Ministerio
Ministerio
de Vivienda
y Ordenamiento Territorial
EM 2022/14000/003854
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL MINISTERIO DEL INTERIOR
ASUNTO 46 / 2023 Montevideo, 0 7 SEP 2023
VISTO: el Convenio a suscribirse entre el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, a través del "Programa de Apoyo a la Integración Socio Urbana de la Población Migrante" (Convenio de Financiamiento no Reembolsable N° 5654/GR-UR) y el Ministerio del Interior, referido al diseño y la ¡mplementadón del nuevo sistema de información y tecnología utilizados por la Dirección Nacional de Migración del Ministerio del Interior para la tramitación de residencias, así como el equipamiento necesario y la capacitación del personal para el uso del nuevo sistema; RESULTANDO: I) que, con fecha 3 de julio de 2019, se suscribió entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo, el Contrato xx Xxxxxxxx BID N° 4651/OC-UR, por el cual se otorga financiamiento para la ejecución del Programa de Mejoramiento xx Xxxxxxx III, a ser ejecutado por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial y la Dirección Nacional de Integración Social y Urbana, a través de la UCP/PMB III;
II) que, el Gobierno de la República Oriental del Uruguay manifestó el interés de acceder a los recursos de la Facilidad No Reembolsable (GRF) ofrecido por el Banco Interamericano de Desarrollo, para apoyar a países receptores de flujos migratorios, suscribiéndose con fecha 15 de febrero de 2023, el Convenio de Financiamiento no Reembolsable N° 5654/GR-UR;
III) que, el objeto del Convenio es establecer el marco de actuación y las obligaciones que tendrán cada uno de los comparecientes, a los efectos de ejecutar el Componente III del Programa de Apoyo a la Integración Socio Urbana de la
Población Migrante (Convenio de Financiamiento no Reembolsable N° 5654/GR-UR) antes relacionado, principalmente todo lo referente a la ¡mplementación del nuevo sistema de información y tecnología utilizados por la Dirección Nacional de Migración del Ministerio de! Interior;
IV) que, surge que el Convenio fue aprobado por el Ministerio del Interior, según el informe de fecha 13 xx
xxxxx de 2023 que luce a fojas 19 a 20, el informe de fecha 31 xx xxxxx de 2023 que luce a fojas 21 y el informe de fecha 16 xx xxxx de 2023 de fojas 23;
CONSIDERANDO: que se entiende conveniente la suscripción del Convenio de referencia, el que facilitará los objetivos perseguidos por el "Programa de Apoyo a la Integración Socio Urbana de la Población Migrante", que se ejecuta en la órbita del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RESUELVE:
I o.- Autorízase la suscripción de un Convenio entre el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, a través del Programa de Apoyo a la Integración Socio Urbana de la Población Migrante" (Convenio de Financiamiento no Reembolsable N° 5654/GR-UR)- y el Ministerio del Interior, dirigido a establecer el marco de actuación y las obligaciones que tendrán cada uno de los comparecientes, a los efectos de ejecutar el Componente III del "Programa de Apoyo a la Integración Socio Urbana de la Población Migrante" antes relacionado, principalmente todo lo referente a la
¡mplementación del nuevo sistema de información y tecnología
utilizados por la Dirección Nacional de Migración del Ministerio del Interior, cuyo texto se adjunta y forma parte de la presente Resolución.
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2°.- Vuelva al Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial a efectos.
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CONVENIO IN TE R IN S TITU C IO N A L ENTRE EL M IN IS TE R IO DE V IV IE N D A Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y EL M IN IS TE R IO DEL IN TE R IO R
En la ciudad de Montevideo, a los de de 2023, comparecen: POR UNA PARTE: El Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial - a través del "Programa de Apoyo a la Integración Socio Urbana de la Población Migrante"- (en adelante "MVOT"), representado por el Sr. Ministro, Xxxx Xxxxxx Xxxxx, constituyendo domicilio a estos efectos en Zabala N° 1432 de esta ciudad y la Unidad Coordinadora del "Programa de Apoyo a la Integración Socio Urbana de la Población Migrante" - Convenio de Financiamiento No Reembolsable N° 5654/GR-UR- (en adelante "UCP"), representada por su Coordinador General, Arq. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx y la Sub Coordinadora, Xxx. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, constituyendo domicilio a estos efectos en Xxxxxxxxx Xxxxx Xx 0000 xxxx 0 de esta ciudad Y POR OTRA PARTE: El Ministerio del Interior representado por el Xx. Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxxxx Xxxxx, constituyendo domicilio a estos efectos en la xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 xx xxxx xxxxxx, xxxxxxx xxxxxxxx xx
celebración del siguiente Convenio de Sub-ejecución:
< PRIMERO. ANTECEDENTES. 1 .1 ) Con fecha 3 de julio de 2019,
se suscribió entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo (en adelante "BID") el Contrato xx Xxxxxxxx BID 4651/OC-UR, por el cual se otorga financiamiento para la ejecución del Programa de Mejoramiento xx Xxxxxxx III, a ser ejecutado por el MVOT a través de la U.C.P.-PMB III del mismo. El Contrato xx Xxxxxxxx BID 4651/OC-UR, que se encuentra en ejecución, en tanto operación principal, resulta complementada por la operación no Reembolsable N° 5654/GR-
UR-, la cual instrumenta un Programa accesorio denominado "Programa de Apoyo a la Integración Socio Urbana de la Población Migrante" el que se ejecutará de acuerdo al plan de implementación y gestión acordado entre el gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo. 1 .2 ) El Gobierno de la República Oriental del Uruguay, a través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), manifestó el interés de acceder a los recursos de la Facilidad No Reembolsable (GRF) ofrecidos por el Banco Interamericano de Desarrollo, para apoyar a países receptores de flujos migratorios intrarregionales repentinos de gran magnitud. Se solicitó iniciar la preparación de una operación de inversión no reembolsable Investment Grant (IG), complementaria a la tercera operación individual (UR-L 1146; 4651/OC-UR) en ejecución, bajo la línea de crédito para proyectos de inversión (CCLIP) (UR-X1003), enfocada en el mejoramiento integral xx xxxxxxx. Esta operación permitirá robustecer los componentes del Contrato xx Xxxxxxxx 4651/OC-UR, al atender a la población inmigrante en Montevideo y mejorar su acceso a residencias asequibles y oportunidades de trabajo. 1 .3 ) El objetivogeneral de esta operación, es complementar los alcances del Programa de Mejoramiento xx Xxxxxxx III (PMB III), el que es financiado por el Contrato xx Xxxxxxxx BID 4651/OC-UR, vinculando la población inmigrante vulnerable y su comunidad receptora. Los objetivos específicos son: ( i) propiciar la integración urbana a través de la provisión de infraestructura básica formal, servicios sociales y urbanos adecuados, garantizando la tenencia segura de la propiedad y mejorando el capital social, con consideraciones de cambio climático y ( ii) proveer vivienda asequible a población de bajos ingresos, a la vez que se recuperan espacios urbanizados degradados, en el centro histórico de Montevideo. 1 .4 ) Por nota
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N° O-CSC/CUR-1227/2022, de fecha 16 de noviembre de 2022, se comunicó la aprobación del Directorio Ejecutivo del Banco Interamericano de Desarrollo al Programa de Apoyo a la Integración Socio Urbana de la Población Migrante (UR-J0001). 1 .5 ) Por Resolución Ministerial N° 966/2022, de 29 de noviembre de 2022, se designó a la actual Unidad Coordinadora del Contrato xx Xxxxxxxx BID N° 4651/OC-UR (Programa de Mejoramiento xx Xxxxxxx III) como la Unidad Coordinadora del "Programa de Apoyo a la Integración Socio Urbana de la Población Migrante" (UR- J0001) - Convenio de Financiamiento No Reembolsable N° 5654/GR-UR. 1 .6 ) El Programa de Apoyo a la Integración Socio Urbana de la Población Migrante (UR-J0001) prevé el desarrollo del Componente 3 (Fortalecimiento Institucional), por el cual se pondrá énfasis en la creación de un Sistema Único de Trámites de Residencias, facilitando el acceso centralizado a la información sobre diferentes gestiones relacionadas con el proceso de trámites de residencia. El Centro de Encuentros de Migrantes, permitirá contar con un lugar físico, como ventanilla única, de información y derivación hacia todos los trámites y servicios del Estado relacionados con migración y residencia. Se financiarán: ¡) el diseño e implementación de los sistemas de información y tecnología utilizados por la Dirección Nacional de Migración (DNM) del Ministerio del Interior para la tramitación de residencias; ii) el equipamiento informático de las oficinas; ¡ii) la capacitación del personal en el uso del nuevo sistema y material de difusión incluyendo una capacitación especializada a agentes de la Dirección Nacional de Migración (DNM).
SEGUNDO. OBJETO DEL CONVENIO.
El objeto del presente Xxxxxxxx, es establecer el marco de actuación y las obligaciones que tendrán cada uno de los comparecientes, a los efectos de ejecutar el Componente III del
Programa de Apoyo a la Integración Socio Urbana de la Población Migrante (UR-J0001) antes relacionado; principalmente en todo lo referente al diseño y la ¡mplementadón del nuevo sistema de información y tecnología utilizado por la Dirección Nacional de Migración (DNM) del Ministerio del Interior para la tramitación de residencias, así como el equipamiento necesario y la capacitación del personal para el uso del nuevo sistema.
TERCERO. OBLIGACIONES. 3 .1 ) Las partes en este acto, contraen obligaciones con la finalidad de cumplir con los fines y objetivos del Componente III del Programa de Apoyo a la Integración Socio Urbana de la Población Migrante.
3 .2 ) El MVOT y por interm edio de la UCP del Program a de Apoyo a la Integración Socio Urbana de la Población M igrante se obliga a: I ) Coordinar y colaborar en la
implementación del Programa de referencia, conjuntamente con
los demás organismos del Estado involucrados a efectos de que se cumplan los fines y objetivos previstos en el mismo. I I ) Realizar todas las gestiones necesarias ante el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), para el cumplimiento de los objetivos previstos. I I I ) Realizar los procesos licitatorios necesarios para la adquisición del nuevo sistema tecnológico supra referido, la compra del equipamiento y la financiación de la capacitación del personal.
3 .3 ) El M inisterio del In te rio r, a través del presente se obliga a: I ) Participar en todas aquellas actividades y/o gestiones que correspondan, a efectos de cumplir los cometidos y objetivos del Componente III del Programa supra relacionado. I I ) Elaborar las especificaciones técnicas y términos de referencia, en relación al diseño del nuevo sistema de referencia, del equipamiento necesario y el consultor a contratar, que permitan realizar los procesos correspondientes para adquisición de los
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mismos y la implementación del nuevo sistema tecnológico. I I I ) Acompañar durante todo el proceso de adquisición del nuevo sistema tecnológico y el equipamiento, consultor a contratar y los cursos de capacitación, integrando la Comisión Evaluadora o las Comisiones Evaluadores que correspondan, por representante con facultades suficientes de decisión. IV ) De ser transferidos los fondos a través de un Convenio, realizar los procesos licitatorios necesarios para la adquisición de los bienes y servicios necesarios para dar cumplimiento al Componente III. V ) Dar mantenimiento al nuevo sistema tecnológico adquirido mientras esté en uso. V I ) Administrar y gestionar el nuevo sistema tecnológico a adquirirse, cumpliendo con los fines propuestos en el Programa de Apoyo a la Integración Socio Urbana de la Población Migrante (UR-J0001). V I I ) Xxxxxxx toda la información que le sea requerida, por el MVOT y/o la U.C.P. del Programa de Apoyo a la Integración Socio Urbana de la Población Migrante (UR-J0001), referida al cumplimiento de las obligaciones asumidas y de acuerdo al Reglamento Operativo. Para el caso de que la información solicitada este amparada en la Ley N° 18.331, de 11 xx xxxxxx de 2008, se deberá solicitar el consentimiento informado de la persona de la cual se solicitare información personal antes de su envío. V I I I ) Designar personal de su Ministerio para el cumplimiento de los fines marcados en el Componente III del Programa referido, con excepción de aquellos consultores que fueran contratados con el finandamiento de la Operación relacionada (UR-J0001).
CUARTO. FIN XXXXXX XXXXX . 4 .1 Los recursos de la Facilidad No Reembolsable (GRF- UR J001) serán administrados por la Unidad Coordinadora del Programa de Apoyo a la Integración Socio Urbana de la Población Migrante (UR-J0001). 4 .2 Para aquellos casos en que, por temas de administración y
adquisiciones, sea requerido realizar una transferencia de fondos dei MVOT-UCP al Ministerio del Interior, ambos Ministerios acuerdan realizar Convenios de transferencia de fondos específicos, para financiar la actividad u adquisición que corresponda.
QUINTO. RESCISIÓN. El presente Convenio se rescindirá de pleno derecho, sin necesidad de acción alguna, si la operación relacionada (UR-J0001) no cuenta con la aprobación y firma definitiva por parte del Banco Interamericano de Desarrollo y el Estado Uruguayo. Asimismo, el incumplimiento de todas o cualquiera de las obligaciones a cargo de las Instituciones firmantes, podrá dar lugar al inicio, previa constatación del incumplimiento, de los trámites tendientes a la rescisión del mismo.
SEXTO. VIG ENCIA. 6.1 La vigencia del presente Convenio se extiende mientras esté abierta la operación antes relacionada (UR-J0001). 6 .2 El presente Convenio podrá ser modificado por acuerdo de ambas partes.
SÉPTIMO. CONTROVERSIAS. Las controversias referentes a la interpretación o aplicación del presente Convenio, que no puedan ser dirimidas por entendimiento de las partes, serán sometidas a un Tribunal Arbitral ad-hoc, convocado a solicitud de cualquiera de las partes. El fallo del Tribunal Arbitral será definitivo y las partes se obligarán a cumplirlo.
OCTAVO. IRREN UNCIAB ILIDAD DE DERECHOS. El retardo
por el MVOT-UCP o el Ministerio del Interior en el ejercicio de los derechos acordados en el presente Convenio o el no ejercicio de los mismos, no podrán ser interpretados como renuncia del MVOT-UCP o el Ministerio del Interior a tales derechos, ni como aceptación de las circunstancias que los habrían facultado para ejercitarlos.
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NOVENO. XXXX AUTOMÁTICA. La xxxx en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes en el presente Convenio, se producirá de pleno derecho por el solo vencimiento de los términos acordados o por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado, sin necesidad de protesto o interpelación de clase alguna.
DÉCIMO. D O M IC ILIO CO NSTITUIDO Y NOTIFICACIO NES.
Las partes constituyen domicilios especiales para todos los efectos del presente, en los establecidos como suyos en la comparecencia del presente Convenio, estableciendo como medio idóneo de notificación, las comunicaciones efectuadas mediante telegrama colacionado y/o correo electrónico con acuse de recibo.