Expediente: 28/19
Expediente: 28/19
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES DE ASESORAMIENTO PERMANENTE E INTEGRAL DE CARÁCTER LEGAL PARA COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U.
1. Objeto xxx Xxxxxx
El objeto de este Pliego es definir las prescripciones técnicas que, junto con el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas, regirán la contratación de los servicios profesionales de asesoramiento permanente e integral de carácter legal y fiscal, así como de las demás problemáticas jurídicas relacionadas específicamente con su carácter de sociedad pública y con el sector de actividad de la entidad, en el presente caso el transporte de viajeros.
2. Alcance de los trabajos
Sin ánimo exhaustivo, y a título meramente enunciativo, la contratación comprende, entre otras, la prestación de los servicios profesionales de asesoramiento legal general y, especialmente, en los ámbitos que se relacionan a continuación:
a) Régimen jurídico y funcionamiento interno:
i. Estudio y resolución de cuantas consultas sean formuladas por CTSS con referencia al derecho mercantil societario (a saber: constitución de sociedades; modificaciones de Estatutos; pactos extraestatutarios; Juntas Generales; Órganos de Administración, responsabilidad de Administradores y reglamentos del Consejo de Administración; ampliaciones y reducciones de capital; aportaciones para compensar pérdidas; transformaciones, fusiones, escisiones y disoluciones; llevanza de libros oficiales; preparación y seguimiento de las diligencias necesarias para el otorgamiento de escrituras públicas e inscripción en el Registro Mercantil; etc.).
ii. Colaboración, cuando así se requiera, con relación a la preparación de documentos mercantiles, tales como actas, convocatorias, certificaciones, informes, etc.
iii. Asesoramiento a CTSS en aquellos asuntos que deban ser tratados por el Consejo de Administración, garantizando cuando se requiera tanto la asistencia de un Letrado Asesor a las sesiones del Consejo, como el ejercicio de funciones de Secretario y/o Vicesecretario vinculadas al Consejo.
iv. Estudio y resolución de las consultas que se realicen sobre cuestiones no estrictamente societarias, tales como derecho de la competencia, usuarios, etc.
b) Sector público:
i. Contratación: Estudio y resolución de todas aquellas consultas formuladas en relación con la contratación de CTSS y, en general, seguimiento de la contratación en todas sus fases (incluidas su ejecución y extinción). En particular, dicho asesoramiento incluirá aspectos tales como: a) asistencia en la elección de los concretos procedimientos de adjudicación y de la tipología del contrato que resulte más idónea en relación con las necesidades cuya satisfacción se pretenda; b) elaboración de los Pliegos que hayan de regir los respectivos procedimientos de licitación; c) en su caso, revisión de los Pliegos que hayan de regir los respectivos procedimientos de licitación; d) intervención directa en todo el proceso de adjudicación de los respectivos procedimientos de licitación; e) asistencia, en su caso, a los actos de apertura de sobres; f) revisión del ajuste de las propuestas de pliegos y adjudicaciones a la normativa legal de contratación y, en su caso, emisión del correspondiente informe; g) preparación de los contratos que vayan a ser suscritos con ocasión de la correspondiente adjudicación efectuada por el Órgano de Contratación de la sociedad.
En general, todo lo relativo a la aplicación y sujeción de CTSS al derecho administrativo en su calidad de entidad del sector público sujeta al marco del derecho administrativo.
ii. Relación con las sociedades públicas y otras Administraciones Públicas (encomiendas, convenios, etc.).
iii. Régimen patrimonial (concesiones, autorizaciones).
c) Civil y administrativo:
i. Análisis y resolución de las cuestiones de índole civil que pudieran plantearse (arrendamientos, derechos de superficie, usufructos, prendas, hipotecas, compraventas, etc.).
ii. En general, todo lo relativo a la aplicación y sujeción de CTSS al derecho administrativo, así como de cualesquiera asuntos que se susciten en el ámbito del derecho administrativo (urbanismo, medio ambiente, expropiación forzosa, responsabilidad patrimonial, etc.).
d) Defensa:
i. Dirección y representación de CTSS en todo tipo de litigios que se susciten en el ámbito de la jurisdicción contencioso-administrativa, civil o mercantil.
e) Asesoramiento en materia de derechos de propiedad industrial e intelectual nuevas tecnologías, comercio electrónico y contratación de activos informáticos:
i. Estudio y resolución de consultas y asesoramiento en la negociación, formalización y ejecución de toda clase de contratos relacionados con derechos de propiedad intelectual/industrial y/o secretos empresariales.
ii. Auditoría legal de páginas web.
iii. Verificación e implantación de medidas dirigidas a dar debido cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico.
iv. Asesoramiento, redacción, revisión y negociación de contratos relacionados con activos informáticos.
v. Estudio y resolución de cualesquiera consultas que se realicen en materia de propiedad industrial e intelectual, secretos empresariales, nuevas tecnologías, comercio electrónico y contratación de activos informáticos.
f) Asesoramiento en materia de protección de datos de personales:
i. Estudio y resolución de cualesquiera consultas que se realicen en relación a la aplicación del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPD-GDD) y cualesquiera otras normas aplicables en materia de protección de datos personales.
ii. Asunción y ejecución de las funciones propias de Delegado de Protección de Datos (externo), conforme a las previsiones del RGPD y la LOPD-GDD.
iii. Dirección de procedimientos ante los organismos administrativos y/o judiciales competentes en la materia de protección de datos personales.
iv. Revisión y redacción de cualesquiera documentos contractuales con incidencia en la materia de protección de datos personales.
g) Asesoramiento jurídico-fiscal:
i. Planificación fiscal tendente al establecimiento de una correcta y adecuada política fiscal, en aras de la aplicación más ventajosa de la ley y la reducción de posibles riesgos, especialmente en relación con el Impuesto sobre Sociedades, al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).
ii. Remisión de cualesquiera modificaciones legislativas fiscales que se produzcan, y de la restante documentación e información que pudiera ser objeto de interés para CTSS.
iii. Cálculo del gasto por el Impuesto sobre Sociedades correspondiente a cada ejercicio y colaboración en la formulación de las declaraciones de este Impuesto que periódicamente hayan de presentarse ante las autoridades fiscales, analizando su contenido desde el punto de vista material y formal y poniendo en conocimiento de CTSS aquellos extremos que requieran de su decisión o colaboración, al objeto de la consecución del más favorable tratamiento fiscal.
iv. Colaboración en la formulación de las declaraciones correspondientes a cualquier otro tributo que pudiera afectar a CTSS.
v. Resolución de aquellas consultas que CTSS estime conveniente formular acerca de los temas fiscales que le conciernen, en particular, las relativas a las implicaciones del Impuesto sobre Sociedades, del IVA y del ITP.
vi. Preparación y presentación de cualesquiera consultas, escritos o autorizaciones, recursos o reclamaciones que deban ser presentados ante las autoridades competentes.
vii. Participación en las inspecciones fiscales.
viii. Redacción de aquellos informes que, en relación con temas fiscales que revistan de especial complejidad, amplitud o trascendencia, fuesen solicitados por CTSS así como ejecución de los trabajos que requieran de una dedicación específica y continuada.
h) Asesoramiento en materia laboral:
i. Asesoramiento sobre relaciones laborales ordinarias individuales: contrato de trabajo (contrato de formación, contrato de prácticas),
estructura salarial, otras condiciones de la prestación de servicios (jornada, turnos, horas extraordinarias, permisos, excedencias, vacaciones, etc.) y su modificación, movilidad geográfica, comedores y economatos, regímenes disciplinarios y sistemas de flexibilidad en las relaciones laborales. Régimen de extranjería y expatriación de trabajadores.
ii. Asesoramiento sobre la relación laboral especial de Alta Dirección, régimen de contratación y cláusulas especiales (blindajes, permanencia, no competencia, etc.). Asesoramiento sobre la articulación de la relación de los miembros del órgano de administración.
iii. Asesoramiento sobre otra clase de relaciones laborales especiales
iv. Asesoramiento en materia de estudiantes en prácticas.
v. Régimen de Seguridad Social: encuadramiento, cotización, bonificaciones y compromisos por pensiones en el seno de la empresa; régimen recaudatorio de la Seguridad Social; infracciones y sanciones relacionadas con la Seguridad Social; recargos de prestaciones derivados de accidentes de trabajo, etc.
vi. Intervención y asesoramiento sobre relaciones laborales colectivas y derecho sindical en la empresa: estructura de los órganos de representación de los trabajadores; procesos de negociación colectiva (Pactos de Empresa o Convenios Colectivos); y conflictos colectivos que se puedan suscitar en la empresa, incluyendo la huelga.
vii. Asesoramiento referente a extinciones de contrato de trabajo, en todas sus modalidades.
viii. Asesoramiento en materia de prevención de riesgos laborales.
ix. Asistencia técnica a todo tipo de expedientes sancionadores abiertos por la Inspección de Trabajo (accidentes de trabajo, acoso laboral, etc.).
x. Redacción de aquellos informes que, en relación con temas laborales que revistan de especial complejidad, amplitud o trascendencia, fuesen solicitados por CTSS, así como ejecución de los trabajos que requieran de una dedicación específica y continuada.
xi. Dirección y representación de CTSS ante el Instituto Nacional y Tesorería General de la Seguridad Social, las Mutuas Patronales de Accidentes de Trabajo, la Dirección e Inspección de Trabajo, la Delegación e Inspección de Sanidad y Seguridad Social, la Oficina de Colocación y el Instituto Nacional de Empleo.
xii. Dirección y representación de CTSS ante el Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
xiii. Dirección y representación de CTSS en todo tipo de litigios que se susciten en el ámbito de la jurisdicción social.
i) Asesoramiento en materia de Compliance Penal
i. Análisis del entorno de control y de la naturaleza de la actividad desplegada por CTSS, identificándose aquellas actividades en las que residirían eventuales riesgos penales.
ii. Elaboración de un inventario de controles establecidos en CTSS.
iii. Diseño xxx Xxxx de Riesgos de CTSS.
iv. Diseño del Programa de Compliance Penal de CTSS.
v. Elaboración de los modelos de organización y gestión, protocolos o procedimientos y políticas comprendidos en el Programa de Compliance Penal de CTSS.
vi. Implantación en CTSS del Programa de Compliance Penal.
vii. Impartición a los miembros de CTSS de la formación necesaria en materia de Compliance Penal.
viii. Definición de sistemas de auditoría interna y monitorización para el seguimiento de la efectividad del Programa de Compliance Penal.
ix. Resolución de consultas que puedan ser formuladas en relación con el Programa de Compliance Penal a implantar en CTSS.