TERMINOS Y CONDICIONES DEL CONTRATO DE TRANSPORTE COLEGIAL
TERMINOS Y CONDICIONES DEL CONTRATO DE TRANSPORTE COLEGIAL
1. El TRANSPORTE COLEGIAL será supervisado y coordinado por el COLEGIO XXXXX XXXXX, de aquí en adelante EL COLEGIO, por una parte; y por la otra, (nombre del acudiente) quien contrata el servicio de transporte para trasladar diariamente al estudiante
(nombre del estudiante), de aquí en adelante EL CONTRATANTE, que cursa el (indicar el nivel que cursa) en el horario establecido por el colegio de lunes a viernes, exceptuando días nacionales, feriados y que así lo indique el calendario escolar del colegio.
2. EL TRANSPORTE identificado con el No. (número de Bus), de aquí en adelante
EL TRANSPORTISTA trasladará al CONTRATANTE del COLEGIO a su residencia que queda ubicada en
(establecer la dirección de la residencia del estudiante) y viceversa, exclusivamente.
3. Los costos del servicio de transporte ofrecido por EL COLEGIO dependerá de la ubicación de la residencia, por lo que a continuación se detallan los mismos:
UBICACION | RUTA CONTRATADA MARCAR (X) | COSTO DE SERVICIO COMPLETO (IDA Y VUELTA) |
CDS Y XXXXXXX | $90.00 | |
ÁREAS REVERTIDAS | $110.00 | |
XXXXX DEL ESTE | 130.00 | |
OTROS | $120.00 |
4. El Contrato de Transporte Colegial es anual (marzo 2020 – diciembre 2020 / año lectivo) y será pagado ÚNICAMENTE al COLEGIO por lo que EL CONTRATANTE podrá pagar todo el año por adelantado por la prestación del servicio de transporte. Se establece que todos los pagos por este servicio se deberán realizar en la administración del Colegio Xxxxx Xxxxx y NO al TRANSPORTISTA.
5. Independientemente del costo del transporte y de la forma de pago de este contrato (mensual o anual), para que EL COLEGIO brinde e inicie este servicio, EL CONTRATANTE se compromete en firmar el contrato y pagar por adelantado al COLEGIO, el primer mes de servicio (marzo de 2020), seguro ($10.00) y el último mes de servicio (diciembre de 2020), al momento de la firma del presente contrato. Sin el cumplimiento de esta condición este servicio no podrá ser ofrecido al CONTRATANTE.
6. Las cuotas mensuales deben pagarse dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes, de lo contrario pagará un DIEZ POR CIENTO (10%) adicional en concepto de morosidad por pago atrasado, al igual que EL COLEGIO podrá suspender de inmediato el servicio de transporte al CONTRATANTE luego de haber transcurrido 20 días de atraso en el pago de la cuota mensual hasta el momento en que pague el monto total.
7. El CONTRATANTE entiende y acepta que este contrato es anual por lo que si retira al estudiante del servicio de transporte antes de la fecha de terminación del presente contrato sin causa justificada; EL CONTRATANTE deberá cancelar las mensualidades del año lectivo que faltasen por pagar al COLEGIO.
8. Si El CONTRATANTE requiere utilizar el transporte de manera parcial, es decir, por determinada cantidad de meses, deberá notificarlo por escrito al Jefe de Transporte del COLEGIO a la firma del presente contrato o como máximo hasta el 00 xx xxxxx 0000. Una vez transcurrido este término El CONTRATANTE, estará obligado a cancelar las mensualidades restantes hasta que finalice el año lectivo correspondiente.
9. Si El CONTRATANTE requiere utilizar el servicio de transporte antes de la fecha VEINTE (20) de cualquier mes, deberá pagar el mes completo en que inicie el servicio, en caso contrario, esto es, que inicie después del VEINTE (20) del mes, pagará la mensualidad proporcional a razón del 50% de su cuota mensual de acuerdo a su ruta.
10. El CONTRATANTE entiende y acepta que, si por alguna razón el estudiante desea viajar en otro bus diferente al TRANSPORTISTA, ya sea porque el estudiante requiere ir a la casa de un compañero que viaja en un bus de otra ruta, deberá enviar un correo electrónico a través del Renweb con la debida autorización a más tardar 1:00 p.m., para coordinar la disponibilidad del bus donde desea viajar el estudiante.
Este servicio no tendrá costos adicionales ya que será un valor agregado dentro de su contrato de servicio de transporte.
11. EL COLEGIO se reserva el derecho de admitir el cambio de fuera xx xxxx del estudiante por su seguridad si El CONTRATANTE no ha cumplido previamente con lo establecido en la cláusula 10 de este contrato.
12. EL COLEGIO se compromete a garantizar que el autobús cuente con una monitora o asistente que acompañe a los estudiantes mientras el transportista hace el recorrido de la ruta de sus casas al colegio y viceversa.
13. Este contrato incluye como valor agregado el servicio de transporte sin costo adicional cuando el estudiante esté participando de alguna de las ligas intercolegiales deportivas promovidas por el colegio durante el año y necesite trasladarse a su casa luego de las prácticas.
14. EL COLEGIO acepta que se considera causa justificada de retiro anticipado del servicio de transporte y el no pago de la mensualidad por parte del CONTRATANTE, en los casos siguientes:
• Que El CONTRATANTE notifique por escrito durante el primer mes del año lectivo hasta el 30 xx xxxxx 2020 al COLEGIO, la información sobre la fecha exacta del traslado de la familia por razones laborales cuando se trata de estudiantes internacionales o en el caso de mudanza de residencia que implicaría cambio de la ruta y del servicio del transporte.
• Por razones de fuerza mayor ocaso fortuito y/o de salud del estudiante que impidan continuar con el servicio de transporte, lo que deberá ser sustentado por escrito con una certificación médica.
15. EL COLEGIO se compromete a garantizar que se mantenga en buenas condiciones el autobús que se utiliza para la prestación de este servicio.
16. EL CONTRATANTE debe estar listo 10 minutos antes de la hora acordada entre las partes. De no ser así, EL TRANSPORTISTA, seguirá su ruta para no perjudicar al resto del estudiantado.
17. Cuando el estudiante no utilice el servicio de transporte temporalmente por algún caso fortuito ya se por enfermedad, viaje o cualquier otro motivo, EL CONTRATANTE deberá dar aviso previo al Jefe de Transporte y detallando el tiempo que el estudiante estará ausente, con la finalidad de que se pueda xxxxxxxxxxx xx xxxx.
00. EL CONTRATANTE deberá mantener durante su estancia en el transporte una buena conducta. En caso de daños y/o perjuicios causados por EL CONTRATANTE al transporte los padres o acudientes se comprometen a pagar los mismos. Si por decisión del COLEGIO, el estudiante fuese suspendido por razones de conducta inadecuada para permanecer utilizando el servicio de transporte, EL CONTRATANTE, acepta seguir pagando este servicio, aunque no lo utilice, debido a que es un contrato anual y no mensual.
19.EL CONTRATANTE no podrá pagarle ningún tipo de remuneración al TRANSPORTISTA. Asimismo, EL CONTRATANTE no podrá pactar con el TRANSPORTISTA de ninguna forma algún tipo de acuerdo con relación a este servicio de transporte, cualquier solicitud debe ser canalizada por medio del colegio a través del jefe de transporte.
20. Este contrato es exclusivo para la prestación del SERVICIO DE TRANSPORTE REGULAR, si el CONTRATANTE inscribe a su acudido en cualquiera de las Actividades Extracurriculares promovidas por el COLEGIO o el Comité de Padres que requieran el servicio de transporte extracurricular como el estudio dirigido, club de Robótica, Club de Arte, entre otras deberá asumir los costos de dicho transporte.
21. de requerir EL COLEGIO se compromete a garantizar la prestación del servicio de transporte durante el año escolar que se mantenga en buenas condiciones el autobús que se utiliza para la prestación de este servicio.
22. Este contrato tendrá una vigencia anual contada a partir del de de 2020 hasta el 4 de diciembre de 2020.