Glosario Unidad 4
Glosario Unidad 4
Contrato de Trabajo: es el acuerdo voluntario manifestado por escrito, por medio del cual una persona natural (trabajador-a) se obliga a prestar sus servicios personales a otra persona natural o jurídica (patrono o empleador), bajo la continua subordinación y a cambio el patrono se obliga a entregarle un salario o retribución previamente convenida.
Salario o sueldo: es el precio pagado en dinero que recibe un trabajador(a) a cambio del trabajo o servicio que realiza para otra persona denominada patrono.
Bonificación: es el incentivo que de manera ocasional y por mera liberalidad un patrono proporciona a su trabajador(a) entregándoselo de forma general o individual a aquellos(as) que cumplan con determinados requisitos: Ej. antigüedad en el tiempo de trabajo, cantidad de producción, etc. ; también puede darse en forma de beneficios adicionales como un elemento utilizado por el patrono para atraer y retener los recursos humanos que necesita, Ej. seguro médico privado.
Despido: es la acción a través de la cual un empleador o patrono decide dar por finalizado de manera unilateral y anticipada el contrato laboral con un trabajador(a), independientemente de que exista o no causa justa para hacerlo .
Justa Causa Laboral para Despido: es el fundamento legal que utiliza un patrono para despedir a un trabajador(a), derivado del incumplimiento del trabajador(a) en una o más de las obligaciones establecidas en su contrato de trabajo o por la acción u omisión indebida que este haga en el desempeño de su labor.
Renuncia Laboral: es la manifestación escrita (o verbal) mediante la cual un trabajador(a) comunica a su empleador o patrono, su voluntad de apartarse o
retirarse de un trabajo o labor contratada de manera anticipada a la terminación de su contratación.
Usufructo: del latín usus (uso) y fructus (fruto), y consiste en que el propietario(a) de un bien, se despoja del uso y goce de este (pero no deja de ser su dueño-a), para cedérselo temporalmente (generalmente por escrito) a otra persona a la que se le denominara usufructuario(a), quien tiene en su poder el bien para utilizarlo y percibir los frutos o utilidades de dicho bien. Ej. usufructo de una casa o de una finca.
Compensación Social: es el termino que se utiliza para designar la obligación patronal establecida generalmente por las autoridades del trabajo a favor del trabajador(a) que cumpla con los requisitos previamente establecidos, incluye: sueldos, salarios, prestaciones que los empleados(as) reciben a cambio de su labor. Ej. Decimocuarto Mes.
Insolvencia: es la situación en la que un deudor(a) se ve imposibilitado para cumplir con una o más de sus obligaciones pecuniarias, por falta de medios económicos o bienes suficientes.
Concurso de acreedores: es el juicio promovido contra un deudor(a), cuando este, no cuenta con medios suficientes para pagar todas sus deudas.
Quiebra: situación de un comerciante o empresa que no puede cumplir con sus obligaciones económicas por encontrase en estado de insolvencia o bancarrota. Contablemente se refleja porque su pasivo es superior al activo.
Indemnizar: es la acción que una persona natural o jurídica tiene que hacer para resarcir económicamente por los daños causados a otra(s) o a sus bienes.
Indemnizaciones o créditos Privilegiados: son todos aquellos valores adeudados que por ley tienen un derecho preferencial sobre otros que corresponden a un mismo deudor en caso de concurso o quiebra. Ej. Prestaciones adeudadas a los trabajadores(as).
Contrato llave en mano: es una modalidad en donde el contratista se obliga frente al cliente o contratante, a cambio de un precio determinado, a construir y poner en funcionamiento una obra determinada de acuerdo a especificaciones y normas de calidad previamente establecidas por el contratante. En este tipo de contrato el énfasis ha de ponerse en la responsabilidad global que asume el contratista frente al cliente. Este tipo de contrato se genera mucho en la contratación con el estado Ej. Proyecto habitacional la Col. Xxxxxxx.
Contrato de Trabajo a Destajo o Contrato de Obra o Contrato por Labor: es el contrato que establece pagar un determinado valor en base a la cantidad de unidades, obras o labores que el trabajador(a) realice en una jornada previamente establecida.
El tiempo que el trabajador(a) invierta en producir una unidad no es importante, porque no se le pagará en función del tiempo invertido, sino por la cantidad de unidades elaboradas, así si un trabajador(a) en un día no hace nada, no ganará nada, y si hace mucho, ganará mucho, el objetivo de este contrato es dar aliciente suficiente para que mejore su productividad. Por ejemplo, si lo estándar es que en un día un trabajador(a) elabore 10 camisas y se le remunere por ello L 100.00, cuando el trabajador(a) elabore: 8 se le pagaran L 80.00 y por 12 se le pagaran L 120.00.
Intermediario: es toda persona natural o jurídica, particular o de derecho público que contrata en nombre propio los servicios de uno o más trabajadores(as) para que ejecuten algún trabajo en beneficio de un patrono.
Contratista: patrono que con libertad de dirección técnica y con sus propios medios económicos contrata trabajadores(as) para la ejecución de una o varias obras o labores en beneficio ajeno, por un precio determinado.
Representantes de los Patronos: se denominan así a los directores, gerentes, administradores, capitanes xx xxxxx y en general a las personas que en nombre de otro, ejerzan funciones de dirección o de administración, la ley establece que
las actuaciones que hagan estas personas obligaran a los patronos en sus relaciones con los demás trabajadores(as).