PUNTO PARA ACUERDO
Tijuana, Baja California, a 01 de Diciembre de 2022
PUNTO PARA ACUERDO
I. | ASUNTO |
Se solicita autorización para la modificación del contrato vigente 51220017, relativo al servicio de limpieza integral y jardinería en la Casa de la Cultura Jurídica en Tijuana, Baja California, por el periodo de un mes, el cual corresponde al mes de enero de 2023.
II. | ANTECEDENTES |
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II.1 El Director General de Recursos Humanos autorizó la contratación del “Servicio de limpieza integral y jardinería en la Casa de la Cultura Jurídica en Tijuana, Baja California” el 06 de enero de 2022 a la empresa OFFICE CLEAN MEXICALI, S. DE R. L. DE C. V., por el periodo comprendido del 1° de febrero al 31 de diciembre de 2022, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 43, 46, 86 y 88 del Acuerdo General de Administración XIV/2019 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, bajo los siguientes términos:
Prestador de Servicios: | OFFICE CLEAN MEXICALI, S. DE R. L. DE C. V. | |||||
Partida | Descripción | Unidad de medida | Cantidad (meses) | Precio Mensual | Subtotal | |
Única | Servicio de limpieza integral y jardinería | Servicio | 11 | $61,000.00 | $671,000.00 | |
I.V. A | $107,360.00 | |||||
Total | $778,360.00 |
II.2 El 16 de febrero de 2022 la empresa OFFICE CLEAN MEXICALI, S. DE R. L. DE C. V., formalizó el contrato 51220017 (Anexo 1).
III. | SITUACIÓN ACTUAL |
PLANTEAMIENTO ACTUAL PARA MODIFICACIÓN
Se tiene conocimiento que actualmente la Dirección General de Recursos Materiales está efectuando los tramites necesarios para llevar a cabo el Concurso Público Sumario Inferior para la contratación del servicio de limpieza integral y jardinería para la Casa de la Cultura Jurídica en Tijuana, Baja California; sin embargo, debido al próximo cierre presupuestal y los plazos que conlleva el mismo, además del riesgo que se corre que el procedimiento de contratación se declare desierto, dejando, en consecuencia, sin este servicio a la Casa de la Cultura Jurídica, la Titular de la Dirección General xx Xxxxx de la Cultura Jurídica consideró conveniente ampliar este servicio por el mes de enero 2023, con el actual prestador del servicio en la Casa de la Cultura Jurídica.
JUSTIFICACIÓN TÉCNICA
Se tiene la evidencia de que el prestador de servicios que actualmente se encuentra contratado Office Clean Mexicali, S. A. de C. V., ha brindado este servicio de manera satisfactoria, por lo que el ampliar el mismo por un mes más, se garantiza la continuidad con resultados satisfactorios.
IV. | CONTRATACIÓN DE DEVENGO FUTURO |
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De conformidad con lo establecido en el artículo 39, fracción III, del Acuerdo General de Administración XIV/2019, la Casa de la Cultura Jurídica en Tijuana, Baja California contempló los recursos respectivos en el proyecto de presupuesto del año siguiente. (Anexo 2)
Subprograma | Concepto | Partida | Descripción |
Difusión de la Cultura Jurídica y su ejercicio presupuestal | Dirección General xx Xxxxx de la Cultura Jurídica | 35801 | Servicios de limpieza integral |
El importe para el pago del servicio estará sujeto a que este Alto Tribunal cuente con los recursos presupuestales destinados para tales efectos en el ejercicio 2023, de conformidad con lo establecido en el artículo 50, fracción IV, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y en el artículo 39, fracción III, del Acuerdo General de Administración XIV/2019.
V. | FUNDAMENTO LEGAL |
Ley Federal de Austeridad Republicana (19 de noviembre de 2019) | |
Artículo 8 | En la adquisición de bienes muebles e inmuebles, su arrendamiento o contratación de servicios y obra pública se buscará la máxima economía, eficiencia y funcionalidad, observando los principios de austeridad, ejerciendo estrictamente los recursos públicos en apego a las disposiciones legales aplicables. Las adquisiciones, arrendamientos y servicios se adjudicarán, por regla general y de manera prioritaria, a través de licitaciones públicas, de conformidad con lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Las excepciones a esta regla deberán estar plenamente justificadas ante el órgano encargado del control interno que corresponda. |
Acuerdo General de Administración XIV/2019 del Comité de Gobierno y Administración de la SCJN | |||
Artículo(s) | Nombre | Fracción (es) | Descripción |
39 | Contrataciones que trasciendan a más de un Ejercicio Fiscal. | III | III. Contrataciones de devengo futuro. También se podrán convocar, adjudicar y formalizar contratos cuyo plazo de ejecución inicie en el ejercicio fiscal siguiente. Los pagos respectivos estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria del año en el que se prevé el inicio de la vigencia del contrato, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la falta de éstos origine responsabilidad alguna para la Suprema Corte. No se dará trámite a este tipo de contrataciones si la Unidad Solicitante no acredita haber requerido los recursos respectivos en el Proyecto de Presupuesto del año siguiente. La adquisición y el correspondiente suministro de bienes, la ejecución de los trabajos o la prestación del servicio estarán condicionado a que la Suprema Corte comunique al proveedor, prestador de servicio o contratista la existencia de recursos presupuestales. Las condiciones antes referidas deberán preverse en las bases o convocatorias respectivas. |
148 | Modificación de los contratos | I | En materia de Adquisición de Bienes y prestación de servicios, los titulares de Recursos Materiales, así como el titular de la Casa de la Cultura respectiva, podrán autorizar el incremento o disminución en la cantidad de bienes adquiridos o servicios contratados, o del plazo de cumplimiento o vigencia, mediante modificaciones a los contratos vigentes siempre que el monto total de las modificaciones o de las prórrogas no rebasen en conjunto el 15 por ciento de los establecidos inicialmente y el precio sea igual al pactado originalmente, salvo fluctuaciones de carácter monetario o condiciones especiales xxx xxxxxxx debidamente justificadas, para lo cual se tomará como referencia el Índice Nacional de Precios al Consumidor que publica el Instituto Nacional de Estadística y Geografía. De no existir consenso entre los referidos titulares, reasumirá su competencia el que la tenga de origen para autorizar la contratación y, por ende, la modificación. Igual porcentaje se aplicará a las modificaciones o prórrogas que se hagan respecto del monto o vigencia de los contratos de arrendamiento. En el supuesto de que se requiriera modificar la cantidad de bienes, monto de los contratos o prórroga de su vigencia o del plazo de cumplimiento, en un porcentaje superior al indicado y hasta el 25 porciento, la Unidad Solicitante deberá justificar las causas correspondientes ante el Oficial Mayor, para su autorización. En caso de que la modificación supere dicho porcentaje, se deberá someter a consideración del Comité. Tratándose de contratos en los que se incluyan bienes o prestación de servicios de diferentes características, el porcentaje se aplicará para cada partida o concepto de los bienes o servicios de que se trate. Se podrá otorgar anticipo en los convenios modificatorios celebrados hasta por el porcentaje establecido en el contrato original. En casos excepcionales podrán realizarse convenios aclaratorios, cuando no impliquen modificar lo originalmente pactado y únicamente busquen precisar las condiciones de contratación, para lo cual se atenderá a los antecedentes que revelen fehacientemente el error entre el contrato acto jurídico y el contrato como documento. |
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CONSIDERACIONES
VI.
El 23 de noviembre de 2022, mediante oficio número CCJ-TIJ-0791-2022, el Titular de la Casa de la Cultura Jurídica en Tijuana, Baja California, solicitó a la empresa OFFICE CLEAN MEXICALI, S. DE R.
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L. DE C. V., manifestara si estaba en posibilidad para prestar el servicio de limpieza y jardinería bajo los mismos términos y condiciones establecidas en el contrato vigente número 50220017, recibiendo su respuesta el 24 de noviembre de 2022, en la que manifestó lo siguiente (Anexos 3 y 4): (XXXX DE XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX) actuando a nombre y en representación de (OFFICE CLEAN MEXICALI, S. DE R. L. DE C. V.), por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad que aceptamos ampliar el servicio del presente contrato por el periodo del 01 al 31 de enero de 2023, contrato de servicio de limpieza integral y jardinería CCJ Tijuana Baja California No. 50220017, en los mismos términos y condiciones pactadas originalmente.
VII. | PROPUESTA |
Se somete a consideración del Titular de la Casa de la Cultura Jurídica en Tijuana, Baja California, autorizar la modificación al contrato vigente 50220017, relativo al servicio de limpieza integral y jardinería en la Casa de la Cultura Jurídica en Tijuana, Baja California, contratado con la empresa OFFICE CLEAN MEXICALI, S DE R. L. DE C. V., de conformidad con lo requerido, en los términos siguientes:
Concepto | Monto mensual | IVA | Periodo | Monto total |
Servicio de limpieza integral y jardinería | $61,000.00 | $9,760.00 | 1 mes | $70,760.00 |
El importe señalado, estará sujeto a que este Alto Tribunal cuente con los recursos presupuestales destinados para tales efectos en el ejercicio 2023, de conformidad con lo establecido en el artículo 50, fracción IV, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y en el artículo 39, fracción III del Acuerdo General de Administración XIV/2019.
En términos de lo establecido en el artículo 193, fracción I del Acuerdo General de Administración XIV/2019 del Comité de Gobierno y Administración, a la fecha no se tiene conocimiento de antecedentes de inhabilitación vigente, por los órganos del Poder Judicial de la Federación y por la Secretaría de la Función Pública del Ejecutivo Federal, para OFFICE CLEAN MEXICALI, S. DE R. L. DE C. V., de acuerdo con la consulta efectuada en la liga xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx (Anexo 5).
Autoriza |
Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Titular de la Casa de la Cultura Jurídica en Tijuana, Baja California |
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Firmado por: XXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
No. serie: 641779741797661077637794622532495617765507494145 Fecha: 29/11/2022 10:30:12.2180000 p. m.