GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE MELILLA
GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE MELILLA
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PARA EL MANTENIMIENTO DE LOS APARATOS ELEVADORES DE LOS CENTROS SANITARIOS ADSCRITOS A LA GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DEL INGESA EN MELILLA (EXPTE: PA_2016_08_GME)
1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1. Régimen Jurídico 3
1.2. Objeto 4
1.3. Necesidades administrativas a satisfacer 4
1.4. Presupuesto y precio 4
2. CONTRATACIÓN
2.1. Órgano de contratación 6
2.2. Prerrogativas del órgano de contratación 6
2.3. Tramitación y forma de adjudicación 7
2.4. Requisitos de los licitadores 8
2.5. Presentación de las proposiciones 9
2.6. Documentación exigida. Presentación de proposiciones 10
2.7. Criterios de adjudicación y Procedimiento de valoración 18
2.8. Ofertas con valores desproporcionados o anormales 21
CORREO ELECTRONICO:
xxxxxxx.xx.xxxxxxx@xxxxxx.xxxxx.xx
Xxxxxxx, 0
00000 XXXXXXX
TEL: 000 00 00 00
FAX: 000 00 00 00
2.9. Apertura de proposiciones y propuesta de adjudicación 21
2.10. Adjudicación del contrato 24
3. EJECUCION DEL CONTRATO
3.1. Responsable del contrato 27
3.2. Condiciones de ejecución 27
3.3. Obligación de confidencialidad 28
3.4. Ejecución defectuosa y penalizaciones 29
3.5. Otras Obligaciones del Contratista 30
3.6. Modificación del contrato 34
3.7. Cesión y subcontratación 34
3.8. Pago del Precio 35
3.9. Cumplimiento del Contrato 36
3.10. Resolución del Contrato 36
3.11. Plazo de Garantía 38
3.12. Prerrogativas de la Administración y Jurisdicción Competente 38
*** CUADRO INFORMACION ………………………………………………… | 39 | |
ANEXO 1.- MODELO DE DECLARACIÓN EXPRESA RESPONSABLE…………………… | 40 | |
ANEXO 1 BIS.- LICITACIÓN ELECTRÓNICA. Normativa y principios………………….. . | 41 | |
ANEXO 2.- DIRECCIÓN ELECTRÓNICA A EFECTOS DE NOTIFICACIONES…………. | 47 | |
ANEXO 3.- MODELO DE OFERTA ECONÓMICA ……………………………………. ………. | 48 | |
ANEXO 4 .- SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN ,…… | 49 | |
ANEXO 5.- DECLARACIÓN RESPONSABLE DE DOCUMENTOS A TRAVES DE PLATAFORMA ….. | 50 | |
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1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1. Régimen Jurídico
El contrato que se regula por este pliego es de naturaleza administrativa y se regirá por las cláusulas contenidas en el mismo, por el pliego de prescripciones técnicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la ley 30/2007 de Contratos del Estado del Sector Público y, en cuanto no se encuentre derogado por éstas, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (B.O.E. de 26 de octubre de 2001).
Respecto al uso de medios electrónicos para la tramitación del expediente de contratación pública, se aplicará lo expresamente dispuesto en la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, que la desarrolla parcialmente, y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación.
Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y en su defecto las normas de derecho privado.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 16 del TRLCSP el contrato que se regula por este pliego NO está sujeto a regulación armonizada.
Se presume que, al presentar su proposición, el licitador acepta de forma incondicional el contenido de este pliego y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas (PPT) que regula el objeto del contrato y se somete a la legislación vigente en materia de contratación administrativa y a la jurisdicción contencioso - administrativa para las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del contrato.
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral, medioambiental y fiscal, así como de las que puedan promulgarse durante la ejecución del contrato con respecto al personal que emplee en la ejecución del mismo. No se derivará ninguna responsabilidad para el INGESA del incumplimiento por parte del adjudicatario de estas obligaciones.
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En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el pliego de cláusulas administrativas particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.
1.2. Objeto
El objeto del contrato al que se refiere este pliego es la ejecución del CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS, PARA EL MANTENIMIENTO DE LOS APARATOS ELEVADORES DE LOS CENTROS SANITARIOS ADSCRITOS A LA GERENCIA DE ATENCION
SANITARIA DEL INGESA EN MELILLA, que se describe en el pliego de prescripciones técnicas, correspondiente a la siguiente categoría y nomenclaturas:
Categoría (anexo II del TRLCSP): 1. Servicios de mantenimiento y reparación.
CPA 2008: 331215. Servicios de reparación y mantenimiento de maquinaria de elevación y manipulación.
CPV 2008: 50750000-7. Servicios de mantenimiento de ascensores.
1.3. Necesidades administrativas a satisfacer
La contratación del servicio definido en la cláusula anterior pretende asegurar el funcionamiento correcto de todos los ascensores y sus elementos y dispositivos, así como cumplir las prescripciones legales y reglamentarias respecto a al mantenimiento técnico- legal, a fin de de garantizar la seguridad de los bienes y las personas.
1.4. PRESUPUESTO Y PRECIO
1.4.1 El presupuesto máximo de contratación asciende a 30.615 euros (TREINTA MIL SEISCIENTOS QUINCE EUROS), sin IPSI. La cantidad correspondiente al IPSI es de 1.224,60
€, (MIL DOSCIENTOS VENTICUATRO EUROS, CON SESENTA CÉNTIMOS)
1.4.2 El INGESA dispone en su Presupuesto de Gastos y Dotaciones de los créditos precisos en el ejercicio o ejercicios correspondientes, para atender a las obligaciones económicas generadas por este contrato, conforme al siguiente detalle de imputación:
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Anualidad | Base | IPSI | Total |
2017 | 7.592,91 € | 303,72 € | 7.896,63 € |
2018 | 9.111,49 € | 364,46 € | 9.475,95 € |
2019 | 1.518,58 € | 60,74 € | 1.579,33 € |
18.222,98 € | 728,92 € | 18.951,90 € |
Anualidad | Base | IPSI | Total |
2017 | 5.163,34 € | 206,53 € | 5.369,88 € |
2018 | 6.196,01 € | 247,84 € | 6.443,85 € |
2019 | 1.032,67 € | 41,31 € | 1.073,98 € |
12.392,02 € | 495,68 € | 12.887,70 € |
1.4.3 El sistema de determinación del precio es a tanto alzado atendiendo al precio general xxx xxxxxxx en el momento de fijar el presupuesto de licitación.
1.4.4 El valor estimado del contrato, incluidas las prórrogas conforme a lo previsto en el Art. 88 del TRLCSP, asciende a SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS TREINTA EUROS (61.230 €), IPSI excluido.
1.4.5 Revisión de precios. De conformidad con la modificación introducida por la Ley 2/2015, de desindexación de la economía española, en el Capítulo II del Título III del Libro I del TRLCSP, los precios de este contrato no serán objeto de revisión.
1.4.6 Plazo de ejecución.
El plazo de ejecución de este contrato será de veinticuatro meses, desde la fecha de entrada en vigor establecida en el contrato, pudiendo prorrogarse antes de su finalización por mutuo acuerdo de las partes, anualmente, sin que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, pueda exceder de cuatro años.
1.4.7 Garantía provisional.
Para tomar parte en este procedimiento, los licitadores NO deberán constituir previamente una garantía provisional
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2. CONTRATACIÓN
2.1. Órgano de contratación
2.1.1 El órgano de contratación es el GERENTE DE ATENCIÓN SANITARIA del Área Sanitaria Melilla, conforme a la Resolución de 6 xx xxxxx de 2006 del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria sobre delegación de competencias en diversos órganos del Instituto (B.O.E. núm. 65, de 17 xx xxxxx de 2006), en relación a la celebración de contratos, conciertos o convenios para la prestación de asistencia sanitaria así como sus modificaciones, que correspondan a sus centros de gestión cuando su cuantía no exceda de 901.518,16 euros, y la tramitación y resolución de los recursos que se interpongan contra los actos derivados de los mismos, de su adjudicación, efectos y extinción
2.1.3 El acceso a su perfil de contratante se verifica a través de la siguiente dirección electrónica: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx.
2.2. Prerrogativas del órgano de contratación
El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar este contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. En el expediente que se tramite al efecto se dará audiencia al contratista.
Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. Contra dichos acuerdos podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano de contratación o recurso contencioso administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que, en su caso, proceda la interposición del recurso especial en materia de contratación regulado por los artículos 40 a 49 del TRLCSP.
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Los procedimientos que se instruyan para la adopción de acuerdos relativos a la interpretación, modificación y resolución del contrato, se tramitarán mediante expediente contradictorio según lo dispuesto en los artículos 108 y 211 del TRLCSP.
2.3. Tramitación y forma de adjudicación
El expediente se tramitará de forma ordinaria.
El contrato se adjudicará por procedimiento abierto, de acuerdo con lo previsto en los artículos 157 a 161 del TRLCSP, tomando como base los criterios de adjudicación que se detallan en el apartado 2.7 del presente pliego.
No se admitirán variantes, ni mejoras.
La tramitación de presente procedimiento podrá realizarse de forma electrónica o en soporte papel.
2.3.1. Tramitación electrónica
Cuando los licitadores hayan optado por esta forma de tramitación del expediente, el acceso y descarga de los pliegos, la presentación de las solicitudes de participación y proposiciones, la aportación de documentos y las comunicaciones y notificaciones entre licitador y órgano de contratación se realizarán exclusivamente a través de la plataforma de contratación pública utilizada por el INGESA para las licitaciones electrónicas en la dirección xxx.xxxxxx.xx, cuya descripción, características, sistema de acceso y operatividad se establecen en el anexo 1bis del presente pliego.
Conforme a lo dispuesto en la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx, por la que se regula el empleo de medios electrónicos en los procedimientos de contratación, la opción por el uso de medios electrónicos vincula al licitador durante toda la fase de licitación del contrato.
2.3.2. Comunicaciones electrónicas
Cuando se opte por la presentación de la documentación en formato papel, las comunicaciones, notificaciones, requerimientos e intercambio de información entre la Administración y los licitadores que no hagan uso del sistema de contratación electrónica podrán realizarse a través de correo electrónico, con arreglo a lo dispuesto en las
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disposiciones adicionales decimoquinta del TRLCSP y única del Real Decreto 817/2009.
A tal efecto, dichos licitadores habrán de optar por este sistema de notificación electrónica cumplimentando el anexo 2 y darse de alta en la página web de la Plataforma de Contratación del Estado para la realización y práctica de los trámites señalados en el párrafo anterior.
2.3.3. Publicidad de la licitación
El anuncio de licitación se publicará en los diarios oficiales y en las plataformas de contratación del estado y plataforma Vortal.
Los pliegos y documentación complementaria se pueden descargar del perfil del contratante de la Gerencia de Atención Sanitaria de Melilla (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx) y de la plataforma de contratación electrónica xxx.xxxxxx.xx.
Los gastos de publicidad originados por esta convocatoria serán por cuenta del adjudicatario. El importe de los gastos de publicidad de esta licitación no superará los
1.200 EUROS (MIL DOSCIENTOS).
La Administración repercutirá al contratista en el abono del primer pago a cuenta, o de los sucesivos si resultara necesario, el importe de los gastos de publicidad sobre la base de la factura previamente abonada por aquélla.
2.4. Requisitos de los licitadores
2.4.1. Generales de carácter jurídico: Podrán optar a la realización del contrato las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal, con plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP, cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato. Todos los licitadores deberán acreditar su personalidad jurídica y capacidad de obrar. Las personas jurídicas deberán justificar que el objeto social de la entidad comprende el desarrollo de todas las actividades que constituyen el objeto del contrato.
Las personas físicas o jurídicas extranjeras estarán a lo dispuesto en los artículos 55 y 58 del TRLCSP.
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2.4.2. Capacidad económica, financiera y técnica: La admisión a la licitación requerirá la previa acreditación de capacidad económica, financiera y técnica necesaria para la adjudicación del contrato, conforme a los artículos 74,75y78 del TRLCSP.
2.5 Presentación de las proposiciones
X. Xxxxx y lugar de presentación
Cuando se emplee el sistema de contratación electrónica, los licitadores presentarán sus solicitudes y documentación, dentro del plazo señalado en el anuncio de licitación, a través de la plataforma electrónica de contratación pública xxx.xxxxxx.xx.
Cuando los licitadores opten por la licitación en formato papel podrán presentar sus proposiciones personalmente o mediante envío por mensajería en el Registro General de la Gerencia de Atención Sanitaria de Melilla antes de las quince horas (15:00) del último día del plazo señalado en el anuncio público de licitación.
También podrá realizarse mediante envío por correo, en cuyo caso, conforme a lo dispuesto en el artículo 80.4 RGLCAP, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la ofertas mediante fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos (justificación de la fecha de imposición del envío y anuncio al órgano de contratación) no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 158.3 del TRLCSP, cuando las ofertas solamente puedan realizarse después de una visita sobre el terreno o previa consulta “in situ” de la documentación adjunta al pliego, el plazo para la recepción de ofertas se prorrogará el tiempo que se considere conveniente para que los candidatos afectados puedan tener conocimiento de toda la información necesaria para formular las ofertas.
B. Forma de presentación
Los empresarios que reúnan los requisitos establecidos en la cláusula anterior podrán participar en el procedimiento de contratación presentando la solicitud que figura en el anexo 4, acompañada de los sobres:
XXXXXXXXXX
XX XXXXXXX, XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXXX
0. “DOCUMENTACION ACREDITATIVA DE REQUISITOS PREVIOS”
2. “PROPUESTA TÉCNICA” , Y
3. “OFERTA ECONÓMICA”,
Identificados en su exterior con el objeto del contrato al que se concurre y firmados por el licitador o persona que le represente, indicando el nombre y apellidos o razón social de la empresa, número de teléfono y de fax y dirección de correo electrónico, todo ello de forma legible.
Cuando las solicitudes de participación y la documentación que se exige en este pliego se presenten en formato electrónico, deberán estar firmadas mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un prestador de servicios de certificación que garantice la identidad e integridad de los documentos asociados a la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica y demás disposiciones sobre contratación pública electrónica.
Además, los licitadores presentarán una declaración expresa responsable en la que se manifieste que el contenido de los documentos presentados a través de la plataforma de contratación electrónica, concuerda fielmente con los originales y se comprometen a acreditarlo cuando el órgano de contratación se lo requiera (anexo5)
Los formatos admisibles para la aportación de documentos electrónicos habrá de tener alguna de las siguientes extensiones: .doc, .xls, .ppt, .pdf, .rtf., jpg, .bmp, .tiff, .zip, y .7z.
Es responsabilidad de los interesados que los documentos se envíen libres de virus que dificulten o imposibiliten su lectura. En cualquier caso, la mera presencia de virus en la oferta no determinará, por sí misma, la exclusión de la misma, siempre que se pueda tener acceso a su contenido.
La documentación de las proposiciones, cualquiera que fuera la lengua utilizada, incorporará una traducción oficial en castellano, inadmitiéndose las que no cumplieran este requisito.
2.6. Documentación exigida. Contenido de las proposiciones.
2.6.1. Contenido del SOBRE “1” DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS
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Contendrá los documentos que se relacionarán a continuación.
Dichos documentos podrán ser originales o copias que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente.
Conforme lo establecido en el apartado 4 del artículo 146 del TRLCSP, para la acreditación por parte de los licitadores de las condiciones de aptitud y de no estar incurso en prohibición para contratar con la Administración, BASTARÁ con la presentación de una declaración responsable, que deberá ajustarse al modelo ANEXO 1 sin que sea necesario para ser admitido en el procedimiento presentar la documentación que se detallan a continuación en los apartados a) hasta i).
En este caso, el licitador cuya proposición sea considerada y seleccionada como la económicamente más ventajosa para la Administración, deberá acreditar, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en los reseñados puntos aportándolos una vez sea requerido para ello.
En todo caso, el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
Documentos:
a. Capacidad de obrar
Si el licitador es persona física, documento que acredite su personalidad (Documento Nacional de Identidad para españoles, pasaporte, autorización de residencia y permiso de trabajo para extranjeros).
Si el licitador es persona jurídica deberá aportar la escritura o documento de constitución o de modificación, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
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Los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, acreditaran su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado en los términos que se establezcan reglamentariamente.
La capacidad de obrar de las restantes empresas extranjeras se acreditará mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
Cuando el licitador no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, deberá presentar apoderamiento bastante para representar a la persona o entidad en cuyo nombre se concurra ante la Administración, inscrito en el Registro Mercantil.
b. Prohibición de contratar
Declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado de no estar incurso en las prohibiciones de contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP.
Dicha declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes (ANEXO 1)
Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable otorgada ante una autoridad judicial.
c. Conflicto de intereses
Certificación expedida por el representante de la empresa licitadora, cuando sea una persona jurídica de naturaleza societaria, de que no forma parte de sus órganos de gobierno o de administración persona alguna a las que se refiere la Ley 3/2015, de 30
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xx xxxxx, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, y la Ley 53/1984, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, ni que ocupe cualquiera de los cargos electos regulados en la Ley orgánica 5/1985, del régimen electoral general, en los términos establecidos en la misma.
d. Habilitación empresarial y profesional
Certificado que habilite para el desarrollo de las actividades de mantenimiento y reparación en la provincia de que se trate ( inscripción en el Registro de Empresas Conservadoras de los Órganos Territoriales competentes de la Administración Pública), vigente y actualizado, conforme a los RRDD 2291/1985,de 8 de noviembre, y modificaciones posteriores.,y 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 .«Ascensores» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre.
e. Solvencia
e.1. Solvencia económica y financiera
Declaración acreditativa de que el volumen de negocios, en el ámbito de los servicios de similar naturaleza a los que son objeto de licitación, en los tres últimos ejercicios fiscales, disponibles en función de la fecha de creación o inicio de las actividades del empresario, ha sido igual o superior a la anualidad media del presupuesto máximo de licitación
e.2. Solvencia técnica o profesional
Se acreditará, según lo dispuesto en el artículo 78 del TRLCSP, por los siguientes medios:
1. Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad.
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2. Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
3. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado mediante una declaración del empresario.
Los licitadores se comprometerán a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para la debida ejecución del contrato, e indicarán los medios y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución del servicio, y adjuntará la documentación acreditativa pertinente. Dicho compromiso tiene carácter de obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f), del TRLCSP.
f. Otra documentación
Declaración responsable del licitador de que se halla al corriente de las obligaciones relativas a la prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones vigentes.
g. Unión temporal de empresas
En el caso de uniones de empresarios constituidas temporalmente al efecto, se incluirá un escrito indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben la unión, la participación de cada uno de ellos, la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en el caso de resultar adjudicatarios y el nombramiento o designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta su extinción. El citado documento deberá de estar firmado
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por los componentes o los representantes de cada una de las empresas de la unión temporal.
Cada uno de los empresarios que componen la unión deberá acreditar su capacidad de obrar con los documentos que se detallan en los números anteriores.
h. Empresas extranjeras.
Los empresarios extranjeros formularán una declaración sometiéndose a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
i. Contratación con empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social
Cuando el licitador pretenda contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la disposición adicional 4ª del TRLCSP, deberá aportar la documentación que acredite que tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2% de la misma.
j. Dirección de correo electrónico
Los licitadores facilitarán en el interior de este sobre “1” una dirección de correo electrónico (anexo 2) para efectuar las notificaciones, sin perjuicio de que esta dirección se haga constar en el exterior de los sobres.
Otra documentación.- certificado de visita a las instalaciones
Previo a la realización de la memoria técnica que configurará los criterios de juicio de valor, los licitadores (profesionales encargado de elaborar la documentación técnica) habrán de realizar una vista “in situ” de las instalaciones, que será certificada por la Dirección de Gestión y Servicios Generales del Área Sanitaria de INGESA en Melilla. Para ello, con la debida antelación, deberán concertar una visita con el responsable técnico del contrato designado en los pliegos.
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− Cada licitador no podrá presentar más que una sola oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente ni si figura en más de una unión temporal de empresarios. La infracción de este principio dará lugar a la desestimación de todas las ofertas presentadas por él.
− Las empresas que figuren inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado quedarán exentas de aportar la documentación exigida en el apartado a), d), y e), siempre que aporten certificado acreditativo de la inscripción en el citado Registro, acompañado de una declaración responsable en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación.
− El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de proposiciones.
2.6.2. Contenido del SOBRE “2”: PROPUESTA TÉCNICA:
Contendrá la documentación que permita aplicar los criterios de adjudicación establecidos en la cláusula 2.7.1.B no evaluables mediante fórmula matemática, y, específicamente, la siguiente:
a) Memoria técnica de ejecución del servicio, según lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y que describirá detalladamente:
- Programa de Mantenimiento Preventivo, que contendrá los extremos básicos de las actuaciones planificadas que se pretenden realizar sobre los equipos y sus componentes, así como el soporte documental necesario para su correcta ejecución.
- Propuesta de Actuaciones de Mantenimiento Correctivo, especificando con carácter básico el contenido y mecánica de las acciones a desarrollar, así como los registros y soporte documental necesarios para su correcta ejecución.
- Programa de Mantenimiento Técnico-Legal, indicando con carácter básico la
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metodología y sistema de actuaciones programadas con arreglo a lo previsto en pliego de prescripciones técnicas.
- Propuesta de organización del servicio y de los planes de actuación previstos para responder a los riesgos y contingencias que afecten al funcionamiento de los equipos.
- Descripción de los equipos de diagnosis, medios técnicos, herramientas y maquinaria que se aportarán para la ejecución del contrato.
- Programa de implantación y cronograma de las actuaciones necesarias para la ejecución del contrato.
- Propuesta razonada de los recursos humanos a que se refiere el pliego de prescripciones técnicas y del personal que se obliga a asignar a la prestación del servicio, con detalle de su clasificación profesional, tareas a desarrollar, cargas de trabajo y horario de trabajo.
- Programa de implantación y cronograma de las actuaciones necesarias para la ejecución del contrato.
b) Plan básico de la calidad que expresará los objetivos de calidad que se pretenden alcanzar y los mecanismos disponibles y actividades organizadas para que el servicio prestado satisfaga los requisitos mínimos de calidad.
c) Póliza de seguros de responsabilidad civil que cubra los posibles riesgos que asumiría bajo este contrato ante INGESA o terceros, en las condiciones exigibles por la vigente reglamentación
d) Certificados de sistema de gestión de la calidad de la empresa y de sistema de gestión ambiental.
La introducción indebida en este sobre de informaciones o datos que son valorados mediante criterios cuantificables de forma automática determinará la exclusión del licitador.
2.6.3. Contenido del SOBRE “3”: OFERTA ECONÓMICA.
Este sobre contendrá exclusivamente la proposición firmada y redactada según el modelo que se xxxxxxx xxxx xxxxx 0 a fin de aplicar los criterios de adjudicación establecidos en la cláusula
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2.7.1.A evaluables mediante fórmula matemática.
El licitador, al formular su propuesta económica, incluirá en el precio ofertado toda clase de gastos necesarios para la ejecución del contrato, y, en concreto, sin que esta relación tenga carácter limitativo, los siguientes:
a) Cualquier coste relativo a personal (horas normales, horas extras, absentismo, vacaciones, cargas sociales, costes derivados de la actualización de plantilla, formación, uniformidad, etc.).
b) El suministro de todos los equipos y material necesarios para la prestación integral del servicio.
c) El coste de adquisición y mantenimiento de los equipos y medios auxiliares adscritos a la prestación del servicio.
d) Equipamiento de protección y medios de seguridad necesarios, conforme a la normativa vigente en prevención y riesgos laborales.
e) Los medios técnicos e informáticos aplicados a la prestación del servicio.
Asimismo incluirá el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI), que no obstante, deberá ser repercutido como partida independiente en los documentos que se presenten para el cobro, sin que el importe global contratado experimente incremento como consecuencia de la consignación del tributo repercutido.
La proposición económica se presentará en caracteres claros, o escrita a máquina, expresada en número y en letra, no aceptándose aquéllas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente su contenido. Si existiese discrepancia entre la cantidad escrita en número y la escrita en letra, se estará a esta última, salvo que del estudio y análisis de la oferta y, en su caso, del desglose de precios, se pueda deducir que el importe correcto es el indicado en cifra.
Cada licitador podrá presentar únicamente una sola proposición económica sin que sean admisibles variantes o mejoras. La contravención de esta prohibición dará lugar al rechazo y no admisión de todas las ofertas incursas en duplicidad.
2.6.4. Documentación confidencial
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Las empresas licitadoras, si procede, podrán indicar, mediante una declaración complementaria a entregar en cada uno de los sobres, los documentos y datos presentados que, según su parecer, tienen carácter confidencial, conforme dispone el artículo 140 TRLCSP.
2.7. Criterios de adjudicación. Procedimiento de valoración
2.7.1. CRITERIOS.- Los criterios que sirven de base para la adjudicación del contrato son los que a continuación se relacionan con su correspondiente ponderación:
A. Criterios evaluables mediante fórmula matemática… 0-70 puntos
Se valorará el precio del servicio ofertado por el licitador, conforme a la fórmula de proporción inversa descrita en la cláusula 2.7.2.2.
B. Criterios evaluables mediante juicios de valor………0-30 puntos
Se valorarán la idoneidad, características y soluciones propuestas en el proyecto técnico que han de presentar los licitadores, la metodología para la ejecución y prestación del servicio, su viabilidad y validez de sus planteamientos técnicos; los protocolos de actuación; la infraestructura, seguridad, y recursos auxiliares de apoyo al servicio, y la capacidad de respuesta a posibles eventos. Todas las ofertas serán valoradas de mejor a peor respecto a dichos criterios, en función de sus características y de su comparación con el resto de las ofertas, teniendo en cuenta su mayor adecuación a la mejora, perfeccionamiento e idoneidad de la ejecución del objeto del contrato.
Dicho proyecto requerirá una visita previa para estudio y conocimiento de las características de las instalaciones, SIN LA CUAL NO SE VALORARÁN DICHOS CRITERIOS.
2.7.2. PROCEDIMIENTO
2.7.2.1 Valoración de criterios no evaluables mediante fórmulas aritméticas
En primer lugar, la Mesa de Contratación realizará la evaluación de las ofertas respecto a los criterios correspondientes a la propuesta técnica que no pueden valorarse mediante la aplicación de fórmulas aritméticas. A tal efecto se seguirá el siguiente procedimiento:
1º. Todas las ofertas serán valoradas de mejor a peor respecto dichos criterios en función de sus
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características y de su comparación conjunta, teniendo en cuenta su mayor adecuación a la mejora y perfeccionamiento del contrato. El resultado de dicha valoración deberá ser argumentado y justificado en el correspondiente informe de valoración.
2º. A la que se considere mejor oferta respecto de un criterio se le asignará el valor 10, que corresponderá el máximo de los puntos de ponderación correspondiente a dicho criterio.
P= (pm x O) / 10
3º. Al resto de las ofertas se les asignará un valor xx xxxx a diez, otorgándoles, en consecuencia, los puntos de ponderación que proporcionalmente les correspondan por su diferencia con la mejor oferta, de acuerdo con la siguiente fórmula:
P= Puntuación a obtener
Pm= Puntuación máxima del criterio de que se trate
O= Valoración sobre 10 asignada a la oferta que se está puntuando
2.7.2.2 Valoración de los criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas matemáticas
La valoración de las ofertas respecto a los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas se realizará conforme al siguiente procedimiento:
1º.- Se asignará a la mejor oferta el máximo de puntos previsto en el criterio correspondiente.
2º.- A las ofertas siguientes se les asignarán para cada criterio los puntos que proporcionalmente correspondan por su diferencia con la mejor oferta, de acuerdo con las fórmulas P= (pm*mo)/O, o bien, P= (pm*O)/mo, según se trate, respectivamente, de proporción inversa o proporción directa con la mejor oferta, (donde "P" es la puntuación, "pm" es la puntuación máxima, "mo" es la mejor oferta y "O" es el valor cuantitativo de la oferta que se valora).
2.7.2.3. Valoración global de las ofertas
Obtenida la puntuación de todas las ofertas respecto a cada uno de los criterios, se sumará la puntuación total de cada una de ellas, resultando seleccionada la que obtenga mayor
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puntuación y que no hayan sido excluidas, desechadas o declaradas desproporcionadas o anormales.
Se tendrá en cuenta en su caso el criterio preferencial previsto en la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP. Para lo cual, en el momento de acreditar su solvencia técnica, demuestren tener en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación.
Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
2.8 Ofertas con valores desproporcionados o anormales
El órgano de contratación, con arreglo a lo previsto en el apartado 2 del art. 152 del TRLCSP, podrá estimar, por sí o a propuesta de la Mesa de contratación el carácter desproporcionado o anormal de las ofertas, Se considerarán desproporcionadas o anormales las ofertas económicas cuyo importe sea inferior en más de un 10% a la media de los importes de todas las presentadas, sin perjuicio de la facultad del órgano de contratación de apreciar, no obstante, previa la tramitación del procedimiento y audiencia del licitador, como susceptible de normal cumplimiento dicha proposición.
En el caso de identificarse una oferta como desproporcionada o anormal, se tramitará el procedimiento previsto en el 152.3 del TRLCSP.
2.9. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACION
2.9.1 Mesa de contratación
El órgano de contratación estará asistido por una MESA DE CONTRATACIÓN que será el órgano competente para valoración de las ofertas. Estará constituida por un Presidente, un mínimo de cuatro vocales y un Secretario, designados por el órgano de contratación, el último entre funcionarios del propio órgano de contratación o en su defecto, entre el personal a su servicio.
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Entre los vocales deberá figurar necesariamente un funcionario de entre quienes tengan atribuido legal o reglamentariamente el asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un Interventor.
La composición de la Mesa se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación referida en el artículo 146 del TRLCSP,
En lo no previsto en el presente pliego, la Mesa procederá conforme a lo previsto en los artículos 25 a 30 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, en cuanto resulte de aplicación, y, en su defecto, por lo dispuesto en los artículos 81 a 83 del RGLCAP.
2.9.2. Calificación de la documentación administrativa
La Mesa de Contratación procederá, en sesión no pública, a calificar los documentos presentados en tiempo y forma, a cuyos efectos, el Presidente ordenará exclusivamente la apertura del sobre 1. La documentación contenida en este sobre será examinada por la Mesa, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquélla que no sea considerada bastante.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación personal presentada, lo comunicará a los interesados verbalmente y a través de correo electrónico, concediéndoles un plazo no superior a tres días hábiles a fin de que los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de contratación.
2.9.3. Apertura de proposición relativa a los criterios dependientes de un juicio valor.
Realizadas las actuaciones anteriores, se procederá a celebrar, en el lugar y día que previamente se hayan anunciado, el acto público de apertura de las proposiciones que, conforme a lo previsto en el art. 27 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, habrá de desarrollarse en un plazo no superior a siete días a contar desde la apertura de la documentación administrativa.
En este acto sólo se abrirá el sobre 2 correspondiente a los criterios dependientes de un juicio de valor a fin de proceder a la valoración de los mismos con anterioridad a la de los criterios cuantificables automáticamente. Previamente a su apertura, se comunicará a los asistentes el resultado de la calificación de la documentación administrativa, y, atendiendo a las características de la presente licitación, se procederá a la apertura de los sobres o correspondientes ficheros electrónicos ante todos los asistentes a fin de que puedan
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comprobar en todo momento la integridad e identidad de las ofertas presentadas o alojadas en la plataforma de contratación pública, así como la fecha, xxxx y persona concreta que las presentó.
Abiertos los sobres, se procederá a la lectura del índice que cada licitador haya acompañado y se entregará la documentación correspondiente a la Unidad encargada de su examen, con objeto de su posterior valoración por la Mesa.
La ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor se dará a conocer en el acto público de apertura del sobre nº 3.
2.9.4. Apertura de las proposiciones evaluables mediante criterios de evaluación automática.
La apertura de los sobres que contienen las proposiciones económicas y/o criterios objetivos de valoración se realizará en sesión pública en el lugar, día y hora indicados en el anuncio de la licitación. En este acto, previamente a la apertura, el Presidente notificará el resultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión de las proposiciones rechazadas y causa de su no admisión y de las proposiciones admitidas, y, asimismo, comunicará el resultado de la evaluación las ofertas conforme de acuerdo a los criterios dependientes de un juicio de valor.
Serán desestimadas aquellas proposiciones económicas que no concuerden con la documentación presentada y admitida, excediesen del presupuesto de licitación, variaran sustancialmente del modelo establecido, comportasen error manifiesto en el importe de la proposición o cuando existiese reconocimiento por parte del licitador de que la proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.
Terminada la lectura de las proposiciones económicas, se invitará a los licitadores a que manifiesten cuantas observaciones o reservas estimen oportunas contra el acto celebrado, que, deberán formularse por escrito en el plazo máximo de dos días hábiles siguientes al de dicho acto, según lo dispuesto en el art. 87.1 RLCAP.
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2.10. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
El órgano de contratación podrá, siempre antes de la adjudicación, renunciar a la ejecución del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo de indemnizar a los licitadores, en ambos supuestos, de los gastos que su participación en la licitación les hubiese efectivamente ocasionado.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de las siguientes circunstancias:
a) Justificante del estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, cuando se ejerzan actividades sujetas a dicho impuesto mediante la presentación del alta y del último recibo de pago del impuesto acompañado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
b) Certificaciones positivas expedidas por los órganos competentes de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social a que se refieren los artículos. 13 y 14 del RGLCAP, respectivamente, o declaración responsable de no estar obligado a presentar las declaraciones o documentos relacionados en dichos preceptos.
c) Documento que acredite la constitución de una garantía definitiva por importe del 5 por 100 del importe de la adjudicación, excluidos impuestos, a disposición del órgano de contratación. Dicha garantía se prestará de las formas prevista en el artículo 96 del TRLCSP, con los requisitos establecidos en el artículo 55 y siguientes del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; así como de haber satisfecho el importe de los gastos derivados de su publicación en los Boletines Oficiales, y la documentación acreditativa de la efectiva
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disposición de los medios mediante los que se ha comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.
d) Certificación expedida por una entidad aseguradora debidamente autorizada, que acredite la contratación de una póliza de seguro de responsabilidad civil que garantice los daños ocasionados al INGESA y a terceros por hechos derivados de la prestación del servicio contratado.
La citada póliza deberá mantenerse en vigor durante el período de vigencia del contrato, lo que acreditará ante la Administración cuando ésta se lo requiera y, en su caso, antes de la formalización de la prórroga del contrato. El límite de la indemnización será como mínimo el 50 por 100 del importe del contrato.
e) Cuando el adjudicatario tenga la condición de unión temporal de empresas, escritura pública de constitución inscrita en el Registro Especial del Ministerio de Economía y Hacienda o análogo y nombramiento de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta su extinción.
f) Documento que justifique que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, previstos en los documentos contractuales.
El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación descrita en el apartado anterior, y antes del transcurso del plazo máximo de dos meses a contar desde el siguiente al de la apertura pública de proposiciones. Este último plazo se ampliará en quince días hábiles cuando existan proposiciones que puedan considerarse desproporcionadas o anormales.
La adjudicación del contrato será motivada, se notificará a los licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante y, en su caso, en la plataforma de contratación electrónica. La notificación, cuyo contenido se adecuará a las previsiones recogidas en el artículo 151.4 del TRLCSP, se realizará por correo electrónico a la dirección que los licitadores hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007, de 22
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xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Por tanto, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en los art. 41.5 y 43.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, será xx xxxx días.
La falta de cumplimentación adecuada del anterior requerimiento en el plazo señalado significará la retirada de la oferta del licitador, procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
2.10.1. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se formalizará de conformidad con el artículo 27.1 del TRLCSP en documento administrativo. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso, se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido.
Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, excepto en los casos previstos en el artículo 113 de esta Ley.
2.10.2. RETIRADA DE DOCUMENTACION
Las empresas no adjudicatarias no podrán retirar la documentación presentada hasta transcurridos los plazos previstos para la interposición de los recursos previstos legalmente. Transcurrido ese tiempo, dispondrán de un plazo máximo de cuatro meses para retirar aquélla, que, en caso contrario, será destruida.
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3. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
3.1. Responsable del contrato
El órgano de contratación podrá designar un responsable del contrato, persona física o jurídica vinculada o no a la Administración contratante, al que corresponderá supervisar su ejecución, relacionarse con el coordinador técnico o responsable de la empresa contratista y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de las facultades que se le atribuyan.
Las relaciones con la empresa adjudicataria se llevarán a cabo a través de un representante nombrado por la misma, con la disponibilidad horaria prevista en el pliego de prescripciones técnicas
Será causa de apercibimiento y, en su caso, de resolución del contrato, la manifiesta negativa del contratista a observar las instrucciones del responsable, su reiterada falta de colaboración en el desempeño de las funciones supervisoras del responsable o la no entrega o entrega incompleta de los informes o documentación requerida por éste para el efectivo control de la ejecución del contrato.
3.2. Condiciones de la ejecución
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas contenidas en este pliego, en el contrato y en la oferta realizada por el adjudicatario, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas y conforme a las instrucciones que, para su interpretación, el INGESA dé al contratista.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos y prestaciones realizadas, debiendo responder frente a la Administración y frente a terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, según lo dispuesto en el artículo 215 del TRLCSP.
3.3. Obligación de confidencialidad
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La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto de los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre). El adjudicatario queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este pliego, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa adjudicataria directamente de las infracciones legales en que, por incumplimiento de sus empleados, se pudiera incurrir.
Si el contrato adjudicado implicase el tratamiento de datos de carácter personal, se deberá respetar en su integridad la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional vigésima sexta del TRLCSP.
3.4. Ejecución defectuosa y penalizaciones 3.4.1.
Serán objeto de penalización las acciones y omisiones imputables a la adjudicataria que supongan una deficiente prestación en la calidad del servicio o un incumplimiento de las obligaciones establecidas en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas.
Estas penalidades se sujetarán al siguiente régimen:
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▪ Se impondrán cuando el órgano de contratación constate que, por causas imputables al contratista, se está realizando un cumplimiento defectuoso del objeto de la prestación. Se asimilan a este supuesto las actitudes de obstrucción y falta de colaboración del adjudicatario con el responsable del contrato, así como la falta de presentación puntual de la documentación prevista en el pliego o que se le requiera por el INGESA o el incumplimiento de los compromisos ofertados y obligaciones contraídas por aquél en su proposición.
▪ Con carácter general, el Gerente de Atención Sanitaria, a propuesta del responsable del contrato y previa audiencia del contratista, podrá penalizar a éste con una amonestación escrita o con una sanción por importe de 300 a 1.500 euros por la defectuosa ejecución del contrato, atendiendo a la trascendencia, reiteración o su grado de negligencia.
▪ Cuando la Administración se vea obligada a tomar medidas para solucionar los perjuicios derivados del incumplimiento, se añadirá a la penalización anterior el gasto ocasionado por la resolución del citado perjuicio.
3.4.2.
Sin perjuicio de la imposición de las penalizaciones o, en su caso, de la extinción del contrato, la adjudicataria estará obligada a resarcir económicamente al INGESA en todos los supuestos en que se le ocasione algún daño o perjuicio, y, en concreto, por los siguientes:
a) Por los daños que el personal de la empresa ocasione a los locales, mobiliario, instalaciones, artículos o cualquier propiedad del INGESA.
b) Por las sustracciones de cualquier material, valores o efectos realizadas por su personal o terceros como consecuencia de la inobservancia del deber de custodia.
c) Por las responsabilidades a que haya sido condenado el INGESA como consecuencia del servicio y actividades realizados por la adjudicataria y su personal.
Las cantidades que hubiera de satisfacer el contratista por este concepto podrán ser deducidas de oficio por el INGESA al hacer efectivo los correspondientes abonos mensuales.
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Asimismo, la garantía definitiva responderá de las penalidades e indemnizaciones exigibles al adjudicatario, quien, en todo caso, habrá de reponer o ampliar aquélla en la cuantía que corresponda en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
3.5. OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
3.5.1. Condiciones especiales de ejecución.
De conformidad con lo establecido en el artículo 118 del TRLCSP, los órganos de contratación podrán incorporar al contrato condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato, siempre que sean compatibles con el derecho comunitario y se indiquen en el anuncio de licitación y en el pliego o en el contrato.
El órgano de contratación establece las siguientes condiciones especiales de ejecución, quedando las mismas configuradas como obligaciones de carácter esencial:
A) Cumplimiento de la normativa en materia laboral: La empresa deberá cumplir la normativa laboral y estará obligada a aplicar el convenio colectivo sectorial que legalmente corresponda, especialmente el pago xxx xxxxxxx a los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato,
B) Prevención de riesgos laborales: Las empresas adjudicatarias deberán cumplir la normativa en materia de prevención de riesgos laborales y salud laboral.
Conforme a lo previsto en los Art. 31 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y 24 de su Reglamento, y con la finalidad de garantizar que los servicios contratados por la empresa contratista se ejecutan conforme a las medidas de seguridad establecidas por la normativa vigente y el INGESA. La empresa adjudicataria habrá de presentar la documentación acreditativa de los siguientes extremos:
1. Sistema de gestión de prevención de riesgos laborales en el que figure perfectamente identificados el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la empresa y el método de
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cobertura de vigilancia de la salud, así como, en su caso, la Mutua de Accidentes y Enfermedades Profesionales con indicación de su ubicación, persona de contacto y el mecanismo de actuación en caso de accidente laboral.
2. Certificados de formación en materia de prevención de riesgos laborales de los trabajadores que realicen la actividad en los centros del INGESA.
3. Nombramiento de un supervisor o coordinador de la actividad preventiva que se coordinará con la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales del Área de Salud de Melilla.
4. Manual de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales
5. Plan de formación en materia de prevención de riesgos laborales, que incluirá tanto la relativa a la actividad objeto del contrato como la relacionada con el plan de emergencia.
La documentación relacionada en el apartado anterior habrá de ser presentada por la empresa en el plazo de un mes desde la notificación del acuerdo de adjudicación.
C) Personas con discapacidad: Las empresas que cuenten con más de 50 trabajadores/as en el total de su plantilla deberán acreditar que está compuesta por un porcentaje superior al 2% de personas con discapacidad igual o superior al 33% o medidas alternativas, en su caso.
D) Igualdad entre mujeres y hombres: Las empresas con más de 250 trabajadores/as deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan de Igualdad previsto en la Ley 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la Igualdad Efectiva de Hombres y Mujeres.
E) Accesibilidad universal y diseño para todas las personas: Las prescripciones técnicas de las propuestas presentadas tendrán preceptivamente en cuenta criterios de accesibilidad universal y de diseño para todas las personas, tal y como están definidos en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
F) Cumplimiento de las normas de carácter medioambiental: La empresa deberá cumplir toda la medioambiental vigente y las normas internas sobre gestión de residuos que sean de aplicación al trabajo desarrollado.
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Las obligaciones detalladas en los anteriores apartados y las contenidas en el PPT se tendrán por condiciones especiales de ejecución.
C) Reglas especiales respecto del personal laboral de la empresa contratista.
Corresponderá a la contratista:
a) la selección de personal que reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos para la labor a desempeñar, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación que por parte de esta administración del cumplimiento de aquellos requisitos.
La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento a la entidad contratante.
b) Asumir la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustitución de los trabajadores en cada caso de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de seguridad social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones-cuando proceda-, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
c) Velar especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en el objeto del presente contrato.
d) La obligación de ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones, salvo que excepcionalmente, sea autorizada a prestar sus servicios en las dependencias de esta Administración. En este caso, el personal de la empresa contratista ocupará espacios de
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trabajo diferenciados del que ocupan los empleados públicos. Del mismo modo, velará por el cumplimiento de esta obligación.
e) Designar un coordinador técnico, al menos, o responsable integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones, las siguientes:
1. Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a esta Administración, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo, adscrito al contrato, de un lado, y la entidad contratante, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
2. Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
3. Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
4. Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo, a tal efecto, coordinarse adecuadamente la empresa contratista con esta Administración, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
5. Informar a la Administración acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato
3.5.2. Efectos del incumplimiento de las obligaciones contractuales de carácter esencial
Además de las consideradas como tales en los presentes pliegos, el incumplimiento de los criterios sociales o medioambientales de adjudicación y de las condiciones especiales de ejecución de carácter social o medioambiental, que son consideradas obligaciones contractuales de carácter esencial, determinarán las circunstancias en las que proceda, atendiendo al principio de proporcionalidad, proponer al órgano de contratación, optar por:
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Continuar con la ejecución del contrato, con la imposición de una penalidad que el órgano de contratación deberá estimar en función de su gravedad y consecuencias entre el 3% y el 10% del presupuesto del contrato, conforme al artículo 212.1. del TRLCSP, o
Resolver el contrato por incumplimiento culpable según el artículo 223.f) del TRLCSP, y la declaración de la prohibición de contratar durante el plazo máximo de un año en cualquier procedimiento público de licitación con conforme al artículo 60.2.e) y 61 del TRLCSP.
3.6. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse de acuerdo con lo establecido en los artículos 107 y 108 del TRLCSP. A los efectos de lo previsto en el artículo 106 del citado texto legal, no se prevén causas específicas de modificación del contrato.
3.7. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
3.7.1. Cesión del contrato
Los derechos y obligaciones derivadas del contrato podrán cederse por el contratista a un tercero, en los términos y condiciones establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.
3.7.2. Subcontratación
No se podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación.
3.8. PAGO DEL PRECIO
3.8.1. El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio de servicio con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato.
3.8.2. El pago del contrato se realizará por mensualidades vencidas que resultarán de prorratear el precio total del contrato entre su duración establecida. El abono de las facturas se realizará conforme al siguiente procedimiento:
- Presentación por el contratista de un informe sobre los trabajos realizados y calidad del servicio prestado.
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- Examen y comprobación por parte de la Dirección de Gestión y Servicios Generales de los extremos consignados en el informe y aplicación, en su caso, de las reducciones, minoraciones o descuentos que procedan conforme a lo establecido en el presente pliego.
- Expedición por el Director de Gestión y Servicios Generales de la certificación mensual de realización del servicio.
- Presentación por el contratista de las facturas correspondientes a cada centro de gestión y conforme a la certificación expedida por la Dirección de Gestión y Servicios Generales.
3.8.3. El INGESA tendrá la obligación de abonar al contratista el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de la conformidad de la prestación ejecutada por el responsable del servicio que determine la Gerencia de Atención Sanitaria. La Administración deberá aprobar esta conformidad dentro de los treinta días siguientes a la prestación del servicio.
3.8.4. La demora en el pago por plazos superiores a los indicados devengará en favor del contratista los interesas de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, de conformidad con lo establecido en el art. 216.4 del TRLCSP.
Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de la prestación del servicio. Si se incumpliera este plazo, el devengo de intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta días desde la fecha de presentación de la factura en el citado registro.
3.8.5. Si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses, el contratista podrá proceder, en su caso, a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a la Administración, con un mes de antelación, tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha suspensión, en los términos establecidos en el TRLCSP.
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3.8.6. El contratista que, según lo establecido en los párrafos anteriores tenga derecho de cobro frente al INGESA, podrá ceder el mismo conforme a Derecho en los términos previstos en el art. 218 del TRLCSP.
3.9 CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula 3.11 respecto al plazo de garantía, el contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya prestado el servicio conforme a los términos establecidos en este pliego y en el de prescripciones técnicas y a satisfacción del INGESA.
La constatación de la correcta ejecución del contrato se realizará mensualmente con el certificado de conformidad que debe acompañar a los correspondientes pagos.
3.10. RESOLUCION DEL CONTRATO
3.10.1 El contrato se resolverá por las causas previstas en los artículos 223 y 308 del TRLCSP, con los efectos previstos en los artículos 225 y 309 de la citada Ley.
3.10.2. Son también causas de resolución del contrato las siguientes:
▪ Pérdida sobrevenida de los requisitos y/o capacidad para contratar con la Administración.
▪ El incumplimiento por el contratista de la obligación de confidencialidad respecto de la información a la que tenga acceso con motivo de la ejecución del contrato.
▪ Incumplimiento reiterado de las prescripciones técnicas del contrato.
▪ La Administración podrá resolver el contrato por incumplimiento reiterado de las prescripciones técnicas del servicio, y de las condiciones especiales de ejecución, en cuanto a la no aportación de medios personales o materiales comprometidos o a la falta de calidad del servicio. No obstante, cuando se produzca este supuesto, la Administración podrá requerir al contratista para que regularice la situación en un plazo de cinco días a partir del requerimiento, sin perjuicio de establecer penalidades oportunas, según gravedad y del derecho de la entidad contratante a reclamar indemnización por los daños y perjuicios que tal incumplimiento le hubiera ocasionado.
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▪ Se asimila a este supuesto cualquier incumplimiento del contratista cuando la Administración hubiera impuesto al menos tres penalidades en la forma prevista en el presente pliego.
▪ Incumplimiento de la prohibición de subcontratar.
▪ Obstrucción a las facultades de dirección e inspección de la Administración.
▪ Se asimilan expresamente a este supuesto la negativa o falta de colaboración del contratista con las medidas que la Administración adopte para conocer en todo momento la identidad de las personas que prestan el servicio y para comprobar la correcta y completa aportación de los medios personales y materiales contratados.
▪ Incumplimiento de las obligaciones esenciales contractuales, conforme a lo establecido en el artículo 223.f del TRLCSP.
Se considera obligación contractual esencial cualquier mejora o compromiso asumido por el contratista en su oferta que haya sido considerada en la valoración de su oferta por afectar a los criterios de adjudicación del contrato.
También tendrá carácter de obligación esencial el compromiso por parte del contratista de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales propuestos en su oferta técnica.
La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista, mediante expediente que se tramitará de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 109 del RGLCAP.
3.11 PLAZO DE GARANTÍA
Atendiendo a la naturaleza de la prestación contratada, se fija un plazo de garantía de SEIS MESES.
3.12. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
3.12.1. El órgano de contratación ostenta las prerrogativas previstas en el artículo 210 del TRLCSP y los acuerdos que adopte en el ejercicio de las mismas pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.
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3.12.2. El orden jurisdiccional competente para el conocimiento de las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de de este contrato será el contencioso-administrativo, sin perjuicio de que, en su caso, proceda la interposición de cualquiera de los regulados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
INFORMACIÓN |
Responsable técnico Teléfono: 000000000 Fax: 000000000 |
Aspectos administrativos: UNIDAD CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Teléfono: 000000000 |
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Fax: 952698028 Correo electrónico: |
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y SERVICIOS GENERALES DE ASISTENCIA ESPECIALIZADA Teléfono: 000000000 Fax: 000000000 Correo electrónico: dirges.ae.melilla@ xxxxxx.xxxxx.xx |
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- 40 - GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE MELILLA
ANEXO 1
MODELO DE DECLARACIÓN EXPRESA RESPONSABLE
Don/Doña: ..................................................................................................................................................
Con domicilio en: ..................................................................................................................................................
Xxxxx/Plaza, número: ..................................................................................................................................................
En caso de actuar en representación: Como de Con domicilio en: Calle/Plaza, número: ..................................................................................................................................................................................................
DECLARA EXPRESAMENTE Y BAJO SU RESPONSABILIDAD:
Que al tiempo de finalizar el plazo de presentación de proposiciones en dicha licitación, la empresa que represento cumple las condiciones para contratar con la Administración establecidas en el artículo 146.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y en los pliegos de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas,
• Posee personalidad jurídica y el abajo firmante ostenta su representación.
• Cuenta con la clasificación y/o la solvencia económica, financiera y técnica o profesional requerida.
• Que ni el firmante de esta declaración, ni la persona física/jurídica a la que representa, ni ninguno de sus administradores o representantes se hallan incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
• Se somete a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle (En caso de que la empresa sea extranjera).
• Que cumple, en definitiva, con los requisitos previos a acreditar en sobre nº 1.
Que a requerimiento del Órgano de Contratación aportará, en el plazo conferido al efecto, la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
Que la dirección de correo electrónico para efectuar las notificaciones es ……………………………………………………………………. .
Y para que conste, firmo la presente declaración en a fecha …
Lugar, fecha y firma
GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE MELILLA Remonta, 252005 MELILLA
CORREO ELECTRONICO:
Xxxxxxx, 0
00000 XXXXXXX
TEL: 000 00 00 00
FAX: 000 00 00 00
ANEXO 1BIS LICITACIÓN ELECTRÓNICA
Normativa y principios
El apartado 3 de la disposición adicional decimosexta del TRLCSP dispone que en cumplimiento del principio de transparencia en la contratación y de eficacia y eficiencia de la actuación administrativa, se fomentará y preferirá el empleo de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos de contratación pública por los licitadores o los candidatos.
Asimismo, la disposición adicional decimoquinta del citado texto legal establece que las comunicaciones e intercambios de información que deban efectuarse en los procedimientos de contratación pública podrán hacerse, de acuerdo con los que establezcan los órganos de contratación o los órganos a los que corresponda su resolución, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
Son de aplicación la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y restante legislación sobre la materia.
Por último, la disposición adicional única del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector, prevé que, al objeto de fomentar la agilidad, eficacia y eficiencia de tales procedimientos, las comunicaciones requerimientos y notificaciones podrán realizarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
Por tanto, en aplicación de la citada normativa y de la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx, por la que se regula el empleo de medios electrónicos en los procedimientos de contratación, la Gerencia de Atención Sanitaria del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria de Melilla ha dispuesto que la presente licitación se tramite por vía electrónica de forma que la presentación de las solicitudes de participación y proposiciones, la aportación de documentos y las comunicaciones y notificaciones entre los candidatos y licitadores y el órgano de contratación pueda efectuarse a través de la plataforma de contratación pública electrónica VORTAL que el INGESA pone a disposición de los interesados en la dirección xxx.xxxxxx.xx garantizándose en todo momento la libre concurrencia y no discriminación y restricción de acceso al procedimiento.
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En el perfil del contratante de la Gerencia de Atención Sanitaria del INGESA en Melilla existe un acceso directo a la citada plataforma de contratación pública (xxx.xxxxxx.xx), donde se encuentra disponible toda la documentación relativa a la licitación en curso, así como un canal de comunicación directa con el órgano de contratación por el que se podrán plantear preguntas, solicitar aclaraciones, presentar las ofertas y recibir las notificaciones, así como ejercer cualesquiera otros derechos confieran las normas a los interesados.
La plataforma de contratación pública xxx.xxxxxx.xx, cumple íntegramente todos los requisitos legales y técnicos exigidos por el TRLCSP y demás normativa de desarrollo, ajustándose a los siguientes principios:
• Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos no son discriminatorios, encontrándose a disposición del público de forma compatible con las tecnologías de la información y comunicación de uso general.
• Toda la información y las especificaciones técnicas necesarias para la presentación electrónica de las ofertas y solicitudes de participación se encuentran a disposición de todas las partes interesadas desde el perfil del contratante del órgano de contratación, siendo de uso general y amplia implantación.
• Los sistemas de comunicaciones y para el intercambio y almacenamiento de información garantizan la igualdad entre los licitadores y la integridad de los datos transmitidos y que sólo los órganos competentes, en la fecha señalada para ello, puedan tener acceso a los mismos, o que, en caso de quebrantamiento de esta prohibición de acceso, la violación puede detectarse con claridad.
• La aplicación permite acreditar la fecha y hora de la emisión o recepción de las comunicaciones, la integridad de su contenido y el remitente y destinatario de las mismas.
• Todos los actos y manifestaciones de voluntad de los órganos administrativos o de las empresas licitadoras o contratistas que tengan efectos jurídicos y se emitan tanto en la fase preparatoria como en las fases de licitación, adjudicación y ejecución del contrato son autenticados mediante una firma electrónica reconocida de acuerdo con la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, garantizándose técnicamente que la firma se ajusta a las disposiciones de esta norma.
• Las proposiciones junto con la documentación preceptiva se presentarán, dentro del plazo señalado en el anuncio de licitación, a través de la plataforma electrónica de contratación pública
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Registro en la plataforma de licitación electrónica VORTAL
El acceso a esta plataforma electrónica es gratuito y permite realizar la consulta y descarga de los pliegos, el envío de notificaciones electrónicas y la presentación de las solicitudes de participación o de las proposiciones.
Para acceder a la plataforma VORTAL, los licitadores que no están dados de alta, deberán registrarse en la misma conforme a los siguientes pasos:
- Acceda a xxx.xxxxxx.xx y pulse el botón Registrarse
- Confirmar el registro de usuario.
- Posteriormente deberá registrar su empresa, o asociarse a una empresa ya existente en la plataforma.
- Y por último podrá solicitar el certificado de autenticación (cuya utilidad es la de autenticarse en la propia plataforma), o bien utilizar el usuario y contraseña definido en el proceso de registro para acceder a la misma.
Se podrá obtener más información sobre los trámites electrónicos relativos al registro en el portal de contratación contactando con el Servicio de Gestión de Clientes de Vortal en el número 902 02 02 90 de 9h a 19h los días laborables o a través del correo electrónico xxxx@xxxxxx.xx
Forma de presentación de ofertas a través de la plataforma de contratación pública VORTAL
Antes de adjuntar la documentación a través de la plataforma VORTAL, los licitadores deberán firmar mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un prestador de servicios de certificación y que garantice la identidad e integridad del documento, la candidatura, la oferta y todos los documentos asociados a la misma en los que sea necesaria la firma del interesado o su representante, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, y demás disposiciones de contratación pública electrónica, a excepción de aquellos documentos que acrediten la constitución de la garantía provisional, si procede, que deberán ser en todo caso originales.
La firma electrónica reconocida según el artículo 3 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma
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Electrónica es la firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido y generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma, (por ejemplo DNIe, u otras tarjetas criptográficas que reúnan los requisitos establecidos en la norma de referencia).
Es importante que los licitadores verifiquen con antelación suficiente, antes de la firma y envío de las proposiciones, los requisitos de software para la presentación de proposiciones a través de la plataforma VORTAL: JAVA, sistema operativo, navegador (actualmente el explorador Google Chrome es incompatible con JAVA), etc.
Se puede verificar y actualizar gratuitamente la versión de JAVA accediendo a la página del fabricante xxxx://xxxx.xxx/xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxx.xxx.
En cuanto al sistema operativo y otras configuraciones de los equipos, la comprobación se puede hacer pulsando sobre el enlace xxxxx://xxxx.xxxxxx.xxx/xxxxxx0xxxxxxxxxxxx/xxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx/x ndex o sobre la opción “Validación del sistema” disponible en el pie de página de acceso a la plataforma.
Si se tienen dudas sobre la versión de JAVA a utilizar y/o sobre la configuración de los equipos se puede contactar con el Servicio de Atención al Cliente de VORTAL a través del correo xxxx@xxxxxx.xx o a través del 902 02 02 09 de lunes a viernes de 09:00 a 19:00 h.
En la Plataforma Electrónica VORTAL el interesado, accederá al expediente de la siguiente manera:
- Diríjase a la página de acceso a la plataforma en el siguiente enlace: xxx.xxxxxx.xx y pulse el botón Login
- Acceda al apartado “Buscar licitaciones” donde encontrará la información relativa a este y otros expedientes del INGESA. Seleccione y copie el número de este expediente (columna referencia).
- Acceda a la plataforma mediante el usuario y la contraseña definidos en el proceso de registro, y pegue el número de expediente en el buscador disponible para tal fin en el Área de trabajo. Pulse sobre la lupa para realizar la búsqueda.
Para acceder a toda la información del expediente, deberá pulsar en “Detalle”.
Tras pulsar en “Estoy interesado”, para enviar la oferta, deberá pulsar en el bloque “MIS OFERTAS” en el botón “Crear oferta”
o En la pestaña Información General, introduzca el nombre de su oferta. Este nombre es de su
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libre elección.
En la pestaña Formulario de respuesta deberá contestar a las preguntas efectuadas por el INGESA en cada uno de los sobres del expediente. En este apartado se pueden efectuar preguntas de respuestas abiertas, listados de precios unitarios, etc. Y donde obligatoriamente tendrá que cumplimentar los precios de su oferta teniendo en cuenta los datos mencionados en las columnas “Descripción” y “Unid.” Por tanto, deberá cumplimentar, para cada una de las posiciones existentes el precio unitario, expresado en euros, sin IVA.
o En la pestaña Documentos deberá adjuntar toda la documentación requerida en el presente pliego en sus Sobres correspondientes. Toda la documentación solicitada, deberá ser firmada mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad del sobre y todos los documentos asociados al mismo.
Una vez realizados todos los pasos anteriores, deberá pulsar el botón “Finalizar oferta”, y, a continuación, pulsar el botón “Firmar todos” y seleccionar un certificado reconocido para la firma de los documentos. Posteriormente deberá pulsar el botón “Enviar y Encriptar” de tal manera que toda su oferta, junto con la documentación asociada a la misma, quedará cifrada sin que se pueda acceder a su contenido hasta la constitución de la mesa de contratación. A continuación, aparecerá una ventana donde tendrá que aceptar las recomendaciones para el envío de la oferta en la plataforma y para terminar, deberá pulsar el botón “Presentar”.
Todas las solicitudes de participación y proposiciones recibidas electrónicamente a través de la plataforma electrónica de contratación VORTAL serán custodiadas y encriptadas sin posibilidad de acceder a su contenido en ningún caso hasta que se constituya la Mesa de Contratación.
Presentada la oferta a través de la plataforma electrónica de contratación VORTAL (xxx.xxxxxx.xx), se generará un recibo electrónico que garantizará la fecha, hora y contenido de dicha solicitud.
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Es responsabilidad exclusiva del licitador si experimenta alguna dificultad a la hora de preparar y presentar su oferta contactar con la compañía proveedora del servicio dentro del plazo de presentación de ofertas para garantizar que efectivamente se realizan todos los pasos necesarios y no se trata de una dificultad técnica o un problema del software.
Todas las ofertas entregadas fuera de plazo porque no se hayan realizado con antelación suficiente las configuraciones necesarias indicadas en los párrafos anteriores, o el usuario no prepare su oferta con la antelación suficiente para presentarla dentro del plazo previsto, serán excluidas del proceso
Una vez practicadas las actuaciones de calificación de la documentación y aplicación de los criterios de selección por parte de la Mesa de Contratación, si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará verbalmente y por medio de la plataforma de contratación electrónica xxx.xxxxxx.xx a los interesados, concediéndoles un plazo no superior a tres días hábiles a fin de que los corrijan o subsanen a través de dicha plataforma.
Podrá obtener más información sobre cómo presentar su oferta a través de la plataforma de contratación electrónica VORTAL, contactando con el Servicio de Gestión de Clientes de Vortal en el número 902 02 02 90 de 9h a 19h los días laborables o a través del correo electrónico xxxx@xxxxxx.xx
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ANEXO 2
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA A EFECTOS DE NOTIFICACIONES1
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR | ||
NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA: | ||
N.I.F. / C.I.F.: | ||
DIRECCIÓN: | ||
TELÉFONO: | FAX | E.MAIL: |
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR | ||
NOMBRE Y APELLIDOS: | ||
N.I.F. / C.I.F.: | ||
DIRECCIÓN: | ||
TELÉFONO: | FAX | E.MAIL: |
DECLARA:
Que señala que la dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones es la siguiente:
Que acepta la notificación electrónica del expediente de contratación del ( ) a través de la Plataforma de Contratación del Estado, en cuanto a las comunicaciones y notificaciones que se realicen entre la empresa y la Administración contratante, con plena validez jurídica en plazos y recepción de notificaciones.
Que, por tanto, se compromete a darse de alta como operador económico en la página web de la Plataforma de Contratación del Estado, siendo responsabilidad exclusiva de la empresa la realización correcta del registro en la misma.
Fecha y firma
GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Remonta, 2, 00000 XXXXXXX
1 Esta declaración sólo podrá cumplimentarse si la solicitud de participación y las proposiciones pueden presentarse en formato papel y el licitador opta por las comunicaciones y notificaciones electrónicas.
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ANEXO 3
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA PARA PRESTAR EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ELEVADORES EN LAS INSTITUCIONES DE
INGESA EN MELILLA
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR | ||
NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA: | ||
N.I.F. / C.I.F.: | ||
DIRECCIÓN: | ||
TELÉFONO: | FAX | E.MAIL: |
D E C L A R A
1. Que, enterado de las condiciones y requisitos para concurrir a la prestación del servicio solicitado por el INGESA, considera que se encuentra en situación de poder optar al mismo.
2. Que conoce las condiciones exigidas para ello y que las acepta incondicionalmente.
3. Que se compromete en nombre (propio o de la Empresa que representa) a tomar a su cargo los trabajos objeto del contrato con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones y por el siguiente precio en el que incluyen todos los gastos derivados de la prestación del suministro:
Localización | Conceptos | Unid. | Precio Máximo Unit. | Precio Máx. Unit ofertado | Precio del Servicio |
Hosp. Comarcal | Montacargas | 2 | 164,16 € | ||
Hosp. Comarcal | Montacamillas | 4 | 326,92 € | ||
Hosp. Comarcal | Ascensor | 2 | 180,19 € | ||
Hosp. Comarcal | Ascensor Hidr. | 1 | 88,02 € | ||
9 | Suma Total: |
Localización | Conceptos | Unid. | Precio Máximo Unit. | Precio Máx. Unit ofertado | Precio del Servicio |
C. Salud Z.Centro | Ascensor | 2 | 175,38 € | ||
X. Xxxxx X.Xxxxx | Xxxxxxxx | 0 | 87,69 € | ||
X. Xxxxx X.Xxxxx | Xxxxxxxx | 0 | 87,69 € | ||
X. Xxxxx X.Xxxx | Xxxxxxxx | 0 | 87,69 € | ||
X. Xxxxx X.Xxxx | Xxxxxxxxxx | 0 | 77,88 € | ||
6 | Suma Total: |
Los precios máximos y ofertados se entenderán por periodo mensual.
Lugar, fecha y firma
GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Remonta, 2, 52005 MELILLA
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ANEXO 4
SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR | ||
NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA: | ||
N.I.F. / C.I.F.: | ||
DIRECCIÓN: | ||
TELÉFONO: | FAX | E.MAIL: |
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR | ||
NOMBRE Y APELLIDOS: | ||
N.I.F. / C.I.F.: | ||
DIRECCIÓN: | ||
TELÉFONO: | FAX | E.MAIL: |
SOLICITA: Que sea admitido en el procedimiento abierto nº para la contratación de
A tal efecto, sin perjuicio de las notificaciones que hayan de practicarse en la forma prevista en la normativa sobre contratos del sector público y el pliego de cláusulas administrativas particulares, se autoriza al INGESA a notificar los actos e incidencias del presente expediente de contratación a través del correo electrónico que figura en los datos de identificación del empresario licitador.
En..................., a........de de 2016
Fdo:
GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Remonta, 2, CP 52005
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DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES X XXXXXXXX
00
XXXXX 0
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE DOCUMENTOS A TRAVES DE PLATAFORMA
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR | ||
NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA: | ||
N.I.F. / C.I.F.: | ||
DIRECCIÓN: | ||
TELÉFONO: | FAX | E.MAIL: |
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR | ||
NOMBRE Y APELLIDOS: | ||
N.I.F. / C.I.F.: | ||
DIRECCIÓN: | ||
TELÉFONO: | FAX | E.MAIL: |
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: Que el contenido de la documentación presentada al procedimiento de contratación del ( ) a través de la plataforma de contratación electrónica, concuerda fielmente con los originales, comprometiéndose a presentar ante la Gerencia de Atención Sanitaria del INGESA en Melilla los documentos que acrediten la autenticidad de las copias aportadas.
Y para que conste se firma la presente en , a de de 2016
GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Remonta, 2, CP 52005
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