ANTECEDENTES
IEPC/JGE-A/032/2019
ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, POR EL QUE A PROPUESTA DE LA COORDINACIÓN DE INVESTIGACIONES Y POSGRADOS ELECTORALES SE APRUEBA EL NUEVO LOGOTIPO DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES Y POSGRADOS ELECTORALES DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE CHIAPAS.
ANTECEDENTES
l. EL 29 DE NOVIEMBRE DE 2007, SE PUBLICÓ EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE CHIAPAS NÚMERO 065, EL DECRETO 004 QUE REFORMA, DEROGA Y ADICIONA, DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE CHIAPAS, MEDIANTE EL CUAL SE EXTINGUE LA CONTRALORÍA DE LA LEGALIDAD ELECTORAL Y SE CREA LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN ELECTORAL, PARA ENTRAR EN FUNCIONES EL DÍA 1° DE ENERO DE 2008, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO DEL REFERIDO DECRETO.
11. EL 21 DE NOVIEMBRE DEL 2012 FUE CREADO EL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES Y POSGRADOS ELECTORALES, BAJO EL AUSPICIO DE LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN ELECTORAL CON EL OBJETIVO DE DESARROLLAR PROGRAMAS DE FORMACIÓN Y PROFESIONALIZACIÓN EN EL ÁREA DE LAS CIENCIAS SOCIALES EN GENERAL Y DE MANERA ESPECÍFICA EN EL CAMPO JURÍDICO ELECTORAL; PARA ELLO DISEÑO EL PROGRAMA DE LA MAESTRÍA EN DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL Y ELECTORAL CON LA FIRME INTENCIÓN DE PROMOCIONAR LA CULTURA POLÍTICA DEMOCRÁTICA.
111. EL 21 DE NOVIEMBRE DEL 2012, LA DIRECCIÓN GENERAL EJECUTIVA DE LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN ELECTORAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL PUNTO QUINTO DEL ACUERDO DEL PLENO DE LA MISMA COMISIÓN, EXPIDE EL REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES Y POSGRADOS ELECTORALES DE LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN ELECTORAL.
IV. EL 27 DE NOVIEMBRE DE 2012, SE OBTIENE EL RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS (RVOE), CON EL NÚMERO DE ACUERDO PSU-340/2012 DE CLAVE DEL CENTRO DE TRABAJO: C.C.T. 07PSU0167M, QUE LA FACULTABA PARA IMPARTIR LA MAESTRÍA EN DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL Y ELECTORAL.
V. EL 10 DE FEBRERO DE 2014, SE PUBLICÓ EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EL DECRETO POR EL QUE SE CONFORMAN, ADICIONA Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA POLÍTICO-ELECTORAL. RESPECTO DE DICHO DECRETO, S DESTACA LA CREACIÓN DEL INE Y LA DENOMINACIÓN DE ORGANISMOS PÚBLIC LOCALES ELECTORALES PARA REFERIRSE A LOS ÓRGANOS ELECTORALES DE L ENTIDADES FEDERATIVAS.
VI. EL 25 XX XXXXX DE 2014, AL ENTRAR EN VIGOR DEL DECRETO NO. 514, POR EL QUE SE REFORMA LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE CHIAPAS EN MATERIA ELECTORAL, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO NO. 115 4ª. SECCIÓN DE FECHA 25 XX XXXXX DEL 2014 Y EN CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO DEL CITADO DECRETO, SE EXTINGUE LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN ELECTORAL Y TODOS SUS RECURSOS HUMANOS, MATERIALES, FINANCIEROS Y PRESUPUESTALES PASAN A FORMAR PARTE DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
1
VII. EL 30 XX XXXXX DE 2014, SE PUBLICÓ EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE CHIAPAS NÚMERO 117, EL DECRETO NÚMERO 521 POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO DE LA MATERIA DEL ESTADO.
VIII. EL 26 XX XXXXXX DEL 2014, SE OBTIENE LA ACTUALIZACIÓN DEL ACUERDO DE RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL ANTE LA DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN DE LA SUBSECRETARÍA DE PLANEACIÓN EDUCATIVA DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL ESTADO Y LA EMISIÓN DEL RVOE, CON EL NÚMERO DE ACUERDO PSU-110/2014, EN EL QUE SE RECONOCE LA PERSONALIDAD JURÍDICA ANTE ESA INSTANCIA DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
IX. EL 13 DE NOVIEMBRE DEL 2014, LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DE ESTE INSTITUTO, APROBÓ EL ACUERDO MEDIANTE EL CUAL PROPONE AL CONSEJO GENERAL DE ESTE ORGANISMO ELECTORAL, LA CREACIÓN DE LAS COORDINACIONES DE PLANEACIÓN, VINCULACIÓN CON EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y LA ADMINISTRATIVA DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES Y POSGRADOS ELECTORALES, CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 151, FRACCIÓN VIII, DEL CÓDIGO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA; Y 29, FRACCIÓN XI, DEL REGLAMENTO INTERNO ENTONCES VIGENTE DE ESTE ORGANISMO ELECTORAL.
X. EL 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014, EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, APROBÓ EL ACUERDO IEPC/CG/A- 028/2014, POR EL QUE SE CREAN LAS COORDINACIONES DE PLANEACIÓN, DE VINCULACIÓN CON EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y LA ADMINISTRATIVA DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES Y POSGRADOS ELECTORALES, A PROPUESTA DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA, CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 151, FRACCIÓN VIII, DEL CÓDIGO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y 29, FRACCIÓN XI, DEL REGLAMENTO INTERNO ENTONCE VIGENTES DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
XI. EL 14 XX XXXXX DE 2017, MEDIANTE EL PERIÓDICO OFICIAL NÚMERO 299, TERCERA SECCIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS, SE PUBLICÓ EL DECRETO NÚMERO 181, ABROGÓ EL CÓDIGO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA PUBLICADO EL 27 XX XXXXXX DE 2008 EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO, NÚMERO 112, MISMO QUE TUVO SU ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL NÚMERO 279, CUARTA SECCIÓN DEL 01 DE FEBRERO DE 2017, DECRETO 128. DESTACÁNDOSE LA CREACIÓN DE LA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA Y CAMBIAN DE DENOMINACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA Y DE LO CONTENCIOSO, LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE EDUCACIÓN CÍVICA Y CAPACITACIÓN ELECTORAL, ASÍ COMO LOS ÓRGANOS Y UNIDADES TÉCNICAS.
XII. EL 30 XX XXXXX DE 2017, SE PUBLICÓ EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE /
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ESTABLECIÓ LA REFORMA A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE • SOBERANO DE CHIAPAS. :
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CHIAPAS, NÚMERO 303, TOMO 111, DE DECRETO NÚMERO 220, POR EL QUE
XIII. CON FECHA 18 DE SEPTIEMBRE DE 2019, LA COORDINACIÓN DEL INSTITUTO , INVESTIGACIONES Y POSGRADOS ELECTORALES POR MEDIO DEL MEMORÁNDUM IEPC.P.IIPE.086.2019, REMITIÓ A LA C. XXXXX XXXXXX XXXXXXX DOM[NGUEZ QUE FUNGE COMO ENCARGADA DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA Y SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DE ESTE ORGANISMO ELECTORAL
LOCAL, LA PROPUESTA DEL LOGOTIPO DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES Y POSGRADOS ELECTORALES DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE CHIAPAS, SOLICITANDO QUE EL DOCUMENTO FUERA SOMETIDO AL ANÁLISIS Y APROBACIÓN DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DE ESTE
2
INSTITUTO Y EN CASO DE SER APROBADO ESTE FUERA SOMETIDO AL PLENO DEL CONSEJO GENERAL.
CONSIDERANDO
1. QUE EL ARTÍCULO 41, PÁRRAFO SEGUNDO, BASE V, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ESTABLECE QUE LA ORGANIZACIÓN DE LAS ELECCIONES ES UNA FUNCIÓN ESTATAL QUE SE REALIZA A TRAVÉS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS LOCALES.
2. QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 100 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE CHIAPAS, 64 BASE 1 Y 2, DEL CÓDIGO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA; EL INSTITUTO ES UN ÓRGANO DE CARÁCTER PERMANENTE Y PROFESIONAL EN SU DESEMPENO, QUE GOZA DE AUTONOMÍA PRESUPUESTAL EN SU FUNCIONAMIENTO E INDEPENDENCIA EN SUS DECISIONES, EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, LA CONSTITUCIÓN LOCAL Y EL CÓDIGO ANTES REFERIDO; ASIMISMO ESTABLECE QUE EL INSTITUTO TIENE PERSONALIDAD JURÍDICA, PATRIMONIO PROPIO Y SU DOMICILIO EN LA CAPITAL DEL ESTADO DE CHIAPAS.
3. QUE EL ARTÍCULO 66 DEL CÓDIGO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, EL INSTITUTO DE ELECCIONES PARA REALIZAR SUS FINES SE INTEGRA CONFORME A LA SIGUIENTE ESTRUCTURA: EL CONSEJO GENERA; LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA; ÓRGANOS EJECUTIVOS QUE SON LA SECRETARÍA EJECUTIVA, LA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA, ASÍ COMO LAS RESPECTIVAS DIRECCIONES EJECUTIVAS; Y UN ÓRGANO CON AUTONOMÍA TÉCNICA Y DE GESTIÓN, QUE ES LA CONTRALORÍA GENERAL; ÓRGANOS TÉCNICOS Y ÓRGANOS DESCONCENTRADOS.
4. QUE COMO LO ESTABLECE EL ARTÍCULO 67, NUMERAL 1, DEL CÓDIGO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, EL CONSEJO GENERAL ES EL ÓRGANO SUPERIOR DE DIRECCIÓN DEL INSTITUTO DE ELECCIONES. SUS DECISIONES SE ASUMEN DE MANERA COLEGIADA EN SESIÓN PÚBLICA Y POR MAYORÍA DE VOTOS.
5. QUE EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 87, NUMERALES 1, 2 Y 3, DEL CÓDIGO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y 3 DEL REGLAMENTO DE SESIONES DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA; LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA ES EL ÓRGANO ENCARGADO DE VELAR POR EL BUEN DESEMPENO Y FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LOS ÓRGANOS DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, ASÍ COMO DE SUPERVISAR LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS FINANCIEROS, HUMANOS Y MATERIALES DEL INSTITUTO DE ELECCIONES; SE INTEGRA POR EL CONSEJERO PRESIDENTE, QUIEN FUNGE COMO PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA, EL TITULAR DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA Y LOS TITULARES DE LAS DIRECCIONES EJECUTIVAS, TODOS ELLOS CON DERECHO A V Z Y VOTO; ASÍ MISMO, FORMARÁ PARTE DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA, DERECHO A VOZ Y VOTO, EL TITULAR DE LA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA, Q SERÁ SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA
6. QUE EL ARTÍCULO 87, NUMERAL 7, FRACCIÓN XI DEL CÓDIGO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA ESTABLECE: SIN ATRIBUCIONES DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA; EMITIR LOS LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS TÉCNICO ADMINISTRATIVO QUE SE REQUIERAN PARA EL EFICIENTE DESPACHO DE LOS ASUNTOS ENCOMENDADOS A CADA ÓRGANO O UNIDAD DEL INSTITUTO DE
ELECCIONES CON BASE EN LA PROPUESTA QUE PRESENTE EL ÁREA COMPETENTE.
7. QUE EL ARTÍCULO 33, NUMERAL 1 DEL REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO DE ELECCIONES, ESTABLECE QUE ADEMÁS DE LA ESTRUCTURA EJECUTIVA BÁSICA
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9. QUE EN EL ARTÍCULO NUMERAL 1 FRACCIÓN PRIMERA SE ESTABLECE QUE EL
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QUE ÉSTE CELEBRE.
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TERCERO. - EL PRESENTE ACUERDO SURTIRÁ EFECTOS A PARTIR DE SU APROBACIÓN, QUEDANDO SIN EFECTOS EL ANTERIOR LOGOTIPO.
CUARTO. - PUBLÍQUESE EN EL SITIO DE INTERNET DE ESTE INSTITUTO.
ASÍ LO ACORDARON POR UNANIMIDAD DE VOTOS LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO DE ELECCIONES y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, ce. XXXXXXX XXXXXX XXXXX, CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL Y PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA, XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, ENCARGADA DEL DESPACHO DE LA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA Y SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA; CAROLINA DEL XXXXXX XXXXX XXXXXXX, DIRECTORA EJECUTIVA DE EDUCACIÓN CÍVICA Y CAPACITACIÓN; XXXXXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXXXX, DIRECTOR EJECUTIVO DE ORGANIZACIÓN ELECTORAL; XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX, DIRECTOR EJECUTIVO DE ASOCIACIONES POLÍTICAS; XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, DIRECTOR EJECUTIVO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA; XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA JURÍDICA Y DE LO CONTENCIOSO; EN LA CIUDAD DE TUXTLA XXXXXXXXX, CHIAPAS, A LOS 04 DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2019.
EL C. CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL Y PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA
LA C. ENCARGADA DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA ADM.llillSTRATIVA Y SECRETARIA DE LA TA GEÑERAL EJECUTIVA
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ANEXO UNICO
MANUAL DE IDENTIDAD GRAFICA DEL LOGOTIPO DEL IIPE
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