MANUAL DE CONTRATACIÓN
MANUAL DE CONTRATACIÓN
CONCEJO MUNICIPAL DE TAME
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2019
MANUAL DE TERMINACION, RECIBO Y LIQUIDACION DE PROCESOS CONTRACTUALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE TAME
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1. OBJETIVO:
Documentar las actividades orientadas a dar por terminada, a través de un acta de liquidación bilateral o de una resolución de liquidación unilateral, la relación contractual entre las partes y determinar si éstas se encuentran x xxx y salvo o existen obligaciones pendientes entre ellas.
2. TERMINACIÓN:
La terminación se define como la situación jurídica de las partes del contrato en la que se establece su mutua liberación obligacional, bien porque hayan quedado cumplidas las obligaciones en forma satisfactoria, o bien porque hayan quedado obligaciones pendientes, pero que a partir de ese momento ninguna de ellas está con el deber de cumplir ninguna prestación original relativa al objeto del contrato frente a la otra.
3. RECIBO:
El acta de recibo final es concebida como un medio de verificación de la ejecución del objeto contractual, para determinar si el mismo se efectuó cabalmente y de acuerdo con las especificaciones pactadas en el contrato, lo que significa que dicha acta constituye un elemento anterior y útil para la liquidación de los contratos, puesto que a través de ella se constata cualitativa y cuantitativamente el cumplimiento de las prestaciones a cargo del contratista como paso previo para efectuar el respectivo xxxxx xx xxxxxxx que implica la liquidación del contrato.
4. LIQUIDACIÓN:
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La liquidación del contrato estatal es el procedimiento a través del cual las partes contratantes, efectúan su pronunciamiento sobre la ejecución de las obligaciones y prestaciones contractuales, así como también sobre las controversias que se hayan presentado durante su desarrollo.
Es un acto que aclara y define todo lo relativo a la relación contractual que existió entre las partes del negocio jurídico.
Liquidar significa hacer el ajuste formal de una cuenta; saldar, pagar enteramente una cuenta; se produce con el objeto de que las partes contratantes establezcan, con fundamento en el desarrollo del contrato, las acreencias pendientes a favor o en contra de cada uno.
El objetivo de la liquidación es determinar si las partes pueden declararse x xxx y salvo mutuo o si existen obligaciones por cumplir y la forma en que deben ser cumplidas. Por esta razón, la liquidación sólo procede con posterioridad a la terminación de la ejecución del contrato.
5. PROCEDENCIA:
De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, modificatorio de los artículos 60 y 61 de la Ley 80 de 1993, los contratos de tracto sucesivo deben liquidarse y aquellos que lo requieran. Para tales efectos, se entiende por contratos de tracto sucesivo, aquellos cuya ejecución se prolonga en el tiempo, y se realiza de manera periódica.
En consecuencia, no requieren de liquidación los contratos de ejecución instantánea tales como los de compraventa. La liquidación procede a la terminación normal o anormal del contrato o convenio, es decir cuando éste termina por el vencimiento del plazo de ejecución del contrato o convenio, o cuando se da por terminado anticipadamente.
El pliego de condiciones puede definir el plazo para efectuar la liquidación del contrato de mutuo acuerdo, para lo cual la Entidad Estatal debe definir ese plazo teniendo en consideración la complejidad del objeto del contrato, su naturaleza y su cuantía.
6. FORMAS DE LIQUIDACIÓN Y OPORTUNIDAD:
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La liquidación de contratos se hará de mutuo acuerdo, dentro del término fijado en los pliegos de condiciones o en el contrato. De no existir dicho término, se realizará dentro de los cuatro meses siguientes a la expiración del término previsto para la ejecución de contrato o la expedición del acto administrativo que ordene la terminación o la fecha del acuerdo que la disponga. En todo caso, se dará aplicación al artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, puede ser:
6.1 BILATERAL
Por mutuo acuerdo de las partes, en el plazo estipulado por las partes en el contrato; de no haberse pactado, será dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la terminación contados desde:
1. El vencimiento del plazo previsto para la ejecución del contrato
2. la expedición del acto administrativo que ordene la terminación del contrato O
3. la fecha del acuerdo que disponga la terminación del contrato
Aunque el contratista puede solicitar que se adelante el trámite, es responsabilidad del Concejo Municipal de Tame convocarlo para adelantar la liquidación de común acuerdo o notificarlo para que se presente a la liquidación, de manera que el contrato pueda ser liquidado en el plazo previsto en el pliego de condiciones, el acordado por las partes, o los cuatro meses señalados en la Ley según corresponda.
6.2 UNILATERAL
En los casos en que el contratista no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga el Concejo Municipal, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre su contenido, la entidad tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 164 del C de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -CPACA. Por declaración c, en ejercicio del poder excepcional, dentro de los dos (2) meses siguientes al vencimiento del plazo para liquidar bilateralmente.
a) Vencidos los dos (2) meses antes citados, se podrá liquidar unilateral o bilateralmente dentro de los dos años siguientes.
Este término corresponde a la posibilidad de interponer las acciones judiciales contra el contrato. Esa liquidación puede darse de común acuerdo o de manera unilateral por el Concejo Municipal.
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6.3 JUDICIAL
Dentro de los treinta (30) meses siguientes a la terminación del contrato.
7. DEBIDO PROCESO:
El Concejo Municipal de Tame deberá respetar en todos sus trámites y decisiones contractuales, el debido proceso de qué trata el artículo 29 de la Constitución Pública, el cual aplica a todas las actuaciones administrativas, incluyendo las derivadas de la contratación.
En consecuencia, el Concejo, deberá una vez proyectada el acta de liquidación, buscar por todos los medios que sean necesarios, la firma del acta de liquidación por parte del contratista, en este sentido, previamente a la decisión de liquidar unilateralmente el contrato, deberá intentar la liquidación de mutuo acuerdo, con la correspondiente advertencia al contratista de que, si no suscribe el acta, se procederá a liquidar unilateral.
Así mismo, tal como lo ha reiterado el Honorable Consejo de Estado, se deberá permitir al contratista, en caso de que no esté de acuerdo con el contenido del acta, dejar en un acápite correspondiente sus constancias y salvedades respectivas, con el fin de que con posterioridad a la liquidación, puede acudir a la Jurisdicción Contencioso Administrativa, si lo considera necesario. Una vez agotado el debido proceso, se podrá proceder a la liquidación unilateral del contrato.
8. PROCESO DE LIQUIDACIÓN BILATERAL O DE MUTUO ACUERDO
Elaborar el proyecto de acta de liquidación bilateral o de mutuo acuerdo y revisar sus anexos.
El interventor y/o supervisor del objeto de liquidación, proyectará el acta de liquidación bilateral o de mutuo acuerdo en la cual se realice una descripción detallada de la ejecución del contrato, teniendo especial cuidado en referenciar el nivel de cumplimiento del objeto y las obligaciones contractuales desde el punto de vista técnico y presupuestal, con el objetivo de determinar si existen saldos a favor del contratista o del Concejo Municipal de Tame. Igualmente deberá
contener la información general tal como objeto, plazo, valor, forma de pago, adiciones, prórrogas, modificaciones, suspensiones si a ello hubo lugar. Y con el borrador del acta de liquidación adjuntar todos los anexos. Modelo Acta de liquidación de mutuo acuerdo, Modelo Acta de liquidación anticipada de mutuo acuerdo. Anexo.
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El acta debe ir debidamente firmada por el supervisor o interventor y el contratista.
1. Remitir el acta de liquidación y sus anexos a la oficina administrativa del Concejo Municipal.
2. El interventor y/o supervisor del contrato o convenio objeto de liquidación deberá remitir el acta de liquidación y sus anexos a la presidencia del Concejo Municipal, para la revisión respectiva y las observaciones y correcciones que se consideren pertinentes.
3. El presidente de la corporación revisará el acta de liquidación y sus anexos y hará observaciones de ser necesario o dará aprobación al acta de liquidación con su firma.
4. El presidente remitirá a la secretaría general el acta de liquidación y sus anexos como ordenador de gasto la haya firmado.
5. La secretaría general designada como supervisora verifica y firma la suscripción del acta de liquidación con sus anexos y remite el expediente a la secretaria de hacienda municipal para tramitar el pago.
6. La secretaria de hacienda recibe el acta de liquidación con sus anexos, hace la b verificación de acuerdo a su competencia (pagos al sistema de seguridad social, aportes parafiscales, pagos del contrato, facturas, cuenta de cobro, certificaciones bancarias, entre otros). Elaboran la orden de pago y remite al Concejo Municipal el acta de liquidación y sus anexos para la firma del ordenador del gasto.
7. Una vez el ordenador del gasto firme la orden de pago, en este caso el presidente de la Corporación, remite el acta de liquidación y sus anexos a la secretaria de Hacienda.
8. La secretaria de hacienda recibe el acta de liquidación y sus anexos con la orden de pago firmada por el presidente y procede a efectuar el respectivo pago.
9. Dentro de los dos (2) días siguientes al pago del acta de liquidación la secretaria de hacienda deberá remitir el contrato a la oficina administrativa del Concejo Municipal.
10. En la oficina administrativa del Concejo Municipal reposara el original del contrato, de acuerdo a lo establecido en las tablas de retención documental.
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PROCESO DE TERMINACION, RECIBO Y LIQUIDACION DE CONTRATOS CONCEJO MUNICIPAL DE TAME | ||
LIQUIDACION | ACTIVIDADES | RESPONSABLES |
BILATERAL O DE MUTUO ACUERDO | 1. Elaborar el acta de liquidación bilateral o de mutuo acuerdo y revisar sus anexos. | Supervisor /interventor |
2. Remitir el acta de liquidación y sus anexos a la Presidencia de la Corporación. | Supervisor /interventor | |
3. El presidente del Concejo Municipal revisará el acta de liquidación y sus anexos y hará observaciones de ser necesario o dará aprobación al acta de liquidación con su firma. | Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx | |
0. firmar el acta de liquidación con sus anexos como el ordenador del gasto. | Presidente Concejo Municipal | |
5. El presidente remitirá a la secretaría general el acta de liquidación y sus anexos y como el ordenador de gasto la haya firmado. | Ordenador del Gasto Presidente Concejo Municipal | |
6. la secretaría general como supervisora designada del contrato verifica y firma la suscripción del acta de liquidación con sus anexos y remite el contrato a la secretaria de hacienda municipal para tramitar el pago. | secretaría general supervisora | |
7. La secretaria de hacienda recibe el acta de liquidación con sus anexos, hace la verificación de acuerdo a su competencia, elabora la orden de pago y remite al Concejo el acta de liquidación y sus anexos para la firma de la orden de pago. | Secretaria de Hacienda | |
8. Una vez el presidente como ordenador del gasto firme la orden de pago, remite el acta de liquidación y sus anexos a la secretaria de hacienda. | Ordenador del Gasto presidente |
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9. La secretaria de hacienda recibe el acta de liquidación y sus anexos con la orden de pago firmada por el presidente y procede a efectuar el respectivo pago. | Secretaria de Hacienda | |
10. Dentro de los dos (2) días siguientes al pago del acta de liquidación la secretaria de hacienda deberá remitir el contrato a la oficina del Concejo Municipal. | Secretaria de Hacienda | |
11. En la oficina administrativa del Concejo Municipal reposara el original del contrato, de acuerdo a lo establecido en las tablas de retención documental. | Xxxxxxx Xxxxxxxxx |
0. PROCESO LIQUIDACIÓN UNILATERAL
1. Remitir al contratista el acta de liquidación por mutuo acuerdo:
El interventor o supervisor del contrato objeto de liquidación, remitirá por medio escrito el proyecto de acta de liquidación de mutuo acuerdo, para la revisión y/o formulación de observaciones y/o firma del contratista, estableciendo un plazo perentorio para su respuesta. Del envío del proyecto de acta y del recibo de la respuesta del contratista, deberá dejar constancia escrita (Fax, correo electrónico o radicación física).
2. Solicitar liquidación unilateral Si, agotado el plazo estipulado en la comunicación, el contratista no se presentó para la suscripción del acta de liquidación bilateral o de mutuo acuerdo del contrato, habiendo sido requerido en reiteradas oportunidades mediante la utilización de cualquier medio escrito o se presentó pero se encuentra en desacuerdo con el proyecto de acta remitido y no accede a firmarla, el interventor o supervisor solicitará por escrito al ordenador del gasto, la liquidación unilateral, anexando todos los soportes escritos que permitan identificar que el contratista fue informado por el Concejo Municipal del contenido del acta y del plazo previsto para su suscripción.
Adicionalmente, el interventor o supervisor, en los casos que se requiera por parte del Ordenador del Gasto, deberá anexar un informe final de interventoría o supervisión sobre la ejecución del contrato. El Concejo Municipal deberá adelantar la liquidación unilateral,
liquidación por mutuo acuerdo.
3. Elaborar proyecto de resolución de liquidación unilateral.
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El interventor o supervisor del contrato objeto de liquidación, proyectara la resolución de liquidación unilateral para firma del ordenador del gasto.
Dicha resolución deberá contener, por lo menos:
a. Datos generales del contrato: objeto, plazo, valor, forma de pago, adiciones, prórrogas, modificaciones, suspensiones y garantías si a ello hubo lugar.
b. Consideraciones generales sobre las razones que conllevan a la liquidación unilateral.
c. Descripción detallada de la ejecución del contrato.
d. Porcentaje o grado de cumplimiento del objeto y de las obligaciones contractuales desde el punto de vista técnico y presupuestal.
e. Identificación de saldos a favor del contratista o del Concejo Municipal, si los hubiere.
f. En el proyecto de resolución deberá quedar estipulado que el contratista cuenta con cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la notificación para interponer recurso de reposición. Ver modelo de resolución de terminación y liquidación unilateral
4. Aprobación de la resolución
La secretaría general del Concejo Municipal, deberá verificar el contenido de la resolución, aprobarla, remitirla para firma del ordenador del gasto.
5. firma por parte del ordenador del gasto.
6. Notificar al contratista de la resolución de liquidación unilateral:
La secretaría general del Concejo Municipal notificara al contratista por escrito y en los términos legales, sobre la expedición del acto administrativo.
Una copia de los soportes de envío de la notificación y del recibo del contratista deberá reposar en el expediente contractual.
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interventor y/o supervisor del contrato, revisará el recurso de reposición y elaborará el proyecto de resolución que resuelve el recurso de reposición. El Concejo Municipal contará con un término máximo de dos (2) meses para dar respuesta a dicho recurso.
8. Aprobar la resolución, firmarla el ordenador del gasto y, posteriormente, fijar la fecha en que se perfecciona el documento.
9. Notificar al contratista de la resolución firmada por parte del ordenador del gasto que resuelve el recurso de reposición, la secretaría general remitirá copia de la Resolución por la cual se resuelve el recurso de reposición, al contratista por escrito y en los términos legales, sobre la expedición del acto administrativo.
Una copia de los soportes de envío de la notificación y del recibo del contratista deberá reposar en el expediente contractual.
Resuelto el recurso de reposición se agota la vía gubernativa, no procede recurso alguno y deberá darse estricto cumplimiento a lo ordenado en el acto administrativo.
10. archivar original en la oficina administrativa del Concejo Municipal.
PROCESO DE TERMINACION, RECIBO Y LIQUIDACION DE CONTRATOS CONCEJO MUNICIPAL DE TAME | ||
LIQUIDACION | ACTIVIDADES | RESPONSABLES |
UNILATERAL | 1. Agotado el plazo estipulado en la comunicación, el contratista no se presentó para la suscripción del acta de liquidación bilateral o de mutuo acuerdo del contrato, dejando constancia del debido proceso el supervisor o interventor procederá al inicio del trámite de liquidación unilateral | Supervisor /interventor |
2. solicitar por escrito al ordenador del gasto, la liquidación unilateral, anexando todos los soportes escritos que permitan identificar que el contratista fue informado por el Concejo Municipal del contenido del acta y del plazo previsto para su suscripción. | Supervisor /interventor |
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3. Elaborar proyecto de resolución de liquidación unilateral. | Secretaria general Supervisor /interventor | |
4. Aprobación de la resolución de liquidación unilateral | presidente | |
5. firma de la resolución de liquidación unilateral por parte del ordenador del gasto. | Ordenador del Gasto | |
6.Notificar al contratista de la resolución de liquidación unilateral | Supervisor /interventor Secretaria general | |
7. Elaborar y aprobar proyecto de resolución que resuelve el recurso de reposición | Supervisor /interventor Secretaria general | |
8. firma de la resolución que resuelve el recurso interpuesto a la liquidación unilateral | Ordenador del Gasto | |
9.Notificar al contratista de la resolución firma por parte del ordenador del gasto que resuelve el recurso de reposición | Supervisor /interventor Secretaria general | |
10. archivar el original de la Resolución en el expediente contractual respectivo. | Archivo concejo municipal |
10. LIQUIDACIÓN JUDICIAL
El contratista puede solicitar la liquidación judicial del contrato a través de la Acción de controversias contractuales cuando la liquidación del contrato no se haya logrado de mutuo acuerdo y la Entidad Estatal no lo haya liquidado unilateralmente dentro de los dos
(2) meses siguientes al vencimiento del plazo convenido para liquidar de mutuo acuerdo o, en su defecto, del término establecido por la ley.
En ese orden de ideas, corresponde al juez llevarla a cabo siempre y cuando
1. no se haya producido una liquidación previa bilateral o unilateral o;
2. respecto de puntos no liquidados
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El Decreto 1082 de 2015 dispone que, vencidos los términos de las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento, o las condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes, la Entidad Estatal debe dejar constancia del cierre del expediente del Proceso de Contratación.
12 SALVEDADES
El artículo 11 de la Ley 1150 de 2007 permite a los contratistas efectuar salvedades a la liquidación por mutuo acuerdo y en este evento la liquidación unilateral solo procederá en relación con los aspectos que no hayan sido objeto de acuerdo.
En esas condiciones, el efecto que produce la inclusión de salvedades en el acta de liquidación bilateral consiste en restringir los asuntos respecto de los cuales tanto el contratista como la Entidad Estatal pueden reclamar posteriormente por vía judicial.
La inclusión de salvedades en el acta de liquidación no implica el reconocimiento por parte de la Entidad Estatal de los derechos o las situaciones a las que se refieren tales salvedades, sino que ellas reflejan los asuntos respecto de los cuales las partes no llegaron a un acuerdo, situación que debe dejar clara el Concejo Municipal de Tame en el acta cuando el contratista efectúe salvedades.
13 EFECTOS DE LIQUIDACIÓN
El acto de liquidación del contrato presta mérito para su cobro coactivo y constituye un título ejecutivo siempre que en ella conste una obligación clara, expresa y exigible según lo disponen el numeral 3 del artículo 99 y el numeral 3 del artículo 297 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. De acuerdo con lo anterior, el cobro de los saldos que consten en el acto de liquidación a favor del Concejo Municipal o del contratista deben realizarse mediante un proceso ejecutivo ante la jurisdicción contencioso administrativa.
El acta de liquidación de mutuo acuerdo y que no contiene salvedades es una expresión de las partes de que el contrato ha sido terminado y que se ha dado cabal cumplimiento de las obligaciones que se encontraban estipuladas.
Una vez liquidado el contrato sin salvedades, las partes no pueden alegar los mismos hechos en los que constan los acuerdos del acta de liquidación.
El acto de liquidación de común acuerdo constituye un negocio jurídico contentivo de la voluntad de las partes que goza de la presunción de legalidad y es vinculante para ellas, por tanto sólo puede ser invalidado por algún vicio del consentimiento –error, fuerza o dolo-.
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La liquidación de los contratos, en especial cuando se trata de la liquidación bilateral, es una instancia de solución de controversias entre las partes cuando no hay salvedades porque elimina la posibilidad de demandas posteriores y cuando las hay, porque reduce el ámbito de controversias judiciales a las mismas, excluyendo el debate relacionado con los acuerdos contenidos en el acta.
14 ANEXOS
ACTA DE RECIBO A SATISFACCIÓN
ACTA DE LIQUIDACION BILATERAL
ACTA DE LIQUIDACION UNILATERAL
REQUISITOS PARA LA LIQUIDACIÓN DE CONTRATOS EN SUS DIFERENTES MODALIDADES DE SELECCIÓN.
CONTRATO O CONVENIO. No. XX DE 2019
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TIPO DE CONTRATO: | |
OBJETO: | |
CONTRATANTE | |
CONTRATISTA | |
FIRMA CONTRATO | día/mes/año |
VALOR TOTAL DEL CONTRATO | Digitar el valor en número y letras del contrato |
PLAZO CONTRATO | |
FECHA DE INICIO: | día/mes/año |
FECHA DE TERMINACIÓN PACTADA: | día/mes/año |
FECHA DE SUSPENSION No. 1 | día/mes/año |
PLAZO DE SUSPENSION No. 1 | Días/meses |
FECHA DE REINICIO No. 1 | |
NUEVA FECHA DE TERMINACION | día/mes/año |
VALOR TOTAL EJECUTADO | día/mes/año |
FECHA DE TERMINACION | día/mes/año |
En el Concejo Municipal de Tame, a los XXXX días del mes de XXXX de 2019, se reunieron las siguientes Personas el (nombre completo de supervisor y o interventor), (digitar el nombre del cargo completo del supervisor) supervisor o interventor del contrato y (nombre competo del representante legal o persona natural), con el objeto de realizar de común acuerdo Acta de Recibo a Satisfacción del contrato, conforme a las siguientes consideraciones:
Supervisor/Interventor del contrato (Nombre completo, Cargo), que el Contratista cumplió con esta obligación a entera satisfacción.
ITEM | DESCRIPCIÓN | VALOR UNITARIO | IVA | VALOR TOTAL |
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De acuerdo con las funciones legales asignadas y las actividades contractuales asignadas, el supervisor, vigiló la correcta ejecución del objeto del contrato, previa verificación de la información contractual, en cuanto al cumplimiento de las obligaciones a cargo de las partes.
El contratista se compromete a actualizar las garantías en los términos establecidos en la minuta del contrato con vigencia a partir de la fecha.
En mérito a lo expuesto, firman quienes en ella intervinieron,
Nombre completo Nombre completo
Supervisor Contratista
ACTA DE LIQUIDACIÓN
CONTRATO O CONVENIO. No. XX DE 2019
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TIPO DE CONTRATO: | |
OBJETO: | |
CONTRATANTE | |
CONTRATISTA | |
FIRMA CONTRATO | día/mes/año |
VALOR TOTAL DEL CONTRATO | Digitar el valor en número y letras del contrato |
PLAZO CONTRATO | |
FECHA DE INICIO: | día/mes/año |
FECHA DE TERMINACIÓN PACTADA: | día/mes/año |
FECHA DE SUSPENSION No. 1 | día/mes/año |
PLAZO DE SUSPENSION No. 1 | Días/meses |
FECHA DE REINICIO No. 1 | |
NUEVA FECHA DE TERMINACION | día/mes/año |
VALOR ADICIONALES | |
VALOR TOTAL CONTRATADO | |
VALOR TOTAL EJECUTADO | día/mes/año |
FECHA DE TERMINACION | día/mes/año |
En el Concejo Municipal de Tame, a los XXX días del XXX de 2019, se reunieron las siguientes Personas el (nombre completo de supervisor y o interventor ), (digitar el nombre del cargo completo del supervisor) supervisor o interventor del contrato y (nombre competo del representante legal o persona natural), contratista y el Concejal XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXX, Presidente Concejo Municipal, de conformidad con lo consagrado en los artículos 60 de la ley 80 de 1993 y 11 de la ley 1150 de 2007 y la cláusula xxx del contrato No, xx de 2019, los intervinientes proceden a liquidar de común acuerdo el contrato en mención así:
I. DESARROLLO DEL CONTRATO
1. El Concejo Municipal de Tame y (Digitar nombre completo de la empresa contratista), suscribieron el Día/Mes/Año el contrato (prestación de servicios, obra, suministro, consultoría, convenio) No. XX de 20XX.
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2. Que se designó como supervisor del contrato a nombre y cargo, a quien se le comunico la designación en fecha.
3. El Día/Mes/Año, se suscribió acta de inicio del contrato: (prestación de servicios, obra, suministro, consultoría, convenio) No. XX de 20XX debidamente firmada por el Contratista, Interventor/Supervisor del contrato y ordenador de gasto.
4. Las partes suscribieron el ADICIONAL, OTRO SI Y/O PROROGA N° X al contrato (DC, orden de compra, orden de suministro, orden de consultoría) No. XX de 20XX., de fecha Día/Mes/Año, con el objeto de modificar el alcance del contrato, por solicitud de la Supervisión/Interventoría mediante comunicación de fecha Día/Mes/Año, para la modificación de las obligaciones especiales del contratista, por considerar que (MOTIVOS EXPUESTOS) conforme a las consideraciones sustentadas en la solicitud.
II. GARANTIAS
Acorde con la Cláusula del Contrato (prestación de servicios, obra, suministro, consultoría, convenio) No. XX de 20XX, el contratista constituyó las respectivas garantías del contrato.
POLIZAS DE CUMPLIMIENTO | ||||
Aseguradora | No. De Póliza | Descripción de la póliza | Vigencia | |
desde | hasta | |||
Amparo de buen manejo y correcta inversión del anticipo | ||||
Amparo de cumplimiento del contrato | ||||
Estabilidad y calidad de la obra | ||||
Salarios y prestaciones sociales | ||||
POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL | ||||
Aseguradora | No. De Póliza | Descripción de la póliza | ||
Responsabilidad civil extracontractual | desde | hasta |
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Garantías que fueron debidamente aprobadas por la entidad.
III. ASPECTOS FINANCIEROS
Que dado lo anterior se relaciona el resumen de pagos y resumen financiero del contrato (prestación de servicios, obra, suministro, consultoría, convenio) No. XX de 20XX. Balance financiero del contrato
DESCRIPCIÓN | VALOR CONTRATADO | VALORES GIRADOS |
VALOR INICIAL DEL CONTRATO | ||
VALOR DEL ANTICIPO | ||
VALOR ACTAS PARCIALES | ||
VALOR ACTA DE RECIBO FINAL | ||
SALDO A FAVOR DEL CONTRATISTA | ||
SALDO A FAVOR DE LA ENTIDAD | ||
SUMAS | $ | $ |
IV. CONSTANCIAS
1. En consideración al cumplimiento del contratista de sus obligaciones con los sistemas de seguridad social, en salud y pensiones, riesgos profesionales, así como los aportes a cajas de compensación familiar, SENA e ICBF durante la vigencia del contrato se constató por parte del Supervisor/Interventor del contrato (Nombre completo, Cargo), que el Contratista cumplió con esta obligación a entera satisfacción.
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2. De acuerdo con las funciones legales asignadas por el Concejo Municipal las actividades contractuales asignadas, el supervisor, realizó la correcta ejecución del objeto del contrato y preparó el proyecto de liquidación, previa verificación de la información contractual, en cuanto al cumplimiento de las obligaciones a cargo de las partes, desarrollo técnico, ejecución de actividades, conforme al procedimiento definido en el Manual de recibo, terminación y liquidación de contratos del Concejo Municipal de Tame. 3. El recibo y liquidación de la (obra o bienes o servicios) no exime al contratista de sus responsabilidades y obligaciones a que hace referencia el contrato y las normas legales vigentes.
3. Que en cumplimiento a lo previsto en la presente acta las partes contratantes dan por terminado el contrato (prestación de servicios, obra, suministro, consultoría, convenio) No. XX de 20XX, que una vez el Concejo Municipal efectué el ultimo desembolso correspondiente al pago final, se declaren x xxx y salvo por todo concepto derivado de la ejecución del contrato.
En mérito a lo expuesto, firman quienes en ella intervinieron,
Nombre completo Nombre completo
Supervisor Contratista
Nombre completo Ordenador del Gasto
RESOLUCIÓN No xxx DE XXX DE XXX
"POR LA CUAL LIQUIDA UNILATERALMENTE EL CONTRATO (prestación de servicios, obra, suministro, consultoría, convenio) No. XXX DE 201X"
EL PRESDIENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE TAME
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, en uso de sus facultades legales, reglamentarias y
CONSIDERANDO:
Que el Concejo Municipal de Tame suscribió el Contrato (prestación de servicios, obra, suministro, consultoría, convenio) No. XXX DE 201X, adjudicándolo mediante el procedimiento de (selección abreviada, concurso de meritos, contratación directa, licitación pública) No. XXX DE 201X,, cuyo objeto fue la " DESCRIBIR EL OBJETO" por un valor total de VALOR DEL LETRAS ($EN NUMEROS), con la empresa DIGITAR EL NOMBRE DE LA PERSONA
NATURAL O JURIDICA, NIT (digitar el número del nit ) representada legalmente por (digitar el nombre completo del contratista), identificada con CC (digitar el número de cedula).
Que el plazo de ejecución pactado por las partes en la cláusula xxx del Contrato (prestación de servicios, obra, suministro, consultoría, convenio) No. XXX DE 201X, fue por xxx (xx) meses, contados a partir de la suscripción del acta de inicio, la cual fue suscrita el día (digitar la fecha) dia mes año
Que para efectos de legalización del Contrato de obra (prestación de servicios, obra, suministro, consultoría, convenio) No. XXX DE 201X, y de acuerdo a la cláusula xxxx el contratista DIGITAR EL NOMBRE DE LA PERSONA NATURAL O JURIDICA, NIT (digitar el
número del nit ) representada legalmente por (digitar el nombre completo del contratista), identificada con CC (digitar el número de cedula), constituyo a cargo del contratista la póliza de seguro de cumplimiento de entidades estatales No. Xxxxxxxxxxxx de la Aseguradora xxxxxxxxxxxxxx N.I.T. xxxxxxxxxxxxxx, y se constituyeron los amparos de Cumplimiento, pago de salarios, prestaciones sociales, estabilidad de obra y buen manejo del anticipo a favor del Concejo Municipal de Tame, la cual fue aprobada el día xx de xxx por parte de la presidencia del Concejo Municipal.
Que mediante Comunicación de fecha (digitar fecha dia mes años), xxxx quien ejercio la supervisión del contrato, requirió al contratista NOMBRE DE LA PERSONA NATURAL O JURIDICA, con el fin de llevar a cabo la liquidación bilateral en las instalaciones del Concejo Municipal a la (hora y fecha)
Que la comunicación fue debidamente entregada en la dirección xxxxx en la fecha y recibida personalmente por el contratista NOMBRE DE LA PERSONA NATURAL O JURIDICA.
Ante la inasistencia del contratista a la liquidación bilateral se reiteró la comunicación en la cual se citó a la liquidación bilateral del contrato No. Xx de fecha xxxx.
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Previos los requerimientos antes referidos el contratista no se hizo presente a la liquidación bilateral del contrato.
Teniendo en cuenta que el contratista no se hizo presente a la liquidación bilateral y de conformidad con lo antes expuesto, previo procedimiento señalado en el manual de liquidación de contratos del Concejo Municipal.
En mérito de lo anterior
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO: Liquidar unilateralmente el contrato (prestación de servicios, obra, suministro, consultoría, convenio) No. XXX DE 201X, suscrito con el contratista DIGITAR EL NOMBRE DE LA PERSONA NATURAL O JURIDICA, NIT (digitar el número del nit ) representada legalmente por (digitar el nombre completo del contratista), identificada con CC (digitar el número de cedula).
1. DESCRIPCION GENERAL OBJETO:
FECHA DE INCIIACION:
FECHA DE TERMINACION:
2. INFORMACION PRESUPUESTAL Cuadro
3. VALOR
4. VALOR FINANCIERO
5. ACTA PARCIALES DE PAGO
6. ANTICIPO. APLICA/NO APLICA
7. PLAZOS Y SUSPENSIONES
8. MODIFICACIONES Y CLARACIONES CONTRATCUALES APLICA/NO APLICA
9. ESTADO JURIDICO APLICA/NO APLICA MULTAS
CADUCIDAD
10. VERIFICACION ALOS SISTEMAS SE SEGURIDAD SOCIAL.
11. GARANTIAS
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ARTICULO SEGUNDO: En firme el presente acto administrativo quedan extinguidas todas las obligaciones surgidas entre el Concejo Municipal de Tame y el contratista DIGITAR EL NOMBRE DE LA PERSONA NATURAL O JURIDICA, NIT (digitar el número del nit ) representada legalmente por (digitar el nombre completo del contratista), identificada con CC (digitar el número de cedula). Cuyo objeto fue xxxxxxxxxxxxxxx por valor de digitar letra y numero.
ARTICULO TERCERO: Esta resolución deberá ser notificada al contratista en los términos que establece la ley 1437 de 2011 código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo.
CUARTO: Contra la presente resolución procede el recursos de reposición ante xxx de conformidad con lo establecido en la ley 1437 de 2011 código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo. Dado en Tame a los xxx
NOTIFIQUESE Y CUMPLASE
Presidente
REQUISITOS PARA LA LIQUIDACIÓN DE CONTRATOS EN SUS DIFERENTES MODALIDADES DE SELECCIÓN
De acuerdo a lo establecido en el manual de recibo liquidación y terminación de contratos adoptado por el Concejo Municipal de Tame mediante Resolución N° 061 del 11 de noviembre de 2014, los siguientes son los documentos y requisitos para las la liquidación de los contratos de acuerdo a la modalidad de selección:
REQUISITOS PARA LA LIQUIDACIÓN DE UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
a) Informe del contratista describiendo cada uno de los ítems de las actividades desarrolladas. Impreso.
b) Soportes fotográficos o evidencia física.
c) Soporte de pago de seguridad social
d) Cuenta de cobro o factura
e) Certificación de cuenta bancaria
f) Informe del supervisor
g) Acta de recibo final
h) Acta de liquidación
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REQUISITOS PARA LA LIQUIDACIÓN DE UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO LOGÍSTICO A EVENTOS CULTURALES O SOCIALES
a) Informe del contratista describiendo cada uno de los ítems de las actividades desarrolladas. Impreso.
b) Soportes fotográficos o evidencia física, (planillas, certificaciones en original).
c) Soporte de pago de seguridad social
d) Certificación del supervisor del cumplimiento del objeto contratado
e) Xxx y salvo
f) Cuenta de cobro o factura
g) Autorización de facturación.
h) Certificación de cuenta bancaria
i) Planilla de enfoque diferencial cuando aplique
j) Informe del supervisor
k) Acta de recibo final
l) Acta de liquidación
REQUISITOS PARA LA LIQUIDACIÓN DE UN CONTRATO DE COMPRAVENTA Y SUMINISTRO
a) Informe del contratista describiendo cada uno de los ítems de las actividades desarrolladas, impreso.
b) Soportes fotográficos o evidencia física.
c) Entradas a almacén
d) Soporte de pago de seguridad social
e) Paz y salvo municipal
f) Cuenta de cobro o factura detallando cada producto entregado
g) Certificación de cuenta bancaria
h) Informe del supervisor
i) Acta de recibo final
j) Acta de liquidación
REQUISITOS PARA LA LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE INTERVENTORIA
a) Informe del contratista describiendo cada uno de los ítems de las actividades desarrolladas.
b) Soportes fotográficos o evidencia física, (planillas, certificaciones en original).
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c) Bitácora de obra.
d) Acta de socialización del proyecto a desarrollar.
e) acta de veeduría de inicio de obra
f) acta de veeduría recibido parcial
g) soporte de pago de seguridad social del representante legal
h) Xxxxxxx de personal que laboro durante el periodo de ejecución
i) paz y salvo de aportes parafiscales (SENA, COMFIAR, ICBF, FIC)
j) Soporte de pago de seguridad social
k) Xxx y salvo
l) Cuenta de cobro o factura detallando cada producto entregado
m) Certificación de cuenta bancaria
n) Actualización de pólizas
o) planos record y carteras topográficas
p) aprobación de actualización de pólizas
q) Informe del supervisor
r) Planilla de enfoque diferencial cuando aplique
s) informe de interventoría
t) Acta de recibo final
u) Acta de liquidación
REQUISITOS PARA LA LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE OBRA
a) bitácora de obra
b) registro fotográfico impreso, registro y medio digital (CD)
c) contrato de arriendo de la oficina
d) contrato de alquiler de vehículo
e) soporte de egreso de alquiler de oficina
f) soporte de egreso de alquiler del vehículo
g) nóminas de personal que laboro durante el periodo de ejecución
h) soporte de pago de seguridad social del representante lega
i) soporte de pago de seguridad social del ingeniero residente/ director/ topógrafo
j) soporte de pago de seguridad social del personal que laboro
k) xxx y salvo del personal que laboro
l) paz y salvo de aportes parafiscales (SENA, COMFIAR, ICBF, FIC)
m) socialización
n) veeduría inicio de obra Y veeduría recibo parcial
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o) informe ejecutivo del contratista donde se evidencia las cantidades ejecutadas y de manera descriptiva los logros alcanzados/ laboratorios de resistencia y densidades de bg , densidades del terreno
p) informe mitigación ambiental
q) certificación recibo mitigación unidad ambiental
r) Planilla de enfoque diferencial cuando aplique
s) informe interventor
t) informe de supervisión del municipio
u) acta parcial y/o de recibido final
v) actualización pólizas
w) aprobación de actualización de pólizas
x) acta de liquidación
y) certificado de apertura de cuenta con el nombre del objeto del contrato
z) pago rendimientos financieros
aa) Factura con resolución de facturación