CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LA FUNDACION UNIVERSITARIA MARIA CANO y [NOMBRE DE LA OTRA INSTITUCIÓN]
LOGO DE LA OTRA INSTITUCIÓN
CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LA FUNDACION UNIVERSITARIA XXXXX XXXX y [NOMBRE DE LA OTRA INSTITUCIÓN]
Entre los suscritos, por una parte, XXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía 70.565.026 de Envigado, quien actúa en nombre y representación de la FUNDACIÓN UNIVERSITARIA XXXXX XXXX, con personería jurídica del MEN según Resolución 17996 de 1987, y quien en adelante se denominará la XXXXX XXXX; y por la otra, [NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL], identificado con cédula de ciudadanía [# de cédula] de [Ciudad], quien en su calidad de Representante Legal, actúa en nombre de la [NOMBRE DE LA OTRA INSTITUCIÓN], Institución privada de educación superior, con personería jurídica del MEN según Resolución [# de la resolución] de [año de la Resolución], y quien en adelante se denominará [NOMBRE SIMPLIFICADO O QUE IDENTIFIQUEA LA OTRA INSTITUCIÓN]; acuerdan suscribir el presente Convenio Xxxxx xx Xxxxxxxxxxx Interinstitucional.
Los representantes, reconociéndose mutuamente la capacidad jurídica suficiente, acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes cláusulas, previas las siguientes:
CONSIDERACIONES
Que en función de su naturaleza y objetivos, las Instituciones que suscriben el presente convenio, están llamadas a desempeñar un papel fundamental en el desarrollo académico, empresarial, extensión y proyección social, cultural, científico y tecnológico, en sus aplicaciones para el bien de la sociedad.
Que el intercambio de experiencia y conocimiento entre la comunidad de las instituciones es el mayor interés para su progreso y servicio a la sociedad.
Que las Instituciones tienen intereses comunes, como los académicos, empresariales, culturales, científicos y tecnológicos, y en especial promover la realización de actividades que tengan incidencia directa en los campos de conocimiento y actividades que les competen.
Por todo ello, deciden concertar este Convenio de Cooperación entre las Instituciones, de acuerdo con las siguientes
CLAÚSULAS
PRIMERA. OBJETO: Establecer las bases de una mutua cooperación entre las partes para la realización conjunta de actividades académicas, empresariales, docentes, científicas, tecnológicas, investigativas, de difusión de la cultura y promoción de servicios, extensión y proyección social y, además, todas aquellas otras áreas de interés recíproco propias de sus objetivos y funciones, con miras al logro de sus fines y el aprovechamiento racional de sus recursos.
SEGUNDA. TÉRMINOS DE COLABORACIÓN: La cooperación entre las Instituciones firmantes se materializará, sin excluir otras posibilidades, en las acciones que de manera enunciativa se señalan a continuación:
Pasantías y visitas de corta duración, misiones técnicas y tecnológicas.
Estudios conjuntos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación
Compartir recursos y espacios para el desarrollo de actividades.
Acceso a equipos y materiales específicos.
Desarrollar eventos conjuntos de divulgación y apropiación social del conocimiento tales como congresos, simposios, encuentros, coloquios, foros, etc.
Desarrollar eventos conjuntos de capacitación tales como diplomados, cursos, cursillos, talleres, conversatorios, conferencias, webinars, etc.
Realización de publicaciones conjuntas (revistas, libros, manuales, cartillas, guías, multimedia, etc.)
Intercambio de material didáctico y bibliográfico.
Aprovechar conjuntamente las facilidades de planta e instalaciones físicas que se disponga.
Intercambio de información y publicaciones de las respectivas instituciones.
Otras actividades de cooperación, extensión y proyección social acordadas por escrito entre las partes bajo el marco de este convenio.
PARÁGRAFO: El desarrollo de las actividades indicadas, estará sujeta a las normas nacionales e institucionales vigentes para las partes.
TERCERA. ÁREAS DE COOPERACIÓN: La cooperación en educación, investigación, extensión y proyección social se desarrollará dentro de aquellas áreas que sean comunes a las Instituciones. Dichas áreas pueden incluir programas, proyectos, actividades y productos muy diversos, que estarán definidos específicamente en el convenio específico correspondiente.
CUARTA. CONVENIOS ESPECÍFICOS ADICIONALES: Las acciones concretas de colaboración que se deriven de la aplicación del presente convenio marco, serán pactadas a través de convenios específicos entre quienes estén facultados para ello, conforme a la regulación interna de cada una de las partes. Estas acciones deben establecerse entre las dependencias, departamentos o centros de cada una de las partes, teniendo como referencia lo siguiente:
El origen, naturaleza y descripción del convenio, programa, proyecto, producto o actividad.
Los nombres de los participantes y de los responsables de cada una de las partes.
El periodo de vigencia del convenio o duración del programa o del proyecto junto con su cronograma de ejecución si hay lugar a ello.
Los recursos financieros previstos para cubrir los gastos relacionados con el programa o proyecto y distribución del dinero en cuestión por cada una de las partes.
Las previsiones realizadas para el alojamiento y la participación de los invitados en actividades institucionales.
La extinción por causas distintas a la de la expiración del periodo de vigencia.
Cláusula de indemnidad.
Cláusula de confidencialidad.
Cláusula compromisoria.
Cláusula de Inexistencia de Relación laboral
Cláusulas de propiedad intelectual (PI) que exprese claramente, el porcentaje de los derechos de la PI, trámites administrativos de la PI, explotación e interés de explotación de la PI, mejoras de los PI y derechos de preferencia de los PI.
Otras cláusulas dispuestas por las partes.
PARÁGRAFO 1: Cada convenio específico debe ser aprobado por las autoridades correspondientes, y facultadas para ello, por parte de cada una de las partes.
PARÁGRAFO 2: De igual manera, la responsabilidad económica de cada una de las partes será definida por éstas de común acuerdo, previos al desarrollo de la actividad respectiva y presupuestos específicos en cada evento, actividad o proyecto.
PARÁGRAFO 3: Para la elaboración de los convenios específicos, se tendrá en cuenta la autonomía de cada una de las partes, el justo equilibrio entre los aportes, beneficios para las partes, y la disponibilidad de recursos.
SEXTA. CONDICIONES FINANCIERAS: No habrá ningún compromiso financiero entre las mencionadas Instituciones para llevar a cabo futuros programas o proyectos. Las actividades de cooperación, salvo que se especifique, estarán sujetas a los fondos existentes dentro del marco de convenios específicos nacionales o internacionales, indicándose los detalles separadamente para cada programa o proyecto.
SÉPTIMA. MANEJO DE LA INFORMACIÓN: Toda la información resultante de actividades conjuntas realizadas bajo este convenio y sus convenios específicos, estará a la disposición de las partes, bajo las condiciones de confidencialidad, especialmente cuando se trate de información reservada, secretos industriales y propiedad industrial, diseños, logos, marcas, derechos de autor y conexos, entre otros, estando obligadas a la no divulgación, o a divulgación de común acuerdo, o a no ser utilizadas para intereses puntuales o de temas sin la observancia de las partes.
OCTAVA. FORMA DE DISPONER DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (PROPIEDAD INDUSTRIAL, DERECHOS DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS). El presente convenio, y los convenios específicos que se deriven, se regirá por lo dispuesto en materia de propiedad intelectual (derechos de propiedad industrial, derechos de autor y derechos conexos) por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual-OMPI-, por las decisiones andinas correspondientes, por la legislación nacional adoptada y por la normatividad interna de cada Institución, en lo que concierne a la titularidad de los derechos xxxxxxx, que son de los autores, y la titularidad de los derechos patrimoniales, que son de las partes, conforme a lo que se disponga en el respectivo convenio específico, según la naturaleza y particularidades de cada proyecto, programa o actividad objeto de aquél y en lo que tiene que ver con los registros de nuevas creaciones ante la Superintendencia de Industria y Comercio y de obras ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor.
PARÁGRAFO: En el respectivo convenio específico se expresará claramente, para las obras y nuevas creaciones desarrolladas, o susceptibles de ser desarrolladas en el futuro, la distribución de los porcentajes de los derechos de propiedad intelectual, las responsabilidades de los trámites administrativos de la gestión de la protección de los derechos de propiedad intelectual, la explotación directa e interés de explotación o negociación, licenciamiento o cesión de los derechos de propiedad intelectual de obras o nuevas creaciones, para efectos de comercialización o de aprovechamiento de un mercado. Los acuerdos en materia de propiedad intelectual, y de comercialización, que se establezcan con posterioridad a la suscripción del convenio específico, deberán contar con el consentimiento de todos los titulares de los derechos patrimoniales.
OCTAVA. PARTICIPACIÓN DE TERCEROS: En los casos en los que la colaboración objeto de este acuerdo sea financiada a través de contratos o becas existentes, deberá entenderse que dichos contratos y becas podrán ser utilizados sólo por las instituciones en cuestión. Ello no excluye, sin embargo, la posibilidad de futuros acuerdos con terceros que incluyan a las Instituciones firmantes.
PARÁGRAFO: No existirá régimen de solidaridad jurídica entre las partes suscribientes de este convenio; cada una responderá frente a terceros, por las obligaciones que específicamente asume en razón del mismo, se mantiene la indemnidad entre las partes.
NOVENA. VINCULACIÓN: Los funcionarios, investigadores, docentes y estudiantes que participen de los convenios, acuerdos, programas, proyectos o contratos derivados del desarrollo de presente convenio, mantienen su vínculo primigenio con la parte que representen y no se generará ningún vínculo de tipo laboral con las otras partes.
DÉCIMA. CESIÓN: Este convenio es celebrado en consideración a las partes firmantes y del objeto que se pretende desarrollar; en consecuencia, ninguna de las partes podrá cederlo sin el consentimiento expreso y por escrito de las contrapartes.
DÉCIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD: Toda información de naturaleza confidencial que resultare de este convenio o de cualquiera de los convenios específicos, acuerdos, programas, proyectos, productos, actividades o contratos que se celebraren en vigencia del mismo, deberá ser protegida de acuerdo con las leyes vigentes.
DÉCIMA SEGUNDA. DIRECCIÓN Y COORDINACIÓN: Cada una de las partes nombrará a una persona responsable con el fin de que coordine y revise las actividades que se llevan a cabo dentro del marco del presente convenio.
Los coordinadores se pondrán en contacto como mínimo cada [# de meses: 3, 6, 12] meses, con el fin de apoyar el desarrollo de la cooperación interinstitucional y para efectos de generar comunicaciones escritas, impresas y remitidas a las personas de interés en cada una de las partes.
DÉCIMA TERCERA.DURACIÓN Y PRÓRROGA: Este convenio marco tendrá una vigencia de [# de años en letras] (# de años en números) años a partir de la suscripción del presente documento y se podrá renovar siempre y cuando sea de mutuo acuerdo, solicitud que deberá constar por escrito y manifestada antes de la fecha de vencimiento de la vigencia.
DÉCIMA CUARTA. INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN: para la solución de los conflictos y las controversias que pudieren surgir de la actividad contractual, las partes estarán obligadas a aplicar los mecanismos de solución de conflictos, en especial la conciliación en un centro de conciliación autorizado en la ciudad de Medellín o en dónde corresponda.
PARÁGRAFO. 1 INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato, sus cláusulas y los demás documentos que hagan parte integral de él, deberán interpretarse conforme a la naturaleza y alcance del mismo. En todo caso, los términos que se incluyan en las cláusulas, anexos y documentos que integren el presente acuerdo, se entenderán según su sentido natural y obvio, salvo el caso de las palabras que se definan de manera expresa en el presente documento o que por su tecnicismo se remitan a otras disciplinas
PARAGRAFO. 2. CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO – Las partes podrán dar por terminado el presente contrato, sin mediar requerimiento previo, en los siguientes eventos. 1. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que asumen las partes en este contrato. 2. Por mutuo acuerdo entre las partes mediante acuerdo escrito.
DÉCIMA QUINTA: PERFECCIONAMIENTO: El presente convenio se entenderá perfeccionado con la suscripción del mismo por ambas partes.
En prueba de conformidad, se firma en la ciudad de [Medellín], el [día] de [mes] de 2021, aceptando la totalidad de sus cláusulas y condiciones.
FUNDACIÓN UNIVERSITARIA XXXXX XXXX |
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XXXX XXXXXXX VALENCIA XXXXXX |
[NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL] |
Rector y Representante Legal |
Rector y Representante legal |
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