ViERNES4j u l i O AÑO 2014
ViERNES 4 j u l i O | AÑO 2014 |
D. L. CC-1-1958
PROVINCIA XX XXXXXXX
N.º 128
SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS, EXCEPTO XXXXXXX, XXXXXXXX Y FESTIVOS
S U M A R I O
ADMINISTRACIÓN LOCAL:
- Diputación Provincial:
Cáceres: Aprobar proyecto de obras. Pág. 2. Formalización de contrato. Pág. 3.
EXTRACTO de las Resoluciones Presidenciales adop- tadas durante el mes xx xxxx de 2014. Págs. 4-8.
- Ayuntamientos:
Aceituna: Modificación inicial ordenanza. Pág. 9. Alcuéscar: Solicitado cambio de titularidad. Pág. 10. Expte. para la anulación de obligaciones . Pág. 11. Aprobación inicial modificación ordenanza. Xxx. 00.
Xxxxxxxxx xxx Xxxxx: Notificación expte de baja de oficio en el Padrón de habitantes. Pág. 13.
Cáceres: Determinar fecha para celebración de matri- monio civil y delegar en Concejala. Pág. 14.
Delegación de la Alcaldía. Pág. 15.
Notificación a interesado del expte. DIS-VAR-0058-2014.
Pág. 16.
Xxxxx: Aprobación definitiva modificación ordenanza.
Pág. 17.
Aprobación definitiva ordenanza. Págs. 18-29. Aprobación definitiva ordenanza fiscal. Págs. 30-31. Escurial: Presupuesto General 2014 y Plantilla de Per-
sonal. Págs. 32-33.
Guadalupe: Lista de personas que han presentado ofertas para Dos Licencias de Autotaxi. Pág. 34.
Guijo de Santa Xxxxxxx: Presupuesto General 2014 y Plantilla de Personal. Pág. 35.
Montehermoso: Aprobación definitiva Expdte. 04/2014.
Pág. 36.
Aprobación definitiva Expdte. 04/2014. Pág. 37.
Plasencia: Corrección de error. Pág. 38. Padrones municipales. Pág. 39.
El Torno: Aprobación provisional modificación orde- nanza. Pág. 40.
Trujillo: Procedimiento abierto. Pág. 41.
Valdehúncar: Aprobación inicial expte. de modificación de créditos 4/2014. Pág. 42.
Zorita: Padrón municipal. Pág. 43.
ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA:
- Gobierno de Extremadura.- Consejería de Agri- cultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía:
Cáceres: Permiso de Investigación cuadrículas mineras.
Pág. 44.
Instalación eléctrica. Págs. 45-47. Instalación eléctrica. Págs. 48-50.
ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO:
- Ministerio de Hacienda y Administraciones Pú- blicas:
Cáceres: Citación para notificación por compare- cencia. Pág. 51.
- Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Am- biente.- Confederación Hidrográfica del Tajo: Madrid: Expropiaciones exptes. EX06/03-00. Pág. 52.
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:
- Juzgado de lo Social - 1:
Cáceres: Ordinario 226/2014. Págs. 53-54.
- Juzgado de lo Social - 3:
Plasencia: Ejecución 89/2014-1. Pág. 55.
- Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción:
Xxxxx n.º 1: Expte. de dominio 264/2014. Pág. 56.
SUSCRIPCIÓN:
GRATUITA: Página Web: xxx.xxx-xxxxxxx.xx PUNTO DE SUSCRIPCIÓN Y ENVÍO DE EDICTOS:
Administración del B.O.P.:
Xxxxx Xxx Xxxxxxxxx, x.x 0. 00000-Xxxxxxx Teléfono: 927/625-792. Fax: 927/625-793
E - mail: xxxxxxxxxx@xxx-xxxxxxx.xx E - mail: xxxxxxxxxxxx@xxx-xxxxxxx.xx Página Web: xxx.xxx-xxxxxxx.xx
ANUNCIOS POR PALABRAS:
Tramitaciónordinaria:Porcadapalabra,abreviatura, númeroogrupo de números individualizado: (0,10 euros). Tramitación urgente (en 72 horas): Su importe será el doble de inserciones ordinarias.
ADVERTENCIA.- Todas las inserciones que no tengan carácter gratuito serán de pago previo, es decir, los sujetos pasivos de la tasa ingresarán, previamente a la publicación de los anuncios o edictos, las cantidades que les sean liquidadas.
DIPUTACIÓN PROVINCIAL
A N U N C I O
El Sr. Diputado de Área de Infraestructura, Cooperación Municipal e Industria de esta Excma. Diputación Provincial, en uso de las facultades que le están conferidas ha resuelto aprobar lo(s) siguiente(s) Proyecto(s) de obras:
Nº OBRA | DENOMINACIÓN |
83/302/2013 | Ctra. N-521 a Xxxx. XX-000 |
00/000/0000 | Xxxxxx a Aliseda |
83/305/2013 | Refuerzo en Carreteras Varias-Zona 3 |
Sometiéndose dicho(s) Proyecto(s) a información pública, durante el plazo de OCHO DIAS, para posibles alega- ciones que en su caso se presenten.
Cáceres, 24 xx Xxxxx de 2014.- EL SECRETARIO. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx.
3723
DIPUTACIÓN PROVINCIAL
A N U N C I O
La Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxx, ha resuelto formalizar el contrato de la siguiente obra a la empresa más abajo relacionada:
1. Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Diputación Provincial xx Xxxxxxx.
b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio General de Planificación de Planes y Programas. Negociado de Contratación I
c) Número de expediente: 12/41/2013
d) Dirección de Internet del perfil del contratante: xxx.xxx-xxxxxxx.xx
2. Objeto del contrato:
a) Tipo de contrato: administrativo.
b) Descripción: PAVIMENTACIONES Y REDES EN GARROVILLAS.
c) Lote (en su caso):
d) CPV (Referencia de Nomenclatura): 45210000
e) Acuerdo marco: No procede.
f) Sistema dinámico de adquisiciones: No procede.
g) Medio de publicación del anuncio de licitación:
h) fecha de publicación del anuncio de licitación:
3. Tramitación y procedimiento de adjudicación;
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD.
4. Valor estimado del Contrato: 120.367,77 euros
5. Presupuesto base de licitación:
Importe neto:
120.367,77 euros
Importe total: 145.645,00 euros
6. Formalización del Contrato:
a) Fecha de adjudicación: 13 xx xxxxx de 2014.
b) Fecha de formalización del contrato: 23/06/2014
c) Contratista: GEVORA CONSTRUCCIONES, S.A.
d) Importe o canon de adjudicación:
Importe neto: 80.017,88 euros Importe total: 96.821,64 euros
e) Ventajas de la oferta adjudicataria: Baja oferta económica: 48.823,36 euros Lo que se hace público para general conocimiento.
Cáceres, 02 de julio de 2014.- EL SECRETARIO, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx.
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DIPUTACIÓN PROVINCIAL
EXTRACTO de las Resoluciones Presidenciales adoptadas durante el mes xx xxxx de 2014. Adjudicar la Dirección Facultativa o de Ejecución de varias obras.
Autorizar el disfrute del permiso solicitado por varios empleados públicos de la Corporación de manera fraccionada.
Autorizar asistencia o conceder licencia retribuida y abonar cantidad a varios empleados de la Corporación como consecuencia de gastos de desplazamientos, dietas, por asistencia a distintos Eventos, Comisiones de Servicios y por el desarrollo de sus funciones habituales.
Declarar aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, para la cobertura en régimen de contratación laboral en prácticas, por tiempo determinado, de dos puestos de trabajo como Titulados en Documentación.
Nombrar a varios docentes para impartir distintas acciones formativas, pertenecientes al Plan de Formación 2014.
Ordenar la aprobación del gasto, adjudicar a varias empresas contratos de servicios y/o suministros y abonar las facturas previa presentación debidamente conformadas.
Adscribir a un empleado público de la Corporación, en comisión de servicios, al puesto de Jefe de Salida del Parque xx Xxxxx (código 3181).
Devolver fianzas definitivas a varias empresas adjudicatarias de suministros y/o servicios. Nombrar interinamente un Técnico Medio/Arquitecto Técnico (código puesto 1454).
Resolver por necesidades del servicio que el puesto de Oficial Primera Carpintero, pase a prestar servicios bajo la dependencia del Sr. Responsable de Mantenimiento de Edificación.
Adscribir a un empleado público de la Corporación, en comisión de servicios, al puesto de Jefe de Salida del Parque Valencia xx Xxxxxxxxx (código 3178).
Nombrar a varios empleados públicos de la Corporación para formar parte de Tribunales para la selección de per- sonal, solicitado por varios Ayuntamientos.
Cambiar la titularidad del Servicio de Teleasistencia de un ciudadano.
Contratar obras mediante Contrato Menor y/o Procedimiento Negociado sin Publicidad, incluidas en el Plan de Infraestructura Eléctrica Municipal de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxx.
Contratar obras mediante Contrato Menor, incluidas en el Programa de Inversiones 2013 de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxx.
Adjudicar obras a varias empresas, designar Directores Técnicos y Colaboradores de las mismas y ordenar a las empresas adjudicatarias la constitución de la fianza.
Aprobar Planes de Seguridad y Salud en el Trabajo presentados por varias empresas adjudicatarias de obras. Aprobar y abonar certificaciones de obras.
Reconocer y liquidar obligaciones a favor de diversos proveedores, asociaciones, federaciones y otras entidades.
Levantar el reparo y aprobar mediante convalidación los gastos originados, de varias facturas presentadas por varias empresas, reconocer y liquidar obligaciones derivadas de los expedientes y ordenar el pago.
Reconocer la obligación y ordenar el pago en concepto de honorarios devengados por redacción de proyectos a varios Técnicos y/o Empresas, una vez supervisados estos por la Oficina de Supervisión de Proyectos.
Proceder a la devolución de fianza formalizada en la Intervención de Fondos Provinciales por una empresa, para responder de la correcta ejecución de obra.
Designar a varios empleados públicos de la Corporación, como responsables de varios contratos de obras y de los contratos de servicios de redacción de proyectos y dirección de obras vinculados a dichos contratos.
Abonar a varios empleados públicos de la Corporación diferencia de retribuciones complementarias por diferentes conceptos. (superior categoría, complemento de productividad, trabajos extraordinarios, etc..).
Aceptar la cesión del derecho de uso, otorgado a la Diputación Provincial xx Xxxxxxx de un espacio en la Iglesia Nueva (Guadalupe) para Centro de Artesanía.
Prorrogar el plazo de ejecución de obras a petición de varios Ayuntamientos.
Proceder al reintegro de la subvención y ordenar el pago de cantidad adeudada al SEXPE.
Reconocer obligaciones y ordenar el pago a favor de dos Ayuntamientos y una Asociación en virtud de conve- nios.
Conceder a varios empleados públicos de la Corporación ayuda económica por discapacidad.
Abonar cantidades a los miembros de la Comisión de Selección y Colaboradores designada para la constitución de una Bolsa de Trabajo Temporal de Arquitectos Técnicos.
Conceder a varios empleados públicos, ayudas económicas por escolaridad, correspondiente al curso académico 2013-2014.
Autorizar a varios empleados públicos de la Corporación y denegar a otros, la prestación de servicios en régimen de teletrabajo.
Desestimar el recurso interpuesto por una empleada pública de la Corporación, frente a la Resolución Presidencial de 27 xx xxxxx del presente año.
Reconocer obligaciones y abonar cantidades a los Grupos Popular y Grupo Socialista de la Corporación en concepto de asignaciones fija y variable correspondientes al mes xx Xxxx 2014.
Prorrogar el plazo de ejecución de obras a empresas adjudicatarias.
Asumir a través de los servicios jurídicos de la Excma. Diputación Provincial, la defensa de la Corporación, a fin de ejercitar las acciones necesarias para la defensa de sus intereses y comunicar la Resolución al Director del Área de Asistencia Municipal y Asesoría de la Corporación Provincial.
Conceder subvenciones a varios Ayuntamientos, Entidades Locales Menores y Mancomunidades Integrales de la provincia xx Xxxxxxx, autorizar y disponer el gasto con cargo a la aplicación presupuestaria: “Subvención a Ayunta- mientos y Mancomunidades Integrales-Guiartex”.
Adscribir a una empleada pública de la Corporación, en comisión de servicios al puesto de Jefa de Negociado de Asuntos Generales (código 103).
Contratar obras mediante Procedimiento Negociado sin Publicidad, incluidas en el Programa General de Obras y Servicios Bianual 2014-2015 de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxx.
Nombrar monitores de varias acciones formativas del Proyecto ISLA2013 (Inserción Social y Laboral 2013). Devolver fianzas definitivas constituidas por varios contratistas adjudicatarios de obras.
Conceder anticipos sin intereses a varios empleados públicos de la Corporación.
Ordenar el inicio del expediente de la contratación del servicio “Desarrollo, Migración e Implantación de la Aplicación de Gestión Integral de la Formación de la Diputación xx Xxxxxxx”, por procedimiento negociado sin publicidad, con varios criterios de adjudicación.
Aprobar las bases para cubrir, mediante el sistema de libre designación, 1 puesto de Jefe de Servicio de Gestión Medioambiental.
Reconocer trienios cumplidos a empleados públicos de la Corporación.
Aprobar la justificación de los gastos realizados por Federaciones, Entidades Locales, Ayuntamientos, Asociaciones, Clubes, etc..., perceptoras de subvenciones, reconocer obligaciones y ordenar el pago.
Autorizar la realización de actuaciones solicitadas por varias empresas, particulares, un Ayuntamiento y una Entidad Local, sometiéndose a los condicionantes referidos en las Resoluciones.
Aprobar factura, reconocer obligación y ordenar el pago de los compromisos de gastos adquiridos, a favor de una UTE.
Declarar jubilado por cumplimiento de la edad reglamentaria, a un empleado público de la Corporación.
Reconocer obligación y ordenar el pago, correspondiente al periodo de formación xx xxxxx x xxxx de 2014 e imputar el gasto a la partida presupuestaria 4.2411.48703 denominada “ Becas ISLA13”.
Dispensar a un empleado público de la Corporación de la prestación del servicio que realiza en el Sepei, Parque xx Xxxxxxxxx, durante los días que dure la campaña electoral a las Elecciones al Parlamento Europeo.
Conceder Becas de Formación a las personas que participan en las acciones del Proyecto ISLA 2013 y disponer los gastos con cargo a la aplicación presupuestaria 4.2411.48703 “Becas ISLA 13”.
Aprobar el programa “Música Maestro” y los gastos que se deriven en su edición 2014.
Reconocer la obligación en concepto de honorarios devengados por varios Técnicos en concepto de Dirección Facultativa y/o de Ejecución de obras, una vez recepcionadas favorablemente.
Resolver por motivos organizativos del SEPEI de la Diputación xx Xxxxxxx, trasladar a varios Bomberos Auxiliares a los Parques de Bomberos de las localidades y en las fechas indicadas en la Resolución.
Reconocer a varios empleados públicos los servicios previos prestados en otras Administraciones y los trienios que les correspondan.
Aprobar la Memoria Económica para la aplicación del superávit presupuestario resultante de la liquidación del presupuesto de 2013.
Adjudicar obras a varias empresas, por ser la oferta más ventajosa y designar Directores Técnicos y Colaboradores de las mismas.
Aprobar provisionalmente varios proyectos de obras, sus presupuestos y los Pliegos de Prescripciones Técnicas y considerarlos aprobados definitivamente si no se presentan reclamaciones.
Abonar a un antiguo empleado público, cantidad en concepto de vacaciones no disfrutadas por necesidades del servicio durante la vigencia de su contrato.
Estimar la petición del Instructor de un expediente disciplinario a un empleado público de la Corporación, y nombrar Instructor del mismo a otro empleado público de la Corporación en sustitución del inicialmente nombrado.
Conceder a un empleado público de la Corporación cantidad, en concepto de ayuda por conciliación infantil co- rrespondiente al año 2014.
Declarar desierto el procedimiento de adjudicación del contrato privado de seguro de vida de los empleados públi- cos de la Diputación xx Xxxxxxx y su Organismo Autónomo e iniciar el procedimiento por negociado, declarando su tramitación urgente.
Aprobar un gasto protocolario de la Sala de Arte “El Brocense”, con cargo a la aplicación presupuestaria 5.3340.22601 de la Institución Cultural El Brocense.
Aprobar el programa “Entreactos” y los gastos que de él se derivan en su primera edición de 2014.
Adscribir al Departamento de Formación el puesto de Administrativo(código 2745) de forma que su titular, pasará a prestar servicios en el Departamento de Formación.
Conceder el servicio de Teleasistencia durante un año a varios beneficiarios.
Requerir a la Central Nuclear xx Xxxxxxx al amparo de la cláusula Tercer, Punto 1.2.3 del Convenio entre el Con- sorcio Sepei de la Provincia xx Xxxxxxx y la Central Nuclear xx Xxxxxxx, cantidad correspondiente a la aportación económica anual de 2014.
Reconocer obligación y abonar a varios Ayuntamientos, el primer 50% de la subvención concedida con cargo a varias aplicaciones prespuestarias.
Contratar varios expedientes de obras mediante Procedimiento Negociado sin Publicidad, incluidos en el plan de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxx.
Conceder a un empleado público de la Corporación, permiso retribuido de cuatro semanas en sustitución del per- miso de lactancia.
Requerir al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx cantidad por el primer plazo(primer semestre) de 2014, como contrapresta- ción del servicio de prevención y extinción de incendios que la Diputación xx Xxxxxxx presta en su término municipal, en virtud del Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxx y el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
Hacer entrega de varias obras ya ejecutadas a varios Ayuntamientos.
Abonar nóminas de indemnización devengadas por los Sres. Diputados Provinciales durante el mes xx Xxxxx de 2014, en concepto de asistencia a plenos, comisiones, dietas y gastos de desplazamientos.
Dejar sin efecto la Resolución A.D.F. 36/2014 y por lo tanto anular un nombramiento de docencia. Aprobar la justificación presentada de los gastos realizados por varias entidades.
Aprobar las descertificaciones nº 1 y nº 2, relativas al Proyecto Taejo Internacional I (0314_TI_4_E). Aprobar la modificación parcial del Anexo I de desarrollo de obras del Proyecto Taejo Internacional II.
Iniciar expediente de pérdida del derecho al cobro de la subvención concedida al Grupo de Teatro del Colegio San Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx, en los términos establecidos en la Resolución.
Aceptar la renuncia de la subvención otorgada al Ayuntamiento de Alía, derivada de la Convocatoria de Ayudas a Universidades Populares de la provincia del año 2012.
Resolver por necesidades del servicio adscribir a una empleada pública de la Corporación, Ingeniero Técnico de Obras Públicas, a la Oficina de Supervisión de Proyectos del Servicio de Planificación.
Iniciar procedimientos de adjudicación y contratar obras por procedimiento negociado sin publicidad.
Nombrar como Secretarios-Interventores a dos empleados públicos de la Corporación, para llevar a efecto una comisión circunstancial solicitada por dos Ayuntamientos.
Ordenar la formalización en firme de pagos cuyos importes deberán ser repuestos al funcionario Habilitado.
Adjudicar el acuerdo marco para la homologación, por un periodo de cuatro años, de las empresas que prestarán los servicios de limpieza y recogida de residuos en los distintos Centros de la Diputación xx Xxxxxxx y las Entidades Locales que se adscriban a su central de contratación (Exp. 1/2014-AM).
Declarar nula la Resolución SCS 134/2014 de 29 xx xxxxx, por la que se adjudica a una empresa, el contrato menor del servicio de asistencia para la tutorización y asesoramiento individualizado que mejoren la competitividad de veinte empresas del sector turístico de Taejo Internacional y adjudicar el contrato a otra empresa.
Declarar resuelto el contrato administrativo de la obra nº 12/087/12, cancelar la garantía definitiva constituida me- diante depósito en metálico y ordenar la tramitación de un nuevo expediente de licitación.
Ordenar el inicio del expediente de la contratación del suministro sujeto a regulación armonizada denominado: Arrendamiento, sin opción de compra, de una prensa digital en color con destino en la Imprenta Provincial(RENTING), a adjudicar por procedimiento abierto y varios criterios de adjudicación.
Ordenar la aprobación del expediente de contratación del suministro de material eléctrico, para la Diputación Pro- vincial xx Xxxxxxx y sus Centros, por procedimiento negociado sin publicidad y con un solo criterio de adjudicación.
Aprobar recibos, ordenar y liquidar una obligación a favor del Organismo de Recaudación y Gestión Tributaria y ordenar el pago con cargo a la aplicación presupuestaria (Tributos Locales).
Resolver por motivos organizativos del SEPEI de la Diputación xx Xxxxxxx, trasladar a tres empleados públicos de la Corporación al Parque de Bomberos de la localidad y en fecha que se indica en la Resolución.
Aprobar la modificación sustancial de la actuación nº 3373, dentro del proyecto 347 “Modelo de gestión sostenible de recursos naturales en la provincia xx Xxxxxxx”.
Declarar finalizados varios expedientes, por considerarlos desistidos del procedimiento de solicitud de ayuda en materia de Ferias, Concursos y Exposiciones Agroalimentarias, en el ejercicio 2014.
Convocar a la Junta de Gobierno y al Pleno de la Corporación en sesión ordinaria para el día veintinueve xx xxxx del presente año, a las nueve treinta y diez treinta horas respectivamente.
Anular la Resolución 151/2014 y dejar sin efecto el nombramiento de docencia de un docente.
Nombrar a dos monitoras para impartir distintos talleres del programa “Entreactos” de la Institución Cultural “El Brocense”.
Ordenar la aprobación del gasto y contratar con una empresa, el Seguro Colectivo de Vida de los Empleados Pú- blicos de la Diputación xx Xxxxxxx.
Adjudicar el contrato de “Servicio de mantenimiento integral de los materiales que forman parte de los equipos de protección respiratoria del servicio de prevención y extinción de incendios de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxx”, por procedimiento abierto, con un solo criterio de adjudicación a favor de una empresa.
Reconocer obligación y ordenar el pago, a favor de varios monitores de acciones formativas del Proyecto ISLA2013.
Adjudicar el contrato de “Suministro de productos de limpieza y aseo para los Centros de la Diputación Provincial xx Xxxxxxx”, por procedimiento negociado sin publicidad, con un solo criterio de adjudicación a favor de una empresa.
Aprobar el desarrollo y ejecución de la inversión: “Rehabilitación y reparación de las infraestructuras e inmuebles en la finca Haza de la Concepción”.
Resolver por necesidades del servicio adscribir temporalmente al Edificio Xxxxxx Xxxxxxx, el puesto de Portero-Or- denanza (cód. 2270), de forma que su titular prestará servicios en dicho Centro.
Resolver por necesidades del servicios adscribir temporalmente al Complejo Deportivo Provincial, varios puestos de Porteros-Ordenanzas.
Ordenar la incoación de expediente disciplinario a un empleado público de la Corporación y nombrar instructora del mismo a una empleada pública de la Corporación.
Resolver por necesidades del servicio que un empleado público de la Corporación, pase a prestar servicios como Conductor Almacenero en el Sepei xx Xxxxxxx y asignarle las funciones especificadas en la Resolución.
Reconocer a un empleado público de la Corporación, la consolidación del nivel 18 de complemento de destino al haber desempeñado el puesto de Jefe de Parque D en el Consorcio Sepei.
Reconocer obligación y abonar cantidades en concepto de tasación xx xxxxxx dimanantes de recursos de apelación y obtener los resguardos de los ingresos para acreditarlos ante el órgano jurisdiccional correspondiente.
Abonar liquidación de intereses de fianzas y avales, amortización de préstamos, intereses de préstamos y otros gastos de funcionamiento comunicados por varias entidades bancarias.
Nombrar a una empleada pública de la Corporación Directora de Ejecución de la obra nº 12/109/13. Nombrar a un empleado público de la Corporación nuevo Director de Ejecución de la obra nº 12/013/13.
Aprobar las bases para cubrir, mediante el sistema de concurso de traslado 1 puesto de Jefe de Negociado de
P.S.P. de Personal.
Aprobar el Convenio Interadministrativo de colaboración entre la Diputación xx Xxxxxxx y el Ayuntamiento de Nuñomoral.
Descontar cantidad en la nómina xx xxxxx a cada uno de los empleados públicos que tienen suscrito el seguro de vida contratado por la Diputación.
Conceder a empleados públicos y pensionistas ayudas para asistencia sanitaria.
Cesar de las funciones de responsable de los expedientes reseñados en las resoluciones, a varios empleados públicos de la Corporación adscritos al Servicio de Arquitectura y designar nuevo responsable de los contratos de Dirección Facultativa a un empleado público adscrito al Servicio.
Resolver modificar la composición de las Mesas de Contratación de la Corporación 2011-2015.
Proceder a la devolución del ingreso indebido y ordenar el pago de la cantidad adeudada a un Ayuntamiento, con cargo al concepto presupuestario:“Aportación Ayuntamientos Programa de Inversiones 2013”.
Declarar efecto no utilizable, un vehículo autobomba pesada marca Pegaso y ceder gratuitamente la propiedad del mismo al Ayuntamiento de Miajadas.
Iniciar expediente de contratación administrativa especial de explotación de la cafetería del Complejo Cultural “San Xxxxxxxxx”, de tramitación ordinaria, para la adjudicación por procedimiento negociado sin publicidad, teniendo en cuenta varios criterios.
Declarar jubilado a un empleado público de la Corporación, teniendo en cuenta su solicitud de jubilación anticipada a los sesenta años de edad.
Denegar la solicitud de reingreso al servicio activo a esta Corporación formulada por un empleado público, en situación de excedencia voluntaria.
Anular la Resolución 102/2014, de fecha 10 xx xxxxx, por error de imputación contable.
Modificar el anexo IV de la convocatoria para la concesión de subvenciones a Ayuntamientos y Mancomunidades Integrales de la provincia xx Xxxxxxx que contraten grupos y solistas de GUIARTEX, por un modelo nuevo y publicarlo en el B.O.P.
Modificar los presupuestos de docencia de varias actividades docentes.
Resolver, por necesidades del servicio asignar a un empleado público de la Corporación, varias funciones de Técnico de Grado Medio del Complejo Deportivo-Parque el Cuartillo, especificadas en la Resolución.
Autorizar la asistencia a las actividades detalladas en la Resolución, a celebrar dentro de la 5ª Semana Europea del Goparque Viulluercas-Ibores-Xxxx, a un miembro del Comité Educativo y Científico del Geoparque y autorizar los gastos que se deriven.
Designar los miembros del Comité de Lectura y de los Jurados de los distintos Certámenes Literarios 2014. Declarar la pérdida del derecho al cobro de la subvención concedida a un municipio, en concepto de Subvenciones
GUIARTEX, al no haber presentado la justificación en el plazo requerido.
Aprobar los actos y gastos derivados de la Gala de Certámenes Literarios, en su edición 2014,de la Institución Cultural “El Brocense”.
Aprobar el Plan General de Medios correspondiente al año 2014, elaborado por el Área de Presidencia de la Excma.
Diputación Provincial xx Xxxxxxx.
Conceder ayuda económica por natalidad a una empleada pública de la Corporación.
Resolver por necesidades del servicio, que el puesto de Operario/Imprenta (1003), quede adscrito al Gimnasio del Complejo Deportivo Provincial.
Aceptar la renuncia al nombramiento de una docente del plan formativo del proyecto ISLA2013, reconocer que ha impartido 15 horas de un módulo, reconocer obligación y ordenar el pago.
Declarar resuelto el contrato administrativo de varias obras, incautar las garantías definitiva y ordenar la tramitación de nuevos expedientes de licitación.
Aprobar la modificación sustancial de varias actuaciones del proyecto FEDER 347 “Modelo de Gestión sostenible de Recursos Naturales en la Provincia xx Xxxxxxx.
Aprobar la concesión de subvención a un Ayuntamiento, con cargo a la aplicación presupuestaria “Subvenciones de Capital a Entidades Locales. Org. Gobierno”.
Denegar el servicio de Teleasistencia a varios ciudadanos.
Aprobar la convocatoria por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia para actuaciones de Ahorro y Eficiencia Energética de la Diputación Provincial xx Xxxxxxx, dirigido a entidades locales de la provincia para el año 2014.
Adjudicar el contrato de “Adquisición del equipamiento de tres centros de información turística en la Reserva de la Biosfera de Monfragüe”, por procedimiento negociado sin publicidad, con varios criterios de adjudicación. (Exp. 1372013) .
Adjudicar el contrato de “Suministro de dos grupos electrógenos para el Parque Móvil y Talleres de la Excma. Di- putación Provincial xx Xxxxxxx”. (Exp. 39/2013).
Reducir la fianza exigida a una empresa para la realización de obras.
Declarar desierta la convocatoria para la provisión, mediante comisión de servicios, de 1 puesto de Oficial 1ª Obras.
Ordenar la aprobación del expediente de contrato marco para suministro y/o sustitución de neumáticos del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios xx Xxxxxxx, aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas y aprobar el gasto.
Reconocer obligación a favor de un Ayuntamiento, correspondiente al 2º 50% de la aportación de Diputación de la subvención concedida y ordenar el pago.
Ordenar la aprobación del expediente de contratación del servicio de mantenimiento anual de los equipos para el control horario de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxx, por procedimiento negociado por razón de la exclusividad, con un solo criterio de adjudicación, aprobar el Pliego de cláusulas Administrativas y aprobar el gasto.
Ordenar la aprobación del expediente de contratación del servicio de mantenimiento, revisión y adquisición de extintores de los Parques del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxx, aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas y aprobar el gasto.
Aprobar el expediente administrativo tramitado para la adjudicación del contrato privado de alquiler de veinticinco plazas de garaje, aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas y aprobar el gasto.
Ordenar el inicio del expediente del suministro por arrendamiento en “RENTING” de siete vehículos turismo, con destino al Parque Móvil de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxx, por procedimiento abierto y varios criterios de adjudicación.
Ordenar el inicio del expediente del acuerdo marco para la contratación del servicio de reserva de nombres de dominios y soporte técnico de los mismos, por procedimiento negociado sin publicidad y con un solo criterio de adjudicación.
Autorizar y comprometer varios gastos de docencia originados para llevar a cabo el Plan de Formación del ejercicio 2014,aprobar las correspondientes facturas, reconocer las obligaciones y ordenar los pagos.
Aprobar la relación de Entidades Locales excluidas provisionalmente y por las causas que se indican en la Reso- lución, de las subvenciones para actuaciones de Electrificación e Industrialización Rural de la Diputación Provincial xx Xxxxxxx.
Aprobar las liquidaciones números 1 al 67, correspondiente al Tercer Trimestre del año 2012, por la prestación y utilización del Servicio Provincial de Extinción de Incendios.
Adjudicar el encargo de redacción del Proyecto de la obra nº 65/001/13.
Ordenar la aprobación del gasto con cargo a la aplicación presupuestaria “Arrendamiento maquinaria, instalaciones y utillaje ISLA2013” y contratar con una empresa el alquiler de maniquí para el desarrollo de la formación práctica de acciones formativas del proyecto ISLA2013.
Resolver por necesidades del servicio, que el puesto de Operario de Servicios Especiales (1528), quede adscrito a la Imprenta Provincial.
Ordenar la finalización de la suspensión de un expediente disciplinario a un empleado publico de la Corporación y por tanto ordenar la reapertura del mismo.
Conceder subvenciones a: Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxxxx, Asociación de Bomberos Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx y al Centro de Desarrollo Humano en Cultura y Economía Solidaria (CEBYCAM-CES).
Cáceres, 23 xx xxxxx de 2014.- EL SECRETARIO, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx.
3744
ACEITUNA
EDICTO
Por acuerdo del Pleno del día 21 xx xxxxx de 2.014 se ha procedido a modificar inicialmente la Ordenanza Local Reguladora de los aprovechamientos realizables en los bienes municipales de servicio público (xxxxxx catalogados propiedad de este Ayuntamiento) y de la tasa a exaccionar por la práctica de los mismos.-
Se hace público para que los interesados en el plazo de treinta días hábiles a contar desde el siguiente a la publi- cación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx procedan a revisar el expediente en el Secretaría Municipal y a hacer las reclamaciones y alegaciones que estimen oportunas.-
Si en dicho plazo no se presentaran reclamaciones o alegaciones dicha aprobación inicial pasará a ser definitiva.
Aceituna, 21 xx xxxxx de 2014.- El Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx .
3620
ALCUÉSCAR
ANUNCIO
Solicitado el CAMBIO DE TITULARIDAD DE LA ACTIVIDAD DE “DISCOTECA K2”, promovida por X. XXXX XXXX-
BIO XXXXXXXX a favor del MISMO , con emplazamiento en X./ XXXX XXXXX XXXXXXX x.x 00 y sometida a la Ley 5/2010, de Prevención y Calidad Ambiental Extremadura.
Se procede a su publicación en el B.O.P, a la vista de la Resolución de Alcaldía n.º 432/2014, con fecha 13/06/2014.
Alcuéscar a 26 xx Xxxxx de 2014.- EL ALCALDE D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx.
3635
ALCUÉSCAR
ANUNCIO
Este Ayuntamiento, de acuerdo con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pone de manifiesto el expediente instruido para la anulación de obligaciones reconocidas correspondientes a presupuestos cerrados por causa de errores en contraído, al objeto de que en un plazo de quince días, se pueda examinar el mismo por los interesados, formulando las alegaciones y presentado los documentos y justificaciones que consideren pertinentes.
La relación de las obligaciones reconocidas correspondientes a Presupuestos cerrados, contraídas por error y rectificación de saldo de los asientos contables que se van a anular son las siguientes:
TERCERO | AÑO | PARTIDA | DENOMINACION | IMPORTE |
Banco Santander | 2012 | 3.226.09 | ActividadesCulturales y Deportivas | 5,00 |
Cruce Xxxxxxxxx | 2013 | 1.221.03 | Combustibles y Carburantes | 43,51 |
Farmacia Xxxxx Xxxx | 2012 | 3.226.09 | Actividades Cultu- rales y Deportivas | 1,00 |
Femak | 2007 | 3.226.09 | Festejos Popula- res | 0,40 |
Xxxx Xxxxx Xxxxxx | 2013 | 3.226.09 | Actividades Cultu- rales y deportivas | 30,90 |
Lab Biotec- nología, S.A | 2013 | 1.221.09 | Otros Suministros | 485,43 |
Xxxxxx Xxxxxx Xxxx. | 2012 | 1.681.00 | Terrenos y Bienes naturales | 87,16 |
Poly-Klyn, S.L. | 2011 | 3.226.09 | Actividades Cultu- rales y deportivas | 826,00 |
Tesorería Gral. S. S. | 2007 | 2.629.09 | Escuela Taller | 1.099,63 |
Tesorería Gral. S. S. | 2013 | 2.160.00 | Seguridad Social | 2.808,95 |
Varios | 2006 | 9.212.00 | Edificios y otras construcciones | 63,62 |
Varios-Fondo Social | 2011 | 2.131.00 | Laboral Temporal | 651,42 |
Varios-Parados larga duración | 2013 | 2.131.00 | Laboral Temporal | 468,14 |
Alcuéscar a 23 xx xxxxx de 2014.- EL ALCALDE, XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX
3636
ALCUÉSCAR
ANUNCIO
El Pleno del Ayuntamiento de Alcuéscar, acordó la aprobación inicial de la Modificación de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia de Animales de Compañía y potencialmente peligrosos de Alcuéscar y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local se somete el expediente a información pública por el plazo de 30 días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinado y se presente las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubieran presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Alcuéscar a veinticinco xx xxxxx de dos mil catorce.- EL ALCALDE, XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX.
3638
XXXXXXXXX XXX XXXXX
EDICTO
Intentada sin efecto la notificación de apertura de expediente de baja de oficio xxx xxxxxx de habitantes de D.ª XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, por infracción del art. 54.1 del Reglamento de Población y Demarcación Territo- rial.
Lugar donde el interesado podrá conocer el contenido íntegro del acto (art. 61 xx Xxx 30/1992 de 26 de noviembre de 27 de 11): AYUNTAMIENTO DE XXXXXXXXX XXX XXXXX. X/ Xxx Xxxxxxxx xx 00 - Xxxxxxx.
Lo que se notifica mediante su inserción en el tablón de anuncios del municipio de Xxxxxxxxx xxx Xxxxx y su publi- cación en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx, a los efectos prevenidos en el artículo 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviem- bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, haciéndole saber al interesado que frente a este acuerdo puede presentar alegaciones y tomar audiencia y vista del expediente en el plazo de 10 días.
Xxxxxxxxx xxx Xxxxx, a 24 xx xxxxx de 2.014.- El Sr. alcalde, Xxxxxx Xxxxx Xxx.
3615
CÁCERES
EDICTO
Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 24 xx xxxxx de 2014, la Ilma. Sra. Alcaldesa, ha resuelto:
…/… PRIMERO.-Determinar la fecha para la celebración de la ceremonia de matrimonio civil entre X. XXXX EN- XXXXX XXXXXXXX XXXXXX y X. XXXX XXXXXX XXXX XXXXXXX, en el Xxxxxxx de la Isla, el día 25 de julio de 2014 a las 18,00 horas.
SEGUNDO.- Delegar en la Concejala Dña. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX la celebración de dicho matrimonio civil.
Lo manda y firma la Ilma. Sra. Alcaldesa, en Cáceres a 24 xx xxxxx de 2014”.
Cáceres, 24 xx xxxxx de 2014.- EL SECRETARIO, Xxxxxx XXXXXX XXXXXXX.
3621
CÁCERES
Decreto
Debiendo ausentarme de esta localidad, he resuelto delegar las funciones de esta Alcaldía en el Primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx XXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXX, al cual corresponde en el presente caso, sustituirme de acuerdo con el orden de su nombramiento. La presente delegación surtirá sus efectos desde el día 26 xx xxxxx de 2014 y hasta tanto se produzca mi incorporación.
Lo manda y firma la llma. Sra. Alcaldesa en Cáceres a 25 xx xxxxx de 2014.
La Alcaldesa, Xxxxx Xxxxxx del Campo.
3628
CÁCERES
EDICTO
Se da publicidad al presente edicto, expuesto desde esta misma fecha en el Tablón de Edictos de este Ayuntamien- to, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al no haber sido posible notificar a PROMOCIONES BASE ÁTICA S.L., con último domicilio conocido en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx xx 00 xx Xxxxxxx, un Requerimiento que de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, firmó con fecha 5 xx xxxxx de 2014, Expte. DIS-VAR-0058- 2014, del siguiente tenor literal:
“Visto el Informe emitido por la Inspección de Servicios con fecha 13 de noviembre de 2012, en el que se hace constar que las parcelas sitas en X/ Xxx Xxxx, 00 y 61, se encuentran sin vallar y llenas de escombros, siendo propiedad de la empresa Promociones Base Ática, S.L .
Visto, el nuevo informe de la Inspección de Servicios, de fecha 20 xx xxxx de 2014 Expte. DIS-VAR-0058-2014, en el que se hace constar que al día de la fecha, referida parcela se encuentra sin vallar, con pastos y escombros, así como que también existe una grúa de obra desmontada y casetas, haciendo constar, además, que estas circunstancias ya fueron informadas con fecha 13 de noviembre de 2012 (Expte. DIS-VAR-0195-2012).
CONSIDERANDO que los artículos 9 del RD 2/2008, de 20 xx xxxxx, de Suelo y 163 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, obligan a los propietarios de toda clase de terrenos y construcciones a mantenerlos en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.
CONSIDERANDO que el artículo 6.8.2 del Plan General Municipal xx Xxxxxxx dice: “Cerramientos xx xxxxxxx no edificados (D). Los solares no edificados, deberán cerrarse con una cerca de material resistente, incombustible, como máximo de doscientos cincuenta (250) centímetros de altura, tratada de forma que su acabado sea agradable, estético y contribuya al ornato de la ciudad, siendo obligatoria una puerta de acceso a su interior. El cerramiento deberá situarse en la alineación oficial. Los propietarios de los solares tendrán obligación de efectuarlo en el plazo de seis (6) meses, a partir de la terminación de las obras de colocación de los bordillos y pavimentación o, en todo caso, de tres (3) meses desde el requerimiento por parte del Ayuntamiento.”
Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones reconocidas por el art.21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Local, REITERA EL REQUERIMIENTO a la empresa PROMOCIONES BASE ÁTICA, S.L, para que dé cumplimiento al mandato del art. 6.8.2 del Plan General Municipal, y, en el plazo de 3 MESES, proceda al VALLADO de dichos terrenos en los términos expresados, con apercibimiento de iniciación de ejecución subsidiaria, a su xxxxx, en caso de incumplimiento, por parte de este Excmo. Ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en los artí- culos 95, 96 y 98 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de las tasas que procedan por tramitación de expediente disciplinario y de las sanciones que pudieran imponerse por incumplimiento de la normativa señalada.
Y REQUIERE al propietario referido, para que DE FORMA INMEDIATA, proceda a la LIMPIEZA Y RETIRADA DE LOS PASTOS EXISTENTES, de acuerdo con lo establecido en los artículos 166 y 191 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, con apercibimiento de ejecución subsidiaria, a su xxxxx, en caso de incumplimiento, por parte de este Excmo. Ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en los artículos 95, 96 y 98 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de las tasas que procedan por tramitación de expediente disciplinario y de las sanciones que pudieran imponerse por incumplimiento de la normativa señalada.”
Cáceres, 25 xx xxxxx de 2014.- El Secretario General, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
3629
CORIA
ANUNCIO
APROBACIÓN DEFINITIVA DE MODIFICACIÓN DE ORDENANZA FISCAL
El Pleno del Ayuntamiento xx Xxxxx, en sesión celebrada el día 0 xx xxxx xx 0000, xxxxxx la aprobación inicial de la de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por el uso de las instalaciones deportivas municipales, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en los artículos 17 y 47 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se sometió el expediente a información pública por plazo de treinta días, a través de los correspondientes anuncios en un diario regional, en el BOP y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento xx Xxxxx sin que se hayan presentado alegaciones, por lo que dicho acuerdo se considera definitivo, y a tal efecto se hace público el texto modificado de la Ordenanza, que se inserta a continuación:
En el art. 5, Cuota tributaria, el Epígrafe 1, Piscinas, queda con el texto que sigue:
“Epígrafe 1. Piscinas. Tarifa unificada para Xxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx x Xxxxxx xxx Xxxxxx:
Niños, hasta 14 años 1,00 €/día
Mayores de 14 años 2,00 €/día
ABONOS por 30 días
- Niños, hasta 14 años 18,00 €
- Mayores de 14 años 36,00 €
ABONOS por 15 días
- Niños, hasta 14 años 9,00 €
- Mayores de 14 años 18,00 €
ABONOS por carné joven 50% Descuento
No son acumulables los abonos por días y el carné joven. No se devolverá la parte de los abonos que no hayan sido disfrutados ni serán utilizables en años posteriores salvo en casos excepcionales cuando ese disfrute no haya sido posible por causas imputables al Ayuntamiento.”
Xxxxx, 23 xx xxxxx de 2014.- El Alcalde-Presidente, Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx.
3610
XXXXX
ANUNCIO
APROBACIÓN DEFINITIVA DE ORDENANZA
El Pleno del Ayuntamiento xx Xxxxx, en sesión celebrada el día 0 xx xxxx xx 0000, xxxxxx la aprobación inicial de la Ordenanza reguladora del control de residuos procedentes de las obras en el término municipal xx Xxxxx, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se sometió el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a través de los correspondientes anuncios en el BOP y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento xx Xxxxx, sin que se presentaran reclamaciones, por lo que el acuerdo se considera definitivo, y a tal efecto se hace público el texto de la Ordenanza, que se inserta a continuación:
ORDENANZA REGULADORA DEL CONTROL DE RESIDUOS PROCEDENTES DE LAS OBRAS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL XX XXXXX.
ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Objeto.
Artículo 2.- Objetivos de esta Ordenanza. Artículo 3.- Marco normativo.
Artículo 4.- Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II.- DEFINICIONES Y CONCEPTOS
Artículo 5.- Definición.
Artículo 6.- Clasificación de RCDs atendiendo a su tratamiento. Artículo 7.- Procesos de la gestión de residuos.
Artículo 8.- Definición de obras de construcción y demolición. Artículo 9.- Agentes que intervienen en la gestión de residuos.
Artículo 10.- Clasificación de las infraestructuras de gestión de residuos.
CAPÍTULO III.- RÉGIMEN DE CONTROL DE LA PRODUCCIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMO- LICIÓN
Artículo 11.- Obras de edificación sujetas a Comunicación Previa. Artículo 12.- Obras de edificación sujetas a Licencia Urbanística previa.
Artículo 13.- Obras de demolición, rehabilitación o reforma sujetas a Licencia Urbanística previa. Artículo 14.- Obras de Interés General sujetas a trámite de consulta sustitutivo de la licencia.
Artículo 15.- Determinación de las fracciones de separación de los residuos.
Artículo 16.- Fomento de la utilización de productos y residuos procedentes de la valorización de residuos de construcción y demolición.
CAPÍTULO IV.- OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON MATERIALES Y RESIDUOS DE OBRAS
Artículo 17.- Contenedores de obra.
Articulo 18.- Protección de los residuos en las obras.
Artículo 19.- Autorización para la ocupación de la vía pública.
CAPÍTULO V.- REGULACIÓN DE LOS PUNTOS DE ACOPIO MUNICIPALES
Artículo 20.- Normas de funcionamiento de los Puntos de Acopio Municipales. Artículo 21.- Documentación de los Puntos de Acopio Municipales.
CAPÍTULO VI.- FIANZAS
Artículo 22.- Determinación de la fianza.
Artículo 23.- Devolución de las fianzas. Artículo 24.- Ejecución de la fianza.
CAPÍTULO VII.- PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
Artículo 25.- Disposiciones generales.
Artículo 26.- Competencia y procedimiento sancionador. Artículo 27.- Servicio de inspección.
Artículo 28.- Deber de colaboración. Artículo 29.- Responsabilidad.
Artículo 30.- Infracciones. Artículo 31.- Infracciones leves. Artículo 32.- Infracciones graves.
Artículo 33.- Infracciones muy graves. Artículo 34.- Sanciones.
Artículo 35.- Prescripción.
Artículo 36.- Obligación de reponer. Artículo 37.- Multas coercitivas.
Artículo 38.- Prescripción.
Artículo 39.- Publicidad de las sanciones.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Se vienen generando en nuestro entorno gran cantidad de residuos de construcción y demolición que contienen fracciones valorizables que deben recuperarse, y otras fracciones que deben ser objeto de su correcta gestión y xxx- minación. El destino final de esta materia residual suele ser el vertido incontrolado, con los impactos visuales y ecoló- gicos consiguientes, motivados por el gran volumen que ocupan, y el escaso control ambiental de los terrenos donde se depositan. Su presencia ha propiciado además que se faciliten vertidos de otros tipos de residuos, generando una mezcla heterogénea de los mismos que ocasionan una mayor dificultad de gestión de su tratamiento y recuperación futura y elevan los costes medioambientales que ello conlleva.
El artículo 45 de la Constitución Española establece, como principio rector de la política social y económica, el de- recho de todos a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de los poderes públicos de conservarlo. En mérito de ello, en el artículo 12.5 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, se establecen las competencias de los Entes Locales en materia de residuos y, en su disposición transitoria segunda, la obligación de éstos de aprobar Ordenanzas que se adapten a dicha Ley.
El Gobierno de Extremadura, ha dedicado parte del Título IV de la Ley 5/2010, de 23 xx xxxxx, de Prevención y Calidad Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura a los residuos de la construcción, y dictado el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Se ha de tener en cuenta que el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de la construcción y demolición, en su disposición adicional primera, excluye a las obras menores de construcción o reparación domiciliaria de su aplicación, remitiendo a las respectivas Ordenanzas Municipales su regulación específica.
Finalmente el citado Decreto 20/2011, de 25 de febrero, en su artículo 3, determina la competencia de los Ayun- tamientos para el control de la producción, gestión y el destino de los residuos generados en el desarrollo de obras y actuaciones de construcción y demolición, sometidos a intervención administrativa municipal previa.
En consecuencia, procede establecer los instrumentos y las actuaciones necesarias para llevar a cabo el control de la generación y del tratamiento de residuos de construcción y demolición, y, en atención a las normas citadas, distinguir tres situaciones:
1. Obras no sujetas a licencia urbanística: Los residuos generados se asimilan a residuos domésticos y es el Ayun- tamiento el que tiene la obligación de gestionar su recogida, transporte y tratamiento conforme a lo dispuesto en el apartado b) del artículo 3 de la Ley Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.
2. Obras sujetas a licencia urbanística de obras: En estos casos el Ayuntamiento habrá de controlar la producción, posesión, gestión y destino de los residuos generados, que son responsabilidad del productor y poseedor de los mis- mos, conforme al artículo 3 del ya citado Decreto 20/2011 de 25 de febrero.
3. Obras sujetas al trámite de consulta a que se refiere el artículo 188 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura.
El citado Decreto 20/2011 se establece como el marco general al que habrán de adecuarse las Ordenanzas muni- cipales, resultando de aplicación supletoria en caso de no existir regulación municipal específica. Así mismo, habilita la delegación del ejercicio de estas competencias a entidades de ámbito supramunicipal conforme al correspondiente convenio interadministrativo.
Por acuerdo de Pleno de 30 de septiembre de 2010 el Ayuntamiento xx Xxxxx acordó adherirse al plan piloto de ges- tión de residuos procedentes de la construcción y demolición, derivado de la suscripción de un Convenio administrativo entre la Diputación Provincial, la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura y el Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la provincia xx Xxxxxxx, que ha finalizado con la cesión a la Diputación Provincial de terrenos de la xxxxxx xx Xxxxxxx, para la instalación de una planta de transferencia.
En cumplimiento de la anterior previsión y, en especial, en el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, se hace imprescindible la aprobación de una Ordenanza Municipal específica para regular la entrega de tierras, escombros y residuos de construcción generados en las obras de demolición, construcción y excavación para su gestión controlada.
CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Objeto.
La presente Ordenanza tiene por objeto regular la producción y gestión controlada de los residuos específicos de tierras, escombros y restos de obra que se generan en las obras de construcción, demolición y excavación, estable- ciendo la regulación adicional precisa para la intervención administrativa municipal de las obras, con el fin de impedir los efectos que estos residuos puedan tener sobre los recursos naturales, el medio ambiente y la calidad de vida.
Artículo 2.- Objetivos de esta Ordenanza.
Sus finalidades son las siguientes:
1. Reducir en origen la generación de los residuos de construcción y demolición (RCDs), favoreciendo la reutilización y potenciar el tratamiento previo, con la separación en origen de los materiales.
2. Garantizar la gestión sostenible de los residuos, priorizando la reutilización y el reciclado de los que se generen, y destinando a vertido controlado sólo aquella fracción de residuos que no sea susceptible de valorización.
3. Maximizar la recuperación de los recursos contenidos en los residuos, contribuyendo a un desarrollo sostenible de la actividad.
4. Erradicar los vertidos incontrolados de residuos.
5. Posibilitar el tratamiento de los residuos por gestor autorizado en los términos establecidos en la legislación.
6. Incentivar con medidas económicas la reutilización y el tratamiento previo de los residuos en la propia obra que los genera.
Artículo 3.- Xxxxx Xxxxxxxxx.
Las conductas reguladas por esta Ordenanza cumplirán las normas y demás disposiciones vigentes. En particular, y por su especial vinculación con la materia objeto de la regulación, son de especial relevancia las siguientes:
– Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
– Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de la cons- trucción y demolición.
– Ley 5/2010, de 23 xx xxxxx, de Prevención y Calidad Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
– Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelo contaminados.
– Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
– Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por las que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos.
– Reglamento de Funcionamiento del Servicio de Gestión de Residuos de Construcción, Demolición y Excavación de la Provincia xx Xxxxxxx, aprobado por la Excelentísima Diputación Provincial el 10 de diciembre de 2013.
Artículo 4.- Ámbito de aplicación.
1. Están sujetos a esta Ordenanza los residuos de construcción y demolición y los residuos inertes que se pro- duzcan o gestionen en el término municipal xx Xxxxx, tanto si las actividades que los generan están sometidas a la
presentación de la comunicación previa, como a la obtención de Licencias de Obras o al trámite de consulta reguladas en la Ley del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura.
2. Cuando estas actuaciones afecten también a otros términos municipales el órgano de control será la Adminis- tración Autonómica.
3. Se excluyen del ámbito de aplicación de esta Ordenanza, además de las excepciones establecidas en el artículo 3 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de la construc- ción y demolición, los siguientes:
• Residuos catalogados como «Peligrosos».
• Enseres domésticos, maquinaria y equipo industrial que forman parte de las edificaciones o construccio- nes.
• Residuos industriales incluyendo lodos y fangos.
• Residuos procedentes de actividades agrícolas.
• En general todos aquellos que según la legislación vigente no se clasifiquen como «inertes» atendiendo a sus características, y en particular, los amiantos, plásticos, envases y envoltorios de materiales de la construcción.
CAPÍTULO II.- DEFINICIONES Y CONCEPTOS
Artículo 5.- Definición.
1. Residuo de construcción y demolición (RCDs). Se considera Residuo de construcción y demolición (RCDs) cualquier sustancia u objeto que cumpla las siguientes condiciones:
• Que tenga la condición de residuo de conformidad con lo establecido en las normas aplicables.
• Que su poseedor lo deseche o tenga la intención u obligación de desechar.
2. Residuo inerte. Se considera residuo inerte aquel residuo no peligroso que no experimenta transformaciones físicas, químicas o biológicas significativas, ni es soluble, ni combustible, ni reacciona física ni químicamente ni xx xxx- guna otra manera, no es biodegradable, no afecta negativamente a otras materias con las cuales entra en contacto de forma que pueda dar lugar a contaminación del medio ambiente o perjudicar a la salud humana. La lixiviabilidad total, el contenido de contaminantes del residuo y la ecotoxicidad del lixiviado deberán ser insignificantes, y en particular no deberán suponer un riesgo para la calidad de las aguas superficiales o subterráneas.
Artículo 6.- Clasificación de RCDs atendiendo a su tratamiento.
El Decreto 20/2011, de 25 de febrero, establece las siguientes categorías de RCDs:
Categoría I: Residuos de construcción y demolición que contienen sustancias peligrosas, según se describen en la Lista Europea de Residuos aprobada por Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y cuya producción se realice en una obra de construcción y/o demolición.
Categoría II: Residuos de construcción y demolición sucio, que es aquél no seleccionado en origen y que no permite, a priori, una buena valorización al presentarse en forma de mezcla heterogénea de residuos.
Categoría III: Residuos inertes de construcción y demolición limpio, que es aquél seleccionado en origen y entregado de forma separada, facilitando su valorización, y correspondiente a alguno de los siguientes grupos:
• Hormigones, morteros, piedras y áridos naturales mezclados.
• Ladrillos, azulejos y otros cerámicos.
Categoría IV: Los residuos comprendidos en esta categoría serán residuos inertes, adecuados para su uso en obras de restauración, acondicionamiento y relleno o con fines de construcción.
Artículo 7.- Procesos de la gestión de residuos.
Las actividades o procesos que componen la gestión de residuos son las siguientes:
1. Producción: Acción de generar alguno de los residuos clasificados en esta Ordenanza.
2. Gestión: La recogida, el almacenamiento, la transferencia, el transporte, la valorización y el vertido de los citados residuos, incluida la vigilancia de estas actividades, así como la de los lugares de depósito o vertido después de su cierre.
3. Tratamiento Previo: Proceso de tratamiento y clasificación que cambia las características de los residuos de construcción y demolición reduciendo su volumen o su peligrosidad, facilitando su manipulación e incrementando su potencial de valorización o mejorando su comportamiento en el vertedero. Este tratamiento previo puede realizarse directamente en la obra o punto de producción de residuos o en una Planta de Tratamiento.
4. Recogida Selectiva: Es el tratamiento previo que supone la recogida diferenciada de materiales reciclables, y que permite la separación de los materiales valorizables contenidos en los residuos.
5. Transferencia: Es la actividad de depósito temporal de residuos acarreados por los medios ordinarios de recogida de residuos en el entorno para ser tratados o eliminados en otro lugar alejado.
6. Almacenamiento: Son depósitos temporales de residuos inferiores a dos años, o seis meses en caso de residuos peligrosos, previos a la recogida o a la reutilización o valorización de materiales.
7. Valorización: Todo procedimiento que permita el aprovechamiento de los recursos contenidos en los residuos, incluida su utilización como material de relleno, sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar métodos que puedan causar perjuicios al medio ambiente.
8. Reciclado: La transformación de los residuos, dentro de un proceso de producción para su fin inicial o para otros fines, pero no la incineración con recuperación de energía.
9. Reutilización: El empleo de un producto usado para el mismo fin para el que fue diseñado originariamente, de- jando, por tanto, de considerarse como un residuo.
10. Eliminación: Todo procedimiento dirigido, bien al vertido de los residuos o bien a su destrucción total o parcial, rea- lizado sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar métodos que puedan causar perjuicio al medio ambiente.
El depósito en vertedero de los residuos requiere autorización del órgano competente en cada caso y nunca podrá realizarse sin los debidos tratamientos previos.
Artículo 8.- Definición de obras de construcción y demolición.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 2 del citado Real Decreto 105/2008, a los efectos del control de residuos se definen como:
1. Obra de construcción o demolición:
La construcción, rehabilitación, reparación, reforma o demolición de un bien inmueble, así como cualquier otro análogo de ingeniería civil incluidos los trabajos que modifiquen la forma o sustancia del terreno o del subsuelo.
Estas obras están sujetas a la obtención de Licencia Urbanística de Construcción o a trámite de consulta en el caso de obras públicas de interés general, conforme a la Ley del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura.
Se considerará parte integrante de la obra toda instalación que dé servicio exclusivo a la misma, y en la medida en que su montaje y desmontaje tenga lugar durante la ejecución de la obra o al final de la misma.
2. Obra menor de construcción o demolición: Son aquellas obras menores que están sujetas al trámite de Comu- nicación Previa, conforme a la Ley citada en el apartado anterior.
Artículo 9.- Agentes que intervienen en la gestión de residuos.
A los efectos de la presente Ordenanza, en relación con los residuos de construcción o demolición, y de conformidad con las demás normas que los rigen, se considerará:
1. Productor: Persona física o jurídica que realice las actividades generadoras de residuos de construcción y de- molición o efectúe operaciones de tratamiento previo de mezcla u otro tipo que ocasionen un cambio de naturaleza o de composición de estos residuos o el titular del bien inmueble objeto de una obra de construcción o demolición.
2. Poseedor: Persona física o jurídica que tenga en su poder los residuos de construcción y demolición y que no ostente la condición de gestor de residuos.
En todo caso, excepto los trabajadores asalariados, tendrá la consideración de poseedor la persona física o jurídica que ejecute la obra de construcción o demolición.
3. Gestor autorizado: Persona o entidad, pública o privada, sea o no productor, que realice cualquiera de las operacio- nes que componen la gestión de los residuos (recogida, almacenamiento, transporte, valorización y/o eliminación).
Para ejercer esta actividad han de estar autorizados como gestores en el organismo competente y dados de alta en el registro correspondiente de la administración autonómica.
4. Recogedor-transportista: Se consideran recogedor-transportista a aquellas personas físicas o jurídicas, de naturaleza pública o privada, registradas reglamentariamente, cuya actividad constituya la recogida de residuos al productor, asumiendo la titularidad de los residuos que transfieren a los gestores sin realizar ninguna operación sobre ellos, a excepción de su transporte.
Artículo 10.- Clasificación de las infraestructuras de gestión de residuos.
Las instalaciones complementarias de este municipio para la gestión, tratamiento y depósito de residuos de cons- trucción, demolición y excavación, son las siguientes:
1. Contenedores de obras: Son recipientes normalizados, especialmente diseñados para ser cargados y descargados mecánicamente sobre vehículos de transporte especial, destinados a la recogida de materiales residuales.
2. Puntos de Acopio Municipal: Instalaciones ubicadas en lugares determinados por el Ayuntamiento destinadas al depósito de residuos procedentes de obras sujetas a Comunicación Previa.
Las obras sujetas a licencia urbanística no podrán utilizar estos puntos, debiendo trasladar sus residuos a la Planta de Transferencia.
3. Planta de Transferencia: Son las instalaciones situadas en la Carretera de Portaje, en la finca municipal xx Xxxxxxx, donde se recepcionarán los residuos procedentes de cualquier tipo de obra de construcción, excavación o demolición, así como de los puntos de acopio municipal, para transferirlos a plantas de tratamiento y valoración situadas fuera del municipio en vehículos de transporte adecuados.
CAPÍTULO III.- RÉGIMEN DE CONTROL DE LA PRODUCCIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN
Artículo 11.- Obras de edificación sujetas a Comunicación Previa.
El régimen de control de los residuos generados por obras sujetas a Comunicación Previa, se someterá a las siguiente normas:
1. El promotor acompañará a la Comunicación Previa el justificante de haber constituido la fianza regulada en el Capítulo VI de esta Ordenanza.
2. Junto a al Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras se liquidarán las tasas correspondientes a los residuos generados conforme a la Ordenanza Fiscal que los regula, además de las de ocupación de la vía pública, en su caso.
3. Los residuos que se generen en estas obras se calificarán siempre como Residuos Sucios de la Categoría II, salvo que el interesado los traslade directamente a la Planta de Transferencia correctamente clasificados donde abonará las tasas correspondientes al tipo de residuo.
Artículo 12.- Obras de edificación sujetas a Licencia Urbanística previa.
El régimen de control de la obras sujetas a Licencia Urbanística se someterá a las siguiente normas:
1. Antes del inicio de las obras:
1.1 El promotor productor de residuos acompañará a su solicitud de Licencia Urbanística, además de los pro- yectos requeridos por la legislación urbanística:
a) Justificante de haber constituido la fianza a que se refiere el artículo 22 de esta Ordenanza.
b) El “Estudio de Producción y Gestión de residuos de construcción y demolición” a que se refiere el artículo 4 del RD 105/2008.
c) Certificado acreditativo de haber contratado los servicios de un gestor autorizado para garantizar que los residuos que se generen en la obra se dirijan a instalaciones de valorización o eliminación autorizadas, cuando no proceda a gestionarlos por sí mismo.
1.2 En caso de que existan subcontratas, el principal responsable es la empresa titular del contrato, que habrá de elaborar un “Plan de Gestión de Residuos”, que aprobado por la dirección facultativa de la obra y aceptado por la propiedad, se integrará como documentación contractual de la obra.
1.3 Junto al Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras se liquidarán las tasas correspondientes a la liquidación provisional de la ocupación de la vía pública prevista conforme a la Ordenanza Fiscal que la regula.
2. Durante la ejecución de las obras:
a) El poseedor de RCDs gestionará los residuos por sí mismo, y en caso de que proceda su entrega a un gestor autorizado, hará entrega junto a los mismos del Certificado de entrega a gestor autorizado de residuos con los datos y requisitos a que se refiere el apartado 3 del artículo 5 del Real Decreto 105/2008.
b) El poseedor está obligado a sufragar los costes de gestión de los residuos y a entregar al productor los certificados y demás documentación acreditativa.
c) Cuando los residuos generados se vayan a utilizar en la misma obra o en otra diferente, este aspecto y su volumen se especificarán tanto en el Estudio de Producción y Gestión de Residuos como en la autorización administrativa integrada en la licencia de obra o proyecto de urbanización.
d) Al finalizar la obra, el técnico facultativo de la misma emitirá un certificado de reutilización de residuos, que reflejará el volumen utilizado, el cual también será firmado por el de la obra receptora si los residuos se han utilizado en ella.
3. Al finalizar las obras:
El certificado de gestión de residuos se requerirán en la documentación final de la obra, y es el documento acredi- tativo necesario para tramitar la devolución de la fianza constituida.
Artículo 13.- Obras de demolición, rehabilitación o reforma sujetas a Licencia Urbanística previa.
El régimen de control de las obras de demolición, rehabilitación o reformas sujetas a Licencia Urbanística cumplirán los mismos requisitos y trámites exigidos para las obras de edificación del artículo precedente, pero en este caso el Estudio de Producción y Gestión de residuos deberá incorporar las determinaciones siguientes:
• Un inventario de los residuos peligrosos que se generarán, que se incorporará en el apartado 1 del citado Estudio.
• Prever el manejo selectivo de los residuos peligrosos.
• Establecer su retirada selectiva, con el fin de evitar la mezcla entre ellos o con otros residuos no peligrosos.
• Determinar las medidas precisas por el peligro potencial del material y asegurar su envío a gestores autoriza- dos.
• Relacionar detalladamente los materiales que habrán de reutilizarse en la misma obra, y por tanto no se con- siderarán como residuos.
En caso de entregarse un proyecto básico para la obtención de la licencia habrá de incorporar las determinaciones re- lativas al estudio de gestión y la fianza a que se refieren los apartados a) y d) del artículo 4 del citado RD 105/2008.
Artículo 14.- Obras de Interés General sujetas a trámite de consulta sustitutivo de la licencia.
El régimen de control de la Obras de Interés General sujetas a trámite de consulta se someterá a las siguientes normas:
En las obras de infraestructura civil de Interés General que afecten solamente al municipio xx Xxxxx y que no estén sujetas a Licencia Urbanística, habrá de presentarse, antes del inicio de las mismas, el Plan de Gestión de residuos, así como el justificante de haber constituido la fianza a que se refiere el Capítulo VI de esta Ordenanza.
Artículo 15.- Determinación de las fracciones de separación de los residuos.
Los residuos de construcción y demolición deberán separarse en la misma obra o por el gestor autorizado en las fracciones que se determinan en el artículo 5 del RD 105/2008 o norma que lo sustituya.
Artículo 16.- Fomento de la utilización de productos y residuos procedentes de la valorización de residuos de construcción y demolición.
El Ayuntamiento velará porque en las obras en que intervenga se cumplan los requisitos contemplados en esta Ordenanza, favoreciendo el uso de materiales procedentes de la valorización de los residuos.
CAPÍTULO IV.- OCUPACIÓN DE LA VÍA PUBLICA CON MATERIALES Y RESIDUOS DE OBRAS
Artículo 17.- Contenedores de obra.
1. Deberán estar correctamente homologados, y han de figurar identificados con las placas correspondientes a su número de autorización de ocupación conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal correspondiente.
2. Deberán tener sus esquinas pintadas con una franja reflectante, manteniéndolas siempre en perfecto estado de limpieza, conservación y en óptimas condiciones de visibilidad y situarse con las placas reflectantes numeradas correspondientes a la autorización municipal en la esquina más próxima al carril de circulación, de acuerdo con el croquis entregado con la licencia correspondiente al contenedor.
3. Las anteriores medidas de seguridad no eximen al constructor y al titular del contenedor de la instalación de las demás señalizaciones que se contemplan para las obras que afectan a las vías públicas en el Reglamento General de Circulación vigente.
4. Los contenedores no podrán depositarse en lugar distinto a la zona de aparcamientos de la calzada, salvo au- torización expresa, previo abono de las tasas que correspondan y siguiendo el procedimiento establecido en el art. 19 para la ocupación de la vía sin contenedores autorizados.
5. Los contenedores deberán retirarse una vez colmatada su capacidad de forma inmediata y, en todo caso, antes de transcurridas cuarenta y ocho horas si la planta de transferencia estuviera cerrada.
Articulo 18.- Protección de los residuos en las obras.
1. Para prevenir la suciedad, las personas que realicen obras deberán proceder a la protección de éstas, mediante la colocación de elementos adecuados alrededor de los derribos, tierras y otros materiales sobrantes de obra, incluso tapando los contenedores, de modo que se impida la diseminación y vertido de estos materiales fuera de la estricta zona afectada por los trabajos, o el depósito de otros residuos distintos por vecinos desaprensivos.
2. En los derribos deberá habilitarse un sistema xx xxxxx sobre la obra para impedir la propagación del polvo en las fincas colindantes.
Artículo 19.- Autorización para la ocupación de la vía pública.
La autorización para la ocupación de la vía pública se solicitará junto con la de la licencia de obras o con la comu- nicación previa, en el caso de obras menores, acompañada de un plano de planta acotado indicativo del lugar concreto que se propone para la misma.
En el caso de que sea necesario el corte de la vía al tráfico rodado o se vaya a producir la interrupción del paso de peatones por los acerados deberán especificarse en la solicitud los días y horas afectados, justificándolo adecua- damente.
Las tasas correspondientes a la ocupación se liquidarán conjuntamente con las de las obras en el caso de que puedan determinarse de forma provisional, a expensas de la liquidación final que se producirá cuando la obra haya terminado.
CAPÍTULO V.- REGULACIÓN DE LOS PUNTOS DE ACOPIO MUNICIPALES
Artículo 20.- Normas de funcionamiento de los Puntos de Acopio Municipales.
Para un correcto funcionamiento de las instalaciones y que el servicio que se presta en los mismos sea el adecuado, habrán de tenerse en cuenta las siguientes normas:
1. Las obras sujetas a licencia urbanística previa no podrán utilizar estos puntos de acopio, debiendo trasladar sus residuos a la planta de transferencia.
2. Tampoco se pueden depositar en ellos más de 1.000 kg. de residuos.
3. Los usuarios solicitarán al Ayuntamiento el acceso al Punto de Acopio, para el depósito de residuos, junto con una declaración del volumen y tipo de residuo que se pretende depositar.
4. El Servicio de Urbanismo recepcionará las declaraciones de entrega de RCDs, y en base a ellas emitirá el do- cumento de gestión para el cobro de la tasa. Una vez se realice el pago de la tasa, expedirá la autorización de depósito incluyendo el horario para la entrega de los RCDs en el Punto de Acopio.
5. El usuario accederá a la zona de acopio donde depositará los residuos en su correspondiente contenedor.
6. Antes de que los contenedores se hallen colmatados, los operarios municipales darán aviso a los gestores o transportistas designados para la retirada y el traslado de los residuos a la Planta de Transferencia.
7. En todo caso, no se permitirá el depósito de los residuos hasta el vaciado de los contenedores, en caso de saturación de los mismos.
8. Las instalaciones del Punto de Acopio deberán permanecer en buenas condiciones de higiene y salubridad pública, para ello, los operarios deberán controlar que el depósito de residuos se realice de forma correcta, evitando la caída de residuos fuera de los contenedores y retirando cualquier material que dificulte el tránsito de los vehículos y el depósito de los residuos.
9. Los accesos a las instalaciones se realizarán dentro del horario de apertura y cierre, que será fijado por Reso- lución de la Alcaldía y expuesto a la entrada xxx xxxxxxx.
10. Se podrá acceder al interior de las instalaciones tanto a pie, como en vehículo particular que no exceda los
3.000 kg. de xxxx, no pudiendo depositarse cada vez más de 1.000 kg.
11. El traslado de los RCDs desde el Punto de Acopio hasta la Planta de Transferencia será responsabilidad del titular de la concesión de la misma.
Artículo 21.- Documentación de los Puntos de Acopio Municipales.
El Ayuntamiento dispondrá de un Registro de incidencias e información interna, a disposición de la Administración competente para la inspección de los residuos.
Contendrán dos secciones, con los siguientes datos:
1. Recogidas:
a) Declaraciones de entrega de residuos diarias.
b) Datos del poseedor o productor que entrega los residuos.
c) Fecha y hora de acceso.
d) Tipo de residuos aportados por visita.
e) Cantidad de cada tipo de residuos.
f) Justificantes de tasas satisfechas.
g) Incidencias.
2. Entregas a la Planta de Reciclaje:
a) Numero de entregas mensuales.
b) Datos del gestor de residuos
c) Xxxxx y hora de la entrega.
d) Identificación del tipo de residuo entregado en cada caso.
e) Cantidad de cada tipo de residuos.
f) Justificantes de dichas entregas: Certificado de entrega de gestión de RCDs.
g) Incidencias.
CAPÍTULO VI.- FIANZAS
Artículo 22.- Determinación de la fianza.
El importe de la fianza prevista en los artículos anteriores para garantizar la correcta gestión de las tierras y residuos se establecerá de la siguiente manera:
1. Obras sujetas a Comunicación Previa que generen menos de 1.000 kg. de residuos.
No se exigirá fianza para el depósito de residuos en los Puntos de Acopio Municipales, siendo suficiente para ello con la entrega al encargado de los mismos del justificante de pago de las tasas correspondientes.
2. Obras sujetas a Comunicación Previa que generen más de 1.000 kg. de residuos. Se exigirá una fianza del 2% de presupuesto de ejecución material.
3. Obras sujetas a Licencia Urbanística Previa y Obras de Interés General sujetas a trámite de consulta sustitutivo de la licencia.
Se exigirá una fianza del 50% del presupuesto de ejecución material recogido en el capítulo dedicado a la gestión de residuos en el correspondiente proyecto.
4. La fianza así determinada no podrá ser inferior a 50 euros ni al 0,4 % del presupuesto de ejecución material.
5. Las obras no podrán iniciarse hasta la efectiva constitución de la fianza, de forma que los plazos de comunica- ción al interesado no transcurran hasta completar este requisito, por lo que las que se realicen sin ella se considerarán clandestinas aunque se haya efectuado la Comunicación Previa.
Artículo 23.- Devolución de las fianzas.
Finalizadas la obras se procederá a la devolución de la fianza o garantía financiera equivalente, a solicitud del particular, una vez justificado el depósito o eliminación de los residuos de la siguiente manera:
1. Obras sujetas a Comunicación Previa generadoras de más de 1.000 kg. de residuos.
Se entregará Declaración Responsable haciendo constar que han finalizado las obras así como el volumen aproxi- mado de residuos finalmente producidos y el Punto de Acopio Municipal utilizado o, en su caso, Certificado de la Estación de Transferencia si los ha trasladado a ese centro de gestión.
2. Obras sujetas a Licencia Urbanística previa.
2.1. Finalizada la obra se procederá a la devolución de la fianza o garantía financiera equivalente, a solicitud del particular, siempre que su titular acredite de manera fehaciente una correcta gestión de los residuos generados, me- diante la presentación de los siguientes documentos junto con los acreditativos de finalización de las obras:
• Certificado de entrega de residuos, cuando no precisen gestión.
• Certificado de entrega y en su caso certificado de gestión de residuos, cuando sí precisen gestión por agente autorizado.
• Cualquier otro certificado de depósito, transporte, valorización o gestión que se genere durante la ejecución de la obra, o sea requerido o emitido por otras instancias.
2.2. Los Servicios Técnicos Municipales compararán los datos correspondientes a los certificados que acompañen la documentación final de obras con la previsión realizada a través del Estudio de Producción y Gestión de Residuos de construcción y demolición, y comprobará que los documentos recibidos acreditan que realmente los producidos en las obras han sido gestionados conforme a esta Ordenanza y al resto de normas que subsidiariamente sean de aplicación.
2.3. Si ambas informaciones son congruentes, se efectuará la devolución de la fianza. Si no son congruentes, se pedirá una justificación satisfactoria y una vez obtenida se devolverá la fianza. En caso de no obtenerla, el Ayunta- miento ejecutará la fianza para su aplicación a los gastos que conlleve la ejecución subsidiaria, incluida la reposición de los terrenos en que se hubieran vertido a su estado original y las sanciones a que hubiera dado lugar la conducta infractora, y los gastos indirectos ocasionados.
3. Obras sujetas a trámite de consulta sustitutiva de la licencia.
En el caso de actuaciones que solo afecten a este municipio, y siempre que se haya constituido la fianza en él, la devolución de la misma se realizará una vez concluidas las obras a petición de la administración actuante, presentando en los 30 días siguientes a la finalización de las obras la siguiente documentación.
a) Copia autenticada del Certificado Final del Obras.
b) Certificado del Técnico director de las obras en el que se declare que se ha realizado la correcta gestión de los residuos generados. Este documento sustituirá a los distintos certificados de gestión de residuos que obrarán en poder de la administración promotora de las obras y podrán ser requeridos en caso de que este Ayuntamiento manifieste cualquier duda en relación a la gestión de residuos en su término municipal.
Artículo 24.- Ejecución de la fianza.
Si no se acreditase una adecuada gestión de los residuos, y sin perjuicio de la aplicación del régimen sancionador previsto en la Ley 22/2011, de 28 xx xxxxx, de Residuos y Suelos Contaminados, este Ayuntamiento deberá ejecutar, con carácter subsidiario y con cargo a la fianza constituida, las actuaciones necesarias para la correcta gestión de los mismos.
CAPÍTULO VII.- PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
Artículo 25.- Disposiciones generales.
En lo no previsto en esta Ordenanza se estará a lo dispuesto en las siguientes normas:
– Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de la cons- trucción y demolición.
– Ley 5/2010, de Calidad Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
– Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
– Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.
Lo establecido en esta Ordenanza no impedirá la aplicación del régimen sancionador previsto en las disposiciones sectoriales que califiquen como infracción las acciones u omisiones contempladas en la misma.
En todo caso no podrán ser sancionados por aplicación de esta Ordenanza los hechos que hayan sido sancionados penal o administrativamente en los casos en que se aprecie identidad de sujeto, hecho y fundamento.
Artículo 26.- Competencia y procedimiento sancionador.
a) Corresponde al Alcalde la resolución de los expedientes administrativos sancionadores en ejercicio de la competencia que le es atribuida por el artículo 21.1.n) de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el apartado 5.b del artículo 12 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.
b) La imposición de sanciones y la exigencia de responsabilidades con arreglo a esta Ordenanza se llevarán a cabo de conformidad a lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú- blicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Real Decreto 1398/1993, de 4 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.
Artículo 27.- Servicio de inspección.
a) El ejercicio de las funciones de inspección y vigilancia del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza corresponderá al personal que tenga atribuidas dichas funciones, así como a los agentes de la Policía Local.
b) El personal al que hace referencia el apartado anterior, en el ejercicio de sus funciones inspectoras, tendrá la condición de agente de la autoridad, estando facultado para acceder sin previo aviso a las instalaciones en las que se desarrollen actividades reguladas en esta Ordenanza, así como para inspeccionar el contenido de los distintos sistemas de recogida de residuos.
Artículo 28.- Deber de colaboración.
Los productores, poseedores, gestores de residuos y los responsables de establecimientos comerciales, vivien- das, industrias y otras actividades objeto de la presente Ordenanza deberán, de acuerdo con la normativa aplicable, facilitar y permitir al personal a que hace referencia el artículo anterior, en el ejercicio de sus funciones de inspección, el acceso a las citadas instalaciones así como prestarles colaboración y facilitarles la documentación necesaria para el ejercicio de dichas labores de inspección.
Artículo 29.- Responsabilidad.
– Podrán ser sancionadas por los hechos constitutivos de las infracciones administrativas recogidas en este capítulo las personas físicas o jurídicas que los cometan, de acuerdo con lo establecido en esta Ordenanza y sin perjuicio, en su caso, de las correspondientes responsabilidades civiles, penales y medioambientales.
– El titular de la declaración responsable de la licencia de obras, o de la comunicación previa, será responsable del cumplimiento de las prescripciones establecidas en esta Ordenanza tanto en lo referente a producción, posesión y gestión de los residuos, como en lo establecido en materia de defraudación y limpieza.
– Cuando el cumplimiento de lo establecido en esta Ordenanza corresponda a varias personas conjuntamente, responderán de forma solidaria de las sanciones pecuniarias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
130.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
– La responsabilidad será solidaria, en todo caso, en los siguientes supuestos:
a) Cuando el productor, el poseedor inicial o el gestor de residuos los entregue a persona física o jurídica distinta de las señaladas en esta Ley.
b) Cuando sean varios los responsables y no sea posible determinar el grado de participación de cada uno en la realización de la infracción.
– Cuando los daños causados al medio ambiente se produzcan por acumulación de actividades debidas a diferen- tes personas, la administración competente podrá imputar individualmente esta responsabilidad y sus efectos económicos.
Artículo 30.- Infracciones.
1. Se consideran infracciones las acciones u omisiones que contravengan lo establecido en la presente Ordenanza así como aquellas otras que estén tipificadas en la legislación estatal o autonómica reguladoras, sin perjuicio de que los preceptos de esta Ordenanza puedan contribuir a su identificación más precisa.
2. Las infracciones tipificadas en la presente Ordenanza se clasifican en leves, graves y muy graves.
Artículo 31.- Infracciones leves.
Se considerarán infracciones leves:
a) Depositar los residuos de obras o demolición en otros puntos de recogida de basuras distintos a los identificados como Puntos de Acopio Municipal de residuos de construcción y demolición.
b) Depositar en los contenedores de acopio de residuos de obras otros tipos de residuos.
c) Depositar residuos de obras fuera de los contenedores situados en los Puntos de Acopio Municipal.
d) Cualquier otra infracción u omisión que constituya incumplimiento de los preceptos de esta Ordenanza y que no esté tipificada como infracción grave o muy grave en los dos artículos siguientes, cuando por su escasa cuantía o entidad no merezca dicha calificación.
Artículo 32. Infracciones graves.
Se considerarán infracciones graves:
a) El abandono o vertido incontrolado de cualquier tipo de residuos de obras o demolición sin que se haya puesto en peligro grave la salud de las personas o se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente.
b) La obstrucción a la actividad de vigilancia, inspección y control del Ayuntamiento, así como el incumplimiento de las obligaciones de colaboración previstas en esta Ordenanza.
c) La entrega, venta o cesión de residuos de obras o demolición no peligrosos a personas físicas o jurídicas dis- tintas de las señaladas en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados y en la presente Ordenanza, así como la aceptación de éstos en condiciones distintas a las previstas en estas normas.
d) La comisión de alguna de las infracciones señaladas como muy graves cuando por su escasa cuantía o entidad no merezca dicha calificación.
Artículo 33.- Infracciones muy graves.
Se considerará infracción muy grave el abandono o vertido incontrolado de cualquier tipo de residuos municipales cuando se haya puesto en peligro grave la salud de las personas o se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente.
Artículo 34.- Sanciones.
Sin perjuicio de otras sanciones establecidas en el artículo 47 de la Ley 22/2011, de 28 xx xxxxx, de residuos y suelos contaminados, las infracciones previstas en los artículos anteriores darán lugar a las siguientes sanciones:
1. Leves: Las infracciones leves se sancionarán con una multa de hasta 900 euros. Si se trata de residuos peli- grosos ésta será de hasta 9.000 euros.
2. Graves: Multa desde 901 euros hasta 45.000 euros, excepto si se trata de residuos peligrosos, en cuyo caso la multa será desde 9.001 euros hasta 300.000 euros.
3. Muy Graves: Multa desde 45.001 euros hasta 1.750.000 euros, excepto si se trata de residuos peligrosos, en cuyo caso la multa podrá ser desde 300.001 euros hasta 1.750.000 euros.
Artículo 35.- Prescripción.
1. Las infracciones leves prescribirán al año, las graves a los tres años y las muy graves a los cinco años.
2. El plazo de prescripción de las infracciones comenzará a contarse desde el día en que la infracción se hubiera cometido.
3. En los supuestos de infracciones continuadas, el plazo de prescripción comenzará a contar desde el momento de la finalización de la actividad o del último acto con el que la infracción se consuma. En el caso de que los hechos o actividades constitutivos de infracción fueran desconocidos por carecer de signos externos, dicho plazo se computará desde que éstos se manifiesten.
4. Interrumpirá la prescripción la iniciación, con conocimiento del interesado, del procedimiento sancionador, re- anudándose el plazo de prescripción si el expediente sancionador estuviera paralizado durante más de un mes por causa no imputable al presunto responsable.
Artículo 36.- Obligación de reponer.
1. Sin perjuicio de la sanción que en cada caso proceda, el infractor deberá reparar el daño causado reponiendo la situación alterada a su estado originario.
2. Si el infractor no procediera a reparar el daño causado en el plazo señalado, el órgano competente podrá acordar la imposición de multas coercitivas de acuerdo con lo establecido en el artículo 36.
3. Así mismo, en caso de incumplimiento, dicha reposición podrá ser realizada mediante ejecución subsidiaria por el Ayuntamiento. Los costes originados por las actuaciones a realizar serán con cargo al sujeto responsable de la infracción, exigiéndole, en su caso, la indemnización a que hubiera lugar por los daños y perjuicios causados.
Artículo 37.- Multas coercitivas.
Sin perjuicio de la sanción que se pudiera imponer, el órgano competente podrá acordar la imposición de multas coercitivas con arreglo al artículo 99 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra- ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Artículo 38.- Prescripción.
1. Las sanciones impuestas por la comisión de infracciones leves prescribirán al año, las impuestas por faltas graves a los tres años y las impuestas por faltas muy graves a los cinco años.
2. El plazo de prescripción de las sanciones comenzará a contarse desde el día siguiente a aquél en que adquiera firmeza la resolución por la que se impone la sanción.
3. Interrumpirá la prescripción la iniciación, con conocimiento del interesado, del procedimiento de ejecución, volviendo a transcurrir el plazo si aquél está paralizado durante más de un mes por causa no imputable al infractor.
Artículo 39.- Publicidad de las sanciones.
El Pleno del Ayuntamiento, conforme a lo dispuesto en el art. 56 de la Ley 22/2011 de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, podrá acordar la publicación, a través de los medios que considere oportunos, de las sanciones impuestas por la comisión de infracciones graves y muy graves, una vez que éstas hayan adquirido firmeza.
Xxxxx, 23 xx xxxxx de 2014.- El Alcalde-presidente, Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx.
3611
CORIA
ANUNCIO
APROBACIÓN DEFINITIVA DE ORDENANZA FISCAL
El Pleno del Ayuntamiento xx Xxxxx, en sesión celebrada el día 0 xx xxxx xx 0000, xxxxxx la aprobación inicial de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por vertido de residuos de la construcción y demolición, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en los artículos 17 y 47 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se sometió el expediente a información pública por plazo de treinta días, a través de los correspondientes anuncios en un diario regional, en el BOP y en el Tablón de Anuncios xxx Xxxx- tamiento xx Xxxxx sin que se hayan presentado alegaciones, por lo que dicho acuerdo se considera definitivo, y a tal efecto se hace público el texto íntegro de la Ordenanza, que se inserta a continuación:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR VERTIDO DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN.
Es objeto de esta ordenanza la regulación de la actividad de vertido de residuos de construcción y demolición (RCDs) procedentes de las obras menores que se realicen en el municipio xx Xxxxx por parte de los constructores o promotores, con el fin de que los citados residuos sean depositados en el emplazamiento establecido por este Ayuntamiento.
Artículo 1.- Fundamento y naturaleza.
1.1.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del RD Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx) por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la Tasa Fiscal por Vertido de Residuos de Construcción y Demo- lición, que regulará el vertido y depósito en los Puntos de Acopio Municipal de Residuos de Construcción y Demolición (en adelante RCDs) procedentes de obras menores, que se regirán por la presente Ordenanza Fiscal cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 57 del citado Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Asimismo, se han tenido en cuenta para la redacción de la presente Ordenanza lo dispuesto en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados; en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición; y en Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
1.2.- Se prohíbe el abandono, vertido o depósito directo en la vía pública, solares y descampados, de cualquier material residual de obras. Dichos residuos deberán ser retirados de las obras por sus responsables y vertidos en los puntos autorizados por el Ayuntamiento (Puntos de Acopio).
1.3.- La regulación de tales vertidos en el Punto de Acopio Municipal tiene por objeto establecer un control de los mismos a fin de evitar el abandono individual e incontrolado de los residuos que provoquen la degradación del medio ambiente, de los recursos del subsuelo y del entorno que nos rodea.
Artículo 2.- Hecho imponible.
2.1.- Constituye el hecho imponible de la tasa fiscal por vertido de RCDs:
a) La actividad municipal, técnica y administrativa, tendente a gestionar el vertido de residuos de construcción y demolición procedentes de obras menores en el Punto de Acopio Municipal.
b) El vertido de tales residuos así como la documentación administrativa a presentar se encuentra regulada en la Ordenanza Municipal de RCDs.
c) Según el art. 2.d) del R.D. 105/2008, de 1 de febrero, se considera obra menor aquélla que se realiza en un domicilio particular, comercio, oficina o inmueble del sector servicios, de sencilla ejecución técnica y escasa entidad constructiva y económica, que no suponga alteración del volumen, del uso, de las instalaciones de uso común o del número de viviendas y locales, y que no precisa de proyecto firmado por profesionales titulados.
De forma general, se consideran como obras menores de construcción y demolición aquéllas que están sujetas al trámite de COMUNICACIÓN PREVIA, conforme al artículo 172 de la LSOTEX.
Artículo 3.- Sujeto pasivo.
3.1.- Son sujetos pasivos contribuyentes las personas físicas o jurídicas o las entidades a que se refiere el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales que sean productores de escombros y residuos procedentes de cualquier obra menor, en cualquier finca, urbana o rústica, dentro del término municipal.
3.2.- Tendrá la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente el poseedor del residuo de construcción y demolición, quien podrá repercutir, en su caso, las cuantías satisfechas sobre los productores de escombros, bene- ficiarios del servicio.
Artículo 4.- Cuota tributaria.
La cuantía de la tasa será la fijada en la tarifa siguiente:
RCDs CATEGORÍA II SUCIO: 19,83 € por cada acceso y entrega de hasta 1.000 kg.
Artículo 5.- Exenciones y bonificaciones.
Están exentas del pago de esta tasa todas aquellas obras que sean promovidas por el Ayuntamiento.
Artículo 6.- Devengo.
Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir desde el momento en que el productor de residuos presenta en el Ayuntamiento la solicitud de licencia/comunicación previa, en la forma determinada en la Ordenanza Reguladora de RCDs.
Artículo 7.- Liquidación y pago.
Una vez concedida la licencia, se practicará liquidación, que será notificada, para su pago mediante transferencia o abono directo en cuentas abiertas al efecto, en Entidad o Entidades Bancarias de colaboración.
Disposiciones Finales.
PRIMERA.- Esta tasa quedará modificada en cada ejercicio aplicando el porcentaje de variación que se produzca en el correspondiente Índice de Precios al Consumo (I.P.C.) anual.
SEGUNDA.- La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación hasta su modificación o derogación expresas.
Xxxxx, 23 xx xxxxx de 2014.- El Alcalde-Presidente, Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx.
3612
ESCURIAL
EDICTO
Transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones contra la aprobación inicial del Presupuesto para el ejercicio de 2014, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público resumido por capítulos:
CAPITULO CONCEPTO EUROS
ESTADO DE GASTOS
A) OPERACIONES CORRIENTES:
1.- Gastos de personal. 194.100’40
2.- Gastos en bienes corrientes y servicios. 274.887’83
3.- Gastos financieros. 3.400’00
4.- Transferencias corrientes. 79.305’65
B) OPERACIONES DE CAPITAL:
6.- Inversiones reales. 28.200’00
7.- Transferencias de capital. 12.000’00
TOTAL PRESUPUESTO PREVENTIVO DE GASTOS. 591.393’88 €
ESTADO DE INGRESOS
A) OPERACIONES CORRIENTES:
1.- Impuestos directos. 148.189’09
2.- Impuestos indirectos. 12.830’44
3.- Xxxxx y otros ingresos. 148.745’75
4.- Transferencias corrientes 212.813’89
5.- Ingresos Patrimoniales 68.814’71
B) OPERACIONES DE CAPITAL:
6.- Enajenación de inversiones reales ....................................... 0’00
7.- Transferencias de capital .................................................. 0’00
8.- Activos financieros ................................................................ 0’00
9.- Pasivos financieros ................................................................. 0’00
TOTAL PRESUPUESTO PREVENTIVO DE INGRESOS 591.393’88 €
IMPORTAN LOS GASTOS POR TODOS LOS CONCEPTOS 591.393’88 €
IMPORTAN LOS INGRESOS POR TODOS LOS CONCEPTOS 591.393’88 €
RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO Y PLANTILLA DE PERSONAL PARA 2014: A) RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO RESERVADOS A FUNCIONARIOS XX XXXXXXX:
1.- CON HABILITACION DE CARACTER ESTATAL:
1.1.- Secretaría-Intervención.- Grupo Ley 7/2007: A-1, A-2.- Nivel de Complemento de Destino: 26.- Nº de plazas:
UNA.- En Propiedad: X. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
2.- ESCALA DE ADMINISTRACION GENERAL:
2.1.- SUBESCALA ADMINISTRATIVA:
2.1.1.- Administrativo de Admón. General.- Grupo Ley 7/2007: C-1.- Nivel de Complemento de Destino: 22.- Nº de plazas: UNA.- En Propiedad: D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
2.2.- SUBESCALA AUXILIAR:
2.2.1.- Auxiliar Administrativo.- Grupo Ley 7/2007: C-2.- Nivel de Complemento de Destino: 14.- Nº de plazas:
UNA.- VACANTE.
2.3.- SUBESCALA SUBALTERNA:
2.3.1.- Alguacil Municipal-Servicios Múltiples.- Grupo Ley 7/2007: E.- Nivel de Complemento de Destino: 12.- Nº de Plazas: DOS.- En propiedad: X. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx y Xx Xx Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
.
B) ALTOS CARGOS:
- Concejal delegado obras y servicios: X. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.- Dedicación parcial.- Retribución bruta (14 pagas):
14.401’24 euros.
C) PUESTOS DE TRABAJO SUJETOS A LEGISLACION LABORAL:
- Auxiliar Centro Educación Infantil.- Nº de Plazas: UNA.- Contrato de duración determinada en jornada parcial.
- Socorristas Piscina Municipal.- Nº de Plazas: DOS.- Contrato de duración determinada y a jornada completa.
- Cuidadora Centro de Día.- Nº de Plazas: UNA.- Contrato de duración determinada y a jornada parcial.
En Escurial (Xxxxxxx) a 26 xx xxxxx de 2014.- EL ALCALDE, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx.
3622
GUADALUPE
AVISO
Conforme a lo dispuesto por la “Cláusula quinta. Publicidad” de los pliegos de cláusulas administrativas del proceso abierto en régimen de concurrencia de “Dos Licencias de Autotaxi”, para el municipio de Guadalupe – Xxxxxxx y una vez, terminado el plazo de presentación de solicitudes, se publica lista de las personas que han presentado oferta, al objeto de que los interesados y las Asociaciones profesionales de empresarios y trabajadores puedan alegar lo que estimen oportuno en defensa de sus derechos en el plazo de quince días (artículo 10 del Real Decreto 763/1979, de 16 xx xxxxx).
- XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX
- XXXX XXXX XXXXXXX XXXX
Guadalupe, 25 xx xxxxx de 2014.- EL ALCALDE., XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX.
3625
GUIJO DE SANTA XXXXXXX
ANUNCIO
DE APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO GENERAL DE GUIJO DE SANTA XXXXXXX PARA 2.014 Y PLANTILLA DE PERSONAL
En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 169.3 del Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales, se comunica que el Presupues- to General de la Entidad para 2.014, así como su plantilla de personal, aprobados inicialmente en sesión de Pleno ordinario de fecha de 4 xx xxxxx de 2.014, y publicados en el B.O.P. xx Xxxxxxx nº 82, de 30 xx xxxxx, han quedado definitivamente aprobados.
El resumen por capítulos del Presupuesto General de Guijo de Santa Xxxxxxx de 2.014 queda, pues, como sigue:
ESTADO DE GASTOS
ESTADO DE iNGRESOS
I | Impuestos directos | 112109,46 | I | Gastos de personal | 166100 |
II | Impuestos indirectos | 7000 | II | Gastos corrientes de bienes y servicios | 148774,86 |
III | Tasas, precios públicos y otros ingresos | 85664 | III | Gastos financieros | 7600 |
IV | Transferencias corrientes | 192534,32 | IV | Transferencias corrientes | 25082,92 |
V | Ingresos patrimoniales | 14151 | V | - | - |
VI | Enajenación de inversiones reales | - | VI | Inversiones reales | 56002 |
VII | Transferencias de capital | 2101 | VII | Transferencias de capital | - |
VIII | Activos financieros | - | VIII | Activos financieros | - |
IX | Pasivos financieros | - | IX | Pasivos financieros | 10000 |
413.559,78 413.559,78
Asimismo, la plantilla del personal queda como sigue;
Personal Funcionario
Nº Plazas | PUESTO | GRUPO | NIVEL | SITUACIÓN |
1 | Secretaría-Intervención | A1 | 26 | Interino |
1 | Administrativo | C1 | 15 | Propiedad |
1 | Auxiliar Administrativo | C2 | 14 | Propiedad |
1 | Operario Servicios Varios | E | 11 | Propiedad |
Personal Laboral
Nº Plazas | PUESTO |
1 | Animador Socio-Cultural |
2 | Peones |
1 | Pinche de Cocina |
En Guijo de Santa Xxxxxxx a 24 xx xxxxx de 2014.- El Secretario-Interventor, Xxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx.
3626
MONTEHERMOSO
ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA EXPDTE. 04/2014
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 30 xx xxxx de 2014, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 04/2014, en la modalidad de cré- dito extraordinario, financiado con bajas de crédito en otras aplicaciones del presupuesto, que se hace público con el siguiente contenido:
1.º- Altas en aplicaciones de gasto:
Capítulo | Euros |
II | 5.682,51 |
IV | 1.851,27 |
VI | 4.219,10 |
TOTAL | 11.752,88 |
2.º- Bajas en aplicaciones de gasto:
Capítulo | Euros |
3 | 11.752,88 |
TOTAL | 11.752,88 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo establecido en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Montehermoso a 30 xx xxxxx de 2014.- EL XXXXXXX, Xxxxxx X. Xxxxxxxx Xxxxxx.
3680
MONTEHERMOSO
ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA EXPDTE. 07/2014
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 30 xx xxxx de 2014, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 07/2014, en la modalidad de cré- dito extraordinario, financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, que se hace público con el siguiente contenido:
1.º- Posibilitar la imputación a presupuesto de obligaciones a 31 de diciembre del ejercicio anterior en la cuenta “Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto” y equivalentes (pagos pendientes de aplicación).
El resumen por capítulos según lo establecido en el apartado anterior, es el que sigue:
Capítulo | Euros |
I | 319.841,63 |
II | 414.782,25 |
IV | 92.060,75 |
VI | 563.499,07 |
VII | 41.432,67 |
TOTAL | 1.431.616,37 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo establecido en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Montehermoso a 30 xx xxxxx de 2014.- EL XXXXXXX, Xxxxxx X. Xxxxxxxx Xxxxxx.
3681
PLASENCIA
ANUNCIO
Advertido error en edicto sobre aprobación definitiva y publicación íntegra de la ORDENANZA DE MOVILIDAD DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXX, publicado en el B.O.P. Cáceres n.º 117, de fecha 19 xx xxxxx de 2014, y de acuerdo con lo dispuesto por el art. 105.2 de la ley 30/92, se procede a rectificar los siguientes párrafos:
1º.- En la página 46 del edicto, en la Disposición Adicional Segunda, in fine, en lugar de decir: “Las infracciones GRAVES, serán sancionadas con el importe de 500 euros”, debe decir: “Las infracciones MUY GRAVES, serán san- cionadas con el importe de 500 euros”.
2º.- En la página 67 del edicto, en lugar de decir:
“Contra la presente Resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Ayuntamiento Pleno en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx, o interponer recurso contencioso administrativo contra la misma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la provincia xx Xxxxxxx.
No obstante podrá ejercitar en su caso cualquier otro recurso que estime oportuno.” Debe decir:
“Contra la presente Resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso admi- nistrativo contra la misma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la provincia xx Xxxxxxx.
No obstante podrá ejercitar en su caso cualquier otro recurso que estime oportuno.”
Plasencia a 26 xx xxxxx de 2014.- EL ALCALDE, (ilegible).
3634
XXXXXXXXX
XXXXXX
Aprobado por esta Alcaldía los Padrones Municipales que a continuación se relacionan, se exponen al público por término de QUINCE DÍAS, en las dependencias de la Administración xx Xxxxxx y Exacciones, para la notificación colectiva de las liquidaciones incluidas en los mismos.
MES XX XXXXX DE 2.014
TASAS POR EL SERVICIO DE XXXXXXX XX XXXXXXX TASAS POR AYUDA A DOMICILIO Y TELEASISTENCIA TASAS POR SERVICIO DE GUARDERÍA
Los interesados podrán interponer en el plazo de UN MES, contado a partir de la fecha de publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, de conformidad con el art. 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx Xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Plasencia, 26 xx Xxxxx de 2.014.- El Alcalde (ilegible).
3639
EL TORNO
EDICTO
El pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 25/06/2014, acordó la aprobación provisional de la modificación de las tarifas de la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE SER- VICIOS DE RESIDENCIA MUNICIPAL DE PERSONAS MAYORES Y CENTRO DE DÍA “VIRGEN DE LA PIEDAD”.
Y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a infor- mación pública por el plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En El Torno, a 26 xx xxxxx de 2014.- El Alcalde, Xxxxxx Xxxxx Xxxxx.
3640
TRUJILLO
ANUNCIO
Por medio del presente anuncio, se convoca procedimiento para el arrendamiento del BAR DEL HOGAR DEL PENSIONISTA DE HUERTAS DE ANIMAS, propiedad de este Ayuntamiento, atendiendo a la oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, conforme a los siguientes datos:
1. Entidad adjudicadora: Ayuntamiento xx Xxxxxxxx
2. Objeto del contrato: Arrendamiento del Bar del Hogar del Pensionista, propiedad de este Ayuntamiento.
3. Duración del contrato: Dos años
4. Tramitación y procedimiento
a) Tramitación: ORDINARIA
b) Procedimiento: Abierto, oferta económica más ventajosa, único criterio de adjudicación.
5. Presupuesto base de licitación: 150 euros mensuales, mejorables al alza.
6. Obtención de documentación e información:
Entidad: Ayuntamiento xx Xxxxxxxx Domicilio: Xxxxx Xxxx xx Xxxxxxx 8 Localidad y código postal: Xxxxxxxx 00000 Teléfono: 000000000
Telefax: 927659084
Fecha límite de obtención de documentos e información: 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx.
7. Presentación de las ofertas.
a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales, contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx.
b) Documentación a presentar: la establecida en el Pliego de cláusulas administrativas particulares.
c) Lugar de presentación: en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx y por cualquiera de los procedimientos legalmente esta- blecidos.
8. Apertura de las ofertas:
En el Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, xx 0.x día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las ofertas, a las 10.00 horas, salvo que coincidiera en sábado o inhábil, en cuyo caso se realzará el primer días hábil siguiente.
9. Modelo de oferta:
Conforme figura en el Pliego de condiciones.
10. Garantía definitiva: 5%
Trujillo a 26 xx xxxxx de 2014.- EL ALCALDE, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx.
3632
VALDEHÚNCAR
ANUNCIO
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Valdehúncar, en sesión extraordinaria celebrada el día 26 xx xxxxx de 2014, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos 04/2014, en la modalidad de crédito extraordi- nario financiado mediante baja de crédito de otra aplicación, con el siguiente resumen por capítulos:
APLICACIÓN | D E N O M I N A C I O N | IMPORTE |
230.131.00 | SERV. AYUDA A DOMICILIO VERANO 2014 | 850,00 |
230.160.03 | SEGURIDAD SOCIAL SERV. AYUDA A DOMICILIO VERANO 2014 | 200,00 |
TOTALES | 1.050,00 |
Tal y como se establece en el artículo 36 del R.D. 500/1990, de 20 xx xxxxx, la financiación de este Crédito Extraor- dinario se hará con cargo a la baja de crédito en la aplicación presupuestaria que se indica, la cual no se encuentra comprometida y se estima reducible:
APLICACIÓN | D E N O M I N A C I O N | BAJA POR ANULACIÓN |
912.100 | RETRIBUCIONES ALCALDE | 1.050,00 |
TOTALES | 1.050,00 |
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx, para que los interesados pueden examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente, sin necesidad de ulterior acuerdo expreso.
En Valdehúncar, a 26 xx xxxxx de 2014. El Alcalde, Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx.
3630
ZORITA
EDICTO
Por el Pleno de esta Corporación en Sesión Ordinaria celebrada el día 24 xx Xxxxx de 2.014, fue aprobado el Pa- drón del Agua, Basura, Alcantarillado y Canon del Gobierno de Extremadura del 1º Cuatrimestre de 2014. Se expone al público por quince días a efectos de que los interesados puedan formular cuantas alegaciones o reclamaciones estimen oportunas, considerándose definitivamente aprobado en caso de no producirse ninguna.
Zorita, 26 xx Xxxxx de 2.014.- El Xxxxxxx, Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
3624
GOBIERNO DE EXTREMADURA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLO RURAL, MEDIO AMBINETE Y ENERGÍA SERVICIO DE ORDENACIÓN INDUSTRIAL XX XXXXXXX
ANUNCIO
EL SERVICIO DE ORDENACIÓN INDUSTRIAL XX XXXXXXX de la DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y ENERGÍA de la CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA, hace
saber: Que ha sido otorgado con fecha 13 xx xxxx de 2014, a favor de MINAS DE ESTAÑO DE EXTREMADURA, S.L., con CIF: X00000000, y con domicilio en XX. XXXXXXX XXXXXXXX, 0, XXXX. XXXXXXX, XXXXXXX 00 xx XXXXXXX, el
Permiso de Investigación que a continuación se relaciona, con expresión de número, nombre, recursos, cuadrículas mineras y términos municipales:
Nº 10299-00, “XXXXXXX XXXXX”, XXXXXXXX XX XXXXXXX X), 000 CUADRÍCULAS MINERAS, XXXXXXX DE ACIM, PORTAJE, PORTEZUELO y TORREJONCILLO, DE LA PROVINCIA XX XXXXXXX.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 101.5 del Reglamento General para el Ré- gimen de la Minería de 25 xx xxxxxx de 1978.
En Cáceres a 20 xx xxxxx de 2014.- El Jefe del Servicio de Ordenación, Industrial xx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
3618
GOBIERNO DE EXTREMADURA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA SERVICIO DE ORDENACIÓN INDUSTRIAL XX XXXXXXX
ANUNCIO
Acuerdo del Servicio de Ordenación Industrial xx Xxxxxxx, de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, por el que se somete a información pública la petición de autorización administrativa, la decla- ración de utilidad pública en concreto y la necesidad de urgente ocupación que ello implica de la instalación eléctrica que se cita.
A los efectos prevenidos en la Xxx 00/0000, xx 00 xx Xxxxxxxxx, xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de información pública la petición de autorización administrativa y declaración en concreto de la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación que ello implica de la instalación que a continuación se detalla:
PETICIONARIO:
IBERDROLA DIST. ELECTR., S.A., con domicilio en: X/. XXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, 0, XXXXXXX LÍNEA ELÉCTRICA:
Origen: Aérea: Nuevo apoyo (A1) a instalar entre apoyos 2003 y 2004 (Línea pueblos).
Subterránea: Apoyo (A3) entronque aéreo-subterráneo.
Final: Aérea: Apoyo (A3) entronque aéreo-subterráneo.
Subterránea: CT prefabricado, en la celda de línea a instalar.
Términos municipales afectados: Riolobos Tipo de línea: aérea y subterránea Tension de servicio en KV: 13,2
AISLADORES: Materiales: composite
Tipo: cadenas X 00, X 00
Xxxxxxxx xxxxx xxxxx en Kms: 0,29 Longitud línea subterránea en kms: 0,02
Longitud total en kms: 0,31
Emplazamiento de la línea: PARCELAS PRIVADAS Y C/ XXXXXXX X XXXXX. ESTACION TRANSFORMADORA:
TIPO: PREFABRICADO CUBIERTO NÚM-TRANSFORMADORES: 1
POTENCIA PARCIAL: 630 POTENCIA TOTAL en kvas: 630
EMPLAZAMIENTO: C/ XXXXXXX X XXXXX. TÉRMINO MUNICIPAL: RIOLOBOS
FINALIDAD: Mejora del suministro de electricidad x Xxxxxxxx con la instalación de nuevo CT de 630 kvas. prefabri- cado, y nueva Laat para la alimentación del mismo. Eliminación de caídas de tensión en la zona.
Referencia del expediente: 10/AT: 8815
La declaración en concreto de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el art. 56, de la Ley 24/2013, de 26 de Diciembre, del Sector Eléctrico, llevará implícito en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a efectos del art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Asimismo, se publica la relación concreta e individualizada de los interesados y bienes afectados en base a la documentación aportada por el titular de la instalación.
Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en este Servicio de Orde- nación Industrial sito en Edificio Múltiple, 3ra.planta en Cáceres, y formularse al mismo tiempo las reclamaciones, por duplicado, que estimen oportunas, en el plazo de VEINTE DÍAS, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.
Igualmente, los afectados dentro del mismo plazo, podrán aportar los datos oportunos, a los solos efectos de recti- ficar posibles errores, de acuerdo con el art. 17 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, así como formular las alegaciones procedentes por razón de lo dispuesto en el art. 161 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Cáceres, 26 xx xxxx de 2014.- El Jefe de Servicio de Ordenación Industrial xx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
X.X. XX XXXXXXX
RELACIÓN DE PROPIETARIOS, BIENES Y DERECHOS AFECTADOS. AT-8815
FINCA | AFECCIÓN | OCUPACIÓN TEMPORAL | |||||||||
Nº | Políg. | Parc. | Paraje | TM | Tipo de terreno | Nombre y Apellidos | Apoyos | Vuelo | |||
Cantidad | m2 | m | m2 | m2 | |||||||
1 | 3 | 0000 | Xxxxxx xx xx Xxxxxx xxx Xxxx | Xxxxxxxx | Agrario | Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx | 1 (A1) | 2,5 | 56,29 | 337,74 | 281,45 |
2 | 3 | 5184 | Camino de la Fuente del Sapo | Riolobos | Agrario | Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx | 19,17 | 115,02 | 95,85 | ||
3 | 3 | 5172 | Camino de la Fuente del Sapo | Riolobos | Agrario | Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx | 1 (A2) | 1,5 | 57,70 | 346,20 | 288,50 |
4 | 3 | 5526 | Las Caleras | Riolobos | Agrario | Herederos Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | 6,70 | 40,20 | 33,50 | ||
5 | 3 | 5232 | Las Caleras | Riolobos | Agrario | Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx | 40,38 | 242,28 | 201,90 | ||
6 | 3 | 5233 | Las Caleras | Riolobos | Agrario | Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx | 24,17 | 145,02 | 120,85 | ||
7 | 7 | 5168 | Huertos de Xxx Xxxxxx | Xxxxxxxx | Agrario | Herederos Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx | 6,10 | 36,60 | 30,50 | ||
8 | 7 | 5166 | Huertos de Xxx Xxxxxx | Xxxxxxxx | Agrario | Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | 12,07 | 72,42 | 60,35 | ||
9 | 7 | 5169 | Huertos de Xxx Xxxxxx | Xxxxxxxx | Agrario | Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx | 41,79 | 250,74 | 208,95 |
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3098
GOBIERNO DE EXTREMADURA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA SERVICIO DE ORDENACIÓN INDUSTRIAL XX XXXXXXX
ANUNCIO
Acuerdo del Servicio de Ordenación Industrial xx Xxxxxxx, de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, por el que se somete a información pública la petición de autorización administrativa, la decla- ración de utilidad pública en concreto y la necesidad de urgente ocupación que ello implica de la instalación eléctrica que se cita.
A los efectos prevenidos en la Xxx 00/0000, xx 00 xx Xxxxxxxxx, xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de información pública la petición de autorización administrativa y declaración en concreto de la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación que ello implica de la instalación que a continuación se detalla:
PETICIONARIO: IBERDROLA DIST. ELECTR., S.A., con domicilio en: X/ XXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, 0, XXXXXXX
LÍNEA ELÉCTRICA:
Origen: APOYO Nº 5101 EXISTENTE. Final: APOYO Nº 5082 EXISTENTE.
Términos municipales afectados: HUÉLAGA Y CALZADILLA Tipo de línea: aérea
Tensóon de servicio en KV: 20
AISLADORES: Materiales: COMPOSITE Tipo: CADENA
Longitud línea aérea en Kms: 0,39 + 4,11 Longitud total en Kms: 4,5
Emplazamiento de la línea: PARCELAS PRIVADAS DENTRO DE LOS XX.XX. DE HUÉLAGA Y CALZADILLA. FINALIDAD: AUMENTO DE POTENCIA, CAMBIO DE TENSION DE 13,2 kV A 20 kV Y MEJORA DE
LA CALIDAD DEL SUMINISTRO.
Referencia del expediente: 10/AT 2399-2
La declaración en concreto de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el art. 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, llevará implícito en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a efectos del art.52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Asimismo, se publica la relación concreta e individualizada de los interesados y bienes afectados en base a la documentación aportada por el titular de la instalación.
Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en este Servicio de Orde- nación Industrial sito en Edificio Múltiple, 3ra. planta en Cáceres y formularse al mismo tiempo las reclamaciones, por duplicado, que estimen oportunas, en el plazo de VEINTE DÍAS, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.
Igualmente, los afectados dentro del mismo plazo, podrán aportar los datos oportunos, a los solos efectos de recti- ficar posibles errores, de acuerdo con el art. 17 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, así como formular las alegaciones procedentes por razón de lo dispuesto en el art. 161 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Cáceres, 23 xx xxxx de 2014.- El Jefe de Servicio de Ordenación Industrial xx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
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X.X. XX XXXXXXX
RELACIÓN DE PROPIETARIOS, BIENES Y DERECHOS
FINCA | AFECCIÓN | |||||||||
Nº | POLIG. | PARC. | PARAJE | T.M | TIPO TERRENO | NOMBRE Y APELLIDOS | APOYOS | VUELO | ||
CANTIDAD | m2 | m | m2 | |||||||
1 | 1 | 39 | Malhinca | Calzadilla | Agrario | XXXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX | 2 (A4 y A3) | 4,50 | 150,74 | 904,44 |
2 | 1 | 38 | Camino xx Xxxxx | Calzadilla | Agrario | Xx XXXXXX XXXX XXXXXX | 1 (A5) | 2,25 | 196,79 | 1180,74 |
3 | 1 | 37 | Camino xx Xxxxx | Xxxxxxxxxx | Xxxxxxx | XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | 0 (X0) | 2,25 | 100,93 | 605,58 |
4 | 2 | 4 | Camino xx Xxxxx | Xxxxxxxxxx | Xxxxxxx | XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | 0 (X0) | 2,25 | 101,72 | 610,32 |
5 | 2 | 6 | Camino xx Xxxxx | Calzadilla | Agrario | Xx XXXXXXXXXX XXXXXX PARIENTE | 1 (A8) | 2,25 | 88,37 | 530,22 |
6 7 | 2 2 | 10 67 | Camino xx Xxxxx Camino xx Xxxxx | Calzadilla Calzadilla | Agrario Agrario | XXXXX XXXXXXX XXXXXXX | 2 (A10 y A9) | 4,50 | 331,59 90,66 | 1989,54 543,96 |
XXXXXXXX XXXXXX CANSADO | ||||||||||
XXXXXXXXXX XXXXXXX XXX | ||||||||||
8 | 2 | 18 | Camino xx Xxxxx | Xxxxxxxxxx | Xxxxxxx | XXXXXXXXXX XXXXXXX XXX | 0 (X00 x X00) | 4,50 | 229,40 | 1376,40 |
9 | 2 | 19 | Camino xx Xxxxx | Xxxxxxxxxx | Xxxxxxx | XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX | 0 (X00 x X00) | 187,42 | 1124,52 | |
10 11 | 2 2 | 21 29 | Camino xx Xxxxx Camino xx Xxxxx | Calzadilla Calzadilla | Agrario Agrario | XXXXXXXXX XXXXX XXXXX | 2 (A15 y A14) | 4,50 | 102,92 287,39 | 617,52 1724,34 |
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX | ||||||||||
XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | ||||||||||
12 | 2 | 28 | Camino xx Xxxxx | Calzadilla | Agrario | XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | 10,52 | 63,12 | ||
13 | 2 | 32 | Camino xx Xxxxx | Xxxxxxxxxx | Xxxxxxx | XXXXX XXXXX XXXXXX | 0 (X00 x X00) | 4,50 | 328,45 | 1970,70 |
14 | 2 | 34 | Camino xx Xxxxx | Calzadilla | Agrario | XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | 1 (A18) | 2,25 | 152,95 | 917,70 |
15 | 2 | 33 | Camino xx Xxxxx | Calzadilla | Agrario | XXXX XXXXXXX XXXXX | 24,96 | 149,76 | ||
16 | 2 | 37 | Camino xx Xxxxx | Calzadilla | Agrario | XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX | 27,95 | 167,70 | ||
17 18 | 2 2 | 36 38 | Camino xx Xxxxx Moheda | Calzadilla Calzadilla | Agrario Agrario | XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX | 2 (A20 y A19) 1 (A21) | 4,50 2,25 | 215,48 258,79 | 1292,88 1552,74 |
XXXX XXXXXX XXXXXXX | ||||||||||
Xx XXXXX XXXXX XXXXXXXXX |
FINCA | AFECCIÓN | |||||||||
Nº | POLIG. | PARC. | PARAJE | T.M | TIPO TERRENO | NOMBRE Y APELLIDOS | APOYOS | VUELO | ||
CANTIDAD | m2 | m | m2 | |||||||
19 | 2 | 54 | Moheda | Xxxxxxxxxx | Xxxxxxx | XXXX XXXXXXX XXXXXX | 0 (X00) | 2,25 | 48,17 | 289,02 |
20 | 2 | 177 | Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx | Huélaga | Agrario | XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX | 1 (A23) | 2,25 | 234,11 | 1404,66 |
21 | 2 | 173 | Xxxxxxxxx | Huélaga | Agrario | XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | 2(A25 y A24) | 4,50 | 290,54 | 1743,24 |
22 | 2 | 182 | Xxxxxxxxx | Huélaga | Agrario | XXXXX XXXXX XXXXXXX | 3(A28,A27y A26) | 6,75 | 503,76 | 3022,56 |
23 | 2 | 159 | Carrascal | Huélaga | Xxxxxxx | XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | 0(X00) | 2,25 | 140,97 | 845,82 |
24 | 2 | 85 | Casara | Huélaga | Agrario | XXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX | 101,20 | 607,20 |
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X.X. XX XXXXXXX
3170
MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
ANUNCIO DE CITACIÓN PARA NOTIFICACIÓN POR COMPARECENCIA
En cumplimiento del arto 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre), y habiéndose realizado, al menos, los intentos de notificación exigidos por el citado artículo, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, se cita a los siguientes interesados o sus representantes, para que en el plazo de quince días na- turales, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio, comparezcan en la Delegación de Economía Hacienda xx Xxxxxxx, Plaza de Xxxxxx Xxxxxx, N.º 3.
DNI | Contribuyente | Importe € | Concepto |
X2726401G | XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX | 301,00 | NOTIFICACIÓN FRACCIONAMIENTO MULTAS Y SANCIONES NO TRIBUTARIAS. EXPEDIENTE DS61001E0000110A2014 |
En caso de no comparecer en el plazo y lugar señalados, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del mismo.
Cáceres, 20 xx xxxxx de 2014.- La Delegada del Economía y Hacienda, M.ª Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx.
3631
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
CONFEDERACIÓN HIDROGRAFÍA DEL TAJO
EXPROPIACIONES EXPEDIENTES: EX06/03-00
ANUNCIO
El día 30 de julio de 2014, se procederá por parte de la Confederación Hidrografía del Tajo sita en la Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, x.x 00 xx Xxxxxx al pago, mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por los interesados, del justiprecio fijado por mutuo acuerdo, a los titulares de bienes y derechos afectados por el EXPEDIENTE DE EXPRO- PIACiÓN FORZOSA POR El PROCEDIMIENTO DE URGENCIA CON MOTIVO DE LAS OBRAS DEL XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX X XX XXXXX XXXXXXXXX XX XXXXX XXXXXXXX. EXP. D6DTDD66/NO siguientes:
X.X. | XXX | XXXX | XXXXXXX |
XXXXXXXXXX XX XX XXXX | 00 | 73 | XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX y XXXXXX XXXXxXXXX XXXX |
Aquellas cantidades cuyo pago no pueda hacerse efectivo por transferencia bancaria serán consignadas en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados. Una vez que éstos subsanen la circunstancia que motivó dicha consignación, esta Confederación Hidrografía procederá a realizar los trámites oportunos para hacer efectivo el pago de las mismas.
Lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 49 del Reglamento de Expropiación Forzosa que desarrolla la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
Madrid a 12 xx xxxxx de 2014.- EL SECRETARIO GENERAL, XXXX XXXXXX MEDIDA XXXXX
.3637
JUZGADO DE SOCIAL - 1
CÁCERES
E D I C T O
D/Xx XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, Secretario/a Judicial del Servicio Común de Ordenación del Procedimiento Social nº 001 xx XXXXXXX, HAGO SABER:
Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000226 /2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Xx XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX contra la empresa GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y URBANISMO SL, XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
SECRETARIO/A JUDICIAL SR/SRA D.ª. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
En XXXXXXX, a veintitrés xx Xxxxx de dos mil catorce.
Tras las actuaciones practicadas por este Juzgado, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 56 y 57 de la LJS y 162 de la LEC, subsidiariamente aplicable en esta Jurisdicción, ha resultado imposible la localización de GE- NERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y URBANISMO SL, con último domicilio conocido en Xxxx. Xxxxxx xx Xxxxxxxxx xx 00, 0x X xx Xxxxxxx y notificación de las resoluciones dictadas, a la misma parte en este proceso, encontrándose en ignorado paradero. Por todo, y en cumplimiento de lo que previene el artículo 59 de la LJS, y en concordancia con la doctrina del Tribunal Constitucional dictada al efecto,
Acuerdo:
- DEJAR SIN EFECTO el señalamiento efectuado para el día 27/6/2014.
- Señalar nuevamente para que tenga lugar el acto de conciliación, el próximo día 3/10/2014, a las 9,05 y, en su caso, el acto del juicio el mismo día, a las 9,10 horas. Quedando citada la parte actora con la notificación de la presente resolución, reiterándose los apercibimientos y demás manifestaciones contenidos en la anterior convocato- ria y líbrese exhorto al Juzgado Xxxxxx xx Xxxxxxxxx (Xxxxxxx) para citación del demandado XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX.
- Citar a GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y URBANISMO SL, por medio de Edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones que se le dirijan se harán fijando copia de la resolución en el Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial, salvo la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
- Citar al Fondo de Garantía Salarial con traslado de la demanda, a fin de que éste pueda asumir sus obligaciones legales, en defensa de los intereses públicos que gestiona y para ejercitar las acciones o recursos oportunos, al amparo de lo que dispone el artículo 23 de la LJS.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
CÉDULA DE CITACIÓN
TRIBUNAL QUE ORDENA CITAR
JDO. DE LO SOCIAL N.º 1.
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000226 /2014.
PERSONA A LA QUE SE CITA
XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX, como parte/s demandada/s.
OBJETO DE LA CITACIÓN
Asistir en esa condición al/los acto/s de conciliación, y en su caso, juicio, concurriendo a tales actos con las pruebas de que intente valerse y también, si la parte contraria lo pide, y el/la Tribunal lo admite, contestar a las preguntas que se le formulen en la práctica de la prueba de interrogatorio.
LUGAR, DÍA Y HORA EN LA QUE DEBE COMPARECER
- Citar a las partes para que comparezcan el día 3/10/2014 a las 09:05 horas en XX XXXXXXXXXX, XXX XXX XXX XXX-Xxxx 000, para la celebración del acto de conciliación ante el/la Secretario/a judicial, PLANTA SEGUNDA y, una vez intentada, y en caso de no alcanzarse la avenencia, el día 3/10/2014 a las 09:10 horas en XX XXXXXXXXXX, XXX XXX XXX XXX-Xxxx 000, para la celebración del acto de juicio ante el/la magistrado/a, Sala de Audiencia de este Juzgado, Planta Baja.
PREVENCIONES LEGALES
1º.- La incomparecencia del demandado, debidamente citado, no impedirá la celebración de los actos de conciliación, y en su caso, juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía (art. 83.3 LJS).
2º.- Se le hace saber que la parte demandante ha indicado que acudirá al acto del juicio con abogado para su defensa y/o representación, lo que se le comunica a los efectos oportunos.
3º.- Debe asistir al juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (art.82.3 LJS), y, en el caso de que se admita la prueba de interrogatorio, solicitada por la otra parte, deberá comparecer y contestar al interrogatorio o, en caso contrario, podrán considerase reconocidos como ciertos en la sentencia, los hechos a que se refieren las preguntas, siempre que el interrogado hubiere intervenido en ellos personalmente y su fijación como ciertos le resulte perjudicial en todo o en parte.
Conforme dispone el artículo 91.3 de la LJS, el interrogatorio de las personas jurídicas se practicará con quienes legalmente las representen y tengan facultades para responder a tal interrogatorio.
Si el representante en juicio no hubiera intervenido en los hechos deberá aportar a juicio a la persona conocedora directa de los mismos. Con tal fin, la parte interesada podrá proponer la persona que deba someterse al interrogatorio justificando debidamente la necesidad de tal interrogatorio personal.
Podrán asimismo solicitar, al menos con DIEZ DÍAS de antelación a la fecha del juicio, aquellas pruebas que, ha- biendo de practicarse en el mismo, requieran diligencias de citación o requerimiento (art. 90.3 LJS).
4º.- Se le advierte que la parte actora ha solicitado como pruebas:
5º.- Debe comunicar a esta Oficina Judicial un domicilio para la práctica de actos de comunicación y cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso, con los apercibimientos del art. 53.2 LJS (art.
155.5 párrafo 1º de la LEC) haciéndole saber que, en aplicación de tal mandato, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación.
El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados, asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.
6º.- También deberá comunicar, y antes de su celebración, la existencia de alguna causa legal que justificara la suspensión de los actos de conciliación y/o de juicio a los que se le convoca (art. 183 LEC).
7º.- Las partes podrán formalizar conciliación en evitación del proceso por medio de comparecencia ante la oficina judicial, sin esperar a la fecha de señalamiento, así como someter la cuestión a los procedimientos de mediación que pudieran estar constituidos de acuerdo con lo dispuesto en el art. 63 de esta ley, sin que ello suponga la suspensión salvo que de común acuerdo lo soliciten ambas partes, justificando la sumisión a la mediación y por el tiempo máximo establecido en el procedimiento correspondiente que no podrá exceder de quince días.
En CACERES, a veintitrés xx Xxxxx de dos mil catorce.- EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
Y para que sirva de citación y notificación en legal forma a GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y URBANISMO SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En CACERES, a veintitrés xx Xxxxx de dos mil catorce.- EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.
3619
JUZGADO DE LO SOCIAL - 3 XXXXXXXXX
XXXXXX
Xx. Xx. XXXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 xx XXXXXXXXX, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 89 /2014 -1 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX Y XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX contra la empresa EXCAVACIONES Y DESMONTES PLACENTINOS S.A.L., sobre ORDINARIO, se han dictado las siguientes resoluciones, cuya parte dispositiva se adjunta:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
a) Declarar al ejecutado EXCAVACIONES Y DESMONTES PLACENTINOS SAL, en situación de INSOLVENCIA TOTAL por importe de 4.816,84 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.
b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.
c) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 3142/0000/ en el BANESTO debiendo indicar en el campo concepto, “recurso” seguida del código “31 Social-Revisión de resoluciones Secretario Judicial”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “31 Social-Revisión de resoluciones Secretario Judicial”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de obser- vaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
EL SECRETARIO JUDICIAL
Y para que sirva de notificación en legal forma a EXCAVACIONES Y DESMONTES PLACENTINOS SAL, en igno- rado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia xx XXXXXXX.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PLASENCIA, a veinticinco xx xxxxx de dos mil catorce.- La Secretaria Judicial, M.ª Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx Ra- mos.
3613
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION N.º 1 XX XXXXX.
EDICTO
X. XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXX, SECRETARIO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION N.º 1 XX XXXXX.
HAGO SABER: Que en este órgano judicial se sigue el procedimiento EXPEDIENTE DE DOMINIO. INMATRICU- LACION 0000264 /2014 a instancia de Xx XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX expediente de dominio de las siguientes fincas:
URBANA.-Casa en planta baja y primera, en Xxxxx xx xx Xxxxxxx xx 00 xx Xxxxxxxx (Xxxxxxx).Xxxxx una superficie solar de ciento once metros con siete centímetros cuadrados, según el título y de ciento once metros cuadrados se- gún el Catastro según el Catastro, de los que noventa y un metros cuadrados están ocupados por una edificación de planta baja destinada a vivienda y primera destinada a almacén, sobrado x xxxxx, a la que se accede por una escalera interior que tiene una superficie construída de setenta y ocho metros cuadrados.El resto de superficie no ocupada por la edificación está destinada a patio x xxxxxx descubierto, ubicado al fondo de la finca,con una superficie de veinte metros cuadrados.Linda: Frente, con Calle de su situación; derecha entrando, con Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx y Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx; izquierda, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx; y fondo, con Xxxxx de los Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx. Referencia Catastral 0528637QE3202N0001WP.
Por el presente y en virtud de lo acordado en resolución de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.
En XXXXX, a veintitrés xx Xxxxx de dos mil catorce.- EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.
3614
Imprenta Provincial - Cáceres