1.
CLASE DE CONTRATO
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xxxxxxxxxx
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2.
LUGAR Y FECHA DE SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
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Xxx
Xxxx xx Xxxxx,
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0.
XXXXXXXXXXX
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XXXXXXXXX
XX XXXXX
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4.
NIT
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891280000-3
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5.
REPRESENTANTE LEGAL
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XXXXXX
XXXXXXX XXXXXX,
identificado con cédula de ciudadanía No. XX.XXX.XXX
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6.
DEPENDENCIA QUE REQUIERE LOS SERVICIOS
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SECRETARÍA
DE XXXXXXXXXXXXXXXX
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7.
CONTRATISTA
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XXXX
XXXX XXXXXX
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8.
NIT o C.C.
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xxxxxxxx
expedida
en xxxxxxxx
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9.
TARJETA PROFESIONAL
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XXXXXXXXXX
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10.
Dirección del contratista para notificaciones.
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XXXXX
XXXXX XXXXX
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11.
Fundamento jurídico:
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Ley
1150 de 2007 artículo 2 numeral 1, reglamentado por el Decreto
1082 de 2015 artículos
XX y
ss. Resolución de Adjudicación No. XX
de XX
de 201X.
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12.
Actividades o Proyecto a cargo de la dependencia, que justifica
la contratación.
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13.
OBJETO:XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Obligaciones
del contratista: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
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14.
PLAZO: El
plazo de ejecución es de XX
(X) meses,
contados a partir de la suscripción del acta de inicio.
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15.
VALOR DEL CONTRATO: El
valor total del presente contrato es por la suma de:
XXXXXXXXXXXXXXXXXX
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16.
FORMA DE PAGO:
LA ENTIDAD CONTRATANTE,
pagará al CONTRATISTAel
valor por el cual le fue adjudicado el contrato, de
la siguiente manera:
-
CUANDO SE OTORGA ANTICIPO:
El
CINCUENTA POR CIENTO (50%) del valor del contrato, en calidad de
anticipo. Dicho valor será amortizado con cada cuenta
correspondiente a las actas mensuales de obra, en un porcentaje
igual al entregado a título de anticipo.
El
saldo del valor total del contrato mediante actas mensuales de
obra ejecutada, previa presentación, aprobación y entrega de
las mismas a la Interventoría (y/o al Supervisor) y de los
informes correspondientes debidamente aprobados, descontando, en
todo caso, el porcentaje del anticipo, o,
En
un solo pago al final del contrato previa entrega de la obra a
la Interventoría (y/o al Supervisor) y de los informes
correspondientes debidamente aprobados.
Para
el manejo del anticipo, EL CONTRATISTA o la persona que éste
designe mediante escrito dirigido al Municipio, constituirán un
Contrato de Administración Fiduciaria en los términos
establecidos en el Artículo 91 de la Ley 1474 del 12 de julio de
2011 – Estatuto Anticorrupción, en el cual se establezca que
el Beneficiario del Encargo corresponde al ente territorial.
-
CUANDO SE OTORGA PAGO ANTICIPADO:
El
CINCUENTA POR CIENTO (50%) del valor del contrato, en calidad de
pago anticipado, una vez legalizado el contrato.
El
saldo del valor total del contrato mediante actas parciales
mensuales previa presentación, aprobación y entrega de las
mismas por parte del Supervisor y de los informes
correspondientes debidamente aprobados, o,
En
un solo pago al finalizar el contrato, previa certificación por
parte de la Interventoría (y/o del Supervisor) y de los
informes correspondientes debidamente aprobados
-
CUANDO SE CANCELA ÚNICAMENTE CON ACTAS PARCIALES MENSUALES: El
valor total del contrato se cancelará mediante actas mensuales
de obra ejecutada, previa presentación, aprobación y entrega de
las mismas a la Interventoría (y/o al Supervisor) y de los
informes correspondientes debidamente aprobados.
-
CUANDO SE CANCELA EN UN SOLO PAGO: El
valor total del contrato se cancelará en un solo pago, previa
presentación, aprobación y entrega de las obras (y/o bienes) a
la Interventoría (y/o al Supervisor) y de los informes
correspondientes debidamente aprobados.
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17.
APROPIACIÓN PRESUPUESTAL:
El pago del valor de este contrato se hará con cargo a la
siguiente Apropiación Presupuestal:
CDP
No.
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Fecha
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Cuenta
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Denominación
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Valor
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20XX00XXXX
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XX/XX/20XX
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XXXXXXXXXXXXX
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XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
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$
XXXXXXXXXX
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|
|
|
$
XXXXXXXX
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18.
SUPERVISION: La
supervisión del contrato resultante del presente proceso de
selección será ejercida por XXXXXXXXXXXXXXXXXXX
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19.
GARANTIAS: Teniendo
en cuenta la naturaleza del contrato a celebrar y la forma de
pago el Municipio considera necesario exigir al contratista
garantía única de cumplimiento que ampare:
Pago
de Salarios y Prestaciones Sociales e indemnizaciones de
personal
que haya de utilizar para la ejecución del presente contrato,
en cuantía equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor del
contrato, con una vigencia igual a la duración del contrato y
TRES (3) AÑOS más.
De
estabilidad de la obra y buena calidad de los materiales
utilizados,
en cuantía equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%) del valor
del contrato, con una vigencia de CINCO (5) AÑOS, contados a
partir de la fecha de suscripción del acta de recibo final y
definitivo de las obras a satisfacción por parte de la ENTIDAD
CONTRATANTE. (CUANDO SE TRATA DE CONTRATACIÓN DE OBRAS)
EL
CONTRATISTA,
deberá constituir a favor de la ENTIDAD
CONTRATANTE, xxxxxx
xxxxxxxx de responsabilidad
Civil Extracontractual,
en cuantía equivalente XXX
SMLMV,
con una vigencia igual al término de duración del mismo.
(CUANDO
SE TRATA DE CONTRATACIÓN DE OBRAS-PARA DETERMINAR LA CUANTIA SE
DEBE REVISAR EL ART. 2.2.1.2.3.1.17 DEL DECRETO 1082 DEL 2015.
LOS AMPAROS SE ENCUENTRAN ESTIPULADOS EN EL ART. 2.2.1.2.3.2.9.
DEL DECRETO 1082 DEL 2015)
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20.
INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El
CONTRATISTA, con la suscripción del presente contrato y bajo
juramento, manifiesta que no se halla incurso (a) en las causales
de inhabilidad e incompatibilidad, o prohibiciones para contratar
con el Municipio xx Xxxxx. (Arts. 126, 127 C.P., Art. 8 Ley 80 de
1993, Ley 136 de 1994, Ley 1148 de 2007, Ley 1474 de 2011 y
disposiciones legales vigentes).
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21.
RELACIÓN LABORAL: El
desarrollo del presente contrato, las obligaciones y las
actividades acordadas previamente, serán ejecutadas por el
Contratista bajo su responsabilidad, sin subordinación y con
autonomía respecto a la Administración, en consecuencia el
presente contrato no genera ninguna relación laboral, ni con el
personal que vincule para su ejecución; tampoco genera el pago
de salarios, prestaciones sociales, ni ningún emolumento
diferente al valor antes señalado.
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22.
REGIMEN LEGAL: El
presente contrato se regirá por las Leyes 80 de 1993, 1150 de
2007, Decreto 1082 de 2015 y las disposiciones reglamentarias o
que las modifiquen o sustituyan.
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23.
MULTAS Y CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 1150 de
2007, para imputar al valor de los perjuicios que pudiese sufrir
EL MUNICIPIO en caso de declaratoria de caducidad incumplimiento,
total o parcial de las obligaciones a cargo de ELCONTRATISTA, se
estipula como pena pecuniaria un porcentaje igual al diez por
ciento (10%) del valor del contrato.-MULTAS:
En caso xx xxxx o incumplimiento parcial por parte de
ELCONTRATISTA, de cualquiera de las obligaciones contraídas en
virtud del presente contrato, y con el fin de conminar a su
cumplimiento EL MUNICIPIO podrá imponer mediante resolución
motivada, multas sucesivas equivalentes al tres (3%) del valor
del contrato, por cada día de atraso en el cumplimiento de las
obligaciones pactadas. Las multas tendrán un tope xxxxxx xxx
xxxx (10%) por ciento del valor total del contrato. PARÁGRAFO
PRIMERO:
La cláusula penal pecuniaria y las multas que sean eventualmente
impuestas, se harán efectivas directamente por EL MUNICIPIO,
pudiendo acudir para el efecto, entre otros, a los mecanismos de
compensación de las sumas adeudadas a EL CONTRATISTA, o a
cualquier otro medio para obtener el pago. PARÁGRAFO SEGUNDO: La
imposición de multas no limita ni anula las sanciones por
incumplimiento descritas en el contrato, ni las indemnizaciones
legales a que haya lugar.
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24.
SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO:
Por razones de fuerza mayor o caso fortuito se podrá, de común
acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución
del contrato, mediante un acta en donde conste tal evento, sin
que para los efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de
suspensión. PARAGRAFO. —El CONTRATISTA prorrogará la vigencia
de la garantía única de cumplimiento por el tiempo que dure la
suspensión.
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25.
CESIÓN:
El CONTRATISTA no podrá ceder el presente contrato sin
autorización previa, expresa y escrita de El MUNICIPIO.
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26.
SUBCONTRATACIÓN:
EL CONTRATISTA sólo podrá subcontratar todo aquello que no
implique la ejecución de la totalidad del objeto del presente
contrato, con la autorización previa y escrita de El MUNICIPIO y
bajo la exclusiva responsabilidad de EL CONTRATISTA.
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27.
INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES:
Cuando surjan motivos posteriores al perfeccionamiento del
contrato que hicieren necesaria la interpretación, modificación
y terminación unilaterales de éste, se dará aplicación a lo
dispuesto en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993.
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28.
LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO:
El presente contrato se liquidará de común acuerdo entre las
partes al cumplimiento de su objeto, o a más tardar dentro de
los cuatro (4) meses siguientes, contados a partir de la fecha de
la extinción del plazo de ejecución del contrato o de la
expedición del acto administrativo que ordene su terminación.
También en ésta etapa las partes acordarán los ajustes,
revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de
liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y
transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las
divergencias presentadas y poder declararse x xxx y salvo. Para
la liquidación se exigirá a EL CONTRATISTA la extensión o
ampliación, si es del caso, de la garantía del contrato para
avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la
extinción del mismo. PARÁGRAFO:LIQUIDACIÓN
UNILATERAL:
Si EL CONTRATISTA no se presenta a la liquidación, o las partes
no llegan a acuerdo sobre el contenido de la misma, dentro del
plazo previsto y los subsiguientes dos (2) meses,
será practicada directa y unilateralmente por El MUNICIPIO y se
adoptará por acto administrativo motivado susceptible del
recurso de reposición.
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29.
TERMINACIÓN BILATERAL ANTICIPADA:
Las partes, de común acuerdo, manifiestan que si EL CONTRATISTA
no presenta los requisitos para la ejecución del contrato en el
término de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la
fecha de la suscripción de éste, se terminará, pudiendo El
MUNICIPIO suscribir nuevo contrato.
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30.
PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
El presente contrato se considera perfeccionado con la
suscripción del mismo por las partes y el registro presupuestal.
Para su ejecución se requiere la aprobación de las garantías.
Este contrato requiere su publicación en el portal único de
contratación una vez legalizado.
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31.
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS:
Los conflictos que se sucedan durante la ejecución del objeto
contractual se solucionarán preferiblemente mediante los
mecanismos de arreglo directo y conciliación.
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32.
DOCUMENTOS DEL CONTRATO:
Forman parte integral de éste contrato los estudios y documentos
previos, los pliegos de condiciones, la oferta presentada por el
contratista, disponibilidad y registro presupuestal, las
garantías y acto de aprobación de las mismas, paz y salvo
municipal, pago de estampillas y todos los demás documentos que
legalmente se produzcan durante la ejecución y liquidación del
contrato
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33.
El
contratista manifiesta que acepta en todas sus partes las
estipulaciones y condiciones contractuales pactadas en el
presente documento.
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Por
el municipio xx Xxxxx
(Entidad
contratante):
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XXXXXX
XXXXX XXXXX
Alcalde
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Por
el Contratista, que acepta las condiciones del contrato:
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XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
CONTRATISTA
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