PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVOS
PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVOS
PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA SGSASI-002 DE 2020 (46254)
OBJETO
“REALIZAR LA RENOVACIÓN Y LA ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE SEGURIDAD PERIMETRAL Y SOLUCIÓN DE ENDPOINT BASADO EN (EDR) PARA LA SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO".
BOGOTÁ D.C. JUNIO DE 2020
INTRODUCCIÓN
El presente pliego de condiciones ha sido elaborado de acuerdo con los postulados señalados por la Ley
80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, Decreto 1082 de 2015 y demás normas complementarias; para tal efecto, se han realizado los estudios y documentos previos, con base en los requerimientos formulados por la Secretaría Distrital de Gobierno de Bogotá, D.C. (en adelante LA SECRETARÍA) los cuales cumplen con los requisitos establecidos en la ley y en sus decretos reglamentarios.
Se solicita seguir la metodología de elaboración de la propuesta señalada en este documento, con el objeto de obtener claridad y ofrecimientos de la misma índole que permitan una escogencia objetiva y eviten la declaratoria de desierta del proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa Electrónica.
Las expresiones proponente u oferente usadas en el presente documento tienen el mismo significado.
Se recomienda a los proponentes que antes de elaborar y presentar sus propuestas, tengan en cuenta lo siguiente:
1. Verificar que no se encuentren dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad o prohibiciones para contratar de conformidad con las normas aplicables a la materia.
De igual forma, el proponente deberá tener en cuenta las siguientes disposiciones que en materia penal se encuentran contenidas en la Ley 1474 de 2011, así:
“Artículo 27. Acuerdos restrictivos de la competencia. La Ley 599 de 2000 tendrá un artículo 410 A, el cual quedará así:
El que en un proceso de Licitación Pública, subasta pública, selección abreviada o concurso se concertare con otro con el fin de alterar ilícitamente el procedimiento contractual, incurrirá en prisión de seis (6) a doce (12) años y multa de doscientos (200) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilidad para contratar con entidades estatales por ocho (8) años.
Parágrafo. El que en su condición de delator x xxxxxxxx mediante resolución en firme obtenga exoneración total de la multa a imponer por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio en una investigación por acuerdo anticompetitivos en un proceso de contratación pública obtendrá los siguientes beneficios: reducción de la pena en una tercera parte, un 40% de la multa a imponer y una inhabilidad para contratar con entidades estatales por cinco (5) años.”
2. Examinar rigurosamente el contenido xxx xxxxxx de condiciones, los documentos que hacen parte del mismo y las normas que regulan la contratación administrativa con el Estado.
3. Adelantar oportunamente los trámites tendientes a la obtención de los documentos que deben allegar con las propuestas y verificar que contiene la información completa que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la ley y en el presente documento.
4. Suministrar toda la información requerida en el presente proceso.
5. Diligenciar y remitir los anexos contenidos en el proceso.
6. Tenga en cuenta que los oferentes por la sola presentación de su propuesta, autorizan a la secretaria distrital de gobierno a verificar toda información que en ella suministren.
7. La presentación de la propuesta por parte del oferente constituye evidencia que se estudiaron completamente los pliegos de condiciones, estudios previos, formatos (Revise los formatos y diligencie totalmente aquellos requeridos para la presentación de la propuesta) y demás documentos, que recibió las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas y que ha aceptado que este pliego de condiciones es completo, compatible y adecuado para identificar plenamente el objeto a contratar, que está enterado a satisfacción en cuanto al alcance del objeto a contratar y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará.
8. Igualmente se recomienda tener presente la fecha y hora prevista para el cierre del proceso EN NINGÚN CASO SE RECIBIRÁN PROPUESTAS FUERA DEL TIEMPO PREVISTO Y ÚNICAMENTE SE RECIBIRÁN A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA DEL SECOP II.
9. Cualquier duda, consulta o aclaración deberá formularse por escrito a la SECRETARIA distrital de gobierno, única y exclusivamente a través de la plataforma del SECOP II. No se atenderán consultas telefónicas o personales.
10. No se aceptará ningún acuerdo verbal con el personal de la Entidad, antes, durante o después de la firma del contrato, esto no afectará o modificará los términos y obligaciones aquí estipuladas.
11. Si en el transcurso del proceso de selección se llegare a presentar fallas en la plataforma SECOP II, se procederá de conformidad con las indicaciones contempladas en la Guía para actuar ante una indisponibilidad del SECOP II expedida por Colombia Compra Eficiente.
POR LO EXPUESTO, SE REITERA LA CONVENIENCIA XX XXXX DETENIDAMENTE EL PRESENTE DOCUMENTO Y AJUSTARSE A LOS REQUERIMIENTOS Y TÉRMINOS PREVISTOS PARA EL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN.
LA SECRETARÍA informa que todos los documentos que se expidan durante el desarrollo del presente proceso de selección serán publicados y podrán consultarse por cualquier interesado en el Portal Único de Contratación – SECOP II cuya dirección electrónica es xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
CAPÍTULO l
1. CONDICIONES GENERALES
1.1. FUNDAMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA.
La presente contratación se adelantará por el procedimiento previsto por el literal a del numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.1.2.2. y siguientes del Decreto 1082 de 2015, para la adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes, para lo cual se desarrollará un proceso de selección abreviada por el sistema de subasta inversa electrónica y le serán aplicables los principios de la Constitución Política de Colombia Artículo 209, el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública – Ley 80 de 1993, y en lo no regulado particularmente, las normas civiles y comerciales y las reglas previstas en el presente pliego de condiciones.
1.2. IDIOMA
Las propuestas, comunicaciones, aclaraciones, modificaciones y todo lo referente al desarrollo del presente proceso de selección, se harán en idioma castellano.
1.3. DOCUMENTOS
Forman parte integral del presente proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa Electrónica:
- Los estudios y documentos previos.
- El Certificado de Disponibilidad Presupuestal.
- El pliego de condiciones.
- Las adendas y comunicaciones que expida LA SECRETARÍA en desarrollo del presente proceso de selección.
- Las propuestas con todos sus anexos.
- Los informes de verificación.
- Los demás documentos que se alleguen y se expidan dentro del proceso.
- La minuta del contrato.
1.4. ACCIONES ANTICORRUPCIÓN
En el evento que las veedurías ciudadanas, LA SECRETARÍA, los proponentes o un ciudadano adviertan hechos constitutivos de corrupción, los pondrán inmediatamente en conocimiento de las autoridades competentes, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar, a través de las direcciones electrónicas de la Veeduría Distrital: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, de la Secretaría Distrital de Gobierno: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/, del Sistema Electrónico de Contratación Pública - SECOP: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/, Secretaría de Transparencia xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/ y al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx de la Secretaría Distrital de Gobierno
Igualmente podrán informar a la Veeduría Distrital, la cual se encuentra ubicada en la Xxxxxxx Xxxxx 00 # 00-00, Xxxxxxxx Xxxxxxxx, xxxxx0, xxxx 3 o a través de los números telefónicos 562 9300 - 382 2800 de la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República.
En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones del presente documento y el contrato que forma parte de este, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las Leyes consagran.
Así mismo con ocasión del Decreto 440 de 2020 por el cual se adoptan medidas de urgencia en materia de contratación estatal, con ocasión del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica derivada de la Pandemia COV/D-19, se tendrán en cuenta las disposiciones que sobre esta materia consagra dicha normativa, así como la que la modifique y/o sustituya y/o adicione.
1.5. OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA.
"REALIZAR LA RENOVACIÓN Y LA ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE SEGURIDAD PERIMETRAL Y SOLUCIÓN DE ENDPOINT BASADO EN (EDR) PARA LA SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO".
1.5.1 CLASIFICACIÓN UNSPSC
El objeto del presente Proceso de Contratación está codificado en el Clasificador de Bienes y Servicios de Naciones Unidas (UNSPSC) como se indica en la siguiente tabla:
SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | NOMBRE DE LA CLASE |
81000000 | 81110000 | 81112200 | MANTENIMIENTO Y SOPORTE DE SOFTWARE |
43000000 | 43230000 | 43233200 | SOFTWARE DE SEGURIDAD Y PROTECCION |
43000000 | 43220000 | 43222500 | EQUIPO DE SEGURIDAD DE RED |
1.5.2 PLAZO
El plazo de ejecución del contrato producto del presente proceso es de TRES (03) MESES, es decir desde la suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, legalización, ejecución y suscripción del acta de inicio entre el CONTRATISTA y LA SECRETARIA.
1.6. ESPECIFICACIONES TECNICAS
Dentro de las funciones básicas de la Secretaría Distrital de Gobierno enmarcadas en el Decreto 411 de 2016 se encuentran, entre otras, las siguientes: “a) Liderar, orientar y coordinar la formulación, adopción y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos dirigidos a garantizar el respeto de los derechos humanos y en la convivencia pacífica en la ciudad; b) Liderar, orientar y coordinar la adopción y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos necesarios para el mejoramiento de la gestión pública local y la consolidación de los procesos de la gobernabilidad local. (…)”1
A su vez, dentro de la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Gobierno se encuentra la Dirección de Tecnologías e Información que tiene, entre otras, las siguientes funciones: “a) Dirigir la gestión estratégica con tecnologías de la información y comunicaciones mediante la definición, implementación, ejecución, seguimiento y divulgación de un Plan Estratégico de Tecnología y Sistemas de Información (PETI), que esté alineado a la estrategia y al modelo integrado de gestión de la entidad.
b) Desarrollar los lineamientos en materia tecnológica, así corno las estrategias y prácticas que habiliten la gestión de la entidad y del Sector. (…). d) Responder técnicamente por los procesos de adquisición de bienes y servicios de tecnología, mediante la definición de criterios de optimización y métodos que direccionen la torna de decisiones de inversión en tecnologías de la información. (…)”2
En cumplimiento de sus funciones, la Dirección de Tecnologías e Información, como dependencia que articula todos los temas en materia de TIC’s, debe propender por controlar y mantener soluciones informáticas que apoyen la gestión de información de los procesos misionales y de apoyo, como insumo para la toma de decisiones, al igual que implementar y mantener mecanismos que permitan el intercambio de datos entre los sistemas de información de la entidad, a nivel interno y externo.
Por otra parte, la Secretaría Distrital de Gobierno cuenta con el rubro de funcionamiento “DERECHOS DE USO DE PRODUCTOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL Y OTROS PRODUCTOS SIMILARES”,
cuyo objeto es “Apropiación destinada al pago de servicios relacionados con la reproducción, distribución o incorporación de programas informáticos, materiales de apoyo para software de sistemas y de aplicaciones, derechos de licencia de software, servicios de correo electrónico y tarifas a la Sociedad de Gestión Colectiva de Derechos de Autor-SAYCO por concepto de las diversas utilizaciones de las obras que la Sociedad administrativa, entre otros”. (subrayado fuera de texto)
Actualmente la Dirección de Tecnologías e Información de la Secretaría Distrital de Gobierno, en desarrollo de sus funciones, debe administrar los recursos y servicios de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC), los cuales le permiten recolectar, analizar, almacenar y procesar la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones. Entre estos recursos se encuentran los sistemas de información misional, transversal y de apoyo, para lo cual se debe garantizar la correcta operación de la plataforma tecnológica, ya que a través de esta se debe garantizar la continuidad de servicios tecnológicos y se puedan cumplir las funciones en forma oportuna y eficaz.
La Secretaría Distrital de Gobierno cuenta con una solución de seguridad informática integral del fabricante FORTINET, la cual se encarga de proteger el perímetro de la red de la Secretaría y las alcaldías locales, el correo corporativo Xxxxxx 000 y los servicios alojados en la nube pública xx Xxxxx; de
1 Decreto 411 de 30 de septiembre de 2016, “Por medio del cual se modifica la Estructura Organizacional de la Secretaría Distrital de Gobierno. Artículo 1º. 2 ibídem; artículo 24.
igual manera, la infraestructura de red inalámbrica está desplegada bajo puntos de acceso inalámbrico de este mismo fabricante.
En el año 2019 se realizó la adquisición de los Firewall para las alcaldías locales xx Xxxxxxxxxx, Usaquén, Teusaquillo, San Xxxxxxxxx, Sumapaz, Usme, Chapinero, Mártires y Barrios Unidos; y se realizó la actualización tecnológica, y renovación de licenciamiento y soporte para los Firewall de las alcaldías locales de Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx y Bosa por obsolescencia tecnológica; la protección de aplicaciones en la xxxx xx Xxxxx, protección de correo electrónico, y monitoreo y correlación de eventos de seguridad SIEM. Esta inversión permitió garantizar la continuidad de la operación y la implementación de teletrabajo durante la emergencia provocada por el Covid-19.
Los equipos de seguridad informática del fabricante FORTINET, se encargan de proteger la red de posibles ataques y mantener la integridad de la información, mitigación y protección contra amenazas avanzadas. Se requiere realizar la renovación de toda plataforma de seguridad informática, con el fin de contar con las últimas actualizaciones y acceso al soporte técnico del fabricante para obtener el respaldo y un mejor servicio de red a los usuarios internos/externos, garantizando la seguridad de la información. El uso de estos equipos de seguridad informática permite proteger de posibles ataques los diferentes servidores de aplicación y base de datos; adicionalmente, permite tener un registro de tráfico entre las diferentes redes internas.
En las siguientes tablas se detallan el proceso de fortalecimiento, renovación de licenciamiento, soporte y garantía de la infraestructura de seguridad (fortinet) de la Secretaria Distrital de Gobierno, así:
1. Fortalecimiento, renovación de licenciamiento, soporte y garantía de la infraestructura de seguridad (fortinet) de la secretaria distrital de Gobierno. | ||
Denominación del Bien: | Equipos Activos | |
Denominación Técnica: | Equipos de Seguridad Informática | |
Cantidad: | 1 | |
Unidad de Medida: | Unidad | |
ÍTEM | CARACTERÍSTICA | MINIMO REQUERIDO |
1 | FORTALECIMIENTO, RENOVACION DE LICENCIAMIENTO, SOPORTE Y GARANTIA DE LA INFRAESTRUCTURA DE SEGURIDAD (FORTINET) DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO DISTRITAL | |
1.1 | GENERALIDADES |
1.1.1 | Aspectos generales | La Secretaria Distrital de Gobierno, requiere realizar la renovación de garantías, licenciamiento y fortalecimiento(Upgrade) de la infraestructura de Seguridad Fortinet y el sistemas de protección Enpoint por un periodo de 12 meses. Para lo cual el contratista debe contemplar todo el suministro de Hardware, Software, licenciamiento y servicios profesionales que se requieran para dar cumplimiento a la instalación, implementación y puesta en marcha de las renovaciones, upgrade y soluciones de seguridad relacionados en el anexo técnico para el Fortalecimiento de la seguridad de la Secretaria de Gobierno. 1. A continuación se relacionan los seriales de las plataformas, los servicios a renovar por plataforma y el periodo de tiempo para el cual se debe garantizar por parte del contratista la garantía y soporte de los equipos correspondientes. | |||||
SERIAL | DESCRIPCION | CANTIDAD | TIEMPO DE LICENCIAMIENTO Y SOPORTE | ||||
FG200E4Q17911552. | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | ||||
FG200ETK18904563 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | ||||
FG200ETK18910896 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | ||||
FG200ETK18914633 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | ||||
FG200ETK18914649 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | ||||
FG200ETK18914794 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | ||||
FG200ETK18911344 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | ||||
FG200ETK18911324 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | ||||
FG200ETK18914692 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | ||||
FG200ETK18914382 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | ||||
FG200ETK18914450 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | ||||
FG200ETK18911232 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES |
FG200ETK18911318 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | ||||
FG200ETK18911179 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | ||||
FG200ETK18914617 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | ||||
FL-1KET319000054 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FM200D3A16000153 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FEVM04M000188321 | FortiMail Cloud - Gateway Premium | 3000 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004088 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004252 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004281 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004324 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004344 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004381 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004386 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004396 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004418 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004422 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004425 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004426 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004427 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004435 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004437 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004471 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004475 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004491 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004493 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004498 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004514 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004545 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004574 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004619 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004645 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004734 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES |
FP223ETF18004785 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004789 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004814 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004815 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18004966 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18005005 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18005016 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18005047 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
FP223ETF18005056 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | ||||
2. Plataforma Fortinet a realizar Upgrade. PLATAFORMA TIEMPO DE SERIAL UPGRADE CANTIDAD LICENCIAMIENTY SOPORTE FG1K5D3I14800149 FG-1100E-BDL-950-12 1 12 MESES FG1K5D3I14800167 FG-1100E-BDL-950-12 1 12 MESES FG200D4615805394 FG-200E-BDL-950-12 1 12 MESES FG200D4613806962 FG-200E-BDL-950-12 1 12 MESES FG200D3914807461 FG-200E-BDL-950-12 1 12 MESES FG200D4613807090 FG-200E-BDL-950-12 1 12 MESES FG200D4613807113 FG-200E-BDL-950-12 1 12 MESES FG200D4615804919 FG-200E-BDL-950-12 1 12 MESES FG240D4Q16801043 FG-200E-BDL-950-12 1 12 MESES 3. Plataformas Fortinet para el Fortalecimiento de infraestructura de seguridad en el datacenter principal, fortalecimiento de acceso seguro para teletrabajadores y el aseguramiento de los sistemas de información en las nubes públicas xx Xxxxx y Oracle. |
4. La Secretaria Distrital de Gobierno requiere fortalecer la protección sobre las estaciones de trabajo y servidores (datacenter principal, xxxx xx xxxxx y Oracle) que alojan los sistemas de información de la Secretaría mediante la implementación de un sistema de detección y respuesta (EDR) para las estaciones de trabajo de la SDG y de las alcaldías locales, a continuación se relacionan los componentes y cantidades requeridas para esta solución. | |||||
DESCRIPCION | CANTIDAD | TIEMPO DE LICENCIAMIENTO Y SOPORTE | |||
SISTEMA DE DETECCION Y RESPUESTA EDR | |||||
Xxxxx EDR Ultimate for workstations with 7x24x365 alert monitoring service: data theft and tampering prevention with PROTECTANYWHERE, Threat Hunting, Communication Control, Content and Forensics Add-ons - 1-year | 3350 | 12 MESES | |||
Xxxxx EDR Premium for servers with 7x24x365 alert monitoring service: data theft and tampering prevention with Threat Hunting, Communication Control, Content and Forensics Add-ons - Tier B, 1-year | 150 | 12 MESES | |||
2 | ACTUALIZACIONES DE SOFTWARE | ||||
2.1 | Actualizaciones de Software | • El contratista debe ofrecer un esquema de acceso a las actualizaciones de software disponibles para los productos durante la vigencia del contrato. • Se debe realizar la actualización de software durante la vigencia de la garantía a la última versión disponible y estable relacionada en el objeto del contrato, para mejorar la funcionalidad de la seguridad, cada vez que se requiera. • El alcance debe cubrir las actualizaciones menores (updates), mayores (upgrades) y prestar el apoyo para su instalación o configuración. | |||
3.2 | Transferencia de Conocimiento | • El Contratista debe ofrecer transferencia de conocimiento técnica, para tres (3) funcionarios de la entidad con una intensidad horaria de mínimo veinte (40) horas, sobre la operación, administración y resolución de problemas de los equipos ofertados. | |||
3 | IMPLEMENTACION | ||||
Implementación | • El Contratista debe efectuar la instalación y configuraciones necesarias de todas las soluciones de seguridad establecidas en el anexo técnico, incluyendo |
REFERENCIA | DESCRIPCION | CANTIDAD | TIEMPO DE LICENCIAMIENTY SOPORTE |
FIREWALL PARA PROTECCION DE NUBES PUBLICAS AZURE Y ORACLE | |||
FG-VM08V | FortiGate-VM virtual appliance designed for all supported platforms - 8 x vCPU cores and unlimited RAM. No VDOM by default. | 2 | 12 MESES |
FC-10-FG8VM- 000-00-00 | Unified (UTM) Protection (24x7 FortiCare plus Application Control, IPS, AV, Web Filtering and Antispam, FortiSandbox Cloud) | 2 | 12 MESES |
3.1 | licenciamientos y upgrade. • La actividad de instalación de software deberá comprender los siguientes puntos: • Planeación de cada una de las actividades con el fin de disminuir los tiempos de afectación en el servicio. • Realizar las actividades planeadas de acuerdo con las mejores prácticas del fabricante. • Pruebas de Servicio. • Estabilización de la plataforma. • La entidad requiere que se realicen pruebas / muestras de las plataformas donde se evidencie la correcta configuración de la plataforma implementada. • El oferente deberá garantizar que las licencias de los equipos deberán quedar actualizadas a las fechas correspondientes y el oferente deberá realizar un informe donde evidencia este hecho. • Se debe realizar el diseño, implementación sobre todos los firewall de las sedes remotas y centrales con las funcionalidades de SDWAN, con el fin de lograr la optimización en el acceso a los sistemas de información de la secretaria de gobierno. • Se debe realizar los correspondientes afinamientos de las plataformas para que todos los Firewall relacionados en el anexo técnico estén 100% integrados a la plataforma de Sandboxing suministradas, al igual que al sistema de reportes Fortianalizer y al sistema de administración centralizada Fortimanager. • La plataforma de Sandboxing debe quedar integrada con las soluciones de Firewall de Aplicaciones Web de Oracle y Azure al igual que a la solucion de EDR y el SIEM de la secretaria. • El contratista debe realizar el proceso de integración de la solución EDR con el SIEM de la secretaria. • La implementación de la solución de EDR debe ser realizada con servicios profesionales directos del Fabricante. • Terminada la implementación de los NGFW y los WAF xx Xxxxx y Oracle se debe realizar un análisis de vulnerabilidades sobre las plataformas de la nube y presentar un informe sobre los hallazgos en estas plataformas. | |
4 | GARANTÍA Y ALCANCE DE LA GARANTIA | |
4.1 | Garantía de fabrica | • Garantía por un año para las todas las renovaciones, upgrade y soluciones de seguridad relacionados en el anexo técnico. |
4.2 | Niveles de Servicio | • El contratista debe contar con atención telefónica para prestar el servicio de soporte y este debe incluir atención de incidentes y consultas a través de llamadas telefónicas, correo electrónico, sesiones remotas y atención en sitio en horario Hábil y No Hábil. • El contratista deberá contar con un Software xx Xxxx de Servicio, donde se puedan registrar casos o incidentes de forma web, correo o teléfono, y así realizar el seguimiento correspondiente. • El contratista debe colocar a disposición de la secretaria, durante el tiempo de la Garantía, el recurso físico y humano necesario, para cumplir con los niveles de servicio y compromisos para los bienes adquiridos, en un modelo de 7*24*365, es decir, los siete días de la semana, las veinticuatro horas del día todos los días del año y con un máximo tiempo de respuesta de cuatro (4) horas en sitio y tiempo de solución de 8 horas hábiles a partir de la solicitud de servicio, para atender los requerimientos de la Entidad, tras haberse solicitado por el Supervisor del Contrato. |
4.3 | Soporte en sitio y/o remoto | • El contratista debe atender los requerimientos de Soporte Técnico en sitio y/o remoto durante el período de la vigencia del contrato, en la modalidad 7*24*365*4 (Siete días a la semana, Veinticuatro horas al día durante 365 días del año), con Cuatro (4) horas máximo de respuesta para los Bienes, relacionados con componentes de Software y/o Firmware, Configuración de Servicios, Software Especializado, etc.) |
4.4 | Soporte Telefónico | • Se debe garantizar acceso al centro de soporte telefónico durante el período de la Garantía, en la modalidad 7*24*365*4 (Siete días a la semana, Veinticuatro horas al día durante 365 días del año), con cuatro horas máximo de respuesta. |
4.5 | Mantenimiento Preventivo | • Como mínimo una (1) visita, según cronograma que se establecerá al inicio del contrato por el responsable de control de ejecución por parte de los contratantes En estas visitas se llevarán a cabo todas las labores pertenecientes a este tipo de mantenimiento tales diagnósticos de la solución objeto del contrato. El servicio no deberá significar costo alguno para los contratantes. • Al finalizar cada visita correctiva y el proponente generará un informe de servicio en la que constará el resumen de las actividades realizadas (actualización, soporte y mantenimiento), problemas presentados, soluciones utilizadas y recomendaciones, así como las evidencias de estas actividades. De igual forma quedará constancia en la misma acta o informe de servicio si hubo cambio de software y/o en alguna configuración. • El proponente debe realizar 4 visitas durante la vigencia del contrato donde debe realizar verificaciones de configuraciones y afinamientos sobre todas las plataformas relacionadas en el anexo técnico. |
4.6 | Mantenimiento Correctivo | • En caso de determinarse que un problema no puede ser resuelto dentro de las Ocho (8) horas hábiles siguientes, el contratista debe reemplazar el elemento averiado con un equipo de su propiedad, de características idénticas o superiores e instalarlo temporalmente en el sitio por un término máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario, lapso dentro del cual se dará la solución definitiva. La acción correctiva para dejar los bienes objeto de la compra y demás componentes en perfecto estado de funcionamiento, no será en ningún caso superior a los tiempos aquí descritos. • El servicio o repuestos requeridos no deberán significar costo adicional alguno para la entidad contratante. |
4.7 | Certificación Directa de Fabrica | • El oferente debe presentar junto con su propuesta una carta emitida directamente por fabricante en la que se evidencie que es distribuidor autorizado en uno de los dos máximos niveles del fabricante. |
1.7. LOCALIZACIÓN
El lugar de ejecución del contrato resultante de este proceso es la ciudad de Bogotá D.C.
1.8. FINANCIACIÓN O PRESUPUESTO OFICIAL.
El valor del contrato será por la suma del presupuesto oficial para este proceso, toda vez, que esta contratación se efectúa con propuestas a precios unitarios.
El presupuesto oficial destinado para el presente proceso de contratación, corresponde a la suma de MIL OCHOCIENTOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS OCHO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO
PESOS M/CTE. ($1.804.508.564) incluido IVA, Xxxxxxxxxx U.D.F.J. del 1.1%, Estampilla de Pro Cultura de Bogotá del 0.5%, Estampilla de Pro Personas Mayores del 2% y demás impuestos que se deriven respecto de la ejecución del contrato de la vigencia fiscal 2020 y demás impuestos tasas y contribuciones que se generen con ocasión del presente proceso, recursos provenientes del rubro de inversión de la vigencia fiscal 2020, así:
- 03-01-02-02-02-02-0003-005 DERECHOS DE USO DE PRODUCTOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL Y OTROS PRODUCTOS SIMILARES (CDP 905)
- 03-03-01-15-07-44-1120-192 IMPLEMENTACIÓN DEL MODELO DE GESTIÓN DE TÉCNOLOGIA DE LA INFORMACIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL. (CDP 902)
1.9. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN EL PRESENTE PROCESO.
Podrán participar en el presente proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa Electrónica, personas naturales, personas jurídicas, entidades sin ánimo de lucro, uniones temporales y consorcios nacionales, que dentro de su objeto social comprenda el desarrollo de actividades relacionadas con el objeto del presente proceso de selección, lo cual será objeto de verificación, y estar legalmente autorizado para tal efecto según el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio.
1.9.1. Tener capacidad para contratar conforme a las normas legales (artículo 6 de la Ley 80 de 1993).
1.9.2. No encontrarse incurso en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad para contratar, previstas en la Constitución Política, los artículos 8° y 9° de la Ley 80 de 1993, el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, Ley 1296 de 2009, los artículos 1, 2 y 90 de la Ley 1474 de 2011 y demás normas pertinentes, ni encontrarse en conflicto de intereses con LA SECRETARÍA. Dicha situación se entenderá declarada por el proponente bajo juramento con la firma de la propuesta o del contrato, según el caso.
1.9.3. La duración de la persona jurídica nacional o consorcio o unión temporal no deberá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más, contado a partir de la fecha de entrega de propuestas del presente proceso de selección.
1.9.4. El Representante Legal de la persona jurídica, consorcio o unión temporal, debe estar debidamente facultado o autorizado mediante documento para presentar la propuesta y celebrar el contrato.
Cuando el proponente obre por conducto de un representante o apoderado, allegará con su propuesta, copia del documento legalmente otorgado en el que conste tal circunstancia y las facultades conferidas.
Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano social competente, en el cual conste que está facultado para presentar la oferta y firmar el contrato hasta mínimo el valor de la oferta presentada.
1.9.5. En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales se deberán acreditar los siguientes requisitos:
1.9.5.1. Cumplir individualmente con todos y cada uno de los requisitos exigidos en el presente proceso de selección.
1.9.5.2. Haber sido conformados antes de presentar la propuesta y que el término de su duración no sea inferior al plazo de ejecución del contrato y su liquidación, contado a partir de la fecha de entrega de propuestas. Así mismo, cada uno de sus integrantes deberá tener una duración no inferior al plazo de ejecución del contrato y su liquidación y tres (3) años más, contado a partir de la fecha de entrega de propuestas del presente proceso de selección.
1.9.5.3. En el documento de constitución, los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio o de Unión Temporal y las reglas básicas que regulen las relaciones y responsabilidad de sus integrantes. En el caso de Uniones Temporales se deberán indicar además los términos y extensión de su participación en la propuesta y en su ejecución.
Si en el documento de conformación de la Unión Temporal, no se expresa el porcentaje de participación o la extensión de la responsabilidad de cada uno de los integrantes de la Unión, se le dará el tratamiento de un Consorcio y si llegare el caso de aplicación de sanciones por parte de LA SECRETARÍA, esta las impondrá por igual a cada uno de los integrantes.
1.9.5.4. Los miembros del Consorcio o Unión Temporal deberán designar mediante documento autorizado con la firma de cada una de las partes, la persona que para todos los efectos los representa y su suplente.
1.9.5.5. Debe tenerse en cuenta que no podrá haber cesión de la participación entre los integrantes que conforman el Consorcio o la Unión Temporal. Cuando se trate de cesión a un tercero, se requerirá previa autorización de LA SECRETARÍA, en este evento el cesionario deberá tener las mismas o mejores calidades que el cedente.
Las calidades y demás requisitos exigidos a los proponentes en el pliego de condiciones, deberán acreditarse mediante los documentos expedidos por la entidad y/o autoridad que fuere competente conforme a la Ley colombiana y a lo previsto en el presente proceso de selección.
1.9.6. LIMITACIÓN A MIPYMES:
El presente proceso no puede ser limitado a Mipymes teniendo en cuenta que el presupuesto es superior a ciento veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América (USD125.000), liquidados con la tasa de cambio que para el efecto determinó el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
1.10. CONSULTA XXX XXXXXX DE CONDICIONES, DE LOS ESTUDIOS PREVIOS Y DOCUMENTOS QUE HACEN PARTE DEL PRESENTE PROCESO
El pliego de condiciones podrá ser consultado de conformidad con el cronograma del proceso, en la Dirección de Contratación de LA SECRETARÍA, situada en la Xxxxx 00 Xx. 0-00, xxxx 0 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx, sede de la Dependencia mencionada, y/o en la página web del Portal Único de Contratación del SECOP II xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/.
1.11. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
1.11.1. La propuesta debe sujetarse a las condiciones, plazos y demás aspectos contemplados en el pliego de condiciones. Su presentación implica que el proponente ha analizado a cabalidad los diferentes aspectos y requisitos de este documento y las labores que le corresponde desarrollar en el evento en que sea seleccionado y que acepta todas las condiciones y obligaciones establecidas en las normas vigentes y en este documento.
Las propuestas deberán presentarse UNICAMENTE a través de la Plataforma de SECOP II, en la fecha y hora señalada en el cronograma del proceso, para la entrega de propuestas.
Nota: Los proponentes deberán estar registrados en el SECOP II como proveedores, para lo cual en caso de dudas pueden comunicarse con la mesa de ayuda de Colombia Compra Eficiente.
1.11.2. No se aceptarán propuestas que por cualquier causa lleguen con posterioridad a la fecha y hora señalada en el presente proceso de selección, para su entrega, así como aquellas propuestas que sean enviadas a través de un medio distinto a la Plataforma de SECOP II.
1.11.3. Las propuestas deberán estar escritas en medio mecánico e idioma castellano, y deben referirse y sujetarse a cada uno de los puntos contenidos en el pliego de condiciones.
1.11.4. La carta de presentación de la propuesta deberá llevar la firma autógrafa del representante legal o del apoderado debidamente constituido o del representante del Consorcio o Unión Temporal, cuando de estos se trate.
1.11.5. Cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal deberá presentar, según sea el caso, los documentos solicitados a los oferentes individuales, sin perjuicio del documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
1.11.6. El proponente deberá diligenciar y enviar los anexos del presente proceso de selección.
1.11.7. El proponente podrá solicitar el retiro de su oferta a través de la Plataforma de SECOP II., hasta antes del vencimiento del plazo previsto para el cierre del presente proceso de selección.
1.11.8. Estarán a cargo del proponente, todos los costos asociados a la preparación, elaboración y presentación de la propuesta. Por lo tanto, LA SECRETARÍA no reconocerá reembolso por este concepto.
1.11.9. Las modificaciones, aclaraciones, tachaduras, interlineados o enmiendas de las propuestas, deberán ser convalidadas con la firma al pie o margen de la misma, de quien suscribe la carta de presentación de la propuesta. Sin este requisito las modificaciones o enmiendas no serán consideradas como válidas.
1.11.10. LA SECRETARÍA no aceptará propuestas complementarias o modificatorias, ni observaciones, ni solicitudes de aclaraciones, presentadas con posterioridad a la entrega de propuestas del presente proceso de selección.
1.11.11. En caso de presentarse diferencias en los valores expresados en letras y en números, se tomará el valor expresado en letras.
1.11.12 La oferta debe contener dos partes, la primera en la cual el interesado acredite su capacidad de participar en el Proceso de Contratación y acredite el cumplimiento de la ficha técnica; y la segunda parte debe contener el precio inicial propuesto por el oferente.
1.12. VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS.
Las ofertas deberán tener una validez de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha y hora establecida para la entrega de propuestas o del vencimiento de sus prórrogas, si las hubiere. Por solicitud de LA SECRETARÍA, el proponente prorrogará el término de validez de su propuesta.
1.13. INFORMACIÓN SUMINISTRADA A LA SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO
LA SECRETARÍA de conformidad con lo señalado en el artículo 83 de la Constitución Política, presume que toda la información que el proponente xxxxxxx a este proceso es veraz y corresponde a la realidad. No obstante, LA SECRETARÍA podrá verificar la información suministrada por el proponente.
1.14. COMUNICACIÓN INTERACTIVA
LA SECRETARÍA, en cumplimiento de lo señalado en el artículo 3 de la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015 y la Ley 527 de 1999, y con el fin de facilitar y agilizar la comunicación interactiva con los proponentes durante el proceso de selección, a través del Sistema Electrónico de Contratación Pública - SECOP II xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
A través de la plataforma del SECOP II, los interesados podrán formular consultas, aclaraciones, sugerencias, observaciones, etc. Al pliego de condiciones. Igualmente, podrán consultar los documentos y demás actuaciones que se generen durante el presente proceso de selección.
1.15. PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
De conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 80 de 1993, y lo establecido en el Decreto 371 de 2010, se convoca a las diferentes veedurías ciudadanas, asociaciones cívicas, comunitarias, de profesionales, benéficas o de utilidad común, gremiales, universidades y centros especializados de investigación, para que realicen control social al presente proceso de selección.
El pliego de condiciones definitivo podrá ser consultado a partir de la fecha y hora establecida en el acto de apertura del presente proceso de selección, en el SECOP II través de la dirección electrónica: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
1.16 CONTROL SOCIAL
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 80 de 1993, la Ley 850 de 2003 se convoca públicamente a las veedurías ciudadanas que estén interesadas en realizar control social al presente proceso de contratación, con el fin de que formulen, de considerarlo procedente, las recomendaciones escritas que consideren necesarias para buscar la eficiencia institucional, señalándoles que puedan intervenir en todas las audiencias que se realicen dentro del proceso de selección.
1.17. INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES
Con la presentación de la oferta, el Proponente manifiesta que estudió el Pliego de Xxxxxxxxxxx y todos los documentos del proceso, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza del objeto de la presente contratación, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente.
Las interpretaciones o deducciones que el Proponente haga de lo establecido en este Pliego de Condiciones serán de su exclusiva responsabilidad, por lo tanto, la Secretaria Distrital de Gobierno, no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos en que incurra el proponente que le sean desfavorables y que puedan incidir en la elaboración de su oferta.
El hecho de que el Proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos o servicios objeto del presente proceso, no se considerarán como fundamento válido de futuras reclamaciones.
El oferente deberá elaborar la propuesta, de acuerdo con lo establecido y exigido en las secciones de la plataforma SECOP II y anexar la documentación exigida en cada una de ellas.
El oferente es el único responsable de los documentos presentados en su propuesta y no podrá alegar desconocimiento o falta de responsabilidad sobre los mismos.
Igualmente deberá tener en cuenta el objeto a contratar, los precios, plazos, especificaciones técnicas, económicas o financieras, condiciones de ejecución del contrato y demás elementos que influyan directa e indirectamente durante la ejecución del contrato y sobre el valor de su oferta.
Los Pliegos de Condiciones deben ser interpretados como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada; por lo tanto, al mismo se integran los estudios y documentos previos, anexos y adendas si las hubiere.
El orden de los capítulos y cláusulas de estos Pliegos de Condiciones no deben ser interpretados como un grado de prelación entre los mismos.
Los títulos utilizados en estos Pliegos de Condiciones sirven sólo para identificar textos, y no afectará la interpretación de los mismos.
Cuando el día de vencimiento de un plazo fuese un día inhábil para la Secretaria Distrital de Gobierno o cuando esta Entidad no ofrezca durante este día, por cualquier razón, atención al público, dicho vencimiento se entenderá trasladado al primer día hábil siguiente.
1.18. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR:
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma español deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a dicho idioma.
Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse consularizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 74 y 251 del Código General del Proceso, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
1.19. CONSULARIZACIÓN:
De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, “los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes”.
Tratándose de sociedades, expresa además el citado artículo del Código de Comercio que “al autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. (C.G.P. artículo 74)”.
Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.
1.20. APOSTILLE:
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en este numeral, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen.
Si la apostille está dada en idioma distinto xxx xxxxxxxxxx, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes.
Para el caso de documentos públicos otorgados en el exterior por países que no sean signatarios de la Convención de la Haya, se deberá surtir el trámite de Consularización señalado en el numeral anterior.
1.21. EXIMENTE DE RESPONSABILIDAD A LA SECRETARIA DISTRITAL DE GOBIERNO.
Cuando el proponente no llenare los requisitos para participar o no reúna las condiciones exigidas para contratar, es entendido que no adquiere derecho alguno, la Secretaria Distrital de Gobierno no asume responsabilidad alguna.
El proponente debe elaborar su oferta por su cuenta y riesgo, de acuerdo con lo solicitado en el presente Pliego de Condiciones y sus modificaciones e incluir dentro de ésta toda la información exigida. La oferta junto con los ajustes que se puedan presentar por solicitud de la Secretaria Distrital de Gobierno formará parte integral del contrato, en las partes aceptadas por éste.
El hecho de que los oferentes no se familiaricen debidamente con los detalles y condiciones bajo las cuales serán ejecutados los trabajos, o se suministrarán los bienes o se prestará el servicio, no se considerará como excusa válida para posteriores reclamaciones.
El oferente deberá informarse de todas las regulaciones tributarias vigentes en Colombia; por lo tanto, al preparar la oferta deberá tener en cuenta todos los gastos legales, retención en la fuente, derechos e impuestos a que haya lugar por ley, que puedan afectar sus precios y hayan de causarse durante la ejecución del contrato.
CAPÍTULO ll PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN.
2. PLAZOS Y ETAPAS DEL PROCESO DE LA SELECCIÓN ABREVIADA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
El plazo del proceso entendido como el término dentro del cual los proponentes pueden presentar propuestas queda fijado en el cronograma del proceso, así:
ZONA HORARIA | (UTC-05:00) Bogotá, Lima, Quito | |
Publicación del aviso de convocatoria pública | 10-06-2020 | |
Publicación Estudios Previos | 10-06-2020 | |
Fecha de publicación del proyecto xx xxxxxx de condiciones | 10-06-2020 | |
Plazo para presentar observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones | 18-06-2020 hasta las 10:00 am | |
Respuesta a observaciones y sugerencias al proyecto xx xxxxxx de condiciones | 23-06-2020 | |
Fecha prevista de Publicación xxx Xxxxxx de Condiciones Definitivo | 24-06-2020 hasta las 5:00 pm |
Expedición y publicación acto administrativo de apertura del proceso de selección | 24-06-2020 hasta las 5:00 pm | |
Presentación de Observaciones al Pliego de Condiciones | 02-07-2020 hasta las 5:00 pm | |
Respuesta a las observaciones al Pliego de Condiciones | 06-07-2020 hasta las 7:00 pm | |
Plazo máximo para expedir adendas | 08-07-2020 a las 7:00 PM | |
Presentación de Ofertas | 09-07-2020 hasta las 12:00 M. | |
Apertura de sobre de requisitos habilitantes y técnicos | 09-07-2020 | |
Informe de presentación de ofertas | 09-07-2020 hasta las 12:40 pm | |
Publicación del informe de verificación o evaluación. | 14-07-2020 | |
Presentación de observaciones al informe de evaluación de las Ofertas, publicación de informe definitivo (si aplica) | 15-07-2020 hasta las 5:00 pm | |
Apertura del sobre económico | 17-07-2020 a las 9:30 am | |
Evento de subasta | 17-07-2020 de 11:00 am a 11:30 am | |
Publicación Acto Administrativo de adjudicación o de Declaratoria de Desierto | 21-07-2020 | |
Firma del Contrato | 22-07-2020 | |
Entrega de las garantías de ejecución del contrato | 23-07-2020 | |
Aprobación de las garantías de ejecución del contrato. | 23-07-2020 |
2.1. ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES
LA SECRETARÍA podrá de manera unilateral mediante adendas efectuar las modificaciones que considere pertinentes al pliego de condiciones, las cuales se publicarán en la página web xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx link procesos en curso, entidad Secretaría Distrital de Gobierno, Selección Abreviada por Subasta Inversa Electrónica, razón por la cual será responsabilidad exclusiva del proponente mantenerse al tanto de su publicación y conocimiento.
Las respuestas a las preguntas, aclaraciones y adendas suministradas por la Dirección de Contratación de LA SECRETARÍA, antes de la fecha prevista para la entrega de propuestas, deberán ser tenidas en cuenta por los proponentes para la presentación de las propuestas y harán parte integral de los documentos de la contratación.
En todo caso, cuando sea procedente prorrogar el cronograma que rige el presente proceso de selección, se efectuará mediante adenda la cual será publicada en el Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP II: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/, Selección Abreviada por Subasta Inversa Electrónica.
Lo anterior no impide que, dentro del plazo fijado en el cronograma del presente proceso, los posibles proponentes, si encontraren discrepancias en los documentos de los pliegos de condiciones o tuvieren dudas acerca de su significación o su interpretación, puedan consultarlas a LA SECRETARÍA.
Así mismo en el evento que sea necesario modificar el cronograma, con posteridad a la diligencia de cierre, LA SECRETARÍA de manera unilateral, lo efectuará a través de adenda, las cuales en todo caso serán publicados en el Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP II: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/, Selección Abreviada por Subasta Inversa Electrónica.
En ese sentido la entidad a través de documento escrito que será publicado en el Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP II: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, Selección Abreviada por Subasta Inversa Electrónica, dará respuesta a las mismas.
Si el proponente tuviere dudas sobre el contenido o alcance de cualquiera de los puntos consignados en este documento, podrá a través de xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, solicitar las aclaraciones y/o modificaciones que estime pertinentes.
Se entiende que los proponentes que participan en el presente proceso, conocen los plazos, trámites y demás condiciones establecidas en este pliego de condiciones.
Así mismo, se entiende que tienen conocimiento de los diferentes documentos que han sido publicados durante el presente proceso de selección a través de los diferentes medios de comunicación que utilice para el efecto LA SECRETARÍA.
Por lo anterior la entidad no será responsable, por las posibles reclamaciones u omisiones que en este sentido le formulen los proponentes.
Nota: La consulta y respuesta a las observaciones formuladas por los proponentes, no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de las propuestas.
2.2. PRÓRROGA DE LA FECHA DE ENTREGA DE PROPUESTAS.
LA SECRETARÍA, podrá prorrogar la fecha prevista para la entrega de propuestas del presente proceso de selección cuando así lo estime conveniente por el término que para el efecto se señale en la respectiva adenda.
NOTA: La prórroga de la fecha de entrega de propuestas se dará a conocer a los proponentes a través del Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP II: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
2.3. DILIGENCIA DE ENTREGA DE PROPUESTAS.
Las propuestas deberán ser allegadas y radicadas, a través del Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP II: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
2.4. DOCUMENTOS REQUERIDOS
Los proponentes deberán adjuntar a la propuesta los documentos que se solicitan en el presente proceso, en el Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP II: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, de acuerdo con el presente documento de descripciones y el estudio previo en cuanto aplique y no haya sido modificado con posterioridad a la publicación xxx xxxxxx de condiciones.
2.5. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES, PLAZO PARA SUBSANAR Y EXHIBICIÓN DE INFORME
2.5.1. REQUISITOS HABILITANTES DEL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES:
El proponente, persona natural o jurídica, con domicilio o sucursal en Colombia y cada uno de sus integrantes, si el mismo es un consorcio o una unión temporal o promesa de sociedad futura, deberán acompañar a sus ofertas su inscripción y clasificación en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012, en concordancia con el artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015.
La inscripción en el RUP por parte del proponente y cada uno de sus integrantes en el caso de consorcios y uniones temporales, debe estar vigente y en firme por lo menos hasta antes del evento de subasta, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del citado Decreto, so pena de rechazo de la oferta.
LA SECRETARÍA, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 5 y numeral 2 del artículo 6 de la ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 realizará la verificación de los siguientes requisitos habilitantes, para el efecto, el proponente deberá allegar con su oferta el Registro Único de Proponentes, expedido por la Cámara de Comercio correspondiente:
a) Capacidad jurídica.
b) Capacidad financiera.
c) Capacidad de organización.
d) Experiencia del proponente.
La información objeto de verificación en el RUP, solicitada por la entidad para el presente proceso de selección, deberá encontrarse en firme.
El resultado de la verificación de los requisitos habilitantes y de evaluación de propuestas, se publicarán en el Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP II: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. En dicho informe se señalarán los proponentes habilitados y los no habilitados, los cuales podrán subsanar
la ausencia de requisitos o la falta de documentos habilitantes, so pena del rechazo definitivo de sus propuestas.
Luego de verificados y subsanados los requisitos habilitantes, si a ello hubiere lugar, las entidades procederán a continuar el proceso dentro de los plazos fijados en el pliego de condiciones.
LA SECRETARÍA, podrá solicitar hasta antes de la realización de la adjudicación, las aclaraciones y explicaciones a que hubiere lugar, y si es del caso, que se alleguen los documentos necesarios para tal fin, sin que por ello puedan completar, adicionar, modificar o mejorar las propuestas.
2.6. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
2.6.1. El contrato que surja del presente proceso de selección será de PRESTACIÓN DE SERVICIOS regulado por la ley 80 de 1993, la ley 1150 de 2007 y demás normas que las modifiquen, adicionen o deroguen y en las materias no reguladas en dichas leyes a las disposiciones civiles y comerciales, de conformidad con artículo 13 de la ley 80 de 1993.
El contrato que se derive del presente proceso de selección se adjudicará mediante acto administrativo debidamente motivado, el cual será notificado de conformidad con la ley 80 de 1993 y publicado mediante el Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP II:
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Contra el acto administrativo de adjudicación no procede recurso alguno por la vía administrativa, esto de conformidad con lo establecido en la Ley.
En el evento que el proponente favorecido sea un consorcio o una unión temporal, el o los contratistas, previo a la suscripción del contrato, deberá allegar el formulario del registro único tributario, en el cual conste el NIT del consorcio o de la unión temporal, de conformidad con lo ordenado en la ley tributaria.
CAPÍTULO IIl
VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES
LA SECRETARÍA, por medio del Comité Evaluador, conformado para tal efecto, hará los estudios del caso y el análisis comparativo de las propuestas, teniendo en cuenta para ello los criterios de selección objetiva establecidos en los documentos del presente proceso.
Para que una propuesta sea objeto de evaluación económica y de calidad, el proponente debe cumplir con todos y cada uno de los siguientes requisitos habilitantes:
FACTOR | CUMPLIMIENTO |
Factor Capacidad Jurídica | HABILITADO O NO HABILITADO |
Factor Capacidad Financiera Y Organizacional | HABILITADO O NO HABILITADO |
Factor Capacidad Técnica del Proponente – requisitos mínimos técnicos | HABILITADO O NO HABILITADO |
Experiencia | HABILITADO O NO HABILITADO |
Nota: De conformidad con lo establecido en el artículo 5° de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 5 de la Ley 1882 de 2018, “todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje, deberán ser solicitados por las entidades estatales y deberán ser entregados por los proponentes hasta el término de traslado del informe de evaluación que corresponda a cada modalidad de selección, salvo lo dispuesto para el proceso de Mínima cuantía y para el proceso de selección a través del sistema de subasta. // Serán rechazadas las ofertas de aquellos proponentes que no suministren la información y la documentación solicitada por la entidad estatal hasta el plazo anteriormente señalado. // Durante el término otorgado para subsanar las ofertas, los proponentes no podrán acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso. (…) // Parágrafo 3°. La no entrega de la garantía de seriedad junto con la propuesta no será subsanable y será causal de rechazo de la misma. // Parágrafo 4°. En aquellos procesos de selección en los que se utilice el mecanismo de subasta, los documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas, deberán se solicitados hasta el momento previo a su realización.”
3.1. VERIFICACION FACTOR JURIDICO:
El estudio jurídico tiene por objeto determinar si las propuestas se ajustan a los requerimientos legales y normativos xxx xxxxxx de condiciones y lo establecido en las leyes y los Decretos reglamentarios y para el efecto se verificará lo siguiente:
El proponente persona jurídica, deberá acreditar su existencia, representación legal, facultades del representante y duración de la sociedad, mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, con fecha no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha prevista para la entrega de propuestas, en el cual conste que la sociedad está facultada para desarrollar el objeto del presente proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa Electrónica.
En caso de prórroga del plazo del proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa Electrónica, el certificado de existencia y representación legal, tendrá validez con la primera fecha prevista para la entrega de propuestas.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, se debe presentar el certificado de existencia y representación legal de cada uno de los miembros integrantes.
3.1.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
El proponente deberá presentar la carta de presentación de la propuesta, según el modelo suministrado por la Secretaría en el FORMATO “CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA” y los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones.
La carta de presentación de la propuesta deberá ser firmada por el Representante Legal del proponente de la persona jurídica o por el Representante designado en el documento de constitución, si se trata de consorcio o unión temporal.
El FORMATO “CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA” adjunto a los pliegos de condiciones, es un modelo que contiene todas las declaraciones que debe realizar el proponente. Por lo tanto, el proponente podrá transcribirlo u obtenerlo en medio magnético. En cualquier caso, la carta que presente el proponente, deberá incluir todas las manifestaciones requeridas por la Secretaría.
3.1.2 CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES AL SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES.
De conformidad con lo señalado en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, y en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007 el proponente que sea persona jurídica, deberá entregar una certificación de cumplimiento de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje y cualquier otro aporte parafiscal necesario3, para lo cual deberá tener en cuenta lo siguiente:
⮚ El proponente deberá presentar una certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la ley o por determinación estatutaria, o por el representante legal cuando no se requiera revisor fiscal. Para esto el proponente podrá hacer uso del modelo que se adjunta en el FORMATO “CERTIFICACIÓN DE PAGOS DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES”
⮚ El documento deberá certificar que, a la fecha de presentación de su propuesta, el proponente ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados retroactivamente a partir de la fecha del cierre, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos.
⮚ Si el proponente no tiene más de seis (6) meses de constituido, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.
⮚ Se verificará únicamente la acreditación del respectivo pago a la fecha de presentación de la propuesta, sin perjuicio de los efectos generados ante las entidades recaudadoras por el no pago dentro de las fechas establecidas en las normas vigentes. Para el cumplimiento del aporte en salud, éste se deberá hacer de conformidad con lo establecido en el Decreto 2236 de 1999 y las demás normas que lo regulen.
⮚ En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, el proponente deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo.
⮚ En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes cuando los mismos sean personas jurídicas constituidas en Colombia, deberán presentar en forma individual dicha certificación expedida por el Representante Legal o Revisor Fiscal respectivo, según corresponda.
⮚ En caso que el proponente no tenga empleados a su cargo, o por cualquier motivo no esté obligado al pago de aportes de seguridad social y parafiscales así deberá manifestarlo.
3 Según lo dispone el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
3.1.3 GARANTIA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA.
De conformidad con lo señalado por el artículo 2.2.1.2.3.1.2. del Decreto 1082 de 2015, los proponentes podrán otorgar como mecanismo de cobertura una cualquiera de las siguientes garantías:
• Contrato de seguros contenido en una póliza
• Patrimonio autónomo
• Garantía bancaria.
Para evaluar la suficiencia de la garantía se aplicarán las reglas establecidas en el artículo 2.2.1.2.3.1.9. del referido decreto.
En el caso de que el proponente opte por el contrato de seguros contenido en una póliza debe allegar garantía de seriedad de la propuesta, la cual debe constituirse por la suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial. Las cifras del valor de la póliza deben expresarse en pesos, sin utilizar decimales, para lo cual se aproximará al múltiplo de mil inmediato, teniendo en cuenta reducir al valor inferior si el decimal es de 1 a 49 y aproximar al siguiente superior, si el decimal es de 50 a 99.
Si la oferta se presenta en forma conjunta, es decir, bajo la modalidad de CONSORCIO O UNION TEMPORAL, la garantía de la seriedad de la propuesta deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural.
En caso de póliza de seguro, ésta debe adjuntarse acompañada de las condiciones generales.
En caso que la fecha de cierre de la selección se amplíe, debe tenerse en cuenta la nueva fecha para efecto de la vigencia de la garantía.
La garantía de seriedad de la oferta conforme al artículo 2.2.1.2.3.1.2. del Decreto 1082 de 2015 debe cubrir la sanción derivada del incumplimiento de la oferta, en los siguientes eventos:
• La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la Adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses.
• El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas.
• La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.
• La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato.
La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de dicha propuesta.
Cuando la garantía de seriedad que aporte el proponente presente error en el nombre del beneficiario, tomador, vigencia, monto asegurado, no estar referida al presente proceso de selección o no allegarse
las condiciones generales en caso de póliza de seguros, la Secretaría solicitará al proponente los documentos e información del caso, para lo cual el proponente cuenta con el plazo establecido en el cronograma del proceso para anexarlo.
Para su constitución deberá tenerse en cuenta la siguiente información:
BOGOTÁ D.C. SECRETARIA DISTRITAL DE GOBIERNO – NIT: 899.999.061-9 | |
BENEFICIARIO: | |
Xxxx ser otorgada por la proponente persona natural o por el representante legal cuando el proponente sea persona jurídica, de conformidad con el nombre registrado en el certificado de existencia y representación legal. Cuando el ofrecimiento sea presentado por un proponente plural bajo la figura de Unión Temporal, Consorcio o Contrato de Asociación Futura, la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural. | |
QUIEN DEBE OTORGARLA: | |
El valor de esta garantía no podrá ser inferior al diez por ciento (10%) del monto del presupuesto oficial estimado. | |
CUANTÍA | |
Noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha de cierre de la presente Selección abreviada | |
VIGENCIA: | |
El texto de la garantía deberá indicar textualmente el número de proceso, año y objeto exacto al cual presente propuesta | |
TEXTO: | |
La garantía deberá encontrarse suscrita tanto por quien la expide como por quien la solicita. | |
FIRMAS: | |
3.1.4. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES
Conforme con el artículo 6 de la ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012, “Todas las personas naturales o jurídicas nacionales, o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, se inscribirán en el Registro Único de Proponentes del Registro Único Empresarial de la Cámara de Comercio con jurisdicción en su domicilio principal”.
Dado lo anterior los proponentes deberán allegar el Registro Único de Proponentes expedido por la Cámara de Comercio cuya fecha de expedición no podrá ser superior a treinta (30) días calendario anterior a la fecha de cierre del presente proceso, en el cual se verificará además de los requisitos habilitantes que tengan domicilio o sucursal en Bogotá. Para propuestas en asociación al menos uno de los integrantes debe acreditar tener su domicilio o sucursal en la ciudad de Bogotá.
La inscripción en el Registro Único de Proponentes (RUP) debe estar vigente y en firme a la fecha de cierre del proceso de selección.
Si el interesado es un Consorcio o una Unión Temporal, sus miembros deben estar inscritos en forma individual en el RUP de la Cámara de Comercio.
Nota: Los códigos se toman del clasificador de bienes y servicios, Código Estándar de Productos y Servicios de Naciones Unidas UNSPSC
3.1.5. OBJETO SOCIAL O ACTIVIDAD
El proponente (persona jurídica o cooperativa) debe acreditar dentro de su objeto social o actividad, el desarrollo de actividades relacionadas con el servicio de vigilancia y seguridad privada en las modalidades de vigilancia fija y móvil con armas y medios tecnológicos.
3.1.6. Documento de conformación del Consorcio o Unión Temporal, si es la condición del oferente o Promesa de Sociedad Futura
Consorcio o Unión Temporal: Los proponentes que se presenten bajo una de estas modalidades deberán presentar el documento que acredite la conformación del Consorcio o Unión Temporal con el lleno de los requisitos exigidos por el parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1993.
En el documento de constitución deberá constar la siguiente información:
1. Los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal.
2. En caso de Unión Temporal deberán señalar los términos y porcentaje de su participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de LA SECRETARÍA.
3. Designar la persona que para todos los efectos legales representará el Consorcio o a la Unión Temporal y señalarán las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad.
4. Indicar el término de duración del Consorcio o Unión temporal, el cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más.
Para la presentación de los documentos que se enuncian como requisitos habilitantes jurídicos, cada uno de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal deberá acompañarlos y/o acreditarlos en forma individual, sin perjuicio del documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
En los casos en que se conformen sociedades bajo cualquiera de las modalidades previstas en la Ley con el único objeto de presentar una propuesta, celebrar y ejecutar un contrato estatal, la responsabilidad y sus efectos se regirá por las disposiciones previstas en la ley para los consorcios, por lo tanto en caso de uniones temporales es obligatorio señalar los términos y porcentaje de participación de cada integrante en la propuesta y en la ejecución del contrato, so pena de ser tomada como consorcio.
Promesa de Sociedad Futura: Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a LA SECRETARÍA uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente:
a. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar, ejecutar y liquidar el contrato que se derive del presente proceso de selección.
b. Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
c. Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir.
d. La manifestación expresa de cada uno de los promitentes de que responderá solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad; (i) por los perjuicios sufridos por LA SECRETARÍA derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y, (ii) por las obligaciones que se deriven de las propuestas y del contrato que se derive del presente proceso de selección.
e. La inclusión de una cláusula en el contrato de sociedad, según la cual aquellos accionistas que; (i)
xxxxx aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o,
(ii) hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de LA SECRETARÍA en los términos del contrato de prestación de servicios.
f. La duración de la sociedad debe ser igual o superior a tres (3) años contados a partir de su constitución.
g. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la adjudicación.
h. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo.
i. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura, deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los siete
(7) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación.
j. La promesa es irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los siete (7) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la
escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad.
3.1.7. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL - ANEXAR CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL O MATRICULA MERCANTÍL:
Para personas naturales y/o jurídicas internas o nacionales:
Las personas jurídicas deberán presentar el certificado de existencia y representación legal o el documento que haga sus veces, con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha límite de recepción de ofertas, donde conste que, de acuerdo con su objeto social, cuenta con la capacidad jurídica para celebrar y ejecutar contratos relacionados con el objeto de este proceso.
Si el proponente es una persona natural comerciante, deberá presentar un Certificado de Inscripción en el Registro Mercantil expedido por la Cámara de Comercio en donde conste que se encuentra inscrito, así como la determinación de su actividad relacionada con el objeto de la presente convocatoria. Este certificado debe tener fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario a la fecha límite de recepción de las ofertas. En caso de personas naturales que no estén obligadas a inscribirse en el registro mercantil, como es el caso de las profesiones liberales, no deberán acreditar tal requisito.
Si la oferta se presenta a nombre de una Sucursal, se deberá anexar los Certificados, tanto de la Sucursal como de la Casa Principal.
3.1.8. CÉDULA DE CIUDADANÍA DE LA PERSONA NATURAL O REPRESENTANTE LEGAL.
El proponente debe allegar fotocopia del documento de identidad de la persona natural o del representante legal del documento de identidad de conformidad con las leyes 757 de 2002 y 999 de 2005 y el decreto 4969 de 2009 del Ministerio del Interior.
3.1.9. CERTIFICADO ANTECEDENTES FISCALES EXPEDIDO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
Conforme al artículo 60 de la ley 610 de 2000 y el parágrafo 1 del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, el proponente persona natural, o persona jurídica, y/o cada uno de los integrantes del proponente plural (consorcio o unión temporal), no podrán estar relacionados en el Boletín de Responsables Fiscales. LA SECRETARÍA acorde con la Ley 962 de 2005 verificará en la página web de la Contraloría el respectivo Boletín.
3.1.10. CERTIFICADO ANTECEDENTES EXPEDIDO POR LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN:
CERTIFICADO ANTECEDENTES EXPEDIDO POR LA PERSONERIA:
El proponente y todos los integrantes del consorcio o unión temporal, no podrán tener antecedentes disciplinarios que le inhabiliten o impidan presentar la propuesta y celebrar el contrato. LA SECRETARÍA conforme la ley 1238 de 2008 consultará los antecedentes en la página web de la Procuraduría General de la Nación.
3.1.10. CERTIFICADO ANTECEDENTES JUDICIALES, MEDIDAS CORRECTIVAS E INHABILIDADES SEXUALES, EXPEDIDO POR LA POLICIA NACIONAL:
LA SECRETARÍA conforme al Decreto Ley 019 de 2012, consultará y verificará, de la página Web de la Policía Nacional de Colombia los antecedentes judiciales del representante legal de la persona jurídica individual, de los representantes legales de los consorcios y/ uniones temporales que hayan participado en el presente proceso.
3.1.11. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO –RUT– EXPEDIDO POR LA DIAN – ANEXAR DOCUMENTO.
3.1.12. REGISTRO IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA –RIT– EXPEDIDO SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - ANEXAR DOCUMENTO.
3.1.13. FORMATO ÚNICO DE HOJA DE VIDA, PARA PERSONA NATURAL O JURÍDICA - ANEXAR DOCUMENTO.
3.1.14. FORMATO BIENES CONFLICTO DE INTERESES.
VERIFICACIÓN CAPACIDAD FINANCIERA DE ACUERDO CON EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES – RUP.
FACTOR CAPACIDAD FINANCIERA
Requisitos Habilitantes de carácter Financiero:
Para efectos de la verificación financiera, el proponente debe acreditar mediante el Registro Único de Proponentes RUP, en el que se certifique la capacidad financiera con las cifras del Activo Corriente, Pasivo Corriente, Activo Total, Pasivo Total, Patrimonio, Gastos de Intereses y Utilidad Operacional, del Estado de Situación Financiera y Estado de Resultados con corte a 31 de diciembre de 2019.
Sí el proponente es un consorcio, unión temporal o cualquier otra modalidad de asociación, cada uno de sus integrantes deberá allegar el correspondiente Certificado de Registro Único de Proponentes con la información financiera con corte a 31 de diciembre de 2019.
Los proponentes o sus integrantes, no obligados a inscribirse en el RUP, deberán justificar expresamente tal circunstancia y presentar los Estados Financieros (Estado de Situación Financiera y Estado de
Resultados) con corte a 31 de diciembre de 2019, certificados por Contador Público o Revisor Fiscal en caso tener la obligación legal de contar con éste.
Cuando se trate de Uniones Temporales la capacidad financiera se determinará con base en la participación porcentual de cada uno de sus integrantes, de tal forma que la sumatoria sea el 100%. Para el caso de los consorcios la capacidad financiera se determinará de acuerdo con número de participantes, por partes iguales en concordancia con el artículo 7° de la Ley 80 de 1993.
La información financiera debe ser presentada en moneda legal colombiana, por ser esta la Unidad de cuenta contable por expresa disposición legal, de conformidad con lo establecido en el Decreto 2420 de 2015 (NCIF), en el cual se incorpora a la Norma Internacional de Contabilidad No.21 (NIC 21).
La Secretaria Distrital de Gobierno hará la verificación financiera de cada una de las propuestas, la cual no otorgará puntaje y como resultado de esta se decidirá sobre la declaratoria de HÁBIL o NO HÁBIL.
En caso de que el proponente no esté excluido de inscribirse en el Registro Único de Proponentes y presente la propuesta sin este documento, la Secretaria Distrital de Gobierno evaluará la propuesta desde el punto de vista financiero como NO HÁBIL.
Los proponentes deberán cumplir con los siguientes Índices Financieros: CAPACIDAD FINANCIERA
INDICE DE LIQUIDEZ
IL = Activo Corriente / Pasivo Corriente ≥ 1.1 veces
De acuerdo con el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación del Proponente expedido por la Cámara de Comercio con la información financiera a 31 de diciembre de 2019, la Secretaria Distrital de Gobierno verificará el índice de liquidez, el cual debe ser mayor ó igual a UNO PUNTO UNO (1.1) veces. Resultados menores inhabilitan al proponente.
Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, el procedimiento para su cálculo se basará en el porcentaje de participación de cada uno de los miembros de la figura asociativa, así:
(IL1 x % participación + IL2 x % participación + IL3 x % participación +... +. ILn x % participación)
1. NIVEL DE ENDEUDAMIENTO
NE = (Pasivo Total/Activo Total)*100 ≤ 66%
De acuerdo con el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación del proponente expedido por la Cámara de Comercio con la información financiera a 31 de diciembre de 2019, la Secretaria Distrital de Gobierno verificará el Nivel de Endeudamiento del proponente, el cual debe ser menor o igual al SESENTA Y SEIS (66%) por ciento. Resultados superiores inhabilitan al proponente.
Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, el procedimiento para su cálculo se basará en el porcentaje de participación de cada uno de los miembros de la figura asociativa
(NE1 x % participación + NE2 x % participación + NE3 x % participación +... + NEn x % participación)
2. RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES
RC = (Utilidad Operacional / Gastos de Intereses) ≥ 1.9 veces o INDETERMINADO
De acuerdo con el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación del proponente expedido por la Cámara de Comercio con la información financiera a 31 de diciembre de 2019, la Secretaria Distrital de Gobierno verificará la Razón de Cobertura de Intereses del proponente, el cual debe ser mayor o igual a UNO PUNTO NUEVE (1.9) veces. Resultados inferiores inhabilitan al proponente.
Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, el procedimiento para su cálculo se basará en el porcentaje de participación de cada uno de los miembros de la figura asociativa
(RC1 x % participación + RC2 x % participación + RC3 x % participación +... + RCn x % participación)
Nota: Si el proponente no tiene obligaciones que le demanden el pago de intereses y sus gastos en intereses es igual a cero (0), el proponente cumple el indicador y será declarado hábil para este indicador.
Sí el proponente no tiene obligaciones que le demanden el pago de intereses; pero su utilidad operacional es negativa (Pérdida Operacional), el proponente no cumple con el indicador y será declarado NO HABIL.
• CAPITAL DE TRABAJO
CT = (Activo Corriente - Pasivo Corriente) ≥ 64% del Presupuesto Oficial
De acuerdo con el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación del proponente expedido por la Cámara de Comercio con la información financiera a 31 de diciembre de 2019, la Secretaria Distrital de Gobierno verificará el Capital de Trabajo del proponente, el cual debe ser mayor o igual a 64% del Presupuesto Oficial. Resultados inferiores inhabilitan al proponente.
Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, el procedimiento para su cálculo se basará en el porcentaje de participación de cada uno de los miembros de la figura asociativa
(CT1 x % participación + CT2 x % participación + CT3 x % participación +... + CTn x % participación).
CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
- Rentabilidad del Patrimonio:
RP = (Utilidad Operacional / Patrimonio) ≥ a 5%
De acuerdo con la información financiera del Proponente, la Secretaria Distrital de Gobierno verificará la Rentabilidad del patrimonio, la cual debe ser mayor o igual a CINCO (5%) por ciento. Resultados inferiores inhabilitan al proponente
Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, el procedimiento para su cálculo se basará en el porcentaje de participación de cada uno de los miembros de la figura asociativa.
(RP1 x % participación + RP2 x % participación + RP3 x % participación + ... + RPn x % participación).
1. Rentabilidad del Activo
RAct = (Utilidad Operacional / Activo Total): ≥ a 2%
De acuerdo con la información financiera del Proponente, la Secretaria Distrital de Gobierno verificará la Rentabilidad del activo, la cual debe ser mayor o igual a DOS (2%) por ciento. Resultados inferiores inhabilitan al proponente.
Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, el procedimiento para su cálculo se basará en el porcentaje de participación de cada uno de los miembros de la figura asociativa
(RAct1 x % participación + RAct2 x % participación + RAct3 x % participación +... + RActn x % participación).
Para que la propuesta sea declarada HÁBIL en la Capacidad Organizacional el Proponente deberá cumplir con base en los valores financieros del Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación del proponente expedido por la Cámara de Comercio con corte a 31 de diciembre de 2019, con los DOS (2) indicadores solicitados en este pliego.
Observación:
Los componentes financieros y la capacidad organizacional se encuentran dentro de los parámetros estipulados por la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, el Manual de Colombia Compra Eficiente y por la información histórica que posee la Secretaria Distrital de Gobierno, al respecto de este proceso.
3.3. FACTOR CAPACIDAD TÉCNICA DEL PROPONENTE:
3.3.1. Experiencia
El proponente debe acreditar la experiencia en la celebración y ejecución de por lo menos dos y máximo tres contratos que correspondan a la clasificación de bienes y servicios, reportados en el RUP – Registro Único de Proponentes y cuya sumatoria será por un valor igual o superior a 1.840 SMMLV, ejecutados dentro de los últimos 3 años anteriores al cierre del proceso de selección.
Los contratos según el ítem anterior se acreditarán en el Registro Único de Proponentes (RUP) identificados con alguno de los códigos que se relacionan a continuación y que en SMLMV cubra la experiencia mínima requerida, así:
SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | NOMBRE DE LA CLASE | SMMLV (VALOR TOTAL) |
81000000 | 81110000 | 81112200 | MANTENIMIENTO Y SOPORTE DE SOFTWARE | >= 1.840 SMMLV. |
43000000 | 43230000 | 43233200 | SOFTWARE DE SEGURIDAD Y PROTECCION | |
43000000 | 43220000 | 43222500 | EQUIPO DE SEGURIDAD DE RED |
El oferente debe diligenciar el FORMULARIO – “RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE” (Ver Anexo), CON LOS CONTRATOS QUE LA ENTIDAD VERIFICARÁ EN EL RUP, PUESTO QUE SERÁN LOS ÚNICOS QUE TENDRÁ EN CUENTA PARA DETERMINAR SI LA PROPUESTA ES HABILITADA O NO
En caso de que el contrato relacionado haya sido ejecutado por un consorcio o unión temporal, del cual el proponente fue integrante, se tendrá en cuenta su porcentaje de participación de acuerdo con las condiciones de experiencia reportadas en el RUP.
Para el caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia general acreditada es la sumatoria de los contratos aportados por los miembros del consocio o unión temporal. Cualquiera de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, podrá acreditar la experiencia con al menos un contrato de acuerdo con las condiciones de experiencia reportadas en el RUP. Si el Consorcio o Unión Temporal, no acredita la experiencia en la forma aquí indicada, se entenderá que la propuesta no cumple con la experiencia mínima solicitada.
En el caso de que en la información reportada en el RUP no se pueda establecer los salarios mínimos requeridos en la clasificación antes señalada, el proponente deberá informarlo de forma detallada en el formato RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE (ANEXO 2), el cual se suscribe bajo la gravedad del juramento por el Representante Legal de la empresa proponente si es persona jurídica; y en el caso de Consorcios o Uniones Temporales, deberá ser firmado por su representante, indicando cuantos SMMLV del valor total del contrato le corresponden al código de Naciones Unidas solicitado en el cuadro anterior, para efectos de establecer que el proponente interesado cumple con la totalidad de SMMLV en el código solicitado. Cuando exista diferencia entre la información relacionada en el formato y la consagrada en el RUP, prevalecerá la información del RUP. Además debe allegar las certificaciones soporte de los contratos, las cuales deberán contener la información suficiente para que la entidad pueda constatar la veracidad de la información allí consignada.
Se entiende por certificación la acreditación de la experiencia en la cual se señale como mínimo: el objeto del contrato ejecutado, el plazo y el valor. En consecuencia, si en una misma certificación se presenta la acreditación de la experiencia de más de un contrato, se tomará cada contrato como una (1) certificación de experiencia.
El proponente deberá hacer valer ante la entidad contratos similares al objeto contratado, en el cual se pueda deducir que se realizaron actividades relacionadas con el objeto del contrato. De llegarse a presentar un certificado de un contrato que no se pueda deducir el objeto este NO será tenido en cuenta por la entidad.
La Secretaría Distrital de Gobierno requerirá las aclaraciones en caso de ser necesario y que considere prudentes, en relación con el requisito de experiencia y de manera exclusiva sobre los contratos que se relacionen dentro de la propuesta, que en todo caso deberán estar relacionadas en el RUP.
Será hábil aquella propuesta que acredite el cumplimiento de la experiencia mínima en la forma prevista en este acápite; en consecuencia, si se omite el cumplimiento de la experiencia mínima será declarado no hábil técnicamente.
Si hay diferencia entre el RUP y la información que se diligencia en el formato “RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE”, prevalecerá la información reportada en el RUP y en caso de que el proponente no discrimine o no subsane la discriminación de los SMLMV de cada uno de los códigos del contrato que pretende hacer valer según el RUP, la propuesta será declarada no hábil por la Secretaria Distrital de Gobierno, ya que ésta no puede presumir los valores de los códigos, previo agotamiento de subsanación.
El oferente debe diligenciar el formato – “RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE”, CON LOS CONTRATOS QUE LA ENTIDAD VERIFICARÁ EN EL RUP, PUESTO QUE SERÁN LOS ÚNICOS QUE TENDRÁ EN CUENTA PARA DETERMINAR SI LA PROPUESTA ESTÁ HABILITADA O NO.
REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto 019 de 2012, “Todas las personas naturales o jurídicas nacionales, o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, se inscribirán en el Registro Único de Proponentes del Registro Único Empresarial de la Cámara de Comercio con Jurisdicción en su domicilio principal”
El proponente deberá entregar el certificado del RUP con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario al momento de presentar la propuesta.
Inscripción y Clasificación en el Registro Único de Proponentes.
El proponente, persona natural o jurídica, con domicilio o sucursal en Colombia y cada uno de sus integrantes si el mismo es un consorcio o una unión temporal o promesa de sociedad futura, deberán acompañar sus ofertas con la certificación vigente y en firme de su inscripción y clasificación en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012, en concordancia con el artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015.
La Inscripción en el RUP por parte del proponente y cada uno de sus integrantes en el caso de consorcios y uniones temporales, debe estar vigente y en firme con anterioridad a la audiencia de subasta, para la verificación de requisitos habilitantes contenidos en el RUP, SO PENA DE RECHAZO DE LA OFERTA.
3.3.2. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
PARA RENOVACION DE LICENCIAMIENTO, SOPORTE Y GARANTÍA DE LA INFRAESTRUCTURA DE SEGURIDAD FORTINET
✓ El oferente debe ser canal (partner) certificado con nivel de membresía advanced o expert del fabricante de los equipos ofertados, y estar en capacidad técnica de configurar, mantener y dar soporte técnico de los equipos. En consecuencia, el oferente deberá presentar la certificación que lo acredite como partner de la marca. Este documento debe ser expedido por el fabricante del equipo ofertado con fecha no mayor a 30 días calendario anteriores a la fecha de presentación de la propuesta y dirigido a la entidad a la cual va a presentar el proceso incluyendo el objeto de este.
✓ El oferente deberá cumplir con lo especificado en la ficha técnica (ver anexo 4), adicionalmente deberá anexar en la plataforma SECOP II el CATALOGO de los modelos ofertados donde el comité evaluador verificará el cumplimiento de la ficha técnica
RENOVACION DE LICENCIAMIENTO, SOPORTE, GARANTIA Y UPGRADE DE LA INFRAESTRUCTURA DE SEGURIDAD FORTINET.
✓ El oferente debe ser canal (partner) certificado con nivel de membresía advanced o expert del fabricante de los equipos ofertados, y estar en capacidad técnica de configurar, mantener y dar soporte técnico de los equipos. En consecuencia, el oferente deberá presentar la certificación que lo acredite como partner de la marca. Este documento debe ser expedido por el fabricante del equipo ofertado con fecha no mayor a 30 días calendario anteriores a la presentación de la propuesta, dirigido a la entidad a la cual va a presentar el proceso incluyendo el objeto de este.
✓ El oferente deberá cumplir con lo especificado en la ficha técnica (ver anexo 4), adicionalmente deberá anexar en la plataforma SECOP II el CATÁLOGO de los modelos ofertados donde el comité evaluador verificará el cumplimiento de la ficha técnica.
PLATAFORMAS FORTINET PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTUA DE SEGURIDAD EN EL DATACENTER PRINCIPAL, FORTALECIMIENTO DE ACCESO DE TELETRABAJADORES Y ASEGURAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE INFORMACION EN LAS NUBES PÚBLICAS XX XXXXX Y ORACLE.
✓ El oferente debe ser canal (partner) certificado con nivel de membresía advanced o expert del fabricante de los equipos ofertados y estar en capacidad técnica de configurar, mantener y dar soporte técnico de los equipos. En consecuencia, el oferente deberá presentar la certificación que lo acredite como partner de la marca. Este documento debe ser expedido por el fabricante del
equipo ofertado con fecha no mayor a 30 días calendario dirigido a la entidad a la cual va a presentar el proceso incluyendo el objeto de este.
✓ El oferente deberá cumplir con lo especificado en la ficha técnica (ver anexo 4); adicionalmente deberá anexar en la plataforma SECOP II el CATÁLOGO de los modelos ofertados donde el comité evaluador verificará el cumplimiento de la ficha técnica.
✓ El oferente deberá presentar una certificación emitida por fábrica, donde conste que todas las máquinas tienen soporte con fábrica por 1 año. Este documento debe ser expedido por el fabricante de los equipos ofertados con fecha no mayor a 30 días calendario anteriores a la presentación de la oferta, y dirigido a la entidad a la cual va a presentar el proceso incluyendo el objeto de este.
CAPÍTULO IV
CRITERIOS DE EVALUACION Y VERIFICACION
De conformidad con el numeral 3 del Art. 5 de la Ley 1150 de 2007 en la selección abreviada para la adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización, el único factor de evaluación es el menor precio ofrecido.
MODALIDAD DE SELECCIÓN | CRITERIOS DE EVALUACIÓN | CARACTERÍSTICAS |
Selección Abreviada para la adquisición o suministro de bienes con características técnicas uniformes y de común utilización. | Menor Precio | - Ficha Técnica. - Lance: Margen mínimo de mejora de oferta 5 % |
En ningún caso la oferta inicial de precio por valor unitario puede superar el valor total promedio incluido IVA establecido por la entidad al realizar el estudio previo, por tal motivo la entidad revisará la oferta
inicial de precio del proponente que, una vez cumplidos los requisitos habilitantes, oferte el menor valor; y en caso que supere el tope establecido en el estudio mercado se procederá a su rechazo.
El porcentaje de la subasta se debe aplicar por el valor total de la propuesta económica final
En caso de que se presente alguna oferta inicial de precio en un peso ($1.oo) por renovación y la adquisición de equipos de seguridad perimetral y la solución, no habrá lugar a realizar puja alguna adicional.
REGLAS DE DESEMPATE DE OFERTAS:
De conformidad con el numeral 9 del artículo 2.2.1.2.1.2.1.2 del Decreto 1082 de 2015, cuando no haya más lances de mejora de precio y exista empate, se adjudicará el contrato al que presentó la menor propuesta inicial. De persistir el empate, se aplicarán las reglas del numeral 1 al 5 del artículo 2.2.1.1.2.2.9 de la siguiente manera:
1. Se preferirá la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros. NOTA: Para aplicar la anterior regla se deberá aportar con la propuesta la certificación debidamente suscrita por el representante legal.
2. De continuar con el empate, se preferirá la oferta presentada por una Mipyme nacional.
3. De continuar el empate se preferirá la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura. NOTA: Para aplicar los numerales 2 y 3 se deberá aportar con la propuesta la certificación debidamente suscrita por el representante legal, y el revisor fiscal, si está obligado a tenerlo en el que conste dicha situación.
4. De continuar el empate se preferirá la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta. NOTA: Para aplicar la anterior regla se deberá aportar con la propuesta la certificación debidamente suscrita por el representante legal, así como la certificación del Ministerio de Trabajo, en que conste dicha situación.
5. Si persiste el empate, se llevará a cabo un sorteo entre los proponentes empatados, de acuerdo con las siguientes reglas:
Se procederá a elegir el ganador mediante sorteo por balotas, para lo cual se citará a los Representantes Legales (o delegados) de las propuestas empatadas para que seleccionen balotas numeradas de
acuerdo con el número de proponentes. El orden en que cada proponente sacará la balota será de acuerdo con el orden de presentación de las propuestas en la Plataforma de SECOP II. Los proponentes procederán a sacar la balota en el orden que se haya determinado y se adjudicará el contrato quien saque la balota con el número mayor y cuyo resultado debe ser aceptado de antemano por los proponentes involucrados en el empate sin lugar a reclamación alguna.
NOTA: De conformidad con el Estado de Emergencia Económica, Social, y Ecológica en todo el territorio nacional y/o el estado de Calamidad Pública en el Distrito Capital y atendiendo lo preceptuado en el numeral 5, la SECRETARIA adoptará el protocolo o mecanismo correspondiente para efectuar el desempate, atendiendo las medidas de protección a la salud de los intervinientes en el proceso contractual, conforme con las disposiciones adoptadas por los Gobiernos Nacional y Distrital entre otras las siguientes Resolución N° 666 del 24 xx xxxxx de 2020, mediante el cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia COVID-19; los Lineamientos de bioseguridad para adaptar en los sectores diferentes a salud, versión 01 código GIPS24 expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social en el mes xx Xxxxx de 2020; el Reglamento Sanitarito Internacional – RSI 2005; la Ley 09 de 1979 “Por la cual se dictan medidas sanitarias” Título III Salud Ocupacional; la Resolución 2400 de 1979 “Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo”. Título V De la ropa de trabajo equipos y elementos de protección personal; la Resolución 1016 de 1989 “Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país”; Decreto 1601 de 1984; la Resolución 4445 de 1996 “Por el cual se dictan normas para el cumplimiento del contenido del Título IV de la Ley 09 de 1979, en lo referente a las condiciones sanitarias que deben cumplir los establecimientos hospitalarios y similares”; el Decreto 3518 de 2006, compilado en el Decreto 780 de 2016; el Decreto 1443 de 2014 Por el cual se dictan disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG- SST); y la Resolución 3100 de 2019.
La omisión de la información requerida en este numeral no será subsanable por ser criterio de desempate, en todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la participación del proponente, ni es causal de rechazo de la propuesta.
CAPÍTULO V CAUSALES DE RECHAZO
Para el actual proceso de selección constituyen causales de rechazo de propuestas las siguientes:
1. Cuando en el certificado de existencia y representación legal se verifique que el objeto social del proponente (o de cualquiera de los integrantes cuando sea Consorcio o Unión Temporal) no se ajusta a lo exigido en el pliego de condiciones.
2. Cuando de conformidad con el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio o por la autoridad competente, con los estatutos de la persona jurídica o con certificación juramentada proveniente del representante legal del proponente, se determine que la duración de la persona jurídica no es igual a la del plazo para la ejecución del contrato y tres (3) años más.
3. Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse.
4. Cuando no se acredite la debida constitución de apoderado en Colombia o este no tenga las facultades para representar a las sociedades extranjeras proponentes, de acuerdo con lo exigido en el pliego o cuando el término de duración de las facultades no abarque hasta la constitución de la sucursal en Colombia.
5. Cuando el proponente no se encuentre inscrito en el RUP (Salvo los casos excepcionales que la Ley consagra).
6. Cuando la inscripción, renovación del RUP del proponente y /o de cualquiera de los integrantes de la figura asociativa no se encuentre en firme con anterioridad al evento de subasta del presente proceso.
7. Cuanto se presentan inconsistencias o datos tergiversados en la información presentada por el proponente, o por alguno de los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal, teniendo en cuenta lo señalado en el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007.
8. Cuando el proponente o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal se encuentre incurso en alguna de las causales de disolución y/o liquidación de sociedades.
9. Cuando existan varias propuestas presentadas por el mismo proponente ya sea en forma individual o en calidad de integrante de un consorcio o unión temporal.
10. Cuando las personas naturales o los socios o asociados de la persona jurídica o los miembros del consorcio o unión temporal que presentan propuesta, pertenezcan a otro proponente que también haya presentado propuesta para el presente proceso de selección.
11. Cuando la SECRETARÍA detecte inconsistencias que no puedan ser resueltas por los proponentes mediante pruebas que aclaren la información presentada.
12. Cuando la propuesta se presente después de vencido el plazo establecido para el cierre del proceso de acuerdo al cronograma del proceso de selección.
13. Cuando la oferta no sea presentada a través de la Plataforma del SECOP II.
14. Cuando el proponente se halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar establecidas en la Constitución o en la Ley y en los eventos de prohibición para contratar.
15. Cuando el proponente o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal se encuentre reportado en el Boletín de Responsables Fiscales vigente que expide la Contraloría General de la República, se le hará la advertencia que debe acreditar la cancelación de las obligaciones contraídas
o la vigencia de un acuerdo de pagos con anterioridad a la adjudicación del contrato, de lo contrario la oferta será rechazada.
16. Cuando la SECRETARÍA comprobare la violación por parte del proponente, de sus empleados o de un agente comisionista independiente actuando en su nombre, de los compromisos anticorrupción asumidos por el proponente.
17. Cuando se compruebe colusión o fraude entre los proponentes, que altere la transparencia para la selección objetiva, en este caso se rechazarán las propuestas que se encuentren en esta situación.
18. Cuando se compruebe que dentro de los cinco (5) años anteriores a la presentación de la propuesta, el oferente o uno de los conformantes de cualquier forma de asociación para la presentación de propuesta, consorcio o unión temporal, o sus representantes legales hayan infringido las normas relativas a lavado de activos.
19. Cuando el proponente no subsane o no subsane en debida forma lo requerido por la SDG, la ausencia de requisitos o la falta de documentos habilitantes. También de conformidad con la Ley 1882 de 2018, será causal de rechazo las ofertas de aquellos proponentes que no suministren la información y la documentación solicitada por la entidad estatal hasta el término de traslado del informe de evaluación señalado en el cronograma.
20. Cuando no se xxxxxxx junto con la propuesta la garantía de seriedad de la oferta, según lo enuncia el parágrafo 3° del artículo 5° de la Ley 1150 de 2007, el cual fue adicionado a través de la Ley 1882 de 2018.
21. Cuando de conformidad con la información con la cual cuenta la SECRETARIA se estime que el valor de una oferta resulta artificialmente baja y no logre demostrar que el valor de su propuesta responde a circunstancias objetivas tanto del proponente como de su oferta.
22. Cuando no se presente la propuesta económica en la Plataforma del SECOP II (Anexo 1 - En línea) o su diligenciamiento incompleto dará lugar a que la propuesta sea rechazada.
23. Cuando no se presente la propuesta económica con el precio en la forma solicitada (es decir cuando no se pueda determinar que se hayan tomado en cuenta los parámetros señalados por la entidad para efectuar la oferta) o su modificación sustancial.
24. Cuando el valor de la propuesta económica sobrepase el valor del presupuesto oficial del presente proceso de selección.
25. Cuando se demuestre que a la fecha de presentación de su propuesta, el proponente no se encuentra al día, durante los seis (6) meses anteriores a la fecha del cierre del presente proceso de selección, con el cumplimiento en el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud, Pensión y Riesgos Profesionales y los aportes parafiscales, cuando a ello hubiere lugar, en cumplimiento a lo estipulado en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y normas complementarias.
26. Cuando la propuesta no cumpla con cualquiera de los requisitos técnicos requeridos en el pliego de condiciones y/o estudio previo.
27. Cuando el proponente señale su desacuerdo o imposibilidad de cumplir las obligaciones y condiciones previstas en el pliego de condiciones, o presente condicionamiento para la adjudicación.
28. Cuando el proponente no cumpla con base en las cifras financieras reportadas en el Registro Único de Proponentes expedido por la Cámara de Comercio con la información financiera a 31 de diciembre de 2019 con los indicadores solicitados en el pliego de condiciones.
29. Cuando no se cumpla con la experiencia exigida en los pliegos de condiciones por parte de los oferentes o esta no sea subsanada o se subsane parcialmente.
30. Cuando se incumpla cualquier norma aplicable en materia de contratación pública, que conlleve su rechazo.
31. Xxxxxx proponente podrá cotizar en la propuesta económica un valor inferior a un peso, so pena que la propuesta sea rechazada
32. La inscripción en el RUP por parte del proponente y cada uno de sus integrantes en el caso de consorcios y uniones temporales, debe estar vigente y en firme con anterioridad a la audiencia de subasta, para la verificación de requisitos habilitantes contenidos en el RUP, so pena de configurarse causal de rechazo.
PROCEDIMIENTO DE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA.
Cuando resulten dos (2) o más proponentes habilitados, se realizará la subasta inversa electrónica, en la cual se procederá a la apertura del Sobre 2 –Económico de cada una de las propuestas habilitadas, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.1.2.1.2.2 y 2.2.1.2.1.2.5.del Decreto 1082 de 2015 y en atención a que el medio utilizado para la realización de la subasta electrónica es la plataforma transaccional SECOP II.
La entidad para la realización de la misma se ceñirá a lo dispuesto en la primera y segunda parte de la “Guía para hacer un Proceso de Selección Abreviada con Subasta” en el SECOP II (versión 4), Primera parte y Segunda parte la cual puede ser consultada en el siguiente enlace: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxx_xxxxxx/xxxxx/xxx_xxxx/00000000_xxxx_xx_xxxxxxxxxxxxxx_ entidadestatal_parte1y2_v4.pdf
1. Luego de responder las observaciones al informe de habilitación, la entidad debe indicar cuáles ofertas cumplieron con los requisitos habilitantes y técnicos exigidos en el proceso y deberá excluir las que ofertas que no hayan cumplido con los requisitos habilitantes y técnicos exigidos por la Entidad para el presente proceso de selección.
2. La Entidad abrirá el sobre económico de las ofertas habilitadas y confirmará la admisión de los proponentes habilitados para que puedan participar en la subasta, razón por la cual solo los proponentes cuyas ofertas fueron marcadas como “Admitidas” podrán participar en la subasta.
3. La Entidad previamente deberá configurar la “Subasta”, de acuerdo con las instrucciones establecidas en la segunda parte de la “Guía para hacer un Proceso de Selección Abreviada con Subasta” en el SECOP II.
4. La Entidad publicará la subasta, con el fin de que el proponente encuentre la información básica de la subasta.
* Tipo de Subasta. El tipo de Subasta será el descendente en razón a que corresponde a un proceso de Selección Abreviada con subasta Inversa.
* Versión de la Subasta: La subasta se realizará por lista.
* Duración de la subasta: La subasta durará 60 minutos.
5. La subasta iniciará automáticamente cuando se cumpla la fecha de inicio y cada vez que un proveedor hace un nuevo lance, el valor y la posición relacionada se actualizarán.
6. Los proponentes a través de la plataforma del SECOP II, harán su lance de mejora de la propuesta económica, el cual no podrá ser inferior al cinco por ciento (5%) del menor valor de la oferta económica de la ronda anterior.
7. La SECRETARÍA podrá extender el tiempo establecido para la subasta, en caso de que en un margen de tiempo previo a su finalización, alguno de los proveedores haga un lance ganador (es decir un lance que supere el mejor lance realizado en la subasta hasta el momento).
8. Durante la subasta se pueden presentar inconvenientes que impliquen su suspensión o cancelación, para la cual la Entidad podrá establecer a través de la plataforma, la fecha y hora de reinicio que tiene programada para la subasta y la nueva fecha de finalización.
9. Cuando la subasta finalice, la plataforma del SECOP II no permitirá que los proveedores sigan enviando lances y habilita las opciones para que la Entidad Estatal pueda generar informes y adjudicar.
10. El informe de la subasta contendrá el histórico de lances y los proveedores que compitieron, una vez este se genere, la entidad lo publicará.
NOTA: Xxxxxx proponente podrá conocer durante el desarrollo de la subasta las ofertas presentadas por sus competidores, ni tampoco la posición que ocupó en el momento de la postura. El proponente que permita que otro conozca su contraseña quedará invalidado para continuar en la subasta, y su oferta será igual al último lance válido que haya realizado.
CAPÍTULO VI
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO O DECLARATORIA DE DESIERTA
6.1. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
De conformidad con el numeral 3 del artículo 5° de la Ley 1150 de 2007 en la Selección Abreviada por Subasta Inversa Electrónica “Sin perjuicio de lo previsto en el numeral 1 del presente artículo, en los pliegos de condiciones para las contrataciones cuyo objeto sea la adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y común utilización, las entidades estatales incluirán como único factor de evaluación el menor precio ofrecido.”
6.2. FACULTAD PARA DECLARAR DESIERTA.
LA SECRETARÍA, podrá declarar desierto a través de acto administrativo, por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de una propuesta, cuando no se presente propuesta alguna, cuando ningún proponente resulte habilitado luego de surtida la etapa de verificación de requisitos habilitantes y evaluación los criterios de asignación de puntaje, cuando ninguna propuesta se ajuste a las condiciones consignadas en este pliego de condiciones o en general cuando falte voluntad de participación.
6.3 INDICACIÓN DE SI LA CONTRATACIÓN ESTA COBIJADA POR UN ACUERDO COMERCIAL.
Teniendo en cuenta las nuevas disposiciones contenidas en el Titulo IV Capítulo I del Decreto 1082 de 2015, por el cual se reglamenta el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.2.1.2.4.1.1. y siguientes del mencionado Decreto y revisados los tres parámetros establecidos contenidos en el Manual Explicativo de las capítulos de contratación pública de los acuerdos comerciales negociados por Colombia para entidades contratantes emitido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el Departamento Nacional de Planeación, y el Manual para el manejo de los acuerdos comercial en procesos de contratación expedido por la Agencia Nacional de Contratación Publica – Colombia Compra Eficiente versión M-MACPC-12 se evidencia lo siguiente:
El Distrito Capital hace parte de la lista de entidades incluidas en los Capítulos de Contratación Pública, toda vez que se encuentra dentro del Grupo de Todos los Municipios dentro de las entidades del Nivel Subcentral del Gobierno.
El objeto del contrato a celebrar no se encuentra enmarcada dentro de las excepciones establecidas en el Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación
Por lo anterior se deberá revisar cada uno de los TLC del Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación, así:
PLAZOS PREVISTOS PARA ACUERDOS COMERCIALES
Acuerdo Comercial | Entidad Estatal Incluida | Presupuesto del Proceso Superior al Valor del Acuerdo Comercial | Excepción Aplicable al Proceso de Contratación | Proceso de Contratación Cubierto por el Acuerdo Comercial |
Alianza Pacífico - Solamente: Chile y Perú- | SI | SI | NO | SI |
Chile | SI | SI | NO | SI |
Xxxxx Rica | SI | SI | NO | SI |
Estados AELC | SI | SI | NO | SI |
Triángulo Norte – (Salvador y Guatemala) | SI | NO | NO | NO |
Unión Europea | SI | SI | NO | SI |
VALORES A PARTIR DE LOS CUALES SE APLICAN LOS ACUERDOS COMERCIALES
Canadá | Bienes y servicios$145'556.000 Servicios de construcción $14.010'191.000 |
Chile | Bienes y servicios $145'556.000 Servicios de construcción $14.010'191.000 |
Estados unidos | Bienes y servicios $145'556.00 Servicios de construcción $14.645'862.000 |
El xxxxxxxx | Bienes y servicios No Incluye Valores Servicios de construcción No Incluye Valores |
Guatemala | Bienes y servicios No Incluye Valores Servicios de construcción No Incluye Valores |
Honduras | Bienes y servicios $364'265.000 Servicios de construcción No Incluye Valores |
Liechtenstein | Bienes y servicios $364'265.000 Servicios de construcción $14.010'191.000 |
Suiza | Bienes y servicios $364'265.000 Servicios de construcción $14.010'191.000 |
México | Bienes y servicios $346'992..000 Servicios de construcción $19.108'843.000 |
Unión Europea | Bienes y servicios $364'265.000 Servicios de construcción $14.010'191.000 |
Una vez efectuada la verificación es necesario precisar que la presente contratación no se encuentra cobijada por los acuerdos internacionales y/o tratados de libre comercio suscritos por Colombia y vigentes a la fecha.
Nota 1: Los acuerdos comerciales suscritos con Canadá, Corea, Estados Unidos y México, no cubren las entidades del nivel municipal, por esta razón no se relacionan en la anterior tabla.
Así mismo, es importante indicar que de conformidad con lo dispuesto en la Decisión 439 de 1998 de la Secretaría de la Comunidad Andina de Naciones – CAN, la Secretaría dará trato nacional a los servicios prestados por proponentes provenientes de los países de Bolivia, Ecuador y Perú.
Nota 2: Los Estados de la Alianza Pacífico son: Chile, Colombia, México y Perú. Sin embargo, a nivel municipal, las alcaldías están obligadas únicamente con Chile y Perú.
Nota 3: Los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés) son: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.
Nota 4: Los Estados del Triángulo Norte son El Xxxxxxxx, Guatemala y Honduras. Sin embargo, a nivel municipal, las alcaldías están obligadas únicamente con Guatemala.
Nota 5: Los Estados de la Unión Europea con los cuales las Entidades Estatales deben aplicar el Acuerdo Comercial son: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Xxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxx, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Xxxxx Unido, República Checa, Rumania y Suecia.
Nota 6: El Acuerdo Comercial con los Estados que conforman la Alianza Pacífico se aplican a los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales del nivel municipal obligadas para: (i) adquirir bienes y servicios a partir de $655’366.000; y (ii) para servicios de construcción a partir de
$16.384’153.000.
Nota 7: El Acuerdo Comercial con Chile se aplica a los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales del nivel municipal obligadas para: (i) adquirir bienes y servicios a partir de $643’264.000; y (ii) para servicios de construcción a partir de $16.081’602.000.
Nota 8: El Acuerdo Comercial con Xxxxx Rica se aplica a los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales del nivel municipal obligadas para: (i) adquirir bienes y servicios a partir de $1.162’733.000; y
(ii) para servicios de construcción a partir de $16.389’628.000.
Nota 9: El Acuerdo Comercial con los Estados que conforman la AELC se aplica a los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales del nivel municipal obligadas para: (i) adquirir bienes y servicios a partir de $852’074.000; y (ii) para servicios de construcción a partir de $21.301’857.000.
Nota 10: El Acuerdo Comercial con la Unión Europea se aplica a los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales del nivel municipal obligadas para: (i) adquirir bienes y servicios a partir de
$859’752.000; y (ii) para servicios de construcción a partir de $21.493’810.000.
6.4 SOPORTE QUE PERMITA LA ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES INVOLUCRADOS EN LA CONTRATACIÓN
EL ANÁLISIS DE RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO. (MATRIZ DE RIESGOS)
El artículo 4º de la Ley 1150 de 2007, dispone que “Los pliegos de condiciones o sus equivalentes deberán incluir la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en la contratación”.
El “riesgo”, es definido en el artículo 2.2.1.1.1.3.1. del Decreto 1082 de 2015 como: “Evento que puede generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del Proceso de Contratación o en la ejecución de un Contrato.”. En el mismo estatuto contractual se determina que: “La entidad Estatal debe evaluar el riesgo que el Proceso de Contratación representa para el cumplimiento de sus metas y objetivos, de acuerdo con los manuales y guías que para el efecto expida Colombia Compra Eficiente”.
El “Manual para la Identificación y Cobertura del Riesgo en los Procesos de Contratación (Versión 1)”, expedido por Colombia Compra Eficiente ha sido la base para la estructuración de la Matriz de Riesgo del presente Estudio Previo que se expondrá a continuación, de conformidad con lo establecido en el literal “C” del mencionado documento que impone: “… La entidad Estatal debe incluir en los Estudios Previos del Proceso de Contratación y en los pliegos de condiciones, los riesgos que afecten la ejecución del contrato y que identificó en la matriz de administración de Riesgos”
Se precisa que salvo las situaciones específicamente mencionados en el presente numeral y como principio general, EL CONTRATISTA como experto de negocio y como especialista, asumirá los efectos económicos de todos aquellos sucesos previsibles y de normal ocurrencia para las actividades que son objeto de la contratación. Por lo tanto, deberá asumir los riesgos asociados a su tipo de actividad ordinaria que sean previsibles, así mismo, asumirá aquellos riesgos propios de su actividad empresarial y de persona natural o jurídica que tiene que cumplir con determinadas cargas y deberes frente al Estado y la sociedad. En consecuencia, LA SECRETARIA no estará obligada a reconocimiento económico alguno ni a ofrecer garantía que permita eliminar, prevenir o mitigar los efectos de los riesgos asumidos por el contratista.
De acuerdo con lo establecido en el Documento CONPES 3107 de 2001, los riesgos de un proyecto se refieren a los diferentes factores que pueden afectar el cumplimiento de los resultados previstos y de los respectivos flujos esperados.
Por su parte, el Documento CONPES 3714 de 2011 estableció una serie de lineamientos básicos para el entendimiento del concepto de “riesgo previsible” en el marco de las leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios.
El artículo 4 de la Ley 1150 de 2007 establece la obligación de incorporar en los pliegos de condiciones o sus equivalentes “la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en la contratación.”.
Por otro lado, el numeral 6 del artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015, establece que el análisis de riesgo y la forma de mitigarlo, hacen parte de los estudios y documentos previos, los cuales, a su vez, en virtud del numeral 12, artículo 25 de la Ley 80 de 1993, son documentos definitivos que sirven de fundamento para la elaboración xxx xxxxxx de condiciones.
El mismo Decreto 1082 de 2015 prevé en su artículo 2.2.1.1.1.6.2, titulado “Evaluación del Riesgo” que: “La Entidad Estatal debe evaluar el Riesgo que el Proceso de Contratación representa para el cumplimiento de sus metas y objetivos, de acuerdo con los manuales y guías que para el efecto expida Colombia Compra Eficiente”
• Asignación de los Riesgos:
Los riesgos derivados del contrato a suscribir, serán asignados de acuerdo con el principio según el cual, cada riesgo debe ser asumido por la parte que mejor lo pueda controlar y administrar.
De hecho, el Documento CONPES 3107 de 2001, así como el CONPES 3714 de 2011 establecieron dicho criterio cuando señaló: “Los principios básicos de la asignación de riesgos parten del concepto que estos deben ser asumidos: i)por la parte que esté en mejor disposición de evaluarlos, controlarlos y administrarlos; y/o; ii) por la parte que mejor disponga de los medios de acceso a los instrumentos de protección, mitigación y/o diversificación”
De acuerdo con lo establecido por el artículo 4º de la Ley 1150 de 2007 y en el artículo 2.2.1.1.1.6.3 del Decreto 1082 de 2015, la Secretaría de Gobierno, ha evaluado, tipificado, estimado y asignado provisionalmente los siguientes riesgos previsibles involucrados en el presente proceso de contratación:
E PASAR RIR) | LA NTO | SGO | NA? | ES SER | IMPACTO DESPUÉS DEL TRATAMIENTO | DEL | E POR MIENTO | E SE TO | MONITOREO Y REVISIÓN | ||||||||||||
NÚMERO | CLASE | FUENTE | ETAPA | TIPO | DESCRIBCIÓN (QUÉ PUED Y CÓMO PUEDE OCUR | CONSECUENCIA DE OCURRENCIA DEL EVE | PROBABILIDAD | IMPACTO | VALORACIÓN DEL RIE | CATEGORÍA | ¿A QUIÉN SE LE ASIG | TRATAMIENO/CONTROL IMPLEMNTADOS | PROBABILIDAD | IMPACTO | VALORACIÓN DEL RIESGO | CATEGORÍA | ¿AFECTA LA EJECUCION CONTRATO | PERSONA RESPONSABL IMPLEMENTAR EL TRATA | FECHA ESTIMDA EN QU INICIA EL TRATAMIEN | ¿CÓMO SE REALIZA EL | PERIODICIDAD ¿CUÁNDO? |
1 | General | Interno | Selección | Operacional | Que no se presente ninguna oferta | Se declara desierto el proceso. | 2 | 1 | 3 | Bajo | Entidad 100% | Iniciar nuevamente el proceso de contratación para así satisfacer la necesidad de la entidad. | 1 | 1 | 2 | Bajo | Si | Entidad 100% | Al momento de declarar desierto el proceso | Con el acta de cierre | En la fecha de cierre del proceso de selección |
5 | 4 | 3 | 2 |
Especifico | General | General | General |
Externo | Interno | Externo | Interno |
Ejecución | Contratación | Selección | Selección |
Regulatorio | Operacional | Sociales o políticos | Operacional |
Cambios en la normatividad | de manera tardía. Incumplimiento de la publicación No expedición registro presupuestal | Riesgo de Colusión, que dos o más oferentes realicen acuerdos de manera fraudulenta, con el fin de lograr que el proceso se adjudique a un proponente en particular | Que los oferentes no cumplan con los requisitos exigidos por la entidad o que se encuentren incursos en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad |
Afecta la ejecución del contrato | Retraso en la ejecución del contrato o no ejecución del contrato | Que el proceso de selección se vea afectado en cuanto a la objetividad y transparencia | Imposibilidad de adjudicar el contrato |
2 | 2 | 2 | 2 |
1 | 1 | 1 | 1 |
3 | 3 | 3 | 3 |
Bajo | Bajo | Bajo | Bajo |
Entidad / Contratista 50/50 | Proponente 100% | Proponente 100% | Proponente (s) 100% |
Realizar estudio de la normatividad y llevar a cabo la aplicación de las medidas gubernamentales | Requerimientos o inicio del debido proceso para poder hacer efectivas las garantías | Diligenciamiento del pacto de transparencia, compromiso anticorrupción y certificado de participación independiente y verificación de las evaluaciones | Verificación y evaluación de las propuestas presentadas |
1 | 1 | 1 | 1 |
1 | 1 | 1 | 1 |
2 | 2 | 2 | 2 |
Bajo | Bajo | Bajo | Bajo |
Si | Si | No | Si |
Entidad / Contratista 50/50 | Supervisor- Dirección de Contratación 100% | Comité evaluador. 100% | Comité evaluador 100% |
Desde la firma del acta de inicio | Desde la adjudicación | En el periodo de evaluación de las propuestas | Al momento de evaluar las propuestas |
Estudio de la normatividad y aplicación de las | Mediante requerimientos, correos electrónicos, o | Evaluación- con el inicio de la debida investigación | Estudio de las propuestas |
Cuando ocurra | Cuando ocurra, y se aplicará de manera inmediata | Durante la evaluación del contrato mientras dure la investigación | Durante el periodo de evaluación |
51
9 | 8 | 7 | 6 |
General | General | General | General |
Interno | Externo | Externo | Interno |
Ejecución | Ejecución | Ejecución | Ejecución |
Operacional | Regulatorio | Económico | Operacional |
Daños en la funcionalidad de las aplicaciones misionales de la Entidad | Pérdida en la capacidad económica y patrimonial por parte del contratista para poder cumplir con el objeto contractual | Efectos derivados de las variaciones de la tasa de cambio | Terminación anticipada del contrato |
Demora en las labores diarias de la entidad y por consecuencia a los usuarios finales | No cumplir con el objeto contractual, incumplimiento | Incumplimiento por parte del contratista por el encarecimiento de los elementos o bienes que hacen parte del contrato | Incumplimiento, suspensión o terminación anticipada del contrato |
2 | 2 | 2 | 2 |
2 | 2 | 2 | 1 |
4 | 4 | 4 | 3 |
Bajo | Bajo | Bajo | Bajo |
Contratista 100% | Contratista 100% | Contratista 100% | Contratista 100% |
Efectuar seguimiento permanente por parte del supervisor del contrato Garantías. | Garantías | Revisar los factores que pueden afectar los valores en el mercado | Constitución y aprobación de una garantía única de cumplimiento |
2 | 2 | 2 | 1 |
1 | 1 | 1 | 1 |
3 | 3 | 3 | 2 |
Bajo | Bajo | Bajo | Bajo |
Si | Si | Si | Si |
Contratista /Entidad 50/50 | Supervisor del contrato 100% | Contratista / Entidad 50/50 | Supervisor del contrato 100% |
Desde la firma del acta de inicio | Desde el comienzo de la ejecución del contrato, firma acta de inicio | Desde la firma del acta de inicio | Desde la firma del acta de inicio |
Mediante informes | Mediante informes | Mediante informes | Mediante informes |
Cuando ocurra | Cuando ocurra | Cuando ocurra | Cuando ocurra. |
52
12 | 11 | 10 |
Específico | Específico | Especifico |
Interno | Interno | Interno |
Ejecución | Ejecución | Ejecución |
Tecnológico | Tecnológico | Tecnológico |
Incumplimiento de las especificaciones técnicas | Incumplimiento en el plazo y/o lugar de entrega de los bienes y servicios | Pérdida o daño de información en la infraestructura tecnológica de la entidad debido a infección de virus informáticos causados por la inadecuada ejecución del contrato |
Indisponibilidad del servicio requerido por la Entidad | Indisponibilidad del servicio requerido por la Entidad | Pérdida de información sensible. Que terceros puedan obtener de manera ilegal documentación e información de alta importancia para entidad. |
3 | 3 | 2 |
4 | 4 | 2 |
7 | 7 | 4 |
Alto | Alto | Bajo |
Contratista 100% | Contratista 100% | Contratista 100% |
Estipulación contractual de sanciones y descuentos por incumplimiento | Estipulación contractual de sanciones y descuentos por incumplimiento | Llevar a cabo controles de seguridad informática durante la ejecución del contrato |
1 | 1 | 2 |
4 | 4 | 1 |
5 | 5 | 3 |
Medio | Medio | Bajo |
si | si | Si |
Entidad | Entidad | Contratista bajo la supervisión de la Entidad 100% |
Al inicio de la prestación del servicio | Al inicio de la prestación del servicio | Desde el acta de inicio hasta la terminación del contrato |
Mediante Informe | Mediante Informe | Mediante informes |
Mensual | Mensual | Semanal |
53
13 | Específico | Externo | Planeación, Ejecución | Riesgos de la Naturaleza | Riesgo humano por contagio del virus del COVID-19, de funcionarios y contratistas de la entidad en el marco de la prestación de los servicios | -La NO continuidad operativa del contrato por medidas gubernamentales ante la contingencia del estado de emergencia económica, social y ecológica derivada de la pandemia Covid-19 - El manejo inadecuado de los residuos peligrosos generados durante la prestación del servicio de mantenimiento; entre otros. | 3 | 4 | 7 | Alto | Entidad / Contratista 50/50 | Cumplir con los protololos de bio-seguridad definidos por el gobierno para el manejp de la pandemia | 2 | 3 | 5 | Medio | Si | Entidad / Contratista | Desde el acta de inicio hasta la terminación del contrato | Estudio de la normatividad y aplicación de las medidas presidenciales | Cuando ocurra |
RIESGOS NO ASUMIDOS POR LAS PARTES
FUERZA MAYOR: Eventos fuera del control de las partes, que impiden continuar con la ejecución del contrato temporal o definitivamente. En caso de ocurrencia las obligaciones afectadas se suspenderán hasta que se pueda reanudar el contrato o, en caso de persistir y hacer imposible su continuación, se dará por terminado el contrato. No habrá lugar a reclamaciones, ni reconocimientos de una parte a la otra, por la imposibilidad del cumplimiento de sus obligaciones. Los eventos temporales de fuerza mayor que causen demoras pueden resolverse siempre que las partes acuerden quien asume los costos.
RIESGOS ASUMIDOS POR LA SECRETARIA DISTRITAL DE GOBIERNO
RIESGO POLÍTICO: El riesgo político relacionado con conflictos internos, conflictos de Colombia con otros Estados, y situaciones de orden público que afecten la ejecución del contrato resultante del presente proceso de selección, serán asumidos en su totalidad por la Secretaria Distrital de Gobierno
CAPITULO VII
ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS
El presente Contrato SI requiere constitución de garantías por el/la contratista, de conformidad con el Artículo 7° de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.3.1.1 del Decreto 1082 de 2015, así:
El proponente debe allegar junto con su oferta LA GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA, la cual cubre a la entidad estatal de los perjuicios directos derivados del incumplimiento de cualquiera de los compromisos asignados al proponente una vez se efectúe el cierre y presentación de las propuestas. Este amparo debe constituirse por valor correspondiente al 10% del valor total del presupuesto oficial, vigente por NOVENTA (90) días calendario contados a partir de la fecha del cierre del presente proceso.
El contratista se compromete a constituir a favor de Bogotá D.C – Secretaria Distrital de Gobierno, NIT 899.9999.061 -9, cualquiera de las siguientes garantías así:
a. Contrato de seguro.
b. Patrimonio Autónomo.
c. Garantía bancaria.
La garantía de cumplimiento constituida deberá amparar:
• AMPARO CUMPLIMIENTO: Cubre a la entidad estatal de los perjuicios directos derivados del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asignadas al Contratista. Este amparo cubre el pago de descuentos y declaratorias de incumplimiento. Por valor correspondiente al 20% del valor total del contrato, con una vigencia que será por el término de duración de la misma y un (1) año más, contados a partir de la expedición de la garantía única.
• AMPARO DE CALIDAD DEL SERVICIO: Cubre a la Entidad estatal frente a los perjuicios ocasionados por el Contratista, derivados de la deficiente calidad del servicio, de acuerdo con las especificaciones técnicas del contrato. En un 20% del valor total del contrato, con una vigencia que será por el término de duración del mismo y un (1) año más.
• AMPARO DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES: Cubre a la entidad estatal contra el riesgo de incumplimiento de las obligaciones laborales a cargo del contratista, relacionadas con el personal utilizado para la ejecución del contrato, en un 5% del valor total del contrato, con una vigencia por el término de duración del contrato y tres (3) años más.
• RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Cubre a la entidad estatal de la responsabilidad frente a terceros derivadas de la ejecución del contrato, por valor equivalente a
200 SMMLV, por el término de duración de la misma. Lo anterior de conformidad con lo ordenado en el artículo 2.2.1.2.3.1.8 del Decreto 1082 de 2015.
• CALIDAD Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES Y EQUIPOS SUMINISTRADOS: Este amparo debe cubrir la calidad y el correcto funcionamiento de los bienes que recibe la Entidad, en cumplimiento del contrato, tasado en 20% con vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y un (1) año más.
CAPÍTULO VII
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
Las condiciones que regirán el contrato que resulte del presente proceso de selección están plasmadas en la minuta que se anexa a continuación, la cual podrá ser modificada por LA SECRETARÍA de acuerdo con las especificaciones consignadas en las propuestas presentadas o por situaciones sobrevinientes que así lo ameriten.
NOTA: EL TEXTO DE LA PRESENTE MINUTA ESTABLECE LOS ASPECTOS ESENCIALES DEL CONTRATO A SUSCRIBIR POR PARTE DE LA SECRETARÍA Y DEL POSIBLE CONTRATISTA, ASPECTOS QUE PUEDEN SER OBJETO DE MODIFICACIÓN ANTES DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO, UNA VEZ SEA ADJUDICADO EL PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA, LOS ESPACIOS EN BLANCO SE LLENARÁN.
CLÁUSULADO DEL CONTRATO
OBJETO: REALIZAR LA RENOVACIÓN Y LA ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE SEGURIDAD PERIMETRAL Y SOLUCIÓN DE ENDPOINT BASADO EN (EDR) PARA LA SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO |
CLÁUSULA PRIMERA - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: En atención al objeto del contrato, EL CONTRATISTA se obliga conforme a la propuesta y a todos los documentos que hacen parte integral del presente contrato a: |
1. GENERALES: Suscribir oportunamente el acta de inicio y el acta de liquidación del contrato, conjuntamente con el/la supervisor/a del mismo, cuando corresponda. 2. Entregar al supervisor los documentos elaborados en cumplimiento de las obligaciones contractuales, así como los informes y archivos a su cargo, requeridos sobre las actividades realizadas durante la ejecución del mismo (Cuando aplique). 3. Aplicar los lineamientos establecidos en el sistema de gestión institucional y en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG de la Secretaría Distrital de Gobierno. 4. Mantener estricta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por causa o con ocasión del contrato, así como, respetar la titularidad de los derechos de autor, en relación con los documentos, obras, creaciones que se desarrollen en ejecución del contrato. 5. Dar estricto cumplimiento al Ideario Ético del Distrito expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., así como a todas las normas que en materia de ética y valores expida la Secretaria Distrital de Gobierno en la ejecución del contrato. 6. No instalar ni utilizar ningún software sin la autorización previa y escrita de la Dirección de Tecnologías e Información de la Secretaría, así mismo, responder y hacer buen uso de los bienes y recursos tecnológicos (hardware y software), |
hacer entrega de los mismos en el estado en que los recibió, salvo el deterioro normal, o daños ocasionados por el caso fortuito o fuerza mayor, (cuando aplique). 7. Facilitar al supervisor todas las evidencias que soporten el cumplimiento normativo ambiental y la aplicación de criterios ambientales, según lo establecido en la guía verde de contratación de la entidad y las fichas ambientales del manual de compras públicas del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. 8. Entregar para cada pago, la certificación suscrita por el representante legal o revisor fiscal, que acredite el cumplimiento del pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales, ICBF, SENA y cajas de compensación familiar de los últimos seis (6) meses, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 o aquella que lo modifique, adicione o complemente. 9. El contratista deberá aportar la documentación correspondiente que demuestre que mantienen en su planta de personal el número de trabajadores con discapacidad que dio lugar a la obtención del puntaje adicional de la oferta (si aplica) |
ESPECÍFICAS: En atención al objeto del contrato, el contratista se obliga conforme a la propuesta y a todos los documentos que hacen parte integral del presente contrato a: 1. Elaborar durante los primeros cinco (5) días de ejecución del contrato, en coordinación con el Supervisor del mismo, un cronograma detallado para el cumplimiento del objeto contractual. 2. Cumplir con el equipo mínimo de trabajo según lo especificado en el documento condiciones técnicas. 3. Cumplir con las especificaciones técnicas previstas en el pliego de condiciones, la Ficha Técnica, Anexo técnico y demás documentos que hacen parte de la presente contratación. 3. Contar con la infraestructura técnica adecuada, para desarrollar las actividades descritas. 4 Asegurar que el personal que disponga durante la ejecución del contrato, cumpla con los requisitos exigidos en el pliego de condiciones, en la ficha técnica y demás documentos que hacen parte de la presente contratación. 5. Entregar los equipos nuevos, originales y actualizados a la última versión de Firmware recomendada por el fabricante. 6. Realizar la configuración, instalación y puesta en marcha la solución. 7. Realizar y entregar un informe donde se presente el diseño implementado de la solución. 8. Realizar la transferencia de conocimiento sobre el uso, funcionamiento y configuración de la licencia adquirida por la entidad, de conformidad con las condiciones establecidas en el documento de condiciones técnicas 9. Las demás obligaciones que se deriven de la naturaleza del contrato, de los estudios y documentos previos |
CLÁUSULA SEGUNDA - OBLIGACIONES DE LA SECRETARÍA: 1. Verificar a través del supervisor la correcta ejecución del objeto contratado. 2. Suministrar oportunamente la información, herramientas y apoyo logístico que se requiera para el cumplimiento de las obligaciones contractuales. 3. Pagar el valor del contrato en las condiciones pactadas. 4. Verificar que el contratista realice el pago de aportes al sistema de seguridad |
social integral, parafiscales, ICBF, SENA y cajas de compensación familiar (cuando a ello haya lugar), en las condiciones establecidas por la normatividad vigente. 5. Verificar a través del supervisor del contrato, que el contratista de cumplimiento a las condiciones establecidas en la Directiva 01 de 2011 relacionada con la inclusión económica de las personas vulnerables, marginadas y/o excluidas de la dinámica productiva de la ciudad (cuando haya lugar). 6. Verificar a través del supervisor del contrato que el contratista de cumplimiento a los criterios ambientales establecidos en la guía de contratación sostenible y demás criterios ambientales contemplados en las especificaciones. 7. Las demás establecidas en la normatividad vigente. |
CLÁUSULA TERCERA - PLAZO: El plazo de ejecución del contrato será de TRES (03) meses, desde la suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, legalización, ejecución y suscripción del acta de inicio entre el CONTRATISTA y LA SECRETARIA. |
CLÁUSULA CUARTA - SUSPENSIÓN DEL CONTRATO: El plazo de ejecución del contrato podrá suspenderse en los siguientes eventos: a) Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que impidan su ejecución, cuya existencia corresponde calificar a la Secretaría. b) Por mutuo acuerdo, siempre que con ello no se causen perjuicios a la Entidad ni deriven mayores costos para esta. La suspensión se hará constar en acta suscrita por las partes. Como consecuencia de la suspensión el contratista se obliga a prorrogar la vigencia de los amparos de la garantía en proporción al término de la suspensión. El término de suspensión no se computará para efectos de los plazos del contrato. |
CLÁUSULA QUINTA - VALOR Y FORMA DE PAGO: El valor del contrato que se suscriba producto del presente proceso de selección será por la suma de MIL OCHOCIENTOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS OCHO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS M/CTE. ($1.804.508.564) incluido IVA, Xxxxxxxxxx U.D.F.J. del 1.1%, Estampilla de Pro Cultura de Bogotá del 0.5%, Estampilla de Pro Personas Mayores del 2% y demás impuestos que se deriven respecto de la ejecución del contrato de la vigencia fiscal 2020. 9.3 FORMA DE PAGO LA SECRETARIA cancelará el valor total del contrato, subordinado a las apropiaciones que del mismo se efectúen del presupuesto, de la siguiente manera: Un pago correspondiente a la RENOVACIÓN DE LICENCIAMIENTO DE LA PLATAFORMA SEGURIDAD PERIMETRAL según la propuesta seleccionada, sin superar el presupuesto oficial asignado para el ítem. Para tal fin deberán adjuntar la certificación emitida por el fabricante donde se evidencia dicha renovación Un pago correspondiente al UPGRADE, INSTALACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE FIREWALL PERIMETRALES según la propuesta seleccionada, |
sin superar el presupuesto oficial asignado para el ítem. Para tal fin se deberá adjuntar los soportes documentales donde se evidencia dicha actividad Un pago correspondiente a la ADQUISICIÓN DE LA SOLUCIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DE SEGURIDAD según la propuesta seleccionada, sin superar el presupuesto oficial asignado para el ítem. Para tal fin se deberá adjuntar la certificación donde se evidencia dicha actividad. Un pago correspondiente a la SOLUCION PARA LA PROTECCIÓN SOBRE LAS ESTACIONES DE TRABAJO Y SERVIDORES según la propuesta seleccionada, sin superar el presupuesto oficial asignado para el ítem. Para tal fin se deberá adjuntar la certificación donde se evidencia dicha actividad. Dichos pagos se realizarán previa presentación de la siguiente documentación: 1. Informe de actividades debidamente firmado por el supervisor de contrato, el apoyo a la supervisión (si aplica) y el contratista 2. Certificado de cumplimiento o acta de recibo a satisfacción expedido por el supervisor del contrato. 3. Acta de ingreso de los bienes al almacén. (cuando aplica) 4. Copia de la planilla de pago de los aportes al régimen de seguridad social, para el periodo cobrado, en proporción al valor mensual del contrato, cuando se trate de personas naturales. Certificación suscrita por el representante legal o por el revisor fiscal, que acredite el cumplimiento del pago de aportes al sistema de seguridad social integral y los aportes parafiscales (ICBF, SENA y cajas de compensación familiar) de los últimos seis (6) meses, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 o aquella que lo modifique, adicione o complemente, cuando se trate de personas jurídicas Los pagos serán cancelados por medio de la Tesorería Distrital en pesos colombianos, a través de la consignación en la cuenta corriente o de ahorros que el contratista señale, en una de las 21 entidades financieras afiliadas al sistema automático de pagos, previos los descuentos xx xxx. En caso que EL CONTRATISTA sea un consorcio o unión temporal, para efectos del pago, éste debe informar el número de cuenta a nombre del consorcio o unión temporal, así como efectuar la facturación en formato aprobado por la DIAN a nombre del respectivo consorcio o unión temporal. Si la factura no ha sido correctamente elaborada o no se acompaña de los documentos requeridos para el pago, el término para este efecto solo empezará a contarse desde la fecha en que se presenten en debida forma o se haya aportado el último de los documentos exigidos en los estudios previos. Las demoras que se presenten por estos conceptos será responsabilidad del CONTRATISTA y éste no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación |
de ninguna naturaleza. LA SECRETARIA, solo adquiere obligaciones con el CONTRATISTA en el presente proceso de contratación y bajo ningún motivo o circunstancia aceptará pagos a terceros. Se tendrán en cuenta los lineamientos de la CIRCULAR EXTERNA N° 007 DE 2020 expedida por SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA Y LA SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN, de conformidad con lo establecido en la Ley 152 de 19941 y los Acuerdos 12 de 19942, 63 de 2002 y 190 de 2005, relacionado con el proceso de armonización presupuestal en la presente vigencia con el propósito de ejecutar el Plan de Desarrollo 2020 - 2024: “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”. La armonización presupuestal consiste en ajustar el presupuesto de inversión directa de la vigencia en ejecución al nuevo Plan de Desarrollo. El proceso de armonización inicia una vez se haya adoptado el Plan de Desarrollo “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”. Una vez adoptado el Plan de Desarrollo, las imputaciones presupuestales de inversión directa solamente se podrán afectar con cargo a la estructura presupuestal del nuevo Plan de Desarrollo de Bogotá. Nota: (Sólo aplica para régimen común) De conformidad con el Numeral 7° Parágrafo 1° del artículo 499 del Estatuto Tributario, “Para la celebración de contratos de venta de bienes o de prestación de servicios gravados por cuantía individual y superior a 3300 UVT, el responsable del Régimen Simplificado deberá inscribirse previamente en el Régimen Común”. Por lo anterior los proponentes que para el presente año superen el monto establecido o quienes ya estuvieren inscritos en el Régimen Común, deberán presentar factura de venta, con los requisitos del artículo 617 del Estatuto Tributario, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA), para cada pago. PARAGRAFO: Los pagos que efectúe LA SECRETARÍA en virtud del contrato estarán sujetos a la Programación de Recursos del Programa Anual de Caja – PAC y los recursos disponibles en Tesorería. |
CLÁUSULA SEXTA - GARANTÍA: LA/EL CONTRATISTA se compromete a constituir a favor de BOGOTÁ D.C. SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO, NIT. 899.999.061-9, cualquiera de las siguientes garantías, de conformidad con el Decreto 1082 de 2015: 1. Contrato de seguro contenido en una póliza. 2. Patrimonio autónomo. 3. Garantía Bancaria. La garantía debe amparar los perjuicios que se deriven del incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales del contratista. LA/EL CONTRATISTA debe mantener vigente la garantía única y serán de su cargo el pago de todas las primas y demás erogaciones de constitución. LA SECRETARÍA podrá solicitar al garante la prórroga o modificación de las garantías a cargo del contratista, cuando éste se negare a hacerlo, valor que se descontará de las sumas a él adeudadas, así: La garantía de cumplimiento constituida deberá amparar: • AMPARO CUMPLIMIENTO: Cubre a la entidad estatal de los perjuicios |
directos derivados del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asignadas al Contratista. Este amparo cubre el pago de descuentos y declaratorias de incumplimiento. Por valor correspondiente al 20% del valor total del contrato, con una vigencia que será por el término de duración de la misma y un (1) año más, contados a partir de la expedición de la garantía única. • AMPARO DE CALIDAD DEL SERVICIO: Cubre a la Entidad estatal frente a los perjuicios ocasionados por el Contratista, derivados de la deficiente calidad del servicio, de acuerdo con las especificaciones técnicas del contrato. En un 20% del valor total del contrato, con una vigencia que será por el término de duración del mismo y un (1) año más. • AMPARO DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES: Cubre a la entidad estatal contra el riesgo de incumplimiento de las obligaciones laborales a cargo del contratista, relacionadas con el personal utilizado para la ejecución del contrato, en un 5% del valor total del contrato, con una vigencia por el término de duración del contrato y tres (3) años más. • RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Cubre a la entidad estatal de la responsabilidad frente a terceros derivadas de la ejecución del contrato, por valor equivalente a 200 SMMLV, por el término de duración de la misma. Lo anterior de conformidad con lo ordenado en el artículo 2.2.1.2.3.1.8 del Decreto 1082 de 2015. • CALIDAD Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES Y EQUIPOS SUMINISTRADOS: Este amparo debe cubrir la calidad y el correcto funcionamiento de los bienes que recibe la Entidad, en cumplimiento del contrato, tasado en 20% con vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y un (1) año más. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de que haya necesidad de adicionar, prorrogar o suspender la ejecución del presente contrato, o en cualquier otro evento, el contratista se obliga a modificar la garantía única de acuerdo con las normas legales vigentes. PARÁGRAFO SEGUNDO: El mecanismo de cobertura elegido por EL CONTRATISTA y que refiere esta cláusula debe radicarse en el C.D.I de LA SECRETARÍA, ubicado en la calle 11 No 8 – 17 piso 1º en oficio dirigido a la Dirección de Contratación dentro de los dos (02) días siguientes a la fecha de suscripción del contrato para su correspondiente aprobación por parte de la entidad. Cuando haya lugar a la modificación del plazo o valor consignado en el contrato el CONTRATISTA deberá constituir los correspondientes |
certificados de modificación de las garantías presentadas; si se negare a constituirlos, en los términos en que se le señalen, se hará acreedor a las sanciones contractuales respectivas. |
CLÁUSULA SÉPTIMA - SUPERVISIÓN: La supervisión del contrato será ejercida por el DIRECTOR (A) TECNOLOGIAS E INFORMACION. El supervisor ejercerá sus obligaciones conforme a lo establecido en el Manual de Contratación de LA SECRETARÍA, y está obligado a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado. El supervisor deberá realizar un seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico sobre el cumplimiento del objeto del contrato, en concordancia con el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011. Para tal fin deberá cumplir con las facultades y deberes establecidos en la referida ley y las demás normas concordantes vigentes. el/la DIRECTOR (A) DE LA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA, podrá designar mediante comunicación escrita un servidor Público que se denominara “apoyo a la supervisión” y que tendrá como función apoyar a este en la supervisión en la ejecución de las obligaciones contractuales que se deriven del contrato. En ningún caso el supervisor del contrato podrá delegar la supervisión de contrato en un tercero. En todo caso el/la ordenadora del gasto podrá variar unilateralmente de manera temporal o definitiva la designación del supervisor, comunicando su decisión por escrito al CONTRATISTA, al supervisor designado y a la Dirección de Contratación. |
CLÁUSULA OCTAVA - SANCIÓN PENAL PECUNIARIA: De conformidad con la Ley 1150 del 16 de julio de 2007, EL CONTRATISTA se obliga a pagar a LA SECRETARÍA una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, a título de tasación anticipada de perjuicios que ocasione en caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total o parcial de sus obligaciones contractuales. PARÁGRAFO: El valor de la cláusula penal pecuniaria ingresará al Tesoro Distrital. EL CONTRATISTA autoriza con la firma del presente contrato a LA SECRETARÍA para que dicho valor sea descontado directamente del saldo a su favor. De no existir saldo a favor de EL CONTRATISTA, se hará efectiva la garantía constituida y si esto no fuere posible, se cobrará por la jurisdicción competente. |
CLÁUSULA NOVENA - MULTAS: De conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, en caso xx xxxx y/o incumplimiento total o parcial de alguna(s) de las obligaciones derivadas del objeto del presente contrato, el CONTRATISTA pagará a LA SECRETARÍA multas diarias y sucesivas del uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin que la sumatoria de las multas supere el diez por ciento (10%) de dicho valor. PARÁGRAFO ÚNICO: El valor de las multas ingresará a la Tesorería Distrital. El CONTRATISTA autoriza con la firma del presente contrato a LA SECRETARÍA para que dicho valor sea descontado directamente del saldo a su favor. De no existir saldo a favor del CONTRATISTA, se cobrará por la jurisdicción competente. |
CLÁUSULA DÉCIMA - CAUSALES DE TERMINACIÓN: Este contrato se dará por |
terminado en cualquiera de los siguientes eventos: a) Por mutuo acuerdo de las partes, siempre que con ello no se causen perjuicios a la Entidad. b) Por agotamiento del objeto o vencimiento del plazo sin que se haya suscrito una prórroga. c) Por fuerza mayor o caso fortuito que hagan imposible continuar su ejecución. PARÁGRAFO: La terminación anticipada del contrato se hará constar en acta suscrita por las partes. |
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA – LIQUIDACIÓN: De conformidad con lo establecido en el inciso final del artículo 217 del Decreto 019 de enero 10 de 2012, la liquidación no es obligatoria en los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, no obstante de presentarse los eventos de terminación (a) y (c) de la cláusula décima segunda del presente contrato, procederá la liquidación y el pago del tiempo efectivamente servido; dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha de recibo final, o a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o a la fecha del acuerdo que la disponga, se procede a su liquidación por parte de LA SECRETARÍA mediante acta en la cual xxxxxxxxx las sumas de dinero recibidas por el contratista y la contraprestación de éste. En el acta se hará constar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de cada una de las partes, de acuerdo con lo estipulado en el contrato. El acta de liquidación es suscrita por LA SECRETARÍA, LA/EL CONTRATISTA y el/la supervisor(a) del contrato. De otra parte, si LA/EL CONTRATISTA no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a un acuerdo sobre el contenido de la misma, será practicada directa y unilateralmente por LA SECRETARÍA y se adopta mediante acto administrativo motivado susceptible del recurso de reposición, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007. |
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA - RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA: El contratista responde por el incumplimiento pleno de sus obligaciones, en los términos de la Ley 80 de 1.993. |
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA - CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder el presente contrato ni los derechos u obligaciones derivados de él, ni subcontratar total o parcialmente sin la autorización previa expresa y escrita de LA SECRETARÍA, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 9o. de la Ley 80 de 1993. |
DÉCIMA CUARTA - RÉGIMEN LEGAL APLICABLE Y JURISDICCIÓN: Este contrato se rige por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, demás decretos reglamentarios, y a falta de regulación expresa por las normas de los Códigos de Comercio y Civil Colombiano. Las eventuales controversias que surjan de la celebración, ejecución, terminación o liquidación del contrato serán competencia de la jurisdicción contencioso administrativa. |
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA - SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Las partes acuerdan que para la solución de las diferencias y discrepancias que surjan de la celebración, |
ejecución, terminación o liquidación de este contrato acudirán a los procedimientos de transacción o conciliación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 68 de la Ley 80 de 1993. |
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA - VEEDURÍA: Este contrato está sujeto a la vigilancia y control ciudadano, en los términos que señala el artículo 66 de la Ley 80 de 1993. |
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA - EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL: Teniendo en cuenta que el contratista actúa con plena autonomía técnica y administrativa, y sin subordinación frente a LA SECRETARÍA, se excluye cualquier vínculo de tipo laboral entre la Entidad y EL CONTRATISTA o el personal utilizado por este para el desarrollo del objeto del contrato. En consecuencia, será de exclusiva responsabilidad del contratista el pago de salarios y prestaciones a que hubiera lugar respecto del personal mencionado. |
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El contratista declara bajo juramento no hallarse incurso en ninguna inhabilidad o incompatibilidad legal para contratar con la Entidad y en particular en las establecidas en el artículo 8o. de la Ley 80 de 1993, el artículo 5º de la Ley 828 de 2003 y en la Ley 1474 de 2011. PARÁGRAFO: En caso de sobrevenir alguna inhabilidad e incompatibilidad con posterioridad a la firma del presente contrato, se procederá en la forma establecida en el artículo 9o. de la Ley 80 de 1993. |
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA PUBLICACIÓN EN EL SECOP: De conformidad con el artículo 223 del Decreto Nacional 019 de 2012, el presente contrato se publicará en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA – ESTAMPILLA U.D.F.J.C: De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 53 del 10 de enero de 2002, corresponde al contratista el pago del uno por ciento (1.1%) por concepto de la estampilla Universidad Distrital Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx 50 años, originado en el contrato, y sus adicciones, si las hubiere. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA – ESTAMPILLA DE PRO CULTURA DE BOGOTÁ. De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 187 del 20 de diciembre de 2005, corresponde al contratista el pago del 0.5% por concepto de la estampilla, originado en el contrato, y sus adiciones, si las hubiere. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA - ESTAMPILLA DE PRO PERSONAS MAYORES. De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 188 del 20 de diciembre de 2005 modificado por el artículo 67 del Acuerdo 645 de 2016, corresponde al contratista el pago del 2% por concepto de la estampilla, originado en el contrato, y sus adiciones, si las hubiere. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA - FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO: En caso de surgir hechos imprevistos a los cuales no se pueda resistir que impidan total o parcialmente el cumplimiento por una u otra parte de las obligaciones contraídas por el presente contrato, el plazo de cumplimiento de las obligaciones será suspendido por las partes en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismas. La parte contratante que resulte afectada por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractuales, deberá notificar por escrito a la otra parte, inmediatamente al surgimiento y a la terminación de dichas condiciones. PARÁGRAFO: La suspensión constará por escrito suscrito por las partes. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA - INCLUSIÓN DE CLÁUSULAS EXCEPCIONALES: En los términos del numeral 2º del artículo 14 de la Ley 80 de 1993, se pactan expresamente las cláusulas excepcionales al derecho común. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA – PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: En concordancia con el artículo 2.2.1.1.2.3.1 del Decreto 1082 de 2015, el artículo 41 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007 este contrato se entiende perfeccionado con la firma de las partes. Para su ejecución deben cumplirse los siguientes requisitos: a) Por parte de EL (LA) CONTRATISTA: Constitución de la garantía única. b) Por parte de LA SECRETARÍA: Existencia del certificado de disponibilidad presupuestal y aprobación de la garantía única. Para su legalización se requiere de la expedición del registro presupuestal correspondiente. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA - DOMICILIO: Para todos los efectos legales se fija como domicilio contractual la ciudad de Bogotá D.C. |
FORMATO No.1.
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Ciudad y fecha
Señores
Secretaría Distrital de Gobierno
Xxxxx 00 Xx. 0-00 xxxx 0 Xxxxxx D. C.
ASUNTO: Indicar el número de proceso asignado
El suscrito obrando en su calidad de , en nombre y representación de con domicilio en , debidamente autorizado por la Junta de Socios (si es el caso), de conformidad con las condiciones que se estipulan en los documentos de la Selección Abreviada por subasta inversa electrónica (Indicar el número de proceso asignado), someto a consideración de LA SECRETARÍA, la siguiente propuesta cuyo objeto es “(según lo indicado en los estudios y documentos previos)”.
Manifestamos bajo la gravedad del juramento lo siguiente:
1. Que no nos encontramos incursos en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para licitar o contratar consagradas en las disposiciones contenidas en la Constitución Política, en los artículos 8º y 9º de la Ley 80 de 1993, y las consagradas en el artículo 4 y artículo 5 de la Ley 828 de 2004, artículo 66 de la Ley 863 de 2003 y en las demás disposiciones legales vigentes sobre la materia. (en caso de tratarse de un consorcio o unión temporal deberá manifestarse que ninguno de sus integrantes se encuentra en dicha situación).
2. Que la información suministrada en los documentos y anexos incluidos en esta propuesta me (nos) compromete(n) y garantizan la veracidad de las informaciones y datos de la propuesta.
3. Que los siguientes documentos de nuestra propuesta cuentan con reserva legal: , según las siguientes normas:
4. Que una vez conocidas y tenidas las oportunidades para ello conocemos plenamente los riesgos que se puedan producir en su desarrollo y por lo tanto nos comprometemos a ejecutar el contrato por el término y cumpliendo con cada uno de los requisitos establecidos en el pliego de condiciones contados a partir del cumplimiento de los requisitos de ejecución, en consecuencia, renunciamos a cualquier controversia posterior derivada de una posible información incorrecta.
5. El término de validez de la propuesta es de
6. Que la clasificación de mi empresa es: pequeña: mediana grande
7. Adicionalmente y de conformidad con el artículo 56 de la ley 1437 de 2011, autorizo las notificaciones electrónicas de todos los actos que me deban ser notificados con ocasión del presente proceso de selección en el siguiente correo electrónico: . Lo anterior, sin perjuicio de los mecanismos legales correspondientes que se emplea para las publicaciones del proceso.
Atentamente:
Nombre o Razón Social del Proponente: Nit:
Nombre del Representante Legal:
C.C. No:
FIRMA
FORMATO No. 2 COMPROMISO CONSORCIAL
Entre:
i) , constituida conforme a las leyes de la República de Colombia, representada por , mayor de edad de nacionalidad colombiana, identificado con la cédula de ciudadanía No. _ de , quien actúa en su calidad de representante legal,
Y
ii) , constituida conforme a las leyes de la República de Colombia, representada por , mayor de edad de nacionalidad colombiana, identificado con la cédula de ciudadanía No. de , quien actúa en su calidad de representante legal,
Celebran el siguiente acuerdo de CONSTITUCIÓN DE CONSORCIO (en adelante el “Acuerdo”), teniendo en cuenta los siguientes:
CONSIDERANDOS,
1. Que la SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO (en adelante LA SECRETARÍA) abrió el proceso de Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA (Indicar el número de proceso asignado) para la “(según lo indicado en los estudios y documentos previos)”.
2. Que la presente Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA permite la participación de consorcios o uniones temporales para la presentación de propuestas;
3. Que las partes han decidido presentar una propuesta conjunta (en adelante la “Propuesta”), bajo la modalidad CONSORCIO para participar en la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA.
De acuerdo con lo anterior las partes acuerdan lo siguiente:
ARTÍCULO 1. CONSORCIO. - El objeto del presente Acuerdo es constituir un consorcio entre: Y
, plenamente identificados en el encabezamiento del presente Acuerdo, para participar conjuntamente en la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA (Indicar el número de proceso asignado) de LA SECRETARÍA, en los plazos y condiciones requeridos en lo dispuesto en este documento.
La integración del consorcio se refiere únicamente al desarrollo de las actividades y ejecución de los actos necesarios para la preparación y presentación de la propuesta para participar en la Selección Abreviada Por Subasta Inversa Electrónica, así como al cumplimiento de las obligaciones directamente emanadas de la eventual adjudicación, de acuerdo con los términos y condiciones de la Selección Abreviada Por Subasta Inversa Electrónica, y los términos contractuales del contrato a que haya lugar en caso de ser adjudicatarios de la Selección Abreviada Por Subasta Inversa Electrónica.
Las partes acuerdan y manifiestan que el presente consorcio no constituye una persona jurídica distinta de las partes individualmente consideradas, ni sociedad de hecho, o sociedad alguna.
ARTÍCULO 2. DENOMINACIÓN DEL CONSORCIO. El Consorcio que las Partes constituyen mediante el presente Acuerdo se denominará para todos los efectos de la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA y de la ejecución del contrato, en caso de resultar adjudicataria, "CONSORCIO ".
ARTÍCULO 3. SOLIDARIDAD. - Para efectos de lo ordenado en el artículo 7 de la ley 80 de 1.993, las Partes reconocen la solidaridad que resulte de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la Propuesta y del contrato que se llegare a celebrar con LA SECRETARÍA.
ARTÍCULO 4. REPRESENTACIÓN. - Las Partes han designado a , domiciliado en Bogotá, D.C., ciudadano colombiano, identificado con la cédula de ciudadanía No. , expedida en
, para que actúe como representante y vocero del Consorcio frente a LA SECRETARÍA y terceros.
El representante del consorcio tendrá todas las facultades necesarias para actuar en nombre del Consorcio y en el de cada uno de sus miembros, en los asuntos relacionados directa e indirectamente con la elaboración y presentación de la Propuesta y la celebración y ejecución del contrato en el caso de que LA SECRETARÍA adjudicase la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA al consorcio. En especial tendrá las facultades suficientes para:
• Presentar la Propuesta.
• Suscribir la carta de presentación de la Propuesta.
• Atender todos los posibles requerimientos que formule LA SECRETARÍA relacionados con la Propuesta.
• Suscribir cualquier otro documento y ejecutar cualquier otro acto que se requiera para la elaboración y presentación de la Propuesta, dentro de los términos y condiciones de la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA.
• Notificarse del acto administrativo de declaratoria de desierta del proceso, si hubiese lugar a ello.
• Suscribir el contrato.
• Ejecutar todos los actos y suscribir todos los documentos necesarios para la ejecución del Contrato, dentro de los términos y condiciones de la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA.
• Notificarse de los actos administrativos que lleguen a derivarse del contrato, lo cual hará a nombre del consorcio.
• Presentar los reclamos a nombre del consorcio.
• Liquidar el contrato.
En el evento de presentarse inhabilidades sobrevivientes para el consorcio, los miembros del consorcio o los representantes legales de éstos el representante del consorcio tendrá la obligación de informarlo por escrito a la Dirección de Contratación de LA SECRETARÍA dentro de los cinco días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos que dieron lugar a ella.
Por el sólo hecho de la firma del presente Acuerdo, el representante legal acepta esta designación y entiende las obligaciones que se deriva del mismo.
ARTÍCULO 5. EXCLUSIVIDAD. - Durante la vigencia del presente Acuerdo las Partes se obligan a no participar directa o indirectamente en cualquier acto, negocio o contrato, relacionado con la presentación de otra Propuesta para la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA SGSASI xxx de 20xx de LA SECRETARÍA.
ARTÍCULO 6. REGLAS BÁSICAS. – (EL proponente DEBERÁ INDICAR LAS REGLAS BÁSICAS POR LAS CUALES SE REGIRÁN LAS RELACIONES INTERNAS DE LOS MIEMBROS DEL CONSORCIO.)
ARTÍCULO 7. VIGENCIA. - El presente Acuerdo tendrá vigencia hasta la expiración del contrato que se llegaré a celebrar con LA SECRETARÍA y tres (3) años más. En caso que la Propuesta presentada por el Consorcio no resulte favorecida, la vigencia del presente Acuerdo se extinguirá de manera automática.
ARTÍCULO 8. LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE- EL presente Acuerdo se rige por las leyes de la República de Colombia.
ARTÍCULO 9. CESIÓN. - No podrá haber cesión de participación entre los miembros del Consorcio. Para constancia se firma en Bogotá, D.C. a los días del mes de de 20xx.
POR POR
XX Y Y
Representante Legal Representante Legal
Nombre: Nombre:
C.C C.C
Firma: Firma:
Acepto el nombramiento como Representante Legal del Consorcio. Nombre:
C.C
Firma:
FORMATO No. 3.
COMPROMISO UNIÓN TEMPORAL
Entre:
i) , constituida conforme a las leyes de la República de Colombia, representada por , mayor de edad de nacionalidad colombiana, identificado con la cédula de ciudadanía No. de , quien actúa en su calidad de representante legal,
Y
ii) , constituida conforme a las leyes de la República de Colombia, representada por , mayor de edad de nacionalidad colombiana, identificado con la cédula de ciudadanía No. de , quien actúa en su calidad de representante legal,
Celebran el siguiente acuerdo de unión temporal (en adelante el “Acuerdo”), teniendo en cuenta los siguientes,
CONSIDERANDOS,
1. Que la SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO (en adelante LA SECRETARÍA) abrió el proceso de Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA (Indicar el número de proceso asignado) para la “(según lo indicado en los estudios y documentos previos)”.
2. Que los requisitos de la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA, permite la participación de consorcios o uniones temporales para la presentación de propuestas;
3. Que las Partes han decidido presentar una propuesta conjunta (en adelante la “Propuesta”), bajo la modalidad de Unión Temporal para participar en la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA.
De acuerdo con lo anterior las Partes acuerdan lo siguiente:
ARTÍCULO 1. UNIÓN TEMPORAL. - El objeto del presente Acuerdo es constituir una Unión Temporal entre: y , que se encuentran plenamente identificados en el encabezamiento del presente Acuerdo, para participar conjuntamente en la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA, en los plazos y condiciones requeridos en la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA y de conformidad con lo dispuesto en este documento.
La integración de la Unión Temporal se refiere únicamente al desarrollo de las actividades y ejecución de los actos necesarios para la preparación y presentación de la Propuesta para participar en la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA, así como al cumplimiento de las obligaciones directamente emanadas de la eventual adjudicación, de acuerdo con los términos y condiciones de la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA y los términos contractuales del contrato en caso de ser adjudicatarios de la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA.
Las Partes acuerdan y manifiestan que la presente Unión Temporal no constituye una persona jurídica distinta de las Partes individualmente consideradas, ni sociedad de hecho, o sociedad alguna.
ARTÍCULO 2. DENOMINACIÓN DE LA UNIÓN TEMPORAL. - La Unión Temporal que las Partes constituyen mediante el presente Acuerdo se denominará para todos los efectos de la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA y de la ejecución del contrato, en caso de resultar adjudicataria, "UNIÓN TEMPORAL ".
ARTÍCULO 3. SOLIDARIDAD. - Para efectos de lo ordenado en el artículo 7 de la Ley 80 de 1.993, las Partes reconocen la solidaridad que resulte de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la Propuesta y del contrato que se llegare a celebrar con LA SECRETARÍA.
PARÁGRAFO. No obstante, lo anterior, las Partes declaran que, para efectos de las sanciones que eventualmente se puedan imponer durante la ejecución y liquidación del contrato a que haya lugar, así como las derivadas de la Propuesta, se deberá atender tanto los porcentajes de participación como la distribución de responsabilidades que adelante se señalan en este Acuerdo.
ARTÍCULO 4. ACTIVIDADES Y PORCENTAJES DE PARTICIPACIÓN. - Sin perjuicio de la solidaridad consagrada en el artículo inmediatamente anterior, las Partes acuerdan y manifiestan que los porcentajes de participación de cada una de ellas serán los siguientes, de acuerdo con cada uno de los eventos que se definen a continuación:
4.1. En relación con la participación de las Partes en la presentación de la Propuesta y en la ejecución y cumplimiento del contrato, en el evento en que la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA sea adjudicada a la Unión Temporal, las partes concurrirán con las siguientes actividades y porcentajes de participación:
INTEGRANTE | ACTIVIDADES A EJECUTAR EN LA PROPUESTA | ACTIVIDADES A EJECUTAR EN LA EJECUCIÓN | % DE PARTICIPACIÓN |
(*) Discriminar actividades por ejecutar tanto en la presentación de la propuesta como en la ejecución del contrato, para cada uno de los integrantes de la unión Temporal.
ARTÍCULO 5. REPRESENTACIÓN. - Las Partes han designado a , domiciliado en Bogotá, D.C., ciudadano colombiano, identificado con la cédula de ciudadanía No. , expedida en
, para que actúe como representante y vocero de la Unión Temporal frente a LA SECRETARÍA y terceros.
El representante de la Unión Temporal tendrá todas las facultades necesarias para actuar en nombre de la Unión Temporal y en el de cada uno de sus miembros, en los asuntos relacionados directa e indirectamente con la elaboración y presentación de la Propuesta y la celebración y ejecución del contrato A QUE HAYA LUGAR en el caso de que la Secretaría adjudicase la Selección Abreviada POR
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA a la Unión Temporal. En especial tendrá las facultades suficientes para:
• Presentar la Propuesta.
• Suscribir la carta de presentación de la Propuesta.
• Atender todos los posibles requerimientos que formule LA SECRETARÍA relacionados con la Propuesta.
• Suscribir cualquier otro documento y ejecutar cualquier otro acto que se requiera para la elaboración y presentación de la Propuesta, dentro de los términos y condiciones de la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA.
• Notificarse del acto administrativo de declaratoria de desierta del proceso, si hubiese lugar a ello.
• Suscribir el contrato.
• Ejecutar todos los actos y suscribir todos los documentos necesarios para la ejecución del Contrato, dentro de los términos y condiciones de la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA.
• Notificarse de los actos administrativos que lleguen a derivarse del contrato, lo cual hará a nombre de la Unión temporal.
• Presentar los reclamos a nombre de la Unión temporal.
• Liquidar el contrato.
En el evento de presentarse inhabilidades sobrevivientes para La Unión Temporal, los miembros de la Unión o los representantes legales de éstos el representante de la Unión Temporal tendrá la obligación de informarlo por escrito a la Dirección de Contratación dentro de los cinco días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos que dieron lugar a ella.
Por el sólo hecho de la firma del presente Acuerdo, el representante legal acepta esta designación y entiende las obligaciones que se deriva del mismo.
ARTÍCULO 6. REGLAS BÁSICAS. – (EL proponente DEBERÁ INDICAR LAS REGLAS BÁSICAS POR LAS CUALES SE REGIRÁN LAS RELACIONES INTERNAS DE LOS MIEMBROS DE LA UNIÓN TEMPORAL)
ARTÍCULO 7. EXCLUSIVIDAD. - Durante la vigencia del presente Acuerdo las Partes se obligan a no participar directa o indirectamente en cualquier acto, negocio o contrato, relacionado con la presentación de otra Propuesta para la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA xxx de 20xx.
ARTÍCULO 8. VIGENCIA. - El presente Acuerdo tendrá vigencia hasta la expiración del contrato que se llegaré a celebrar con LA SECRETARÍA y tres (3) años más. En caso que la Propuesta presentada por la Unión Temporal no resulte favorecida, la vigencia del presente Acuerdo se extinguirá de manera automática.
ARTÍCULO 9. LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE- EL presente Acuerdo se rige por las leyes de la República de Colombia.
ARTÍCULO 10. CESIÓN. - No podrá haber cesión de participación entre los miembros de la Unión Temporal.
Para constancia se firma en Bogotá, D.C. a los días del mes de de 20XX. POR POR
XX Y Y
Representante Legal Representante Legal
Nombre: Nombre:
C.C C.C
Firma: Firma:
Acepto el nombramiento como Representante Legal de la UT. Nombre:
C.C
Firma:
FORMATO No. 4.
FORMULARIO ÚNICO HOJA DE VIDA DE PERSONA NATURAL
FORMATO No. 5.
FORMULARIO ÚNICO HOJA DE VIDA DE PERSONA JURÍDICA
FORMATO No. 6
CERTIFICACIÓN DE PAGOS DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES. PERSONA JURÍDICA. ARTÍCULO 50 DE LA LEY 789 DE 2002
(Use la opción que corresponda, según certifique el Representante Legal o el Revisor Fiscal)
Yo, , identificado con , en mi condición de Representante Legal de (Razón social de la compañía) identificada con Nit , debidamente inscrito en la Cámara de Comercio de certifico el pago de los aportes realizados por la compañía durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de nuestra propuesta para el presente proceso de selección, por los conceptos de salud, pensiones, riesgos profesionales, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
Lo anterior en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Yo, , identificado con , y con Tarjeta Profesional No. de la Junta Central de Contadores de Colombia, en mi condición de Revisor Fiscal de (Razón social de la compañía) identificado con Nit , debidamente inscrito en la Cámara de Comercio de
, luego de examinar de acuerdo con las normas de auditoria generalmente aceptadas en Colombia, los estados financieros de la compañía, certifico el pago de los aportes realizados por la compañía durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de la propuesta para el presente proceso de selección, por los conceptos de salud, pensiones, riesgos profesionales, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA)
Estos pagos, corresponden a los montos contabilizados y pagados por la compañía durante dichos 6 meses. Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Nota: Para relacionar el pago de los aportes correspondientes a los Sistemas de Seguridad Social, se deberán tener en cuenta los plazos previstos en el Decreto 1406 de 1999 artículos 19 a 24 y Decreto 2236 de 1999. Así mismo, en el caso correspondiente a los aportes parafiscales: CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR, ICBF y SENA, se deberá tener en cuenta el plazo dispuesto para tal efecto en el Decreto 1464 de 2005.
EN CASO DE PRESENTAR ACUERDO DE PAGO CON ALGUNA DE LAS ENTIDADES ANTERIORMENTE MENCIONADAS, SE DEBERÁ PRECISAR EL VALOR Y EL PLAZO PREVISTO PARA EL ACUERDO DE PAGO, CON INDICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE ESTA OBLIGACIÓN.
Dada en , a los ( ) del mes de de
FIRMA
NOMBRE DE QUIEN CERTIFICA
ANEXOS
FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA (ANEXO - SE DILIGENCIA EN LINEA EN LA PLATAFORMA SECOP).
EL PROPONENTE DEBE DILIGENCIAR Y FIRMAR EL ANEXO PROPUESTA ECONÓMICA
(PROPUESTA ECONOMICA.XLS)
RENOVACIONES DE PLATAFORMAS FORTINET | ||||
SERIAL | DESCRIPCION | CANTIDAD | TIEMPO DE LICENCIAMIENTO Y SOPORTE | VALOR TOTAL IVA INCLUIDO |
FG200E4Q17911552. | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | |
FG200ETK18904563 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | |
FG200ETK18910896 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | |
FG200ETK18914633 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | |
FG200ETK18914649 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | |
FG200ETK18914794 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | |
FG200ETK18911344 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | |
FG200ETK18911324 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | |
FG200ETK18914692 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | |
FG200ETK18914382 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | |
FG200ETK18914450 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | |
FG200ETK18911232 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | |
FG200ETK18911318 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | |
FG200ETK18911179 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | |
FG200ETK18914617 | 24x7 FortiCare plus, Application Control, IPS, AV, Web Filtering. | 1 | 12 MESES | |
FL-1KET319000054 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FM200D3A16000153 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FEVM04M000188321 | FortiMail Cloud - Gateway Premium | 3000 | 12 MESES | |
FP223ETF18004088 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004252 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004281 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004324 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004344 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004381 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004386 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004396 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004418 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004422 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004425 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004426 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004427 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004435 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004437 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004471 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004475 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004491 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004493 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004498 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004514 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004545 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004574 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004619 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004645 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004734 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004785 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004789 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004814 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004815 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18004966 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18005005 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18005016 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18005047 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
FP223ETF18005056 | 24x7 FortiCare Contract | 1 | 12 MESES | |
VALOR TOTAL |
|
UPGRADE DE PLATAFORMAS FORTINET | ||||
SERIAL | PLATAFORMA UPGRADE | CANTIDAD | TIEMPO DE LICENCIAMIENTY SOPORTE | VALOR TOTAL IVA INCLUIDO |
FG1K5D3I14800149 | FG-1100E-BDL-950-12 | 1 | 12 MESES | |
FG1K5D3I14800167 | FG-1100E-BDL-950-12 | 1 | 12 MESES | |
FG200D4615805394 | FG-200E-BDL-950-12 | 1 | 12 MESES | |
FG200D4613806962 | FG-200E-BDL-950-12 | 1 | 12 MESES | |
FG200D3914807461 | FG-200E-BDL-950-12 | 1 | 12 MESES | |
FG200D4613807090 | FG-200E-BDL-950-12 | 1 | 12 MESES | |
FG200D4613807113 | FG-200E-BDL-950-12 | 1 | 12 MESES | |
FG200D4615804919 | FG-200E-BDL-950-12 | 1 | 12 MESES | |
FG240D4Q16801043 | FG-200E-BDL-950-12 | 1 | 12 MESES | |
VALOR TOTAL |
REFERENCIA | DESCRIPCION | CANTIDAD | TIEMPO DE LICENCIAMIENTY SOPORTE | VALOR TOTAL IVA INCLUIDO |
FIREWALL PARA PROTECCION DE NUBES PUBLICAS AZURE Y ORACLE | ||||
FG-VM08V | FortiGate-VM virtual appliance designed for all supported platforms - 8 x vCPU cores and unlimited RAM. No VDOM by default. | 2 | 12 MESES | |
FC-10-FG8VM-963-02-12 | Unified (UTM) Protection (24x7 FortiCare plus Application Control, IPS, AV, Web Filtering and Antispam, FortiSandbox Cloud) | 2 | 12 MESES | |
VALOR TOTAL |
DESCRIPCION | CANTIDAD | TIEMPO DE LICENCIAMIENTO Y SOPORTE | VALOR TOTAL IVA INCLUIDO |
SISTEMA DE DETECCION Y RESPUESTA EDR | |||
Xxxxx EDR Ultimate for workstations with 7x24x365 alert monitoring service: data theft and tampering prevention with PROTECTANYWHERE, Threat Hunting, Communication Control, Content and Forensics Add-ons - 1-year | 3350 | 12 MESES | |
Xxxxx EDR Premium for servers with 7x24x365 alert monitoring service: data theft and tampering prevention with Threat Hunting, Communication Control, Content and Forensics Add- ons - Tier B, 1-year | 150 | 12 MESES | |
VALOR TOTAL | |||
Nota: En ningún caso la oferta inicial y los lances, puede superar el promedio total incluido IVA establecido por la entidad al realizar el estudio xx xxxxxxx, por tal motivo la entidad revisará la oferta inicial y los lances de precio del proponente a quien se adjudique el presente proceso y en caso que supere el tope establecido en el estudio mercado procederá a su rechazo. | |||
Nombre representante legal: | |||
CC: | |||
Firma representante legal |
FORMATO
RELACIÓN DE EXPERIENCIA MÍNIMA DEL PROPONENTE
Fecha Señores
SECRETARIA DISTRITAL DE GOBIERNO
Bogotá.
ASUNTO: Proceso SGSASI No. 002-2020
En mi calidad de representante legal de (indicar nombre del proponente y si actúa de manera directa, en Consorcio o Unión Temporal), me permito certificar la acreditación de la experiencia, de conformidad con lo exigido en el numeral xxx xxxxxx de condiciones del proceso citado en el asunto, así:
RELACIÓN EXPERIENCIA DEL PROPONENTE | ||||||
ITEM | CONTRATANTE | OBJETO DEL CONTRATO | CODIFICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DE ACUERDO CON EL CÓDIGO ESTÁNDAR DE PRODUCTOS Y SERVICIOS DE NACIONES UNIDAS REQUERIDO | VALOR EN SMLMV POR CADA CODIGO* | VALOR TOTAL DEL CONTRATO EN SMLMV | FOLIO DEL RUP DONDE SE RELACIONA EL CONTRATO QUE PRETENDE HACER VALER EN LA EXPERIENCIA |
1 | ||||||
2 | ||||||
3 |
* Nota: Si el contrato registrado en el RUP se refiere a la prestación de diferentes suministros o servicios, se debe efectuar dentro del formulario una discriminación de los mismos con su valor correspondiente en SMLMV, para efectos de establecer los que se relacionan con la clasificación por el Código de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas requerido para el presente proceso de selección.
En el caso de consorcios y/o uniones temporales, el proponente deberá relacionar únicamente la experiencia según su porcentaje de participación.
DECLARO BAJO LA GRAVEDAD DE JURAMENTO QUE LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN ESTE DOCUMENTO ES VERDADERA.
Nombre Representante Legal: CC:
Firma Representante Legal
NOTAS:
1. Los errores e imprecisiones de tipo aritmético que sean cometidos por el proponente en su oferta inicial de precio serán corregidos por la entidad y este será el valor que tomara la entidad para efectos de la oferta inicial de precio y adelantar el proceso de subasta.
2. La corrección la realizara la entidad una vez se abran los sobres que contienen la oferta inicial de precio de los proponentes habilitados.
3. Por error aritmético, se entiende aquel en que incurre el proponente cuando realiza una indebida operación matemática, pero con la certeza de las cantidades, requerimientos y valores.
4. Las correcciones efectuadas a las ofertas de los proponentes, según el procedimiento anterior, serán de forzosa aceptación para estos.
82
5. Los demás errores e imprecisiones cometidos por el proponente en el aspecto económico durante los lances que se realicen en la audiencia de subasta inversa no serán corregidos por la entidad, por lo tanto, vinculan legítimamente al oferente lo obligan al cumplimiento de lo ofertado.
FORMATO DE CERTIFICADO PARA ACREDITAR CUMPLIMENTO REQUISITOS TÉCNICOS.
Ciudad y fecha Señores
Secretaría Distrital de Gobierno Dirección de Contratación Xxxxx 00 Xx. 0-00 xxxx 0 Xxxxxx D. C.
ASUNTO: SGSASI 002 DE -2020 - ACEPTACION ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS EXCLUYENTES
Yo, , en mi condición de Representante Legal de
, declaro y acepto conocer íntegramente el contenido de todas y cada una de las especificaciones técnicas detalladas en el Pliego de condiciones que rige el proceso de Selección abreviada de menor cuantía No. SGSA 002-2020, y en especial las contenidas en el “ANEXO TECNICO”.
De igual manera, manifiesto haber efectuado en forma personal, un análisis detallado, minucioso y exhaustivo de las especificaciones técnicas mínimas excluyentes contenidas en el ANEXO No. 1 “ANEXO TECNICO”, lo que indica expresamente, que bajo ningún motivo me exonero de la responsabilidad que me acude a su cumplimiento.
Con la suscripción del presente formulario, en forma voluntaria e irrevocable, ACEPTO las condiciones técnicas planteadas por la SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO a través xxx xxxxxx de condiciones y en especial las contenidas en el ANEXO No. 1 “ANEXO TECNICO” y demás que puedan surgir a partir de las diferentes adendas generadas en desarrollo del proceso; en consecuencia, ME COMPROMETO A DARLES ESTRICTO CUMPLIMIENTO.
DESCRIPCION | ACEPTACION EXPRESA |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MINIMAS EXCLUYENTES | SI ACEPTO LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS |
Cordialmente,
(Nombre y firma del representante legal del proponente) Cedula de Ciudadanía.
FICHAS TÉCNICAS
RENOVACIÓN DE LICENCIAMIENTO, SOPORTE Y GARANTÍA DE LA INFRAESTRUCTURA DE SEGURIDAD FORTINET
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos |
1 | Marca | Ofrecido por el Proponente |
2 | Modelo | Ofrecido por el Proponente |
3 | Catálogo | Debe anexar los catálogos de los modelos ofertados. |
4 | Generalidades | La Secretaría Distrital de Gobierno, requiere realizar la renovación de licenciamiento de sus plataformas de Seguridad Fortinet, Instalación, Implementación y puesta en marcha de las renovaciones requeridas. - El oferente deberá entregar las renovaciones de las siguientes plataformas identificadas con los siguientes seriales: FG200E4Q17911552. FG200ETK18904563 FG200ETK18910896 FG200ETK18914633 FG200ETK18914649 FG200ETK18914794 FG200ETK18911344 FG200ETK18911324 FG200ETK18914692 FG200ETK18914382 FG200ETK18914450 FG200ETK18911232 FG200ETK18911318 FG200ETK18911179 FG200ETK18914617 FL-1KET319000054 FM200D3A16000153 FEVM04M000188321 FP223ETF18004252 FP223ETF18004281 FP223ETF18004324 FP223ETF18004344 FP223ETF18004381 FP223ETF18004386 FP223ETF18004422 FP223ETF18004418 FP223ETF18004425 FP223ETF18004426 FP223ETF18004427 FP223ETF18004435 FP223ETF18004437 FP223ETF18004471 FP223ETF18004475 FP223ETF18004491 |
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos | |
FP223ETF18004493 FP223ETF18004498 FP223ETF18004514 FP223ETF18004545 FP223ETF18004574 FP223ETF18004619 FP223ETF18004645 FP223ETF18004734 FP223ETF18004789 FP223ETF18004814 FP223ETF18004815 FP223ETF18004966 FP223ETF18005005 FP223ETF18005047 FP223ETF18005016 | |||
5 | Soporte y Mantenimiento | - El servicio de soporte debe incluir atención de incidentes y consultas a través de llamadas telefónicas, correo electrónico, sesiones remotas y atención en sitio en horario Hábil y No Hábil. Adicionalmente incluye actividades de mantenimiento las cuales se realizarán de manera preventiva para minimizar problemas y mantener los sistemas actualizados, cuando este sea requerido por la entidad, durante un periodo de un (1) año. | |
6 | Garantía | - Las renovaciones son requeridas por un periodo de 1 año en un esquema 7 x 24 ante fabricante y con las mismas características actuales de las plataformas para los seriales mencionados. | |
7 | Certificaciones de fabricante | • El contratista debe ser canal (partner) certificado con nivel de membresía advanced o expert del fabricante de los equipos ofertados y estar en capacidad técnica de configurar, mantener y dar soporte técnico de los equipos. |
ADQUISICIÓN DE PLATAFORMAS PARA EL FORTALECIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA DE SEGURIDAD EN EL DATACENTER PRINCIPAL, FORTALECIMIENTO DE ACCESO SEGURO PARA TELETRABAJADORES Y EL ASEGURAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN EN LAS NUBES PUBLICAS XX XXXXX Y ORACLE
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos |
1 | Marca | Ofrecido por el Proponente |
2 | Modelo | FIREWALL CAPA 4 PARA PROTECCIÓN DE NUBES PÚBLICAS AZURE Y ORACLE |
3 | Catálogo | Debe anexar los catálogos de los modelos ofertados. |
4 | Generalidades | La Secretaría Distrital de Gobierno requiere para su infraestructura Cloud de Oracle y Microsoft Azure Firewalls (NGFW), funcionalidades de seguridad como Anti-malware (anti-virus, anti-spyware, anti-spam), IPS (Sistema de Prevención anti Intrusiones), VPN (Red Privada Virtual), entre otras. Soluciones completas que a través de un análisis exhaustivo del tráfico de su red permiten detectar y minimizar riesgos activos, problemas de seguridad, actividades |
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos |
sospechosas, fugas de datos. | ||
5 | Características mínimas | La plataforma de Firewall para las nubes de Oracle y Azure debe cumplir con las siguientes características: • Firewall • Antimalware • Filtrado de Contenido • Inspeccion SSL • IPS • Control de Aplicaciones • VPN IPSEC y SSL. • Debe integrarse al fortinalizer y fortimanager de la Secretaría, para generación de reportes y administración centralizada. • Debe integrarse a la plataforma de sandboxing de manera nativa para análisis de ataques de día 0. |
6 | Licenciamiento y configuración | ✓ La plataforma debe ser entregada totalmente licenciada como mínimo un año. ✓ El contratista deberá realizar la instalación, configuración y puesta en marcha de la solución. |
7 | Certificaciones de fabricante | ✓ El o contratista debe ser canal (partner) certificado con nivel de membresía advanced o expert del fabricante de los equipos ofertados y estar en capacidad técnica de configurar, mantener y dar soporte técnico de los equipos. |
PROTECCIÓN SOBRE LAS ESTACIONES DE TRABAJO Y SERVIDORES (DATACENTER PRINCIPAL, XXXX XX XXXXX Y ORACLE) QUE ALOJAN LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN DE LA SECRETARÍA, MEDIANTE LA IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA DE DETECCIÓN Y RESPUESTA (EDR) PARA LAS ESTACIONES DE TRABAJO DE LA SECRETARÍA Y LAS ALCALDÍAS LOCALES.
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos |
1 | Marca | Ofrecido por el Proponente |
2 | Modelo | Ofrecido por el Proponente |
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos |
3 | Catálogo | Debe anexar los catálogos de los modelos ofertados. |
4 | Generalidades | La Secretaría Distrital de Gobierne requiere fortalecer la protección sobre las estaciones de trabajo y servidores (datacenter principal, xxxx xx Xxxxx y Oracle) que alojan los sistemas de información de la Secretaría, mediante la implementación de un sistema de detección y respuesta (EDR) para las estaciones de trabajo de las Secretaría y las alcaldías locales. A continuación, se relacionan los componentes y cantidades requeridas para esta solución. - 3.500, licencias distribuidas de la siguiente manera: ✓ 3.400 Endpoint ✓ 100 servidores Windows/Linux/Mac/ • Cubrimiento de eventos de pre-ejecución y post-ejecución para prevención antimalware, investigación y respuesta a eventos. • La solución debe brindar detección en tiempo real, contención y respuesta a ciber amenazas. • La solución debe ser validada para cumplimiento de PCI DSS y HIPAA. • La solución debe estar como recomendada por NSS Labs en el informe de Advanced Endpint Protection para el año 2019, o certificada por AV Test. • Funcionalidad de Antivirus de nueva generación basada en aprendizaje de máquina (Machine Learning). • La solución debe poder descubrir y hacer seguimiento a aplicaciones y dispositivos IoT. • La solución debe proveer enriquecimiento de datos con CVE y calificación de aplicaciones. • La solución debe brindar control sobre dispositivos USB. • La solución debe proveer políticas proactivas para permitir la reducción de la superficie de ataque. • La solución debe proveer protección automatizada de encripción de ransomware. • La solución debe poder detectar actividad sospechosa asociada a DLLs. • La solución debe detectar cambios maliciosos de registro. • La solución debe detectar conexiones originadas por los endpoints. • La solución debe permitir generar listas blancas de archivos y aplicaciones. • La solución debe hacer detección y protección de ataques de escalación de privilegios. • La solución debe hacer detección y detención de scripts maliciosos. • Remediación automática (notificar a los usuarios, aislar el dispositivo, remediar el dispositivo, abrir tiquete). • Remediación manual de eventos. • La solución debe permitir hacer investigación automatizada con interrupción mínima para el usuario. • La solución debe poder hacer análisis de vulnerabilidades y remediación (virtual patching). • La solución debe brindar visibilidad completa de la cadena de ataque. • La solución debe integrarse de manera nativa con el siem (FortiSiem) de la Secretaría de gobierno para el manejo de eventos de seguridad de la solución EDR. |
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos |
• El contratista debe incluir los servicios profesionales para el despliegue de la solución en premisas. • El contratista debe incluir un servicio de monitoreo de amenazas directo del fabricante con cubrimiento 7x24x365. • La solución debe poder brindar protección a las estaciones finales cuando se encuentran conectadas a la red corporativa de la entidad y fuera de ella. • Debe poder compartir información sobre aplicaciones e inteligencia de amenazas de punto final con la plataforma de Firewall de Nueva generación Fortigate, tanto en el sitio principal, como en las sedes remotas y en la Nube Pública de Oracle y Azure. • Debe integrarse con los Firewall de Nueva generación para instruir acciones de respuesta mejoradas para el Firewall de Nueva Generación (suspender o bloquear una dirección IP después de un ataque de infiltración). | ||
5 | Administración | • La consola de administración debe permitir visualizar el número de licencias totales, así como el número de licencias que encuentran actualmente en uso. • Debe contar con una consola de administración centralizada, desde la cual se pueda monitorear el estado de la seguridad en los equipos de cómputo de la entidad. • La consola deberá tener la capacidad de ser accedida desde cualquier punto de la red utilizando un navegador de páginas de Internet como Internet Explorer o Mozilla Firefox. • La consola de administración debe permitir visualizar la información por dispositivo, mostrando los eventos detectados en un dispositivo determinado. • La consola de administración debe mostrar un resumen de los eventos de seguridad detectados y que no han sido solucionados. • La consola de administración debe mostrar de manera gráfica el estado de los agentes instalados en la entidad. • La consola de administración debe contar con un visor de eventos, donde se puedan visualizar y filtrar todos los eventos de seguridad de los endpoints cubiertos con la solución. La consola de administración debe permitir: • visualizar de manera gráfica los destinos externos de los eventos de seguridad detectados. • visualizar de manera gráfica la secuencia de eventos que llevaron a un evento. • visualizar en un mapa la geolocalización del evento. • cambiar la severidad de un evento, por parte del administrador, en caso de ser necesario. • visualizar las técnicas usadas en un evento de acuerdo con el esquema MITRE ATT&CK, y poder proporcionar detalles adicionales. • La consola de administración debe incluir un módulo para hacer análisis forense de eventos de seguridad, que incluya entre otros: dispositivos infectado y detalles de la aplicación, tipos de violación ejecutados. |
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos |
• Debe ser posible hará el aislamiento de dispositivos desde la consola de administración de la solución, por parte del administrador de la misma. • Debe ser posible actualizar la versión de los agentes en los equipos desde la consola de administración, por grupos de agentes y por sistema operativo del endpoint. • Debe ser posible definir diferentes usuarios para acceso a la consola de administración, con diferentes niveles de privilegio, y con autenticación local o con integración al directorio activo de la entidad. | ||
6 | Solución EDR | • El contratista debe proveer una plataforma para abordar, visibilizar y remediar amenazas que puedan impactar los endpoints. • La solución ofertada debe poseer múltiples tecnologías de detección y protección para ofrecer una protección completa en todos los vectores. • Debe tener la capacidad de detectar por reputación, análisis dinámico, estático y por firmas. • Deberá integrarse completamente con la herramienta de protección de endpoint, también objeto de esta solicitud, y no deberá requerir de la instalación de agentes adicionales diferentes al agente de antivirus. • Deberá tener una red de inteligencia de amenazas y APTs que comparta su información con otras soluciones del mismo fabricante. • Debe utilizar un servicio avanzado de análisis de malware dentro de la nube privada del proveedor para detonar malware conocido y/o desconocido. • Cualquier archivo que utilice técnicas de evasión y/o intente comprobar si se está ejecutando en un hipervisor o máquina virtual también debe ser detonado en un entorno físico para evitar malware que están escritos específicamente para evadir la ejecución en máquinas virtuales. • Debe ofrecer un reporte del malware analizado en menos de 15 minutos. • Debe tener la habilidad de detectar ataques multi-etapa y no debe ser una tecnología basada en archivos únicamente. • Debe estar en la capacidad de detectar ataques de tipo file-less y basados en scripts como PowerShell. • Debe tener la habilidad de detectar ataques multi-etapa sin tener conocimiento previo del malware. • Debe estar en capacidad de analizar cada etapa de un ataque avanzado, desde la explotación del sistema hasta los protocolos de comunicación externa del malware. • Debe estar en la capacidad de detectar malware desconocido en tiempo real sin el uso de listas y reglas estáticas. • Debe estar en la capacidad de mantenerse completamente efectiva sin necesidad de compartir información con el fabricante o las redes del fabricante. |
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos |
• Debe estar en la capacidad de detectar malware con una tasa mínima de falsos positivos gracias al uso de la red de reputación global del fabricante. • Debe estar en capacidad de definir listas negras y blancas que permitan bloquear y/o hacer excepciones sobre redes, hosts y archivos como mínimo. • Ddebe tener la capacidad de mostrar la geolocalización de los servidores de comando y control remotos. • Debe identificar ataques dirigidos a la organización y los grupos de atacantes deberán ser informados por la misma. • Debe reportar como mínimo los siguientes datos sobre un ataque: IP de Origen, IP Destino, Servidores C&C, URL, Clase de Malware, Ejecutables, protocolos usados y severidad. • Debe presentar los resultados de análisis de malware a través de un dashboard gráfico con reporte detallado sobre la amenaza. • La solución se deberá integrar con una herramienta SIEM de terceros vía syslog • El fabricante de la tecnología deberá proveer la infraestructura necesaria para soportar el análisis de cualquier cantidad de muestras. • La solución deberá poder realizar integraciones con productos de terceros vía API. • No debe requerir el uso de un sistema operativo y/o aplicación en particular para el análisis y detonación de malware. • La solución propuesta deberá ofrecer la inteligencia para proveer el entorno adecuado para establecer el comportamiento del malware basado en información de telemetría. • La solución deberá integrarse con la solución de protección de endpoints permitiendo la detección, validación y contención de amenazas. • Todas las funcionalidades de la solución deberán trabajar incluso cuando la máquina no esté en la red corporativa sin requerir conexión VPN hacia la organización. • Los agentes instalados en las máquinas cliente, deberán controlarse dentro y fuera de la red corporativa para propósitos de detección, análisis y contención. • La solución deberá estar en capacidad de compartir indicadores de compromiso con la solución de protección de endpoints y ofrecer capacidades de remediación y cuarentena. • Debe tener la capacidad de realizar análisis forense sobre el malware identificado y proveer la siguiente información: o Reporte de modificaciones realizadas en el host. o Permitir copia de los archivos maliciosos. o Detalle de URL’s y direcciones IP involucradas con la amenaza. o Reporte completo del incidente, incluyendo tipo de amenaza, actividad, |
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos |
endpoints involucrados. Información de severidad • La solución deberá estar en capacidad de distribuir reglas de bloqueo de malware a la solución de protección de endpoint sin la necesidad de agentes adicionales. • La solución deberá estar en la capacidad de detectar Rootkits a nivel de Kernel de sistema operativo. • La solución deberá detectar y controlar inyecciones “Reflective DLL.” • La solución deberá estar en la capacidad de grabar toda la actividad de los endpoint de la organización y almacenarla por un periodo, que permita, posteriormente, realizar análisis forense y reconstruir acciones o momentos específicos en el tiempo. • Si la máquina se encuentra fuera de la red, deberá ser capaz de enviar los eventos directamente a través de la consola cloud o almacenar en un cache local la actividad para ser entregada a la consola central una vez restaure comunicación con la misma. • La solución deberá incorporar características de detección de ataques dirigidos e investigación sobre los grupos adversarios involucrados en el posible ataque. • El fabricante de la solución deberá ofrecer con la misma y sin costo adicional para la organización, servicios de respuesta a incidentes (de manera remota) para incidentes críticos que se presenten en la organización. • La solución deberá ser implementada como Appliance físico o virtual de propósito específico y la detonación del malware (sandbox) deberá realizarse 100% en la nube privada del fabricante. • La solución de EDR no deberá requerir agentes adicionales instalados en el endpoint y deberá integrarse de manera nativa con la solución de protección de endpoint. | ||
7 | Licenciamiento y configuración | ✓ La plataforma debe ser entregada totalmente licenciada como mínimo un año. ✓ El contratista deberá realizar la instalación, configuración y puesta en marcha de la solución. |
8 | Transferencia de Conocimiento | ✓ El contratista debe realizar una capacitación en modalidad de transferencia de conocimientos para 4 funcionarios de la entidad, la cual debe incluir como mínimo temas de administración, Monitoreo y resolución de problemas de las plataformas objeto del presente contrato. |
9 | Certificaciones de fabricante | ✓ El contratista debe ser canal (partner) certificado con nivel de membresía advanced o expert del fabricante de los equipos ofertados y estar en capacidad técnica de configurar, mantener y dar soporte técnico de los equipos. |
UPGRADE DE LA INFRAESTRUCTURA DE SEGURIDAD FORTINET
1 | Renovación, Actualización y Adquisición de Equipos de Seguridad Informática | |
1.1 | GENERALIDADES | |
1.1.1 | Aspectos generales | 1. La Secretaría Distrital de Gobierno requiere realizar la renovación de licenciamiento de sus plataformas de Seguridad Fortinet. RENOVACIÓN DE FIREWALL FORTIGATE SERIES 1500 y 200D El contratista deberá entregar las renovaciones de las siguientes plataformas identificadas con los siguientes modelos: ✓ FG1K5D3I14800149 ✓ FG1K5D3I14800167 ✓ FG200D4615805394 ✓ FG200D4613806962 ✓ FG200D3914807461 ✓ FG200D4613807090 ✓ FG200D4613807113 ✓ FG200D4615804919 ✓ FG240D4Q16801043 Los modelos de serie 1500 serán remplazados por 1100 E o superiores y los modelos 200d y 240D serán remplazados por 200E o superior. Las renovaciones son requeridas por un periodo de 1 año en un esquema 7 x 24 ante fabricante y con las mismas características actuales de las plataformas para los seriales mencionados. 2. La solución de Sandboxing requiere que se integre a las soluciones firewall de nueva generación actuales y a las plataformas de firewall de aplicaciones web de la Secretaría, garantizando la protección ante posibles ataques informáticos no conocidos que pueden afectar la disponibilidad e integridad de los sistemas de información de la Secretaría. 3. La renovación involucra la adquisición de 2 FortiGate-VM para las nubes xx Xxxxx y Oracle. 4. Igualmente, implica la adquisición de Web Application Firewall para la nube de Oracle. 5. La Secretaría Distrital de Gobierno requiere adquirir 150 tokens. Cada equipo deberá tener ya incluidas y listas, las funcionalidades que se detallan en la ficha técnica. 6. Se una solución de detección y respuesta (Endpoint Detection and Response). |
2 | ACTUALIZACIONES DE SOFTWARE | |
2.1 | Actualizaciones de Software | ✓ El contratista deberá ofrecer un esquema de acceso a las actualizaciones de software disponibles para los productos durante la vigencia del contrato. ✓ Se deberá realizar la actualización de software durante la vigencia de la garantía, a la última versión disponible y estable relacionada en el objeto del contrato, para mejorar la funcionalidad de la seguridad, cada vez que se requiera. |
✓ El alcance debe cubrir las actualizaciones menores (updates), mayores (upgrades) y prestar el apoyo para su instalación o configuración. Para el caso de la renovación plataforma seguridad perimetral: El contratista debe ofrecer setenta (70) horas especialidadas durante la vigencia del contrato para garantizar y estar en capacidad de realizar actividades Etical Hacking, Análisis de Vulnerabilidades, ataque y documentación sobre la infraestructura critica de la Entidad. | ||
3 | EQUIPO DE TRABAJO | |
3.1 | Equipo Mínimo de Trabajo. | El contratista debe contar con un equipo mínimo de trabajo para la ejecución del proyecto, el cual debe estar conformado como mínimo por: Gerente de Proyecto: Profesional Ingeniero Electrónico, de Sistemas y/o Telecomunicaciones con experiencia mínima de 7 años a partir de la emisión de la Tarjeta Profesional y para su verificación deberá presentar, según lo dispuesto por la Ley 842 de 2002 y la Ley 51 de 1986: ✓ Cédula de Ciudadanía ✓ Tarjeta Profesional ✓ Certificaciones de experiencia mínima específica de 3 años en gerencia de proyectos de soluciones de infraestructura tecnológica. ✓ Hoja de Vida. Ingeniero de Implementaciones de Seguridad: Profesional Ingeniero de Sistemas, Electrónico o de Telecomunicaciones con experiencia mínima de 7 años a partir de la emisión de la Tarjeta Profesional y para su verificación deberá presentar, según lo dispuesto por la Ley 842 de 2002 y la Ley 51 de 1986: ✓ Cédula de Ciudadanía ✓ Tarjeta Profesional ✓ Certificación del fabricante NSE 4 o su equivalente en la solución ofertada. ✓ Certificaciones de experiencia mínima de 3 años en implementación de soluciones de seguridad. ✓ Hoja de Vida. Ingeniero de Implementaciones de Networking: Profesional Ingeniero de Sistemas, Electrónico o de Telecomunicaciones con experiencia mínima de 3 años para su verificación deberá presentar, según lo dispuesto por la Ley 842 de 2002 y la Ley 51 de 1986: ✓ Cédula de Ciudadanía ✓ Certificaciones de experiencia mínima de 3 años en soporte de soluciones de networking. ✓ • Hoja de Vida. La validación del cumplimiento de hojas de vida se realizará por parte del supervisor al inicio del contrato. |
3.2 | Transferencia de Conocimiento | ✓ El Contratista debe ofrecer transferencia de conocimiento técnica, para tres (3) funcionarios de la entidad con una intensidad horaria de mínimo veinte (20) horas, sobre la operación y administración de los equipos actualizados en la última versión de Firmware. Debe incluir material de estudio. |
4 | IMPLEMENTACION | |
4.1 | Implementación | ✓ El Contratista debe efectuar la instalación y configuraciones necesarias del software de seguridad perimetral, hasta dejarlos funcionando en óptimas condiciones, de ser necesario o si se requiere. ✓ El contratista deberá realizar las actividades de instalación de Software de los equipos con personal certificado en un nivel profesional. La actividad de instalación de software deberá comprender los siguientes puntos: ✓ Planeación de cada una de las actividades con el fin de disminuir los tiempos de afectación en el servicio. ✓ Realizar las actividades planeadas de acuerdo con las mejores prácticas del fabricante. ✓ Pruebas de Servicio. ✓ Estabilización de la plataforma. ✓ La entidad requiere que se realicen pruebas / muestras de las plataformas donde se evidencie la correcta configuración de la plataforma implementada. ✓ El contratista deberá garantizar que las licencias de los equipos deberán quedar actualizadas a las fechas correspondientes y deberá realizar un informe donde evidencia este hecho. |
5 | GARANTÍA Y ALCANCE DE LA GARANTIA | |
5.1 | Garantía de fábrica | ✓ Garantía por un año para las renovaciones y adquisiciones de Firewall, fortianalyzer y fortimanager en un esquema 7*24 ante el fabricante. |
5.2 | Soporte en sitio y/o remoto | ✓ El contratista debe atender los requerimientos de Soporte Técnico en sitio y/o remoto durante el período de la vigencia del contrato, en la modalidad 7*24*365*4 (Siete días a la semana, Veinticuatro horas al día durante 365 días del año), con Cuatro (4) horas máximo de respuesta para los Bienes, relacionados con: ✓ Componentes de Software y/o Firmware, Configuración de Servicios, Software Especializado, etc.) |
5.3 | Soporte Telefónico | ✓ Se debe garantizar acceso al centro de soporte telefónico durante el período de la Garantía, en la modalidad 7*24*365*4 (Siete días a la semana, veinticuatro horas al día durante 365 días del año), con cuatro horas máximo de respuesta. |
5.4 | Mantenimiento Preventivo | ✓ Como mínimo una (1) visita, según cronograma que se establecerá al inicio del contrato por el responsable de control de ejecución por parte de la entidad. En estas visitas se llevarán a cabo todas las labores pertenecientes a este tipo de mantenimiento incluyendo diagnósticos de la solución objeto del contrato. El servicio no deberá significar costo alguno para la entidad contratante. ✓ Al finalizar cada visita el contratista generará un informe de servicio en el que constará el resumen de las actividades realizadas (actualización, soporte y mantenimiento), problemas presentados, soluciones utilizadas y recomendaciones, así como las evidencias de estas actividades. De igual forma quedará constancia en la misma acta o informe de servicio si hubo cambio de software y/o en alguna configuración. |
5.5 | Mantenimiento Correctivo | ✓ En caso de determinarse que un problema no puede ser resuelto dentro de las ocho (8) horas hábiles siguientes al reporte, el contratista debe reemplazar el elemento averiado con un equipo de su propiedad, de características idénticas o superiores e instalarlo temporalmente en el sitio por un término máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario, lapso dentro del cual se dará la solución definitiva. La acción correctiva para dejar los bienes objeto de la compra y demás componentes en |
perfecto estado de funcionamiento, no será en ningún caso superior a los tiempos aquí descritos; y debe contemplarse dentro del plazo de ejecución del contrato, es decir, no podrá exceder los tres (3) meses a los cuales refiere la cláusula del plazo. ✓ El servicio o repuestos requeridos no deberán significar costo adicional alguno para la entidad contratante. | ||
5.6 | Certificación Directa de Fábrica | ✓ El contratista debe ser canal (partner) certificado con nivel de membresía advanced o expert de alguno de los fabricantes de los equipos ofertados y estar en capacidad técnica de configurar, mantener y dar soporte técnico de los equipos. |
FORMATO - INCENTIVO EN PROCESOS DE CONTRATACIÓN EN FAVOR DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
El representante legal certifica el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal con discapacidad a la fecha de cierre del proceso de selección. los cuales se encuentran en el siguiente rango:
Número total de trabajadores de la planta de personal del proponente | Número mínimo de trabajadores con discapacidad exigido | Opción |
Entre 1 y 30 | 1 | |
Entre 31 y 100 | 2 | |
Entre 101 y 150 | 3 | |
Entre 151 y 200 | 4 | |
Más de 200 | 5 |
Nota: Seleccionar una opción según el nivel de trabajadores de la planta y el mínimo de trabajadores con discapacidad.
Nota: Si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se tendrá en cuenta la planta de personal del integrante del proponente plural que aporte como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de la experiencia requerida en el presente proceso.
Para tal fin, se anexar el certificado expedido por el Ministerio de Trabajo.
Nombre representante legal: CC:
Proponente:
Firma representante legal
Firma representante legal
FORMATO DECLARACION_BIENES_RENTAS_CONFLICTO_INTERESES
Y
PUBLICACIÓN PROACTIVA DECLARACIÓN DE BIENES Y RENTAS REGISTRO DE CONFLICTOS DE INTERÉS
(Ley 2013 de 2019, Ley 1437 de 2011, 734 de 2002 y 2003 de 2019)
Nombres y apellidos completos | |||
Primer nombre | Segundo nombre | Primer apellido | Segundo apellido |
Documento de identificación | |
C.C. C.E. T.I NIT. Número | |
Lugar de Nacimiento | |
País Departamento Municipio | |
Lugar | de domicilio | ||||
País Departamento Municipio | |||||
Nombre de la entidad/organismo/institución/persona jurídica pública o privada que presten función pública o servicios públicos o que administren, celebren contratos y ejecuten bienes o recursos públicos/Notarías/ Curadurías/ u otra donde trabaje. |
Cargo o función que cumple |
Lugar de sede | |
País Departamento Municipio | |
Dirección | |
Tipo de sujeto obligado de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 2013 de 2019 |
1. DECLARACIÓN JURAMENTADA DE BIENES Y RENTAS |
DECLARO, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 122, INCISO 3, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA Y EN LO CONSAGRADO EN LA LEY 2013 DE 2019, QUE LOS ÚNICOS BIENES Y RENTAS QUE POSEO A LA FECHA, EN FORMA PERSONAL O POR INTERPUESTA PERSONA, SON LOS QUE RELACIONO A CONTINUACIÓN:
1.1. DE INGRESOS, BIENES Y ACREENCIAS
a) Los ingresos y rentas que obtuve en el "último" año gravable fueron:
CONCEPTO | VALOR |
Salarios y demás ingresos laborales | |
Cesantías e intereses de cesantías | |
Gastos de representación | |
Arriendos | |
Honorarios | |
Otros ingresos y rentas | |
TOTAL | - |
b) Las cuentas bancarias que poseo en Colombia y en el exterior son:
TIPO DE CUENTA | SEDE DE LA CUENTA (PAÍS) | SALDO DE LA CUENTA A DICIEMBRE 31 DEL AÑO ANTERIOR |
c) Mis bienes patrimoniales son los siguientes:
TIPO DE BIEN | PAÍS DE UBICACIÓN | DEPARTAMENTO DE UBICACIÓN | MUNICIPIO DE UBICACIÓN | VALOR |
d) Las acreencias y obligaciones vigentes a la fecha son:
CONCEPTO | SALDO |
1.2. DE PARTICIPACIÓN EN JUNTAS, CONSEJOS, CORPORACIONES, SOCIEDADES Y/O ASOCIACIONES
a) En la actualidad participo como miembro de las siguientes Juntas y Consejos Directivos:
ENTIDAD O INSTITUCIÓN | CALIDAD DE MIEMBRO | PAÍS |
b) A la fecha soy socio de las siguientes corporaciones, sociedades y/o asociaciones
CORPORACIÓN, SOCIEDAD O ASOCIACIÓN | CALIDAD DE SOCIO | PAÍS |
1.3. DECLARACIÓN DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE CARÁCTER PRIVADO
DETALLE DE LAS ACTIVIDADES | FORMA DE PARTICIPACIÓN |
a) Las actividades económicas de carácter privado, adicionales a las declaradas anteriormente, que he venido desarrollando de forma ocasional o permanente son las siguientes:
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