Contract
1. ALCANCE, ORDEN DE PREFERENCIA Y PLAZO
1.1. Este Apéndice es parte de cualquier contrato marco o independiente (master or santandalone agreement) entre la Entidad Contratante y/o sus Afiliadas (colectivamente, “LLA”) y el Proveedor (el "Acuerdo"). El Proveedor entra en este Apéndice en nombre propio y en representación de sus Afiliadas. LLA y el Proveedor son individualmente una "parte" y, colectivamente, las "partes".
1.2. El presente Xxxxxxxx entrará en vigor en la fecha del Acuerdo, o la fecha en que LLA comienza a usar los Servicios, lo que ocurra primero.
1.3. En el caso de un conflicto entre este Apéndice y el Acuerdo, el Apéndice prevalecerá en la medida necesaria para resolver el conflicto.
2. DEFINICIONES
2.1. En este Apéndice, los siguientes términos tendrán los significados que aparecen a continuación:
“Acceso” significa (1) entrar a un lugar y (2) obtener, leer, copiar, editar, desviar, poner en circulación, afectar o alterar el estado o de alguna otra forma ver datos o sistemas encualquier forma, lo que incluye a través de sistemas informáticos (IT, por sus siglas en inglés), plataformas de computación en la nube, redes, sistemas de seguridad y equipo (equipo físico y programas de software). Para evitar cualquier duda, el término “Acceso”se interpretará de forma amplia para incluir en vez de excluir la conducta considerada.
“Entidad Contratante” significa la entidad de Liberty Latin America signataria del Acuerdo.
“Comunicaciones Nacionales (“CN”)” significa comunicaciones alámbricas o comunicaciones electrónicas (almacenadas o no almacenadas) relacionadas con un sistema de una Afiliada de PR/USVI desde un lugar dentro de los Estados Unidos, lo que incluye sus territorios, a otro lugar dentro de los Estados Unidos; o la parte en los EstadosUnidos de dicha comunicación alámbrica o comunicación electrónica (almacenada o no almacenada) que se origina o termina en los Estados Unidos o sus territorios.
“Infraestructura de las Comunicaciones Nacionales (“ICN”)” significa cualquier sistema de una Afiliada de PR/USVI que sirva de apoyo para cualquier comunicación que se origine o termine en los Estados Unidos (lo que incluye sus territorios), incluidos cualquier equipo de transmisión, conmutación, puente y enrutamiento y cualquier programa de software asociado (con la excepción de programas de software comerciales prefabricados [“COTS”,por sus siglas en inglés] utilizados para funciones comerciales comunes; por ejemplo, Microsoft Office) utilizado por o a nombre de una Afiliada de PR/USVI para ofrecer, procesar, dirigir, controlar, supervisar o administrar las CN, pero no incluye los sistemas de entidades con las cuales la Afiliada de PR/USVI tenga una relación contractual para el acceso a redes para interconexión, intercambio de tráfico (peering), servicio itinerante (roaming), larga distancia o acceso mayorista (wholesale) a la infraestructura de red.
“Proveedor de servicios de red administrados (“MNSP”, por sus siglas en inglés)” significacualquier tercero que tenga Acceso al Equipo Principal para los siguientes propósitos:
operación de la red; prestación de servicios de internet y telecomunicaciones; mantenimiento rutinario, correctivo y preventivo, lo que incluye conmutación, enrutamiento y pruebas; vigilancia de la red y el servicio; funcionamiento, optimización y generación de informes de la red; auditorías de la red; suministro, creación e implementación de modificaciones o mejoras; o
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(i) prestación de CN u operación de ICN, lo que incluye: atención al cliente; sistemasde soporte a las operaciones (“OSS”, por sus siglas en inglés); sistemas de soporte empresarial (“BSS”, por sus siglas en inglés); centros de operaciones de red (“NOC”, por sus siglas en inglés); informática; operaciones/servicios de la nube;
5G (SDN, NFV, Aplicaciones); y servicios y operaciones de centros de datos.
“Información de Identificación Personal (“PII”, por sus siglas en inglés)” significa cualquier información que identifique y se asocie exclusivamente a una persona natural en particular o que se pueda utilizar para distinguir o rastrear la identidad de una persona natural por sí sola (lo que incluye, por ejemplo, su nombre, número de seguro social o archivos biométricos) o en combinación con otra información personal o de identificaciónque está vinculada o que podría vincularse a un individuo en específico (lo que incluye, por ejemplo, su dirección física, número de teléfono celular, dirección de correo electrónico, fecha y lugar de nacimiento o apellidos de los padres).
“Equipo Principal” significa todo el equipo de telecomunicaciones y redes informáticas (lo que incluye equipo físico, programas de software, plataformas, sistemas operativos, aplicaciones y protocolos) que sirven de soporte para los servicios, las funciones o las operaciones de telecomunicaciones o informática de una Afiliada de PR/USVI.
“Afiliada de PR/USVI” significa una entidad de Liberty Latin America que tiene sistemas y/u ofrece servicios en Puerto Rico y/o las Islas Vírgenes de los Estados Unidos (USVI, por sussiglas en inglés).
“Información Sensitiva” tiene el significado asignado en el Contrato de Protección de Datos (“Data Protection Agreement”).
“Servicios" tiene el significado que se le da en el Acuerdo; de lo contrario, significa cualquier servicio que el Proveedor proporcione a LLA en virtud del Acuerdo
“Personal del Proveedor y los Subcontratistas” significa todos los empleados, agentes, consultores y contratistas del Proveedor y/o de cualquier Subcontratista.
“Archivos de los Estados Unidos” significa archivos de facturación a los clientes, información de suscriptores, PII, archivos de detalles de llamadas, información privada del cliente en la red (“CPNI”, por sus siglas en inglés) y cualquier otra información (por ejemplo, datos de geolocalización, Información Sensitiva o información que divulguePII) utilizados, procesados (“procesados” según utilizados en este párrafo tiene el significado asignado en el Contrato de Protección de Datos (“Data Protection Agreement”)) o conservados en el curso normal de los negocios en relación con servicios ofrecidos o prestados en los Estados Unidos o sus territorios por una Afiliada de PR/USVI.
3. ALCANCE DE APLICACIÓN
3.1. Este Apéndice será de aplicación si el Proveedor le ofrece cualquiera de los siguientesservicios a una Afiliada de PR/USVI:
(a) servicios de MNSP;
(b) NOC;
(c) servicios de mantenimiento de la red;
(d) servicios de facturación o atención al cliente;
(e) cualquier operación o servicio que potencialmente podría exponer las Comunicaciones Nacionales, la Infraestructura de las Comunicaciones Nacionales o los Archivos de los Estados Unidos a Acceso no autorizado; y
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(f) la implementación de cualquier elemento de la red, equipo físico, programa de software, equipo de la red central y capacidades de administración de la red.
4. NOTIFICACIÓN DE VIOLACIONES DE SEGURIDAD
4.1. El Proveedor reportará cualquier Incidente de Seguridad relacionado con Archivosde los Estados Unidos o cualquier pérdida de Archivos de los Estados Unidos (debido a un Incidente de Seguridad o a otra causa) por correo electrónico a dl- xxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx dentro de 48 horas tras detectarla.
5. PROCEDIMIENTOS PARA LA INVESTIGACIÓN DEL PERSONAL
5.1. El Proveedor garantiza que cuenta con procesos de verificación para el Personal existente y recién contratado del Proveedor y de los Subcontratistas que incluyen investigaciones de antecedentes (“background checks”), verificación de antecedentes penales u otros medios análogos para determinar la confiabilidad de una persona.
6. PERSONAS QUE NO SON CIUDADANOS ESTADOUNIDENSES
6.1. Si cualquier persona que no es ciudadano estadounidense tendrá Acceso a las CN, la ICN,el Equipo Principal o los Archivos de los Estados Unidos, el Proveedor deberá ofrecer la siguiente información al gobierno de los Estados Unidos en relación con cada una de las personas que no son ciudadanos estadounidenses y obtener la aprobación del gobierno de los Estados Unidos antes de brindarle acceso a dichas personas: nombre completo, ciudadanía, fecha y lugar de nacimiento, número de pasaporte y país emisor, dirección residencial y comercial y números de teléfono. La Afiliada de PR/USVI le brindará lasinstrucciones de transmisión al Proveedor.
6.2. El Proveedor deberá presentar la documentación de dicha aprobación para cada personaque no es ciudadano estadounidense a la cual desee ofrecer Acceso a archivos o sistemas pertinentes. SI NO SE OBTIENE LA APROBACIÓN, SE DENEGARÁ A DICHAS PERSONAS EL ACCESO A LOS ARCHIVOS Y SISTEMAS PERTINENTES. EL PROVEEDOR NO PODRÁ CONCEDER ACCESO A LAS CN, LA ICN, EL EQUIPO PRINCIPAL O LOS ARCHIVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS ANTES DE CONSEGUIR LA APROBACIÓN DEL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS.
6.3. La Sección 6.1 no aplica si el Acceso por personas que no son ciudadanos estadounidensesa la ICN o al Equipo Principal, incluyendo cualquier potencial acceso a las CN o Archivos de los Estados Unidos, es incidental, no recurrente y con el propósito de ofrecer soporteo apoyo técnico de equipo o software.
7. NOTIFICACIÓN DE UBICACIÓN DEL SERVIDOR PARA LOS ARCHIVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS
7.1. El Proveedor reportará por correo electrónico a xx-xxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx las ubicaciones de almacenamiento de los Archivos de los Estados Unidos así como cualquiercambio en dichas ubicaciones 45 días antes de llevar a cabo un cambio de este tipo. La Afiliada de PR/USVI hará todo lo posible por obtener la aprobación del gobierno de los Estados Unidos antes de la fecha del cambio. Si no se consigue la aprobación del gobierno,las partes discutirán de buena fe alternativas para la ubicación del almacenamiento. Si no llegaran a ningún acuerdo, se podrá cancelar el Contrato sin ninguna penalidad niobligación adicional ante el Proveedor.
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Versión – octubre 2022