Contract
ESTUDIO Y DOCUMENTOS PREVIOS PARA EL CONTRATO INTERADMINISTRATIVO CELEBRADO ENTRE LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y LA IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
1. INTRODUCCIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD.
Teniendo en cuenta lo consagrado en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y la Ley 1474 de 2011 y en especial lo establecido por el Decreto 1082 de 2015, se realiza el presente estudio con el fin de determinar la conveniencia y oportunidad para la adelantar la celebración de un contrato cuyo objeto consiste en contratar el diseño, diagramación, corrección de estilo e impresión del material didáctico y de apoyo para la promoción, divulgación, sensibilización y fortalecimiento permanente del Sistema Integrado de Gestión y Control, y el Sistema de Gestión de Calidad de la Agencia Nacional de Infraestructura.
Que mediante el Decreto 4165 de 3 de noviembre de 2011, se modificó la naturaleza jurídica y la denominación del Instituto Nacional de Concesiones por la de Agencia Nacional de Infraestructura, Agencia Nacional Estatal de Naturaleza Especial, del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrita al Ministerio de Transporte que tiene por objeto según lo previsto en el artículo 3º ibídem “… planear, coordinar, estructurar, contratar, ejecutar, administrar y evaluar proyectos de concesiones y otras formas de Asociación Público- Privada – APP, para el diseño, construcción, mantenimiento, operación, administración y/o explotación de la infraestructura pública de transporte en todos sus modos y de los servicios conexos o relacionados y el desarrollo de proyectos de asociación público privada para otro tipo infraestructura pública cuando así lo determine expresamente el Gobierno Nacional respecto de infraestructuras semejantes a las enunciadas en este artículo, dentro del respeto a las normas que regulan la distribución de funciones y competencias y su asignación”.
Así mismo, en el precitado decreto se establecieron en el artículo 4 las funciones Generales dentro de las cuales se encuentra la siguiente “(…) 4. Definir metodologías y procedimientos en las etapas de planeación, pre adjudicación, adjudicación, pos adjudicación y evaluación de proyectos de concesión u otras formas de Asociación Público Privada a su cargo. (…)”.
Adicionalmente, son funciones de la Vicepresidencia de Planeación Riesgos y Entorno las enunciadas en el artículo 17 del mismo Decreto: “(…) 1. Establecer las metodologías para los procesos de planeación estratégica y operativa, coordinar su implementación, elaborar en coordinación con otras áreas el plan estratégico y de acción de la Agencia, y una vez aprobados hacer el seguimiento y evaluación de los mismos y proponer los ajustes correspondientes. 2.
Establecer metodologías y desarrollar estudios económicos, sectoriales, de priorización de proyectos y de mercados, así como los demás estudios requeridos, previo al proceso de estructuración de los proyectos de concesión u otras formas de asociación pública privada a cargo de la entidad. 3. Administrar el banco de proyectos de la Agencia, en concordancia con las directrices del Ministerio de Transporte y el Departamento Nacional de Planeación. 4. Asesorar en la definición estratégica de la reversión de las áreas e infraestructura asociada a los contratos de concesión u otras formas de Asociación Público Privada a cargo de la Agencia.5. Establecer las metodologías, ejecutar y coordinar el proceso de gestión del conocimiento de la entidad. 6. Diseñar metodologías y coordinar los estudios necesarios para efectuar la evaluación de impacto de los proyectos a cargo de la Agencia. 7. Consolidar y analizar las evaluaciones de los procesos de la entidad y formular los ajustes pertinentes. 8. Elaborar en coordinación con las demás dependencias la programación y consolidación del plan de inversiones, y coordinar y actualizar la información requerida en los sistemas establecidos para el seguimiento de los proyectos de inversión a cargo de la entidad. 9. Coordinar y consolidar el anteproyecto de presupuesto de la Agencia, así como las modificaciones al presupuesto aprobado: y realizar el análisis de la ejecución del presupuesto. 10. Establecer las metodologías, apoyar y/o coordinar la identificación, valoración, distribución, administración y el seguimiento de los riesgos en los proyectos de concesión u otras formas de asociación pública privada a cargo de la entidad, así como de los riesgos asociados a los procesos misionales y de apoyo de la entidad. 12. Establecer metodologías y estrategias de manejo, y dirigir y/o supervisar la gestión social, predial y ambiental en cumplimiento de los contratos, permisos y licencias, incluidos los procesos de expropiación que se requieran en el desarrollo de los proyectos a cargo de la Agencia. 13. Diseñar, implementar y administrar los sistemas de información y definir la estrategia tecnológica de la entidad. 14. Coordinar la elaboración de los informes requeridos por los entes de control y demás autoridades. 15. Apoyar y promover la interacción entre las diferentes áreas de la entidad y con las entidades del Gobierno para el desarrollo de los proyectos de concesión u otras formas de Asociación Público Privada. 16. Dirigir y coordinar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia. 17. Las demás que le sean asignadas de conformidad lo establecido en la ley.
La Ley 489 de 1998 “Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades de orden nacional (…)” en el artículo 15 ibídem señala que “El Sistema de Desarrollo Administrativo es un conjunto de políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y manejo de los recursos humanos, técnicos, materiales, físicos, y financieros de las entidades de la Administración Pública, orientado a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional, de conformidad con la reglamentación que para tal efecto expida el Gobierno Nacional.” Así mismo, el artículo 17 numeral 4 alude a la necesidad de la cultura de mejora continua mediante “4. Programas de mejoramiento continuo de las entidades en las áreas de gestión, en particular en las de recursos humanos, financieros, materiales,
físicos y tecnológicos, así como el desempeño de las funciones de planeación, organización, dirección y control.”
Ahora bien, la Ley 872 de 2003 “crea el sistema integrado de gestión de la calidad en la rama ejecutiva del poder público y en otras entidades prestadoras de servicios”, siendo este una herramienta para mejorar el desempeño de las Instituciones públicas que permite diseñar, mejorar y evaluar los procesos y procedimientos internos de las Entidades públicas con el fin de mejorar la capacidad de respuesta, y de esta manera cumplir con las expectativas y necesidades de sus clientes.
En este sentido, el artículo 2 de la Ley 872 de 2003 regula que “El sistema de gestión de la calidad se desarrollará y se pondrá en funcionamiento en forma obligatoria en los organismos y entidades del Sector Central y del Sector Descentralizado por servicios de la Rama Ejecutiva del Poder Público del orden Nacional, y en la gestión administrativa necesaria para el desarrollo de las funciones propias de las demás ramas del Poder Público en el orden nacional.” Y de acuerdo con el parágrafo
1 del artículo 2“La máxima autoridad de cada entidad pública tendrá la responsabilidad de desarrollar, implementar, mantener, revisar y perfeccionar el Sistema de Gestión de la Calidad que se establezca de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley. El incumplimiento de esta disposición será causal de mala conducta”.
Por otro lado, la Ley 87 de 1993 establece las normas para el ejercicio del control interno en las organizaciones y organismos del estado y se dictan otras disposiciones, señala que “se entiende por control interno el sistema integrado por esquema de organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una organización, con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas u objetivos previstos”
En el año 2015, la Agencia Nacional de infraestructura fue certificada bajo las normas de calidad ISO 9001:2008 y la Norma Técnica para la Gestión Pública NTCGP 1000:2009, las cuales son de vital importancia para dar cumplimiento a los objetivos institucionales y a la normatividad vigente. Es por esto que el mantenimiento de las mencionadas certificaciones se logrará contando con el compromiso y empoderamiento de los colaboradores y los diferentes contratistas de la Agencia. Entidad acerca de la importancia de mantenerse trabajando bajo dicho esquema, enfocados en la mejora continua.
Basados en la norma internacional ISO 9001 – Sistemas de gestión de la calidad, y la norma técnica de calidad NTCGP100:2009, la Entidad adoptó un enfoque basado en procesos a través de los
cuales se desarrolla, mantiene y mejora la eficacia y eficiencia de un sistema de gestión de la calidad, para aumentar la satisfacción del cliente mediante el cumplimiento de sus requisitos. Actualmente El Sistema de Gestión de la Entidad está compuesto por diez (10) procesos, uno es el Sistema Estratégico de Planeación y Gestión desde el cual se planea desde la alta dirección las directrices de la Agencia, tres (3) son misionales: Estructuración de proyectos de Infraestructura de Transporte, Gestión de la Contratación Pública y Gestión contractual y seguimiento de proyectos de Infraestructura de Transporte, cinco (5) procesos de apoyo: Gestión xxx Xxxxxxx Humano, Gestión Administrativa y Financiera, Gestión de la Información y Comunicaciones, Gestión Jurídica y Transparencia, Participación, Servicio al Ciudadano y Comunicación; y un proceso de evaluación: Evaluación y Control Institucional.
Es así como la aplicación de un sistema de procesos dentro de la organización, junto con la identificación de interacciones de los mismos, y su gestión para producir el resultado deseado, puede denominarse como "enfoque basado en procesos" lo que proporciona una ventaja significativa, siendo esta el control continuo sobre los vínculos entre los procesos individuales dentro del sistema de procesos, así como sobre su combinación e interacción.
En el proceso Sistema Estratégico de Planeación y Gestión, se realizó la Planeación Estratégica 2016-2021 de la ANI liderado por la Alta Dirección, buscando el cumplimiento de la misión, visión y de los cuatro (4) focos estratégicos y los objetivos de los mismos. Para el logro de la misión es importante la alineación de las actividades de la gestión social y predial dando así cumplimiento al foco estratégico tres (3) “Generar confianza en los ciudadanos, Estado, inversionistas, y usuarios de la infraestructura, promoviendo transparencia y participación”, específicamente con el objetivo “3.5 Desarrollar procesos efectivos para la gestión predial, social y ambiental”. Igualmente, las actividades que se realizan en el Sistema de Gestión de Calidad son fundamentales para el logro xxx xxxx estratégico cuatro (4) “Fortalecer la gestión y toma de decisiones oportunas, basados en el trabajo en equipo que permita la consolidación de una Agencia competitiva con solidez técnica y ética”, enfocándose en el objetivo “4.3. Fortalecer y mantener el Sistema Integrado de Gestión que optimice los procesos basados en el mejoramiento continuo, articulando la gestión de los equipos a la planeación estratégica”.
Teniendo en cuenta que el Sistema de Gestión de Calidad es un sistema por procesos y busca la mejora continua, que procure el cumplimiento de los procesos misionales, se identificó como una oportunidad de mejora el fortalecimiento de la gestión social en las consultas previas tomando como referencia la Directiva Presidencial No.10 del 07 de Noviembre de 2013 y el fortalecimiento de la gestión predial impartiendo lineamientos y así lograr una oportuna adquisición de los predios requeridos, para poder dar inicio al desarrollo de los proyectos de concesión actual y futura que adelanta la Entidad. Dicha mejora se enmarcada en los procesos misionales de Estructuración de Proyectos de Infraestructura de Transporte y de Gestión Contractual y Seguimiento de proyectos de
Infraestructura de Transporte, y basados en que el éxito de un proyecto depende en gran medida de que la Gestión Social y Predial que se realice en los tiempos establecidos, con los recursos presupuestados, identificando objetivos, procesos adecuados, seguimiento, medición y toma de acciones para mejorar la prestación del servicio, contribuyendo así con la gestión en la cultura de la mejora continua.
Con el fortalecimiento del Sistema de Gestión de la Entidad, tomando la apropiación del mismo por parte de los funcionarios y colaboradores de la entidad y partiendo de la base de la mejora continua en los procesos, se pueden prevenir, demoras, retrasos, reprocesos lo cual contribuye con la misión de la Entidad y el objetivo del Sistema de Gestión mejorando el desempeño en la gestión institucional. De esta manera, se hace necesario que todos los funcionarios y contratistas participen activamente en el fortalecimiento y mantenimiento del Sistema De Gestión de Calidad para lograr lo estipulado en la ley 872 de 2003; la importancia no solo radica en el cumplimiento de la ley, sino que también es de vital importancia mejorar el desempeño institucional para hacer frente a los grandes retos en materia de infraestructura. De esta manera, contaremos con una Entidad dinámica con capacidad de hacer frente a la estructuración y ejecución de los contratos de concesión y APP en sus diferentes modos.
El programa de cuarta generación (4G) de concesiones comprende una inversión aproximada de 47 billones de pesos repartidos en más de 40 proyectos carreteros, para construir los próximos 5 años que son de vital importancia para mejorar la competitividad, interconectar el norte con el sur, el occidente con el oriente, por lo cual tener una Gestión Social y Predial estructurada, sensibilizada, implantada y eficiente al momento de realizar las consultas previas que se requieran y posteriormente la adquisición de predios, ayudará a minimizar los retrasos en las fases de pre- construcción y construcción, y será de vital importancia para garantizar el cumplimiento de los objetivos institucionales, especialmente los que se refiere a la ejecución de los contratos de APP.
De acuerdo a la necesidad planteada se requiere de material didáctico y de apoyo impreso, debido a que la curva de aprendizaje de las personas es mejor y más rápida, en razón a que facilita la consulta, comprensión e identificación de información. Por lo anterior, se requiere contratar el diseño, diagramación, corrección de estilo e impresión de material didáctico y de apoyo para la promoción, divulgación, sensibilización y fortalecimiento del Sistema de Gestión de Calidad de la Agencia Nacional de Infraestructura, para el fortalecimiento y mejora continua de los procesos misionales de Estructuración de Proyectos de Infraestructura y de Gestión Contractual de Proyectos de Infraestructura de Transporte.” con lo cual se busca:
• Generar conocimiento al interior de la Agencia y de sus contratistas de la pertinencia e importancia del mejoramiento continuo, estandarizando la gestión en consultas previas y la gestión de la adquisición de predios.
• Fortalecer el proceso Gestión contractual y Seguimiento a Proyectos de Infraestructura de Transporte dando a conocer las directrices de la gestión de adquisición predial y en la gestión de consultas previas a los colaboradores, contratistas y aliados, basados en una cultura de mejoramiento continuo, impartiendo los lineamientos a seguir con una guía en el tema.
• Mejorar el desempeño institucional en cuanto al desarrollo de consultas previas y la adquisición de predios para el desarrollo eficaz de proyectos de infraestructura de transporte.
• Apoyar el cumplimiento de las mejores prácticas y orientar la supervisión en el ciclo PHVA enfocado a la mejora continua.
• Eficacia, eficiencia y efectividad en las actividades.
Ahora bien, con el fin de satisfacer la necesidad planteada, la Agencia acude a la modalidad de contratación contemplada en el artículo 2, numeral 4, literal c) de la Ley 1150 de 2007, en el entendido de celebrar un contrato interadministrativo con la Imprenta Nacional de Colombia teniendo como consideraciones que tanto la Agencia Nacional de Infraestructura como la Imprenta Nacional de Colombia son de aquellas entidades de que trata el artículo 2 de la ley 80 de 1993 (Entidades Estatales) y que la Ley 109 de 1994 establece:
“ARTICULO. 4º—Funciones. Para el cumplimiento de sus objetivos, la Imprenta Nacional de Colombia cumplirá las siguientes funciones:
1 1. Editar, imprimir, divulgar y comercializar, como garante de la seguridad jurídica, las normas, documentos, publicaciones e impresos de las entidades nacionales que integran las Ramas del Poder Público en Colombia.
2. Editar, imprimir, divulgar y comercializar las normas, documentos, publicaciones e impresos de las entidades territoriales, bajo las condiciones y características propias xxx xxxxxxx.
3. Prestar los servicios de diseño, edición, impresión, divulgación y comercialización de documentos, publicaciones e impresos a los particulares, bajo las condiciones y características propias xxx xxxxxxx.
4. Atender los requerimientos de bienes y servicios de comunicación gráfica de las entidades nacionales, territoriales y de los particulares, bajo las condiciones y características propias xxx xxxxxxx.
5. Dirigir, divulgar e imprimir el “Diario Oficial”, publicando las normas y actos administrativos de las entidades estatales, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
6. Imprimir y publicar la Gaceta del Congreso, la Gaceta Judicial, la Gaceta Constitucional, los Anales del Consejo de Estado y demás publicaciones de la Rama Judicial.
7. Apoyar al Gobierno Nacional en lo relacionado con la difusión de los actos, documentos oficiales, reglamentos, políticas públicas, planes, programas y proyectos, en la forma en que le sean solicitados.
8. Organizar y administrar el archivo de documentos, diarios, gacetas, boletines, folletos y demás publicaciones y productos elaborados en la Imprenta Nacional de Colombia para su posterior consulta e información de la comunidad, utilizando las tecnologías existentes.
9. Realizar la comercialización y distribución de los productos que genere, en las condiciones que para cada caso se determine.
10. Utilizar los medios tecnológicos más adecuados para prestar los servicios de publicación, edición, impresión, divulgación, comercialización y demás necesidades de comunicación gráfica de que trata el presente decreto.
11. Las demás que le señalen las normas vigentes y los estatutos.”. (Negrilla fuera del texto).
ARTICULO. 5º—Obligación. Aclarado por el art. 1 Decreto Nacional 381 de 1994 Los ministerios, de los Departamentos administrativos, superintendencias, unidades administrativas especiales, establecimientos públicos del orden nacional y organismos de las ramas legislativa y judicial, están obligados a contratar sus publicaciones e impresos de que tratan los artículos 2º y 4º de la presente ley con la Imprenta Nacional de Colombia.
Cuando la Imprenta Nacional de Colombia, en los trabajos previstos en el numeral 3º del artículo 4º de la presente ley, no pueda atender los requerimientos del solicitante, o éste acredite previamente con las respectivas cotizaciones que las condiciones de precio y/o plazo en el sector privado son más favorables, lo autorizará para contratar el trabajo con terceros. El trámite de las cuentas de cobro deberá llevar anexa, en estos casos, la respectiva certificación expedida por la Imprenta Nacional de Colombia. Las entidades a que hace referencia la presente ley también están autorizadas para contratar con terceros si la Imprenta Nacional de Colombia no responde su petición en el término xx xxxx (10) días hábiles contados de la fecha de recibo de la respectiva solicitud.” (Negrilla fuera del texto)
Teniendo en cuenta lo anterior, y dando aplicación al principio de coordinación contenido en el artículo 6 de la ley 489 de 1998, como desarrollo del artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, la presente contratación se encuentra enmarcada dentro de los supuestos normativos que permiten la celebración de un contrato interadministrativo con la Imprenta Nacional de Colombia, entendida ésta como una entidad estatal.
En razón de lo expuesto y en el marco de sus funciones la Vicepresidencia de Planeación, Riesgos y Entorno, con el fin de fortalecer el Sistema el Sistema Integrado de Gestión de la Entidad y los procesos misionales de Estructuración de Proyectos de Infraestructura de Transporte y Gestión Contractual de Proyectos de Infraestructura de Transporte, se tiene la necesidad de contratar una empresa con experiencia y calidad en la prestación de servicios de impresión tipográfica o serigráfica y de servicios de diseño de gráficos o gráficas para la elaboración de una guía de consultas previas, una guía de adquisición predial y una cartilla del Sistema de Gestión de Calidad; como un material de apoyo a la mejora del Sistema Integrado de Gestión y el logro de la misión de la Agencia; motivo por el cual se considera necesario aunar esfuerzos con la Imprenta Nacional a través de la celebración de un contrato interadministrativo, en concordancia con las normas que lo regulan, con el fin de obtener las publicaciones e impresiones atrás mencionadas para el debido cumplimiento de nuestros procesos misionales.
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2. EL OBJETO A CONTRATAR (ESPECIFICACIONES, CONDICIONES DEL CONTRATO, OBLIGACIONES Y PLAZO)
2.1.OBJETO: “Contratar el diseño, diagramación, corrección de estilo e impresión del material didáctico y de apoyo para la promoción, divulgación, sensibilización y fortalecimiento permanente del Sistema Integrado de Gestión y Control, y Sistema de Gestión de Calidad de la Agencia Nacional de Infraestructura.
2.2.CARACTERISTICAS TÉCNICAS DEL SERVICIO A CONTRATAR
En especial El CONTRATISTA, se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones, además de las derivadas de la Ley y de la naturaleza del presente contrato:
a) Elaborar y presentar una cotización dentro de los 3 días hábiles siguientes a la solicitud del supervisor del contrato, en la cual conste las características y condiciones técnicas de cada trabajo, el valor unitario, el valor total según las cantidades de piezas o trabajos y demás condiciones que se requieren para tal efecto
b) El CONTRATISTA deberá diseñar, diagramar y realizar la corrección de estilo de los documentos objeto del presente contrato, teniendo en consideración las condiciones técnicas y el contenido entregado previamente por el supervisor.
c) El CONTRATISTA deberá remitir el arte final o machote de las piezas gráficas ordenadas para ser aprobadas por el supervisor del contrato Para esos efectos, previo el inicio de la impresión.
PARÁGRAFO: Cualquier cambio en las condiciones previamente aprobadas por el supervisor, deberán ser autorizadas por este último.
d) EL CONTRATISTA deberá hacer entrega de una prueba impresa (arte final) para aprobación por parte del supervisor del contrato antes de la impresión definitiva.
e) EL CONTRATISTA deberá realizar la impresión de los documentos en las cantidades solicitadas por el supervisor, de acuerdo con las cantidades (escalas) incluidas en la cotización, teniendo en cuenta la versión final de los mismos, una vez se encuentren debidamente aprobados.
f) EL CONTRATISTA deberá hacer la entrega del material impreso en las instalaciones de la Agencia Nacional de Infraestructura, Xxxxx 00 X # 00 - 00 Xxxxxxxx X0 Xxxxx 0 Xxxx 0. Ciudadela Empresarial Xxxxxxxxx Angulo, Bogotá D.C
g) Cumplir con los tiempos estimados de entrega de cada una de las piezas que se ordene producir, los cuales serán definidos previamente por las partes según la necesidad y complejidad de las piezas.
h) Controlar la calidad de los materiales solicitados y utilizados en la impresión de las piezas gráficas mediante pruebas de color y artes finales, previas a la autorización de la producción.
i) Asumir gastos como fletes, empaques, materiales, herramientas y transporte que él debe tomar para llevar a cabo la producción y entrega del material ordenado en las instalaciones de la AGENCIA.
2.3. ALCANCE DEL OBJETO: En cumplimiento de las obligaciones objeto del presente contrato la
IMPRENTA NACIONAL DE XXXXXXXX.xx compromete a realizar las siguientes actividades:
a) Obrar de buena fe en todas sus actuaciones.
b) Cumplir con el objeto y el alcance establecidos en los términos del contrato.
c) Prestar los servicios contratados con equipos idóneos, garantizando la buena calidad del servicio, de conformidad con lo establecido en el presente documento y con la oferta presentada.
d) Prestar oportuna colaboración para la diligente ejecución del contrato, utilizando de manera eficaz su idoneidad y experiencia en el desarrollo del mismo.
e) Dar curso a las directrices impartidas por el supervisor del contrato.
f) Cumplir con las normas legales para el cumplimiento del objeto del contrato.
g) Cumplir dentro del término establecido por el supervisor del contrato con los requisitos exigidos para la ejecución del mismo.
h) Suministrar al supervisor toda la información requerida para el ejercicio oportuno de su gestión.
i) Pagar los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal que haya de emplear para la ejecución del contrato.
j) Cumplir en los términos xx xxx con las obligaciones relacionadas con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, circunstancia que deberá ser verificada mensualmente por la Agencia Nacional de Infraestructura por el supervisor del contrato, durante la ejecución y liquidación del mismo, exigiendo certificación expedida por el revisor fiscal, cuando se requiera por ley, o por el Representante Legal, según el caso.
Por su parte, la ANI desarrollará las actividades que se relacionan a continuación:
a) Revisar el contenido de los diseños y documentos remitidos por LA IMPRENTA NACIONAL y emitir la aprobación de los mismos cuando se considere que cumplen con lo exigido por la entidad.
b) Obrar de buena fe en todas sus actuaciones;
c) Verificar el cabal cumplimiento del objeto y las obligaciones del presente contrato a través del supervisor del contrato.
d) Realizar los pagos previa presentación de la factura por parte de LA IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA, así como de los demás documentos requeridos, y demás trámites administrativos de rigor.
e) Entregar y recibir la documentación objeto del Contrato.
f) Hacer los pagos a LA IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA correspondiente al valor facturado con las tarifas establecidas.
PARÁGRAFO. En caso de que LA ANI decida cancelar algún servicio antes de la terminación del trabajo, una vez aprobado por el Supervisor del Contrato, deberá pagar al CONTRATISTA todo el proceso realizado hasta ese momento, en los términos de la cotización, por concepto de producción y materiales, hasta el punto donde esté elaborado el trabajo. Lo anterior también es aplicable cuando LA ANI decida efectuar cualquier cambio en un pedido que ya esté elaborado.
2.4.IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO: La contratación respectiva se adelantará mediante contratación directa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, numeral 4, literal c) de la ley 1150 y Sección II De las causales de contratación Directa, Subsección I, de los contratos interadministrativos, artículo 3.4.2.1.1, y Subsección 4 (Contratación Directa) de la Sección 1 (Modalidades de selección) de Capítulo 2 del Decreto 1082 de 2015.
2.5.PLAZO DE EJECUCION DEL CONTRATO: El plazo de ejecución del contrato será por el término que transcurra desde el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato hasta el 31 de diciembre de 2016 o hasta agotar los recursos del contrato, lo que ocurra primero.
2.6.LUGAR DE EJECUCION DEL CONTRATO: El lugar de ejecución del contrato es la ciudad de Bogotá D.C.
2.7.CLASIFICACIÓN UNSPSC: El objeto contractual se enmarca dentro del siguiente código del Clasificador de Bienes y Servicios:
Clasificación UNSPSC | Segmento | Familia | Clase | Producto | Nombre |
82121504 | 82000000 | 82120000 | 82121500 | 82121504 | Impresión tipográfica o por serigrafía |
82141504 | 82000000 | 82140000 | 82141500 | 82141504 | Servicios de diseño de gráficos o gráficas |
3. MODALIDAD DE SELECCION DEL CONTRATISTA
Contratación Directa: La contratación respectiva se adelantará mediante contratación directa de conformidad con lo dispuesto en el literal c, numeral 4, artículo 2, de Ia ley 1150 de 2007 y
Subsección 4 (Contratación Directa) de la Sección 1 (Modalidades de selección) de Capítulo 2 del Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.1.4.1
4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El presupuesto total estimado es de hasta CUARENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO OCHENTA Y CINTO MIL PESOS M/CTE ($44.185.000) INCLUIDO IVA y para respaldar el compromiso que se derive del proceso contractual respectivo se cuenta con el certificado de disponibilidad presupuestal No. 97616 de 8 xx xxxxxx de 2016 de 2016.
Este valor estimado está calculado teniendo en cuenta las necesidades inicialmente planteadas por la Agencia, así como las cotizaciones previas entregadas por la Imprenta Nacional. Valor que en todo caso no es posible determinar en esta instancia pues dependerá de la cantidad del material impreso que efectivamente se requiera por la Vicepresidencia de Planeación Riesgos y Entorno así como de las actividades que efectivamente realice el contratista en desarrollo del trámite de dichos proceso, las cuales en todo caso se cancelarán en la medida en que se trate de un servicio efectivamente prestado y tomando como referencia los precios ofertados para cada una de ellas en la cotización que deberá presentar el Contratista, previo al inicio de la actividad.
Análisis del Sector – Estudio xxx xxxxxxx:
En la organización de las entidades del estado, la única que entidad que ofrece los servicios objeto del contrato es la imprenta nacional.
a. Análisis del sector en materia legal:
La Vicepresidencia de Planeación Riesgos y Entorno tiene la necesidad de contratar una empresa con experiencia y calidad en la prestación de servicios de Impresión tipográfica o serigrafía y Servicios de diseño de gráficos o gráficas para satisfacer las necesidades atrás referidas. Con este fin y acudiendo al principio de colaboración armónica entre las entidades del estado, se procederá a celebrar un contrato interadministrativo con la Imprenta Nacional en concordancia con las normas que lo regulan.
b. Análisis comercial del sector.
El sector formal del bien o el servicio requerido es el siguiente:
Sector | Marcar con una “x” |
Impresión tipográfica o por serigrafía | X |
Servicios de diseño de gráficos o gráficas | X |
i. El bien o servicio requerido tuvo referencia de precio en el sector transporte en los doce últimos meses así:
No | Sector transporte | Se adquirió el bien o servicio requerido en los últimos doce meses (marcar con una “x”) | |
SI | NO | ||
1 | ANI | X | |
2 | MINISTERIO DE TRANSPORTE | X | |
3 | INVIAS | X |
c. Análisis del aspecto técnico:
La Imprenta nacional es una entidad con experiencia en las actividades de impresos en las entidades públicas y teniendo en cuenta que dentro de sus objetivos se tiene establecido: “editar, diseñar, imprimir, divulgar, comercializar y distribuir los documentos y comunicación gráfica de las entidades nacionales que integran las Ramas del Poder Público. De igual manera, la Imprenta Nacional de Colombia puede prestar sus servicios a los particulares, o a las entidades territoriales bajo las condiciones y características propias xxx xxxxxxx”1, soportado en las siguientes de: 1. “Prestar los servicios de diseño, edición, impresión, divulgación y comercialización de documentos, publicaciones e impresos a particulares, bajo las condiciones y características propias xxx xxxxxxx”.
2. “Utilizar los medios tecnológicos más adecuados para prestar los servicios de publicación, edición, impresión, divulgación, comercialización y demás necesidades de comunicación gráfica”.
Lo anterior hace de la Imprenta Nacional una entidad con la capacidad y experiencia en la realización de diseños, diagramación e impresión de material requerido por la Agencia Nacional de Infraestructura, además de la experiencia en la prestación de dichos servicios con diferentes entidades del Estado.
d. Análisis del aspecto económico: Análisis de la Oferta:
1 xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx/xxxx/xxxxxx/xxxxxx
Para el cálculo del valor del presupuesto estimado por la Entidad para el presente contrato interadministrativo de servicio de diseño e impresión, se consideró la cotización entregada por la IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA así:
Cartilla ID 9599 | ||||
Cantidad | Precio | Precio Total | IVA | Total con IVA |
1.000 | $7.748 / Unid | $7.748.000 | $1.239.680 | $8.987.680 |
2.000 | $4.536 / Unid | $9.072.000 | $1.451.520 | $10.523.520 |
5.000 | $2.619 / Unid | $13.095.000 | $2.095.200 | $15.190.200 |
7.000 | $2.247 / Unid | $15.729.000 | $2.516.640 | $18.245.640 |
10.000 | $1.950 / Unid | $19.500.000 | $3.120.000 | $22.620.000 |
Plegable a 3 cuerpos ID 9599 | ||||
Cantidad | Precio | Precio Total | IVA | Total con IVA |
1.000 | $1.896 / Unid | $1.896.000 | $303.360 | $2.199.360 |
2.000 | $1.016 / Unid | $2.032.000 | $325.120 | $2.357.120 |
5.000 | $486 / Unid | $2.430.000 | $388.800 | $2.818.800 |
7.000 | $383 / Unid | $2.681.000 | $428.960 | $3.109.960 |
10.000 | $305 / Unid | $3.050.000 | $488.000 | $3.538.000 |
5. RUBRO PRESUPUESTAL:
El pago de la suma estipulada en este contrato, se efectuará con cargo al presupuesto de la vigencia 2016 del Rubro 000-000-0. Sistema Integrado de Gestión y Control Agencia Nacional de Infraestructura.
6. FORMA DE PAGO:
El valor del presente contrato se cancelará de conformidad con los bienes efectivamente entregados y facturados a la Agencia Nacional de Infraestructura, previo certificado de recibo a satisfacción y cumplimiento firmado por el supervisor del contrato.
Los pagos se realizarán dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que La Imprenta Nacional radique el respectivo certificado de cumplimiento expedido por el Supervisor y demás documentos requeridos y estarán sujetos a la disponibilidad el PAC Programa Anual Mensualizado de Caja.
El pago se realizará mediante transferencia electrónica de fondos, en cuenta corriente o cuenta de ahorros en la entidad bancaria donde el contratista indique, para lo cual a la firma del contrato adjuntará la certificación bancaria con vigencia no mayor de 30 días.
Para la realización del pago derivado del presente contrato el contratista deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral de conformidad con lo establecido en el inciso final del parágrafo 1° del artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
Nota: La Agencia Nacional de Infraestructura no se hace responsable por las demoras presentadas en el trámite para el pago a La Imprenta Nacional cuando ellas fueren ocasionadas por encontrarse incompleta la documentación de soporte o no ajustarse a cualquiera de las condiciones establecidas en el presente Contrato.
Nota: IMPUESTOS Y RETENCIONES: Los impuestos y retenciones que surjan del presente contrato, corren por cuenta de La imprenta Nacional, para cuyos efectos La ANI hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordene la ley.
7. CRITERIOS DE SELECCIÓN.
De conformidad con la Ley 1150 de 2007 en su artículo 2° numeral 4. Literal c), Inciso 1o. modificado por el artículo 92 de la Ley 1474 de 2011, prevé: “Artículo 2. De las modalidades de selección (…) 4. Contratación Directa: La modalidad de selección de contratación directa solamente procederá en los siguientes casos: (…) c) Contratos interadministrativos, siempre que las obligaciones derivadas de los mismos tengan relación directa con el objeto de la entidad ejecutora señalado en la ley o en sus reglamentos. Se exceptúan los contratos de obra, suministro, encargo fiduciario y fiducia pública cuando las instituciones de educación superior públicas sean las ejecutoras. Estos contratos podrán ser ejecutados por las mismas, siempre que participen en procesos de licitación pública o de selección abreviada de acuerdo con lo dispuesto en los numerales 1 y 2 del presente artículo.
Por su parte el Decreto 1082 de 2015, en su Artículo 2.2.1.2.1.4.4 establece: “Artículo 2.2.1.2.1.4.4 Convenios o contratos interadministrativos. La modalidad de selección para la contratación entre Entidades Estatales es la contratación directa; y en consecuencia, le es aplicable lo establecido en el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del presente decreto. (…)” A su vez el artículo 2º de la ley 80 de 1993, señala: Artículo 2º: De la definición de entidades, servidores y servicios públicos.
Para los solos efectos de esta ley:
1. Se denominan entidades estatales:
a. La Nación, las regiones, los departamentos, las provincias, el distrito capital y los distritos especiales, las áreas metropolitanas, las asociaciones de municipios, los territorios indígenas y los municipios; los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado, las sociedades de economía mixta en las que el Estado tenga participación superior al cincuenta por ciento (50%), así como las entidades descentralizadas indirectas y las demás personas jurídicas en las que exista dicha participación pública mayoritaria, cualquiera sea la denominación que ellas adopten, en todos los órdenes y niveles.
b. El Senado de la República, la Cámara de Representantes, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, la Contraloría General de la República, las contralorías departamentales, distritales y municipales, la Procuraduría General de la Nación, la Registraduría Nacional del Estado Civil, los ministerios, los departamentos administrativos, las superintendencias, las unidades administrativas especiales y, en general, los organismos o dependencias del Estado a los que la ley otorgue capacidad para celebrar contratos.” (Negrilla fuera de texto).
En virtud de lo anterior la Agencia Nacional de Infraestructura verificó la idoneidad y experiencia de la IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA, requerida para la ejecución del contrato a celebrarse.
8. ANALISIS DE RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO
Ver Anexo 1. Matriz de Riesgos
9. EL ANALISIS DE LOS RIESGOS DE LA CONTRATACIÓN Y, EN CONSECUENCIA, EL NIVEL Y EXTENSIÓN DE LOS AMPAROS
Teniendo en cuenta la acreditación de idoneidad y experiencia contractual de la Imprenta Nacional de Colombia y que se trata de un contrato interadministrativo que está enmarcado dentro de la modalidad de contratación directa, no se exigirá garantía única a favor de LA ANI, de conformidad con lo señalado en el Decreto 1082 de 2015 artículo 2.2.1.2.1.4.5 y el artículo 7° de la Ley 1150 de 2007.
10. CONTROL Y SEGUIMIENTO
El control y seguimiento de la ejecución del contrato estará a cargo del Experto G3-08 del Despacho de la Presidencia de la Entidad, o quien haga sus veces.
11. ACUERDO INTERNACIONAL O TRATADO DE LIBRE COMERCIO
Para efectos de lo previsto en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015, se indica que la contratación objeto de este documento, no está cobijada por un Acuerdo Internacional o un Tratado de Libre Comercio vigente para el Estado colombiano.
Cordialmente,
XXXXX XXXXXX XXXXXX
Vicepresidente de Planeación Riesgos y Entorno
Proyectó: Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, VPRE