas
Verificar que los procedimientos constructivos sean los más adecuados para tener una obra que cumpla con las Especificaciones Técnicas.
Ordenar la suspensión de los trabajos que atenten contra las personas y/o propiedades autorizando su prosecución cuando EL CONTRATISTA haya adoptado todas las medidas de seguridad aconsejables. Esta suspensión debidamente sustentada no ha de generar ampliación de plazo ni gastos generales.
Supervisar las pruebas de funcionamiento de las instalaciones complementarias.
Exigir al Contratista con la debida anticipación para que solicite a LA ENTIDAD efectuar los empalmes a los sistemas hidráulicos existentes proporcionando los insumos que sean necesarios con tal propósito.
3.4.2.- Equipamiento y materiales.
Verificar que los materiales y los equipos que formarán parte integrante de la obra, no tengan características inferiores a las indicadas en las Especificaciones técnicas.
Presentar oportunamente a LA ENTIDAD las solicitudes de Adquisición de Equipos, Materiales y otros para su aprobación y trámite de pago en cumplimiento al Calendario de Adquisición de materiales.
Verificar que los materiales y/o equipos a ser importados, sean solicitados con la debida anticipación a fin que se encuentren en obra en la oportunidad prevista en el Calendario de Avance de Obra Contractual.
3.4.3.- Valorización y pagos.
Verificar y aprobar o corregir con mediciones directas los metrados de obra ejecutados, así como los porcentajes de avance presentados por EL CONTRATISTA y elaborar las valorizaciones respectivas, hacer el seguimiento de la obra por medio de la Programación, para lo cual presentarán el Calendario de avance Xxxxx de seguimiento, hoja de recursos y el uso de tareas. Estos informes serán mensuales y semanales de acuerdo con el calendario de avance valorizado.
Verificación de los metrados mensuales anotados en el cuaderno de obra y que presente EL CONTRATISTA, elaboración y presentación de la valorización mensual de avance de obra, como máximo dentro de los 5 primeros días del mes siguiente bajo responsabilidad por la demora en que se incurra (Artículo 197 dice textualmente: “El plazo máximo de aprobación por el inspector o el supervisor de las valorizaciones y su remisión a LA ENTIDAD para periodos mensuales, es de cinco (5) días, contados a partir del primer día
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hábil del mes siguiente al de la valorización respectiva, y será cancelada por LA ENTIDAD en fecha no posterior al último día de tal mes”.
3.4.4.- Recepción de la obra.
La Recepción de la obra se efectuara de acuerdo al Art. 210° del Reglamento, resaltando lo siguiente:
Al término de la obra, una vez que EL CONTRATISTA haya solicitado recepción de obra vía Cuaderno de Obra, inspeccionar minuciosamente toda la obra, verificando su culminación.
Comunicar al contratista las partes de la obra por xxxxxxxx, corregir o cambiar, e informar a LA ENTIDAD, en forma detallada de los trabajos ejecutados señalando si procede o no la recepción de obra.
Integrar el Comité de Recepción de Obra, efectuando las mediciones y/o pruebas convenientes, tomando debidamente nota de las observaciones de la Comisión, a fin de verificar la subsanación por parte de EL CONTRATISTA, en el plazo xx xxx.
En el caso de que la Comisión de Recepción encuentre observaciones que denoten falta de diligencia de la supervisión en la cautela del cumplimiento de planos y de las especificaciones técnicas, la supervisión asume responsabilidad por tales hechos.
Considerando que la ejecución de la obra es un contrato por la modalidad de Concurso Oferta a Xxxx Xxxxxx, no procede el trámite de presupuesto adicional y/o deductivo por diferencias de metrados proveniente del replanteo de la obra.
3.4.5.- Garantías.
Llevar el control de las garantías de fiel cumplimiento del contrato, de los adelantos en efectivo, de los adelantos de materiales, en cuanto a sus montos, plazos de vigencia y demás requisitos, en cuanto al control permanente de las Cartas Fianzas deberán comunicar a LA ENTIDAD su vencimiento con 15 días de anticipación, indicando la acción a seguir.
La supervisión será responsable por el buen desarrollo y el cumplimiento del contrato de obra, dentro de las atribuciones establecidas en el Expediente Técnico de contratación, cumpliendo con las normas de construcción y Reglamentos vigentes.
4.- Informes.
a.- Formato de presentación de informes.
El supervisor presentará su informe siguiendo las siguientes consideraciones Textos: El tipo a usar será el que a continuación se describe a continuación:
Tipo | Elemento | Fuente | Estilo de fuente | Tamaño |
T1 | Títulos | Xxxxx | Xxxxxxx-sub rayado | 14 |
T2 | Sub-Títulos | Xxxxx | Xxxxxxx | 11 |
T3 | Contenido | Arial | Normal | 11 |
T4 | Encabezado y Pie de página | Arial | Normal | 08 |
b.- Fotografías
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Serán tamaño Jumbo, escaneadas e impresas a color en alta resolución, con leyenda respectiva en la parte inferior con tipo T3. En caso de vistas panorámicas podrán ser pegadas en forma sucesiva.
c.- Planos
Los planos serán digitales trabajados en programa AutoCAD 2013 o una versión superior. La entrega será de la manera siguiente:
Planos originales.- Ploteados en calidad óptima, en papel bond blanco de mínimo 80 gr. Copias de planos.- En papel bond blanco de mínimo 80 gr.
d.- Presentación
La tapa y contratapa del expediente debe ser rígida de plástico. La tapa contendrá texto y fotografía del proyecto. Llevará separadores entre ítems, los cuales serán de formato A4 en papel de color, con indicación del ítem correspondiente mediante una oreja señaladora al lado derecho.
4.1.- Contenido del informe.
Los principales Informes que presentara la Supervisión son:
a. Informes de Avance de Obra: Mensual (Valorización),
b. Informes Especiales (mensuales) de Control de Calidad de Obra
c. Informes Específicos. Por ampliaciones de plazo, por adicionales, etc.
d. Informe Final de Obra
e. Otros que requiera la Entidad.
La presentación de los informes señalados en a, b, c, d y e, se hará en mesa de partes de la Entidad, con copia a la oficina de supervisión de obras en 01 original y 02 copias más el contenido completo en Medio Magnético.
4.2.- Informe de Compatibilidad
Se realizará después de la firma de contrato y antes del inicio de obra, deberá abarcar los siguientes aspectos:
Contenido de Expediente Técnico y su Compatibilidad con el terreno.
Previsión de problemas futuros y propuestas de solución.
Revisión y opinión de la Propuesta Técnica y el Cronograma Valorizado Inicial de
.Obra presentado por el Contratista.
4.3.- Informes de Avance de Obra (Mensual)
El Informe mensual de Supervisión, se presentará dentro de los cinco (05) días naturales a partir del primer día hábil del mes de siguiente.
Deberá contener como mínimo lo siguiente:
a.- DATOS GENERALES:
- Nombre de la Obra
- Resolución de aprobación del Expediente Técnico
- Fuente de Financiamiento
- Modalidad del concurso
- Monto del valor referencial
- Nombre del Contratista.
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- Domicilio legal del contratista
- Monto del presupuesto contratado
- Plazo de ejecución
- Fecha de suscripción del contrato
- Fecha de entrega de terreno
- Cuadro de control ó vigencia de las fianzas, así como su verificación con el Listado de Entidades que edita la SBSAFP
- Monto del Adelanto Directo (de haberse otorgado)
- Fecha de cancelación del Adelanto Directo
- Monto del Adelanto(s) para material(es) (de haberse otorgado)
- Fecha de cancelación del adelanto(s) para material(es)
- Calendario Valorizado de Avance de Obra
- Calendario Valorizado Acelerado de Obra (de existir)
- Resolución de reconocimiento de Mayores Gastos Generales (de existir)
- Resoluciones de Ampliación de Plazo (de existir)
- Resoluciones de Adicionales de Obra (de existir)
- Resoluciones de Deductivos de Obra (de existir)
b.- DESARROLLO DE OBRA
- Proceso constructivo y labores de Supervisión
- Cuaderno de Obra
- Pruebas, controles y análisis
- Situación del proyecto: discrepancias, alternativas y soluciones
- Modificaciones del Proyecto
- Controversias: planeamiento de las partes
- Descripción porcentual de los avances de obra a nivel xx xxxxxxx específica.
- Avances de mano de obra
- Cuadros comparativos de avances físicos de obra
- Gráficos comparativos, de avance de obra valorizado, de lo realmente ejecutado con relación a lo programado, global o por especialidad; curva “S” de avance acumulado.
- Estado de valorizaciones de contrato principal
Reajuste de obra
Adicionales de obra
- Estado de los adelantos otorgados al contratista:
- Adelanto Directo
- Adelanto de Materiales
- Relación del personal en obra:
- Personal obrero
- Personal administrativo
- Profesionales
- Relación de maquinarias y equipos.
- Anotaciones del Cuaderno de Obra segunda copia desglosable del cuaderno de obra y fotocopias legibles del cuaderno de obra.
- Anexos
- Fotografías
c.- INFORME ESPECIAL DE CONTROL DE CALIDAD
En cada Valorización de Avance de Obra, el Supervisor debe presentar un Informe Especial, en original y dos copias, con los controles de calidad de materiales.
Es decir este Informe se presentará solo los fines de mes.
Estos Controles de Calidad obviamente están en función al tipo xx xxxxxxx en ejecución, y aquellos que sean necesarios.
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d.- INFORMES ESPECÍFICOS
Presupuestos Adicionales de obra Presupuestos Deductivos de obra Cambio de Especificaciones Técnicas Ampliaciones de Plazo
Reconocimiento de Mayores Gastos Generales Modificaciones del Proyecto.
Aplicación de penalidades por xxxx en la ejecución de la prestación. Resolución que aprobó el expediente técnico de obra.
Reclamos y controversias planteadas por el Contratista.
Informe a la finalización del plazo contractual. El supervisor está obligado a efectuar un informe del estado situacional al finalizar el plazo contractual original, adjuntando un breve resumen ejecutivo, copia del último asiento y fotografías rotuladas representativas del estado de avance. De no haberse culminado la obra deberá indicar las partidas pendientes de ejecución, el tiempo necesario para su conclusión, las probables causas de los retrasos y las recomendaciones realizadas al contratista al respecto, las mismas que deben figurar en el cuaderno de obra.
e.- INFORME FINAL DE OBRA
En concordancia con el Reglamento de la ley de contrataciones del estado, el informe final del Supervisor será el correspondiente a la conclusión de la obra y deberá hacerse a los 5 días de que el contratista haya realizado la anotación de tal hecho en el cuaderno de obra.
Básicamente contendrá la misma información de los informes mensuales, pero en este caso se mostraran los valores acumulados.
Adicionalmente se confirmará la conclusión de la obra y se solicitará a la entidad de la conformación del COMITÉ DE RECEPCION.
Se deberá adjuntar la siguiente documentación.
- Cuaderno de Obra Original (Será devuelto al Contratista para que lo incluya en Expediente de Liquidación)
- Copias de Pruebas y controles
- Breve descripción de las Modificaciones del Proyecto
- Metrado post construcción
- Valorización Final de Obra Original
- Resolución de Adicionales Aprobados
- Valorizaciones de las Obras Adicionales
- Resolución de Ampliaciones de Plazo Reconocidas
- Cálculo de la Penalidad por Xxxx (de ser el caso).
- Proyecto de Acta de Recepción de Obra
- Panel fotográfico rotulado de obra concluida
f.- INFORME DE LIQUIDACIÓN DE OBRA
La Entidad recibirá el Expediente de Liquidación de la Obra dentro del plazo establecido en el Art. N° 211 del RLCE y lo remitirá al Supervisor adjuntando el informe financiero sobre los pagos realizados al contratista.
El Supervisor revisará la documentación de la liquidación, preparará una hoja de chequeo con su contenido y la firmará de encontrarlo conforme
Deberá firmar todos los folios de la Liquidación en señal de conformidad.
Revisará el cuadro de liquidación presentado por el contratista verificará los montos valorizados, los montos amortizados, los reajustes, las penalidades, realizará una
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conciliación con el informe financiero de pagos al contratista y finalmente emitirá una opinión.
De encontrar la Liquidación conforme deberá RECOMENDAR EXPRESAMENTE SU APROBACION.
De encontrar observaciones, elaborará el pliego correspondiente y PRACTICARÁ UNA NUEVA LIQUIDACION en caso que la discrepancia sea en valorizaciones, amortizaciones, reajustes o cálculos de penalidad.
El informe será presentado en Mesa de Partes de entidad, en un plazo máximo de 15 días de recibido el Expediente de Liquidación y el informe financiero.
g.- Borrador del Informe de Cierre del Proyecto
Elaborar el borrador del Informe de Cierre del Proyecto, de conformidad con el Formato SNIP 14.
5.- FORMA DE PAGO AL CONSULTOR.
Desde el inicio de la obra hasta su culminación: 20% del presupuesto de supervisión cada mes duración cinco meses (05).
En armadas mensuales proporcionales al plazo de ejecución del servicio de supervisión desde el inicio hasta la culminación de la ejecución de la obra, sobre el cual se podrán aplicar los reajustes, amortizaciones de adelantos en caso corresponda; serán presentadas hasta el día siete del mes siguiente al que corresponde los servicios de supervisión.
6.- RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR
La responsabilidad de EL CONSULTOR ganador de la Buena Pro, alcanza lo siguiente: La supervisión del proyecto “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA XX XXXXX TECNIFICADO POR ASPERSIÓN DEL SECTOR PUCUTO DE LA COMUNIDAD DE QUEHUINCHA, DISTRITO DE LIVITACA - CHUMBIVILCAS - CUSCO”
Preparación y cumplimiento del cronograma de ejecución del Proyecto de acuerdo con el Plazo de ejecución ofertado por el contratista ejecutor.
7.- PLAZO DE EJECUCION DEL PROYECTO
El plazo de ejecución del proyecto será de 150 días calendarios contados a partir del día siguiente de la firma de contrato.
8.- INICIO DEL PLAZO CONTRACTUAL
Inico del plazo contractual entrará automáticamente en vigencia al día siguiente de la firma del contrato.
9.- EVALUACION, CONTROL Y PRESENTACION DEL SERVICIO.
9.1.- DE LA EVALUACION Y CONTROL.
La evaluación, control y cumplimiento de las tareas correspondientes al proyecto, estarán a cargo de un Evaluador, designado por la oficina de supervisión.
10.- SANCIONES POR ATRAZO O POR INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
De no cumplir con el Cronograma de supervisión de obra, el Consultor se hará acreedor a las siguientes sanciones:
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- Penalidad por atraso en la entrega final de acuerdo al Art.165 del reglamento de la ley de contrataciones ley de contrataciones del estado.
- Después de la entrega final, el consultor podrá levantar observaciones en el plazo definido por la OFICINA DE SUPERVISION, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos prestados, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.
- Después del levantamiento de observaciones de la entrega final, otras, estas estarán sujetas a penalidad.
IV.- REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS.
11.- PERSONAL ESPECIALISTA MINIMO PARA SUPERVISION DE LA OBRA
El profesional propuesto para participar en la Supervisión de la obra acreditará los requerimientos técnicos mínimos siguientes:
1. Supervisor de Proyecto.
Ingeniero Civil, Agrónomo y/o Agrícola Colegiado y Habilitado con un mínimo de CINCO (5) años como Supervisor de Obra, con experiencia en Obras Hidráulicas y afines; tales como: construcción, rehabilitación, reforzamiento, mejoramiento y ampliación de Obras Hidráulicas: Presas, Represas, Diques, Sistemas xx Xxxxx, Canales de Irrigación y Reservorios Nocturnos.
2. Asistente Técnico de Supervisión
Ingeniero Civil, Agrónomo y/o Agrícola Colegiado y Habilitado con un mínimo de DOS (2) años como Asistente Técnico de Supervisión, con experiencia en Supervisor y/o Asistente de Supervisión y/o Residente de Obras Hidráulicas y afines; tales como: construcción, rehabilitación, reforzamiento, mejoramiento y ampliación de Obras Hidráulicas: Presas, Represas, Diques, Sistemas xx Xxxxx, Canales de Irrigación y Reservorios Nocturnos.
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CAPÍTULO IV
CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA
EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)
Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer.
Las Bases deben considerar los siguientes factores de evaluación:
FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN9 | |
A. | EXPERIENCIA DEL POSTOR | 35 puntos10 |
A.1. EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD 20 puntos | ||
Criterio: Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la actividad objeto del proceso, durante un periodo de cinco (5) años a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a tres (03) veces el valor referencial de la contratación o ítem. Acreditación: La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, reporte de estado de cuenta o que la cancelación conste en el mismo documento, correspondientes a un xxxxxx xx xxxx (10) servicios. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor en la actividad. En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de | M = Monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios de consultoría correspondientes a la actividad objeto del proceso M >= 3 veces el valor referencial: 20 puntos M >= 2 veces el valor referencial y < 3 veces el valor referencial: 15 puntos M >= 1 veces el valor referencial y < 2 veces el valor referencial: 10 puntos11 |
9 De acuerdo con el artículo 46 del Reglamento, para la determinación de los puntajes de cada factor de evaluación, deberá considerarse los márgenes aquí establecidos. En ningún caso, podrá establecerse puntajes que excedan dichos márgenes.
10 De conformidad con el artículo 46 del Reglamento, el puntaje debe incluir el que corresponda a los factores experiencia en la actividad y en la especialidad; así como el que corresponda al factor cumplimiento del servicio, cuando este haya sido previsto en las Bases.
11 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.
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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN9 |
pago. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal de consorcio o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor en la actividad. El servicio presentado para acreditar la experiencia en la especialidad servirá para acreditar la experiencia en la actividad. | M = Monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios de consultoría iguales o similares al objeto de la |
A.2. EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD 15 puntos | |
Criterio: Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a servicios iguales o similares al objeto del proceso, durante un periodo cinco (5) años a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a dos veces (2) veces el valor referencial de la contratación o del ítem. |
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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN9 |
Se considerará servicios iguales o similares a la Supervisión en obras hidráulicas y afines, tales como: construcción, rehabilitación, reforzamiento, mejoramiento y ampliación de Obras Hidráulicas: Presas, Represas, Diques, Sistemas xx Xxxxx, Canales de Irrigación y Reservorios Nocturnos. Acreditación: La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, reporte de estado de cuenta o que la cancelación conste en el mismo documento, correspondientes a un xxxxxx xx xxxx (10) servicios iguales o similares al objeto del proceso. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor en la especialidad. En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago. En los casos que se acredite experiencia con contratos en los que se participó en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal de consorcio o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor en | convocatoria M >= 2 vez el valor referencial: 20 puntos M >= 1 veces el valor referencial y < 2 vez el valor referencial: 15 puntos M < 1 veces el valor referencial: 10 puntos13 |
13 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.
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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN9 | |
la especialidad. | 40 puntos T >= 8 años: 15 puntos T >= 7 años y < 8 años: 10 puntos T >= 6 años y < 7 años: 5 puntos T >= 5 años y < 6 años: 2 puntos Más de 3 hasta 3.5 años: 10 puntos Más de 2.50 hasta 3 años: 5 puntos Más de 2 hasta 2.50 años: 2 puntos | |
B. | ||
EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROPUESTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO | ||
B.1. EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROPUESTO 25 puntos | ||
B.1.1 Supervisor de Obra Criterio: Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad del personal propuesto como Supervisor de Obra, con experiencia en Obras Hidráulicas y afines; tales como: construcción, rehabilitación, reforzamiento, mejoramiento y ampliación de Obras Hidráulicas: Presas, Represas, Diques, Sistemas xx Xxxxx, Canales de Irrigación y Reservorios Nocturnos. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. | ||
Acreditación: Mediante la presentación de copia simple de contratos con su respectiva conformidad, constancias o certificados, o, cualquier otro documento que de manera fehaciente demuestre el tiempo de experiencia del profesional en la especialidad. | ||
En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la experiencia que acredite como tal, también podrá utilizarla para acreditar su experiencia como personal propuesto para la prestación del servicio de consultoría, de ser el caso. | ||
B.1.2 Asistente Técnico de Supervisión Criterio: Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad del personal propuesto como Asistente Técnico de Supervisión, con experiencia en Supervisor y/o Asistente de Supervisión y/o Residente de Obras Hidráulicas y afines; tales como: construcción, rehabilitación, reforzamiento, mejoramiento y ampliación de Obras Hidráulicas: Presas, Represas, Diques, Sistemas xx Xxxxx, Canales de Irrigación y Reservorios Nocturnos. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. | ||
Acreditación: Mediante la presentación de copia simple de contratos con su respectiva conformidad, constancias o certificados, o, cualquier otro documento que de manera fehaciente demuestre el tiempo de experiencia del profesional en la especialidad. |
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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN9 | |
B.2. CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROPUESTO12 15 puntos | ||
SUPERVISOR DE OBRA 10 puntos | ||
Criterio Se evaluará la capacitación del personal propuesto en: XXXXX 0: Curso o capacitación en: costos, valorizaciones y liquidaciones de obra. XXXXX 0: Capacitación en Gerencia de Proyectos o Supervisión de Obras. XXXXX 0: Capacitación en Contrataciones del Estado, en materia de obras. Acreditación Se acreditarán con copia simple constancias, certificados, u otros documentos. | XXXXX 0 4 puntos | |
XXXXX 0 4 puntos | ||
ASISTENTE TECNICO DE SUPERVISION 5 puntos | XXXXX 0 2 puntos | |
Criterio Se evaluará la capacitación del personal propuesto en: XXXXX 0: Curso o capacitación en: costos, valorizaciones y liquidaciones de obra. XXXXX 0: Capacitación en Residencia o Supervisión de Obras. XXXXX 0: Capacitación como mínimo en tres Softwares de ingeniería. (S10, Autocad, MS Project, HCanales, civil 3D) | ||
Acreditación Se acreditarán con copia simple constancias, certificados, u otros documentos. | XXXXX 0 2 puntos XXXXX 0 1 puntos | |
XXXXX 0 2 puntos | ||
C. | MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS14 Procedimientos de Control de Obras 15 puntos Se otorgará el máximo puntaje al postor que oferte procedimientos para el control de obra complementario o adicional a aquellos que hubieran sido solicitados en las presentes Bases; el postor propondrá y sustentará la adopción de los procedimientos para el control de obra, y podrá incluir los siguientes rubros: I) Control de la Calidad, II) Control de Plazos, III) Control Económico de la Obra. Se calificará de la siguiente manera: El que describa y analice: - Los tres (03) rubros 15 puntos - Dos (02) rubros 10 puntos - Un (01) rubro… 05 puntos | 15 puntos |
12 De conformidad con el artículo 43 del Reglamento, los siguientes factores de evaluación deberán ser establecidos observando criterios de razonabilidad y proporcionalidad, teniendo en consideración la naturaleza y complejidad del servicio a ser ejecutado, el plazo de ejecución previsto y las condiciones xx xxxxxxx.
14 Las Bases podrán establecer aquellos aspectos que serán considerados como mejoras, debiéndose precisar a qué tipo de mejoras se le otorgará puntaje.
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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN9 | |
D. | CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO 10 puntos Criterio: Se evaluará el nivel de cumplimiento del postor, respecto de los servicios de consultoría de obra presentados para acreditar la experiencia del postor, en función al número de constancias de prestación presentadas. Acreditación: Mediante la presentación de un xxxxxx xx xxxx (10) constancias de prestación o cualquier otro documento que, independientemente de su denominación, indique, como mínimo, lo siguiente: 1. La identificación del contrato indicando como mínimo su objeto. 2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al que asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecución contractual. 3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durante la ejecución de dicho contrato. | 10 puntos Se debe utilizar la siguiente fórmula de evaluación15: PCP= PF x CBC NC Donde: PCP = Puntaje a otorgarse al postor. PF = Puntaje máximo al postor. NC = Número de contrataciones presentadas para acreditar la experiencia del postor. CBC = Número de constancias de prestación válidas. |
15 Para mayor detalle, se recomienda revisar el Pronunciamiento Nº 087-2010/DTN en xxx.xxxx.xxx.xx
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CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
Conste por el presente documento, la contratación del servicio Supervisión de la Ejecución del Proyecto: “Mejoramiento Y Ampliación Del Sistema Xx Xxxxx Tecnificado Por Aspersión Del Sector Pucuto De La Comunidad De Quehuincha, Distrito De Livitaca - Chumbivilcas - Cusco”, que celebra de una parte la Municipalidad Distrital de Livitaca, en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº 20278211895, con domicilio legal en Xxxxx xx Xxxxx X/X Xxxxx xx Xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxx-Xxxxx, representada por su Alcalde Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, identificado con DNI Nº 00000000; y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [… ] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de
[………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [… ],
a quien en adelante se le denominará LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro del PROCESO DE SELECCIÓN Nº 001-2015-CE-MDL para la contratación del servicio Supervisión de la Ejecución del Proyecto: “Mejoramiento Y Ampliación Del Sistema Xx Xxxxx Tecnificado Por Aspersión Del Sector Pucuto De La Comunidad De Quehuincha, Distrito De Livitaca - Chumbivilcas - Cusco”, a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto contratar la Supervisión de la Ejecución del Proyecto: “Mejoramiento Y Ampliación Del Sistema Xx Xxxxx Tecnificado Por Aspersión Del Sector Pucuto De La Comunidad De Quehuincha, Distrito De Livitaca - Chumbivilcas - Cusco, conforme a los Términos de Referencia.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a asciende a S/. 42,611.10 (Cuarenta y dos mil seiscientos once y 10/100 nuevos soles), incluido los impuestos xx Xxx.
Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO16
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA en nuevos soles, en [INDICAR SI SE TRATA DE ÚNICO PAGO, PAGOS PARCIALES O PAGOS
PERIÓDICOS], luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en las Bases.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos.
LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.
CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].
16 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.
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CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora 17 y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por el concepto, importe y vigencia siguiente:
De fiel cumplimiento del contrato18: S/. 4,261.11 (cuatro mil doscientos sesenta y uno con 11/100 nuevos soles), a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA contratada no cumpliera con renovarlas.
CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La conformidad del servicio se regula conforme a los Términos fijados en el Capítulo III de las Bases y será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD].
De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose a LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA contratada un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos
(2) ni mayor xx xxxx (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA contratada no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.
Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.
CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DE LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA
LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos.
El plazo máximo de responsabilidad de LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA contratada es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO MENOR DE UN (1) AÑO] años.
CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: PENALIDADES
Si LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las
17 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.
18 La garantía de fiel cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de la Entidad Privada Supervisora contratada.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
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prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente.
En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = | 0.10 x Monto |
F x Plazo en días |
Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucrarán obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.
Esta penalidad será deducida de los pagos periódicos, de los pagos parciales o del pago final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.
La justificación por el retraso se sujeta al marco normativo supletorio que prevé la Quinta Disposición Complementaria y Final del Reglamento de la Ley N°29230, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2014-EF, en tanto no se contraponga a la naturaleza, objeto y finalidad del presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
[Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, aplicando el marco normativo supletorio que prevé la Quinta Disposición Complementaria y Final del Reglamento de la Ley N°29230, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2014-EF, en tanto no se contraponga a la naturaleza, objeto y finalidad del presente contrato. En especial los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado].
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de acciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley N°29230 y su Reglamento, en las directivas que emita el MEF y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Decreto Legislativo N°1017 y su Reglamento, y disposiciones sustitutorias, y demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS19
19 Se establecerá la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del debiendo indicarse el nombre del centro de
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Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo, a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto por Ley.
Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas.
El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.
CLÁUSULA DÉCIMO SETIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [ ]
DOMICILIO DE LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [. ] al
[CONSIGNAR FECHA].
“LA ENTIDAD” | “LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA” |
arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.
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FORMATOS Y ANEXOS
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FORMATO N° 1 20
MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCESO DE SELECCIÓN N.º 001-2015-CE-MDL
Presente.-
[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y
RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU
NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con el Proceso de Selección N° N.º 001-2015-CE-MDL, a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.
Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.21
…..………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
20 El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección.
21 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.
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ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCESO DE SELECCIÓN N.º 001-2015-CE-MDL Presente.-
Estimados Señores:
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD]
N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA],
DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre | o | Razón | Social | : | |||
Domicilio Legal : | |||||||
RUC | : | Teléfono : | Fax | : |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
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ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCESO DE SELECCIÓN N.º 001-2015-CE-MDL
Presente.-
De nuestra consideración:
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el Servicio de Supervisión de la Ejecución del Proyecto: “Mejoramiento Y Ampliación Del Sistema Xx Xxxxx Tecnificado Por Aspersión Del Sector Pucuto De La Comunidad De Quehuincha, Distrito De Livitaca - Chumbivilcas - Cusco”, de conformidad con los Términos de Referencia, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
IMPORTANTE:
Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.
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ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCESO DE SELECCIÓN N.º 001-2015-CE-MDL
Presente.-
De nuestra consideración:
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado.
2.- Xxxxxxx, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.
4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.
5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
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ANEXO Nº 4
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCESO DE SELECCIÓN N.º 001-2015-CE-MDL
Presente.-
De nuestra consideración,
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta al PROCESO DE SELECCIÓN Nº N.º 001-2015-CE-MDL, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.
Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado).
Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD],
como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [. ].
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
TOTAL: 100%
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
..…………………………………. …………………………………..
Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del
Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2
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ANEXO Nº 5
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCESO DE SELECCION N.º 001-2015-CE-MDL
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a prestar el Servicio de Supervisión de la Ejecución del Proyecto: “Mejoramiento Y Ampliación Del Sistema Xx Xxxxx Tecnificado Por Aspersión Del Sector Pucuto De La Comunidad De Quehuincha, Distrito De Livitaca - Chumbivilcas - Cusco” en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO]
días calendario.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 6
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ACTIVIDAD
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCESO DE SELECCIÓN Nº 001-2015-CE-MDL
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL SERVICIO | N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE PAGO | FECHA22 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA23 | MONTO FACTURADO ACUMULADO24 |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
4 | ||||||||
5 | ||||||||
6 | ||||||||
7 | ||||||||
8 | ||||||||
9 | ||||||||
10 | ||||||||
TOTAL |
22 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
23 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
24 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LIVITACA PROCESO DE SELECCIÓN N.º 001-2015-CE-MDL
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LIVITACA PROCESO DE SELECCIÓN N.º 001-2015-CE-MDL
ANEXO Nº 7
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCESO DE SELECCIÓN Nº 001-2015-CE-MDL
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL SERVICIO | N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE PAGO | FECHA25 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA26 | MONTO FACTURADO ACUMULADO27 |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
4 | ||||||||
5 | ||||||||
6 | ||||||||
7 | ||||||||
8 | ||||||||
9 | ||||||||
10 | ||||||||
TOTAL |
25 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
26 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
27 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LIVITACA PROCESO DE SELECCIÓN N.º 001-2015-CE-MDL
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD] [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
ANEXO Nº 9
CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA (MODELO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCESO DE SELECCIÓN Nº 001-2015-CE-MDL
Presente.-
De nuestra consideración,
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente:
CONCEPTO | COSTO TOTAL [CONSIGNAR MONEDA] |
TOTAL |
La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda