NORMA TECNICA DEL SISTEMA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA
NORMA TECNICA DEL SISTEMA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA
PARA RADIACIONES IONIZANTES
EN PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD
Bogota, Diciembre 18 de 2000
TABLA DE CONTENIDO
Pag.
INTRODUCCIÓN 4
DESCRIPCION DEL DESARROLLO DEL CONTRATO 5
1. Términos de referencia 5
1.2. Objetivo General 6
1.3. Productos Esperados 6
2. Etapas para el desarrollo metodológico de la consultoría 7
2.1 Establecimiento de los lineamientos básicos y conformación
del equipo de trabajo 7
2.2 Contacto con las Administradoras de Riesgos Profesionales
y los sectores competentes 8
2.3 Planeación de actividades y cronograma final 10
PROTOCOLO DE VIGILANCIA EPÌDEMIOLOGICA PARA LA EXPOSICIÓN A RADIACIONES IONIZANTES EN PRESTADORES DE
SERVICIOS DE SALUD 21
1. Consideraciones generales 21
2. Marco Legal 22
3. Importancia epidemiológica del evento a vigilar 29
4. Objetivos 37
4.1 Objetivos Específicos 37
4.2 Metas y estrategias 38
4.3 Utilidad 38
5. Metodología 39
5.1 Población a estudiar 39
5.2 Criterios Diagnósticos 41
5.2.1 Diagnósticos de Las condiciones de salud 41
5.2.2 Diagnostico de las condiciones de trabajo 43
5.3 Definición del evento a vigilar 43
5.4 Periodicidad 47
6. Subsistema de Información 48
6.1 Proceso para la consignación de datos 49
6.1.1 Información del prestador de servicios de salud 50
7. Análisis de los datos 72
7.1 Indicadores del Prestador de Servicios de Salud 73
7.2 Indicadores de la Administradora de Riesgos Profesionales 75
7.3 Indicadores del Ministerio de trabajo y Seguridad Social 77
8. Orientación de la acción 78
8.1 Trabajador 78
8.2 Empleador (prestador de servicios de salud) 78
8.3 Administradora de Riesgos Profesionales 92
8.4 Ministerio de trabajo y Seguridad Social 92
9. Divulgación 95
10. Recursos 95
11. Documento Técnico 96
Estructura atómica y radiactividad 96
Interacción de las radiaciones con la materia 106
Magnitudes y Unidades Dosimétricas 114
Efectos biológicos de las Radiaciones ionizantes 119
Distancia, Tiempo y Blindaje 128
Transporte de Material Radiactivo 132
12. Glosario de Términos 142
DIRECCION GENERAL DE SALUD OCUPACIONAL Y RIESGOS PROFESIONALES
NORMA TECNICA DEL SISTEMA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA
PARA RADIACIONES IONIZANTES
EN PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD REALIZADO POR
PROFESIONALES EN SALUD OCUPACIONAL LTDA
Bogota, Diciembre 18 de 2000
INTRODUCCIÓN
En este documento se presenta una propuesta para el desarrollo del proceso de vigilancia de la exposición ocupacional a las radiaciones ionizantes, como una respuesta a la iniciativa del Ministerio de Trabajo en la urgente necesidad de efectuar los desarrollos y contenidos técnicos de un protocolo de vigilancia para la población ocupacionalmente expuesta a este riesgo físico.
El fomento de la salud y la seguridad en el trabajo con radiaciones ionizantes se basa en principios similares a los aplicados para la protección de otros riesgos ocupacionales, siendo la vigilancia un elemento esencial y de la cual tienen responsabilidad varios actores.
El protocolo de vigilancia ocupacional a la exposición a las radiaciones ionizantes, es un instrumento para facilitar la operativización del proceso de vigilancia y tiene por objeto proporcionar unidad de criterio para que todas las instituciones y actores que deben participar de dicho proceso puedan realizar el estudio básico del factor de riesgo bajo los mismos parámetros, de tal manera que la información que se construya en todo el país se pueda recopilar y sea comparable para su análisis.
En el protocolo se presenta en detalle el proceso de vigilancia partiendo de la descripción de la naturaleza y magnitud del problema, la forma de obtener una prevención eficaz del riesgo a las radiaciones, la responsabilidad de los diferentes actores en las distintas fases de su desarrollo e implementación, algunas consideraciones que deben tenerse en cuenta para su gestión en los distintos ámbitos de su aplicación, la estructura necesaria para la construcción de la información, los mecanismos para su divulgación, las implicaciones para la toma de decisiones y la instauración de las medidas de intervención.
DESCRIPCIÓN CONTRATO
DEL
DESARROLLO
DEL
En este aparte se describe todo el proceso de planeación realizado para obtener el producto final del contrato No.0000-00-0000 cuyo objeto es el de diseñar un régimen y normas técnicas de vigilancia epidemiológica y control para los prestadores de servicios de salud con exposición a radiaciones ionizantes, tal como lo establece el Decreto Ley 1295 de 1994, con el fin de prevenir la aparición de enfermedades profesionales derivadas de este factor de riesgo, el cual se celebró entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y Profesionales en Salud Ocupacional Ltda, con Interventoría de la Universidad de Antioquia.
1. TÉRMINOS DE REFERENCIA
1.1. Justificación
Línea de Trabajo Número Cuatro.
Estudios de tipo epidemiológico sobre factores de riesgo
Título Sistemas Vigilancia Epidemiológica en Actividades de Alto Riesgo
No obstante haber transcurrido algo más de cinco años, desde que el decreto Ley 1295 de 1994 entró en vigencia, aún no se ha dado cumplimiento a lo establecido en el decreto 1295 de 1994, Sistema General de Riesgos Profesionales, artículos 65 a 67.
El país requiere conocer las condiciones de salud y de trabajo de los trabajadores de las empresas de alto riesgo.
Es necesario fortalecer la gestión en la promoción de la salud de los trabajadores y la prevención de los riesgos en el trabajo.
Se requiere la unificación de criterios entre el Estado, las Administradoras de Riesgos Profesionales, los Empleadores y las entidades prestadoras de servicios de salud ocupacional.
El Consejo Nacional de Riesgos Profesionales en la reunión del pasado 13 xx xxxx, determinó como una de las prioridades del Sistema general de Riesgos Profesionales, el desarrollo de proyectos en las actividades de alto riesgo.
1.2. Objetivo General
Diseñar regímenes de Vigilancia Epidemiológica y Control de riesgos profesionales en empresas de alto riesgo, a nivel nacional, como lo establece el decreto 1295 de 1994, artículos 64 a 67.
1.2.1. Objetivos Específicos
• Determinar las características de las empresas de alto riesgo
• Identificar la ubicación geográfica de las empresas de alto riesgo
• Determinar el tamaño, con base en el número de trabajadores
• Determinar la población total de trabajadores expuestos
• Diseñar los sistemas de vigilancia epidemiológica en actividades de alto riesgo
1.3. Productos Esperados
▪ Caracterización de las actividades de alto riesgo, especialmente las condiciones de trabajo.
▪ Los sistemas de vigilancia epidemiológica para las empresas de alto riesgo.
2. ETAPAS
PARA
EL
DESARROLLO
METODOLOGÍCO DE LA CONSULTORÍA
2.1. Establecimiento de los lineamientos básicos y conformación de equipo de trabajo
Se hizo una revisión de los conocimientos y experiencias existentes en vigilancia ocupacional, de los aspectos legislativos internacionales y nacionales, como un inventario de los desarrollos específicos en cuanto a la vigilancia de radiaciones ionizantes.
Con la asesoría del interventor de la Universidad de Antioquia el Xx. Xxxx Xxxxx Xxxxxx Médico Especialista en Salud Ocupacional, se acordó trabajar tres aspectos básicos del sistema de vigilancia: a) Subsistema de información- entrada, b) Subsistema de análisis- Proceso; c) Subsistema de intervención – Producto.
Para cumplir al requerimiento del producto final, se conformó el siguiente equipo de trabajo conformado por los siguientes perfiles:
XXXX XXXXXXXXX XXXXX
Radio físico Becario de la OPS y de la OMS .
XXXXXXX XXXXXXX
Matemático, Ingeniero Geógrafo y Especialista en Protección Radiológica y Seguridad Nuclear
XXXXX NEL XXXXXXX
Ingeniero Químico y Especialista en Protección Radiológica y Seguridad Nuclear
XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX
Bacterióloga, Magister en Epidemiología.
XXXXXX XXXXX XXXXXXXX X
Psicóloga, Experto en Salud Ocupacional y Gerente de Recursos Humanos.
El equipo se reunió para discutir los componentes de un sistema de vigilancia epidemiológico, los elementos a desarrollar en cada componente y la unificación de criterios desde el inicio del contrato.
Se revisaron documentos técnicos producidos por el Ministerio de Salud, El Instituto del Seguro Social, La Universidad de Antioquia para orientar el esquema del sistema.
2.2. Contacto con las Administradoras de Riesgos Profesionales y los sectores competentes
Se visitó personalmente a las diferentes administradoras de riesgos profesionales especialmente a los directores de promoción y prevención, áreas técnicas y jefes del área de medicina preventiva y del trabajo, a quienes se les presentó el proyecto, sus beneficios y la participación de las mismas en el desarrollo de la actividad, se realizó un sondeo sobre la información existente en las ARP para caracterizar el número de Prestadores de Servicios de Salud con riesgo de radiaciones ionizantes existentes a nivel nacional.
Se visitaron las Instituciones reguladoras del factor de riesgo en el país de las cuales se solicitó información y su participación para el evento de concertación.
La siguiente es la relación de entidades e Instituciones participantes en el sistema de vigilancia:
Tabla 1. RELACION DE ENTIDADES CONTACTADAS | ||
ENTIDAD | NOMBRE FUNCIONARIO | CARGO |
SURATEP Riesgos profesionales | Xx. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx | Jefe Planeación y Gestión Medellín |
COLMENA riesgos profesionales | Xx. Xxxxx Xxxxx | Subgerente Técnico |
XXXXXXXXX Xxxxxxx Profesionales | Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx | Director Nacional de Seguridad e Higiene |
COLSEGUROS Riesgos profesionales | Dra. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx | Directora Técnica de la Administradora de riesgos profesionales |
SEGUROS BOLIVAR Riesgos Profesionales | Xx. Xxxxxx Xxxxxx | Director Promoción y Prevención |
ARP LA PREVISORA DE VIDA S.A. | Ing. Xxxxxx Xxxxxxx | Ingeniero de la Administradora de Riesgos Profesionales |
LIBERTY Riesgos Profesionales | Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx | Director Promoción y Prevención |
CIA AGRICOLA DE SEGUROS Administradora de riesgos | Xx. Xxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxx | Gerente Administradora de Riesgos |
SEGUROS DE VIDA ALFA | Xx. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx | Asistente Médico |
SEGUROS DE VIDA LA AURORA | Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx | Gerente Administradora de Riesgos |
SEGUROS DE VIDA DEL ESTADO. Administradora de Riesgos | Xx. Xxxxxx Xxxxxx | Director Riesgos profesionales |
ROYAL & SUN ALLIANCE Riesgos Profesionales | Dra. Xxxxxxx Xxxxxxxx | Gerente Administradora de Riesgos Profesionales |
LA GANADERA Administradora de Riesgos Profesionales | Dra. Xxxxx Xxxxxxx | Directora Control Médico |
LA EQUIDAD Administradora de Riesgos | Dra. Xxxxx Xxxxxxxx | Coordinadora Salud Ocupacional |
Ministerio de Salud | Ing. Xxxxxxxx Xxxxxx | Profesional del Departamento de Salud Ocupacional |
Secretaría Distrital de Salud | Dra. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx | Directora Área de Vigilancia y Control de la oferta |
Secretaría de Salud de Cundinamarca | Ing. Xxxxx Xxxxxxxxx | Profesional del Programa de Radiofísica |
Comité Nacional de Salud Ocupacional | Xx. Xxxx Xxxxxxxx | Secretario Técnico del Comité |
Tabla 1. RELACION DE ENTIDADES CONTACTADAS | ||
ENTIDAD | NOMBRE FUNCIONARIO | CARGO |
Oficina Organización Internacional del Trabajo | Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx | Coordinador Nacional Proyecto Col/95/003 |
Secretaría de Salud de Antioquia | Dra. Xxxxxx Xxxxxxxx | Directora Vigilancia y Control de la oferta |
Oficina OPS- OMS | Xx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx | Representante en Colombia |
INGEOMINAS | Xx. Xxxxxxxx Xxxxx | Director programa de Radiofísica Sanitaria |
INSTITUTO NACIONAL DE CANCEROLOGÍA | Xx. Xxxxxx Xxxxxx | Profesional Área Física Médica |
2.3. Planeación de actividades y Cronograma final
Para iniciar el sistema de vigilancia se diseñó en primer lugar el instrumento a través del cual se recogió la información en las Administradoras de Riesgos Profesionales, como fuentes secundarias de información; para caracterizar el factor de riesgo a nivel nacional celebrando diferentes reuniones acompañados por el interventor de la Universidad de Antioquia donde se perfilo la información pertinente para el sistema de vigilancia epidemiológica.
El día 15 de noviembre se realizó la prueba piloto del instrumento aplicada a un funcionario de una Administradora de Riesgos Profesionales del departamento de calidad de servicios, perfil seleccionado para no alterar los resultados que se darían por el departamento responsable de suministrar la información una vez se aplicara el instrumento en cada entidad. Se retomaron todas las inquietudes y se analizaron las dificultades que se presentaron en la prueba piloto para realizar las modificaciones.
Una vez terminados los ajustes de la encuesta (instrumento) esta se distribuyó personalmente a las fuentes secundarias, para su diligenciamiento
La información que se retomó a nivel nacional de los siguientes Prestadores de Servicios de Salud fue la siguiente:
Tabla 2. PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD REFERENCIADOS POR LAS ARP | ||
ADMINISTRADORA DE RIESGOS | No. de P.S.S.* | PORCENTAJE |
Agrícola de seguros | 10 | 4.00% |
ARP Xxxx | 00 | 6.00% |
ARP Colmena | 69 | 27.60% |
ARP Colpatria | 6 | 2.40% |
ARP Colseguros | 31 | 12.40% |
La Equidad | 22 | 8.80% |
ARP Liberty | 1 | 0.40% |
Previatep | 20 | 8.00% |
Protección Laboral Seguro | 35 | 14.00% |
Royal & Sunalliance seguros | 11 | 4.40% |
Seguros Bolívar | 23 | 9.20% |
Suratep S.A. | 7 | 2.80% |
TOTAL | 250 | 100.00% |
*P.S.S.= Prestadores de servicios de salud |
Gráfica 1. DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL DE PSS POR ARP
9%
3%
4%
6%
4%
4%
2
8%
0%
9%
2%
12%
Agricola de seguros ARP Alfa
ARP Colmena ARP Colpatria ARP Colseguros La Equidad ARP Liberty Previatep
Protección Laboral Seguro Royal & Sunalliance seguros Seguros Bolívar
Suratep S.A.
11
9%
Tabla 3. UBICACIÓN GEOGRÁFICA DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD REFERENCIADOS POR NIVEL DE COMPLEJIDAD | |||
DEPARTAMENTO | NIVEL DE COMPLEJIDAD | ||
XXXXX 0 | XXXXX 0 | XXXXX 0 | |
Antioquia | 18 | 8 | 1 |
Xxxxxx | 0 | 0 | 0 |
Xxxxxxxxx | 3 | 1 | 1 |
Xxxxxxx | 0 | 0 | 0 |
Xxxxxx | 0 | 1 | 0 |
Xxxxxx | 0 | 0 | 0 |
Xxxxx | 10 | 5 | 2 |
Xxxxx | 0 | 0 | 0 |
Xxxxxxxxxxxx | 30 | 10 | 16 |
Hila | 5 | 1 | 0 |
Xxxxxxxxx | 0 | 1 | 0 |
Meta | 5 | 0 | 0 |
Nariño | 2 | 1 | 1 |
No se conoce | 3 | 7 | 4 |
Norte de Xxxxxxxxx | 0 | 0 | 0 |
Xxxxxxx | 1 | 0 | 0 |
Xxxxxxxxx | 0 | 0 | 0 |
Xxxxxxxxx | 1 | 3 | 1 |
TOTAL | 83 | 42 | 31 |
Tabla 4. RELACION DE LOS PRESTADORES DE SERVICIO DE SALUD REFERENCIADO POR LAS ADMINISTRADORAS DE RIESGOS PROFESIONALES A NIVEL NACIONAL | ||
ADMINISTRADORA DE RIESGOS PROFESIONALES | DEPARTAMENTO | |
Royal & Sunalliance Seguros | Unidad materno infantil del sur Xxxxxxx Xxxxx | Bogotá |
Royal & Sunalliance Seguros | Unidad Médica Xxxxx | Bogotá |
Royal & Sunalliance Seguros | Ortopedistas Asociados | Valle |
Royal & Sunalliance Seguros | Xxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxx | Xxxxx |
Royal & Sunalliance Seguros | Calipso Comfandi | Valle |
Royal & Sunalliance Seguros | Comfandi | Valle |
Royal & Sunalliance Seguros | Clínica Comfandi | Cundinamarca |
Royal & Sunalliance Seguros | La Xxxxxx | Xxxxx |
Royal & Sunalliance Seguros | Comfandi Santa Xxxx | Xxxxx |
Royal & Sunalliance Seguros | Comfandi | Valle |
Royal & Sunalliance Seguros | Xxxxxx xx Xxxxxxx | Xxxxx |
Previatep | Hospital San Xxxxx | Atlántico |
Previatep | Hospital San Xxxxxx | Bogotá |
Previatep | Hospital Xxxxxxx Xxxxxxxx | Xxxxx |
Previatep | Instituto de Neurociencias | Bogotá |
Previatep | Hospital Departamental Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx | Bogotá |
Previatep | E.S.E. Hospital Nuestra Señora de Fátima | Huila |
Previatep | Cooperativa Multiactiva de Servicios de Salud | Huila |
Previatep | E.S.E. Hospital Divino Niño | Huila |
Previatep | Centro Médico del Sur | Huila |
Previatep | E.S.E. Hospital Xxxxxxx Xxxxxx | Huila |
Previatep | Hospital Santa Xxx | Tolima |
Previatep | E.S.E. Hospital Xxxxx Xxxxxxx | Tolima |
Previatep | E.S.E. Hospital San Xxxxxx | Tolima |
Previatep | E.S.E. Hospital San Xxxx xx Xxxx | Tolima |
Previatep | E.S.E. Hospital Xxxxxx Xxxxxxx | Tolima |
Previatep | Hospital Universitario Xxxxxxxx Xxxxx | Xxxxx |
Previatep | Hospital Materno Infantil | Valle |
Previatep | Clínica Oriente Ltda | Valle |
Previatep | Hospital Universitario San Xxxx | Cauca |
Previatep | E.S.E. Hospital San Xxxx xx Xxxx | Antioquia |
Agrícola de Seguros | Cemes Galerias | Bogotá |
Agrícola de Seguros | Centro Odontológico Norte | Bogotá |
Tabla 4. RELACION DE LOS PRESTADORES DE SERVICIO DE SALUD REFERENCIADO POR LAS ADMINISTRADORAS DE RIESGOS PROFESIONALES A NIVEL NACIONAL | ||
Agrícola de Seguros | Centro Odontológico Puente Aranda | Bogotá |
Agrícola de Seguros | Cemes Puente Aranda | Bogotá |
Agrícola de Seguros | Centro Médico Diagnóstico | Bogotá |
Agrícola de Seguros | Xxxxx Xxxxx Xxxx | Xxxxx |
Agrícola de Seguros | Hospital San Xxxxxxx xx Xxxxxx | Xxxxx |
Agrícola de Seguros | Asotrauma | Tolima |
Agrícola de Seguros | Sede Maxilar de Cooperativa Nacional de Odontólogos | Bogotá |
Agrícola de Seguros | ABC Ortodoncia | Bogotá |
La Equidad | Saludcoop Cali Sur | Valle |
La Equidad | Saludcoop Cali Norte | Valle |
La Equidad | Saludcoop Chipichape | Valle |
La Equidad | Saludcoop Jamundi | Valle |
La Equidad | Saludccop Seccional Xxxxxxx | Xxxxx |
La Equidad | Saludcoop Buga | Valle |
La Equidad | Saludcoop Sevilla | Valle |
La Equidad | Saludcoop | Cauca |
La Equidad | Clínica Saludcoop | Valle |
La Equidad | Saludcoop IPS Cali Centro | Valle |
La Equidad | Saludcoop IPS Policarpa | Bogotá |
La Equidad | Saludcoop 104 IPS | Bogotá |
La Equidad | Cooperativa Massalid Ltda Sede la 65 | Antioquia |
La Equidad | Saludcoop Xxxxx | Bogotá |
La Equidad | Saludcoop RX La Cochera | Bogotá |
La Equidad | Saludcoop la 70 | Bogotá |
La Equidad | Saludcoop Bello | Antioquia |
La Equidad | Saludcoop Santa Xxxxxxxx | Antioquia |
La Equidad | Cooperativa Massalud Sede la 80 | Antioquia |
La Equidad | Cooperativa Massalus Ltda Sede Laureles | Antioquia |
La Equidad | Cooperativa Massalud Sede Bello | Antioquia |
La Equidad | Cooperativa Massalud Sede Centro | Antioquia |
Colmena ARP | E.S.E. Hospital Local Xxxxxx | Atlántico |
Colmena ARP | Clínica La Xxxxxxxxxx | No se suministro ubicación |
Colmena ARP | Hospital Universitario xx Xxxxxxxxx | Bolívar |
Colmena ARP | E.S.E. Centro de Salud Vitelo Xxxx Xxxxxxxx | Xxxxxxx |
Colmena ARP | Hospital Infantil Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxx |
Colmena ARP | Hospital Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxx | Huila |
Colmena ARP | Clínica La Xxxxxxxx | Bogotá |
Colmena ARP | Clínica de la Mujer | Bogotá |
Tabla 4. RELACION DE LOS PRESTADORES DE SERVICIO DE SALUD REFERENCIADO POR LAS ADMINISTRADORAS DE RIESGOS PROFESIONALES A NIVEL NACIONAL | ||
Colmena ARP | E.S.E. Hospital el Xxxxxxxx | No se suministro ubicación |
Colmena ARP | Clínica Centro Médico La Quinta Unimédicos | Tolima |
Colmena ARP | E.S.E. Hospital San Xxxxx y San Xxxxx | Risaralda |
Colmena ARP | E.S.E. Hospital San Xxxx | Risaralda |
Colmena ARP | Unidad Intermedia del Sur (V.I.S.) | Quindío |
Colmena ARP | Clínica Comfamiliar | Bogotá |
Colmena ARP | Comfacartago | Valle |
Colmena ARP | E.S.E. Hospital Local Xxxxxx | Xxxxx |
Colmena ARP | Hospital Nuestra Xxxxxx xxx Xxxxx | Guajira |
Colmena ARP | Radioimágenes Radiólogos Asociados Ltda | Magdalena |
Colmena ARP | Centro de Atención Integral XXXX | Xxxxx |
Colmena ARP | Hospital Xxxx Xxxxx | Bogotá |
Colmena ARP | Hospital La Manga | Atlántico |
Colmena ARP | Clínica del Caribe | Atlántico |
Colmena ARP | Solisalud tda | Bogotá |
Colmena ARP | Hospital de Carumani | Cesar |
Colmena ARP | Hospital Xxxxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxx |
Colmena ARP | Hospital Universitario San Xxxxxxx | Bogotá |
Colmena ARP | Administradora Country S.A. | Bogotá |
Colmena ARP | Hospital Xxxxxx Xxxxxx | Xxxxxx |
Colmena ARP | Clínica Versalles S.A. | Caldas |
Colmena ARP | Xxxx Xxxx Colombiana Seccional Departamental | Caldas |
Colmena ARP | Instituto Oncológico S.A. | Caldas |
Colmena ARP | E.S.E. Hospital San Xxxx xx Xxxx | Antioquia |
Colmena ARP | E.S.E. Hospital Santa Xxxxxxxx Xxxxxx | Xxxxxx |
Colmena ARP | E.S.E. Hospital San Xxxxxxx | Xxxxxx |
Colmena ARP | E.S.E. Hospital San Xxxxxxxx | Xxxxxx |
Colmena ARP | E.S.E. Hospital San Xxxxxxx xx Xxxx | Xxxxxx |
Colmena ARP | E.S.E. Hospital San Xxxx | Xxxxxx |
Colmena ARP | Nuclear xx Xxxxxx Ltda. | Caldas |
Colmena ARP | E.S.E. Hospital La Misericordia | Tolima |
Colmena ARP | E.S.E. Hospital Santa Xxxx de Loma | Tolima |
Colmena ARP | Clínica San Xxxxxxxxx Ltda. | Cundinamarca |
Colmena ARP | E.S.E. Sanatorio de agua de Dios | Cundinamarca |
Colmena ARP | E.S.E. Hospital San Xxxxxx | Tolima |
Colmena ARP | Inversiones Tolisalud IPS | Cundinamarca |
Colmena ARP | Hospital Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | Cundinamarca |
Colmena ARP | E.S.E. Hospital San Xxxxxx | Cundinamarca |
Tabla 4. RELACION DE LOS PRESTADORES DE SERVICIO DE SALUD REFERENCIADO POR LAS ADMINISTRADORAS DE RIESGOS PROFESIONALES A NIVEL NACIONAL | ||
Colmena ARP | Unidad de Salud de Ibagué | Tolima |
Colmena ARP | E.S.E. Hospital San Xxxxxxxxx | Tolima |
Colmena ARP | Hospital Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxx |
Colmena ARP | Hospital La Niña Xxxxx | Xxxxx |
Colmena ARP | Hospital de Puerto Xxxxxx | Cauca |
Colmena ARP | Hospital San Xxxxxx | Cauca |
Colmena ARP | Hospital el Bordo | Cauca |
Colmena ARP | Hospital Xxxxxx Xxxxx de Valencia | Cauca |
Colmena ARP | Comsalud | Cauca |
Colmena ARP | Hospital de Morales | Cauca |
Colmena ARP | Hospital Santa Xxxxx | Cauca |
Colmena ARP | Hospital xx Xxxxxxxx | Cauca |
Colmena ARP | Unidad Nivel 1 Xxxxx xx Xxxxx | Xxxxx |
Colmena ARP | Hospital Xxxx Xxxxxx Xxxxx | No se suministro ubicación |
Colmena ARP | Hospital San Xxxxx | Xxxxx |
Colmena ARP | Hospital San Xxxxxxxxx xx Xxxx | Cauca |
Colmena ARP | Prosalud ltda | Cauca |
Colmena ARP | Hospital Departamental de Nariño | Nariño |
Colmena ARP | E.S.E. Hospital Cumbal | Nariño |
Colmena ARP | E.S.E. Hospital San Xxxxxx | Xxxxxx |
Colmena ARP | Hospital San Xxxx | Xxxxxx |
ARP Colmena | Hospital Xxxxx Xxxxxxxxxxx | Antioquia |
ARP Colmena | E.S.E. Hospital Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx | Antioquia |
Seguros Bolívar | Hospital Xxxxx X. Xxxxxxxxxx Madrid | No se suministro ubicación |
Seguros Bolívar | Hospital San Xxxxxx | Norte xx Xxxxxxxxx |
Seguros Bolívar | Hospital San Xxxxxxx xx Xxxx | Norte xx Xxxxxxxxx |
Seguros Bolívar | Clínica Santa Xxx S.A. | No se suministro ubicación |
Seguros Bolívar | Clínica San Xxxx S.A. | Bogotá |
Seguros Bolívar | E.S.E. Hospital San Xxxx xx Xxxx | Antioquia |
Seguros Bolívar | E.S.E. Hospital San Xxxxxx | Antioquia |
Seguros Bolívar | E.S.E. Hospital San Xxxxxx | Antioquia |
Seguros Bolívar | E.S.E. Hospital San Xxxxxx | Antioquia |
Seguros Bolívar | E.S.E. Hospital San Xxxxxxx | Antioquia |
Seguros Bolívar | E.S.E. Hospital San Xxxx xx Xxxx | Antioquia |
Seguros Bolívar | E.S.E. Hospital San Xxxx xx Xxxx | Antioquia |
Seguros Bolívar | E.S.E. Hospital San Xxxx xx Xxxx | Antioquia |
Seguros Bolívar | Comfamiliar | Caldas |
Seguros Bolívar | E.S.E. Hospital Fontibón | Cundinamarca |
Seguros Bolívar | Comfenalco | Bogotá |
Seguros Bolívar | Fundación Clínica Corpas | Bogotá |
Seguros Bolívar | Centro Tecnológico Teusaquillo | Bogotá |
Seguros Bolívar | Hospital Xxxxxx Xxxxxxx | Bogotá |
Tabla 4. RELACION DE LOS PRESTADORES DE SERVICIO DE SALUD REFERENCIADO POR LAS ADMINISTRADORAS DE RIESGOS PROFESIONALES A NIVEL NACIONAL | ||
Seguros Bolívar | Hospital Xxxxxx | Bogotá |
Seguros Bolívar | Hospital el Tunal | Bogotá |
Seguros Bolívar | Hospital Infantil Club Xxxx | Bogotá |
Seguros Bolívar | Clínica Ibagué Ltda. | Tolima |
ARP Colseguros | Hospital Vista Hermosa | Meta |
ARP Colseguros | Hospital Puerto Xxxxx | Meta |
ARP Colseguros | Fuente de Oro | Meta |
ARP Colseguros | Hospital de Cumaral | Meta |
ARP Colseguros | Sociedad Médico Quirúrgica | Cauca |
ARP Colseguros | Hospital San Xxxxx | Cauca |
ARP Colseguros | Hospital Departamental San Xxxxxx | Xxxxx |
ARP Colseguros | Hospital Departamental San Xxxxxxx | Xxxxx |
ARP Colseguros | Unidad Urológica Xxxxx y Cajal | No se suministro ubicación |
ARP Colseguros | Fundación Hospital San Xxxx | Xxxxx |
ARP Colseguros | E.S.E. Instituto Municipal de Salud | Risaralda |
ARP Colseguros | E.S.E. Instituto Municipal de Salud | Risaralda |
ARP Colseguros | E.S.E. Instituto Municipal de Salud | Risaralda |
ARP Colseguros | Hospital San Xxxxxxx xx Xxxx | Boyacá |
ARP Colseguros | Clínica Xxxxxxx S.A. | Bogotá |
ARP Colseguros | MEDICADIZ Unidad Médico Quirúrgica | No se suministro ubicación |
ARP Colseguros | E.S.E. Hospital Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Antioquia |
ARP Colseguros | E.S.E. Hospital San Xxxx | Antioquia |
ARP Colseguros | E.S.E. Metrosalud | Antioquia |
ARP Colseguros | Departamento de Radiología S.A. | Antioquia |
ARP Colseguros | Hospital Departamental de Sabanalarga | Atlántico |
ARP Colseguros | E.S.E. Hospital San Xxxxxxx | Antioquia |
ARP Colseguros | Escanografía S.A. | Santander |
ARP Colseguros | Radiólogos Especializados | Santander |
ARP Colseguros | E.S.E. ISABU | Santander |
ARP Colseguros | Hospital San Xxxxxx | Cundinamarca |
ARP Colseguros | E.S.E. Hospital Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxxx |
ARP Colseguros | Clínica el Nogal | No se suministro ubicación |
ARP Colseguros | Hospital Puerto Xxxxxx | Meta |
ARP Colseguros | Hospital San Xxxxxx | No se suministro ubicación |
ARP Colseguros | Hospital San Xxxx xx Xxxx | Cundinamarca |
Protección Laboral Seguro | CAA Sopo | Cundinamarca |
Protección Laboral Seguro | CAA Santa Xxxxxx | Bogotá |
Protección Laboral Seguro | CAA Xxxxxxx | Bogotá |
Protección Laboral Seguro | CAA Muña | Cundinamarca |
Protección Laboral Seguro | CAA Bosa | Bogotá |
Tabla 4. RELACION DE LOS PRESTADORES DE SERVICIO DE SALUD REFERENCIADO POR LAS ADMINISTRADORAS DE RIESGOS PROFESIONALES A NIVEL NACIONAL | ||
Protección Laboral Seguro | CAA Xxxxxx Xxxxxxxxx | Bogotá |
Protección Laboral Seguro | CAA Madrid | Cundinamarca |
Protección Laboral Seguro | CAA Xxxxxxx | Bogotá |
Protección Laboral Seguro | CAA Guaduas | Cundinamarca |
Protección Laboral Seguro | Clínica del Niño Xxxxx Xxxxxxxx | Bogotá |
Protección Laboral Seguro | CAA 20 de Julio | Bogotá |
Protección Laboral Seguro | CAA Facatativa | Cundinamarca |
Protección Laboral Seguro | CAA Funza | Cundinamarca |
Protección Laboral Seguro | CAA Villa del Sur | Valle |
Protección Laboral Seguro | Clínica Santa Xxxxxx xx Xxxxxxx | Xxxxx |
Protección Laboral Seguro | Clínica Xxxxxx Xxxxx Xxxxx | Xxxxx |
Protección Laboral Seguro | CAA Cambulos | Valle |
Protección Laboral Seguro | CAA Villa Colombia | Valle |
Protección Laboral Seguro | CAA Oasis | Valle |
Protección Laboral Seguro | CAA La Xxxxx | Xxxxx |
Protección Laboral Seguro | CAA Xxxxxxx Xxxxx | Xxxxx |
Protección Laboral Seguro | Escanografía y Resonancia Centro Médico Ibanaco | Xxxxx |
Protección Laboral Seguro | Angiografía Centro Médico Ibanaci Ltda. | Valle |
Protección Laboral Seguro | Unidad Oncológica Ibanaco S.A. | Valle |
Protección Laboral Seguro | Centro Médico de Cali S.A. | Valle |
Protección Laboral Seguro | Hospital Xxxxxx Xxxxxxx | Xxxxx |
Protección Laboral Seguro | CAA Zipaquirá | Cundinamarca |
Protección Laboral Seguro | CAA el Dorado | No se suministro ubicación |
Protección Laboral Seguro | CAA Fontibón | Cundinamarca |
Protección Laboral Seguro | CAA Alcazaras | No se suministro ubicación |
Protección Laboral Seguro | CAA La Granja | No se suministro ubicación |
Protección Laboral Seguro | Centro de especialistas Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx | No se suministro ubicación |
Protección Laboral Seguro | CAA Nuevo Chapinero | Cundinamarca |
Protección Laboral Seguro | CAA Ubate | Cundinamarca |
Protección Laboral Seguro | CAA Villeta | Cundinamarca |
Suratep S.A. | Clínica xxx Xxxxxx | No se suministro ubicación |
Suratep S.A. | Hospital Universitario Metropolitano | No se suministro ubicación |
Suratep S.A. | Clínica del Occidente | Bogotá |
Suratep S.A. | Cooperativa de profesiones Medicas del Eje Cafetero | No se suministro ubicación |
Suratep S.A. | Hospital Xxxxxx Xxxxx Xxxxx | Antioquia |
Suratep S.A. | Inversiones Médicas de Antioquia | Antioquia |
Suratep S.A. | Hospital San Xxxxxx de Itagui | Antioquia |
ARP Liberty | Marvep Ltda. | Bogotá |
ARP Alfa | Sociedad Clínica Pamplona | Norte xx Xxxxxxxxx |
Tabla 4. RELACION DE LOS PRESTADORES DE SERVICIO DE SALUD REFERENCIADO POR LAS ADMINISTRADORAS DE RIESGOS PROFESIONALES A NIVEL NACIONAL | ||
ARP Alfa | Clínica Xxxxx Xxxxx | Bogotá |
ARP Alfa | Clinicentro Ciudad Salitre | Bogotá |
ARP Alfa | Clínica Ciudad Bolívar | Bogotá |
ARP Alfa | Medicina Nuclear | Bogotá |
ARP Alfa | Clinicentro Calle 99 | Bogotá |
ARP Alfa | Clinicentro Ginecoobstetrico | Bogotá |
ARP Alfa | Clinicentro Infantil | Bogotá |
ARP Alfa | Clinicentro Cedro Bolívar | Bogotá |
ARP Alfa | Clínica Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx | Xxxxx |
ARP Alfa | Clinicentros Cali | Valle |
ARP Alfa | Clínica Colsanitas de la Xxxxx | Atlántico |
ARP Alfa | Clinicentro Barranquilla | Atlántico |
ARP Alfa | Clinicentro Bucaramanga | Santander |
ARP Alfa | Clinicentro Medellín | Antioquia |
ARP Colpatria | E.S.E. Hospital La Merced | No se suministro ubicación |
ARP Colpatria | Clínica Chicamocha S.A. | Santander |
ARP Colpatria | E.S.E. Hospital San Xxxx xx Xxxx | Arauca |
ARP Colpatria | E.S.E. Hospital Universitario San Xxxxx | Risaralda |
ARP Colpatria | Somesa Ltda. | No se suministro ubicación |
ARP Colpatria | E.S.E. Hospital Santa Xxxxx xx Xxxxxx | Xxxxxx |
Simultáneamente a la aplicación del instrumento se diseñó la base de datos en Epi- info 6 donde se procesó toda la información. Una vez se fueron recibiendo todas las encuestas digitadas se dio inicio a la configuración de los datos en la base estadística.
Con respecto al diseño del sistema de vigilancia se trabajó con el equipo en diferentes reuniones en las cuales se distribuyo una serie de actividades y responsabilidades para cada integrante, y posteriormente se realizaron discusión para obtener consensos de expertos en cada una de las etapas del sistema de vigilancia.
Se consultó con expertos y personas que habían trabajado otros sistemas de vigilancia: Sistema de Vigilancia de Colmena Riesgos Profesionales al coautor el Ing. Xxxxxx Xxxxx X. Xx asistió al lanzamiento del Sistema de Vigilancia para radiaciones ionizantes desarrollado por la Dirección Seccional de Salud de
Antioquia celebrado el 20 y 21 de noviembre, consultando a los autores los lineamientos propuestos en su sistema de vigilancia.
El día 15 de diciembre se realizó un evento de concertación, el cual se llevó a cabo en el Hotel Tequendama, donde se presentó el esquema general del Sistema de Vigilancia propuesto para recoger los aportes de los asistentes, las dificultades, los aspectos que no se hubiesen contemplado y su impacto.
El evento contó con la participación de representantes de las siguientes entidades e instituciones: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ministerio de Salud, INGEOMINAS y OPS, empresas del servicio de Dosimetría, Secretaría Distrital de Salud, Universidad Javeriana, Fundación Universitaria del Área Andina, Instituto Nacional de Cancerología, Administradoras de Riesgos Profesionales, y la Interventoría de la Universidad de Antioquia.
Los puntos de discusión del evento fueron analizados posteriormente por el equipo de trabajo con el fin de estudiarlos y retomarlos en el diseño del Sistema de Vigilancia epidemiológica.
PROTOCOLO DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA PARA LA EXPOSICIÓN A RADIACIONES IONIZANTES EN PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD
1. CONSIDERACIONES GENERALES
El término vigilancia epidemiológica hace referencia al proceso de captura de información, análisis, interpretación y divulgación de resultados, con clara intención de generar acciones de promoción, prevención y control de la salud, bien sea a corto, mediano o largo plazo.
Un sistema de vigilancia epidemiológica bien concebido contribuiría al conocimiento real de la situación actual de la población ocupacionalmente expuesta, permitiendo a través de la planificación la retroalimentación permanente de las políticas en cuanto al comportamiento del riesgo en la fuente, el medio y en el individuo expuesto, como resultado de un sólido conocimiento de las necesidades de la población y por ende como instrumento orientador y de desarrollo del sector salud, en la medida en que ofrece elementos de orden técnico y científico a las autoridades del Sistema General de Riesgos Profesionales – SGRP- en la toma de decisiones frente a la problemática de las radiaciones ionizantes.
Como tal, la implementación del sistema de vigilancia epidemiológica para el caso de las radiaciones ionizantes en prestadores de servicios de salud, conducirá al reconocimiento de los efectos negativos para la salud que implican las prácticas justificadas con radiaciones ionizantes, constituyéndose este sistema en una herramienta básica para la protección de los trabajadores. Presenta los instrumentos que permiten evaluar las aplicaciones, los procedimientos, diseños de las instalaciones y demás elementos directamente relacionados con la exposición del factor de riesgo e inferir de éstos los factores más significativos que
contribuyen a incrementar la probabilidad de exponerse a dosis evitables, que aumentan el riesgo.
Dicho sistema responde a la necesidad de adoptar un enfoque global y coherente sobre la seguridad y la salud de los trabajadores, como lo subrayan convenios y recomendaciones internacionales del trabajo (OIT) sobre enfermedades profesionales (1934), protección contra las radiaciones ionizantes (1960), cáncer profesional (1974) y demás tratados sobre la salud y el trabajo. Igualmente, frente al ordenamiento jurídico Colombiano, el cual mediante leyes, decretos y resoluciones ha establecido medidas fundamentales de protección radiológica que de manera implícita manifiestan la intención de controlar y valorar el riesgo de exposición a radiaciones ionizantes en los sitios de trabajo.
Con referencia al riesgo radiológico cabe destacar que de acuerdo con los más recientes y completos estudios epidemiológicos sobre los efectos biológicos nocivos que pueden producir las radiaciones ionizantes, analizados exhaustivamente en los informes del “Comité Científico de las Naciones Unidas para el Estudio de los Efectos de las Radiaciones Atómicas” (UNSCEAR), la “Comisión Internacional de Protección Radiológica” (ICRP) ha recomendado desde 1990 reducir en un 60% los límites máximos de dosis de radiación para el personal ocupacionalmente expuesto, indicando la importancia de controlar cuantitativamente las dosis efectivas recibidas por los trabajadores, a fin de lograr la máxima seguridad durante el empleo de las radiaciones ionizantes. Dichas recomendaciones se ven plasmadas en las “Normas básicas internacionales de seguridad para la protección contra la radiación ionizante y para la seguridad de las fuentes de radiación” Colección Seguridad Nº 115, OIEA, 1997, aprobadas por los principales organismos internacionales que entienden sobre el tema (OMS, OPS, OIT, OIEA, FAO, AEN/OCDE entre otras).
2. MARCO LEGAL
▪ Ley 9 de 1979 del Ministerio de Salud: Código Sanitario Nacional, en su título III, consigna:
Artículo 150: Para el desarrollo de cualquier actividad que signifique manejo, tenencia xx xxxxxxx de radiaciones ionizantes deberán adoptarse por parte de los trabajadores, poseedores o usuarios, todas las medidas necesarias para garantizar la protección de la salud y la seguridad de las personas directa o indirectamente expuestas y de la población en general.
Artículo 151: Toda persona que posea o use equipos de materiales productores de radiaciones ionizantes deberá tener licencia expedida por el Ministerio de Salud.
Artículo 152: El Ministerio de salud normaliza y hace cumplir las medidas de protección.
Artículo 153: Reglamentos relacionados con importación, explotación, procesamiento o uso de materiales y radioisótopos, se hará previa consulta a organismos técnicos nacionales en asuntos nucleares.
▪ Resolución 2400 de 1979 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social: Estatuto de Seguridad industrial. Este incluye definiciones de términos relacionados con las radiaciones ionizantes (Artículo 97), obligación de controlar las radiaciones para proteger la salud (artículo 98), dosis acumulativa, prohibiciones (artículo 99), exámenes médicos (artículo 100), dosimetría (artículo 101), dosis máxima, aislamiento de equipos (Artículo 106), blindaje de áreas, prevención de riesgos, elementos de protección personal (Artículo 109).
• Convenio 112 de la OIT de 1954: Estipula la creación de los servicios médicos de la empresa, definiendo las tareas del personal de salud con enfoque preventivo. En 1985, este convenio orienta la creación de servicios de salud con la necesaria incorporación de la higiene, la seguridad, y disciplinas como sociología, demografía y sicología entre otras1.
• Xxxxxxx 000 xx xxxxx xx 0000: Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de la Salud Ocupacional en el país, en el artículo 30 sobre el subprograma de medicina del trabajo, define que en las empresas se debe desarrollar los programas de vigilancia epidemiológica de enfermedades profesionales, patologías relacionadas con el trabajo y ausentismo por tales causas2.
Determina las bases para la organización y administración gubernamental y privada de la salud ocupacional en el país, para la posterior constitución de un Plan Nacional Unificado en el campo de la prevención de los accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo y en el mejoramiento de las condiciones de trabajo.
• Resolución 1016 xx xxxxx de 1989 del Ministerio del Trabajo: En el artículo 10, sobre las actividades principales de los subprogramas de medicina preventiva y del trabajo señala que se debe desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica conjuntamente con el programa de higiene y seguridad industrial que incluirá como mínimo: accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y panorama de riesgos2.
Contiene la reglamentación para la organización, funcionamiento y forma de programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patrones o empleadores en el país, con el fin de velar o preservar la salud y la seguridad de los trabajadores. En ella se definen las responsabilidades y tipos de programas que deben desarrollar, la destinación de recursos y el contenido de los subprogramas de Higiene, Seguridad y Medicina del Trabajo. También se habla de la estructuración y conformación de comités, sistemas de evaluación y competencia de vigilancia y control.
• Resolución XIV aprobada por los Ministros de Salud de las Américas el
27 de septiembre de 1990 en la XIII Conferencia Sanitaria Panamericana: Presentó las líneas de acción que deben orientar los programas de la OPS con el fin de desarrollar rigurosamente la salud de los trabajadores, como parte integral de los planes nacionales de salud, de promoción social y desarrollo académico2.
• Decreto 1295 del 22 xx xxxxx de 1994: por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales en Colombia.2.
• Decreto 1772 del 3 xx xxxxxx de 1994: Por el cual se reglamenta la afiliación y cotizaciones al SGRP, reitera la necesidad del manejo estadístico epidemiológico de los accidentes de trabajo y enfermedad profesional3.
▪ Decreto 1832 del 3 xx xxxxxx de 1994: El cual contempla la tabla de enfermedades profesionales para Colombia.
▪ Código sustantivo y procesal del trabajo.
Artículo 186-2: Los profesionales y ayudantes que trabajan en establecimientos privados dedicados a la lucha contra la tuberculosis y los ocupados en la aplicación xx xxxxx X, tienen derecho a gozar de 15 días de vacaciones remuneradas por cada 6 meses de servicios prestados.
Artículo 187-1: La época de las vacaciones debe ser señalada por el empleador a más tardar dentro del año subsiguiente, y ellas deben ser concedidas oficiosamente o a petición del trabajador, sin perjudicar el servicio y la efectividad del descanso.
Artículo 188: Si se presenta interrupción justificada en el disfrute de las vacaciones, el trabajador no pierde el derecho a reanudarlas.
Artículo 189: (Modificado decreto 2351 de 1995). Es prohibido compensar en dinero las vacaciones, sin embargo el Ministerio de Trabajo puede autorizar el pago hasta de la mitad de éstas en casos de perjuicio para la economía nacional o industrial.
Artículo 190: (Modificado decreto 13 de 1967, artículo 6). En todo caso, el trabajador gozará anualmente, por lo menos de seis días hábiles continuos de vacaciones, los que no son acumulables.
▪ Decreto 295 de 1958 del Ministerio de Minas y Energía: (Modificado por decreto 2655 de 1988 del Ministerio de Minas y Energía). Reglamenta el control a la importación, uso y aplicación de isótopos . Artículos 1 y 3.
▪ Decreto 2811 de 1974 de la Presidencia de la República: Código de Recursos Naturales. Artículo 32: Para prevenir deterioro ambiental o daño en la salud del hombre y de los demás seres vivientes, se establecerán requisitos y condiciones para la importación, la fabricación, el transporte, el almacenamiento, la comercialización, el manejo, el empleo o la disposición de sustancias y productos tóxicos o peligrosos.
▪ Decreto 694 de 1975 del Ministerio de Salud: Estatuto de personal para el Sistema Nacional de Salud, en su artículo 66 reglamenta 15 días hábiles de vacaciones por cada seis meses de servicios prestados, no acumulables.
▪ Decreto 2104 de 1983 Ministerio de Salud Pública: Por el cual se reglamenta parcialmente el título III de la parte IV del libro 1 del decreto - ley 2811 de 1974 y los títulos X y XI de la ley 9 de 1979 en cuanto a residuos sólidos.
▪ Resolución 2309 de 1986 del Ministerio de salud: Para los efectos de esta resolución se denominan residuos especiales, los objetos, elementos o sustancias que se abandonan, botan, desechan o rechazan y que sean patógenos, tóxicos, combustibles, inflamables, o volatizables y los empaques y envases que lo hayan contenido, como también los lodos, cenizas y similares.
▪ Resolución 13382 de 1984: Adopta medidas para la protección de la salud en el manejo xx xxxxx x, otras fuentes de radiaciones ionizantes y el uso de sustancias radiactivas, exigiendo a poseedores y usuarios obtener licencia de funcionamiento, llenando los requisitos que en ésta se establecen. Contiene los artículos 1, 4, 5, 9 y 13.
▪ Resolución 2810 de 1986 del Ministerio de Salud: En el artículo 45 numeral 3 y artículo 56 establece las condiciones locativas y de aislamiento que deben cumplir las áreas de radiología en establecimientos hospitalarios y similares.
▪ Decreto 2655 de 1988 Código de Minas del Ministerio de Minas y Energía:
Artículo 96: La importación y empleo de materiales para cualquier uso así como la disposición de sus desechos requerirán de la autorización previa del Instituto de Ciencias Nucleares y Energías Alternativas, INEA.
Artículo 97: La exportación de materiales requerirá concepto favorable del INEA.
▪ Ley 56 de 1988 código del menor: Artículo 245 numeral 5 prohíbe los trabajos para menores de edad, donde se tenga que manipular sustancias
radiactivas, pinturas luminiscentes, rayos x o que impliquen exposición a radiaciones ultravioletas, infrarrojas y emisiones de radiofrecuencia.
▪ Resolución 13824 de 1989 del Ministerio de Salud: Por medio de la cual se suspende en todo territorio nacional la prueba de abreugrafía o fotofluorografía como examen de rutina, para ingreso a establecimientos, entidades o instituciones públicas o privadas y como examen periódico de vigilancia epidemiológica en estudiantes y trabajadores, exámenes que solo se utilizan en el proceso de diagnóstico individual, previa autorización médica.
▪ Decreto 2666 de 1989: Normas sobre despachos de mercancía. Artículo 181 y 182.
▪ Resolución 9031 de 1990 del Ministerio de salud: Dicta normas y establece procedimientos relacionados con el funcionamiento y operación de los equipos xx xxxxx x y otros emisores de radiaciones ionizantes. Reglamente el licenciamiento de toda fuente emisora de radiaciones ionizantes y los requisitos técnicos y de personal para dicho licenciamiento.
▪ Decreto 758 de 1990 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social:
Reglamento general del Seguro Social obligatorio de invalidez, vejez y muerte.
▪ Resolución 7584 de 1991 del Ministerio de Salud: Con esta se delega el programa de Radiofísica Sanitaria de que trata la Resolución 9031 de 1990, en los servicios seccionales de salud de Antioquia, Boyacá, Caldas, Valle y Tolima para su ejecución y cumplimiento.
▪ Decreto 588 del Ministerio de Minas y Energías: Estatutos básicos del Instituto de Ciencias Nucleares y Energías Alternativas. Este decreto modifica los estatutos básicos del instituto de asuntos nucleares IN el cual establece como uno de los objetivos de esta institución: “Prevenir los efectos de las radiaciones ionizantes sobre la población y el medio ambiente mediante la investigación, reglamentación, supervisión y control de sus aplicaciones en el territorio nacional”.
▪ Decreto 1494 de 1993 del Ministerio de Minas y Energías: Reglamenta la estructura interna del Instituto de Ciencias Nucleares y Energías Alternativas INEA y asigna las funciones de la oficina de reglamentación y licenciamiento.
▪ Decreto 1281 de 1994, reglamentario de la ley 100 de 1993: en su artículo primero establece que los trabajos con exposición a radiaciones ionizantes, son actividades de alto riesgo para la salud de los trabajadores y por lo tanto se requiere que el ministerio de trabajo y seguridad social, realice la comprobación de la exposición, para establecer si el empleador debe reajustar su cotización con destino a la pensión especial de vejez que concede este decreto.
▪ Resolución 5039 de 1994: Hace alusión a la regulación y evaluación de la tecnología en salud.
▪ Decreto 2100 de 1995 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social: Las unidades de radiodiagnóstico y de radioterapia de los centros asistenciales o IPS, deben ser clasificados como centros de trabajo independientes; en caso de que dichas unidades incumplan las normas de Radiofísica sanitaria o bioseguridad, además de las sanciones previstas en el decreto 1295 de 1994, la empresa se clasificará en la clase correspondiente a dichas unidades.
▪ Resolución 00137 de 1998: Por lo cual se declara una emergencia para la importación de Radiofármacos con destino a atender la demanda de los usuarios de tales productos.
▪ Ley 430 de 1988: Por la cual se dictan normas prohibitivas en materia ambiental, referentes a los desechos peligrosos y se dictan otras disposiciones.
▪ Xxxxxxx 0000 xx 0000 xx xx Xxxxxxxxxxx: Por el cual se distribuyen unas funciones del Instituto de Ciencia Nucleares y Energías Alternativas INEA en liquidación en el instituto de investigación de Geociencia, Minería y Química INGEOMINAS.
▪ Decreto 1141 de 1999 de la Presidencia: Por el cual se reestructura el Ministerio de Minas y Energía.
▪ Resolución 2569 de 1999 del Ministerio de Salud: Por la cual se reglamenta el proceso de clasificación del origen de los eventos de salud en primera instancia dentro del Sistema de Seguridad Social en Salud.
▪ Xxxxxxx 000 xx 0000 xx xx Xxxxxxxxxxx: Por la cual se modifica el decreto 1141 de 1999 que trata de la reestructuración del Ministerio de Minas.
3. IMPORTANCIA EVENTO A VIGILAR
EPIDEMIOLÓGICA
DEL
La exposición a dosis elevada de radiación puede causar efectos tales como náuseas, enrojecimiento de la piel o, en casos graves, síndromes más severos que se manifiestan clínicamente en los individuos expuestos poco tiempo después de la exposición. Dichos efectos se denominan efectos determinista porque su aparición es segura si la dosis rebasa un nivel umbral. La exposición a la radiación puede también producir efectos somáticos tales como enfermedades malignas, que se manifiesta tras un período de latencia y puede ser detectables epidemiológicamente en la población; se supone que tales efectos se producen en toda la gama de dosis, sin nivel umbral. Asimismo, en poblaciones de mamíferos se han detectado estadísticamente efectos hereditarios resultantes de la exposición a la radiación y se supone que también se dan en las poblaciones humanas. Estos efectos epidemiológicamente detectables se denominan efectos estocásticos por su naturaleza aleatoria.
Los efectos determinista son resultado de procesos diversos, principalmente el de muerte celular y demora en la división celular, causados por la exposición a altos niveles de radiación. Si son los suficientemente amplios, pueden deteriorar la función del tejido expuesto. La gravedad de un efecto determinista dado en un individuo expuesto aumenta con la dosis por encima del umbral de aparición del efecto.
Los efectos estocásticos pueden presentarse cuando una célula irradiada no muere, sino que se modifica. Las células modificadas pueden, al cabo de un proceso prolongado, degenerar en cáncer. Los mecanismos de reparación y de
defensa del organismo que hacen que tal desenlace sea muy improbable para las dosis pequeña; pero no hay prueba alguna de que exista una dosis umbral por debajo de la cual sea imposible la producción de un cáncer. La probabilidad de aparición de cáncer aumenta con la dosis, pero la gravedad de un eventual cáncer resultante de la irradiación es independiente de la dosis. Si la célula dañada por exposición a la radiación es una célula germinal cuya función es transmitir información genética a la progenie, es concebible que en los descendientes del individuo expuesto se manifiestan efectos hereditarios de diversos tipos. Se supone que la probabilidad de los efectos estocásticos es proporcional a la dosis recibida, sin dosis umbral.
Además de los efectos mencionados, pueden producirse otros efectos sobre la salud de los niños a causa de la exposición del embrión o feto a la radiación. Entre tales efectos cabe mencionar una mayor probabilidad de leucemia y, en el caso de exposición por encima de él y distintos valores de la dosis umbral durante ciertos períodos del embarazo, el retraso mental y deformaciones congénitas graves.
Puesto que se supone que incluso para las dosis más bajas existe una pequeña probabilidad de aparición de efectos estocásticos, las normas son aplicables en toda la gama de dosis, con el fin de reducir todo detrimento por radiación que pueda producirse. Las múltiples facetas del concepto de detrimento por radiación hacen poco conveniente adoptar una sola magnitud para representarlo.
Las Normas se basan en el concepto de detrimento recomendado por la CIRP en lo tocante a efectos estocásticos, englobando las siguientes magnitudes:
▪ La probabilidad de un cáncer mortal atribuible a la exposición al Factor de riesgo de radiación ionizante.
▪ La probabilidad ponderada de contraer un cáncer no mortal
▪ La probabilidad ponderada de efectos hereditarios graves y
▪ El periodo de vida que se pierde si sobreviene el daño.4 Alteraciones como consecuencias de la exposición al factor de riesgo:
• Sobre la reproducción de las células epiteliales.
• Inducción de proliferación cancerosa por años después de la exposición a radiaciones.
• El riesgo de neoplasias se incrementa más en personas expuestas a dosis bajas de radiaciones que en la población y pueden presentarse 2 a 3 décadas después de la exposición.
Los eventos que puedan ser relacionados con las radiaciones, necesitan de una amplia y exhaustiva información de la actividad económica de la empresa, de los antecedentes relacionados con el manejo del riesgo, de los oficios y actividades de sus empleados y de los antecedentes de exposición ocupacional con el fin de establecer la relación causal de la enfermedad con la ocupación, pues estos eventos no son siempre inherentemente ocupacionales.
Dada la dificultad de establecer procesos asociados a los efectos biológicos de las radiaciones ionizantes y en particular a los pertinentes a radiaciones de bajo nivel, es importante tener en cuenta que la finalidad del sistema de vigilancia es proteger al trabajador contra los efectos dañinos de la radiación, apoyándose en la mejor información disponible sobre efectos biológicos y sobre las condiciones ambientales de trabajo.
El sistema de vigilancia sigue el objeto de la CIRP, la cual busca establecer un nivel de dosis sobre las consecuencias para el individuo pueden ser vistas como claramente inaceptables, sin que deba entenderse esto como una línea de demarcación entre lo seguro y lo peligroso. Por tanto las empresas en las que se realicen prácticas con radiaciones ionizantes deben ser identificadas y licenciadas, y debe establecerse sobre estas la vigilancia de acuerdo con el tipo de material, Fuente o emisor para prevenir los efectos sobre la salud4.
Existe una desinformación sobre el factor de riesgo que genera en los trabajadores una actitud de extremar o descuidar normas de seguridad, generando por una parte una cultura laboral alarmista y errónea sobre el factor de riesgo y por otra parte la actitud hacia conductas no seguras en la utilización de las medidas de control.
Aunque no hay información disponible en el país que nos permitan configurar el escenario para determinar la magnitud, severidad y vulnerabilidad del problema, se tiene algunos datos que pueden dar una idea de la situación del factor de riesgo. De hecho uno de los grandes beneficios que traerá la operativización del sistema
es la obtención de información sistemática para mantener actualizado el diagnóstico de la situación.
Si bien en las Direcciones territoriales de Salud está la responsabilidad de exigir el cumplimiento de requisitos esenciales de los prestadores de servicios de salud, la información relacionada con los prestadores que tienen el factor de riesgo de radiación ionizante no está recopilada en el nivel central y solo está disponible a nivel departamental, municipal o Distrital. Según información obtenida de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá existe un total de 128 instituciones en el distrito con equipos emisores de radiaciones que cumplen con los Requisitos Mínimos.
Los resultados de una encuesta aplicada en las ARP para caracterizar el factor de riesgo en los prestadores de servicios de salud afiliados, arrojó los siguientes resultados:
De 15 ARP existentes en ese momento, 12 reportaron tener prestadores afiliados, como se observa a continuación:
Tabla 5. DISTRIBUCION DE PSS POR ARP | ||
ARP | PSS | % |
Agrícola de Seguros | 10 | 4,0 |
XXXX | 00 | 0,0 |
Xxxxxxx | 69 | 27,6 |
Xxxxxxxxx | 0 | 0,0 |
Xxxxxxxxxx | 31 | 12,4 |
La Equidad | 22 | 8,8 |
LIBERTY | 1 | 0,4 |
Previatep | 20 | 8,0 |
Protección Laboral Seguro | 35 | 14,0 |
Royal & Sunalliance | 11 | 4,4 |
Seguros Xxxxxxx | 00 | 0,0 |
Xxxxxxx | 7 | 2,8 |
Total | 250 |
Los prestadores de servicios de salud referenciados se encontraron distribuidos en el primer nivel el 52.8% (132), en el segundo nivel el 21.2% (53), en el tercer nivel el 15.2% (38) y no se conoce el nivel de complejidad en el 10.8% (27).
En la tabla 6 se observa como Cundinamarca es el departamento con mayor reporte con un 22.4%, seguido de Antioquia con el 10.8%, Cauca con el 4.4%, en el resto de departamentos está el 20.5% y no se conoció la ubicación geográfica en el 38.4%. Esta información no refleja la real situación del país, pues como se ve hay departamentos que no reportaron ningún prestador con exposición al riesgo, lo cual puede tener dos explicaciones, una que no existan prestadores con exposición al riesgo o a que no estén afiliados al Sistema de Riesgos Profesionales, por la experiencia es más probable la segunda explicación. Si hacemos una comparación de la información obtenida en esta encuesta con la obtenida por el programa de Radio física sanitaria de Bogotá, esta última supera en gran número las reportada en solo Cundinamarca, esta situación puede ser similar en otros departamentos y distritos, es decir que no todos los prestadores de servicios registrados en las Direcciones de Salud están cotizando al sistema.
Tabla 6. DISTRIBUCION DE PSS POR NIVEL SEGÚN AREA GEOGRAFICA | ||||||||
Departamento | Xxxxx 0 | % | Xxxxx 0 | % | Xxxxx 0 | % | Total | % |
Antioquia | 18 | 19,8 | 8 | 22,9 | 1 | 3,6 | 27 | 10,8 |
Arauca | 1 | 1,1 | 0 | 0,0 | 0 | 0,0 | 1 | 0,4 |
Atlántico | 3 | 3,3 | 1 | 2,9 | 1 | 3,6 | 5 | 2,0 |
Bolívar | 1 | 1,1 | 0 | 0,0 | 1 | 3,6 | 2 | 0,8 |
Boyacá | 0 | 0,0 | 1 | 2,9 | 0 | 0,0 | 1 | 0,4 |
Caldas | 6 | 6,6 | 2 | 5,7 | 3 | 10,7 | 11 | 4,4 |
Cauca | 10 | 11,0 | 5 | 14,3 | 2 | 7,1 | 17 | 6,8 |
Cesar | 2 | 2,2 | 0 | 0,0 | 1 | 3,6 | 3 | 1,2 |
Cundinamarca | 30 | 33,0 | 10 | 28,6 | 16 | 57,1 | 56 | 22,4 |
Huila | 5 | 5,5 | 1 | 2,9 | 0 | 0,0 | 6 | 2,4 |
Xxxxxxxxx | 0 | 0,0 | 1 | 2,9 | 0 | 0,0 | 1 | 0,4 |
Meta | 5 | 5,5 | 0 | 0,0 | 0 | 0,0 | 5 | 2,0 |
Nariño | 2 | 2,2 | 1 | 2,9 | 1 | 3,6 | 4 | 1,6 |
Norte xx Xxxxxxxxx | 2 | 2,2 | 1 | 2,9 | 0 | 0,0 | 3 | 1,2 |
Quindío | 1 | 1,1 | 0 | 0,0 | 0 | 0,0 | 1 | 0,4 |
Risaralda | 4 | 4,4 | 1 | 2,9 | 1 | 3,6 | 6 | 2,4 |
Santander | 1 | 1,1 | 3 | 8,6 | 1 | 3,6 | 5 | 2,0 |
Subtotal | 91 | 35 | 28 | 154 | ||||
No se conoce | 96 | 38,4 | ||||||
Total | 250 |
Esta situación también puede ser atribuida a las condiciones de vinculación laboral de los trabajadores en riesgo, ya que dependiendo de esta hay empleados que no están obligados a cotizar al Sistema General de Riesgos Profesionales, como es el caso de las personas con contratos civiles.
Con respecto a los equipos, los más frecuentes son en su orden, los equipos Periapicales (29%), Convencionales (22.9%), Móviles o Portátiles (16.5%) y Combinados con fluoroscopia (8.5%); entre los relacionados, los equipos móviles o portátiles son los que tienen mayor dificultad para realizar su control a nivel del medio y con los cuales se presenta el mayor número de personas ocupacionalmente expuestas.
Tabla 7. EQUIPOS EMISORES DE RADIACIONES REFERENCIADOS POR LAS ARP | ||
Tipo de equipo | No. | % |
Mamógrafo | 24 | 5,1 |
Escanógrafo | 24 | 5,1 |
Convencional | 108 | 22,9 |
Aceleradores | 11 | 2,3 |
Móviles o portátiles | 78 | 16,5 |
Periapical | 137 | 29,0 |
Panorámicos | 10 | 2,1 |
Combinados con fluoroscopia | 40 | 8,5 |
Densitómetros | 9 | 1,9 |
Angiógrafos | 8 | 1,7 |
Cobaltoterapia | 7 | 1,5 |
No se conoce el quipo | 16 | 3,4 |
Total | 472 |
En correspondencia con los datos anteriores, el área de Odontología es la más frecuentemente identificada, seguida de las áreas en las que se utilizan equipos portátiles como es Urgencias, Cirugía, Neonatos, etc.
Tabla 8. AREAS HOSPITALARIAS CON EXPOSICIÓN | ||
Área | No. | % |
Urgencias | 78 | 23,4 |
Cirugía | 72 | 21,6 |
Odontología Periapical | 145 | 43,5 |
Odontología Pánorex | 9 | 2,7 |
Odontología perfiles | 15 | 4,5 |
No se conoce el área | 14 | 4,2 |
Total | 333 |
Según la información de la Secretaría de Salud de Bogotá del total de personas expuestas y carnetizadas en radioprotección (1322), el 53.6% son odontólogos, el 20.9% son auxiliares en radiología odontológica y médica, 24.7% son tecnólogos y técnicos y tan solo el 0.7% son médicos, bacteriólogas y enfermeras. Esta información es consistente con los hallazgos de la encuesta en cuanto a que es probable que la población de odontólogos sea una de las más frecuentes y más expuestas al riego y por tanto la importancia de incluirla en un sistema de vigilancia, más aún cuando el mayor número de equipos identificados son de uso odontológico y por sus características estos no brindan los mismos controles de seguridad en la fuente que el resto de equipos de uso médico. pese al subrregistro.
En cuanto a los servicio que presentan riesgo en los prestadores referidos, el de medicina general es el más frecuente con un 52.9%, ya que este es el que más utiliza pruebas de diagnóstico, en segundo lugar está las colangiografías con el 16.4%, el de cardiología con el 7.1 %, medicina nuclear y radioterapia con el 4.2% cada uno. Estos tres últimos junto con el resto de servicios son menos frecuentes debido a que estos son prestados en los niveles tres de complejidad.
Tabla 9. SERVICIOS CON EXPOSICIÓN | ||
Tipo de servicio | No. | % |
Medicina General | 126 | 52,9 |
Medicina Nuclear | 10 | 4,2 |
Litotripcias | 5 | 2,1 |
Hemodinamia | 9 | 3,8 |
Colangiografías | 39 | 16,4 |
Cardiología- Pruebas de esfuerzo | 17 | 7,1 |
Radioterapia | 10 | 4,2 |
Braquiterapia | 7 | 2,9 |
No se conoce el servicio | 15 | 6,3 |
Total | 238 |
Los trabajadores ocupacionalmente expuestos identificados están relacionados con los departamentos de radiología y odontología de los prestadores de servicios de salud, cuyos cargos mencionados son: Técnicos y Tecnólogos xx Xxxxx X (31%), Auxiliares (29.55%), Odontólogos (28.7%), Médicos Radiólogos (10.51%); es preocupante que no se identificó la población de servicios médicos especializados como son los Médicos Cirujanos, Gastroenterólogos, Cardiólogos, Cirujanos Ortopedistas, Urólogos y Anestesiólogos, etc, y otros indirectamente expuestos como las Instrumentadoras, enfermeras profesionales de rotación, los cuales pueden considerarse como una población altamente expuesta debido a que las medidas de control en el medio y en el individuo no son fácilmente aplicables.
Aunque no se recogió información estadística sobre las características de la tecnología disponible en el país, la observación de los radiofísicos que han realizado estudios de los equipos en los prestadores de servicios dan cuenta de que estos datan de varias décadas atrás, lo que requiere la instauración de programas predictivos y preventivos para garantizar la calidad técnica, lo cual no siempre se hace y estos se limitan a mantenimientos de tipo correctivo. Esta situación contribuye a aumentar el riesgo tanto para pacientes como para el trabajador.
Finalmente es de observar como en los prestadores de servicios reportados, solamente el 35.6% (89) tienen implementado el programa de dosimetría personal, de estos el 44.2% lo tiene hace más de tres (3) años, el 18% lo tiene
desde hace 1 a 3 años y el 27% hace menos de un año; y el 64.4% (161) no tienen implementado el programa. Adicionalmente se encontró que el 68 % (170), cuentan con programa de salud ocupacional y el 32% (80) no tienen el programa; y tan solo en el 20.8% (52) se han realizado estudios ambientales para conocer el grado de exposición al factor de riesgo.
Son numerosas las razones que justifican la urgente necesidad de implementar un sistema de vigilancia epidemiológica para radiaciones ionizantes, en el cual poco a poco se establezcan los mecanismos para incluir a todas las personas ocupacionalmente expuestas, puesto que no es ético que bajo las mismas condiciones de exposición y de riesgo, unos sean vigilados y controlados y otros no, para ello es necesario avanzar en algunos desarrollos normativos que actualmente están presentando vacío en cuanto a la obligatoriedad de cotizar al sistema de riesgos profesionales.
4. OBJETIVO
Garantizar la vigilancia epidemiológica permanente de la población ocupacionalmente expuesta al factor de riesgo radiaciones ionizantes, que por su impacto negativo sobre la salud es de alto riesgo, de tal forma que pueda anticiparse a las situaciones de riesgo y de protección a la salud, identificando precozmente las alteraciones y de esta manera hacer posible una intervención oportuna e integral en el ámbito laboral, mediante estrategias sistemáticas de control sobre las personas, la fuente y el ambiente.
4.1.Objetivos Específicos
• Caracterizar el comportamiento y la dinámica de la exposición a radiaciones ionizantes a través de la elaboración del panorama de factores de riesgo institucional para radiaciones ionizantes.
• Identificar la exposición a radiaciones ionizantes por grupos de riesgo y caracterizar su dinámica.
• Proveer de forma sistemática y oportuna, información sobre la dinámica y comportamiento de la exposición a radiaciones ionizantes, para orientar acciones de promoción y prevención en el ámbito laboral para minimizar el riesgo.
• Identificar las necesidades de coordinación interinstitucional y las fuentes de información primarias y secundarias del sistema de vigilancia epidemiológica.
• Servir de soporte para el diseño y ejecución de programas académicos de educación continuada y adiestramiento en protección radiológica.
4.2 Metas y estrategias
Un sistema de vigilancia para radiaciones ionizantes operando en todos los prestadores de servicios de salud que posean el factor de riesgo, mediante la implementación del protocolo por directriz del Ministerio de trabajo orientado por las ARP.
Todos los prestadores de servicios de salud con la población ocupacionalmente expuesta clasificados de acuerdo al factor de riesgo, mediante la aplicación de los criterios de clasificación establecidos en el protocolo.
Un sistema de información para radiaciones ionizantes unificado, mediante la definición de variables y la definición de los requerimientos de información por niveles de operación:
• Territorial: Prestador de servicios, EPS, ARP y Direcciones municipales, distritales y departamentales de salud, Divisiones departamentales del trabajo.
• Nacional: Ministerio de Minas, Ministerio de Salud y Ministerio de Trabajo
Todos los prestadores de servicios de salud con controles sobre el factor de riesgo mediante la aplicación de medidas específicas de prevención y control en la fuente, en el medio y en los trabajadores.
4.3 Utilidad
• Dará elementos para la formulación de políticas, normas técnicas y para la actualización sistemática en los objetivos de los programas nacionales de Salud
Ocupacional de las entidades rectoras del Sistema General de Riesgos Profesionales del nivel nacional
• Permitirá la integración de los diferentes actores que tienen responsabilidad en el sistema.
• Facilitará la definición de estrategias para la detección precoz y oportuna de los daños a la salud del trabajador expuesto a radiaciones ionizantes.
• Orientará el diseño y desarrollo de investigación relacionada con la problemática de la exposición a radiaciones ionizantes.
• Facilitará la asignación y ejecución racional de los recursos financieros hacia las prioridades establecidas para el control del riesgo.
• Contribuirá a evaluar la gestión de los programas de promoción y prevención dirigidos a la población ocupacionalmente expuesta a radiaciones ionizantes.
5. METODOLOGIA
5.1 POBLACIÓN A ESTUDIAR
El universo esta conformado por todos los trabajadores de servicios de salud que trabajen en Instituciones Prestadores de Servicios de Salud del País, expuestos a radiaciones ionizantes.
5.1.1 Población Objeto
El Sistema de Vigilancia Epidemiológica para Radiaciones Ionizantes será aplicado en los Prestadores de Servicios de Salud que posean /usen equipos de Radiología diagnóstica y terapéutica, operen y manipulen material radiactivo y fuentes selladas; utilizados en los siguientes servicios:
Odontología con servicio xx Xxxxx X Radiología Médica
Cirugía General con equipo de Rx móvil
Cirugía General con equipo de Fluoroscopia móvil Cirugía de Ortopedia
Hemodinamia Litotripcia Urología Gastroenterología Angiografía Electrofisiología
Otros departamentos o servicios con equipo portátil (urgencias, Cuidados Intensivos, Neonatos, etc.)
Medicina Nuclear Radioterapia Braquiterapia Teleradioterapia
Producción de radiofármacos
Estudio inmunológicos, citológicos y de dinámicas funcionales Bioquímica, Biomedicina
Entomología
Otros servicios con utilización de Material radiactivo.
El trabajador objeto del sistema de vigilancia “Es toda persona ocupacionalmente expuesta al riesgo de radiaciones ionizantes, entendiéndose como exposición ocupacional (a las radiaciones) aquellas exposiciones que se reciban en el lugar de trabajo como consecuencia de situaciones que puedan razonablemente considerarse como responsabilidad de la gestión de las operaciones”4
Entre los expuestos se consideran las siguientes ocupaciones: Odontólogos, Médico radiólogos, Bacteriólogas, Gastroenterólogos, Urólogos, Ortopedistas, Cirujanos, Cardiólogos, Radioterapeutas, Electrofiólogos, Hemodinamistas, Xxxxxxxxxx, Anestesiólogos; Enfermeras Jefes, auxiliares, Tecnólogos y Técnicos, Camilleros, Instrumentadoras de los servicios donde exista el riesgo, Médico de Salud Ocupacional, Físico Médico y Radiofísico, otros especialistas donde se genere el riesgo y otros trabajadores que en razón de su oficio tengan que exponerse al factor de riesgo.
5.1. CRITERIOS DIAGNOSTICOS
No existe una prueba diagnóstica biológica que confirmen la relación de causalidad, por tanto se hizo una clasificación de acuerdo con el conjunto de hallazgos clínicos, ambientales y de registro individual, no con el fin de confirmar caso, sino de establecer una metodología de vigilancia específica para prevención del factor de riesgo4.
Los criterios diagnósticos para la caracterización de las personas que el sistema de vigilancia epidemiológica tendrá son:
5.1.1. DIAGNOSTICO DE LAS CONDICIONES DE SALUD
Se obtendrán de la historia clínica ocupacional a través del examen médico, el cual se deben categorizar como examen de preempleo, periódico o reintegro o después de exposiciones anormales. Deben evaluar la aptitud del trabajador en tres situaciones particulares para este factor de riesgo4:
▪ Capacidad o incapacidad del trabajador para soportar medios (elementos) de protección de las vías respiratorias.
▪ La capacidad de un trabajador con enfermedades de la piel para manipular fuentes no selladas ( eczemas o soriasis).
▪ La capacidad de un trabajador con desórdenes psicológicos para trabajar con fuentes de radiación.
Para lograr estos propósitos los exámenes médicos de los trabajadores ocupacionalmente expuestos a las radiaciones ionizantes deben contemplar la siguiente información: datos de identidad personal, información sobre antecedentes personales o familiares de enfermedad, información sobre hábitos tóxicos y conductas sociales que impliquen peligro para la seguridad del trabajo, historia ocupacional que recoja registros de dosis y exposición ocupacional anterior, años de exposición, examen físico general, estudios de laboratorio y pruebas funcionales a criterio médico.
Las pruebas de laboratorio serán realizadas como ayuda diagnóstica correlacionándose exhaustivamente con la historia clínica ocupacional. Las pruebas que se toman de referencia son5:
Hemoleucograma con sedimentación y extendido de sangre periférica: se recomienda que en lo posible sea realizado con tecnología de punta de V o VI generación para asegurar una mayor precisión. Este debe incluir:
▪ Recuento de eritrocitos
▪ Recuento de reticulocitos
▪ Recuento de leucocitos
▪ Recuento plaquetario
▪ Hemoglobina
▪ Hematocrito
▪ Volumen corpuscular medio
▪ Hemoglobina corpuscular media
▪ Concentración media de hemoglobina corpuscular.
Pruebas de función renal:
▪ Urea
▪ Nitrógeno uréico (BUN)
▪ Creatinina
▪ Pruebas de función hepática
▪ Bilirrubina total, directa e indirecta
▪ Fosfatasa alcalina
Pruebas de función tiroidea:
▪ T3
▪ T4 y
▪ TSH
En hombres el Espermograma y en mujeres la LH (hormona luteinizante) y la FSH (hormona folículo estimulante)
Punción de médula ósea cuando se estudie aplasia mieloide.
5.1.2. DIAGNOSTICO DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO
Se especifican los puntos críticos de operación existentes en la fuente y medio con relación al trabajador.
Esta información se podrá obtener de la licencia de funcionamiento del equipo, o licencia de funcionamiento del para manipulación de material radiactivo, del estudio de Radiofísica realizado; del panorama de factores de riesgos, de la declaratoria de requisitos mínimos, de los registros de dosimetría personal. De estos documentos se obtendrá la siguiente información para clasificar los trabajadores en el sistema de vigilancia4:
▪ Priorización del factor de riesgo en el panorama de condiciones de trabajo.
▪ Cumplimiento de los requisitos mínimos esenciales de acuerdo al nivel de complejidad.
▪ Documentos que especifican las características de los equipos, marca y modelo; carga de trabajo, personal expuesto, idoneidad de las personas y en especial la existencia de normas y procedimientos de trabajo.
▪ Grado de riesgo de acuerdo al monitoreo ambiental realizado
▪ Vigencia del monitoreo ambiental
▪ Cumplimiento de los requerimientos del monitoreo ambiental.
▪ Acumulados de Dosimetría Personal teniendo presente los valores establecidos por la Comisión Internacional de Protección Radiológica4:
🕱 Una dosis efectiva de 20 mSv por año como promedio en un periodo de cinco años consecutivos.
🕱 Una dosis efectiva de 50 mSv en cualquier año
🕱 Una dosis equivalente al cristalino de 150 mSv en un año
🕱 Una dosis equivalente a las extremidades (manos y pies) o a la piel (se refiere a la dosis en 1 cm2 del área cutánea más intensamente irradiada) de 500 mSv en un año.
5.2. DEFINICIÓN DEL EVENTO A VIGILAR
Para definir el evento a realizar se tuvieron en cuenta tres aspectos: condiciones de salud, condiciones de trabajo y el registro de dosimetría.
Las variables que se tienen en cuenta en condiciones de salud fueron las siguientes:
▪ Antecedentes ocupacionales relacionados con el factor de riesgo.
▪ Hallazgos clínicos relacionados con el factor de riesgo.
Las condiciones de trabajo y las variables que se tienen en cuenta son las siguientes:
▪ Tipo de Servicio ofrecido por el Prestador de Servicios de Salud, equipos existentes y requisitos mínimos esenciales.
▪ Panorama de condiciones de trabajo con la priorización del factor de riesgo
▪ Monitoreos ambientales con el grado de exposición al factor de riesgo.
▪ Controles existentes
Las variables de dosimetría que se tienen en cuenta están dadas de acuerdo a los acumulados.
Para clasificar los trabajadores en el sistema de vigilancia se dan las siguientes definiciones operativas:
TRABAJADOR EN RIESGO BAJO:
Cuando el trabajador cumple con la totalidad de los siguientes criterios, o tiene una calificación total de 5:
1. No existen antecedentes ocupacionales de exposición al factor de riesgo
1. El acumulado anual de la dosimetría esta por debajo de 20 mSv.
2. El grado de exposición al factor de riesgo del trabajador está por debajo de
0.49 (radiación encontrada / radiación permitida)
3. La priorización del riesgo en el panorama es baja para intervención a largo plazo
4. Trabaja en un medio que cumple con todas las normas y reglamentaciones vigentes
TRABAJADOR EN RIESGO MEDIO
Cuando el trabajador cumple por lo menos uno de los siguientes criterios, o tiene una calificación total hasta 12:
1. Con antecedentes ocupacionales de exposición al factor de riesgo.
2. El acumulado anual de la dosimetría esta entre 20 – 50 mSv.
3. El grado de exposición al factor de riesgo del trabajador está entre 0.5 y 0.99. (radiación encontrada / radiación permitida)
4. La priorización del riesgo en el panorama es media para intervención a largo plazo
Nota: Si tiene antecedentes ocupacionales de exposición al factor de riesgo, este por sí solo no es suficiente para incluirlo en esta clasificación, y por consiguiente deberá cumplir con un criterio adicional.
TRABAJADOR EN RIESGO ALTO
Cuando el trabajador que cumple por lo menos uno de los siguientes criterios, o tiene una calificación total mayor a 12 y máximo 36:
1. Con antecedentes ocupacionales de exposición al factor de riesgo.
2. El acumulado de la dosimetría esta por encima de 50 mSv en cualquier período del año.
3. El grado de exposición al factor de riesgo del trabajador es mayor o igual a 1(radiación encontrada / radiación permitida)
4. La priorización del riesgo en el panorama es alta para intervención inmediata.
5. Trabaja u opera equipos del servicio de Radioterapia con Teleterapia y Braquiterapia.
6. Trabajo u Opera equipos portátiles xx Xxxxx X y/o fluoroscopia.
7. Trabaja en procedimientos médicos especiales (Cirugía, Hemodinamia, Litotripcia, urología, gastroenterología, angiografía y electrofisiología) y de medicina nuclear.
Nota: Si tiene antecedentes ocupacionales de exposición al factor de riesgo, este por sí solo no es suficiente para incluirlo en esta clasificación, y por consiguiente deberá cumplir con un criterio adicional.
A continuación se presenta la Tabla de clasificación del evento a vigilar:
Tabla 10. GUIA DE CLASIFICACIÓN | |||||||
CONDICION | VARIABLE | CRITERIO | CLASIFICACION DEL EVENTO A VIGILAR | ||||
CALIFI CACIÓ N | BAJO | MEDIO | ALTO | ||||
Diagnostico de Salud | Antecedentes | 1 | Sin antecedentes ocupacionales relacionados con el riesgo | 0 | X | ||
2 | Con antecedentes ocupacionales relacionados con e l riesgo | 3 | X | X | |||
Hallazgos | 3 | Sin Hallazgos clínicos relacionados con la exposición | 0 | X | |||
4 | Con Hallazgos clínicos relacionados con la exposición | 3 | X | X | |||
Subtotal | 0 | 6 | 6 | ||||
Registro Dosimétrico | Acumulado | 1 | Acumulado establecido por el sistema de vigilancia por debajo de los límites de dosis recomendados | 1 | X | ||
2 | Acumulado establecido por el sistema de vigilancia cerca al límite de dosis recomendados | 2 | X | ||||
3 | Acumulado establecido por el sistema de vigilancia muy por encima de los límites de dosis recomendados | 3 | X | ||||
Subtotal | 1 | 2 | 3 | ||||
Condiciones de trabajo | Tipo de Servicio | 1 | Radioterapia con Teleterapia. | 3 | X | ||
2 | Radioterapia con Braquiterapia. | 3 | X | ||||
3 | Procedimientos Médicos Especiales y de Medicina Nuclear | 3 | X | ||||
Equipos existentes | 4 | Equipos generadores de radiaciones ionizantes con el cumplimiento de las normas vigentes | 1 | X | |||
5 | Equipos generadores de radiaciones ionizantes sin el cumplimiento de las normas vigentes | 3 | X | ||||
6 | Equipos portátiles de uso fluoroscópico | 3 | X | ||||
7 | Equipos portátiles xx Xxxxx x | 3 | X | ||||
Priorización del Panorama | 1 | Priorización ALTA del riesgo para intervención inmediata | 3 | X | |||
2 | Priorización MEDIA del riesgo para intervención a mediano plazo | 2 | X | ||||
3 | Priorización BAJA del riesgo para intervención a largo plazo | 1 | X | ||||
Monitoreo ambiental | 1 | Grado de Riesgo Alto >= 1 | 3 | X | |||
2 | Grado de Riesgo Medio 0.5 y 0.99 | 2 | X | ||||
3 | Grado de Riesgo Bajo entre 0.0 y 0.49 | 1 | X | ||||
Medidas de Control Existentes | 1 | Existencia de todos los controles necesarios en la fuente, medio e individuo | 1 | X | |||
2 | No existen todos los controles necesarios en la fuente, medio e individuo | 3 | X | ||||
Subtotal | 4 | 4 | 27 | ||||
Calificación Total | 5 | 12 | 36 |
5.4. PERIODICIDAD
La periodicidad de las condiciones diagnosticas establecidas para definir el evento a vigilar es la siguiente:
CONDICION | PRUEBA | CRITERIO DE APLICACION | PERIODICIDAD | ||
Condiciones de Salud | Examen Médico Ocupacional | Ingreso al SVE | Preempleo | ||
Seguimiento del SVE | De acuerdo a registro dosimétrico y hallazgos clínicos | Anual | |||
Retiro del SVE | Retiro | ||||
Reubicación | |||||
Reintegro | |||||
Hemoleucograma con sedimentación y extendido de sangre periférica | Recuento de eritrocitos | Ingreso al SVE | Preempleo | ||
Recuento de reticulocitos | |||||
Recuento de leucocitos | Seguimiento del SVE | De acuerdo a registro dosimétrico y hallazgos clínicos | Anual | ||
Recuento plaquetario | Semestral | ||||
Hemoglobina | Trimestral | ||||
Hematocrito | |||||
Volumen corpuscular medio | Retiro del SVE | Retiro | |||
Hemoglobina corpuscular media | Reubicación | ||||
Concentración media de hemoglobina corpuscular. | Reintegro | ||||
Pruebas de función renal | Urea | Ingreso al SVE | Preempleo | ||
Nitrógeno uréico (BUN) | Seguimiento del SVE | De acuerdo a registro dosimétrico y hallazgos clínicos | Anual | ||
Creatinina | Semestral | ||||
Pruebas de función hepática | Trimestral | ||||
Bilirrubina total, directa e indirecta | Retiro del SVE | Retiro | |||
Reubicación | |||||
Fosfatasa alcalina | Reintegro | ||||
Pruebas de función tiroidea | T3 | Ingreso al SVE | Preempleo | ||
Seguimiento del SVE | De acuerdo a registro dosimétrico y hallazgos clínicos | Anual | |||
T4 y | Semestral | ||||
Trimestral | |||||
Retiro del SVE | Retiro | ||||
TSH | Reubicación | ||||
Reintegro | |||||
Pruebas especiales | En hombres el Espermograma y en mujeres la LH (hormona luteinizante) y la FSH (hormona folículo estimulante). | Criterio del Médico | |||
Punción de médula ósea cuando se estudie aplasia mieloide. |
CONDICION | PRUEBA | PERIODICIDAD | ||
Condiciones de Trabajo | Monitoreo ambiental | Características del equipo y/o material radiactivo. | Periódica | Anual |
Factores de operación y Uso del equipo y/o material radiactivo | Especial cuando: | En el momento que se requiera | ||
Filtración y sistemas de protección Fuente, Medio, Individuo | Renovación de equipos o, uso del material | |||
Descripción y esquema del área | Traslado de equipos o de material | |||
Carga de Trabajo | Reparación de equipos | |||
Jornada de trabajo | Renovación de licencias de equipos y utilización del material | |||
Personal Ocupacionalmente expuesto | Según resultados de dosimetría y hallazgos clínicos | |||
Inspección de seguridad | Periódica | Semanal | ||
Registro dosimétrico | Registro individual | De lectura directa | Diario | |
De película o TLD | Mensual |
6. SUBSISTEMA DE INFORMACION
La estrategia de vigilancia para las radiaciones ionizantes, debe caracterizarse por la simplicidad en su operación, la búsqueda constante de la información básica requerida, la participación de la población objeto dentro del proceso (empleados y empleadores de los PSS con el factor de riesgo presente), la optimización de los recursos existentes, el monitoreo constante de los casos de acuerdo a su
clasificación (bajo, medio y alto), el análisis permanente de la situación de salud de los mismos y la orientación de acciones de control sobre el ambiente, los trabajadores y las fuentes de forma inmediata, a corto plazo y a mediano plazo, de acuerdo a los resultados mismos del sistema de vigilancia.
Por las características anteriores, es preciso puntualizar algunos aspectos relacionados con cada uno de los procesos de la vigilancia en salud ocupacional.
6.1. PROCESO PARA LA CONSIGNACIÓN DE DATOS
La información es la base de toda estrategia de vigilancia en salud ocupacional y, con el fin de captar de forma oportuna y tener un mejor conocimiento de la dinámica de la situación de los trabajadores expuestos a las radiaciones ionizantes, el dato primario para la vigilancia debe captarse lo más cerca de esta población, por esto la unidad básica de generación de datos es el servicio del PSS donde se presenta la exposición.
Por las características de formación de las personas que trabajan en la recolección de datos, el instrumento para tal propósito, debe capturar toda la información mínima necesaria sobre los trabajadores expuestos, diligenciarse fácilmente (prefiere señalar alternativas de respuesta y evitar la escritura de datos) y construirse haciendo uso de términos de fácil entendimiento para todas las personas.
Una vez se ha logrado la recolección de datos básicos, debe iniciarse el proceso de configuración del evento a vigilar. Esto hace referencia a la búsqueda de información adicional sobre la persona, la enfermedad o su entorno, que permitan clarificar en forma definitiva y clasificar el caso de acuerdo a las definiciones operativas establecidas por el sistema. Este proceso debe iniciarse el mismo día de vinculación laboral del individuo, anualmente y deberá reiniciarse en el momento de que ocurran cambios en la vinculación y/o exposición el traslado de área, reubicación o reintegro y culminarse al momento de retiro definitivo del trabajador.
6.1.1. INFORMACIÓN DEL PRESTADOR DE SERVICIOS DE SALUD
En primera instancia se toma la información general del trabajador para elaborar una ficha de inscripción al sistema de vigilancia (formato 001), ésta debe ser diligenciada conjuntamente con el trabajador. Esta ficha debe quedar registrada en la hoja de vida del trabajador.
La ficha de inscripción incluye todos los datos de identificación del trabajador, del PSS y los antecedentes ocupacionales relacionados con el riesgo especificando las dosis acumuladas con que ingresa al SVE y los factores de riesgos ocupacionales diferentes a radiación ionizante con los cuales ha tenido exposición.
Esta ficha de inscripción al sistema debe ser conocida y consignada por el empleador y el trabajador para posteriores estudios ocupacionales.
FORMATO 001 FICHA DE INGRESO AL SVE9
IDENTIFICACIÓN DEL PSS
Identificación del PSS (10 dígitos):
Código de la ARP (6 dígitos)
Código del PSS 2100 (5 dígitos)
Nivel de Atención(1 dígito)
Nro. Carné de Radioprotección
Fecha
Ingreso del trabajador
Actualización
IDENTIFICACION DEL TRABAJADOR
Tipo de identificación (3
dígitos)
Cedula de ciudadanía Cédula Extranjería Pasaporte
Registro civil
Adulto sin
identificación
Número de identificación del usuario en el sistema (15
dígitos)
Primer Apellido (20 dígitos) Segundo Apellido (20 dígitos) Primer nombre (15 dígitos) Segundo Nombre ( 15 dígitos)
Tipo de Usuario (1 dígito)
Dependiente Independiente
Edad (2 dígitos)
Masculino | |
Femenino | |
Indeterminado | |
Sexo (1 dígito)
Residencia habitual (15 dígitos) Departamento
Profesión
Antigüedad del cargo (meses)
Cargo
Municipio
Antecedentes de exposición ocupacional a Radiación ionizante | NO | SI | ||||
Empresa | Periodo de trabajo | Fecha de retiro | Dosis acumuladas en la vida laboral anterior | |||
Cargo anterior | Antigüedad en el cargo | |||||
Cargo anterior | Antigüedad en el cargo | |||||
Cargo anterior | Antigüedad en el cargo | |||||
Antecedentes ocupacionales a otros factores de riesgo | NO | SI | ||||
Factor de riesgo | Tiempo de exposición | |||||
FIRMA EMPLEADOR FIRMA TRABAJADOR
El sistema continúa con el formato 002 que corresponde a la historia clínica ocupacional. Esta permite recoger la información de las condiciones de salud del
trabajador. Se tomará como guía la Historia Clínica Ocupacional en la cual se busca identificar los efectos somáticos si se manifiestan en el individuo expuesto, hereditarios si se manifiestan en la descendencia del individuo expuesto. En cualquiera de estos casos, entre la exposición a las radiaciones ionizantes y la presencia de un efecto biológicamente apreciable, transcurre siempre un lapso de tiempo denominado periodo de latencia, que en algunos de los posibles efectos es relativamente corto, puede ser sumamente largo (años), y para los posibles efectos genéticos precisan muchas generaciones antes de su aparición6.
Es importante tener presente que la radiación recibida en forma aguda o crónica, ha mostrado aumentos notables de la incidencia de varias condiciones 5 a más de 20 años después de la exposición a ella. Ninguno de estos efectos son únicos a la exposición de la radiación, ellos ocurren en la población general, pero se aumenta la frecuencia en poblaciones irradiadas.
De acuerdo a la dosis – efecto, los efectos se clasifican en deterministas y
estocásticos7:
Los deterministas se clasifican por una relación de causalidad entre la dosis y el efecto, es decir, que se manifiestan cuando la dosis sobrepasan un cierto umbral y es improbable que aparezca por debajo de éste. La gravedad del efecto depende proporcionalmente de la dosis: cuanto más alta es ésta, más grave es el efecto. Además éstos efectos se caracterizan por la existencia de una dosis umbral, por la posibilidad de reparación, al menos parcial, del efecto producido por una determinada dosis, de tal manera que en irradiación fraccionada se toleran dosis totales más elevadas que en irradiación única. Pertenece a éste grupo la mayoría de los efectos somáticos precoces (eritema, depilación) y algunos tardíos (trombocitopenia o anemia.)
Los efectos estocásticos se presentan en forma aleatoria, su manifestación obedece a una relación dosis – efecto de naturaleza probabilística, es decir, que aparecen solamente en algunos individuos. La probabilidad del efecto depende de la dosis: cuánto más alta es ésta, más probable es el efecto. Estos efectos se originan a partir de una sola célula, la frecuencia varía con la dosis y no tiene umbrales. A pesar de la lesión producida por la radiación, la célula puede conservar su capacidad reproductiva generando un clon de células que eventualmente produzcan cáncer, o en el caso de las células germinales, portar
información genética incorrecta que se transmita a la descendencia. Los efectos estocásticos son siempre diferidos, es decir que se precisa de tiempo para que aparezcan los efectos genéticos. Pertenecen a este grupo los efectos somáticos diferidos y los efectos genéticos.
Este formato es diligenciado por la IPS o profesional responsable de realizar el Examen médico ocupacional de ingreso y remitido a la EPS cuando se va a estudiar la presencia de hallazgos clínicos relacionados con el factor de riesgo por posible EP. Igualmente se remite el concepto de la investigación a la ARP. Para dicha investigación de EP se deberá seguir el Protocolo para la EP en Colombia, establecido por el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Salud.
FORMATO 002 HISTORIA CLINICA OCUPACIONAL
IDENTIFICACIÓN DEL PSS | |
Identificación del PSS (10 dígitos): | |
Código de la ARP (6 dígitos) |
Código del PSS 2100 (5 dígitos) Nivel de Atención(1 dígito)
Fecha
IDENTIFICACION DEL TRABAJADOR
Tipo de identificación
(3 dígitos)
Cédula Ciudadanía Cédula Extranjería Pasaporte Registro Civil
Número de identificación del usuario en el sistema (15 dígitos)
Adulto Sin Identificación
Primer Apellido (20 dígitos) | Segundo Apellido (20 dígitos) | Primer nombre (15 dígitos) | Segundo Nombre ( 15 dígitos) | |
Tipo de Usuario (1 dígito) | Dependiente | Edad (3 dígitos) | ||
Independiente | Sexo (1 dígito) | |||
Residencia habitual (5 dígitos) Departamento | Municipio |
Masculino | ||
Femenino | ||
Indeterminado | ||
Profesión
Antigüedad del cargo (meses)
Cargo
ANTECEDENTES CLINICOS | Piel | SI | NO | Especifique | |||||
Abdomen | SI | NO | Especifique | ||||||
Tórax | SI | NO | Especifique | ||||||
Cabeza | SI | NO | Especifique | ||||||
Renal | SI | NO | Especifique | ||||||
Tiroides | SI | NO | Especifique | ||||||
Pulmonar | SI | NO | Especifique | ||||||
Gónadas | SI | NO | Especifique | ||||||
Otro | SI | NO | Especifique | ||||||
MONITOREO BIOLÓGICO DE APOYO REALIZADOS | |||||||||
Pruebas diagnósticas de apoyo | Examen médico ocupaciona | l SI | NO | ||||||
Estudio Hematológico | SI | NO | |||||||
Dosimetría Citogenética | SI | NO | |||||||
Método de micronúcleos | SI | NO | |||||||
Otras pruebas | SI | NO |
HALLAZGOS CLINICOS | |||||||||||
EFECTOS SOMATICOS CRÓNICOS LOCALIZADOS | |||||||||||
Piel | Alteración de las huellas digitales | NO | SI | ||||||||
Desaparición de las huellas digitales | NO | SI | |||||||||
Desaparición de los vellos en las manos (temporal) | NO | SI | |||||||||
Depilación definitiva | NO | SI | |||||||||
Uñas quebradizas y acanaladas o agrietadas. | NO | SI | |||||||||
Radiodermitis crónica | NO | SI | Parestesias | NO | SI | ||||||
Trastornos de la sensibilidad | NO | SI | |||||||||
Dolor | NO | SI | |||||||||
Prurito | NO | SI | |||||||||
Resequedad en la piel | NO | SI | |||||||||
Desaparición de las líneas en las palmas de las manos y superficie de las falanges dístales | NO | SI | |||||||||
Distrofia moderada de las uñas de los dedos | NO | SI | |||||||||
Grietas dolorosas en la piel | NO | SI | |||||||||
Hiperqueratosis focal | NO | SI | |||||||||
Hiperemia congestiva | NO | SI | |||||||||
Abdomen | Alteración de la motilidad intestinal | NO | SI | ||||||||
Disminución o ausencia de secreción de los jugos gástricos | NO | SI | |||||||||
Ulceras | NO | SI | |||||||||
Sobré infección de úlceras | NO | SI | |||||||||
Trastornos sépticos graves | NO | SI | |||||||||
Daño grave del intestino xxxxxxx | NO | SI | |||||||||
Gónadas | |||||||||||
Disminución de espermatogonio (blastocitos espermatógenos) | NO | SI | |||||||||
Afecta la capacidad de los espermatocitos y reduce las espermátides | NO | SI | |||||||||
Lesión de los espermátides y disminución de espermatozoos | NO | SI | |||||||||
Ovarios: menopausia con cesación de fertilidad (mujeres de 40 años) | NO | SI | |||||||||
Amenorrea temporal (mujer menor de 20 años) | NO | SI | |||||||||
Cabeza | Cataratas en el cristalino | NO | SI | ||||||||
Opacidad del cristalino | NO | SI | |||||||||
Disminución de la función hipofisiaria | NO | SI | |||||||||
Lesión del SNC | NO | SI |
Disnea | NO | SI | |
Tos | NO | SI | |
Sobreinfecciones de bronquiectasias | NO | SI | |
Fibrosis pulmonar | NO | SI | |
Opacidades | NO | SI | |
Consolidaciones discretas | NO | SI | |
Retracciones | NO | SI | |
Bandas de fibrosis | NO | SI | |
Infiltrados parenquimatosos | NO | SI | |
Disminución dela capacidad pulmonar | NO | SI |
Pulmonar Neumonitis por radiación
Hallazgos de placas xx Xxxxx X
Cardiaco | Disfunción ventricular derecha | NO | SI | |||
Pericarditis oculta | NO | SI | ||||
Disfunción valvular | NO | SI | ||||
Arritmias EKG | NO | SI | ||||
Trastornos de la conducción EKG | NO | SI | ||||
Renal | Trastornos funcionales | NO | SI | |||
Nefroesclerosis | NO | SI | ||||
Engrosamiento de arteriolas | NO | SI | ||||
Hipertensión | NO | SI | ||||
Insuficiencia renal | NO | SI | ||||
Tiroides | Enfermedad nodular | NO | SI | |||
Hipotiroidismo xxxxxx o subclínico | NO | SI | ||||
EFECTOS SOMATICOS AGUDOS LOCALIZADOS |
Cuerpo entero | ||||
Síndrome cerebral | Cefalea | NO | SI | |
Fiebre | NO | SI | ||
Hipotensión | NO | SI | ||
Náuseas | NO | SI | ||
Vómito y diarrea | NO | SI | ||
Muerte de células y tejidos expuestos | NO | SI | ||
Síndrome intestinal | Perdida de apetito | NO | SI | |
Náuseas | NO | SI | ||
Vómito y diarrea | NO | SI | ||
Muerte | SI | |||
Síndrome de médula ósea | Linfopenia | NO | SI | |
Neutropenia | NO | SI | ||
Granulocitopenia | NO | SI | ||
Muerte | SI |
EFECTOS ESTOCASTICOS (Probabilísticas)
Carcinogénesis
Cáncer óseo | NO | SI | ||
Cáncer de tiroides | NO | SI | ||
Neoplasias Retinoblastoma | NO | SI | ||
Tumores óseos | NO | SI | ||
Tumores de tiroides | NO | SI | ||
Tumores pulmonares | NO | SI | ||
Leucemia | NO | SI | ||
IMPRESIONES DIAGNOSTICAS | 1 |
Código CIE11 2
3
4
5
Exámenes de Laboratorio que se requieren: 1
2
3
Sospecha Enfermedad profesional No Si Cual
Inicia protocolo para diagnóstico de EP | No | Si |
Fecha Próxima consulta Documentos que se requieren para próxima consulta:
Firma Médico Especialista Registro Médico Licencia Salud ocupacional
Una vez se ha concluido los antecedentes ocupacionales y clínicos relacionados con exposición al factor de radiaciones ionizantes se procede a clasificar al trabajador en el sistema de vigilancia, (formato 003) el cual es diligenciado por el PSS o empleador en el momento del ingreso o cuando se realiza alguna modificación: rotación, traslado o reubicación en el trabajador.
En este formulario se consolidan todas las variables dadas en las definiciones operativas:
🕱 Hallazgos clínicos y antecedentes ocupacionales al factor de riesgo
🕱 Acumulado de los Registros dosimétricos
🕱 Tipo de servicio ofrecido por el PSS
🕱 Clase de equipos existentes y material radiactivo empleado
🕱 Calificación del panorama de condiciones de trabajo
🕱 Resultados de los monitoreos ambientales de control
🕱 Cumplimiento de los requisitos mínimos.
FORMATO 003 CALIFICACION POR TRABAJADOR | ||
IDENTIFICACION DEL TRABAJADOR |
Tipo de identificación (3 dígitos) Número de identificación del usuario en el sistema (15 dígitos)
Tipo de Usuario (1 dígito) | Dependiente | |||||
Independiente | Sexo (1 dígito) | |||||
Profesión | Cargo | |||||
CONDICION | VARIABLE | CRITERIO | CALI FICA CION | |||
Diagnostico de Salud | Antecedentes | 1 | Sin antecedentes ocupacionales relacionados con el riesgo | 0 | ||
2 | Con antecedentes ocupacionales relacionados con e l riesgo | 3 | ||||
Hallazgos | 3 | Sin Hallazgos clínicos relacionados con la exposición | 0 | |||
4 | Con Hallazgos clínicos relacionados con la exposición | 3 | ||||
Subtotal | ||||||
Registro Dosimétrico | Acumulado | 1 | Acumulado establecido por el sistema de vigilancia por debajo de los límites de dosis recomendados | 1 | ||
2 | Acumulado establecido por el sistema de vigilancia cerca al límite de dosis recomendados | 2 | ||||
3 | Acumulado establecido por el sistema de vigilancia muy por encima de los límites de dosis recomendados | 3 | ||||
Subtotal | ||||||
Condiciones de trabajo | Tipo de Servicio | 1 | Radioterapia con Teleterapia. | 3 | ||
2 | Radioterapia con Braquiterapia. | 3 | ||||
3 | Procedimientos Médicos Especiales y de Medicina Nuclear | 3 | ||||
Equipos existentes | 4 | Equipos generadores de radiaciones ionizantes con el cumplimiento de las normas vigentes | 1 | |||
5 | Equipos generadores de radiaciones ionizantes sin el cumplimiento de las normas vigentes | 3 | ||||
6 | Equipos portátiles de uso fluoroscópico | 3 | ||||
7 | Equipos portátiles xx Xxxxx x | 3 | ||||
Priorización del Panorama | 1 | Priorización ALTA del riesgo para intervención inmediata | 3 | |||
2 | Priorización MEDIA del riesgo para intervención a mediano plazo | 2 | ||||
3 | Priorización BAJA del riesgo para intervención a largo plazo | 1 | ||||
Monitoreo ambiental | 1 | Grado de Riesgo Alto >= 1 | 3 | |||
2 | Grado de Riesgo Medio 0.5 y 0.99 | 2 | ||||
3 | Grado de Riesgo Bajo entre 0.0 y 0.49 | 1 | ||||
Medidas de Control Existentes | 1 | Existencia de todos los controles necesarios en la fuente, medio e individuo | 1 | |||
2 | No existen todos los controles necesarios en la fuente, medio e individuo | 3 | ||||
Subtotal | ||||||
Calificación Total |
Primer Apellido (20 dígitos) Segundo Apellido (20 dígitos) Primer nombre (15 dígitos) Segundo Nombre ( 15 dígitos)
Edad (2 dígitos)
Una vez el PSS tiene a todos sus trabajadores ocupacionalmente expuestos de acuerdo a las definiciones operativas en riesgo BAJO, riesgo MEDIO o riesgo ALTO, son consolidado en el Formato 004, el cual es remitido a la Administradora de riesgos profesionales para conocimiento de la clase de trabajadores ocupacionalmente expuesto.
Dicho formato será una guía para las actividades de apoyo a seguir por parte de la Administradora de Riesgos Profesionales, y del PSS de acuerdo a la clase de trabajadores ocupacionalmente expuesto y según la clasificación en riesgo Alto, Medio o Bajo.
Este formato será actualizado anualmente, o en el momento que exista rotación del personal.
FORMULARIO 004. CONSOLIDADO DE LA POBLACION AL F.R. | ||||||||||||
IDENTIFICACIÓN DEL PSS | ||||||||||||
Identificación del PSS (10 dígitos): | Código del PSS 2100 (5 dígitos) | |||||||||||
Código de la ARP (6 dígitos) | Nivel de Atención(1 dígito) | Fecha | ||||||||||
AREA | PROFESIONAL O CARGO | CLASIFICACION | ||||||||||
BAJO | MEDIO | ALTO | ||||||||||
Depto de radiología médica | Médicos radiólogos | |||||||||||
Auxiliares | ||||||||||||
Tecnólogos | ||||||||||||
Técnicos | ||||||||||||
Camilleros | ||||||||||||
Enfermera | ||||||||||||
Depto de radiología oral | Odontólogos | |||||||||||
Auxiliares | ||||||||||||
Otros (especifique) | ||||||||||||
Medicina Nuclear | Bacteriólogas | |||||||||||
Enfermeras | ||||||||||||
Médicos | ||||||||||||
Auxiliares | ||||||||||||
Tecnólogos | ||||||||||||
Camilleros | ||||||||||||
Otros (especifique) | ||||||||||||
Especialidades médicas (especifique cuáles) | ||||||||||||
TOTAL POBLACIÓN EXPUESTA | ||||||||||||
Firma Empleador | Firma ARP |
El sistema continúa con el Formato 005, en el cual se registra la dosis mensual de exposición ocupacional, por lo tanto es individual, intransferible, institucional y de conocimiento mensual para el trabajador.
El objetivo fundamental del control de dosis de radiación, es tener el formato adecuado que permita evaluar la clasificación radiológica del individuo en condiciones normales de trabajo y en condiciones de emergencia, teniendo en cuenta su exposición total a radiación externa e interna.
La dosimetría personal permite determinar las dosis recibidas por los individuos en el lugar de trabajo, información que se consolida en registros o reportes individuales. Sin embargo es importante tener presente que no existe ninguna línea divisoria clara entre los que trabajan en estrecho contacto con las fuentes de radiación y aquellos otros que están sujetos a exposiciones de forma casual, sea porque rara veces se encuentran en los lugares pertinentes, están lejos o reciben sólo dosis insignificantes. Para evitar el despilfarro de los recursos en la vigilancia dosimétrica y registro de datos, se debe identificar aquellos grupos de trabajadores para los que es necesaria la vigilancia dosimétrica individual, responsabilidad del empleador para esta asignación4.
La decisión de proporcionar vigilancia dosimétrica individual deberá ser tomada por el responsable de las operaciones (empleador),pero sujeta a la revisión por la autoridad reguladora (Direcciones departamentales o distritales de salud, Ministerio de Minas y energía e INGEOMINAS, Administradoras de Riesgos Profesionales, Empresa Promotora de Salud.)
Se debe tener presente tres factores técnicos en el análisis de los datos suministrados por el programa de dosimetría: Las variaciones probables de las dosis e incorporaciones y la complejidad de los procedimientos de medida e intervención que componen el programa de dosimetría4.
Como norma general y sujeto a los requisitos reguladores, se deberá retener los registros con los resultados de las evaluaciones de dosis individuales durante un periodo comparable con la vida esperada del individuo; los que contengan información adicional utilizada para la interpretación de los resultados de la
vigilancia dosimétrica, por ejemplo los resultados de la vigilancia del lugar deberán retenerse durante un periodo suficiente, unos pocos años, como para asegurar que estén disponibles para cualquier posible reevaluación de la interpretación que pudiera hacer falta. Los detalles y la retención de los registros del personal deben estar acordes con la práctica normal del trabajador. Los registros de exposición de cada trabajador se deberán conservar durante la vida laboral del mismo y posteriormente, como mínimo hasta que el trabajador alcance o hubiera alcanzado la edad de 75 años, y durante 30 años, por lo menos después de terminado el trabajo que implica la exposición ocupacional4.
Los registros de las dosimetrías deberán ser facilitados a toda entidad del sistema de vigilancia, que requiera conocer las dosis recibidas por el trabajador en exposiciones anteriores, con el fin de actualizar la historia ocupacional o para la investigación de EP o AT.
FORMULARIO 005 INFORME MENSUAL DE DOSIMETRIA PSS
IDENTIFICACIÓN DEL PSS
Identificación del PSS (10 dígitos): Código del PSS 2100 (5 dígitos) Código de la ARP (6 dígitos) Nivel de Atención(1 dígito)
IDENTIFICACION DEL TRABAJADOR
Tipo de identificación (3 dígitos) Número de identificación del usuario en el sistema (15 dígitos)
CC
Primer Apellido (20 dígitos) Segundo Apellido (20 dígitos) Primer nombre (15 dígitos) Segundo Nombre
Tipo de Usuario (1 dígito) Dependiente Independiente
Residencia habitual (5 dígitos)
Edad (3 dígitos)
Sexo (1 dígito)
Departamento
Masculino Femenino Indeterminado
Municipio
Profesión | Cargo | |||
Antigüedad del cargo (meses) | ||||
Código del usuario | Nombre del usuario | Dosis del periodo | Dosis total acumulada | Tipo de radiación |
Firma Trabajador Firma Empleador
Firma proveedor servicio
El control para radiación externa se ejerce mediante la utilización de dosímetros personales que llevarán los trabajadores.
Para el control de la radiación interna, en general, debe evitarse tomando medidas en la fuente, limitando la concentración de sustancias radiactivos en el ambiente (aire y alimentos ingeridos), y comprobando la eficacia de las medidas adoptadas, midiendo directamente la contaminación superficial o determinando la carga corporal de estas en el trabajador, teniendo en cuenta la concentración de estas en el aire y el tiempo de permanencia en las áreas donde estas sustancias se concentran.
La situación más frecuente en las aplicaciones de las radiaciones ionizantes en los servicios de salud, es la radiación proveniente del uso de las fuentes radiactivas (abiertas o selladas) y equipos emisores de radiaciones ionizantes, en cuyo caso deben tomarse en cuenta las recomendaciones citadas en las Normas Básicas Internacionales de seguridad para la protección contra la radiación ionizante y para la seguridad xx xxxxxxx de radiación. X.X. X. 000, que recomienda qué la exposición ocupacional de todo trabajador deberá controlarse de forma que no se rebasen límites:
🕱 Una dosis efectiva de 20 mSv por año como promedio en un periodo de cinco años consecutivos
🕱 Una dosis efectiva de 50 mv en cualquier año
🕱 Una dosis equivalente al cristalino de 150 mSv en un año
🕱 Una dosis equivalente a las extremidades (manos y pies) o, a la piel ( se refiere a la dosis en 1 cm2 del área cutánea más intensamente irradiada) de 500 mSv en un año4.
Se entiende que el límite de dosis efectiva 50 mSv en un único año y 100 mSv en cinco años consecutivos (20 mSv como promedio anual en cinco años), es suficientemente restrictivo y para la mayor parte de situaciones, cubre los límites de dosis equivalente recomendado para el cristalino del ojo (150 mSv por año) y el de extremidades, manos y pies (500 mSv por año).
Los servicios de dosimetría presentan mensualmente a los PSS un informe con las dosis individuales de los trabajadores inscritos al programa de Dosimetría personal, utilizando el Formato 005. estos reportes deben ser objeto de análisis, con el fin de
evaluar permanentemente las condiciones individuales de cada trabajador ocupacionalmente expuesto y tomar decisiones en cuanto a las acciones que reduzcan las dosis futuras.
A continuación se presenta las características de la instrumentación utilizada en el monitoreo de la radiación8:
Tipo de instrumento | Radiación medida | Rango típico de medición | Uso principal | Ventajas | Observaciones |
Dosímetros personales | Equis, Gamma | 0-2 mSv 0-200 mrem 0-5 rem | Monitoreo personal | Bajo costo Tamaño pequeño y cómodo Ayuda al control de las exposiciones en tiempo real | Solamente proporciona medidas de dosis integradas |
Dosímetros de película o TLD | Beta, Equis y Gamma | 0.1 mSv o más 10 mrem o más | Monitoreo personal | Bajo costo Proporciona registro permanente | Solo pude ser leído en el laboratorio |
Dosímetros con alarma | Equis y Gamma | 0-500 mrem/h | Supervisión general | Bajo costo Posee señal audible de la intensidad del campo | Inexacto Buen instrumento cuando la exactitud no es esencial |
Contadores Xxxxxx- Xxxxxx | Beta, Equis y Gamma | 1-1000 mSv/h 0.1-100 rem/h 500-100.000 cpm | Medición xx xxxxxx de radiación | Respuesta rápida | Fuente dependencia con la energía. Sensible a las microondas |
Contadores de Centelleo | Beta, Equis y Gamma | 0.1-200 mSv/h 0.01-20 rem/h 50-250.000 cpm | Especialmente utilizados para medir contaminación de baja energía | Respuesta rápida Alta sensibilidad | Frágil Costoso |
Cámaras de Ionización | Beta, Equis y Gamma | 0.03-5 Sv/h 3-500 rem/h | Supervisión general | Baja dependencia con la energía | Respuesta lenta Baja sensibilidad Costoso |
Contador proporcional a gas | Alfa | 100-500.000 cpm | Monitoreo de la contaminación Alfa- Beta | Eficiente | Muy delicado |
Equipos de montaje de laboratorio | Medición de muestras tomadas en el área contaminada para determinar contaminación | Muy preciso No miden en tiempo real | |||
Muestreadores de aire | Monitoreo de contaminación del aire | Para utilizar con uno de los instrumentos adecuados mencionados anteriormente |
Instrumentos y equipos empleados en caso de emergencia8:
Pérdida o Robo de fuente o material | Fuente atascada o expuesta | Contaminación | |
Instrumentos | Campos normales de radiación gamma o neutrones (Xxxxxx- Xxxxxx, Cámara de Ionización , Contador rem) | Detectores gamma de alto nivel (Xxxxxx Xxxxxx) | Sensibilidad adecuada para el monitoreo de material radiactivo específico |
Sensible a Beta, monitor para contaminación gamma. Ej: Detectores de ventana (para fuentes abiertas) | |||
Monitores de contaminación sensibles a radiación alfa, Ej: contadores proporcionales y de centelleo (para fuentes abiertas) | |||
Dosímetros personales película o TLD | Dosímetros de película o TLD | Dosímetros de película o TLD | |
Rango normal de medición | Rango de medición alto | ||
Dosímetros de lectura directa | Dosímetros de lectura directa | ||
Dosímetros de carga | Dosímetros de carga | ||
Ropa anticontaminación | Para materiales no encapsulados, si se encuentra o se sospecha contaminación Puede ser aplicable columnas de contaminación | Dosímetros con alarma | Cubretodo, guantes, cubre zapatos Respirador apropiado |
Accesorios | Baterías, fuentes de chequeo, bolsas plásticas, contenedores blindados, cinta de enmascarar, papel de filtro para frotis, contenedores para desechos, pinzas a control remoto, señales y etiquetas de advertencia, pintura de color en aerosol, estacas y cuerdas. | Baterías, fuentes de chequeo, contenedores blindados, ladrillos de plomo, pinzas a control remoto, cuerdas y soportes, señales y etiquetas de advertencia | Baterías, fuentes de chequeo, bolsas plásticas, bayetilla, soluciones descontaminantes, cinta de enmascarar, filtro de papel para frotis, filtros para mascaras, contenedores para desechos , señales y etiquetas de advertencia, pintura de color en aerosol, pliegos de polietileno. |
Como resultado del análisis y evaluación de la información de los reportes de dosis mensuales, debe generar con destino a la Administradora de Riesgos Profesionales un registro consolidando la siguiente correspondiente a las dosis acumuladas, de todos los trabajadores (formulario 006), las medidas de control existentes de acuerdo a la clase de equipos emisores de radiación o la utilización xx xxxxxxx abiertas o cerradas, según los servicios ofrecidos por el PSS.
De esta manera el PSS puede manifestar las necesidades de apoyo que la administradora de riesgos le puede brindar para continuar con las medidas de control en capacitación y asesoría técnica del factor de riesgo.
FORMULARIO 006 INFORME DEL REGISTRO DE DOSIS PARA ARP
IDENTIFICACIÓN DEL PSS
Identificación del PSS (10 dígitos): Código del PSS 2100 (5 dígitos): Código de la ARP (6 dígitos) Nivel de Atención(1 dígito):
Fecha informe:
Número de trabajadores ocupacionalmente expuestos:
FUENTES DE EXPOSICION
Equipos emisores de radiación ionizante: NO SI Cuales :
Fecha y Número de licencia de los equipos: Carga de trabajo de los equipos:
Grado de riesgo:
Material radiactivo: NO SI Cuáles:
Fecha y Número de licencia de los materiales: Carga de trabajo de los materiales:
Grado de riesgo:
Nombre usuario | C.C | profesión | Dosis anual | Dosis total acumulada | Clasificación en el SVE |
Fecha de inicio de los programas de control de dosis:
Trabajadores capacitados en radioprotección: Vigencia de los carné de Radioprotección:
Medidas de control existentes | Necesidades de apoyo por la ARP |
El sistema de información continua con el Formato 007 en el cual se integra la información de entidades reguladoras del factor de riesgo: Secretarías Departamentales de Salud e INGEOMINAS, integrando de esta manera al sistema el Ministerio de Minas y Energía y el Ministerio de Salud, a través de las personas naturales y jurídicas que ofrecen lo servicios de Radiofísica sanitaria y de dosimetría, licenciados por el Ministerio de Salud a nivel nacional, con licencia del Ministerio de Minas y energía o de acuerdo a la legislación de INGEOMINAS para la manipulación de material radiactivo.
La información consolidada en este Formato será solicitada por la Administradora de Riesgos Profesionales ARP, o por la Empresa Promotora de Servicios de Salud EPS, cuando la investigación de un AT o EP lo requiera.
FORMULARIO 007A LICENCIAMIENTO DE SERVICIOS SECRETARIAS DEPARTAMENTALES DE SALUD
SECRETARIA DE SALUD :
Departamento Fecha informe:
Instituciones con equipos de radiaciones ionizantes:
Localidad | Razón social | Marca | Modelo | Serie | Max. Kv | Max. mA | Uso | Clase | Número resolución | Fecha de expedición |
Profesionales de la salud con carné de protección radiológica:
Localidad | Profesión | Sexo |
FORMULARIO 007B LICENCIAMIENTO DE MANEJO DE MATERIAL RADIACTIVO
INGEOMINAS :
Departamento Fecha informe:
Instituciones con manejo de material radiactivo:
Departamento | Razón social | Descripción de la Manipulación de material radiactivo | Número resolución | Fecha de expedición | ||||||
Fuentes sellada | ||||||||||
Serie | Modelo | Radionúclido | Actividad inicial | Equipos asociado | Forma física | Procedencia proveedor | ||||
Departamento | Razón social | Descripción de la Manipulación de material radiactivo | Número resolución | Fecha de expedición | ||||||
Fuentes abiertas | ||||||||||
Radionúclido | Actividad total | No. xx xxxxxxx | Forma física | Recipiente contacto | Recipiente de blindaje | Procedencia proveedor | ||||
Uso del material radiactivo
Práctica | Médica | |||
Diagnóstico in vitro | In vivo | Terapia | Radio Inmune análisis | |
Profesionales de la salud con carnet de protección radiológica:
Departamento | profesión | Sexo |
Los estudios de Radiofísica deben especificar la siguiente información, cumpliendo con los siguientes requisitos de acuerdo a la clase de equipo emisor de radiación ionizante o de acuerdo al material radiactivo:
▪ Para equipos emisores de radiaciones ionizantes de uso odontológico: Área o sección, descripción del equipo, descripción de la sala o instalación, carga de trabajo, tipo de monitoraje individual y empresa que lo presta, controles existes en fuente, medio e individuo; licencia de los equipos, personal expuesto y documentación de la idoneidad, descripción del tipo de revelado y los resultados de las mediciones ambientales.
▪ Para equipos emisores de radiaciones ionizantes de uso médico: Área o sección, descripción del equipo (kilovoltaje, miliamperaje y tiempo), descripción de la sala o instalación, límites de la sala y barreras de protección entre vecinos (materiales y espesor); carga de trabajo, tipo de monitoraje individual y empresa que lo presta, controles existentes en fuente , medio e individuo; licencia de los equipos, personal expuesto y documentación de la idoneidad, descripción del tipo de revelado y los resultados de las mediciones ambientales.
▪ Servicios con utilización xx xxxxxxx selladas (cerradas): Área o sección, descripción del equipo (marca, serie, modelo), descripción de la instalación (local), límites de la sala y barreras de protección entre vecinos (materiales y espesor); utilización de elementos de protección radiológica, normas y procedimientos, resultados de las pruebas de integridad física de la fuente, personal expuesto e idoneidad, registro de accidentes o incidentes, actividad y tipo de radioisótopos, número y estado físico del radioisótopo, convenio para el retorno de la fuente al proveedor cuando está se encuentre en desuso, existencia del equipo de medida de las radiaciones o monitores de radiación.
▪ Servicios con utilización xx xxxxxxx abiertas: Área o sección, descripción de la instalación (local), límites de la sala y barreras de protección entre vecinos (materiales y espesor); controles en la fuente, medio e individuo existentes, normas y procedimientos, descripción del material radiactivo ( radioisótopos, periodo físico, número de generadores y actividad de cada generador), presentación del material radiactivo (encapsulado o en solución), descripción de cuarto caliente ( muro, material, espesor y alrededores, superficies) forma
de desplazamiento, almacenamiento y disposición de los materiales y de los desechos, existencia de monitores de radiación.
La información que se consolida en el Formato 007A, y 007B se retoma de los estudios de Radiofísica Sanitaria elaborados por un inspector o personal calificado en protección radiológica (Radiofísico) quien debe operar monitores de radiación ionizante e interpretar sus mediciones determinando los grados de riesgo al que están expuestos los trabajadores. Los Radiofísicos Sanitarios deben tener licencia del Ministerio de Salud con cubrimiento a nivel nacional.
El debe destinar los recursos necesarios para el estudio de radiofísica, en caso de no tener recursos propios, podrá contratarlo externamente o apoyarse en la asistencia de la Administradora de Riesgos a la cual se encuentra afiliada.
El sistema de información consolida la información en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social mediante los siguientes indicadores dados por:
1. Las ARP. Formato 008A
2. Las EPS. Formato 008B
FORMULARIO 008A INFORMACION PARA MINTRABAJO | |||||||
Nombre ARP: | |||||||
Código ARP: | |||||||
Fecha informe: | |||||||
Información población expuesta a nivel nacional: | |||||||
Nombre PSS | Código | Departamento | Población expuesta | Programa de dosimetría | |||
Bajo | medio | Alto | Fecha inicio programa | Dosis anuales acumuladas con sobreexposición | |||
Información equipos emisores de radiaciones ionizantes a nivel nacional:
Nombre PSS | Código | Departamento | Clase de equipo | |
Médico | Odontológico | |||
Nombre PSS | Código | Departamento | Material Radiactivo | |
Fuentes Abiertas | Fuentes selladas | |||
Información sobre actividades desarrolladas por la ARP en los PSS
Departamento | Tipo de asistencia | |||||
Capacitación | Asesoría técnica | Seguimiento epidemiológico | Casos investigados por EP | Casos investigados por AT | Otro (especifique) | |
Monto de cotización de pensión especial (6 puntos adicionales)
Nombre PSS | Código | Departamento | Cumple con el monto | |
Si | No | |||
FORMULARIO 008B INFORMACION PARA MINTRABAJO |
Nombre EPS: |
Código EPS: |
Fecha informe: |
Casos investigados por EP: Casos investigados por AT:
Nombre PSS | Código | Departamento | Impresión Diagnóstica | Nombre PSS | Código | Departamento | Tipo de accidente |
7. El análisis de datos
Otro proceso propio de la vigilancia y que le da sentido al esfuerzo de recolección de la información es el análisis; este debe realizarse mensualmente con un nivel descriptivo y de él se desprenden otras propuesta de exploración de los datos, que proporcionen información útil para la toma de decisiones.
En el ámbito del PSS, el análisis se fundamenta en el monitoreo de la frecuencia de los trabajadores que se encuentran clasificados en cada una de las categorías bajo vigilancia.
En el ámbito de la ARP, la información remitida desde los PSS debe ser rápidamente explorada y analizada mensualmente, es preciso establecer si los hallazgos corresponden con los escenarios epidemiológicos construidos a partir de la información reportada a las ARP y a las Direcciones Departamentales y Distritales de Salud; resulta muy útil el seguimiento a la referencia geográfica de los casos, para detectar posibles agrupamientos que puedan ser de interés para análisis más detallados y su futura intervención. Con el propósito de lograr un mejor manejo de los datos, es preciso que por municipio se encuentren a disposición los datos de las poblaciones de referencia de los casos (total de
trabajadores expuestos), es decir los denominadores para las tasas de que se calculen. Este análisis de frecuencias permite además de detectar situaciones irregulares, monitorear el impacto de las acciones preventivas o de control implementadas por el equipo del PSS, y de la ARP. El mismo análisis deberá realizarse por departamento, en este proceso, además de caracterizar con mayor detalle la frecuencia de los eventos, su distribución en la población de referencia (para lo cual se debe disponer de los datos poblacionales como denominadores) y su comportamiento en tiempo y lugar (se debe incluir análisis por municipios y regiones); es preciso definir, cuando sea necesario, propuestas de análisis más complejos que permitan esclarecer la ocurrencia de hechos no comprensibles con la información disponible.
En el nivel nacional, esta unidad deberá notificar de forma anual la distribución de la clasificación de los trabajadores expuestos al Ministerio de Trabajo, actualizando la base de datos existente.
Es útil la revisión permanente de la operación de la estrategia de vigilancia, para lograr adoptar correctivos oportunos que optimicen el funcionamiento de la estrategia en la población expuesta, por ello es necesario establecer y conformar la Unidad de Análisis para la vigilancia de las exposiciones a las radiaciones ionizantes, esta deberá estar instituida en todos los Prestadores de Servicios de Salud con todos sus trabajadores expuestos al factor de riesgo, en todas las ARP y en el Ministerio de Trabajo, sus integrantes se deberán reunir como mínimo cada semestre o de manera extraordinaria cuando la información presente cambios inusitados en el comportamiento habitual del evento.
7.1. Indicadores del Prestador de Servicios de Salud :
Es pertinente realizar un análisis anual de la morbilidad ocupacional y de los accidentes de trabajo ocurridos en los trabajadores expuestos a radiaciones ionizantes, para lo cual se proponen los siguientes indicadores:
Proporción De Enfermedad Profesional
Es el porcentaje de enfermedades profesional relacionada con el riesgo, registrados durante el año y el total de enfermedades profesionales diagnosticadas en el mismo periodo en la población trabajadora del prestador de servicio de salud.
El resultado se interpretará como el número de enfermedad profesional relacionados con el riesgo, identificadas durante el último año por cada 100 trabajadores del .
P EP Número total de EP relacionados con el riesgo Número total de EP en todos los trabajadores
X 100
Tasa De Incidencia De Enfermedad Profesional
Es el número de casos de enfermedad profesional (nuevos) identificados en una población en el último año por cada 1000 trabajadores.
T.I.E.P. Número de casos nuevos de E.P. relacionados con el riesgo identificados en el último año
Número total de trabajadores en el último año
X 1000
Tasa De Prevalencia De Enfermedad Profesional
Es el número de casos de enfermedad profesional (nuevos y antiguos) identificados en la población expuesta en un período determinado.
T.P.E.P. Número de casos nuevos y antiguos de E.P. identificados
en un periodo
Número total de trabajadores en el mismo periodo
X 1000
También es necesario un análisis estadístico cada año de los resultados de dosimetría individual, determinando la proporción de trabajadores expuestos a radiaciones ionizantes con dosis en el límite y por encima de las recomendadas, para lo cual se proponen los siguientes indicadores:
Proporción de expuestos
P D (10 – 20 mSv ) Número de trabajadores con dosis en los límites
recomendados en el año
Número total de dosimetrías individuales realizadas en el año
X 1000
P D ( Mayor de 20 mSv) Número de trabajadores con dosis por encima
de los límites recomendados en el año
X 1000
Número total de dosimetrías individuales realizadas en el año
El Prestador de Servicios de Salud deberá determinar la proporción de trabajadores que se han capacitado anualmente en protección radiológica, cumpliendo con los requisitos de idoneidad de las personas.
Proporción de capacitados
PC Número de trabajadores capacitados en radioprotección
X 100
Número total de trabajadores con exposición al riesgo
7.2 EN LA ADMINISTRADORA DE RIESGOS PROFESIONALES
La Administradora de riesgos profesionales deberá reportarle al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social la relación de los prestadores de servicios de salud afiliados por grado de complejidad, la relación de la población expuesta y el
consolidado de la clasificación de los trabajadores expuestos con el condensado de los criterios hallados en la clasificación operativa de Medio y Alto riesgo. El condensado de enfermedad profesional y accidente de trabajo relacionada con el riesgo; el reporte y la relación de las intervenciones o actividades de los programas de promoción y prevención específicos que ha desarrollado en los prestadores de servicios afiliados.
Para el análisis de la situación de salud de los trabajadores expuestos la ARP deberá determinar los mismos indicadores propuestos anteriormente consolidando la información de todos los prestadores de servicios de salud que tenga afiliados.
Además establecerá la cobertura del sistema de vigilancia epidemiológico de Radiaciones Ionizantes y de panoramas de riesgo donde se tiene identificado el riesgo de radiaciones ionizantes:
Monitoreo de la Operación del Sistema de Vigilancia Epidemiológica
Porcentaje de Prestadores de Servicios de Salud en los que se lleva el sistema de vigilancia epidemiológica para radiaciones ionizantes
Número de Prestadores de Servicios de Salud con
INDICADOR el SVE operando
Número total de prestadores de servicios de salud cotizantes
Número de panoramas realizados o actualizados
PANORAMA
Número de prestadores de servicios de salud cotizantes
X 100
X 100
La administradora de riesgos profesionales deberá construir una base de datos con la siguiente información:
▪ Censo de los prestadores de servicios de salud con exposición a radiaciones ionizantes por nivel
▪ Servicios y áreas hospitalarias con exposición al riesgo
▪ Relación de equipos emisores de radiaciones y fuentes selladas y abiertas
▪ Número de trabajadores expuestos y relación de cargos en cada prestador de servicio de salud.
▪ Consolidado de las dosimetrías individuales con dosis en el límite y por encima de las recomendadas.
▪ Relación de las actividades de asistencia de promoción y prevención específicas para el riesgo, tales como: mediciones ambientales, apoyo en la operacionalización del sistema de vigilancia, apoyo en la actualización del panorama de riesgos, capacitación y educación continuada, estudios de control de calidad y las demás que consideró necesarias y pertinentes.
A partir de esta información la Administradora de Riesgos podrá construir los indicadores que le sean de utilidad.
7.3 MINISTERIO DE TRABAJOY SEGURIDAD SOCIAL
Para el análisis de la situación epidemiológica el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social deberán construir los mismos indicadores de salud propuestos inicialmente en todos los Prestadores de Servicios de Salud cotizantes al Sistema General de Riesgos Profesionales.
Llevar una base de datos donde se consolide:
▪ Censo de los prestadores de servicios de salud con exposición a radiaciones ionizantes por nivel
▪ Servicios y áreas hospitalarias con exposición al riesgo
▪ Relación de equipos emisores de radiaciones y fuentes selladas y abiertas
▪ Número de trabajadores expuestos y relación de cargos en cada prestador de servicio de salud.
▪ Consolidado de las dosimetrías individuales con dosis entre 10 – 20 mSv y superiores a 20 mSv en cualquier periodo del año.
El análisis de esta información deberá compararse con los estándares internacionales para autoevaluar la gestión y las orientaciones de la acción de los
programas relacionados con el riesgo llevando a las medidas correctivas para mejoramiento del sistema.
8. LA ORIENTACIÓN DE LA ACCIÓN
Con base en la información construida y analizada dentro del proceso de vigilancia epidemiológica se deberán orientar las siguientes acciones de acuerdo a los niveles de responsabilidad:
8.1 Trabajador
Los trabajadores deberán observar todas las normas y reglamentaciones de los procedimientos aplicables de protección y seguridad, usar correctamente los dispositivos de vigilancia radiológica así como el equipo y la ropa de protección que se les haya suministrado, cooperar con el empleador, en todo lo que atañe a la protección y seguridad, así como a la ejecución de los programas de vigilancia radiológica, facilitar al empleador toda la información sobre sus actividades laborales pasadas y presentes que sea de interés para garantizar la protección y seguridad efectivas y completas de ellos mismos. Abstenerse de todo acto deliberado que pudiera originar, para ellos mismos o terceros, situaciones de infracción de las normas y reglamentaciones como aceptar toda la información, instrucción y capacitación en materia de protección y seguridad que les permita realizar su trabajo de acuerdo a las normas y reglamentaciones
Si un trabajador detecta circunstancia que pudieran tener efectos negativos para el cumplimiento de las normas y reglamentaciones deberá informar lo antes posible al empleador.
8.2. Empleador
Los empleadores de trabajadores dedicados a actividades que impliquen exposiciones normales o exposición potencial, son responsables de la protección de
los trabajadores contra la exposición ocupacional y del cumplimiento de las normas y reglamentaciones.
En el caso de todos los trabajadores dedicados a actividades que impliquen o pudieran implicar exposición ocupacional, los empleadores deberán cuidar o propender porque se limiten las exposiciones ocupacionales.
La exposición ocupacional de todo trabajador deberá controlarse de forma que no se rebasen los siguientes límites:
▪ Una dosis efectiva de 20 mSv por año como promedio en un periodo de cinco años consecutivos.
▪ Una dosis efectiva de 50 mSv en cualquier año
▪ Una dosis equivalente al cristalino de 150 mSv en un año
▪ Una dosis equivalente a las extremidades (manos y pies) o a la piel ( se refiere a la dosis en 1 cm2 del área cutánea más intensamente irradiada) de 500 mSv en un año.
El empleador debe garantizar que se registren las decisiones relativas a las medidas de protección y seguridad ocupacional y se pongan en conocimiento a los trabajadores, por medio de sus representantes o de los canales de información existente en la institución.
Debe establecer principios rectores, procedimientos y disposiciones organizativas de protección y seguridad para dar cumplimiento a las normas y reglamentaciones, dando prioridad a las medidas de diseño y de naturaleza técnica para controlar las exposiciones ocupacionales.
Facilitar los medios, equipos y servicios idóneos y suficientes de protección y seguridad, de tipo e importancia adecuados a la magnitud y probabilidad previstas de la exposición ocupacional.
Con respecto a la clase de los equipos existentes el empleador deberá garantizar las siguientes medidas de control en primer lugar según la fuente:
a) Con respecto al Tipo de instalación del equipo emisor de radiación ionizante:
▪ Tac: Es indispensable evaluar la carga de trabajo, revisar la existencia del certificado y mantenimiento del equipo, realizar el estudio de radiofísica , la licencia de funcionamiento del equipo, los certificados de idoneidad de los trabajadores y la existencia de la dosimetría; realizado por un radiofísica calificado y avalado para la prestación de dicho servicio, quien debe informar al prestador de servicio de salud las anormalidades y las medidas de control que se deben implementar para garantizar que se este brindando un servicio que cumpla con todas las normas de seguridad exigidas. Igualmente debe informar a la administradora de riesgos profesionales a la cual se encuentra afiliado el los riesgos y las anomalía existentes como la vigilancia requerida para el sistema.
▪ Convencional con fluoroscopia El Cual Incluye Angiografía, Hemodinamia, Litotripcias Y Otros Estudios Especiales: Es indispensable evaluar la carga de trabajo, revisar la existencia del certificado y mantenimiento del equipo, analizar el estudio de radiofísica , su control de calidad (cortinas plomadas, guantes, delantal plomado, intensificador de imágenes, cabina de protección, colimador en los convencionales y el Xxxxx cubierto en los de fluoroscopia) , la licencia de funcionamiento del equipo, los certificados de idoneidad de los trabajadores y la existencia de la dosimetría; realizado por un radiofísica calificado y avalado para la prestación de dicho servicio, quien debe informar al prestador de servicio de salud las anormalidades y las medidas de control que se deben implementar para garantizar que se este brindando un servicio que cumpla con todas las normas de seguridad exigidas. Igualmente debe informar a la administradora de riesgos profesionales a la cual se encuentra afiliado el Prestador de Servicios de Salud los riesgos y las anomalía existentes como la vigilancia requerida para el sistema.
▪ Unidad Convencional Fija: Es indispensable evaluar la carga de trabajo, revisar la existencia del certificado y mantenimiento del equipo cabina de protección, analizar el estudio de radiofísica , la licencia de funcionamiento del equipo, los certificados de idoneidad de los trabajadores; realizado por un
radiofísica calificado y avalado para la prestación de dicho servicio, quien debe informar al prestador de servicio de salud las anormalidades y las medidas de control que se deben implementar para garantizar que se este brindando un servicio que cumpla con todas las normas de seguridad exigidas. Igualmente debe informar a la administradora de riesgos profesionales a la cual se encuentra afiliado el Prestador de Servicios de Salud los riesgos y las anomalía existentes como la vigilancia requerida para el sistema.
▪ Unidades Móviles En Cuarto: Es indispensable evaluar la carga de trabajo, revisar la existencia del certificado y mantenimiento del equipo, analizar el estudio de radiofísica , su control de calidad (colimador, cabina de protección o biombo plomado) , la licencia de funcionamiento del equipo, los certificados de idoneidad de los trabajadores y la existencia de la dosimetría; realizado por un radiofísica calificado y avalado para la prestación de dicho servicio, quien debe informar al prestador de servicio de salud las anormalidades y las medidas de control que se deben implementar para garantizar que se este brindando un servicio que cumpla con todas las normas de seguridad exigidas. Igualmente debe informar a la administradora de riesgos profesionales a la cual se encuentra afiliado el Prestador de Servicios de Salud los riesgos y las anomalía existentes como la vigilancia requerida para el sistema.
▪ Unidades Portátiles Sin Cuarto: Es indispensable evaluar la carga de trabajo, cable obturador largo, biombo, revisar la existencia del certificado y mantenimiento del equipo, analizar el estudio de radiofísica , su control de calidad (colimador, delantal plomado) , la licencia de funcionamiento del equipo, los certificados de idoneidad de los trabajadores y la existencia de la dosimetría; realizado por un radiofísica calificado y avalado para la prestación de dicho servicio, quien debe informar al prestador de servicio de salud las anormalidades y las medidas de control que se deben implementar para garantizar que se este brindando un servicio que cumpla con todas las normas de seguridad exigidas. Igualmente debe informar a la administradora de riesgos profesionales a la cual se encuentra afiliado el Prestador se Servicios de Salud, los riesgos y las anomalía existentes como la vigilancia requerida para el sistema.
▪ Unidad De Mamografía: Es indispensable evaluar la carga de trabajo, biombo plomado, filtración especial, revisar la existencia del certificado y hoja de vida del mantenimiento del equipo, realizar el estudio de radiofísica , su control de calidad , la licencia de funcionamiento del equipo, los certificados de idoneidad de los trabajadores y la existencia de la dosimetría; realizado por un radiofísica calificado y avalado para la prestación de dicho servicio, quien debe informar al prestador de servicio de salud las anormalidades y las medidas de control que se deben implementar para garantizar que se este brindando un servicio que cumpla con todas las normas de seguridad exigidas. Igualmente debe informar a la administradora de riesgos profesionales a la cual se encuentra afiliado el Prestador de Servicios de Salud los riesgos y las anomalía existentes como la vigilancia requerida para el sistema.
▪ Densitometria: Es indispensable evaluar la carga de trabajo, situación de la mesa de control, filtración, revisar la existencia del certificado y mantenimiento del equipo, realizar el estudio de radiofísica , su control de calidad, la licencia de funcionamiento del equipo, los certificados de idoneidad de los trabajadores; realizado por un radiofísica calificado y avalado para la prestación de dicho servicio, quien debe informar al prestador de servicio de salud las anormalidades y las medidas de control que se deben implementar para garantizar que se este brindando un servicio que cumpla con todas las normas de seguridad exigidas. Igualmente debe informar ala administradora de riesgos profesionales a la cual se encuentra afiliado el Prestador de Servicios de Salud, los riesgos y las anomalía existentes como la vigilancia requerida para el sistema.
▪ Odontología Periapical Con Cuarto: Es indispensable evaluar la carga de trabajo, situación del obturador, , cono, colimación, revisar la existencia del certificado y mantenimiento del equipo, realizar el estudio de radiofísica , la licencia de funcionamiento del equipo, los certificados de idoneidad de los trabajadores; realizado por un radiofísica calificado y avalado para la prestación de dicho servicio, quien debe informar al prestador de servicio de salud las anormalidades y las medidas de control que se deben implementar para garantizar que se este brindando un servicio que cumpla con todas las normas de seguridad exigidas. Igualmente debe informar a la administradora de riesgos
profesionales a la cual se encuentra afiliado el Prestador de Servicios de Salud, los riesgos y las anomalía existentes como la vigilancia requerida para el sistema.
▪ Odontología Periapical Sin Cuarto: Es indispensable evaluar la carga de trabajo, situación del obturador, biombo, mamparas, cono, colimación, revisar la existencia del certificado y del mantenimiento del equipo, realizar el estudio de radiofísica , la licencia de funcionamiento del equipo, los certificados de idoneidad de los trabajadores, existencia de dosímetro; realizado por un radiofísica calificado y avalado para la prestación de dicho servicio, quien debe informar al prestador de servicio de salud las anormalidades y las medidas de control que se deben implementar para garantizar que se este brindando un servicio que cumpla con todas las normas de seguridad exigidas. Igualmente debe informar a la administradora de riesgos profesionales a la cual se encuentra afiliado el Prestador de Servicios de Salud, los riesgos y las anomalía existentes como la vigilancia requerida para el sistema.
▪ Pánorex: Es indispensable evaluar la carga de trabajo, situación de la consola de mando, colimación, revisar la existencia del certificado y mantenimiento del equipo, realizar el estudio de radiofísica , la licencia de funcionamiento del equipo, los certificados de idoneidad de los trabajadores; realizado por un radiofísica calificado y avalado para la prestación de dicho servicio, quien debe informar al prestador de servicio de salud las anormalidades y las medidas de control que se deben implementar para garantizar que se este brindando un servicio que cumpla con todas las normas de seguridad exigidas. Igualmente debe informar a la administradora de riesgos profesionales a la cual se encuentra afiliado el Prestador de Servicios de Salud, los riesgos y las anomalía existentes como la vigilancia requerida para el sistema.
Con respecto al Material radiactivo. (Medicina Nuclear):
Es indispensable evaluar y revisar la licencia del Ministerio de Salud y la licencia de INGEOMINAS, contenedor, generadores, equipo de monitoreo, la existencia de encapsulamiento del material, los medios de preparación del material y la campana con extractor, realizar el estudio de radiofísica , la licencia de funcionamiento del equipo, los certificados de idoneidad de los trabajadores la situación de los desechos en Decaimiento como su recolección con Decaimiento; realizado por un
radiofísica calificado y avalado para la prestación de dicho servicio, quien debe informar al prestador de servicio de salud las anormalidades y las medidas de control que se deben implementar para garantizar que se este brindando un servicio que cumpla con todas las normas de seguridad exigidas. Igualmente debe informar a la administradora de riesgos profesionales a la cual se encuentra afiliado el Prestador de Servicios de Salud, los riesgos y las anomalía existentes como la vigilancia requerida para el sistema.
En segundo lugar se debe tener presente el medio en el cual se encuentre la fuente del factor de riesgo:
a) En general para y según el tipo de instalación se debe tener presente:
▪ Tac: Es indispensable evaluar el medio o espacio físico donde se presta el servicio, los blindajes existentes, la protección existente para el técnico.
▪ Convencional con fluoroscopia El Cual Incluye Angiografía, Hemodinamia, Litotripcias Y Otros Estudios Especiales: Es indispensable evaluar el medio o espacio físico donde se presta el servicio, los blindajes existentes, la protección para el técnico, protección para el profesional especializado del servicio, cabina plomada y las pantallas con circuito cerrado.
▪ Unidad Convencional Fija: Es indispensable evaluar el medio o espacio físico donde se presta el servicio, los blindajes existentes, la protección para el técnico y la existencia de la cabina o biombo.
▪ Unidades Móviles En Cuarto: Es indispensable evaluar el medio o espacio físico donde se presta el servicio, los blindajes existentes, la protección para el técnico.
▪ Unidades Portátiles Sin Cuarto: Es indispensable evaluar el medio o espacio físico donde se presta el servicio, la protección para el técnico, el colimador y cable largo del obturador.
▪ Unidad De Mamografía: Es indispensable evaluar el medio o espacio físico donde se presta el servicio, la protección para el técnico como la existencia de biombo plomado.
▪ Densitometria: Es indispensable evaluar el medio o espacio físico donde se encuentra el servicio, la protección para el técnico y la filtración.
▪ Odontología Periapical Con Cuarto:. Es indispensable evaluar el medio o espacio físico donde se encuentra el servicio, los blindajes existentes, la protección para el operario (cono, filtración y colimación).
▪ Odontología Periapical Sin Cuarto: Es indispensable evaluar el medio o espacio físico donde se encuentra el servicio, los blindajes existentes, la protección para el técnico ( Cono, filtración, colimación y delantal plomado para el paciente).
▪ Panorex: Es indispensable evaluar el medio o espacio físico donde se encuentra el servicio, los blindajes existentes y la protección para el operario.
b) Para Material Radiactivo.
▪ Es indispensable evaluar el medio o espacio físico donde se presta el servicio
▪ Cuarto caliente
▪ Contenedor y blindajes
▪ Manejo de los Desechos
▪ Equipos para monitoreo diario.
En tercer lugar se debe tener presente el individuo en el cual se encuentre ocupacionalmente expuesto al factor de riesgo:
Se debe prestar los servicios necesarios de vigilancia y atención de salud.
Debe existir un profesional responsable del servicio que se preste bien sea de uso médico o de uso odontológico, de acuerdo a los requisitos de formación requeridos.
Facilitar los elementos de protección adecuados y la adopción de medidas para su uso correcto, prever los recursos humanos idóneos y suficientes más una capacitación adecuada en materia de protección y seguridad, así como las
actividades periódicas de readiestramiento: ropa protectora, equipo protector respiratorio de cuyas características de protección se informe a los usuarios, delantales y guantes protectores y blindajes de protección de órganos, garantizar que los trabajadores reciban instrucción adecuada en el empleo correcto de los equipos.
Mantener registros adecuados, conforme a las indicaciones de las normas, protocolos y reglamentaciones.
Adoptar disposiciones para facilitar la consulta y cooperación con los trabajadores en cuestiones de protección y seguridad, y disponer de las condiciones necesarias para proveer una cultura de la seguridad.
Como requisito previo para el ingreso de un trabajador, debe obtener de los empleadores anteriores, incluidos los individuos empleados por cuenta propia, el historial de exposición ocupacional anterior de esos trabajadores y demás información necesaria para ofrecerles protección y seguridad.
En los exámenes de retiro se debe adjuntar el nivel de exposición que recibió el trabajador durante su permanencia en el cargo.
Con respecto a los exámenes médicos y su periodicidad el empleador es indispensable tener presente la clasificación dada a los trabajadores en el sistema de vigilancia epidemiológica:
▪ Para los trabajadores clasificados en riesgo Bajo, se realizará exámenes médicos ocupacionales y los de laboratorio requeridos por el médico tratante anualmente dentro de los parámetros de salud ocupacional establecidos para todos los trabajadores de la institución.
▪ Para los trabajadores clasificados en riesgo Alto , se realizarán mínimo cada 6 meses
▪ Para los trabajadores clasificados en riesgo Medio esta periodicidad será decidida por el médico tratante anual o semestralmente.
El empleador deberá adoptar las medidas administrativas necesarias para que los trabajadores sean informados de que la protección y seguridad son elementos integrantes del programa general de salud ocupacional en los que les corresponde ciertas obligaciones y responsabilidades para su propia protección.
Con respecto a las compensaciones especiales, las condiciones de servicio de los trabajadores deberán ser independientes de la existencia o la posibilidad de exposición ocupacional. No se deberán conceder ni utilizar, como sustituto de la adopción de medidas de protección y seguridad adecuadas para garantizar el cumplimiento de las normas y reglamentaciones, compensaciones especiales o un tratamiento de preferencia en lo que respecta al sueldo o protección especial por un seguro, horas de trabajo, duración de las vacaciones, días libres suplementarios o prestaciones de jubilación7
Con respecto a las trabajadoras embarazadas e inmediatamente ésta identifique su estado, y lo notifique al empleador, éste deberá modificar sus condiciones de trabajo si es necesario. Esta notificación no se debe considerar una razón para separar a la interesada del trabajo, pero el empleador de una trabajadora que haya notificado su embarazo deberá adoptar las condiciones de trabajo, en lo que atañe a la exposición ocupacional, de modo que se proporcione al embrión o al feto el mismo nivel general de protección que se brinda al público7
El empleador deberá tener presente el siguiente perfil ocupacional de los trabajadores para su contratación:
▪ Edad no inferior a 18 años
▪ Los Auxiliares de Radiodiagnóstico en Odontología deberán ser bachilleres y tener curso de Auxiliares no inferior a un año .
▪ Para personal Auxiliar en el Servicio de Radiodiagnóstico deberá ser Bachiller y Tecnólogo Graduado
▪ Para personal Auxiliar en el Servicio de Medicina Nuclear deberán ser Auxiliares de enfermería o enfermera Jefes.
▪ Para Auxiliares del Servicio de Radioterapia, deberá ser Tecnólogo Especializado en Radioterapia.
El empleador no deberá permitir que ninguna persona menor de 18 años trabaje con este riesgo a no ser que lo haga bajo supervisión y exclusivamente con fines de capacitación.
Los empleadores deben hacer todo el esfuerzo razonable para dar a los trabajadores un empleo sustitutivo adecuado cuando se determine, por parte de la
autoridad competente que el trabajador no puede continuar por razones de salud en un oficio que implique exposición ocupacional.7
ACCIONES A DESARROLLAR POR LOS EMPLEADORES DE ACUERDO A LA CLASIFICACION OPERATIVA DEL S.V.E.:
Para los trabajadores clasificados en riesgo bajo.
▪ Mantener vigentes los sistemas de seguridad y su aplicación para seguir controlando el riesgo a este nivel.
▪ Se seguirán todos los requerimientos establecidos en los programas de salud ocupacional para la vigilancia del riesgo.
Para los trabajadores clasificados en riesgo medio.
▪ Para aquellos trabajadores que el acumulado del periodo establecido por el sistema de vigilancia para la dosimetría esta cercano a los límites de dosis recomendados:
▪ Comprobar el registro o dosis del dosímetros individual con dosis ambiente
▪ Verificar el uso correcto del dosímetros
▪ Solicitar verificación de la dosis reportada a través de una segunda lectura
▪ Verificar cumplimento de normas y procedimientos
▪ Trabaja u opera equipos xx Xxxxx x
▪ Determinar condiciones de seguridad del equipo( filtración, colimación, longitud adecuada del cable, disponibilidad del delantal plomado)
▪ Determinar la aplicación de técnicas inadecuadas (kilovoltaje, miliamperaje y tiempo de exposición)
▪ Seleccionar y capacitar al personal técnico
▪ Instalar indicadores de presencia y ausencia del haz de radiación
▪ Verificar la indicación luminosa del haz de radiación
▪ Verificar el cumplimiento de normas y procedimientos
▪ Priorización del riesgo en el Panorama de Riesgos para intervención a mediano plazo
▪ Mediante verificación de dosis y procedimientos
▪ Rediseñando la instalación
▪ Cambio de tecnología
▪ Grado de riesgo del trabajador entre 0.5 y 0.99
▪ Se deberá verificar los mismos aspectos de la priorización media en el panorama de riesgos
▪ Criterio de antecedentes y hallazgos clínicos
▪ En caso de presentarse hallazgos clínicos asociados con otro factor de riesgo se procederá a valorar clínicamente al trabajador bajo criterio del médico especializado.
Para los trabajadores clasificados en riesgo alto.
▪ Para aquellos trabajadores que el acumulado del periodo establecido por el sistema de vigilancia para la dosimetría esta por encima de los límites de dosis recomendados:
▪ Comprobar el registro o dosis del dosímetros individual con dosis ambiente
▪ Verificar el uso correcto del dosímetros
▪ Solicitar verificación de la dosis reportada a través de una segunda lectura
▪ Verificar cumplimento de normas y procedimientos
▪ Iniciar de inmediato una investigación para determinar causas y procedimientos a seguir con el fin de prevenir dosis futuras
▪ Trabaja u opera equipos del servicio de radioterapia y Braquiterapia
▪ Evitar la carga en forma manual de material radiactivo
▪ No utilizar fuentes de Radio-226 (Ra-226)Verificar el buen estado de los aplicadores
▪ Disponer de todos los instrumentos de aplicación de las fuentes
▪ Estricto control de inventario de las fuentes
▪ Toda fuente debe estar debidamente certificada
▪ Verificar la hermeticidad de las fuentes cada seis (6) meses, mediante chequeos periódicos de contaminación y pruebas de fuga en elementos accesorios.
▪ Toda fuente debe estar debidamente identificada mediante etiquetas y colores con el fin de garantizar su control físico y evitar confusiones
▪ Establecer procedimientos específicos que incluyan el diseño y ubicación de las fuentes
▪ Priorización del riesgo en el Panorama de Riesgos para intervención inmediata
▪ Verificar la operativización del COPASO
▪ Identificar si las prioridades son del equipo, el medio o el trabajador
▪ Establecer un cronograma de actividades inmediatas mediante verificación de dosis y procedimientos, rediseñando la instalación, cambio de tecnología y control adecuado del tiempo de exposición
▪ Trabaja en procedimientos médicos especiales y de medicina nuclear
▪ Utilización de equipos de alta tecnología
▪ Elaboración de manuales específicos para cada uno de los procedimientos especiales
▪ Elaboración de normas para la preparación y evaluación de dosis por estudio o tratamiento en medicina nuclear
▪ Elaborar procedimientos prescritos para detectar contaminación o pérdida de la integridad del paquete o bulto y como proceder en cada caso
▪ Dotar al departamento de medicina nuclear de ropa de trabajo, utensilios y equipo adecuado para la protección radiológica.
▪ Monitorear individualmente mediante el uso de dosímetros personales y de anillo para las manos para medición de la exposición externa.
▪ Limitar la cantidad de sustancias radiactivas en la sala de tratamiento a la cantidad que se vaya a suministrar al paciente.
▪ Tratar las excreciones de los pacientes tratados pro vía interna como desechos .
▪ Tener en cuenta que en la manipulación xx xxxxxxx abiertas existe riesgo de exposición y contaminación externa y de incorporación de sustancias radiactivas al organismo. Es importante el uso de toallas absorbentes , todos los elementos necesarios recomendados para la manipulación xx xxxxxxx abiertas
▪ Las precauciones ha tener en cuenta para la manipulación xx xxxxxxx abiertas depende de la actividad y tipo de sustancia radiactiva y de la naturaleza de la operación a realizar.
▪ La organización de las operaciones debe ser tal que limite la dispersión de sustancias radiactivas por desplazamiento de personas y por traslado de sustancias que no sean necesarias.
▪ Con respecto a la manipulación del material debe hacerse sobre bandejas y recipientes no porosos con papel absorbentes.
▪ Grado de riesgo alto mayor o igual a 1
▪ El trabajador debe reubicarse temporalmente mientras se realiza la investigación
▪ Realizar seguimiento médico y practicar exámenes ocupacionales complementarios de acuerdo al criterio médico
▪ Se establecerá una investigación inmediata en la fuente y en el medio, posteriormente se analizará el cumplimiento de las normas y procedimientos por parte del trabajador.
▪ No existen todas las medidas y controles necesarios para el riesgo ni las normas y procedimientos requeridos
▪ El análisis dosimétrico determinará las siguientes actividades: revisión y actualización del panorama de riesgo para radiaciones ionizantes, de acuerdo a la severidad de las condiciones se dictarán medidas a corto y mediano plazo.
▪ Realizar estudio de la eficiencia de los métodos de control existentes.
▪ Se deben documentar las normas y procedimientos.
▪ Criterio de antecedentes y hallazgos clínicos
▪ En caso de presentarse hallazgos clínicos asociados con otro factor de riesgo se procederá a valorar clínicamente al trabajador bajo criterio del médico especializado.
▪ Para la manipulación de los desechos de las fuentes, es un requisito el uso de ropa protectora y guantes. Para reducir las dosis en las manos se debe contar con pinzas de distanciamiento y blindaje para las jeringas. En el área de dosificación en el suministro y en el área de estudio donde se aplican dosis a los pacientes deben existir recipientes separados y marcados para la recolección de los desechos sólidos (algodones, jeringas, papeles absorbentes,
guantes y otros) la recolección de los desechos mixtos (ampollas y viales de suministro con restos de soluciones) y para las agujas contaminas. Estos últimos deben ser recipientes rígidos que eviten heridas al personal durante su manipulación. Los recipientes de recolección de los desechos deben distinguirse de los de recolección normal de desechos.
La periodicidad de las mediciones ambientales será independiente de la clasificación de los trabajadores en Bajo, Medio o Alto.
▪ En áreas o servicios donde se manipulen fuentes abiertas se realizará un monitoraje diario.
▪ En áreas o servicios de Radiodiagnóstico y de radioterapia, teniendo presente la carga de trabajo se realizará un monitoraje por lo menos una vez cada dos años.
▪ La frecuencia del monitoreo depende de la naturaleza cantidad y uso de las fuentes, así como de las medidas de protección, el equipamiento y los procedimientos disponibles. Generalmente se realiza antes de empezar un nuevo procedimiento al incluir una nueva fuente o variar la actividad de las existentes y periódicamente para el control de rutina. Se debe tener especial atención en realizar anualmente la calibración de los equipos de monitoreo5
▪ En áreas o servicios de radiodiagnóstico y en servicios de Radioterapia y teniendo presente la carga de trabajo se realizará un monitoreaje por lo menos una vez cada dos años.
8.3. Administradoras de Riesgos Profesionales
La Administradora de riesgos profesionales debe desarrollar todas las actividades de asistencia que le permitan al cumplir con la prevención de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo.
8.4. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
• Dar orientaciones a las universidades y centros de formación para que en los programas de adiestramiento y de educación continuada que se brindan a los médicos, físicos, ingenieros, técnicos y demás, se tengan en cuenta las
recomendaciones obtenidas de los hallazgos de la vigilancia (medidas de protección radiológica).
• Dar recomendaciones a las sociedades científicas y de profesionales con relación al diseño de protocolos clínicos, evaluación de equipos y criterios de garantía de calidad.
• Brindar asistencia técnica de expertos extranjeros en radiomedicina, protección y seguridad radiológica, en caso de ser requerida.
• Dar recomendaciones o establecer medidas específicas en empresas de fabricación y de servicio de expertos sobre la provisión de equipos y servicios de buena calidad.
FLUJOGRAMA DE LA ACCION
Sistema de Información y Registro
RETROALIMENTACIÓN DEL SVR
Implementación de las acciones de acuerdo a la clasificación de los trabajadores
Clasificación de los trabajadores en el SVE
INICIO del SVE
Información de entrada
Análisis de la información
9. Diagnóstico de Salud
10. Diagnóstico de condiciones físicas
11. Registros Dosimétircos
6. Trabajadores de Riesgo Bajo
7. Trabajadores de Riesgo Medio
8. Trabajadores de Riesgo Alto
ACTUALIZACION DEL SISTEMA
1. Decisiones de nuevas medidas
2. Nueva clasificación de los trabajadores en el sistema de vigilancia
1. Registro de Inspecciones
2. Registro de Dosimetría individual
3. Registro de capacitación, inducción y reentrenamiento
4. Registro Clínico de los monitoreos biológicos
5. Registro estadístico de atención diaria
9. DIVULGACIÓN
El proceso de vigilancia siempre debe conducir a retroalimentar las acciones desarrolladas por las Administradoras de Riesgos Profesionales y los Prestadores de Servicios de Salud en el Sistema General de Riesgos Profesionales, a fin de mejorar la gestión de dicho programa.
Es necesario la divulgación del sistema de vigilancia a través de publicaciones y de una capacitación a las Administradoras de Riesgos Profesionales y éstas a los diferentes Prestadores de Servicios de Salud que estén afiliados al sistema, para comprobar la eficiencia y eficacia del sistema de vigilancia que se presenta, de esta manera se podrán hacer todos los correctivos y mejoras a los cuales esta sujeta la propuesta que se presenta.
10. RECURSOS
Prestadores de Servicios de Salud:
El gerente o representante legal de la prestadora de servicios de salud asignará el presupuesto para contratar el recurso humano quien(es) será (n) el (los) responsable (s) de dirigir el sistema de vigilancia epidemiológica para radiaciones ionizantes, dotándolo de la tecnología apropiada.
Administradora de Riesgos Profesionales:
El área técnica de la Administradora de Riesgos Profesionales con su recurso humano, prestará la asistencia y/o servicios para el montaje y/o implementación del sistema de vigilancia epidemiológica de radiaciones ionizantes.
Entidad Promotora de Salud :
La empresa promotora de salud desarrollará la gestión de salud ocupacional para el diagnóstico de las enfermedades ocupacionales por la exposición a radiaciones ionizantes.
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social:
Con el recurso humano de la Dirección de Salud ocupacional y Riesgos Profesionales, participará en la evaluación de los proyectos sobre la población trabajadora expuesta a radiaciones ionizantes, analizará la información periódica suministrada por las Administradoras de Riesgos Profesionales, desarrollo de políticas en la implementación del Sistema de Vigilancia Epidemiológica.
10. DOCUMENTO TECNICO
ESTRUCTURA ATOMICA Y RADIACTIVIDAD
INTRODUCCIÓN AL CONCEPTO DE RADIACTIVIDAD
La radiactividad es un fenómeno universal, las rocas lunares son radiactivas, el espacio terrestre y extraterrestre es cruzado continuamente por rayos de índole y orígenes muy diversos, el aire contiene carbono 14 que es radiactivo, muchas rocas, entre ellas el granito tan abundante en la corteza terrestre, por tonelada contiene 20 grs. de uranio y xxxxx y 10 grs. de otros radioelementos. El hombre, los animales y las plantas al vivir y tener su origen de los mismos elementos que conforman la naturaleza están dotados de radiactividad. Entonces, siempre hemos vivido en un mundo natural de exposición constante a una radiación de baja intensidad conocida como "Radiación de Fondo" que proviene de las fuentes antes mencionadas (cósmicas y terrestres).
Sin embargo, en la actualidad la radiación de fondo es sólo una pequeña fracción de la exposición a que se encuentra sujeto el hombre; ya que, los equipos xx xxxxx X, reactores nucleares, aceleradores de partículas, radioisótopos naturales y artificiales encuentran mayores aplicaciones en la medicina, industria, comercio y en todas las ramas de la investigación, convirtiéndose en herramientas indispensables para la vida moderna, incrementando cada vez más la exposición de la población a las radiaciones ionizantes.
Para entrar en materia, comencemos con un breve recuento de la secuencia de acontecimientos históricos que formaron los cimientos para el desarrollo de un
notable núcleo de conocimientos relativos a la estructura del átomo y con el fin de facilitar la comprensión de los fenómenos que se presentan como consecuencia de los procesos de desintegración nuclear, revisaremos conceptos tales como: la estructura, nomenclatura y dimensiones atómicas, relación masa-energía y unidades, defecto de masa, estabilidad nuclear y su relación con la tabla de núclidos, radiactividad natural, modos de desintegración radiactiva, series radiactivas, actividad y período de semidesintegración, transformaciones radiactivas sucesivas, radiactividad artificial, partículas subatómicas y algo sobre las radiaciones ionizantes.
1. El átomo
1.1. Estructura del átomo
El átomo es la porción más pequeña de un elemento que puede participar en una reacción química. Es tan minúsculo (su diámetro es del orden de 10-8 cm), que un átomo-gramo de cualquier sustancia (por ejemplo, 1 gramo de hidrógeno o 12 g de carbono) contiene 6.02 x 1023 átomos de elemento. Cada átomo tiene un pequeño núcleo central con carga eléctrica positiva (diámetro, 10-12 cm aproximadamente) en el que esta concentrada la mayor parte de su masa, aunque el volumen del núcleo sólo supone una pequeña fracción del volumen del átomo. El núcleo, a su vez, está formado por partículas cargadas positivamente llamadas protones y partículas sin carga llamadas neutrones. Las partículas contenidas en el núcleo reciben también el nombre de nucleones. La carga positiva del núcleo se debe a la presencia de protones en el mismo. Alrededor del núcleo giran partículas cargadas negativamente, llamadas electrones, en órbitas o capas bien definidas, a diferentes distancias radiales del núcleo ( véase la figura 1.1). El átomo más sencillo es el de hidrógeno, que consta de un protón como núcleo, y un electrón orbital. El átomo de helio tiene en su núcleo 2 protones y 2 neutrones y 2 electrones orbitales. Análogamente, el 238U tiene 92 protones y 146 neutrones en el núcleo, y 92 electrones orbitales.
El protón es 1837 veces más pesado que el electrón y la masa del neutrón es ligeramente mayor que la del protón. La carga de un electrón es 4,8x10-10 unidades electrostáticas ( uee ) y es la carga más pequeña conocida. El protón tiene una carga igual a la del electrón, pero de signo contrario.
NUBE DE ELECTRONES
Núcleo Atómico ( A )
NUCLEONES
PROTONES
( + )
ELECTRONES ORBITANDO ALREDEDOR DEL NUCLEO
NEUTRONES
( N )
SISTEMA SOLAR
FIG 1. Representación esquemática de un átomo con su núcleo
1.1.2. Número atómico y número másico
El átomo en conjunto es eléctricamente neutro, puesto que, el número de protones es igual al número de electrones orbitales. Así que, el número total de protones del núcleo o el número de electrones orbitales caracteriza a cada elemento y se conoce como " número atómico", que se designa por símbolo Z. La suma del número de protones Z y del número de neutrones N, se llama número másico se designa éste por el símbolo A y constituye un índice de la masa del átomo. Por lo tanto, el número de neutrones (N) que haya en el núcleo viene dado por N = A - Z. Se denomina núclido a una especie atómica con un número característico de protones y de neutrones.
1.1.3. Isótopos
El número atómico Z caracteriza al elemento. Los núclidos que tienen el mismo Z, pero diferente número másico A, reciben el nombre de isótopos del elemento de número atómico Z. Los isótopos del mismo elemento tiene propiedades químicas iguales, pero, generalmente, sus propiedades nucleares son muy distintas. El núclido de un elemento X de número atómico Z y número másico A se representa con su respectivo ejemplo por: