Contract
MINISTERIO DEL INTERIOR “Decenio de las personas con discapacidad en el Perú" “Año de la Integración Nacional y Reconocimiento de Nuestra Diversidad” |
Pág. 43 de 47
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LICITACION PÚBLICA Nº 027-2012-IN-DGA-DL
“CONTRATACION DE BIENES SOLUCION DE VIRTUALIZACION DE SERVIDORES CON TECNOLOGIA BLADE Y ARREGLO DE DISCO EXTERNO”
ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES
Nº |
Postor |
TEMA |
CONSULTA Y/U OBSERVACIÓN |
ABSOLUCIÓN |
01
2
3
4
5
6
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TECNOLOGIA Y GERENCIA DEL PERU SAC
TECNOLOGIA Y GERENCIA DEL PERU SAC
TECNOLOGIA Y GERENCIA DEL PERU SAC
TECNOLOGIA Y GERENCIA DEL PERU SAC
TECNOLOGIA Y GERENCIA DEL PERU SAC
TECNOLOGIA Y GERENCIA DEL PERU SAC
TECNOLOGIA Y GERENCIA DEL PERU SAC
TECNOLOGIA Y GERENCIA DEL PERU SAC
TECNOLOGIA Y GERENCIA DEL PERU SAC
TECNOLOGIA Y GERENCIA DEL PERU SAC
TECNOLOGIA Y GERENCIA DEL PERU SAC
TECNOLOGIA Y GERENCIA DEL PERU SAC
COMMIT S.A.C.
COMMIT S.A.C.
COSAPI DATA S.A.
COSAPI DATA S.A.
COSAPI DATA S.A.
COSAPI DATA S.A. |
CAPITULO III
ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
CAPITULO III
ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
CAPITULO III
ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
CAPITULO III
ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
CAPITULO IV
CRITERIOS DE EVALUACION TECNICA
CAPITULO III
ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
CAPITULO III
ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
CAPITULO III
ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
CAPITULO III
ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
CAPITULO II
DEL PROCESO DE SELECCION
CAPITULO III
ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
CAPITULO III
ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
CAPITULO III
ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
CAPITULO III
ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
CAPITULO III
ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
CAPITULO III
ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
CAPITULO III
ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
CAPITULO III
ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
CAPITULO III
ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS |
OBSERVACION: 01
REFERENCIA(S) DE LAS BASES
Numeral 5.4 Arreglos de Discos Externo Página(s): 26 y 27 Otros:
ANTECEDENTES / SUSTENTO REFERENCIA(S) DE LAS BASES Numeral(es): 5 - CARACTERISTICAS TECNICAS MINIMAS Anexo(s): CAPITULO III – ARREGLOS DE DISCOS EXTERNO Página(s): 26 y 27
ANTECEDENTES.
Base Legal Articulo 4.- Principios que rigen las contrataciones de Ia Ley de Contrataciones del Estado:
Principio de Libre Concurrencia y Competencia: En los procesos de contrataciones se incluirán regulaciones o tratamientos que fomenten Ia más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participaci6n de postores.
Principio de lmparcialidad: Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios y órganos responsables de las contrataciones de Ia Entidad, se adoptaran en estricta aplicación de Ia presente norma y su Reglamento; así como en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento de postores y contratistas.
Principio de Trato Justo e lgualitario: Todo postor de bienes, servicios o de obras debe tener participación y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes, estando prohibida Ia existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas.
Principio de Eficiencia: Las contrataciones que realicen las Entidades deberán efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio, plazo de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economía y eficacia.
Principio de Vigencia Tecnológica: Los bienes, servicios o Ia ejecución de obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnológica necesarias para cumplir con efectividad los fines para que son requeridos, desde el mismo momento en que son contratados, y por un determinado y previsible tiempo de duración, con posibilidad de adecuarse, integrarse y repotenciarse si fuera el caso, con los avances científicos y tecnológicos.
Observación Existen soluciones de almacenamiento en el mercado que ofrecen 72 horas por protección de baterías, de acuerdo al Principio de Libre Concurrencia y Competencia, para asegurar la mayor pluralidad de postores, y al principio de Trato Justo e Igualitario, en base a la respuesta a la Consulta 14 de COSAPI DATA S.A. Por favor confirmar que se aceptaran soluciones que permitan el respaldo de la información de la cache hasta 72 horas
OBSERVACION: 02
REFERENCIA(S) DE LAS BASES
Numeral 5.4 Arreglo de Discos Externo Página(s): 26 y 27 Otros:
ANTECEDENTES / SUSTENTO REFERENCIA(S) DE LAS BASES Numeral(es): 5 - CARACTERISTICAS TECNICAS MINIMAS Anexo(s): CAPITULO III – ARREGLOS DE DISCOS EXTERNO Página(s): 26 y 27
ANTECEDENTES.
Base Legal Articulo 4.- Principios que rigen las contrataciones de Ia Ley de Contrataciones del Estado:
Principio de Libre Concurrencia y Competencia: En los procesos de contrataciones se incluirán regulaciones o tratamientos que fomenten Ia más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participaci6n de postores.
Principio de lmparcialidad: Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios y órganos responsables de las contrataciones de Ia Entidad, se adoptaran en estricta aplicación de Ia presente norma y su Reglamento; así como en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento de postores y contratistas.
Principio de Trato Justo e lgualitario: Todo pastor de bienes, servicios o de obras debe tener participaci6n y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes, estando prohibida Ia existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas.
Principio de Eficiencia: Las contrataciones que realicen las Entidades deberán efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio, plaza de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economía y eficacia.
Principio de Vigencia Tecnológica: Los bienes, servicios o Ia ejecución de obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnológica necesarias para cumplir con efectividad los fines para que son requeridos, desde el mismo momento en que son contratados, y por un determinado y previsible tiempo de duración, con posibilidad de adecuarse, integrarse y repotenciarse si fuera el caso, con los avances científicos y tecnol6gicos.
Observación
Existen soluciones de almacenamiento en el mercado que ofrecen niveles de protección similares a RAID5 (que es un arreglo de paridad simple) y RAID6 (que es un arreglo de paridad doble) pero con un nombre distinto, de acuerdo al Principio de Libre Concurrencia y Competencia, para asegurar la mayor pluralidad de postores, y al principio de Trato Justo e Igualitario, en base a la respuesta a la Consulta 15 de COSAPI DATA S.A. Por favor confirmar que se aceptaran soluciones que soporten arreglos de paridad simple (similares a RAID5) y arreglos de paridad doble (similares a RAID6), siendo no obligatorio el soporte de RAID3. Así mismo confirmar que en Capacidad Total instalada se aceptaran soluciones que ofrezcan 6.0TB de espacio utilizable de manera efectiva en RAID de paridad simple (similar a RAID5). OBSERVACION: 03
REFERENCIA(S) DE LAS BASES
Numeral 5.4 Arreglo de Discos Externo Página(s): 26 y 27 Otros
ANTECEDENTES / SUSTENTO REFERENCIA(S) DE LAS BASES Numeral(es): 5 - CARACTERISTICAS TECNICAS MINIMAS Anexo(s): CAPITULO III – ARREGLOS DE DISCOS EXTERNO Página(s): 26 y 27
ANTECEDENTES.
Base Legal Articulo 4.- Principios que rigen las contrataciones de Ia Ley de Contrataciones del Estado:
Principio de Libre Concurrencia y Competencia: En los procesos de contrataciones se incluirán regulaciones o tratamientos que fomenten Ia más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participación de postores.
Principio de lmparcialidad: Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios y órganos responsables de las contrataciones de Ia Entidad, se adoptaran en estricta aplicación de Ia presente norma y su Reglamento; así como en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento de postores y contratistas.
Principio de Trato Justo e lgualitario: Todo pastor de bienes, servicios o de obras debe tener participaci6n y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes, estando prohibida Ia existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas.
Principio de Eficiencia: Las contrataciones que realicen las Entidades deberán efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio, plaza de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economía y eficacia.
Principio de Vigencia Tecnológica: Los bienes, servicios o Ia ejecución de obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnológica necesarias para cumplir con efectividad los fines para que son requeridos, desde el mismo momento en que son contratados, y por un determinado y previsible tiempo de duración, con posibilidad de adecuarse, integrarse y repotenciarse si fuera el caso, con los avances científicos y tecnológicos.
Observación Los discos de 600GB de 15K RPM de 6Gbps no se encuentran disponibles en todos los fabricantes debido a su alto costo de fabricación y consumo de energía. Siendo preferidas hoy alternativas de discos SAS de 10K RPM de 6Gbps por su menor costo por TB promedio. Los discos SAS de 15K RPM ofrecen alrededor de 180 IOPS y los discos de 10K RPM alrededor de 140 IOPS en la mayoría de los fabricantes. Para ofrecer una propuesta, equivalente en IOPS para la entidad, a la propuesta de 15K RPM con discos de 600GB, es posible ofrecer la misma capacidad colocando más discos de 450GB de 10K RPM de 6Gbps. Para permitir una mayor pluralidad de postores en concordancia con el principio de libre concurrencia y competencia y para ir de acuerdo al principio de eficiencia y de trato justo e igualitario, por favor sírvanse confirmar que se aceptaran también propuestas con discos de 450GB de 10K RPM.
OBSERVACION: 04
REFERENCIA(S) DE LAS BASES
Numeral 5.4 Arreglos de Discos Externo Página(s): 26 y 27 Otros
ANTECEDENTES / SUSTENTO REFERENCIA(S) DE LAS BASES Numeral(es): 5 - CARACTERISTICAS TECNICAS MINIMAS Anexo(s): CAPITULO III – ARREGLOS DE DISCOS EXTERNO Página(s): 26 y 27
ANTECEDENTES.
Base Legal Articulo 4.- Principios que rigen las contrataciones de Ia Ley de Contrataciones del Estado:
Principio de Libre Concurrencia y Competencia: En los procesos de contrataciones se incluirán regulaciones o tratamientos que fomenten Ia más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participaci6n de postores.
Principio de lmparcialidad: Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios y órganos responsables de las contrataciones de Ia Entidad, se adoptaran en estricta aplicación de Ia presente norma y su Reglamento; así como en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento de postores y contratistas.
Principio de Trato Justo e lgualitario: Todo pastor de bienes, servicios o de obras debe tener participaci6n y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes, estando prohibida Ia existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas.
Principio de Eficiencia: Las contrataciones que realicen las Entidades deberán efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio, plaza de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economía y eficacia.
Principio de Vigencia Tecnológica: Los bienes, servicios o Ia ejecución de obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnológica necesarias para cumplir con efectividad los fines para que son requeridos, desde el mismo momento en que son contratados, y por un determinado y previsible tiempo de duración, con posibilidad de adecuarse, integrarse y repotenciarse si fuera el caso, con los avances científicos y tecnológicos.
Observación OpenVMS es un sistema operativo con el cual no cuenta la entidad en la actualidad y cuyas aplicaciones en el mercado actual son muy limitadas. Este es un producto de HP heredado de Digital cuyo soporte se mantiene para poder soportar sistemas legacy, los cuales no posee la entidad. El solicitar este sistema operativo limita la pluralidad de postores yendo en contra del principio de libre concurrencia y del principio de vigencia tecnológica. Citrix y Xen NO son sistemas operativos, son hypervisores que corren directamente sobre el hardware del servidor. Esto se puede corroborar en la página de Xen: xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxx/Xxxxxxxxx/XxxxxxXxx.xxx y en la de Citrix: xxxx://xxxx.xxx.xxxxxx.xxx/XxxXxxxxx/0.0.0/xxxxxxxxxxxx/xx00x00.xxxx En ningún caso ninguna de las dos organizaciones define el producto como sistemas operativos. Por lo mismo ningún fabricante los lista como sistemas operativos soportados, aunque en muchos casos si son hypervisores soportados. Por favor confirmar que se cambiara el texto a: “Soporte de sistemas operativos: Windows Server, VMware, Linux Red Hat, SuSe Linux, HP-UX, Solaris, AIX, MacOS”.
OBSERVACION: 05
REFERENCIA(S) DE LAS BASES
Numeral MEJORAS A LAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LOS BIENES Y A LAS CONDICIONES PREVISTAS Página(s): 32 Otros
ANTECEDENTES / SUSTENTO REFERENCIA(S) DE LAS BASES Numeral(es): A. MEJORAS A LAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LOS BIENES Y A LAS CONDICIONES PREVISTAS Anexo(s): CAPITULO IV – CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA Página(s): 32
ANTECEDENTES.
Criterio: Mejora 1. Curso Certificado en Virtualización
Mejora 2. Curso Certificado en Administración del equipo de almacenamiento (Storage).
Acreditación: Se acreditará mediante la presentación de una declaración jurada según (Anexo 08) Base Legal Articulo 4.- Principios que rigen las contrataciones de Ia Ley de Contrataciones del Estado:
Principio de Libre Concurrencia y Competencia: En los procesos de contrataciones se incluirán regulaciones o tratamientos que fomenten Ia más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participaci6n de postores.
Principio de lmparcialidad: Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios y órganos responsables de las contrataciones de Ia Entidad, se adoptaran en estricta aplicación de Ia presente norma y su Reglamento; así como en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento de postores y contratistas.
Principio de Trato Justo e lgualitario: Todo pastor de bienes, servicios o de obras debe tener participaci6n y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes, estando prohibida Ia existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas. Principio de Eficiencia: Las contrataciones que realicen las Entidades deberán efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio, plaza de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economía y eficacia.
Principio de Vigencia Tecnológica: Los bienes, servicios o Ia ejecución de obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnológica necesarias para cumplir con efectividad los fines para que son requeridos, desde el mismo momento en que son contratados, y por un determinado y previsible tiempo de duración, con posibilidad de adecuarse, integrarse y repotenciarse si fuera el caso, con los avances científicos y tecnológicos.
Observación De acuerdo al principio de eficiencia las contrataciones realizadas por la entidad deben observar criterios de celeridad, económica y eficacia. El asignar 30 puntos técnicos a cursos de capacitación deja a la entidad sin posibilidad de poder solicitar algunas características adicionales que pueden ser de mucho beneficio para la entidad, teniendo en cuenta que con menos puntaje siguen siendo alternativas viables para los postores. De acuerdo a ello se sugiere el siguiente cuadro de puntaje para que pueda ser considerado por la entidad:
OBSERVACION: 06
REFERENCIA(S) DE LAS BASES
Numeral 13 Consideraciones Generales Página(s): Otros:
ANTECEDENTES / SUSTENTO CONSULTA Nº 5 REFERENCIA( S ) DE LAS BASES Numeral(es): CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS Anexo(s): CAPITULO III Página(s): 31 ANTECEDENTES. 1.- Se solicita En el Numeral 13 - Consideraciones Generales del Capítulo III - Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos todos los componentes ofertados (hardware y software) debe ser de la misma marca. Esto excluye al software base, software de virtualización y software antivirus. 2.- Consulta 05 XPRESS TECHNOLOGY SERVICES S.A.C. Base Legal Articulo 4.- Principios que rigen las contrataciones de Ia Ley de Contrataciones del Estado:
Principio de Libre Concurrencia y Competencia: En los procesos de contrataciones se incluirán regulaciones o tratamientos que fomenten Ia más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participaci6n de postores.
Principio de lmparcialidad: Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios y órganos responsables de las contrataciones de Ia Entidad, se adoptaran en estricta aplicación de Ia presente norma y su Reglamento; así como en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento de postores y contratistas.
Principio de Trato Justo e lgualitario: Todo pastor de bienes, servicios o de obras debe tener participaci6n y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes, estando prohibida Ia existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas.
Principio de Eficiencia: Las contrataciones que realicen las Entidades deberán efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio, plaza de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economía y eficacia.
Principio de Vigencia Tecnológica: Los bienes, servicios o Ia ejecución de obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnológica necesarias para cumplir con efectividad los fines para que son requeridos, desde el mismo momento en que son contratados, y por un determinado y previsible tiempo de duración, con posibilidad de adecuarse, integrarse y repotenciarse si fuera el caso, con los avances científicos y tecnológicos. Observación De acuerdo al principio de eficiencia las contrataciones realizadas por la entidad deben observar criterios de celeridad, económica y eficacia. El solicitar que el HW sea de una misma marca no garantiza la perfecta inoperatibilidad entre el storage, comunicaciones y servidores, ya que algunas grandes corporaciones (marcas de Hardware) adquieren soluciones de terceros, las cuales en muchos de los casos no brindan el 100% de compatibilidad a pesar de ser de la misma marca. Adicionalmente existe la experiencia de grandes empresas dedicadas a datacenters y telecomunicaciones que combinan este tipo de tecnologías (servidores comunicaciones y storage de diferente marca) para aprovechar lo mejor de las mismas, logrando mayor eficiencia y productividad. Por favor confirmar que se aceptara soluciones cuyos Hardware pueda combinar máximo dos marcas, una para el sistema xx Xxxxxx servidores y comunicaciones y la otra para el Sistema de Almacenamiento, siempre y cuando este soporte y integración se encuentre debidamente documentado por el fabricante mediante documentos oficiales o cartas de los mismos. Siendo el postor quien se encargara de realizar toda la implantación de forma idónea.
OBSERVACION: 07
REFERENCIA(S) DE LAS BASES
Numeral 13 Consideraciones Generales Página(s): Otros:
ANTECEDENTES / SUSTENTO CONSULTA Nº 5 REFERENCIA( S ) DE LAS BASES Numeral(es): CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS Anexo(s): CAPITULO III Página(s): 31 ANTECEDENTES. 1.- Se solicita En el Numeral 13 - Consideraciones Generales del Capítulo III - Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos que el postor debe de tener una línea de Soporte a través de línea gratuita 0-800. 2.- Consulta 05 XPRESS TECHNOLOGY SERVICES S.A.C. Base Legal Articulo 4.- Principios que rigen las contrataciones de Ia Ley de Contrataciones del Estado:
Principio de Libre Concurrencia y Competencia: En los procesos de contrataciones se incluirán regulaciones o tratamientos que fomenten Ia más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participaci6n de postores. Principio de lmparcialidad: Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios y órganos responsables de las contrataciones de Ia Entidad, se adoptaran en estricta aplicación de Ia presente norma y su Reglamento; así como en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento de postores y contratistas.
Principio de Trato Justo e lgualitario: Todo pastor de bienes, servicios o de obras debe tener participaci6n y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes, estando prohibida Ia existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas.
Principio de Eficiencia: Las contrataciones que realicen las Entidades deberán efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio, plaza de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economía y eficacia.
Principio de Vigencia Tecnológica: Los bienes, servicios o Ia ejecución de obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnológica necesarias para cumplir con efectividad los fines para que son requeridos, desde el mismo momento en que son contratados, y por un determinado y previsible tiempo de duración, con posibilidad de adecuarse, integrarse y repotenciarse si fuera el caso, con los avances científicos y tecnológicos.
Observación De acuerdo al principio de eficiencia las contrataciones realizadas por la entidad deben observar criterios de celeridad, económica y eficacia. El solicitar una línea 0-800 al proveedor y no al fabricante solo beneficia a pocas grandes empresas xxx xxxxxxx.. De acuerdo se solicita por favor cambiar en este alcance a las bases, al requerirse la línea 0800 por parte del fabricante de los productos y no del proveedor, sin embargo el proveedor debe asegurara: Soporte de Primer Nivel a través de un sistema xx Xxxx de Ayuda 24x7 x 365 días, con el registro de eventos e incidentes, apertura de tickets, seguimiento del caso y solución al problema.
OBSERVACION: 08
REFERENCIA(S) DE LAS BASES
Numeral 13 Consideraciones Generales Página(s): Otros:
ANTECEDENTES / SUSTENTO CONSULTA Nº 5 REFERENCIA( S ) DE LAS BASES Numeral(es): CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS Anexo(s): CAPITULO III Página(s): 31 ANTECEDENTES. 1.- Se solicita En el Numeral 13 - Consideraciones Generales del Capítulo III - Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos la marca ofertada deberá contar con al menos tres (03) CAS (Centro Autorizados de Servicio Técnico) que el postor debe de tener una línea de Soporte a través de línea gratuita 0-800. 2. - Consulta 05 XPRESS TECHNOLOGY SERVICES S.A.C. Base Legal Articulo 4.- Principios que rigen las contrataciones de Ia Ley de Contrataciones del Estado:
Principio de Libre Concurrencia y Competencia: En los procesos de contrataciones se incluirán regulaciones o tratamientos que fomenten Ia más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participaci6n de postores.
Principio de lmparcialidad: Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios y órganos responsables de las contrataciones de Ia Entidad, se adoptaran en estricta aplicación de Ia presente norma y su Reglamento; así como en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento de postores y contratistas.
Principio de Trato Justo e lgualitario: Todo pastor de bienes, servicios o de obras debe tener participaci6n y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes, estando prohibida Ia existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas.
Principio de Eficiencia: Las contrataciones que realicen las Entidades deberán efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio, plaza de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economía y eficacia.
Principio de Vigencia Tecnológica: Los bienes, servicios o Ia ejecución de obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnológica necesarias para cumplir con efectividad los fines para que son requeridos, desde el mismo momento en que son contratados, y por un determinado y previsible tiempo de duración, con posibilidad de adecuarse, integrarse y repotenciarse si fuera el caso, con los avances científicos y tecnológicos.
Observación De acuerdo al principio de eficiencia las contrataciones realizadas por la entidad deben observar criterios de celeridad, económica y eficacia. El número de CAS que puede tener una marca, no garantiza el cumplimiento de los niveles de servicio y los tiempos de respuesta, sin embargo fabricantes con menor número de CAS si garantizan y realizan un trabajo más eficiente en la atención a sus clientes. Por favor Confirmar que se aceptaran propuestas en que la marca ofertada cuente con al menos un (01) CAS (Centro autorizado de Servicio Técnico) en la ciudad de Lima.
OBSERVACION: 09
Numeral 13 Consideraciones Generales Numeral 2.5 Contenido de las propuestas Página(s): Otros:
ANTECEDENTES / SUSTENTO 1.- Se solicita En el Numeral 13 - Consideraciones Generales del Capítulo III - Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos. El postor debe presentar en su propuesta al menos tres (3) técnicos (pertenecientes a su planilla) con certificación en servidores x 86. 2. - Consulta 01 COSAPI DATA S.A. Base Legal Articulo 4.- Principios que rigen las contrataciones de Ia Ley de Contrataciones del Estado:
Principio de Libre Concurrencia y Competencia: En los procesos de contrataciones se incluirán regulaciones o tratamientos que fomenten Ia más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participaci6n de postores.
Principio de lmparcialidad: Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios y órganos responsables de las contrataciones de Ia Entidad, se adoptaran en estricta aplicación de Ia presente norma y su Reglamento; así como en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento de postores y contratistas.
Principio de Trato Justo e lgualitario: Todo pastor de bienes, servicios o de obras debe tener participaci6n y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes, estando prohibida Ia existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas.
Principio de Eficiencia: Las contrataciones que realicen las Entidades deberán efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio, plaza de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economía y eficacia.
Principio de Vigencia Tecnológica: Los bienes, servicios o Ia ejecución de obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnológica necesarias para cumplir con efectividad los fines para que son requeridos, desde el mismo momento en que son contratados, y por un determinado y previsible tiempo de duración, con posibilidad de adecuarse, integrarse y repotenciarse si fuera el caso, con los avances científicos y tecnol6gicos. Observación Sírvanse aclarar y confirmar según la respuesta a la consulta N° 1 de Cosapi Data S.A. que para cumplir con lo solicitado se deberá acreditar que el postor cuenta con al menos tres técnicos certificados por el fabricante de los productos ofertados, sea cualquier combinación de ellos y no necesariamente tres por cada componente de la solución, es decir, un (1) técnico en Servidores x86, un (1) técnico en el SW de virtualización y un (1) técnico en el Sistema de Almacenamiento, pilares del proceso en curso.
OBSERVACION: 10
REFERENCIA(S) DE LAS BASES
Numeral 5.2 Chasis Blade Página(s): Otros:
ANTECEDENTES / SUSTENTO 1.- Referencia: Capitulo III, Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos – 5.2. Chasis Blade (Pagina 24) Se indica en las bases: Debe soportar servidores con 2 y 4 procesadores x86 Intel y servidores de 2 y 4 procesadores de 64 bits nativos. Base Legal Articulo 4.- Principios que rigen las contrataciones de Ia Ley de Contrataciones del Estado: Principio de Libre Concurrencia y Competencia: En los procesos de contrataciones se incluirán regulaciones o tratamientos que fomenten Ia más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participaci6n de postores.
Principio de lmparcialidad: Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios y órganos responsables de las contrataciones de Ia Entidad, se adoptaran en estricta aplicación de Ia presente norma y su Reglamento; así como en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento de postores y contratistas.
Principio de Trato Justo e lgualitario: Todo pastor de bienes, servicios o de obras debe tener participaci6n y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes, estando prohibida Ia existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas.
Principio de Eficiencia: Las contrataciones que realicen las Entidades deberán efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio, plaza de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economía y eficacia.
Principio de Vigencia Tecnológica: Los bienes, servicios o Ia ejecución de obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnológica necesarias para cumplir con efectividad los fines para que son requeridos, desde el mismo momento en que son contratados, y por un determinado y previsible tiempo de duración, con posibilidad de adecuarse, integrarse y repotenciarse si fuera el caso, con los avances científicos y tecnol6gicos.
Observación El referirse a procesadores de 64 bits nativos, el termino es también usado para servidores de tecnología RISC, y no solo Intel, siendo que solo 03 marcas cuentan con esta tecnología, HP, IBM Y SUN, pero que sin embargo por la integridad de los requerimientos solicitados en todas las bases solo cumple la primera de las indicadas, también confirmado por el soporte al Sistema Operativo Open VMS, se pide por favor confirmar:
Que se cumple con los requerimientos técnicos mínimos al ofertar:
Tipos de Servidores soportados: Debe soportar servidores con 2 y 4 procesadores x86 Intel servidores de 2 y 4 procesadores de 64 bits nativos plataforma Intel.
OBSERVACION: 11
REFERENCIA(S) DE LAS BASES
Numeral 5.2 Chasis Blade Página(s): Otros:
ANTECEDENTES / SUSTENTO Referencia: Capitulo III, Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos – 5.3. Servidores Blade (Pagina 25) Se indica en las bases: “Conectores Físicos de Entrada/Salida: Se aceptarán servidores que cuenten con conectores redundantes de entrada/salida (I/O) hacia el midplane (backplane) de forma tal que se asegura la disponibilidad de sus conexiones”. Consulta 10 Cosapi Data S.A. Base legal Articulo 4.- Principios que rigen las contrataciones de Ia Ley de Contrataciones del Estado:
Principio de Libre Concurrencia y Competencia: En los procesos de contrataciones se incluirán regulaciones o tratamientos que fomenten Ia más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participaci6n de postores.
Principio de lmparcialidad: Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios y órganos responsables de las contrataciones de Ia Entidad, se adoptaran en estricta aplicación de Ia presente norma y su Reglamento; así como en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento de postores y contratistas.
Principio de Trato Justo e lgualitario: Todo pastor de bienes, servicios o de obras debe tener participaci6n y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes, estando prohibida Ia existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas.
Principio de Eficiencia: Las contrataciones que realicen las Entidades deberán efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio, plaza de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economía y eficacia.
Principio de Vigencia Tecnológica: Los bienes, servicios o Ia ejecución de obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnológica necesarias para cumplir con efectividad los fines para que son requeridos, desde el mismo momento en que son contratados, y por un determinado y previsible tiempo de duración, con posibilidad de adecuarse, integrarse y repotenciarse si fuera el caso, con los avances científicos y tecnol6gicos. Observación Con el fin de garantizar la libre competencia, imparcialidad trato justo e igualitario y sobre todo el principio de eficiencia: contrataciones que realicen las Entidades deberán efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio, plaza de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economía y eficacia. Para guardar coherencia con la ALTA DISPONIBILIDAD solicitada en todos los componentes, que con el fin de eliminar “puntos únicos xx xxxxx”, incluyendo al mismo midplane, siendo que redundancia significa que no existan puntos únicos xx xxxxx, entre los módulos de Administración y su conexión al midplane. Sírvanse por favor confirmar que la Alta disponibilidad incluye que esta debe existir entre los módulos de Administración y su conexión al midplane.
OBSERVACION: 12
REFERENCIA(S) DE LAS BASES Numeral 5.2 Chasis Blade Página(s): Otros: ANTECEDENTES / SUSTENTO Referencia: Capitulo III, Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos – 5.3. Servidores Blade (Pagina 25) Se indica en las bases: 1.- “Conectores Físicos de Entrada/Salida: Se aceptarán servidores que cuenten con conectores redundantes de entrada/salida (I/O) hacia el midplane (backplane) de forma tal que se asegura la disponibilidad de sus conexiones”. 2.- Consulta 10 Cosapi Data S.A. Base Legal Articulo 4.- Principios que rigen las contrataciones de Ia Ley de Contrataciones del Estado: Principio de Libre Concurrencia y Competencia: En los procesos de contrataciones se incluirán regulaciones o tratamientos que fomenten Ia más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participaci6n de postores. Principio de lmparcialidad: Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios y órganos responsables de las contrataciones de Ia Entidad, se adoptaran en estricta aplicación de Ia presente norma y su Reglamento; así como en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento de postores y contratistas. Principio de Trato Justo e lgualitario: Todo pastor de bienes, servicios o de obras debe tener participaci6n y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes, estando prohibida Ia existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas. Principio de Eficiencia: Las contrataciones que realicen las Entidades deberán efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio, plaza de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economía y eficacia. Principio de Vigencia Tecnológica: Los bienes, servicios o Ia ejecución de obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnológica necesarias para cumplir con efectividad los fines para que son requeridos, desde el mismo momento en que son contratados, y por un determinado y previsible tiempo de duración, con posibilidad de adecuarse, integrarse y repotenciarse si fuera el caso, con los avances científicos y tecnol6gicos.
Observación Con el fin de garantizar la libre competencia, imparcialidad trato justo e igualitario y sobre todo el principio de eficiencia: contrataciones que realicen las Entidades deberán efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio, plaza de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economía y eficacia. Para guardar coherencia con la ALTA DISPONIBILIDAD solicitada en todos los componentes, que con el fin de eliminar “puntos únicos xx xxxxx”, incluyendo al mismo midplane, siendo que redundancia significa que no existan puntos únicos xx xxxxx. Confirmar que también se requiere la redundancia N+N en energia, que significa que el chasis deberá soportar fallas de “N” fuentes de poder en cualquier combinación, contando con capacidad para atender a todo el chasis en su máxima configuración con las “N” fuentes restantes. Esto garantiza que la energía este siempre disponible en caso xx xxxxxx.
OBSERVACION: 1
CONSULTA: 09 REFERENCIA(S) DE LAS BASES Numeral 5.2 Chasis Blade 5.3 Servidores Blade 5.4 Arreglo de Discos Externo y 5.5 Servidor de Administración Página(s): Otros:
ANTECEDENTES / SUSTENTO CONSULTA N° 9 REFERENCIA(S) DE LAS BASES Numeral(es): 5 – CARACTERISTICAS TECNICAS MINIMAS Anexo(s): CAPITULO III Página(s): 24, 25, 27 ANTECEDENTES Se solicita que los equipos:
Cuenten con garantía y Soporte de HW por tres (3) años con atención 24 7, con 3 Horas de tiempo de respuesta On-Site.
CONSULTA Sírvase confirmar si hay un error tipográfico, en la Garantía y Soporte de Hardware para los bienes:
Esta debe ser por tres (3) años con atención 24 7, con 4 Horas de tiempo de respuesta On-Site. Asi mismo esta información debe ser sustentada en la carta del fabricante.
Respuesta: El soporte para los bienes debe ser de 3 años con atención 24x7 con 3 horas de tiempo de respuesta.
OBSERVACION Considerando que el fabricante solo cuenta con el servicio de soporte 24x7x4 se observa esta consulta y se solicita que el servicio 24x7x3 solicitado en bases sea acreditado mediante una declaración jurada del postor, sin perjuicio de ello, se deberá adjuntar carta del fabricante indicando el soporte 24x7x4.
OBSERVACION: 2 CONSULTA: 24
REFERENCIA(S) DE LAS BASES Numeral 5.6 Software de Virtualización Página(s): Otros:
ANTECEDENTES / SUSTENTO CONSULTA N° 24 Referencia: Capitulo III, Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos – 5.6 Software de Virtualización (pagina 28) Se indica en las bases: REFERENCIA(S) DE LAS BASES “El software de virtualización debe contar derecho con derecho a actualizaciones, parches, acceso a base de conocimientos y soporte remoto 24x7 por 03 años
CONSULTA Precisar que el software de virtualización será del tipo OPEN, para que la plataforma de virtualización que es el punto mas crítico en la infraestructura tenga soporte directo con el fabricante del software de virtualización, así mismo pueda ser instalado en otro hardware de ser necesario.
RESPUESTA: Para el software de virtualización se aceptarán licencias del tipo OPEN, las mismas que deberán tener la capacidad de ser trasladadas de un equipo a otro en caso de ser necesario.
OBSERVACION Considerando que la capacidad de trasladar las licencias de un equipo a otro son las mismas tanto para licencias OPEN como OEM. Confirmar que también se aceptarán licencias OEM.
XXXXXXXXXXX Xx 0
Xxxxxxxxxx.- XXXXXXXX Xx 00 XXX XXXXXX XXXXXX DATA S.A.: REFERENCIA(S) DE LAS BASES Numeral 13 Consideraciones generales Página(s): Otros: ANTECEDENTES / SUSTENTO CONSULTA N° 2 Referencia: Capítulo III, Numeral 13 Consideraciones Generales (Página 31). Se indica en las bases: “El postor debe considerar en su propuesta, todos los aspectos necesarios para instalar de manera satisfactoria su solución ofertada”
CONSULTA Con la finalidad de incluir en la oferta lo necesario para la correcta instalación y puesta en producción de la solución, sírvanse aclarar a que se refieren con el término “todos los aspectos necesarios”.
RESPUESTA A LA CONSULTA: Se entiende por “todos los aspectos necesarios para instalar de manera satisfactoria su solución ofertada” a:
Por ser una solución llave en mano, todos los insumos de hardware y software requeridos para la instalación de la solución ofertada.
La respuesta a la consulta de la referencia agrega y modifica alcances al requerimiento inicial considerado desde la etapa de Estudio xx Xxxxxxx, lo que contradice lo estipulado en los artículos 11 Características Técnicas de lo que se va a Contratar, Artículo 12 Estudio de Posibilidades que Ofrece el Mercado y Artículo 13 Valor Referencial, del Reglamento de la Ley de contrataciones del Estado. Adicionalmente, esta modificación a los alcances técnicos significa un incremento considerable en los costos del proyecto, lo cual no se enmarca en los principios de la Ley de Contrataciones del Estado: Principio de Eficiencia: Las contrataciones que realicen las Entidades deberán efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio, plazos de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economía y eficacia. Principio de Libre lmparcialidad: Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios y órganos responsables de las contrataciones de Ia Entidad, se adoptarán en estricta aplicación de Ia presente norma y su Reglamento; así como en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento a los postores y contratistas. Principio de Vigencia Tecnológica: Los bienes, servicios o ejecución de obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnológica necesarias para cumplir con efectividad los fines para los que son requeridos, desde el mismo momento en que son adquiridos o contratados, y por un determinado y previsible tiempo de duración, con posibilidad de adecuarse, integrarse y repotenciarse, si fuera el caso, con los avances científicos y tecnológicos. Principio de Trato Justo e lgualitario: Todo pastor de bienes, servicios o de obras debe tener participación y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes, estando prohibida Ia existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas.
Por lo anteriormente expuesto sírvase confirmar que lo indicado en la respuesta a la consulta N° 2 del postor Coaspi Data S.A. será retirado de las características técnicas requeridas, y que la Entidad proporcionará lo necesario para la implementación de la solución; así como también la Entidad indicará una fecha para la visita a los ambientes donde se instalarán los equipos para verificar que se cuente con lo necesario para la correcta implementación. XXXXXXXXXXX Xx 0
Xxxxxxxxxx 0.- XXXXXXXX Xx 00 XXX XXXXXX XXXXXX DATA S.A.:
REFERENCIA(S) DE LAS BASES Numeral 5.4 Arreglo de discos Externo Página(s): Otros:
ANTECEDENTES / SUSTENTO CONSULTA N° 17 Referencia: Capítulo III, Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos 5.4 Arreglo de Discos Externo (Página 26) Se indica en las bases: “Tecnología de discos ofertados: Discos magnéticos tecnología SAS de 600 GB 6 Gbps de 15 Krpm como mínimo. Capacidad total instalada: … Los 6 TB efectivos deben considerar una reserva de espacio de seguridad de 5% para tareas de movimiento de datos cuando uno de los discos se avería”.
Consulta En el mercado existen discos SAS 6Gbps de 15Krpm con capacidades de discos de 300GB, 450GB y 600GB, sin embargo no todas ellas están disponibles según los modelos de los diversos fabricantes. Adicionalmente la implementación con mayor numero de discos (es decir con menor capacidad de almacenamiento por disco) permite un mayor rendimiento en las operaciones de lectura/escritura en beneficio de la Entidad. Sírvanse confirmar que se aceptará la capacidad efectiva solicitada implementada en discos SAS de 6 Gbps con capacidades hasta 600GB, siempre que sean discos de 15 Krpm. RESPUESTA A LA CONSULTA Los postores deberán ceñirse a las especificaciones técnicas indicadas en las bases.
Referencia 2.- CONSULTA N° 19 DEL POSTOR COSAPI DATA S.A.:
REFERENCIAS(S) DE LAS BASES Numeral 5.4 Arreglo de discos Externo Página(s): Otros: ANTECEDENTES / SUSTENTO
CONSULTA N° 19 Referencia: Capitulo III, Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos – 5.4. Arreglo de Discos Externo (Pagina 26) Se indica en las bases: “Soporte de sistemas operativos: Windows Server, VMware, Linux Red Hat, SuSe Linux, HP-UX, Xen, Citrix, Solaris, AIX, MacOS, BBVMS”.
Consulta Dado que el sistema de almacenamiento solicitado es de rango de entrada o medio, sírvanse confirmar que el soporte para los siguientes sistemas operativos será opcional: Xen, Citrix, MacOS, OpenVMS. RESPUESTA A LA CONSULTA
El postor deberá ceñirse a las especificaciones técnicas indicadas en las bases.
En el mercado existen soluciones de almacenamiento de diversos fabricantes (HP, DELL, EMC, Hitachi, IBM entre otros), muchos de ellos no incluyen en sus productos discos de 15Krpm debido a que utilizar discos duros de velocidad de rotación o giro de 15,000 revoluciones por minutos no agrega valor al producto y por el contrario lo encarece, encontrando como alternativa utilizar discos de 10Krpm. La característica de “revoluciones por minuto” en un disco es una variable que se refiere a la velocidad de giro de los discos o platos magnéticos en el interior de la cápsula del “Disco Duro”, por lo que se entiende que un disco duro con mayor cantidad de revoluciones como los de 15Krpm, los platos internos giran a mayor velocidad en relación a los discos de 10Krpm, sin embargo esto no significa que tengan una mayor transferencia de datos hacia los buses externos o controladoras de discos. La características técnica significativa en un disco duro es el rendimiento que se mide por la velocidad de transferencia de datos hacia el exterior o hacia las controladoras de discos; podemos ver así que el fabricante de discos SEAGATE tiene en su portafolio de productos discos de 15Krpm y 10Krpm, sin embargo ambos productos ofrecen el mismo valor de velocidad de transferencia externa (600MB/seg) de datos a pesar que los discos de 15Krpm giren a mayor velocidad: Disco Duro Seagate Cheetah® 15K.7 (Velocidad de giro:15Krpm): Velocidad externa de transferencia (MB/s): 600MB/s para los discos duros con capacidades de 600GB / 450GB / 300GB. (ver: xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxx/xxxx/xxx/xx-XX/xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxxx-00x.0-xx0000.0-0000xx.xxx)
Disco Duro Seagate Savvio® 15K.3 (Velocidad de giro: 15Krpm) Velocidad externa de transferencia (MB/s): 600MB/s para los discos duros con capacidades de 300GB / 146GB
Disco Duro Seagate Savvio® 10K.6 (Velocidad de giro: 10Krpm): Velocidad externa de transferencia (MB/s): 600MB/s para los discos duros con capacidades de 900GB / 600GB / 450GB / 300GB
Así mismo, la solución requerida incluye los sistemas operativos de virtualización para los servidores, y la solución blade (que incluye los servidores de tecnología blade) se conectarán directamente al sistema de almacenamiento, por lo que requerir licencias para los sistemas operativos Xen, Citrix, MacOS, OpenVMS en el sistema de almacenamiento encarece la solución ya que estos istemas operativos no son parte de la implementación. Adicionalmente, esta característica técnica permite únicamente la participación del sistema de almacenamiento XXX P6000 de la marca Hwlett Packar (ver: xxxx://xxx0.xx.xxx/xx/xx/xxxxxxxx/xxxx-xxxxxxx/xxxxxxx-xxxxxx.xxxx?xxxx0000000) lo que restringe la participación de otras marcas de prestigio (como IBM, DELL, EMC).
Lo anteriormente expuesto va en contra de lo estipulado por el artículo 11”Características técnicas de los que se va a contratar” del Reglamento de la Ley de contrataciones del Estado, que indica: “Para la descripción de los bienes y servicios a contratar no se hará referencias a marcas o nombres comerciales, patentes, diseños o tipos particulares, fabricantes determinados, no descripción que oriente la adquisición o contratación de marca, fabricante i tipo de producto específico. Sólo será posible solicitar una marca o tipo de producto determinado cuando ello responda a un proceso de estandarización debidamente sustentado, bajo responsabilidad del titular de la entidad.” Así como también en contra de los principios que rigen las contrataciones y adquisiciones del Estado según se indica en el artículo 4 de la Ley de Contrataciones del Estado: Principio de Libre Concurrencia y Competencia: En los procesos de contrataciones se incluirán regulaciones o tratamientos que fomenten Ia más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participaci6n de postores. Principio de lmparcialidad: Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios y órganos responsables de las contrataciones de Ia Entidad, se adoptaran en estricta aplicación de Ia presente norma y su Reglamento; así como en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento de postores y contratistas. Principio de Razonabilidad: En todos los procesos de selección el objeto de los contratos debe ser razonable, en términos cuantitativos y cualitativos, para satisfacer el interés público y el resultado esperado. Principio de Eficiencia: Las contrataciones que realicen las Entidades deberán efectuarse bajo las mejores condiciones decalidad, precio, plaza de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economía y eficacia. Principio de Transparencia: Toda contratación deberá realizarse sobre la base de criterios y calificaciones objetivas, sustentadas y accesibles a los postores. Los postores tendrán acceso durante el proceso de selección a la documentación correspondiente, salvo las excepciones previstas en la presente norma y su Reglamento. Principio de Economía: En toda contratación se aplicarán los criterios de simplicidad, austeridad, concentración y ahorro en el uso de los recursos, en las etapas de los procesos de selección y en los acuerdos y resoluciones recaìdos sobre ellos, debiéndose evitar exigencias y formalidades costosas e innecesarias en las Bases y en los contratos. Principio de Vigencia Tecnológica: Los bienes, servicios o Ia ejecución de obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnológica necesarias para cumplir con efectividad los fines para que son requeridos, desde el mismo momento en que son contratados, y por un determinado y previsible tiempo de duración, con posibilidad de adecuarse, integrarse y repotenciarse si fuera el caso, con los avances científicos y tecnológicos. Principio de Trato Justo e lgualitario: Todo pastor de bienes, servicios o de obras debe tener participaci6n y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes, estando prohibida Ia existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas. Principio de Equidad: Las prestaciones y derechos de las partes deberán guardar una razonable relación de equivalencia y proporcionalidad, sin perjuicio de las facultades que corresponden al Estado en la gestión del interés general.
Finalmente sírvanse confirmar que para el Sistema de Almacenamiento se aceptará:
XXXXXXXXXXX Xx 0 Xxxxxxxxxx.- XXXXXXXX Xx 00 XXX XXXXXX XXXXXX DATA S.A.: REFERENCIA(S) DE LAS BASES Referencia: Capítulo III, Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos – 5.6 Software de Virtualización Numeral 5.6 Software de Virtualización Página(s): 28 Otros:
ANTECEDENTES / SUSTENTO
CONSULTA N° 2 Referencia: Capítulo III, Especificaciones Técnicas y requerimientos Técnicos Mínimos-5.6 Software de Virtualización (Página 28) Se indica en las bases: “El software de virtualización debe contar con derecho de actualizaciones, parches, acceso a base de conocimientos y soporte remoto 24x7 por 03 años”.
Consulta Precisar que el software de virtualización será del tipo OPEN, para que la plataforma de virtualización que es el punto mas crítico en la infraestructura tenga soporte directo con el fabricante del software de virtualización, así mismo pueda ser instalado en otro hardware de ser necesario.
No se especifica al igual que en las bases del proceso si las licencias deben ser del tipo OEM u OPEN, ya que se utiliza el término se aceptarán dejando optativamente la opción de utilizar licenciamiento OEM, lo cual a largo plazo no beneficiará a la entidad debido a que al utilizar otro hardware no se podrá utilizar el software de virtualización y la inversión realizada por la Entidad en el software de virtualización se perderá, en la renovación de hardware en los próximos 03 años. En virtud del Artículo 13 de la Ley de Contrataciones del estado, que menciona que “La formulación de las especificaciones técnicas deberá ser realizada por el área usuaria…..” En beneficio de la entidad se recomienda que las licencias de VMware sean del tipo OPEN, ya que esto permitirá luego de una renovación tecnológica en los próximos años utilizar estas licencias en un nuevo hardware sin la necesidad de comprar nuevamente las licencias VMware.
Sírvase confirmar que las siguientes licencias a adquirir serán del tipo OPEN. XXXXXXXXXXX Xx 0
Xxxxxxxxxx.- XXXXXXXX Xx 00 XXX XXXXXX XXXXXX DATA S.A.:
REFERENCIAS(S) DE LAS BASES
Referencia: Capítulo III, Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos-5.6 Software de Virtualización Numeral 13 Consideraciones generales Página(s): 31 Otros:
ANTECEDENTES / SUSTENTO
CONSULTA N° 33
Referencia: Capítulo III, Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos-13. CONSIDERACIONES GENERALES (Página 31) Se indica en las bases: “El postor deberá ser representante autorizado para comercializar los equipos y software que está ofertando, para lo cual debe presentar una carta del fabricante o su subsidiaria local en original dirigida al presente proceso para sustentarlo”.
Consulta Debido a que el software de virtualización no tiene subsidiaria local, es decir no tiene presencia local, y el proceso exige que se presente una carta del fabricante o su subsidiaria en original, se solicita a la entidad poder presentar la carta solicitada, pero del mayorista quién es el representante del software de virtualización en el país.
RESPUESTA A LA CONSULTA Se confirma que la carta puede ser emitida por el mayorista autorizado en el país pero debe indicar que el postor es representante de la marca localmente.
Lo anteriormente expuesto va en contra de lo estipulado por los principios que rigen las contrataciones y adquisiciones del Estado según se indica en el Artículo 4 de la Ley de Contrataciones del Estado: Principio de Transparencia: Toda contratación deberá realizarse sobre la base de criterios y calificaciones objetivas, sustentadas y accesibles a los postores. Los postores tendrán acceso durante el proceso de selección a la documentación correspondiente, salvo las excepciones previstas en la presente norma y su Reglamento.
Por lo anteriormente expuesto sírvase confirmar que el término representante es la acreditación por parte del mayorista autorizado en el país postor, para comercializar o revender productos del software de virtualización locamente. Es importante precisar que los postores no tenemos la calidad de ser representantes de la marca localmente salvo lo precisado en el párrafo anterior. |
Ceñirse a las bases. Dada la criticidad de la información que almacenará la solución es que se solicita este tiempo, ya que incluso en el mercado hay otros fabricantes que ofrecen mayor tiempo de protección de los datos.
Se acoge la observación, se aceptarán RAID similares a los solicitados; siempre y cuando cumplan con el mismo nivel de protección, lo cual se deberá de sustentar con documentación técnica del fabricante del equipo y además una carta del fabricante aceptando dicho cumplimiento.
Ceñirse a la bases. La entidad ya realizó el dimensionamiento respecto a la capacidad requerida de los discos, así como el nivel de rendimiento de los mismos; además hay más de un fabricante que puede cumplir con lo solicitado en las presentes bases.
Se acoge la observación, el soporte al sistema operativo Open VMS será opcional.
Ceñirse a las bases, lo requerido esta acorde a lo requerido por la entidad.
Ceñirse a las bases. La entidad considera necesario que todos los componentes sean del mismo fabricante para evitar contratiempos al momento del despliegue, futuras actualizaciones y soporte.
Ceñirse a las bases. Es importante para la entidad contar con un nivel de soporte adecuado, en el mercado local hay varias empresas que pueden brindar este tipo de servicio y que marca una diferencia en su nivel de soporte.
Ceñirse a las bases. El tener tres CAS garantiza a la entidad tener mayores alternativas de solución para eventuales problemas post implementación.
Se aclara y confirma que no se está solicitando 03 técnicos certificados por el fabricante, cada uno en los componentes de la solución, si no mas bien que la certificación de los 03 técnicos presentados por el postor en conjunto cubran la totalidad de la solución ofertada sea cualquier combinación de ellos.
Ceñirse a las bases. En la respuesta a su observación 04 se acoge su observación y se confirma que el Sistema Operativo Open VMS será opcional además de existir más de dos marcas que cumplen con lo requerido en las bases.
Ceñirse a la respuesta a la consulta # 10 de COSAPI DATA “En las especificaciones técnicas “dice” se aceptarán servidores que cuenten con conectores redundantes de entrada/salida (I/O) hacia el midplane (backplane)” pero no es requerido como mínimo por lo que deberán ceñirse a lo solicitado en las bases.”
Ceñirse a la respuesta a la consulta # 10 de COSAPI DATA “En las especificaciones técnicas “dice” se aceptarán servidores que cuenten con conectores redundantes de entrada/salida (I/O) hacia el midplane (backplane)” pero no es requerido como mínimo por lo que deberán ceñirse a lo solicitado en las bases.”
Se acoge la observación, se confirma que el postor podrá presentar declaración jurada de servicio 24x7 x 3 horas de tiempo de atención y adicionalmente complementara con la carta del fabricante indicando el soporte 24 x7 x 4.
Se acoge la observación. El postor podrá considerar en su propuesta para el software de virtualización y todos sus componentes, licencias OEM y para tal efecto deberá adjuntar carta del fabricante, confirmando que las licencias propuestas pueden ser trasladadas de un servidor a otro las veces que sea necesario.
Con respecto a la respuesta a la Consulta 06 del postor Xpress Technology Services S.A.C. se indica que los postores podrán solicitar una visita de inspección al centro de cómputo de la DIGEMIN entre los días 27NOV2012 al 18DIC2012 previa coordinación con la Dirección de Gestión Electrónica así mismo se precisa que cuando se realizó el Estudio de Posibilidades que Ofrece el Mercado se remitió las Especificaciones Técnicas a cada uno de los proveedores para su evaluación y posterior cotización. Cabe mencionar que el punto tres del literal 13. CONDICIONES GENERALES de la Especificaciones Técnicas precisa;
Observación a) Ceñirse a la bases. La entidad ya realizó el dimensionamiento respecto a la capacidad requerida de los discos, así como el nivel de rendimiento de los mismos; además hay más de un fabricante que puede cumplir con lo solicitado en las presentes bases.
Observación b) Se acoge la observación, el soporte para los sistemas operativos Xen, Citrix, MacOS, OpenVMS será opcional.
Para el software de Virtualización se aceptarán licencias del tipo OPEN o licencias del tipo OEM siempre y cuando en el caso de las últimas se certifique con carta del fabricante que este tipo de licencias pueden ser trasladadas de un servidor a otro las veces que sea necesario.
Se confirma que el término representante es la acreditación por parte del mayorista autorizado en el país postor, para comercializar o revender productos del software de virtualización locamente siendo estos quienes emitirán la carta a nombre del postor. |
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Presidente Titular Miembro Suplente Miembro Titular