PÓLIZA DE SEGURO DE
Lloyd’s Insurance Company S.A.
PÓLIZA DE SEGURO DE
CONTINGENCIAS, CANCELACIÓN Y SUSPENSIÓN
PROACTUA BY XXXXXXX, S.L.
CONDICIONES PARTICULARES
1. NÚMERO DE PÓLIZA
XXXXXXXXXXXX
2. TOMADOR DEL SEGURO
PROACTUA BY MONTSOL, S.L. CIF: X-00000000
Dirección: Xxxxx Xxxxx x Xxxx, 0 Xxxxx 00000 Xxxxxxxx, Xxxxxx
3. ASEGURADOS
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
CIF XXXXXXXXXXXX
Dirección: XXXXXXXXXXXX
XXXXXXXXXXXX
4. BENEFICIARIO(S) (únicamente si es distinto del Asegurado)
El Asegurado
5. ASEGURADORES
El presente contrato de seguro está asegurado por Xxxxx’x Insurance Company S.A.
Lloyd’s Insurance Company S.A. es una sociedad anónima de nacionalidad belga (société anonyme / naamloze vennootschap) con domicilio social en Bastion Tower, Xxxxxxxxxxxxx 0, 0000 Xxxxxxxx, Xxxxxxx e inscrita en el Banque- Carrefour des Entreprises / Kruispuntbank van Ondernemingen con el número 682.594.839 RLE (Bruselas). Es una compañía de seguros sujeta a la supervisión del Banco Nacional de Bélgica. Su Número de Referencia y otros datos se pueden encontrar en xxx.xxx.xx
Dirección del sitio web: xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxx
Correo electrónico: xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx
Datos bancarios: Citibank Europe plc Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx 000X, Xxxxxxxx 0000, Xxxxxxx - XX00000000000000
6. REPRESENTANTE GENERAL XX XXXXX´S INSURANCE COMPANY S.A
Xxxx Xxxxx
Xxxxx Xxxxx, 0 0x Xxxxxxx 00000 Xxxxxx, Xxxxxx
7. INTERMEDIARIO
Hispania Risk Broker. S.A
X/ Xxxxxxxxx Xxxxxx 0, Xxxxxx X, xxxx 0x, 00000 Xxxxxx, Xxxxxx Tfno.: x00.00.000.00.00/ Fax: x00.00.000.00.00
8. AGENCIA DE SUSCRIPCION
Hispania Global Underwriting, S.L.
Agencia de Suscripción xx Xxxxx´s Insurance Company S.A
X/ Xxxxxxxxx Xxxxxx 0, Xxxxxx X, xxxx 0x, 00000 Xxxxxx, Xxxxxx Tfno.: x00.00.000.00.00/ Fax: x00.00.000.00.00
9. PERIODO DEL SEGURO
xx de xxxxxxxxxx de 202X
xx de xxxxxxxxxx de 202X
Desde: 00.00 horas (hora local de España) del Hasta: 24.00 horas (hora local de España) del
Queda expresamente pactado que, a su vencimiento, el seguro quedará sin efecto, no siendo de aplicación el régimen de prórroga establecido en el artículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro 50/1980.
10. EVENTO(S) ASEGURADO(S)
XXXXXXXXXXXX
11. DURACIÓN DEL (DE LOS) EVENTO(S) ASEGURADO(S)
XXXXXXXXXXXX
12. LUGAR DEL EVENTO
XXXXXXXXXXXX
13. PRESUPUESTO
Gastos | Cantidad |
(1) Costes de Producción (Incluyendo pero NO limitado a: cache del artista, Xxxxxxxxxx, Alquiler equipos de luz y sonido, camerinos, personal, Dj´s) | XXXXXXXXXXXX € |
14. LÍMITE DE INDEMNIZACIÓN POR EVENTO ASEGURADO
Desglose de Cada evento asegurado
15. LÍMITE AGREGADO DE INDEMNIZACIÓN
Cantidad en punto 13 de las CCPP €
16. FRANQUICIA
Queda expresamente convenido que el Asegurado tomará a su cargo la siguiente cantidad por siniestro:
Según Definición de Climatología Adversa Xxxxx X
17. LEY APLICABLE AL CONTRATO Y JURISDICCION APLICABLE (la ley del territorio y territorio que se aplicará para resolver disputas relacionadas con este contrato)
Salvo que se establezca lo contrario en este Contrato de Seguro, la legislación aplicable es la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, la Ley 20/2015 de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Aseguradoras y Reaseguradoras y el Real Decreto 1060/2015 sobre Ordenación, Supervisión y Solvencia de Aseguradoras y Reaseguradoras. No será de aplicación la normativa española en materia de liquidación de entidades aseguradoras
Sera por tanto de aplicación la Jurisdicción Española.
18. TÉRMINOS ADICIONALES, CONDICIONES, EXCLUSIONES Y LIMITACIONES
Según Condiciones Especiales y Generales adjuntas.
Queda excluida cualquier reclamación que se derive directa o indirectamente de, contribuya a o resulte de:
a) La enfermedad del Coronavirus (COVID-19) o
b) Síndrome respiratorio agudo severo coronavirus 2 (SARS-CoV-2) o
c) cualquier mutación o variación de los puntos definidos en a) o b) o
d) cualquier temor o amenaza de los puntos definidos en a), b) o c) (ya sea real o percibido)
La presente exclusión de Coronavirus es absoluta y
(i) se aplica a esta póliza, a cualquier suplemento, a cualquier extensión de cobertura y/o cobertura adicional, a cualquier excepción sobre cualquier exclusión y sobre cualquier cobertura otorgada en póliza
y
(ii) en caso de conflicto entre la presente exclusión y cualquier disposición contenida en la póliza, la presente exclusión prevalecerá.
Todos los demás términos y condiciones permanecen inalterados EXCLUSIÓN CIBER
1. La presente póliza excluye cualquier reclamación o pérdida que se derive directa o indirectamente de, contribuya a, o resulte de cualquier:
1.1 acto cibernético o incidente cibernético o el temor o la amenaza de cualquier acto cibernético o incidente cibernético; o
1.2 las medidas adoptadas para controlar, prevenir, suprimir o remediar cualquier Acto Cibernético o Incidente Cibernético o el temor o la amenaza de cualquier Acto Cibernético o Incidente Cibernético.
DEFINICIONES
2. Por "acto cibernético" se entiende un acto delictivo no autorizado o malicioso o una serie de actos delictivos conexos no autorizados, independientemente del tiempo y el lugar, que impliquen el acceso, el procesamiento, la utilización o el funcionamiento de cualquier sistema informático.
3. Por "incidente cibernético" se entiende:
3.1.1 cualquier error u omisión o serie de errores u omisiones relacionados que impliquen el acceso, procesamiento, uso u operación de cualquier Sistema Informático; o
3.1.2 cualquier indisponibilidad o fallo parcial o total o serie de indisponibilidades parciales o totales relacionadas con el acceso, procesamiento, uso o funcionamiento de cualquier Sistema Informático.
4. Por Sistema Informático se entiende:
4.1.1 cualquier computadora, hardware, software, sistema de comunicaciones, dispositivo electrónico (incluyendo, pero no limitado a, teléfono inteligente, computadora portátil, tableta, dispositivo vestible), servidor, nube o microcontrolador incluyendo cualquier sistema similar o cualquier configuración de los anteriores e incluyendo cualquier entrada, salida, dispositivo de almacenamiento de datos, equipo de red o instalación de respaldo asociados, propiedad de o explotada por el asegurado o cualquier otra parte.
Todos los demás términos y condiciones permanecen inalterados
Definición de Climatología Adversa según Anexo I que formará parte integrante e indivisible de las Condiciones Particulares de la presente póliza, de la misma forma como si dicha definición estuviera incluida en este apartado.
Se acuerda/n además, expresamente, la/s siguiente/s exclusión/es:
Queda excluida cualquier reclamación derivada de una falta de protección adecuada de los equipos electrónicos contra inclemencias meteorológicas.
CLAUSULA DE EXCLUSION Y LIMITACIONES DE SANCIONES
El Asegurador quedara liberado de cualquier responsabilidad y/u obligación por daños, siniestros, costes o gastos relacionados con este contrato de seguro, cuando la provisión de estas prestaciones expongan al Asegurador a cualquier tipo de sanción, prohibición o restricción basada en resoluciones de las Naciones Unidas o regulaciones, leyes, sanciones económicas o de comercio impuestas por la Unión europea, Xxxxx Unido o Estados Unidos
LMA 3100
CLÁUSULA DE EMPLAZAMIENTOS JUDICIALES Y JURISDICCIÓN
Se acuerda que el presente Xxxxxx estará sometido exclusivamente a la ley y práctica de España, y que cualquier litigio relativo o en relación con este Seguro estará sujeto exclusivamente a la jurisdicción de los tribunales competentes de España.
Lloyd's Insurance Company S.A. acuerda por la presente que cualquier citación, emplazamiento o procedimiento que deba ser notificado para el ejercicio de acciones judiciales en su contra en relación con el presente Xxxxxx, se entenderá correctamente efectuado si se dirige a ésta y se notifica en
Xxxxx’x Iberia Representative SLU
Xxxxx Xxxxx, 0, 0x Xxxxxxx 00000 Xxxxxx, Xxxxxx
quien, en este caso tiene autoridad para aceptar la notificación en su nombre.
Lloyd's Insurance Company S.A., al otorgar la autoridad mencionada, no renuncia a su derecho a cualquier aplazamiento o término especial al que pudiera tener derecho por la notificación de cualquier demanda, emplazamiento o procedimiento por razón de su residencia o domicilio en Bélgica.
La presente Cláusula de Emplazamientos Judiciales y Jurisdicción no debe interpretarse de forma que entre en conflicto o anule las obligaciones de las partes para resolver sus litigios de la manera establecida en cualquier otra cláusula de esta Póliza y, en la medida en que sea procedente, se aplicará para dar efecto a ese proceso
LBS0006A
CLÁUSULA DE QUEJAS Y RECLAMACIONES
De acuerdo con la Ley 44/2002, la Orden Ministerial ECO/734/2004 y demás normativa de transparencia y protección del cliente de servicios financieros, cualquier queja o reclamación debe dirigirse a:
Servicio de Atención al Cliente Lloyd’s Insurance Company S.A. Xxxxx Xxxxx, 0, 0x Xxxxxxx 00000 Xxxxxx
Xxxxxx
Telf: x00 00 000 0000
Fax: x00 00 000 0000
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxx.xxxxxx@xxxxxx.xxx
Puede obtener una copia del Reglamento de Funcionamiento de Lloyd’s Insurance Company S.A. contactando con
el Servicio de Atención al Cliente.
Se acusará recibo de su reclamación por escrito, en el plazo de 5 (cinco) días hábiles tras su recepción.
La decisión sobre su reclamación se adoptará en el plazo de 1 (un) mes desde la presentación de la misma. La decisión le será notificada en el máximo plazo de 10 (diez) días naturales a contar desde su fecha.
En caso de no quedar satisfecho con la respuesta final o si no ha recibido una respuesta
final en el plazo de un mes a partir de la recepción de la queja o reclamación, podrá someter voluntariamente su disputa a arbitraje, en los términos de la Ley Española General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y legislación subordinada relacionada, sin perjuicio de lo establecido en la Ley de Arbitraje para el caso de que las partes sometan sus divergencias a la decisión de uno o más árbitros.
Usted podría estar legitimado para dirigir su queja o reclamación a la Dirección General de Seguros de España. Los datos de contacto son las siguientes:
Dirección Xxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, 00
00000 Xxxxxx
Xxxxxx
Telf.: 000 00 00 00
Sitio web: xxx.xxxxx.xxxxxx.xx/xx/Xxxxxxxxxx/XxxxxxxxxxXxxxxxxxx/Xxxxxxx/XxxxxxxxxxxXxxxxxxxxxxxx.xxxx
Si contrató su seguro online, también puede presentar una queja a través de la plataforma de resolución de litigios online (ODR) de la UE. El sitio web de la plataforma ODR es xxx.xx.xxxxxx.xx/xxx
Puede interponer una acción legal ante el Juzgado de Primera Instancia correspondiente a su domicilio, de acuerdo con el artículo 24 de la Ley del Contrato de Seguro.
Las anteriores instancias de reclamación son sin perjuicio de su derecho a interponer una acción legal o acudir a un mecanismo alternativo de solución de conflictos de conformidad con sus derechos contractuales.
LBS0061C
19. PRIMA
La prima aplicable al período de vigencia del presente Seguro ascenderá a la cantidad de:
XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX | Xxxxx Xxxxx Xxxxx |
XXXXXXXX | Xxxxx |
Xxxxx Xxxx
X.X.X. (6,00%) LEA (0,15%) Prima Total
20. FECHA DE SOLICITUD DEL SEGURO
El cuestionario ha sido firmado y fechado por el Tomador con fecha XXXXXXXXXXXX
21. CLAUSULA DE RECONOCIMIENTO
Por la presente, el TOMADOR DEL SEGURO/ASEGURADO reconoce expresamente haber recibido del ASEGURADOR, por escrito y en fecha de firma del cuestionario correspondiente, la oportuna información relativa al Estado miembro del domicilio del ASEGURADOR y su autoridad de control, denominación social, dirección y forma jurídica del ASEGURADOR.
Igualmente, el TOMADOR DEL SEGURO reconoce expresamente que ha recibido las Condiciones Generales, Especiales, y las Particulares que integran esta PÓLIZA manifestando su conocimiento y conformidad con las mismas.
A….. de……………..de ,
………………………………..
El Tomador y/o Asegurado
22. CLAUSULA DE ACEPTACIÓN DE LAS CLAUSULAS LIMITATIVAS
De conformidad con lo dispuesto en el art. 3º de la Ley de Contrato de Seguro, las cláusulas que pudieran ser consideradas restrictivas de los derechos del ASEGURADO han sido resaltadas especialmente en negrita. El TOMADOR/ASEGURADO deja constancia, por medio de su firma, de haber examinado y entendido dichas cláusulas especialmente destacadas, así como de su conformidad con cada una de ellas.
A….. de……………..de ,
………………………………..
El Tomador y/o Asegurado
En Madrid, 19 de octubre de 2020
CONDICIONES ESPECIALES
El presente contrato de seguro se rige por lo dispuesto en la Ley 50/1980, de 8 de Octubre, en la Ley 20/2015 de 14 de julio de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (BOE de 17 de Octubre), en el Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y demás normativa de seguros de aplicación, además de lo dispuesto en las Condiciones Generales, Condiciones Especiales, Condiciones Particulares, así como en los Anexos, Suplementos o Apéndices del mismo.
Si el contenido del contrato de seguro o alguna de sus modificaciones difirieran de la proposición de seguro o de lo acordado por las partes, el tomador del seguro podrá reclamar la necesaria rectificación en el plazo de un mes a contar desde la entrega del contrato de seguro, transcurrido el cual el contenido se entenderá aceptado.
Las presentes Condiciones Especiales prevalecerán, en caso de duda, contradicción o conflicto de interpretación, sobre lo dispuesto en las Condiciones Generales.
Los títulos, o notas que aparecen en esta póliza sólo son orientativos y no forman parte de este contrato de seguro ni pretenden ser una descripción exacta de su significado.
1. OBJETO DEL SEGURO
Mediante el cobro de la prima señalada en las Condiciones Particulares, y con sujeción siempre a todos los términos, condiciones, limitaciones y exclusiones contenidas en esta póliza o en sus documentos adjuntos, el Asegurador acuerda con el Tomador del Seguro las coberturas que se describen a continuación:
1.1. Este contrato de seguro tiene como objeto indemnizar al Asegurado la Pérdida Neta Determinada que pudiera sufrir en caso de que cualquiera de los Evento(s) Asegurado(s) indicado(s) en las Condiciones Particulares haya sido forzosamente Cancelado, Suspendido, Aplazado, Interrumpido, Reducido o Reubicado, ya sea de manera total o parcial, siempre que la forzosa Cancelación, Suspensión, Aplazamiento, Interrupción, Reducción o Reubicación sea causada única y directamente por cualquier hecho que ocurra durante el Periodo de Seguro, que no se encuentre excluido bajo esta póliza y que se encuentre fuera del control del Asegurado y del Participante.
1.2. Este contrato de seguro también tiene por objeto indemnizar al Asegurado todos los costes y cargas adicionales que el Asegurado acredite haber pagado y que resulten razonables y necesarios para evitar o disminuir el siniestro asegurado bajo esta póliza, siempre y cuando dichos costes o cargas no superen el siniestro asegurado que se ha evitado o disminuido.
1.3. La responsabilidad máxima de los Aseguradores no excederá del Límite de Indemnización por Evento Asegurado, ni del Límite Agregado de Indemnización indicados en las Condiciones Particulares.
2. FRANQUICIA
Este contrato de seguro queda sujeto a la Franquicia indicada en las Condiciones Particulares, que corresponde pagar al Asegurado y no es asegurable.
3. DEFINICIONES
3.1. Pérdida Neta Determinada significa aquella cantidad, en exceso de cualquier Franquicia establecida en las Condiciones Particulares, que represente:
3.1.1. aquella parte de los Gastos que haya sido irrevocablemente desembolsada en relación con el/los Evento(s) Asegurado(s) que haya(n) sido forzosamente Cancelado(s), Suspendido(s), Aplazado(s), Interrumpido(s), Reducido(s) o Reubicado(s), menos aquella parte de los Ingresos Brutos recibidos o pendientes de recibir, menos cualquier ahorro que el Asegurado sea capaz de efectuar para mitigar dicha pérdida
3.1.2. la reducción en el Beneficio Neto (cuando esté asegurado y establecido en las Condiciones Particulares) que el Asegurado pueda probar, de forma satisfactoria, que se hubiera obtenido en caso de que se hubiera(n) celebrado el/los Evento(s) Asegurado(s).
3.2. Ingresos Brutos significan todas las cantidades que se hubieran pagado o se debieran al Asegurado por cualquier motivo como consecuencia de la celebración del/de los Evento(s) Asegurado(s), en caso de no haberse producido el siniestro.
3.3. Gastos significan la totalidad de costes y cargas en los que hubiera incurrido el Asegurado como consecuencia de la organización, gestión y prestación de servicios para la celebración del/de los Evento(s) Asegurado(s), en caso de no haberse producido el siniestro.
3.4. Xxxxxxxxx Xxxx (cuando esté asegurado y establecido en las Condiciones Particulares) significa la cantidad en que los Ingresos Brutos superan a los Gastos.
3.5. Evento(s) Asegurado(s) significa el/los eventos indicado(s) en las Condiciones Particulares.
3.6. Cancelación o Cancelado es la imposibilidad de comenzar algún o todos los Evento(s) Asegurado(s).
3.7. Suspensión o Suspendido significa la imposibilidad de terminar algún o todos los Evento(s) Asegurado(s)
una vez los mismos hubieran comenzado.
3.8. Aplazamiento o Aplazado significa la inevitable postergación en el tiempo de algún o todos los
Evento(s) Asegurado(s).
3.9. Interrupción o Interrumpido significa la imposibilidad del Asegurado para continuar, en una parte o en su totalidad, con el/los Evento(s) Asegurado(s) después de su comienzo, seguido de una reanudación del mismo.
3.10. Reducción o Reducido significa el cierre parcial inevitable del/de los Evento(s) Asegurado(s).
3.11. Reubicación o Reubicado significa el traslado inevitable del/de los Evento(s) Asegurado(s) a otro Lugar del Evento.
3.12. Participante significa cualquier persona contratada por el Asegurado para realizar alguna función esencial necesaria para la celebración satisfactoria del/de los Evento(s) Asegurado(s).
3.13. Lugar del Evento significa el/los lugar(es) establecidos en las Condiciones Particulares en donde se celebrará(n) el/los Evento(s) Asegurado(s).
3.14. Terrorismo significa un acto ilegal, incluyendo, a título enunciativo pero no limitativo, el uso de la violencia por parte de cualquier persona o grupo(s) de personas, ya sea actuando sola(s), en nombre de, o en conexión con cualquier organización(es) o gobierno(s), cometido con fines políticos, religiosos, ideológicos o similares, incluyendo la intención de influenciar a cualquier gobierno y/o aterrorizar al público o a parte del público.
3.15. Tomador del Seguro significa la persona física o jurídica indicada en las Condiciones Particulares que asume las obligaciones y los deberes que derivan de este contrato de seguro, salvo aquellos que por su naturaleza deban ser cumplidos por el Asegurado.
3.16. Artista Asegurado significa la/las persona(s) natural(es) o grupo, indicadas en las Condiciones Particulares, sobre la(s) cual(es) se establece este contrato de seguro.
3.17. Asegurado significa la persona física o jurídica, indicada en las Condiciones Particulares, titular del interés objeto del contrato de seguro y que, en defecto del Tomador del Seguro, asume las obligaciones derivadas del presente contrato de seguro.
3.18. Agencia de Suscripción: Hispania Global Underwriting, S.L. actuando por cuenta y en nombre xx Xxxxx´s Insurance Company, S.A. Hispania Global Underwriting, S.L. cuenta con la autorización administrativa de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, clave AS-12.
En Madrid, 19 de octubre de 2020
CONDICIONES GENERALES
PRELIMINAR
1. El Tomador del Seguro tiene el deber, antes de la conclusión del contrato, de declarar a los Aseguradores, de acuerdo con el cuestionario que éstos le sometan, todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo.
En caso de que el Tomador del Seguro incurriera en reserva o inexactitud, los Aseguradores podrán rescindir el contrato mediante declaración dirigida al Tomador del Seguro en el plazo de un mes, a contar del conocimiento de la reserva o inexactitud del Tomador del Seguro. Corresponderán a los Aseguradores, salvo que concurra dolo o culpa grave por su parte, las primas relativas al periodo de seguro en curso en el momento que haga esta declaración.
Si el siniestro sobreviniera antes de que los Aseguradores hagan la declaración a la que se refiere el párrafo anterior, la prestación de éstos se reducirá proporcionalmente a la diferencia entre la prima convenida y la que se hubiese aplicado de haberse conocido la verdadera entidad del riesgo. Si medió dolo o culpa grave del Tomador del Seguro, los Aseguradores quedarán liberados del pago de la prestación.
2. Se entiende y acuerda que el Tomador del Seguro y/o Asegurado, después de haber realizado las averiguaciones pertinentes, no tiene(n) conocimiento, con anterioridad a la fecha de efecto de esta póliza, de ningún asunto, reclamación o circunstancia, ya sea real o presunta, que no haya sido notificada a los Aseguradores y que incremente o pudiera incrementar la posibilidad de que ocurra un siniestro bajo esta póliza.
3. El Tomador del Seguro deberá pagar la prima de acuerdo con las condiciones estipuladas en las Condiciones Particulares.
4. El Tomador del Seguro o Asegurado declara que la información facilitada en la Solicitud del Seguro, Cuestionario de Declaración del Riesgo y en cualquier otro documento o anexo es, en todos los aspectos, verdadera, completa y sin modificaciones. Asimismo, el Tomador del Seguro o Asegurado acuerda que la veracidad, integridad y alcance de dicha información constituye la base esencial sobre la cual se han basado los Aseguradores para otorgar las coberturas del presente contrato de seguro y sobre la cual se ha calculado la prima pactada en las Condiciones Particulares.
5. El Tomador del Seguro o el Asegurado deberán dar al Asegurador toda clase de informaciones sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro. En caso de violación de este deber, la pérdida del derecho a la indemnización sólo se producirá en el supuesto de que hubiese concurrido dolo o culpa grave.
6. En todo momento, el Asegurado realizará, y procurará que se realice, todo lo necesario para evitar o aminorar el siniestro asegurado bajo este contrato de seguro, incluyendo, cuando sea posible, evitar la Cancelación, Suspensión, Aplazamiento, Interrupción, Reducción o Reubicación del/de los Evento(s) Asegurado(s).
7. El Asegurado deberá observar y cumplir con todos los términos y condiciones incluidos en este contrato de seguro o en cualquier suplemento.
8. Se entiende y acuerda que el Tomador del Seguro o Asegurado no podrá contratar con distintos aseguradores, sin el previo consentimiento por escrito de los Aseguradores, ningún otro seguro que cubra el mismo interés asegurado en virtud del presente contrato y durante el mismo periodo de tiempo. En el caso de que se
contrate dicho otro seguro, los Aseguradores se reservan el derecho de modificar las cláusulas y condiciones del presente contrato de seguro.
9. El Asegurado deberá mantener un seguro adecuado para cubrir íntegramente el valor de un siniestro total de Gastos (y del Beneficio Neto, en caso de estar asegurado) para cada Evento(s) Asegurado(s), sin consideración alguna a posibles recobros, ahorros o renuncias. En caso de incumplimiento por el Asegurado de este deber, los Aseguradores no serán responsables de indemnizar ningún siniestro cubierto bajo este contrato en una proporción mayor que la que guarda el Límite de Indemnización con el valor íntegro de un siniestro total de Gastos (y del Beneficio Neto, en caso de estar asegurado) del/de los Evento(s) Asegurado(s) en cuestión.
10. La prima de este seguro y los gastos incurridos por el Tomador del Seguro o Asegurado al formular una reclamación frente a los Aseguradores no serán indemnizables.
11. En caso de que el Asegurado cancelara la presente póliza una vez pagada la prima, la misma no será reembolsada por los Aseguradores, salvo que se establezca lo contrario en las Condiciones Particulares.
12. El Asegurado deberá mantener una contabilidad adecuada conservando todas las facturas y justificantes de los Gastos ocasionados en la realización del/de los Espectáculo(s) o Evento(s) Asegurado(s).
13. Todas las recuperaciones, recobros y pagos adeudados al Asegurado se aplicarán como si fueran recuperados o recobrados con anterioridad a la liquidación del siniestro y todos los ajustes necesarios serán realizados por las partes implicadas.
14. Los Aseguradores, una vez satisfecha la indemnización y hasta el límite de lo pagado, podrán ejercitar los derechos y las acciones que por razón del siniestro correspondieran al Asegurado frente a las personas responsables del mismo. El Asegurado deberá cooperar con los Aseguradores en el ejercicio de sus derechos de subrogación y no realizará ningún acto u omisión que pueda causar algún perjuicio a los Aseguradores en sus derechos.
15. Este contrato de seguro y sus derechos no podrá cederse ni modificarse, en su totalidad o en parte, sin el previo consentimiento por escrito de los Aseguradores.
16. Si el beneficiario de la póliza es una persona distinta al Asegurado, todos los pagos de las reclamaciones cubiertas bajo los términos y condiciones de este contrato de seguro se pagarán al/a los beneficiario(s) indicados en las Condiciones Particulares. El pago de dichos siniestros por los Aseguradores al/a los beneficiario(s) les exonerará completamente de todas las obligaciones que tengan frente al Asegurado y a los beneficiarios en relación con dicho(s) siniestro(s).
EXCLUSIONES
Este contrato de seguro no cubre ninguna pérdida, daño, coste o gasto, de cualquier naturaleza, directa o indirectamente ocasionado por, resultante de, o en conexión con:
1. incomparecencia de cualquier persona o grupo(s) de persona(s)
2. la falta de cuidado o el comportamiento imprudente o no diligente del Asegurado o de cualquier Artista Asegurado, que pudiera conllevar un incremento del riesgo y/o de la probabilidad de que se produzca un siniestro en virtud del presente contrato de seguro;
3. cualquier conflicto o incumplimiento contractual del Tomador del Seguro, Asegurado o de cualquier Artista Asegurado;
4. modificaciones o variaciones del/de los Evento(s) Xxxxxxxxx(s) sin el consentimiento previo por escrito de los Aseguradores;
5. cualquier obra que se esté realizando por constructores u otros contratistas que haga que el Lugar del Evento o sus instalaciones queden total o parcialmente inutilizables, salvo que el Asegurado no tuviera conocimiento de dicha obra en la fecha de efecto de este seguro o en la fecha en que se realizó la reserva del Lugar del Evento, cualquiera que sea la última;
6. Gastos e Ingresos Brutos que no hayan sido declarados a los Aseguradores o aprobados por escrito por los Aseguradores;
7. cualquier disminución del público que no sea específicamente atribuible a la forzosa Cancelación, Suspensión, Aplazamiento, Interrupción, Reducción o Reubicación del/de los Evento(s) Asegurado(s);
8. que el Tomador del Seguro o Asegurado o cualquier Artista Asegurado haya dejado de:
8.1. observar y cumplir con todos los requisitos previstos en cualquier ley, ordenanza, resolución judicial o administrativa de cualquier jurisdicción,
8.2. realizar, de una manera prudente y oportuna, todas las gestiones necesarias para el desarrollo satisfactorio del/de los Evento(s) Asegurado(s) (que incluirá, a título enunciativo pero no limitativo, la provisión de suficientes asignaciones para afrontar los viajes, el montaje y/o tiempo para ensayar),
8.3. asegurarse de que se han realizado y confirmado por escrito con el Asegurado todos los acuerdos contractuales necesarios y que se han obtenido todas las autorizaciones necesarias (que incluirá, a título enunciativo pero no limitativo, la obtención de licencias, permisos, visados, derechos de autor y patentes) de una manera oportuna y válida para el Periodo de Seguro en el que tendrá(n) lugar el/los Evento(s) Asegurado(s);
9. cualesquiera acciones, omisiones, declaraciones falsas o engaños deliberadamente antijurídicas, dolosas, deshonestas o fraudulentas cometidas por el Tomador del Seguro o Asegurado o por cualquier Artista Asegurado;
10. guerra real o amenaza xx xxxxxx, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades (haya o no sido declarada la guerra), guerra civil, rebelión, revolución, insurrección, poder militar o usurpado;
11. conmoción civil que alcance las proporciones de o el nivel de un alzamiento popular, tumulto, xxx xxxxxxx o acto de cualquier autoridad legalmente constituida con el fin de mantener el orden público;
12. embargo o destrucción bajo cuarentena o bajo las normas aduaneras, incautación, nacionalización o requisición o destrucción de o daños a los bienes, por o bajo la orden de cualquier gobierno o autoridad pública o local, o contrabando o la implicación en el comercio o transporte ilícito;
13. cualquier orden de repatriación, internamiento, encarcelamiento, deportación o denegación del permiso para entrar en cualquier país en dónde se fuera(n) a celebrar el/los Evento(s) Asegurado(s);
14. 14.1. radiaciones ionizantes o contaminación por radiactividad de cualquier combustible o residuo nuclear procedente de la combustión de combustible nuclear,
14.2 las propiedades radiactivas, tóxicas, explosivas u otras propiedades peligrosas de cualquier instalación nuclear explosiva o componente nuclear de la misma;
14.3 la reacción nuclear, radiación nuclear o contaminación radioactiva;
15. filtración y/o polución y/o contaminación, salvo que fuera descubierta durante el Periodo de Seguro y fuera una causa directa de algún siniestro cubierto bajo esta póliza;
16. 16.1. la retirada, insuficiencia o falta de financiación sea cual sea la causa,
16.1. la insolvencia o concurso de cualquier empresa,
16.2. la falta de o inadecuación de recibos, ventas o beneficios de cualquier empresa,
16.3. las variaciones en el tipo de cambio, tipo de interés o estabilidad de cualquier divisa,
16.4. el incumplimiento financiero, la insolvencia o concurso o el impago de cualquier persona, empresa o entidad,
todos ellos (16.1. a 16.5.) tanto si forman parte de este contrato de seguro como si no;
17. 17.1. la falta de respuesta o respuesta insuficiente o insuficiente apoyo financiero o de otro tipo, o la retirada de dicho apoyo por cualquier parte,
17.2. la falta de público o asistencia insuficiente de público o interés insuficiente por parte del mismo antes de la fecha y hora programada para la celebración de cualquiera de los Eventos Asegurados.
18. el uso malicioso por el Tomador del Seguro o Asegurado o por cualquier Artista Asegurado de materiales patógenos o venenosos o biológicos o químicos, ya sea real o presunta, con independencia de que exista cualquier otra causa o evento que contribuya con dicho uso u ocurra a la vez o en sucesión del mismo;
19. Este contrato de seguro excluye cualquier pérdida, daño, coste o gasto, de cualquier naturaleza, directa o indirectamente ocasionado por, resultante de, o en conexión con:
a) cualquier enfermedad infecciosa o contagiosa o amenaza o miedo de enfermedad contagiosa (ya sea real o presunta) contraída por humanos o por animales que conlleve a que:
i. cualquier órgano o agencia nacional o internacional ponga en cuarentena o en restricción de movimiento a las personas o a los animales; y/o
ii. cualquier órgano o agencia nacional o internacional asesore o alerte sobre viajar.
b) cualquier amenaza o miedo de que los humanos o animales contraigan cualquier enfermedad contagiosa (incluyendo la Gripe Porcina o cualquier mutación o variación de la misma), ya sea real o presunta;
En caso de que los Aseguradores excluyan un siniestro en virtud de esta exclusión, la carga de probar lo contrario recaerá sobre el Asegurado.
20. luto nacional, judicial o religioso, haya sido o no declarado, como resultado del fallecimiento de cualquier persona de más de 65 años el primer día del Periodo de Seguro
21. Este contrato de seguro excluye cualquier pérdida, daño, coste o gasto, de cualquier naturaleza, directa o indirectamente ocasionado por, resultante de, o en conexión con cualquier acto de, amenaza de o miedo de terrorismo (ya sea real o presunto), con independencia de que exista cualquier otra causa o evento que contribuya con dicho acto de, amenaza de o miedo de terrorismo u ocurra a la vez o en sucesión del mismo.
A los efectos de esta exclusión, por "acto de terrorismo" se entenderá cualquier acto ilegal, incluyendo, a título enunciativo pero no limitativo, el uso de la fuerza o violencia y/o la amenaza de usar la fuerza o violencia por parte de cualquier persona o grupo(s) de persona(s), ya sea actuando sola(s) o por cuenta o en conexión de cualquier organización(es) o gobierno(s), cometido con fines políticos, religiosos, ideológicos o similares, o con la intención de influenciar a cualquier gobierno y/o de asustar al público o a parte del público.
Esta exclusión también excluye cualquier pérdida, daño, coste o gasto, de cualquier naturaleza, directa o indirectamente ocasionado por, resultante de, o en conexión con cualquier acción realizada para controlar, prevenir, suprimir cualquier acto de, amenaza de o miedo de terrorismo (ya sea real o presunto).
En caso de que los Aseguradores excluyan un siniestro en virtud de esta exclusión, la carga de probar lo contrario recaerá sobre el Asegurado.
En caso de que cualquier parte de esta exclusión resultara nula o sin efecto, el resto se mantendrá en vigor y con plenos efectos.
22. cualquier acontecimiento cubierto, o que estaría cubierto de no ser por la existencia de esta póliza, bajo cualquier otro contrato de seguro, excepto respecto a cualquier cantidad en exceso de la indemnización debida bajo dicho otro contrato de seguro en caso de que esta póliza no hubiera entrado en vigor;
TRAMITACIÓN DE LAS RECLAMACIONES
El Tomador del Seguro o Asegurado:
1. 1.1. Deberá comunicar a los Aseguradores el acaecimiento de un siniestro, tan pronto como le sea posible, pero siempre dentro de los siete días de haber tenido conocimiento del mismo, mediante escrito al Mediador de la Póliza señalado en las Condiciones Particulares, quién, a su vez, lo notificará a:
Hispania Global Underwriting, S.L. X/ Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 Xxxxxx X 00000 Xxxxxx
Tfno. x00.00.000.00.00
Fax. x00.00.000.00.00
Y estos a su vez a los Aseguradores.
1.2. Deberá facilitar a los Aseguradores por escrito, tan pronto como le sea posible, y según se describe en el punto 1.1, las circunstancias, hechos y consecuencias del siniestro, así como toda la información disponible;
1.3. No asumirá responsabilidad ni negociará ni realizará pago alguno sin el previo consentimiento por escrito de los Aseguradores;
1.4. Tomará todas las medidas necesarias para reducir al mínimo o evitar cualquier siniestro bajo el presente contrato de seguro;
1.5. Proporcionará a los Aseguradores o a sus representantes designados:
- toda la asistencia necesaria de una manera puntual,
- toda la información requerida,
- toda la documentación y registros necesarios, así como las copias y los extractos, para establecer y evaluar la indemnización en virtud del presente contrato de seguro;
1.6. Acreditará el siniestro a satisfacción de los Aseguradores;
1.7. Remitirá inmediatamente a los Aseguradores o a sus representantes, cualquier carta, escrito u otro documento que haya podido recibir en relación con cualquier reclamación formulada bajo este contrato de seguro;
2. Cuantas veces sea razonablemente requerido, se presentará, a la hora y en el lugar designado por los Aseguradores o por sus representantes, para ser interrogado bajo juramento sobre todas las materias relacionadas con una reclamación, por cualquier persona designada por los Aseguradores.
En la medida que esté bajo su control, el Asegurado deberá hacer que sus empleados y todas las demás personas interesadas en el/los Evento(s) Asegurado(s) cumplan con lo anterior.
Ninguno de estos exámenes bajo juramento o exámenes de libros o documentos, ni cualquier otro acto de los Aseguradores o de sus representantes, en relación con cualquier investigación en virtud del presente contrato de seguro, será considerado como una renuncia a cualquier defensa que los Aseguradores pudieran tener. Dichos exámenes y actos se considerarán hechos o realizados sin perjuicio de la responsabilidad de los Aseguradores;
3. Presentará, según se describe en el punto 1.1, tan pronto como le sea posible, una declaración jurada del siniestro a los Aseguradores, o a sus representantes para sustanciar la ocurrencia, naturaleza, causa y cuantía del siniestro reclamado bajo este contrato de seguro;
4. Permitirá a los Aseguradores tener el derecho, si así lo desean, para:
4.1. tomar las medidas que consideren necesarias para evitar, mitigar o reducir al mínimo el siniestro,
4.2. asumir y dirigir la defensa o liquidación de las reclamaciones que se hayan formulado contra el
Asegurado y que se encuentren cubiertas bajo este contrato de seguro,
4.3. ejercer todos los derechos o recursos disponibles del Asegurado, ya se haya efectuado o no el pago en virtud del presente contrato de seguro.
VENCIMIENTO DE LAS PRIMAS, LUGAR Y FORMA DE PAGO
a) El Tomador del Seguro está obligado al pago de la prima o de la prima única en el momento de la perfección del contrato.
La Prima deberá ser liquidada al Asegurador como mínimo 10 días antes de la fecha de inicio del evento asegurado En caso de incumplimiento de esta garantía, el Asegurador se reserva el derecho a cancelar la Póliza desde la fecha de efecto.
La Prima podrá ser liquidada en un único pago, o en varios, según se establezca en las Condiciones Particulares, si bien en este último caso podrá llevar recargos.
b) Lugar: Si en las Condiciones Particulares no se especifica ningún lugar para el pago de la Prima, éste habrá de efectuarse en el domicilio del Tomador del Seguro.
c) Forma: El pago de la Prima podrá formalizarse tanto mediante depósito bancario o trasnferencia como en efectivo.
CLAÚSULA DE COASEGURO. RESPONSABILIDAD INDIVIDUAL
Las obligaciones de los Aseguradores bajo el presente contrato de seguro son individuales no son solidarias ni conjuntas, limitándose, exclusivamente, a sus suscripciones individuales. El Asegurador no responderá de la suscripción realizada por cualquier otro, que no haga frente, por cualquier motivo, a todas o a alguna de sus obligaciones.
CLAUSULA DE PROTECCION DE DATOS
Quiénes somos
Somos Lloyd's Insurance Company S.A. (en adelante, «Lloyd's Brussels»), tal y como figura en el contrato de seguro y/o en el certificado de seguro.
Aspectos básicos
Recopilamos y utilizamos información relevante sobre usted con el fin de proporcionarle la cobertura del seguro o la cobertura de la que se beneficia, y para cumplir nuestras obligaciones legales y las obligaciones de terceros en la cadena de seguros.
Esta información incluye datos tales como su nombre, dirección y datos de contacto, así como cualquier otra información que recopilemos sobre usted en relación con la cobertura del seguro o la cobertura de la que se beneficia.
Esta información podría incluir categorías especiales de datos personales, como información acerca de su salud y de cualquier condena penal que pudiera tener.
En determinadas circunstancias, necesitamos su consentimiento para procesar determinadas categorías de información sobre usted (incluidas las categorías especiales de datos personales anteriores). Siempre que sea necesario su consentimiento, se lo pediremos por separado. No tiene obligación de dar su consentimiento y puede revocarlo en cualquier momento enviando un correo electrónico a xxxx.xxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx (sin que ello afecte a la legalidad de cualquier tratamiento basado en un consentimiento previo a la revocación). Sin embargo, si no da su consentimiento o si lo revoca podría verse afectada nuestra capacidad para proporcionarle la cobertura de seguro de la que se beneficia, así como nuestra capacidad para proporcionarle cobertura o tramitar sus reclamaciones.
Debido al modo en que funcionan los seguros, su información puede ser compartida y utilizada por una serie de terceros pertenecientes al sector de los seguros (tanto dentro como fuera de Bélgica, y dentro y fuera de la UE). Por ejemplo, aseguradoras, agentes o corredores de seguros, reaseguradoras, peritos, subcontratistas, reguladores, organismos encargados de velar por el cumplimiento de las leyes, organismos de prevención y detección de fraudes y delitos y bases de datos de seguros obligatorios. Solo revelaremos su información personal en relación con la cobertura de seguro que se proporciona, y en la medida en que sea necesario o que lo permita la ley.
Conservamos sus datos personales durante el tiempo estrictamente necesario para ofrecer el seguro contratado o para cumplir nuestros requisitos legales o reglamentarios.
Datos de otras personas que usted nos proporciona
Cuando usted (o su agente x xxxxxxxx de seguros) nos proporcione datos sobre otras personas, deberá haberlas hecho llegar esta versión corta del aviso de privacidad.
¿Desea más información?
Para obtener más información sobre el uso que hacemos de su información personal, consulte nuestro aviso de privacidad completo, que está disponible en la sección sobre privacidad de nuestro sitio web xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx o en otros formatos a petición.
Quejas, cómo contactar con nosotros y con el regulador, y sus derechos
Usted tiene una serie de derechos en relación con la información sobre usted que obra en nuestro poder, incluido el derecho a acceder a dicha información. Si desea ejercer sus derechos, discutir cómo usamos su información o consultar nuestro aviso de privacidad completo, póngase en contacto con nosotros o visite la sección sobre privacidad de nuestro sitio web xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx, donde encontrará todos los detalles. También puede ponerse en contacto con el agente x xxxxxxxx de seguros que formalizó su seguro en:
Igualmente, tiene derecho a presentar una queja ante la autoridad de protección de datos competente; no obstante, le recomendamos que se ponga en contacto con nosotros antes de hacerlo.
INFORMACION PRECONTRACTUAL
De conformidad con la Ley 20/2015 de 14 de julio y el Real Decreto 1060/2015 de 20 de noviembre, la Aseguradora cuya cobertura se ha solicitado, declara:
1. El contrato de seguro se celebra con Xxxxx’x Insurance Company S.A. Lloyd’s Insurance Company S.A. es una sociedad anónima de nacionalidad belga, con domicilio social en Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxxxxxx 0, 0000 Xxxxxxxx, Xxxxxxx e inscrita en el Banque-Carrefour des Entreprises / Kruispuntbank van Ondernemingen con el número 682.594.839 RLE (Bruselas). Es una compañía de seguros sujeta a la supervisión del Banco Nacional de Bélgica. Su Número de Referencia y otros datos se pueden encontrar en xxx.xxx.xx. Dirección del sitio web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx
2. El Representante general de la aseguradora en España es Xxxx Xxxxxxx, Lloyd’s Insurance Company S.A.,
Xxxxx Xxxxx 0, 0x Xxxxxxx, 00000 Xxxxxx, Xxxxxx.
3. Lloyd's Insurance Company S.A. está autorizada y regulada por el Banco Nacional de Xxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx 0, 0000 Xxxxxxxx, Xxxxxxx, y está regulada por la Autoridad de Servicios Financieros y Mercados, Xxx xx Xxxxxxx 00-00, 0000 Xxxxxxxx, Xxxxxxx.
4. Salvo que se establezca lo contrario en el contrato de seguro, la legislación aplicable- es la Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro, la Ley 20/2015, de 14 de julio, el Real Decreto 1060/2015 de 20 de noviembre y demás normativa de desarrollo o complemento. No será de aplicación la normativa española en materia de liquidación de entidades aseguradoras.
5. El Informe sobre la Situación Financiera y de Solvencia de Lloyd’s Insurance Company S.A. está disponible
en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxx/xxxxxx-xxxxxxxx-xxx/
LBS0020B
En Madrid, 19 de octubre de 2020
ANEXO I
DEFINICIÓN II DE CONDICIONES CLIMATOLÓGICAS ADVERSAS
Se entenderá por Condiciones Climatológicas Adversas aquellas condiciones climáticas anormales, en el Lugar de la Actuación y en la época del año prevista, determinadas según los datos registrados en las estaciones meteorológicas más cercanas al lugar de celebración del evento y que provoquen la cancelación del/los Evento(s) Asegurado (s) siempre y cuando:
a) se produzca en el /los día (s) del montaje o del día del/los Evento(s) Asegurado(s) y la cantidad registrada de lluvia en cualquiera de esos días sea igual o superior a 3 mm (litros / metro cuadrado) en el periodo comprendido entre las 2 horas previas al evento y una vez transcurrido el 50% de la duración prevista del espectáculo asegurado.
y/o
b) se produzca en el /los día (s) del montaje o de los ensayos o del día del/los Evento(s) Asegurado(s) y la velocidad del viento registrada en cualquiera de esos días sea igual o superior a 49 km/h, por tanto, la Póliza no cubre los daños o perdidas derivados por viento, cuando su velocidad media en un intervalo de 10 minutos sea igual o inferior a 49 km/h., durante las dos horas antes del inicio fijado para el evento y una vez transcurrido el 50% de la duración prevista del espectáculo asegurado.