INFORME TÉCNICO
Expediente: | 2018/00001772P |
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Representante: | |
Educación (RHR) |
INFORME TÉCNICO
Visto el expediente de referencia, el/la Técnico que suscribe y en relación al mismo, tiene a bien emitir el siguiente INFORME:
INFORME-MEMORIA JUSTIFICATIVA
1. SERVICIO PROPONENTE.
Educación
2. OBJETO Y NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO.
Será objeto del presente contrato la gestión del servicio público de La Escuela de Educación Infantil Municipal “Xxxxxxxx Xx Xxxxxxx” , X/Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx xxx Xxxxx que deberá abarcar la atención total de los niños/as escolarizados en la misma, tanto en los aspectos educativos, establecidos por la Consejería de Educación (Decreto12/2008, de 14 de febrero, por el que se determinan los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León ) , como en la alimentación dentro del horario del centro, cuidado y limpieza, así como la gestión y administración del centro y de la coordinación con los técnicos del Excmo. Ayuntamiento de Xxxxxx xxx Xxxxx.
3. PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN.
Procedimiento Abierto de Tramitación Ordinaria
4. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DEL CONTRATO.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 xx xxxx, de Educación, regula en el Título I. Capítulo I, la Educación infantil, etapa educativa con identidad propia que atiende a niños y niñas desde el nacimiento hasta los seis años, ordenada en dos ciclos de tres años cada uno.
Los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil se orientan a lograr un desarrollo integral y armónico de los niños y niñas, y a procurar los aprendizajes que contribuyan y hagan posible dicho desarrollo.
Las Escuelas infantiles son una necesidad, desde la perspectiva educativa, mejora el aprendizaje del niño ya que es un momento de gran capacidad para la captación de conocimientos; favorece el desarrollo de muchas capacidades y habilidades sociales y por otro lado realiza una gran función social ya que permite el acceso al empleo y contribuye así con la conciliación de la vida familiar y laboral.
La necesidad que se pretende satisfacer con el presente contrato es continuar con la prestación del servicio de educación a la infancia en la Escuela Infantil “Xxxxxxxx de Colores” (con un total de 82 plazas), de forma que no se vea interrumpido el curso escolar 2018/2019, dada la previa resolución del contrato adjudicado al anterior concesionario.
5. IMPORTE DEL CONTRATO
GASTOS
GASTOS DE PERSONAL | 146.434,56€ |
Sueldos y Salarios | 95.029,50€ |
Seguridad Social | 30.128,25€ |
Absentismo 8% | 10.012,62€ |
Sustitución vacaciones | 11.264,20€ |
GASTOS ALIMENTACIÓN | 9.877,79€ |
GASTOS MANTENIMENTO | 19.840,43€ |
Reparaciones, DDD, Alarma, Jardín, Legionella, Mnto. Informático Mutua trabajadores, Appfamilias, Análisis y controles cocina, Análisis agua….) Compra productos limpieza | 3.981,16€ |
Compras material didáctico y de oficina | 1.232,69€ |
Suministros: gas, electricidad y agua | 10.211,98€ |
Teléfono e internet | 700,00€ |
Seguros y Avales | 900,00€ |
TOTAL GASTOS | 193.178,61€ |
* Los Salarios están calculados sobre el Convenio Colectivo Estatal de Centros de Asistencia y Educación Infantil (B.O.E.nº70 de 22 xx xxxxx de 2010
INGRESOS (Calculados sobre 75 plazas ocupadas)
Matrículas | 7.500,00€ |
Horario general (75 plazas.190€.11 meses) | 156.750,00€ |
Servicio desayuno y comedor (media de 45 niños/as.75€.11 meses) | 37.125,00€ |
Servicio pequeños madrugadores (media 4 niños/as 30€.11 meses) | 1.320,00€ |
TOTAL INGRESOS | 202.695,00€ |
El concesionario asumirá la financiación de la explotación, de manera que todos los gastos que se originen como consecuencia de la misma serán de su exclusiva cuenta. El Ayuntamiento de Xxxxxx xxx Xxxxx no avalará ninguna operación financiera ni participará, de ninguna forma, en la financiación de la explotación ni asegurará al concesionario una recaudación o rendimiento mínimo ni tampoco tendrá obligación de otorgar subvención de ninguna clase para la gestión del servicio. Todos los gastos de formalización de la concesión serán de cuenta de la empresa concesionaria.
6. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.
Durante el contrato, las tarifas, que percibirá el concesionario/a serán, como máximo, las siguientes:
Asistencia con horario general De 9,30 a 13,00 h. y de 15,00 h. a 17,00 h. | 190,00 €. alumno/a y mes |
Servicio de Pequeños Madrugadores De 7,30 h. a 8,30 h. | 30,00 €. alumno/a y mes |
Servicio de desayuno. De 8,30 h. a 9,30 h. y Servicio de comedor. De 13,00 h. a 15,00 h. | 75,00 €. alumno/a y mes |
Servicio de comedor, por día individual | 6,00 € alumno/a y día |
Servicio de desayuno, por día individual | 3,00 € alumno/a y día |
Matrícula | 100,00 € alumno/a al año |
El tipo de licitación de contrato es 190€.
El valor estimado del contrato es 190€/ precio de cada plaza por 11 meses y por 82 plazas / igual a 171.380€ anuales. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO SEGÚN DURACIÓN
PREVISTA: Se establece en la cantidad de 810.780,00€ procedente del siguiente cálculo: total de ingresos previstos en el estudio económico financiero (202.695,00€), IVA excluido multiplicado por CUATRO años de duración de contrato, (incluidas las prórrogas)
7. CLASIFICACIÓN.
Para ser adjudicatario del presente contrato no es preciso estar en posesión de clasificación empresarial alguna, sin perjuicio de acreditar la correspondiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional por los medios establecidos en el presente informe y Pliego Técnico.
8. CRITERIOS DE SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL, Y ECONÓMICA Y FINANCIERA.
IX.- SOLVENCIA TÉCNICA.-
La acreditación de solvencia técnica o profesional se realizará aportando la siguiente documentación:
a. Relación de los principales servicios de características similares al que es objeto de la licitación, ejecutados por el licitador en los seis últimos ejercicios, acompañadas de certificados o informes de buena ejecución.
b. El adjudicatario deberá justificar que dispone de recursos humanos y técnicos suficientes para ejecutar las prestaciones objeto del contrato, sin que esta actividad suponga la afectación de la totalidad de sus recursos ó la jornada completa de su personal.
X.-SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA.-
La acreditación de solvencia financiera se podrá acreditar por los medios siguientes:
a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
9. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y PONDERACIÓN.
A efectos de convocatoria para la adjudicación de la contratación mediante procedimiento abierto de tramitación ordinaria de la concesión de la Escuela de Educación Infantil “Xxxxxxxx de Colores” de Xxxxxx xxx Xxxxx, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
CRITERIOS ECONÓMICOS
1.- Importe de la baja:
Que con relación al tipo de licitación implique la proposición económica de cada participante en la licitación. Se podrá proponer una rebaja solamente de las tarifas “Asistencia con horario general” y en las tarifas referidas al concepto de “servicio de desayuno y comedor”.
Se otorgará la máxima puntuación a cada proposición económica que contenga (dentro de los criterios establecidos) el mayor importe de baja.
Las restantes proposiciones serán puntuadas de manera directamente proporcional.
Puntuación por baja en “asistencia general”: Valoración: de 0 a 10 puntos
Puntuación por baja en “servicio desayuno y comedor”: Valoración: de 0 a 10 puntos 2.- Ampliación del horario a los profesionales contratados:
Se valorarán las propuestas hasta 25 puntos obteniendo la máxima puntuación (25 puntos) el licitador que cuantitativamente presente mayor propuesta de apoyos y ampliación horaria del personal a contratar y obteniendo 0 puntos los licitadores que no presenten mejoras al respecto. El resto de propuestas serán valoradas de forma proporcional. A efectos de aplicación del baremo, la contratación de dos profesionales a media jornada es equivalente a la contratación de un profesional con dedicación a jornada completa.
3.- Aportación de material:
Se valorará la dotación de material necesario que justifique un aumento de prestaciones para el centro y que afecten al objeto del contrato, obteniendo 5 puntos por cada propuesta que contenga un importe igual o superior a 2.000 € y deberá cumplir los siguientes requisitos:
-Estar directamente relacionadas con el equipamiento a este Centro.
-Estar valoradas económicamente a precio xx xxxxxxx presentando un presupuesto de dichas mejoras.
Valoración máxima: 20 puntos
*Antes de comenzar el curso, se aportarán a la Concejalía de Educación y Cultura, las correspondientes facturas del material adquirido.
CRITERIOS CUALITATIVOS
4.- Proyecto Educativo:
Se valorará un Proyecto Educativo dirigido a este centro: Contexto social de la realidad de Xxxxxx xxx Xxxxx, objetivos, contenidos, metodología, criterios de evaluación, diseño de actividades, aspectos organizativos y funcionales, atención a la diversidad y a la coeducación y plan de relaciones con las familias.
Valoración: de 0 a 20 puntos repartiéndose de la siguiente forma:
Al mejor Proyecto educativo 20 puntos. Al segundo mejor 10 puntos. Al tercero 5 puntos y al cuarto y sucesivos 0 puntos
5.- Propuesta de mejoras de otras actividades:
Se valorarán las actividades para niños fuera del Calendario Escolar y en horario no lectivo. Máximo 15 puntos: Por cada actividad propuesta durante el curso 3 puntos.
6.-De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 147 de la LCSP, en caso de igualdad entre dos o más proposiciones, desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato la empresa que, acredite los siguientes criterios sociales y o medio ambientales:
A) Inserción socio laboral de personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social.
B) Planes de igualdad de género. C) Fomento de la contratación femenino. D) Mejora de las condiciones laborales y salariales. E) Estabilidad en el empleo. F) Formación y la protección de la salud y la seguridad en el trabajo. G) Contratación de un mayor número de personas para la ejecución del contrato. H) Mantenimiento o mejora de los recursos naturales que puedan verse afectados por la ejecución del contrato.
10. DURACIÓN Y PRÓRROGAS.
El contrato tendrá un plazo de vigencia de dos cursos escolares a contar desde la fecha que se establezca en el documento de formalización. Asimismo, por acuerdo expreso de las partes, el presente contrato será susceptible de prórroga expresa por dos cursos más, sin que, en total, la duración del contrato pueda exceder de cuatro años, prórrogas incluidas (2018/2019 hasta 2021/2022).
11. FINANCIACIÓN.
La contraprestación del presente contrato de gestión del servicio público de la Escuela Infantil se efectuará mediante aportación por parte del Ayuntamiento y el cobro de tarifas a los usuarios/as del mismo.
La cantidad mensual a abonar por el Ayuntamiento a la empresa no incluirá la cuota que ésta tendrá que recaudar a los usuarios/as. En consecuencia, de cada mensualidad a abonar por el Ayuntamiento al concesionario, se descontará la cuota que haya debido recaudar éste a los usuarios/as por la asistencia al Horario General del Centro, Servicio de Pequeños Madrugadores o Servicio de desayuno y comedor.
La modalidad de pago por parte del Ayuntamiento será mediante once mensualidades, de septiembre a julio que el Ayuntamiento abonará al adjudicatario a mes vencido previa factura conformada.
Conforme al presupuesto actualmente vigente en la Corporación, existe crédito suficiente para financiar las obligaciones económicas que se derivan del presente contrato, para el año 2018, en la aplicación presupuestaria 323.2279915.
12. CONTRATOS DE SERVICIOS: INFORME SOBRE INSUFICIENCIA DE MEDIOS.
A través de la contratación de la gestión del servicio, se trata de atender a la demanda de plazas escolares para el primer ciclo de educación infantil (de 0 a 3 años) existente en el municipio.
Se considera necesaria la contratación de una gestión indirecta de este servicio municipal, al carecer la administración municipal de los medios personales y materiales necesarios para llevar a cabo una gestión directa. Por otro lado, se considera que estamos en presencia de una actividad pública que es susceptible de gestión y explotación económica por parte del sector privado que deberá cumplir la regulación del servicio.
13. JUSTIFICACIÓN DE LA NO DIVISIÓN EN LOTES, EN SU CASO.
En esta concesión no tiene lugar el fraccionamiento ya que el concepto de este contrato es de “unidad operativa”, los elementos son inseparables para el logro de la misma finalidad.
Coordinadora Educación
12327932R XXXX XXXXXX XXXXXXX (R: P4708600D)
Este documento ha sido firmado electrónicamente
9 xx Xxxx de 2018
Concejala de Educación y Cultura
X. XXXXXX XXXXXXX XXXXXX - 13094882Q
Este documento ha sido firmado electrónicamente
10 xx Xxxx de 2018