RESUMEN DE FUNCIONAMIENTO DE LAS OBRAS SOCIALES
RESUMEN DE FUNCIONAMIENTO DE LAS OBRAS SOCIALES
Convenio Provincial.
Obra Social con liquidación mediante sistema WEB.
Modalidad: El afiliado concurre con un bono de consulta primaria a la primera sesión y una planilla (solicitud de Psicoterapia o solicitud de Psicodiagnóstico) que el profesional debe completar para ser entregada por el paciente a la Obra Social. Luego el paciente llevará un bono mensual indicando la cantidad de sesiones autorizadas para el mes, máximo cuatro sesiones al mes. El prestador deberá completar el bono, indicar en el mismo las fechas de las sesiones y hacer firmar al paciente en cada fecha su asistencia. Además se deberá presentar la Planilla que expida el Sistema Provincial de Obras Sociales
No se aceptarán prestaciones pasadas los 90 (noventa) días de su realización.
Las categorías de prestadores se han establecido en función a la antigüedad de expedición de título, en los siguientes rangos:
A. Hasta 3 años de expedición de título.
B. Desde 3 años y 1 día hasta los 8 años de expedición de título.
C. Desde los 8 años en delante de expedición de título.
Terapia Individual Discapacidad: el valor es por la Resolución Ministerial vigente. NORMAS PARA ATENCION DE ASOCIADOS DE ACA SALUD:
- ACA Salud desaconseja que un mismo profesional brinde prestaciones de psicoterapia individual a socios que sean familiares directos, quedando sujeto a auditoría por parte de ACA Salud las excepciones a esta sugerencia.
- Las prácticas psicológicas requieren autorización previa en todos los casos y EL PRESTADOR deberá gestionar la autorización de las prestaciones.
Sesiones: 30 anuales. En el caso de requerir más, el paciente debe presentar una solicitud escrita junto un resumen de la historia clínica del paciente.
(ASOCIACION MUTUAL DE FARMACEUTICOS XXXXXXXXXX XXXXXXXX)
Convenio Distrital.
Para sesiones de psicoterapia el profesional deberá prescribir una orden que detalle la cantidad de sesiones que el beneficiario utilizará ese mes y no puede exceder la cantidad de 5 sesiones por mes. Con esa prescripción el beneficiario deberá autorizar la orden ante la Obra Social para ser presentada ante el profesional.
Solo en casos excepcionales y mediante presentación de resumen de historia clínica y plan de tratamiento, la auditoria de AMFFA podrá autorizar a su cargo
una prórroga del tratamiento en caso de exceder el tope de 30 sesiones anuales.
Para pedir autorización a AMFFA se puede llamar al 0000-000-00000.
El prestador deberá presentar para la facturación la orden autorizada acompañada de la planilla de asistencia con la firma del afiliado dejando constancia de su asistencia a la sesión.
El afiliado deberá abonar el copago correspondiente que se detalla a continuación.
Todas las sesiones autorizadas deberán ser presentadas dentro de los 60 días de realizadas, sin excepción.
Las categorías de prestadores se han establecido en función a la antigüedad de expedición de título, en los siguientes rangos:
A. Hasta 3 años de expedición de título.
B. Desde 3 años y 1 día hasta los 8 años de expedición de título.
C. Desde los 8 años en delante de expedición de título.
Terapia Individual Discapacidad: El valor es el fijado por la autoridad nacional de aplicación, vigente al tiempo de llevarse a cabo la práctica.
NOMENCLADOR DE PRESTACIONES
Código 33.01.11. Psicodiagnóstico solo con autorización del Auditor Psicólogo. Código 33.01.12. Psicodiagnóstico solo con autorización del Auditor Psicólogo. Ambos Psicodiagnósticos consisten en una batería de tests destinadas a la evaluación diagnóstica de niños, adolescentes y adultos. La realización de las mismas se efectuará solo una vez, al inicio del tratamiento y solo con la autorización de la Auditoría Psicológica de AMFFA.
Código 33.01.01. Psicoterapia Individual: Niños, Adolescentes y Adultos.
Código 33.01.03. Psicoterapia de Familia y Pareja.
En la psicoterapia xx xxxxxx, el paciente es la pareja. La tarea del psicoterapeuta se centra en la interacción de los miembros de la misma.
En la psicoterapia de familia, el paciente es la familia. La tarea psicoterapéutica se centra en la interacción de los miembros de la familia.
DURACION DE LAS SESIONES
Se deben ajustar al tiempo estipulado en el Nomenclador Nacional, a saber:
Cód. 33.01.01. Psicoterapia Individual: 40 minutos.
Cód. 33.01.03. Psicoterapia de familia o pareja: 50 minutos.
Convenio Distrital.
SUSPENDIDA AL MOMENTO
Se requiere derivación previa por médico clínico. Dicha derivación debe constar con los datos filiatorios del paciente, diagnóstico, firma y sello del profesional prescriptor/derivador.
La autorización previa se realiza a través de una Auditoria Médica, vía fax al (0000) 0000000 o vía mail xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx
El afiliado debe abonar un co-seguro según la planilla que se adjunta a continuación.
Prestaciones y valores:
- Psicoterapia Individual $450.
- Psicoterapia Individual Discapacidad: según Resolución Ministerial.
- Psicoterapia Grupal: $225 por integrante.
- Psicoterapia Familiar: $764.
- Psicoterapia xx Xxxxxx: $764.
- Psicodiagnóstico Psicométrico: $1692.
- Psicodiagnóstico Proyectivo: $1851.
- Psicodiagnóstico con Rorschach: $1851.
Convenio Distrital.
Por reintegro el paciente presenta en la Asociación mensualmente un Recibo “C” extendido por el Psicólogo con firma y sello, quien hará constar en el mismo, nombre y número del afiliado, el monto abonado, tipo y cantidad de prestación.
Nº de sesiones: Individual: 4 sesiones por mes. Pareja o Familia 2 sesiones por mes. Duración del tratamiento: 1 año.
Forma de pago: Reintegro.
Requisitos: Estar inscripto en el padrón.
Bancarios y Correo
Las derivaciones se realizan de forma directa al profesional elegido por el beneficiario
Todos los beneficiarios que solicitan tratamiento a través de la Red, haya o no Admisor en zona, deben realizar la solicitud a través de la Mesa Operativa de la Red, es decir, comunicarse al 0000-000-0000
La autorización se envía de forma automática a través del sistema de APPSI, al correo general del Colegio de Psicólogos, previa comunicación del beneficiario al 0810. Es importante destacar que el procedimiento de derivación comienza con el llamado del beneficiario al 0810, solicitando tratamiento por Salud Mental.
Cobertura: 30 consultas anuales. 4 mensuales. (se incluyen dentro de las 4 la sesión de psiquiatría si estuviera realizando)
Plazo de pago: 90 días Presentación: 60 días.
Se debe utilizar para el diagnóstico la CIE-10
Presentan al profesional DNI y carnet actualizado. Se debe utilizar una planilla de “orden de autorización” para las firmas del paciente indicando la fecha de consulta, en caso de ausencia fechar el día e informarlo, haciéndole firmar al paciente en la próxima consulta aclarando que estuvo ausente. Si es menor de edad, firma un adulto responsable. En la primera entrevista se debe hacer firmar el consentimiento informado. Todo firmado y sellado por el profesional.
Tachaduras o enmiendas deben ser debidamente salvadas.
Los pacientes con CUD deben adjuntar copia, indicarlo en la planilla y no pagan coseguro. Solicitar Instructivo administrativo para mayor información
Valores y coseguros.
Coseguros según obra social y plan:
OSSSB (OBRAS SOCIALES DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS)
Afiliados a Plan 100
$155
Afiliados a otros planes (no plan 100)
$90
OSPEC (OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE CORREO)
Afiliados Activos
$100
Afiliados Jubilados
$70
(COBERTURA MÉDICA INTEGRAL – ODONTÓLOGOS)
Convenio Provincial.
Información para el prestador: El prestador luego de la entrevista de admisión, debe completar el “Informe de Solicitud de Psicoterapia” en base al DSM-IV para solicitar autorización por fax a C.O.M.E.I. al (000) 0000-0000 o vía mail a xxxxxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx
Luego se completa la Planilla de Firmas como asistencia en cada sesión.
El psicólogo debe presentar en el colegio, la planilla de firmas y una fotocopia de la autorización.
El prestador solicitará al paciente su carnet con el correspondiente cupón habilitante.
De acuerdo al plan del adherente tendrá una cobertura (máxima de sesiones anuales) y deberá abonar un co-seguro que difiere en porcentaje según el plan.
La psicoterapia individual, xx xxxxxx, familiar o grupal, el Psicodiagnóstico, orientación vocacional y atención domiciliaria, requieren autorización previa.
NOMENCLADOR DE PRESTACIONES
*Cód. 33.01.01: Psicoterapia Individual: El profesional deberá prescribir una orden que detalle la cantidad de sesiones que el beneficiario utilizará ese mes y que no puede exceder la cantidad de cuatro (4) sesiones por mes. Con esa prescripción el beneficiario se presentara en el área de Prestaciones de la delegación regional de CO.ME.I, que corresponda, para el expendio de la orden de práctica.
CO.ME.I reconoce un máximo de hasta 30 sesiones al año y hasta 4 sesiones mensuales. En el caso en que un beneficiario necesite una mayor cantidad de sesiones el importe de las mismas quedará a exclusivo cargo del afiliado.
Solo en casos excepcionales y mediante presentación de resumen de historia clínica y plan de tratamiento, la Auditoria Psicológica CO.ME.I podrá autorizar a su cargo una prórroga del tratamiento, o una extensión xxx xxxx de 30 sesiones anuales. La extensión de la cobertura quedará a criterio de la Auditoría Psicológica de CO.ME.I.
*Cód. 33.01.11/12: Psicodiagnóstico: Solo con autorización del Psicólogo Auditor. Batería de test destinadas a la evaluación diagnóstica de niños, adolescentes y adultos. La realización de las mismas que se efectuará solo una vez y al inicio del tratamiento y solo con la autorización a la Auditoría Psicológica. Los psicodiagnósticos para adultos se autorizarán excepcionalmente.
*Cód. 33.01.03: Psicoterapia xx xxxxxx: El paciente es la pareja. La tarea del psicoterapeuta se centra en la interacción de los miembros de la pareja. CO.ME.I reconoce un máximo de hasta 20 sesiones al año.
*Cód. 33.0.03: Psicoterapia de familia: El paciente es la familia. La tarea psicoterapéutica se centra en la interacción de los miembros de la familia. CO.ME.I reconoce un máximo de hasta 20 sesiones al año.
*Código 22.02.03: Método Psicoprofiláctico del Parto. Se cubre en primerizas y en aquellos casos donde la complejidad lo requiera, previa autorización de Auditoria Psicológica. Esta práctica persigue la contención, orientación y promoción de la salud, tendiente a propiciar condiciones óptimas del parto como un estímulo materno filial saludable, trabajando los temores y ansiedades propias de la situación de parto.
Las categorías de prestadores se han establecido en función a la antigüedad de expedición de título, en los siguientes rangos:
A. Hasta 3 años de expedición de título.
B. Desde 3 años y 1 día hasta los 8 años de expedición de título.
C. Desde los 8 años en delante de expedición de título.
Convenio Distrital.
Nº de sesiones: 36 sesiones por año (hasta 5 por mes). En caso de exceder el límite de sesiones anuales se presentará solicitud de extensión de tratamiento y resúmen de Historia Clínica.
Valor de la sesión:
- Primera Consulta $600.
- Terapia Individual: $487.50.
- Orientación a Padres: $487.50.
- Terapia xx xxxxxx: $728.
- Terapia familiar o grupal $245 (por cada integrante).
Información para el Prestador: El beneficiario presentará bono de consulta en cada sesión, credencial habilitante y D.N.I. (como constancia de titularidad) el cual deberá firmar en cada sesión con la fecha correspondiente y el prestador deberá sellar y firmar.
(Obra Social de la Universidad Nacional xx Xxxxx)
Convenio Provincial. SE PRESENTA EN EL DISTRITO.
CÓDIGO | PRÁCTICA | TIPO DE AUTORIZACIÓN |
33.01.17 | Primera Consulta con Psicología | Requiere de autorización previa. |
33.01.01 | Psicoterapia Individual | No requiere de Autorización previa. 1 (una) Sesión semanal y hasta 48 (cuarenta y ocho) Sesiones anuales. |
33.01.24 | Entrevista de Orientación a Padres | No requiere de Autorización previa. 1 (una) Entrevista mensual y hasta 12 (doce) Entrevistas anuales. |
33.01.03 | Psicoterapia xx Xxxxxx – Vincular o Familia | Requiere de Autorización previa. Se emite bono de Consulta. 4 (cuatro) consultas mensuales y hasta 24 sesiones anuales. |
33.01.02 | Psicoterapia Grupal | Requiere de Autorización previa. Mínimo 4 personas y máximo 8.Hasta 48 sesiones anuales |
33.01.12 | Psicodiagnóstico: Técnicas Psicométricas | Requiere de Autorización previa. Se debe adjuntar Solicitud del Profesional y resumen de H.C. |
33.01.11 | Psicodiagnóstico: Técnicas Proyectivas | Requiere de Autorización previa. Se debe adjuntar Solicitud del Profesional y resumen de H.C. |
33.01.11 | Psicodiagnóstico: Test de Rorschach | Requiere de Autorización previa. Se debe adjuntar Solicitud del Profesional y resumen de H.C. |
En el caso de los Psicodiagnósticos se deberá adjuntar historia clínica sujeta a auditoría psicológica. El valor incluye el informe.
En el caso de Psicoterapia Individual, no se requiere autorización por parte de la Obra Social. El paciente debe solicitar en la Obra Social el bono de Primera consulta. Para las restantes sesiones, el prestador debe hacerle firmar la planilla de asistencia cada vez que concurre el paciente (indicando las fechas) y completar el pedido de autorización.
Cód. 33.01.01 - Psicoterapia Individual. Se define como Psicoterapia individual al tratamiento que un profesional psicólogo realiza, a una persona, dentro de un encuadre específico. En este tipo de Psicoterapia se abordan cuestiones propias de la subjetividad que son objeto de atención clínica. Se reconocerán hasta 48 (cuarenta y ocho) sesiones anuales, con una frecuencia de hasta 1 (una) sesión semanal. Cada sesión tendrá una duración mínima de 45 (cuarenta y cinco) minutos. No se podrá solicitar la cobertura de tratamiento de psicoterapia individual a más de un miembro del mismo grupo familiar. No requiere de autorización previa.
Cód. 33.01.24 - Entrevista de Orientación a Padres. Se reconocerán hasta 12 (doce) sesiones anuales con una frecuencia de hasta 1 (una) consulta mensual. Cada sesión tendrá una duración mínima de 45 (cuarenta y cinco) minutos. Esta prestación sólo será válida cuando un afiliado, menor de edad, se encuentre en tratamiento individual. No requiere de autorización previa.
Cód. 33.01.03 - Psicoterapia xx Xxxxxx – Vincular o Familiar. Se define como psicoterapia xx xxxxxx – vincular o familiar a aquella práctica en la cual un profesional psicólogo asiste en forma conjunta a los miembros de la misma, dentro de un encuadre especifico en el cual se atiende a la dinámica de la pareja o la familia como objeto de atención clínica. Se reconocerán hasta 24 (veinticuatro) sesiones anuales, con una frecuencia de hasta 1 (una) vez por semana. Cada sesión tendrá una duración mínima de 60 (sesenta) minutos. Se carga a un solo miembro del grupo familiar del afiliado. No se podrá solicitar la cobertura de tratamiento de psicoterapia individual de ningún integrante de la pareja o grupo familiar, con el mismo profesional. Requiere de autorización previa.
Cód. 33.01.02 - Psicoterapia Grupal. Se define a la psicoterapia grupal como aquella práctica en la cual al menos un profesional psicólogo asiste en forma conjunta a un mínimo de 4 integrantes, dentro de un encuadre específico en el cual se atiende a la dinámica del grupo como superadora de las problemáticas individuales. El grupo conformado para tal fin no podrá exceder el número de 8 integrantes, entre los cuales no exista ningún vínculo familiar o afectivo. Cada sesión tendrá una duración mínima de 90 (noventa) minutos. El afiliado no podrá solicitar la cobertura de psicoterapia individual y grupal realizada con el mismo profesional, en forma simultánea. Requiere de autorización previa.
Cód. 33.01.12 - Psicodiagnóstico: Técnicas Psicométricas.
Cód. 33.01 11 - Psicodiagnóstico: Técnicas Proyectivas. Cód. 33.01.11 - Psicodiagnóstico: Test de Rorschach.
El Psicodiagnóstico es un proceso por el cual, tras la administración de una batería de Tests se responden preguntas que hacen a los aspectos psicológicos principales de un individuo.
Etapas incluidas: Entrevista inicial, pruebas psicométricas y proyectivas, confección del test e informe escrito.
Excluye: certificados RENAR, registro de conductor, apto físico laboral o cualquier otro fin que no esté dirigido a la atención clínica.
Solicitante: Médico (Clínico, Pediatra, Neurólogo, Psiquiatra) o Psicólogo.
El profesional que realice la evaluación, deberá informar las conclusiones al profesional que las solicitó. El profesional que realiza una evaluación o psicodiagnóstico, no podrá conducir un tratamiento psicoterapéutico del afiliado o de su familia. Requiere de autorización previa. El profesional debe justificar adecuadamente la solicitud de esta práctica.
IMPORTANTE:
- Los diagnósticos presuntivos o firmes, deben ser codificados según los criterios del DSM IV o CIE 10.
- Las firmas y respectivas aclaraciones, deben ser realizadas por el afiliado que recibe la prestación. Salvo en el caso de los menores de edad. La solicitud de las mismas, (firma y aclaración), por parte del prestador, se realizará una vez efectuada la consulta, y solo se podrá requerir una firma por prestación brindada.
- No se aceptarán planillas de firmas con cambio de tinta.
- Cualquier enmienda o corrección debe ser salvada al pie de cada carilla.
- Se deberá respetar esta normativa para evitar débitos futuros en la facturación.
(Dirección de Acción Social
de la Universidad Tecnológica Nacional).
Convenio Provincial.
Obra Social con liquidación mediante sistema WEB.
N° de sesiones: 30 sesiones por año (hasta 4 por mes). En caso de necesidad de continuidad de tratamiento, se podrá solicitar mediante resumen de historia clínica y plan de tratamiento
Liquidación: Mediante el Sistema de Liquidación de Obras Sociales Provinciales
Valor de las Prestaciones:
AUMENTO EN FORMA ESCALONADA
DASUTEN | VALORES (desde 01/11/2018 | |
PRESTACION | Categoría Prestador | A cargo D.A.S.U.T.E.N |
Psicoterapia individual | A | $393.75 |
B | $420.00 | |
C | $453.60 | |
Psicoterapia xx xxxxxx y familia | A | $459.90 |
B | $492.45 | |
C | $525 | |
Atención domiciliaria o en | A | $603.75 |
Establec. Asistencial | B | $637.35 |
C | $656.25 | |
Psicoterapia individual discapacitados | A, B, C | S/RESOLUCION MINISTERIAL VIGENTE |
Psicodiagnóstico de niños | A | $1312.50 |
B | $1443.75 | |
C | $1575.00 | |
Psicodiagnóstico de adultos | A | $1312.50 |
B | $1443.75 | |
C | $1575.00 |
Las categorías de prestadores se han establecido en función a la antigüedad de expedición de título, en los siguientes rangos:
A. Hasta 3 años de expedición de título.
B. Desde 3 años y 1 día hasta los 8 años de expedición de título.
C. Desde los 8 años en delante de expedición de título.
Información para el Prestador: El beneficiario presentará bono de consulta en cada sesión, su DNI, y orden de práctica.
Nomenclador de prestaciones:
*Cód. 33.01.01 Psicoterapia Individual (niños, adolescentes, adultos): El profesional deberá prescribir una orden que detalle la cantidad de sesiones que el beneficiario utilizará ese mes y que no puede exceder la cantidad de cuatro (4) sesiones al mes. Con esa prescripción el beneficiario se presentara en el área de Prestaciones de la delegación regional de D.A.S.U.Te.N., que corresponda, para el expendio de la orden de práctica. D.A.S.U.Te.N. reconoce un máximo de hasta 30 sesiones al año y hasta 4 sesiones mensuales. En el caso en que un beneficiario necesite una mayor cantidad de sesiones el importe de las mismas quedará a exclusivo cargo del afiliado. Solo en casos excepcionales y mediante presentación de resumen de historia clínica y plan de tratamiento, la Auditoría Médica D.A.S.U.Te.N. podrá autorizar a su cargo una prórroga del tratamiento, o una extensión xxx xxxx de 30 sesiones anuales. La extensión de la cobertura quedará a criterio de la Auditoría Médica de D.A.S.U.Te.N.
*Cód. 33.01.11/12 Psicodiagnóstico: Batería de test destinadas a la evaluación diagnóstica de niños, adolescentes y adultos. La realización de las mismas que se efectuará solo una vez y al inicio del tratamiento y solo con la autorización a la Auditoría Médica. Los psicodiagnósticos para adultos se autorizarán excepcionalmente.
*Cód. 33.01.03 Psicoterapia xx xxxxxx: El paciente es la pareja. La tarea del psicoterapeuta se centra en la interacción de los miembros de la pareja.
*Cód. 33.0.03 Psicoterapia de familia: El paciente es la familia. La tarea psicoterapéutica se centra en la interacción de los miembros de la familia.
*Código 22.02.03 Método Psicoprofiláctico del Parto. Se cubre en primerizas y en aquellos casos donde la complejidad lo requiera, previa autorización de Auditoria Médica. Esta práctica persigue la contención, orientación y promoción de la salud, tendiente a propiciar condiciones óptimas del parto como un estímulo materno filial saludable, trabajando los temores y ansiedades propias de la situación de parto.
Duración de las sesiones:
Se deben ajustar al tiempo estipulado en el Nomenclador Nacional, a saber: Cód. 33.01.01: 40 minutos.
Cód. 33.01.03: 50 minutos.
Convenio Distrital.
Modalidad de trabajo: el paciente debe entregarle al prestador un bono que retira de su obra social. Además el prestador debe hacerle firmar la planilla de asistencia correspondiente.
Duración del tratamiento: 30 sesiones anuales. En el caso de requerir más sesiones, el paciente debe presentar en la Obra Social la solicitud del profesional por escrito junto a un resumen de historia clínica
Valor de la sesión:
- Terapia Individual $450 – copago a cargo del afiliado $180,
- Terapia Familiar/grupal: $650 – copago a cargo del afiliado $200.
- Psicodiagnóstico: $1700 – copago a cargo del afiliado $350.
DIBA – IOSE – DIPBFA
Convenio Provincial.
Obra Social con liquidación mediante sistema WEB.
Modalidad de trabajo: El afiliado tiene libre elección del profesional, el mismo deberá abonar la primera consulta y luego dirigirse a la delegación de IOSE para retirar las órdenes de práctica. Para la atención de los afiliados XXXXX, es suficiente la presentación del DNI u otro documento que acredite su identidad. Para verificar la afiliación deberá ingresar en el validador online en xxx.xxxxx.xxx.xx – Acceso para prestadores. Si no cuenta con conexión a internet o si está interrumpida, podrá llamar a la delegación de la zona o al 088-222-3300 donde constatarán la afiliación y le facilitarán el código de validación correspondiente.
El profesional deberá completar la orden de práctica adjuntando resumen diagnóstico, la cual deberá llevar el afiliado a la delegación de IOSE para ser autorizada. La misma debe estar completa en todos sus campos.
Para la presentación de la liquidación el profesional deberá adjuntar la orden de práctica (completa en todos sus campos y autorizada por XXXX), indicando al dorso las fechas de atención y firmas del afiliado, y firma y sello del profesional y autorización expedida por XXXX. Cualquier corrección que se realice, deberá ser salvada con firma y sello del profesional.
Además se deberá presentar la Planilla que expida el Sistema Provincial de Obras Sociales.
- Psicoterapia Individual: Se reconocerán 4 sesiones mensuales y con un tope de 30 sesiones anuales, debiendo el profesional remitir un informe cada tres meses. Para poder acceder nuevamente a la prestación deberá haber
transcurrido 2 (dos) años de su último tratamiento. En caso de que un paciente abandone más de dos veces su tratamiento y lo reinicie con otro profesional, se procederá a citar al afiliado para que informe el motivo del cambio, y de ser necesario, se solicitará la explicación del profesional, por medio de Historia Clínica, informe correspondiente, o bien será citado para entrevista con el equipo de Salud Mental.
- Psicodiagnósticos:
Adultos: se reconocerá hasta uno al inicio de su tratamiento. Las reevaluaciones deberán estar debidamente justificadas.
Niños y adolescentes: se reconocerán hasta dos por año con un intervalo de 6 meses, con la justificación pertinente.
Por su parte el profesional deberá solicitar al afiliado para su atención:
- Carnet de afiliación
- Documento de identidad
AL LADO DE CADA FECHA DE ASISTENCIA COLOCAR LA CANTIDAD DE SESIONES.
IMPORTANTE:
- Plan Materno Infantil:
- Madre: desde el embarazo hasta 30 días de puerperio 100% Hijo: hasta los 12 meses de edad 100%
- Personal Militar o Gendarmería en actividad 100% a cargo de IOSE. La facturación de las prestaciones deberá ser acompañada por un soporte magnético conteniendo la misma
ARANCELES GENERALES:
La primera consulta anterior al tratamiento autorizado quedará a cargo del afiliado.
Para Psicoterapia de Discapacidad se regirá el valor establecido según Resolución Ministerial Vigente.
ARANCELES GENERALES
Las categorías de prestadores se han establecido en función a la antigüedad de expedición de título, en los siguientes rangos:
A. Hasta 3 años de expedición de título.
B. Desde 3 años y 1 día hasta los 8 años de expedición de título.
C. Desde los 8 años en delante de expedición de título.
Convenio Distrital.
MODALIDAD DE TRABAJO
El prestador requerirá al beneficiario la presentación de Carnet o Credencial habilitante que lo identifique como tal. Se solicitará D.N.I. como constancia de que el beneficiario es el titular de la credencial. Deberá validar al socio en la página de gestión de prácticas online.
Para la atención y liquidación se completará la planilla de prescripción profesional y asistencia por paciente por mes. Aclarar en la planilla cuando sea Primera consulta. Deberá acompañar a la planilla de firmas el CIERRE realizado en la página, web de JERARQUICOS, gestión de prácticas online (ver instructivo).
Con respecto a las psicoterapias xx xxxxxx o familia/grupales o colectivas, las sesiones deben constar con la firma y aclaración de quienes sean participes de la terapia al dorso junto a la del socio en tratamiento, de lo contrario se abonará individual.
Las sesiones a niños menores de edad, deberá firmar el familiar o responsable, indicando el vinculo entre ambos.
IMPORTANTE: las prácticas debe ser facturadas dentro de los 60 días de realizadas.
CÓDIGOS DE PRÁCTICAS:
- 33.01.01 Psicoterapia Individual, Niños y Adultos.
- 33.01.03 Psicoterapia xx Xxxxxx o Familia.
- 33.03.98 Psicodiagnóstico.
CANTIDAD DE SESIONES: 30 sesiones por año. En caso de superar las sesiones anuales, se debe pedir por escrito la cantidad de sesiones necesarias junto a un resumen de historia clínica.
VALORES:
- Terapia Individual $405.
- Orientación a Padres Excluido.
- Terapia Grupal $240.
- Terapia xx Xxxxxx $600.
- Terapia Familiar $600.
- Psicodiagnóstico $1.800.
Psicoterapia Grupal: el valor expresado se considera por persona.
Psicoterapia Familiar: se considera el valor expresado por grupo familiar (máx.4 integrantes).
Psicodiagnóstico: se considera un mínimo de 5 encuentros. El valor mencionado es el correspondiente al total del proceso. Requiere autorización previa que se solicita por el paciente o el prestador a la obra social, luego le expiden número de autorización y expediente para la carga del consumo en la página.
Discapacidad: Según Resolución del Ministerio de Salud vigente. Para dichas prestaciones, el profesional debe pedir autorización antes de la sesión. Las facturas por dichas prestaciones realizadas, se presenten en forma directa a la Obra Social por el profesional efector. Deberá consultar a quién va dirigida la factura. Documentación requerida: planilla de asistencia- fotocopia del CUD – autorización y factura. Deberá comunicarse a Línea Exclusiva de Atención a Prestadores 0800- 888-5040 o a la casilla de correo xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx de lunes a viernes de 8 a 14hs.
(MUTUAL FEDERADA 25 XX XXXXX X.X.X.)
Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx.
Obra Social con liquidación mediante sistema WEB.
Nº de sesiones: 4 sesiones por mes, 30 sesiones anuales.
Información para el prestador: Para el código 33.01.12 y 33.01.11 Técnicas proyectivas y Psicométricas se reconocen sólo 1 por año, en el mes en que alguna de ellas o ambas se realicen, sólo se podrán liquidar dos sesiones de psicoterapia, en lugar de las cuatro habitualmente reconocidas.
Se presentará la planilla de firmas correspondiente y la hoja de liquidación del Sistema.
Las categorías de prestadores se han establecido en función a la antigüedad de expedición de título, en los siguientes rangos:
A. Hasta 3 años de expedición de título.
B. Desde 3 años y 1 día hasta los 8 años de expedición de título.
C. Desde los 8 años en delante de expedición de título.
(Obra Social Asociación Médica)
Convenio Distrital.
Nº de sesiones: 4 sesiones por mes.
Todos los afiliados xx XXXX sin excepción deberán presentar el bono en la atención de psicología, por lo que indefectiblemente el socio deberá pasar por las oficinas xx XXXX a retirarlo y será obligatoria la presentación del mismo por parte del psicólogo para la liquidación de la prestación.
Para aquellos bonos que sean por más de una sesión deberán adjuntarle la planilla
de firmas para tener una constancia de la asistencia del paciente. Se recibe liquidación a 60 días, sin excepción.
Duración del tratamiento: 24 sesiones anuales. Valor de la sesión:
- Terapia Individual $420
- Terapia Familiar o Grupal o pareja $520
- Psicodiagnóstico $1350
Convenio Distrital.
Modalidad de trabajo: El paciente llevará un bono de consulta cada vez que asista a la sesión y además el prestador debe hacerle firmar una planilla de asistencia. Deben solicitar en la obra social la autorización mensual por las sesiones correspondientes al mes. La misma que otorga la Obra Social (siendo copia del pedido del profesional) deberá ser presentada en el Colegio para la liquidación.
Duración del tratamiento:30 sesiones anuales sin excepción.
La validación del socio se realiza con el USUARIO: 30666041433 y la CONTRASEÑA: 041433 mediante el link:
xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/ obra social / "ACCESO AL SISTEMA DE PRESTADORES DE SALUD"
O en xxxx://xxxxxxxx.xxxxx.xxx:0000
Prestaciones | |
Psicoterapia 1° Consulta | $627.75 |
Psicoterapia Individual | $506.25 |
Psicoterapia xx Xxxxxx | $756 |
Psicoterapia Familiar /Grupal (por integrante) | $ 256.50 |
Psicodiagnóstico (Test Proyectivos) | $2025 |
Test de Rorschach | $ 2025 |
Psicodiagnóstico ( Test Psicométricos) | $2025 |
Psicoterapia individual Domiciliaria | $675 |
Orientación vocacional | $1687.50 |
Psicoprofilaxis Quirúrgica | $1687.50 |
Psicodiagnóstico Neurocognitivo | $3645 |
Evaluación Neurocognitiva | $1485 |
Psicología Educacional | $506.25 |
SUSPENDIDA
Convenio Distrital.
Duración del tratamiento: 1 año, 30 sesiones.
Requisitos de autorización: Elevar planilla de evolución al mes, al semestre y al año. Los aranceles que se detallan a continuación describen el valor final de honorarios a ser abonados entre la obra social y un coseguro a cargo del afiliado el cual irá variando durante el transcurso del tratamiento y cuyo monto debe ser verificado por el prestador de acuerdo a la planilla de autorización.
CÓDIGOS DE PRESTACIONES:
33.01.01 TERAPIA INDIVIDUAL.
33.01.03 TERAPIA FAMILIAR O PAREJA.
Valor de la Sesión:
- Terapia Individual $300 (Coseguro $100 – O.S. $200).
- Terapia Familiar $450.
- Terapia xx Xxxxxx $450.
Convenio Provincial.
Obra Social con liquidación mediante sistema WEB.
El afiliado deberá asistir a la consulta con una “orden de práctica” autorizada por la obra social, en la que el profesional volcará al reverso de la misma las fechas de
las sesiones; y deberán constar las firmas del paciente por cada una de ellas. La obra social reconoce hasta 5 (cinco) sesiones mensuales.
Nº de Prestador: 1544.
Entrevistas de orientación a Padres: 24 por año. Psicodiagnósticos: 1 por año.
Liquidación: Mediante Sistema de Liquidación de Obras Sociales Provinciales. El prestador debe presentar en el Colegio además de los bonos y autorización, la planilla que le arroje el Sistema de Liquidación; siempre teniendo presente la fecha limite que indique el mismo.
Valores:
Las categorías de prestadores se han establecido en función a la antigüedad de expedición de título, en los siguientes rangos:
A. Hasta 3 años de expedición de título.
B. Desde 3 años y 1 día hasta los 8 años de expedición de título.
C. Desde los 8 años en delante de expedición de título.
Convenio Provincial.
Nº de sesiones: hasta 30 sesiones por afiliado, por año. Valores:
El paciente concurrirá al profesional psicólogo que libremente elija, el que le entregará la primera solicitud de tratamiento. Para la atención el beneficiario
deberá presentar la autorización emitida por la Auditoría Central de la Obra social, vía fax al (000) 0000-0000/5338 o por mail xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx .
El profesional entregará en el Colegio la planilla de asistencia adjuntando la copia de la autorización emitida.
Las categorías de prestadores se han establecido en función a la antigüedad de expedición de título, en los siguientes rangos:
A. Hasta 3 años de expedición de título.
B. Desde 3 años y 1 día hasta los 8 años de expedición de título.
C. Desde los 8 años en delante de expedición de título.
(PAMI – SOLO VETERANOS XX XXXXXX Y FAMILIARES)
Convenio Provincial. Se presenta en el Distrito.
Para la atención de los afiliados: El titular del beneficio y grupo familiar cuentan con una chequera para la atención psicológica y realización de prácticas de baja complejidad. La misma está compuesta por seis bonos de consulta, seis de práctica y un instructivo. Esta sale impresa con el nombre del titular y número de beneficio. Cuando el afiliado se dirige al prestador para requerir atención, se le debe pedir la documentación correspondiente que acredite su estado de alta en la obra social (recibo de la pensión nacional, DNI del solicitante y carnet de PAMI). Liquidación: El prestador deberá presentar el bono correspondiente (bonos de la chequera que no deben estar autorizados previamente) mas la planilla de asistencia firmada por el afiliado con las respectivas fechas de atención.
UGL LUJAN: Xxxxxxxx, Luján, Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx de la Xxxx y San Xxxxxx xx Xxxxx. Prestaciones
- Consulta psicológica (42.01.01): se reconoce una por profesional al año. Valor:
$420.
- Psicoterapia individual (33.01.01): sin límite de sesiones al año. Sesión mínima de 40 minutos, debidamente respaldada por el bono de consulta y planilla de asistencia. Valor: $420.
- Psicoterapia grupal (33.01.02): sesión mínima de 60 minutos. Valor por sesión por persona (mínimo 4, máximo 8) $221.
- Psicoterapia familiar (33.01.03): sesión mínima de 50 minutos. Se reconocen 4 sesiones mensuales. 24 sesiones al año. Valor sesión: $770.
- Psicoterapia xx Xxxxxx (33.01.04): sesión mínima de 50 minutos. Se reconocen 4 sesiones mensuales. 24 sesiones al año. Valor sesión: $575.
- Atención de urgencia (33.01.05): se reconocerán 5 sesiones al año sin autorización previa. CONSULTAR.
- Psicoterapia Domicilio/ Internación (33.01.06): se acompaña con resumen de Historia Clínica. Con autorización de la obra social. Con Orden de Prestación electrónica emitida por la Agencia o UGL más cercana al domicilio del afiliado. CONSULTAR.
- Psicoprofilaxis Quirúrgica / Obstétrica (33.01.07): se reconocerán 10 sesiones
debidamente respaldadas por xxxx de consulta. CONSULTAR.
- Psicoterapia Individual Discapacidad (33.01.08): sin límites de sesiones al año. Sesión mínima de 40 minutos, debidamente respaldada por el bono de consulta. Valor sesión: $420.
- Psicoterapia Familiar Discapacidad (33.01.09): sesión mínima de 50 minutos. Se reconocerán 4 sesiones mensuales. 24 sesiones al año. Valor sesión: $770.
- Módulo de evaluación Neurocognitiva (33.01.11B): mínimo de 5 entrevistas, con informe. Valor: $4243.
- Psicodiagnóstico clínico (33.01.12A): mínimo 5 entrevistas con informe. Valor: $4243.
Convenio Provincial. CONSULTAS PROFESIONALES:
Se deberá presentar la Planilla que expida el Sistema Provincial de Obras Sociales. Requisitos para la atención del afiliado: En cada consulta profesional se deberá solicitar al afiliado la siguiente documentación:
a) Carnet de afiliación, verificando que el cupón de pago de cuota mutual se corresponda con el mes de la prestación. Este último requisito debe obviarse en el caso de los afiliados incluidos en la denominada "ACTA 63/75", y en las Viudas
R.A.S. los cuales están eximidos del pago de la cuota.
b) Documento de identidad.
No se utilizarán bonos impresos por SADAIC CONSULTA: En cada consulta el afiliado deberá firmar en un recetario del profesional y/o prestador, en la cual deberán consignar los siguientes datos:
a) Nro. de afiliado, indicando, si es titular -T- o participante -E- esposa,-H hija/o (si son varios indicar 1, 2 o 3),- HE- hermana; -P- paxxx x xxxxx 0 x 0- X - xxxxxxxxx, -V- vb ras, etc.
b) Apellido y nombre completos.
c) Tipo de consulta (consultorio o domicilio).
d) Firma de conformidad del afiliado.
e) Fecha de la consulta.
f) Diagnóstico del paciente.
g) Firma del profesional y sello aclaratorio de su nombre y matrícula. TRATAMIENTO DE PSICOLOGIA Como requisito para la realización de los tratamientos de Psicoterapia en consultorio o en domicilio, se deberá autorizar previamente la orden extendida por el profesional tratante en su recetario en la Mutual de S.A.D.A.I.C.
El tope anual para estas prestaciones es de 30 sesiones al año, no pudiendo superar por pedido del profesional las 10 sesiones.
Para la facturación de la práctica, el prestador/profesional deberá incluir el recetario con el pedido autorizado y la planilla donde constará:
a) Fecha de realización de la práctica (por cada sesión realizada).
b) Firma de conformidad del afiliado (por cada sesión realizada).
No serán admisibles para su pago aquellas prestaciones que fueron realizadas con más de 60 días de anterioridad a la fecha de su presentación en esta Mutual, sin excepción.
(AMSA, GALENO LIFE, XXX)
Convenio Distrital.
Las prestaciones de esta Obra Social son para todos los afiliados de SPM que residan en San Xxxxxx xx Xxxxx, San Xxxxxxx xx Xxxxx, Xxxxxx xx Xxxxx y Exaltación de la Xxxx. El profesional actuante podrá ser de cualquier localidad del Distrito.
Nº de sesiones: 4 sesiones por mes, bono autorizado por Xxxx Xxxxx. Duración del tratamiento: 24 sesiones anuales.
Valor de la sesión:
- Terapia Individual: $420.
- Terapia Familiar o Grupal o pareja: $520.
- Psicodiagnóstico: $1350.
Requisitos de autorización: El profesional actuante debe realizar resumen de Historia Clínica y entregársela al paciente quien la enviará vía Fax, en la que se consignará autorización pertinente. La misma deberá ser adjuntada a la facturación.
Para las prestaciones xx XXXXXX, el socio entrega al prestador un bono autorizado por Xxxxxx. Si en el bono figura copago deberá cobrarle al paciente el monto que dice por copago. En el caso que diga copago cero no se deberá cobrar nada.
Convenio Distrital.
Autorización: Cada vez que un paciente consulte, el profesional tendrá que ingresar a la página de xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx, con su nombre de usuario y contraseña (que debe gestionarse por la misma página) y podrá corroborar las condiciones de atención de acuerdo al plan del socio (si se encuentra habilitado o inhabilitado, la cantidad de sesiones, si se le debe cobrar un copago y cuánto). El profesional deberá verificar que la respuesta del ticket diga OK (aceptado) y de haber copago tendrá que cobrarle el monto al socio.
Es responsabilidad del prestador chequear el estado administrativo del socio al momento de atenderlo, así sea a través del 0000-000-0000 o por la web de prestadores.
La Dirección Xxxxxx acepta hasta 4 consultas por mes, por socio, de acuerdo a las normas del Nomenclador Nacional, debiendo adjuntar historia clínica cuando la cantidad de las mismas excedan lo autorizado, caso contrario se debitará el excedente.
El Paciente deberá presentar el documento nacional de identidad y la credencial de afiliación emitida por Swiss Medical, la que deberá encontrarse vigente.
El prestador deberá verificar si el afiliado se encuentra habilitado para recibir la prestación solicitada.
El Prestador deberá llevar una historia clínica detallada de cada uno de los afiliados de Swiss Medical.
El Prestador no podrá requerir ningún tipo de contraprestación excepto en los casos que Swiss Medical lo autorice mediante comunicación fehaciente.
Se deberá presentar en el Colegio la planilla de asistencia mensual con fecha de sesión y firma del paciente, junto con todos los datos requeridos por la planilla.
Teléfonos para confirmar prestación y consultar copago:
Centro de atención al profesional, atiende de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 hs.
0000-000-0000.
Para lo que es CABA el proceso de alta de prestador es diferente a provincia. Se deberá enviar CV al mail xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx para que el mismo sea evaluado por el comité de altas. Sería un contrato directo ya que el colegio no tiene convenio para CABA.
Prestaciones discapacidad: Se debe completar la documentación que le acerca el socio al profesional y con dicha documentación completa, el paciente solicitará en Swiss Medical la correspondiente autorización.
Todo lo que corresponde a discapacidad requiere autorización previa. Una vez autorizado por Swiss Medical, el profesional podrá atender al socio y facturar con planilla de asistencia + autorización emitida por la obra social.
Período de Liquidación: Mes completo. No se aceptarán prestaciones pasadas los
60 (sesenta) días de su realización. El Prestador podrá facturar únicamente aquellas prestaciones efectivamente realizadas y convenidas.
Plazo de Pago: El pago se realiza a los 60 (sesenta) días de realizada la presentación de la liquidación del Distrito en Swiss Medical.
Prácticas y aranceles:
Discapacidad por resolución Ministerial
Sistema de Liquidación de Obras Sociales Provinciales
Obras Sociales en las cuales hay que utilizar el sistema:
ACA SALUD – DASUTEN – IOSFA – MUTUAL FEDERADA – OSPPRA – PODER JUDICIAL – SADAIC
¿De qué se trata?
Se trata de un Sistema único de funcionamiento web para que los Profesionales Prestadores, registren los tratamientos y posteriores liquidaciones a presentar en Colegio de Distrito.
¿Cuándo y cómo iniciar en el Sistema?
Los prestadores podrán ingresar al mismo, indicando en su navegador preferido la siguiente dirección, xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxx
Cada uno de los prestadores que se haya registrado como tal en el Colegio de Distrito, va a tener generado su usuario y se gestionará su contraseña en forma privada y personal a través de la misma pantalla inicial de Ingreso.
El usuario es su número de matrícula y la contraseña la gestiona la primera vez o las veces que sea necesario a través de la opción “Olvidé mi contraseña”. Al utilizar esta opción el Sistema le enviará un correo electrónico a su cuenta de mail con las instrucciones para ingresar una nueva clave privada del profesional.
¿Qué debo hacer en el Sistema?
En el Sistema se deben Registrar los Tratamientos que se les haya prestado a cada uno de los afiliados de la Obra Social seleccionada. En ACA Salud deberán registrar también las Fechas de Atención.
Posteriormente, y de acuerdo al Cronograma de Fechas de Cierre de las liquidaciones de cada uno de los meses disponibles, se deberá liquidar los
tratamientos ingresados y presentar dicha liquidación en Colegio de Distrito hasta la fecha de finalización de recepción de liquidaciones.
¿Qué tratamientos debo ingresar?
Se deben ingresar todos los tratamientos efectivamente prestados y cumplir con las formalidades impuestas de armado de Legajo por el Colegio de Psicólogos, siempre y cuando los tratamientos no tengan más de tres meses de realizados.
Conclusión, ¿entonces cómo me inicio en el Sistema?
En esta primera instancia vamos a iniciar registrando tratamientos que se realizaron o se van realizando durante el mes. Pueden incluirse tratamientos anteriores no presentados, pero dos meses anteriores únicamente.
Una vez que estén todos los tratamientos registrados se procederá a generar la liquidación. La liquidación generada e impresa, con los legajos debidamente ordenados y cumplidas las formalidades de armado de los mismos, se deberá presentar como máximo en el Colegio de Distrito en la fecha indicada en el Sistema como límite de la presentación (Fecha de Cierre).
¿Qué sucede si no presento la liquidación a tiempo?
De no presentar la liquidación del mes en curso en el Colegio de Distrito antes del cierre, esta ya no podrá ser recepcionada por los empleados administrativos del colegio y los tratamientos incluidos en la misma pasarán a estar nuevamente disponibles en el Sistema para ser liquidados en la siguiente presentación.
¿Dónde puedo encontrar información adicional del sistema?
Como prestador, podrá acceder a un video de orientación del Sistema en la siguiente dirección, xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxx?xxXxxXxXXXXXX
INFORMACIÓN GENERAL
Las liquidaciones de las distintas Obras Sociales se recibirán en el Distrito hasta el día 5 de cada mes o día hábil anterior. En el caso de las obras sociales provinciales según la fecha que arroje el sistema Web.
El Colegio realiza una retención del 4 % en conceptos de gastos administrativos en los convenios distritales y el 6 % en convenios provinciales.
También se realizará la retención del 3,5 % correspondiente a Ingresos Brutos.
Los pagos de las Obras Sociales se realizan a partir del día 10 de cada mes hasta el último día hábil del mes.
Xxxxxxx deseen dar de baja sus prestaciones a las Obras Sociales, deberán solicitarlo durante los meses xx XXXXX y SEPTIEMBRE de cada año. De lo contrario continuarán teniendo vigencia los listados actuales. Asimismo con cualquier tipo de dato a actualizar en los listados. Se solicita la actualización constante de la información.