ANEXO 2 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS CONTRATOS TIPO B ETAPA DE PLANEACIÓN
ANEXO 2 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS CONTRATOS TIPO B
ETAPA DE PLANEACIÓN
A. COMPONENTE 1 – Actividades para inicio - Interventoría
NOTA IMPORTANTE 1: La Supervisión de los Contratos de Interventoría, estará en cabeza de los Coordinadores Regionales (Coordinadores 1), quienes tendrán profesionales de Apoyo a la Supervisión (Senior 1 Apoyo) y éstos a su vez, tendrán como apoyo los Gestores Territoriales en cada frente de trabajo.
Cada Coordinador 1 contará con 2 (dos) Apoyos a la Supervisión, y cada Profesional de Apoyo a la Supervisión, contará con los gestores territoriales en cada frente de trabajo, se estima que cada Gestor Territorial, tendrá bajo su responsabilidad la(s) Interventoría(s) cuyo(s) correspondiente(s) contratos de obra sumen máximo 50.000 millones de pesos m/cte, o hasta 11 (once) proyectos, lo que primero ocurra, sin embargo, en cada caso se analizará si se requieren más gestores territoriales, debido a desplazamientos excesivos o localización geográfica de difícil acceso. Cabe mencionar que para el desarrollo de la Supervisión a los Contratos de Interventoría, se contará con el apoyo de las Direcciones Jurídica y Financiera de la UG del PA FFIE.
Supervisión: Consiste en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, jurídico y ambiental que, sobre el cumplimiento del objeto del contrato, es ejercido por la UG del PA-FFIE, para el caso, la supervisión está liderada por el Coordinador Regional, quien a su vez cuenta con dos profesionales de apoyo, que están al frente del equipo de los Gestores Territoriales, en otras palabras, los profesionales de apoyo son el puente entre la gestión territorial y la Coordinación Regional.
El objetivo general de la labor de supervisión e interventoría es vigilar y controlar en forma eficaz y de manera permanente todas las etapas contractuales, para hacer cumplir las especificaciones técnicas, tiempos, las actividades administrativas, legales, financieras y presupuestales establecidas en los respectivos contratos. La supervisión e interventoría se originan con la celebración de un contrato, siendo el supervisor o el interventor, el responsable del contrato en su ejecución, desarrollo y liquidación.
Coordinador Regional: Persona que lidera los equipos de trabajo que se conforman en las regiones, tiene a su cargo la Supervisión del Contrato de Interventoría, es una persona técnicamente idónea, y con capacidad de decisión, y debe velar porque se cumpla a cabalidad con el objeto del contrato de Interventoría, entre otros debe observar que se cumpla con lo siguiente:
• Actividades administrativas a cargo del interventor.
• Actividades legales.
• Actividades financieras y presupuestales.
• Toda estipulación contractual.
• Proteger los intereses del FFIE y salvaguardar su responsabilidad.
• Vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado.
• Los plazos, términos y demás condiciones contractuales, garantizando la eficiente y oportuna inversión de los recursos.
Profesional de Apoyo a la Supervisión: Profesional técnicamente idóneo, con capacidad de decisión o discernimiento con respecto a las actuaciones que realice el interventor en virtud del desarrollo o ejecución de un contrato de obra, es el puente o conexión entre la Coordinación Regional y los Gestores territoriales, por ende, deberá apoyar de manera oportuna la gestión realizada por los gestores territoriales en campo y las labores técnicas y administrativas del Coordinador Regional, y otras que éste le asigne.
Gestor Territorial: Profesional técnicamente idóneo, con capacidad de decisión o discernimiento con respecto a las actuaciones que realice el interventor en virtud del desarrollo o ejecución de un contrato de obra, es la persona que vivirá el día a día de la ejecución contractual en el lugar de ejecución, cuenta con el soporte técnico y administrativo de los Profesionales de Apoyo a la Supervisión, entre otros deberá hacer especial énfasis en:
• Actividades administrativas a cargo del interventor en el lugar de la ejecución del proyecto.
• Actividades legales en el lugar de la ejecución del proyecto.
• Actividades financieras y presupuestales.
• Toda estipulación contractual.
• Proteger los intereses del FFIE y salvaguardar su responsabilidad.
• Vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado in situ.
• Los plazos, términos y demás condiciones contractuales, garantizando la eficiente y oportuna inversión de los recursos.
Los gestores territoriales por lo general deberán asistir periódicamente al lugar de ejecución de los proyectos, hacer seguimiento continuo al desarrollo del contrato de Interventoría, y realizar las solicitudes que corresponda necesarias en marco técnico, legal y administrativo contenidos en el mismo.
NOTA IMPORTANTE 2: La UG-FFIE dispondrá de los formatos para la ejecución de las actividades descritas en el manual, los cuales deberán ser socializados con los contratistas directamente, podrán ser sujetos de modificaciones de acuerdo al desarrollo de la ejecución de los proyectos y a través del sistema de gestión de la entidad.
Actividad A1. Suscribir el Contrato de Interventoría | |
Roles y responsabilidades: | Interventor: suscribir con el Patrimonio Autónomo, el contrato para la prestación del servicio de interventoría a los proyectos que el PA-FFIE le asigne. Patrimonio Autónomo: suscribir con el Interventor el contrato para la prestación del servicio de interventoría a los proyectos de acuerdo con las necesidades de la UG-FFIE, previo a las instrucciones que para tal efecto imparta el Comité Fiduciario del PA FFIE. |
Registro: | Contrato suscrito entre las partes. |
Tiempo o frecuencia: Diez (10) días hábiles siguientes a la asignación del o los proyectos.
Actividad A2. Revisar y aprobar la garantía del Contrato de Interventoría | |
Roles y responsabilidades: | Interventor: presentar las garantías de conformidad con las reglas definidas en el los TCC. En caso de presentarse alguna observación por parte del PA-FFIE a las garantías, deberá responder a las observaciones realizadas en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles. Patrimonio Autónomo: Recibir, revisar y aprobar o rechazar, según aplique la(s) garantía(s) requerida(s) para la ejecución del contrato e informar a la Supervisión y al Contratista acerca de la aprobación o rechazo de la Garantía. |
Registro: | Garantía del contrato aprobada. |
Tiempo o frecuencia: El tiempo máximo para presentar la garantía es de cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato.
Actividad A3. Designar la supervisión del Contrato de Interventoría | |
Roles y responsabilidades: | UG-FFIE: Informar al Coordinador Regional sobre su asignación como supervisor y al Interventor sobre la designación del Supervisor que desempeñará las funciones previstas en el presente Manual. Supervisión UG FFIE: Recibir y aceptar la designación de supervisión que realice la UG-FFIE. El Coordinador Regional podrá designar el (los) Profesional(es) a quien(es) estime conveniente(s) para realizar el (los) Xxxxx(s) a la Supervisión. |
Registro: | Comunicación con la designación de la supervisión |
Tiempo o frecuencia: Con la suscripción del contrato, o cuando se requiera hacer una nueva designación
Actividad A4. Revisar y aprobar las hojas de vida del personal de la interventoría
Roles y
responsabilidades:
Interventor: Radicar las hojas de vida del personal requerido para el seguimiento de cada contrato de obra a la Supervisión Técnica de la UG-FFIE para revisión y aprobación o rechazo según aplique.
Supervisión UG-FFIE: Revisar de conformidad con lo estipulado en los TCC y el contrato y aprobar o rechazar, según el caso, las hojas de vida del recurso humano presentadas por el interventor.
Para emitir la recomendación, la UG-FFIE a través del Apoyo a la Supervisión designado deberá revisar y verificar que el equipo de trabajo propuesto cumpla con lo establecido en el ANEXO TÉCNICO de los TCC.
Registro: | Acta de aprobación de personal para la ejecución del contrato. |
Tiempo o frecuencia: El tiempo máximo para presentar las hojas de vida es de tres (3) días calendario una vez se suscriba el contrato. El tiempo máximo para revisar y aprobar es de dos (2) días hábiles una vez recibidas las hojas de vida.
Actividad A5. Informe preliminar de interventoría | |
Roles y responsabilidades: | Interventor: entregar a la Supervisión un Informe Preliminar que contenga como mínimo: • Documentación y Compromisos Previos al Inicio del Contrato (oferta económica, contrato, anexos técnicos) • Verificación de las condiciones del sitio de ejecución del proyecto. • Diagnóstico de la información técnica entregada por Supervisión (Información predial), actualizándolo con las necesidades de la Institución Educativa. • Estudio de la Situación Normativa, Urbanística y Legal, Información Cartográfica Catastral, Consulta e Información general del lote, Localización urbanística, Áreas y linderos, Naturaleza jurídica del lote, Gravámenes y limitaciones, Impuestos y contribuciones, Servicios públicos domiciliarios, Observaciones y recomendaciones, Antecedentes: estado de legalización del lote. • Estudio Normativa, Afectaciones (Compilación y análisis de información de las entidades pertinentes). • Diagnóstico de Accesibilidad. • Verificación de estudios y diseños (existentes). Plan de Gestión Integral. |
Registro: | Informe preliminar de interventoría aprobado por la Supervisión. |
Tiempo o frecuencia: Antes de la suscripción del Acta de Inicio del contrato de Interventoría.
Actividad A6. Suscribir el Acta de Inicio Fase 1 del Contrato de Interventoría | |
Roles y responsabilidades: | Interventor: suscribir el Acta de Inicio Fase 1 del Contrato de Obra y de Interventoría. Supervisión UG FFIE: Revisar, aprobar y suscribir el Acta de Inicio Fase 1 del Contrato de Interventoría, para su suscripción, posterior a ello, requerirá al representante Legal de la Interventoría para que suscriba el documento. La Supervisión deberá remitir el documento debidamente firmado al Patrimonio Autónomo. Patrimonio Autónomo: recibir el documento suscrito por la Supervisión para que el mismo repose en el expediente del contrato correspondiente. |
Registro: | Acta de Inicio Fase 1 del Contrato de Interventoría |
Tiempo o frecuencia: seis (6) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato
B. COMPONENTE 2 – Actividades de revisión y planificación previas al inicio de las actividades técnicas de ejecución
Actividad B1. Definir y socializar el Protocolo de Comunicaciones | |
Roles y responsabilidades: | Se establecerá el Protocolo de comunicaciones en la reunión de inicio de los proyectos. Contratista: designar e informar a la Interventoría, la persona a quien deben dirigir todo tipo de comunicaciones y cuya responsabilidad es proceder a la gestión que corresponda. Tener en cuenta que el conducto regular en primera instancia es con el Interventor. Interventor: designar e informar al FFIE y al Contratista, la persona a quien deben dirigir todo tipo de comunicaciones y cuya responsabilidad es proceder a la gestión que corresponda. |
Registro: | Actas de reunión. |
Tiempo o frecuencia: Con la suscripción del acta de inicio del Contrato de Interventoría
Actividad B2. Revisar y aprobar hojas de vida del personal del Contratista de Obra | |
Roles y responsabilidades: | Contratista: El contratista deberá radicar las hojas de vida del personal de cada contrato de obra a la interventoría dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato de obra. Interventor: revisar, aprobar o reprobar (según el caso), las hojas de vida del personal requerido para la Fase que corresponda dentro de los siguientes dos (2) días hábiles a su recibo, verificando que el equipo de trabajo presentado por el contratista cumpla con los requisitos de formación académica, experiencia general y específica, tiempo de dedicación mínimo exigido para el contrato, en concordancia con los perfiles profesionales y operativos indicados contractualmente y en los TCC. En cumplimiento de este procedimiento, el Interventor debe diligenciar y suscribir el formato de aprobación de personal para la ejecución del contrato. En el evento que el Contratista de Obra no de cumplimiento a la presente obligación, el Interventor deberá aplicar lo previsto en el contrato para este tipo de incumplimientos, e informar oficial y oportunamente al Patrimonio Autónomo y al FFIE. |
Registro: | Acta de aprobación de personal para la ejecución del contrato. |
Tiempo o frecuencia: El tiempo máximo para presentar las hojas de vida es de tres (3) días hábiles, una vez se suscriba el contrato. El tiempo máximo para revisar y aprobar es de dos (2) días hábiles una vez recibidas las hojas de vida.
Actividad B3. Suscribir el Acta de Inicio Fase 1 del Contrato de Obra
Roles y
responsabilidades:
Interventor: Suscribir y remitir oficialmente al Contratista de Obra, con copia a la UG FFIE, el Acta de Inicio Fase 1 del Contrato de Obra. Igualmente, deberá remitir el documento al Patrimonio Autónomo.
Contratista: suscribir con la Interventoría el Acta de Inicio Fase 1 del Contrato de Obra.
Patrimonio Autónomo: recibir el documento suscrito por el Interventor para que el mismo repose en el expediente del contrato correspondiente.
Registro: | Acta de inicio del Contrato de Obra. |
Actividad B4. Efectuar la reunión con el Interventor y entregar documentación | |
Roles y responsabilidades: | Dirección Técnica del FFIE: A través de la Supervisión UG FFIE : convocar y realizar una reunión con la Interventoría previo al inicio de las actividades contractuales, la cual se registra en el formato Acta de seguimiento de contrato, especificando la periodicidad de las reuniones de seguimiento al contrato objeto de la Interventoría (según su complejidad) y al contrato de Interventoría (de acuerdo con la complejidad del proyecto, mínimo dos (2) en la vigencia del contrato). En dicha reunión se tratan temas como: oportunidad en la entrega de los informes, calidad en el contenido de los mismos, aplicación del presente Manual, seguimiento a los TCC y el ANEXO TÉCNICO DE INTERVENTORÍA del Contrato de Interventoría, parámetros y recomendaciones sobre el control y buen manejo del anticipo (conforme lo estipulado en los TCC y el ANEXO TÉCNICO DE INTERVENTORÍA), fechas trazabilidad y organización del archivo documental del proyecto, , entre otros. Así mismo, en dicha reunión la UG FFIE entregará al interventor los formatos y toda la documentación aplicable al proyecto, y de acuerdo con el alcance del proyecto, se entregará la documentación con que el FFIE cuenta. Interventor: asistir a la reunión del FFIE - Interventoría convocada por la Dirección Técnica, previo al inicio de las actividades contractuales. En dicha reunión recibe por parte del FFIE o a quien éste indique la documentación e información necesaria para desarrollar adecuadamente la Interventoría. Supervisión UG FFIE:: realizar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones contractuales y establecidas en los TCC por parte del interventor. La Supervisión deberá verificar que El Interventor adelante las acciones de gestión contractual pertinentes como se establece en los TCC, el ANEXO TÉCNICO DE INTERVENTORÍA y contratos suscritos. |
Registro: | Acta de seguimiento de contrato. |
Tiempo o frecuencia: Hasta seis (6) días hábiles una vez se cumplan los requisitos estipulados en los TCC y el contrato.
,
Tiempo o frecuencia: Cada vez que se inicie un contrato y durante su ejecución, conforme lo pactado en la primera reunión y de manera extraordinaria cuando así sea necesario.
C. COMPONENTE 3 – Actividades de planificación de la ejecución del proyecto
SUBCOMPONENTE 3.1: – Actividades de planificación para estudios técnicos y diseños existentes necesarios para el inicio de Fase 2
Actividad C1. Revisar y aprobar la programación presentada por el contratista de obra | |
Roles y Responsabilidades: | Contratista: presentar a la Interventoría para su aprobación el cronograma de ejecución de Fase 1 en el cual las actividades estén programadas de manera secuencial y consecuente con la ruta crítica de ejecución, los TCC y anexos. En el cronograma de la Fase 1, se debe contemplar el plazo estimado de trámite y expedición de la Licencia de Construcción, planteando el desarrollo de los productos de manera que se prioricen los que se requieran para adelantar el trámite ante la curaduría o las oficinas de planeación, para optimizar los tiempos y evitar suspensiones en esta Fase. |
. Interventor: revisar y aprobar la programación de obra entregada por el contratista y remitir el documento aprobado al Patrimonio Autónomo y al FFIE. Patrimonio Autónomo: recibir el documento aprobado por el Interventor para que el mismo repose en el expediente del contrato correspondiente. Supervisión UG FFIE: recibir de la Interventoría la programación aprobada y realizar observaciones para ajustes en el evento que se requieran. | |
Registro: | Programación de Obra aprobada por la Interventoría para la Fase 1 |
Tiempo o frecuencia: El Cronograma aprobado por la interventoría para la Fase 1 deberá ser presentado al FFIE y al Patrimonio Autónomo, dentro de los siguientes tres (3) días hábiles a la suscripción del acta de inicio de Fase 1.
Actividad C2. Entregar estudios técnicos y diseños existentes, trámites de Licencias y/o permisos necesarios en los casos que se requiera para revisión y aprobación, previo al inicio de la ejecución de la fase 2 de construcción (cuando aplique) | |
Roles y responsabilidades: | ETC o ET (cuando aplique): entregar los estudios técnicos y diseños (Proyecto de ingeniería de detalle y ejecución) elaborados mediante contrato de consultoría, dando cumplimiento a la normativa vigente aplicable, debidamente licenciados y con los permisos que corresponden para su ejecución. Entregar los predios saneados y con la verificación y aprobación de la disponibilidad de los servicios públicos (Acueducto, Alcantarillado, Energía Eléctrica, Gas Natural etc). Contratista: recibir los estudios técnicos y diseños para su revisión, verificación y aceptación. Para ello contará con un plazo máximo de quince (15) días hábiles. Interventor: entregar al Contratista de Obra a nombre de la ETC o ET o FFIE los estudios técnicos y diseños elaborados. Supervisión UG FFIE: realizar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones contractuales y establecidas en los TCC por parte del interventor. |
Registro: | Acta de entrega de documentos |
Tiempo o frecuencia: 15 días hábiles después de recibida la documentación.
SUBCOMPONENTE 3.2: – Actividades para el inicio de la Fase 2 del proyecto
Actividad C3. Informe de viabilidad de la Fase 2 del Proyecto
Roles y responsabilidades: | Contratista: entregar a la Interventoría todos los documentos técnicos, administrativos y financieros que ésta le solicite de acuerdo con el alcance definido en el anexo técnico de los TCC y sus anexos, así mismo deberá entregar a la Interventoría Informe posterior a la visita técnica, en el cual se deberá determinar la viabilidad del proyecto. Interventor: Recibir el informe de viabilidad técnica, financiera y jurídica de inicio de Fase 2 (Construcción) en el cual se determina si es procedente que el Contratista inicie con la ejecución de la Fase 2, revisar, analizar, conceptuar y posteriormente remitir a la entidad, con su aprobación, la viabilidad de la ejecución del proyecto. Revisor Independiente de Diseños: acompañar técnicamente la elaboración del informe de viabilidad técnica, financiera y jurídica de inicio de Fase 2 (Construcción), revisar, conceptuar y aprobar. Supervisión UG FFIE: aprobar el informe de viabilidad técnica, financiera y jurídica de inicio de Fase 2 (Construcción) presentado por el interventor. |
Registro: | Informe de viabilidad técnica, financiera y jurídica de inicio de Fase 2 (Construcción). |
Tiempo o frecuencia: Una vez se cuente con el recibo a satisfacción de todos los estudios técnicos y diseños por parte de la Interventoría y el revisor independiente de diseños, con todos los permisos y licencias necesarias y el proyecto cuente como mínimo con los recursos financieros correspondientes al presupuesto.
Actividad C4. Revisar y aprobar las hojas de vida del personal variable de la interventoría para la Fase 2 del Proyecto
Roles y
responsabilidades:
Interventor: Radicar las hojas de vida del personal requerido para el seguimiento de
cada contrato de obra a la Supervisión de la UG-FFIE para revisión y aprobación o rechazo según aplique.
Supervisión UG FFIE: Revisar de conformidad con los estipulado en los TCC, el ANEXO TÉCNICO DE INTERVENTORÍA, y el contrato, y aprobar o rechazar, según sea el caso, las hojas de vida del recurso humano presentadas por el interventor para la Fase 2 del proyecto.
Para emitir la recomendación, la UG-FFIE a través de la Supervisión designada deberá revisar y verificar que el equipo de trabajo propuesto cumpla con los requisitos de formación académica, experiencia general y específica, en concordancia con los perfiles profesionales y operativos indicados contractualmente.
La Supervisión verificará que el personal profesional, técnico y logístico presentado para la ejecución del contrato por parte de la INTERVENTORÍA, tenga por lo menos el porcentaje de dedicación mínima de disponibilidad en tiempo requerido para la ejecución del contrato conforme a la propuesta presentada.
Registro: | Acta de aprobación de personal para la ejecución de la Fase 2 del Proyecto. |
Tiempo o frecuencia: El tiempo máximo para presentar las hojas de vida es de tres (3) días hábiles una vez se radique el informe de viabilidad de la Fase 2 del proyecto. El tiempo máximo para revisar y aprobar es de dos (2) días hábiles una vez recibidas las hojas de vida.
Actividad C5. Suscribir el Acta de Inicio Fase 2 del Contrato de Interventoría | |
Roles y responsabilidades: | Interventor: Elaborar y suscribir el Acta de Inicio Fase 2 del Contrato de Interventoría. |
Supervisión UG FFIE: suscribir, con la Interventoría el Acta de Inicio Fase 2 del Contrato de Interventoría y remitir el documento al Patrimonio Autónomo.
Patrimonio Autónomo: recibir el documento suscrito por el Interventor para que el mismo repose en el expediente del contrato correspondiente.
Registro: | Acta de inicio de la Fase 2 del Contrato de Interventoría. |
Tiempo o frecuencia: Con la aprobación del informe de viabilidad de la Fase 2 del Proyecto.
SUBCOMPONENTE 3.3: – Actividades preliminares de obra
Actividad C6. Informe preliminar de obra | |
Roles y responsabilidades: | Contratista: Xxxxxxxx y presentar para aprobación del interventor, el informe preliminar de obra. Interventor: revisar y aprobar, el informe preliminar de obra presentado por el Contratista de obra con el estudio, revisión y análisis de todos los documentos técnicos de las obras a ejecutar; así como, las observaciones, advertencias, conclusiones y recomendaciones pertinentes para el normal desarrollo del contrato objeto de obra. Supervisión UG FFIE: Revisar y objetar (si es el caso), el informe preliminar presentado por el Contratista de Obra, previamente aprobado por la Interventoría. |
Registro: | Informe preliminar de obra aprobado por la interventoría |
Actividad C7. Revisar y aprobar hojas de vida del personal del Contratista de Obra para la Fase 2 del Proyecto | |
Roles y responsabilidades: | Contratista: El contratista deberá radicar a la interventoría las hojas de vida de personal asignado a la Fase 2 del proyecto dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato de obra. Interventor: revisar, aprobar o reprobar (según el caso), las hojas de vida de personal requerido para la Fase que corresponda, dentro de los siguientes dos (2) días hábiles a su recibo, verificando que el equipo de trabajo presentado por e contratista cumpla con los requisitos de formación académica, experiencia general y específica, tiempo de dedicación mínimo exigido para el contrato, en concordancia con los perfiles profesionales y operativos indicados contractualmente y en los TCC En cumplimiento de este procedimiento, el Interventor debe diligenciar y suscribir e formato de aprobación de personal para la ejecución del contrato. En el evento que el Contratista de Obra no de cumplimiento a la presente obligación el Interventor deberá aplicar lo previsto en el contrato para este tipo de incumplimientos, e informar oficialmente y oportunamente al Patrimonio Autónomo y al FFIE. |
Registro: | Acta de aprobación de personal para la ejecución del contrato. |
Tiempo o frecuencia: Con la presentación del informe preliminar.
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l l
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Tiempo o frecuencia: El tiempo máximo para presentar las hojas de vida es de tres (3) días hábiles, una vez se suscriba el contrato. El tiempo máximo para revisar y aprobar es de dos (2) días hábiles una vez radicadas las hojas de vida.
Actividad C8. Suscribir el Acta de Inicio Fase 2 del Contrato de Obra | |
Roles y responsabilidades: | Interventor: Suscribir y remitir oficialmente al Contratista de Obra, con copia a la UG FFIE, el Acta de Inicio Fase 2 del Contrato de Obra. Igualmente, deberá remitir el documento al Patrimonio Autónomo. Contratista: suscribir con la Interventoría el Acta de Inicio Fase 2 del Contrato de Obra. Supervisión UG FFIE: recibir el documento suscrito por el Interventor y el contratista de obra, y remitir al PA FFIE para que el mismo repose en el expediente del contrato correspondiente. |
Registro: | Acta de inicio de la Fase 2 del Contrato de Obra. |
Tiempo o frecuencia: Con la aprobación del informe preliminar de obra.
Actividad C9. Programación detallada para la construcción de la obra | |
Roles y responsabilidades: | Contratista: entregar la programación aprobada por la interventoría en la Fase 1 actualizada de acuerdo con la fecha del Acta de Inicio de la Fase 2 y con fecha final de terminación sujeta al plazo establecido para la Fase 2, la programación deberá ser presentada en medio magnético (Project), o en el formato requerido por la Supervisión. Interventor: revisar y aprobar la programación de obra entregada por el contratista que debe corresponder al producto entregado en la Fase 1, actualizada con la fecha del Acta de Inicio de la Fase 2 y con fecha final de terminación sujeta al plazo contractual establecido para la Fase 2. La programación de ejecución de los trabajos, deberá presentarse en un Diagrama xx Xxxxx, y debe contener todas las actividades por capítulos hasta el nivel de subcapítulos, señalando: • Secuencia y duración de cada una de las actividades (capítulos y subcapítulos) indicadas en el formato de cantidades de la propuesta económica. • Indicación de inicio y final de cada una de las actividades. • Duración de la ejecución del proyecto. • Deben estar claramente establecidas las actividades predecesoras. • La Ruta crítica. • El rendimiento de las actividades deberá corresponder con el rendimiento descrito en los análisis de precios unitarios y los recursos presentados por el Contratista de Obra. • El histograma del recurso humano requerido para la ejecución de los trabajos, lo cual permitirá conocer de primera mano, la cantidad de personal requerido para cada una de las semanas que dure el proyecto. • Así mismo, la Interventoría deberá verificar como mínimo lo siguiente: • El comportamiento de inversión vs el tiempo de ejecución contractual deberá corresponder con un gráfico de xxxxxxx xx Xxxxx sin sesgo hacia el primer tercio o hacia el último tercio del plazo contractual. • El pico máximo de ejecución deberá estar dentro del segundo |
tercio del tiempo contractual.
• La mayoría de las actividades no podrán estar acumuladas en el último tercio del tiempo contractual.
El Interventor deberá remitir el documento aprobado al Contratista, a la Supervisión de la UG-FFIE, en caso requerirse una modificación a la programación, el interventor deber a remitir igualmente la nueva debidamente aprobada. Supervisión UG FFIE: recibir el documento aprobado por el Interventor, realizar observaciones para ajustes en el evento que se requieran, y remitir al PA FFIE para que el mismo repose en el expediente del contrato correspondiente. | |
Registro: | Programación Fase 2 aprobada por la Interventoría |
Tiempo o frecuencia: La Programación aprobada por la interventoría para la Fase 2 deberá ser presentada a la Supervisión de La UG-FFIE, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio de la Fase 2 y cada vez que se realice una modificación contractual que afecte el plazo de ejecución.
Actividad C10. Flujo de inversión de los recursos contrato Fase 2 | |
Roles y responsabilidades: | Contratista: presentar el flujo de inversión delos recursos del contrato de la fase 2 dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio de la Fase 2, expresado en pesos conforme a la propuesta económica. Las respectivas presentaciones del flujo de inversión de anticipo y recursos del contrato de la fase 2 deberán realizarse utilizando una hoja de cálculo de Excel o aplicación software tipo project o similar, por cada una de las actividades (capítulos, subcapítulos, ítem o actividades) contenidas en la Propuesta Económica, discriminadas por mes, de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo Técnico de los TCC. Interventor: revisar y aprobar el flujo de inversión de los recursos del contrato entregado por el contratista de obra. El Interventor deberá remitir el documento aprobado al Contratista, y a La UG FFIE (Supervisor), quien posteriormente remitirá al PA FFIE. Patrimonio Autónomo: recibir el documento aprobado por el Interventor para que el mismo repose en el expediente del contrato correspondiente. Supervisión UG FFIE: recibir de la Interventoría el flujo de inversión de los recursos del contrato aprobada y realizar observaciones para ajustes en el evento que se requieran. |
Registro: | Flujo de inversión de los recursos del contrato aprobado por la Interventoría |
Tiempo o frecuencia: El flujo de inversión de los recursos del contrato aprobado por la interventoría para la Fase 2 deberá ser presentado a la UG FFIE (Supervisor) y al Patrimonio Autónomo, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio de la Fase 2.
Actividad C11. Plan de Inversión del Anticipo | |
Roles y responsabilidades: | Contratista: presentar el plan de inversión del anticipo, expresado en pesos, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio de la Fase 2. La presentación del plan de inversión del anticipo deberá realizarse mediante una hoja de cálculo de Excel u otra herramienta, por capítulo, discriminados por mes, de conformidad con el anexo económico presentado en su propuesta, el cual hace parte integral del contrato. Interventor: revisar y aprobar el plan de inversión del anticipo presentado por el contratista, que debe ser expresado en pesos. Ello permitirá conocer de manera clara, el tiempo y el recurso, y la forma como se invertirá. Enviar aprobación a la UG FFIE – (Supervisor). El interventor realizará el control del plazo máximo para la inversión del anticipo, el cual será durante los primeros cuatro (4) meses calendario del plazo de ejecución del contrato. En el evento que el Contratista de Obra no de cumplimiento a la presente obligación, el Interventor deberá aplicar lo previsto en el contrato para este tipo de incumplimientos, e informar oficial y oportunamente al Patrimonio Autónomo y a laUG FFIE. Supervisión UG FFIE: recibir de la Interventoría el plan de inversión del anticipo aprobado y realizar observaciones para ajustes en el evento que se requieran. |
Registro: | Plan Inversión del Anticipo aprobado por la interventoría |
Tiempo o frecuencia: El tiempo máximo para presentar el plan de inversión del anticipo será de 5 días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio de la Fase 2.
Actividad C12. Cronograma de Amortización del Anticipo | |
Roles y responsabilidades: | Contratista: presentar el Cronograma de Amortización del Anticipo, expresado en pesos, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio de la Fase 2. La presentación del cronograma de amortización del anticipo deberá estructurarse cumpliendo lo establecido en los TCC y Anexos. Interventor: revisar y aprobar el Cronograma de Amortización del Anticipo presentado por el contratista, que debe ser expresado en pesos. El interventor realizará el control del plazo máximo para la amortización del anticipo, de acuerdo con lo establecido en los TCC y Anexos. En el evento que el Contratista de Obra no de cumplimiento a la presente obligación, el Interventor deberá aplicar lo previsto en el contrato para este tipo de incumplimientos, e informar oficial y oportunamente al Patrimonio Autónomo y al FFIE. El interventor solo aprobará el pago del anticipo una vez se cumpla con la aprobación del Plan de inversión y del cronograma de amortización del anticipo. Supervisión UG FFIE: recibir de la Interventoría el Cronograma de Amortización del Anticipo aprobado y realizar observaciones para ajustes en el evento que se requieran. |
Registro: | Cronograma de Amortización avalado por la interventoría |
Tiempo o frecuencia: El tiempo máximo para presentar el Cronograma de Amortización del anticipo es de cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio de la Fase 2.
Actividad C13. Programas complementarios y obligatorios | |
Roles y responsabilidades: | Contratista: presentar al Interventor para su aprobación los programas de: seguridad industrial, salud ocupacional, gestión del riesgo, gestión social y manejo ambiental para la ejecución de la obra. Interventor: revisar, verificar y aprobar los programas de seguridad industrial, salud ocupacional, gestión social, seguridad en el trabajo y manejo ambiental para la ejecución de la obra presentados por el contratista de obra, los cuales deben cumplir los lineamientos establecidos en el Anexo Técnico de los TCC y la normativa vigente en la materia. El Interventor deberá remitir el documento aprobado a la UG FFIE. Patrimonio Autónomo: recibir el documento aprobado por el Interventor para que el mismo repose en el expediente del contrato correspondiente. Supervisión UG FFIE: recibir por parte de la interventoría los documentos requeridos en los TCC, Anexo Técnico, o en el contrato, previamente aprobados por la interventoría, del mismo modo, efectuará seguimiento a la Interventoría para exigir el cumplimiento de los programas complementarios en el sitio de obra. |
Registro: | Planes complementarios aprobados por la interventoría |
Tiempo o frecuencia: El tiempo máximo para presentar los programas complementarios es de cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio de la Fase 2.
Actividad C14. Plan de aseguramiento de la Calidad de la Obra | |
Roles y responsabilidades: | Contratista: en los cinco (5) días hábiles antes de la suscripción del Acta de Inicio de la Fase 2, presentar al Interventor para su aprobación el plan de aseguramiento de calidad de la obra, el cual debe estructurarse con base en los lineamientos establecidos en el Anexo Técnico de los TCC y la normativa vigente. Interventor: controlar y verificar los trabajos de construcción bajo el enfoque de gestión de Calidad conforme a la norma NTC-ISO 10005:2005, para lo cual debe exigir la presentación de un plan de aseguramiento de calidad de la obra por parte del contratista de obra que cumpla con el alcance establecido en el Anexo Técnico de los TCC y la normativa vigente. El Interventor debe hacer la revisión en los tres (3) días hábiles siguientes después de ser recibida la documentación. El Interventor deberá remitir el documento aprobado a la UG-FFIE. Patrimonio Autónomo: recibir el documento aprobado por el Interventor para que el mismo repose en el expediente del contrato correspondiente. Supervisión UG FFIE: recibir por parte de la interventoría los documentos requeridos en los TCC, Anexo Técnico, o en el contrato, previamente aprobados por la interventoría, del mismo modo, efectuará seguimiento a la Interventoría para exigir el cumplimiento del plan en el sitio de obra y remitir posteriormente al PA FFIE. |
Registro: | Plan aseguramiento de calidad de la obra aprobado por la interventoría |
Tiempo o frecuencia: El tiempo máximo para presentar el Plan aseguramiento de calidad de la obra es de cinco (5) días hábiles antes de la suscripción del Acta de Inicio de la Fase 2 y para aprobación de la interventoría es de tres (3) días hábiles siguientes después de ser recibida la documentación.
NOTA. Los programas y planes antes indicados, luego de su aprobación por parte del Interventor y revisado por la UG- FFIE, serán obligatorios para el Contratista de obra, quien no podrá modificarlos unilateralmente.
La modificación de cualquiera de los planes y programas deberá fundarse en causas plenamente justificadas y requerirá la aprobación escrita y previa del interventor y la verificación por parte de la UG-FFIE.
En caso de que el Contratista no cumpla con uno de los planes, el interventor podrá exigir por escrito, según el caso, el aumento en el número de turnos, en la jornada de trabajo y/o en el equipo y/o en los insumos y, en general, las acciones necesarias para el cumplimiento del programa o plan de que se trate, sin que por la realización de tales acciones se genere costo adicional alguno para el PA-FFIE. No obstante, el incumplimiento de estos requisitos podrá implicar las sanciones del caso.
Actividad C15. Organización de los trabajos: | |
Roles y responsabilidades: | Contratista: en los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio de la Fase 2, presentar al Interventor para su aprobación el organigrama y la metodología para la ejecución de las actividades de obra, estructuradas con el alcance establecido en el Anexo Técnico de los TCC y la normativa vigente, la metodología de trabajo deber estar ligada al cumplimiento de la programación de obra y el plazo contractual. Interventor: revisar y aprobar el organigrama general del proyecto presentado por el Contratista de Xxxx, el cual debe contener frente de trabajo mínimo requerido, simultáneo para cada módulo a construir, las líneas de mando y coordinación, los niveles de decisión, el número de los profesionales y demás recurso humano ofrecido en la propuesta y requerido para la ejecución de los trabajos, las funciones del personal que interactuará con la UG-FFIE y el interventor durante la ejecución del contrato; y, una breve descripción de las políticas de manejo de personal relacionadas con seguridad en el trabajo, seguridad social y seguridad industrial. Así mismo, el Interventor deberá revisar y aprobar la Metodología para la ejecución de las actividades que corresponde a un documento en el que se realice una descripción detallada para la ejecución de la obra, en cada una de las etapas, frentes de trabajo y actividades del proyecto. El interventor deberá en lo posible contar con una oficina en la ciudad de ejecución de los proyectos, no obstante, siempre deberá prever la disponibilidad de especialistas para la atención de consultas en el proyecto en tiempos de respuesta oportuno. Este documento debe incluir la estructura de acuerdo al organigrama propuesto, el método con el cual desarrollará el seguimiento a los trabajos, incluyendo, entre otros, las obras preliminares, vías de acceso, suministros, implementación del plan de manejo ambiental, control de aguas superficiales, movimiento de tierras, obras de drenaje y protección superficial, obras estructurales, obras especiales, mampostería, acabados, obras y montajes de equipos mecánicos, montajes electromecánicos de subestaciones y construcción de redes eléctricas, pruebas y puesta en servicio del proyecto, así como el plan de manejo de seguridad industrial, salud ocupacional y todo aquello que sea necesario para la ejecución del proyecto, así comola vinculación del personal no calificado de la ciudad o municipio incluyendo las personas en condición de vulnerabilidad. Supervisión UG FFIE: recibir de la Interventoría el organigrama y metodología aprobados y realizar observaciones para ajustes en el evento que se requieran, realizar seguimiento, y verificar que el organigrama y metodología presentados por el contratista de obra, se cumplan, y en caso de no ser así, hacer la respectiva observación a la Interventoría, quien deberá atender de manera inmediata el requerimiento y solicitar al contratista el cumplimiento de lo estipulado en el organigrama y la metodología para la ejecución de las actividades de obra. |
Registro: | Organigrama del Contratista de Obra y Metodología para la ejecución de la obra aprobados por la interventoría |
Tiempo o frecuencia: El tiempo máximo para presentar Organigrama del Contratista de Obra y Metodología para la ejecución de la obra es de cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio de la Fase 2.
ETAPA DE EJECUCIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL
D. COMPONENTE 4 – Estudios técnicos y diseños, trámites de Licencias y/o permisos necesarios para el inicio de Fase 2
Actividad D1. Visita al sitio en el que se planea realizar el proyecto | |
Roles y responsabilidades: | Contratista: Realizar visita al sitio en el que se planea realizar el proyecto en compañía de la Interventoría y delegado de la ETC, en los cinco (5) días hábiles posteriores a la entrega de la documentación técnica del Proyecto y entregar informe al interventor que contenga el análisis y soluciones a los posibles inconvenientes que pueda detectar durante la visita, sea una obra nueva o un proyecto que tenga un avance determinado, del mismo modo deberá presentar las conclusiones y recomendaciones que se consideren necesarias con el resultado de la verificación, como mínimo, de lo siguiente: − Que la implantación del proyecto, tal y como está diseñado, es factible (topografía, implantación, aislamientos, afectaciones, etc.), está de acuerdo con las Normas urbanísticas locales y cumple con lo contenido en los Planes de Ordenamiento Territorial – (POT) o Esquema de Ordenamiento Territorial – (EOT) vigentes, y todas las demás normas aplicables. − Que las conexiones de servicios públicos están de acuerdo con las factibilidades de servicios expedidos por las empresas prestadoras del servicio. − La accesibilidad al predio. − Las Fuentes de materiales Interventor: acompañar la revisión y verificación por parte del contratista de obra, de los aspectos anteriormente enunciados y revisar el informe presentado por el Contratista de Obra, fruto de la visita realizada, y conceptuar, a este respecto, y aprobar o rechazar el informe presentado por el Contratista de Obra. Supervisión UG FFIE: acompañar la visita y revisar y aprobar el concepto presentado por el interventor. |
Registro: | Informe de visita elaborado por el contratista de obra Concepto del interventor Acta de Visita suscrita por quienes asistan |
Tiempo o frecuencia: Dentro del período de apropiación de los diseños.
SUBCOMPONENTE 4.1: – Estudios técnicos y diseños existentes, trámites de Licencias y/o permisos necesarios para el inicio de Fase 2 en los casos que se requiera
Actividad D2: Apropiar estudios técnicos y diseños contratados por una ETC o ET | |
Roles y responsabilidades: | ETC o ET: entregar los estudios técnicos y diseños (Proyecto de ingeniería de detalle y ejecución) elaborados mediante contrato de consultoría, dando cumplimiento a la |
normativa vigente aplicable, debidamente licenciados y con los permisos que corresponden para su ejecución.
Supervisión UG-FFIE: entregar al Contratista de Obra a nombre de la ETC o ET los estudios técnicos y diseños elaborados.
Contratista: revisar, verificar y aceptar los diseños entregados. Para ello contará con un plazo máximo de quince (15) días hábiles y como resultado de esta revisión deberá presentar un informe a la Interventoría, de ser favorable el Contratista de Obra deberá acompañar este último de la respectiva Acta de aceptación, aprobación y apropiación de Diseños Existentes.
Así mismo, el Contratista de Obra deberá realizar ajustes mínimos (son los que no implican modificación de licencias ni permisos) que se requieran, sin que esto genere reconocimiento económico alguno.
Previa solicitud del Interventor, realizar y presentar para aprobación, el análisis del impacto socioeconómico y ambiental del Proyecto, cuando este no esté incluido en los estudios técnicos y diseños existentes.
Interventor: acompañar al contratista de obra en la revisión y verificación de los estudios técnicos y diseños. Como mínimo realizar lo siguiente:
− Supervisión, verificación, y seguimiento a la revisión de los diseños arquitectónicos y urbanísticos con la NTC 4595, NTC 4596 y demás normativa vigente aplicable (incluye topografía).
− Supervisión, verificación, y seguimiento a revisión de estudio de suelos.
− Supervisión, verificación, y seguimiento a revisión del proyecto estructural, con el cumplimiento de la norma NSR-10.
− Supervisión, verificación, y seguimiento a revisión de los proyectos eléctricos, (RETIE; RETILAP) de red de voz y datos o automatización, Sistemas de Seguridad, Hidrosanitarios, Red Contraincendios, Gas, Instalaciones Electromecánicas y demás estudios que sean entregados por la UG-FFIE.
− Revisión del presupuesto de obra entregado por la ET, ETC o por la UG-FFIE, que incluya como mínimo presupuesto detallado, memorias de cantidades de obra, especificaciones técnicas y verificar que se incluyan todas las actividades de obra requeridas para la ejecución del proyecto. Todo lo anterior acorde con los precios unitarios ofertados por el Contratista de Obra.
− Revisión de la programación de obra semanal y mensual, detallada (flujos de compras, suministros, alquiler de equipos etc.)
− Supervisión, acompañamiento y seguimiento a la verificación que existan las licencias y/o permisos necesarios para la ejecución del Contrato de Obra, así mismo revisar los requisitos exigidos por las entidades competentes a través de dichos permisos con el fin de garantizar su implementación y vigencia antes del inicio del contrato.
Igualmente, debe revisar el informe presentado por el Contratista de Obra y en caso de ser favorable, suscribir en conjunto, la respectiva Acta de aceptación, aprobación y apropiación de Diseños Existentes. Al suscribir esta Acta ni el Contratista Interventor ni el Contratista de Obra en la ejecución de la Fase 2 podrán cuestionar los estudios técnicos y diseño y asumirán bajo su cuenta y riesgo las correcciones a que tengan lugar en la ejecución de la obra.
Así mismo, el Interventor deberá avalar los ajustes mínimos (son los que no implican modificación de licencias ni permisos) realizados por el Contratista de Obra, sin que esto genere reconocimiento económico alguno, diligenciando el respectivo control de cambios debidamente suscrito por los especialistas de la interventoría y el contratista. El Interventor deberá informar a la UG-FFIE cuando los estudios y diseños no cumplan con las Normas Técnicas que les aplican y se declaren no ejecutables técnicamente. De otro lado, cuando en los estudios técnicos y diseños existentes no se contemple el análisis del impacto socioeconómico y ambiental del Proyecto, la Interventoría deberá requerir al Contratista de Obra para que lo realice y lo presente para su aprobación en un plazo no mayor a 15 días hábiles. Revisor Independiente de diseños: acompañar técnicamente el proceso de aceptación y apropiación de los estudios y diseños existentes por parte del Contratista de Obra y de Interventoría y suscribir el Acta de Aceptación. Supervisión UG-FFIE: informar a la ET o ETC sobre las observaciones realizadas por el nuevo Contratista de Obra o la nueva Interventoría. En caso de no recibirse las correcciones de fondo en un plazo máximo de 15 días hábiles, luego de recibida la notificación, la UG-FFIE dará inicio al respectivo proceso administrativo al que haya lugar. Consultor responsable del diseño: la ETC o ET deberá solicitar y garantizar que el consultor responsable de los diseños atienda las observaciones a que haya lugar en un plazo máximo de quince (15) días hábiles luego de recibida la notificación, para entregar las correcciones y respuestas de fondo a las que haya lugar. Supervisión UG FFIE: acompañar técnicamente el proceso de aceptación y apropiación de los estudios y diseños existentes por parte del Contratista de Obra, con la debida supervisión de la Interventoría, realizar las gestiones requeridas para que las observaciones presentadas en el informe de interventoría sean atendidas por el consultor responsable del diseño según corresponda; así como, suscribir el Acta de Aceptación, de la misma manera, solicitar al Contratista de Obra realizar el ajuste a los estudios y diseños, cuando el Interventor informe que estos no cumplen con las Normas Técnicas que les aplican y fueron declarados no ejecutables técnicamente. El alcance será el que le aplica al Componente “Estudios técnicos y diseños nuevos”. | |
Registros: | Acta de aceptación y apropiación de diseños existentes suscrita por los Contratistas de Obra e Interventoría, el Revisor Independiente de diseños y el Supervisor de la Interventoría. En caso de que no se acepten los estudios y diseños, El Interventor y El Contratista de Obra, deberán suscribir un documento en el cual se expliquen las razones por las cuales se toma esta decisión. |
Tiempo o frecuencia: | máximo de quince (15) días hábiles a partir de la legalización del contrato |
Actividad D3: Apropiar estudios técnicos y diseños ejecutados por un Contratista del sistema FFIE | |
Roles y responsabilidades: | Supervisión UG-FFIE: entregar al Contratista de Obra los estudios técnicos y diseños (Proyecto de ingeniería de detalle y ejecución) elaborados en la Fase 1, dando cumplimiento a la normativa vigente aplicable, debidamente licenciados y con los permisos que corresponden para su ejecución |
Contratista: revisar, verificar y aceptar los diseños entregados. Para ello contará con un plazo máximo de quince (15) días hábiles y como resultado de esta revisión deberá presentar un informe a la Interventoría, de ser favorable, el Contratista de Obra deberá acompañar este último de la respectiva Acta de aceptación, aprobación y apropiación de Diseños Existentes.
Así mismo, el Contratista de Obra deberá realizar ajustes mínimos (son los que no implican modificación de licencias ni permisos) que se requieran, sin que esto genere reconocimiento económico alguno. Diligenciar con la interventoría el control de cambios correspondiente debidamente suscrito por los especialistas del contratista y la interventoría.
Previa solicitud del Interventor, realizar y presentar para aprobación, el análisis del impacto socioeconómico y ambiental del Proyecto, cuando este no esté incluido en los estudios técnicos y diseños existentes.
Igualmente, deberá adelantar el trámite de las licencias de construcción y/o urbanismo en las modalidades que se requiera; así como, los permisos ante las empresas de servicios públicos, autoridades ambientales, entes de patrimonio locales o nacionales, oficinas de tránsito y todas aquellas que determine la normativa local o nacional que le aplique al proyecto que se está ejecutando, todo lo anterior aunado al cumplimiento de los TCC y el Contrato.
Interventor: acompañar al contratista de obra en la revisión y verificación de los estudios técnicos y diseños. Como mínimo debe realizar lo siguiente:
− Supervisión, verificación, y seguimiento a la revisión de los diseños arquitectónicos y urbanísticos con la NTC 4595, NTC 4596 y demás normativa vigente aplicable. (Incluye topografía).
− Supervisión, verificación, y seguimiento a revisión de estudio de suelos.
− Supervisión, verificación, y seguimiento a revisión del proyecto estructural con la norma NSR-10.
− Supervisión, verificación, y seguimiento a revisión de los proyectos eléctricos, (RETIE; RETILAP) de red de voz y datos o automatización, Sistemas de Seguridad, Hidrosanitarios, Red Contraincendios, Gas, Instalaciones Electromecánicas y demás estudios que sean entregados por el PA-FFIE.
− Revisión del presupuesto de obra entregado por la UG-FFIE, que incluya como mínimo presupuesto detallado, memorias de cantidades de obra, especificaciones técnicas y verificar que se incluyan todas las actividades de obra requeridas para la ejecución del proyecto.
− Revisión de la programación de obra semanal y mensual, detallada. (Flujos de compras, suministros, alquiler de equipos etc.)
− Supervisión, acompañamiento y seguimiento a la verificación que existan las licencias y/o permisos necesarios para la ejecución del Contrato de Obra, así mismo revisar los requisitos exigidos por las entidades competentes a través de dichos permisos con el fin de garantizar su implementación y vigencia antes del inicio del contrato.
Adicionalmente a lo anterior, el Contratista Interventor y el Contratista de Obra deberán realizar una visita al sitio en el que se planea realizar el proyecto en los cinco
(5) días hábiles posteriores a la entrega de la documentación técnica del Proyecto y verificar como mínimo lo siguiente:
− Que la implantación del proyecto tal y como está diseñado es factible (topografía, implantación, aislamientos, afectaciones etc.) y está de acuerdo con las Normas urbanísticas locales y cumple con lo contenido en los Planes de Ordenamiento Territorial – (POT) o Esquema de Ordenamiento Territorial – (EOT) vigentes.
− Verificar que las conexiones de servicios públicos están de acuerdo con las factibilidades expedidas por las empresas prestadoras del servicio.
− Verificar la accesibilidad al predio.
− Fuentes de materiales.
El Contratista Interventor deberá revisar el informe presentado por el Contratista de Obra, fruto de la visita realizada, dicho informe deberá incluir análisis y soluciones a los posibles inconvenientes que pueda detectar durante la visita, así como las conclusiones y recomendaciones que se consideren necesarias y la Interventoría deberá conceptuar, a este respecto.
Lo anterior con el objeto de que la Interventoría encargada de la fase 1 y que fue recibida a satisfacción por esta, responda y entregue las correcciones a las observaciones realizadas de tal manera que el Contratista de obra proceda con la aceptación y apropiación de los diseños y estudios técnicos entregados, dando cumplimiento a los plazos establecidos en el presente anexo.
Las consultorías que una vez revisadas por parte del Contratista de Obra y de su correspondiente interventoría, requieran ajustes mínimos, deberán ser adelantados por el Contratista y avalados por la interventoría sin que esto genere reconocimiento económico alguno. Diligenciar con la interventoría el control de cambios correspondiente debidamente suscrito por los especialistas del contratista y la interventoría.
Si como producto de la revisión de los diseños existentes por parte del Contratista Interventor y su respectivo contratista de obra, se evidencian observaciones que impliquen modificación de la licencia de construcción o de los permisos de estudios técnicos, estos serán reconocidos como ajustes a los diseños y se realizará la respectiva adición al Contratista Interventor para que se ejecute dicha labor.
Los entregables de los nuevos productos serán:
• Un (1) original y dos (2) copias de cada uno de los productos impresos
• El original debe venir debidamente suscrito por los especialistas del Contratista y por el revisor de Independiente de diseños de la Interventoría.
• Una (1) copia digitalizada del original suscrito.
• Una (1) carpeta con los originales de la licencia de construcción y permisos de las empresas de servicios públicos.
• Una (1) copia magnética de los Estudios y diseños en formato DWG y PDF o similar.
NOTA: Para cada especialidad se deberá entregar la copia de la matricula profesional, certificado de vigencia y la carta de responsabilidad del Profesional responsable.
Revisor Independiente de diseños: acompañar técnicamente el proceso de aceptación y apropiación de los estudios y1 diseños existentes por parte del Contratista de Obra y de Interventoría y suscribir el Acta de Aceptación, conceptuar y objetar cualquiera de los aspectos anteriormente enunciados, actuando de la mano con el Contratista Interventor. Supervisión UG-FFIE: informar a la Interventoría de la Fase 1 sobre las observaciones realizadas por el nuevo Contratista de Obra o la nueva Interventoría. En caso de no recibirse las correcciones de fondo en un plazo máximo de 15 días hábiles, luego de recibida la notificación, la UG-FFIE dará inicio al respectivo proceso administrativo al que haya lugar. Consultor Sistema FFIE: atender las observaciones a que haya lugar en un plazo máximo de quince (15) días hábiles luego de recibida la notificación, para entregar las correcciones y respuestas de fondo. Supervisión UG FFIE: acompañar técnicamente el proceso de aceptación y apropiación de los estudios y diseños existentes por parte del Contratista de Obra, debidamente acompañado por la Interventoría, realizar las gestiones requeridas para que las observaciones presentadas en el informe de interventoría sean atendidas por el consultor responsable del diseño según corresponda; así como, suscribir el Acta de Aceptación, de la misma manera, solicitar al Contratista de Obra realizar el ajuste a los estudios y diseños en los casos en que estos no cumplan con las Normas Técnicas que les aplican y sean declarados no ejecutables técnicamente o cuando se evidencian observaciones que impliquen modificación de la licencia de construcción o de los permisos de estudios técnicos, estos serán reconocidos como ajustes a los diseños. El alcance será el que le aplica al Componente “Estudios técnicos y diseños nuevos”. | |
Registros: | Acta de aceptación y apropiación de diseños existentes suscrita por los Contratistas de Obra e Interventoría, el Revisor Independiente de diseños y el Supervisor de la Interventoría. En caso de que no se acepten los estudios y diseños, El Interventor y El Contratista de Obra, deberán suscribir un documento en el cual se expliquen las razones por las cuales se toma esta decisión. |
Tiempo o frecuencia: | máximo de quince (15) días hábiles a partir de la legalización del contrato |
SUBCOMPONENTE 4.2: – Estudios técnicos y diseños nuevos, trámites de Licencias y/o permisos necesarios para el inicio de Fase 2
Actividad D4. Análisis del Lugar en el que se planea realizar el proyecto | |
Roles y responsabilidades: | Contratista: realizar visita al sitio en el que se planea realizar el proyecto a través de uno o varios profesionales (Arquitecto e Ingeniero Civil) según se requiera, en la que se analizará y verificará como mínimo: − Aspectos legales: verificación del predio, uso del suelo o demarcación urbana, normativa ambiental, servicios públicos y certificación de redes existentes. − Aspectos físicos: localización, morfología − Aspectos Socioeconómicos |
1 Los trámites de las licencias de construcción deberán realizarse en debida forma y observando lo estipulado en la Ley 1796 de 2016, el Decreto reglamentario 945 de 2017, el Decreto 1203 de 2017.
En los tres (3) días hábiles siguientes a la realización de la visita, deberá presentar un informe que contenga un capítulo de conclusiones y recomendaciones, en las cuales el Contratista de Obra recomienda la viabilidad o NO del Proyecto y/o los estudios técnicos necesarios para desarrollar el mismo, al igual que las recomendaciones para que el Proyecto sea viable por ej.: cambio de lote, actividades adicionales, etc.
Interventor: realizar visita al sitio junto con el Contratista de Xxxx, en el que se planea realizar el proyecto a través de uno o varios profesionales (Arquitecto e Ingeniero Civil) según se requiera, y:
− Avalar la verificación realizada por el Contratista de obra del predio a intervenir, el cual deberá corresponder al postulado por la ETC y al cual el MEN y la UG-FFIE dieron viabilidad jurídica y técnica, así mismo dará visto bueno a la comprobación realizada por el Contratista, de la dirección y/o la localización mediante coordenadas geográficas.
− Hacer seguimiento a las solicitudes realizadas por el Contratista de Obra a la curaduría urbana, Secretaría de planeación o a la entidad competente de las normas urbanísticas, uso del suelo, afectaciones viales, ambientalesque afecten el lote en el cual se desarrollará el Proyecto, verificar que de acuerdo con la certificación expedida por la ET o la ETC el predio no se encuentra en zona de riesgo conforme con el EOT o el POT según aplique.
− Hacer seguimiento y verificación a las solicitudes efectuadas por el Contratista a la entidad competente en materia de todas las normas o permisos que puedan afectar el desarrollo del Proyecto, tales como: manejo de escombros, contaminación auditiva, emisiones en general, áreas de conservación o protección, permisos de tala, de remoción de la capa vegetal etc.
− Hacer seguimiento y verificación a las solicitudes efectuadas por el Contratista de Obra en materia de disponibilidad de prestación de servicios públicos, tales como: suministro de agua potable, alcantarillado, recolección de basuras, suministro de energía eléctrica, gas, teléfono, internet, etc. y certificación de redes existentes que puedan afectar.
− Avalar el análisis realizado por el Contratista de obra del predio a intervenir, en relación con la ubicación del lugar con respecto a la ciudad y al sector, accesibilidad, servicios complementarios, redes de servicios públicos aéreas o subterráneas etc.
− Avalar el análisis realizado por el Contratista de obra del predio a intervenir, con respecto a su geomorfología, topografía, orientación, área disponible para la implantación del Proyecto, vegetación, clima, asoleación, vientos, vías, y todos aquellos que puedan afectar el predio.
− Aprobar el análisis del impacto socioeconómico y ambiental del Proyecto elaborado por el Contratista de Obra en el cual como mínimo deberá tener el alcance establecido en los TCC y sus anexos.
Revisar y entregar a la UG FFIE, un (1) día hábil después de recibido por parte del Contratista de Obra, el informe del análisis del Lugar en el que se planea realizar el proyecto.
Informar a la UG- FFIE cuando en la visita se establezca que el Proyecto es viable, pero como resultado del análisis realizado, se modifica su alcance, en el número de aulas o ambientes complementarios respecto de los inicialmente previstos, que
impliquen adición del plazo inicialmente establecido, o si surgen actividades de diseño adicionales. Revisor Independiente de Diseños: acompañar la visita al sitio en el que se planea realizar el proyecto. Supervisión UG FFIE: acompañar la visita al sitio en el que se planea realizar el proyecto y revisar y aprobar el informe de interventoría. Cuando el Proyecto NO se pueda ejecutar, el PA FFIE cancelará al Interventor el valor de la visita del análisis del Lugar, de acuerdo con las instrucciones que para tal efecto imparta la UG FFIE. NOTA: el PA-FFIE, NO cancelará el valor de la visita cuando el Proyecto continúe con su desarrollo, ya que los costos asociados a ella se encuentran contemplados dentro del costo del Proyecto consignado en el Contrato de Interventoría. | |
Registro: | Informe de visita elaborado por el contratista de obra y aprobado por la interventoría |
Tiempo o frecuencia: cinco (5) días hábiles posteriores a la entrega de la documentación técnica del Proyecto.
Actividad D5. Ejecución de estudios técnicos y diseños integrales con recursos del Sistema General de Regalías SGR en los casos en que se requiera
NOTA:(Aplica para aquellos Proyectos que son financiados por el Sistema General de Regalías (SGR) y que se
encuentran en Fase de desarrollo 2 o 3 las cuales corresponden a Pre - factibilidad (Estudios y Diseños) y factibilidad (ejecución de Obra).
Roles y responsabilidades: | Contratista: ejecutar estudios técnicos y diseños aplicando la metodología reglamentada2 y de acuerdo con el nivel de desarrollo en el que la ET o la ETC los haya presentado. Si fueron presentados en Fase 1 (perfil del Proyecto) deberá desarrollar la Fase 2 Prefactibilidad (Estudios y Diseños) y la Fase 3 Factibilidad (Ejecución de Obra). Realizar los ajustes que sean solicitados por la UG FFIE de conformidad con lo requerido por las entidades competentes, p. ej Comisión Rectora del Sistema General de Regalías y/o DNP, Ministerio Líder, Ministerio Acompañante y Sector. Adelantar el trámite de las licencias de construcción y/o urbanismo en las modalidades que se requiera, así como los permisos ante las empresas de servicios públicos, autoridades ambientales, entes de patrimonio locales o nacionales, oficinas de tránsito y todas aquellas que determine la normativa local o nacional que le aplique al proyecto que se está ejecutando. Al culminar la Fase de Estudios y Diseños, el Contratista de Obra deberá entregar a la Interventoría, en el plazo previsto para dicha Fase, la totalidad de los productos así: • Un (1) original y dos (2) copias de cada uno de los productos impresos • El original debe venir debidamente suscrito por los especialistas del Contratista y por el revisor Independiente de diseños de la Interventoría. • Una (1) copia digitalizada del original suscrito. • Una (1) carpeta con los originales de la licencia de construcción y permisos de |
2 Ley 1530 de 2012, Resolución 252 de 22 de febrero de 2012 y los requisitos definidos en el Acuerdo 0052 de 14 de diciembre del 2018 “Por el cual se establecen los requisitos para la viabilización, aprobación y ejecución de los Proyectos de Inversión Financiados con cargo al Sistema General de Regalías” y/o aquellos que los modifiquen, adicionen o sustituyan.
las empresas de servicios públicos.
• Una (1) copia magnética de los Estudios y diseños en formato DWG y PDF o similar.
• Para cada especialidad se deberá entregar la copia de la matricula profesional, certificado de vigencia y la carta de responsabilidad del Profesional responsable.
Interventor: Deberá efectuar la supervisión, acompañamiento, verificación, seguimiento y aprobación a la ejecución de estudios técnicos y diseños.
Revisar y verificar que el Contratista de Obra desarrolle los Estudios y diseños de acuerdo con los requisitos definidos en los-Acuerdos 0045 del 14 de noviembre de 2017, y el Acuerdo 0052 de 14 de diciembre del 2018 “Por el cual se establecen los requisitos para la viabilización, aprobación y ejecución de los Proyectos de Inversión Financiados con cargo al Sistema General de Regalías” y/o aquellos que los modifiquen, adicionen o sustituyan.
Efectuar el acompañamiento técnico al Contratista de Obra para que cumpla los requisitos generales y sectoriales en los términos establecidos en los Acuerdos previamente citados.
Será obligación del Contratista de Obra atender las solicitudes de la UG FFIE de conformidad con lo requerido por las entidades competentes, y de la interventoría verificarlos y aprobarlos, hasta que el Proyecto sea aprobado por el Órgano Colegiado de Administración y Decisión - OCAD.
Verificar e informar al Contratista de Obra, que no podrá por ningún motivo iniciar la Construcción, hasta tanto la UG FFIE lo autorice.
Efectuar el acompañamiento al Contratista de Obra, quien deberá adelantar el trámite de las licencias de construcción y/o urbanismo en las modalidades que se requiera, así como los permisos ante las empresas de servicios públicos, autoridades ambientales, entes de patrimonio locales o nacionales, oficinas de tránsito y todas aquellas que determine la normativa local o nacional que le aplique al proyecto que se está ejecutando.
Los trámites de las licencias de construcción deberán realizarse en debida forma y observando lo estipulado en la Ley 1796 de 2016, el Decreto reglamentario 945 de 2017y el Decreto 1203 de 2017.
Revisor Independiente de Diseños: acompañar técnicamente y validar la aprobación por parte del Contratista de Interventoría de la ejecución de los estudios técnicos y diseños y constatar que se estén aplicando los requisitos establecidos.
Supervisión UG FFIE: acompañar técnicamente la verificación y aprobación por parte del Contratista de Interventoría de la ejecución de los estudios técnicos y diseños y constatar que se estén aplicando los requisitos establecidos.
Registro: | Acta de recibo a satisfacción de los estudios y diseños realizados suscrita por los Contratistas de Obra, Interventoría y el Revisor Independiente de Diseños. |
Tiempo o frecuencia: Plazo previsto para la fase, a partir de la firma del acta de inicio Fase de Estudios y Diseños.
Actividad D6. Estudios y diseños técnicos nuevos, trámites de Licencias y permisos necesarios para inicio de Fase 2 en los casos que se requiera
(Aplica para aquellos Proyectos que no cuentan con ningún tipo de estudios técnicos o diseños)
Roles y responsabilidades: | Contratista: realizar los estudios técnicos y diseños que se requieran para desarrollar el proyecto en el predio que indique la ficha de postulación presentada por la ETC, el cual deberá cumplir con la disponibilidad predial que otorgue el municipio y con los requerimientos técnicos establecidos por la normativa vigente. El diseño deberá enmarcarse en el cumplimiento de las Normas vigentes aplicables y las determinadas en los TCC y Anexos. Al culminar la Fase 1 Estudios Técnicos y Diseños, el Contratista de Obra deberá entregar a la Interventoría, en el plazo previsto para dicha Fase, la totalidad de los productos así: • Un (1) original y dos (2) copias de cada uno de los productos impresos • El original debe venir debidamente suscrito por los especialistas del Contratista de Obra e Interventoría, y por el revisor Independiente de diseños. • Una (1) copia digitalizada del original suscrito. • Una (1) carpeta con los originales de la licencia de construcción y permisos de las empresas de servicios públicos. • Una (1) copia magnética de los Estudios y diseños en formato DWG y PDF o similar. • Para cada especialidad se deberá entregar la copia de la matricula profesional, certificado de vigencia y la carta de responsabilidad del Profesional responsable. Interventor: Supervisión, acompañamiento, verificación, seguimiento y aprobación a la ejecución y elaboración de diseños y estudios técnicos integrales de Proyectos nuevos y que no cuentan con ningún tipo de estudios técnicos o diseños. Dichos diseños deberán realizarse en el predio que indique la ficha de postulación presentada por la ETC, el cual deberá cumplir con la disponibilidad predial que otorgue el municipio y con los requerimientos técnicos establecidos por la normativa vigente. El diseño deberá enmarcarse en el cumplimiento de las Normas vigentes aplicables y las determinadas en el presente Anexo, para tal fin la Interventoría deberá realizar el acompañamiento, supervisión y verificación a los respectivos procesos. La Interventoría deberá efectuar el acompañamiento y verificar que el Contratista de Obra adelante el trámite de las licencias de construcción y/o urbanismo en las modalidades que se requiera, así como los permisos ante las empresas de servicios públicos, autoridades ambientales, entes de patrimonio locales o nacionales, oficinas de tránsito y todas aquellas que determine la normativa local o nacional que le aplique al proyecto que se está ejecutando. Los trámites de las licencias de construcción deberán realizarse en debida forma y observando lo estipulado en la Ley 1796 de 2016, el Decreto reglamentario 945 de 2017, el Decreto 1203 de 2017 o todas aquellas normas que la regulen, complementen o sustituyan. Revisor Independiente de Diseños: verificar y aprobar los estudios técnicos y diseños, de conformidad con las normas vigentes, de igual manera deberá suscribir los documentos necesarios para tal fin Supervisión UG FFIE: acompañar técnicamente la verificación y aprobación por parte del Contratista de Interventoría de la ejecución de los estudios técnicos y diseños. |
Registro: | Acta de recibo a satisfacción de los estudios y diseños realizados suscrita por los Contratistas de Obra, Interventoría y el Revisor Independiente de Diseños. |
Tiempo o frecuencia: Plazo previsto para la fase, a partir de la firma del acta de inicio Fase 1.
Actividad D7. Estudios y diseños técnicos especiales, trámites de Licencias y permisos necesarios para inicio de Fase | |
Roles y responsabilidades: | Contratista: realizar todos los diseños y estudios técnicos y estudios especiales que se requieran para complementar los diseños y dar cumplimiento a la normativa local que le aplique al proyecto, siempre y cuando no hayan sido contemplados en el alcance inicial, estos pueden ser entre otros: |
a) Estudios de tránsito. b) Planes de implantación o de regularización. c) Estudios de vulnerabilidad sísmica y reforzamiento, d) Estudios de remoción en masa y de manejo de laderas y taludes. e) Estudios Hidrogeológicos y de caracterización de agua. f) Estudios de aprovechamiento forestal y trámite del permiso de tala o de poda. g) Otros que se requieran. Interventor: Será facultad del Contratista Interventor, verificar y aprobar, el informe presentado por el Contratista de Obra durante la visita de análisis del lugar, dentro del cual se deberán identificar los estudios técnicos especiales que se requieran, y aprobar el valor y el plazo de la ejecución de los mismos durante la Fase 1. El Contratista Interventor aprobará los estudios especiales realizados durante la ejecución de la Fase 1, y en caso de ser técnicamente necesario, el Interventor podrá recomendar a la UG FFIE una prórroga al plazo de la mencionada fase. Revisor Independiente de Diseños: acompañar técnicamente la verificación y validar la aprobación por parte del Contratista de Interventoría de la ejecución de los estudios técnicos y diseños especiales. Supervisión UG FFIE: acompañar técnicamente la verificación y aprobación por parte del Contratista de Interventoría de la ejecución de los estudios técnicos y diseños especiales, así mismo deberá verificar ante la ETC, la disponibilidad de recursos. |
Registro: | Acta de recibo a satisfacción de los estudios y diseños especiales realizados, suscrita por los Contratistas de Obra, Interventoría y el Revisor Independiente de Diseños en el caso que corresponda. |
Tiempo o frecuencia: Plazo previsto para la fase y prórroga, a partir de la firma del acta de inicio Fase
SUBCOMPONENTE 4.3: – Adecuación, mejoramiento y mantenimiento correctivo de Infraestructura Educativa existente
Actividad D8. Definir el tipo y alcance de la intervención | |
Roles y responsabilidades: | Contratista: Realizar visita técnica para determinar el alcance del mejoramiento de conformidad con las necesidades técnicamente evidenciadas, tales como: saneamiento básico, reposición de cubiertas, reposición de sistema eléctrico, reposición de sistema hidrosanitario, mejoramiento de zonas exteriores y recreativas, reposición de cerramientos y mejoramientos en general de los ambientes educativos. Suscribir el acta de la visita en la cual en compañía de la ETC, Interventoría, Supervisión UG FFIE y la IE, se determinan las actividades de mejoramiento y se |
establece el alcance de la intervención, teniendo en cuenta el presupuesto máximo disponible para estas actividades. A partir de las actividades de mejoramiento definidas, el contratista de obra debe presentar a la Interventoría un informe en el cual se detallan las cantidades de obra a ejecutar, el plan de actividades a ejecutar, el presupuesto correspondiente, el cronograma y el plan de inversión. El contratista de obra estructurará el presupuesto con los valores propuestos en la etapa de selección. Una vez aprobado el informe por la Interventoría, suscribirá el acta de inicio del frente de obra. ETC y la IE: acompañar la visita, determinar las actividades de mejoramiento y suscribir el acta de visita en la cual se establece el alcance de la intervención. Supervisión UG FFIE: acompañar la visita, suscribir el acta Interventor: acompañar la visita y suscribir el acta en la cual, en compañía de la ETC, la IE y el contratista de obra se determinan las actividades de mejoramiento y se establece el alcance de la intervención. Proponer alternativas de metodología y potenciales soluciones técnicas, en pro de buscar la mejor solución posible a las problemáticas presentadas en las plantas físicas de las Instituciones Educativas. El Interventor revisará, verificará, aprobará el informe de intervención presentado por el Contratista de obra y remitirá el presupuesto aprobado a la UG-FFIE. El informe será socializado con la IE (Rector) y la ETC.Una vez suscrito el contrato y aprobado el informe, el Interventor suscribirá el acta de inicio del frente de obra. | |
Registro: | Informe de visita elaborado por el contratista de obra. Acta de Visita suscrita por la ETC, la IE (Rector), el Contratista, el Interventor y la UG- FFIE Acta de Visita suscrita por la ETC, la IE (Rector), el Contratista, el Interventor y la UG- FFIE |
Tiempo o Frecuencia: cinco (5) días hábiles posteriores a la entrega de la documentación técnica del Proyecto.
SUBCOMPONENTE 4.4: – Comités para el monitoreo y control de la ejecución del proyecto
Actividad D9. Efectuar los Comités de Seguimiento del proyecto | |
Roles y responsabilidades: | Contratista: asistir al Comité de Seguimiento del proyecto convocado por la Interventoría y suscribir el acta de comité de seguimiento. Atender los compromisos que surjan del comité, inobjetablemente, deberán asistir Director y Residente de Obra, quienes deben tener capacidad de decisión. Interventor: ejercer las actividades propias de secretaría técnica de los comités de seguimiento. Al inicio de las actividades contractuales, acordar con el contratista y el Gestor Territorial la periodicidad de los comités de seguimiento, los cuales deberán realizarse en los respectivos frentes de obra, si en caso fortuito, debe cambiarse el lugar de convocatoria, se comunicará a las partes con suficiente antelación, del mismo modo, convocará al contratista y a quienes requiera a comités extraordinarios de seguimiento, se elaborará y suscribirá el acta de comité de seguimiento, y se atenderán los compromisos que surjan. • En dicho comité se debe abordar como mínimo los siguientes temas y tomar las decisiones del caso: seguimiento técnico: realizar recorrido del proyecto, control de cumplimiento al cronograma, revisión de ensayos, pruebas, certificados de conformidad, según corresponda el tipo de contrato, revisión de actividades ejecutadas vs presupuesto, revisión al histograma de personal presentado por el Contratista de Obra. Verificar posibles inconvenientes en la ejecución de actividades, y proponer soluciones técnicas idóneas. • Seguimiento administrativo (pagos de seguridad social y parafiscales, nómina – en aquellos contratos donde así se estipule -, control de personal, proveedores). • Seguimiento financiero (anticipo, actas parciales, acta de entrega y recibo final). • Seguimiento legal (novedades contractuales, cumplimiento contractual). • Seguimiento al Plan de Aseguramiento de Calidad - S&SO y Ambiental. • Seguimiento aspecto Social (relación comunidad, generación de empleo). Supervisión UG FFIE: Asistir semanalmente, o conforme se programe, al (a los) Comités de Seguimiento del proyecto, suscribir el (las) acta(s) de comité de seguimiento y atender los compromisos que surjan., adicional a lo anterior deberá: • Realizar recorrido al Proyecto en compañía de la Interventoría y Contratista de Obra, y verificar lo siguiente: o Seguimiento al cronograma, revisión de ensayos, pruebas, certificados de conformidad, según corresponda el tipo de contrato, revisión de actividades ejecutadas vs presupuesto, revisión al histograma de personal presentado por el Contratista de Obra. Verificar posibles inconvenientes en la ejecución de actividades, y proponer soluciones técnicas idóneas, verificar que las actividades se ejecuten conforme lo programado. o Seguimiento administrativo (pagos de seguridad social y parafiscales, nómina – en aquellos contratos donde así se estipule, control de personal, proveedores). o Seguimiento financiero (anticipo, actas parciales, acta de entrega y recibo final). o Seguimiento legal (novedades contractuales, cumplimiento |
contractual).
o Seguimiento al Plan de Aseguramiento de Calidad - S&SO y Ambiental.
o Seguimiento aspecto Social (relación comunidad, generación de empleo).
NOTA: La Supervisión podrá requerir al Contratista de Interventoría exigir el aumento de personal o de las jornadas laborales al Contratista de Obra, en pro del cumplimiento del objeto contractual, siempre y cuando ello se sustente técnica y jurídicamente. En caso de que el contratista de obra no atienda los requerimientos efectuados, la Interventoría y la UG FFIE podrán hacer uso de los mecanismos contractuales previstos para mitigar o sancionar los incumplimientos. | |
Registro: | Acta de comité de seguimiento. |
Tiempo o frecuencia: La periodicidad acordada entre el interventor y el contratista. Como mínimo un comité semanal.
Actividad D10. Comités de Gestión Territorial | |
Roles y responsabilidades: | Realizados con periodicidad quincenal o mensual de acuerdo con la urgencia de los temas a tratar, con la participación de delegados de la ETC, contratistas de obra e interventoría, y comunidad educativa. Estos comités son liderados por los Apoyos a la Supervisión o gestores territoriales de la UG FFIE, en los que se verifica el estado de avance en la ejecución de los proyectos, obras complementarias, priorización de recursos, se establecen compromisos, se gestionan situaciones críticas, y se elaboran planes de contingencia para el óptimo desarrollo de los proyectos. ETC/ET: asistir al Comité de Gestión Territorial y comprometer, desde su competencia, actividades y trámites que deban surtirse en beneficio de la óptima ejecución del proyecto. Contratista: asistir al Comité de Gestión Territorial del proyecto convocado por la UG FFIE, exponer el avance en la ejecución del proyecto, generar alertas si hay lugar a ello, que puedan afectar el desarrollo normal del proyecto y atender los compromisos que surjan. Interventor: asistir al Comité de gestión Territorial del proyecto(s) convocado por la UG FFIE, generar alertas si hay lugar a ello, que puedan afectar el desarrollo normal del proyecto y atender los compromisos que surjan. Supervisión UG FFIE: convocar, indicando sitio de reunión (el Gestor Territorial deberá propender para que los comités se adelanten en sitios que permitan la participación de la ETC, ET y representantes de la comunidad educativa), día de la semana y hora, y participar en los Comités de Gestión Territorial, realizados para tratar los siguientes temas, entre otros: • El estado de avance en la ejecución de los proyectos • Las obras complementarias • La priorización de recursos • Situaciones críticas |
Participar de manera activa en el comité resolviendo inquietudes o cuestionamientos de la comunidad educativa, proponer soluciones técnicas y hacer seguimiento a los compromisos.
Del análisis de estas temáticas se establecen compromisos de los participantes y se formulan planes de contingencia para el óptimo desarrollo de los proyectos.
Tomar la vocería del comité, permitiendo de manera ordenada la participación de cada uno de los actores involucrados en el desarrollo del proyecto, elaborar el acta de comité, dejando claramente establecidos los compromisos y el responsable de llevarlos a cabo, y posteriormente suscribir el acta con los integrantes.
Comunidad Educativa: Participar cuando sean convocados y comprometer, desde su competencia, actividades que deban realizarse en beneficio de la óptima ejecución del proyecto.
Registro: Acta de Comité de Gestión Territorial.
Tiempo o frecuencia: Quincenal o mensual de acuerdo con la urgencia de los temas a tratar
E. COMPONENTE 5 – Construcción de la obra – Fase 2 del Proyecto
SUBCOMPONENTE 5.1: – Seguimiento y control de la ejecución de la Fase 2
Actividad E1. Coordinar reuniones de socialización del proyecto con la comunidad
Roles y responsabilidades: | Contratista: Programar y coordinar con el interventor las reuniones con la comunidad y participación de la ETC y ET para la socialización del anteproyecto. Como mínimo dentro de esta obligación, se contemplan los siguientes ítems: • Tener la claridad del proyecto, su alcance y objeto y de esta manera poder atender las solicitudes de la comunidad o de las autoridades municipales o departamentales siempre y cuando las mismas se encuentren dentro de su alcance. Aquellas solicitudes que excedan su alcance deberán ser trasladadas a la Interventoría y esta a su vez a la UG FFIE. • Vincular personal proveniente de población vulnerable. • Presentar a la comunidad el avance del proyecto, mostrar los logros alcanzados y los inconvenientes presentados, así mismo exponer las posibles soluciones, buscando que las mismas no afecten de manera considerable el cronograma de ejecución de actividades. Interventor: programar y coordinar con el contratista las reuniones con la comunidad para la socialización del proyecto y garantizar su documentación. Dentro de esta obligación, se contempla como mínimo los siguiente: • Verificar que el contratista atienda las solicitudes de la comunidad, o de las autoridades municipales o departamentales, de acuerdo con lo establecido anteriormente. • Verificar y hacer seguimiento a las actividades propias de trabajo social llevado a cabo por el contratista. |
• Revisar y hacer seguimiento periódicamente a la implementación efectiva de atención a la comunidad de acuerdo con las cláusulas contractuales establecidas y el anexo técnico de los TCC.
• Debe verificar las actividades realizadas, la vinculación adecuada de personas en condición de vulnerabilidad, las óptimas condiciones de trabajo, el cumplimiento de indicadores…
Supervisión UG FFIE: verificar las gestiones llevadas a cabo por la Interventoría, exigir el cumplimiento del plan de Gestión social, y solicitar a la interventoría informar acerca de las actividades, o actuaciones en esta materia.
Registro: | Acta de Socialización del Anteproyecto |
Tiempo o frecuencia: Al inicio del proyecto, inicio de obra, 50% de avance en la ejecución de la obra y 100% de avance en la ejecución de la obra.
Actividad E2. Actas de vecindad, de Urbanismo y de las vías aledañas al lote donde se ejecutarán las obras.
Roles y responsabilidades: | Esta actividad deberá ser adelantada con la comunidad que limita con las instalaciones de la Institución Educativa que se va a intervenir, entre otros: el estado de las vías y otras infraestructuras o viviendas que puedan verse afectadas durante la ejecución de las obras, copia de estas Actas de Vecindad del Urbanismo, deberán ser enviadas a la Alcaldía del Municipio, Ciudad o Localidad, según sea el caso. Adicionalmente, y cuando se requiera, se deberá suscribir un Acta de vecindad del estado actual de las instalaciones, con el Rector y un representante de la Comunidad Educativa de la Institución en cuestión. Contratista: elaborar y suscribir con la Interventoría y los propietarios de predios vecinos el acta de vecindad a que hubiere lugar, antes del inicio de los trabajos, la misma debe contener descripciones detalladas de cada espacio, con su respectivo registro fotográfico. Interventor: acompañar al Contratista, en la realización de las actas de vecindad, que se efectuarán en los primeros cinco (5) días hábiles de ejecución de la Fase 2 de todos los predios colindantes y/o aledaños que puedan verse afectados por las actividades de la obra y del estado de las áreas de espacio público, vías de acceso y áreas de la institución educativa que no serán intervenidas, en el acta dejará constancia del estado actual de las edificaciones y de las áreas que puedan verse afectadas por la ejecución de los trabajos, igualmente dejará consignado en el acta un archivo fotográfico de respaldo, y deberá suscribirla con el propietario de los predios o la autoridad competente para ello según aplique, así mismo deberá aprobar el Acta mediante la suscripción de la misma. Supervisión UG FFIE: Realizar seguimiento a la labor de Interventoría, revisar y verificar la suscripción de las actas de vecindad, garantizando su legalización antes del inicio de las obras. |
Registro: | Actas de vecindad. |
Tiempo o frecuencia: en los primeros cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio de ejecución de la Fase 2
Actividad E3. Realizar seguimiento a la implementación de los Programas Complementarios y Obligatorios | |
Roles y responsabilidades: | Contratista: Generar los productos y atender los No Conformes e implementar las acciones de mejora correspondientes detectadas en función de la implementación de dichos planes y atender los hallazgos evidenciados por la Interventoría y la Supervisión UG FFIE, tomando las acciones correctivas, preventivas y de mejora. Interventor: Es Obligación de la Interventoría llevar control y seguimiento a lo siguiente: • Revisar, verificar, aprobar o reprobar (según el caso) los diversos trabajos que se realicen en desarrollo del contrato, los cuales deberán cumplir con los Planes, las Especificaciones Técnicas y normas vigentes. • Hacer seguimiento a ensayos de laboratorio, verificar resultados de acuerdo con el cumplimiento de la normativa vigente. • Realizar sus propios ensayos de laboratorio de acuerdo con lo establecido en la NSR-10. • Supervisar y aprobar o reprobar (según el caso) los medios y métodos utilizados por el contratista de conformidad con las Especificaciones Técnicas del proyecto. • Revisar y verificar que el contratista utilice materiales y productos originales, nuevos, , de conformidad con las especificaciones técnicas solicitadas en los TCC, no se aceptarán productos re-manufacturados, ni re-potenciados. • Verificar que el equipo utilizado por el contratista sea el adecuado por su calidad, cantidad, tipo y capacidad, que esté en condiciones de servicio, seguridad y disponibilidad permanente. • Revisar y verificar el cumplimiento de los Planes del Contratista de Obra, realizar las observaciones correspondientes y exigir su cumplimiento; asimismo, que el contratista aplique la normativa de seguridad y salud en el trabajo vigente. |
• Realizar el seguimiento al Plan de Mejora del contratista, hasta cerrar los hallazgos y no conformidades evidenciadas. | |
Registro: | Control de equipos. Control de equipos de medición. Control de inspección y ensayos. Control de seguridad industrial. Formato de Inspección Interna. Otros registros que se requieran. |
Tiempo o frecuencia: Cada vez que se requiera, de acuerdo con las normas aplicables, como mínimo semanal o mensualmente.
Actividad E4. Hacer seguimiento al cumplimiento del y al Flujo de inversión de los recursos contrato
Roles y responsabilidades: | Interventor: Velar por el cumplimiento de la Programación de obra y el flujo de inversión del contrato, efectuando controles permanentes a las actividades programadas y recomendar los ajustes necesarios, con la finalidad de no afectar la programación ni los tiempos. En caso de incumplimiento, el Interventor debe informar inmediatamente al Gestor Territorial o al Profesional de Apoyo a la Supervisión y adelantar la aplicación de los procedimientos sancionatorios establecidos en el contrato. Deberá determinar la pertinencia para la aplicación de apremios, multas o sanciones, ello teniendo en cuenta el desarrollo del proyecto conforme a lo programado. Supervisión UG-FFIE: Hacer seguimiento periódico a la obligación del Interventor de velar por el cumplimiento de la Programación de obra y flujo de inversión del contrato, proponer alternativas técnicamente viables, en pro de ejecutar las actividades del proyecto en el tiempo programado. En caso de incumplimiento, elaborar el informe correspondiente y presentar el caso ante el comité de gestión contractual para que se recomienden las medidas a adelantar de acuerdo con lo previsto en los documentos contractuales. |
Registro: | Informe semanal de Interventoría. Informe ejecutivo mensual de Interventoría. Acta parcial y balance presupuestal, y demás formatos que requiera la UG FFIE |
Tiempo o frecuencia: Seguimiento semanal y/o mensual.
Actividad E5. Atender las visitas de monitoreo y seguimiento programadas por la UG FFIE | |
Roles y responsabilidades: | Las visitas de Monitoreo y Seguimiento difieren con aquellas relacionadas para los comités de obra. Contratista: Atender las visitas que programe la UG FFIE, con el fin de verificar el debido y oportuno cumplimiento de todos los aspectos contractuales (técnicos, administrativos, legales y/o financieros) inherentes a la ejecución de obras. En caso de encontrarse observaciones por parte de la UG FFIE, el Contratista de Obra deberá presentar dentro de los tres días hábiles siguientes, el plan de mejoramiento cuya finalidad será subsanar las actividades observadas. Interventor: atender las visitas que programe la UG FFIE, de igual forma, realizar las actas correspondientes a la visita, suministrar la información solicitada, y en caso de encontrarse observaciones relevantes, realizar informe con las mismas, y remitir al Contratista de Obra y realizar el seguimiento al plan de mejoramiento establecido. Supervisión UG FFIE: Solicitar y controlar la implementación de los planes de mejoramiento de las observaciones presentadas por la visita. Las visitas serán programadas por la Supervisión de la UG FFIE, con cinco días calendario de anticipación, y se informará tanto al contratista de obra como a la interventoría. Salvo escenarios de fuerza mayor, no habrá aplazamientos de las visitas programadas. |
Registro: | Informe Monitoreo y Seguimiento. |
Tiempo o frecuencia: Cuando se requiera.
Actividad E6. Realizar seguimiento a la implementación del Plan de Gestión Integral presentado por la Interventoría | |
Roles y responsabilidades: | Interventor: generar los productos y atender los No Conformes e implementar las acciones de mejora correspondientes conforme a lo establecido en su Plan de Gestión Integral, que contienen entre otros, el seguimiento, control y evaluación del componente técnico, administrativo, financiero, legal, social, de calidad, ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo; y atender los hallazgos evidenciados por el Gestor Territorial, implementando las acciones correctivas, preventivas y de mejora. Supervisión UG FFIE: realizar el seguimiento a la implementación del Plan de Gestión Integral de la Interventoría. |
Registro: | Plan de mejora con acciones correctivas. |
Tiempo o frecuencia: Seguimiento mensual.
Actividad E7. Reprogramar el cronograma de ejecución contractual y de flujo de inversión dentro del plazo contractual | |
Roles y responsabilidades: | Contratista: reprogramar la programación de obra del proyecto (con las mismas características del inicial) y el flujo de inversión (con las mismas características del inicial) cuando se presenten modificaciones contractuales que afecten el plazo inicialmente establecido. Interventor:, Revisar y aprobar o reprobar (según el caso), la reprogramación del cronograma y del flujo de inversión presentada por el contratista. Cuando se produzcan modificaciones contractuales que afecten el plazo inicial del contrato, deberá presentarse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la entrega de la documentación por parte del contratista. En caso de identificarse un atraso, en el siguiente día hábil al hallazgo, la Interventoría deberá exigir al contratista la entrega e implementación de las medidas de contingencia para dar cumplimiento al objeto del contrato dentro del plazo previsto. Lo anterior, con copia a la Supervisión UG FFIE. Hacer seguimiento diario al cumplimiento de la reprogramación, y en caso de requerirse, hacer programaciones semanales de actividades puntuales que pueden afectar la ruta crítica del proyecto. Supervisión UG FFIE: Recibir de la Interventoría las medidas de contingencia presentadas por el contratista previamente aprobadas; las cuales pueden ser objeto de pronunciamiento por parte de la Supervisión UG FFIE y devueltas a la Interventoría, de manera inmediata para su correspondiente revisión y ajuste, se sugiere que dichos pronunciamientos se efectúen vía correo electrónico, aunque también pueden presentarse en medio físico. En caso de requerirse, informar a la Dirección Jurídica de la UG FFIE y al Patrimonio Autónomo para que se inicien las acciones administrativas y legales correspondientes, de acuerdo con la información o solicitud realizada por la interventoría, dentro de los 3 días hábiles siguientes al recibo de los documentos. En el caso de no ser recibidas o aprobadas por no encontrarse dentro de los términos contractuales pactados, informar al supervisor del contrato. |
Registro: | Reprogramación del cronograma y del flujo de inversión, plan de contingencia. |
Tiempo o frecuencia: Cuando se requiera.
Actividad E8. Realizar seguimiento y control a los ensayos de campo, de laboratorio y demás pruebas requeridas | |
Roles y responsabilidades: | Contratista: realizar los ensayos de campo, de laboratorio y demás pruebas requeridas en las actividades derivadas del objeto contractual que garanticen la buena calidad de los trabajos que se ejecuten, de conformidad con las normas técnicas que le apliquen3 y las especificaciones técnicas contratadas para el proyecto, y presentar a la interventoría el resultado de los mismos. En caso de que estas pruebas o ensayos no cumplan con los resultados, debe efectuar los correctivos del caso y realizar nuevos ensayos de campo, de laboratorio y demás pruebas que evidencien el cumplimiento de las normas técnicas y especificaciones. |
Interventor: exigir al contratista efectuar los ensayos de campo, de laboratorio y demás pruebas requeridas en todas las actividades contractuales para el control de calidad de los mismos. Recibir del contratista los resultados de los ensayos de campo, de laboratorio y demás pruebas requeridas en todas las actividades contractuales; revisar que estos garanticen la buena calidad de los trabajos de conformidad con las especificaciones técnicas. En caso de que estas pruebas o ensayos no cumplan con los resultados, se debe hacer el análisis de la situación de la mano de los profesionales especialistas del Contratista de Obra y de la Interventoría, de esta manera se le solicitará al contratista efectuar las correcciones a que haya lugar e informar de manera inmediata a la Supervisión UG FFIE. Analizar y corroborar que los nuevos ensayos de campo, de laboratorio y demás pruebas, cumplan con las especificaciones técnicas del proyecto. En caso de incumplimiento, se dará orden al Contratista de Obra de detener las actividades de obra, en cuyo caso, la Interventoría se abstendrá de recibir los trabajos y procederá a solicitar a la Supervisión iniciar las acciones contractuales y legales a las que haya lugar. El interventor debe realizar los ensayos de campo, de laboratorio y demás pruebas requeridas en todas las actividades contractuales para corroborar los resultados presentados por el contratista, y de esta manera poder determinar si el contratista efectivamente está cumpliendo con las normas y especificaciones técnicas. Los resultados de las pruebas y ensayos, y los comentarios correspondientes deben ser incluidos en los informes mensuales de interventoría, los cuales deben reflejar la calidad de los trabajos contratados y ejecutados; la identificación, trazabilidad y seguimiento a los posibles productos no conformes, además de las acciones correctivas y preventivas implementadas en el Plan de Aseguramiento de Calidad de la Interventoría. Específicamente para la ejecución de las obras el presente manual establece como herramienta de control el formato Plan de control operativo de calidad para edificaciones, nuevas, antiguas y demás estructuras que estén dentro del alcance del reglamento colombiano de construcción sismo resistente NSR – 10, el cual después de identificar el sector y la tipología del proyecto y con base en sus especificaciones técnicas y la normativa a cumplir define las actividades principales a controlar y en consecuencia, se verificará mensualmente su cumplimiento. |
3 Entre las normas técnicas que aplican se encuentran mas no se limitan a las Norma Sismoresistente Versión 2010 (NSR 2010), RETIE, RETILAB, etc.
Verificar que los equipos se encuentren en óptimo estado, para ello se exigirá al contratista de obra la presentación del certificado de calibración de los equipos con los cuales se realicen los ensayos, mismo caso para los ensayos realizados por la Interventoría, cuyo certificado será exigido por la Supervisión. Supervisión UG FFIE: Revisar verificar y aprobar el Informe Mensual de interventoría, el cual debe contener los resultados de los ensayos de campo, de laboratorio y demás pruebas requeridas en todas las actividades contractuales, realizados por el Contratista de Obra y La Interventoría, en donde se evidencie el cumplimiento de las especificaciones técnicas del proyecto y, en caso de encontrar, discrepancias o incongruencias con la información, devolverlo a la Interventoría, la cual deberá corregirlo con total celeridad. Exigir a la Interventoría la presentación de la certificación de calibración de los equipos con los cuales la Interventoría realice los ensayos. | |
Registro: | Resultados de campo, laboratorio y demás pruebas. Control de equipos de medición. Control de inspección y ensayos. Plan de Control operativo de edificaciones |
Tiempo o frecuencia: Cuando se requiera y en la frecuencia definida en la normativa técnica aplicable.
Actividad E9. Efectuar control del pago de aportes parafiscales y seguridad social o planillas de pago del contratista de obra | |
Roles y responsabilidades: | Contratista: presentar al interventor, el certificado de pago de aportes parafiscales y seguridad social suscrito por el Representante Legal o el Revisor Fiscal, en el caso de ser persona jurídica y, las planillas de pago de Seguridad Social y pago de obligaciones parafiscales. Para el caso de persona natural debe presentar las planillas de pago de Seguridad Social en el que se certifique el pago del aporte de acuerdo al porcentaje estipulado por Xxx sobre el valor del contrato. Lo anterior con el fin de demostrar la afiliación y pago oportuno al Sistema General de Seguridad Social (salud, pensiones y riesgos laborales) y obligaciones parafiscales, del personal a su cargo, incluidos los trabajadores independientes, de acuerdo con lo dispuesto por la ley. Interventor: revisar y aprobar o reprobar el cumplimiento del Contratista de Obra en lo referente a la afiliación y pago oportuno al Sistema General de Seguridad Social (Salud, pensiones y riesgos laborales) y obligaciones parafiscales, del personal a su cargo incluidos los trabajadores independientes, de acuerdo con lo dispuesto por la ley, para ello, exigirá al Contratista de Obra, el Certificado de Aportes Parafiscales, suscrito por el representante legal o el revisor fiscal, según sea el caso. En el caso del no cumplimiento de esta actividad, el interventor deberá reportar a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales – UGPP, con copia al Patrimonio Autónomo y a la UG FFIE para iniciar las acciones contractuales a las que haya lugar. |
Registro: | Certificado de aportes parafiscales Planillas de pago de Seguridad Social (personas naturales) o certificación emitida por el representante legal o revisor fiscal, según corresponda (persona jurídica) (cuando aplique). Soporte de pago de obligaciones parafiscales. |
Tiempo o frecuencia: Mensualmente.
Actividad E10. Efectuar control del pago de aportes parafiscales y seguridad social o planillas de pago de la
Interventoría | |
Roles y responsabilidades: | Interventor: presentar a la Supervisión de la UG-FFIE, el Certificado de pago de aportes parafiscales y seguridad social suscrito por el Representante Legal o el Revisor Fiscal, en el caso de ser persona jurídica y cuando se requiera, las planillas de pago de Seguridad Social y Certificado de pago de obligaciones parafiscales. Para el caso de persona natural debe presentar las planillas de pago de Seguridad Social en el que se certifique la cancelación del aporte de acuerdo con el porcentaje estipulado por Ley sobre el valor del contrato. |
Lo anterior, con el fin de demostrar la afiliación y pago oportuno al Sistema General de Seguridad Social (salud, pensiones y riesgos laborales) y obligaciones parafiscales, del personal a su cargo, incluido los trabajadores independientes, de acuerdo con lo dispuesto por la ley. Supervisión UG FFIE: revisar, verificar, aprobar o reprobar el cumplimiento de Interventor con lo referente a la afiliación y pago oportuno al Sistema General de Seguridad Social (. En el caso del no cumplimiento de esta actividad, la Supervisión deberá reportar a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales – UGPP, al Patrimonio Autónomo y a la Dirección Jurídica del FFIE para adelantar las acciones contractuales que tengan lugar. | |
Registro: | Certificado de aportes parafiscales (cuando aplique). Planillas de pago de Seguridad Social (cuando aplique). Soporte de pago de obligaciones parafiscales. |
Tiempo o frecuencia: Mensualmente o cada vez que ingrese una nueva persona a la Interventoría.
Actividad E11. Verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos de los perfiles profesionales del recurso humano del contratista de obra | |
Roles y responsabilidades: | Contratista: al momento de requerir por cuenta propia o por solicitud de la Interventoría, el cambio del personal del equipo de trabajo, debe remitir a la Interventoría las hojas de vida, para su visto bueno y aprobación, las cuales deben cumplir con lo estipulado en los TCC y en el contrato. Interventor: revisar, verificar, aprobar o reprobar (según el caso), diligenciar y suscribir el formato de aprobación de hojas de vida del cambio de personal del equipo de trabajo presentado por el contratista, con el fin de verificar que este cumpla con los requisitos de formación académica y experiencia general y específica, en concordancia con los perfiles profesionales y operativos indicados contractualmente, y el tiempo de dedicación mínimo exigido para el contrato. Informar a la Supervisión los cambios que se generen en el equipo de trabajo del contratista. Esta aprobación es requisito para el ingreso del nuevo personal al equipo de trabajo. |
Registro: | Formato de aprobación de personal para la ejecución del contrato. |
Tiempo o frecuencia: Previo al ingreso de personal nuevo al equipo de trabajo.
Actividad E12. Verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos de los perfiles profesionales del recurso humano de la Interventoría
Roles y responsabilidades: | Interventor: al momento de requerir por cuenta propia o por solicitud de la Supervisión UG FFIE, el cambio del personal del equipo de trabajo debe remitir a la Supervisión las hojas de vida las cuales deben cumplir con lo estipulado en los TCC y en el contrato. |
Esta aprobación es requisito para el ingreso del nuevo personal al equipo de trabajo. Supervisión UG FFIE: Aprobar o rechazar las hojas de vida del recurso humano de la Interventoría, de acuerdo con lo estipulado en los TCC y el contrato. La Supervisión deberá revisar y verificar que el equipo de trabajo propuesto cumpla con: • Los requisitos de formación académica, experiencia general y específica, en concordancia con los perfiles profesionales y operativos indicados contractualmente. • Tiempo de dedicación mínimo exigido para el contrato. Patrimonio Autónomo: Recibir las Hojas de Vida del Personal de la Interventoría previamente aprobadas por la Supervisión | |
Registro: | Acta de aprobación de personal para la ejecución del contrato. |
Tiempo o frecuencia: Previo al ingreso de personal nuevo al equipo de trabajo.
Actividad E13. Realizar seguimiento a las garantías contractuales del contrato de obra | |
Roles y responsabilidades: | Contratista: mantener las garantías del contrato vigentes de acuerdo con el valor y el plazo del mismo, informando a su garante las novedades contractuales. Interventor: verificar y exigir que el contratista tenga las garantías establecidas vigentes, ello quiere indicar que cuando se lleven a cabo modificaciones contractuales, mediante las cuales se cambien los valores o plazos, las garantías deben actualizarse. Verificar que el contratista informe a su garante las novedades contractuales, por su parte, el Interventor debe informar al Patrimonio Autónomo y a la Supervisión las novedades para documentación y archivo, y en caso de incumplimiento, adelantar las acciones contractuales correspondientes. La interventoría deberá hacer seguimiento a la vigencia de las garantías y comunicar a los garantes todos los eventos que ocurran durante la ejecución contractual que puedan afectar las garantías constituidas en favor del PA FFIE. PA FFIE: Aprobar las garantías del contrato de obra y remitir a la Interventoría y a la UG FFIE. |
Registro: | Aprobación de las garantías y anexos por el PA-FFIE y remitir a la UG FFIE. |
Tiempo o frecuencia: Para la legalización del contrato de obra y cuando se presente cualquier tipo de novedad contractual.
Actividad E14. Realizar seguimiento a las garantías contractuales del contrato de interventoría
Roles y responsabilidades: | Interventor: mantener las garantías del contrato de interventoría vigentes de acuerdo con el valor y el plazo del mismo, e informar a su garante las novedades contractuales. |
Supervisión UG FFIE: verificar y exigir que el contratista de interventoría otorgue las garantías establecidas, velar porque éstas permanezcan vigentes de acuerdo con las condiciones estipuladas en el contrato. En caso de que el contratista de interventoría no realice las actualizaciones requeridas, informar al Patrimonio Autónomo y a la Dirección Jurídica del FFIE, con el fin de tomar las medidas respectivas. La Supervisión deberá hacer seguimiento a la vigencia de las garantías y comunicar a los garantes todos los eventos que ocurran durante la ejecución contractual que puedan afectar las garantías constituidas en favor del PA FFIE. PA FFIE: Aprobar las garantías del contrato de interventoría y remitir a la UG FFIE. | |
Registro: | Aprobación de las garantías y anexos por el PA-FFIE. |
Tiempo o frecuencia: Cuando se presenten novedades; tales como adiciones, suspensiones, prórrogas, entre otras.
F. COMPONENTE 6 – Novedades contractuales y tomas de decisión
SUBCOMPONENTE 6.1: – Novedades Contractuales
Actividad F1. Solicitar suspensión del Contrato de Obra
Roles y
Responsabilidades:
Contratista: remitir al Interventor, con copia a la Supervisión de la Interventoría, la solicitud de suspensión del Contrato de Obra con la información de soporte amplia y suficiente en la que se expongan las circunstancias que impidan el normal desarrollo de las actividades de la Fase y el cumplimiento de los tiempos de la misma. La solicitud deberá incluir el proyecto de Acta de Suspensión al Contrato de Obra debidamente suscrito por la persona designada por el Contratista de Obra.
Interventor: recibir por parte del Contratista de Obra la solicitud de suspensión y el proyecto de Acta de Suspensión del Contrato de Obra y emitir su aprobación o rechazo a la solicitud con sus respectivos soportes a más tardar un (1) día hábil después del recibo de la solicitud por parte del Contratista.
En el evento de ser aprobada la solicitud, el Interventor deberá realizar lo siguiente:
1. Suscribir el proyecto de acta de Suspensión del contrato previamente firmado por el Contratista de Xxxx.
2. Notificar por correo electrónico y en físico al Contratista de Obra la aprobación de su solicitud con copia a al Supervisión.
3. Remitir a la Supervisión UG FFIE junto con la notificación de aprobación, el original del proyecto de Acta de Suspensión al Contrato de Obra para el trámite de suscripción.
4. La Supervisión de la Interventoría remitirá debidamente suscrita el acta de suspensión al PA FFIE para el trámite de suscripción.
En el evento de rechazo de la solicitud, el Interventor deberá devolver, soportando sus motivos o razones, al Contratista de Obra la solicitud realizada,
anulando el proyecto de Acta de Suspensión del contrato suscrita por el Contratista de Obra. Supervisión UG FFIE: Recibir de la interventoría la solicitud de suspensión y pronunciarse sobre la conveniencia o no de la suspensión, y realizar las observaciones que encuentre a los soportes y documentos presentados por el Contratista de Interventoría, y en caso de encontrar alguna novedad, devolver de forma inmediata a la Interventoría. En caso de no tener observaciones, y dentro de los mismos plazos, informar al Interventor y al Coordinador Regional su aval a la solicitud y suscribirla. Patrimonio Autónomo: Suscribir dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción del documento, el Acta de Suspensión del Contrato de Obra, una vez se cumplan los procesos y remitirla al Contratista de Obra con copia al Interventor y a la Supervisión UG FFIE. | |
Registro: Acta de suspensión. En la misma se debe establecer las fechas límite de suspensión y si los motivos de la suspensión se levantan antes de la fecha límite esta deberá reiniciar mediante un acta de reinicio anticipado. | |
Tiempo o frecuencia: Cuando se requiera. | |
Actividad F2. Solicitar suspensión del Contrato de Interventoría | |
Roles y responsabilidades: | Interventor: Remitir a la Supervisión, la solicitud de suspensión del Contrato de Interventoría con la información de soporte amplia y suficiente en la que se expongan las circunstancias que impidan el normal desarrollo de las actividades de la Fase y el cumplimiento de los tiempos de la misma. La solicitud deberá incluir el proyecto de Acta de Suspensión del Contrato de Interventoría debidamente suscrito por la persona designada por el Interventor. Supervisión UG FFIE: Recibir por parte del Interventor la solicitud de suspensión y el proyecto de Acta de Suspensión del Contrato de Interventoría y emitir su aprobación o rechazo a la solicitud con sus respectivos soportes a más tardar un (1) día hábil después del recibo de la solicitud por parte del Interventor y realizar lo siguiente: 1. Suscribir el acta de Suspensión del Contrato de Interventoría previamente firmado por el Interventor previa revisión de la Dirección Jurídica. 2. Remitir junto con la notificación de aprobación, el Acta de Suspensión del Contrato de Interventoría para el trámite de suscripción del Patrimonio Autónomo. En el evento de rechazo de la solicitud, la Supervisión deberá devolver, soportando sus motivos o razones, al Interventor la solicitud realizada, anulando el Acta de Suspensión del Contrato de Interventoría suscrita por el Interventor. Patrimonio Autónomo: Suscribir dentro de los tres (3) días hábiles a la recepción del documento, el Acta de Suspensión del Contrato de Interventoría una vez se cumplan los procesos y remitirla al Interventor con copia a la Supervisión UG-FFIE. |
Registro: | Acta de suspensión. En la misma se debe establecer el plazo de la suspensión; y si las motivaciones que generaron suspensión se levantan antes de la fecha limite esta deberá reiniciar mediante un acta reinicio anticipado. |
Tiempo o frecuencia: | Cuando se requiera. No obstante, es necesario suscribir el acta de reinicio, ya que la misma deja claridad de las nuevas fechas contractuales. Es requisito obligatorio, que el contrato de interventoría se encuentre vigente para la ejecución del contrato de obra. |
Actividad F3: Suscribir reinicio del Contrato de Obra | |
Roles y responsabilidades: | Contratista de obra: Suscribir con el Interventor, La Supervisión UG FFIE y el Patrimonio Autónomo, el acta de reinicio del Contrato de Obra. Lo anterior, siempre que exista certeza de la fecha de reinicio o que haya recibido previamente una comunicación escrita del Interventor, en la cual, esté debidamente justificado que el evento que originó la suspensión, ha sido resuelto y haya sido informado a las partes. El Contratista de Obra tiene la obligación de realizar las actualizaciones de pólizas que corresponda y presentarlas a la Interventoría, y ésta última, a la UG FFIE, quien posteriormente remitirá al Patrimonio Autónomo para el trámite de suscripción. Interventor: Xxxxxxxx, suscribir y remitir a la Supervisión UG FFIE con, el acta de reinicio del Contrato de Obra una vez resuelta la situación que motivó la suspensión de la misma, este documento se remitirá posteriormente al PA FFIE para trámite de suscripción Cuando se encuentre tramitado el reinicio, el Interventor debe hacer seguimiento para que el contratista, realice la modificación de las pólizas y que las mismas sean remitidas a la UG FFIE, quien remitirá al Patrimonio Autónomo, para su aprobación. Sin perjuicio de lo anterior, el Interventor debe verificar si existe total certidumbre de la fecha de reinicio, justificando debidamente que el evento que originó la suspensión ha sido resuelto. Supervisión UG FFIE: Verificar que efectivamente los motivos de la suspensión fueron superados y remitir dicho concepto al profesional de apoyo a la supervisión, previa revisión suscribir el acta de reinicio y remitir PA-FFIE para su suscripción. Patrimonio Autónomo: Suscribir el Acta de reinicio del Contrato de Obra y remitirla al Contratista de Obra con copia a la Interventoría y la Supervisión UG-FFIE. |
Registro: | Acta de reinicio. Incluir la reprogramación de acuerdo con el tiempo de la suspensión |
Tiempo o frecuencia: | Cuando se requiera. |
Actividad F4: Realizar reinicio Contrato de Interventoría | |
Roles y responsabilidades: | Interventor: una vez sea resuelta la situación que motivó la suspensión del Contrato de interventoría, suscribir y remitir al Gestor territorial para su visto bueno y Profesional de Apoyo a la Supervisión, con copia al Coordinador Regional el acta de reinicio para su firma y del Patrimonio Autónomo. El Interventor tiene la obligación de realizar las actualizaciones de pólizas que corresponda y presentarlas a la Supervisión y al Patrimonio Autónomo para aprobación. Gestor territorial: Revisar, verificar y dar visto bueno y remitir al profesional de apoyo a la supervisión. Supervisión UG FFIE: Verificar y dar visto bueno el Acta de reinicio del Contrato de Interventoría y remitir al Patrimonio Autónomo para la suscripción. Cuando se encuentre tramitado el reinicio, la Supervisión debe propender porque el Interventor realice la modificación de las pólizas y que las mismas sean remitidas al Patrimonio Autónomo con copia la UG-FFIE, para su aprobación. Sin perjuicio de lo |
anterior, el Interventor debe verificar si existe total certidumbre de la fecha de reinicio, justificando debidamente que el evento que originó la suspensión ha sido resuelto. Patrimonio Autónomo: Suscribir el acta de reinicio del Contrato de Interventoría y remitirla al Contratista de Interventoría y a la Supervisión UG-FFIE. | |
Registro: | Acta de reinicio. Incluir la reprogramación de acuerdo con el tiempo de la suspensión |
Tiempo o frecuencia: | Cuando se requiera. |
Actividad F5: Modificaciones del contrato de obra | |
Roles y responsabilidades: | Corresponden a Modificaciones contractuales de Plazo y/o Prórroga, se llevarán a cabo solo si se presentan motivos de fuerza mayor o imprevistos, que no sean imputables al Contratista de Obra, o al Interventor, y que ameriten una prórroga o recursos adicionales a la Fase que se encuentra en ejecución, lo anterior implica la suscripción de un otrosí al contrato de Obra. Contratista de obra: Suscribir con el Interventor, la solicitud de modificación del Contrato de Obra y remitir la información requerida para soportar dicha solicitud. Suscribir con el Patrimonio Autónomo, el documento contractual correspondiente, una vez sea aprobada la solicitud por parte del comité fiduciario del PA FFIE. NOTA: El contratista de obra e interventor deberá asistir a la UG FFIE para la suscripción de la novedad en la fecha que se le indique por parte del PA FFIE en el correo de remisión de la misma. Interventor: Xxxxxxxx, recomendar y remitir la solicitud de novedad del Contrato de Obra, presentadas por el contratista de obra y emitir un concepto técnico al respecto dirigido a la Supervisión del contrato de Interventoría con mínimo 15 días hábiles de antelación al vencimiento del plazo contractual Dichas solicitudes deben estar claramente justificadas. Para remitir la solicitud de modificación del Contrato de Obra, el Interventor debe garantizar que este se encuentre vigente en todos sus aspectos, tales como plazo y estado de aprobación de pólizas. |
Supervisión UG FFIE: Recibir de la Interventoría la solicitud de Modificación al Contrato de Obra, previamente revisada, aprobada y debidamente justificada; revisar la documentación, y si lo estima pertinente, emitir su recomendación al Comité Técnico, el cual recomendará para aprobación del Comité Fiduciario. En caso de requerirse adición económica, verificar la disponibilidad de los recursos en virtud de (las) Modificación(es) Contractual(es). Patrimonio Autónomo: Suscribir el documento Otrosí xx xxxxxxxxx. | |
Registro: | Solicitud de modificación. Documento de solicitud de la Modificación e Incluir la reprogramación a que haya lugar si aplica. Otrosí suscrito |
Tiempo o frecuencia: | Cuando se requiera. |
Actividad F6: Adición prórroga u otra novedad del Contrato de Interventoría | |
Roles y responsabilidades: | Corresponden a Modificaciones contractuales de Plazo y/o Prórroga, se llevarán a cabo solo si se presentan motivos de fuerza mayor o imprevistos, que no sean imputables al Interventor, y que ameriten una prórroga a la Fase que se encuentra en ejecución, lo anterior implica la suscripción de un otrosí al contrato de Interventoría. Contratista de obra: Haber realizado el requerimiento de la modificación contractual y que hubiera implicado una prórroga del plazo. Interventor: Realizar la solicitud a la Supervisión UG-FFIE de la prórroga del plazo requerido, para efectuar las labores de interventoría, en el mismo plazo otorgado al Contratista de Obra. Presentar a la Supervisión UG-FFIE la tasación del personal mínimo requerido para efectuar las actividades de interventoría que deben llevarse a cabo en el plazo prorrogado, con el objetivo de determinar el costo mensual que se debe adicionar y que será pagado en este plazo, lo anterior teniendo como base los costos presentados en su propuesta económica. Para remitir la solicitud de modificación del Contrato de Interventoría, la Supervisión deben garantizar que este se encuentre vigente en todos sus aspectos, tales como plazo y estado de aprobación de pólizas. NOTA: El Interventor deberá asistir a la UG FFIE para la suscripción de la novedad en la fecha que se le indique por parte del PA FFIE en el correo de remisión de la misma. Supervisión UG FFIE: Recibir de la Interventoría la Solicitud de Modificación al Contrato de Interventoría, previamente revisada, aprobada y debidamente justificada; revisar la documentación. En todo caso, la UG-FFIE es quien determina la cantidad y calidad de personal requerido para efectuar las labores de Interventoría en el plazo prorrogado. En caso de requerirse adición económica, verificar la disponibilidad de los recursos en virtud de (las) Modificación(es) Contractual(es). Patrimonio Autónomo: Suscribir el documento Otrosí xx xxxxxxxxx. |
Registro: | Incluir la reprogramación a que haya lugar si aplica. Otrosí suscrito. |
Tiempo o frecuencia: | Cuando se requiera. |
SUBCOMPONENTE 6.2: Controversias Contractuales
Actividad F7: Incumplimiento del Contrato de Obra | |
Roles y responsabilidades: | Ante el incumplimiento – parcial o retardo y/o total o definitivo- de cualquiera de las obligaciones contraídas por el Contratista de Obra, se deberá analizar la procedencia de la aplicación de los mecanismos pactado en el Contrato de Obra para tales efectos. Interventor: Evaluar el tipo y magnitud de los incumplimientos a las obligaciones contenidas en el Contrato, TCC y/o Anexo Técnico imputables al Contratista de Obra. El interventor tiene la obligación de informar oportunamente a la Supervisión UG FFIE de |
un posible incumplimiento parcial o total del contrato vigilado, y recomendar las medidas contractuales o legales que deberá iniciar la UG FFIE para prevenir, mitigar o reparar el eventual daño que se derive de los incumplimientos. Es obligación del interventor efectuar oportunamente los requerimientos, las recomendaciones, instrucciones o sugerencias al Contratista encaminadas a garantizar el cumplimiento del objeto contractual y remitirlas con el debido respaldo documental, con copia al Patrimonio Autónomo, a la Supervisión. El Interventor debe remitir un informe a la Supervisión UG FFIE y al PA-FFIE, anexando todas los documentos que soporten la existencia del supuesto incumplimiento, y que contenga como mínimo los siguientes aspectos: (i) hechos sobre los cuales se funda el presunto incumplimiento, (ii) disposiciones legales o contractuales presuntamente violadas, (iii) las consecuencias que podrían derivarse para el contratista de obra (x.xx. penal de apremio y/o cláusula pena), (iv) la tasación de los perjuicios, cuando aplique y (v) las consideraciones relevantes que en criterio del Interventor deba contener el informe. . La Interventoría deberá remitir el informe a la UG FFIE dentro de los 10 días siguientes a la identificación de los hechos que constituyen el presunto incumplimiento. Supervisión UG FFIE: Verificar que (i) el Interventor cumpla con las obligaciones establecidas en el presente Manual e (ii) informe a la UG FFIE y al PA FFIE con la debida oportunidad y celeridad sobre los posibles incumplimientos por parte del Contratista de Obra. La Supervisión debe exigir y verificar que la información suministrada por el Interventor cumpla con los criterios previamente establecidos y determinar la viabilidad de la misma, a través del informe que elabore para estos efectos. En caso de que el Interventor no informe oportunamente a la UG FFIE sobre la existencia de un presunto incumplimiento, la Supervisión deberá (i) analizar la procedencia de los mecanismos contractuales previstos para el incumplimiento del Contratista de Obra y (ii) requerir al Interventor y, en caso de que resulten procedentes, adelantar todas las medidas previstas para el presunto incumplimiento del contrato de interventoría. La Supervisión, remitirá dentro los diez días siguientes de que tuvo conocimiento de los hechos constitutivos del presunto incumplimiento toda la información recaudada a la Dirección Jurídica del FFIE, para adelantar el(los) proceso(s) a que haya lugar. | |
Registro: | Informe y Comunicaciones con los soportes correspondientes. |
Tiempo o frecuencia: | Cuando se requiera. El interventor deberá presentar el informe a la UG FFIE dentro de los 10 días siguientes a la identificación de los hechos que constituyen el presunto incumplimiento. |
Actividad F8: Incumplimiento del Contrato de Interventoría | |
Roles y responsabilidades: | Ante el incumplimiento – parcial o retardo y/o total o definitivo- de cualquiera de las obligaciones contraídas por el Contratista de Obra, se deberá analizar la procedencia de la aplicación de los mecanismos pactado en el Contrato de Obra para tales efectos. Supervisión UG-FFIE: Evaluar el tipo y magnitud de los incumplimientos a las obligaciones contenidas en el Contrato, TCC y/o Anexo Técnico imputables a la Interventoría. La Supervisión UG FFIE tiene la obligación de informar sobre la existencia de un posible incumplimiento parcial o total del contrato vigilado. |
La Supervisión, remitirá dentro los (10) diez días siguientes de que tuvo conocimiento de los hechos constitutivos del presunto incumplimiento toda la información recaudada a la Dirección Jurídica del FFIE, para adelantar el(los) proceso(s) a que haya lugar. La Supervisión debe remitir un informe a la Dirección Jurídica, anexando todas los documentos que soporten la existencia del supuesto incumplimiento, y que contenga como mínimo los siguientes aspectos: (i) hechos sobre los cuales se funda el presunto incumplimiento, (ii) disposiciones legales o contractuales presuntamente violadas, (iii) las consecuencias que podrían derivarse para el contratista de obra (x.xx. penal de apremio y/o cláusula pena), (iv) la tasación de los perjuicios, cuando aplique y (v) las consideraciones relevantes que en criterio del Interventor deba contener el informe. | |
Registro: | Informe y Comunicaciones con los soportes correspondientes. |
Tiempo o frecuencia: | Cuando se requiera. La Supervisión deberá presentar el informe a la Dirección Jurídica dentro de los 10 días siguientes a la identificación de los hechos que constituyen el presunto incumplimiento. |
PAGOS A CONTRATISTAS |
Dando cumplimiento a la normativa vigente de SARLAFT, anualmente sin excepción los contratistas deben realizar la actualización de su información, enviando el formulario y los correspondientes soportes al PA FFIE.
FACTURACIÓN ELECTRÓNICA
Teniendo en cuenta lo establecido en el Decreto 2242 de 2015 expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, por medio del cual se reglamentan las condiciones para la expedición de la factura electrónica concordante con la Resolución 072 de 2017 de la DIAN, los Contratistas deberán presentar una prefactura antes de reportar la factura oficial ante la DIAN conforme lo establece la normatividad indicada, esto con el fin de poder conservar los tiempos contractuales para la revisión de los documentos y requisitos necesarios para el pago de cada actividad descrita en este manual.
El Contratista deberá inscribir en el portal de la DIAN los correos de la Unidad Operativa del PA-FFIE (principal) y del Contratista Interventor o del Coordinador Regional según corresponda, los cuales recibirán la notificación una vez el contratista emita la factura electrónica.
Los contratistas deberán realizar el trámite para el pago de cada actividad con una Prefactura, la cual debe contener los mismos requisitos exigidos en la factura, con esta Prefactura se harán todos los tramites de revisión y aprobación de pago en la Interventoría, la Unidad de Gestión del FFIE y La Unidad Operativa del PA- FFIE(Fiduciaria) para cada actividad de pago.
Para el pago, la Unidad Operativa del PA-FFIE(Fiduciaria) deberá enviar correo de autorización para facturar al contratista al correo previamente inscrito, una vez recibida esta autorización por parte del contratista contará con 24 horas para realizar la facturación electrónica con el operador de su preferencia autorizado por la DIAN para este fin.
La Unidad Operativa del PA-FFIE (Fiduciaria), una vez reciba la factura electrónica deberá comparar si esta corresponde con exactitud a lo aprobado anteriormente con la Prefactura, de ser igual deberá aceptar la factura electrónica y proceder con el pago, de no ser igual deberá rechazar la factura electrónica y comunicarse con el contratista para que anule, corrija y envíe nuevamente el documento. Para este procedimiento cuenta con 48 horas dadas por la DIAN para aceptar o rechazar una factura electrónica.
NOTA 1: Los contratistas que no se encuentren aún obligados a adoptar la facturación electrónica no deben seguir lo anteriormente señalado, deberán cumplir solamente las actividades de pago descritas a continuación, las cuales deberán ser también de cumplimiento por quienes estén obligados a adoptar la facturación electrónica.
NOTA 2 : Las actividades descritas a continuación deberán cumplirse a cabalidad para dar trámite a los respectivos pagos, así como lo establecido en los TCC y Anexos técnicos, sin embargo para efectos de remitir la documentación por parte de la UG FFIE al Consorcio FFIE Alianza BBVA para efecto de pago, se resumirán en listas de chequeo por cada tipo de pago que contendrán lo establecido en el presente manual, exceptuando información en medio digital o aquella información que deba reposar en la UG FFIE.
PAGOS A CONTRATISTAS
Dando cumplimiento a la normatividad vigente de SARLAFT, anualmente sin excepción los contratistas deben realizar la actualización de su información, enviando el formulario y los correspondientes soportes al PA FFIE.
G. COMPONENTE 7 – Pagos Contratistas de Obra e Interventoría
SUBCOMPONENTE 7.1: – Pago e inversión del anticipo
Actividad G1. Anticipo
Roles y responsabilidades:
Para la ejecución de contratos que incluyen el desarrollo de Fase 2 y con un plazo igual o mayor a seis (6) meses, el PA-FFIE pagará a título de anticipo, el veinte por ciento (20%) del valor del Contrato correspondiente a la Fase 2. que se suscriba, el cual será amortizado de acuerdo con la tabla y el cronograma de amortización aprobado por la Interventoría, estructurado conforme se establece en el Anexo Técnico de los TCC.
Contratista: una vez suscrita el Acta de Inicio de la Fase 2 del Contrato de Obra, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Contrato de Obra y sus Anexos, y de la aprobación del Flujo de Inversión de los recursos del contrato de la fase 2, del Plan de Inversión del Anticipo y del cronograma de amortización del anticipo por parte de la Interventoría, el contratista deberá radicar a la Interventoría la documentación necesaria para aprobación y trámite del pago del anticipo.
Interventor: verificar y aprobar el cumplimiento de los requisitos para el pago del anticipo y remitir a la UG FFIE oficio con la autorización del giro del anticipo adjuntando los siguientes documentos:
1. Acta de Inicio Fase 2 del Contrato de obra suscrita por el contratista de obra y el Interventor.
2. Copia del Contrato Fiduciario del manejo del anticipo, debidamente suscrito, previamente radicado ante el PA-FFIE y una certificación de constitución del patrimonio autónomo donde se administrará el anticipo.
3. Póliza de Garantía entregada por el CONTRATISTA, para el manejo e inversión del anticipo aprobada por el PA-FFIE.
4. La acreditación por parte del contratista al interventor de que todo el personal necesario para el inicio de la ejecución del contrato se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, incluso los trabajadores independientes, y que los pagos de las cotizaciones respectivas se encuentran al día.
5. Flujo de Inversión de los recursos del contrato de la fase 2,
6. Plan de inversión del anticipo aprobado por parte de la interventoría, en el cual se contemple los tiempos e inversiones con las cuales se ejecutará el anticipo.
7. Cronograma de amortización del anticipo aprobado por la Interventoría, estructurado a partir de la programación de obra, el valor y porcentaje entregado a título de anticipo, el flujo de caja previsto del contrato fase 2, el plan de inversión del anticipo y el plazo máximo establecido para la amortización.
8. Certificación revisor fiscal con copia de la tarjeta profesional y/o representante legal en la cual certifique que están al día en el pago de nómina, seguridad social y parafiscales del consorcio y los consorciados (debe corresponder al periodo en el que se emite la factura y de acuerdo a las fechas de pago de aportes a seguridad social.
9. Certificación bancaria original no mayor a treinta (30) días de la Fiduciaria a la cual se debe girar el anticipo, esta debe contener los siguientes datos: Número de cuenta, clase de cuenta, NIT, nombre del titular y banco al cual se le debe realizar el pago.
10. RUT del Contratista. En el caso de un Consorcio o Unión Temporal, se deberá aportar el RUT de la forma plural de asociación y de cada uno de los integrantes (para el primer pago y/o cada vez que se actualice).
11. Formato de retención en la fuente (si es persona natural) (Requerido para el primer pago).
El interventor deberá presentar mensualmente un informe en donde relacione los Ítems ejecutados con recursos del anticipo y la calidad de los mismos, este informe será base para la posible aplicación de la garantía de buen manejo de anticipo.
Supervisión UG FFIE: Verificar y avalar la solicitud de desembolso del anticipo, con los respectivos documentos para dar trámite, asegurándose de que cumpla las condiciones para el mismo y suscribir la Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro.
UG FFIE: Una vez recibidos los documentos radicados por el Contratista Interventor, junto con el Certificado de aprobación de pago, continuará con el trámite del pago y firmas autorizadas del Formato de Orden de Giro y su anexo.
Registro: | Formato orden de giro (tramitado por la UG FFIE). Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG - FFIE anexo a la orden de giro Documentos requisitos para el pago del anticipo (Registros 1 al 11) |
Tiempo o frecuencia | Una vez se cumplan los requisitos para cobro del anticipo y al inicio de la ejecución de la Fase 2 del proyecto. |
SUBCOMPONENTE 7.2 Pago de Costos Variables Contrato de Interventoría para Fase 1
Actividad G2: Costos Variables por Avance |
Roles y responsabilidades: |
Interventor: Una vez aprobado por la Supervisión de la UG FFIE su Informe mensual del contrato de interventoría, el Interventor deberá radicar en la UG FFIE, la documentación necesaria para aprobación y trámite del pago. De acuerdo con lo establecido en los TCC y en el Contrato de Interventoría, para la Fase 1 relacionada con los Estudios y Diseños, el Interventor radicará el cobro de hasta un NOVENTA POR CIENTO (90%) del valor total de Interventoría para la Fase 1, en seis (6) pagos, de acuerdo con el avance de los diseños de la siguiente forma: |
Pago No. | Porcentaje de avance efectivo de la fase 1 | Porcentaje a pagar del contrato de interventoría |
1 | 30% | 20% |
2 | 50% | 20% |
3 | 60% | 10% |
4 | 70% | 10% |
5 | 80% | 10% |
6 | 90% | 20% |
Los documentos que deberá presentar la Interventoría son los siguientes:
1. Factura (Prefactura si tiene facturación electrónica) por costo variable de la Fase 1 del Contrato de Interventoría, cuyo deudor es el Patrimonio Autónomo del Fondo de Infraestructura Educativa FFIE, NIT 830.053.812-2. Indicar el lugar en el que se presta el servicio. Para la instrucción de pago se sugiere la siguiente nota: “Favor realizar transferencia electrónica (consignación) a la cuenta (mencionar el tipo: ahorro o corriente) No. XXXXX en el (nombre de banco), a nombre de (XXXXXXXXX) con NIT (XXXXXXXX).
2. Certificación de supervisión de autorización de pago de interventoría suscrita por el contratista y el Supervisor.
3. Copia del Acta de Inicio de la Fase 1 del Contrato de Interventoría (Requerido para el primer pago)
4. Acta parcial de Interventoría suscrita por el contratista y el Supervisor, de forma impresa y con una copia magnética en formato Excel editable.
5. Certificación revisor fiscal con copia de la tarjeta profesional y/o representante legal en la cual certifique que están al día en el pago de nómina, seguridad social y parafiscales del consorcio y los consorciados (debe corresponder al periodo en el que se emite la factura y de acuerdo a las fechas de pago de aportes a seguridad social)
6. Certificación bancaria original no mayor a treinta (30) días, la cual debe contener los siguientes datos: Número de cuenta, clase de cuenta, NIT, nombre del titular y banco al cual se le debe realizar el pago (para el primer pago y/o cada vez que se cambie).
7. RUT del Contratista. En el caso de un Consorcio o Unión Temporal, se deberá aportar el RUT de la forma plural de asociación y de cada uno de los integrantes (para el primer pago y/o cada vez que se actualice).
8. Si es persona natural, Formato de retención en la fuente (requerido para el primer pago)
Supervisión UG FFIE: Deberá revisar, verificar, aprobar o reprobar (según el caso), los documentos para trámite del pago y suscribir la Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro.
UG FFIE: Una vez recibidos los documentos radicados por el Contratista Interventor, junto con el Certificado de aprobación de pago, continuará con el trámite del pago y firmas autorizadas del Formato de Orden de Giro y su anexo.
En caso de que la UG FFIE no considere viable continuar con el trámite, deberá proceder a devolver la factura mediante comunicación escrita, en la cual consigna los motivos por los cuales no se puede tramitar.
Registros: Formato de orden de giro (tramitado por la UG FFIE)
Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG - FFIE anexo a la orden de giro
Documentos requisitos para el pago de costos variables (Registros 1 al 8) | |
Tiempo o frecuencia: | De acuerdo con el avance en la ejecución de los diseños según se establece en los TCC y Anexos y se muestra en la tabla anterior |
Actividad G3: Liquidación del porcentaje restante del valor de la interventoría Fase 1 |
Roles y responsabilidades: |
Interventor: una vez sea suscrita y legalizada el Acta de Cierre y Recibo a Satisfacción del Contrato de Obra Fase 1, el Interventor deberá radicar en el FFIE, la documentación necesaria para aprobación y trámite del pago xxx XXXX PORCIENTO (10%) restante del valor del Contrato de Interventoría para la Fase 1. Los documentos que se deberán presentar para el cobro son los siguientes: 1. Factura (Prefactura si tiene facturación electrónica) por el 10% del valor del Contrato de la Interventoría para la Fase 1, cuyo deudor es el Patrimonio Autónomo del Fondo de Infraestructura Educativa FFIE, NIT 830.053.812-2. Indicar el lugar en el que se presta el servicio. Para la instrucción de pago se sugiere la siguiente nota: “Favor realizar transferencia electrónica (consignación) a la cuenta (mencionar el tipo: ahorro o corriente) No. XXXXX en el (nombre de banco), a nombre de (XXXXXXXXX) con NIT (XXXXXXXX). 2. Acta de Cierre y Recibo a Satisfacción Contrato de Obra Fase 1—Estudios y Diseño firmada por las partes 3. Certificación de supervisión de autorización de pago de interventoría suscrita por el contratista y el Supervisor. 4. Acta final de interventoría suscrita por el contratista y el Supervisor, de forma impresa y con una copia magnética en formato Excel editable. 5. Certificación revisor fiscal con copia de la tarjeta profesional y/o representante legal en la cual certifique que están al día en el pago de nómina, seguridad social y parafiscales del consorcio y los consorciados (debe corresponder al periodo en el que se emite la factura y de acuerdo a las fechas de pago de aportes a seguridad social). 6. Certificación bancaria original no mayor a treinta (30) días, la cual debe contener los siguientes datos: Número de cuenta, clase de cuenta, NIT, nombre del titular y banco al cual se le debe realizar el pago (para el primer pago y/o cada vez que se cambie). 7. RUT del Contratista. En el caso de un Consorcio o Unión Temporal, se deberá aportar el RUT de la forma plural de asociación y de cada uno de los integrantes (para el primer pago y/o cada vez que se actualice). 8. Si es persona natural, Formato de retención en la fuente (requerido para el primer pago). 9. Copia de la Aprobación de la garantía de calidad del servicio (pólizas), actualizada con la fecha de terminación y recibo a satisfacción de la fase 1 –Emitida por el Patrimonio Autónomo del Fondo de Infraestructura Educativa. Supervisión UG FFIE: Deberá suscribir la certificación de supervisión de autorización de pago de interventoría y suscribir la Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro. previa verificación del cumplimiento por parte del Interventor de las siguientes actividades: • Recibo a satisfacción de los Estudios, diseños, licencias y demás documentos objeto de la fase 1 • Presentación y aprobación del Informe final de la fase 1 de la Interventoría. • Entrega del archivo organizado de la Interventoría, tal como se describe en las obligaciones respecto del contrato de Interventoría. • Suscripción del Acta final de interventoría y Acta de Cierre y Recibo a Satisfacción del Contrato de Obra fase 1 Suscripción del acta de liquidación del contrato de Interventoría |
El supervisor deberá verificar que los valores registrados en el Acta final, correspondan a la última modificación contractual del Contrato de Interventoría | |
UG FFIE: Una vez recibidos los documentos radicados por el Contratista Interventor, junto con el Certificado de aprobación de pago, continuará con el trámite del pago y firmas autorizadas del Formato de Orden de Giro y su anexo. En caso de que la UG FFIE no considere viable continuar con el trámite, deberá proceder a devolver la factura mediante comunicación escrita, en la cual consigna los motivos por los cuales no se puede tramitar. | |
Registros: Formato de orden de giro (tramitado por la UG FFIE) Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro Documentos requisitos para el pago de Liquidación del porcentaje restante del valor de la interventoría Fase1 (Registros del 1 al 9). | |
Tiempo o frecuencia: | una vez sean suscritas y legalizadas el Acta de Cierre y Recibo a Satisfacción contrato de obra Fase 1 y actas de terminación y liquidación, tanto del contrato de interventoría como de la consultoría asignada y liquidación del contrato de interventoría. |
SUBCOMPONENTE 7.3 Pago de Contrato de Obra para Fase 1 (Estudios y Diseños)
De acuerdo con lo establecido en los TCC y en el Contrato de Obra, el pago de la Fase 1 relacionada con los Estudios y Diseños se realizará de la siguiente forma:
• El PA-FFIE realizará pagos parciales, por la suma equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor de cada uno de productos que componen los estudios y/o diseños, contra la entrega y recibo a satisfacción por parte de la Interventoría, de los productos ejecutados, de conformidad al alcance previsto en el Anexo Técnico.
• El último pago, correspondiente al saldo del cincuenta por ciento (50%) del valor de la Fase 1 de cada contrato, se realizará contra la suscripción del acta de cierre de la Fase 1 (incluida la entrega de la licencia), debidamente suscrita por el Contratista y la Interventoría y el visto bueno del supervisor designado por la UG-FFIE, previa aprobación de las garantías que resulten aplicables de conformidad con los TCC.
Nota 1: En los casos en que la ETC se responsabilice de adelantar el trámite de expedición de la Licencia de Construcción, El contratista de obra deberá radicar a la ETC los Estudios y Diseños correspondientes, previamente aprobados y avalados por la Interventoría y Revisor Independiente de Diseños (en los casos en que aplique), con su respectiva certificación, en cuyo caso, el último pago se dividirá en un pago del cuarenta por ciento (40%) del valor de la Fase 1 de cada contrato, el cual se realizará contra el recibo a satisfacción de la totalidad de los productos que comprenden la Fase 1 y la entrega de los que se requieren para el trámite de Licencia recibidos y firmados por la Interventoría y el revisor independiente de diseños, y un pago final xxx xxxx por ciento (10%) del valor de la Fase 1 al acta de cierre y a la entrega de la Licencia de Construcción.
Nota 2: Cuando el proyecto tenga condiciones de carácter patrimonial, de nivel local o nacional y la ETC se responsabilice de adelantar los trámites y permisos necesarios ante las entidades competentes, el último pago se dividirá en un pago del cuarenta por ciento (40%) del valor de la Fase 1 de cada contrato, el cual se realizará contra el recibo a satisfacción de la totalidad de los productos que comprenden la Fase 1 y la entrega de los que se requieren para el trámite de permiso recibidos y firmados por la Interventoría y el revisor independiente de diseños y un pago final xxx xxxx por ciento (10%) del valor de la Fase 1 al acta de cierre y a la entrega de los permisos requeridos.
Nota 3: Para los productos que no requieran de licencia se realizará un pago de hasta el noventa (90%) por ciento, contra la entrega y recibo a satisfacción por parte de Interventoría, de los productos ejecutados, de conformidad al alcance previsto en el Anexo Técnico.
El último pago, correspondiente al saldo xxx xxxx por ciento (10%), se realizará contra la suscripción del acta de cierre y recibo a satisfacción contrato de obra de la Fase 1.
Actividad G4: Primer Pago Fase 1 - Estudios y Diseños para un Contrato de Obra (50% de cada producto) |
Roles y responsabilidades |
Contratista: una vez la Interventoría certifique cada uno de productos que componen los estudios técnicos y/o diseños entregados por el Contratista de obra, este último podrá cobrar un 50% del valor del producto. El contratista deberá radicar a la Interventoría la documentación necesaria para aprobación y trámite del pago. El contratista deberá informar a la Supervisión FFIE sobre el procedimiento adelantado ante la Interventoría para su respectivo seguimiento. Los documentos que deberá presentar la interventoría a la UG FFIE para el trámite de pago del contrato de obra son los siguientes: 1. Certificación de supervisión de autorización de pago de obra suscrita por el contratista y el interventor. 2. Factura (Prefactura si tiene facturación electrónica) por el 50% del valor del producto que componen los estudios técnicos y/o diseños, cuyo deudor es el Patrimonio Autónomo del Fondo de Infraestructura Educativa FFIE, NIT 830.053.812-2. Indicar el lugar en el que se presta el servicio. Para la instrucción de pago se sugiere la siguiente nota: “Favor realizar transferencia electrónica (consignación) a la cuenta (mencionar el tipo: ahorro o corriente) No. XXXXX en el (nombre de banco), a nombre de (XXXXXXXXX) con NIT (XXXXXXXX). 3. Acta parcial de obra suscrita por el contratista y el interventor, de forma impresa y con una copia magnética en formato Excel editable. 4. Copia del Acta de Inicio de la Fase 1 del Contrato de Obra (para el 1er pago), 5. Certificación revisor fiscal con copia de la tarjeta profesional y/o representante legal en la cual certifique que están al día en el pago de nómina, seguridad social y parafiscales del consorcio y los consorciados (debe corresponder al periodo en el que se emite la factura y de acuerdo a las fechas de pago de aportes a seguridad social) 6. Certificación bancaria original no mayor a treinta (30) días, la cual debe contener los siguientes datos: Número de cuenta, clase de cuenta, NIT, nombre del titular y banco al cual se le debe realizar el pago (para el primer pago y/o cada vez que se cambie). 7. RUT del Contratista. En el caso de un Consorcio o Unión Temporal, se deberá aportar el RUT de la forma plural de asociación y de cada uno de los integrantes (para el primer pago y/o cada vez que se actualice). 8. Formato de retención en la fuente (si es persona natural) (Requerido para el primer pago). |
Interventor: Durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de los documentos por parte del Contratista de Obra, el Interventor deberá revisar, verificar, aprobar o reprobar (según el caso), el trámite del pago. Una vez aprobados los documentos deberá diligenciar y firmar la Certificación de supervisión de autorización de pago de obra y radicarlos a la Unidad de Gestión FFIE. El interventor deberá verificar que los valores registrados en el Acta Parcial de obra y en el Balance de mayores y menores cantidades de obra, correspondan a la última modificación contractual del Contrato de Obra. En caso de requerirse la aplicación de descuento por sanciones, el interventor deberá reportar al Supervisor mediante un oficio, el valor a descontar una vez este haya surtido el procedimiento de aplicación de la sanción PENAL DE APREMIO o CLÁUSULA PENAL que se encuentran establecidas en la minuta del contrato. |
El interventor deberá incluir en la Certificación de aprobación de pago el valor que se descuenta en caso de que aplique. Supervisión UG FFIE: Una vez radicados los documentos para pago al Contratista de Obra, por parte del Interventor, deberá revisar y verificarlos para suscribir la Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG PA-FFIE anexo a la orden de giro. En caso de identificar alguna inconsistencia, informar al Interventor y hacer seguimiento al cumplimiento de las actividades del contratista interventor para las correcciones a que haya lugar. UG FFIE: Una vez recibidos los documentos radicados por el Contratista Interventor, junto con el Certificado de aprobación de pago, continuará con el trámite del pago y firmas autorizadas del Formato de Orden de Giro y su anexo. En caso de que la UG FFIE no considere viable continuar con el trámite, deberá proceder a devolver la factura mediante comunicación escrita, en la cual consigna los motivos por los cuales no se puede tramitar. | |
Registros: Formato orden de giro (tramitado por la UG FFIE) Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro Documentos requisitos para el primer pago Fase 1 Contrato de Obra (50% de cada producto) (Registros 1 al 8) | |
Tiempo o frecuencia: | Cuando el Interventor certifique el recibido de cada uno de los productos que componen los estudios técnicos y/o diseños. |
Actividad G5: Primer Pago Fase 1 - Estudios y Diseños para un Contrato de Obra (90% de cada producto) | |
Roles y responsabilidades | |
Contratista: Una vez la Interventoría certifique que los productos que componen los estudios técnicos y/o diseños y que no requieren tramite de licencia entregados por el Contratista de obra, este último podrá cobrar un 90% del valor del producto. El contratista deberá radicar a la Interventoría la documentación necesaria para aprobación y trámite del pago. El contratista deberá informar al Supervisor sobre el procedimiento adelantado ante la Interventoría para su respectivo seguimiento. Los documentos que deberá presentar la interventoría a la UG FFIE para el trámite de pago del contrato de obra son los siguientes: 1. Certificación de supervisión de autorización de pago de obra suscrita por el contratista y el interventor. 2. Factura (Prefactura si tiene facturación electrónica) por el 90% del valor del producto que componen los estudios técnicos y/o diseños, cuyo deudor es el Patrimonio Autónomo del Fondo de Infraestructura Educativa FFIE, NIT 830.053.812-2. Indicar el lugar en el que se presta el servicio. Para la instrucción de pago se sugiere la siguiente nota: “Favor realizar transferencia electrónica (consignación) a la cuenta (mencionar el tipo: ahorro o corriente) No. XXXXX en el (nombre de banco), a nombre de (XXXXXXXXX) con NIT (XXXXXXXX). 3. Acta parcial de obra suscrita por el contratista y el interventor, de forma impresa y con una copia magnética en formato Excel editable. 4. Documento donde coste que el producto entregado no requiere licencia de Construcción. 5. Copia del Acta de Inicio de la Fase 1 del Contrato de Obra, para el 1er pago. 6. Certificación revisor fiscal con copia de la tarjeta profesional y/o representante legal en la cual certifique que están al día en el pago de nómina, seguridad social y parafiscales del consorcio y los consorciados (debe |
corresponder al periodo en el que se emite la factura y de acuerdo a las fechas de pago de aportes a seguridad social). 7. Certificación bancaria original no mayor a treinta (30) días, la cual debe contener los siguientes datos: Número de cuenta, clase de cuenta, NIT, nombre del titular y banco al cual se le debe realizar el pago (para el primer pago y/o cada vez que se cambie). 8. RUT del Contratista. En el caso de un Consorcio o Unión Temporal, se deberá aportar el RUT de la forma plural de asociación y de cada uno de los integrantes (para el primer pago y/o cada vez que se actualice). 9. Formato de retención en la fuente (si es persona natural) (Requerido para el primer pago). | |
Interventor: Durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de los documentos por parte del Contratista de Obra, el Interventor deberá revisar, verificar, aprobar o reprobar (según el caso), el trámite del pago. Una vez aprobados los documentos deberá diligenciar y firmar la Certificación de supervisión de autorización de pago de obra y radicarlos a la Unidad de Gestión del FFIE. El interventor deberá verificar que los valores registrados en el Acta Parcial de obra y en el Balance de mayores y menores cantidades de obra, correspondan a la última modificación contractual del Contrato de Obra. En caso de requerirse la aplicación de descuento por sanciones, el interventor deberá reportar a la Supervisión UG FFIE mediante un oficio, el valor a descontar una vez este haya surtido el procedimiento de aplicación de la sanción PENAL DE APREMIO o CLÁUSULA PENAL que se encuentran establecidas en la minuta del contrato. El interventor deberá incluir en la Certificación de aprobación de pago el valor que se descuenta en caso de aplique. Supervisión UG FFIE: Una vez radicados los documentos para pago al Contratista de Obra, por parte del Interventor, deberá revisar y verificarlos para suscribir la Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro. En caso de identificar alguna inconsistencia, informar al Interventor y hacer seguimiento al cumplimiento de las actividades del contratista interventor para las correcciones a que haya lugar. UG FFIE: Una vez recibidos los documentos radicados por el Contratista Interventor, junto con el Certificado de aprobación de pago, continuará con el trámite del pago y firmas autorizadas del Formato de Orden de Giro y su anexo. En caso de que la UG FFIE no considere viable continuar con el trámite, deberá proceder a devolver la factura mediante comunicación escrita, en la cual consigna los motivos por los cuales no se puede tramitar. | |
Registros: Formato orden de giro (tramitado por la UG FFIE) Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro Documentos requisitos para el primer pago Fase 1 Contrato de Obra (90% de cada producto) (Registros 1 al 9) | |
Tiempo o frecuencia: | Cuando el Interventor certifique el recibido de cada uno de los productos que componen los estudios técnicos y/o diseños que no requieran licencia de construcción. |
Actividad G6: Segundo Pago Fase 1 - Estudios y Diseños para un Contrato de Obra (50% final de la F1) |
Roles y responsabilidades |
Contratista: Una vez recibidos a satisfacción por la Interventoría la totalidad de los estudios técnicos y diseños correspondientes a la infraestructura educativa junto con la licencia de construcción y de los demás permisos requeridos, el contratista deberá radicar a la Interventoría la documentación necesaria para aprobación y trámite del pago. El contratista deberá informar al Supervisor sobre el procedimiento adelantado ante la Interventoría para su respectivo seguimiento. Los documentos que deberá presentar la interventoría a la UG FFIE para el trámite de pago del contrato de obra son los siguientes: 1. Certificación de supervisión de autorización de pago de obra suscrita por el contratista y el interventor. 2. Factura (Prefactura si tiene facturación electrónica) por el 50% del valor del Contrato de Obra para la Fase 1, cuyo deudor es el Patrimonio Autónomo del Fondo de Infraestructura Educativa FFIE, NIT 830.053.812-2. Indicar el lugar en el que se presta el servicio. Para la instrucción de pago se sugiere la siguiente nota: “Favor realizar transferencia electrónica (consignación) a la cuenta (mencionar el tipo: ahorro o corriente) No. XXXXX en el (nombre de banco), a nombre de (XXXXXXXXX) con NIT (XXXXXXXX). 3. Acta de Cierre y Recibo a Satisfacción Fase 1—Estudios y Diseño firmada por las partes 4. Acta final de obra suscrita por el contratista y el interventor, de forma impresa y con una copia magnética en formato Excel editable. 5. Copia de licencia de construcción ejecutoriada. 6. Copia de la Aprobación de la garantía de calidad del servicio (pólizas), actualizada con la fecha de terminación y recibo a satisfacción de la fase 1 –Emitida por el Patrimonio Autónomo del Fondo de Infraestructura Educativa. 7. Certificación revisor fiscal con copia tarjeta profesional y/o representante legal en la cual certifique que están al día en el pago de nómina, seguridad social y parafiscales del consorcio y los consorciados (debe corresponder al periodo en el que se emite la factura y de acuerdo a las fechas de pago de aportes a seguridad social). 8. Certificación bancaria original no mayor a 30 días, la cual debe contener los siguientes datos: Número de cuenta, clase de cuenta, NIT, nombre del titular y banco al cual se le debe realizar el pago (para el primer pago y/o cada vez que se cambie). 9. RUT del Contratista. En el caso de un Consorcio o Unión Temporal, se deberá aportar el RUT de la forma plural de asociación y de cada uno de los integrantes (para el primer pago y/o cada vez que se actualice). 10. Formato de retención en la fuente (si es persona natural) (Requerido para el primer pago). Interventor: durante los Cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de los documentos por parte del Contratista de Obra, el Interventor deberá revisar, verificar, aprobar o reprobar (según el caso), los documentos para el trámite del pago. Una vez aprobados los documentos deberá diligenciar y firmar la Certificación de supervisión de autorización de pago de obra y radicarlos a la Unidad de Gestión del FFIE. |
El interventor deberá verificar que los valores registrados en el Acta final de obra y en el Balance de mayores y menores cantidades de obra, correspondan a la última modificación contractual del Contrato de Obra. En caso de requerirse la aplicación de descuento por sanciones, el interventor deberá reportar al Supervisor mediante un oficio, el valor a descontar una vez este haya surtido el procedimiento de aplicación de la sanción PENAL DE APREMIO o CLÁUSULA PENAL que se encuentran establecidas en la minuta del contrato. El |
interventor deberá incluir en la Certificación de aprobación de pago el valor que se descuenta en caso de que aplique. Supervisión UG FFIE: Una vez radicados los documentos para pago al Contratista de Obra, por parte del Interventor, deberá revisar y verificarlos para suscribir la Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG PA-FFIE anexo a la orden de giro. En caso de identificar alguna inconsistencia, informar al Interventor y hacer seguimiento al cumplimiento de las actividades del contratista interventor para las correcciones a que haya lugar. UG FFIE: Una vez recibidos los documentos radicados por el Contratista Interventor, junto con el Certificado de aprobación de pago, continuará con el trámite del pago y firmas autorizadas del Formato de Orden de Giro y su anexo. En caso de que la UG FFIE no considere viable continuar con el trámite, deberá proceder a devolver la factura mediante comunicación escrita, en la cual consigna los motivos por los cuales no se puede tramitar | |
Registros: Formato orden de giro (tramitado por la UG FFIE) Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro Documentos requisitos para el segundo pago Fase 1 Contrato de Obra (50% final de la F1) (Registros 1 al 10) | |
Tiempo o frecuencia: | Con la suscripción del Acta de Cierre y Recibo a Satisfacción Fase 1—Estudios y Diseño correspondientes a la infraestructura educativa y la licencia de construcción y de los demás permisos requeridos |
Actividad G7: Segundo Pago Fase 1 - Estudios y Diseños para un Contrato de Obra (40% de la F1) |
Roles y responsabilidades |
Contratista: Una vez recibidos a satisfacción por la Interventoría la totalidad de los estudios técnicos y diseños correspondientes a la infraestructura educativa junto con la radicación en debida forma de la solicitud de la licencia de construcción (En los casos en que la ETC se responsabilice de adelantar el trámite de expedición de la Licencia de Construcción) y de los demás permisos requeridos, el contratista deberá radicar a la Interventoría la documentación necesaria para aprobación y trámite del pago. Así mismo, el contratista de obra deberá radicar a la ETC los Estudios y Diseños correspondientes, previamente aprobados y avalados por la Interventoría y Revisor Independiente de Diseños (en los casos en que aplique), con su respectiva certificación. El contratista deberá informar a la Supervisión UG FFIE sobre el procedimiento adelantado ante la Interventoría para su respectivo seguimiento. Los documentos que deberá presentar la interventoría a la UG FFIE para el trámite de pago del contrato de obra son los siguientes: 1. Certificación de supervisión de autorización de pago de obra suscrita por el contratista y el interventor. 2. Factura (Prefactura si tiene facturación electrónica) por 40% del valor del Contrato de Obra para la Fase 1, cuyo deudor es el Patrimonio Autónomo del Fondo de Infraestructura Educativa FFIE, NIT 830.053.812-2. Indicar el lugar en el que se presta el servicio. Para la instrucción de pago se sugiere la siguiente nota: “Favor realizar transferencia electrónica (consignación) a la cuenta (mencionar el tipo: ahorro o corriente) No. XXXXX en el (nombre de banco), a nombre de (XXXXXXXXX) con NIT (XXXXXXXX). 3. Acta parcial de obra suscrita por el contratista y el interventor, de forma impresa y con una copia magnética en formato Excel editable. |
4. Copia de oficio radicado en el cual conste la entrega de Estudios y Diseños a la ETC, quien se encargará de obtener la Licencia de Construcción y los permisos. 5. Copia de Acta de entrega y recibo a satisfacción fase 1, de los estudios y diseños firmada por las partes 6. Certificación revisor fiscal con copia de la tarjeta profesional y/o representante legal en la cual certifique que están al día en el pago de nómina, seguridad social y parafiscal del consorcio y los consorciados (debe corresponder al periodo en el que se emite la factura y de acuerdo a las fechas de pago de aportes a seguridad social) 7. Certificación bancaria original no mayor a 30 días, la cual debe contener los siguientes datos: Número de cuenta, clase de cuenta, NIT, nombre del titular y banco al cual se le debe realizar el pago (para el primer pago y/o cada vez que se cambie). 8. RUT del Contratista. En el caso de un Consorcio o Unión Temporal, se deberá aportar el RUT de la forma plural de asociación y de cada uno de los integrantes (para el primer pago y/o cada vez que se actualice). 9. Formato de retención en la fuente (si es persona natural) (Requerido para el primer pago). Interventor: durante los Cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de los documentos por parte del Contratista de Obra, el Interventor deberá revisar, verificar, aprobar o reprobar (según el caso), los documentos para el trámite del pago. Una vez aprobados los documentos deberá diligenciar y firmar la Certificación de supervisión de autorización de pago de obra y radicarlos a la Unidad de Gestión del FFIE | |
El interventor deberá verificar que los valores registrados en el Acta Parcial de obra y en el Balance de mayores y menores cantidades de obra, correspondan a la última modificación contractual del Contrato de Obra. En caso de requerirse la aplicación de descuento por sanciones, el interventor deberá reportar al Supervisor mediante un oficio, el valor a descontar una vez este haya surtido el procedimiento de aplicación de la sanción PENAL DE APREMIO o CLÁUSULA PENAL que se encuentran establecidas en la minuta del contrato. El interventor deberá incluir en la Certificación de aprobación de pago el valor que se descuenta. Supervisión UG FFIE Una vez radicados los documentos para pago al Contratista de Obra, por parte del Interventor, deberá revisar y verificarlos para suscribir la Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro. el pago. En caso de identificar alguna inconsistencia, informar al Interventor y hacer seguimiento al cumplimiento de las actividades del contratista interventor para las correcciones a que haya lugar. UG FFIE: Una vez recibidos los documentos radicados por el Contratista Interventor, junto con el Certificado de aprobación de pago, continuará con el trámite del pago y firmas autorizadas del Formato de Orden de Giro y su anexo. En caso de que la UG FFIE no considere viable continuar con el trámite, deberá proceder a devolver la factura mediante comunicación escrita, en la cual consigna los motivos por los cuales no se puede tramitar. | |
Registros: Formato orden de giro (tramitado por la UG FFIE) Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro Documentos requisitos para el segundo pago Fase 1 Contrato de Obra (40% de la F1) (Registros 1 al 9) | |
Tiempo o frecuencia: | Con la suscripción del Acta de Cierre y Recibo a Satisfacción Fase 1—Estudios y Diseño correspondientes a la infraestructura educativa, y el radicado de los Estudios y Diseños a la ETC. |
Actividad G8: Liquidación del porcentaje restante del valor del Contrato de Obra para la Fase1 (10% Final) |
Roles y responsabilidades |
Contratista: una vez suscrita el Acta de Cierre y recibo a satisfacción de la Fase 1 del Contrato de Obra, el contratista deberá radicar a la Interventoría la documentación necesaria para aprobación y trámite del pago. El contratista deberá informar a la Supervisión UG FFIE sobre el trámite adelantado ante la Interventoría para su respectivo seguimiento. Los documentos que deberá presentar la interventoría a la UG FFIE para el trámite de pago del contrato de obra son los siguientes: 1. Certificación de supervisión de autorización de pago de obra suscrita por el contratista y el interventor. 2. Factura (Prefactura si tiene facturación electrónica) por el 10% del valor del Contrato de Obra para la Fase 1, cuyo deudor es el Patrimonio Autónomo del Fondo de Infraestructura Educativa FFIE, NIT 830.053.812-2. Indicar el lugar en el que se presta el servicio. Para la instrucción de pago se sugiere la siguiente nota: “Favor realizar transferencia electrónica (consignación) a la cuenta (mencionar el tipo: ahorro o corriente) No. XXXXX en el (nombre de banco), a nombre de (XXXXXXXXX) con NIT (XXXXXXXX). 3. Acta final de obra firmada por el contratista y el interventor, de forma impresa y con una copia magnética en formato Excel editable. 4. Copia del Acta de Cierre y recibo a satisfacción de la Fase 1 del Contrato de Obra debidamente firmada por las partes 5. Copia de licencia de construcción ejecutoriada en los casos que se requiere licencia. 6. Copia de aprobación garantía de calidad del servicio (pólizas) –Emitida por el Patrimonio Autónomo del Fondo de Infraestructura Educativa. (reporte a la aseguradora de la fecha de terminación y del recibo a satisfacción de la Fase 1) 7. Certificación revisor fiscal con copia de la tarjeta profesional y/o representante legal en la cual certifique que están al día en el pago de nómina, seguridad social y parafiscales del consorcio y los consorciados (debe corresponder al periodo en el que se emite la factura y de acuerdo a las fechas de pago de aportes a seguridad social) 8. Certificación bancaria original no mayor a 30 días, la cual debe contener los siguientes datos: Número de cuenta, clase de cuenta, NIT, nombre del titular y banco al cual se le debe realizar el pago (para el primer pago y/o cada vez que se cambie). 9. RUT del Contratista. En el caso de un Consorcio o Unión Temporal, se deberá aportar el RUT de la forma plural de asociación y de cada uno de los integrantes (para el primer pago y/o cada vez que se actualice). 10. Formato de retención en la fuente (si es persona natural) (Requerido para el primer pago). Interventor: durante los Cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de los documentos por parte del Contratista de Obra, el Interventor deberá revisar, verificar, aprobar o reprobar (según el caso), los documentos para el trámite del pago. Una vez aprobados los documentos deberá diligenciar y firmar la Certificación de supervisión de autorización de pago de obra y radicarlos a la Unidad de Gestión del FFIE |
El interventor deberá verificar que los valores registrados en el Acta final de obra y en el Balance de mayores y menores cantidades de obra, correspondan a la última modificación contractual del Contrato de Obra. En caso de requerirse la aplicación de descuento por sanciones, el interventor deberá reportar al Supervisor mediante un oficio, el valor a descontar una vez este haya surtido el procedimiento de aplicación de la sanción PENAL DE APREMIO o CLÁUSULA PENAL que se encuentran establecidas en la minuta del contrato. El interventor deberá incluir en la Certificación de aprobación de pago el valor que se descuenta. . |
Supervisión UG FFIE: Una vez radicados los documentos para pago por parte del Interventor, deberá revisar y verificarlos para suscribir la Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG PA-FFIE anexo a la orden de giro. En caso de identificar alguna inconsistencia, informar al Interventor y hacer seguimiento al cumplimiento de las actividades del contratista interventor para las correcciones a que haya lugar. UG FFIE: Una vez recibidos los documentos radicados por el Contratista Interventor, junto con el Certificado de aprobación de pago, continuará con el trámite del pago y firmas autorizadas del Formato de Orden de Giro y su anexo. En caso de que la UG FFIE no considere viable continuar con el trámite, deberá proceder a devolver la factura mediante comunicación escrita, en la cual consigna los motivos por los cuales no se puede tramitar. | |
Registros: Formato orden de giro (tramitado por la UG FFIE) Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro Documentos requisitos para el pago del porcentaje restante de la Fase 1 Contrato de Obra (10% de la F1) (Registros 1 al 10) | |
Tiempo o frecuencia: | Cuando se cuente con la totalidad de los estudios técnicos y diseños correspondientes a la infraestructura educativa recibidos a satisfacción por la Interventoría junto con la construcción y de los demás permisos requeridos. |
SUBCOMPONENTE 7.4 Pago de Costos Contrato de Interventoría para Fase 2
Actividad G9: Pagos mensuales del Contrato de Interventoría para la Fase 2 |
Roles y responsabilidades |
Interventor: una vez aprobado por la Supervisión UG FFIE su informe mensual, el Interventor deberá radicar en la UG FFIE, la documentación necesaria para aprobación y trámite del pago. De acuerdo con lo establecido en los TCC y en el Contrato de Interventoría, para la Fase 2 relacionada con la construcción de la obra, el Interventor radicará el cobro mensual vencido por un monto igual al valor del CUARENTA POR CIENTO (40%) del valor total de Interventoría para la Fase 2, dividido por el número de meses del plazo de la Fase 2 de Obra. Es decir, la suma del valor de las facturas mensuales para el Contrato de Interventoría, no puede superar el CUARENTA POR CIENTO (40%) del valor total del contrato para la Fase 2. En caso de presentarse suspensión del contrato, también se suspenderá el pago correspondiente al período de la suspensión. Los documentos que se deberán presentar son los siguientes: 1. Factura (Prefactura si tiene facturación electrónica) por costo mensual de la Fase 2 del Contrato de Interventoría, cuyo deudor es el Patrimonio Autónomo del Fondo de Infraestructura Educativa FFIE, NIT 830.053.812-2. Indicar el lugar en el que se presta el servicio. Para la instrucción de pago se sugiere la siguiente nota: “Favor realizar transferencia electrónica (consignación) a la cuenta (mencionar el tipo: ahorro o corriente) No. XXXXX en el (nombre de banco), a nombre de (XXXXXXXXX) con NIT (XXXXXXXX). 2. Certificación de supervisión de autorización de pago de interventoría suscrita por el contratista y el supervisor. |
3. Acta parcial de interventoría firmada por el contratista y el supervisor , de forma impresa y con una copia magnética en formato Excel editable. 4. Copia del Acta de Inicio de la Fase 2 del Contrato de Interventoría (Requerido para el primer pago) 5. Certificación revisor fiscal con copia de la tarjeta profesional y/o representante legal en la cual certifique que están al día en el pago de nómina, seguridad social y parafiscales del consorcio y los consorciados (debe corresponder al periodo en el que se emite la factura y de acuerdo a las fechas de pago de aportes a seguridad social) 6. Certificación bancaria original no mayor a treinta (30) días, la cual debe contener los siguientes datos: Número de cuenta, clase de cuenta, NIT, nombre del titular y banco al cual se le debe realizar el pago (para el primer pago y/o cada vez que se cambie). 7. RUT del Contratista. En el caso de un Consorcio o Unión Temporal, se deberá aportar el RUT de la forma plural de asociación y de cada uno de los integrantes (para el primer pago y/o cada vez que se actualice). 8. Si es persona natural, Formato de retención en la fuente (requerido para el primer pago) Supervisión UG FFIE: Deberá revisar, verificar, aprobar o reprobar (según el caso), el trámite del pago. Una vez aprobados los documentos deberá suscribir la Certificación de Supervisión de autorización de Pago de interventoría y suscribir la Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG PA-FFIE anexo a la orden de giro. Controlar y verificar en caso de presentarse suspensión del contrato, que también se suspenda el pago correspondiente al período de la suspensión. En caso de que el Supervisor no considere viable continuar con el trámite, deberá proceder a devolver la factura mediante comunicación escrita, en la cual consigna los motivos por los cuales no se puede tramitar. UG FFIE: Una vez recibidos los documentos radicados por el Contratista Interventor, junto con el Certificado de aprobación de pago, continuará con el trámite del pago y firmas autorizadas del Formato de Orden de Giro y su anexo. En caso de que la UG FFIE no considere viable continuar con el trámite, deberá proceder a devolver la factura mediante comunicación escrita, en la cual consigna los motivos por los cuales no se puede tramitar. | |
Registros: Formato de orden de giro (tramitado por la UG FFIE) Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro Documentos requisitos para los Pagos mensuales del Contrato de Interventoría para la Fase 2 (Registros 1 al 8) | |
Tiempo o frecuencia: | Mes vencido a partir de la suscripción del Acta de Inicio de la Fase 2 del Contrato de Interventoría y hasta terminar el plazo del contrato. |
Actividad G10: Pagos mensuales del Contrato de Interventoría en caso de requerirse prórroga para la Fase 2 | |
Se prorrogará el contrato de Interventoría únicamente bajo las siguientes circunstancias: • Cuando haya sido necesaria una prórroga al Contrato de Obra. • Cuando el Contrato de Obra haya sido objeto de una modificación contractual, que implique adición de recursos |
Nota: Para efectos de proceder con los respectivos pagos, las novedades contracuales se deberán encontrar debidamente suscritas. Roles y responsabilidades |
Interventor: una vez aprobado por la UG FFIE su informe mensual, y el presupuesto del personal requerido para efectuar las labores de Interventoría en el plazo de la prórroga, deberá radicar en la UG FFIE, la documentación necesaria para aprobación y trámite del pago. En caso de presentarse suspensión del contrato en el plazo de la prórroga, también se suspenderá el pago correspondiente al período de la suspensión. Los documentos que se deberá presentar son los siguientes: 1. Factura (Prefactura si tiene facturación electrónica) por costo mensual en prórroga de la Fase 2 del Contrato de Interventoría, cuyo deudor es el Patrimonio Autónomo del Fondo de Infraestructura Educativa FFIE, NIT 830.053.812-2. Indicar el lugar en el que se presta el servicio. Para la instrucción de pago se sugiere la siguiente nota: “Favor realizar transferencia electrónica (consignación) a la cuenta (mencionar el tipo: ahorro o corriente) No. XXXXX en el (nombre de banco), a nombre de (XXXXXXXXX) con NIT (XXXXXXXX). 2. Documento con propuesta económica, en el cual se certifique el personal requerido, y el valor adicionado por el tiempo prorrogado. 3. Copia de la prórroga suscrita por las partes 4. Certificación de supervisión de autorización de pago de interventoría suscrita por el contratista y el supervisor. 5. Acta parcial de interventoría firmada por el contratista y el supervisor las partes, de forma impresa y con una copia magnética en formato Excel editable. 6. Certificación revisor fiscal con copia de la tarjeta profesional y/o representante legal en la cual certifique que están al día en el pago de nómina, seguridad social y parafiscales del consorcio y los consorciados (debe corresponder al periodo en el que se emite la factura y de acuerdo a las fechas de pago de aportes a seguridad social) 7. Certificación bancaria original no mayor a treinta (30) días, la cual debe contener los siguientes datos: Número de cuenta, clase de cuenta, NIT, nombre del titular y banco al cual se le debe realizar el pago (para el primer pago y/o cada vez que se cambie). 8. RUT del Contratista. En el caso de un Consorcio o Unión Temporal, se deberá aportar el RUT de la forma plural de asociación y de cada uno de los integrantes (para el primer pago y/o cada vez que se actualice). 9. Si es persona natural, Formato de retención en la fuente (requerido para el primer pago) Supervisión UG FFIE: Deberá revisar, verificar, aprobar o reprobar (según el caso), el trámite del pago. Una vez aprobados los documentos deberá suscribir la Certificación de supervisión de autorización de pago de interventoría y y suscribir la Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro. Deberá Controlar y verificar en caso de presentarse suspensión del contrato, que también se suspenda el pago correspondiente al período de la suspensión. En caso de que el Supervisor no considere viable continuar con el trámite, deberá proceder a devolver la factura mediante comunicación escrita, en la cual consigna los motivos por los cuales no se puede tramitar. UG FFIE: Una vez recibidos los documentos radicados por el Contratista Interventor, junto con el Certificado de aprobación de pago, continuará con el trámite del pago y firmas autorizadas del Formato de Orden de Giro y su anexo. |
Registros: Formato de orden de giro (tramitado por la UG FFIE) Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro Documentos requisitos para los Pagos mensuales del Contrato de Interventoría en caso de requerirse prórroga para la Fase 2 (Registros 1 al 9) | |
Tiempo o frecuencia: | Mes vencido a partir de la suscripción del otrosí de prórroga de la Fase 2 del Contrato de Interventoría y hasta terminar el nuevo plazo del contrato. |
Actividad G11: Pagos Variables por Avance de Obra del Contrato de Interventoría para la Fase 2 (Hasta el 90%) |
Roles y responsabilidades |
Interventor: una vez aprobado por la UG FFIE su informe mensual, el Interventor deberá radicar en La UG FFIE, la documentación necesaria para aprobación y trámite del pago. De acuerdo con lo establecido en los TCC y en el Contrato de Interventoría, para la Fase 2 la cual está relacionada con la construcción de la obra, el Interventor radicará un cobro mensual por el diferencial en el porcentaje de avance de las obras, registrado en el acta xx xxxxx de obra tramitada ante la UG-FIEE y los informes de obra aprobados por la Interventoría hasta completar el 100% de ejecución de obra. Estos pagos variables, no pueden superar el NOVENTA POR CIENTO (90%) del valor total del contrato de la Fase 2. Los documentos que se deberán presentar son los siguientes: 1. Factura (Prefactura si tiene facturación electrónica) por costo mensual variable de la Fase 2 del Contrato de Interventoría, cuyo deudor es el Patrimonio Autónomo del Fondo de Infraestructura Educativa FFIE, NIT 830.053.812-2. Indicar el lugar en el que se presta el servicio. Para la instrucción de pago se sugiere la siguiente nota: “Favor realizar transferencia electrónica (consignación) a la cuenta (mencionar el tipo: ahorro o corriente) No. XXXXX en el (nombre de banco), a nombre de (XXXXXXXXX) con NIT (XXXXXXXX). 2. Certificación de supervisión de autorización de pago de interventoría suscrita por el contratista y el supervisor |
3. Acta parcial de interventoría firmada por el contratista y el supervisor, de forma impresa y con una copia magnética en formato Excel editable. 4. Copia del Acta Parcial xx Xxxxx de Obra para el periodo correspondiente al cobro de la factura. 5. Certificación revisor fiscal con copia de la tarjeta profesional y/o representante legal en la cual certifique que están al día en el pago de nómina, seguridad social y parafiscales del consorcio y los consorciados (debe corresponder al periodo en el que se emite la factura y de acuerdo a las fechas de pago de aportes a seguridad social) 6. Certificación bancaria original no mayor a treinta (30) días, la cual debe contener los siguientes datos: Número de cuenta, clase de cuenta, NIT, nombre del titular y banco al cual se le debe realizar el pago (para el primer pago y/o cada vez que se cambie). 7. RUT del Contratista. En el caso de un Consorcio o Unión Temporal, se deberá aportar el RUT de la forma plural de asociación y de cada uno de los integrantes (para el primer pago y/o cada vez que se actualice). 8. Si es persona natural, Formato de retención en la fuente (requerido para el primer pago) Supervisión UG FFIE: Deberá revisar, verificar, aprobar o reprobar y suscribir (según el caso), el acta de recibo parcial de la interventoría, verificar y certificar que el personal de interventoría y el Supervisor Técnico |
Independiente, cumplen con lo solicitado en los TCC y sus anexos, que los documentos solicitados para el cobro de la interventoría cumplen con lo solicitado y suscribir la Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro. En caso de que la Supervisión no considere viable continuar con el trámite, deberá proceder a devolver la factura mediante comunicación escrita, en la cual consigna los motivos por los cuales no se puede tramitar. UG FFIE: Una vez recibidos los documentos radicados por el Contratista Interventor, junto con el Certificado de aprobación de pago, continuará con el trámite del pago y firmas autorizadas del Formato de Orden de Giro y su anexo. | |
Registros: Formato de orden de giro (tramitado por la UG FFIE) Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro Documentos requisitos para los Pagos Variables por Avance de Obra del Contrato de Interventoría para la Fase 2 (Hasta el 90%) (Registros 1 al 8) | |
Tiempo o frecuencia: | mes vencido a partir de la suscripción del Acta de Inicio de la Fase 2 del Contrato de Interventoría, cada vez que se apruebe un Acta Parcial xx Xxxxx de Obra y hasta terminar la construcción de la obra |
Actividad G12: Liquidación del porcentaje restante del valor de la interventoría Fase 2 (10%) | |
Roles y responsabilidades | |
Interventor: una vez sean suscritas y legalizadas las actas de terminación y liquidación tanto del contrato de obra como de interventoría, el Interventor deberá radicar en la UG- FFIE, la documentación necesaria para aprobación y trámite del pago del porcentaje restante del valor de la interventoría. De acuerdo con lo establecido en los TCC y en el Contrato de Interventoría, el Interventor radicará un cobro por un monto igual al DIEZ POR CIENTO (10%) restante del valor de la interventoría. Los documentos que se deberán presentar son los siguientes: 1. Factura (Prefactura si tiene facturación electrónica) por valor del 10% de la Fase 2 del Contrato de Interventoría, cuyo deudor es el Patrimonio Autónomo del Fondo de Infraestructura Educativa FFIE, NIT 830.053.812-2. Indicar el lugar en el que se presta el servicio. Para la instrucción de pago se sugiere la siguiente nota: “Favor realizar transferencia electrónica (consignación) a la cuenta (mencionar el tipo: ahorro o corriente) No. XXXXX en el (nombre de banco), a nombre de (XXXXXXXXX) con NIT (XXXXXXXX). 2. Certificación de supervisión de autorización de pago de interventoría suscrita por el contratista y el supervisor. 3. Acta final de interventoría firmada por el contratista y el supervisor las partes, de forma impresa y con una copia magnética en formato Excel editable. 4. Copia del Acta de cierre y recibo a satisfacción contrato de obra fase 2 donde consta el recibo a satisfacción del 100% de las actividades de la Fase 2, suscrita por las partes. 5. Copia del Acta de Cierre Fase 2 (Liquidación) del contrato de obra suscrita por las partes. 6. Copia del Informe Final del Contrato de Interventoría (medio magnético) 7. Acta de Cierre de Fase 2 (Liquidacion) del contrato de interventoría suscrita por las partes 8. Certificación revisor fiscal con copia tarjeta profesional y/o representante legal en la cual certifique que están al día en el pago de nómina, seguridad social y parafiscales del consorcio y los consorciados (debe corresponder al periodo en el que se emite la factura y de acuerdo a las fechas de pago de aportes a |
seguridad social) 9. Certificación bancaria original no mayor a treinta (30) días, la cual debe contener los siguientes datos: Número de cuenta, clase de cuenta, NIT, nombre del titular y banco al cual se le debe realizar el pago (para el primer pago y/o cada vez que se cambie). 10. RUT del Contratista. En el caso de un Consorcio o Unión Temporal, se deberá aportar el RUT de la forma plural de asociación y de cada uno de los integrantes (para el primer pago y/o cada vez que se actualice). Supervisión UG FFIE: Deberá revisar, verificar, aprobar o reprobar (según el caso), el trámite del pago, previa verificación del cumplimiento de las siguientes actividades. | |
• Recibo a satisfacción de las obras objeto del contrato de construcción, previamente aprobadas por la Interventoría y recibidas a satisfacción por el supervisor de la UG-FFIE. • Informe final de la Interventoría. • Entrega del archivo organizado de la Interventoría, tal como se describe en las obligaciones respecto del Contrato de Interventoría. • El recibo a satisfacción, por parte del supervisor de la UG-FFIE, de los trabajos objeto de Interventoría, incluida la radicación y legalización de la liquidación del contrato de obra. • Suscripción del acta de liquidación del Contrato de Interventoría. Una vez aprobados los documentos deberá suscribir la Certificación de supervisión de autorización de pago de interventoría y y suscribir la Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro. UG FFIE: Una vez recibidos los documentos radicados por el Contratista Interventor, junto con el Certificado de aprobación de pago, continuará con el trámite del pago y firmas autorizadas del Formato de Orden de Giro y su anexo. En caso de que la UG FFIE no considere viable continuar con el trámite, deberá proceder a devolver la factura mediante comunicación escrita, en la cual consigna los motivos por los cuales no se puede tramitar. | |
Registros: Formato de orden de giro (tramitado por la UG FFIE) Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro Documentos requisitos para el pago de la Liquidación del porcentaje restante del valor de la interventoría Fase 2 (10%) (Registros 1 al 10) | |
Tiempo o frecuencia: | A la firma de las actas de terminación y liquidación tanto del contrato de obra como de interventoría |
SUBCOMPONENTE 7.5 Pago de Costos Contrato de Obra para Fase 2
Sistema de Pago. La modalidad de pago será por el sistema de precios unitarios fijos, (valor por unidad de recurso, obra, trabajo, servicio o bien, el cual remunera la totalidad de las actividades y/o suministros que sean necesarios para la ejecución de su objeto, de conformidad con lo pactado), en consecuencia, el valor real del contrato será la suma de los resultados que se obtengan al multiplicar las cantidades ejecutadas y/o entregadas a satisfacción por los valores o precios unitarios pactados para el respectivo ítem.
Actividad G13: Pagos mensuales por avance de obra del Contrato de Obra para la Fase 2 (Hasta el 90%) |
Roles y responsabilidades |
Contratista: una vez revisada y aprobada por la Interventoría el Acta Parcial Mensual, de acuerdo con el avance de obra ejecutado, el Contratista de Obra deberá radicar en la Interventoría, la documentación necesaria para aprobación y trámite del pago. De acuerdo con lo establecido en los TCC y en el Contrato de Obra, para la Fase 2 relacionada con la construcción de la obra, el Contratista radicará el cobro mensual por un monto igual al resultado que se obtengan al multiplicar las cantidades ejecutadas y/o entregadas a satisfacción por los valores o precios unitarios pactados para el respectivo ítem, descontando, en todo caso el porcentaje de amortización del anticipo, de acuerdo con lo establecido en las reglas para la amortización del anticipo establecidas en los TCC numeral 10.7 y de acuerdo con el cronograma de amortización del anticipo, sin que la suma de las Actas Parciales mensuales, excedan el NOVENTA POR CIENTO (90%) del valor total del contrato de obra para la Fase 2. Los documentos que deberá presentar la interventoría a la UG FFIE para el trámite de pago del contrato de obra son los siguientes: 1. Certificación de supervisión de autorización de pago de obra suscrita por el contratista y el interventor 2. Factura (Prefactura si tiene facturación electrónica) por costo del Acta Parcial Mensual, cuyo deudor es el Patrimonio Autónomo del Fondo de Infraestructura Educativa FFIE, NIT 830.053.812-2. Indicar el lugar en el que se presta el servicio. Para la instrucción de pago se sugiere la siguiente nota: “Favor realizar transferencia electrónica (consignación) a la cuenta (mencionar el tipo: ahorro o corriente) No. XXXXX en el (nombre de banco), a nombre de (XXXXXXXXX) con NIT (XXXXXXXX), reflejando el valor amortizado de acuerdo al cronograma de amortización del anticipo. 3. Acta parcial de obra firmada por el contratista y el interventor, de forma impresa y con una copia magnética en formato Excel editable. 4. Balance de mayores y menores cantidades de obra, firmada por las partes, de forma impresa y con una copia magnética en formato Excel editable. 5. Formato “Informe de Inversión y Buen Manejo del Anticipo “diligenciado, relación de gastos y soportes de inversión del anticipo, suscrito por el interventor, junto con copia de la consignación mensual de los rendimientos que genere el anticipo de acuerdo a lo establecido en los TCC numeral 10.7 con el mismo corte del informe mensual de obra, 6. Certificación revisor fiscal con copia de la tarjeta profesional y/o representante legal en la cual certifique que están al día en el pago de nómina, seguridad social y parafiscales del consorcio y los consorciados (debe corresponder al periodo en el que se emite la factura y de acuerdo a las fechas de pago de aportes a seguridad social) 7. Certificación bancaria original no mayor a treinta (30) días, la cual debe contener los siguientes datos: Número de cuenta, clase de cuenta, NIT, nombre del titular y banco al cual se le debe realizar el pago (para el primer pago y/o cada vez que se cambie). 8. RUT del Contratista. En el caso de un Consorcio o Unión Temporal, se deberá aportar el RUT de la forma plural de asociación y de cada uno de los integrantes (para el primer pago y/o cada vez que se actualice). 9. Si es persona natural, Formato de retención en la fuente (requerido para el primer pago) |
Interventor: Verificar que las obras ejecutadas objeto del pago parcial cumplan en su totalidad con las especificaciones técnicas establecidas y validar que las cantidades de obra registradas en las actas parciales correspondan con las cantidades reales ejecutadas. En caso de ser favorable la revisión, suscribir en conjunto con el Contratista de Obra, la respectiva Acta Parcial mensual de avance de obra, la cual debe estar anexa a la factura de cobro presentada por el Contratista de Obra. Así mismo, deberá certificar la correcta utilización del anticipo y verificar que a los valores de cobro registrados en la Factura se le haya descontado la suma equivalente al monto por amortización del anticipo, según corresponda de acuerdo con lo establecido en el Contrato, TCC y Anexos y validar que sea efectuada la respectiva consignación mensual de los rendimientos financieros. Durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de los documentos por parte del Contratista de Obra, el Interventor deberá revisar, verificar, aprobar o reprobar (según el caso), el trámite del pago. Una vez aprobados los documentos deberá diligenciar y firmar la Certificación de supervisión de autorización de pago de obra y de manejo del anticipo y radicarlos a la Unidad de Gestión del P FFIE. En caso de que el Interventor no considere viable continuar con el trámite, deberá proceder a devolver la factura mediante comunicación escrita, en la cual consigna los motivos por los cuales no se puede tramitar. El interventor deberá presentar mensualmente un informe en donde relacione los Ítems ejecutados con recursos del anticipo y la calidad de los mismos, este informe conformará el acervo para la potencial aplicación de la garantía de buen manejo de anticipo por el contratista de obra, dicho informe deberá ser revisado por y avalado por la Supervisión UG-FFIE Supervisión UG FFIE: Una vez el contratista de obra radica solicitud de pago al contratista interventor, deberá realizar el seguimiento al cumplimiento de las actividades del contratista interventor y suscribir la Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro. UG FFIE: Una vez recibidos los documentos radicados por el Contratista Interventor, junto con el Certificado de aprobación de pago, continuará con el trámite del pago y firmas autorizadas del Formato de Orden de Giro y su anexo. En caso de que la UG FFIE no considere viable continuar con el trámite, deberá proceder a devolver la factura mediante comunicación escrita, en la cual consigna los motivos por los cuales no se puede tramitar. | |
Registros: Formato de orden de giro (tramitado por el PA FFIE) Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro Documentos requisitos para Pagos mensuales por avance de obra del Contrato de Obra para la Fase 2 (Hasta el 90%) – Registros 1 al 9 | |
Tiempo o frecuencia: | mes vencido a partir de la suscripción del Acta de Inicio de la Fase 2 y hasta terminar el plazo del contrato |
Actividad G14: Liquidación del porcentaje restante del valor total del contrato de obra Fase 2 (10% final) |
Roles y responsabilidades |
Contratista: Dentro de los 30 días hábiles siguientes a la firma y aprobación del Acta de Liquidación del Contrato de Obra, se pagará de forma proporcional al porcentaje de obra final ejecutado el porcentaje restante del valor total del contrato de obra.
El contratista deberá radicar a la Interventoría la documentación necesaria para aprobación y trámite del pago. El contratista deberá informar a la Supervisión UG-FFIE sobre el trámite adelantado ante la Interventoría para su respectivo seguimiento. Los documentos que deberá presentar la interventoría a la UG FFIE para el trámite de pago del contrato de obra son los siguientes:
1. Certificación de supervisión de autorización de pago de obra suscrita por el contratista y el interventor
2. Factura (Prefactura si tiene facturación electrónica) por costo del Acta de Liquidación del Contrato de Obra (10%), cuyo deudor es el Patrimonio Autónomo del Fondo de Infraestructura Educativa FFIE, NIT 830.053.812-2. Indicar el lugar en el que se presta el servicio. Para la instrucción de pago se sugiere la siguiente nota: “Favor realizar transferencia electrónica (consignación) a la cuenta (mencionar el tipo: ahorro o corriente) No. XXXXX en el (nombre de banco), a nombre de (XXXXXXXXX) con NIT (XXXXXXXX)
3. Acta final de obra firmada por el contratista y el interventor, de forma impresa y con una copia magnética en formato Excel editable.
4. Balance de mayores y menores cantidades de obra, firmada por las partes, de forma impresa y con una copia magnética en formato Excel editable.
5. Copia del Acta de Terminación del Contrato.
6. Copia del Acta de Cierre Fase 2 (Liquidación) del Contrato de Obra
7. Copia de la aprobación garantía de estabilidad de Obra cuyo asegurado será ALIANZA FIDUCIARIA S.A. representante del CONSORCIO FFIE ALIANZA BBVA actuando como vocera del Patrimonio Autónomo del Fondo de Infraestructura Educativa -FFIE - NIT No. 830.053.812-2 actualizada con la fecha de terminación de la fase.
8. Certificación revisor fiscal con copia de la tarjeta profesional y/o representante legal en la cual certifique que están al día en el pago de nómina, seguridad social y parafiscales del consorcio y los consorciados (debe corresponder al periodo en el que se emite la factura y de acuerdo a las fechas de pago de aportes a seguridad social)
9. Certificación bancaria original no mayor a treinta (30) días, la cual debe contener los siguientes datos: Número de cuenta, clase de cuenta, NIT, nombre del titular y banco al cual se le debe realizar el pago (para el primer pago y/o cada vez que se cambie).
10. RUT del Contratista. En el caso de un Consorcio o Unión Temporal, se deberá aportar el RUT de la forma plural de asociación y de cada uno de los integrantes (para el primer pago y/o cada vez que se actualice).
11. Si es persona natural, Formato de retención en la fuente (requerido para el primer pago).
Interventor:
Durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de los documentos por parte del Contratista de Obra, el Interventor deberá revisar, verificar, aprobar o reprobar (según el caso), el trámite del pago. Una vez aprobados los documentos deberá diligenciar y firmar la Certificación de supervisión de autorización de pago de obra y radicarlos a la Unidad de Gestión del FFIE.
En caso de que el Interventor no considere viable continuar con el trámite, deberá proceder a devolver la factura mediante comunicación escrita, en la cual consigna los motivos por los cuales no se puede tramitar.
Una vez radicados los documentos de pago por parte del Interventor deberá revisar y verificar los documentos para iniciar el proceso de pago y tramitar la firma autorizada para el Formato de Orden de Giro y su anexo.
SUPERVISIÓN UG FFIE: Suscribir la Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro. UG FFIE: Una vez recibidos los documentos radicados por el Contratista Interventor, junto con el Certificado de aprobación de pago, continuará con el trámite del pago y firmas autorizadas del Formato de Orden de Giro y su anexo. | |
Registros: Formato de orden de giro (tramitado por la UG FFIE) Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro Documentos requisitos para el pago de la Liquidación del porcentaje restante del valor total del contrato de obra Fase 2 (10% final) (Registros 1 al 11) | |
Tiempo o frecuencia: | Dentro de los 30 días hábiles siguientes a la firma y aprobación del Acta de Liquidación del Contrato de Obra. |
SUBCOMPONENTE 7.6 - Pago Visitas
Actividad G15: Pago por visita de análisis de lugar de un Contrato de Obra
En caso de que el Proyecto NO pueda ejecutarse como consecuencia del análisis del Lugar por causas diferentes a las analizadas en la viabilidad técnica de la postulación, el PA FFIE cancelará al Contratista de Obra el valor correspondiente a la visita de análisis del lugar. |
Roles y responsabilidades |
Contratista: Una vez es aprobado por la Interventoría el informe de la visita de análisis de lugar, el contratista deberá radicar a la Interventoría la documentación necesaria para aprobación y trámite del pago. El contratista deberá informar al supervisor sobre el trámite adelantado ante la Interventoría para su respectivo seguimiento. Los documentos que deberá presentar la interventoría a la UG FFIE para el trámite de pago de la visita son los siguientes: 1. Certificado de aprobación de pago suscrito por las partes 2. Factura (Prefactura si tiene facturación electrónica) por cada informe de visita de análisis del lugar, cuyo deudor es el Patrimonio Autónomo del Fondo de Infraestructura Educativa FFIE, NIT 830.053.812-2. Indicar el lugar en el que se presta el servicio. Para la instrucción de pago se sugiere la siguiente nota: “Favor realizar transferencia electrónica (consignación) a la cuenta (mencionar el tipo: ahorro o corriente) No. XXXXX en el (nombre de banco), a nombre de (XXXXXXXXX) con NIT (XXXXXXXX). |
3. Copia del informe de visita aprobado por el Interventor. 4. Acta de recibo parcial firmada por las partes. 5. Certificación revisor fiscal con copia de la tarjeta profesional y/o representante legal en la cual certifique que están al día en el pago de nómina, seguridad social y parafiscales del consorcio y los consorciados (debe corresponder al periodo en el que se emite la factura y de acuerdo a las fechas de pago de aportes a seguridad social) 6. Certificación bancaria original no mayor a treinta (30) días, la cual debe contener los siguientes datos: Número de cuenta, clase de cuenta, NIT, nombre del titular y banco al cual se le debe realizar el pago (para el primer pago y/o cada vez que se cambie). 7. RUT del Contratista. En el caso de un Consorcio o Unión Temporal, se deberá aportar el RUT de la forma plural de asociación y de cada uno de los integrantes (para el primer pago y/o cada vez que se actualice). |
8. Formato de retención en la fuente (si es persona natural) (Requerido para el primer pago). Interventor: Durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de los documentos por parte del Contratista de Obra, el Interventor deberá revisar, verificar, aprobar o reprobar (según el caso), el trámite del pago. Una vez aprobados los documentos deberá diligenciar y firmar el Certificado de aprobación de pago y radicarlos a la Unidad de Gestión del FFIE. En caso de que el Interventor no considere viable continuar con el trámite, deberá proceder a devolver la factura mediante comunicación escrita, en la cual consigna los motivos por los cuales no se puede tramitar. Supervisión UG FFIE: una vez el contratista de obra radica solicitud de pago a la Interventoría, deberá realizar el seguimiento, verificar los documentos para iniciar el proceso de pago y suscribir la Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG-FFIE anexo a la orden de giro. UG FFIE: Una vez recibidos los documentos radicados por el Contratista Interventor, junto con el Certificado de aprobación de pago, continuará con el trámite del pago y firmas autorizadas del Formato de Orden de Giro y su anexo. |
Registros: Formato orden de giro (tramitado por la UG FFIE). Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro Documentos requisitos para el Pago por visita de análisis de lugar de un Contrato de Obra (Registros 1 al 8) |
Tiempo o frecuencia: Cuando un proyecto no sea viable, o se presente la necesidad. |
Actividad G16: Pago por visita de análisis de lugar de un Contrato de Interventoría
En caso de que el Proyecto NO pueda ejecutarse como consecuencia del análisis del Lugar por causas diferentes a las analizadas en la viabilidad técnica de la postulación, el PA FFIE cancelará al Contratista de Interventoría el valor correspondiente a la visita de análisis del lugar.
Roles y responsabilidades |
Interventor: Una vez realizada la visita de análisis de lugar, el Interventor deberá realizar la gestión ante el Supervisor para recibir la aprobación de los documentos requeridos para el pago y posteriormente radicar en el FFIE. Los documentos que se deberán presentar son los siguientes: 1. Certificación de aprobación de pago suscrita por las partes. 2. Factura (Prefactura si tiene facturación electrónica) por cada informe de visita de análisis de lugar, cuyo deudor es el Patrimonio Autónomo del Fondo de Infraestructura Educativa FFIE, NIT 830.053.812-2. Indicar el lugar en el que se presta el servicio. Para la instrucción de pago se sugiere la siguiente nota: “Favor realizar transferencia electrónica (consignación) a la cuenta (mencionar el tipo: ahorro o corriente) No. XXXXX en el (nombre de banco), a nombre de (XXXXXXXXX) con NIT (XXXXXXXX). 3. Copia del informe de visita aprobado por el Gestor Territorial y el Supervisor. 4. Acta de recibo parcial firmada por las partes. 5. Certificación revisor fiscal con copia de la tarjeta profesional y/o representante legal en la cual certifique que están al día en el pago de nómina, seguridad social y parafiscales del consorcio y los consorciados (debe |
corresponder al periodo en el que se emite la factura y de acuerdo a las fechas de pago de aportes a seguridad social)
6. Certificación bancaria original no mayor a treinta (30) días, la cual debe contener los siguientes datos: Número de cuenta, clase de cuenta, NIT, nombre del titular y banco al cual se le debe realizar el pago (para el primer pago y/o cada vez que se cambie).
7. RUT del Contratista. En el caso de un Consorcio o Unión Temporal, se deberá aportar el RUT de la forma plural de asociación y de cada uno de los integrantes (para el primer pago y/o cada vez que se actualice).
8. Formato de retención en la fuente (si es persona natural) (Requerido para el primer pago).
SUPERVISIÓN UG FFIE: Durante los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de los documentos por parte del Contratista Interventor, deberá revisar, verificar, aprobar o reprobar (según el caso), los documentos para el trámite del pago. Una vez aprobados los documentos deberá suscribir la Certificación de Autorización de Pago
– Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG PA-FFIE anexo a la orden de giro.
En caso de que no considere viable continuar con el trámite deberá proceder a devolver la factura mediante comunicación escrita en la cual consigna los motivos por los cuales no se puede tramitar.
UG FFIE: Una vez recibidos los documentos radicados por el Contratista Interventor, junto con el Certificado de aprobación de pago, continuará con el trámite del pago y firmas autorizadas del Formato de Orden de Giro y su anexo.
Registros:
Formato orden de giro (tramitado por la UG FFIE).
Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro
Documentos requisitos para el Pago por visita de análisis de lugar de un Contrato de Interventoría (Registros 1 al 8)
Tiempo o frecuencia: Cuando un proyecto no sea viable, o se presente la necesidad.
Actividad G17: Pago de Expensas
El pago de expensas es responsabilidad de la ET en la cual se ejecuta el proyecto y se definirá de acuerdo al mismo. El Contratista de obra debe coordinar la radicación o solicitud que se efectúe a través de factura, cuenta de cobro o documento equivalente según sea el caso y debe notificarle a la UG-FFIE los valores previstos de pago para que este requiera a la ET el pago.
Si la licencia por alguna causa no imputable a la ET o al contratista de obra se vence, las expensas correspondientes a la renovación de la licencia serán asumidas por el FFIE. En casos imputables al contratista de obra serán asumidos por éste.
Roles y responsabilidades
Coordinador Regional: Deberá tramitar los siguientes documentos:
1. Obtener Autorización expresa de la ET sobre el pago de las expensas, en el caso que aplique.
2. Tramitar la disponibilidad presupuestal
3. Suscribir la Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro.
Registros:
Formato orden de giro (tramitado por la UG FFIE).
Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro Autorización expresa de la ET sobre el pago de las expensas en el caso que aplique.
Documento de Disponibilidad Presupuestal
Factura, cuenta de cobro o documento equivalente según sea el caso
Certificación de Autorización de Pago – Firmas Autorizadas Dirección Técnica UG -FFIE anexo a la orden de giro.
ETAPA DE RECIBO Y LIQUIDACIÓN
I. COMPONENTE 8 – Cierre y Liquidación
Nota: Los documentos relacionados en este capítulo deberán ser suscritos con oportunidad, máximo en un día hábil para cada una de las partes.
SUBCOMPONENTE 8.1: – Cierre del Contrato de Obra
Actividad I1. Acta de Cierre y Recibo a Satisfacción Fase 1—Estudios y Diseños | |
Roles y responsabilidades: | Contratista Obra: Suscribir el acta de cierre y recibo a satisfacción de la fase 1 del contrato de obra, conjuntamente con el Interventor y el Revisor Independiente de Diseños, en los casos que aplique y una vez se reciban a satisfacción la totalidad de los productos correspondientes a la Fase 1. Interventor: Xxxxxxxx, suscribir y enviar a la Supervisión el acta de cierre y recibo a satisfacción de la fase 1 del contrato de obra (estudios y diseños). En el acta se deben relacionar las actividades que se hayan ejecutado al 100% y recibidas a satisfacción por parte del interventor. Revisor Independiente de Diseños: Suscribir el acta de cierre y recibo a satisfacción de la fase 1 del contrato de obra en los casos que aplique y una vez se reciban a satisfacción la totalidad de los productos correspondientes de esta fase y expedir la Certificación de cumplimiento de la normativa de sismo resistencia de acuerdo con el numeral A.6.2.6 del decreto 945 de 2017. Supervisión UG - FFIE: Recibir por parte de la Interventoría el acta de cierre y recibo a satisfacción de la fase 1 del contrato de obra y remitirla al Patrimonio Autónomo para conservarlas en el archivo oficial del Contrato de Obra PA FFIE: Recibir por parte de la Supervisión UG-FFIE el acta de cierre y recibo a satisfacción de la fase 1 del contrato de obra y enviar el documento al respectivo expediente contractual. |
Registro: | Acta de Cierre y Recibo a Satisfacción Fase 1—Estudios y Diseños Contrato de Obra |
Tiempo o frecuencia: | Al recibo a satisfacción de la totalidad de los productos correspondientes a la Fase 1 |
Actividad I2. Suscribir el Acta de Terminación del Contrato de Obra | |
Roles y responsabilidades: | Contratista Obra: suscribir junto con el Interventor el día en que vence el plazo contractual de la Fase 2, mediante la cual se certifica que el contrato fue ejecutado al 100% Interventor: Elaborar, suscribir y enviar a la Supervisión el acta de terminación del contrato suscrita. En el Acta de Terminación se certifica que el contrato fue ejecutado al 100%. Supervisión UG-FFIE: Recibir por parte de la Interventoría el acta de terminación suscrita y remitirla al Patrimonio Autónomo para el archivo oficial del Contrato de Obra. |
Registro: | Acta de Terminación del Contrato de Obra |
Tiempo o frecuencia: | el día en que vence el plazo contractual de la Fase 2. |
Actividad I4. Acta de Cierre y Recibo a Satisfacción Fase 2 | |
Roles y responsabilidades: | ETC: Efectuar el recorrido para recibir la infraestructura educativa construida, suscribir el acta de inventario por espacios y el acta de entrega y recibo de la infraestructura educativa. Contratista Obra: participar en el recorrido, suscribir el acta de inventario por espacios y el acta de entrega y recibo de la infraestructura educativa. Interventor: una vez concluida la construcción de la infraestructura educativa, informar a la Supervisión UG-FFIE para programar el recorrido de entrega a la ETC participar en el recorrido y suscribir el acta de inventario por espacios y el acta de entrega y recibo de la infraestructura educativa. Supervisión UG FFIE: convocar y garantizar la participación del delegado de la ETC al recorrido de la obra para recibir la infraestructura educativa, participar en el recorrido, suscribir el acta de inventario por espacios y el acta de entrega y recibo de la infraestructura educativa. Una vez suscrita el acta, remitirla al Patrimonio Autónomo conservarlas en el archivo oficial del Contrato de Obra |
Registro: | Acta de Cierre y recibo a satisfacción Fase 2 |
Tiempo o frecuencia: | El día en que se hace entrega de la Infraestructura Educativa a la ETC |
SUBCOMPONENTE 8.2: – Liquidación del Contrato de Obra
Actividad I5. Acta de Cierre Fase 2 (Liquidación) del Contrato de Obra
Roles y responsabilidades: | Contratista Obra: suscribir con el interventor una vez haya cumplido con todos los entregables requeridos en el contrato de obra, los TCC y sus anexos. Interventor: una vez el Contratista de obra cumpla con todos los entregables requeridos en los TCC y el anexo técnico, el interventor debe elaborar, suscribir y enviar a la Supervisión UG-FFIE el Acta de Cierre Fase 2 (Liquidación) suscrita. Supervisión UG FFIE: recibir por parte de la Interventoría el acta de cierre Fase 2 (Liquidación) y remitirla al Patrimonio Autónomo para suscripción y conservación en el archivo oficial del Contrato de Obra. PA – FFIE: Suscribir el Acta de Cierre Fase 2 (Liquidación) Contrato de Obra y enviar el documento al respectivo expediente contractual con copia a la UG-FFIE. |
Registro: | Acta de Cierre Fase 2 (Liquidación) Contrato de Obra |
Tiempo o frecuencia: | una vez el Contratista de obra cumpla con todos los entregables requeridos en los TCC y el anexo técnico. |
SUBCOMPONENTE 8.3: – Cierre del Contrato de Interventoría
Actividad I6. Acta de Cierre y Recibo a Satisfacción Fase 1—Estudios y Diseños | |
Roles y responsabilidades: | Interventor: Suscribir el acta de cierre y recibo a satisfacción de la fase 1 del contrato de interventoría, conjuntamente con la Supervisión UG-FFIEy el Revisor Independiente de Diseños, cuando aplique, una vez se reciban a satisfacción la totalidad de los productos correspondientes a la Fase 1. Supervisión UG FFIE: Xxxxxxxx, suscribir y enviar al Interventor el acta de cierre y recibo a satisfacción de la fase 1 del contrato de interventoría. En el acta se deben relacionar las actividades que se hayan ejecutado al 100% y recibidas a satisfacción por parte del supervisor. Enviar al PA FFIE el acta suscrita por el interventor y la Supervisión para que repose en el expediente contractual. Revisor Independiente de Diseños: Suscribir el acta de cierre y recibo a satisfacción de la fase 1 del contrato de interventoría en los casos que aplique. PA FFIE: Recibir por parte de la Supervisión UG-FFIE el acta de cierre y recibo a satisfacción de la fase 1 del contrato de interventoría y enviar el documento al respectivo expediente contractual. |
Registro: | Acta de Cierre y Recibo a Satisfacción Fase 1—Estudios y Diseños Contrato de Interventoría |
Tiempo o frecuencia: | Al recibo a satisfacción de la totalidad de los productos correspondientes a la Fase 1 |
Actividad I7. Suscribir el Acta de Terminación del Contrato de Interventoría | |
Roles y responsabilidades: | Interventor: suscribir junto con la Supervisión UG- el día en que vence el plazo contractual de la Fase 2 del contrato de interventoría y en ella se dejará constancia del porcentaje de ejecución del mismo. Supervisión UG FFIE: Xxxxxxxx, y suscribir el acta de terminación del contrato de Interventoría. En la terminación se deben relacionar las actividades que se hayan ejecutado al 100% y recibidas a satisfacción por parte de la Supervisión UG-FFIE; así como, el porcentaje de ejecución del contrato de interventoría. Enviar al PA FFIE el acta suscrita por el interventor y la Supervisión para que repose en el expediente contractual. |
PA FFIE: Recibir por parte de la Supervisión UG-FFIE el Acta de Terminación del contrato de interventoría para que repose en el expediente contractual. | |
Registro: | Acta de Terminación del Contrato de Interventoría |
Tiempo o frecuencia: | el día en que vence el plazo contractual de la Fase 0.xx la interventoría |
Actividad I8: Suscribir la Constancia de Supervisión Técnica de Interventoría
Roles y responsabilidades
Interventor de obra: Por cada contrato, expedir la constancia de supervisión técnica de Interventoría, en la cual manifieste inequívocamente que la construcción de la estructura y de los elementos no estructurales cubiertos por el Reglamento y/o normatividad que aplique para el proyecto, se realizaron de acuerdo con lo especificado, y que las medidas correctivas tomadas durante la construcción, si las hubiere, llevaron la estructura al nivel de calidad requerido por el Reglamento y/o normatividad de acuerdo al modelo de constancia establecido que debe ser entregado a la Supervisión al finalizar la ejecución del proyecto, el cual se ajusta conforme a las actividades técnicas desarrolladas según la normatividad que se relaciona a continuación:
NORMA TÉCNICA | DESCRIPCIÓN |
NSR - 10 | Título I de la Norma de sismo resistencia 2010 – Título V de la ley 400 de 1997 |
RETIE | Reglamento técnico de instalaciones eléctricas |
RETILAP | Reglamento técnico de instalaciones de iluminación y alumbrado |
RAS 2000 | RAS 2000 Reglamento técnico del sector de agua potable y saneamiento básico |
NTC 1500 | Código colombiano de fontanería |
NTC 2505 | Instalación y suministro de gas |
NTC 5356 | Instalación de calentadores a gas |
NTC 3838 | Gasoductos presiones de operación permisibles para el transporte |
NTC 4595 | Planeamiento y diseño de Instalaciones y ambientes escolares |
NTC 4596 | Señalizaciones para instalaciones y ambientes escolares |
Registros: Modelo constancia de supervisión técnica de Interventoría
Tiempo o frecuencia: a la terminación de la obra.
Actividad I9. Acta de Recibo a Satisfacción Fase 2 del Contrato de Interventoría
Roles y responsabilidades: | Interventor: suscribir con la Supervisión UG-FFIE una vez haya cumplido con todos los entregables requeridos en el contrato de interventoría, los TCC y sus anexos. Supervisión UG FFIE: Xxxxxxxx, suscribir y enviar al Interventor el acta de recibo a satisfacción de la fase 2 del contrato de interventoría. En el acta se deben relacionar el 100% de las actividades recibidas a satisfacción por parte de la Supervisión UG-FFIE. Enviar al PA FFIE el acta suscrita por el interventor y la Supervisión para que repose en el expediente contractual. PA FFIE: Recibir por parte de la Supervisión UG FFIE el acta de cierre y recibo a satisfacción de la fase 2 y enviar el documento al respectivo expediente contractual |
Registro: | Acta de Recibo a Satisfacción Fase 2 Contrato de Interventoría |
Tiempo o frecuencia: | Al recibo a satisfacción de la totalidad de los productos correspondientes a la Fase 2 |
SUBCOMPONENTE 8.4: – Liquidación del Contrato de Interventoría
Actividad I10. Acta de Cierre Fase 2 (Liquidación) del Contrato de Interventoría | |
Roles y responsabilidades: | Interventor: Se suscribirá, una vez el Contratista de obra cumpla con todos los entregables requeridos en el contrato de interventoría, los TCC y los anexos y estos hayan sido aprobados por la Supervisión UG-FFIE Supervisión UG FFIE: una vez el interventor cumpla con todos los entregables requeridos en el contrato, los TCC y el anexo técnico, debe elaborar, suscribir y enviar al Patrimonio Autónomo el Acta de Cierre Fase 2 (Liquidación) Para firma y perfeccionamiento. PA FFIE: Recibir por parte de la supervisión el acta de cierre Fase 2 (Liquidación), suscribirla y enviarla al respectivo expediente contractual con copia a la UG FFIE |
Registro: | Acta de Cierre Fase 2 (Liquidación) Contrato de Interventoría |
Tiempo o frecuencia: | una vez el Interventor cumpla con todos los entregables requeridos en los TCC y el anexo técnico. |