Contrato de prestación de servicios por medio del cual la agencia de publicidad llevará a cabo actividades relacionadas con mercadeo y publicidad para la correcta ejecución de los proyectos y programas de la Corporación Ruta N Medellín.
TÉRMINOS DE REFERENCIA CONVOCATORIA PÚBLICA 014 DE 2022
OBJETO:
Contrato de prestación de servicios por medio del cual la agencia de publicidad llevará a cabo actividades relacionadas con mercadeo y publicidad para la correcta ejecución de los proyectos y programas de la Corporación Ruta N Medellín.
Medellín, septiembre de 2022
RECOMENDACIONES
SEÑOR PROPONENTE TENGA EN CUENTA
1. Lea cuidadosamente el contenido de este documento.
3. Verifique no estar incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades para participar en la presente convocatoria y para celebrar contratos con las entidades estatales según lo dispuesto en la normatividad legal vigente.
4. Cerciórese que cumple las condiciones y reúne los requisitos aquí señalados.
5. Proceda a reunir la información y documentación exigida y verifique la vigencia para los documentos que la requieran.
6. Tenga en cuenta el presupuesto oficial establecido para esta convocatoria.
7. Cumpla las instrucciones que en estos términos de referencia se imparten para la elaboración de su propuesta.
8. Identifique su propuesta en la forma indicada en este documento.
9. Presente su propuesta en la forma y condiciones indicadas en los presentes términos de referencia.
10. Revise los formatos y anexos de la presente convocatoria y diligencie totalmente aquellos requeridos para la presentación de la propuesta.
11. Tenga presente la fecha y hora prevista para el cierre de la presente convocatoria pública, en ningún caso se recibirán propuestas radicadas fuera del término previsto. Deberá prever el tiempo que se demore en ingresar hasta las instalaciones de la Corporación Ruta N, cuando se exija la presentación de la propuesta física y específicamente a la ventanilla de radicación, sitio de entrega de las propuestas, el riesgo corre por cuenta del proponente. Así mismo, respecto de los envíos de las propuestas a través de correo electrónico, deberá tenerse en cuenta que el correo no se quede en la bandeja de salida y que efectivamente llegue al correo de la Corporación determinado para el efecto, dentro del plazo establecido en el respectivo cronograma.
12. Este proceso se llevará a cabo a través de una Invitación Pública Internacional, la cual será publicada en la plataforma digital SECOP 2 1Inicio (xxxxx.xxx.xx)
13. Toda consulta debe realizarse a la Corporación Ruta N dentro del horario comprendido entre las 8:00 a.m. y 4:00 p.m., a través y únicamente de la plataforma SECOP II. No se atenderán consultas telefónicas ni personales. Ningún convenio verbal con el personal o contratistas de la Entidad, antes, durante o después de la firma del contrato, podrá afectar o modificar ninguno de los términos y obligaciones aquí estipuladas.
14. Los criterios de evaluación, interpretación, aplicación, y el cronograma de la presente invitación están contenidos en los términos de referencia que se pueden consultar en el portal de SECOP II ( xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX ), al igual que la
1 El SECOP II es la nueva versión del SECOP (Sistema Electrónico de Contratación Pública) para pasar de la simple publicidad a una plataforma transaccional que permite a Compradores y Proveedores realizar el Proceso de Contratación en línea. Desde su cuenta, las Entidades Estatales (Compradores) pueden crear y adjudicar Procesos de Contratación, registrar y hacer seguimiento a la ejecución contractual. Los Proveedores también pueden tener su propia cuenta, encontrar oportunidades de negocio, hacer seguimiento a los Procesos y enviar observaciones y Ofertas. ( xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx/xxxxx-xxxxxxx )
presentación de la empresa contratante, los documentos necesarios para conocer el alcance del proyecto y todo el proceso de la contratación
15. LAS OBSERVACIONES, PROPUESTAS, SUBSANACIONES, ANEXOS O CUALQUIER OTRO DOCUMENTO, SE RECIBIRAN DE FORMA DIGITAL A TRAVÉS DEL SITIO DESTINADO PARA ESTE PROCESO EN LA PLATAFORMA DEL SECOP II, ÚNICO MEDIO QUE CANALIZARÁ CUALQUIER TIPO DE COMUNICACIÓN ENTRE LOS PROPONENTES Y LA CORPORACION RUTA N MEDELLIN Y LAS SOLICITUDES SE RESPONDERÁN MEDIANTE COMUNICACIÓN ESCRITA A TRAVÉS DE LA MISMA PLATAFORMA.
Con la presentación de la oferta, el proponente manifiesta que estudió y entendió los Términos de Referencia y todos los documentos anexos, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza del objeto y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en los Términos de Referencia, serán de su exclusiva responsabilidad. En consecuencia, Xxxx N no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos desfavorables en que incurra el proponente y que puedan incidir en la elaboración de su oferta. La información contenida en estos Términos de Referencia sustituye totalmente cualquier otra que Ruta N o sus representantes pudieran haber suministrado en forma preliminar a los proponentes interesados en esta convocatoria.
De igual manera, en cualquier momento, y sin lugar a ningún tipo de reconocimiento de perjuicio alguno, Ruta N podrá suspender o terminar el proceso en cualquier etapa precontractual sin que exista obligación de adjudicación, publicando el aviso correspondiente.
TRANSPARENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones de los presentes términos de referencia, y el contrato que forma parte de los mismos, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran.
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción, se podrá interponer denuncia o queja a la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, a través del correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx, igualmente se podrán comunicar a través de la línea 01 8000 913 040, por correspondencia o personalmente, en la dirección Xxxxx 0 Xx. 0 - 00, Xxxxxx, X.X., página de Internet: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
RECOMENDACIONES SECOP II
El presente proceso se llevará a cabo a través del Sistema Electrónico de Contratación Pública SECOP II, único medio habilitado para la recepción de ofertas so pena de ser rechazado, administrado por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente. Por lo anterior es necesario tener en cuenta las siguientes consideraciones:
a. El oferente que quiera participar en el proceso de selección deberá estar registrado en la Plataforma del SECOP II, medio por el cual se publicarán los documentos del proceso, se
realizarán todas las comunicaciones, se presentarán las ofertas por parte de los oferentes. La guía para el registro en la plataforma la podrá encontrar en el siguiente enlace: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxx_xxxxxx/xxxxx/xxx_xxxx/xxx-xxx-xx- 07provppregistroproveedor.pdf
b. Frente al uso de la plataforma del SECOP II es importante que los oferentes en participar en el proceso conozcan el contenido de los términos y condiciones de uso de la plataforma, donde se indican aspectos técnicos relevantes de su uso. Esta información la podrán encontrar en el siguiente enlace: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxxx-x- condiciones
c. Frente al uso de la plataforma del SECOP II, los oferentes en participar en el proceso de selección, deberán atender las indicaciones contempladas en las guías y lineamientos dictados por Colombia Compra Eficiente y que podrán encontrar en el siguiente enlace: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx-xx-xx-xxxxx-xx/xxxx-xxxx-xx-xxxxx-xx- provedores
d. En caso de indisponibilidad, siga los pasos del protocolo de indisponibilidad del SECOP II en el siguiente link, so pena de incurrir en causal de rechazo: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxx_xxxxxx/xxxxx/xxx_xxxxxxxxxx/xxxxxxxxx_x e_indisponibilidad_secop_ii.pdf
Y emplee la guía de indisponibilidad en el siguiente link: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxx_xxxxxx/xxxxx/xxx_xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxx bilidadsecopii.pdf e informe en la oportunidad indicada al correo dispuesto por la entidad para esta finalidad: “xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx”
e. En ningún caso la Entidad se hará responsable de los defectos o inconvenientes que tenga el
oferente con el uso del SECOP II, y que por culpa de estos se le impidan enviar a la entidad su oferta o cualquier tipo de requerimiento, en las distintas instancias del proceso, por lo que resulta de su exclusiva responsabilidad el precaver el cumplimiento del horario establecido y los medios electrónicos empleados para cumplir la presentación de documentos y el cumplimiento de los requerimientos de la entidad.
CAPÍTULO PRIMERO
DE LAS CONDICIONES GENERALES INFORMACIÓN GENERAL
Portafolio Solicitante: PERSUADIR.
Presupuesto oficial: El valor del presente contrato será por la suma de SEISCIENTOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/L ($600.500.000) incluido IVA y demás impuesto a que haya lugar. La Corporación Adjudicara el valor del contrato por el monto de los recursos, y se desembolsara de acuerdo al tarifario de la oferta ganadora.
Lugar de Ejecución: El lugar de ejecución del objeto contractual es la ciudad de Medellín.
Plazo de Ejecución: El plazo de ejecución será hasta por doce (12) meses o hasta el agotamiento de los recursos económicos, contado a partir de la suscripción del acta de inicio, lo que primero ocurra, previo al cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución contractual.
Identificación del contrato a celebrar: Se trata de un contrato de prestación de servicios
OBJETO
Contrato de prestación de servicios por medio del cual la agencia de publicidad llevará a cabo actividades relacionadas con mercadeo y publicidad para la correcta ejecución de los proyectos y programas de la Corporación Ruta N Medellín.
PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO
El presupuesto oficial estimado para la presente contratación será por la suma de SEISCIENTOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/L ($600.500.000) incluido IVA y demás impuesto a que haya lugar. La Corporación Adjudicara el valor del contrato por el monto de los recursos, y se desembolsara de acuerdo al tarifario de la oferta ganadora.
Este valor se encuentra amparado por el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) N° 635, 637, 638, 643, 644, 645, 646,667,683, 684, 686, 698
En caso que no se ejecute la totalidad del presupuesto del contrato no existe obligación alguna por parte de RUTA N de pagarle lo proporcional a lo no ejecutado al contratista. En consecuencia, se entiende que el proponente al momento de presentar la propuesta entiende y acepta lo anterior.
FUNDAMENTO JURÍDICO APLICABLE
Para el presente proceso se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Manual de Contratación de la Corporación Ruta N, que establece que: “6.7.1. Convocatoria Pública de Ofertas. Cuando la contratación que se pretenda adelantar tenga un valor igual o superior a quinientos (500) SMLMV se deberá adelantar una convocatoria pública de ofertas, salvo las excepciones expresamente consagradas en el presente Manual de Contratación. Adicionalmente, incluso por montos inferiores a quinientos (500) SMLMV será posible adelantar por convocatoria pública la selección del contratista cuando la Corporación así lo considere.”
No obstante que la Corporación tiene un régimen de contratación especial, conforme a su naturaleza jurídica, se seguirán de forma estricta los principios de la contratación pública en las diferentes etapas del proceso contractual. Así mismo la entidad aplica en desarrollo de su actividad contractual, los principios de la función administrativa y de la gestión fiscal de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, respectivamente según sea el caso y está sometida al régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto legalmente para la contratación estatal
INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES Y NO EXISTENCIA DE CONFLICTOS DE INTERÉS
Con base en lo anterior, el proponente debe declarar el respectivo Anexo diseñado para el efecto, que él o sus integrantes en caso de propuestas conjuntas o plurales no están incursos en ningún tipo de inhabilidades o incompatibilidades constitucionales o legales para celebrar contratos con entidades estatales establecidas en los artículos 8º y 9º de la Ley 80 de 1993, el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011 y demás normas concordantes.
De igual manera, señalará de forma expresa, que no se encuentra el proponente en ningún tipo de conflicto de interés2 real o aparente con la Corporación al momento de la presentación de su oferta
PROPUESTAS CONJUNTAS
En el caso de propuestas conjuntas o plurales, los consorcios y las uniones temporales se conformarán de acuerdo con los preceptos legales vigentes y presentarán el documento de constitución con la presentación de su oferta, constitución que deberá ser previa a la fecha de la presentación de la oferta, junto con la información de su composición. Ningún integrante de una propuesta conjunta o plural podrá participar en otras propuestas. En el evento que esto ocurra será causal de RECHAZO de todas las propuestas en las que participen.
INTEGRALIDAD Y COMPLEMENTO DE LOS TÉRMINOS DE LA INVITACIÓN PÚBLICA
Son documentos complementarios de la presente invitación pública, entre otros: El manual de contratación de la Corporación Ruta N
El Estatuto Anticorrupción (Ley 1474 de 2011). Las actas de las audiencias públicas del proceso.
Las aclaraciones y/o adendas a los términos de referencia. Los certificados de disponibilidad presupuestal.
Los comunicados que se expidan en el marco del presente proceso contractual.
PRELACIÓN DE DOCUMENTOS
En caso de presentarse contradicciones, ambigüedades o diferencias entre los documentos que la Corporación Ruta N suministra a los proponentes en la etapa precontractual, prevalecerá sobre los demás documentos, lo expresado en estos términos de referencia, incluyendo sus adendas.
CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA
ACTIVIDADES | FECHA | OBSERVACIONES |
Apertura de la Convocatoria y publicación de los Términos de referencia | 28 septiembre de 2022 | Se publicará en la plataforma SECOP II |
Audiencia de aclaraciones a los términos de referencia | 03 de octubre de 2022 | Se realizará a solicitud de los interesados, el día y la fecha acá señalada se enviara el link de la Audiencia. |
Fecha límite para recepción de preguntas y de solicitudes de aclaración o modificación | 04 de octubre de 2022 Hora: 4:00 p.m. | Enviar observaciones a la Corporación Ruta N Medellín a través de la plataforma SECOP II. Únicamente |
2 Se entiende por conflicto de interés aquella situación donde los intereses de negocios, financieros, familiares, políticos o personales podrían interferir con el juicio de valor del personal en el desempeño de sus obligaciones hacia la Corporación Ruta N.
de los términos de referencia | ||
Fecha límite para la publicación de las respuestas a las preguntas y solicitudes de aclaración o modificación | 05 de octubre de 2022 | Se publicará en la plataforma SECOP II |
Fecha límite para la entrega de propuestas (Fecha y hora de Cierre) | 12 de octubre de 2022 Hora: 4:00 p.m. | Presentar Ofertas en la plataforma SECOP II |
Publicación del informe de verificación de requisitos habilitantes | 14 de octubre de 2022 | Se publicará en la plataforma SECOP II |
Plazo para subsanar los requisitos habilitantes, y presentar los documentos y/o aclaraciones solicitadas por la Corporación Ruta N. | 18 de octubre de 2022 Hora: 04:00 p.m. | Presentar subsanaciones a la Corporación Ruta N Medellín, a través de la plataforma SECOP II |
Publicación de citaciones para exposición de propuestas. | 18 de octubre de 2022 | Se publicará la citación de los proponentes que quedaron habilitados para continuar en el proceso, a través de la plataforma SECOP II |
Exposición de propuestas por parte de los proponentes | 20 de octubre de 2022 | Presentación de las propuestas ante el equipo Ruta N |
Publicación del Informe de Evaluación de las Propuestas | 21 de octubre de 2022 | Se publicará en la plataforma SECOP II |
Plazo para presentar observaciones al informe de evaluación | 24 de octubre de 2022 Hasta las 4:00 p.m. | Enviar observaciones a la Corporación Ruta N Medellín, a través de la plataforma SECOP II |
Publicación de respuestas a observaciones al informe de evaluación | 25 de octubre de 2022 | Se publicará en la plataforma SECOP II |
Publicación del Informe definitivo | 26 de octubre de 2022 | Se publicará en la plataforma SECOP II |
Acto de adjudicación del contrato | 27 de octubre de 2022 | Se publicará en la plataforma SECOP II |
La hora legal para Colombia es la GMT-5 horas de acuerdo con lo establecido por el Instituto Nacional de Metrología de Colombia. xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xxx.xx/. Así mismo esta misma hora debe configurarse en el SECOP II en el momento del registro en la plataforma. De no ser así, el SECOP II puede bloquear la realización de acciones como la presentación de ofertas, ya que la misma plataforma contiene un reloj interno para la gestión de los cronogramas.
Apertura de la convocatoria y publicación de los Términos de Referencia
La Corporación Ruta N, ordenará la apertura del proceso de invitación pública mediante la modalidad de Invitación Pública con la publicación de los presentes términos de referencia en la plataforma SECOP II, a partir de la fecha señalada en el cronograma del proceso.
Prórroga del plazo de la Convocatoria Pública
El plazo de la invitación pública, entendido como el término entre la fecha de apertura y la de cierre, se podrá prorrogar cuando así lo considere conveniente la Corporación.
Aclaraciones o modificaciones a los Términos de Referencia
Si los interesados en participar en el presente proceso de selección tienen dudas acerca de los Términos de Referencia publicados, su significado o interpretación, deberán solicitar por escrito las aclaraciones del caso.
Las solicitudes de aclaración se recibirán hasta el día y hora prevista en el cronograma del proceso y para que sean consideradas, deben radicarse a través de la plataforma SECOP II
Si se requiriese modificar o adicionar los términos de referencia, se expedirán adendas hasta con un
(1) día hábil de antelación al cierre de la convocatoria. Estos documentos serán objeto de publicación en la plataforma SECOP II
Las consultas y sus respuestas no suspenderán el plazo para la presentación de las propuestas.
Verificación de Requisitos Habilitantes
Durante el plazo previsto en el cronograma del proceso, se realizará la verificación de los requisitos habilitantes de los proponentes.
La Entidad tendrá en cuenta que en todo el proceso de selección primará lo sustancial sobre lo formal. En consecuencia, la ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos.
Publicidad de los informes
El informe de verificación de requisitos habilitantes y de proponentes habilitados serán publicados en la plataforma SECOP II, para que, dentro de las fechas indicadas en el cronograma del proceso, los proponentes presenten las observaciones y aclaraciones que estimen pertinentes.
Las aclaraciones y observaciones, se deberán presentar en los plazos establecidos en el cronograma de la convocatoria y para que sean consideradas, deben radicarse a través de la plataforma SECOP II las cuales se responderán en los plazos igualmente establecidos en el cronograma y a través de la publicación correspondiente en la plataforma SECOP II
Declaratoria de desierta
Cuando existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de las propuestas, la Corporación declarará desierto el presente proceso.
CAPÍTULO SEGUNDO DE LAS PROPUESTAS
RECIBO DE LAS PROPUESTAS
Se recibirán propuestas desde y hasta las fechas y horas indicadas en el cronograma de estos Términos de Referencia, y en la forma aquí establecida. Las ofertas presentadas extemporáneamente y/o en lugar diferente no serán consideradas dentro del proceso de selección y serán devueltas sin abrir, al proponente que la remite.
No se recibirán propuestas enviadas por correo, ni entregadas con posterioridad a la fecha y hora de cierre. Ni entregadas en lugar diferente al establecido.
Todos los gastos, derechos, impuestos, tasas, contribuciones que se causen con ocasión de la suscripción y ejecución del contrato, de acuerdo con las normas legales vigentes, correrán por cuenta del contratista.
Los oferentes deberán asumir todos los costos que les cause la preparación de la oferta, los cuales en ningún caso son reembolsables.
Las propuestas deberán tener una vigencia mínima de tres (3) meses contados a partir de la fecha de cierre de la convocatoria. En el caso que el proponente no indique en el texto de la propuesta el tiempo de validez de la misma, se entenderá que ésta es por tres (3) meses. La Corporación Ruta N, podrá solicitar a los proponentes extender el periodo de validez de la misma, en razón de la prórroga en los plazos de la convocatoria, adjudicación o firma del contrato según sea el caso.
No se aceptarán las propuestas parciales o condicionadas.
Cualquier persona que demuestre interés legítimo, podrá solicitar por escrito y a su cargo, copia parcial o total de las actuaciones y propuestas recibidas, respetando la reserva de que gocen las propuestas, conforme a la normatividad vigente, teniendo en cuenta de forma estricta la confidencialidad o reserva por las patentes, secretos industriales, procedimientos y/o privilegios.
El proponente deberá indicar expresamente en su oferta qué información de la consignada tiene carácter de reservada, señalando expresamente la norma jurídica en la que se fundamenta, con el fin de que Xxxx N se abstenga de entregar la misma, cuando cualquier persona, ejerciendo el derecho de petición, solicite copia de las propuestas. En el evento de que no se señale la norma específica que le otorgue ese carácter, se tendrá por no escrito el anuncio de reserva.
Ningún oferente podrá modificar, adicionar o retirar su propuesta después del cierre de la presente invitación pública.
CAPÍTULO TERCERO
DE LOS REQUISITOS HABILITANTES
LA PROPUESTA DEBERÁ ESTAR INTEGRADA POR LOS DOCUMENTOS QUE SE RELACIONAN A CONTINUACIÓN
La verificación de los requisitos habilitantes se publicará en la plataforma SECOP II de la Corporación, en los plazos establecidos en el cronograma del proceso.
Los requisitos habilitantes miden la aptitud del proponente para participar en un Proceso de Contratación como oferente y están referidos a su capacidad jurídica, financiera, organizacional y/o técnico y a su experiencia.
El propósito de los requisitos habilitantes es establecer unas condiciones mínimas para los proponentes de tal manera que la Corporación Ruta N sólo evalúe las ofertas de aquellos que están en condiciones de cumplir con el objeto del Proceso de Contratación.
REQUISITOS JURÍDICOS HABILITANTES
Este ítem no dará puntaje, habilitará o descalificará la propuesta (CUMPLE O NO CUMPLE).
DOCUMENTO 1: Carta de presentación de la propuesta. (Anexo I)
El proponente deberá adjuntar a la propuesta, la carta de presentación de la misma, debidamente firmada por el proponente: representante legal para las personas jurídicas, persona designada para representarlo en caso de consorcio o unión temporal o apoderado debidamente constituido.
En este último caso, el autorizado deberá acompañar a la carta de presentación de la propuesta, el documento que así lo acredite. Con la firma de dicho documento, el oferente declara bajo la gravedad de juramento, que no se encuentra incurso en ninguna causal de inhabilidad e incompatibilidad para presentar oferta y acepta y conviene expresamente en los procedimientos, contenidos y obligaciones recíprocas derivadas del presente proceso de selección.
La carta debe remitirse en la papelería del proponente y debe constituir un compromiso de adherencia y responsabilidades, siguiendo el contenido del Formato que la Corporación ha establecido para tales efectos.
Nota: En el evento de que la oferta se presente a través de apoderado, éste debe encontrarse debidamente facultado para participar en el proceso de contratación y suscribir el contrato que se derive de éste.
Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia, deberán además acreditar un apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado para realizar el ofrecimiento, de ser necesario presentar la propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso de selección, suscribir los documentos y declaraciones que se requiera, así como el contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con la convocatoria, así como para ejecutar el contrato, liquidarlo o
representarlo judicial o extrajudicialmente.
Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en consorcio o unión temporal, y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes del consorcio o unión temporal con los requisitos relacionados con la autenticación, consularización y traducción; particularmente con lo exigido en el Código de Comercio de Colombia.
El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del consorcio o unión temporal.
La carta de presentación deberá cumplir los siguientes requisitos: 1) Debe contener todas las manifestaciones y declaraciones que contiene el Anexo 1; 2) El proponente NO podrá señalar condiciones diferentes a las establecidas en los presentes términos de referencia. 3) Será rechazada la propuesta sometida a condiciones para celebrar el contrato.
DOCUMENTO 2: Certificado de Existencia y Representación legal expedido por la respectiva Cámara de Comercio o Registro Mercantil.
Personas jurídicas nacionales: El proponente deberá acreditar su existencia y representación legal a través del correspondiente certificado expedido por la Cámara de Comercio de la jurisdicción del domicilio principal, con una antelación no superior a treinta (30) días calendario, anteriores al cierre del proceso de selección.
Personas jurídicas extranjeras: Deberán aportar el documento que acredite la inscripción en el registro correspondiente en el país en donde tiene su domicilio principal.
Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia acreditarán lo pertinente mediante un certificado expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, cuya fecha de expedición deberá ser dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha prevista para la recepción de documentos, en el que conste su existencia, y el nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades. Si el representante legal tuviere limitaciones para comprometer a la empresa mediante la presentación del ofrecimiento, para presentar la propuesta, suscribir el contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la contratación, deberá presentar conjuntamente con el ofrecimiento copia del acta o documento en la que conste la decisión del órgano social competente o su equivalente de la sociedad extranjera, que autorice la presentación del ofrecimiento y de ser necesario lo faculte para la presentación de la propuesta, la celebración del contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación.
Si una parte de la información solicitada no se encuentra incorporada en el certificado o documento mencionado, o si este tipo de certificados o documentos no existieren, de acuerdo con las leyes que rijan estos aspectos en el país de origen, sede del interesado, la información deberá presentarse en documento independiente emitido por el representante del máximo órgano directivo de la empresa.
Si la solicitud fuere suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que se encuentre abierta en Colombia y/o por el representante de ésta, deberá acreditarse la capacidad legal de la sucursal y/o de sus representante mediante la presentación del certificado de existencia y representación legal expedido por la Xxxxxx xx xxxxxxxx xx xx xxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx en la cual se encuentre establecida la sucursal, cuya fecha de expedición deberá ser dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de prevista para la recepción de documentos. Cuando el representante legal de la sucursal tenga limitaciones para presentar el ofrecimiento, la propuesta, suscribir el contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la contratación, deberá presentar junto con el ofrecimiento copia del acta en la que conste la decisión del órgano social competente o su equivalente de la sociedad extranjera, que autorice la presentación del ofrecimiento, y de ser necesario lo faculte para presentar propuesta, celebrar el contrato y realizar los demás actos requeridos para la contratación.
NOTA 1: El objeto social de la persona jurídica oferente, así como el de los miembros del consorcio o unión temporal, deberá ser relacionado con el objeto de la presente convocatoria.
NOTA 2: Los documentos con los cuales el proponente acredite sus requisitos habilitantes que hayan sido escritos originalmente en una lengua distinta al castellano, deben ser traducidos al castellano y ser presentados en su lengua original junto con la traducción al castellano. El proponente puede presentar una traducción simple al castellano. Si el proponente resulta adjudicatario para firmar el contrato debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados en idioma extranjero. La traducción oficial debe ser el mismo texto presentado para acreditar los requisitos habilitantes. Los documentos presentados por los proponentes no requieren legalización alguna salvo los documentos otorgados en el exterior y los poderes generales o especiales que deben ser otorgados ante Notario Público. En caso de resultar adjudicatario, el oferente, para firmar el contrato, debe presentar los documentos otorgados en el extranjero, legalizados de conformidad con la Convención de la Haya.
NOTA 3: En el evento de resultar favorecido con la adjudicación un proponente extranjero sin domicilio ni sucursal en Colombia, para efectos de poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una sucursal en Colombia en los términos del Código de Comercio, de acuerdo con lo señalado en los Artículos 471 y 474 del citado Código.
NOTA 4: En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 874 del Código de Comercio, en concordancia con el Articulo 28 de la Ley 9 de 1991, el Artículo 3 del Decreto 1735 de 1993 y la Resolución No. 8 de 2000, modificada por la Resolución 6 de 2006, emanada del Banco de la Republica, el valor en pesos colombianos del contrato o contratos celebrados en moneda distinta será el de la fecha de su suscripción o firma de acuerdo con la tasa de cambio oficial que indique el Banco de la Republica.
NOTA 5: El oferente extranjero deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en este proceso. En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en país distinto a Colombia, para efectos de certificarla deberá adjuntar la certificación respectiva que deberá cumplir con los requisitos establecidos en este documento. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en idioma distinto al castellano, deberá adjuntarse además del documento en idioma extranjero, la traducción al idioma castellano del documento. Si el proponente resulta adjudicatario para firmar el contrato
debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados en idioma extranjero. La traducción oficial debe ser el mismo texto presentado para acreditar los requisitos habilitantes.
Si la propuesta se presenta a nombre de una sucursal, se deberán anexar los certificados tanto de la sucursal como de la casa principal.
Consorcios o uniones temporales: Para las propuestas plurales en asociación se debe presentar el certificado de Existencia y Representación Legal de cada uno de los miembros que conforman la unión temporal o el consorcio, expedido dentro de los treinta (30) días calendario anteriores al cierre del proceso de selección de la autoridad respectiva, con los mismos requisitos establecidos en el acápite de Personas Jurídicas ya expuesto.
El plazo de duración debe ser igual al plazo de ejecución del contrato que se va a adjudicar y mínimo un (1) año más.
DOCUMENTO 3: Autorización del órgano social.
Si el estatuto social impone restricciones a la autorización para la presentación de la propuesta y/o suscripción del contrato, conferida al representante legal, se debe adjuntar copia del documento de autorización correspondiente, emitido por la junta de socios o asamblea u órgano superior de gobierno social. Para el caso de consorcios o uniones temporales, dicho documento es exigible a cada uno de los integrantes, si sus estatutos de forma individual contienen la limitante.
Cuando el monto de la propuesta fuere superior al límite autorizado al Representante Legal, el oferente deberá anexar la correspondiente autorización impartida por la Junta de Socios, Asamblea o el estamento de la sociedad que tenga esa función donde lo faculte específicamente para presentar la propuesta en esta selección y celebrar el contrato respectivo en caso de resultar seleccionado.
En el evento en que el contenido del certificado expedido por la Cámara de Comercio haga remisión a los estatutos de la Sociedad para establecer las facultades del Representante Legal, el oferente deberá anexar copia de la parte pertinente de dichos estatutos, y si de éstos se desprende que hay limitación para presentar la propuesta en cuanto a su monto, se deberá igualmente adjuntar la autorización específica impartida por la Junta de Socios, Asamblea o el estamento de la sociedad que tenga esa función, para participar en este proceso y suscribir el contrato con la Corporación Ruta N, en caso de resultar seleccionado.
DOCUMENTO 4: Documento de constitución del consorcio o unión temporal.
Cuando la propuesta sea presentada en consorcio o unión temporal, se debe anexar el documento suscrito por sus integrantes, en el cual se demuestre el estricto cumplimiento de lo siguiente:
• Indicar en forma expresa si su participación es a título de consorcio o unión temporal.
• Designar la persona, que para todos los efectos representará el consorcio o la unión temporal.
• Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del consorcio o la unión temporal y sus respectivas responsabilidades.
• Precisar cuál es el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes.
• En el caso de la Unión Temporal, señalar en forma clara y precisa, los términos y extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución, y las obligaciones y responsabilidades de cada uno en la ejecución del contrato (ACTIVIDADES), los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la entidad contratante.
• Señalar la duración del mismo que no deberá ser inferior a la del contrato y un año más. (indicarse expresamente que el consorcio o unión temporal NO podrá ser liquidado o disuelto durante la vigencia o prorrogas del contrato que se suscriba).
Los integrantes del consorcio o unión temporal en el documento de constitución, para efectos del pago, en relación con la facturación deben manifestar:
• Si la va a efectuar en representación del consorcio o la unión temporal uno de sus integrantes, caso en el cual se debe informar el número del NIT de quien factura.
• Si la facturación la van a presentar en forma separada cada uno de los integrantes del consorcio o la unión temporal, caso en el cual se debe informar el número del NIT de cada uno de ellos y la participación de cada uno en el valor del contrato.
• Si la va a realizar el consorcio o unión temporal con su propio NIT, caso en el cual se debe indicar el número. Además, se debe señalar el porcentaje o valor del contrato que corresponda a cada uno de los integrantes y el nombre o razón social y el NIT de cada uno de ellos.
• El impuesto sobre las ventas discriminado en la factura que expida el consorcio o unión temporal, deberá ser distribuido a cada uno de sus miembros de acuerdo con su participación en las actividades gravadas que dieron lugar al impuesto, para efectos de ser declarado.
En cualquiera de las alternativas anteriores, las facturas deberán cumplir los requisitos establecidos en las disposiciones legales.
El plazo de duración del Consorcio o la de Unión Temporal debe ser igual al plazo de ejecución del contrato que se va a adjudicar y mínimo un (1) año más.
En caso de resultar favorecidos con la adjudicación para la suscripción del contrato, deberá presentar el respectivo Registro Único Tributario – RUT del consorcio o unión temporal.
Los integrantes del consorcio o unión temporal no pueden ceder sus derechos a terceros, sin obtener la autorización previa, expresa y escrita de la Corporación Ruta N. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integran el consorcio o unión temporal.
DOCUMENTO 5: Certificación del cumplimiento de sus obligaciones con el Sistema Integral de Seguridad Social y Aportes Parafiscales.
De conformidad con la normatividad vigente, el proponente junto con la presentación de su oferta debe acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral,
así como los propios xxx XXXX, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda. Esta certificación debe tener una fecha de expedición no mayor a quince (15) días calendarios anteriores a la fecha del cierre del presente proceso de Selección.
Si el proponente es persona jurídica debe adjuntar con su propuesta, una certificación en la cual se acredite el pago de los aportes realizados durante por lo menos los seis (6) meses anteriores a la fecha definitiva de cierre del presente proceso de selección al Sistema General de Seguridad Social (Salud, Pensiones, Riesgos laborales) así como los aportes parafiscales.
Dicha certificación debe venir suscrita por el Revisor Fiscal de la sociedad y los documentos de identificación del mismo (cedula de ciudadanía, tarjeta profesional, certificado de vigencia de la TP emitido por la entidad competente), si el proponente de acuerdo con la Ley lo requiere, o en caso contrario la certificación debe venir suscrita por el Representante Legal de la sociedad proponente.
En el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes cuando los mismos sean personas jurídicas constituidas en Colombia, deberán presentar en forma independiente dicha certificación expedida por el Representante Legal o Revisor Fiscal respectivo y la documentación de identificación del revisor fiscal (cedula de ciudadanía, tarjeta profesional, certificado de vigencia de la TP emitido por la entidad competente), según corresponda.
En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.
Nota: En caso que el proponente no tenga personal a cargo y por ende no esté obligado a efectuar el pago de seguridad social y aportes parafiscales en relación con personal, debe así indicarlo en la certificación expedida por el Revisor Fiscal o por el Representante Legal o por el proponente persona natural, según el caso, estos últimos bajo la gravedad del juramento, el cual se entiende prestado con la presentación de la oferta.
La obligación de presentar las certificaciones de las que trata este acápite, no aplica para personas jurídicas extranjeras, salvo que participen sucursales de éstas legalmente constituidas en Colombia, caso en el cual deberán presentar la certificación mencionada en el segundo párrafo de este numeral o una certificación del Revisor Fiscal en la que manifieste que la sucursal no tiene empleados y, por lo tanto, no deben cumplir con lo señalado las normas vigentes.
La Entidad se reserva el derecho de verificar con las respectivas entidades del sistema de seguridad social la información que suministran los proponentes. Si se advierten discrepancias entre la información suministrada y lo establecido por la Entidad, se solicitarán las aclaraciones de rigor.
Cuando el proponente no xxxxxxx con su oferta la certificación de que trata este numeral o la misma requiera aclaraciones, la Corporación se lo solicitará.
DOCUMENTO 6: Certificado de no inclusión en el boletín de responsables fiscales.
El artículo 60 de la Ley 610 de 2000, por medio del cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías, exige como requisito indispensable para
nombrar, dar posesión o celebrar cualquier tipo de contrato con el Estado, verificar que la correspondiente persona jurídica y su representante legal según se trate, no se encuentran reportados en el boletín de responsables fiscales que publica la Contraloría General de la República con periodicidad trimestral.
Con el fin de acreditar el cumplimiento de la anterior, el proponente, y cada uno de sus integrantes, cuando el mismo sea un consorcio o unión temporal, la certificación de antecedentes fiscales, tanto del proponente como persona jurídica, así como de sus representantes legales.
El certificado se consulta a través de la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y no tiene costo alguno).
Tratándose de interesados extranjeros sin domicilio o sin sucursal en Colombia y en cuyo país de origen no existe Boletín de Responsables Fiscales o su equivalente, deberá indicar esta circunstancia, en documento suscrito bajo la gravedad de juramento por el interesado persona natural o representante legal de la persona jurídica, como interesada individual o integrante del interesado plural.
DOCUMENTO 7: Certificación de no reporte en el Sistema de Información de Registro de Sanciones e Inhabilidades de la Procuraduría General de la Nación.
Con el fin de acreditar la no inclusión en el Sistema de Información de Registro de Sanciones e inhabilidades el proponente como persona jurídica o cada de uno de sus integrantes, en el evento de un proponente plural, acreditará con su propuesta el certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación.
Esta consulta se debe realizar a través de la página web xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx y no tiene costo alguno.
Para extranjeros: Las personas jurídicas extranjeras, sin domicilio o sucursal en Colombia deberán manifestar por medio de certificación expedida bajo la gravedad de juramento y debidamente firmada por el proponente natural o el representante legal de personas jurídicas, se deberá hacer dicha manifestación respecto de no estar incluido en el sistema de información de registro de sanciones e inhabilidades de la Procuraduría General de la Nación.
DOCUMENTO 8: Cédula de ciudadanía.
Toda persona natural que funja como representante legal de la persona jurídica oferente en el proceso de contratación, deberá allegar la fotocopia legible de su cédula de ciudadanía amarilla de hologramas, de conformidad con la Ley 757 de 2002, modificada por la Ley 999 de 2005, reglamentada por el Decreto 4969 de 2009. Igualmente lo deberá hacer el apoderado de ser el caso, y cada uno de los representantes legales de los miembros del consorcio o unión temporal que se constituya para el efecto, así como quien vaya a ser designado como representante o representantes del consorcio o unión temporal.
Para personas extranjeras sin domicilio en Colombia, acreditará su existencia mediante una copia
de su pasaporte vigente.
Para personas extranjeras domiciliadas en Colombia, acreditará su existencia mediante una copia de su cédula de extranjería.
DOCUMENTO 9: Declaración de no estar incluido en las listas nacionales e internacionales de lavados de activos, financiación del terrorismo o financiación xx xxxxx de destrucción masiva.
El proponente persona jurídica, debe anexar declaración expresa bajo la gravedad del juramento respecto de que ni el proponente, ni sus representantes legales y/o accionistas o beneficiarios finales, están incluidos en listas nacionales o internacionales xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo o financiación xx xxxxx de destrucción masiva. Cuando se trate de consorcios y/o uniones temporales cada uno de sus integrantes deberá presentar el documento respectivo.
DOCUMENTO 10: Declaración De Beneficiario Real Y Origen De Sus Recursos (Anexo II)
El Oferente o cada uno de los Integrantes de la Estructura Plural, deberán presentar junto con su Oferta una declaración que se entiende prestada bajo la gravedad de juramento en la cual se identifiquen plenamente a las personas naturales o jurídicas que a título personal o directo sean Beneficiarias Reales en caso de resultar Adjudicatarios del futuro Contrato, así como acerca de la licitud del origen de sus recursos.
DOCUMENTO 11: Original de la garantía de seriedad de la propuesta acompañada de las condiciones generales o aval bancario que garantice la seriedad de la oferta.
Requisitos para la garantía de seriedad de la propuesta:
BENEFICIARIO: | Corporación Ruta N. |
AFIANZADO – TOMADOR: | El afianzado es el proponente. En este aspecto se debe tener en cuenta lo siguiente: El/los nombre(s) debe(n) señalarse de la misma forma como figura(n) en el certificado de existencia y representación legal, (persona jurídica) o en el documento de identidad (persona natural). En el caso de consorcios o uniones temporales debe ser tomada a nombre del consorcio o unión temporal (indicando todos y cada uno de sus integrantes). |
TIPO DE GARANTÍA | Seriedad de la Oferta para Entidades Estatales con régimen especial de contratación |
VIGENCIA: | El plazo de vigencia se extiende desde el momento de la presentación de la oferta, y hasta por tres (3) meses más o hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual. (En caso que la fecha de cierre de la presente invitación se amplíe, debe tenerse en cuenta la nueva fecha para efecto de la vigencia de la póliza). |
VALOR ASEGURADO : | 10% del valor del presupuesto oficial. (Las cifras del valor de la póliza deben expresarse en pesos, sin utilizar decimales, para lo cual se aproximará al múltiplo de mil inmediato, teniendo en cuenta reducir al valor inferior si el decimal es de 1 a 49 y aproximar al siguiente superior, si el decimal es de 50 a 99) |
OBJETO: | Amparar la seriedad de los ofrecimientos hechos por el proponente en el proceso de Invitación Xxxxxxx Xx. 000 xx 0000, xxxx xxxxxx xx: “Contrato de prestación de servicios por medio del cual la agencia de publicidad llevará a cabo actividades relacionadas con mercadeo y publicidad para la correcta ejecución de los proyectos y programas de la Corporación Ruta N Medellín.” |
FIRMA | El tomador deberá aportar la garantía debidamente firmada |
Si la oferta se presenta en forma conjunta, es decir, bajo la modalidad de consorcio o unión temporal, la póliza que garantiza la seriedad de la propuesta se tomará a nombre del consorcio o unión temporal, indicando sus integrantes y deberá estar firmada por el representante del mismo.
En caso que la fecha de cierre de la presente invitación pública se amplíe, debe tenerse en cuenta la nueva fecha para efecto de la vigencia de la póliza.
La garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos:
• La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses.
• El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas.
• La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.
• La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento del contrato.
DOCUMENTO 12: Antecedentes Judiciales expedido por la Policía Nacional:
Con el fin de acreditar que el proponente no se encuentre en alguna causal de inhabilidad, el proponente presentará el certificado de antecedentes judiciales expedido por la Policía Nacional para la persona jurídica y su representante legal y cada uno de sus integrantes cuando el mismo sea un consorcio o una unión temporal.
Esta consulta se debe realizar a través de la página web http:/xxx.xxxxxxx.xxx.xx
Documento 13: Inhabilidades e incompatibilidades y no existencia de conflicto de interés. (Anexo III)
El proponente presentará con su oferta el Anexo III correspondiente a la declaración del representante legal de la persona jurídica y de la persona jurídica misma o de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, cuando sea el caso, de que no se encuentran incursos en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en la Constitución Política o
en las normas vigentes. De igual forma declararán la no existencia de conflictos de interés reales, potenciales o aparentes con la Corporación Ruta N para la presentación de la Oferta y la celebración del contrato, en el evento en el que resultare adjudicatario del mismo.
Documento 14: Declaraciones de no sanciones ni multas (Anexo IV)
El proponente presentará con su oferta el Anexo IV correspondiente a la declaración de del representante legal de la persona jurídica y de la persona jurídica misma o de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, cuando sea el caso, de que no han sido objeto de sanciones y multas con ocasión de la celebración de contratos estatales.
Documento 15: libreta militar
Los proponentes (hombres) personas naturales o el represéntate legal de las personas jurídicas, deberán presentar la copia de la libreta militar ampliada al 150% siempre que reúna la condición de Hombre menor de 50 años.
En caso de consorcio o unión temporal, este requisito deberá cumplirse respecto de cada uno de sus integrantes.
Documento 16: Compromiso Anticorrupción (Anexo V)
El proponente presentara con su oferta el anexo V correspondiente a el compromiso de la persona natural o del representante legal de la persona jurídica, y de la persona jurídica misma, o cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, cuando sea el caso, del Compromiso Anticorrupción.
REQUISITOS HABILITANTES DE PERSONAS EXTRANJERAS NO INSCRITAS EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES POR NO TENER DOMICILIO O SUCURSAL EN EL PAÍS.
Capacidad Jurídica:
La persona natural extranjera sin domicilio en Colombia, acreditará su existencia mediante una copia de su pasaporte vigente.
Se deberán aportar los documentos que acrediten la existencia y representación legal de la sociedad extranjera en el país de origen. Así mismo, su decisión de establecer negocios en Colombia cumpliendo con los requisitos señalados en el artículo 472 del Código de Comercio, que indica:
“Artículo 472: La resolución o acto en que la sociedad acuerda conforme a la ley de su domicilio principal establecer negocios permanentes en Colombia, expresará:
1) Los negocios que se proponga desarrollar, ajustándose a las exigencias de la ley colombiana respecto a la claridad y concreción del objeto social;
2) El monto del capital asignado a la sucursal, y el originado en otras fuentes, si las hubiere;
3) El lugar escogido como domicilio;
4) El plazo de duración de sus negocios en el país y las causales para la terminación de los mismos;
5) La designación de un mandatario general, con uno o más suplentes, que represente a la sociedad en todos los negocios que se proponga desarrollar en el país. Dicho mandatario se entenderá facultado para realizar todos los actos comprendidos en el objeto social, y tendrá la personería judicial y extrajudicial de la sociedad para todos los efectos legales, y
6) La designación del revisor fiscal, quien será persona natural con residencia permanente en Colombia”.
Cuando participen en Consorcio o Unión Temporal podrán designar un solo mandatario común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del documento de conformación del Consorcio o Unión Temporal, suscrita por todos los integrantes, con los requisitos de autenticación, consularización y/o apostille y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia, además de los señalados en este documento.
Tratándose de proponentes extranjeros sin domicilio o sucursal en Colombia y en cuyo país de origen no exista la obligación de realizar aportes parafiscales y al sistema de seguridad social, se deberá indicar esta circunstancia en documento suscrito bajo la gravedad de juramento por el proponente persona natural o por el representante legal de la persona jurídica, consorcio o unión temporal.
Tratándose de proponentes extranjeros sin domicilio o sucursal en Colombia y en cuyo país de origen no exista ente estatal que certifique la ausencia de antecedentes disciplinarios o que no exista Boletín de Responsables Fiscales o su equivalencia, se deberá indicar esta circunstancias como la declaración de no contar con antecedentes disciplinarios que implique inhabilidad para contratar en documento suscrito bajo la gravedad de juramento por el proponente persona natural o representante legal de la persona jurídica, como proponente individual o integrante del proponente plural.
REQUISITOS FINANCIEROS HABILITANTES
La Corporación Ruta N verificará la capacidad financiera de los proponentes con base en los siguientes indicadores financieros, y conforme a su balance y estados financieros del último corte de fin de ejercicio anterior a la fecha de la presentación de la oferta correspondiente.
La Corporación Ruta N realizará la verificación del cumplimiento de la capacidad financiera y organizacional exigida para el presente proceso de la siguiente forma:
Todos los indicadores financieros habilitantes establecidos en el presente numeral deberán ser cumplidos por todos los proponentes, sin excepción.
En el caso de empresas extranjeras, los estados financieros de los cuales se tome la información deberán estar preparados de conformidad con los estándares internacionales de reporte financiero
– IFRS, y deberán encontrarse DEBIDAMENTE AUDITADOS Y DICTAMINADOS.
También podrán, a opción de la empresa extranjera, presentar estados financieros bajo los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia – COLGAAP -, caso en el cual la información contable que se obtenga de los mismos deberá presentarse debidamente certificada por Contador Público Colombiano.
Los proponentes deberán acreditar los siguientes índices de capacidad financiera, los cuáles serán verificados por el rol financiero del Comité Evaluador designado por la Corporación Ruta N para la evaluación del presente proceso contractual, con relación a los factores financieros con corte a 31 de diciembre de 2021:
FACTOR | FORMULA | MARGEN SOLICITADO |
ÍNDICE DE LIQUIDEZ | Activo corriente dividido por el pasivo corriente | Mayor (>) o igual (=) a 1.0 |
ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO | Pasivo total dividido por el activo total | Menor (<) o igual (=) a 60% |
NOTA 1: En todo caso la capacidad de organización no podrá ser inferior a la mínima requerida en el presente numeral.
NOTA 2: Para el caso de las propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales, los índices financieros se verificarán o determinarán, según corresponda, para cada uno de los integrantes por separado, luego aplicando el porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal para finalmente sumados como subtotales, obtener el índice de referencia.
NOTA 3: La propuesta será aceptada siempre al aplicar cada uno de los indicadores anteriormente enunciados, su resultado cumpla la condición aceptada.
NOTA 4: Cuando el proponente no cumpla con alguno de los índices en la verificación financiera, ésta se considerará como NO HABILITADA, por lo tanto, no continúa en el proceso de selección.
NOTA 5: Si el proponente tiene gastos de interés igual a cero (0), cumple con el indicador de cobertura de interés. Para que un proponente quede habilitado en el aspecto financiero, deberá cumplir con todos los índices financieros anteriormente descritos, en caso contrario quedará inhabilitado y en consecuencia incurrirá en rechazo de la propuesta.
REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT):
El proponente, debe allegar fotocopia del Registro Único Tributario RUT, en el que indique a qué régimen pertenece. En caso de consorcio, unión temporal u otra forma de asociación, cada uno de sus integrantes debe presentar este documento. El RUT deberá tener una fecha de antelación de impresión no superior a los treinta (30) días previos a la fecha de presentación de la oferta.
REQUISITOS TÉCNICOS HABILITANTES
NATURALEZA Y EXPERIENCIA DE LOS PROPONENTES.
Podrán participar las personas naturales o jurídicas, así como aquellas que conforman Consorcios o Uniones Temporales, consideradas legalmente capaces de conformidad con las disposiciones legales colombianas que acrediten experiencia de la siguiente manera:
EXPERIENCIA MÍNIMA DEL PROPONENTE (XXXXX XX)
Para acreditar la experiencia los proponentes deberán anexar mínimo tres (3) y máximo (5) certificaciones de contratos terminados celebrados con entidades/empresas del sector público o privado, las cuales deberán tener como objeto: la realización de productos y servicios de mercadeo y/o publicidad, y/o la asesoría en estrategias de comunicación y/o publicidad, y/o la promoción y campañas publicitarias integrales (medios masivos, medios digitales, medios alternativos).
La sumatoria del valor de los contratos debe ser igual o superior al presupuesto oficial expresado en SMLMV, y uno (1) de estos contratos deberá tener un valor equivalente mínimo al 30% del presupuesto oficial del presente proceso expresado en SMLMV.
En caso de proponente plural, la experiencia será la sumatoria de la experiencia que acrediten cada uno de los integrantes.
Por otra parte, en caso que un proponente acredite experiencia en un contrato como integrante de contratista plural, la experiencia derivada de ese contrato corresponde a la ponderación del valor del contrato por el porcentaje de participación, que el respectivo proponente haya tenido en el contratista plural.
No podrá acumularse a la vez, la experiencia de los socios y la de la persona jurídica cuando éstos se asocien entre sí para presentar propuesta bajo alguna de las modalidades previstas en las normas legales vigentes.
CONDICIONES PARA LA ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA
Cada uno de los registros de experiencia acreditados por el proponente debe hacer referencia al desarrollo de un contrato independiente. Las prórrogas o adiciones de un contrato se contarán como parte del contrato principal.
Si el proponente acredita más de cinco (5) contratos, sólo se tendrán en cuenta los cinco (5) contratos de mayor valor.
Cada certificación de experiencia deberá contar con la siguiente información:
● Objeto del Contrato.
● Actividades realizadas por el Contratista.
● Identificación y cargo de la persona facultada para expedirla. La certificación debe venir suscrita por la persona que ejerza la representación legal del emisor, supervisor o interventor o por aquel que tenga las facultades para expedirla. Así mismo, debe venir acompañada de los datos de contacto de quien certifica (teléfono, correo electrónico y dirección) o en su defecto el proponente podrá informar los datos de contacto en documento anexo a la propuesta.
● Si la certificación incluye varios contratos, se debe identificar en forma precisa si se trata de adiciones, prórrogas u otrosíes al principal o son contratos diferentes, indicando en cada uno de ellos sus plazos y valor.
● Fecha de suscripción o de iniciación del Contrato.
● Fecha de terminación del Contrato.
● Determinar si el contrato se realizó de forma individual o en consorcio o unión temporal, en este último caso, determinando cuál fue el porcentaje de participación del proponente que pretende acreditar la experiencia correspondiente.
En el evento que las certificaciones no contengan la información que permita su verificación, el proponente deberá anexar a la propuesta copia del contrato, copia del acta de cierre, copia del acta de liquidación, o los documentos soportes que sean del caso, que permita tomar la información que falte en la certificación y permita validar la experiencia solicitada.
Se tendrá como experiencia específica del proponente, única y exclusivamente los contratos referidos o incluidos en la propuesta
Los proponentes deben indicar cuáles certificaciones de experiencia envían para cumplir con el requisito habilitante, y cuáles de las certificaciones que adjuntan deberán tenerse en cuenta para la experiencia adicional puntuable. En caso de no especificar, todas las certificaciones y/o los contratos entregados se tendrán en cuenta como soporte exclusivamente para acreditar la experiencia habilitante.
La Corporación Ruta N se reserva el derecho de comprobar la autenticidad de los documentos aportados, así como de verificar el cumplimiento a cabalidad de los contratos que el interesado certifique. Así mismo, podrá solicitar al Proponente las certificaciones, contratos y demás documentos expedidos por quien esté facultado, en las que se acredite la experiencia que se está presentando.
Para acreditar la experiencia NO se permitirán las AUTOCERTIFICACIONES del proponente.
Valor de los contratos ejecutados presentado en moneda extranjera: El valor del (los) contrato(s) en dólares americanos (USD) se convertirá a pesos utilizando para esta conversión la Tasa Representativa xxx Xxxxxxx-TRM vigente publicada por el Banco de la República en el momento de la terminación del respectivo contrato. Una vez se realice la conversión a la TRM vigente de que habla el punto anterior el valor se convertirá en S.M.M.L.V. colombianos del año en que se terminó el contrato, para efecto de contabilizar el valor requerido.
La certificación deberá ser expedida por el representante legal del contratante o su delegado.
El cumplimiento de los anteriores requisitos no será objeto de evaluación y no otorgará puntaje alguno. El cumplimiento de los mismos será considerado como requisito habilitante, independientemente que igualmente la experiencia sea un criterio de evaluación.
DOMICILIO
Los proponentes deberán aportar una certificación donde el Representante Legal de la empresa manifieste o declare que dispone de oficinas, personal, servicios, transporte y demás equipamientos necesarios para atender la oportuna y adecuada ejecución de este contrato en la ciudad de Medellín o el Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá. La Corporación Ruta N podrá verificar esta información por medio de visitas al lugar físico de cada proponente.
De no contar con sede en la ciudad de Medellín o el Área Metropolitana con los elementos mencionados, el proponente deberá aportar una certificación donde el Representante Legal de la empresa manifieste o declare que está en la plena capacidad de disponer mínimo del ejecutivo de cuenta en la ciudad de Medellín o el Área Metropolitana del Valle de Aburrá, en caso de que se le adjudique el contrato.
CAPÍTULO CUARTO
FACTORES DE PONDERACIÓN Y ESCOGENCIA
La Corporación Ruta N adjudicará el contrato al proponente cuya oferta se estime más favorable a los intereses de la Corporación, que esté ajustado a los aspectos sustanciales de los servicios por contratar y haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo con el siguiente criterio:
Parámetro | Escala de calificación | Máximo puntaje | |
Ponderación técnica | Portafolio: Caso de éxito | 1-11 puntos: insuficiente 12 – 24 puntos: aceptable 25 puntos: excelente | 25 |
Caso hipotético | 1-14 puntos: insuficiente 15-29 puntos: aceptable 30 puntos: excelente | 30 | |
Ponderación económica | Comisión | 20 | |
Tarifario | 20 | ||
Enfoque de género | 1-2 puntos: los lineamientos internos y/o la experiencia no coinciden con las definiciones presentadas por Xxxx X. 0-0 puntos: cuenta con lineamientos internos o con experiencia. 5 puntos: cuenta con lineamientos internos y experiencia. | 5 | |
Total | 100 |
PONDERACIÓN TÉCNICA: CASO DE ÉXITO (25 puntos)
Cada oferente deberá hacer la presentación de una campaña o plan de marca ejecutado en los últimos tres (3) años, podrá elegir uno de los contratos certificados como experiencia habilitante y deberá indicar por medio de un escrito cuál será el caso que va a exponer, el cual deberá ser adjuntado con la propuesta.
Dicho escrito deberá contener una breve presentación, la cual debe incluir el objetivo de la campaña en términos de comunicación y resultados esperados, su ejecución y los resultados obtenidos
.
Cada Oferente tendrá quince (15) minutos para presentar su caso y, con base en la presentación, el equipo de evaluación técnica realizará la calificación de manera individual y este podrá asignar una calificación al contenido de la presentación, que irá entre cero (0) y diez (10) puntos y dará la justificación del puntaje asignado.
Habrá un comité evaluador, que, de acuerdo a sus criterios, de experiencia técnica y necesidades de la Corporación, realizará el correspondiente análisis, y evaluará de forma individual cada uno delos siguientes criterios, Para obtener el puntaje máximo obtenido por cada proponente, se promediará la calificación asignada por cada uno de los evaluadores:
1. Creatividad en la propuesta xx xxxxxxx, acciones y públicos, grado de novedad y originalidad (15 puntos). Se evaluará que la ejecución sea acorde con el objeto del contrato que sea presentado por el proponente para la evaluación de este punto.
2. Calidad de los Resultados (10 puntos): porcentaje de cumplimiento de los objetivos del cliente y resultados en posicionamientos de marca, certificados por el contratante.
PONDERACIÓN TÉCNICA: CASO HIPOTÉTICO (30 puntos)
El proponente deberá entregar junto con su propuesta una planeación 360º de la estrategia, puesta en marcha y presupuesto del caso. Para este punto, el proponente deberá leer el ANEXO VII CASO HIPOTÉTICO y definir bajo dicha descripción de la solicitud hipotética un presupuesto detallado, la ejecución del resultado y los elementos que considere necesarios para la exitosa ejecución de una campaña de mercadeo y comunicaciones, teniendo en cuenta un plan de ejecución online y offline.
Este caso de planeación será evaluado por el comité evaluador designado para ello. Cada uno de los evaluadores lo hará de manera individual y asignará el puntaje con base en 5 criterios que se detallan y explican a continuación. La suma total del puntaje de los criterios de evaluación será la base para el cálculo de la calificación final de cada uno de los oferentes, de tal manera que el puntaje máximo a obtener será de 30 puntos.
Habrá un comité evaluador, que, de acuerdo a sus criterios, de experiencia técnica y necesidades de la Corporación, realizará el correspondiente análisis, y evaluará de forma individual cada uno delos siguientes criterios, Para obtener el puntaje máximo obtenido por cada proponente, se promediará la calificación asignada por cada uno de los evaluadores:
1. Grado de novedad de la propuesta: Desarrollo, originalidad, creatividad y congruencia de la propuesta estratégica con las necesidades planteadas en el caso hipotético.
2. Diseño: Capacidad del proponente para generar un concepto creativo. Capacidades técnicas del diseño: diagramación, manejo tipográfico, del color, aplicación fotográfica o ilustrativa, acabados, entre otros, que evidencien el buen manejo de la xxxxx Xxxx X.
3. Contenidos/Copy: Asertividad, simplicidad y grado de recordación. Coherencia entre el concepto y la imagen, gramática y ortografía.
4. Presupuesto proyectado: Se evaluará la optimización del dinero vs. calidad de los recursos que considere el proponente para ejecutar el caso hipotético. Se considerarán la pertinencia y calidad de las actividades y productos en la resolución del caso, y que, en comparación con lo presentado por otros proponentes, excedan las expectativas y planteen un mayor número de actividades o productos con el mismo presupuesto.
5. Claridad: Coherencia entre la implementación, impacto y razones por las cuales cada ítem o producto y actividad son necesarias para la ejecución de la estrategia. (Máximo 6 puntos).
Parámetro | Escala de calificación | Máximo puntaje |
Grado de novedad | 1-4 puntos | 30 puntos |
Diseño | 1-4 puntos | |
Contenidos/Copy | 1-8 puntos | |
Presupuesto | 1-8 puntos | |
Claridad | 1-6 puntos |
Los proponentes enviarán previamente toda la documentación requerida junto con su propuesta; asimismo los proponentes habilitados realizarán una exposición presencial del caso de planeación y caso de éxito con base en los elementos y criterios descritos en los puntos anteriores, la cual se realizará en la fecha establecida en el cronograma del proceso denominada presentaciones, en la sede de Ruta N ubicada en la xxxxx 00 # 00-00. Tendrán sesenta (60) minutos para la presentación completa, destinando 15 minutos para la presentación del caso de éxito, 30 minutos para la presentación del caso hipotético y 15 para la sesión de preguntas del comité evaluador.
Será causal de rechazo el no asistir a la presentación del caso. De llegar tarde al horario citado, la demora se le restará del tiempo total establecido de sesenta (60) minutos.
PONDERACIÓN ECONÓMICA
EL PROPONENTE DEBERÁ INCLUIR EN LA CASILLA DE CUESTIONARIO EL VALOR TOTAL POR EL CUAL SE VA A ADJUDICAR EL CONTRATO, ES DECIR LA SUMA DE SEISCIENTOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/L ($600.500.000) INCLUIDO IVA
La Evaluación económica se realizará utilizando como base la información diligenciada por los proponentes en los anexos de la Propuesta Económica. Cualquier alteración e incorrecto diligenciamiento por error u omisión al anexo, se considerará causal de rechazo, al no poderse comparar con las demás ofertas presentadas por otros proponentes. La información que deberá diligenciar el proponente se presentará de la siguiente manera:
COMISIÓN (20 PUNTOS) (ANEXO VIII)
Los proponentes deberán indicar en el anexo VIII cuál es el porcentaje de comisión que cobra el proponente por producción o contratación de servicios externos. Dicho porcentaje deberá incluir el fee, el cual deberá contener cualquier costo adicional administrativo y de intermediación, así como los impuestos que se deben pagar y el costo de la póliza de calidad y cumplimiento en el servicio y
pago de salarios. No será aceptado ningún rubro extra por concepto de comisión dentro de la ejecución del contrato.
Sólo será válido un porcentaje de comisión sobre producción o contratación de servicios externos, no es posible proponer diferentes porcentajes de comisión sobre determinados ítems.
Para la evaluación del componente comisión, se asignará una calificación de 20 puntos al que presente el porcentaje de comisión más bajo. De ahí en adelante, se pondera la calificación mediante regla de tres inversas, es decir, entre mayor sea el porcentaje de comisión, menor calificación obtendrá el proponente.
Se evaluarán solo las propuestas que tengan un porcentaje igual o mayor a uno (1) por ciento (%), es decir no se puede presentar una comisión por debajo de uno (1) por ciento (%), este porcentaje se debe indicar diligenciando el cuadro que se encuentra en el anexo x comisión.
MÉTODO DE EVALUACIÓN:
La Entidad otorgará el máximo puntaje a la COMISIÓN hábil para calificación económica de menor valor.
𝑉𝑚𝑖𝑛=𝑀í𝑛𝑖𝑚𝑜 (𝑉1;𝑉2..;…𝑉𝑚) Donde:
• 𝑉𝑖: Es el valor de la comisión de cada una de las propuestas “i”.
• m: Es el número total de la comisión de propuestas válidas recibidas por la Entidad Estatal.
• 𝑉𝑚𝑖𝑛: Es el valor de la comisión válida más baja.
La Entidad procederá a ponderar las comisiones de acuerdo con la siguiente fórmula:
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 = (20∗𝑉𝑚𝑖𝑛)/𝑉𝑖
Donde:
• 𝑉𝑚𝑖𝑛: Es el valor de la comisión válida más baja.
• 𝑉𝑖: Es el valor de cada una de las comisiones “i”.
El valor de la comisión debe ser presentado en porcentaje y contemplar todos los costos directos e indirectos para la completa y adecuada ejecución del presente proceso, los riesgos y la administración de éstos.
Al formular la oferta, el Proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales y dentro de estos mismos niveles territoriales, los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades.
Los estimativos técnicos que hagan los Proponentes para la presentación de sus ofertas deberán tener en cuenta que la ejecución del Contrato se regirá íntegramente por lo previsto en los Documentos del Proceso y que en sus cálculos económicos deben incluir todos los aspectos y
requerimientos necesarios para cumplir con todas y cada una de las obligaciones contractuales como asumir los riesgos previstos en dichos documentos.
TARIFARIO (20 PUNTOS) (ANEXO IX)
Para la calificación de este factor se tendrá en cuenta el valor total indicado en la propuesta económica, el cual se presentará en el anexo IX indicado como tarifario, el cual no podrá ser modificado por los oferentes, en caso de modificar cualquier ítem será causal de rechazo.
El desglose de los Análisis de Precios Unitarios publicados por la Entidad es de referencia, y el proponente no podrá sobrepasar el costo de cada uno de los ítems, si existe alguna duda o interrogante sobre la presentación de estos Análisis de Precios Unitarios y el precio de estudios publicados por la Entidad, es deber de los Proponente hacerlos conocer dentro del plazo establecido en el Cronograma para la presentación de observaciones a los Términos de Referencia para que la Entidad los pueda estudiar.
MÉTODO DE EVALUACIÓN:
La Entidad otorgará el máximo puntaje a la oferta económica hábil para calificación económica de menor valor.
𝑉𝑚𝑖𝑛=𝑀í𝑛𝑖𝑚𝑜 (𝑉1;𝑉2..;…𝑉𝑚) Donde:
• 𝑉𝑖: Es el valor de la comisión de cada una de las propuestas “i”.
• m: Es el número total de la comisión de propuestas válidas recibidas por la Entidad Estatal.
• 𝑉𝑚𝑖𝑛: Es el valor de la comisión válida más baja.
La Entidad procederá a ponderar las comisiones de acuerdo con la siguiente fórmula:
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 = (20∗𝑉𝑚𝑖𝑛)/𝑉𝑖
Donde:
• 𝑉𝑚𝑖𝑛: Es el valor de la comisión válida más baja.
• 𝑉𝑖: Es el valor de cada una de las comisiones “i”.
El valor de la propuesta económica debe ser presentado en pesos colombianos y contemplar todos los costos directos e indirectos para la completa y adecuada ejecución del presente proceso, los Riesgos y la administración de estos.
Al formular la oferta, el Proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales y dentro de estos mismos niveles territoriales, los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades.
Los estimativos técnicos que hagan los Proponentes para la presentación de sus ofertas deberán tener en cuenta que la ejecución del Contrato se regirá íntegramente por lo previsto en los Documentos del Proceso y que en sus cálculos económicos deben incluir todos los aspectos y
requerimientos necesarios para cumplir con todas y cada una de las obligaciones contractuales como asumir los riesgos previstos en dichos documentos.
El valor es simplemente estimativo y no corresponderá al valor del contrato, el valor del contrato será el presupuesto oficial, el tarifario se utilizará para saber el costo de cada uno de los eventos que se vayan ejecutando por la entidad.
ENFOQUE DE GÉNERO (5 PUNTOS)
Se valorará con 5 puntos sobre la calificación total a los proponentes que tengan dentro de sus políticas la promoción de paridad y enfoque de género y/o tenga experiencia en la ejecución de eventos con enfoque de género.
En el primer caso se deberá presentar la política de la empresa donde se acaten lineamientos que se indicarán a continuación.
En el segundo caso se deberá presentar una certificación e informe donde se compruebe el tipo de evento realizado con dicho enfoque.
Los lineamientos o políticas internas de la empresa, así como su experiencia, en caso de presentarlas, deberán estar alineados con las siguientes definiciones, adaptadas de la Sentencia T- 095/18, la Sentencia T-344/20, de la Guía para la inclusión del enfoque diferencial e interseccional en la producción estadística del sistema estadístico nacional del DANE y el Protocolo para la prevención y atención de casos de violencias basadas en género y violencias sexuales en la Universidad Nacional de Colombia:
• Enfoque diferencial: Perspectiva de análisis que permite obtener y difundir información sobre grupos poblacionales con características particulares en razón de su edad o etapa del ciclo vital, género, orientación sexual, identidad de género, pertenencia étnica, y discapacidad, entre otras características; para promover la visibilización de situaciones de vida particulares y brechas existentes, y guiar la toma de decisiones públicas y privadas (adaptado por el DANE del artículo 13 de la Ley 1448 de 2011, Ley de Víctimas).
• Enfoque de género: consiste en el reconocimiento de que históricamente las mujeres han padecido una situación de desventaja que impacta todos los aspectos de sus vidas y han sufrido violencias materiales o simbólicas que les impiden el pleno disfrute de sus derechos fundamentales, y que, por lo tanto, se deben establecer prácticas que propendan por la equidad de género, la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres, el reconocimiento de la diversidad sexual y la eliminación de toda forma de violencia por razones de sexo y género, así como por la eliminación de los escenarios de discriminación y la dificultad para el acceso de las mujeres a sus derechos.
• Equidad de género: Es la promoción de una cultura de igualdad de oportunidades, que reconociendo las diferencias entre mujeres y hombres y los desequilibrios sociales por razones de sexo, promueve acciones para superar dicha desigualdad.
• Brecha de género: es una medida estadística que muestra las diferencias entre hombres y mujeres respecto a un mismo indicador, permitiendo evidenciar las diferencias existentes en el acceso a oportunidades, toma de decisiones y control de los recursos económicos,
sociales, culturales y políticos, entre otras. Este tipo de medición permite observar las diferencias entre hombres y mujeres en una misma temática o indicador, en lugar de mostrar únicamente los niveles de dicho indicador por separado (adaptado por el DANE del World Economic Forum, Gender Gap Index).
• Enfoque interseccional: perspectiva que permite conocer la presencia simultánea de dos o más características diferenciales de las personas (pertenencia étnica, género, discapacidad, etapa del ciclo vital, entre otras) que en un contexto histórico, social y cultural determinado incrementan la carga de desigualdad, produciendo experiencias sustantivamente diferentes entre los sujetos (adaptado por el DANE de la Sentencia T-141-15 de la Corte Constitucional).
• Violencia de género: es un fenómeno fundado en factores sociales como la desigualdad y la discriminación de las mujeres.
PRECIO ARTIFICIALMENTE BAJO
En el evento en el que el precio de una oferta no parezca suficiente para garantizar una correcta ejecución del contrato, de acuerdo con la información recogida durante la etapa de planeación y particularmente durante el Estudio del Sector, la Entidad deberá aplicar el proceso descrito en el artículo 2.2.1.1.2.2.4. del Decreto 1082 de 2015 y los parámetros definidos en la Guía para el manejo de ofertas artificialmente bajas en Procesos de Contratación de Colombia Compra Eficiente.
CAUSALES DE RECHAZO
La Corporación Ruta N rechazará las propuestas:
1. Cuando la propuesta sea presentada de forma extemporánea.
2. Por superar el valor máximo permitido en el tarifario, establecido para los presentes Términos de Referencia.
3. Por superar el valor techo definido por la entidad en el porcentaje de comisión de la propuesta económica.
4. Cuando el proponente no subsane su propuesta en los términos previstos en los términos de referencia de la Corporación Ruta N.
5. Cuando una persona natural o jurídica participe directamente en más de una propuesta, bien sea como proponente individual o como integrante de un consorcio o unión temporal. En este caso, se rechazarán todas las propuestas que incurran en la situación descrita.
6. Cuando la falta de documentos impida a la Corporación Ruta N, realizar una comparación objetiva de propuestas.
7. Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades fijadas por la Constitución y la ley para contratar con el Estado, y/o cuando se encuentre registrado en el Boletín de la Contraloría General de la República como responsable fiscal.
8. Cuando la propuesta modifique los presentes términos de referencia.
9. Cuando no se diligencie completamente el anexo de la oferta económica.
10. Cuando en la propuesta se señalen condicionamientos al cumplimiento de la oferta, distintos a los establecidos en estos términos de referencia.
11. Cuando la oferta sea incompleta o parcial; esto es, cuando no cumpla lo especificado o no incluya algún documento que, de acuerdo con estos términos de referencia, se requiera adjuntar y dicha deficiencia impida la comparación objetiva con otras ofertas.
12. Cuando se compruebe que la información suministrada por los oferentes sea contradictoria o no corresponda en algún aspecto a la verdad o sea artificiosamente incompleta.
13. Cuando se omitan requisitos contenidos en los Términos de Referencia, anexos o formatos que impidan la comparación objetiva de las ofertas o no hayan sido subsanadas y presentadas al tiempo, dentro del plazo estipulado y según la fecha señalada en el cronograma. Lo anterior aplica cuando no se suministre la información solicitada por Ruta N de conformidad con lo previsto en los presentes Términos de Referencia.
14. Cuando no se aporte la garantía de seriedad de la oferta simultáneamente con la oferta.
15. Cuando se presenten propuestas que cumplan parcialmente con lo exigido en los presentes términos.
16. Estar incurso en causal de disolución o liquidación, en quiebra, cesación de pagos o concurso de acreedores.
17. No suscribir la propuesta por el representante legal facultado para ello.
18. Cuando las certificaciones, constancias o documentos no son expedidos en los términos descritos en el presente documento.
19. En los demás casos expresamente establecidos en los presentes Términos de Referencia.
CRITERIOS DE DESEMPATE
En caso de empate al momento de la evaluación, se tendrá en cuenta los estipulado en los factores de desempate que conforme a las normas vigentes deben aplicarse en todo proceso de contratación, en los que la Corporación, estará obligada a escoger al oferente que tenga mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en los términos de referencia. Si el empate persiste debe escoger al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación también establecido y de esta forma debe hacerlo sucesivamente con todos los criterios de escogencia y calificación que se hayan establecido en este documento.
Ahora bien, si el empate persiste tras haber hecho la revisión de los factores ya mencionados, se tomarán en cuenta los demás factores de forma sucesiva y excluyente.
ADJUDICACIÓN
El contrato será adjudicado al oferente con el mayor puntaje obtenido o en caso de empate, a quien quede designado en atención a los criterios de desempate señalados en estos términos.
ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS DESTINADAS A AMPARAR LOS PERJUICIOS DE NATURALEZA CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUAL DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
GARANTIA PRECONTRACTUAL:
Garantía de seriedad del ofrecimiento: El oferente debe presentar junto con la propuesta una garantía de seriedad de la oferta a favor de la Corporación Ruta N, para entidades estatales con régimen especial de contratación, expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, equivalente al diez por ciento (10%) del presupuesto oficial estimado para el presente proceso de selección y con vigencia desde la presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. La garantía de seriedad de la oferta debe cubrir la sanción derivada del incumplimiento de la oferta, en los siguientes eventos: La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la Adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato.
GARANTÍAS CONTRACTUALES:
El contratista deberá constituir una garantía de cumplimiento a favor de la Corporación Ruta N, para entidades estatales con régimen especial de contratación, la cual deberá tener los siguientes amparos.
1. El cumplimiento de todas las obligaciones contractuales y legales inherentes al contrato, en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del mismo, con una vigencia igual al término de ejecución del contrato y seis (6) meses más.
2. El pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales, por valor equivalente al 10 por ciento (10%) del valor total del contrato, con una vigencia igual al término de ejecución del contrato y tres (3) años más.
3. Buena calidad de los servicios prestados: Esta garantía cubre la RUTA N contra los perjuicios imputables al CONTRATISTA derivados de la mala calidad del servicio prestado, teniendo en cuenta las condiciones pactadas en el contrato. Este amparo debe tener una vigencia igual a la del contrato y síes (06) meses más. El valor xxx xxxxxx será el equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato.
El contratista deberá restablecer el valor de las garantías cuando éste se haya visto reducido por razón de las reclamaciones efectuadas por la entidad contratante. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término de ejecución, el contratista deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso.
CAPÍTULO QUINTO DEL CONTRATO
La Corporación Ruta N informará al proponente favorecido para que éste proceda a la firma del contrato.
DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD
La Corporación Ruta N Medellín es una corporación sin ánimo de lucro legalmente constituida, cuyo objeto social es el direccionamiento, difusión y operación de la política y las actividades de ciencia,
tecnología, innovación y emprendimiento de base tecnológica, en todos los campos en los que sus Asociados lo requieran, el sustento normativo de su constitución y funcionamiento se encuentra en las leyes 00 xx 0000 x 0000 xx 0000, x xxx Xxxxxxxx Ley 393 y 591 de 1991, normas que regulan el fomento y asociación para actividades científicas y tecnológicas, proyectos de investigación, creación de xxxxxxxx.xx, y, en general, el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación en Colombia.
En consecuencia, no está sujeta al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, sino a las leyes de ciencia y tecnología mencionadas, y todas las demás que modifiquen, aclaren o regulen la materia, sin perjuicio de la aplicación de los principios generales de la contratación pública, según lo estipulado por el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007.
RUTA N es una entidad sin ánimo de lucro cuyo propósito facilita la evolución económica de la ciudad hacia negocios intensivos en ciencia, tecnología e innovación (CTi), de forma incluyente y sostenible.
La Corporación se divide en equipos de trabajo que acompañan procesos, programas y proyectos específicos o transversales a través de los cuales se busca mejorar la calidad de vida de quienes habitan Medellín, a través de las actividades de CTi.
Uno de estos procesos transversales es el de Mercadeo y Comunicaciones, que se encarga de construir un discurso, así como crear estrategias y planes que contribuyan al relacionamiento y promoción de Ruta N con los públicos que estratégicamente ha definido.
Desde el portafolio Persuadir y el proceso de Mercadeo y Comunicaciones como apoyo transversal a los demás procesos y proyectos de la Corporación, se ha evidenciado la necesidad de contar con diferentes aliados estratégicos que garanticen la mejor ejecución de las necesidades frente al manejo eficiente de los recursos.
RUTA N desde entonces, ha venido solicitando a las diferentes agencias de publicidad que han sido seleccionadas desde las convocatorias o invitaciones directas, por medio de la ejecución de ítems del listado de tarifario que hacen parte de la propuesta económica, horas de trabajo, estrategias de mercadeo y comunicaciones, campañas y conceptos creativos, piezas o apoyo en el área digital, con la responsabilidad de responder ágilmente al día a día cuando ha sido necesario, y ante campañas focalizadas o eventos relevantes para la atracción de emprendedores, inversores y el talento de la ciudad.
Con estas acciones, RUTA N ha contribuido al posicionamiento de la innovación, el fomento de la cultura de la innovación y la promoción de la ciudad y de todo su ecosistema, como fin del desarrollo económico, cultural y social. Razón por la que vemos útil continuar convocando agencias de publicidad, que, con sus servicios prestados en mercadeo dinamicen, provean, creen, y nos ayuden a articular las diferentes actividades y proyectos que hacen parte de la corporación en la ejecución de su misión y visión.
La Corporación ha identificado a la agencia de publicidad como un aliado estratégico para la implementación de estrategias de mercadeo y comunicaciones que se realizan en el marco de la
estrategia corporativa, maximizando la buena experiencia de nuestros públicos en los diferentes puntos de contacto con la marca.
Por lo anterior, se ve necesaria la contratación de una agencia, que, dando continuidad a la importancia de cada uno de los programas y proyectos de la Corporación, tenga la capacidad de darle solución a los retos que se tienen en el cumplimiento de indicadores desde la ejecución conjunta de estrategias de mercadeo y publicidad, conocimiento sobre el mercado y el comportamiento de públicos para traducirlos en mensajes poderosos de ciudad.
Esta contratación es conveniente y oportuna porque para lo que sigue de este 2022, RUTA N necesitará de una agencia de publicidad que apoye en la creación y ejecución de estrategias que impulsen cada uno de los proyectos de la Corporación, que buscan de manera integral y estratégica que la marca se continúe posicionando, siendo un referente y divulgando de manera clara su esencia y todas las acciones que desencadenan el rol que nos convoca como entidad por y para la CTI.
Adicionalmente, necesitaremos su apoyo al subproceso de diseño que, frente a los continuos requerimientos de comunicar la marca requiere de más personas que se hagan aliadas creativas.
Con esta contratación se esperan dinamizar los procesos creativos con los que como Corporación no se cuenta internamente, buscando el apoyo en su quehacer como agencia de publicidad para entregar propuestas de valor a nuestros públicos, y seguir posicionando a la Corporación como fundamentales articuladores para el desarrollo de la ciudad en la academia, lo social y cultural, económico, tecnológico e innovador. También se espera seguir dejando huella en cada uno de los proyectos, y continuar teniendo una conversación cercana con nuestros públicos, principalmente con la ciudadanía
OBJETO
Contrato de prestación de servicios por medio del cual la agencia de publicidad llevará a cabo actividades relacionadas con mercadeo y publicidad para la correcta ejecución de los proyectos y programas de la Corporación Ruta N Medellín.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: En cumplimiento del objeto del contrato, el Contratista deberá aceptar y cumplir con las obligaciones señaladas a continuación y en las que correspondan a la naturaleza de la contratación, así:
OBLIGACIONES GENERALES:
1. Ejecutar el objeto del contrato de acuerdo con la propuesta presentada a RUTA N, la cual forma parte integral del contrato.
2. Atender oportunamente, dentro plazos razonables y acordados mutuamente, las recomendaciones del Supervisor del contrato designado por parte xx XXXX N.
3. Presentar la cuenta de cobro o factura con el lleno de los requisitos exigidos por la Ley, para la realización de los respectivos pagos.
4. Respetar el contrato, en el sentido de que está prohibida la cesión del mismo, a no ser que se cuente con autorización escrita de RUTA N para hacerlo.
5. Prestar el servicio con toda la calidad, diligencia técnica y responsabilidad que el contrato exija. EL CONTRATISTA actuará de manera independiente y autónoma y, por lo tanto, deberá proveer los recursos técnicos y tecnológicos que requiera para el desarrollo del presente contrato.
6. Cumplir con los pagos de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, y aportes a las cajas de compensación familiar, ICBF, y SENA cuando a ello haya lugar de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la ley 789 de 2002 cuyo parágrafo 2ndo fue modificado por el artículo 1 de la ley 828 de 2003 y la ley 1607 de 2012.
7. Las demás que por Xxx y la naturaleza del contrato le correspondan.
8. Cumplir con las obligaciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo de que trata el Decreto 1075 del año 2015 y las demás normas vigentes sobre la materia.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS:
En desarrollo del presente contrato EL CONTRATISTA se compromete a:
1. Prestar los servicios de agencia de publicidad de conformidad con la propuesta presentada y seleccionada por Ruta N.
2. Cumplir con las especificaciones técnicas y el listado de servicios consagrados en el Anexo TARIFARIO COMISIÓN Y COMPONENTE.
3. Garantizar el equipo creativo ofertado en la propuesta por el contratista. En caso de modificaciones en el equipo, garantizar la idoneidad de quienes reemplacen los miembros del equipo. Los perfiles incluyen: ejecutivo de cuenta, directores de arte y creativo, diseñadores gráfico senior y junior, artefinalista, creativo copy y redactor, planner, animador, programador, estratega digital y community manager.
4. Garantizar un ejecutivo de cuenta que atienda las solicitudes realizadas por la supervisión del contrato.
5. El ejecutivo de cuenta debe estar en permanente comunicación con Ruta N a través de reuniones semanales y comunicaciones vía web o telefónicas.
6. Optimizar el presupuesto del contrato y los respectivos proyectos que se desarrollen en el marco de este, logrando la mejor relación costo/beneficio y el mejor resultado.
7. Explorar las diferentes formas de ejecución de las estrategias, logrando resaltar, generar recordación y afinidad con cada uno de los públicos hacia el que van dirigidas.
8. Establecer métricas e indicadores para medir los resultados obtenidos durante las campañas digitales o de pauta, cuando sean implementadas.
9. Trabajar de manera articulada con las demás agencias, contratistas, proveedores y el equipo de Ruta N, en actividades de cocreación, para el cumplimiento de las metas e indicadores que se establezcan.
10. Proveer las estrategias de mercadeo y comunicaciones de Ruta N, las cuales podrán llegar a ser ejecutadas de forma conjunta entre las agencias, contratistas, proveedores y equipo Ruta N. Y liderarlas cuando sea solicitado por el supervisor o supervisora.
11. Realizar, a través de su equipo de trabajo, una inmersión presencial en RUTA N de mínimo 20 horas, para garantizar el conocimiento de los programas, proyectos, estilo de trabajo y procesos necesarios para entender el contexto, finalidad y necesidades.
12. Presentar propuestas al Proceso de Mercadeo y Comunicaciones de Ruta N, acompañadas siempre de un presupuesto aproximado y cronograma de implementación, con el fin de
gestionar los recursos de la Corporación, conforme a las necesidades puntuales de cada proyecto o proceso.
13. Cumplir con los tiempos de entregas de cotizaciones, propuestas, productos y servicios que hayan sido pactados.
14. Prestar asesoría, acompañamiento y seguimiento en la producción de todo el material de mercadeo y comunicaciones.
15. Acatar siempre los requerimientos formulados por el supervisor designado por Xxxx X.
00. Reemplazar los bienes o servicios defectuosos, de mala calidad o de especificaciones diferentes o inferiores a los requeridos, sin que ello implique sobrecostos para Ruta N.
17. El Contratista deberá contar con sus propias herramientas de trabajo, Software y Hardware, incluyendo aquí celulares, tablets, computadores (con todo tipo de sistemas operativos disponibles) y demás programas o aplicaciones de diseño, que sean necesarios para la ejecución del contrato. Igualmente, deberá contar con su propio personal e instalaciones para garantizar un correcto desarrollo del contrato.
18. El Contratista deberá garantizar que está trabajando con licencias oficiales de cada uno de los programas o aplicaciones de diseño que sean necesarios para diseñar los productos requeridos en el presente contrato.
19. Si en las solicitudes realizadas hay ítems que no están en el tarifario, la agencia debe presentar tres cotizaciones oficiales firmadas por cada proveedor, las cuales le deberán ser presentadas al supervisor del contrato para su respectiva aprobación, quien definirá técnicamente cuál será la cotización aprobada, considerando especialmente criterios de calidad, economía y oportunidad. Si la agencia cuenta con este insumo dentro de sus recursos propios, podrá presentar su cotización y la de dos proveedores más.
20. El Contratista deberá garantizar de forma ilimitada las horas necesarias para la revisión de las propuestas, estrategias y productos entregados x Xxxx X. Incluyendo aquí, los rediseños y correcciones requeridas que hayan sido causadas por un error por parte del Contratista, derivadas del no entendimiento o falta de comunicación oportuna frente a dudas que se habrían podido solucionar a tiempo.
ENTREGABLES:
Ruta N solicitará los siguientes entregables de acuerdo a los siguientes pagos:
1. Matriz de seguimiento diligenciada con la de ejecución del contrato donde se relacionan los ítems y su valor aprobado por la supervisión cada semana.
2. Evidencias de ejecución de los productos realizados cada mes de ejecución del contrato, los cuales deberán reposar en la carpeta asignada por la supervisión, entiéndase como artes aprobadas, conceptos y proyectos requeridos por la Corporación.
3. Informe de actividades en formato PDF con toda la información relacionada en el punto anterior para cada facturación mensual de Ruta N.
4. Acta de cada reunión que se realice con la supervisión o el xxxxxxxx xx Xxxx N, la cual deberá estar aprobada y firmada por la supervisión.
5. Informe Final de actividades
OBLIGACIONES DE LA CORPORACIÓN RUTA N
1. Efectuar oportunamente a EL CONTRATISTA todos los pagos que lleguen a surgir de la presente relación contractual.
2. Designar el supervisor que se encargará de la verificación del cumplimiento del objeto del presente contrato y del acompañamiento requerido.
3. Suministrar la información necesaria y que esté en capacidad de entregar, para el desarrollo del contrato.
LUGAR DE EJECUCIÓN
El lugar de ejecución del objeto contractual es la ciudad de Medellín.
PLAZO DEL CONTRATO
El plazo de ejecución será hasta por doce (12) meses o hasta el agotamiento de los recursos económicos, contado a partir de la suscripción del acta de inicio, lo que primero ocurra, previo al cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución contractual.
PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO
El presupuesto oficial estimado para la presente contratación será por la suma de SEISCIENTOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/L ($600.500.000) incluido IVA y demás impuesto a que haya lugar. La Corporación Adjudicara el valor del contrato por el monto de los recursos, y se desembolsara de acuerdo al tarifario de la oferta ganadora.
Este valor se encuentra amparado por el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) N° 635, 637, 638, 643, 644, 645, 646,667,683, 684, 686, 698
En caso que no se ejecute la totalidad del presupuesto del contrato no existe obligación alguna por parte de RUTA N de pagarle lo proporcional a lo no ejecutado al contratista. En consecuencia, se entiende que el proponente al momento de presentar la propuesta entiende y acepta lo anterior.
FORMA DE PAGO
RUTA N pagará el valor total del contrato, objeto de la Convocatoria pública, de acuerdo con su ejecución basado en el modelo de horas según los perfiles de las personas que realicen las diferentes actividades de la agencia (creativo, copy, director, ejecutivo, planner, animador, desarrollador, estratega digital, community manager).
El contrato se irá ejecutando a medida que se vayan adelantando las actividades solicitadas por Ruta N, que corresponden a las necesidades del Proceso de Mercadeo y Comunicaciones o apoyo a otros proyectos de la Corporación, de esta manera la agencia de publicidad deberá presentar una cotización basada en los ítems del tarifario necesarios para llevar a cabo la solicitud. Dicha cotización será aprobada de manera interna, y será posteriormente facturado teniendo en cuenta los valores estimados y pactados.
Los pagos están sujetos a la aprobación de la cuenta de cobro o factura presentada por el CONTRATISTA. El supervisor será el responsable de tal aprobación y para ello deberá verificar el cumplimiento de las obligaciones contractuales por parte de EL CONTRATISTA, especialmente la entrega del informe mensual de actividades, el pago de las obligaciones al Sistema de Seguridad Social Integral y la recepción en debida forma de los entregables, cuando aplique.
ESPECIFICACIONES DE LOS SERVICIOS Y/O BIENES A ADQUIRIR
Las condiciones técnicas para desarrollar el objeto del contrato, así como las especificaciones técnicas de los bienes y/o servicios a contratar, se encuentran en el Anexo Técnico de los términos de referencia.
SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
La Supervisión del contrato que resultare del presente proceso será ejercida por quien sea designado por escrito por el ordenador del gasto de la Corporación Ruta N.
Además de las funciones propias de la designación, corresponde al supervisor verificar como requisito de pago, que el contratista se encuentre al día en el pago de aportes al Sistema general de seguridad social integral y riesgos laborales, así como aportes parafiscales, de conformidad con lo señalado en las normas vigentes.
REGIMEN LEGAL DEL CONTRATO
El contrato a celebrar se somete a lo dispuesto en el Manual de Contratación de la Corporación Ruta N, así como a las disposiciones del Código Civil y Código de Comercio en lo pertinente, y demás normas que le sean concordantes.
SOLUCIÓN DIRECTA DE CONFLICTOS
Las partes buscarán solucionar en forma ágil y directa las discrepancias que surjan con ocasión de la celebración del contrato. Para tal efecto, se acudirá al empleo de los mecanismos de solución de controversias previstas las normas vigentes, a la conciliación, amigable composición y transacción.
En todo caso, los conflictos que puedan surgir entre las partes, con ocasión de la ejecución del contrato serán resueltos mediante los mecanismos definidos en la ley y la jurisdicción será en consecuencia la de lo contencioso administrativo.
MULTAS
En el caso de un incumplimiento parcial, xxxx, retraso o retardos en el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones estipuladas en este Contrato y a cargo del CONTRATISTA, durante la ejecución del Contrato, EL CONTRATISTA, en ejercicio de la autonomía de la voluntad privada, acepta libre, expresa e irrevocablemente la causación e imposición de multas por parte del CONTRATANTE en las siguientes condiciones: (i) EL CONTRATANTE podrá imponer al CONTRATISTA multas sucesivas y no excluyentes por cada semana de retraso, y por una suma equivalente al CERO PUNTO CINCO POR
CIENTO (0.5%) del valor total del contrato, sin que la suma de dichas multas exceda el CINCO POR CIENTO (5%) del valor total del Contrato; y (ii) Para efectos de la imposición de multas, el Supervisor del Contrato deberá levantar el informe correspondiente al incumplimiento o situaciones que conlleven a la xxxx, retraso o retardos por parte del CONTRATISTA, con el fin de poder dar inicio al procedimiento establecido en el presente Contrato para tales efectos.
PARÁGRAFO 1.- El pago de las multas además estarán amparadas mediante la Garantía Única de Cumplimiento expedida por una Compañía de Seguros en las condiciones establecidas en el presente contrato, en caso de haberse pactado la misma. Para todos los efectos legales, el presente contrato presta mérito ejecutivo.
PARÁGRAFO 2.- El contratista renuncia expresamente a la constitución en xxxx para la exigibilidad de la pena y autoriza, con la suscripción de este documento, a RUTA N para que el valor de las multas sea descontado de los pagos que falten por efectuarse.
PARÁGRAFO 3.- RUTA N se reserva el derecho a solicitar o no el cumplimiento de la cláusula penal, en caso de no considerarse necesario se podrá, simplemente, dar por terminado anticipadamente el contrato. En caso de haberse pactado Garantía Única de Cumplimiento se cumplirá ante la aseguradora el procedimiento establecido en las cláusulas generales de la garantía.
CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA
EL CONTRATISTA se obliga para con la Corporación Ruta N a pagar una suma equivalente al 20% del valor del presente contrato, a título de estimación anticipada de perjuicios que ésta llegare a sufrir en caso de incumplimiento total o parcial de las obligaciones que por medio del presente documento adquiere, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula anterior. El valor de la Cláusula Penal Pecuniaria que se haga efectiva, se considerará como pago parcial pero no definitivo de los perjuicios causados.
El procedimiento para la aplicación de las multas previstas, así como de la Cláusula Penal pecuniaria, se realizará conforme lo dispuesto en el contrato.
EL CONTRATISTA autoriza expresamente a la Corporación Ruta N con la simple suscripción del contrato, para descontar y tomar el valor de la Cláusula Penal Pecuniaria de que trata esta cláusula, de cualquier suma que se adeude por concepto de este contrato, sin perjuicio de hacerla efectiva a través de la garantía constituida o conforme a la Ley.
LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
La liquidación del contrato se efectuará de mutuo acuerdo dentro del término pactados en el contrato y a partir del vencimiento del plazo de ejecución del contrato, siempre que el contrato sea de aquellos que se haya convenido como obligatoria su liquidación.
EXCLUSIÓN DE TODA RELACIÓN LABORAL
En ningún caso el contrato a celebrarse por medio de este proceso genera relación laboral, ni prestaciones sociales, respecto del contratista o del personal que éste ocupe para el desarrollo del objeto contratado.
CESIONES Y SUBCONTRATOS
EL CONTRATISTA no podrá ceder ni subcontratar el contrato a persona alguna natural o jurídica, nacional o extranjera, sin previo consentimiento por escrito de la Corporación Ruta N, pudiendo ésta reservarse las razones que tengan para negar la autorización de la cesión o el subcontrato. Si la persona a la cual se le va a ceder el contrato es extranjera, debe renunciar a la reclamación diplomática. El Contratista es el único responsable por la celebración de subcontratos.
IMPUESTOS
El CONTRATISTA pagará todos los impuestos, tasas y similares que se deriven de la ejecución del contrato, de conformidad con la ley colombiana.
Con relación a las retenciones en la fuente a título de los diferentes impuestos nacionales, departamentales o municipales, la Administración procederá de conformidad con la normatividad tributaria vigente dependiendo del objeto del convenio y la calidad del contribuyente. En caso que no haya lugar a alguna de ellas, deberá indicarse la norma que lo excluye o le otorga la exención.
Al formular la oferta, el proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales, y dentro de estos mismos niveles territoriales, los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades ambientales, que afecten el convenio y las actividades que de él se deriven.
En todo caso, corresponde al asociado sufragar todos los impuestos que le correspondan de conformidad con la normatividad vigente.
COMUNICACIÓN.
Toda la correspondencia que se presente durante el proceso de contratación, deberá dirigirse a Ruta N y presentarse a través de la plataforma SECOP II
RIESGOS ASOCIADOS AL CONTRATO.
Se anexa matriz de riesgos: ANEXO - MATRIZ DE RIESGOS.
XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX
Director Ejecutivo Corporación Ruta N
Proyectó Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Abogada Contratista | Revisó Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Abogada Contratista | Revisó Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Portafolio Persuadir | Aprobó: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Secretario General |