Contract
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES Y PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE CORREDURIA DE SEGUROS PARA LA MEDIACIÓN Y ASESORAMIENTO DE LOS SEGUROS DE LA EMPRESA MANCOMUNADA DEL ALJARAFE, S.A. (ALJARAFESA), CON Nº DE EXPEDIENTE S: 17/18‐48.
INDICE
PRELIMINAR 4
I.‐ DISPOSICIONES GENERALES 4
I.1. Objeto xxx Xxxxxx. 4
I.2. Objeto del Contrato. 5
I.3. Régimen Jurídico. 5
II.‐ PLAZO DEL CONTRATO 6
III.‐ PRESUPUESTO DE LICITACIÓN 6
IV.‐ PAGO DEL CONTRATO 7
V.‐ PERFIL CONTRATANTE Y SOLICITUD DE INFORMACIÓN 8
VI.‐ LICITACIÓN 8
VI.1.‐ Capacidad para Contratar 8
VI.2. Procedimiento de Contratación 9
VI.3. Criterios de Valoración de las Ofertas 9
VI.4. Presentación de Ofertas 11
VI.5. Formulación de las Ofertas. 12
VI.6. Mesa de Valoración y Órgano de Contratación 19
VI.7. Apertura de Proposiciones, Calificación de la Documentación Presentada, Valoración de los Criterios de Selección 20
VI.8. Reclamación sobre el Acto de Licitación 21
VI.9. Adjudicación del Contrato 21
VII.‐ PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 22
VIII.‐ DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. 24
IX.‐ EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 26
X.‐ VERIFICACIÓN DE LOS TRABAJOS. 27
XI. CESION Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO. 28
XII. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. 30
XIII. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y RECEPCIÓN DEL SERVICIO 31
XIV. PROTECCIÓN DATOS PERSONALES. 32
XV. PLAZO DE GARANTÍA. 33
XVI. VICIOS O DEFECTOS DURANTE EL PLAZO DE GARANTÍA. 33
XVII. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. 33
XVIII. JURISDICCIÓN COMPETENTE. 35
CLÁUSULA ADICIONAL ÚNICA.‐ VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. 36
ANEXO X. XXXXX DE LOS SEGUROS A CONCERTAR. 37
ANEXO II. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONTRATACIÓN. 38
ANEXO III. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. 42
ANEXO III.1. DESGLOSE DE CORRETAJE POR XXXXX. 43
ANEXO IV. MODELO FIANZA PROVISIONAL. 44
ANEXO V. AVAL DEFINITIVO 45
ANEXO VI. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE 46
PRELIMINAR
La Empresa Mancomunada del Aljarafe, S.A., Aljarafesa, cuyo capital social esta aportado en su totalidad por la Mancomunidad de Municipios del Aljarafe, tiene por finalidad la gestión y administración, encomendada por dicha Mancomunidad, del circuito hidráulico integral, es decir, desde la captación de los recursos hídricos, hasta la entrega en los cauces naturales de las aguas residuales previamente depuradas. Dicha actividad está incluida en la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre Procedimientos de Contratación en los Sectores del Agua, la Energía, los Transportes y los Servicios Postales, en adelante Ley 31/2007, de 30 de octubre, así como, en la Directiva 2014/25/UE, de 26 de febrero de 2014.
Esta Empresa forma parte del Sector Público y tiene la consideración de poder adjudicador, que no de Administración Pública, de conformidad con el artículo 3.3 b) del Real Decreto Legislativo 3/2011, 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en adelante TRLCSP, disponiendo de unas Instrucciones de Contratación conforme a lo dispuesto en los artículos 189, 190 y 191 del citado Texto, que regulan sus Procedimientos de Contratación para aquellas contrataciones no sujetas a regulación armonizada. En dichas Instrucciones, queda garantizada la efectividad de los Principios Generales establecidos en el artículo 1 del TRLCSP.
En cuanto a las contrataciones sujetas a regulación armonizada que se lleven a cabo por Aljarafesa, se deberá cumplir con las condiciones establecidas en el TRLCSP y en la Ley 31/2007, de 30 de octubre, y aquellas normas que le sean de aplicación directa.
El pasado 26 de febrero de 2014 se aprueban las nuevas Directivas Europeas en materia de Contratación, Directiva 2014/23/UE, 2014/24/UE y 2014/25/UE, estableciéndose un plazo de dos años para su trasposición. Desde el pasado 18 xx xxxxx dichas Directivas son de aplicación directa para todas las contrataciones sujetas a regulación armonizada en aquellas cuestiones donde las disposiciones sean lo suficientemente claras y precisas y no estén sujetas a excepción ni condición.
I. DISPOSICIONES GENERALES
I.1.‐ Objeto xxx Xxxxxx.
El presente Pliego contiene las condiciones particulares y prescripciones técnicas por las que se va a regir el presente procedimiento de contratación hasta la formalización, ejecución y resolución del Contrato resultante de la misma correspondiente al Servicio de “Económico Financiero”; fijando los derechos y obligaciones derivados de dicha contratación.
I.2.‐ Objeto del Contrato.
Tiene por objeto la presente contratación la prestación del servicio de correduría de seguros para la mediación y asesoramiento de los seguros de la Empresa Mancomunada del Aljarafe, S.A, Aljarafesa, en el ámbito de la Ley 26/2006, de 17 de Julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados, así como la gestión, asistencia técnica y valoración de los siniestros por debajo de franquicia de los xxxxx de los seguros concertados, con todas las actividades accesorias necesarias para la correcta prestación del mismo, en los términos establecidos en las Prescripciones Técnicas anexas al presente Pliego.
I.3.‐ Régimen Jurídico.
El contrato de servicio a suscribir tiene carácter privado, en virtud de lo establecido en el artículo 20 del TRLCSP.
El procedimiento de adjudicación de este contrato se ajustará a las Instrucciones de Contratación vigentes en Aljarafesa, en concordancia con lo dispuesto en la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre Procedimientos de Contratación en los Sectores del Agua, la Energía, los Transportes y los Servicios Postales y aquellas normas que le sean de aplicación directa.
La formalización y ejecución de este contrato queda sometido a lo establecido en el presente Pliego, el de Prescripciones Técnicas, el de Condiciones Generales y las Instrucciones de Contratación vigentes en Aljarafesa, constituyendo todos ellos la base contractual del mismo.
Asimismo, este Contrato en cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción, a falta de regulación expresa en los documentos contractuales indicados, se regirá por el derecho privado, teniendo presente lo establecido para la ejecución de los contratos, en su caso, por la Directiva 2014/25/UE.
Cualquier discrepancia que pudiera existir entre este Pliego y cualquier otro documento contractual, será solventada en función de lo que el presente disponga, teniendo en cuenta las facultades interpretativas de Aljarafesa.
II. PLAZO DEL CONTRATO
El periodo de vigencia de este Contrato será de DOS (2) años, a partir de la fecha de la firma del Contrato, debiendo estar la empresa adjudicataria en disposición de prestar el servicio en ese momento.
Para la presente contratación se prevé una prórroga de UN (1) año. En caso de que se decidiera por Aljarafesa llevar a efecto la citada prórroga, ésta comunicará dicha decisión a la empresa adjudicataria, con la antelación mínima de DOS (2) meses, quedando obligada la empresa adjudicataria a aceptarla.
La vigencia del citado contrato no tendrá vinculación alguna con las Pólizas concertadas por ALJARAFESA con la mediación del adjudicatario.
Finalizado el plazo de vigencia previsto para este Contrato, se producirá la extinción y resolución de este, sin necesidad de aviso ni comunicación al contratista. No obstante, el adjudicatario continuará con la tramitación de los siniestros, cuya gestión hubiera sido iniciada dentro del período de vigencia del contrato hasta su liquidación definitiva, salvo que ALJARAFESA decidiera encargarlo al Corredor o Correduría de Seguros que resultase adjudicataria de una nueva contratación.
III. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
El contrato que resulte de esta licitación no supone el que ALJARAFESA abone precio alguno al Corredor o Correduría de Seguros que resulte seleccionada por las actividades descritas en el punto 2.1 del Anexo II, ya que la retribución por esas actividades será la procedente de la que la/s Entidad/es con la/s que se contrate/n o suscriba/n las correspondientes Pólizas de Seguros verifiquen por la intermediación.
Dicha retribución consistirá en una comisión sobre el importe de las primas netas de los seguros concertados, en el porcentaje que haya ofertado el adjudicatario a esta licitación, con un mínimo del 5% y un máximo del 15%.
Las ofertas de los licitadores deberán estar comprendidas entre los porcentajes establecidos en el párrafo precedente. Serán excluidas de la presente licitación las ofertas que excedan del mínimo y máximo de comisión fijadas en este punto.
En la propuesta de comisión que realice cada licitador se entenderán incluidos todos los gastos necesarios para la correcta ejecución del objeto del Contrato.
A efecto de estimar el porcentaje de comisión de la oferta, los importes satisfechos actualmente por las primas de los seguros en vigor son los que ha seguido se detallan:
RIESGO | Importe primas |
Contrato de Seguros | |
Responsabilidad Civil General | 38.549 |
Responsabilidad Medioambiental | 13.242 |
Todo Riesgo de Daños Materiales | 32.839 |
Responsabilidad Civil de Circulación | 12.930 |
Vida Colectivo de Personal | 29.364 |
R.Civil de Administradores y Directivos | 6.500 |
Responsabilidad Civil Riesgos Cibernéticos | 7.900 |
TOTAL AÑO | 141.323 |
No obstante, lo anterior, ALJARAFESA abonará al Corredor o Correduría de Seguros adjudicataria un precio por la elaboración de los informes técnicos precisos para determinar el alcance y/o cuantía de las reclamaciones que se formulen contra dicha Empresa, como consecuencia de aquéllas que generen una indemnización por debajo de la franquicia que, en su caso, se establezca en las futuras Pólizas.
Dicho precio será de TRESCIENTOS EUROS (300 €) por informe/siniestro de daños patrimoniales y por informe/siniestro de daños personales, ambos IVA excluidos. Se estiman un volumen anual de 40 valoraciones por daños materiales y 5 por valoración de daños personales.
El valor estimado del Contrato corresponde a lo establecido en la Cláusula Adicional de este Pliego.
IV. PAGO DEL CONTRATO
Aljarafesa abonará al adjudicatario, durante la vigencia del presente contrato, los informes técnicos que se elaboren en base a lo establecido en la Condición precedente. Dicho pago se efectuará, mediante la facturación del importe de cada trabajo recibido por Aljarafesa, en el plazo no superior a TREINTA (30) DÍAS naturales, a contar desde la fecha de la conformidad del mismo por el responsable del Contrato, en los términos establecidos en la Condición X de este Pliego.
V. PERFIL DE CONTRATANTE Y SOLICITUD DE INFORMACIÓN
La Empresa Mancomunada del Aljarafe, S.A, Aljarafesa, tiene habilitada en su página institucional, el correspondiente Perfil de Contratante, en el cual, se ofrece, entre otras cuestiones de la actividad contractual, la información relativa a las condiciones de contratación con esta Empresa.
Así pues, y en relación con la presente contratación, en el Perfil de Contratante de Aljarafesa (xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx) se ofrecerá la información relativa al Proceso de Licitación de este Servicio, incluyendo el Pliego de Condiciones Particulares y el de Prescripciones Técnicas del mismo.
Los licitadores podrán solicitar información sobre la documentación indicada en el párrafo precedente, hasta QUINCE (15) días naturales antes de la fecha límite fijada para la presentación de ofertas en el Anuncio de licitación. Esta información se facilitará hasta SEIS (6) días naturales antes del fin del plazo de presentación de proposiciones.
Asimismo, se establece que las consultas se efectuarán mediante correo electrónico, a la dirección: xxxxxxxxxxxx.xxx@xxxxxxxxxx.xx y serán contestadas a través del mismo medio. Las consultas efectuadas deberán indicar en el epígrafe Asunto del correo electrónico el Nº Expediente (S: 13/18‐41) y en su contenido la identificación de la Empresa que la realiza y una persona de contacto.
Las consultas que sean recibidas fuera del plazo indicado en esta Condición no serán contestadas.
VI. LICITACIÓN
VI.1.‐ Capacidad para Contratar
Podrán optar a la presente licitación los corredores de seguros, tanto persona física como jurídica que tengan plena capacidad de obrar, y dispongan de la habilitación empresarial o profesional necesaria según establece el artículo 26 y siguientes de la Ley que a continuación se indica, para la ejecución de la prestación que constituye el objeto de este contrato, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 26/2006, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados, y acrediten la solvencia económico‐financiera y técnica o profesional, conforme a los requerimientos de solvencia establecidos en este Pliego y no se encuentren incursas en ninguna de las causas de prohibición para contratar con el sector público del artículo 60 del TRLCSP ni de los artículos 28.3, 31 y 32 de la citada Ley.
Si la participación en este Procedimiento se instrumentaliza a través de una Unión Temporal de Empresas (UTE), todos sus componentes tendrán que acreditar
conforme se establece en la Condición VI.5 siguiente, la habilitación profesional necesaria para la ejecución de la prestación que constituya el objeto del contrato, considerándose, en su caso, que la solvencia técnica y profesional requerida se cumple si la acumulación de la solvencia individual de cada Empresa da como resultado la establecida en este Pliego.
Cuando se trate de personas jurídicas, las prestaciones del contrato objeto del presente pliego han de estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, conforme a sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios a fin de poder ejecutar el objeto de este Contrato.
En caso de que se trate de empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir, además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del TRLCSP.
VI.2.‐ Procedimiento de Contratación
Según ha sido acordado por el Órgano de Contratación de este Expediente, el procedimiento que se convoca es un Procedimiento Abierto, en virtud de lo establecido en las Instrucciones de Contratación vigentes en Aljarafesa, cuyo criterio de adjudicación es la oferta económicamente más ventajosa, mediante la valoración de una pluralidad de criterios vinculados al objeto del contrato.
VI.3.‐ Criterios de Valoración de las Ofertas
Los criterios que habrán de servir de base para la valoración de las ofertas admitidas y posterior adjudicación, así como, la puntuación atribuida a cada criterio, sumando un total de 100 puntos, figuran en la siguiente relación:
Valoración Económica… 80 puntos Valoración Técnica… 20 puntos
A) Proposición Técnica:
Medios humanos puestos a disposición del servicio objeto xxx Xxxxxx que van más allá de los requerimientos mínimos, atendiendo igualmente a la experiencia mínima exigida, conforme al PPT pudiéndose alcanzar un máximo de 20 puntos.
Para el área técnica especialista en seguros máximo de 10 puntos, a razón de 5 puntos por cada especialista que supere el mínimo exigido en el ANEXO II.
Para el área de administración 5 puntos, a razón de 2,5 puntos por cada uno más propuesto que supere el mínimo exigido en el ANEXO II.
Para el área técnica de valoración de siniestros 5 puntos, a razón de 2,5 puntos por cada especialista que supere el mínimo exigido en el ANEXO II.
B) Proposición Económica
Dado que la propuesta económica se corresponde con el porcentaje de comisión a percibir de las Entidades Aseguradoras por la prestación del Servicio de Mediación de las Pólizas a suscribir, la puntuación se otorgará en razón a los siguientes criterios:
- A la proposición de mayor baja se le asignarán 80 puntos.
- A las proposiciones concordantes con la baja media se les asignarán 0 puntos.
- A las proposiciones concordantes con el máximo porcentaje de comisión se les asignarán 0 puntos.
- A las proposiciones cuya baja esté comprendida entre la mayor baja y la baja media, se les asignarán los puntos que resulten de la interpolación lineal entre la mayor baja, a la que se le asignan 80 puntos, y la baja media, a la que se le asignan 40 puntos.
- A las proposiciones cuya baja esté comprendida entre la baja media y el presupuesto de licitación se les asignará la puntuación que resulte de la interpolación lineal entre la baja media a la que se le asignan 40 puntos y la proposición coincidente con el presupuesto tipo de licitación, al que se asignan 0 puntos.
C) Puntuación Total
La puntuación total se obtendrá de la suma de la puntuación técnica y la puntuación económica. La Empresa que obtenga la mayor puntuación será
considerada la entidad que ha realizado la oferta económicamente más ventajosa para Aljarafesa.
VI.4.‐ Presentación de ofertas
Las Empresas interesadas en participar en la licitación que se propone habrán de presentar su oferta, dentro del plazo que se indique en el anuncio de licitación, de forma presencial o mediante su remisión por correo, en el Registro General de ALJARAFESA, sito en la 2ª planta de sus Oficinas Centrales en Tomares (Sevilla), Glorieta Gerente Xxxxxx Xxxxxx s/n.
Si las mismas son enviadas por correo deberán estar en el Registro General de ALJARAFESA antes de las 14.00 horas xxx xxxxxx día hábil siguiente a la finalización del citado plazo, cumpliendo además los siguientes requerimientos:
Remitir dentro del plazo de la presentación de las ofertas Burofax al Registro General de ALJARAFESA, acompañando copia del justificante del envío, indicando igualmente el número de sobres de la documentación remitida.
Dicho Burofax habrá de ser recibido en el Registro General de ALJARAFESA antes de las 14.00 h. del día siguiente hábil a la finalización del plazo de presentación de las ofertas.
Las ofertas que no cumplan lo establecido en los párrafos precedentes de ese apartado quedaran excluidas de este Proceso de Licitación.
La presentación de proposiciones supone, por parte del empresario, la aceptación del clausulado de este pliego y del de prescripciones técnicas que rigen el presente contrato, sin salvedad o reserva alguna, y la manifestación responsable que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con esta Empresa, sin perjuicio de la acreditación de las mismas conforme se establece en la Condición VI.5 de “Formulación de las Ofertas” del presente documento.
En particular, ante cualquier discrepancia entre los requerimientos expresados en los pliegos de la presente contratación, y las condiciones de la oferta del licitador, no se valorarán ni se considerará a efectos de valoración de la oferta cualquier clausulado o contenido de la oferta del licitador que implique un menoscabo o restricción en la forma y plazos de entrega, alcance, prestaciones, servicios, funcionalidades, costes, plazos, suministros a percibir por Aljarafesa, respecto de las condiciones establecidas en los pliegos del contrato.
Entregada o remitida la proposición a Aljarafesa, la misma no puede ser retirada, salvo por causa debidamente justificada, que será sometida a la decisión de
la Mesa de Valoración de este Procedimiento.
Para la presente contratación no se admiten variantes o alternativas, por lo que, cada licitador no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en Unión Temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La vulneración de esta regla producirá la exclusión de todas las ofertas en las que intervenga.
VI.5.‐ Formulación de las Ofertas
La oferta ha de presentarse conforme a lo establecido en el apartado VI.4 precedente, en TRES (3) SOBRES. Los sobres se dividen de la siguiente forma:
‐ Sobre 1: Documentación General.
‐ Sobre 2: Proposición Técnica.
‐ Sobre 3: Proposición Económica.
Con carácter general todos los documentos deberán ser originales, copias notariales o fotocopias compulsadas.
La documentación a incluir en los Sobres de esta Licitación deberá estar redactada en castellano. En caso de que se presentasen en lengua distinta, deberán aportar la correspondiente traducción oficial a la lengua castellana primando esta última en caso de duda o discrepancia.
El contenido de cada sobre consistirá en: SOBRE 1
TITULO: Documentación General
Se presentará en sobre cerrado, firmado por el licitador o persona que lo represente, con identificación de la licitación de que se trate y del licitador. De acuerdo con ello, en forma y lugar bien visibles, en la cubierta del sobre, se consignarán los siguientes datos:
SOBRE 1
DOCUMENTACIÓN GENERAL
Identificación de la Licitación:…………………………………
Nombre completo‐ y siglas, en su caso‐del Licitador:…………………………..
N.I.F:……………………………………………….
Dirección:………………………………………..
Teléfono:…………………Fax:…………….
Correo Electrónico:…………………………..
Firma/s:………………………………………….
CONTENIDO: En el interior del sobre se hará constar su contenido en hoja independiente, enunciado numéricamente, debiendo contener los siguientes documentos por el orden que a continuación se indica:
1.‐ Capacidad:
1.1.‐ Las empresas que sean personas jurídicas presentarán la Escritura Notarial de constitución y/o modificación, original o debidamente compulsadas o legitimadas, si existiese, inscrita en el Registro Mercantil cuando ello sea exigible conforme a la Legislación aplicable al tipo de la Entidad, o el correspondiente registro oficial, salvo que se traten de Sociedades Civiles donde no se requiera dicha elevación a Escritura Pública e inscripción registral, debiendo aportar en este caso el documento de constitución.
1.2.‐ Los empresarios que sean personas físicas deberán presentar Documento Nacional de Identidad debidamente compulsado o legitimado.
1.3.‐ Las empresas extranjeras deberán acreditar su personalidad, de acuerdo con lo establecido en el TRLCS.
1.4.‐ Si el que firmase la oferta actuase por representación, ya sea de una persona física o jurídica, habrá de presentar su Documento Nacional de Identidad, así como el Poder correspondiente, ya sea especial para ese acto o general, original o debidamente compulsado o legitimado, debiendo, en todo caso, ser bastante para obligar a la empresa representada a los derechos y deberes que se derivan del contrato en caso de resultar adjudicatario y declaraciones que se indican a continuación.
1.5.‐ Declaración Responsable del representante legal de que la sociedad a la que representa, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con el sector público señaladas en el artículo 60 del TRLCSP y que la citada
entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como, que no ha sido sancionada en vía administrativa o jurisdiccional en el último año por el incumplimiento de sus obligaciones de orden laboral y que cumple con las prescripciones que establece la Normativa vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales, conforme Anexo IV.
1.6.‐ Certificado de Compañía Aseguradora o Agente de Mediación de Seguro, en el que conste la vigencia y cobertura de la póliza de responsabilidad civil suscrita por la entidad solicitante.
1.7.‐ Identificación del centro de gestión de la empresa, y delegación, en su caso, en la provincia xx Xxxxxxx y Designación por parte del representante legal de la empresa de una persona con poderes suficientes para decidir y resolver todas las cuestiones relacionadas con la licitación y el contrato, con indicación de un teléfono y dirección de correo electrónico, que igualmente será utilizado para todas las comunicaciones de esta licitación, salvo que se designe otro a estos solos efectos.
1.8.‐ Unión Temporal de Empresas: Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la UTE frente a Aljarafesa deberán presentar, todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en los apartados anteriores, además de un escrito de compromiso solidario en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos; la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la UTE con poderes bastantes, para ofertar de ese modo, con el fin de poder ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven.
El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la UTE.
En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una UTE, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a la misma antes de la formalización del contrato. La duración de la UTE será coincidente con la del contrato, hasta la finalización del plazo de garantía.
1.9.‐ Empresas pertenecientes a un mismo grupo: Cuando sean empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar Declaración Responsable en la que hagan constar esta condición.
También deberán presentar Declaración explícita, respecto de los socios que la integran, aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran
en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio.
En el caso que no formen parte de un grupo de empresas, deberán presentar igualmente una declaración responsable manifestando dicha situación.
1.10.‐ Fianza Provisional: Las empresas que quieran tomar parte en la presente licitación habrán de depositar mediante transferencia a ALJARAFESA, al número de cuenta XX0000000000000000000000 de la entidad Caja Rural del Sur o aval bancario, en concepto de Fianza Provisional, la cantidad de TRESCIENTOS EUROS (300,00 €), conforme al modelo que figura en el Anexo II de este Pliego.
Cuando el licitador presente su proposición bajo la forma de unión temporal de empresas (UTE), la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía indicada en el párrafo precedente y garantice solidariamente a todos los integrantes de la UTE.
La garantía provisional permanecerá vigente hasta la formalización del contrato correspondiente, extinguiéndose automáticamente y siendo devuelta a los licitadores no propuestos adjudicatarios en aquel momento. Al adjudicatario se le retendrá la garantía provisional hasta que proceda a la constitución de la fianza definitiva.
En el caso que algún licitador retirase su proposición injustificadamente antes de la adjudicación o si el adjudicatario no constituye la garantía definitiva, o por causas imputables al mismo, como pudiera ser la no presentación o incumplimiento de los requisitos de Capacidad o Solvencia Económico‐Financiera establecidos en este Pliego, no pudiese formalizarse en plazo el contrato, se procederá a la ejecución de la garantía provisional por parte de Aljarafesa.
Dicha Fianza tiene como fin garantizar el cumplimiento de las ofertas presentadas, y habrá de mantenerse hasta que resulte formalizado el contrato correspondiente.
Para la empresa adjudicataria, además, responderá del cumplimiento de las obligaciones impuestas en el artículo 151.2 del TRLCSP, relativas a la presentación de la documentación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
2.‐ Solvencia Económico‐Financiera:
2.1.‐ Certificado‐Informe de, al menos, una Institución Financiera reconocida como tal por el Banco de España, en el que se acredite una positiva solvencia económica
del ofertante de los últimos tres años, o desde la fecha de inicio de su actividad, en su caso, si ésta fuese posterior.
2.2.‐ Documento acreditativo de contar con un Seguro de Responsabilidad Civil Profesional en cuantía igual o superior a € 1.250.618 € por siniestro, y a 1.875.927 € por anualidad.
3.‐ Solvencia Técnica o Profesional:
3.1) Acreditación de la habilitación profesional necesaria para la ejecución de la prestación que constituye el objeto del contrato, mediante la presentación de justificante de inscripción en el Registro Administrativo Especial de Mediadores de Seguros y de sus Altos Cargos, regulado en el artículo 52 de la ley 26/2006, de 17 de Julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados.
3.2) Acreditación de que la persona que ejerza la Dirección Técnica a la que se refiere el apartado 2.2.2) del Anexo II del presente Pliego, haya superado el curso de formación o prueba de aptitud, según lo establecido en los artículos 27 y 39 de la reiterada Ley de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados, o en su caso encontrarse en el supuesto regulado en la Disposición Adicional Quinta de dicha Ley.
3.3) Declaración Responsable que cumpla con los recursos mínimos a los que se refiere el apartado 2.2.2. del Anexo II.
3.4) Relación de los principales contratos de intermediación vigentes durante los cuatro últimos años, detallando sus importes, fechas, primas, y beneficiarios de los mismos; debiéndose acreditar, al menos, la intermediación en cuatro contratos de seguros de naturaleza análoga a cada uno de los que se señalan en el Anexo I de este Pliego debiendo ser al menos uno de los correspondientes al ramo de Responsabilidad Civil de Servicios de Abastecimiento y/o Saneamiento de Agua.
3.5) Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar, conforme se establece en la Condición XI de este Pliego.
3.6) Declaración firmada por el representante legal de la Empresa con el compromiso de adscribir o dedicar a la ejecución del Contrato los medios humanos y/o materiales suficientes para la correcta ejecución del mismo.
3.7) Declaración comprensiva del cumplimiento de las previsiones establecidas en los artículos 31 y 32, de la reiterada Ley de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados.
La inclusión en este Sobre 1 de cualquier tipo de documentación que permita conocer datos referentes a la Oferta Económica del licitante, traerá como consecuencia la exclusión del procedimiento del ofertante.
SOBRE 2
TITULO: Proposición Técnica.
Se presentará en sobre cerrado, firmado por el licitador o persona que lo represente, con identificación de la licitación de que se trate y del licitador. De acuerdo con ello, en forma y lugar bien visibles, en la cubierta del sobre se consignarán los datos siguientes:
SOBRE 2
PROPOSICIÓN TÉCNICA
Identificación de la Licitación:…………………………………
Nombre completo‐ y siglas, en su caso‐del Licitador:…………………………..
N.I.F:……………………………………………….
Dirección:………………………………………..
Teléfono:…………………Fax:…………….
Correo Electrónico:…………………………..
Firma/s:………………………………………….
CONTENIDO: En este Sobre Número 2 se incluirá la documentación o información que permita la valoración de los criterios de adjudicación dependientes de un juicio de valor, en virtud de lo establecido en el punto VI.3.b) de este Pliego, acompañada de una relación o índice de la documentación aportada.
El licitador detallará en su oferta técnica el alcance de su oferta para todos y cada uno de los criterios de valoración, estrictamente en el orden que a continuación se detalla, orden que se asimila a la estructura del baremo de los criterios dependientes de un juicio de valor. La evaluación de cada criterio del baremo se realizará atendiendo a la información que se aporte en el apartado correspondiente. En cada apartado se puede hacer referencia a información
aportada en otros apartados, si dicha información se considera que se debe tener en cuenta para la valoración de más de un criterio.
La documentación deberá exponer de forma muy sucinta, precisa y concreta para este contrato, las propuestas que el Licitador realiza para los aspectos que se enumeran seguidamente, pudiendo ser penalizadas las descripciones de tipo generalista en el proceso de valoración.
La documentación susceptible de valoración deberá presentarse en un único tomo, con el siguiente contenido:
El total de los medios humanos puestos a disposición del servicio diferenciado por las áreas establecidas en la Condición VI.3 de este Pliego.
La inclusión en este Sobre 2 de cualquier tipo de documentación que permita conocer datos referentes a la oferta económica del licitante, traerá como consecuencia la exclusión del procedimiento del ofertante.
SOBRE 3:
TITULO: Proposición económica.
Se presentará en sobre cerrado, firmado por el licitador o persona que lo represente, con identificación de la licitación de que se trate y del licitador. De acuerdo con ello, en forma y lugar bien visibles, en la cubierta del sobre, se consignarán los datos siguientes:
SOBRE 3
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Identificación de la Licitación:…………………………………
Nombre completo‐ y siglas, en su caso‐del Licitador:…………………………..
N.I.F:……………………………………………….
Dirección:………………………………………..
Teléfono:…………………Fax:…………….
Correo Electrónico:…………………………..
Firma/s:………………………………………….
CONTENIDO: Contendrá la oferta económica. En el interior del sobre se hará constar su contenido en hoja independiente, enunciado numéricamente.
Se presentará una única oferta económica firmada por quien tenga capacidad para formular la proposición ‐la proposición presentada por una UTE
deberá estar firmada por los representantes de cada una de las empresas componentes de la misma‐ y se presentará, dentro del sobre, en documento cerrado, independiente y diferenciado del resto de la documentación incluida en el mismo. El contenido de la oferta económica se ajustará estrictamente al modelo del Anexo I de este Pliego.
La proposición económica se presentará en caracteres claros o escrita a máquina, expresada en número y en letra, y no se aceptarán aquéllas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente su contenido. Si existiese discrepancia entre la cantidad escrita en número y la escrita en letra, se estará a esta última. La proposición económica, en cualquier caso, debe ser firmada por el representante legal de la Entidad licitante o persona con habilitación para ello, y fechada, y en su caso, el sello de la Empresa; por lo que la omisión de alguno de estos requisitos supondrá la exclusión de este Procedimiento de la Empresa correspondiente, en caso de su ausencia y no subsanación en el plazo de Tres (3) días hábiles desde su comunicación.
Los participantes, en la proposición económica que presenten, deberán tener en cuenta todas las prestaciones objeto del presente Contrato, incluso las actividades accesorias o complementarias necesarias, para la correcta ejecución de este Servicio, debiendo estar el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) o tributo que lo sustituya cuantificado expresamente e indicado como partida independiente, según modelo Anexo I establecido en este Pliego.
VI.6.‐ Mesa de Valoración y Órgano de Contratación.
X. Xxxx de Valoración.
La composición de esta Mesa, en razón a la cuantía, corresponde a lo establecido en el punto 12. e) de las Instrucciones de Contratación vigentes en Aljarafesa, con las funciones establecidas en la referida norma. Los criterios de valoración serán analizados por, al menos dos técnicos integrantes en los Servicios de Aljarafesa, siendo uno de ellos del Servicio Económico Financiero, y el otro será designado por esta Mesa. Su objetivo será el estudio, análisis y valoración de la documentación que integra la Proposición Técnica (Sobre 2).
Dicha documentación será sometida por la citada Comisión, al sistema de valoración especificado en el punto VI.3 del presente Pliego, quien deberá remitir a la Mesa de Valoración, un Informe con las conclusiones del análisis realizado. Dicha Mesa podrá solicitar de aquella cuanta información adicional o complementaria se precise. En todo caso, quedarán excluidos aquellos licitadores cuyas ofertas no cumplan las condiciones exigidas en los Pliegos de la presente Licitación.
B. Órgano de Contratación.
El Órgano de Contratación, en razón a la cuantía, corresponde a lo establecido en el punto 6 de las Instrucciones de Contratación vigentes en Aljarafesa.
VI.7. Apertura de proposiciones, calificación de la documentación presentada y valoración de los criterios de selección.
Toda la documentación requerida en el Clausula VI.5 anterior, deberá estar incluida en su Sobre correspondiente para que la misma pueda ser calificada o clasificada en el momento procedimental que corresponde, siendo requisito no subsanable que cualquiera de aquella sea solicitada a terceros y/o aportada por la Empresa participante en momento posterior a la fecha de presentación de su oferta, siendo, por tanto, subsanable los defectos u omisiones correspondiente sobre la aportada dentro del plazo establecido para la presentación de las ofertas.
Finalizado el plazo de presentación de las Ofertas en Aljarafesa, la documentación contenida en el Sobre 1: Documentación General, será revisada por los Responsables de los Servicios correspondientes, constituidos en Comisión de Calificación, con la finalidad de calificar si las Empresas participantes poseen los requisitos de Solvencia establecidos en el presente Pliego.
En el caso que se apreciara algún defecto subsanable u omisión, se le comunicará a la Empresa que corresponda en el plazo de hasta SIETE (7) DÍAS hábiles siguientes al de la apertura del Sobre 1, concediéndoles un plazo máximo de TRES (3) DÍAS desde la comunicación para que lo subsanen o los corrijan o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios, con el apercibimiento de que, caso de no subsanar, quedarán excluidos del Procedimiento. Finalizado este plazo, en el caso que se hubiese dado la situación descrita anteriormente, o antes del mismo, en el caso que no se hubiese producido necesidad de subsanación entre los participantes, la Mesa de Valoración en acto no público, determinará, oído el Informe de Calificación, las empresas que cumplen los criterios de solvencia empresarial que se establecen en el presente Pliego, en cuanto a la capacidad de obrar, solvencia económica‐financiera y técnica o profesional de las Empresas presentadas, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo y se procederá a la apertura del Sobre nº 2 correspondiente a la Proposición Técnica. Estas circunstancias serán comunicadas por correo electrónico a cada uno de los participantes.
En ese mismo acto se abrirá el sobre que contiene la documentación relativa
a la Proposición Técnica (Sobre 2), que será entregada a la Comisión de Técnicos designados a estos efectos.
En un plazo que no podrá ser superior a VEINTE (20) DÍAS HÁBILES, a contar desde la apertura de la documentación del Sobre Nº 2, la Comisión de Valoración procederá a dar cuenta a la Mesa de Valoración del resultado de la valoración técnica efectuada a cada una de las Empresas, y se procederá en acto no público, a la apertura de la Proposición Económica (Sobre 3), procediéndose la a la clasificación de las mismas.
El resultado de la apertura de las ofertas económicas, junto con la información de la puntuación de las ofertas técnicas, será notificado a los licitadores mediante correo electrónico.
VI.8. Reclamación sobre el Proceso de Licitación.
Dentro de los TRES (3) DÍAS hábiles siguientes a la comunicación del resultado de la apertura del Sobre 3, los participantes podrán exponer por escrito ante ALJARAFESA cuanto estimen conveniente sobre el proceso de licitación. El Órgano de Contratación, previo informe de la Mesa de Valoración, deberá resolver el procedimiento de adjudicación con pronunciamiento expreso sobre las reclamaciones presentadas.
VI.9. Adjudicación del Contrato.
Valoradas las Ofertas, dentro de los DIEZ (10) DÍAS HÁBILES siguientes a la comunicación por correo electrónico sobre el resultado de las puntuaciones del procedimiento, la Mesa de valoración, conforme a todo lo actuado, formulará propuesta de Adjudicación al Órgano de Contratación de esta Licitación, quién adjudicará el contrato a la Entidad que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para Aljarafesa.
El contrato se formalizará en el plazo máximo de TRES (3) MESES, a contar desde el día siguiente de la apertura del Sobre 1.
Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su documentación en los TRES (3) MESES siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, Aljarafesa no estará obligada a seguirla custodiando.
VII. PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato adjudicado se perfeccionará con su formalización. La adjudicación del contrato se notificará a los licitadores. Para el caso del adjudicatario, en dicha notificación se le comunicará los requisitos previos a la formalización del mismo, que deberá tener en cuenta o, en su caso, presentar en Aljarafesa, en el lugar y día que se le indique en la citada comunicación.
Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá acreditar ante ALJARAFESA toda la documentación que se indica a continuación; tener constituida la fianza definitiva; y tener cumplidas todas las condiciones establecidas en el presente Pliego y en el de Prescripciones Técnicas, como previas a la contratación, así como, en su caso, haber verificado el pago de los anuncios de la licitación.
En caso de no presentar el adjudicatario la documentación que se le requiera o que la misma no se entregue en los plazos establecidos en la comunicación de adjudicación que Aljarafesa verifique, así como, por otras causas imputables al mismo por las que no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, Aljarafesa hará suya la garantía provisional en concepto de indemnización, procediéndose entonces a recabar la misma documentación al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa en segundo lugar, y así sucesivamente.
Durante la vigencia de este Contrato, Aljarafesa podrá requerir al contratista que acredite encontrarse al corriente en sus obligaciones con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso el contratista deberá entregar a Aljarafesa una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de UN (1) MES desde su formalización.
En todo caso, serán documentos necesarios a presentar antes de la formalización del Contrato, los que a continuación se detallan:
1.‐ Garantía Definitiva.
Antes de la formalización del contrato, y como condición previa del mismo, el Adjudicatario presentará documento acreditativo de haber constituido la fianza definitiva. Dicha Fianza responderá del cumplimiento del contrato por parte del adjudicatario, y como consecuencia de ello la correcta ejecución del servicio así como de los daños y perjuicios que se deriven de las actuaciones llevadas por el mismo en su ejecución, y de sus actuaciones accesorias o complementarias.
La cuantía de dicha Fianza será el 6% del importe que resulte de la oferta objeto de adjudicación. Dicha fianza podrá constituirse bien mediante transferencia al
número de cuenta que indique Aljarafesa o bien mediante aval bancario, efectivo al simple requerimiento de ALJARAFESA, conforme al modelo que figura como Anexo III de este Pliego.
A partir de la adjudicación y durante la vigencia del contrato, la Empresa podrá exigir al contratista modificación o ampliación de la garantía constituida, como asimismo garantías complementarias, en consideración a la circunstancia concreta de la prestación del servicio, la cual, en su caso, deberá quedar suficientemente justificada.
2.‐ Obligaciones tributarias.
a) Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados
e) y f) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Las agrupaciones y uniones temporales de empresas deberán acreditar el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.
b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de estar al corriente de sus obligaciones tributarias. Dicho Certificado deberá tener una vigencia anual y será presentado anualmente, o en su caso, por el tiempo que por el que sea otorgado.
3.‐ Obligaciones con la Seguridad Social:
1. Documentación de alta en la Seguridad Social, con identificación del número patronal.
2. Certificación negativa por descubiertos en la Tesorería de la Seguridad Social
4.‐ Seguros:
El Adjudicatario adoptará las medidas necesarias para que durante la ejecución de los trabajos objeto del presente Pliego, quede asegurada la protección a terceros, siendo de su total responsabilidad los daños y perjuicios que puedan originarse como consecuencia de la ejecución de los mismos.
Así pues, deberá aportar Certificado acreditativo de tener en vigor o de haber suscrito a su cargo una póliza de seguros que cubra los riesgos propios de la prestación del servicio, dando cobertura tanto a su propio personal, por daños a terceros o cualquier eventualidad que suceda durante los trabajos contemplados en este Pliego en la cuantía de al menos TRESCIENTOS MIL EUROS (300.000 €).
5.‐ Otros.
Durante la vigencia de este Contrato de Servicio, Aljarafesa podrá requerir al Contratista que presente cualquier otro tipo de documentación que esté vinculada al objeto del presente Contrato.
Con carácter general todos los documentos deberán ser originales, copias notariales o fotocopias compulsadas.
Cumplimentado todo lo anterior se procederá a la formalización del correspondiente contrato dentro de los DIEZ (10) DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
VIII. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
1. El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de la prestación que realmente ejecute con sujeción al contrato, a sus modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por Aljarafesa, a través del responsable de los trabajos, en su caso, siendo la forma de pago y su periodicidad las especificadas en el presente Pliego.
2. Serán por cuenta del Adjudicatario todos los gastos necesarios para la correcta ejecución de este Contrato en los términos expresados en el presente Pliego y en el de Prescripciones Técnicas.
3. Es obligación del adjudicatario poner en conocimiento de ALJARAFESA cualquier eventualidad o decisión que redunde en una mayor estabilidad, rapidez y orden en los trabajos, no reservándose ningún tipo de información.
4. También deberá tener debidamente asegurado a todo el personal que intervenga en los trabajos objeto de la contratación y bajo su dependencia, y en este sentido deberá cumplir con las leyes laborales relativas a la Seguridad Social y los seguros obligatorios de accidente de trabajo, seguro de enfermedad y otras que pudieran afectarle. Asimismo, el adjudicatario deberá tener asegurado los útiles y vehículos adscritos al Contrato. ALJARAFESA, podrá requerir que se le acrediten todas estas circunstancias durante el periodo de vigencia de esta contratación.
5. Antes del inicio de los trabajos, el contratista deberá facilitar relación de todo el personal que vaya a actuar en el servicio, así como, en su caso, de la subcontrata que tenga autorizada, comunicando en todo caso las variaciones que se vayan produciendo. ALJARAFESA podrá requerir copia de los TC de dichos trabajadores, en cualquier momento, durante la vigencia del contrato.
6. Todos los daños y perjuicios que se deriven de la propia ejecución del servicio y de sus actuaciones accesorias o complementarias, se causen a ALJARAFESA o a terceros, serán de la exclusiva responsabilidad del contratista adjudicatario, quien viene obligado a atender las reclamaciones que por tal concepto se formulen ante él o ALJARAFESA, asumiendo incluso el pago de las indemnizaciones que correspondan, aun cuando por Resolución Judicial o Administrativa la sanción o indemnización, en su caso, viniese obligada ALJARAFESA a atenderla.
7. Aljarafesa podrá durante toda la vigencia del contrato solicitar información al contratista sobre las condiciones contractuales por las que se rige el personal afecto a la ejecución del servicio objeto del contrato, debiendo el adjudicatario acomodar aquellas contrataciones a los requerimientos legales precisos para el cumplimiento de la Legislación aplicable y el cumplimiento de la obligación del contratista, especialmente en cuanto a que a la finalización del contrato el personal afecto al servicio no genere ningún tipo de derecho del que resulte una posible incorporación a Aljarafesa.
En caso de inobservancia de estas normas, el adjudicatario será el único responsable, sin que en ningún supuesto se pueda exigir a ALJARAFESA responsabilidad alguna. El incumplimiento de las obligaciones expuestas anteriormente será motivo, en su caso, de resolución del contrato.
IX. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, según lo dispuesto por el artículo 215 del TRLCSP.
Para el seguimiento, inspección y organización de los trabajos ALJARAFESA designará un Representante que velará por el cumplimiento del Contrato, según la oferta realizada por el contratista. Dicho representante tendrá directa comunicación con la persona designada por el adjudicatario como interlocutor y responsable de esta contratación.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para esta Empresa o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Será obligación del contratista indemnizar de todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Así pues, el adjudicatario adoptará las medidas necesarias para que durante la ejecución de los trabajos objeto del presente Pliego, quede asegurada la protección a terceros, así como la protección de la información gestionada, siendo de su total responsabilidad los daños y perjuicios que puedan originarse como consecuencia de la ejecución de los mismos.
El contrato se realizará conforme a las condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y bajo la dirección, inspección y control de Aljarafesa, la cual podrá dictar las instrucciones oportunas para el correcto cumplimiento de lo convenido.
El contrato podrá ser interrumpido, a instancia de Aljarafesa, que lo podrá hacer por motivos técnicos durante el plazo necesario para que se resuelva la situación que genere la paralización en el mismo. Dicha situación será comunicada al Contratista indicando las causas y el plazo estimado de reanudación de la prestación.
El contrato se ejecutará con sujeción a lo previsto en su clausulado, en este pliego y en el pliego de prescripciones técnicas y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el responsable del Contrato suponiendo todo ello la base contractual del presente Servicio.
Todos los estudios y documentos, así como los productos y subproductos elaborados por el contratista como consecuencia de la ejecución del presente contrato serán propiedad de Aljarafesa, quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos, total o parcialmente, sin que pueda oponerse a ello el contratista autor material de los trabajos.
El contratista renuncia expresamente a cualquier derecho sobre los trabajos realizados que ‐como consecuencia de la ejecución del presente contrato‐ pudiera corresponderle, y no podrá hacer uso o divulgación de los estudios y documentos utilizados o elaborados en base a este pliego de condiciones, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, original o reproducida, sin autorización expresa de Aljarafesa.
X. VERIFICACIÓN DE LOS TRABAJOS
La ejecución de los trabajos del presente Contrato se llevará a cabo en los términos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Los trabajos se harán a petición de Aljarafesa.
El representante de Aljarafesa dispondrá de los QUINCE (15) días naturales siguientes a los trabajos ejecutados dentro del mes natural vencido anterior, para la comprobación de los mismos. De dicha verificación se dejará constancia en la certificación o documento similar correspondiente, que será emitida dentro los SIETE (7) días naturales de comprobación de los trabajos. Contra dicha certificación o documento de comprobación conformado por Aljarafesa, el contratista procederá a emitir una factura que será abonada por esta Empresa en los términos establecidos en la Condición IV de este Pliego.
A efectos de la verificación de los trabajos entregados por el contratista, se tendrá en cuenta si la prestación se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, y a las instrucciones que, en su caso, se hubiesen dado por el Responsable de los trabajos, pudiendo para ello realizar todas las pruebas de control y verificación que estime oportunas, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, Aljarafesa podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
El contratista responderá de la correcta realización de la prestación objeto del contrato y de los defectos que en ella hubiera, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la circunstancia de que el responsable de los trabajos los haya examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones parciales.
En caso de detección de irregularidades en la prestación del servicio, deberán corregirse de forma inmediata por el contratista, previa comunicación al responsable del Contrato, fijando plazo para ello y suspendiéndose, en su caso,
hasta su subsanación, las conformidades periódicas a la facturación por certificaciones a buena cuenta.
Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, ALJARAFESA podrá rechazar la misma.
En el caso de que como consecuencia del incumplimiento del contratista ALJARAFESA resolviera anticipadamente el contrato, el adjudicatario deberá ejecutar y mantener a su xxxxx la prestación del servicio contratado hasta la adjudicación a un nuevo adjudicatario.
A efecto de la recepción del Servicio, el responsable del Contrato tendrá que dar conformidad a las prestaciones recibidas, produciendo un documento de Recepción del Servicio, en el que se identificarán, en su caso, el detalle de las no conformidades que hacen inviable la misma. Subsanadas las mismas se dejará constancia, mediante Anexo al mismo, al objeto de recibir el resto de las prestaciones objeto del contrato.
XI. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO
A. Cesión:
El adjudicatario podrá ceder los derechos y obligaciones derivados de las que trae causa el contrato a otra Empresa, si bien ésta ha de reunir las condiciones exigidas para participar en esta Licitación, en los términos establecidos en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas de este Servicio, y que el contratista cedente hubiera ejecutado, al menos el 10% del importe del contrato.
La cesión de los derechos y obligaciones derivados del contrato supondrá la realización por parte de la nueva Empresa del Servicio adjudicado, en las mismas condiciones que la hubiese verificado el adjudicatario cedente.
Si la Empresa a la que se pretende ceder el contrato hubiese concurrido al procedimiento de adjudicación del mismo, habrá de hacer expresa renuncia a la oferta en su día formulada.
En cualquier caso, la cesión del contrato no podrá verificarse sin la expresa autorización de Aljarafesa, que se plasmará mediante Cláusula Adicional al contrato en su momento suscrito, elevándose a Escritura Pública si ésta se hubiese otorgado para el cumplimiento del mismo, siendo todos los gastos que la misma genere de cuenta del contratista.
El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente, no admitiéndose modificación alguna sobre las condiciones del contrato establecidas en el Pliego de Condiciones Particulares y en el Pliego de Prescripciones Técnica, debiendo aportar nueva fianza definitiva.
Para la formalización del correspondiente contrato, el Empresa cesionaria deberá entregar en Aljarafesa la carta de renuncia a la oferta presentada en su momento, la documentación establecida en la Condición VII anterior, así como, haber dado cumplimiento a la subrogación del personal correspondiente.
B. Subcontratación:
El adjudicatario podrá concertar con terceros la realización parcial del objeto del presente Contrato, en relación con: para las valoraciones de siniestros por debajo de franquicia.
El licitador deberá comunicar a Aljarafesa su intención de proceder a ejercitar esta opción en la oferta que presente y en relación a la misma, indicando las actividades a subcontratar así como, que el subcontratista no se encuentra inhabilitado para contratar con el Sector Público de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo 60 del TRLCSP.
Formalizado el Contrato, y previamente a la ejecución de la actividad subcontratada, el contratista deberá identificar a la Empresa correspondiente justificando la aptitud de éste para realizar los trabajos subcontratados, debiendo Aljarafesa autorizar expresamente toda subcontratación que se proponga por la Contrata. Asimismo, podrá decidir la exclusión de la Empresa subcontratada, por ser incompetente o no reunir las condiciones necesarias para llevar a cabo las tareas asignadas.
En todo caso, el contratista asumirá la total responsabilidad de las actividades realizadas por el subcontratista en la ejecución del contrato frente a Aljarafesa y a terceros.
Los subcontratistas renunciarán frente al contratista principal y por tanto no tendrán, en ningún caso, acción directa frente a esta Empresa por las obligaciones económicas contraídas con ellos por el contratista como consecuencia de la ejecución del contrato principal y de los subcontratos. En todo caso, ALJARAFESA exigirá al contratista que se encuentre al día en sus obligaciones económicas frente a sus subcontratistas, debiendo cumplir el contratista sus obligaciones de pago frente al subcontratista dentro del mismo plazo que le verifique el pago Aljarafesa.
Lo subcontratado deberá realizarse atendiendo la normativa de prevención
de riesgos laborales, aportando la empresa contratista la documentación pertinente que a tal efecto se le requiera y atendiendo las indicaciones que se le faciliten en cuanto a normas de seguridad, riesgos existentes, medidas de prevención y protección, accidentes, incidentes, situaciones de emergencia, etc…
El contratista, en caso de subcontratación, cumplirá cuantos requisitos generales o específicos establezca la normativa aplicable en materia de subcontratación y realizará cuantas comunicaciones a ALJARAFESA y a terceros exija dicha normativa y, muy especialmente, las que deriven del cumplimiento de las obligaciones tributarias, laborales y en materia de seguridad social.
En caso de incumplimiento por el contratista, Aljarafesa procederá a la resolución del contrato, pudiendo reclamar al mismo la indemnización correspondiente.
XII. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORARLES
1.‐ Requisitos generales.
El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones previstas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, en materia de coordinación de actividades empresariales y cuantas otras normas, legales o convencionales, contengan prescripciones relativas a la adopción de medidas preventivas en el ámbito laboral o susceptibles de producirlas en dicho ámbito así como en el RD 337/2010, de 19 xx xxxxx, por el que se modifican el RD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
Igualmente se compromete a acatar cualquier norma de seguridad elaborada por esta Empresa, que afecte a sus instalaciones y donde los empleados desarrollen su trabajo.
2.‐ Incumplimiento de las Normas de Prevención de Riesgos Laborales.
En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en la presente cláusula y en la normativa citada y de las obligaciones del contratista en materia preventiva, Aljarafesa podrá imponer al contratista una penalización de hasta el 0,5
% sobre todo el periodo de facturación mensual en el que se hubiera producido.
Se considerará como causa de resolución del contrato el incumplimiento de las obligaciones que resultan de la presente cláusula, al considerarse una obligación
esencial del contratista, conforme a lo dispuesto en el Art. 223 del TRLCSP, y sin perjuicio de la obligación de indemnizar a Aljarafesa por los daños y perjuicios que le hubiere causado.
XIII. CUMPLIMIENTO DEL CONTATO Y RECEPCIÓN DEL SERVICIO
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando, transcurrido el plazo de vigencia total del mismo, o agotado su presupuesto, se haya ejecutado el objeto del Contrato de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de Aljarafesa.
Finalizado, por tanto, aquél, si se considera que la prestación objeto del contrato reúne las condiciones debidas, se procederá en el plazo de UN (1) MES desde la última entrega efectivamente recibida, a la Recepción Definitiva del contrato.
Hasta que tenga lugar la Recepción Definitiva, el contratista responderá de la correcta realización de la prestación objeto del contrato y de los defectos que en ella hubiera, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la circunstancia de que el responsable del contrato los haya examinado o reconocido durante su elaboración, o aceptado en comprobaciones, valoraciones o entregas parciales.
A efecto de la recepción del Servicio, el responsable de los trabajos tendrá que dar conformidad a las prestaciones recibidas, produciendo un documento de Recepción del Servicio, en el que se identificarán, en su caso, el detalle de las no conformidades que hacen inviable la misma. Subsanadas las mismas se dejará constancia, mediante Anexo al mismo, al objeto de recibir el resto de las prestaciones objeto del contrato, procediéndose, en su caso, a la liquidación del Contrato mediante la correspondiente Certificación, en los términos establecidos en la Condición IV de este Pliego.
La extinción del contrato no producirá, en ningún caso, la consolidación de las personas que realizarán los trabajos objeto del contrato como personal de ALJARAFESA.
XIV.‐ PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
El contratista queda obligado a tratar los datos personales a los que tenga acceso como consecuencia de la prestación del servicio, observando los principios exigibles por la Legislación en materia de Protección de Datos, en particular los
relativos a la calidad de los datos, seguridad de los mismos y deber xx xxxxxxx, así como conforme a las concretas instrucciones recibidas de ALJARAFESA, no utilizando los datos para ningún otro propósito distinto a la prestación de los servicios adjudicados.
Asimismo, el contratista se compromete a observar el secreto profesional respecto de los datos personales objeto de tratamiento, manteniendo absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de los servicios prestados, no comunicando a ningún tercero, ni siquiera para su conservación, los datos facilitados por ALJARAFESA como responsable del fichero. Esta obligación subsistirá aún después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso, con el responsable del mismo.
El contratista se responsabilizará de que sus empleados y/o colaboradores reciban los datos únicamente en la medida en que sea necesario su conocimiento para la prestación del suministro o servicio pactado.
El contratista se compromete a crear y mantener un registro actualizado de usuarios de la Empresa que manejan ficheros sometidos a este acuerdo de confidencialidad y a asegurarse del cumplimiento de las medidas de seguridad de nivel alto, establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de Diciembre, que aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
En el supuesto de que el contratista destine los datos a finalidad distinta de la estipulada, los comunique o utilice incumpliendo las instrucciones fijadas en el presente Pliego, será considerado también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido.
ALJARAFESA se reserva el derecho de comprobar e inspeccionar, en cualquier momento, durante la vigencia del contrato el cumplimiento de lo aquí expuesto, siempre que medie un preaviso de QUINCE (15) DÍAS. El contratista se compromete a facilitar la inspección, poniendo a disposición de ALJARAFESA sus instalaciones y/o todos aquellos datos, información y documentación que sea necesaria para la realización de la misma. Si fruto de dicha comprobación fuese necesario implantar medidas de seguridad adicionales a las previamente acordadas, la Empresa estará obligada a la implantación de dichas medidas a su cargo.
El contratista se compromete a devolver a ALJARAFESA los datos objeto de tratamiento, soportes o documentos en que éstos consten, así como a destruir aquellos una vez cumplida la prestación contractual.
XV. PLAZO DE GARANTÍA
Se establece como periodo de garantía para la prestación objeto de este Contrato el plazo SEIS (6) MESES, que empezará a contar desde la fecha de la Recepción Definitiva del Contrato.
Dicha garantía responderá de la inexistencia de vicios o defectos de los bienes conformados. Transcurrido el plazo de garantía si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la Fianza Definitiva, se procederá a su devolución, previa autorización del responsable del Contrato.
XVI. VICIOS O DEFECTOS DURANTE EL PLAZO DE GARANTÍA
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los servicios prestados, Aljarafesa tendrá derecho a reclamar al contratista que restablezca la prestación ejecutada de forma inadecuada o a exigir su reparación, si ésta resultase suficiente.
En caso de que durante el período de garantía se estimase que los servicios prestados no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos, por causas imputables al contratista, Aljarafesa podrá rechazar los servicios dejándolos de cuenta del contratista, quedando exenta de la obligación del pago o, si éste se hubiese efectuado, tendrá derecho a la recuperación del precio satisfecho, antes de finalizar este período.
XVII. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Será causa de resolución del contrato el incumplimiento del adjudicatario de cualquiera de las obligaciones asumidas como consecuencia de la presentación de su oferta, y en todo caso las siguientes:
El incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones asumidas como consecuencia de la mera presentación de su oferta, con lo que ello conlleva de aceptación de todas las condiciones establecidas y que hayan servido de base para la adjudicación de este Contrato.
La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad adjudicataria.
Los supuestos de extinción o liquidación de la UTE.
Por la imposibilidad del cumplimiento del contrato, cualquiera de las partes podrá darlo por resuelto, percibiendo el contratista el importe de
la prestación realizada y de los gastos efectivamente realizados que no pudieran ser recuperados.
En caso de incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir para la ejecución del mismo los medios personales y/o materiales suficientes.
La declaración de insolvencia del contratista en cualquier procedimiento y, en caso de concurso, la apertura de la fase de liquidación.
En los supuestos de escisión, aportación o transmisión parcial de la Empresa Adjudicataria, si la nueva Sociedad no tuviese la solvencia profesional, técnica y económica exigida para concurrir a la adjudicación; supuesto que se considerará, en todo caso, incumplimiento por parte de la Empresa Adjudicataria.
El incumplimiento de pago del contratista frente a sus trabajadores o en su caso a sus subcontratistas.
La resolución del contrato por causa imputable al contratista comportará la pérdida de la fianza definitiva y la retención de las cantidades pendientes de abonar, además de la indemnización de daños y perjuicios a ALJARAFESA, en la que se incluirá el resarcimiento de las prestaciones no ejecutadas, que se hará efectiva en primer lugar de las cantidades que estén pendientes de abonar, aun cuando sean de parte de contrato cumplido.
Aun cuando el adjudicatario haya incurrido en causa de resolución del contrato, ALJARAFESA podrá optar por la continuidad del contrato y la ejecución subsidiaria del mismo, realizando las obligaciones incumplidas por sí o a través de las personas o Empresas que determine, x xxxxx del adjudicatario, comunicando al mismo esa circunstancia.
Las partes, en cualquier momento, podrán dar por resuelto el Contrato de mutuo acuerdo, percibiendo el Contratista tan solo el importe de adjudicación correspondiente al servicio realizado, reteniendo en cualquier caso ALJARAFESA el importe de la fianza hasta el plazo de SEIS (6) MESES a contar desde dicha resolución, si no media reclamación, supuesto en el cual no se procederá a su devolución hasta que queden solventadas las mismas.
En caso de resolución del contrato, el contratista deberá entregar a Aljarafesa toda la documentación realizada, incluidas en alcance de la oferta presentada.
XVIII. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Todas las controversias que surjan respecto a la aplicación de las normas contenidas en el presente Pliego o de los documentos que forman parte de la base contractual objeto del mismo, así como de su cumplimiento, efectos y extinción, quedan sometidas a la jurisdicción civil de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxx, fuero que aceptan expresamente todos los licitadores por el mero hecho de presentar su oferta, con renuncia expresa al fuero que les correspondiese.
Las reclamaciones que se presenten contra el presente procedimiento de adjudicación se tramitarán de conformidad con lo establecido en el Título VII de la Ley 31/2007, de 30 de octubre.
CLÁUSULA ADICIONAL ÚNICA. ‐ VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
Según lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre Procedimientos de Contratación en los Sectores del Agua, la Energía, los Transportes y los Servicios Postales, en concordancia con lo dispuesto en el punto 5.b) de las Instrucciones de Contratación vigentes en la Empresa Mancomunada del Aljarafe, S.A, Aljarafesa, el valor estimado del contrato, teniendo en cuenta las comisiones máximas por el total de las pólizas que actualmente tiene ALJARAFESA y
computado por el tiempo de duración más las posibles prórrogas, y la valoración por siniestro por debajo de franquicia, en su caso, se establece en:
RIESGOS | Importe primas Corretage | ||
Contrato de Seguros | % | Precio € | |
Responsabilidad Civil General | 38.549 | 15,00% | 5.782,35 |
Responsabilidad Medioambiental | 13.242 | 15,00% | 1.986,30 |
Todo Riesgo de Daños Materiales | 32.839 | 15,00% | 4.925,82 |
Responsabilidad Civil de Circulación | 12.930 | 15,00% | 1.939,43 |
Vida Colectivo de Personal | 29.364 | 15,00% | 4.404,58 |
Responsabilidad Civil de Administradores y Directivos | 6.500 | 15,00% | 975,00 |
Responsabilidad Civil Riesgos Cibernéticos | 7.900 | 15,00% | 1.185,00 |
IMPORTE TOTAL POR AÑO = 21.198,48
IMPORTE TOTAL 3 AÑOS = 63.595,44
VALORACIÓN POR SINISTROS POR DEBAJO DE FRANQUICIA
Precio | Nº Valoraciones | ||
VALORACIÓN DAÑOS MATERIALES | 300 | 40 | 12.000,00 |
VALORACIÓN DAÑOS FISICOS | 300 | 5 | 1.500,00 |
IMPORTE TOTAL POR AÑO = | 13.500,00 | ||
IMPORTE TOTAL 3 AÑOS = | 40.500,00 |
VALORACIÓN ESTIMADO DEL
CONTRATO: 104.095,44 €
ANEXO I
RIESGOS | Importe primas |
Contrato de Seguros | |
Responsabilidad Civil General | 38.549 |
Responsabilidad Medioambiental | 13.242 |
Todo Riesgo de Daños Materiales | 32.839 |
Responsabilidad Civil de Circulación | 12.930 |
Vida Colectivo de Personal | 29.364 |
Responsabilidad Civil de Administradores y | |
Directivos | 6.500 |
Responsabilidad Civil Riesgos Cibernéticos | 7.900 |
ANEXO II
PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE CORREDURIA DE SEGUROS PARA LA MEDIACIÓN Y ASESORAMIENTO DE LOS SEGUROS DE LA EMPRESA MANCOMUNADA DEL ALJARAFE, S.A. (ALJARAFESA), CON NÚMERO DE EXPEDIENTE: S: 17/18‐48
1.‐ JUSTIFICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN.
La contratación de seguros en los xxxxx que figuran en el ANEXO I requiere el estudio y preparación de las condiciones que pudiesen ser más beneficiosas para ALJARAFESA desde la perspectiva de un conocimiento amplio en materia de aseguramientos, para lo que se precisa la asistencia especializada, independiente e imparcial de profesionales en la materia que verifiquen el estudio de las correspondientes coberturas, preparación de condiciones de licitación y valoración de las ofertas de las distintas Compañías de Seguros para una mejor adecuación a la actividad de ALJARAFESA de las pólizas a suscribir para los riesgos de los xxxxx indicados, así como la posterior asistencia, seguimiento y tratamiento de incidentes y reclamación de daños que se pudieran producir durante la vigencia de los seguros.
2.‐ ALCANCE Y MEDIOS DE LA PRESTACIÓN A CONTRATAR.
2.1) Alcance.
La contratación que surja una vez concluido el proceso de adjudicación tendrá por objeto la prestación de un Servicio de Mediación, Asistencia y Asesoramiento Profesional, a través de un Corredor o Correduría de Seguros de los seguros que ALJARAFESA concierte, y todo ello en las condiciones establecidas en el presente Pliego.
Al amparo de lo establecido en los artículos 2 y 6 de la Ley 26/2006, de 17 de Julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados, las actividades a desarrollar por el Corredor o Correduría de Seguros adjudicataria del contrato de mediación objeto de este Pliego, con independencia de las obligaciones genéricas que se deriven de los preceptos indicados, son las siguientes:
2.1.1) Estudio y definición de las coberturas de los riesgos que correspondan a los seguros enumerados en el Anexo I de este Pliego, en orden a su adaptación a las necesidades de ALJARAFESA para la mayor eficacia y plenitud de efectos.
2.1.2) Preparación de propuesta de los Pliegos de Prescripciones Técnicas y/o Condiciones Particulares, en su caso, precisos para la concertación de las pólizas de seguros con las coberturas de los riesgos enumerados en el Anexo I de este Pliego.
2.1.3) Asistencia técnica en el estudio y valoración de las ofertas que en el proceso de licitación y/o adjudicación de los referidos contratos de seguros formulen las distintas Compañías Aseguradoras, con sometimiento a los criterios de valoración que figuren en los
Pliegos de Condiciones Particulares y Prescripciones Técnicas que les fuesen de aplicación.
2.1.4) Seguimiento, asistencia técnica y asesoramiento, en su caso, de los siniestros de los xxxxx de seguros concertados, aun cuando fuesen cuantía inferior a las franquicias contratadas, en su caso, tanto en las gestiones que hubiese que realizar frente a las Compañías Aseguradoras como ante los propios afectados, incluida la elaboración de los informes periciales que sean precisos al efecto, incluso su ratificación ante Tribunales.
2.1.5) Información permanente y periódica sobre las coberturas de los seguros contratados, formulando recomendaciones sobre su modificación, adaptación y, en su caso, resolución; así como la formulación de recomendaciones para las decisiones autónomas que ha de adoptar ALJARAFESA, en cuanto a la vigencia de las pólizas concertadas.
2.1.6) Estudio y propuesta sobre concertación de seguros en otros xxxxx que pudieran dar cobertura a actividades de ALJARAFESA, su personal, Directivos y Administradores.
En el ámbito de las actividades descritas se incluyen aquellas accesorias o complementarias que sean precisas para cumplir con el objetivo de todas y cada una de las citadas actividades, ya sea en el ámbito meramente administrativo como técnico.
2.2) Medios.
El Corredor o Correduría de Seguros adjudicatario del contrato adjudicado conforme al presente Pliego prestará los servicios de mediación y asesoramiento establecidos en el apartado 2.1 precedente, con sus propios medios materiales y humanos, con la salvedad de subcontratación, en su caso, de la valoración de siniestros, no presumiéndose en ningún caso la existencia de vínculo laboral entre el personal que preste el servicio contratado y ALJARAFESA, incluso en el supuesto de que la prestación de servicio se llevase a cabo de forma parcial o total en instalaciones o dependencias de esa Empresa, con sometimiento a la propuesta técnica de organización del servicio que sea objeto de adjudicación.
2.2.1) Medios materiales.
Para el cumplimiento de las prestaciones del contrato objeto del presente Pliego, el adjudicatario habrá de tener a disposición de la prestación del servicio, durante la vigencia de este Contrato, los siguientes medios materiales:
- Xxxxxxx Xxxxxxxxx x/x Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx.
- Software para el análisis y/o comparación de coberturas correspondiente a pólizas de seguros de los xxxxx indicados en el Anexo I de este Pliego.
- Software para la gestión de siniestros derivados de los riesgos correspondientes a pólizas de seguros de los xxxxx indicados en el Anexo I de este Pliego.
- Sistema de comunicación telefónica, y a través de correo electrónico específico para la gestión de la contratación verificada con ALJARAFESA, con los perjudicados
2.2.2) Medios Humanos.
El adjudicatario habrá de tener a su disposición para poder prestar el servicio, como mínimo, con los siguientes medios humanos:
‐ Técnico especialista en seguros, con experiencia mínima de cinco años, en cada ramo de los señalados en el Anexo I de este Pliego, que tenga como centro de trabajo la oficina a que se hace referencia en el apartado 2.2.1) precedente; que no podrá ser coincidente con el titular de la habilitación xx Xxxxxxxx de Seguros regulada en el artículo 27 de la Ley 26/2006, en el caso de que el adjudicatario fuese Corredor de Seguros persona física. En el caso de contar con más de un técnico se deberá designar a uno de ellos como Director Técnico del contrato de mediación, asistencia y asesoramiento.
- Un Administrativo con una experiencia mínima de tres años en el ramo de la Correduría de Seguros, y específicamente en la tramitación de siniestros derivados de todos los xxxxx indicados en el Anexo I de este Pliego, que tenga jornada completa y como centro de trabajo la oficina a que se hace referencia en el apartado 2.2.1) precedente.
- Un Técnico especialista en valoración de siniestros, con una experiencia mínima de cinco años en el sector de los seguros privados, ya sea mediante relación laboral con el adjudicatario, o mediante concierto por contratación mercantil, pudiendo, en éste último caso, ser una Empresa de Valoración que tenga personal a su cargo con esa especialización y experiencia.
ANEXO III
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. , con D.N.I.
núm. , en
(su propio
nombre y derecho o en representación de) , con N.I.F. , con domicilio en , Calle , Nº
, visto el anuncio de licitación del contrato de:
, y enterado de las condiciones requisitos y obligaciones establecidos en el Pliego de Condiciones Particulares y sus Prescripciones Técnicas, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente, y de las obligaciones sobre protección del empleo, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y sobre protección del medioambiente, se compromete a tomar a su cargo la ejecución del contrato, una comisión media del
……… sobre las primas de los Seguros establecidas en la Condición III de este Pliego, y por el plazo establecido en el mismo.
(Lugar, fecha y firma del proponente)
, de de
ANEXO III.1
DESGLOSE DE CORRETAJE POR XXXXX
RIESGOS | Importe primas | Corretage | |
Contrato de Seguros | % | Precio € | |
Responsabilidad Civil General | 38.549 | ||
Responsabilidad Medioambiental | 13.242 | ||
Todo Riesgo de Daños Materiales | 32.839 | ||
Responsabilidad Civil de Circulación | 12.930 | ||
Vida Colectivo de Personal | 29.364 | ||
Responsabilidad Civil de Administradores y Directivos | 6.500 | ||
Responsabilidad Civil Riesgos Cibernéticos | 7.900 | ||
TOTAL | 141.323 |
(Lugar, fecha y firma del proponente)
, de de
MODELO DE FIANZA PROVISIONAL
D. y D. ambos en nombre y representación de Banco , en virtud de los poderes que tienen atribuidos por Escritura de Poder, otorgada ante el Notario D. , xxx Xxxxxxx Colegio de , con fecha , bajo el número de
su protocolo
y respectivamente, con facultades para el
otorgamiento de este Aval, la Entidad Banco .
A V A L A
De forma solidaria, para responder en los mismos términos y condiciones y renunciando a los derechos de división y excusión, a
, ante la EMPRESA MANCOMUNADA DEL ALJARAFE,
S.A. (ALJARAFESA), por la cantidad de ( ) EUROS, correspondiente al importe de la fianza provisional del Servicio de …………………………………………………….Aljarafesa, que el afianzado como participante del procedimiento de adjudicación que se está llevando a cabo por ALJARAFESA, está obligado a depositar para responder de las obligaciones, penalidades e indemnizaciones establecidas en el presente Pliego durante el citado proceso y hasta la formalización del correspondiente contrato.
Este Aval se hará efectivo, de forma parcial o total, al mero requerimiento de ALJARAFESA.
El presente Aval ha sido inscrito en el Registro de Avales bajo el número .
, a de de 20
MODELO DE AVAL DEFINITIVO
D. y D. ambos en nombre y representación de Banco , en virtud de los poderes que tienen atribuidos por Escritura de Poder, otorgada ante el Notario D. , xxx Xxxxxxx Colegio de , con fecha , bajo el número de
su protocolo
y respectivamente, con facultades para el
otorgamiento de este Aval, la Entidad Banco .
A V A L A
De forma solidaria, para responder en los mismos términos y condiciones y renunciando a los derechos de división y excusión, a
, ante la EMPRESA MANCOMUNADA DEL ALJARAFE,
S.A. (ALJARAFESA), por la cantidad de ( ) EUROS, (6% de la Adjudicación) correspondiente al importe de la fianza definitiva del servicio de , que el afianzado, como adjudicatario del mismo, está obligado a depositar para responder del cumplimiento del contrato de ejecución de dicho servicio y de la correcta realización del mismo, así como de las penalidades e indemnizaciones que, conforme al Contrato y Pliego de Condiciones o Disposición Legal, sean con cargo al afianzado.
El presente Aval tendrá validez hasta tanto ALJARAFESA proceda a autorizar su cancelación.
Este Aval se hará efectivo, de forma parcial o total, al mero requerimiento de ALJARAFESA.
El presente Aval ha sido inscrito en el Registro de Avales bajo el número .
, a de de 20
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL.
D. / Dña. , con DNI/NIE en
nombre propio o en representación de la empresa
, con NIF nº , en calidad de
DECLARA:
I.‐ Que la citada sociedad, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 de la Ley de Contratos del Sector Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
II.‐ Que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
III.‐ Que esta empresa no ha sido sancionada en vía administrativa o jurisdiccional en el último año por el incumplimiento de sus obligaciones de orden laboral y que cumple con las prescripciones que establece la Normativa vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
En , a de de
Fdo.: