Contract
0.3.5.21 RJU
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx Xxxxxxxx Tel. 000 00 00 00 Fax 000 00 00 00 C.I.F. P-4602100-B Reg.Entitas Locals 01460214
PLIEGO DE CONDICIONES ECONOMICO ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACION DE LA EXPLOTACION DE LAS INSTALACIONES DESTINADAS A BAR SITAS EN EL CINTURON VERDE DE ALDAIA.
PRIMERA.- Es objeto de contratación la adjudicación de la explotación de las instalaciones destinadas a bar sitas en el Cinturón Verde de Aldaia.
SEGUNDA.- El plazo del contrato tendrá una duración de un año.
Una vez cumplido el plazo inicial, el contrato podrá ser objeto de prórrogas expresas de mutuo acuerdo, año por año hasta una duración máxima del contrato de cuatro años.
El plazo inicial de un año es de obligatorio cumplimiento para el adjudicatario, de tal modo que si en el mismo se solicitase la rescisión por voluntad del mismo, la efectividad de la rescisión conllevará la pérdida de la fianza definitiva depositada.
En todo caso se fija un plazo de preaviso de dos meses, tanto para el plazo de vigencia inicial como para las prórrogas anuales, en su caso.
TERCERA.- El precio a abonar por el adjudicatario es de 1.800 Euros anuales, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido, que sufrirá un incremento sucesivo año por año igual al del coste de la vida publicado por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo sustituya.
CUARTA.- Forma de Pago: el adjudicatario satisfará el precio anual de la adjudicación por mensualidades vencidas, a razón de 150’00 Euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido.
El Ayuntamiento girará mensualmente los correspondientes mandamientos de ingreso (recibos) a la Entidad Bancaria donde el adjudicatario obligatoriamente debe domiciliar el pago de los mismos, con vencimiento los días 10 de cada mes.
Para la aplicación de lo previsto en la Cláusula Tercera, en el caso de que al momento de girarse el recibo correspondiente al mes en que deba hacerse efectiva la actualización del IPC fuera este desconocido, se aplicaría tal actualización en el inmediato siguiente en que fuere conocido, para regularizar la aplicación del incremento.
QUINTA.- El arrendatario no podrá realizar obras de ningún tipo. Igualmente no se podrán colocar máquinas de juego de ninguna clase sin la previa autorización por escrito del Ayuntamiento, estando prohibida expresamente la colocación de las máquinas de tipo B.
SEXTA.- El arrendatario vendrá obligado al pago de todos los gastos derivados del funcionamiento de la actividad. A título meramente enunciativo se señalan los siguientes:
Consumo de energía eléctrica, agua potable, gas, teléfono, cuotas del Impuesto de Actividades Económicas y tasa por ocupación de la vía pública, en su caso.
SEPTIMA.- El arrendatario deberá estar de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente a la actividad.
El local se entrega exclusivamente con los servicios sanitarios necesarios, no existiendo equipamiento para su funcionamiento como bar, que deberá ser instalado por el contratista previa conformidad del Ayuntamiento de Aldaia.
Es obligación del contratista la conservación y mantenimiento de los locales y equipamiento sanitario en perfecto estado de uso y limpieza. Se incluye de manera específica y a título meramente enunciativo los desperfectos, deterioro o pérdida de los utensilios del equipamiento, mobiliario, pintura, elementos de iluminación, rotura xx xxxxxxxxx, embozo de cañerías etc.
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OCTAVA.- Horario de apertura. El adjudicatario deberá cumplir estrictamente los horarios de apertura y cierre legalmente establecidos en función de la actividad a desarrollar, como en su caso los que pudiera determinar el Ayuntamiento, sin perjuicio de la facultad del Ayuntamiento de Aldaia de variar los horarios de apertura y cierre cuando las necesidades del servicio lo exijan.
NOVENA.- Garantías y Fianzas. Los licitadores deberán acompañar con su oferta el documento que acredite la constitución de garantía provisional por importe de 600 Euros.
Quién resulte adjudicatario deberá constituir con carácter previo a la formalización del oportuno contrato fianza definitiva por importe de 1.500 Euros.
DECIMA.- Las personas o entidades interesadas en la contratación deberán presentar sus ofertas en el plazo que se establezca en el anuncio de licitación, que será objeto de publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Diario Oficial de la Generalidad Valenciana, en el Registro General del Ayuntamiento de nueve a catorce horas. En igual plazo, horario y lugar estará a disposición de los interesados la documentación completa.
Las ofertas se formalizarán cumplimentando el modelo que se acompaña al presente como anexo I, adjuntando la documentación indicada en el mismo.
UNDÉCIMA.-.
La Mesa de Contratación estará constituida del modo siguiente:
- Presidente, que lo será el de la Corporación Municipal, o miembro en quien delegue.
- El Secretario General
- El Interventor.
- El Jefe del Servicio de Régimen Jurídico y Contratación.
- y como secretario de la Mesa un Funcionario del Departamento de Contratación.
Apertura de plicas. Al día siguiente hábil posterior, a la terminación del plazo de presentación de ofertas, se procederá a la apertura de las ofertas. Si fuera sábado se aplazaría la apertura al día hábil siguiente.
La Mesa de Contratación calificará previamente la documentación acreditativa de la personalidad, declaración responsable de la capacidad de obrar, acreditación del ingreso de la fianza provisional y de la solvencia económica e historial haciendo constar la experiencia y trabajos anteriores en hostelería.
Posteriormente, en acto público se procederá a la lectura de las memorias descriptivas, precios ofertados, equipamiento y mejoras presentadas.
DUODÉCIMA.-. El Ayuntamiento, sobre la base de la documentación aportada por los licitadores, historial y demás antecedentes, así como de los informes que en su caso se consideren oportunos, resolverá la adjudicación, de acuerdo con los siguientes criterios y porcentajes de valoración:
- Memoria descriptiva del enfoque a dar a las instalaciones, tipo de servicios a ofrecer, periodicidad de las tareas de mantenimiento y limpieza, temporalidad y horarios de apertura: 50%.
- Hoja de precios propuestos: 20%.
- Equipamiento y mejoras ofertadas: 20%.
- Experiencia acreditada en hostelería: 10%.
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El Ayuntamiento podrá declarar desierta la contratación si considera que ninguna de las ofertas presentadas reúne los requisitos mínimos imprescindibles para la adjudicación.
Si se considerase oportuno, podrá convocarse a todos o parte de los licitadores al desarrollo de entrevista con la finalidad de aclaración de los extremos contenidos en este Pliego así como los derivados de la Oferta presentada.
El contrato será formalizado siendo de cuenta del adjudicatario los gastos del anuncio de licitación así como el pago de los impuestos que en su caso se deriven.
DECIMOTERCERA.- El adjudicatario se obliga a mantener en las debidas condiciones higiénico sanitarias las instalaciones asignadas y zona de influencia ( zona que será precisada al adjudicatario por las autoridades municipales), conforme a las normas legales vigentes.
Igualmente deberá respetarse de manera estricta lo dispuesto legalmente y lo que pudiera determinar el Ayuntamiento de Aldaia respecto a horarios de apertura y cierre, así como la normativa sobre prevención de drogodependencias, consumo de bebidas alcohólicas y prohibición de juegos xx xxxx.
DECIMOCUARTA.- CAUSAS DE RESOLUCION.
Entre las causas de Resolución de la relación contractual, se señalan de manera expresa las siguientes:
- La demora en el pago por más de 30 días.
- El incumplimiento de las condiciones recogidas en este pliego y las obligaciones de:
1. Conservar en perfecto estado las instalaciones y llevar acabo una adecuada limpieza de las mismas y de su zona de influencia con la periodicidad necesaria para un perfecto estado higiénico sanitario.
2. Destinar las instalaciones exclusivamente al uso pactado.
3. Efectuar las reparaciones necesarias.
4. Responder de los deterioros, incluso los producidos por los usuarios.
DECIMOQUINTA.- Serán de la exclusiva responsabilidad del adjudicatario el cumplimiento de sus obligaciones sociales y de seguridad social. El Ayuntamiento se reserva el derecho de exigir la justificación de su cumplimiento durante la vigencia del contrato.
Igualmente el arrendatario responderá frente a terceros de los daños y perjuicios que les causare como consecuencia del ejercicio de su actividad. A tales efectos deberá acreditar con carácter previo a la formalización del documento contractual tener suscrita póliza de seguros que dé cobertura a tales riesgos.
ULTIMA.- NORMATIVA SUPLETORIA Y JURISDICCION COMPETENTE.
En lo no previsto por el presente pliego y en lo que se refiera a preparación y adjudicación, se estará a lo previsto en la legislación de contratos aplicable a la administración local, de conformidad con lo previsto en la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen
Local y en el Real Decreto Legislativo 781/1986 por el que fue aprobado el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local.
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Las controversias litigiosas que pudieran surgir con motivo del presente contrato respecto a los efectos y extinción se regirán por las normas de derecho privado que en su caso resultaren aplicables, y se dilucidarán ante la jurisdicción civil sin perjuicio de la consideración de actos jurídicos separables los que se dicten en relación con la preparación y adjudicación del contrato que podrán ser impugnados ante el orden jurisdiccional contencioso – administrativo.
ANEXO I : MODELO DE PROPOSICION.
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SOBRE CERRADO CON LA SIGUIENTE INSCRIPCION: PROPOSICION PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EXPLOTACIÓN DE LAS INSTALACIONES DESTINADAS A BAR SITAS EN EL CINTURON VERDE DE ALDAIA.
D CON DOMICILIO EN
CON DNI Nº -, EN PLENA POSESION DE SU CAPACIDAD JURIDICA Y DE OBRAR, EN NOMBRE PROPIO (O EN REPRESENTACION DE )
OFERTA ASUMIR LA EXPLOTACION DE LAS INSTALACIONES DESTINADAS A BAR SITAS EN EL CINTURON VERDE DE ALDAIA, EN LOS MISMOS TERMINOS ESTABLECIDOS EN EL PLIEGO DE CONDICIONES QUE RIGE LA CONTRATACION CUYO CONTENIDO CONOCE Y ACEPTA, POR LA CANTIDAD DE 150’00 EUROS MENSUALES, IVA INCLUIDO.
ACOMPAÑA LA SIGUIENTE DOCUMENTACION.
1. ACREDITACION DE PERSONALIDAD MEDIANTE COPIA DE DNI SI SE TRATA DE PERSONA FISICA, O ESCRITURA DE CONSTITUCION O DOCUMENTO EQUIVALENTE SI SE TRATA DE PERSONA JURIDICA, DEBIDAMENTE INSCRITA EN LOS REGISTROS CORRESPONDIENTES, Y ESCRITURA DE APODERAMIENTO DE QUIEN OSTENTE LA REPRESENTACION DE LA ENTIDAD.
2. DECLARACION RESPONSABLE DE SU PLENA CAPACIDAD DE OBRAR Y DE NO INCURRIR EN NINGUNA DE LAS CIRCUNSTANCIAS QUE ENUMERA EL ARTICULO CUARENTA Y NUEVE DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO
3. DOCUMENTO QUE ACREDITE LA CONSTITUCION DE FIANZA PROVISIONAL.
4. HISTORIAL HACIENDO CONSTAR EXPERIENCIA Y TRABAJOS ANTERIORES EN HOSTELERIA ( SE HARA CONSTAR TODO AQUELLO QUE CONSIDERE OPORTUNO DE CARA A DETERMINAR SU IDONEIDAD PARA RESULTAR ADJUDICATARIO, ACREDITÁNDOLO DOCUMENTALMENTE SI FUERE POSIBLE, PARA SU ADECUADA VALORACION).
5. MEMORIA DESCRIPTIVA DEL ENFOQUE A DAR A LAS INSTALACIONES; TIPO DE SERVICIOS A OFRECER, PERIODICIDAD DE LAS TAREAS DE MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA, TEMPORALIDAD Y HORARIOS DE APERTURA, HOJA DE PRECIOS PROPUESTOS, EQUIPAMIENTO Y MEJORAS QUE SE OFRECEN.
LUGAR, FECHA Y FIRMA.
DOCUMENTACION QUE SE COMPROMETE A APORTAR CON CARÁCTER PREVIO A LA FORMALIZACION DEL CONTRATO SI RESULTA ADJUDICATARIO.
- DOCUMENTO ACREDITATIVO DEL PAGO DEL ALTA EN EL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS.
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- CERTIFICACION DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL PAGO DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y DE SEGURIDAD SOCIAL, CUYO CUMPLIMIENTO DEBERA ACREDITARSE, EN SU CASO, CON POSTERIORIDAD ANTE EL AYUNTAMIENTO EN TANTAS OCASIONES COMO ESTE LO SOLICITE DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO.
- DOCUMENTO ACREDITATIVO DE TENER SUSCRITA POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR LA QUE PUDIERA IMPUTARSE AL CONTRATISTA.
- DOMICILIACION BANCARIA Y A SU NOMBRE DE LOS RECIBOS DE CONSUMO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, AGUA Y BASURA.
- INVENTARIO Y DESCRIPCION DEL ESTADO ACTUAL DE LAS INSTALACIONES.
- DOCUMENTO ACREDITATIVO DE INGRESO DE FIANZA DEFINITIVA.