PLIEGO DE CLÀUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES (PCAP) DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE FISCALIZACIÓN ECONÓMICA DE PRIMER NIVEL DE LA AGRUPACIÓN EUROPEA DE COOPERACIÓN TERRITORIAL DE CIUDADES DE LA CERÁMICA “AEuCC” COMO SOCIO BENEFICIARIO DEL PROYECTO...
PLIEGO DE CLÀUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES (PCAP) DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE FISCALIZACIÓN ECONÓMICA DE PRIMER NIVEL DE LA AGRUPACIÓN EUROPEA DE COOPERACIÓN TERRITORIAL DE CIUDADES DE LA CERÁMICA “AEuCC” COMO SOCIO BENEFICIARIO DEL PROYECTO EUROPEO “CLAY”
PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO SUMARIO
ÍNDICE | ||
Pág. | ||
1) | DATOS RELATIVOS A LA FASE DE LICITACIÓN Y DE ADJUDICACIÓN.................................................................................... | |
1 | ||
1.1) | Definición del objeto del contrato.................................................................... | |
1.2) | Necesidad e idoneidad del contrato.................................................................. | |
1.3) | Presupuesto base de licitación.......................................................................... | |
1.4) | Existencia de crédito.......................................................................................... | |
1.5) | Duración del contrato y posibles prórrogas................................................... | |
1.6) | Valor estimado................................................................................................... | |
1.7) | Tramitación del expediente y procedimiento de adjudicación.......................... | |
1.8) | Perfil del contratante......................................................................................... | |
1.9) | Presentación de proposiciones.......................................................................... | |
1.10) | Condiciones mínimas y medios de acreditación de la solvencia económica y financiera y profesional o técnica y otros requisitos…....................................... | |
1.11) | Criterios de adjudicación.................................................................................. | |
1.12) | Criterios de desempate...................................................................................... | |
1.13) | Plazo para la adjudicación................................................................................. |
1.14) | Variantes............................................................................................................ | |
1.15) | Ofertas anormalmente bajas............................................................................. | |
1.16) | Garantía provisional........................................................................................... | |
1.17) | Garantía definitiva.............................................................................................. | |
1.18) | Presentación de documentación....................................................................... | |
1.19) | Formalización del contrato................................................................................ | |
2) | DATOS RELATIVOS A LA FASE DE EJECUCIÓN......................................... | 7 |
2.1) | Derechos y obligaciones de las partes.............................................................. | |
2.2) | Condiciones especiales de ejecución................................................................ | |
2.3) | Modificación del contrato................................................................................... | |
2.4) | Régimen de pago.............................................................................................. | |
2.5) | Revisión de precios........................................................................................... | |
2.6) | Penalidades....................................................................................................... | |
2.7) | Causas de resolución........................................................................................ | |
2.8) | Plazo de recepción de las prestaciones del contrato........................................ | |
2.9) | Plazo de garantía del contrato........................................................................... | |
2.10) | Cesión................................................................................................................ | |
2.11) | Subcontratación................................................................................................. | |
2.12) | Confidencialidad de la información.................................................................... | |
2.13) | Régimen jurídico de la contratación.................................................................. | |
2.14) | Notificaciones..................................................... | |
2.15) | Obligaciones laborales, sociales, fiscales, de protección de datos personales, y medioambientales del contratista................................................ | |
2.16) | Seguros................................................. ........................................................... | |
2.17) | Lugar de prestación / realización / entrega objeto del contrato......................... | |
2.18) | Responsable del contrato.................................................................................. |
2.19) | Protección de datos de carácter personal......................................................... |
3) | DATOS ESPECÍFICOS....................................................................................... | |
13 | ||
3.a) | DATOS ESPECÍFICOS DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS…………….... | 13 |
3.a.1) | Sistema de determinación del precio del contrato............................................ | |
3.a.2) | Comprobaciones en el momento de la recepción de la calidad del objeto del contrato.................................. .................................................. ........................ | |
3.a.3) | Mantenimiento de estándares de calidad en la prestación del servicio.............. | |
3.a.4) | Planificación preventiva en caso de concurrencia empresarial.......................... | |
3.a.5) | Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo...... | |
3.a.6) | Propiedad de los trabajos................................................................................... | |
Anexo 1 | Modelo de declaración responsable y de proposición evaluable de acuerdo con criterios automáticos procedimiento abierto simplificado sumario............................................................................................................... | |
15 |
1) DATOS RELATIVOS A LA FASE DE LICITACIÓN Y DE ADJUDICACIÓN:
1.1) Definición del objeto del contrato
Es objeto del presente pliego la contratación promovida por la Agrupación Europea de Cooperación Territorial Ciudades de la Cerámica AECT limitada (en adelante AEuCC) de Servicios consistente en la fiscalización económica de primer nivel (First Level Control en inglés) del proyecto europeo “Cross Sector support for Innovative and Competitive Artistic Ceramic SMEs”, conocido por el acrónimo “CLAY”, dentro del programa Interreg Europe, que incluye a la AEuCC como socio beneficiario.
El enlace del proyecto Clay dentro del sitio web oficial del programa Interreg Europe és: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxx/
Para el desempeño de su cometido, el controlador elegido se atendrá totalmente a lo establecido en el artículo 125 del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.
El contrato no admite subdivisión en lotes debido a que la poca cuantía supondría una restricción injustificada de la competencia y una evidente dificultad técnica de ejecución, además de que no se AYUDA a cumplir el Objetivo de facilitar el acceso de las PYMES en este Contrato.
El código CPV que corresponde es el 79212100-4.
1.2) Necesidad e idoneidad del contrato
Las necesidades administrativas a satisfacer, la idoneidad del objeto del contrato, la justificación del procedimiento, los criterios de adjudicación y demás requerimientos recogidos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP) se dan debido a la necesidad de que se audite económicamente la actividad de la AEuCC, asimismo es una obligación que tenemos como AEUCC y por lo tanto se debe hacer, pero no disponemos de medios propios suficientes para hacer - lo por lo que tenemos que externalizar este servicio. Debido a que se trata de un servicio relativamente sencillo sólo se ha tenido en cuenta el criterio de adjudicación del precio, mientras que el procedimiento, por la cuantía es el abierto simplificado sumario.
1.3) Presupuesto base de licitación
• El presupuesto base de licitación de la contratación se fija en la cantidad de 10.000 euros (IVA incluido) desglosado.
• Valor Estimado del Contrato: 8.264,46 (IVA excluido)
• Los licitadores deberán igualar o disminuir en su oferta el presupuesto base de licitación, indicando el IVA a aplicar mediante partida independiente.
• El presupuesto comprende la totalidad del contrato. El precio consignado es indiscutible, no admitiéndose ninguna prueba de insuficiencia y lleva implícitos todos aquellos conceptos previstos en el art. 100 y concordantes de la LCSP.
1.4) Existencia de crédito
• El gasto derivado de esta contratación de 2.000 euros, IVA incluido, durante el primer año se hará efectiva con cargo a la aplicación presupuestaria 2-22799 del vigente presupuesto de la AEuCC.
• El gasto plurianual derivado de esta contratación, por importe máximo de 8.000 euros, IVA incluido, se hará efectiva con cargo a las aplicaciones presupuestarias: 2019: 2.000 € PARTIDA 2-22799
2020: 2.000 € PARTIDA 2-22799
2021: 2.000 € PARTIDA 2-22799
2022: 2.000 € PARTIDA 2-22799
• Con la condición suspensiva que para dicho gasto exista consignación adecuada y suficiente en los correspondientes presupuestos.
1.5) Duración del contrato y posibles prórrogas
En cuanto a la duración:
El contrato, una vez aceptada la adjudicación por el contratista, tendrá una duración de cinco años a contar desde el inicio de la prestación del servicio.
La fecha de inicio de la prestación del servicio se fijará en la resolución de la adjudicación de acuerdo con el artículo 35.1.g) LCSP.
No se prevén prórrogas.
1.6) Valor estimado
El valor estimado del contrato, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 101 y concordantes de la LCSP, es de 8.264,46 euros IVA excluido.
El método de cálculo para determinar el importe del VEC es el siguiente:
En base a las estimaciones teniendo en cuenta el precio xx xxxxxxx, de acuerdo con el art. 101 LCSP.
1.7) Tramitación del expediente y procedimiento de adjudicación
La contratación, que se tramitará de forma ordinaria y no está sujeta a regulación armonizada se llevará a cabo mediante:
Procedimiento abierto simplificado sumario y adjudicación con un único criterio de adjudicación, en virtud de lo establecido en los artículos 145, 146, 159.6 y concordantes de la LCSP.
1.8) Perfil de contratante
Para consultar los pliegos y demás documentos relacionados con la presente contratación, se debe acceder al Perfil de contratante a través de la siguiente dirección: xxxx://xxx.xxxxx.xx/
Para cualquier duda o consulta, los interesados pueden dirigirse a esta cuenta de correo electrónico: xxxxxxxx@xxxxxxxx-xxxxxxxx.xx debiendo poner en copia la dirección siguiente: Xxxxxxxx.Xxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xx
1.9) Presentación de proposiciones
Las proposiciones se presentarán en papel en el registro general de la AEuCC en España (dirección: Museu del Càntir. Plaça de l’Església, 9 Argentona (Barcelona), CP 08310) dentro del plazo de 10 días hábiles desde la publicación del anuncio de licitación en el perfil del contratante del sitio web de la AEuCC y estará en lengua española. El horario del registro es de 10 a 14 y de 16 a 20h.
La proposición contendrá un único sobre con el siguiente contenido:
SOBRE ÚNICO
Contendrá la declaración responsable de cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración y la proposición evaluable mediante criterios automáticos, de acuerdo con el modelo que consta como anexo 1 al PCAP.
Las condiciones establecidas legalmente para contratar deben cumplirse antes de la finalización del plazo de presentación de proposiciones y subsistir en el momento de la perfección del contrato, de acuerdo con el artículo 140.4 LCSP.
De conformidad con el artículo 140.3 LCSP, los licitadores se obligan a aportar, en cualquier momento antes de la propuesta de adjudicación, toda la documentación exigida cuando les sea requerida, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula 01:18) del presente Xxxxxx.
1.10) Condiciones mínimas y medios de acreditación de la solvencia económica y financiera y profesional o técnica y otros requerimientos
El licitador deberá cumplir las siguientes condiciones Disponer de la solvencia siguiente:
a) Solvencia económica y financiera:
• Medios: (de acuerdo con el artículo 87.1 LCSP) Volumen anual de negocios
Importe mínimo: Igual o superior a 10.000 euros.
Acreditación documental:
En el procedimiento abierto simplificado sumario no es necesaria la acreditación de la solvencia
b) Solvencia profesional o técnica:
• Medios: (de acuerdo con el artículo 90 LCSP).
Relación de principales servicios realizados en el ámbito de la fiscalización económica de un poder adjudicador en el marco de un proyecto europeo del programa INTERREG EUROPE en los tres últimos años.
Valores o requisitos mínimos:
Un mínimo de tres servicios de estas características
Acreditación documental:
En el procedimiento abierto simplificado sumario no es necesaria la acreditación de la solvencia
• Disponer de la habilitación empresarial o profesional siguiente:
Acreditar estar inscritos en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas y que debe ser validado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública.
1.11) Criterios de adjudicación
Los criterios a tener en cuenta a la hora de considerar cuál es la mejor proposición relación calidad-precio serán, de forma decreciente, los que a continuación se indican, de acuerdo con la ponderación que se detalla para cada uno de ellos:
• Criterios evaluables de forma automática (100%)
- Precio ofertado: Hasta 100 puntos
La puntuación se asignará en función de las bajas que conllevan las ofertas válidamente presentadas respecto al tipo de licitación, y puede suponer que no se asigne la máxima puntuación a ninguna oferta.
Se asignarán 0 puntos a las ofertas iguales al presupuesto base de licitación, IVA excluido. Se asignará la máxima puntuación a la oferta que se encuentre en alguno de los siguientes supuestos:
• Cuando concurra sólo un licitador, la oferta presentada.
• Cuando concurran dos o más licitadores, la que sea de importe inferior, sin que se den las circunstancias de baja temeraria previstas en la LCAP
A efectos del cálculo de la máxima puntuación, en caso de que se presenten individualmente a la licitación empresas que pertenezcan al mismo grupo, en los términos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, para los cálculos se tendrá en cuenta, únicamente, el oferta más baja.
1.12) Criterios de desempate
En caso de igualación de proposiciones, los criterios para el desempate serán, por orden de prelación, los siguientes:
Los establecido en el art. 147.2 LCSP.
1.13) Plazo para la adjudicación
La adjudicación se realizará dentro del plazo de 15 días a contar desde la fecha de apertura de las ofertas recibidas.
1.14) Variantes
Los licitadores no podrán presentar en sus ofertas variantes.
1.15) Ofertas anormalmente bajas
En la adjudicación con un único criterio de valoración basado en el precio, se considerarán ofertas anormalmente bajas las siguientes:
Se aplicará lo dispuesto en el art. 85 RGLCAP.
1.16) Garantía provisional
No procede la constitución de garantía provisional, al tratarse de un procedimiento abierto simplificado sumario.
1.17) Garantía definitiva
No procede la constitución de garantía definitiva, al tratarse de un procedimiento abierto simplificado sumario.
1.18) Presentación de documentación
El licitador propuesto como adjudicatario antes de la adjudicación y dentro del plazo de 7 días hábiles a contar desde la fecha de envío del requerimiento electrónico previsto en el artículo 159.4 de la LCSP deberá:
a) Acreditar la disposición de los medios que se comprometió a adscribir al contrato (consignar sólo en caso de exigencia de compromiso de adscripción) en los términos de la cláusula 1.10 del presente Pliego y, en su caso, compromiso de integración efectiva de la solvencia con medios externos.
b) Acreditar demás circunstancias consignadas en la declaración/es responsable/s aportada/as y demás que sea exigible, excepción hecha de la solvencia.
El órgano de contratación de oficio comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que el adjudicatario propuesto está debidamente constituido, que el firmante de la proposición tiene poder suficiente para formular la oferta y que ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y que no está incurso en prohibición para contratar, de conformidad con el artículo 159.4.f) 3º LCSP, sin perjuicio de lo previsto por la normativa para las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados firmantes del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo en el artículo 159.4.g) LCSP.
Caso de no presentarse la documentación en el plazo previsto, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, se le exigirá el importe del 3% del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, y se procederá en los términos señalados en el artículo 159.4.f) 4º y 159.6 de la LCSP.
1.19) Formalización del contrato
La formalización se entenderá efectuada mediante la aceptación de la adjudicación por parte del propuesto contratista, que deberá tener lugar dentro del plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación de la adjudicación.
En el supuesto de que el adjudicatario sea una unión temporal de empresas, esta deberá estar formalmente constituida antes de la aceptación de la adjudicación.
2) DATOS RELATIVOS A LA FASE DE EJECUCIÓN:
2.1) Derechos y obligaciones de las partes
Los derechos y las obligaciones de las partes serán, además de los indicados en las cláusulas de los datos específicos del contrato, aquellos que resulten de la documentación contractual y la normativa aplicable y, en particular, los siguientes:
- El contratista se obliga a adecuar su actividad, en el marco de su relación contractual con la AEUCC, los principios éticos y las reglas de conducta que permitan asegurar el cumplimiento de los principios de igualdad, de imparcialidad y de integridad, de objetividad y de transparencia. En particular, se obliga a:
• Comunicar a la AEUCC las posibles situaciones de conflicto de intereses u otras análogas de las que tenga conocimiento que afecten, directa o indirectamente, en la presente contratación y puedan poner en riesgo el interés público.
• Por conflicto de intereses se entiende cualquier situación en la que el personal al servicio del órgano de contratación, que además participe en el desarrollo del procedimiento de licitación o pueda influir en su resultado, tenga directa o indirectamente un interés financiero, económico o personal que pueda parecer que
compromete su imparcialidad e independencia en el contexto de dicho procedimiento de licitación.
• No celebrar ningún acuerdo con otros operadores económicos que, en el marco de la presente contratación, no respeten los principios de libre mercado y de concurrencia competitiva, absteniéndose de realizar ninguna práctica colusoria.
• Abstenerse de realizar, fomentar, proponer o promover cualquier tipo de práctica corrupta que afecte o pueda afectar la relación contractual en los términos previstos en el Código Penal vigente en cada momento.
2.2) Condiciones especiales de ejecución
Las condiciones especiales de ejecución del contrato serán las que a continuación se indican:
• El contratista se comprometió a ejecutar el Contrato con Criterios de equidad y transparencia fiscal, por lo que los ingresos o beneficios procedentes del Contrato público serán íntegramente declarados y liquidados conforme a la legislación fiscal Vigente, sin que en ningún caso puedan utilizarse domicilios fiscales incluidos en algún país o territorio considerados no cooperativos en materia de lucha contra el fraude y la evasión fiscal por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), por las instituciones europeas o miedo el Estado español.
2.3) Modificación del contrato
El contrato sólo podrá modificarse por razones de interés público en los supuestos y en la forma prevista en los artículos 203 a 207 y concordantes de la LCSP y demás normativa aplicable.
• No se prevé ninguna otra posible modificación del contrato.
2.4) Régimen de pago
El contratista presentará facturas semestrales, dentro de los 30 días siguientes a la presentación de cada uno de los informes semestrales requeridos por el programa Interreg Europe.
El pago se realizará por la AEuCC en los plazos establecidos en el artículo 198.4 LCSP, sin perjuicio que se le pueda exigir la presentación de los documentos de cotización del personal destinado a la ejecución del contrato, a los efectos de comprobar que se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Las facturas se deberán presentar en papel o en formato pdf xxx xxxxxx xxxxxxxxxxx xx xx xxxxxxxx xx xx XxXX x xx XXxXX, sito en la sede administrativa de Xxxxxx Xxxx, 00 – 00000 Xxxxxxxxx (Xxxxxxxxx), e-mail: xxxx@xxxxxxxx-xxxxxxxx.xx
Las facturas irán dirigidas a la Agrupación Europea de Cooperación Territorial “Ciudades de la Cerámica” NIF: Q3000822A
2.5) Revisión de precios
No se admite la revisión de precios.
2.6) Penalidades
Caso de que el AEUCC opte por la no resolución del contrato, se impondrán al contratista las penalidades:
A) por el incumplimiento del plazo, total o parcial, se impondrá:
Una penalidad diaria en la proporción de 6,00 € por cada 1.000 € del precio del contrato, IVA excluido.
B) por otros incumplimientos, con el límite del 10% del precio del contrato, para cada penalidad, y con el límite del 50% en su conjunto, ambos IVA excluido, se impondrán:
Por el cumplimiento defectuoso de la prestación, por el incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución definidas en el contrato, se impondrán penalidades de hasta el 2% sobre el precio del contrato, IVA excluido, que deberán ser proporcionales al grado de incumplimiento.
2.7) Causas de resolución
Son causas de resolución del contrato, además de las previstas en los artículos 211 y concordantes de la LCSP, las siguientes:
- El hecho de incurrir el contratista en cualquiera de las causas de prohibición para contratar con la Administración Pública estipuladas en el artículo 71 LCSP.
2.8) Plazo de recepción de las prestaciones del contrato
No se establece plazo especial de recepción y regirá el plazo general de un mes a contar desde la entrega de los informes semestrales establecidos en el programa Interreg Europe, recepción que deberá formalizarse mediante el correspondiente documento acreditativo.
2.9) Plazo de garantía del contrato
Se fija un plazo de garantía de 1 año a contar desde la fecha de recepción y / o conformidad de la prestación contratada.
2.10) Cesión
Los derechos y obligaciones relativos a este contrato podrán ser cedidos por la empresa contratista a una tercera persona, siempre que las cualidades técnicas o personales de quien cede no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato y previa autorización expresa del Administración, cuando se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 214 LCSP, y de la cesión no resulte una restricción efectiva de la competencia en el mercado. No se puede autorizar la cesión a un tercero cuando la cesión suponga una alteración sustancial de las características de la empresa contratista si éstas constituyen un elemento esencial del contrato.
2.11) Subcontratación
No se admite la subcontratación, dada la naturaleza y las condiciones de la contratación.
2.12) Confidencialidad de la información
La declaración de confidencialidad de los licitadores debe ser necesaria y proporcional a la finalidad o interés que se quiere proteger y determinará de forma expresa y justificada los documentos y / o los datos facilitados que consideren confidenciales. No se admiten declaraciones genéricas o no justificadas del carácter confidencial.
No tienen en ningún caso carácter confidencial la oferta económica de la empresa, ni los datos incluidos en el DEUC o declaración análoga.
En el caso de falta de indicación, se entenderá que la documentación facilitada no tiene carácter confidencial.
De acuerdo con el artículo 133.2 LCSP, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de la información a la que tenga acceso debido a la ejecución del contrato.
El deber de confidencialidad tendrá una vigencia de cinco años a contar desde el conocimiento de la información de referencia.
De conformidad con el artículo 133.1 LCSP, el órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los licitadores y designada, de forma expresa y justificada, por estos como confidencial.
2.13) Régimen jurídico de la contratación
El régimen jurídico del contrato está constituido por el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, por el Pliego de Prescripciones Técnicas, por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, mediante la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23 / UE y 2014/24 / UE, de 26 de febrero de 2014, y su normativa de desarrollo, por el Decreto Ley 3/2016, de 31 xx xxxx, de medidas urgentes en materia de contratación pública, así como por el resto de normativa legal aplicable.
2.14) Protección de datos de carácter personal
Podrán hacerse en papel si no se dispone de medios técnicos adecuados para hacerse electrónicamente.
2.15) Obligaciones laborales, sociales, fiscales, de protección de datos personales, y medioambientales del contratista
El contratista quedará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud en el trabajo, de prevención de riesgos laborales, de integración social de las personas con discapacidad, de
igualdad efectiva de mujeres y hombres, fiscal, de protección de datos personales, y en materia medioambiental.
2.16) Seguros
No procede.
2.17) Lugar de prestación objeto del contrato
El lugar fijado para la prestación de los servicios objeto del contrato es dentro del territorio de España.
2.18) Responsable del contrato
Se designa responsable del contrato, con las funciones previstas en el artículo 62 LCSP, el secretario administrativo y financiero de la AEuCC.
El / la responsable del contrato no podrá, en ningún caso, ni por cuenta propia ni ajena, intervenir en este proceso de contratación como licitador.
En cualquier caso, la imposibilidad de intervención abarcará las personas jurídicas en qué capital aquel o sus cónyuges, convivientes y / o descendientes sobre los que tengan representación legal ostenten una participación superior al 10% y / o sean administradores.
2.19) Protección de datos de carácter personal
La empresa contratista se obliga al cumplimiento de todo lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal ya la normativa de desarrollo, en relación con los datos personales a los que tenga acceso con ocasión del contrato; y, a partir del día 25 xx xxxx de 2018, a lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta el tratamiento de datos personales ya la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46 / CE.
De acuerdo con el art. 13 del Reglamento europeo 2016/679, de 27 xx xxxxx, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y la libre circulación de estos datos, se informa al contratista ya su personal:
No hay tratamiento de datos previsto ni acceso a instalaciones o sistemas corporativos.
3) DATOS ESPECÍFICOS
3.a) DATOS ESPECÍFICOS DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS
3.a.1) Sistema de determinación del precio del contrato
El precio del contrato se ha determinado, de acuerdo con la justificación que consta en el expediente, en base a:
- Un tanto alzado no habiendo sido posible o conveniente su descomposición
3.a.2) Comprobaciones en el momento de la recepción de la calidad del objeto del contrato
La AEuCC se reserva la realización de comprobaciones sobre la calidad del objeto del contrato, a su recepción, por los medios siguientes:
Examen de la documentación entregada en realización del servicio.
3.a.3) Facultad de la AEuCC sobre mantenimiento de estándares de calidad en la prestación del servicio
El contratista deberá mantener los estándares de calidad y las prestaciones equivalentes a los criterios económicos que sirvieron de base para la adjudicación del contrato y el personal que adscriba a la prestación del servicio deberá observar los niveles mínimos de comportamiento y las reglas de decoro adecuados a la prestación contratada.
El contratista deberá disponer de personal suplente con la formación y la experiencia suficientes para poder sustituir las personas que presten los servicios objeto del contrato en supuestos de vacaciones, ausencias y / o enfermedades.
3.a.4) Planificación preventiva en caso de concurrencia empresarial
No procede.
3.a.5) Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo
No procede.
3.a.6) Propiedad de los trabajos
Cualquier trabajo desarrollado durante la vigencia del contrato por parte de la empresa contratada es propiedad del AEuCC Ciudades de la Cerámica.
ANEXO 1 AL PCAP
CONTRATO DE FISCALIZACIÓN ECONÓMICA DE PRIMER NIVEL DE LA AEuCC COMO SOCIO BENEFICIARIO DEL PROYECTO EUROPEO "CLAY"
A INSERTAR EN EL SOBRE ÚNICO
Modelo de declaración responsable y de proposición evaluable de acuerdo con
criterios automáticos:
"D./Dña .......................................... con NIF nº ................., en nombre propio / en
representación de la empresa .............., en calidad de .. ., y según escritura pública autorizada ante Notario ......, en fecha ..... y con número de protocolo ... / o documento
..., CIF núm. .............., domiciliada en........... Calle ........................, nº ,
Persona de contacto: ......................, dirección de correo electrónico. ,
teléfono núm , opta a la contratación relativa (consignar objeto del contrato y
xxxxx, en su caso) y DECLARA RESPONSABLEMENTE:
- Que el perfil de empresa es el siguiente:
Tipo de empresa | Características | Marcar con una xxxx |
Microempresa | Microempresa Menos de 10 trabajadores, con un volumen de negocios anual o balance general anual no superior a los 2 millones de euros. | |
Pequeña empresa | Menos de 50 trabajadores, con un volumen de negocios anual o balance general anual no superior a los 10 millones de euros. | |
Mediana empresa | Menos de 250 trabajadores, con un volumen de negocios anual no superior a los 50 millones de euros o balance general anual no superior a los 43 millones de euros. | |
Gran empresa | 250 o más trabajadores, con un volumen de negocios anual superior a los 50 millones de euros o balance general anual superior a los 43 millones de euros. |
- Que las facultades de representación que ostenta son suficientes y vigentes (si se actúa por representación); que reúne todas y cada una de las condiciones establecidas legalmente y no incurre en ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración previstas en los artículos 65 a 97 de la LCSP.
- Que se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Que, en los casos de estar obligado legalmente, está inscrito en el Registro de Licitadores de la Administración General del Estado y que los datos que constan no han experimentado variación.
- Que dispone de la habilitación empresarial o profesional, así como de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional exigidas en los términos de la cláusula
1.10) del PCAP y que se compromete a adscribir a la ejecución del contrato los medios personales / materiales descritos en dicha cláusula.
- Que, en el caso de recurrir a solvencia externa, cuenta con el compromiso por escrito de las entidades correspondientes para disponer de sus recursos y capacidades para utilizarlos en la ejecución del contrato.
- Que cumple con todos los deberes que en materia preventiva establece la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales y que dispone de los recursos humanos y técnicos necesarios para hacer frente a las obligaciones que puedan derivarse del Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, en materia de coordinación de actividades empresariales.
- Que no ha celebrado ningún acuerdo con otros operadores económicos destinados a falsear la competencia en el ámbito de este contrato y que no conoce ningún conflicto de intereses vinculado a su participación en este procedimiento de contratación.
- Que, en caso de que se trate de empresa extranjera, se somete a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles.
- Que, en los casos de estar obligado legalmente, la plantilla de la empresa está integrada por un número de trabajadores con discapacidad no inferior al 2% o que se ha adoptado alguna de las medidas alternativas previstas en la legislación vigente.
O obligado por normativa
- Que reúne alguno / s de los criterios de preferencia en caso de igualación de proposiciones previstos al PCAP.
- Respecto al Impuesto sobre el valor añadido (IVA) la empresa:
Está sujeto al IVA.
Está no sujeto o exento del IVA y son vigentes las circunstancias que dieron lugar a la no sujeción o la exención.
- Respecto del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) la empresa:
-
- tes las circunstancias que dieron
lugar a la no sujeción o la exención.
- Que, en caso de que el licitador tenga intención de concurrir en unión temporal de empresas, declara:
(Indicar nombres y circunstancias de los integrantes y la participación de cada uno, así como la asunción del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios)
o
tiene intención de concurrir en unión temporal de empresas.
- Se designa como persona / s autorizada / s para recibir el aviso de las notificaciones, comunicaciones y requerimientos por medios electrónicos a:
Persona/s autorizada/s* | DNI* | Correo electrónico profesional* | Móvil profesional |
* Campos obligatorios.
Si la dirección electrónica o el número de teléfono móvil facilidades a efectos de aviso de notificación, comunicaciones y requerimientos quedaran en desuso, se deberá comunicar dicha circunstancia, por escrito, al AEUCC Ciudades de la Cerámica para hacer la modificación correspondiente.
El licitador / contratista declara que ha obtenido el consentimiento expreso de las personas a las que autoriza para recibir las notificaciones, comunicaciones y requerimientos derivados de esta contratación, para que el AEUCC pueda facilitar al servicio de notificación electrónica a estos efectos.
- Que, en caso de que formulen ofertas empresas vinculadas, el grupo empresarial al que pertenecen es (indicar las empresas que lo componen).
- Que, caso de resultar propuesto como adjudicatario, se compromete a aportar la documentación señalada en la cláusula 1:18) del PCAP.
Asimismo, enterado / a de las condiciones exigidas para optar a dicha contratación, se compromete a llevarla a cabo con sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, que acepta íntegramente, por la cantidad de Euros, IVA excluido.
El importe del IVA, al ...%., Es de €.
(Fecha y firma). "