CONTRATO DE PRESTAMO Nº XXX
CONTRATO XX XXXXXXXX Nº XXX
En Oviedo, a XX de XXX de 2017.
REUNIDOS:
De una parte la Ilma. Sra. Dña. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, Consejera de Hacienda y Sector Público del Principado xx Xxxxxxxx.
Y de otra, D. /Dña. XXXXXXX,
Alcalde/ Alcaldesa del Ayuntamiento de XXXXXX.
INTERVIENEN
El primero, en representación de la Administración del Principado xx Xxxxxxxx. El segundo, en representación del Ayuntamiento de XXXXXXX.
De conformidad con la Disposición Adicional Octava y Disposición Transitoria Única de la Ley del Principado xx Xxxxxxxx 3/2012, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2013 y con el Reglamento 55/2002, de 25 xx xxxxx, vigente, formalizan el presente contrato, haciendo constar estos
ANTECEDENTES
Primero.- Por Resolución de Alcaldía Nº XXXXXXXXXXXX, el Ayuntamiento de XXXXXX solicitó de la Consejería de Hacienda y Sector Público del Principado xx Xxxxxxxx la concesión de un préstamo por importe de XXXXXX euros para XXXXXXXXXXXX.
Segundo.- La Directora General de Finanzas y Economía/La Consejera/ El Consejo de Gobierno, en su reunión de fecha XX de XXXX de 2017, acordó autorizar un gasto por importe de XXXXX euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 12.06.632E.82X.006 de los Presupuestos Generales del Principado xx Xxxxxxxx para 2017, al objeto de conceder un préstamo al Ayuntamiento de XXXXX con destino a XXXXXXXX.
De acuerdo con lo anterior, ambos comparecientes convienen en formalizar el presente contrato xx xxxxxxxx con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.- La Consejería de Hacienda y Sector Público del Principado xx Xxxxxxxx, (en adelante la “CONSEJERÍA”), concede al Ayuntamiento de XXXXX, (en adelante la “ENTIDAD LOCAL”), un préstamo por importe total de XXXXX euros, con destino a XXXXXXXXXXXXXXXXXXX.
La ENTIDAD LOCAL acepta el préstamo que se le concede y se compromete a reintegrar el principal del mismo, y a pagar los intereses hasta su total cancelación en la forma prevista en este contrato.
La ENTIDAD LOCAL autoriza a la CONSEJERÍA para abonar, xxx xxxxxxxxxxxxx xxxxxxxx, xx xxxxxxx xxx xxxxxxxx xx xx xxxxxx xxxxxxxx número ES11111111111111111111 abierta por la ENTIDAD LOCAL en XXXXX.
Segunda.- Una vez abonado el préstamo, el importe de la deuda habrá de amortizarse en el plazo de XX años, (con uno de carencia), mediante XX cuotas anuales, comprensivas de intereses y amortización, (salvo la primera: compresiva únicamente de los intereses devengados), calculada de acuerdo con el sistema de amortización de términos amortizativos constantes.
Formalizado el contrato y conocida la fecha de disposición de los fondos, la CONSEJERÍA remitirá a la ENTIDAD LOCAL el correspondiente cuadro de amortización (en adelante Cuadro de Amortización) donde se detallará el pago o amortización del capital en su fecha de vencimiento, junto con los intereses correspondientes. Dicho Cuadro de Amortización se adjuntará como Anexo I del presente contrato y a todos los efectos, será parte integrante del mismo.
La ENTIDAD LOCAL efectuará el adeudo de la cuota xxx xxxxxxxx en la cuenta bancaria número XX00 0000 0000 00 0000000000, abierta a nombre del Principado xx Xxxxxxxx en LIBERBANK, S.A., en la fecha establecida en el Cuadro de Amortización.
Tercera.- La CONSEJERÍA imputará las cantidades recibidas de la ENTIDAD LOCAL al abono de intereses de demora, a intereses ordinarios y al principal xxx xxxxxxxx, por este orden.
Cuarta.- El préstamo comenzará a devengar intereses desde el momento de la entrega del capital xxx xxxxxxxx, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula primera, con independencia de cuando se haya firmado el contrato, al tipo de interés del XX % nominal anual, que se calculará sobre la base de un año de 360 días en función del número de días naturales efectivamente transcurridos.
Los intereses se liquidarán anualmente y serán abonados junto con la amortización de capital en la fecha establecida en el Cuadro de Amortización.
Quinta.- Se podrá anticipar total o parcialmente la amortización xxx xxxxxxxx objeto de este contrato, sin penalización alguna, (en la fecha determinada por la CONSEJERÍA Y LA ENTIDAD LOCAL)
Respetando en todo el caso el orden de imputación de los pagos previsto en la cláusula tercera, las cantidades reembolsadas por la ENTIDAD LOCAL en concepto de amortización anticipada parcial se imputarán al importe de la cuota/cada cuota. En ese caso, la CONSEJERÍA recalculará el Cuadro de Amortización que se adjunta como Anexo I y facilitará a la ENTIDAD LOCAL un nuevo Cuadro de Amortización, con el recálculo del importe de las cuotas.
Sexta.- En caso de morosidad, la ENTIDAD LOCAL vendrá obligada a pagar, sobre las cantidades vencidas y no reembolsadas y desde el primer día, transcurrido un mes desde el vencimiento de la anualidad, el tipo de interés que establezca la Administración General del Estado para sus derechos de naturaleza análoga, conforme al artículo 14.2 del Texto Refundido del Régimen Económico y Presupuestario, aprobado por Decreto Legislativo del Principado xx Xxxxxxxx 2/1998, de 25 xx xxxxx.
Los intereses de demora se devengarán y liquidarán por días naturales con base en un año de 360 días.
Séptima.- El Principado xx Xxxxxxxx será considerado acreedor preferente de la ENTIDAD LOCAL por razón xxx xxxxxxxx y cuanto le sea debido en virtud del presente contrato.
Octava.- En garantía de todas las obligaciones de pago del presente contrato, la ENTIDAD LOCAL afecta como garantía xxx xxxxxxxx los anticipos a cuenta y/o liquidación definitiva de los tributos propios gestionados por los Servicios Tributarios del Principado xx Xxxxxxxx, retenidos en la cantidad necesaria para hacer frente a las cantidades vencidas, líquidas y exigibles bajo el presente contrato.
Novena.- En caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por la ENTIDAD LOCAL en virtud del presente contrato, la CONSEJERÍA podrá dar por vencidos anticipadamente todos los plazos y reclamar a la ENTIDAD LOCAL el pago de todas las cantidades debidas sin necesidad de resolución judicial. Serán a cargo de la ENTIDAD LOCAL los pagos que dicha resolución anticipada pueda ocasionar.
Décima.- La CONSEJERÍA tendrá, en todo momento, la facultad de comprobar la efectiva aplicación xxx xxxxxxxx a la finalidad para la que se concede. Si advirtiese que se da distinta aplicación a la cantidad prestada, o que dicha aplicación se hace en forma diferente a la necesariamente prevista con arreglo a la legislación vigente, la CONSEJERÍA podrá resolver el contrato por sí misma, sin necesidad de resolución judicial, siendo a cargo de la ENTIDAD LOCAL los daños y perjuicios así como los gastos que se generen.
Undécima.- Además de la obligación fundamental de pago por los conceptos de amortización e intereses contraídos en virtud del presente contrato, la ENTIDAD LOCAL se compromete a consignar en el estado de gastos de sus proyectos de presupuestos, mientras el presente préstamo no quede cancelado por pago de todas las deudas que del mismo se deriven, las partidas suficientes para hacer frente a los pagos a que queda obligado por este contrato o, alternativamente, a consignar en el articulado del proyecto de presupuestos, mientras no quede completamente cancelada la presente operación, la posibilidad de ampliación automática de la correspondiente partida presupuestaria hasta el importe que sea preceptivo reconocer.
Duodécima.- La ENTIDAD LOCAL queda obligada a comunicar a la CONSEJERÍA todos los acuerdos que afecten en cualquier modo a las estipulaciones de este contrato y, especialmente, a las consignaciones presupuestarias para pagar la carga financiera anual.
Decimotercera.- Serán de cargo de la ENTIDAD LOCAL todos los tributos que graven este contrato, así como los gastos que, en su caso, se deriven de su otorgamiento.
Decimocuarta.- Los jueces y tribunales competentes para entender cuantas cuestiones litigiosas se puedan derivar del presente contrato serán los xx Xxxxxx, a quienes las partes contratantes se someten con renuncia expresa a su propio fuero.
Decimoquinta.- Este documento podrá ser elevado a escritura pública, siendo a cargo de la ENTIDAD LOCAL el pago de los gastos que se originen.
Decimosexta.- La ENTIDAD LOCAL se compromete al cumplimiento de cuantos requisitos y trámites exijan la formalización y desarrollo de este contrato, la ejecución de los gastos que con el mismo se financian, la aplicación de los fondos del crédito, la garantía y el pago de sus obligaciones ante la CONSEJERÍA.
Y en prueba de conformidad, firman el presente documento por duplicado y a un solo efecto en el lugar y fecha antes indicados.
POR LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y SECTOR PÚBLICO POR EL AYUNTAMIENTO
DE XXXXXX