PODER LEGISLATIVO LEY N°660
PODER LEGISLATIVO
LEY N°660
QUE APRUEBA EL CONVENIO XX XXXXXXXX PG-P11 SUSCRITO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY Y EL OVERSEAS ECONOMIC COOPERATION FUND (OECF) DEL JAPON; POR UN MONTO DE . 8.100.000.000 (OCHO MIL CIEN MILLONES DE YENES JAPONESES), DESTINADO AL "PROYECTO DE MEJORAMIENTO DE LA RED DE TRANSMISION Y DISTRIBUCION ELECTRICA EN ASUNCION"
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA XX
XXX
Artículo 1°.- Apruébase el Contrato xx Xxxxxxxx N PG-P11 "PROYECTO DE MEJORAMIENTO DE LA RED DE TRANSMISION Y DISTRIBUCION ELECTRICA EN ASUNCION", por un monto total de . 8.100.000.000 (OCHO MIL CIEN MILLONES DE YENES JAPONESES), suscrito el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 xx Xxxxx, Xxxxx, entre el Gobierno de la República del Paraguay y el Overseas Economic Cooperation Fund (OECF), cuyo texto es como sigue:
CONVENIO XX XXXXXXXX
Para el
Proyecto de Mejoramiento de la
Red de Transmisión y Distribución de Energía xx Xxxxxxxx
Entre
THE OVERSEAS ECONOMIC COOPERATION FUND, JAPON
Y
LA REPUBLICA DEL PARAGUAY
Fechado el 29 de noviembre de 1994
A la luz del contenido del intercambio de notas entre el Gobierno del Japón y el Gobierno de la República del Paraguay, fechado el 28 de noviembre de 1994, concerniente a un préstamo japonés a ser otorgado con miras a fortalecer las relaciones amistosas y la cooperación económica entre los dos países.
El OVERSEAS ECONOMIC COOPERATION FUND (en adelante donominado "el Fondo") y la REPUBLICA DEL PARAGUAY (en adelante denominada "el Prestatario") por este medio celebran el siguiente Convenio xx Xxxxxxxx (en adelante "el Convenio xx Xxxxxxxx"), que incluye todos los acuerdos complementarios del mismo).
ARTICULO I
El Préstamo
Sección 1. Monto y Objeto xxx Xxxxxxxx
El Fondo se obliga a prestar al Prestatario un monto no excedente de 8.100.000.000 (OCHO MIL CIEN MILLONES DE YENES JAPONESES) como capital para la implementación del Proyecto de Mejoramiento de la Red de Transmisión y Distribución de Energía xx Xxxxxxxx, descripto en el Apéndice 1 anexo (en adelante denominado "el Proyecto") de acuerdo a los términos y condiciones que se estipulan en el Convenio xx Xxxxxxxx y en conformidad con las leyes y reglamentaciones relevantes del Japón (en adelante denominado "el Préstamo"), con la salvedad, empero, de que cuando el total acumulativo de los desembolsos bajo el Convenio xx Xxxxxxxx alcancen el citado límite, el Fondo ya no efectuará desembolsos ulteriores.
Sección 2. Uso de los Fondos xxx Xxxxxxxx
1) El Prestatario dispondrá que los fondos xxx Xxxxxxxx sean usados para la adquisición de bienes y servicios elegibles, necesarios para la implementación del Proyecto, de proveedores o consultores (en adelante denominados colectivamente "el o los Proveedores") de los países de origen elegibles, descriptos en el Apéndice 4 anexo (en adelante denominados "los Países de Origen Elegibles") en conformidad con la asignación descripta en el Apéndice 2 anexo.
2) El desembolso final bajo el Convenio xx Xxxxxxxx será efectuado a más tardar el mismo día y mes a los siete años de la fecha de entrada en vigencia del Convenio xx Xxxxxxxx, y no será efectuado ningún desembolso ulterior por el Fondo con posterioridad, a no ser que se convenga de modo distinto entre el Fondo y el Prestatario.
ARTICULO II
Amortización e intereses
Sección 1. Amortización del Capital
El Prestatario amortizará al Fondo el capital xxx Xxxxxxxx de acuerdo al Plan de Amortización que consta en el Apéndice 3 anexo.
Sección 2. Intereses y Método de Pago de los mismos
1) El Prestatario pagará intereses al Fondo semestralmente, a razón del 3% (tres por ciento) anual sobre el capital desembolsado y pendiente.
2) El Prestatario pagará al Fondo el 20 xx xxxx de cada año los intereses que hayan devengado hasta el 19 xx xxxx de dicho año desde el 20 de noviembre del año precedente, y el 20 de noviembre de cada año, los intereses que hayan devengado hasta el 19 de noviembre desde el 20 xx xxxx de dicho año, con la salvedad que, antes de la fecha del desembolso final de los fondos xxx Xxxxxxxx, el Prestatario pagará al Fondo el 20 xx xxxxx de cada año los intereses que hayan devengado hasta el 19 xx xxxx de dicho año desde el 20 de noviembre del año precedente, y el 20 de diciembre de cada año, los intereses que hayan devengado hasta el 19 de noviembre desde el 20 xx xxxx de dicho año.
ARTICULO III
Compromisos Particulares
Sección 1. Términos y Condiciones Generales
Otros términos y condiciones generalmente aplicables al Convenio xx Xxxxxxxx, serán estipulados en los Términos y Condiciones Generales del Fondo, fechados en noviembre de 1987, con la siguiente estipulación complementaria (en adelante denominados "los términos y Condiciones Generales").
Después que un contrato haya sido determinado como elegible para el financiamiento por el Fondo, el nombre del Proveedor podrá ser hecho público por el Fondo.
Sección 2. Garantía xxx Xxxxxxxx
En conformidad con la Sección 7.01 de los Términos y Condiciones Generales, el Prestatario dispondrá una garantía para el Préstamo (en adelante denominada "la Garantía") suscripta por el Banco Central del Paraguay (en adelante denominado "el Garante"), a ser dada al Fondo inmediatamente después de la suscripción del Convenio xx Xxxxxxxx.
Sección 3. Procedimiento de Adquisición
Las pautas para la adquisición y la contratación de consultores, mencionadas en la Sección 4.01. de los Términos y Condiciones Generales, serán estipuladas en el Procedimiento de Adquisición anexo como Apéndice 4.
Sección 4. Procedimiento de Desembolso
El procedimiento de desembolso mencionado en la Sección 5.01. de los Términos y Condiciones Generales, será como sigue:
1) El Procedimiento de Compromiso anexo como Apéndice 5 será aplicable en casos de desembolsos al o los Proveedores de los Países de Origen Elegibles distintos a la República del Paraguay, con respecto a la porción de contratos expresada en una moneda xxxxxxxx x xx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx.
2) El Procedimiento de Reembolso anexo como Apéndice 6 será aplicable en casos de desembolsos al o los Proveedores de la República del Paraguay y al o los Proveedores de los Países de Origen Elegibles distintos a la República del Paraguay, con respecto a la porción de contratos expresada en la moneda de la República del Paraguay.
Sección 5. Administración xxx Xxxxxxxx
1) El Prestatario autorizará a la Administración Nacional de Electricidad (en adelante denominada "el Organismo Ejecutante") a implementar el Proyecto.
2) El Prestatario dispondrá que el Organismo Ejecutante emplee consultores en conformidad con los términos satisfactorios para el Fondo, a fin de asegurar la implementación sin trabas del Proyecto.
3) En caso que las sumas disponibles con cargo a los fondos xxx Xxxxxxxx sean insuficientes para la implementación del Proyecto, el Prestatario tomará inmediatamente medidas para obtener los fondos que sean necesarios.
4) El Prestatario dispondrá que el Organismo Ejecutante suministre al Fondo informes del avance del Proyecto en forma trimestral (en marzo, junio, setiembre y diciembre de cada año) hasta que concluya el Proyecto, en la forma y con los detalles que el Fondo razonablemente solicite.
5) Prontamente, pero de todos modos a más tardar a los seis meses de concluir el Proyecto, el Prestatario dispondrá que el Organismo Ejecutante suministre al Fondo un informe de conclusión del proyecto, en la forma y con los detalles que el Fondo razonablemente solicite.
6) El Prestatario dispondrá que el Organismo Ejecutante en todo momento opere y mantenga cualesquiera instalaciones relevantes para el Proyecto y con la celeridad necesaria, dispondrá que el Organismo Ejecutante efectúe todas las reparaciones y renovaciones necesarias para las mismas.
Sección 6. Notificaciones y Solicitudes
Las siguientes direcciones se especifican a los efectos de la Sección 9.03 de los Términos y Condiciones Generales:
Para el Fondo
Dirección postal:
THE OVERSEAS ECONOMIC COOPERATION FUND
Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, 0-0, Xxxxxxxxx 0- xxxxx
Xxxxxxx-xx, Xxxxx 000, Xxxxx
Atención: Managing Director, Operations Department III
Dirección telegráfica: COOPERATIONFUND
Tokyo
Télex: (1) Call N J28360
Answer Back Code: COOPFUND J28360
(2) Call N J28790
Answer Back Code: COOPFUND J28790
Para el Prestatario
Dirección postal:
XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX
Xxxxx xxx. Xxxxx
Xxxxxxxx, Xxxxxxxx
Atención: Ministro de Hacienda
Télex: Call N 44329
Answer Back Code: 44329 MINHACI-PY
Para el Organismo Ejecutante
Dirección postal:
ADMINISTRACION NACIONAL DE ELECTRICIDAD (ANDE)
Xxxxxxx Xxxxxx 0.000
Xxxxxxxx, Xxxxxxxx
Atención: Presidente
Télex: Call N 22072
Answer Back Code: ANDE PY
Si se modifican las direcciones y/o nombres arriba mencionados, la parte afectada inmediatamente notificará a las demás partes contractuales, por escrito, las nuevas direcciones y/o nombres.
EN TESTIMONIO DE LO CUAL, el Fondo y el Prestatario, actuantes a través de sus representantes debidamente autorizados, han dispuesto que el Convenio xx Xxxxxxxx sea debidamente suscripto en sus respectivos nombres y entregado en la oficina del OVERSEAS ECONOMIC COOPERATION FUND, Chiyoda-Ku, Tokio, Japón, el día y año indicados precedentemente.
Fdo.: Por la República del Paraguay, Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Ministro de Relaciones Exteriores.
Fdo.: Por The Overseas Economic Cooperation Fund, Xxxxx Xxxxxxxxx, Presidente del Directorio.
Apéndice 1
Descripción del Proyecto
Sección 1. Delineamiento del Proyecto
1) Objetivo
Para mejorar la capacidad y la confiabilidad del suministro de energía para el área metropolitana del país, mediante la construcción de subestaciones, líneas de transmisión y la red de distribución, y mediante la introducción del sistema de control de distribución de energía y el sistema de telecomunicación para la conservación de energía.
2) Localización
Area Metropolitana del País
3) Organismo Ejecutante
Administración Nacional de Electricidad (ANDE).
4) Alcance de las Obras.
El Proyecto consiste de las siguientes partes:
a) Construcción de las Líneas de Transmisión y Subestaciones;
b) Construcción de Líneas de Distribución;
c) Suministro del Sistema de Control de Distribución y del Sistema de Telecomunicación; y,
d) Servicios de Consultoría.
Los fondos xxx Xxxxxxxx están disponibles para los items a) a d)
Cualquier saldo restante en los ítems arriba mencionados y todos los demás ítems serán financiados por el Prestatario.
Sección 2. Las necesidades estimativas anuales de fondos son como se indican a continuación:
Año Calendario Para el Préstamo Para el Proyecto
(en millones de (en millones de
Yenes japoneses) Yenes japoneses)
1995 82 82
1996 762 1.015
1007 3.084 4.027
1998 1.442 2.010
1999 1.170 1.579
2000 1.560 2.088
_________________________________________________________________
Total 8.100 10.801
(Tipo de Cambio: U$S 1 = G. 1.797 = 110)
El desembolso de los fondos xxx Xxxxxxxx será efectuado dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias anuales del Gobierno Japonés para el Fondo.
Sección 3. Se espera que el Proyecto quedará completo para diciembre del año 2000.
Apéndice 2
Asignación de Fondos xxx Xxxxxxxx
Sección 1. Asignación
Categoría Monto xxx Xxxxxxxx % de Gastos a
Asignado (en millones ser financiados
de Yenes japoneses)
A Materiales y equipos 6.125 100%
para Líneas de Trans-
misión, Subestaciones y
Líneas de Distribución
B Materiales y Equipos 680 100%
para el Centro de Control
de Distribución y el Sis-
tema de Telecomunicación
C Servicios de Consultoría 547 100%
D Imprevistos 748 ----
_____________________________________________________________________________
Total 8.100
Nota: Los ítems no elegibles para financiamiento son como se indican a continuación:
a) Gastos Administrativos Generales;
b) Impuestos y Derechos;
c) Compra de Tierras y otros Inmuebles;
d) Indemnización; y,
e) Otros ítems indirectos.
Con respecto al desembolso de cada Categoría, el monto desembolsado será calculado en base al gasto elegible, multiplicando por el porcentaje de la respectiva Categoría estipulada en esta Sección, a no ser que se convenga de modo distinto entre el Fondo y el Prestatario.
Sección 2. Reasignación en caso de cambio en estimaciones de costo
1) Si el costo estimativo de ítems incluidos en cualquiera de las Categorías A) a C) disminuye, el monto en ese momento asignado y ya no necesario para dicha Categoría, será reasignado por el Fondo a la Categoría D).
2) Si el costo estimativo de ítems incluidos en cualquiera de las Categorías A) a C) se incrementa, el monto igual a la porción, si la hubiere, de dicho incremento a ser financiado con los fondos xxx Xxxxxxxx, será reasignado por el Fondo, a pedido del Prestatario, a dicha Categoría con cargo a la Categoría D), sujeto, sin embargo, a la consideración por el Fondo de las necesidades de imprevistos con respecto al costo de ítems en las demás Categorías.
Apéndice 3
Plan de Amortización
Fecha de Vencimiento Monto
(en Yenes japoneses)
El 20 de noviembre del año 2004 197.600.000
Cada 00 xx xxxx x 00 xx xxxxxxxxx, 197.560.000
a partir del 20 xx xxxx del año
2005, hasta el 20 de noviembre
del año 2024.
Apéndice 4
Procedimiento de Adquisición
Sección 1. Pautas a ser aplicadas para adquisiciones bajo el Préstamo
1) La adquisición de todos los bienes y servicios, excepto servicios de consultoría, a ser financiados con los fondos xxx Xxxxxxxx, será de acuerdo con las Pautas para Adquisición bajo Préstamos del OECF, de noviembre de 1987 (en adelante denominadas "las Pautas de Adquisición").
2) La contratación de consultores a ser financiada con los fondos xx Xxxxxxxx, será de acuerdo con las Pautas para la Contratación de Consultores por Prestatarios del OECF de noviembre de 1987 (en adelante denominadas "las Pautas para Consultores").
3) Como consecuencia de la Sección 5. 1) del Artículo III, el término "El Prestatario" en este Apéndice, así como en las Pautas para Consultores, se refiere a "el Organismo Ejecutante", en la medida que se tratan de disposiciones sobre procedimientos para adquisición de bienes y servicios y para la contratación de consultores.
Sección 2. Países de Origen Elegibles
Los Países de Origen Elegibles para la adquisición de todos los bienes y servicios, incluyendo servicios de consultoría, a ser financiados con los fondos xxx Xxxxxxxx, son todos los países y áreas.
Sección 3. Examen por el Fondo de decisiones relacionadas a la adquisición de bienes y servicios (excepto servicios de consultoría)
De acuerdo con la Sección 4.02. de los Términos y Condiciones Generales, los siguientes procedimientos estarán sujetos al examen y aprobación del Fondo:
a) Si el Prestatario desea adoptar procedimientos de adquisición distintos a Licitación Competitiva Internacional, el Prestatario presentará al Fondo una Solicitud de Examen de Método(s) de Adquisición (de acuerdo al Formulario N 1 anexo). El Fondo informará al prestatario sobre su aprobación mediante una Notificación sobre Xxxxxx(s) de Adquisición;
b) Antes de la publicación y/o notificación de la precalificación, el Prestatario presentará al Fondo, para su examen y aprobación, los documentos de precalificación, juntamente con una Solicitud de Examen de Documentos de Precalificación. Cuando el Fondo no tenga objeción a los citados documentos, informará de ello al Prestatario mediante una Notificación referente a Documentos de Precalificación. Cualquier modificación ulterior por el Prestatario de los citados documentos exige la previa aprobación del Fondo;
c) Una vez seleccionadas las firmas precalificadas, el Prestatario presentará al Fondo, para su examen y aprobación, una lista de dichas firmas y un informe sobre el proceso de selección, con las razones de la selección efectuada, anexando todos los documentos relevantes, juntamente con una Solicitud de Examen del Resultado de Precalificación. Si el Fondo no tiene objeción a los citados documentos, informará de ello al Prestatario mediante una Notificación referente al Resultado de la Precalificación;
d) Antes de invitar a la presentación de ofertas, el Prestatario presentará al Fondo, para su examen y aprobación, las notificaciones e instrucciones a los oferentes, el formulario de oferta, el borrador propuesto de contrato, especificaciones, planos y todos los demás documentos relacionados con la licitación, juntamente con una Solicitud de Examen de Documentos de la Licitación. Si el Fondo no tiene objeción a los citados documentos, informará de ello al Prestatario mediante una Notificación referente a Documentos de Licitación. Cuando el Prestatario desee efectuar cualquier modificación ulterior en cualquiera de los citados documentos, deberá obtenerse la aprobación del Fondo antes que los documentos sean enviados a los oferentes potenciales;
e) Antes de enviar una notificación de adjudicación al oferente ganador, el Prestatario presentará al Fondo, para su examen y aprobación, el análisis de ofertas y la propuesta de adjudicación, juntamente con una Solicitud de Examen del Análisis de Ofertas y Propuesta de Adjudicación. Si el Fondo no tiene objeción a los citados documentos, informará de ello al Prestatario mediante una Notificación referente al Análisis de Ofertas y Propuesta de Adjudicación;
f) En caso de que, del modo previsto en la Sección 5.10 de las Pautas para Adquisición, el Prestatario desea rechazar todas las ofertas o negociar con uno o dos de los oferentes más bajos, con miras a obtener un contrato satisfactorio, el Prestatario informará al Fondo sobre sus razones, solicitando el examen y previa aprobación del Fondo. Si el Fondo no tiene objeción, informará al Prestatario sobre su aprobación. En el caso de nueva licitación, todos los procedimientos subsiguientes serán realizados substancialmente de acuerdo con los incisos precedentes a) hasta e);
g) Prontamente después de suscribir un contrato, el Prestatario presentará al Fondo, para su examen y aprobación, una copia debidamente autenticada del contrato, juntamente con una Solicitud de Examen del Contrato (de acuerdo al Formulario N 2 anexo al presente documento). Si el Fondo determina que el contrato es coherente con el Convenio xx Xxxxxxxx, informará de ello al Prestatario mediante una Notificación referente al Contrato; y,
h) Cualquier modificación o cancelación de un contrato examinado por el Fondo exigirá la previa aprobación escrita del Fondo, con la salvedad, empero, de que cualquier modificación que no constituya una modificación importante del contrato, y que no afecte al precio contractual, no exigirá dicha aprobación del Fondo.
Sección 4. Examen por el Fondo de decisiones referentes a contratación de consultores.
Con referencia a la Sección 4.02 de los Términos y Condiciones Generales, los siguientes procedimientos estarán sujetos al examen y aprobación del Fondo:
a) Antes de invitar a la presentación de propuestas de consultores, el Prestatario presentará al Fondo, para su examen y aprobación, los Términos de Referencia, la Lista Corta de Consultores y la Carta de Invitación, juntamente con una solicitud de Examen de estos documentos. Si el Fondo no tiene objeción a los citados documentos, informará de ello al Fondo mediante una Notificación referente a los Terminos de Referencia, Lista Corta de Consultores y Carta de Invitación. Cualquier modificación futura por el Prestatario de los citados documentos exige la previa aprobación del Fondo;
b) Antes de invitar al consultor de más alto rango a iniciar negociaciones contractuales, el Prestatario enviará al Fondo, para su examen y aprobación, los resultados de su evaluación de propuestas recibidas, juntamente con una Solicitud de Examen del Informe de Evaluación sobre Propuestas de los Consultores. Si el Fondo no tiene objeción a los citados documentos, informará de ello al Prestatario mediante una Notificación referente al Informe de Evaluación de Propuestas de Consultores;
c) En caso de que, del modo contemplado en la Sección 3.07. 2) de las Pautas para Consultores, el Prestatario desee poner fin a las negociaciones contractuales con el Consultor de más alto rango e invitar al Consultor de segundo rango a iniciar negociaciones, el Prestatario informará previamente al Fondo sobre esta circunstancia, manifestando sus razones para información del Fondo;
d) Si el Prestatario desea, del modo contemplado en la Sección 3.01. 2) de las Pautas para Consultores, contratar a un consultor específico, el Prestatario informará al Fondo por escrito sobre sus razones, para examen y aprobación por el Fondo, juntamente con la Carta de Invitación y los Términos de Referencia. Después de obtener la aprobación del Fondo, el Prestatario podrá enviar la Carta de Invitación y los Términos de Referencia al consultor en cuestión. Si el Prestatario encuentra satisfactoria la propuesta del consultor, podrá negociar a continuación las condiciones (incluyendo las financieras) del contrato;
e) Prontamente después de suscribir un contrato, el Prestatario presentará al Fondo, para su examen y aprobación, una copia debidamente certificada del contrato, junto con una Solicitud de Examen del Contrato (de acuerdo al formulario N 3 anexo). Cuando el Fondo determine que el contrato es coherente con el Convenio xx Xxxxxxxx, informará al Prestatario en dicho sentido mediante una Notificación referente al Contrato; y,
f) Cualquier modificación o cancelación de un contrato examinado por el Fondo exigirá la previa aprobación escrita del mismo, con la salvedad, empero, de que cualquier cambio que no constituya una modificación importante del contrato y que no afecte el precio contractual, no exigirá dicha aprobación del Fondo.
Formulario N 1
Fecha:
N. de Ref.
THE OVERSEAS ECONOMIC COOPERATION FUND
Tokio, Japón
Atención: Director Gerente, Departamento de Operaciones III
De nuestra consideración:
SOLICITUD DE EXAMEN DEL O LOS METODOS DE ADQUISICION
Referencia: Convenio xx Xxxxxxxx N PG-P11, fechado el 29 de noviembre de 1994, para el Proyecto de Mejoramiento de la Red de Transmisión y Distribución de Energía xx Xxxxxxxx.
De acuerdo con las disposiciones relevantes del Convenio xx Xxxxxxxx indicado en la referencia, por este medio presentamos para vuestro examen el o los Métodos de Adquisición de acuerdo a la hoja anexa.
Les agradeceremos si nos notifican vuestra aprobación.
Saludamos atentamente,
Por: La República del Paraguay
(Fdo.): ______________________
(Firma Autorizada)
1. Nombre del Proyecto: Proyecto de Mejoramiento de la Red de Transmisión y Distribución de Energía xx Xxxxxxxx.
2. Método(s) de Adquisición.
( ) Licitación Internacional Limitada
( ) Adquisición Internacional
( ) Contratación Directa
( ) Otros ( )
3. Razones para la Selección del o los Métodos de adquisición, en detalle.
(Por ejemplo: consideraciones técnicas, factores económicos, experiencias y capacidad)
4. Nombre y Nacionalidad del Proveedor.
(en los casos de Licitación Internacional Limitada y Contratación Directa)
5. Monto Contractual Estimativo.
Moneda Extranjera
Moneda Local
6. Items Principales Cubiertos por el Contrato.
7. Tipo de Contrato.
( ) Contrato Llave en Mano
( ) Adquisición de Bienes/Equipos/Materiales
( ) Contrato de Obras Civiles
( ) Contratación de Servicios
( ) Otros
8. Cronograma.
i) Fecha de Suscripción del Contrato
ii) Fecha de Embarque y/o Fecha de Inicio de Obras/Servicios
iii) Fecha de Conclusión (para entrega o construcción)
Formulario N 2
Fecha :
N de Ref.
THE OVERSEAS ECONOMIC COOPERATION FUND
Tokio, Japón
Atención: Director Gerente, Departamento de Operaciones III
De nuestra consideración:
SOLICITUD DE EXAMEN DE CONTRATO
De acuerdo con las disposiciones relevantes del convenio xx Xxxxxxxx N PG-P11, fechado el 29 de noviembre de 1994, por este medio presentamos para vuestra aprobación una copia certificada del Contrato anexo. Los detalles del contrato son como sigue:
1. Número y Fecha del Contrato: _____________________
2. Nombre y Nacionalidad del Proveedor: _____________________
3. Nombre del Comprador: _____________________
4. Precio Contractual: _____________________
5. Monto del Financiamiento Solicitado: _____________________
6. Descripción y Origen de las Mercaderías: _____________________
Les agradeceremos si nos notifican vuestra aprobación del Contrato enviándonos una Notificación referente al Contrato.
Saludamos atentamente,
Por: La República del Paraguay
(Fdo.): ____________________
(Firma Autorizada)
Formulario N 3
Fecha :
N. de Ref.
THE OVERSEAS ECONOMIC COOPERATION FUND
Tokio, Japón
Atención: Director Gerente, Departamento de Operaciones III
De nuestra consideración:
SOLICITUD DE EXAMEN DE CONTRATO
De acuerdo con las disposiciones relevantes del Convenio xx Xxxxxxxx N. PG-P11, de fecha 29 de noviembre de 1994, por este medio presentamos para vuestro examen una copia certificada del contrato anexo. Los detalles del Contrato son como siguen:
1. Número y Fecha del Contrato: ______________________
2. Nombre y Nacionalidad del Consultor:______________________
3. Nombre del Adquirente: ______________________
4. Precio Contractual: ______________________
5. Monto del Financiamiento Solicitado: ______________________
Les agradeceremos si nos notifican vuestra aprobación, enviándonos una Notificación referente al Contrato.
Saludamos atentamente,
Por: La República del Paraguay
(Fdo.): ______________________
(Firma Autorizada)
Apéndice 5
Procedimiento de Compromiso
EL PROCEDIMIENTO DE COMPROMISO fechado en julio de 1988 se aplicará "mutatis mutandis" al desembolso de los fondos xxx Xxxxxxxx para la adquisición de bienes y servicios de los Proveedores de los Países de Origen Elegibles distintos a la República del Paraguay, con respecto a la porción del Contrato indicada en una moneda distinta a la de la República del Paraguay, con las siguientes estipulaciones suplementarias:
1. Con respecto a la Sección 1. 2) del PROCEDIMIENTO DE COMPROMISO, el Banco Japonés y el Banco Emitente será The Bank of Tokyo, Ltd., Tokio.
2. 1) El Prestatario pagará al Fondo, en Yenes japoneses, un monto igual a un décimo de uno por ciento (0,1%) del monto de la Carta de Compromiso, en concepto de cargo de servicio del mismo, en la fecha de emisión de la respectiva Carta de Compromiso. El Fondo emitirá al Banco Japonés la Carta de Compromiso, al recibir el cargo de servicio del Prestatario.
2) Un monto igual a dicho cargo de servicio será financiado con cargo a los fondos xxx Xxxxxxxx, y el Fondo se pagará inmediatamente dicho monto a sí mismo en concepto de cargo de servicio, en la fecha de emisión de la Carta de Compromiso. Dicho desembolso con cargo a los fondos xxx Xxxxxxxx constituirá una obligación válida y vinculativa para el Prestatario de acuerdo a los términos y condiciones del Convenio xx Xxxxxxxx.
Apéndice 6
Procedimiento de Reembolso
El PROCEDIMIENTO DE REEMBOLSO fechado en setiembre de 1988 se aplicará "mutatis mutandis" al desembolso de los fondos xxx Xxxxxxxx para los pagos efectuados a los Proveedores de la República del Paraguay, y a los Proveedores de los Países de Origen Elegibles, distintos a la República del Paraguay, con respecto a la porción del contrato expresada en la moneda de la República del Paraguay, con las siguientes estipulaciones suplementarias:
1. El Banco en Tokio autorizado a operar en cambios, en cualquier lugar donde se menciona en este Apéndice, incluyendo el PROCEDIMIENTO DE REEMBOLSO, será The Bank of Tokyo, Ltd., Tokio.
2. El banco autorizado a operar en cambios, en los territorios del Prestatario mencionados en el PROCEDIMIENTO DE REEMBOLSO, será el Banco Central del Paraguay.
3. Los documentos comprobatorios que documentan cada pago y su uso, del modo mencionado en el ítem 1. (b) del PROCEDIMIENTO DE REEMBOLSO, serán los siguientes:
1) Para pagos de bienes y servicios distintos a servicios de consultoría:
i) Factura del proveedor, especificando los bienes, con sus cantidades y precios, que han sido o se están suministrando/embarcando;
ii) Letra de cambio o documento similar, indicando la fecha y monto del pago efectuado al proveedor; un recibo simple del proveedor, indicando la fecha y monto del pago, también será suficiente.
2) Para pagos de servicios de consultoría:
i) El reclamo formulado por los consultores, indicando, con detalles suficientes, los servicios prestados, período cubierto y monto pagadero a los mismos;
ii) Cheque bancario cancelado, letra a la vista o documento similar, indicando la fecha y monto del pago efectuado a los consultores; bastará un recibo simple de los consultores , indicando la fecha y monto del pago.
4. 1) El Prestatario pagará al Fondo, en Yenes japoneses, un monto igual a un décimo de uno por ciento (0,1%) del monto del desembolso para el Prestatario, como cargo de servicio del mismo en la fecha del citado desembolso.
El desembolso del Fondo bajo este procedimiento será efectuado al recibo del cargo de servicios del Prestatario.
2) Un monto igual a dicho cargo de servicio será financiado con cargo a los fondos xxx Xxxxxxxx, y el Fondo se pagará inmediatamente dicho monto a sí mismo como cargo de servicio en la fecha de desembolso para el Prestatario. Dicho desembolso con cargo a los fondos xxx Xxxxxxxx constituirá una obligación válida y vinculativa para el Prestatario de acuerdo a los términos y condiciones del Convenio xx Xxxxxxxx.
5. La moneda y el tipo de conversión usados en la Solicitud de Reembolso, como se menciona en la cláusula 3. del PROCEDIMIENTO DE XXXXXXXXX, serán como siguen:
1) El monto en la Solicitud de Reembolso se expresará en Yenes japoneses o Dólares americanos.
2) Cuando el monto en la Solicitud de Reembolso se expresa en Dólares americanos, dicho monto será convertido de acuerdo al tipo comprador para transferencias telegráficas, cotizado por el Banco Central del Paraguay el día inmediatamente precedente al día en el cual se formula la Solicitud de Reembolso.
6. El Formulario OECF-SSP anexo substituirá el Formulario OECF-SSP anexo al PROCEDIMIENTO DE REEMBOLSO.
(Formulario OECF-SSP)
Planilla Resumida de Pagos
Fecha:
N. Correlativo:
1. Operación
2. Comprador
3. Proveedor
4. Nacionalidad del proveedor *
5. Descripción de Bienes y/o Servicios
6. Categoría **
7. Origen
8. Monto Contractual y Contrato N.
9. Fecha de Pago
10. Monto del Pago ***
11. Monto solicitado para el Financiamiento.
12. Relación de Desembolso ****
13. Número de Aprobación del OECF para el Contrato.
El suscripto certifica que el o los Proveedores y los bienes y/o servicios indicados más arriba son elegibles bajo el Convenio xx Xxxxxxxx.
* Nota para 4. Nacionalidad del Proveedor: País en el cual el Proveedor está constituido e inscripto.
** Nota para 6. Categoría: Categoría descripta en la Sección 1. del Apéndice 2.
*** Nota para 10. Monto del Pago: Si no fuere en Yenes japoneses, indique tanto el monto en la moneda en la cual el pago fue efectuado al Proveedor, y su monto convertido, calculado de acuerdo con la cláusula 3. del PROCEDIMIENTO DE REEMBOLSO y la cláusula 5. del Apéndice 6 del Convenio xx Xxxxxxxx, así como el tipo de conversión.
**** Nota para 12. Relación de Desembolso: Relación del Monto Solicitado para el Financiamiento con relación al Monto del pago en la moneda en la cual el Pago fue efectuado al Proveedor.
__________________________
Firma Autorizada
Artículo 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el veintitrés xx xxxxx del año un mil novecientos noventa y cinco y por la Honorable Cámara de Diputados, sancionándose la Ley, el dieciséis xx xxxxxx del año un mil novecientos noventa y cinco.
Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx
Presidente Presidente
X. Xxxxxx de Diputados X. Xxxxxx de Senadores
Xxxxxxxx Xxxxxxxx Epp Xxxxxxx Xxxxxxxx
Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario
Asunción, 11 de setiembre de 1995
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la República
Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
Ministro de Hacienda
/vic