TÉRMINOS Y CONDICIONES – PLAN PLUS
TÉRMINOS Y CONDICIONES – PLAN PLUS
1- PRIMERA - Objeto: El presente contrato de adhesión versa sobre un plan prepagado de servicio de asistencia vial (grúa, auxilio/venta de batería y gasolina, cambio e inflado de caucho, acompañamiento vial, taller móvil), revisión del vehículo (chequeo mecánico en taller), adquirido sólo y únicamente para el vehículo identificado en el cuadro de “descripción de producto” de su contrato de asistencia vial (no es por persona, sino por vehículo).
2- SEGUNDA - Duración: El presente plan de asistencia vial posee validez de un (01) año. Las fechas de vigencia del plan están descritas en el cuadro de “descripción de producto” de su contrato de asistencia vial
3- TERCERA - Vencimiento del plan: Vencido el tiempo del contrato del servicio, Ud. entiende que no posee “mes xx xxxxxx”, y en caso de necesitar utilizar los servicios de la empresa, deberá adquirir un nuevo plan (sólo si, el vehículo se encuentra en pleno funcionamiento) o efectuar un pago de manera particular de así necesitarlo.
4- CUARTA - Renovación: SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. podrá notificar al cliente a partir de sesenta
(60) días de anticipación, el vencimiento del plan anual a través de los siguientes canales: (WhatsApp, llamada, correo y/o SMS). Durante el proceso de renovación de un plan las tarifas de contratación podrían variar de acuerdo al récord de siniestralidad registrado durante el año de cobertura, estado actual de operatividad del vehículo y/o tiempo de gestión de la renovación. Si el cliente realiza la renovación antes de la fecha de culminación de su contrato, tendrá continuidad del servicio, en caso contrario, deberá esperar veinte (20) días continuos para disfrutar del servicio xx xxxx que incluye el Plan.
5- QUINTA - Requisitos: Para poder adquirir o renovar un plan de asistencia vial con SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. su vehículo debe cumplir con los siguientes requisitos: antigüedad del vehículo desde el año 1990* en adelante, peso de máximo dos (02) toneladas, uso particular (carros, camionetas, motos), sin cabina de furgón y totalmente operativo (no debe estar previamente accidentado). En caso de ser necesario, se realizarán inspecciones mecánicas obligatorias y/o solicitar evidencias audiovisuales de los vehículos para verificar sus condiciones interiores y exteriores. *Las tarifas de contratación podrán variar de acuerdo a la antigüedad del vehículo. Además, vehículos menores al año 2000 (1990 - 1999) sólo podrán optar por un plan Classic o plan Plus, este último será posible luego de superar una evaluación obligatoria de evidencia audiovisual para corroborar el estado mecánico en que se encuentra. De conformidad con la Xxx xx Xxxxxxxx y Transporte Terrestre en sus artículos 29, 35, 36, 40, 49 y 50 referentes a las condiciones técnicas, mecánicas y físicas de los vehículos, a la adquisición y mantenimiento en vigencia de un Seguro de Responsabilidad Civil, y a las obligaciones de todo propietario y/o conductor de un vehículo automotor, así como también el artículo 28 del Reglamento de la Xxx xx Xxxxxxxx y Transporte Terrestre el cual señala específicamente las condiciones y aditamentos que necesita un vehículo para poder circular, así como cualquier otra normativa vigente en la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA en relación a los requisitos para
poder circular y/o conducir un vehículo automotor, SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. se reserva el derecho de suscribir, renovar y/o desafiliar o anular planes en cualquier momento a personas y/o vehículos que identifique que no cumplen con la mencionada normativa. El cliente entiende y acepta que SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. no guarda relación comercial con él más allá de la prestación del servicio. De tal forma que, cualquier infracción, incumplimiento o falta a la normativa legal vigente en materia de tránsito o cualquier otra materia que haya sido ocasionada con ocasión o motivo o guarde relación con el siniestro para el cual solicita nuestros servicios no será atribuible en responsabilidad a SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. y no deberá LA EMPRESA pagar ningún tipo de multa, daño y/o perjuicio, indemnización ni ningún otro pago o sanción que pudiera ocasionarse.
6- SEXTA - Atención al cliente: El cliente podrá solicitar nuestros servicios mediante nuestro Call Center a través de los siguientes números telefónicos: llamar al (0000)-000-0000 opción 1-1, números de contingencia: (0000)-0000000 / (0000)-0000000 (solo llamadas). También, podrá solicitar los servicios escribiendo a través de WhatsApp por el número 0414-GRUERO-0 (0414-4783760).
7- SÉPTIMA - Condiciones de prestación del servicio xx xxxx: El servicio xx xxxx adquirido mediante el plan, sólo se prestará si el vehículo sufrió una avería que le imposibilite andar. De cumplir con los términos descritos en el presente acuerdo, la empresa asume el costo del traslado de acuerdo a la cantidad de kilómetros del plan contratado, el gasto por kilómetros adicionales y maniobras especiales, corren por parte del cliente como pago adicional. (Leer Cláusula Trigésima Segunda y Tercera).
8- OCTAVA - Responsabilidad en la prestación del servicio: El cliente entiende y acepta que, aun cuando la presente contratación se realiza a nombre de SOLUCIONES TU GRUERO C.A. y EL CLIENTE, utilizamos proveedores de grúas para la prestación del servicio, tomando las medidas pertinentes para ofrecer la mayor calidad y eficiencia del servicio, sin embargo, los grueros no guardan una relación de dependencia y/o subordinación con nosotros y no seremos responsables por actitud negligente, impericia, imprudencia o inobservancia de los reglamentos u órdenes dadas y tampoco por dolo atribuible directamente a quien ejecute un servicio concreto xx xxxx en cuanto a las maniobras de remolque en un momento dado, es decir, el cliente libera a SOLUCIONES TU GRUERO
C.A. de responsabilidad por cualquier actitud o acción no autorizada ejecutada por un gruero que viole los cánones normales de prestación del servicio, las normas del presente contrato y/o las políticas de SOLUCIONES TU GRUERO C.A. Para mitigar al máximo el suceso de este tipo de eventos desafortunados SOLUCIONES TU GRUERO C.A., diligentemente, seleccionará como proveedores xx xxxx a prestadores de servicio de reconocida reputación en el sector, sin ser esto motivo para atribuírsele responsabilidad de ningún tipo en los términos planteados en este artículo entendiéndose así que cualquier gestión, reclamo, crítica y/o sugerencia del servicio debe ser comunicado a esta.
9- NOVENA – Política de 100% satisfacción: la condición de 100% satisfacción obedece a la garantía que ofrece SOLUCIONES TU GRUERO C.A. en sus servicios xx xxxx y asistencia en moto a los clientes que adquieren un plan. En caso que la experiencia no haya sido satisfactoria, se establecen las siguientes condiciones para evaluar el reintegro de la inversión realizada por el vehículo suscrito: aplica para servicios xx xxxx y asistencia en moto diurnos que no se encuentren en la lista de zonas xxxxx/peligrosas. El cliente que desee aplicar el reembolso del pago realizado por un plan anual, deberá contactar al departamento de calidad y comprobar que realizó el requerimiento del servicio
por los canales regulares a través de registros fotográficos (call center: 0000-0000000, WhatsApp: 0000-0000000). Se ejecutará una investigación de cada caso antes de devolver el dinero para determinar si aplica o no el reembolso el plan adquirido. La investigación tomará un máximo de cinco
(05) días hábiles. En caso de ser aprobado, el reembolso será ejecutado en máximo setenta y dos (72) horas hábiles. El reembolso completo (100%) aplica solo si la insatisfacción ocurre en el 1er servicio solicitado (no incluye impuestos). El reembolso parcial (60%) aplica solo si la insatisfacción ocurre en el 2do servicio solicitado (no incluye impuestos). No aplica reembolso a partir de tres (3) servicios solicitados.
10- DÉCIMA - Entrada en vigencia del servicio xx xxxx: El servicio de grúas contratado, el cliente lo podrá disfrutar luego de veinte (20) días continuos después de la afiliación por medio de nuestros asesores vía online, puntos de ventas físicos propios, activación de tarjeta adquirida a través de aliados comerciales o compra por la página web.
11- DÉCIMA PRIMERA - Características del auxilio de grúa: Los traslados de grúas autorizados por SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. deben tener las siguientes características: Plena vía/Resguardo – Domicilio, Plena vía/ Resguardo – Taller, Domicilio – Taller y Taller - Taller.
12- DÉCIMA SEGUNDA - Planes de financiamiento: En caso de adquirir el producto financiado, usted autoriza a SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. para realizar el proceso de cobranza de las cuotas restantes mediante la herramienta de domiciliación de tarjeta de crédito en su página web xxx.xxxxxxxx.xx. El cliente entiende y acepta que, para la adquisición o compra de nuestros productos financiados deberá suscribir un acuerdo especial de financiamiento que establecerá las condiciones específicas a través de las cuales se realizarán los pagos, se solucionará cualquier disputa y se llevarán a cabo las acciones legales correspondientes a favor de la empresa por cualquier incumplimiento. SOLUCIONES TU GRUERO, X.X. xxxx uso de los mecanismos de intimación judicial correspondientes para compeler a todo pago pendiente por parte del cliente y el acuerdo de financiamiento suscrito servirá de prueba fundamental como título ejecutivo de exigencia inmediata una vez vencidos los plazos.
13- DÉCIMA TERCERA - Suspensión del servicio por falta de pago: Si usted adquirió el producto financiado, y llega a presentar retrasos en el pago de las siguientes cuotas en la fecha, lugar, monto y/o forma convenida, se procede a suspender inmediatamente el derecho de utilizar los servicios ofrecidos por SOLUCIONES TU GRUERO, C.A.
14- DÉCIMA CUARTA - Procedimiento en caso xx xxxx: En caso de adquirir el producto financiado, el incumplimiento en el pago por parte del cliente, automáticamente acarrea un incremento de la cuota, en tal sentido, se le realizará un recargo de un UNO POR CIENTO (1%) por cada día continuo de atraso sobre el monto de la cuota vencida. Además, no podrá disfrutar el servicio por una cantidad de UN (1) DÍA HÁBIL acumulativo por cada día de retraso en el pago correspondiente, contados a partir de la fecha de pago de la(s) cuota(s) pendiente(s). Pasados sesenta (60) xxxx xx xxxx, se procederá a cancelar el plan (suscripción) del cliente, y este deberá adquirir un nuevo plan (de contado) si desea afiliarse nuevamente.
15- DÉCIMA QUINTA - Negación de pago a las cuotas insolutas: SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. no realizará reintegro o devolución de dinero en los casos donde el cliente no pueda o no quiera pagar el resto de las cuotas pendientes, habiendo o no utilizado alguno de nuestros servicios.
16- DÉCIMA SEXTA - Servicio xx xxxx: El plan Plus cuenta con servicios ilimitados de grúas de máximo 50 Km de recorrido (se entiende por servicio, cualquier traslado solicitado desde el lugar donde se
encuentra el vehículo hasta el lugar de destino del mismo con una distancia menor o igual a 50 Km) cuando éstos sufran algún desperfecto mecánico o de naturaleza similar que imposibilite su movilidad. (Ciertas condiciones aplican, leer la cláusula Trigésima Segunda y Tercera).
17- DÉCIMA SÉPTIMA - Políticas de siniestralidad: En el caso de que el vehículo afiliado cuente con servicios ilimitados de 50 Km (Plan Plus), a pesar que las averías/fallas que puede sufrir un vehículo no están taxativamente establecidas en este acuerdo y, por lo tanto, el tipo de averías son ilimitadas, el cliente cuenta con tres (3) servicios xx xxxx por avería/falla reportada durante la vigencia de su plan. Para el caso de presentarse la TERCERA avería o falla del mismo tipo y, en cumplimiento con la revisión técnica, mecánica y física que estipula la Xxx xx Xxxxxxxx y Transporte Terrestre en su artículo 29, el cliente deberá efectuar una revisión, evaluación, diagnostico en nuestro taller mecánico o a través del servicio de Taller Móvil por parte de nuestros motorizados especialistas PERIÓDICA que certifique las condiciones de circulación del vehículo, esta revisión correrá por cuenta del cliente y, SOLUCIONES TU GRUERO C.A. se reserva el derecho de desafiliar, suspender o anular cualquier suscripción con motivo del resultado de dicha revisión. SOLUCIONES TU GRUERO C.A. puede negarse a la prestación del servicio y desafiliar, suspender o anular cualquier suscripción si, por cualquier medio o a través de cualquier sentido susceptible de ser probado llegara a tener conocimiento de NEGLIGENCIA, IMPRUDENCIA, IMPERICIA O FALTA A LOS REGLAMENTOS U ÓRDENES DADAS, así
como CUALQUIER ACTITUD MALICIOSA, MAL INTENCIONADA O DE MALA FE asumida por el cliente en la solicitud de un servicio.
18- DÉCIMA OCTAVA - Servicios de asistencia en moto: Los servicios de asistencia en moto (acompañamiento vial, auxilio/venta de batería y gasolina, cambio e inflado de caucho), estarán activos de forma inmediata al momento de recibir este contrato de afiliación. Estos servicios sólo se prestarán si el vehículo sufrió una avería que le imposibilite andar y será auxiliado en el lugar de origen de la avería. Disponible únicamente en el Área Metropolitana de la ciudad de Caracas de lunes x xxxxxxx las 24 horas del día y en la Ciudad de Valencia y Puerto La Xxxx de lunes a viernes de 08:00
a.m. a 05:00 p.m. Ciertas condiciones aplican (Leer la cláusula Trigésima Octava).
19- DÉCIMA NOVENA – Servicio de auxilio/venta de batería: Las solicitudes de este servicio son ilimitadas durante la vigencia de este contrato. Solo se realizará el auxilio de la batería en el lugar de la avería (plena vía / domicilio / resguardo) del vehículo. Para adquirir una nueva batería, el cliente podrá retirarla en nuestro Taller mecánico ubicado en el Centro San Xxxxxxx de la ciudad de Caracas y en la oficina central de la ciudad de Valencia y Puerto La Xxxx. En caso de requerirla en el lugar de la avería, deberá notificar este pedido a SOLUCIONES TU GRUERO C.A. a fin de gestionar el despacho y poder disfrutar de este producto (se aplican tarifas adicionales por venta y delivery de unidades). SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. no se hace responsable de mantener la disponibilidad de unidades de batería para su venta ni establece garantías de durabilidad del producto (los desperfectos o desgastes son atribuibles al fabricante). También, por daños en la batería/computadora o cualquier otra pieza del vehículo. En caso de una solicitud fuera del horario descrito, o de un producto agotado, se le ofrecerá auxilio vial (grúa) como un servicio particular y deberá realizar un pago adicional. Disponible únicamente en el Área Metropolitana de la ciudad de Caracas de lunes x xxxxxxx las 24 horas del día y en la Ciudad de Valencia y Puerto La Xxxx de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 05:00 p.m. Ciertas condiciones aplican (Leer la cláusula de Trigésima Tercera y Trigésima Octava).
20- VIGÉSIMA - Servicio de auxilio de gasolina: Las solicitudes de este servicio son ilimitadas durante la vigencia de este contrato. Solo se realizará el auxilio de gasolina en el lugar de la avería en el siguiente horario: de lunes x xxxxxxx las 24 horas, en el Área Metropolitana de la ciudad de Caracas y de lunes a viernes de 08:00am a 05:00pm en la ciudad de Valencia y Puerto La Xxxx. Para utilizar el servicio, el vehículo debe estar sin combustible (gasolina) durante su estancia en plena vía o domicilio. La reposición de combustible será de cinco (05) litros y el cliente debe cancelar una tarifa adicional para poder disfrutar de este servicio. SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. se reserva el derecho de enviar a un equipo verificador para constatar que la unidad se encuentra sin combustible.
21- VIGÉSIMA PRIMERA - servicio de cambio e inflado de caucho: Las solicitudes de este servicio son ilimitadas durante la vigencia de este contrato. Solo se realizará el cambio/inflado de caucho en el lugar de la avería. Disponible únicamente en el Área Metropolitana de la ciudad de Caracas de lunes x xxxxxxx las 24 horas del día y en la Ciudad de Valencia y Puerto La Xxxx de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 05:00 p.m. Ciertas condiciones aplican. SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. no provee servicio de traslado de cauchos de un lugar a otro y no se hace responsable por daños en rines/pernos o cualquier otra pieza del vehículo. En caso de solicitud fuera del horario descrito, se le ofrecerá auxilio vial (grúa) como un servicio particular y deberá realizar un pago adicional. Ciertas condiciones aplican (Leer la cláusula Trigésima Tercera).
22- VIGÉSIMA SEGUNDA - servicio de taller móvil: las solicitudes de este servicio están relacionadas a averías mecánicas y/o eléctricas que le imposibiliten al vehículo continuar su recorrido en plena vía. Aplica para averías menores que puedan ser solventadas in situ y en espacios cuyas condiciones permitan ejecutar maniobras de inspección y reparación (situación a evaluar por el mecánico vial). En caso de presentarse una avería mayor, el cliente dispondrá del servicio a domicilio (si las condiciones lo permiten) o en nuestro taller mecánico ubicado en el Centro San Xxxxxxx en Caracas. Esta acción puede generar costos adicionales por mano de obra y repuestos, en caso de ser necesarios. La cotización será indicada por el asesor del equipo de taller móvil que se encuentre gestionando el servicio. La garantía aplica sólo en la mano de obra de la reparación, relativa a la avería reportada durante el servicio. La empresa no se hace responsable por imperfectos del fabricante de repuestos. Este servicio solo podrá ser solicitado directamente a SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. escribiendo al número de WhatsApp (0000-0000000). Disponible únicamente en el Área Metropolitana de la ciudad de Caracas de lunes x xxxxxxx de 08:00 a.m. a 06:00 p.m.
23- VIGÉSIMA TERCERA - Descuentos en Taller: Este plan incluye dos (02) servicios mecánicos con 15% de descuento en la mano de obra durante el período de vigencia de este contrato. Es válido solo para un (01) servicio por ingreso en Taller, no aplica para promociones existentes y no podrán ser acumulables. Para hacer uso del mismo, deberá agendar una cita en nuestro Taller Mecánico ubicado en el Centro San Xxxxxxx de la ciudad de Caracas en los siguientes horarios: lunes a viernes de 08:00
a.m. a 05:00 p.m.
24- VIGÉSIMA CUARTA - Chequeos gratuitos: El cliente podrá realizar dos (02) chequeos mecánicos al vehículo afiliado de forma gratuita durante la anualidad de su plan. Los chequeos contarán con los siguientes servicios: botes de aceites, iluminación, correas, frenos, tren delantero, todos los fluidos, batería, alternador, sistemas de dirección, refrigeración y lubricación (ciertas condiciones aplican). Lugar de chequeo: a designar por SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. para la solicitud de la cita debe comunicarse con SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. para agendar la misma. Notificación de revisión: vía
SMS, WhatsApp y/o email cuando le corresponda. NOTA: El chequeo mecánico únicamente está disponible en el Área Metropolitana de la ciudad de Caracas.
25- VIGÉSIMA QUINTA - Publicidad: Con la compra de este plan usted está autorizando a SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. a utilizar su imagen a fin de que la misma sea divulgada y/o incorporada con fines publicitarios institucionales en medios de comunicación audiovisuales, radiales, gráficos, internet, vía pública y/o cualquier otro soporte conforme el plan de medios.
26- VIGÉSIMA SEXTA - Maniobras especiales: De solicitar el servicio xx xxxx que requiera una maniobra especial, el cliente acepta que debe realizar un pago adicional para prestarle el servicio de traslado de acuerdo al plan adquirido. Se entiende por maniobra especial a todas aquellas que no se encuentren en plena vía como: estacionamiento, sótano, entre otras que el Operador de Call Center y Operador xx Xxxx determinen (Leer cláusula Trigésima Tercera).
27- VIGÉSIMA SÉPTIMA - Accidente de Tránsito: SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. no vela ni garantiza el conocimiento ni cumplimiento de las normas y procedimientos previstos en la ley para el caso de accidentes de tránsito porque no es esta su competencia sino de las autoridades designadas a tal efecto por la Ley, sin embargo, LA EMPRESA puede negarse a la prestación del servicio en caso de ACCIDENTE DE TRÁNSITO, si identifica alguna irregularidad en el procedimiento que considera puede ocasionar algún perjuicio o responsabilidad, todo esto de conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Xxx xx Xxxxxxxx y Transporte Terrestre y demás normativa aplicable al caso. Una vez, las autoridades de tránsito decidan liberar el vehículo involucrado para su retiro del lugar, el conductor y/o propietario del vehículo podrá solicitar el servicio xx xxxx pertinente.
28- VIGÉSIMA OCTAVA - Liberación de vehículo detenido: En caso de que el vehículo se encuentre en un estacionamiento adscrito a un ente gubernamental y ya el cliente posea la autorización de liberación, este debe garantizar que el vehículo se encuentre apto para ser retirado del lugar.
29- VIGÉSIMA NOVENA - Neumático espichado: No se prestará el servicio xx xxxx si la falla presentada es por un (01) neumático espichado. Se entiende que el cliente debe poseer un neumático de repuesto (en buen estado), así como el resto de los implementos (gato, xxxxx xx xxxx, etc.) para cambiarlo y poder continuar su recorrido (De acuerdo a la ordenanza establecida por la Xxx xx Xxxxxxxx Terrestre y en su reglamento en el artículo 28 y todo el cuerpo normativo). Si no se cumplen estas condiciones, se procederá a realizar el servicio xx xxxx cancelando un pago adicional. (Leer cláusula Trigésima Tercera).
30- TRIGÉSIMA - Procedencia del servicio xx xxxx por daño en los cauchos: En caso que el vehículo tenga dos (02) neumáticos dañados debido al siniestro ocurrido en ese momento, SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. solamente prestará el servicio si ambos neumáticos son del mismo eje (delanteros o traseros), para poder realizar el servicio con una grúa de gancho o “Wheel Lift”.
31- TRIGÉSIMA PRIMERA - Daños ocasionados: De suscitarse algún daño al vehículo afiliado durante el traslado en la grúa asignada, el cliente entiende que debe informar de manera inmediata a SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. Pasadas las 24 horas de prestarse el servicio, la empresa no se hace responsable por los daños ocasionados al vehículo por negligencia del gruero o colaboradores.
32- TRIGÉSIMA SEGUNDA - Políticas de reembolso: SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. reconocerá y pagará el reembolso de un servicio xx xxxx bajo las siguientes condiciones: Debe ser autorizado por la compañía. Se reconocerá el monto de forma parcial o total según la revisión exhaustiva del caso presentado y el monto baremo de precios de SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. El cliente debe enviar
una factura fiscal emitida bajo las exigencias dictadas por la providencia Administrativa 0071 del SENIAT (recibos y notas de entrega no son válidas). La factura debe contener los datos fiscales de SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. y datos de servicio como: placa, marca y modelo del vehículo, dirección de origen y destino. La factura debe ser enviada de forma digital al siguiente correo electrónico xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx y en físico por medio del casillero ZOOM CCS-382193. El reembolso se pagará a la cuenta bancaria titular del cliente de acuerdo al plazo acordado, luego de recibir la factura en físico. SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. no reconocerá ningún servicio de asistencia vial (grúa) tomado de forma particular cuando no sean autorizados. Por tanto, no se realizará el reembolso de cantidades pagadas a proveedores externos cuando no sean autorizados previamente por el respectivo personal de SOLUCIONES TU GRUERO, C.A.
33- TRIGÉSIMA TERCERA - Cargos adicionales: Un pago adicional son los incurridos en casos anteriores o aquellos que el Operador de Call Center y Operador xx Xxxx consideren en base al kilometraje o características especiales (blindaje), ingreso de unidades motorizadas y de remolque en estacionamientos, maniobras especiales y demás casos mencionados en estos términos y condiciones. Los mismos deben ser efectuados a SOLUCIONES TU GRUERO, C.A., en el plazo de 24 horas continuas de haberse prestado el servicio xx Xxxx. En caso contrario, SOLUCIONES TU GRUERO,
C.A. se reserva el derecho de cancelar la suscripción inmediata del vehículo afiliado durante un (1) año o de manera permanente (a discreción de SOLUCIONES TU GRUERO, C.A.)
34- TRIGÉSIMA CUARTA - Límite de Distancia: Si el recorrido establecido por el cliente desde lugar de la avería al lugar de destino, excede el kilometraje indicado en el plan xx xxxx adquirido, deberá efectuar un pago adicional correspondiente a la distancia adicional. (Leer la cláusula Trigésima Tercera).
35- TRIGÉSIMA QUINTA - Servicio fallido: Se considerará Servicio Fallido cuando el cliente confirma que va a adquirir el servicio, el Operador xx Xxxx está en camino al lugar de la avería y el cliente se retira sin previo aviso al Operador de Call Center. El cliente será enteramente responsable del pago por el servicio fallido y deberá realizarlo a nombre de SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. en las próximas veinticuatro (24) horas continúas. (Leer la cláusula Trigésima Tercera).
36- TRIGÉSIMA SEXTA - Traslado extra y cargos adicionales: Si el lugar de destino del servicio establecido por el cliente es un taller, éste debe asegurar que se encuentre abierto y en disposición de recibir el vehículo, a la fecha/hora de llegada del mismo. En caso contrario, el cliente es enteramente responsable de efectuar un pago adicional por el traslado al siguiente destino o por el tiempo de espera. (Leer la cláusula Trigésima Tercera).
37- TRIGÉSIMA SÉPTIMA - Peso Extra: SOLUCIONES TU GRUERO, C.A., acepta afiliar en este plan de asistencial vial a vehículos de uso particular (motos, carros y camionetas sin cabina de Furgón) que posean un blindaje nivel I, II o III y vehículos de uso de carga únicamente si el cliente cancela una tarifa especial por el peso extra que posee el vehículo.
38- TRIGÉSIMA OCTAVA - Límites geográficos: La cobertura de los planes de SOLUCIONES TU GRUERO, C.A., NO aplica para traslados desde/hacia los estados: Nueva Esparta (a cualquier otro Estado/Puerto del Territorio Continental de la República Bolivariana de Venezuela), Amazonas y Delta Amacuro.
39- TRIGÉSIMA NOVENA - Zonas peligrosas: SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. no garantiza brindar el servicio de asistencia en moto y el servicio xx xxxx en lugares que sean considerados “Zonas
Peligrosas” en el territorio nacional. En casos que no se puedan brindar estos servicios (asistencia en moto) se enviará una unidad de remolque (grúa) en sustitución de un asistente vial al lugar de la avería (solo plena vía). Esta medida será aplicada por protección a la integridad de nuestros talentos, por lo cual generará un pago adicional. Para más información, puede verificar la lista de Zonas Peligrosas en nuestro portal web: xxx.xxxxxxxx.xx. (Leer cláusula Trigésima Tercera)
40- CUADRAGÉSIMA - Negligencia del propietario y/o conductor: SOLUCIONES TU GRUERO, C.A., NO prestará servicios de asistencia vial (grúa) a vehículos con averías propiciadas por negligencia, como: Caucho espichado sin un repuesto en buen estado ni implementos (gato y xxxxx xx xxxx), batería descargada por luces prendidas, requerimiento de gasolina, vehículo accidentado en zona sin acceso vial, llaves dejadas dentro del vehículo, atascos negligentes en barro/arena, personas bajo efectos de sustancias psicoactivas (alcohol etílico) y/o psicotrópicas (drogas) y cualquier otra avería que el Operador considere negligente de conformidad con la Xxx xx Xxxxxxxx y Transporte Terrestre en sus artículos 29, 35, 36, 40, 49 y 50 y su Reglamento en los artículos 28, 151, 152 y 153.
41- CUADRAGÉSIMA PRIMERA - Rescate: SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. no prestará servicios de asistencia vial (grúa) en forma de rescate. Se entiende por rescate a: vehículos volcados, “encunetados” a más de dos (02) metros y/o cualquier otra condición que el Operador del Call Center y el Operador xx Xxxx consideren como maniobra de rescate.
42- CUADRAGÉSIMA SEGUNDA - Carnet de circulación: SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. no prestará servicios de asistencia vial si el conductor y/o propietario del vehículo no posee el carnet de circulación y documento de identificación personal consigo en el momento y lugar del vehículo accidentado de conformidad con el artículo 158 del Reglamento de la Xxx xx Xxxxxxxx y Transporte Terrestre.
43- CUADRAGÉSIMA TERCERA - Vehículos presuntamente hurtados o robados: SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. verificará ante el Ministerio Público la placa del vehículo que requiera el servicio. De encontrarse solicitado por este ente, la compañía procederá inmediatamente a la no prestación del servicio y cancelación del plan en caso de ser afiliado. Además, se vetará al cliente contratante de forma permanente y no podrá disfrutar de los servicios que ofrece la compañía. En caso de que un cliente sufra el hurto de su vehículo, éste debe notificarlo a SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. para darle de baja en el sistema.
44- CUADRAGÉSIMA CUARTA - Procedimiento de verificación: SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. se reserva el derecho de enviar colaboradores (pertenecientes a SOLUCIONES TU GRUERO, C.A.) al lugar de la incidencia para constatar los datos/avería suministrados por el cliente al momento de solicitar el servicio del vehículo afiliado. El cliente autoriza a los colaboradores de SOLUCIONES TU XXXXXX, C.A. a verificar la información y tomar fotografías para dejar constancia del procedimiento realizado. El servicio procederá únicamente si SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. autoriza al Operador xx Xxxx. En caso que el cliente no permita que los colaboradores de SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. realicen el procedimiento de verificación, el servicio queda anulado.
45- CUADRAGÉSIMA QUINTA - Causa extraña no imputable: SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. se reserva el derecho de cancelar y/o posponer cualquier servicio de asistencia vial (grúa) en caso de: manifestaciones sociales, protestas, guerras, toque de queda, catástrofes naturales que afecten las vías y el paso de los vehículos y/o cualquier eventualidad que imposibilite la normal circulación de vehículos en la vía.
46- CUADRAGÉSIMA SEXTA - MALA FE: En caso que el cliente cometa actos fraudulentos para solicitar los servicios de asistencia vial y aprovecharse de la buena fe de la compañía, SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. procederá a la no prestación del servicio e inmediatamente a la cancelación del plan contratado. Además, se vetará al cliente contratante por una duración de un (1) año o de manera permanente (a discreción de SOLUCIONES TU GRUERO, C.A.) sin reembolsar el pago recibido por la contratación del presente plan.
47- CUADRAGÉSIMA SÉPTIMA - ACTOS FRAUDULENTOS: Se entiende por actos fraudulentos: indicar al Operador del Call Center un origen y/o destino diferente al real, indicar un vehículo con diferente placa, marca, modelo, color, indicar una avería diferente a la real, afiliar un vehículo ya accidentado, afiliar nuevamente un vehículo inscrito a cualquier plan durante su período de vigencia o cualquier información que el Operador considere falsa o fraudulenta. En vista de esto, se le recomienda al cliente suministrar una información veraz y detallada. SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. se reserva el derecho de solicitar soporte fotográfico para validar la información suministrada cuando las condiciones así lo permitan, también de cancelar la suscripción del cliente en cualquier momento de la vigencia del plan, si la compañía así lo considera pertinente. Asimismo, se reserva el derecho de negar la renovación del plan.
48- CUADRAGÉSIMA OCTAVA - ACTIVACIÓN DE TARJETA: El cliente entiende que, al adquirir nuestras tarjetas a través de nuestros distintos canales de ventas aliados, tiene un tiempo máximo de sesenta
(60) días continuos para la activación de la misma. Luego de haber transcurrido este tiempo y el cliente no haya realizado la activación de la tarjeta, esta quedará anulada de nuestro sistema por lo que SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. no realizará reintegro o devolución del dinero.
49- CUADRAGÉSIMA NOVENA – Políticas de Upgrade: En caso que el cliente decida ascender a un nuevo plan (upgrade), el mismo entiende que deberá esperar un tiempo de veinticuatro (24) horas continuas para utilizar nuevamente los servicios de SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. Para aplicar al (upgrade) deben cumplirse las siguientes condiciones: vehículos en pleno funcionamiento, que hayan solicitado máximo un (01) servicio xx xxxx antes de esta solicitud y tengan más de tres (03) meses de vigencia desde su afiliación a este contrato.
50- QUINCUAGÉSIMA - Riesgo de incumplimiento: SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. se reserva el derecho de afiliación o renovación de clientes cuando lo considere necesario por representar un riesgo potencial en el incumplimiento del presente contrato o en el incumplimiento de las políticas internas establecidas en la organización.
51- QUINCUAGÉSIMA PRIMERA - Modificación de estos términos y condiciones y disposiciones finales: SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. se reserva el derecho de modificar los Términos y Condiciones del servicio dentro de los límites fijados por las leyes de la República Bolivariana de Venezuela, cuando la empresa lo considere necesario para mejorar su servicio. Cualquier disposición declarada NO VÁLIDA de este acuerdo, no es óbice para la aplicación de las demás y, permanecerá vigente todo lo no declarado invalido por la autoridad competente. La nominación de las cláusulas en los títulos de cada una en nada afecta, interpreta o influye en el contenido de las mismas, es solo con fines ilustrativos y de organización del documento, las mismas siempre serán interpretadas a favor de los intereses de SOLUCIONES TU GRUERO, C.A.