SEÑOR NOTARIO:
SEÑOR NOTARIO:
Sírvase usted extender en su registro de Escrituras Públicas una de COMPRA VENTA DE INMUEBLE, que celebran las siguientes personas:
De una parte xxx XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, identificado con DNI N° 00000000, Peruano, Soltero con domicilio en Xx. X-0 Xxxx 0, Xxxxxxxxxxxx Xx Xxxxxx - Xxxxx, Xxxxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxx, xxxxxxxxx y departamento de Lima, y a quien en adelante se les denominará EL VENDEDOR.
GAS NATURAL DE LIMA Y CALLAO S.A. con R.U.C. No. 2050375811, con domicilio en Xx. Xxxxxxxxx Xx 0000, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxx xx Xxxxx, quien actúa debidamente representada por su Gerente General XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX con DNI N° 00000000 y por su Gerente de Finanzas y Administración, señor XXXXX XXXXXXXX XXXXXX, identificado con Carné de Extranjería N° 000787666, según poder inscrito en la Partida No. 11352499 de los Registros de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, a quien en adelante se denominará LA COMPRADORA:
PRIMERO: ANTECEDENTES
EL VENDEDOR, es propietario del inmueble ubicado en Distrito xx Xxxxx, provincia y departamento de Lima, cuyo dominio, área, linderos y medidas perimétricas corren debidamente inscritos en la Partida Nº 12800374 del Registro de Predios de Lima, al cual se le denominará en adelante como EL INMUEBLE.
SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO
Por medio del presente instrumento EL VENDEDOR da en venta real y enajenación perpetua a favor de LA COMPRADORA, el inmueble descrito en la cláusula primera.
TERCERO: PRECIO Y FORMA DE PAGO
El precio pactado de común acuerdo por la trasferencia del inmueble, asciende a la suma de US$ 2´600,000.00 (DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS). Importe que se pagará de la siguiente manera:
US$. 520,000.00 (QUINIENTOS VEINTE MIL DOLARES AMERICANOS).mediante Cheque de Gerencia a nombre de XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
Dejando constancia que este cheque quedara en custodia ante la notaria y serán entregados inmediatamente se verifique que se haya anotado el bloqueo registral a favor de LA COMRADORA.
US$ 2`080,000.00 (DOS MILLONES OCHENTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), mediante Cheque de Gerencia a nombre de XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, pago que se efectuará a la firma de la Escritura Pública de compra venta, hecho que deberá ocurrir a más tardar el 30 xx xxxxxx de 2013.
EL VENDEDOR se reservará para todos los efectos el derecho de propiedad hasta la cancelación del precio pactado y la suscripción de la escritura pública que formaliza la venta.
Se deja expresa constancia que el saldo del precio pactado se cancelara a más tardar el 30 xx xxxxxx de 2013; de no cumplirse con la cancelación en la oportunidad indicada, el presente contrato quedará resuelto de pleno derecho (quedando sin efecto alguno el presente contrato) y EL VENDEDOR se quedará con el adelanto recibido como indemnización por el incumplimiento indicado.
CUARTO: OBLIGACIONES COMPLEMENTARIAS
En la fecha de suscripción de la escritura pública y cancelado el precio pactado, EL VENDEDOR hace entrega física de la totalidad del predio a LA COMPRADORA, la misma que ocupara la totalidad del predio. Dejándose constancia que el VENDEDOR ha otorgado todos los documentos requeridos por la COMPRADORA.
QUINTO: CARGAS Y GRAVAMENES:
EL VENDEDOR declara expresamente que sobre el inmueble que se transfiere no pesa carga, gravamen, derecho real de garantía, medida judicial o extrajudicial; y en general de todo acto o circunstancia que impida, prive o limite la libre disponibilidad y/o el derecho de propiedad, posesión o uso del mismo; con excepción de la servidumbre de paso inscrita en los Asientos N° D-00001 y D-00002, los cuales LA COMPRADORA declara conocer. No obstante ello, se obligan al saneamiento por evicción, que comprenderá todos los conceptos previstos en el artículo 1495° del Código Civil.
SEXTO: AD-CORPUS
La presente compraventa se efectúa ad-corpus y comprende todo el inmueble, edificaciones, servidumbres, entradas y salidas y todo cuanto de hecho y por derecho le toca y corresponde a EL INMUEBLE, sin reserva ni limitación alguna. Otorgándose ambas partes reciproca donación, sobre cualquier diferencia que pudiera existir entre el precio pactado y el inmueble transferido.
SEPTIMO: TRIBUTOS Y GASTOS
6.1 EL VENDEDOR manifiestan en calidad de Declaración Jurada que a la firma de la escritura Pública, no mantendrá ninguna deuda pendiente de pago, ante la Municipalidad Distrital competente.
6.2 Las partes contratantes declaran que será de cargo de EL VENDEDOR el pago de los tributos municipales, hasta la firma de la Escritura Publica; y que con posterioridad a ello, dichos pagos serán por cuenta y cargo de LA COMPRADORA.
6.3. Le corresponde a LA COMPRADORA asumir el pago del Impuesto de Alcabala.
6.4. De otro lado y en lo que concierne a los gastos, serán de cargo de LA COMPRADORA, el otorgamiento de la Escritura Pública, los gastos notariales y registrales que origine la formalización de la transferencia de EL INMUEBLE.
6.5. Los derechos y acciones que le corresponden a EL VENDEDOR y que hoy transfiere, fueron adquiridos en el año 1994 según consta del asiento C1 de la ficha 430883, hoy Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xx 00000000 xxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, por lo que esta infecta al impuesto a la renta por transferencia del inmuebles.
OCTAVO: JURISDICCION Y COMPETENCIA
Para todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes renuncian expresamente al fuero que por razón de su domicilio pudiese corresponderles sometiéndose expresamente a la jurisdicción de los jueces del Distrito Judicial de Lima – Cercado.
Agregue usted, señor Xxxxxxx, las cláusulas de estilo, cuidando de pasar los partes respectivos al Registro de Predios de Lima.
Lima, 11 xx xxxxx de 2013