ACUERDO DEL MÓDULO DE INTEGRACIÓN
ACUERDO DEL MÓDULO DE INTEGRACIÓN
EL PRESENTE ES EL ACUERDO QUE REGULA EL MÓDULO DE INTEGRACIÓN (en lo
sucesivo, el “Acuerdo”) y que deciden celebrar, de una parte, Cardiac Pacemakers, Inc. y Guidant Sales Corporation, con sede central en 0000 Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Xx. Xxxx, Xxxxxxxxx 00000 (en lo sucesivo y en conjunto, “Boston Scientific”) y, de otra, el usuario del presente software de integración
LATITUDE NXT (en lo sucesivo, el “Cliente”).
AL HACER CLIC EN EL BOTÓN “SÍ”, EL USUARIO CONFIRMA, EN NOMBRE DE SU ORGANIZACIÓN, HABER LEÍDO Y COMPRENDIDO LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL PRESENTE ACUERDO, Y CONVIENE QUEDAR VINCULADO POR EL CONTENIDO DE ESTOS. SI NO ACEPTA CUALQUIERA DE LOS TÉRMINOS DE ESTE ACUERDO: (1) BOSTON SCIENTIFIC NO PROCEDERÁ A CONCEDERLE LA LICENCIA DEL MÓDULO (O MÓDULOS) DE INTEGRACIÓN DE LATITUDE NXT Y, EN CONSECUENCIA, USTED NO DEBERÁ HACER USO DEL SOFTWARE DE INTEGRACIÓN LATITUDE NXT; Y (2) USTED DEBE HACER CLIC EN EL BOTÓN “NO”.
1. Sistema LATITUDE NXT
1.1 Sitio web de LATITUDE NXT. BOSTON SCIENTIFIC proporciona un sistema de gestión de datos de dispositivos basado en Internet (en lo sucesivo, el “Sitio web de LATITUDE NXT”) como parte de un sistema de dispositivos integrado para uso con sus dispositivos cardiacos implantables. El Cliente, en un acuerdo aparte celebrado con Boston Scientific (en lo sucesivo, el “Acuerdo de licencia de LATITUDE NXT”) ha obtenido la licencia para acceder y utilizar el Sitio web de LATITUDE NXT con fines de efectuar la interrogación remota del dispositivo y de gestionar los datos de este, incluida información de clientes y/o pacientes (en lo sucesivo, los “Datos del dispositivo”).
1.2 Módulo de integración LATITUDE NXT. Boston Scientific ha desarrollado un módulo de integración para el Sitio web de LATITUDE NXT (en lo sucesivo, el “Módulo de integración LATITUDE NXT”) para permitir la descarga de los Datos del dispositivo alojados en el Sitio web de LATITUDE NXT en sistemas de historiales médicos electrónicos y/o sistemas de información clínica (en lo sucesivo y en conjunto, el “Sistema EMR/CIS”). El Módulo de integración LATITUDE NXT es un módulo de integración de software opcional para los usuarios del Sitio web de LATITUDE NXT. El conjunto de datos disponible para su migración del Sitio web de LATITUDE NXT a un Sistema EMR/CIS a través del Módulo de Integración LATITUDE NXT depende del tipo de mensaje que seleccione el usuario. El conjunto de datos puede incluir información demográfica básica de pacientes, ajustes de terapia del dispositivo (por ejemplo, ajustes de estimulación del ritmo cardiaco o ajustes de desfibrilación), contadores de acontecimientos y diagnóstico del funcionamiento del dispositivo (por ejemplo, impedancia del cable, umbrales de sensores y umbrales de estimulación del ritmo cardiaco; lo que en lo sucesivo y en conjunto denominaremos el “Conjunto de datos estándar”). La migración de otro tipo de datos más allá de los que se incluyen en el Conjunto de datos estándar debe regularse mediante un acuerdo aparte.
1.3 Seguridad de LATITUDE NXT. La migración del Conjuntos de datos estándar del Sitio web de LATITUDE NXT al Sistema EMR/CIS ubicado en las instalaciones del Cliente se efectuará haciendo uso de una serie de procesos y protecciones de seguridad. El Cliente conviene mantener todas las contraseñas y certificados de seguridad que le haya entregado Boston Scientific (en lo sucesivo y en conjunto, los “Documentos de seguridad”) en condiciones de estricta confidencialidad, y solo revelar el contenido de dichos documentos a aquellos de sus empleados o agentes que indefectiblemente deban conocerlos para que el Cliente pueda hacer uso de las ventajas del Módulo de integración LATITUDE NXT.
1.4 Asistencia de LATITUDE NXT. Boston Scientific se encargará de proporcionar al Cliente manuales de usuario y servicios de asistencia técnica para el Módulo de integración LATITUDE NXT durante el horario normal de apertura de sus oficinas de Minnesota (en lo sucesivo, la “Asistencia del Módulo de integración LATITUDE NXT”). Boston Scientific se reserva el derecho a modificar la Asistencia del Módulo de integración LATITUDE NXT ocasionalmente y a su entera discreción previa notificación con una antelación razonable. Por su parte, el Cliente se compromete a colaborar con Boston Scientific a la hora de recibir Asistencia del Módulo de integración LATITUDE NXT, lo que podría incluir proporcionar a Boston Scientific acceso a la información, instalaciones, servicios y accesorios que Boston Scientific pudiera necesitar (en la medida de lo razonable) para ofrecer los servicios de asistencia. El Cliente será asimismo responsable del mantenimiento de su Sistema EMR/CIS y de cualquier otro
hardware, software o servicios de Internet necesarios para el correcto funcionamiento del Módulo de integración LATITUDE NXT.
2. Licencia del Módulo de integración LATITUDE NXT
2.1 Concesión de licencia. Por el presente, Boston Scientific concede al Cliente una licencia no exclusiva, intransferible y no sublicenciable para utilizar internamente el Módulo de integración LATITUDE NXT, así como la documentación y manuales de usuario adjuntos aplicables (en lo sucesivo, la “Documentación”), con el único fin de descargar Conjuntos de datos estándar del Sitio web de LATITUDE NXT al Sistema EMR/CIS ubicado en las instalaciones del Cliente.
2.2 Restricciones de la licencia. Queda prohibido cualquier uso del Módulo de integración LATITUDE NXT que no se autorice de manera explícita en el presente Acuerdo. Salvo si el presente Acuerdo lo autorizase explícitamente, el Cliente no deberá incurrir (ni permitir o autorizar a terceros para que así lo hagan) en las siguientes prácticas: (i) permitir el uso o el acceso al Módulo de integración LATITUDE NXT ni conceder sublicencias, transferir o ceder sus derechos de uso del Módulo de integración LATITUDE NXT, ya sea en su totalidad o en parte, a ningún tercero; (ii) alterar, mejorar o modificar de cualquier otro modo el Módulo de integración LATITUDE NXT; (iii) desmontar, descompilar, someter a ingeniería inversa o intentar obtener de cualquier otro modo el código fuente del Módulo de integración LATITUDE NXT; (iv) eliminar o destruir las marcas de propiedad intelectual, leyendas sobre información confidencial o leyendas y marcas de copyright, marcas comerciales, nombres comerciales, nombres de marca u otros avisos de propiedad intelectual que vengan colocados o contenidos en el Módulo de integración LATITUDE NXT.
3. Plazo de vigencia y finalización
3.1 Este Acuerdo comenzará en la fecha en que el Cliente haga clic en el botón “Sí” (en lo sucesivo, la “Fecha de entrada en vigor”) y se prolongará durante un periodo de dos (2) años (en lo sucesivo, el “Plazo inicial”). El Acuerdo se renovará automáticamente por periodos adicionales de un (1) año (cada uno de los cuales se denominará “Plazo de renovación”), salvo que una de las partes comunique a la otra por escrito, y con al menos sesenta (60) días de antelación respecto de la finalización del plazo en curso, su intención de no renovar, o salvo que el Acuerdo se hubiese extinguido por alguna de las causas estipuladas en el presente. El “Plazo de vigencia” del Acuerdo será la suma del Plazo inicial y de todos los Plazos de renovación.
3.2 Cualquiera de las partes podrá dar inmediatamente por finalizado el presente Acuerdo previa notificación por escrito a la otra parte en el caso de que esta última incurriese en un incumplimiento sustancial del presente, considerándose dicha notificación efectiva: (a) inmediatamente, si el incumplimiento en cuestión no pudiera subsanarse con cuarenta y cinco (45) días de antelación; o (b) a los cuarenta y cinco (45) días de recibirse la notificación, si el incumplimiento pudiera subsanarse pero la otra parte no hubiese logrado subsanarlo a la satisfacción razonable de la parte contraria dentro del mencionado periodo de cuarenta y cinco (45) días. Cualquiera de las partes podrá dar inmediatamente por finalizado el presente Acuerdo, previa notificación a la otra parte, si la otra parte infringiese las obligaciones contraídas en virtud del apartado 9 del presente o del Acuerdo de licencia de LATITUDE NXT. El presente Acuerdo se dará asimismo por finalizado inmediatamente en el momento en que se extinga o finalice el Acuerdo de licencia de LATITUDE NXT. En el momento de finalización o extinción de este Acuerdo, (a) cesarán todas las licencias concedidas en virtud del presente, y (b) el Cliente interrumpirá inmediatamente el uso del Módulo de integración LATITUDE NXT y procederá a la destrucción de toda la documentación. Los apartados 2.2 y del 4 al 9 permanecerán vigentes incluso tras la finalización o extinción del presente Acuerdo.
4. Propiedad. "Propiedad de Boston Scientific" hará referencia (a) al Módulo de integración LATITUDE NXT, incluidas las especificaciones, formatos, estructura y herramientas de diseño, así como al resto de documentación relacionada, ideas, métodos, metodologías (a excepción del estándar público HL7), y (b) a cualquier trabajo, mejora u otras modificaciones derivados de lo anterior. Boston Scientific será propietario exclusivo de la totalidad de los derechos de propiedad intelectual de la Propiedad de Boston Scientific, con sujeción solo a las licencias concedidas en virtud del presente Acuerdo, tal como se hayan acordado entre Boston Scientific y el Cliente. Boston Scientific podrá utilizar todas las sugerencias, opiniones, mejoras o propuestas similares que le haya aportado o transmitido de cualquier otro modo el Cliente en relación con el Módulo de integración LATITUDE NXT sin que esto entrañe ningún tipo de obligación de Boston Scientific para con el cliente. En la medida en que el Cliente ostente o pase a ostentar cualesquiera derechos de propiedad intelectual sobre el Módulo de integración LATITUDE NXT o sobre cualquier trabajo, mejora o modificación futuros derivados de la totalidad o de parte de este, el Cliente renuncia por el presente a dichos derechos, decidiendo cederlos y transferirlos de manera exclusiva a Boston Scientific, y conviene prestar a Boston Scientific su colaboración razonable para que dicha cesión sea efectiva, así como para proteger y velar por la aplicación y conservación de dichos derechos.
5. Confidencialidad. “Información confidencial” hará referencia (a) a cualquier información empresarial o técnica de carácter no público de Boston Scientific incluida, aunque sin carácter restrictivo, cualquier información relacionada con los productos, los servicios, los planes de productos, los precios de productos, los
planes de marketing, las oportunidades de negocio, el personal o los pacientes de Boston Scientific, o (b) a cualquier otra información de Boston Scientific que la empresa haya clasificado específicamente como confidencial o privada, y
(c) a los términos y condiciones del presente acuerdo, con la salvedad de que la definición de Información confidencial no incluirá la información (i) que sea o pase a ser de dominio público sin incurrirse en incumplimiento del presente Acuerdo atribuible al Cliente; (ii) que el Cliente pudiera demostrar que estaba en su posesión con anterioridad a recibirla por primera vez de Boston Scientific; (iii) que el Cliente pueda demostrar haber desarrollado él mismo de manera independiente y sin utilizar o consultar la Información confidencial de Boston Scientific; o (iv) que el Cliente hubiese recibido de un tercero sin que se aplicasen restricciones en cuanto a su revelación o sin haber incumplido obligación alguna en cuanto a su no revelación. El Cliente mantendrá la Información confidencial de Boston Scientific de manera estrictamente confidencial a menos que esta pueda enmarcarse en las excepciones (i) –
(iv) anteriormente mencionadas, y adoptará todas las medidas que, cuanto menos, se consideren razonables a la hora de manipular y proteger dicha Información confidencial. El Cliente utilizará la Información confidencial de la otra parte solo durante el Plazo de vigencia del Acuerdo y de las formas que se autoricen explícitamente en el presente, acordando revelar dicha Información confidencial solo a sus empleados y contratistas independientes y siempre en la medida que se considere razonablemente necesario para el ejercicio de los derechos y obligaciones contraídos en virtud del presente Acuerdo (y con sujeción solo a restricciones vinculantes sobre uso y revelación que proporcionen, como mínimo, una protección equivalente a la aquí estipulada y que hayan formulado por escrito dichos empleados o contratistas independientes). Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá revelar Información confidencial de Boston Scientific bajo orden o requerimiento válido de un juzgado o agencia gubernamental, y siempre que el Cliente así lo comunique con una antelación razonable a Boston Scientific, de manera que Boston Scientific pueda recurrir a dicha orden o requerimiento. Ninguna revelación de este tipo de Información confidencial de Boston Scientific en que incurra el Cliente modificará, afectará o disminuirá en modo alguno el carácter confidencial y privado de dicha Información confidencial. Por el presente, Boston Scientific designa la Propiedad y los Documentos de seguridad de Boston Scientific como Información confidencial de Boston Scientific.
6. Garantías y denegaciones de responsabilidad
6.1 Garantías del Cliente. El Cliente acepta y conviene utilizar los datos incluidos en el Conjunto de datos estándar que haya migrado del Sitio web de LATITUDE NXT a un Sistema EMR/CIS a través del Módulo de integración LATITUDE NXT únicamente con el fin de proporcionar servicios médicos y otros servicios de carácter sanitario a los pacientes a los que se refieren dichos datos. El Cliente se compromete a utilizar los datos en conformidad con las leyes pertinentes sobre protección de datos y derechos de los pacientes, así como con el resto xx xxxxx, normativas, códigos y ordenanzas que sean de aplicación. El Cliente conviene indemnizar y responder ante Boston Scientific por las pérdidas, responsabilidades, costes, reclamaciones o gastos derivados de cualquier incumplimiento de la presente garantía.
6.2 Garantías de Boston Scientific. Por su parte, Boston Scientific garantiza al Cliente que, durante un periodo de noventa (90) días a contar desde la entrega inicial del Módulo de integración LATITUDE NXT al Cliente, dicho módulo (habiendo sido debidamente instalado y utilizado en conformidad con la Documentación proporcionada al Cliente) ofrecerá el rendimiento material indicado en las especificaciones del Módulo de integración LATITUDE NXT, según se describe en la Documentación correspondiente. Como único remedio legal del Cliente y única obligación de Boston Scientific en caso de incumplimiento de la presente garantía, Boston Scientific conviene realizar todos los esfuerzos razonables que estén a su alcance para corregir, sin recargo alguno para el Cliente, cualquier error reproducible en el Módulo de integración LATITUDE NXT que constituya un incumplimiento de la garantía. SALVO EN CONCEPTO DE LAS GARANTÍAS ESTIPULADAS EN EL APARTADO 6.2 DEL PRESENTE, BOSTON SCIENTIFIC NO OFRECE NINGUNA OTRA GARANTÍA EN RELACIÓN CON EL OBJETO DE ESTE ACUERDO, INCLUIDA LA PRECISIÓN DE LOS DATOS DEL DISPOSITIVO O EL HECHO DE QUE EL MÓDULO DE INTEGRACIÓN LATITUDE NXT Y EL USO DE ESTE SEAN ININTERRUMPIDOS Y ESTÉN DESPROVISTOS DE ERRORES O VIRUS. EN LA MÁXIMA MEDIDA EN QUE LA LEGISLACIÓN VIGENTE ASÍ LO PERMITA, XXXXXX SCIENTIFIC DENIEGA EXPRESAMENTE TODA GARANTÍA IMPLÍCITA DE CUALQUIER TIPO EN RELACIÓN CON EL OBJETO DEL PRESENTE, INCLUIDAS, SIN CARÁCTER RESTRICTIVO, LAS GARANTÍAS DE NO INCUMPLIMIENTO, TITULARIDAD, IDONEIDAD PARA UN FIN ESPECÍFICO, FUNCIONALIDAD O COMERCIABILIDAD.
7. Limitación de responsabilidad. SALVO EN LOS CASOS DE INCUMPLIMIENTO PREVISTOS EN LOS APARTADOS 4 Y 5, NINGUNA DE LAS PARTES SERÁ EN NINGÚN CASO RESPONSABLE DE LOS DAÑOS INDIRECTOS, ESPECIALES, PUNITIVOS O CONSECUENTES DE NINGÚN TIPO O NATURALEZA QUE PUDIERA SUFRIR LA OTRA PARTE O UN TERCERO INCLUIDAS, SIN CARÁCTER RESTRICTIVO, LAS PÉRDIDAS DE BENEFICIOS, INTERRUPCIONES DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL U OTRAS PÉRDIDAS ECONÓMICAS DERIVADAS O RELACIONADAS CON EL PRESENTE ACUERDO, O CON CUALQUIER USO O IMPOSIBILIDAD DE USO DEL MÓDULO DE INTEGRACIÓN LATITUDE NXT™. BOSTON SCIENTIFIC NO SERÁ RESPONSABLE DE LOS DAÑOS DERIVADOS DE O RELACIONADOS CON (i) LA PRECISIÓN O INTEGRIDAD DE LOS DATOS DEL DISPOSITIVO; O (ii) DE LOS SERVICIOS PROPORCIONADOS MEDIANTE EL USO DE LOS DATOS DEL DISPOSITIVO; O (iii) DE LAS PÉRIDAS, RESPONSABILIDADES O RECLAMACIONES EN QUE HAYA INCURRIDO O QUE PUDIERAN SURGIR EN RELACIÓN CON LA PROVISIÓN, POR PARTE DEL CLIENTE O DE UN AGENTE, DE DATOS O SERVICIOS DEL DISPOSITIVO QUE PUDIERAN SER INCORRECTOS O INEXACTOS, NI DE LOS ACTOS U OMISIONES POR PARTE DEL CLIENTE O DE UN AGENTE, TANTO SI ESTOS RECAEN SOBRE EL
CLIENTE COMO SOBRE UN TERCERO. Salvo en los casos de incumplimiento previstos en el apartado 5, la responsabilidad acumulada total de Boston Scientific por cualesquiera daños derivados de o relacionados con el presente Acuerdo no excederá en ningún caso los importes abonados por el Módulo de integración LATITUDE NXT que sea objeto del procedimiento. La existencia de una o más reclamaciones no supondrá en ningún caso la ampliación de este límite.
8. Protección de datos
Boston Scientific procesará los datos del Cliente (es decir, los datos relacionados con una entidad jurídica) con fines de gestión de clientes. Boston Scientific podría transferir dichos datos a sus sociedades filiales, a empresas de procesamiento de datos o a autoridades gubernamentales competentes que podrían residir fuera del Espacio Económico Europeo (por ejemplo, en los Estados Unidos). El Cliente tiene derecho a acceder a sus datos personales y a corregirlos si procede. Para ejercer estos derechos, deberá enviar una solicitud a la dirección de Boston Scientific que se indica al inicio de este documento.