Contract
PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LA GESTION TÉCNICA DE LA OBRA PARA LA REHABILITACIÓN DE LA CASA DEL ARTE – SEDE DEL CEI LAS AMÉRICAS EN EL CASCO VIEJO DE LA CIUDAD DE PANAMÁ (PANAMÁ)
I. ELEMENTOS DEL CONTRATO
1. Régimen jurídico del contrato.
2. Objeto del contrato y descripción de los trabajos.
3. Presupuesto de adjudicación y precio del contrato.
4. Existencia de crédito.
5. Plazo de ejecución.
6. Capacidad y solvencia de la persona empresaria para contratar.
6.1. Aptitud y Capacidad.
6.2. Solvencia.
7. Perfil de contratante.
II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
8. Procedimiento de adjudicación y tramitación del expediente.
9. Presentación de las proposiciones o solicitudes de participación. 9.1.Xxxxx y plazo de presentación.
9.2.Forma de presentación.
9.2.1. Sobre nº 1: Documentación General.
9.2.1.1.Documentación acreditativa de los requisitos previos.
9.2.1.2. Otra documentación.
9.2.2. Sobre nº 2: Documentación técnica de valoración subjetiva.
9.2.3. Sobre nº 3: Proposición económica
10. Selección de la persona contratista y adjudicación.
10.1. Recepción de documentación.
10.2. Órgano de contratación.
10.3. Certificación y calificación del documento.
10.4. Clasificación de las proposiciones.
10.5. Adjudicación del contrato.
10.6. Perfeccionamiento y Formalización del contrato.
III. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
11. Persona responsable del contrato.
12. Ejecución del contrato.
12.1. Condiciones de ejecución.
12.2. Condiciones esenciales de ejecución.
13. Obligaciones laborales, sociales y económicas de la persona contratista.
14. Seguros.
15. Plazos y penalidades.
16. Recepción.
17. Abono del precio
18. Propiedad de los trabajos realizados.
19. Modificación del contrato.
20. Extinción del contrato.
20.1. Extinción por cumplimiento del contrato.
20.2. Extinción por resolución del contrato.
IV. JURISDICCIÓN
21. Jurisdicción competente.
V. CRITERIOS DE ADJUDICACION.
VI. ANEXOS
ANEXO I-A: OBJETO Y CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
ANEXO I-B: DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS
ANEXO II: DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
XXXXX XXX-A: DECLARACIÓN RESPONSABLE DE TENER CAPACIDAD PARA CONTRATAR ANEXO III-D: DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE CORREO ELECTRÓNICO
XXXXX XXX-E: DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE CONDICIONES ESPECIALES DE COMPATIBILIDAD
XXXXX XXX-H: CERTIFICACIÓN DE PERSONAS TRABAJADORAS CON DISCAPACIDAD ANEXO V: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
I – ELEMENTOS DEL CONTRATO
1. Régimen jurídico del contrato.
El contrato a que se refiere el presente pliego se regirá por las normas establecidas en el Perfil del Contratante de la Fundación General de la Universidad xx Xxxxxxxxx (en adelante Fundación General) aprobadas en la reunión de Patronato de 10/04/2014 y en lo que resulte de aplicación, por el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, (en adelante TRLCSP) y con carácter supletorio el resto de las normas de derecho privado.
El pliego, y demás documentos anexos, revestirán carácter contractual. Los contratos se ajustarán al contenido del presente pliego, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los respectivos contratos.
En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el pliego, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.
El desconocimiento del presente pliego, del contrato, de sus documentos anexos, o de las instrucciones o normas de toda índole aprobadas por la Fundación General, que puedan ser de aplicación en la ejecución de l o pactado, no eximirá a la persona contratista de la obligación de su cumplimiento.
Las cuestiones litigiosas que surjan serán resueltas por el órgano de contratación. No obstante, el orden jurisdiccional civil será el competente para conocer de cuantas cuestiones litigiosas afecten a estos contratos.
2. Objeto del contrato y descripción de los trabajos.
El contrato a que se refiere el presente pliego tiene por objeto la gestión técnica de la obra para la Rehabilitación de la Casa del Arte- Sede del CEI las Américas en el Casco Viejo de la Ciudad de Panamá. Esta actividad se enmarca en el proyecto de Ejecución CEI 2011 del Subprogama de Fortalecimiento, regulada en la Orden EDU/647/2011, de 26 xx xxxxx y en la orden EDU/903/2010, de
8 xx xxxxx. Resolución de la Secretaría General de Universidades de 24 xx xxxxx de 2011 Área Prioritaria A1c “Establecimiento en el extranjero de centros de excelencia de clase mundial”.
El trabajo objeto del presente contrato será realizado por una arquitecto o ingeniero con experiencia en la participación de dirección facultativa de obras o asistencia técnica de las mismas.
La empresa designará a un técnico con las características anteriores y nombrará a dos suplentes de igual o mayor condición técnica a fin de garantizar la suplencia en los periodos vacacionales.
Igualmente la empresa adjudicataria debe contar con consultores en las áreas de instalaciones y de ingeniería estructural que puedan complementar y detectar los errores u omisiones del proyecto.
La asistencia técnica se realizará de manera presencial en la obra con una media de entre 2 y 3 visitas semanales por el técnico designado. En esas visitas se comprobará el estado de avance de la obra, la calidad de ejecución de las mismas, el grado de conservación de unidades de obra y materiales ya ejecutados. Igualmente se realizarán observaciones e instrucciones que deben ser recogidas en un libro de órdenes que debe disponer la constructora en la propia obra.
Las certificaciones de obra serán presentadas por la constructora con el avance en unidades de medida del presupuesto partida por partida, lo que generará una avance porcentual en relación a la totalidad del presupuesto contratado. La labor de la empresa de Gerencia Técnica será la de validar las unidades certificadas y aprobar por tanto el porcentaje de avance de la obra.
La Gerencia Técnica realizará el seguimiento de la obra en relación al cronograma de trabajos presentado por la constructora que será aprobado por todas las partes, constructora, gerencia técnica y propiedad. Se alertará de todas las desviaciones acaecidas y se solicitará por escrito a la constructora para que tome las medidas oportunas para recuperar el tiempo. Las medidas que se adopten deben ser reflejadas en el cronograma de obras si procede.
La Gerencia Técnica del proyecto vigilará que los trabajos y la interacción entre escuela taller y la constructora se llevan a cabo de manera coordinada y coherente, manteniéndose la calidad de los productos realizados.
Todos los meses en los primeros 10 días de cada mes siguiente se realizará un informe mensual que recoja todas las actividades y que contenga reportaje fotográfico que ilustre los avances de obra y las actividades que se desarrollaron durante el mes vencido.
La Gerencia Técnica del proyecto asistirá a las reuniones que se le convoque a fin de asesorar en aspectos técnicos de la obra, acometidas y permisos, que, sin ser de su responsabilidad, deberá vigilar por su avance.
3. Presupuesto de adjudicación y precio del contrato.
El presupuesto de licitación es el que figura en el anexo I-A (92.250 DÓLARES AMERICANOS;
74.125 €).
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo. En el precio del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para la persona adjudicataria como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego.
4. Existencia de crédito.
Existe el crédito preciso para atender las obligaciones económicas que se deriven para la administración del contrato a que se refiere el presente pliego.
5. Plazo de ejecución.
El plazo de ejecución del contrato, así como los plazos parciales que, en su caso, pudieran establecerse, serán los fijados en el anexo I-A (18 meses) y comenzarán a contar a partir de la fecha que se establezca a este efecto en el contrato.
La Gerencia Técnica de Proyecto se prolongará desde la firma del contrato con la constructora e inicio de las obras hasta la conclusión de los trabajos y entrega del edificio. Duración prevista 18 meses.
6. Capacidad y solvencia de la persona empresaria para contratar.
6.1. Aptitud y Capacidad.
Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 60 del TRLCSP y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, conforme a lo establecido en el apartado siguiente.
Asimismo, deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Las personas empresarias que concurran agrupadas en uniones temporales quedarán obligadas solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la adjudicación, deberán indicar los nombres y circunstancias de las que la constituyan y la participación de cada una, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarias del contrato.
No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
6.2. Solvencia.
a) Para celebrar contratos, las personas empresarias deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera, y técnica o profesional que se especifican en estos pliegos en las que, asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar las mismas.
Para acreditar la solvencia necesaria la persona empresaria podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios, debiendo a tal fin aportar certificado emitido por el órgano de dirección de la empresa que preste la citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia, en el que se contenga además la aceptación expresa de los efectos señalados en el artículo 1257 del Código Civil por la empresa que preste su solvencia.
b) Requisitos de solvencia técnica complementaria.
El órgano de contratación podrá recabar de la persona empresaria aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios.
7. Perfil de contratante.
En el perfil de contratante del órgano de contratación se publicará la composición de la Mesa de Contratación, en los casos en que se constituya, la adjudicación, la formalización del contrato y el plazo en que debe procederse a la misma, así como cualquier otro dato e información referente a su actividad contractual, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 del TRLCSP.
II – ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
8. Procedimiento de adjudicación y tramitación del expediente.
El contrato de servicios se adjudicará mediante procedimiento abierto, procedimiento ordinario de adjudicación en lo contratos que concierte la Fundación General, de acuerdo con lo establecido en los artículos 157 a 161 del TRLCSP.
En xx xxxxxx xxxxx 0-X se indicará la forma de tramitación del expediente.
9. Presentación de las proposiciones.
La presentación de la proposición supone la aceptación incondicional por la persona empresaria del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones de este pliego, sin salvedad o reserva alguna.
Las personas licitadoras presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales, tal como se indica en el artículo 140 del TRLCSP. Los documentos y datos presentados pueden ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos, perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector o bien estén comprendidas en las prohibiciones establecidas en la Ley de Protección de datos de Carácter Personal. De no aportarse esta declaración se considerará que ningún documento o dato posee dicho carácter.
El modelo de declaración se incluye en el anexo II.
9.1. Lugar y plazo de presentación.
Las proposiciones junto con la documentación preceptiva, se presentarán, dentro del plazo señalado en el anuncio, en la siguiente dirección:
Universidad xx Xxxxxxxxx Registro Único
Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxx, 0. 00000 Xxxxxxxxx. Xxxxxx
Cuando las proposiciones o solicitudes se envíen por correo, la persona empresaria deberá justificar la fecha de imposición del envío en las Oficinas de Correos y anunciará la remisión de su oferta al órgano de contratación, en el mismo día, mediante correo electrónico (xxxxxxxxx@xxxx.xx).
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición o solicitud de participación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, esta no será admitida en ningún caso.
En el sobre en el que se presenta la propuesta deberá indicarse la siguiente información:
Destinatario: Fundación General de la Universidad xx Xxxxxxxxx
Ref.: Solicitud de participación en el contrato para la gestión técnica de la obra para la rehabilitación de la Casa del Arte-Sede del XXX Xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx (Xxxxxx). Expte.: PA 1/14.
9.2. Forma de presentación.
Toda la documentación de las proposiciones presentadas deberá venir en castellano. La documentación redactada en otra lengua deberá acompañarse de la correspondiente traducción oficial al castellano.
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido siguiendo la numeración que se especifica en las cláusulas 9.2.1 y 9.2.2.
9.2.1. Sobre nº1: Documentación General.
Los documentos incluidos en este sobre podrán aportarse en original o mediante copias que tengan carácter de auténticas o autenticadas conforme a la legislación vigente.
En las uniones temporales, tanto de personas físicas como jurídicas, cada una de sus componentes
presentará la documentación exigida en esta cláusula, acreditando su capacidad, personalidad, representación y solvencia en los términos previstos en el artículo 59 del TRLCSP.
Cuando así se disponga en el anexo I-A la aportación inicial de la documentación acreditativa de los requisitos previos del sobre 1 se podrá sustituir por una declaración responsable del licitador conforme al modelo del anexo I-B, que sustituirá la aportación de la documentación a que se refiere la cláusula 9.2.1.1. No obstante, junto con la declaración responsable, deberá presentarse, en todo caso, la documentación de la cláusula 9.2.1.2.
Los documentos a incorporar en este sobre se aportarán, ordenados tal como se indica a continuación.
9.2.1.1. Documentación acreditativa de los requisitos previos.
a) Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad de la persona licitadora.
1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
2. Las personas individuales presentarán copia compulsada, notarial o administrativamente, del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.
3. Cuando sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato una determinada habilitación empresarial, se acompañará copia compulsada del certificado que acredite las condiciones de aptitud profesional.
4. En cuanto a las empresas no españolas, tendrán capacidad para contratar aquellas que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
La capacidad de las mismas se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidas, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado del órgano correspondiente.
b) Documentos acreditativos de la representación.
Las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra presentarán poder de representación.
Si fuera persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil.
Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia compulsada, notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.
c) Documentos que acreditan la solvencia económica y financiera.
La solvencia económica y financiera se acreditará mediante declaración relativa a la cifra global de negocios en el curso de los últimos tres ejercicios.
d) Documentos que acreditan la solvencia técnica o profesional.
Mediante la presentación de una relación de los principales servicios o trabajos realizados en
los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Dicha relación contendrá un mínimo de cuatro servicios y un xxxxxx xx xxxx.
e) Declaraciones responsables.
Asimismo, las personas que concurran deberán presentar los siguientes documentos:
1. Declaración responsable de tener plena capacidad de obrar y no estar incursa en las prohibiciones de contratar previstas en el artículo 60 del TRLCSP.
2. Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Las referidas declaraciones se acreditarán conforme al modelo establecido en el anexo III-A.
9.2.1.2. Otra documentación.
a) Declaraciones responsables.
1. Declaración responsable en los términos previstos en el párrafo 1º del artículo 56 del TRLCSP, de no haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresarias y/o empresarios, conforme al modelo establecido en el anexo III-E.
b) Personas trabajadoras con discapacidad.
Las personas licitadoras que tengan un número de 50 o más personas trabajadoras en su plantilla estarán obligadas a contar con, al menos, un dos por ciento de personas trabajadoras con discapacidad o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de personas trabajadoras con discapacidad. A tal efecto, deberán aportar, en todo caso, un certificado de la empresa en que conste tanto el número global de personas trabajadoras de plantilla como el número particular de personas trabajadoras con discapacidad en la misma. En el caso de haberse optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, deberán aportar una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración con las concretas medidas aplicadas. Asimismo, podrán hacer constar en el citado certificado el porcentaje de personas trabajadoras fijas con discapacidad que tienen en la plantilla, a efectos de tenerlo en cuenta como criterio en los supuestos de empate.
Las personas licitadoras que tengan menos de 50 personas trabajadoras en su plantilla, deberán aportar, en todo caso, un certificado acreditativo del número de personas trabajadoras de plantilla. Asimismo, podrán hacer constar, en su caso, en el citado certificado el número global de personas trabajadoras de plantilla, el número particular de personas trabajadoras con discapacidad y el porcentaje de personas trabajadoras fijas con discapacidad que tienen en la misma, a efectos de lo establecido para los supuestos de empate.
Las referidas certificaciones se acreditarán conforme al modelo establecido en el anexo III-H.
c) Declaración de confidencialidad.
De conformidad con lo establecido en la cláusula 9, las personas participantes podrán presentar una declaración, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos
presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales.
d) Subcontratación.
Se prohíbe expresamente la subcontratación, total o parcial, del contrato a un tercero dadas la especial naturaleza y condiciones de la actividad a desarrollar.
e) Dirección de correo electrónico.
La persona licitadora podrá aportar una dirección de correo electrónico en la que la Fundación General le efectuará las notificaciones, conforme al modelo establecido en el anexo III-D.
9.2.2. Sobre nº 2: Documentación técnica de valoración subjetiva.
En este sobre se incluirá aquella documentación acreditativos de las circunstancias a tener en cuenta en la valoración del concurso de acuerdo con los criterios subjetivos de adjudicación del mismo.
Los acompañaran, en su caso, de la declaración de confidencialidad según modelo del anexo II.
a) Programa de trabajo.
En él se fijarán los plazos parciales o fecha de terminación de las distintas etapas en que se subdivida el objeto del contrato, si procediese, y se expondrá exhaustivamente la metodología que la persona licitadora propone seguir en el desarrollo de la prestación según las prescripciones técnicas.
b) Documentación técnica de valoración subjetiva.
Se incluirá la documentación técnica en orden a la aplicación de los criterios de adjudicación subjetiva especificados en el punto V del presente pliego.
9.2.3. Sobre nº 3: Proposición económica
La proposición económica, debidamente firmada y fechada, deberá ajustarse al modelo que figura como anexo V.
En la proposición económica se entenderán incluidos a todos los efectos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para la persona adjudicataria, como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego.
Cada persona licitadora solamente podrá presentar una proposición económica, no siendo admitidas aquéllas cuyo importe sea superior al presupuesto de licitación.
En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letra, prevalecerá ésta última.
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la Fundación General estime fundamental para la oferta.
10. Selección de la persona contratista y adjudicación.
10.1. Recepción de documentación.
Terminado el plazo de recepción de propuestas el técnico responsable de la Fundación General expedirá una certificación donde se relacionen las propuestas recibidas, las presentadas por correo con los requisitos de la cláusula 9.1 pero aún no recibidas o, en su caso, sobre la ausencia de personas licitadoras, que junto con los sobres, remitirá al órgano de contratación.
10.2. Órgano de contratación.
Terminado el plazo de recepción de proposiciones, el técnico responsable de la Fundación General expedirá una certificación donde se relacionen las proposiciones recibidas, las presentadas por correo con los requisitos de la cláusula 9.1 pero aún no recibidas o, en su caso, sobre la ausencia de personas licitadoras, que junto con los sobres, remitirá a la secretaría de la Mesa de Contratación designada por el órgano de contratación y cuya composición se publicará en su perfil de contratante con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que celebrará la Mesa para la apertura del sobre nº1.
10.3. Certificación y calificación de documentos.
Una vez recibidos los sobres por la secretaría de la Mesa de Contratación, junto con el certificado de la persona encargada del registro, se reunirá la misma para calificar previamente los documentos presentados en tiempo y forma en la fecha indicada en la convocatoria.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación del sobre número 1 o, en su caso, en la declaración responsable presentada, lo comunicará verbalmente o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a las personas interesadas, concediéndose hasta la apertura del sobre número 2 para que las personas licitadoras los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación u órgano gestor, bajo apercibimiento de exclusión definitiva de la persona licitadora si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la dicha documentación o, en su caso, de la citada declaración responsable.
Posteriormente se reunirá la Mesa de Contratación o el órgano gestor para adoptar el oportuno acuerdo sobre la admisión definitiva de las personas licitadoras.
10.4. Clasificación de las proposiciones.
La Mesa de Contratación valorará las ofertas de las personas licitadoras y propondrá al órgano de contratación la adjudicación a la persona licitadora que presentó la oferta más ventajosa de acuerdo a todos los criterios establecidos.
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, se dará audiencia al contratista y se actuará conforme a lo previsto en el apartado 3 del artículo 152 del TRLCSP.
10.5 Adjudicación del contrato.
Una vez recibida la documentación que proceda requerida a la persona licitadora que presentó la oferta más ventajosa en el plazo de cinco días naturales, el órgano de contratación le adjudicará el contrato dentro de los cinco días naturales siguientes.
La adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
La resolución de adjudicación deberá ser motivada y será notificada directamente a la adjudicataria y a las restantes licitadoras y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación.
En todo caso, en dicha notificación se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato.
La notificación podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que las personas licitadoras que lo hubiesen designado al presentar sus proposiciones.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
El órgano de contratación podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la ejecución del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
10.6. Perfeccionamiento y Formalización del contrato.
El contrato se perfeccionará mediante su formalización que deberá producirse dentro del plazo de veinte días naturales a contar desde la notificación de la adjudicación.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no pudiese formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Fundación General podrá dejar sin efecto la adjudicación, procediendo en este supuesto a la indemnización de daños y perjuicios ocasionados.
III – EJECUCIÓN DEL CONTRATO
11. Persona responsable del contrato.
El órgano de contratación designará una persona responsable del contrato a la que corresponderá supervisar su ejecución, adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución de la prestación pactada. La responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica.
El nombramiento será comunicado por escrito al contratista en el plazo de quince días desde la fecha de formalización del contrato y, en su caso, su sustitución en idéntico plazo, desde la fecha en que se hubiera producido.
12. Ejecución del contrato.
12.1. Condiciones de ejecución
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx de la persona contratista.
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en el pliego, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere a la persona contratista el órgano de contratación. En el supuesto de que fuese necesario que la prestación se ejecutase en forma distinta a la pactada inicialmente, deberá procederse a la resolución del contrato en los términos establecidos en la cláusula 21 del presente pliego.
La persona contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Fundación General o para terceras personas de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
La persona contratista estará obligada a presentar un programa de trabajo, cuando así se especifique en el
anexo I-A y con el contenido que en el mismo se indique en el pliego, que será aprobado por el órgano de contratación.
La persona contratista no podrá sustituir al personal facultativo adscrito a la realización de los trabajos, sin la expresa autorización del responsable del contrato.
La persona contratista está obligada a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión de la ejecución del mismo. En el anexo I-A se podrá indicar la información concreta a la que se otorga el carácter de confidencial y el plazo durante el que se mantendrá el deber de confidencialidad por la persona contratista desde que tuvo conocimiento de la información, que no podrá ser inferior a cinco años a contar desde el día siguiente al de la formalización del contrato.
12.2. Condiciones esenciales de ejecución.
Se prohíbe expresamente la subcontratación, total o parcial, del contrato a un tercero dadas la especial naturaleza y condiciones de las actividad a desarrollar.
13. Obligaciones laborales, sociales y económicas de la persona contratista.
El personal adscrito a los trabajos dependerá exclusivamente de la persona contratista, quien tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de persona empresaria respecto del mismo.
En general, la persona contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Fundación General ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los organismos competentes.
En cualquier caso, la persona contratista indemnizará a la Fundación General de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
Corresponderá y será a cargo de la persona contratista:
a) La obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del servicio contratado.
b) Los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de ejecución y posterior asistencia durante el plazo de garantía.
c) La indemnización de los daños que se causen tanto a la Fundación General como a terceras personas, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del servicio, salvo que tales perjuicios hayan sido ocasionados por una orden inmediata y directa del contratante.
14. Seguros.
La persona contratista deberá tener suscritos los seguros obligatorios, así como un seguro que cubra las responsabilidades que se deriven de la ejecución del contrato, en los términos que, en su caso, se indiquen.
15. Plazos y penalidades.
La persona contratista queda obligado al cumplimiento del contrato dentro del plazo total fijado para su realización en el anexo I-A.
La constitución en xxxx por la persona contratista no precisará intimación previa por parte de la Fundación General. La imposición de penalidades consecuentes con dicho retraso se aplicará automáticamente por el órgano de contratación.
Si llegado al término del plazo final, la persona contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Fundación General podrá optar indistintamente, en la forma y condiciones establecidas en el artículo 212 del TRLCSP, por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades establecidas en el citado artículo.
El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pudiese tener derecho la Fundación General por daños y perjuicios originados por la demora de la persona contratista.
Si el retraso fuera por motivos no imputables a la persona contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 213.2 del TRLCSP.
16. Recepción.
La recepción del objeto de contrato se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 222 y 307 del TRLCSP.
El órgano de contratación, a través del responsable del contrato, determinará si la prestación realizada por la persona contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecúan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables a la persona contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
La constatación de la correcta ejecución del objeto del contrato se acreditará mediante acta de recepción expedida por el responsable del contrato.
La persona contratista tendrá derecho a conocer y ser oída sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
17. Abono del precio.
La persona adjudicataria tiene derecho al abono del precio convenido con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato correspondiente a los trabajos efectivamente realizados y formalmente recibidos por la Fundación General.
El pago del precio se realizará, según se indique en el anexo I-A, de una sola vez en el momento de formalización del contrato previa presentación de factura en el Registro que se indique en el anexo I-A, debiendo ser repercutido como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido en el documento que se presente para el cobro, sin que el importe global contratado experimente incremento alguno.
En el precio del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole, que sean de aplicación, sin que el importe global contratado experimente incremento alguno.
Teniendo en cuenta la naturaleza de la contratación y la forma de pago acordada, se constituirá por el contratista una garantía que se podrá establecer mediante instrumentos de aval, pagaré, fiducia o cualquier otro sistema por la cuantía que se determine en el contrato.
La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96.1 del TRLCSP.
1.- Si se constituye la garantía mediante aval, prestado por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, deberá aportarse el documento original.
2.- Si se constituyera la garantía mediante seguro de caución, celebrado con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo, deberá aportarse el original del certificado del contrato.
3.- Si se constituye en valores de Deuda Pública, deberán aportarse los certificados de inmovilización de los valores anotados.
Cuando así se prevea en el anexo I-A, la acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
En el caso de uniones temporales, las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas que concurran agrupadas, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todas las personas integrantes de la unión temporal.
La garantía se irá extinguiendo periódicamente a media que se van aprobando y certificando las unidades de obra ejecutadas.
En la factura y en el anexo I-A se incluirá la identificación del órgano de contratación y de la persona destinataria.
La Fundación General deberá aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los servicios prestados por las unidades de obra ejecutadas, dentro de los treinta días siguientes a la efectiva prestación del servicio, salvo acuerdo expreso en contrario que, en su caso, se establezca en el anexo I-A del presente pliego así como en el contrato.
La Fundación General tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados.
La Fundación General, dentro del plazo de treinta días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordar y notificar a la persona contratista la liquidación correspondiente del contrato, y abonarle, en su caso, el saldo resultante.
18. Propiedad de los trabajos realizados.
Quedarán en propiedad de la Fundación General tanto el servicio recibido como los derechos inherentes a los trabajos realizados, su propiedad industrial y comercial, reservándose la Fundación General su utilización, no pudiendo ser objeto de comercialización, reproducción u otro uso no autorizado expresamente por la Fundación General, y ésta, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento la entrega de los documentos o materiales que la integren, con todos sus antecedentes, datos o procedimientos.
Los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevarán aparejada la cesión de éste a la Fundación General.
La persona contratista tendrá la obligación de proporcionar en soporte informático a la Fundación General todos los datos, cálculos, procesos y procedimientos empleados durante la elaboración de los trabajos.
Los trabajos que constituyan objeto de propiedad intelectual, se entenderán expresamente cedidos en exclusiva a la Fundación General, salvo en el caso de derechos preexistentes, en los que la cesión puede no ser con carácter de exclusividad.
19. Modificación del contrato.
En el anexo I-A se indicará la posibilidad o no de modificación del contrato, detallándose, en caso afirmativo, de forma clara, precisa e inequívoca las condiciones en que podrá hacerse uso de la misma, así como el alcance y límites de dichas modificaciones, con expresa indicación del porcentaje del precio del contrato al que como máximo pueda afectar.
Todas aquellas modificaciones no previstas en el anexo I-A solo podrán efectuarse cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 107 del TRLCSP.
20. Extinción del contrato.
El contrato se extingue por cumplimiento o por resolución.
En todo caso, a la extinción del contrato no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del órgano de contratación.
20.1. Extinción por cumplimiento del contrato.
El contrato se extingue por el cumplimiento por parte de la persona contratista de la totalidad de la prestación de acuerdo con los términos establecidos en el mismo.
20. 2. Extinción por resolución del contrato.
Son causas de resolución del contrato, las previstas en los artículos 223 y 308 del TRLCSP, con los derechos que se establecen en los mismos, y las establecidas en el anexo I-A del presente pliego.
Asimismo, se resolverá el contrato, considerándose a todos los efectos como supuestos de resolución por culpa de la persona contratista:
a) El incumplimiento de la obligación de guardar sigilo establecida en la cláusula 13 de este pliego.
b) El abandono por parte de la persona contratista del servicio objeto del contrato.
Se entenderá producido el abandono cuando la prestación no se desarrolle con la regularidad adecuada o con los medios humanos o materiales precisos para la normal ejecución del contrato en el plazo estipulado. No obstante, cuando se dé este supuesto, la Fundación General, antes de declarar la resolución, requerirá a la persona contratista para que regularice la situación en el plazo de cinco días a contar del requerimiento.
c) La incursión de la persona contratista, durante la vigencia del contrato, en alguna de las prohibiciones de contratar señaladas en la normativa vigente o en incompatibilidad, sin la obtención inmediata de la correspondiente compatibilidad.
d) Si no pudiese producirse la subrogación del contrato en los términos establecidos en el artículo 85 del TRLCSP, por no reunir la entidad a la que se atribuya el contrato las condiciones de solvencia necesarias.
El acaecimiento de cualquiera de estas causas, en los términos establecidos, conllevará la resolución del contrato, debiendo indemnizar la persona contratista a la Fundación General los daños y perjuicios ocasionados, con los demás efectos que procedan conforme a la normativa aplicable.
En caso de que se inicie expediente de resolución del contrato por imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados o por la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés público, de continuarse ejecutando la prestación en esos términos, podrá iniciarse el procedimiento para la adjudicación del nuevo contrato, si bien la adjudicación de éste quedará condicionada a la terminación del expediente de resolución. Hasta que se formalice el nuevo contrato, la persona contratista quedará obligada, en la forma y con el alcance que determine el órgano de contratación, a adoptar las medidas necesarias por razones de seguridad, o indispensables para evitar un grave trastorno al servicio público, de conformidad con lo establecido en el apartado 6 del artículo 225 del TRLCSP.
IV – JURISDICCION
21. Jurisdicción competente.
Según lo establecido en el art. 21 TRLCSP, el orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos privados. Este orden jurisdiccional será igualmente competente para conocer de cuantas cuestiones litigiosas afecten a la preparación y adjudicación de los contratos privados que se celebren por los entes y entidades sometidos a esta Ley que no tengan el carácter de Administración Pública, siempre que estos contratos no estén sujetos a una regulación armonizada.
Las partes contratantes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxxxx (España) de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia en su caso al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder a la persona candidata.
V- CRITERIOS DE ADJUDICACION.
El órgano de contratación acordará la adjudicación basándose en los criterios que se definen y ponderan en este apartado de acuerdo con los siguientes criterios directamente vinculados al objeto del contrato:
CRITERIOS DE EVALUCIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA Total 48 puntos
Total de 24 puntos
Las empresas deben presentar una memoria conteniendo todos los puntos que constituyan circunstancias a tener en cuenta en la valoración del concurso de acuerdo con los criterios subjetivos de adjudicación del mismo:
- Asistencia técnica a la obra que permita generar las instrucciones complementarias al proyecto.
- Seguimiento del cumplimiento por parte de la constructora de los compromisos adquiridos por esta con el cliente.
- Seguimiento y vigilancia de las intervenciones de la Escuela Taller en la obra y su integración en los trabajos de la constructora principal.
- Aprobación de las certificaciones y avances de obra.
- Seguimiento del cronograma de obras contratado con la constructora.
- Elaboración de un informe mensual que permita identificar los avances de obra, registrar las partidas ejecutadas y alertar sobre las desviaciones de coste y plazo.
- Participación en las reuniones de seguimiento técnico del proyecto con la elaboración de actas.
Se asignarán 14 puntos al oferente que presente al menos 3 contratos de características similares al ofertado realizados en los últimos 5 años, cuyos precios facturados totales superen los 20.000€. Por cada proyecto adicional que se presente y cumpla las características mencionadas, el oferente obtendrá 3 puntos adicionales.
Habilidad para la Prestación de los Servicios Total 8 puntos
El oferente, después de haber estudiado detalladamente los trabajos a realizar y las condiciones del entorno, deberá definir para el servicio al cual se presenta, el método, medio o diseño que planea utilizar para lograr en funcionamiento del proyecto.
Deberá proponer una organización, planeamiento y programación eficiente ajustada a las especificaciones dadas en las presentes bases. Se asignará un máximo de 20 puntos.
1.1 Concepto y Enfoque (5 puntos)
Se evaluará el alcance de los servicios ofrecidos, aportes y sugerencias a los Términos de referencia y los consecuentes beneficios que su implementación traerá al desarrollo del Proyecto y la obra.
1.2 Metodología y organización propuesta (3 puntos)
Se evaluará la metodología, forma y plan de trabajo, organización, forma y contenido de los cuadros de asignación del personal que implementará el Oferente para el desarrollo del Proyecto y la Obra.
Capacidad para la Prestación de los Servicios Total 16 puntos
En la calificación de este concepto se tomará en cuenta el nivel académico y participación en proyectos y obras similares del personal propuesto. Los técnicos propuestos deben tener una experiencia en obras similares acreditada mediante copia simple de los contratos o certificaciones expedidas por la propiedad o entidad que les contrató.
Se valorará las empresas dispongan de medios y ejerzan la actividad en España y en Panamá, obteniendo directamente 10 puntos de los 16 totales asignados a este apartado.
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA Total de 52
puntos
La evaluación de oferta económica se hará en base al ANEXO V.
La oferta cuyo porcentaje de baja sea igual en 20 puntos porcentuales al precio base de licitación obtendrá 52 puntos.
La oferta que coincida con el precio base de licitación obtendrá 0 puntos. El resto de ofertas obtendrá puntuación proporcional.
Se considerará baja temeraria las ofertas inferiores en 20 puntos porcentuales al precio base de licitación.
ANEXO I-A
OBJETO Y CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
Expediente: PA1/14 | |
Título: Solicitud de participación en la contratación de la prestación de los servicio de Dirección Técnica de la obra para la rehabilitación de la Casa del Arte-Sede del XXX Xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx (Xxxxxx). Expte.: PA 2/14. | |
Objeto del contrato: El contrato a que se refiere el presente pliego tiene por objeto la revisión constructiva, elaboración de mediciones (cantidades y renglones de obra), cronograma de trabajos y gestión técnica de la obra para la Rehabilitación de la Casa del Arte- Sede del CEI las Américas en el Casco Viejo de la Ciudad de Panamá. Esta actividad se enmarca en el proyecto de Ejecución CEI 2011 del Subprogama de Fortalecimiento, regulada en la Orden EDU/647/2011, de 26 xx xxxxx y en la orden EDU/903/2010, de 8 xx xxxxx. Resolución de la Secretaría General de Universidades de 24 xx xxxxx de 2011 Área Prioritaria A1c “Establecimiento en el extranjero de centros de excelencia de clase mundial”. | |
Lugar de realización de la prestación del servicio: |
Persona destinataria:
Órgano de contratación: Fundación General de la Universidad xx Xxxxxxxxx
Perfil de contratante: www. xxxxxxxxx.xxxx.xx/
Presupuesto de licitación | Total 92.250 $ (74.125 €). | ||
En letra: Noventa y dos mil doscientos cincuenta dólares americanos. | |||
Revisión del precio: No | |||
Plazo de ejecución: 18 meses |
Posibilidad de prórroga del contrato: | No: |
Aportación inicial de la documentación acreditativa de los requisitos previos del sobre 1 mediante declaración responsable de la persona licitadora: Sí
Programa de trabajo: Sí
Sujeto a regulación armonizada: | No: |
Procedimiento de adjudicación: | Abierto |
Tramitación del expediente: | Ordinaria: | |
Constitución xx Xxxx de contratación: Sí |
Unico criterio de adjudicación: precio más bajo: | No: |
Garantía de ejecución: No
Posibilidad de aportar una dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones: Si
Posibilidad de subcontratación: No
Información del contrato a la que se le otorga carácter confidencial: (indicar la información y el plazo durante e que se mantendrá el deber de confidencialidad por la persona contratista desde que tuvo conocimiento de l información, que no podrá ser inferior a cinco años).
Aportación de DNI u otro documento identificativo oficial: Sí
La aportación inicial de la documentación acreditativa de los requisitos previos del sobre 1 se podrá sustituir por una declaración responsable del licitador conforme al modelo del anexo I-B: Sí
Único criterio de adjudicación: precio más bajo: No
Registro para presentación de facturas: Fundación General de la Universidad xx Xxxxxxxxx Dpto. Económico Financiero X/ Xxxxxxx, 0 0x xxxxxx Xxxxxxxxx (Xxxxxx)
Plazo máximo para efectuar la adjudicación : 1 mes
Plazo para aprobar los documentos que acreditan la conformidad con los servicios prestados: 20 días
Garantía: Si |
En caso afirmativo: • Indicar importe en cifras: por el importe de la adjudicación • Teniendo en cuenta la naturaleza de la contratación y la forma de pago acordada, se constituirá por el contratista una garantía que se podrá establecer mediante instrumentos de aval, pagaré, fiducia o cualquier otro sistema por la cuantía que se determine en el contrato y que se irá extinguiendo a medida que se certifiquen y aprueben las unidades de obra. |
Acreditación de la constitución por medios electrónicos, informáticos o telemáticos: Sí |
Plazo de garantía: La garantía se irá extinguiendo periódicamente a media que se van aprobando y certificando la unidades de obra ejecutadas. |
Posibilidad de modificación del contrato: No
Causas de resolución del contrato:
A los efectos del artículo 223 h) del TRLCSP, será causa de resolución del presente contrato la aplicación de medidas de estabilidad presupuestaria, acordadas por los órganos de gobierno o legislativos competentes, que provoquen la reducción de la financiación prevista en el documento contractual, en un porcentaje igual o superior al 15 %.
ANEXO I-B
DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS
D./Xx.……………………………………………………………..……con Documento Nacional de Identidad nº……………………..actuando en nombre de la empresa de
la que actúa en calidad de ………………………………….(persona administradora única, solidaria o mancomunada o persona apoderada solidaria o mancomunada) según Escritura de constitución/poder/elevación a público de acuerdos sociales, Nº de protocolo ……….………..…otorgado por
…………………………………….., con fecha……………………………en la ciudad de………………………
Declara bajo su personal responsabilidad y ante el órgano de contratación:
Que la persona licitadora cumple las condiciones establecidas legalmente para formalizar este contrato.
(Lugar, fecha y firma)
ANEXO II
DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
D./Xx …, con D.N.I. núm. …, en nombre y representación de … con CIF…
DECLARA
Que los documentos y datos presentados en el siguiente sobre (1) se consideran de carácter confidencial y son los que a continuación se relacionan:
(Lugar, fecha y firma)
(1) Indicar número de sobre, teniendo en cuenta que deberá presentarse, en su caso, una declaración por cada sobre.
ANEXO III-A
SOBRE 1 - DOCUMENTACIÓN GENERAL. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS REQUISITOS PREVIOS.
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE TENER CAPACIDAD PARA CONTRATAR
D./Xx.
con residencia en provincia xx
xxxxx nº
según Documento Nacional de Identidad nº en nombre, propio o de la empresa
que representa, declara bajo su personal responsabilidad y ante el órgano gestor del contrato:
DECLARA
- Tener plena capacidad de obrar y no estar incursa en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (recibos de alta y estar al corriente del pago, o exento del mismo, del Impuesto sobre Actividades Económicas, certificaciones positivas que acrediten la no existencia de deudas con la Administración del Estado y con la Seguridad Social.
(Lugar, fecha y firma)
ANEXO III-D
SOBRE 1. DOCUMENTACIÓN GENERAL. OTRA DOCUMENTACIÓN DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE CORREO ELECTRÓNICO.
Xx./D. .……………………………………………………………..……con Documento Nacional de Identidad nº……………………..actuando en nombre de la empresa de
la que actúa en calidad de ………………………………….(persona administradora única, solidaria o mancomunada o persona apoderada solidaria o mancomunada) según Escritura de constitución/poder/elevación a público de acuerdos sociales, Nº de protocolo ……….………..…otorgado por
…………………………………….., con fecha……………………………en la ciudad de………………………
Declara bajo su personal responsabilidad y ante el órgano de contratación:
Que consiente que todas las notificaciones derivadas del presente procedimiento de contratación sean realizadas a través de la dirección de correo electrónico y/o del número de fax indicados a continuación:
Correo electrónico: ………………………………………………
Fax: ………………………………………………
(Lugar, fecha y firma)
ANEXO III-E
SOBRE 1 – DOCUMENTACIÓN GENERAL. OTRA DOCUMENTACIÓN.
DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE CONDICIONES ESPECIALES DE COMPATIBILIDAD
D./Xx.
con residencia en provincia xx
xxxxx nº
según Documento Nacional de Identidad nº en nombre, propio o de la empresa
que representa, declara bajo su personal responsabilidad y ante el órgano gestor del contrato:
DECLARA
No haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal.
Lugar, fecha y firma
ANEXO III-H
SOBRE 1 - DOCUMENTACIÓN GENERAL. OTRA DOCUMENTACIÓN CERTIFICACIÓN DE PERSONAS TRABAJADORAS CON DISCAPACIDAD
Xx./D.
con residencia en provincia xx
xxxxx nº
según Documento Nacional de Identidad nº
en nombre propio o de la empresa que representa (1),
CERTIFICA : (indicar a, b ó c)
Que la empresa que representa:
q a) Tiene un número de 50 o más personas trabajadoras en su plantilla, siendo el número global de personas trabajadoras de plantilla de ........., el número particular personas trabajadoras con discapacidad de y el
porcentaje de personas trabajadoras fijas con discapacidad de (2); por tanto (señalar lo que proceda):
q Cuenta con, al menos, un dos por ciento de personas trabajadoras con discapacidad.
q Ha optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, a cuyo efecto presenta una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración con las concretas medidas aplicadas.
q b) Tiene menos de 50 personas trabajadoras en su plantilla, siendo el número global de personas trabajadoras de plantilla de ......... el número particular de personas trabajadoras con discapacidad de ............... y el porcentaje de personas trabajadoras fijas con discapacidad de (3)
q c) No cuenta con personas trabajadoras en plantilla.
(Lugar, fecha y firma)
(1) Indicar denominación social y CIF.
(2) En las empresas con 50 o más personas trabajadoras en su plantilla la indicación del número de personas trabajadoras fijas con discapacidad es optativa pero se valorará a efectos de lo establecido para los supuestos de empate.
(3) En las empresas con menos de 50 personas trabajadoras en su plantilla, la indicación del número global de personas trabajadoras de plantilla es obligatoria y la indicación del número particular de personas trabajadoras con discapacidad y del porcentaje de personas trabajadoras fijas con discapacidad que tienen en la misma es optativa pero se valorará a efectos de lo establecido para los supuestos de empate.
ANEXO V
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Xx./D.
con residencia en provincia xx
xxxxx nº
con Documento Nacional de Identidad nº
enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de servicios (1):
Expediente:
Título:
Localidad:
Se compromete, en nombre (2) a ejecutar el contrato con estricta sujeción a los requisitos exigidos, de acuerdo con las condiciones ofertadas, por la cantidad de dólares, IVA o impuestos similares excluidos. (3)
Lugar, fecha y firma
(1) Expresar denominación y número de expediente
(2) Propio o de la empresa que representa.
(3) Expresar el importe en letra y número.