PRESCRIPCIONES TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS PARA EL ASESORAMIENTO Y ASISTENCIA TÉCNICA EN LA EJECUCIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS EN EL MARCO DE LOS PROYECTOS DE FORMACIÓN ESPECIALIZADA
PRESCRIPCIONES TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS PARA EL ASESORAMIENTO Y ASISTENCIA TÉCNICA EN LA EJECUCIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS EN EL MARCO DE LOS PROYECTOS DE FORMACIÓN ESPECIALIZADA
1º. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto de esta contratación es la Asesoría y asistencia técnica en la ejecución de 27 acciones formativas en el marco de los proyectos de formación especializada cofinanciados por Lanbide- Servicio Xxxxx xx Xxxxxx conforme a lo previsto en la Resolución de 26 de julio de 2012 convocatoria de ayudas para el impulso de proyectos de desarrollo económico y creación de empleo local que se deriven de los planes de empleo comarcales (BOPV-29-08-12).
En concreto se trata de la prestación del servicio de Asesoría y asistencia técnica para la coordinación, supervisión y seguimiento técnico, durante el desarrollo de la ejecución de los
8 proyectos de formación especializados (27 acciones formativas) cofinanciados por Lanbide Servicio Xxxxx xx Xxxxxx, de acuerdo a lo siguiente:
Sector Audiovisual-Digital: 8 cursos con el siguiente desglose: 6 cursos de 40 horas
2 cursos de 200 horas
Sector Surf: 7 cursos cursos con el siguiente desglose: 6 cursos de 30 horas
1 curso de 200 horas
Sector Energías Renovables: 6 cursos con el siguiente desglose: 6 cursos de 30 horas
Sector Soluciones de Apoyo: 6 cursos con el siguiente desglose:
5 cursos de 40 horas
1 curso de 200 horas
La crisis económica en el que estamos instalados se ha dejado sentir de manera intensa en Donostia en los últimos cuatro años en términos de desempleo; incrementándose entre 2007 y 2011 el colectivo de parados en un 66% (desde los 5.884 en 2007 hasta 9.806 en 2011). Esta evolución ha supuesto el incremento de la Tasa de Paro del favorable 7,2% de 2007, hasta el 11,5% en 2011. A lo largo de lo que va de 2012, la evolución ha continuado en el mismo sentido alcanzándose en Septiembre la cifra de 10.880 desempleados con una Tasa de Paro de 11,9% sin que se prevean cambios de tendencia a corto plazo, en lo que constituye una suerte de afianzamiento temporal y cronificación de la crisis.
En ese contexto de impacto generalizado de la crisis, la búsqueda de alternativas en torno a nichos de actividad con futuro aparece como una necesidad intensamente sentida.
En efecto, una importante línea de trabajo del Ayuntamiento a través de Fomento de San Xxxxxxxxx como agente dinamizador de la economía local, es la de identificar y apoyar sectores económicos con potencial de desarrollo y de generación de empleo.
Y esa vía de trabajo es la que abren los esfuerzos direccionados a los Sectores Emergentes y que desde el Ayuntamiento vienen siendo trabajados en términos de clusterización en...:
Audiovisual - digital
El ámbito de la Energías Renovables y Eficiencia Energética.
El Surf, como motor de un conjunto de actividades que van desde la investigación y los materiales al deporte y el turismo.
Las tecnologías y servicios asistivos (vinculados al envejecimiento y la dependencia)
...identificándose necesidades y perfiles competenciales requeridos a corto y medio plazo. Y generando en cada uno de ellos una red de trabajo, observación, y dinamización que ofrece un caldo de cultivo adecuado para que los esfuerzos formativos para la
empleabilidad de colectivos desempleados encuentren un campo razonablemente fértil para germinar en términos de inserción.
Se trata, por tanto, de sectores que apuntan nichos de oportunidad y necesidad de un amplio abanico de profesionales que van desde perfiles de titulados superiores altamente cualificados a perfiles de nivel medio-bajo, en un significativo abanico de representatividad profesional.
Para ello la capacitación en competencias profesionales relevantes en dichos sectores, que permitan desempeñar un puesto de trabajo mediante formación complementaria a la experiencia previa acumulada o mediante nueva formación para la recualificación aparece como una iniciativa pertinente y necesaria. Iniciativa que por otra parte ha sido recogida en el Plan de Empleo Local de Donostia San Xxxxxxxxx.
El objeto de la presente contratación pretende garantizar la asistencia en formación especializada para la correcta gestión, ejecución y máximo aprovechamiento de las acciones formativas en el marco de la subvención otorgada a favor del Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx con forme a lo previsto en la Resolución de 26 de julio de 2012 por la que se procede a la publicación de la convocatoria de ayudas para el impulso de proyectos de desarrollo económico y creación de empleo local que se deriven de los planes de empleo comarcales que se realicen de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 9 xx xxxx de 2012, de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se convocan Ayudas para la dinamización de Planes Comarcales, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide, adoptado en la sesión de 16 de julio de 2012 (BOPV 29-08- 2012).
2º. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
Se adjudicará mediante procedimiento negociado con publicidad a la oferta económicamente más ventajosa.
3º. DURACION DEL CONTRATO
La duración del contrato será desde la firma del contrato hasta 20 días desde la finalización de la última acción formativa y en cualquier caso antes del 30 de setiembre del 2013. No obstante, podrá haber alguna modificación en dichas fechas, si así Fomento lo estimara, que sería pactada con la empresa adjudicataria
4º. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
El presupuesto total de contratación es de 19.273,80 € IVA no incluido, desglosado de la siguiente forma:
El precio hora máximo de licitación es de 27,30 € /hora. IVA no incluido
El número de hora estimadas de prestación del servicio, será de 706 horas, haciendo esto, un importe máximo de licitación de 19.273,80 € IVA no incluido
En el precio quedan incluido las tareas de organización, coordinación, gestión, e interlocución que defina Fomento.
La empresa licitadora deberá presentar el presupuesto desglosado indicando un precio hora para la asistencia técnica, número total de horas de asistencia técnica desglosado por curso. Para la valoración económica, se tendrán en cuenta los precios/hora ofertados por las empresas licitadoras y número total de horas por curso y totales propuesto.
No se admitirán proposiciones que excedan dicho presupuesto de licitación.
La proposición económica que formule la empresa licitadora alcanzará, por tanto, a todos los costes necesarios para el desarrollo de al prestación del servicio. Este presupuesto incluirá también cualquier otro impuesto, tasa o gasto de toda índole que pueda derivarse de su desarrollo.
5º. FORMA DE PAGO Y FACTURACIÓN
El pago corresponderá a los trabajos efectivamente realizados y, en su caso, formalmente recibidos por FOMENTO, no siendo facturables aquellos importes que no hayan sido justificados adecuadamente.
Cada pago referido a una factura, deberá contar previamente con la conformidad de la prestación realizada por personal técnico responsable de Fomento. Se deberá realizar una factura detallada en la que se haga constar de forma separada las diferentes actuaciones, especificando respecto a cada una de ellas las horas prestadas.
La empresa adjudicataria emitirá una factura por cada lote una vez finalizado, detallando los servicios realizados de acuerdo a las indicaciones del personal técnico responsable de Fomento.
6º. FINANCIACIÓN
El presente contrato cuenta con la cofinanciación de Lanbide Servicio Xxxxx xx Xxxxxx en el marco de la subvención otorgada a favor del Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx conforme a lo previsto en la Resolución de 26 de julio de 2012 por la que se procede a la publicación de la convocatoria de ayudas para el impulso de proyectos de desarrollo económico y creación de empleo local que se deriven de los planes de empleo comarcales que se realicen de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 9 xx xxxx de 2012, de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se convocan Ayudas para la dinamización de Planes Comarcales, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide, adoptado en la sesión de 16 de julio de 2012 (BOPV 29-08- 2012).
7º. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
La presentación de proposiciones presupone la aceptación incondicional por la empresa licitadora de la totalidad de las presentes Especificaciones Técnicas y restante documentación, sin salvedad alguna.
Para participar en la presente contratación, las proposiciones de las empresas licitadoras junto con la documentación relacionada, deberán haber sido recibidas por el técnico responsable en la dirección de correo xxxxxxxx_xxx@xxxxxxxx.xxx, o en la Oficina de Atención al Público de FOMENTO en la siguiente dirección postal: “FOMENTO DE SAN XXXXXXXXX S.A. Xxxxxxx xx Xxxxxxx 1, 2ª Planta. 20.009 Donostia-San Xxxxxxxxx” antes de las 10 horas del día siguiente al que se cumplan 15 días naturales desde la publicación de la licitación en el perfil del contratante de Fomento. En el caso de ser festivo, será el primer día hábil siguiente que proceda.
8º. CONDICIONES BÁSICAS DEL SERVICIO
El servicio objeto de la contratación se centrará en EL ASESORAMIENTO Y ASISTENCIA TÉCNICA EN LA EJECUCIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS EN EL MARCO DE LOS PROYECTOS DE FORMACIÓN ESPECIALIZADA. Los servicios que se
encuentran dentro de este servicio, se enumeran a continuación:
1. Asesoría y asistencia técnica: coordinación, supervisión, interlocución y seguimiento técnico durante todo el periodo de ejecución de cada una de las 27 acciones formativas que Fomento lleve a cabo y que sean ejecutadas por terceros.
2. Coordinación y supervisión de toda las fases que conlleva cada proyecto; supervisión de toda la operativa que conlleve el proceso de selección de las personas participantes y derivación a la entidad que imparta la acción formativa, seguimiento tanto con la entidad que imparta la formación como con las personas participantes y tratamiento de toda la información documental generada durante el desarrollo del proyecto.
3. Diagnóstico de necesidades formativas con relación a la mejora del posicionamiento profesional de las personas participantes e impartición en su caso de formación en redes sociales para aquellas personas participantes que desconozcan el uso de las mismas como estrategia para la incorporación al mercado laboral
4. Activación del proceso del posicionamiento en las redes sociales de las personas participantes
5. Memoria de actividad del proyecto según establece las directrices de Lanbide; descripción de las actuaciones ejecutadas, resultados obtenidos, acciones de mejora, evaluación, plantillas de indicadores, de cada una de las 27 acciones formativas, con relación tanto a la asistencia técnica como a la ejecución realizada por aquellas entidades en que en su momento Fomento adjudique a terceros la ejecución de la acciones formativas.
6. Toda aquella asistencia técnica que requiera Fomento para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que se deriven en el marco del cumplimiento con la resolución de Lanbide Servicio Xxxxx xx Xxxxxx por la subvención otorgada al Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx conforme a lo previsto en la Resolución de 26 de julio de 2012 por la que se procede a la publicación de la convocatoria de ayudas para el impulso de proyectos de desarrollo económico y creación de empleo local que se deriven de los planes de empleo comarcales que se realicen de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 9 xx xxxx de 2012, de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se convocan Ayudas para la dinamización de Planes Comarcales, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide, adoptado en la sesión de 16 de julio de 2012 (BOPV 29-08- 2012).
La prestación del servicio deberá realizarse de conformidad a las disposiciones, principios, obligaciones, especificaciones e instrucciones que establecidas en la siguiente normativa reguladora que se fijan en la RESOLUCIÓN de 26 de julio de 2012, del Director General de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx, por la que se procede a la publicación de la convocatoria de ayudas para el impulso de proyectos de desarrollo económico y creación
de empleo local que se deriven de los planes de empleo comarcales que se realicen de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 9 xx xxxx de 2012, de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se convocan ayudas para la dinamización de Planes de Empleo Comarcales, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide, adoptado en su sesión de 16 de julio de 2012.
Las acciones se desarrollarán según las directrices de Lanbide Servicio Xxxxx xx Xxxxxx que dieran lugar a lo largo del desarrollo de todo el proceso de impartición de la/s acción/es formativa/s.
Tras finalización de la última acción formativa y tras la prórroga de 20 días hasta que la empresa adjudicataria entregue a Fomento de San Xxxxxxxxx, S.A. la documentación pertinente(y en cualquier caso antes del 20 de setiembre del 2013)
9º. COMPROMISOS QUE ASUME FOMENTO DE SAN XXXXXXXXX, S.A.
Fomento facilitará la relación de las personas participantes de cada acción formativa, relación de participantes que a su vez será derivada por las oficinas de empleo de Lanbide Servicio Xxxxx xx Xxxxxx de San Xxxxxxxxx a Fomento de San Xxxxxxxxx
10º. COMPROMISOS QUE ASUME EL CONTRATISTA
Los compromisos que asume la entidad adjudicataria son los siguientes:
a) La entidad adjudicataria asume el compromiso de abstenerse en presentar propuesta alguna en las licitaciones que Fomento realice vinculadas a las 27 acciones formativas, que la contratista hubiera de prestar el servicio de asesoría y asistencia técnica.
b) El servicio de Asesoría y asistencia técnica se prestará tanto en euskera como en castellano.
c) Responsabilizarse de los daños causados a terceros durante la ejecución del contrato. Disponer de un seguro de responsabilidad civil, que cubra cualquier accidente o daño que se pueda ocasionar a las personas y bienes como consecuencia del desarrollo de la actividad.
d) Sustituir en caso de bajas, vacaciones o cualesquiera otra circunstancia el personal técnico encargado de la prestación del servicio por otros con formación, experiencia, actitudes y aptitudes similares a los asignados inicialmente, de forma que la prestación del servicio no quede interrumpida, pudiéndose penalizar su incumplimiento como se describe más adelante. Este cambio será comunicado a Fomento con una razonable antelación a la sustitución.
e) Asignar una persona responsable de la empresa quien actuará de interlocutora ante Fomento para la comunicación y coordinación con Fomento y que asistirá a las reuniones que se establezcan para el adecuado seguimiento, evaluación y mejora del servicio de Asesoría y asistencia técnica.
f) La empresa licitadora deberá de informar del impacto de generación de empleo de personas dedicadas a ejecutar el objeto de esta contratación
g) Participar en las reuniones de seguimiento que establezca Fomento o con quien delegue y aportar de forma detallada, con la periodicidad y en los soportes oportunos, todos los datos que Fomento considere necesarios para el correcto seguimiento y evaluación del servicio contratado
h) Incluir en el material didáctico, divulgativo, informes etc. que se desarrollen los logotipos que establezca Fomento.
i) Aportar todo el material documental, informes, herramientas de soporte de recogida, salvo aquellas que Fomento ponga a su disposición y tratamiento de la información.
j) No interferir en las relaciones entre Fomento y otros organismos públicos y privados.
k) Comunicar cualquier incidencia de relevancia que se produzca relacionadas con la Asistencia técnica durante la ejecución de las acciones formativas.
l) fLa entidad contratada se compromete a no utilizar, fuera de la prestación del servicio de Asesoramiento y asistencia técnica, la documentación generada por la prestación de dicho servicio quedando en propiedad exclusiva de Fomento.
m) La entidad adjudicataria asume el seguimiento y la supervisión de las actividades que Fomento realice de cara al adecuado desarrollo de las mismas proponiendo mejoras en el caso de que se considere oportuno.
n) Cumplir con la adecuada información y publicidad de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (CE) N.º 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan las normas de desarrollo del Reglamento (CE) N.º 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión
11º. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
La propuesta que el licitador presente, deberá contener como mínimo la siguiente información:
1- Propuesta económica
2- -Propuesta técnica desglosada de la siguiente forma:
• Operativa y plan del trabajo con desglose del Nº de horas totales de intervención por cada acción formativa y su correspondiente desglose en horas asignadas a cada actuación a realizar: Supervisión del proceso de selección, seguimientos etc.
• Descripción del sistema de asesoría y asistencia técnica en el que se incluirá la capacidad técnica y de recursos humanos para dar respuesta a la ejecución de asistencia a diferentes acciones formativas simultáneas así como el plazo de respuesta a la solicitud por parte de Fomento de intervención para el inicio de las acciones formativas
• Mejoras que la empresa licitadora propone como valor añadido al servicio de asesoría y asistencia técnica a las 27 acciones formativas objeto de la ejecución del contrato mencionadas en el punto 12. Descripción Técnica del Servicio
3- - Dotación de RHHH, indicando el Nº de horas y su correspondiente jornada de dedicación: Curriculum vitae del personal adscrito a la ejecución del servicio, justificativos de la experiencia y capacidad lingüística solicitada, así como de la empresa, de acuerdo a la capacidad solicitada
4- Justificación de la adecuada solvencia de acuerdo a los requerimientos 5- Anexo 1debidamente cumplimentado
6- Copia del alta en el IAE relacionado con la actividad objeto del contrato
7- Justificante acreditativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
12º. NEGOCIACIÓN Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
1. Propuestas económica
2. Propuesta técnica
Criterios de Adjudicación
Los criterios de adjudicación son los siguientes:
A) Oferta económica… 50 puntos
Se valorará con cero puntos la oferta que coincida con el precio de licitación
La puntuación se otorga proporcionalmente entre los siguientes valores: 1.- El precio de licitación
2.- La cantidad más baja de entre las siguientes:
a) La menor oferta
b) El precio de licitación menos un 15%
c) El precio medio ofertado menos un 10%
Se aplicará la siguiente fórmula matemática:
(Pl - On)
Ptn =
(Pl-O1)
x Pto.,
(siendo: Pl= Precio de licitación; Pto= Puntuación máxima; O1 = precio más bajo según el apartado 2; On = Precio de la oferta económica de cada licitadora; Ptn = Puntuación obtenida por cada licitadora).
B) Propuesta técnica… 50 puntos
1. Experiencia adicional a la solicitada, tanto de la empresa (máximo 2,5 puntos) como del personal adscrito a la ejecución del objeto del contrato (máximo 2,5 puntos). Hasta un máximo de 5 puntos en total. Por cada año de experiencia por encima del mínimo solicitado, se valorará con 0,5 punto hasta un máximo de 2,5 puntos en el caso del personal y de la empresa.
2. Operativa y plan del trabajo con desglose del Nº de horas totales de intervención por cada acción formativa y su correspondiente desglose en horas asignadas a cada actuación a realizar: Supervisión del proceso de selección, seguimientos etc. Hasta un máximo de 20 puntos
3. Descripción del sistema de asesoría y asistencia técnica en el que se incluirá la capacidad técnica de respuesta de la ejecución de asistencia a diferentes acciones formativas simultáneas así como el plazo de respuesta a la solicitud por parte de Fomento de intervención para el inicio de las acciones formativas. Hasta un máximo de 20 puntos
4. Mejoras que la empresa licitadora propone como valor añadido al servicio de asesoría y asistencia técnica a las 27 acciones formativas objeto de la ejecución del contrato mencionadas en el punto 12. Descripción Técnica del Servicio. Hasta un máximo de 5 puntos
Se excluirán todas las propuestas con una valoración inferior a 30 puntos en su evaluación técnica.
13º. PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS REALIZADOS
Quedarán en propiedad de FOMENTO los soportes metodológicos, los materiales y productos realizados y su propiedad intelectual y comercial, reservándose FOMENTO su utilización y divulgación por cualquier medio.
La empresa contratista tendrá obligación de proporcionar a FOMENTO en soporte informático y papel, todos estos materiales y productos.
Los trabajos que constituyan objeto de propiedad intelectual se entenderán expresamente cedidos en exclusiva a FOMENTO, salvo en el caso de derechos preexistentes, en lo que la cesión puede no ser con carácter de exclusividad.
14º. MODIFICACIÓN
Ni la empresa contratista ni la persona directora podrán introducir o ejecutar modificación alguna en el objeto del contrato sin la debida aprobación previa por la Gerencia de FOMENTO, en el ámbito de sus competencias, y de la modificación de su presupuesto correspondiente. Las modificaciones que no estén debidamente autorizadas por FOMENTO originarán responsabilidad en el contratista, el cual estará obligado a rehacer la parte de los mismos que resulte afectada por aquellas sin abono alguno.
15º. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución del contrato las previstas en los artículos 111 y 214 del TRLCAP, con los derechos que se establecen en los mismos.
Asimismo constituirán causas de resolución del contrato imputables al contratista:
a) El incumplimiento de la obligación de guardar sigilo anteriormente mencionadas en este pliego
b) El incumplimiento de las obligaciones adquiridas por la prestación del Objeto de las presentes especificaciones
c) El abandono por parte de la empresa contratista de la consultoría y asistencia objeto del contrato.
d) Se entenderá producido el abandono cuando la prestación no se desarrolle con la regularidad establecida o con los medios humanos o materiales precisos para la normal ejecución del contrato en el plazo establecido. No obstante, cuando se dé este supuesto, FOMENTO, antes de declarar la resolución requerirá al contratista para que regularice la situación en el plazo de cinco días a contar desde el requerimiento.
e) La incursión de la empresa contratista, durante la vigencia del contrato, en alguna de las prohibiciones señaladas en la normativa vigente.
El acaecimiento de cualquiera de estas causas en los términos establecidos facultará a FOMENTO para dar por resuelto el contrato, con la indemnización de daños y perjuicios, y demás efectos que procedan conforme a la normativa aplicable, pudiendo optar por la ejecución subsidiaria, realizando las obligaciones incumplidas o continuando la ejecución del contrato por sí o a través de las personas o empresas que determine, x xxxxx del contratista. El importe de la garantía responderá de todo ello, en cuanto alcance, y sin perjuicio de la responsabilidad general de la empresa contratista.
16º. PRERROGATIVAS DE FOMENTO Y JURISDICCIÓN
La Gerencia de FOMENTO tendrá la prerrogativa de interpretar en primera instancia cualquier aspecto del contrato y resolverá las dudas que ofrezca su cumplimiento, sin perjuicio de los derechos económicos del contratista y de las acciones que éste pueda emprender después. Igualmente, dicha Gerencia podrá modificar los contratos celebrados y acordar su resolución dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCAP y sus disposiciones de desarrollo.
Así, las instrucciones que señale la Gerencia de FOMENTO, previo informe jurídico si fuera necesario, serán inmediatamente ejecutivos.
17º. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
❖ Podrán contratar con FOMENTO las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional.
❖ Las empresas licitadoras deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituye el objeto del contrato.
❖ Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
❖ Tendrán capacidad para contratar con FOMENTO, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 47 de la LCSP.
❖ Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito.
❖ Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la Misión Diplomática
Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
❖ Podrán contratar con FOMENTO las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 48 de la LCSP.
Estas capacidades, deberán complementarse con lo siguiente solvencia técnica, económica y financiera:
1. La empresa licitadora deberá poseer una experiencia de cómo mínimo 3 años en la coordinación y gestión en actuaciones formativas con personas desempleadas
2. Además, la empresa licitadora deberá adscribir a la ejecución del objeto del contrato a personal con una experiencia de como mínimo 2 años en la coordinación y gestión en actuaciones formativas con personas desempleadas
Con el objetivo a garantizar el derecho de la ciudadanía en materia lingüística recogido en la ley básica de normalización del uso del euskera, la prestación de los servicios de atención individualiza se deberá poder ofrecer y a elección de la persona emprendedora, en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx. Para ello la empresa licitadora deberá disponer de recursos humanos competentes en ambas lenguas tanto a nivel oral como a nivel escrito. Este requisito será justificado por la titulación correspondiente (equivalente a un nivel C1 del marco europeo). En todo caso, Fomento de San Xxxxxxxxx y en el caso de no poder acreditar este requisito con la titulación mencionada podrá por medio de una entrevista o prueba análoga, analizar y valorar esta competencia.
18º. DOCUMENTOS EXIGIDOS AL ADJUDICATARIO
El adjudicatario, deberá presentar la siguiente documentación, en el caso de que no lo hubiera hecho con anterioridad:
A) Justificante acreditativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
B) Copia del Alta en Actividades Económicas
C) Experiencia contrastable de acuerdo a las especificaciones Donostia- San Xxxxxxxxx, a 00 xx xxxxx xx 0000
XXXXX 0
Yo, XXX, en nombre y representación de la Empresa YYY , con C.I.F.: bbbbb en plena posesión de mi capacidad jurídica y de obrar, enterado xxx xxxxxx y de las condiciones facultativas aprobados por Fomento de San Xxxxxxxxx para EL ASESORAMIENTO Y ASISTENCIA TÉCNICA EN LA EJECUCIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS EN EL MARCO DE LOS PROYECTOS DE FORMACIÓN ESPECIALIZADA
D E C L A R O
1 ) Que conozco el citado Pliego de Prescripciones técnicas así como la documentación urbanística correspondiente, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
2 ) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente y el citado Pliego de Prescripciones para la realización del Contrato.
3 ) Que me comprometo AL ASESORAMIENTO Y ASISTENCIA TÉCNICA EN LA EJECUCIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS EN EL MARCO DE LOS PROYECTOS DE FORMACIÓN ESPECIALIZADA por un precio total de $$$$$$$ € IVA no incluido, desglosado en XX €/hora IVA Incluido
4 ) Que en todo caso me obligo al cumplimiento de lo legislado o reglamentado en materia laboral y fiscal.
San Xxxxxxxxx, a ….de …..de 2013 Fdo: